Manual Procedimientos Alcalá Guadaíra octubre 2009...

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PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA M M M A A A N N N U U U A A A L L L D D D E E E P P P R R R O O O C C C E E E D D D I I I M M M I I I E E E N N N T T T O O O S S S Edición: 01 Última revisión: Octubre, 2009

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PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y

ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE

GUADAÍRA

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Edición: 01

Última revisión: Octubre, 2009

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

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ÍNDICE

0. ANTECEDENTES................................................................................................................ 4

1. ORGANIZACIÓN DEL PROYECTO ................................................................................... 6

1.1 COMITÉ ESTRATÉGICO:....................................................................................................... 6 1.2. COMITÉ DIRECTIVO:............................................................................................................ 7 1.3. UNIDAD DE GESTIÓN:.......................................................................................................... 9 1.4. UNIDAD DE VERIFICACIÓN Y CONTROL: ............................................................................... 11 1.5. ÓRGANO CONSULTIVO: ..................................................................................................... 12 1.6. ORGANIGRAMA ................................................................................................................. 13 1.7. MECANISMOS DE COORDINACIÓN....................................................................................... 15

2. DERECHOS Y OBLIGACIONES ...................................................................................... 17

2.1. PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO. ................................................................................ 17 2.2. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. ............................................................................................ 17 2.3. SISTEMA DE CONTABILIDAD. .............................................................................................. 17 2.4. REALIZACIÓN DEL CONJUNTO DE ACTUACIONES. ................................................................. 18 2.5. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE APLICACIÓN. ............................................................. 18 2.6. REGISTRO Y ALMACENAMIENTO DE DATOS.......................................................................... 18 2.7. LA GESTIÓN FINANCIERA DEL PROYECTO............................................................................ 18 2.8. DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTOS..................................................................................... 19

3. PUESTA EN MARCHA, SEGUIMIENTO Y CIERRE DEL PROYECTO .......................... 20

3.1. PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO ................................................................................. 20 3.1. A) INFORMACIÓN NECESARIA DE CARÁCTER PREVIO..........................................................20 3.1. B) ACTUACIONES DE PUESTA EN MARCHA ............................................................................21

3.2. SEGUIMIENTO DE LAS OPERACIONES.................................................................................. 28 3.2. A) SEGUIMIENTO FINANCIERO..................................................................................................28 3.2. B) SEGUIMIENTO FÍSICO ............................................................................................................31

3.3. CIERRE DEL PROYECTO ..................................................................................................... 33

4. PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO ................................. 34

4.1. DEFINICIÓN GENERAL........................................................................................................ 34 4.2. SELECCIÓN DE OPERACIONES ........................................................................................... 37 4.3. EJECUCIÓN....................................................................................................................... 39 4.4. CERTIFICACIÓN ................................................................................................................. 47 4.5. VERIFICACIÓN ................................................................................................................... 47 4.6. REEMBOLSO ..................................................................................................................... 54

5. ASPECTOS IMPORTANTES DE LOS PROCEDIMIENTOS............................................ 55

5.1. SUBVENCIONABILIDAD DEL GASTO.......................................................................... 55

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5.2. ELABORAR LA PISTA DE AUDITORIA ......................................................................... 61 5.3. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE APLICACIÓN.............................................. 63

5.3. A) NORMATIVA APLICABLE EN INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. .............................................63 5.3. B) NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN..............................................63 5.3. C) OTRA NORMATIVA..................................................................................................................67

5.4. CERTIFICACIÓN Y PAGO .................................................................................................... 68

6. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO ............................................................................. 74

6.1. DOCUMENTACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ........................................................... 74 6.2. DOCUMENTOS DE GESTIÓN DEL PROYECTO.......................................................... 85 6.3. ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTOS..................................................................................... 87

6.3. A) ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. .....................................................87 6.3. B) ACTUALIZACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS. ......................................................................87

7 REFERENCIAS NORMATIVAS DE APLICACIÓN .......................................................... 89

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0. ANTECEDENTES

El Ministerio de Economía y Hacienda (MEH) convocó a finales del año 2007 un programa de ayudas destinadas a cofinanciar proyectos de desarrollo local y urbano, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea, al amparo de la Iniciativa Urbana prevista dentro del Eje 5 de "Desarrollo sostenible urbano y local" del Marco Estratégico Nacional de Referencia 2007-2013 aprobado por el Estado Español con fecha 7 de Mayo de 2007.

Ante esta convocatoria, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra presentó un Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica de una zona especialmente desfavorecida dentro de la ciudad: el Barrio de San Miguel-El Castillo, el barrio de San José/Coracha y el Centro Histórico, que fue finalmente aprobado.

De acuerdo con la resolución aprobatoria, este proyecto será cofinanciado por la Unión Europea en un 70%, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), al amparo de la Iniciativa Urbana prevista en el eje 5 de “Desarrollo sostenible urbano y local” del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Andalucía.

La finalidad última de esta convocatoria es la puesta en marcha de estrategias innovadoras de regeneración urbana, que mediante un enfoque integrado que contemple los aspectos sociales, económicos y medioambientales, favorezcan un desarrollo urbano sostenible de acuerdo a los principios y orientaciones estratégicas de las políticas comunitarias.

El principal objetivo de este Manual es proporcionar al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra una serie de criterios, metodologías y procedimientos homogéneos que faciliten el desarrollo de las actividades que deben ejecutarse para el correcto desarrollo del Proyecto, así como su posterior justificación y certificación, a fin de obtener la cofinanciación correspondiente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Los objetivos de los contenidos desarrollados en este Manual son, por un lado, facilitar una ejecución coordinada de las acciones previstas y, por otro, establecer unos criterios que permitan cumplir con la normativa que afecta a la gestión, seguimiento, control y publicidad de las actuaciones financiadas por los Fondos Estructurales Europeos. La importancia de los requisitos impuestos por la normativa resulta obvia, al encontrarse la percepción de los fondos comunitarios condicionada por el cumplimiento de la misma.

Asimismo, el Manual debe articularse como un conjunto de procedimientos abierto, ya que será de gran importancia su continua adecuación a las nuevas exigencias normativas y de calidad en los sistemas de gestión, seguimiento y control de los Fondos Europeos. Por tanto, dada la vocación de constituirse como un “documento vivo”, requiere un cierto carácter flexible, en permanente adaptación.

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De esta forma, el presente Manual pretende constituirse como una herramienta de trabajo útil ligada a las tareas de gestión y control de los recursos FEDER, que recoja los criterios a seguir por los órganos intervinientes, de cara a mejorar el funcionamiento y el desempeño del Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra. Su fin último es, por tanto, optimizar los resultados de esta Iniciativa Urbana a partir del diseño de un sistema eficaz de gestión y control que garantice una utilización eficiente de la ayuda FEDER.

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1. ORGANIZACIÓN DEL PROYECTO

Al objeto de llevar a cabo el Proyecto siguiendo la normativa establecida al respecto, se han identificado como necesarios diferentes órganos de gestión, cada uno de ellos con las competencias y responsabilidades que se definen a continuación:

1.1 COMITÉ ESTRATÉGICO:

La función principal del Comité Estratégico será la de dirigir, supervisar y validar todas las actuaciones del proyecto.

Estará formada por miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

El Alcalde o la persona en quien delegue será el que presida el Comité Estratégico. Sus reuniones coincidirán con las de la propia Junta de Gobierno Local municipal.

Sus funciones serán, entre otras:

- Aprobar y validar todas las actuaciones relacionadas con el proyecto.

- Aprobar y aceptar la programación presupuestaria de cada una de las actuaciones.

- Difundir entre los agentes políticos, económicos y sociales la información relativa al proyecto.

- Reformular y adaptar los objetivos del proyecto.

- Evaluar la consecución de los objetivos sobre la base de la documentación que remita erl Comité Directivo.

Los integrantes del Comité Estratégico serán:

- Alcalde-Presidente.: Antonio Gutiérrez Limones

- Jefa del Área de Servicios Económicos y Organización: Miriam Burgos Rodríguez

- Jefa del Área de Servicios Personales: Laura Ballesteros Núñez

- Jefe del Área de Servicios Territoriales: Rafael Chacón Sánchez

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- Jefe del Área de Participación y Ciudadanía: Francisco García Jiménez

El Comité Estratégico se reunirá con una frecuencia mínima anual. A sus reuniones podrá convocar al Delegado/a municipal responsable de alguna de las materias que vayan a ser tratadas.

1.2. COMITÉ DIRECTIVO:

La función principal del Comité Directivo será la de coordinar técnicamente y aprobar todas las actuaciones relacionadas con el proyecto.

La responsable del Comité será la Concejala Responsable del Proyecto Urban. El Comité se reunirá como mínimo una vez al mes y siempre que el desarrollo del proyecto así lo requiera.

Serán responsabilidades del Comité las siguientes:

- Definir y proponer los contenidos de los diferentes programas y actuaciones que configuran el proyecto de Iniciativa Urbana, con el visto bueno del Comité Estratégico.

- Coordinar las actuaciones que desarrolle la Unidad de Gestión.

- Validar la programación económico-financiera propuesta por la Unidad de Gestión.

- Canalizar las relaciones entre delegaciones municipales para facilitar el desarrollo de las actuaciones del proyecto.

- Coordinar a los órganos de gestión del Proyecto así como al resto de los responsables de ejecución de las actuaciones, garantizando que la información de interés llega a todos.

- Aprobar las actualizaciones de los documentos de gestión del Proyecto.

Los integrantes del Comité Directivo serán:

- Primer Teniente Alcalde y Delegado de Urbanismo: Rafael Chacón Sánchez

- Concejala, Jefa de Área Delegada del Proyecto Urban: Laura Ballesteros Núñez

- Director del Área de Servicios Económicos: José María Núñez Jiménez

- Director del Área de Servicios Territoriales: José Luís Romero Pérez

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- Director del Área de Servicios Personales: Juan Antonio Marco

- Director del Área de Participación Ciudadana: Jesús Mª Sánchez Núñez

- Director de la Agencia Municipal de Desarrollo: Marcelino Colete Benítez

- Director del Proyecto Urban: Ramón Martín Tejedor

1.3. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

La Comisión de Seguimiento se crea para responder a la necesidad de mantener informados a todos los grupos políticos que integran el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra acerca de la buena marcha del Proyecto y recabar sus posibles aportaciones para mejorar la eficacia o eficiencia de las actuaciones previstas.

Se trata, por tanto, de un órgano integrado por las siguientes personas:

- Primer Teniente Alcalde y Delegado de Urbanismo: Rafael Chacón Sánchez

- Concejala, Jefa de Área Delegada del Proyecto Urban: Laura Ballesteros Núñez

- 1 representante del Partido Socialista Obrero Español.

- 1 representante del Partido Popular.

- 1 representante del Partido Andalucista.

- 1 representante de Izquierda Unida-Los Verdes.

- Director del Proyecto Urban: Ramón Martín Tejedor

Este Comité se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad semestral y de forma extraordinaria cuando se estime necesario.

1.4. COMITÉ TÉCNICO

El Comité Técnico será el órgano formado por todos los responsables técnicos de la ejecución de las actuaciones definidas para el Proyecto y el encargado de pilotar la materialización del

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mismo. Sus funciones serán las de coordinar el desarrollo de las actuaciones, evaluar la situación del proyecto en cuanto a su realización, informar sobre el cumplimiento de la senda financiera establecida y comunicar cualquier incidencia que surja. Este comité lo integrarán las siguientes personas:

- Director del Proyecto Urban: Ramón Martín Tejedor

- Responsable de la Agencia Municipal de Desarrollo

- Responsable de Infraestructuras

- Responsable de Cultura

- Responsable de Patrimonio

- Responsable de Servicios Sociales

- Responsable de Organización y Sistemas de Comunicación

- Responsable de “Alcalá Comunicación Municipal”

Este Comité se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad bimestral y de forma extraordinaria cuando se estime necesario.

1.5. UNIDAD DE GESTIÓN:

Es el órgano encargado de la coordinación del proyecto y la ejecución de algunas de las actuaciones enmarcadas en la Iniciativa Urbana. Las funciones de la Unidad de Gestión serán encomendadas a la Delegación de Infraestructuras, estando asesorada y asistida por la Secretaría General, la Intervención Municipal y el resto de la estructura funcionarial municipal.

Esta Unidad contará con un coordinador o Director y con dos responsables de distintos perfiles:

- Director: además de dirigir todo el trabajo de la Unidad de Gestión, será el encargado de coordinar todas aquellas actuaciones y medidas que no entrañen ejecución física de obras (construcción de equipamientos, infraestructuras viarias, etc.). Será también el responsable de las estrategias de coordinación con otras áreas municipales y participación ciudadana (con las asociaciones de la Zona), así como de la Ejecución del Plan de Información y Publicidad, Sistema de Evaluación y participación en redes de intercambio y “buenas prácticas” que contempla el Proyecto.

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- Responsable de Proyectos y Obras: será el/la encargado/a de coordinar, dirigir, controlar y ejecutar (según cada caso) todas aquellas actuaciones y medidas que entrañen ejecución física de obras (construcción de equipamientos, infraestructuras viarias, etc.). Será también el responsable de apoyar a la Dirección en todas las estrategias de coordinación con otras áreas municipales involucradas en esta ejecución.

- Responsable Administrativo/a-Financiero/a: será el/la encargado/a de coordinar, dirigir y ejecutar todas aquellas actuaciones y medidas relacionadas con el control económico, administrativo y financiero del Proyecto. Se responsabilizará de la adecuada contabilización del Proyecto, de la elegibilidad y control de los gastos, de los pagos, de los sistemas de información, así como del cumplimiento de todos los requisitos inherentes a la ejecución de un Proyecto financiado con FEDER.

Además, la Unidad de Gestión contará con un/a Administrativo/a del Proyecto que prestará soporte y asistencia en todas las tareas y actuaciones que correspondan a la Unidad de Gestión.

Las funciones principales de la Unidad de Gestión, serán:

- Dar unidad a las actuaciones.

- Impulsar y coordinar el desarrollo de los programas y calendarios previstos.

- Ejercer la coordinación entre las distintas áreas municipales que eviten retrasos y diferentes prioridades técnicas y/o presupuestarias.

- Coordinar su gestión con la Secretaría General, la Tesorería y la Intervención municipal.

- Poner en marcha el programa de actuaciones aprobados en la Iniciativa Urbana, adecuando las acciones a las prioridades, costes presupuestados y calendarios previstos.

- Realizar las acciones pertinentes para la adecuada financiación de los programas.

- Vigilar el desarrollo cronológico de los programas vinculados entre sí.

- Hacer el seguimiento y evaluación de los programas.

- Realizar informes para el conocimiento del Comité Estratégico, el Comité Directivo, la Comisión de Seguimiento y el Órgano Consultivo donde se especifique el estado actual de situación del proyecto de Iniciativa Urbana, así como las previsiones y posibles desviaciones del mismo.

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- Garantizar el cumplimiento de la normativa de aplicación, especialmente la relacionada con los Reglamentos (CE) y el respeto de las directrices remitidas por la D.G. de Fondos Comunitarios.

- Ejecutar las actuaciones que le sean encomendadas por parte del Comité Estratégico.

Además de las funciones descritas, le corresponderá coordinar e impulsar las responsabilidades asignadas al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, como Organismo Intermedio para la gestión y control de proyectos cofinanciados con fondos FEDER, que son las siguientes:

- Preparación y puesta en marcha de las operaciones cofinanciadas, conforme a la normativa de aplicación, especialmente la relacionada con los Reglamentos (CE) y las directrices remitidas por la DG. de Fondos Comunitarios.

- Establecimiento de la organización interna y del sistema de gestión, control, seguimiento y verificación adecuados al Proyecto.

- Seguimiento del proyecto de Iniciativa Urbana, mediante el establecimiento de un sistema de indicadores adecuado.

- Coordinación de las visitas de control.

- Garantizar la adecuación conforme al reglamento de la publicidad de las operaciones.

- Elaboración de los informes necesarios para el conocimiento por parte del Comité Estratégico y Directivo del estado actual del Proyecto, previsiones y desviaciones de la planificación. Contribución a los informes anual, final y otros informes.

1.6. UNIDAD DE VERIFICACIÓN Y CONTROL:

Para el correcto desarrollo del Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra, las actuaciones de verificación y control de las operaciones que exige la normativa aplicable1 a los Organismos Intermedios2 serán llevadas a cabo por una Unidad de Verificación y Control creada al efecto. La normativa aplicable también obliga a una separación de funciones entre las tareas de gestión de los proyectos y las de

1 Art. 53 b) del Reglamento (CE) 1083/2006 2 Especialmente las que establece el art. 13 del Reglamento (CE) 1828/2006

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verificación y control de los mismos, por lo que, para asegurar esa separación, se recurrirá a la contratación de una empresa externa para que constituya la Unidad de Verificación y Control y asuma sus responsabilidades.

Las funciones principales de la Unidad de Verificación y Control, serán:

- Realización de un control previo a la ejecución de las operaciones para garantizar que se cumplen las especificaciones establecidas para el comienzo de las actuaciones.

- Realización de todas las verificaciones administrativas que se exigen.

- Verificaciones sobre el terreno (in situ) de las operaciones que se desarrollen.

1.7. ÓRGANO CONSULTIVO:

Este órgano estará formado por representantes de las entidades y asociaciones relacionadas con las actuaciones a ejecutar y que estén presentes en la zona objeto del proyecto.

Su función principal será participar y aportar ideas para la mejora en la ejecución de las distintas actuaciones a desarrollar en el marco del proyecto.

La participación en este órgano se articulará mediante invitación por parte de la Presidencia del Comité Directivo a cuantas asociaciones y organismos pudieran, por su actividad o localización, sentirse involucrados en el desarrollo del Proyecto. Se reunirá periódicamente una vez al semestre y de forma extraordinaria cuando sea necesario para el desarrollo de alguna actuación.

En un principio se apoyará en iniciativas de participación ciudadana ya existentes como el Senado Popular o las reuniones de Distrito.

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1.8. ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

La estructura de todas las áreas municipales y organismos que van a participar en el proyecto es la siguiente:

Además de las áreas municipales citadas, el proyecto se va apoyar en el trabajo que va a desarrollar la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio por medio de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA), que ha establecido la zona de actuación del proyecto como Área de Rehabilitación Concertada. Para ello ha firmado un Convenio de colaboración con el Ayuntamiento por el que se ha aprobado un Programa de Actuación del Área de Rehabilitación Concertada. A través del Área de Rehabilitación Concertada no se van a ejecutar ninguna de las actuaciones cofinanciadas con Fondos FEDER. No obstante, su trabajo en la zona contribuirá a la finalidad última del proyecto, que no es otra que la regeneración social, urbana y económica del Casco Histórico. Por este motivo, el Director del Proyecto Urbana de Alcalá de Guadaíra participará en los trabajos de coordinación de la Oficina Técnica del Área de Rehabilitación Concertada de Alcalá de Guadaíra.

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

Área de Participación y

Ciudadanía

Área de Servicios

Territoriales

Área de Servicios

Personales

- Cultura

- Patrimonio

- Servicios Sociales

- AlcaláComunicación Municipal

- Organización y Sistemas de Comunicación

- Agencia Municipal de Desarrollo

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- Infraestructuras

- Unidad de Gestión

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1.9. ORGANIGRAMA FUNCIONAL

Desde un punto de vista funcional, la estructura de los Órganos de Gestión del Proyecto que se han definido anteriormente será la que se muestra a continuación:

Comité Estratégico

Comité Directivo

Dirección del proyecto

Unidad de Gestión

Órgano Consultivo

Responsable de Proyectos y Obras

Intervención

Secretaría General

Administrativo/a

Responsable Administrativo-

Financiero

Tesorería

Unidad de Verificación y Control

Comisión de Seguimiento

Comité Técnico

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1.10. MECANISMOS DE COORDINACIÓN

El principal mecanismo de coordinación del proyecto será la Unidad de Gestión, ya que las funciones que tiene asignadas le permitirá desempeñar el papel de nodo coordinador del proyecto.

Para el resto de órganos de gestión y comités, los mecanismos de coordinación que se establecen para garantizar una buena organización entre ellos y el resto de responsables de la ejecución de las actuaciones del Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra, son los siguientes:

- Mantenimiento de reuniones, a lo largo de la vida del Proyecto, por parte de los distintos órganos de gestión:

El Comité Estratégico se reunirá, como mínimo, una vez al año para evaluar, tomar decisiones acerca de las actuaciones del Proyecto y aprobar los presupuestos anuales.

El Comité Directivo mantendrá reuniones de carácter mensual en las que se evalúe la marcha del Proyecto, se aprueben las actuaciones relacionadas con el mismo y se tomen decisiones para mejorar su desarrollo.

La Comisión de Seguimiento se reunirá una vez al semestre para conocer las actuaciones realizadas en el semestre anterior y la programación de actuaciones a realizar a lo largo del semestre siguiente.

El Comité Técnico mantendrá reuniones con una frecuencia mínima bimestral, en la que se coordinen las actuaciones y se valore la situación de la ejecución del Proyecto.

El Órgano Consultivo se reunirá también una vez al semestre con el mismo contenido que la Comisión de Seguimiento.

- En estas reuniones se procederá a levantar Acta donde se recojan las cuestiones tratadas y las decisiones que se tomen. Concretamente se recogerá:

La identificación de cada uno de los asistentes, indicando el nombre y cargo, con su firma.

La fecha, lugar y la hora de la reunión.

Orden del día con los aspectos previstos a tratar.

Temas realmente tratados en la reunión.

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Decisiones tomadas.

Observaciones.

Sugerencias.

- Una vez redactada el Acta, se llevará a cabo la difusión de la misma entre todos los miembros de los órganos de gestión y responsables de la ejecución de las actuaciones del Proyecto, mediante su envío a través de correos electrónicos. Para ello se dispondrá de una lista de distribución actualizada con todas las direcciones de correo electrónico de todos los que deben recibir esta información. Esta misma lista de distribución se utilizará para enviar las actualizaciones de los documentos de gestión del proyecto y cualquier otra noticia de interés relacionada con el mismo.

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2. DERECHOS Y OBLIGACIONES

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha sido designado como Organismo Intermedio por el Ministerio de Economía y Hacienda de acuerdo con el artículo 59.2 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006 para la gestión, seguimiento control y verificación del proyecto Iniciativa Urbana de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra tras la resolución de designación como Organismo Intermedio, queda sometido a los requisitos establecidos en la normativa vigente y, de forma particular, a lo establecido en la resolución de la solicitud de ayuda.

La normativa vigente establece que el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra asume la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a la condición de Organismo Intermedio, en los términos establecidos por las disposiciones comunitarias, nacionales y autonómicas. Los ámbitos de estos derechos y obligaciones son los que se describen a continuación.

2.1. PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO.

Con anterioridad al comienzo de la ejecución del Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra, el Ayuntamiento ha desarrollado una serie de actuaciones previas como: la firma del Convenio, la apertura de una cuenta corriente dedicada en exclusiva al Proyecto, etc. que se detallan en el capítulo 3.1. Todas esas actuaciones han constituido la fase de lanzamiento y puesta en marcha del proyecto.

2.2. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD.

El Ayuntamiento deberá cumplir los requisitos de información y publicidad, establecidos en la normativa, en todas las actuaciones que se van a llevar a cabo. Además, garantizará la mayor difusión posible de la información sobre las actuaciones cofinanciadas que se van a desarrollar a lo largo de la vida del Proyecto.

Para ello ha diseñado un Plan de Información y Publicidad del proyecto, como instrumento que facilite el cumplimiento de la normativa específica y que garantice la participación e información de todos los agentes implicados en el Proyecto.

2.3. SISTEMA DE CONTABILIDAD.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra deberá asegurar el mantenimiento de un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de

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cofinanciación, o que al menos cuentan con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria. En el apartado 3.1.B de este Manual se define y especifican las características del sistema de contabilidad que el Ayuntamiento va a utilizar para el desarrollo del Proyecto.

2.4. REALIZACIÓN DEL CONJUNTO DE ACTUACIONES.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, de cara a cumplir su obligación de ejecutar todas las actuaciones que motivaron la concesión de los Fondos Europeos, se ha dotado de un Cuadro de Mando del proyecto en el que, por medio de Hojas de Control de cada una de las actuaciones, comprobará la realización de cada una de ellas.

Asimismo, a través de las verificaciones tanto administrativas como sobre el terreno, el Ayuntamiento se asegurará de la efectiva realización de las actuaciones aprobadas por el Ministerio de Economía y Hacienda.

2.5. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE APLICACIÓN.

Durante la ejecución del Proyecto, el Ayuntamiento deberá velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratación, en materia de régimen de ayudas, en materia referente a la subvencionabilidad del gasto, en materia de publicidad, en igualdad de oportunidades, sobre medio ambiente y sobre contabilidad. Para ello el Ayuntamiento dispone de diversas herramientas que permiten asegurar este cumplimiento, como los check lists, el presente Manual, etc.

2.6. REGISTRO Y ALMACENAMIENTO DE DATOS.

Serán registrados y almacenados todos los datos que genere el Proyecto: los derivados de las verificaciones, datos contables, evaluaciones, etc. El registro de dichos datos se realizará mediante la herramienta informática FONDOS 2007 que pone a su disposición el Ministerio de Economía y Hacienda, según lo establecido en la sección 7 “Intercambio Electrónico de Datos” del Reglamento (CE) 1828/2006.

2.7. LA GESTIÓN FINANCIERA DEL PROYECTO.

El Ayuntamiento realizará una eficaz gestión financiera del proyecto, ajustándose a lo recogido en el Titulo VII del Reglamento (CE) Nº 1083/2006, especialmente en lo referente a reembolsos,

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certificaciones, etc. Los detalles de esa gestión se describen en los apartados 3.2., 4.4. y 4.5. de este Manual.

2.8. DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTOS.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra establecerá los procedimientos que garanticen que todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y con las auditorías correspondientes al Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra se mantienen en perfecto estado para contar con una pista de auditoría adecuada para poder presentarla ante cualquier requerimiento por parte de la Autoridad de Gestión, de Certificación, o de Auditoría. La pista de Auditoría se define en el apartado 3.1. de este Manual.

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3. PUESTA EN MARCHA, SEGUIMIENTO Y CIERRE DEL PROYECTO

3.1. PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO

Con anterioridad a la puesta en marcha del Proyecto, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha asimilado y asumido cuáles serán las consecuencias que se deriven al comenzar a ejecutar las funciones de Organismo Intermedio y Beneficiario de la Iniciativa Urbana.

3.1. A) INFORMACIÓN NECESARIA DE CARÁCTER PREVIO

Antes de la puesta en marcha, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra analizó y asumió conocer los siguientes apartados:

• Las condiciones relativas a la elegibilidad de los diferentes gastos que se pueden dar lugar a lo largo de la ejecución del Proyecto.

• Las condiciones de financiación: plazos de pago, cuantías, etc.

• Las condiciones de ejecución de las diferentes actuaciones que se van a llevar a cabo: condicionantes que se deben tener en cuenta, plazo de ejecución, etc.

• La normativa aplicable en las diferentes actuaciones en las que se basa el Proyecto.

• La información financiera, física y contable que se debe conservar y hasta qué fecha, con la finalidad de comunicar y/o facilitar la documentación que se le requiera por parte de las Autoridades de Gestión, Control y Verificación y Auditoria.

• Su inclusión en una lista pública de beneficiarios. El Ayuntamiento debe ser consciente de que la aceptación de la Subvención para desarrollar el proyecto conlleva ser objeto de inclusión en las listas públicas de beneficiarios de dichas ayudas.

• Instrucciones para el correcto cumplimiento de todo lo anterior.

• El compromiso de acatar instrucciones en el proceso de ejecución, justificación y certificación de los gastos subvencionados.

Para asegurar el conocimiento de todos estos aspectos el Ayuntamiento elaboró una guía o manual que es precisamente el contenido de este documento.

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Después de conocer cada uno de estos apartados, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra se encuentra en plena capacidad para poner en marcha el Proyecto.

3.1. B) ACTUACIONES DE PUESTA EN MARCHA

Con carácter previo al comienzo de la ejecución del Proyecto el Ayuntamiento llevó a cabo una serie de actuaciones de puesta en marcha con el fin de establecer el marco en el que se va a desarrollar el Proyecto.

Estas actuaciones se pueden enumerar en las siguientes:

1. Aceptación del Proyecto.

La aceptación de financiación FEDER implica determinadas obligaciones por parte del Ayuntamiento al ser designado Organismo Intermedio, singularmente en materia de seguimiento, evaluación y control de las actividades que se realicen en el marco del Proyecto.

El Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra fue seleccionado por parte de la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda y comunicada su aceptación en carta enviada al Ayuntamiento el 9 de julio de 2008.

2. Firma del Convenio o Acuerdo de Atribución de funciones.

Este acuerdo se suscribe entre la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda y el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. En dicho acuerdo se indican de forma detallada todas las obligaciones que asume el Ayuntamiento, como Organismo Intermedio, durante la vida del Proyecto.

Además del Convenio, por medio de su firma, se aprueba un Anexo al mismo donde se detallan cada una de las actuaciones que va a desarrollar el proyecto, así como el Plan Financiero a seguir durante los años de duración del proyecto. Una vez aprobado y firmado el Acuerdo sobre Atribución de Funciones, así como su anexo y el plan financiero, por parte de la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, se procedió a su ratificación por parte del Pleno Municipal del Ayuntamiento. En el contenido del Convenio se identificaron, principalmente, los siguientes apartados:

- Designación como Organismo Intermedio y atribución de funciones.

- Funciones del Organismo Intermedio.

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3. Aprobación de los documentos de gestión del Proyecto,

Estos documentos de gestión son los siguientes:

- Manual de Procedimientos. Antes de la puesta en marcha del Proyecto es de gran importancia la aprobación del presente Manual de Procedimientos por parte de los organismos implicados en la gestión del proyecto, ya que en este Manual se establecen los órganos de gestión del proyecto y se recogen los procedimientos que deberán seguirse durante toda la ejecución.

- Descripción del Sistema de Gestión y Control del Organismo Intermedio. De manera complementaria al Manual de Procedimientos, el Ayuntamiento por medio de una ficha facilitada por la Autoridad de Gestión del proyecto, definirá el Sistema que va a emplear para controlar y gestionar todo el proyecto, especificando las áreas y personas responsables que van a intervenir y cada una de sus funciones y responsabilidades.

- Cuadro de Mando, en el que se recogen las pautas para desarrollar cada una de las actuaciones que se van a llevar a cabo para la ejecución del Proyecto. Los principales elementos del Cuadro de Mando son las Hojas de Control de las actuaciones, que incluyen:

Descripción de la actuación.

Cronograma temporal y presupuestario.

Indicadores de seguimiento.

Fases, tareas, responsables, funciones, etc.

- Plan de Información y Publicidad. Para garantizar y facilitar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de Información y Publicidad, el Ayuntamiento ha desarrollado un Plan de Información y Publicidad, donde se establece cómo va a llevar a cabo las acciones de comunicación del proyecto, las fases de que constará el plan, modelos ilustrativos de elementos de comunicación, etc.

4. Alta y registro en la aplicación informática FONDOS 2007.

La ejecución y desarrollo del Proyecto se realizará mediante el uso de un sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables relacionados con cada una de las actuaciones correspondientes al Proyecto, y por el que se procede a la recopilación de los datos sobre la ejecución necesaria para la gestión financiera, el seguimiento, las

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verificaciones, las auditorías y la evaluación. Para ello se utilizará el programa Fondos 2007, desarrollado por el Ministerio de Economía y Hacienda.

Asimismo se enviará una solicitud de acceso para el Alcalde de Alcalá de Guadaíra, o persona en quien delegue, a la aplicación “DocelWeb”, que es un porta firmas para documentos de aplicaciones de asignación presupuestaria, vinculado a FONDOS 2007. El Alcalde o la persona en la que haya delegado, será el responsable de validar la carga de datos con su firma y realizar las certificaciones. Para simplificar su labor, cuando estén todos los datos cargados en el programa FONDOS 2007, en cada una de las certificaciones que se hagan, sólo tendrá que acceder a ese gestor de firmas para validar los datos y no a la aplicación FONDOS 2007, mucho más compleja de manejar.

Dentro de la aplicación, es necesario especificar quiénes van ser los gestores del Proyecto con capacidad para cargar y validar la documentación.

5. Establecimiento del sistema de contabilidad.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, a través de la Unidad de Gestión, dispondrá de un sistema de contabilidad en el que todas las transacciones relativas al proyecto sean diferenciadas respecto de las otras operaciones. Para ello, se ha propuesto un sistema de codificación de facturas y de los pagos asociados que permita su identificación inequívoca como gastos asociados al Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

6. Compromiso de elaboración de la Pista de Auditoria.

Uno de los aspectos críticos en la gestión de proyectos cofinanciados por los Fondos FEDER es la gestión de la Pista de Auditoria adecuada. Ello comporta no sólo la correcta aplicación de los requerimientos reglamentarios adecuados, sino también el registro contable, la construcción, custodia y buena gestión de los expedientes, documentación y actos administrativos que la constituyen. Así, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra se compromete a la elaboración de una pista de auditoría suficiente. La garantía de una pista de auditoría suficiente requiere contar con la información necesaria para que la Autoridad de Gestión - o cualquier otro organismo competente - pueda verificar el cumplimiento de la normativa aplicable. Para llevar a cabo la correcta elaboración de una Pista de auditoria adecuada será necesario seguir las siguientes indicaciones:

- Codificar las actuaciones: La codificación de las actuaciones se asignará en función del área u organismo responsable de su ejecución, el ámbito de actuación y el número de actuación. Cada área municipal u organismo participante recibirá la codificación de las actuaciones cuya ejecución asume, aunque en el siguiente cuadro se puede ver un resumen de dicha codificación:

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1. Del ámbito donde se encuadra la actuación. Se realizará la siguiente codificación:

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

Nombre Codificación

Investigación, desarrollo tecnológico e innovación 1

Sociedad de la Información 2

Fomento de la integración social y la igualdad de oportunidades 3

Medioambiente urbano y reducción de residuos 4

Desarrollo del tejido económico 5

Turismo 6

Accesibilidad y movilidad 7

Energía 8

Infraestructura de servicios 9

Formación profesional 10

Información y publicidad 11

Gestión y asistencia técnica 12

2. De la actuación o medida concreta. Cada actuación o medida prevista en cada ámbito recibirá un código, de acuerdo al siguiente cuadro:

CÓDIGO ACTUACIÓN

1. INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN

2.5.32. Observatorio de Investigación del Mercado local para la generación de nuevas oportunidades en sectores emergentes. Estudios de viabilidad empresarial.

3.3.45. Creación de un grupo de investigación con la Universidad Pablo de Olavide en relación con ingeniería ambiental – aplicación de las TIC a la arquitectura vernácula.

2.4.31. Observatorio del Paisaje de Alcalá de Guadaíra.

2. SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

2.3.27. Creación del Centro de Información y sensibilización para Jóvenes – Espacio TIC para jóvenes

3.1.38. Creación de espacios TIC en los nuevos equipamientos sociales del Barrio y su conexión en Red.

3.1.39. Administración electrónica. 3.2.41. Redes Ciudadanas, programa Internet en Barrios.

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CÓDIGO ACTUACIÓN

3.3.44. Implantación de soluciones TIC de apoyo al modelo de gestión de las nuevas empresas o Pymes que se implanten en el Casco Histórico.

3 FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

2.1.17. Actuaciones Compensatorias dirigidas a familias y colectivos en situación de riesgo y/o exclusión social.

2.1.18. Apoyo a la Prevención del Absentismo y Abandono Escolar. 2.1.19. Vivir y Convivir en el Entorno. 2.1.20. Desarrollo de Habilidades/Capacidades para el Mantenimiento del Hogar. 2.1.21. Promoción de la Salud. 2.2.22. Formación para la Cohesión Social 2.2.23. Conexión Social Colectiva 2.2.24. Aula de Redacción e Imagen. 2.2.25. La universidad en Casa. 2.2.26. Dinamización del Centro Ciudadano de Promoción Social “San Miguel”.

2.3.28. Centro de Formación para el Desarrollo de las Artes y la Sociedad de la Información en el edificio Histórico “Casa Ibarra”.

3.2.40. Programa de Teleasistencia a Personas mayores del Barrio. 4.4.1. Modelo de Gestión. Plan de Igualdad estrategia de acción positiva.

4. MEDIOAMBIENTE URBANO Y REDUCCIÓN DE RESIDUOS

1.3.12. Restauración vegetal de carácter natural de las laderas del cerro de San Miguel.

1.3.13. Adecuación del Verde Urbano, con el fin de dotar a la trama urbana de una masa vegetal de mayor volumen y calidad, con usos de especies arbóreas adecuadas a las diversas situaciones físicas

1.3.14. Sustitución de los contenedores en superficie en el barrio de San Miguel por un sistema soterrado de acumulación de RSU selectiva

5. DESARROLLO DEL TEJIDO ECONÓMICO

2.5.33. Centro de promoción empresarial para mujeres emprendedoras (Proyecto Atenea).

2.5.34. Programa Centro incubadora de empresas mediante la rehabilitación de locales, viviendas y cuevas del Castillo

2.5.35. Programa de Ayudas y subvenciones a pequeña empresa mediante el autoempleo (comercio y servicios) y a las nuevas oportunidades que generen los sectores innovadores.

2.6.36. Centro de Promoción de Empleo para la zona de intervención.

6. TURISMO

2.4.29. Dotación de equipamiento tecnológico para la puesta en valor del patrimonio del Casco Histórico en el Centro de Interpretación del Castillo. Desarrollo de software educativo en materia patrimonial y medioambiental.

2.4.30. Creación del servicio de interpretación del Patrimonio Histórico – Artístico en el Centro de Interpretación del Castillo.

3.3.42. Acciones de promoción de los valores iconográficos del Castillo

3.3.43. Desarrollo de la Oficina Virtual para la promoción del Casco Histórico de la Ciudad. Recuperación valores de identidad colectiva

7. ACCESIBILIDAD Y MOVILIDAD

1.1.3. Reurbanización del Arrabal de San Miguel con el objetivo de adaptar el viario y el espacio público en general

1.1.4. Colocación de medios mecánicos de elevación (escaleras y/o ascensores) que faciliten el acceso al castillo desde el borde norte del cerro

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CÓDIGO ACTUACIÓN

1.1.5. Mejora de la accesibilidad de la Zona, mediante uso de medios mecánicos para elevación de bicicletas y sillas de ruedas.

8. ENERGÍA

1.3.15. Instalación de sistema de producción de agua caliente por medio de energía solar.

9. INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS

1.1.1. Reurbanización de la calle San Fernando y Ntra. Sra. del Águila (único acceso rodado al barrio).

1.2.6. Rehabilitación de la Iglesia de San Miguel para su uso como centro cívico y equipamiento de primera instalación.

1.2.7. Construcción de Guardería que contribuya a la conciliación familiar dentro del Barrio del Castillo.

1.2.8. Construcción residencia de mayores como unidad de día.

1.2.9. Rehabilitación y restauración del edificio Histórico "Casa Ibarra" Centro de Formación para el Desarrollo de las Artes y la Sociedad de la Información.

1.2.10. Reurbanización de la Plaza del Congreso

1.2.11. Creación de una nueva plaza (espacio público) en la parte baja del Arrabal y reurbanización de la avenida del Águila.

1.4.16. Rehabilitación pública de al menos seis (6) cuevas del Barrio San Miguel-El Castillo con el fin de adaptarlas al uso de locales de servicios

10. FORMACIÓN PROFESIONAL

2.6.37. Programa de Formación en servicios culturales, interpretación del patrimonio y servicios a las personas, para el conjunto de la zona de intervención.

11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

4.2.1. Plan de comunicación y difusión del proyecto

4.2.2. Plan de comunicación y comercialización Proyecto Responsabilidad Social Corporativa - vinculación sector privado a la zona urban.

4.3.1. Diseño y desarrollo del proyecto "Territorio de Ciudades"

12. GESTIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA

4.1.1. Oficina de Gestión Urban 4.1.2. Asitencia Técnica al Proyecto. Evaluación y Sistema de verificación y control. 4.3.2. Trabajo en Red - Ciudades Urban

3. Del área u organismo responsable de su ejecución del gasto. Cada área municipal u organismo participante recibirá la codificación de las actuaciones cuya ejecución asume, de acuerdo a la siguiente codificación:

EJECUTANTE

Nombre Codificación

Unidad de Gestión UDG

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EJECUTANTE

Nombre Codificación

Agencia Municipal de Desarrollo AMD

Alcalá Comunicación Municipal ACM

Delegación de Cultura DC

Delegación de Organización y Sistemas de información

DOSI

Delegación de Patrimonio Histórico y Cultural DPHC

Subárea de Servicios Sociales y Familia SSSF

4. Del gasto concreto. Cada gasto imputado a una determinada actuación recibirá un número que deberá atribuirse en función del momento en que se consigne.

De esta forma, cada gasto imputado a una determinada actuación le corresponderá un código con 4 referencias:

CÓDIGO ÁMBITO – CÓDIGO ACTUACIÓN – CÓDIGO ENTIDAD – CÓDIGO GASTO

Que deberá mantenerse inalterable para conservar una correcta pista de auditoria.

A partir del código anterior, será preciso realizar las siguientes asignaciones:

- Asignación de número de documento a cada factura: al código anterior se añadirá la parte correspondiente a la asignación del número de factura dentro de cada acción.

- Asignación de número de documento a cada pago, que lo vincule a la factura que origina el pago: el número de documento contable que se asigne a los pagos incluirá el número de factura a que corresponde y el número de pago efectuado para su abono.

7. Apertura de una cuenta corriente exclusiva para la tramitación del Proyecto.

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra designará una cuenta corriente que estará dada de alta en el Fichero de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Hacienda, a efectos de solicitar y recibir el reembolso de los gastos que vaya certificando.

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3.2. SEGUIMIENTO DE LAS OPERACIONES

El Seguimiento del Proyecto constituye la observación detallada de las actuaciones que se llevan a cabo con la finalidad de recopilar información de calidad para realizar posteriormente controles y verificaciones. Se trata de un procedimiento continuo y metódico de recogida de información y de tratamiento de datos.

El Seguimiento se va a ejecutar por miembros de la Unidad de Gestión del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, esta actuación será paralela a la Ejecución del Proyecto.

El Seguimiento del Proyecto se realizará a través de una aplicación informática creada para el seguimiento de los gastos de las operaciones y de la información relativa a la ejecución de las operaciones. Esta herramienta informática permitirá apoyar las labores de seguimiento financiero y físico del Proyecto.

En el transcurso del seguimiento de las operaciones se van a llevar a cabo un elevado número de tareas que en muchas ocasiones se ejecutan en paralelo. Así frente a la complejidad de las mismas se ve la necesidad de detallar cada tarea a desarrollar y su organismo responsable.

3.2. A) SEGUIMIENTO FINANCIERO

Los datos financieros deben registrarse para cada una de las diferentes transacciones recogidas en el Proyecto de la Iniciativa Urbana, siempre que hayan tenido gastos efectivamente realizados y que sean efectivamente elegibles3.

Los importes de los gastos efectivamente realizados y pagados se deberán cargar en la herramienta informática FONDOS 2007, que La Autoridad de Gestión facilita para el Seguimiento de las diversas operaciones cofinanciadas por FEDER.

La senda financiera por la que se debe regir el desarrollo del Proyecto clasificado por Áreas Temáticas unida a la dotación acumulada de los Fondos y los porcentajes aceptados debe desglosarse de la siguiente manera:

3 Recogidos en el Art. 56.1 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006

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PRESUPUESTO POR ÁREA TEMÁTICA

PRESUPUESTO FINANCIACIÓN FEDER

FINANCIACIÓN MUNICIPAL

1. INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN

155.510,00 € 1,09% 108.857 € 46.653 €

2. SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 1.005.204,00 € 7,04% 703.643 € 301.561 €

3. FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

2.070.000,00 € 14,49% 1.449.000 € 621.000 €

4. MEDIO AMBIENTE URBANO Y REDUCCIÓN DE RESIDUOS

1.200.000,00 € 8,40% 840.000 € 360.000 €

5. DESARROLLO TEJIDO ECONÓMICO 1.900.000,00 € 13,30% 1.330.000 € 570.000 €

6. TURISMO 225.000,00 € 1,58% 157.500 € 67.500 €

7. ACCESIBILIDAD Y MOVILIDAD 1.460.000,00 € 10,22% 1.022.000 € 438.000 €

8. ENERGÍA 150.000,00 € 1,05% 105.000 € 45.000 €

9. INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS 4.700.000,00 € 32,90% 3.290.000 € 1.410.000 €

10.FORMACIÓN PROFESIONAL 500.000,00 € 3,50% 350.000 € 150.000 €

11.INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD 175.000,00 € 1,23% 122.500 € 52.500 €

12.GESTIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA 745.000,00 € 5,22% 521.500 € 223.500 €

14.285.714,00 € 100% 10.000.000 4.285.714

ÁREAS TEMÁTICAS 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 TOTAL

1. Investigación, desarrollo

tecnológico e innovación

- € - € 68.510 € 22.000 € 20.000 € 20.000 € 25.000 € 155.510 €

2. Sociedad de la información 93.750 € 90.000 € 240.000 € 220.000 € 301.454 € 30.000 € 30.000 € 1.005.204 €

3. Fomento de la integración

social y la igualdad de

oportunidades

140.000 € 149.000 € 535.000 € 306.000 € 275.000 € 375.000 € 290.000 € 2.070.000 €

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ÁREAS TEMÁTICAS 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 TOTAL

4. Medioambiente

urbano y reducción de

residuos

100.000 € 150.000 € 110.000 € 110.000 € 390.000 € 340.000 € - € 1.200.000 €

5. Desarrollo del tejido

económico - € - € - € 425.000 € 375.000 € 550.000 € 550.000 € 1.900.000 €

6. Turismo - € - € - € - € - € 145.000 € 80.000 € 225.000 €

07. Accesibilidad y

movilidad - € 50.000 € 350.000

€ 650.000 € - € 40.000 € 370.000 € 1.460.000 €

08. Energía - € - € - € - € - € 120.000 € 30.000 € 150.000 €

09. Infraestructura

de servicios

1.450.000 €

1.390.000 €

560.000 € 61.000 € 453.000 € 286.000 € 500.000 € 4.700.000 €

10. Formación profesional - € - € - € 100.000 € 150.000 € 100.000 € 150.000 € 500.000 €

11. Información y publicidad 32.000 € 30.000 € 35.000 € 30.000 € 15.000 € 15.000 € 18.000 € 175.000 €

12. Gestión y asistencia

técnica 105.714 € 100.714 € 100.714 € 115.714 € 100.714 € 100.714 € 120.714 € 745.000 €

Estos cuadros presupuestarios reflejan los importes establecidos en la planificación Inicial de las actuaciones. No obstante, a lo largo de la vida del proyecto, se podrán producir ciertos reajustes siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos para los mismos y en función de las circunstancias que origine el desarrollo y ejecución de las actuaciones que configuran el Proyecto.

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3.2. B) SEGUIMIENTO FÍSICO

La Unidad de Gestión contará con un Sistema de Seguimiento de los niveles de ejecución física, basado en una batería de indicadores que se recogen en el Cuadro de Mando, en la que se registrarán los avances de las operaciones, alimentando los informes periódicos de certificación, los informes anuales y, en su caso, otros controles que puedan producirse como pueden ser las verificaciones.

• Indicadores. A partir del sistema de indicadores definido, la Unidad de Gestión tomará los valores de los mismos al inicio del proyecto y los datos reales en cada una de las fechas establecidas y los cotejará, analizará y evaluará.

De esta comparación se obtendrán unos resultados que mostrarán si las previsiones han sido correctas. A la diferencia entre los datos previstos con los datos reales se le denominará desviación. La Unidad de Gestión deberá de estudiar las desviaciones, localizando las posibles causas y estableciendo posibles soluciones.

La información obtenida de estos indicadores se reforzará con los resúmenes de las actuaciones, exámenes, pruebas fotográficas, etc.

Con los correspondientes datos obtenidos tanto del seguimiento físico como del financiero, la Unidad de Gestión debe cumplir las siguientes obligaciones:

• Suministrar información periódica del avance físico, administrativo y financiero, en el formato que sea necesario para la implementación del sistema de seguimiento. En particular, deberán presentarse a la Autoridad de Gestión para que sea usada en los distintos Comités de Seguimiento de los fondos:

- Los Informes Anuales de Ejecución que acompañarán a cada certificación de gasto. Para la correcta elaboración de los Informes Anuales, éstos deben contener un resumen de las actuaciones ejecutadas: las licitaciones, adjudicaciones, contrataciones y el importe gastado por categorías. Todo ello con una extensión máxima de un folio o folio y medio.

• Responder a cualquier otra solicitud de información o modificación ante la Autoridad de Gestión o de Auditoría del programa. Cuando estas solicitudes se produzcan, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra deberá responder en el plazo que se haya establecido por las Autoridades que requieran la información.

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32

• Colaborar con la Autoridad de Gestión, y con los evaluadores independientes que ésta designe, para la realización de las evaluaciones intermedias y final4 del programa y suministrar toda la información que se solicite para ello.

• Comunicar a la Autoridad de Gestión, en su caso, todo acto administrativo o judicial de comprobación sobre irregularidades detectadas en la recogida de datos durante el seguimiento del Proyecto.

4 En el Reglamento (CE) Nº 1260/1999, del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DOCE 26/06/99), se prevé la realización de dos evaluaciones intermedias y una a la finalización del período de programación.

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33

3.3. CIERRE DEL PROYECTO

Tras la certificación y el pago final de los gastos del Proyecto de Regeneración Urbana de Alcalá de Guadaíra, se procederá al cierre del mismo. En este cierre se incluirá un Informe Final realizado con los resultados del análisis de las desviaciones, exámenes, pruebas fotográficas, causas que han originado las posibles desviaciones existentes, introducción de mejoras y recomendaciones para próximos proyectos, etc.

De forma paralela a lo realizado en la fase de Seguimiento, en la que la Unidad de Gestión debe elaborar un informe anual para garantizar el control y la correcta evolución del Proyecto, en la fase de Cierre del Proyecto debe realizarse un Informe Final.

El Informe Final de Ejecución, se debe presentar dentro de los seis meses siguientes a la fecha de fin de aplicabilidad de los gastos. En este caso, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, a fin de transmitir una idea clara sobre la ejecución del Proyecto, deberá facilitar toda la información necesaria para la elaboración del informe relativo a la ejecución de las acciones que les correspondan. El plazo para la presentación del informe final será de tres meses desde la presentación de la última certificación de gastos.

A pesar del cierre del proyecto toda la documentación relacionada con el mismo debe conservarse en perfecto estado, por la Unidad de Gestión hasta aproximadamente 2018, para que pueda ser utilizada en alguna posible verificación posterior al cierre del proyecto por parte de la Autoridad de Gestión, de Certificación, o de Auditoría.

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4. PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO

Este apartado está dedicado a definir, de forma exhaustiva, cada uno de los procedimientos que se van a desarrollar para ejecutar el Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

4.1. DEFINICIÓN GENERAL

Para la ejecución de las actuaciones que conforman el Proyecto se seguirá por parte de las personas responsables de la ejecución y demás agentes participantes una serie de procedimientos, que son los siguientes:

- Selección de Operaciones.

- Ejecución.

- Certificación.

- Verificación.

- Reembolso.

A continuación se muestra una visión general del circuito de ejecución que se debe seguir para ejecutar las actuaciones contenidas en el Proyecto.

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CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

Control Previo

Comunicación de los resultados del

análisis.

Corrección y redefinición de la

operación

Ficha de definición de Operaciones

¿Es elegible?

UNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

EMPRESA ADJUDICATARIA

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

Presentación de la Propuesta de

Gastos

Fiscalización(Intervención)

Autorización del Gasto

Disposición o Compromiso del

Gasto

Propuesta de gasto Certificado de existencia de

crédito

EJEC

UC

IÓN

Elaboración de los Pliegos (no en contra. menor)

Redacción memoria para contratación

Validación de la memoria

¿Es validada?

No

Seleccción de la mejor Oferta

Publicación Pliegos o Invitaciones a

licitadores

¿Son validados?

Validación de los Pliegos

Validación de la oferta seleccionada

¿Es validada?

Preparación del contrato

NoEJ

ECU

CIÓ

N

Ejecución de la actividad

contratada

Acreditación documental del

servicio realizado

Seguimiento de la ejecución y envio de información a

Unidad de Gestión

Recepción de información sobre

el estado de ejecución

Solicitud de reconocimiento o liquidación de la

obligación

Documentación acreditativa

Reconocimiento o liquidación de la

obligación

Ordenación del Pago

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

Ejecución del Pago

(Tesorería)

NoSí

Memoria

Pliegos

Apoyo en la elaboración de los

Pliegos(Secretaría)

No

Presentación de las ofertas

Formalización del contrato

(Secretaría)

ContratoFirma del contrato

Entrega documentación acreditativa al

responsable de ejecución

Documentos de pago

Informe de elegibilidad

Autorización del gasto

Disposición del gasto

Orden de pago

Reconocimiento de la obligación

Autorización de la operación

Definición de la operación a

ejecutar

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36

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENOUNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE

EJECUCIÓNUNIDAD DE

VERIFICACIÓNEMPRESA

ADJUDICATARIA

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

VER

IFIC

AC

IÓN

VER

IFIC

AC

IÓN

Comprobación de ha ejecución d el

gasto

Comprobación de la entrega de

bienes o prestación de servicios

Comprobación del cumplimiento de la

normativa

Comprobación de que la actuación no ha sido objeto de otra financiación

¿Verificación positiva?

Envío de la

Subsanación de errores

No

VER

IFIC

ACIÓ

N A

DM

INIS

TRAT

IVA

E "IN

SIT

U"

Ejecución del Pago

(Tesorería)

Documentos de pago

EJEC

UC

IÓN

EJEC

UC

IÓN

Check list

Envío de la documentación de

Verificación

Emisión de la solicitud de

reembolso a la Autoridad de

Gestión

REE

MB

OLS

O

Informe de Verificación

Solicitud de Reembolso R

EEM

BO

LSO

CER

TIFI

CA

CIÓ

N

CER

TIFI

CA

CIÓ

N

Análisisde toda la documentación

Firma del Certificado por la

Alcaldía*

Redacción certificado

Comprobación de que el pago se ha

ejecutado

Remisión del certificado a la Autoridad de

Gestión

¿Certificación correcta?

Subsanación de errores

No

Certificado del Gasto

VER

IFIC

AC

IÓN

VER

IFIC

AC

IÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

37

4.2. SELECCIÓN DE OPERACIONES

Además del análisis de la elegibilidad del gasto que se ha realizado de todas las actuaciones que componen inicialmente el Proyecto y que han sido aprobadas por la Autoridad de Gestión, durante la ejecución de esas actuaciones aprobadas pueden surgir nuevas necesidades de gasto que no se habían detectado inicialmente.

Por ello, el responsable de la ejecución de cada actuación, tiene la posibilidad de solicitar la autorización para llevar a cabo las nuevas operaciones que deban ser incluidas en el proyecto. Esas nuevas operaciones que se detecten deben seguir el procedimiento de selección de operaciones que se describe a continuación.

La comprobación de la elegibilidad de cada operación se podrá efectuar sobre el Anexo al Convenio suscrito y restantes documentos existentes como el Cuadro de Mando del Proyecto, las Hojas de Control de actuaciones, los Indicadores, etc. No obstante se ha preparado una ficha de definición de operación como soporte para la caracterización de las nuevas operaciones que surjan durante el desarrollo del Proyecto.

Fase 1: Definición de la operación a ejecutar.

Definición de la operación a

ejecutar

Las áreas municipales responsables de la ejecución de las actuaciones definirán en un formato de ficha diseñado al efecto, las características de la operación a ejecutar.

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución

Soporte Documental

CV

R

U.G. R.E. U.V.E.A.

SE

C.,P.,J.

CV

RS

E

I.,T., SG.

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

Control Previo

Comunicación de los resultados del

análisis.

Corrección y redefinición de la

operación

Ficha de definición de Operaciones

¿Es elegible?

UNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

EMPRESA ADJUDICATARIA

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

NoSí

Informe de elegibilidad

Autorización de la operación Definición de la

operación a ejecutar

Ficha de definición de Operaciones

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

38

Fase 2: Control Previo.

Control Previo

La Unidad de Verificación, procederá a analizar la definición de la operación según los criterios de elegibilidad establecidos en la normativa. Los resultados de este análisis se recogerán en un Informe de elegibilidad que indicará si la operación definida es susceptible de ser cofinanciada con Fondos FEDER.

Organismo Responsable:

Unidad de Verificación

Soporte Documental

Fase 3: Comunicación de los resultados del Análisis.

Comunicación de los resultados del

análisis.

Después del control previo sobre la elegibilidad, la Unidad de Gestión comunicará los resultados del mismo al área municipal u organismo que definió la operación, emitiendo una Autorización para que la operación se ejecute, o bien solicitando una redefinición de la misma.

Organismo Responsable:

Unidad de Gestión

Soporte Documental

Fase 4: Corrección y redefinición de operaciones.

Corrección y redefinición de la

operación

Cuando en el análisis anterior se establezca que la definición de la operación no es elegible en su totalidad o contiene elementos que no cumplen con los requisitos de elegibilidad, el Responsable de Ejecución procederá a realizar una redefinición de la misma. Una vez redefinida volverá a ser analizada por la Unidad de Verificación

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Informe de elegibilidad

Ficha de definición de Operaciones

Autorización de la operación

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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39

4.3. EJECUCIÓN

Para lograr los objetivos establecidos en el Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra, todos los agentes implicados en el desarrollo de las actuaciones deberán llevar a cabo las siguientes fases que conforman la ejecución del mismo:

CV

R

U.G. R.E. U.V.E.A.

SE

C.,P.,J.

CV

RS

E

I.,T., SG.

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENOUNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE

EJECUCIÓNUNIDAD DE

VERIFICACIÓNEMPRESA

ADJUDICATARIA

Presentación de la Propuesta de

Gastos

Fiscalización(Intervención)

Autorización del Gasto

Disposición o Compromiso del

Gasto

Propuesta de gasto Certificado de existencia de

crédito

EJEC

UC

IÓN

Elaboración de los Pliegos (no en contra. menor)

Redacción memoria para contratación

Validación de la memoria

¿Es validada?

No

Seleccción de la mejor Oferta

Publicación Pliegos o Invitaciones a

licitadores

¿Son validados?

Validación de los Pliegos

Validación de la oferta seleccionada

¿Es validada?

Preparación del contrato

No

EJEC

UC

IÓN

Ejecución de la actividad

contratada

Acreditación documental del

servicio realizado

Seguimiento de la ejecución y envió de información a

Unidad de Gestión

Recepción de información sobre

el estado de ejecución

Solicitud de reconocimiento o liquidación de la

obligación

Documentación acreditativa

Reconocimiento o liquidación de la

obligación

Ordenación del Pago

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

Ejecución del Pago

(Tesorería)

Memoria

Pliegos

Apoyo en la elaboración de los

Pliegos(Secretaría)

No

Presentación de las ofertas

Formalización del contrato

(Secretaría)

ContratoFirma del contrato

Entrega documentación acreditativa al

responsable de ejecución

Documentos de pago

Autorización del gasto

Disposición del gasto

Orden de pago

Reconocimiento de la obligación

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

40

Fase 1: Presentación de la Propuesta de Gastos

Presentación de la Propuesta de

Gastos

Una vez que el Responsable de Ejecución de la actuación cuente con la Autorización por parte de la Unidad de Gestión procederá a elaborar una propuesta de gastos que contendrá de manera clara su finalidad, con detalle de la prestación y el coste estimado.

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 2: Fiscalización

FiscalizaciónLa Intervención Municipal, analizadas la propuesta de gastos, acreditará la disposición de crédito suficiente para hacer frente a los pagos necesarios antes de que reciba la ayuda.

Organismo Responsable:

Intervención

Soporte Documental

Fase 3: Autorización del Gasto

Autorización del Gasto

Cuando la Intervención Municipal acredite la existencia de crédito para la propuesta de gastos se procederá a la Autorización del mismo Esta Autorización consiste en la aprobación de los gastos de la propuesta.

Organismo Responsable:

Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, Junta de Gobierno Local o Pleno

Soporte Documental

Fase 4: Disposición del Gasto

Disposición o Compromiso del

Gasto

La Disposición del gasto supone el reconocimiento formal de que se tiene una obligación contra la Tesorería del Ayuntamiento. La realizará el mismo organismo que lo haya autorizado, notificando a la Intervención Municipal el compromiso de ejecutar ese gasto autorizado.

Organismo Responsable:

Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, Junta de Gobierno Local o Pleno

Soporte Documental

Certificado de existencia de

crédito

Propuesta de gasto

Autorización del gasto

Disposición del gasto

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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41

Fase 5: Redacción de la Memoria

Redacción memoria para contratación

El Responsable de Ejecución deberá redactar una memoria en la que se especificarán las características y forma de contratación dentro de la operación aprobada. Constituye el antecedente al Pliego.

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 6: Validación de la Memoria

Validación de la memoria

La Unidad de Gestión deberá comprobar que los aspectos establecidos en la memoria de contratación son coherentes con las necesidades del Proyecto y se ajustan a los procedimientos de contratación de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, a las Bases de ejecución Presupuestarias del Ayuntamiento y a los requisitos y normas definidos en el marco del Proyecto.

Organismo Responsable:

Unidad de Gestión.

Soporte Documental

Fase 7: Elaboración de los Pliegos

Elaboración de los Pliegos (no en contra. menor)

El Responsable de Ejecución llevará a cabo la elaboración de los pliegos para la contratación en los que se especificarán todos y cada una de los requisitos que debe poseer la entidad/ persona a la que se contrate.

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 8: Apoyo en la elaboración de los Pliegos

Apoyo en la elaboración de los

Pliegos

En la elaboración de los pliegos de ejecución la Secretaría General prestará su apoyo al responsable de manera que se pueda asegurar su idoneidad.

Organismo Responsable:

Secretaría General

Soporte Documental

Memoria

Pliegos

Pliegos

Memoria

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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42

Fase 9: Publicación de Pliegos o Invitaciones a licitadores

Publicación Pliegos o Invitaciones a

licitadores

Dependiendo del tipo de contratación que se vaya a llevar a cabo deberán publicarse los pliegos (procedimiento abierto…) o invitar a empresas a participar en el proceso de licitación (procedimiento negociado).

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución

Soporte Documental

Fase 10: Presentación de las ofertas

Presentación de las ofertas

Las Empresas interesadas en la contratación o aquellas que hayan sido invitadas a participar en el procedimiento deberán presentar las ofertas según los criterios especificados en los Pliegos y en el plazo que en ellos se establezca.

Organismo Responsable:

Empresa Adjudicataria.

Soporte Documental

Fase 11: Selección de la Mejor Oferta

Seleccción de la mejor Oferta

El Responsable de Ejecución, por medio de una mesa de contratación, deberá seleccionar la mejor oferta entre las recibidas, en función de los criterios establecidos. Una vez realizada la selección deberá comunicarlo al adjudicatario y al resto de participantes.

Organismo Responsable:

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 12: Validación de la oferta seleccionada

Validación de la oferta seleccionada

La Unidad de Gestión deberá aprobar la oferta seleccionada.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión:

Soporte Documental

Pliegos

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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43

Fase 13: Preparación del contrato

Preparación del contrato

Una vez validada la oferta seleccionada se deberá preparar el contrato antes de comenzar con la ejecución de la actuación.

Organismo Responsable

Responsable de Ejecución:

Soporte Documental

Fase 14: Formalización del contrato

Formalización del contrato

La Secretaría General se encargará de la formalización de todos y cada uno de los contratos que se necesiten en el desarrollo del Proyecto.

Organismo Responsable

Secretaría General.

Soporte Documental

Fase 15: Firma del contrato

Firma del contratoLa Secretaría General se encargará de la formalización de todos y cada uno de los contratos que se necesiten en el desarrollo del Proyecto.

Organismo Responsable

Empresa Adjudicataria.

Soporte Documental

Fase 16: Ejecución de la actividad contratada

Ejecución de la actividad

contratada

Una vez firmado el contrato la empresa que haya sido la adjudicataria deberá comenzar la ejecución de la actividad para la que se le ha contratado.

Organismo Responsable

Empresa Adjudicataria.

Soporte Documental

Contrato

Contrato

Contrato

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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44

Fase 17: Seguimiento de la ejecución y envío de la información a la Unidad de Gestión

Seguimiento de la ejecución y envio de información a

Unidad de Gestión

De manera simultánea a la ejecución de la actividad por parte de la empresa adjudicataria, el Responsable de Ejecución deberá seguir el estado de la actuación e informar de ello a la Unidad de Gestión.

Organismo Responsable

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 18: Recepción de información sobre el estado de ejecución

Recepción de información sobre

el estado de ejecución

La Unidad de Gestión deberá ser informada del estado en el que se encuentra la ejecución de las operaciones a lo largo de la vida del Proyecto.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión.

Soporte Documental

Fase 19: Entrega de la documentación acreditativa al Responsable de Ejecución.

Entrega documentación acreditativa al

responsable de ejecucióna

La Empresa Adjudicataria tendrá que presentar periódicamente la documentación que acredite la ejecución de la actividad y los gastos que están llevándose a cabo.

Organismo Responsable

Empresa Adjudicataria.

Soporte Documental

Fase 20: Acreditación documental del servicio realizado.

Acreditación documental del

servicio realizado

El Responsable de Ejecución deberá presentar la documentación acreditativa ante la Unidad de Gestión para justificar los gastos.

Documentación acreditativa

Documentación acreditativa

Documentación acreditativa

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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45

Fase 20: Acreditación documental del servicio realizado.

Acreditación documental del

servicio realizado

El Responsable de Ejecución deberá presentar la documentación acreditativa ante la Unidad de Gestión para justificar los gastos.

Organismo Responsable

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 21: Solicitud de reconocimiento o liquidación de la obligación.

Solicitud de reconocimiento o liquidación de la

obligación

La Unidad de Gestión cuando haya recibido la documentación que justifica los gastos realizados procederá a la solicitud de la liquidación de la obligación.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión.

Soporte Documental

Fase 22: Reconocimiento o liquidación de la obligación.

Reconocimiento o liquidación de la

obligación

Tras la solicitud de reconocimiento de obligación, el Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, la Junta de Gobierno Local o el Pleno procederán a reconocer la obligación.

Organismo Responsable

Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, Junta de Gobierno Local o Pleno

Soporte Documental

Fase 23: Ordenación del Pago.

Ordenación del Pago

Tras el reconocimiento de la obligación, el Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, la Junta de Gobierno Local o el Pleno procederán a la ordenación del pago.

Organismo Responsable

Concejal Delegado del Área de Servicios Económicos, Junta de Gobierno Local o Pleno

Soporte Documental

Documentación acreditativa

Reconocimiento de la obligación

Orden de pago

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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46

Fase 24: Ejecución del Pago.

Ejecución del Pago

Para hacer efectivo el pago de los gastos realizados que se han justificado correctamente interviene la Tesorería del Ayuntamiento.

Organismo Responsable

Tesorería.

Soporte Documental

Documentos de pago

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47

4.4. VERIFICACIÓN

Tras la ejecución de las operaciones se pasa a la verificación de las mismas, realizadas por la Unidad de Verificación, que en este caso se trata de un equipo de Asistencia Técnica externa que el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra contrata para garantizar fehacientemente la separación de estas tareas y el consiguiente cumplimiento de la normativa.

Para llevar a cabo el control y las verificaciones, se van a realizar:

• Verificaciones. La Unidad de Verificación del Proyecto será la encargada de realizar las tareas de verificación de las diferentes operaciones que comprenda el desarrollo del mismo. Entre las principales tareas se señalan las siguientes:

- Comprobación de que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de cofinanciación

- Comprobación de que se ha efectuado realmente el gasto declarado en relación con las operaciones (incluyendo el pago real de éstos)

CV

R

U.G. R.E. U.V.E.A.

SE

C.,P.,J.

CV

RS

E

I.,T., SG.

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

UNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

EMPRESA ADJUDICATARIA

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

VER

IFIC

AC

IÓN

VER

IFIC

AC

IÓN

Comprobación de ha ejecución del

gasto

Comprobación de la entrega de

bienes o prestación de servicios

Comprobación del cumplimiento de la

normativa

Comprobación de que la actuación no ha sido objeto de otra financiación

Check list

¿Verificación positiva?

Envío de la Información de

Verificación

Subsanación de errores

No

VER

IFIC

ACIÓ

N A

DM

INIS

TRA

TIVA

E "

IN S

ITU

"

Informe de Verificación

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

48

- Comprobación del cumplimiento de la normativa comunitaria aplicable al tipo de operación que se trate.

- Comprobación de que la actuación cuyo reembolso se desea certificar no haya sido objeto de otra financiación.

Con carácter previo a las diferentes inspecciones y auditorías a las que las Autoridades de Certificación y Auditoría de los fondos FEDER, someterán al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, éste deberá de llevar a cabo las verificaciones que le corresponden como Organismo Intermedio5, por medio de la Unidad de Verificación y Control, para asegurar la correcta evolución del proyecto.

Las verificaciones podrán ser de dos tipos:

- Verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso.

- Verificaciones sobre el terreno (in situ) de operaciones concretas.

Las verificaciones administrativas. Estas verificaciones consisten en controles documentales que tienen como referencia fundamental la propia declaración de gasto y la correspondiente documentación justificativa del mismo. Tienen carácter previo a la certificación del gasto y su objeto es la realización de un control exhaustivo de todas las operaciones con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa regional, nacional y comunitaria.

Mediante ellas, el responsable de Verificación garantizará la regularidad del 100% del gasto declarado, comprobando la realidad de los pagos y su adecuación a las condiciones de aprobación de la ayuda, incluidas todas las normas que le sean de aplicación.

La verificación sobre el terreno supone la visita a las instalaciones donde se ejecutan las obras o al propio ayuntamiento para reforzar las conclusiones obtenidas a través de la verificación administrativa. Debido a que la ejecución del Proyecto tiene una duración prevista de siete años, se estima conveniente la verificación de todas y cada una de las obras o instalaciones evitando así tomar un sistema de muestreo que pueda contener error.

Las verificaciones sobre el terreno en actuaciones que no impliquen obra se realizarán mediante la presentación por parte de los organismos ejecutores de la correspondiente documentación que pruebe inequívocamente la ejecución de la actuación: folletos, trípticos, carteles, fotografías, listado de asistentes, etc.

En las verificaciones sobre el terreno se valorarán los siguientes aspectos:

5 Según el artículo 13 del Reglamento (CE) nº 1828/2006.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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49

- La ejecución física y la entrega de bienes y servicios, además de comprobar si se dispone de personal especializado a tal efecto.

- Que los técnicos de la Unidad de Gestión controlen mediante indicadores la ejecución de las operaciones.

- Comprobar que se dispone de un sistema de transferencia de información sobre el desarrollo del Proyecto que permita valorar su progreso.

- Comprobar que se utiliza el sistema de contabilidad adecuado y previsto antes del comienzo del Proyecto.

- Comprobar si existen procedimientos escritos para actuar ante irregularidades y fraudes. Además de la fundamentación de las incidencias que hayan podido surgir en la ejecución de las operaciones.

En ambas verificaciones la herramienta fundamental es el Check list o lista de comprobación, el cumplimiento de estos listados tiene un doble objetivo:

- Asegurar que los puntos críticos de una operación son objeto de revisión.

- Facilitar la carga sistemática de los datos en los sistemas de gestión informatizada (específicamente, Fondos 2007).

En los Check list se incluyen listas de las siguientes materias: contratación, medio ambiente, legislación, ayudas estatales, igualdad de oportunidades, información y publicidad, verificación de gastos y elegibilidad, control financiero y pista de auditoría

Es importante documentar adecuadamente los procedimientos de verificación, ya que si se detecta como punto débil se puede obligar a repetir los controles de verificación. Es decir, no basta con cumplimentar el Check list sino en asegurarse de que se dispone de la información y/o documentación que avale lo recogido en el mismo.

Los Check List que se van a utilizar en las verificaciones de las operaciones aparecen recogidos en el Anexo I al presente documento.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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50

Fase 1:Comprobación que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación del servicio

Comprobación que se ha llevado a

cabo la entrega de bienes o prestación

de servicios

En la Verificación tanto administrativa como in situ debe comprobarse si se ha realizado la entrega de bienes o prestación del servicio objeto de elegibilidad.

Organismo Responsable

Unidad de Verificación

Soporte Documental

Fase 2: Comprobación que se ha ejecutado el gasto

Comprobación de que se ha

ejecutado el gasto

En la Verificación tanto administrativa como in situ debe comprobarse si se ha ejecutado el gasto.

Organismo Responsable

Unidad de Verificación

Soporte Documental

Fase 3: Comprobación del cumplimiento de la normativa

Comprobación del cumplimiento de la

normativa

En la Verificación tanto administrativa como in situ debe comprobarse si se ha cumplido la normativa aplicable.

Organismo Responsable

Unidad de Verificación

Soporte Documental

Fase 4: Comprobación de que la actuación no ha sido objeto de doble financiación

Comprobación de que la actuación no ha sido objeto de otra financiación

En la Verificación tanto administrativa como in situ debe comprobarse si la actuación que se desea subvencionar ha sido o está siendo subvencionada por otro organismo.

Organismo Responsable

Unidad de Verificación

Soporte Documental

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

51

Fase 5: Subsanación de errores

Subsanación de errores

En el caso de que en las verificaciones se encontrasen algún tipo de irregularidad, la Unidad de Gestión procederá a la subsanación de errores.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

Fase 6: Envío de la información de Verificación

Envío de la Información de

Verificación

Los resultados de las verificaciones y de la subsanación de errores, en su caso, que se realicen deberán ser enviados a la Autoridad de Gestión.

Organismo Responsable

Unidad de Verificación

Soporte Documental

Check list Informe de Verificación

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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52

4.5. CERTIFICACIÓN

La certificación es un procedimiento que consiste en comunicar a las Autoridades de Gestión y Certificación la relación de gastos que integran una solicitud de pagos intermedios. La finalidad de este procedimiento consiste en justificar que la ejecución de las actuaciones del Proyecto se ha llevado a cabo.

Fase 1: Análisis de toda la documentación.

Análisisde toda la documentación

Una vez que la tesorería ha ejecutado el pago se analiza toda la documentación que se ha entregado para la justificación del gasto.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

Fase 2: Comprobación de que el pago se ha ejecutado.

Comprobación de que el pago se ha

ejecutado

La Unidad de Gestión deberá comprobar si verdaderamente el gasto que se pretende justificar se ha ejecutado.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

CV

R

U.G. R.E. U.V.E.A.

SE

C.,P.,J.

CV

RS

E

I.,T., SG.

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENOUNIDAD DE GESTIÓN RESPONSABLE DE

EJECUCIÓNUNIDAD DE

VERIFICACIÓNEMPRESA

ADJUDICATARIA

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

CER

TIFI

CA

CIÓ

N

CER

TIFI

CA

CIÓ

N

Análisisde toda la documentación

Firma del Certificado por la

Alcaldía*

Redacción certificado

Comprobación de que el pago se ha

ejecutado

Remisión del certificado a la Autoridad de

Gestión

¿Certificación correcta?

Subsanación de errores

No

Certificado del Gasto

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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53

Fase 3: Subsanación de errores.

Subsanación de errores

En caso de que existiese algún error en la documentación aportada o en la ejecución del gasto, el Responsable de Ejecución deberá subsanar los errores.

Organismo Responsable

Responsable de Ejecución.

Soporte Documental

Fase 4: Redacción de certificado de Gastos.

Redacción certificado

Tras la comprobación de la documentación y la subsanación de errores, en su caso, la Unidad de Gestión procederá a la Redacción del Certificado de Gastos.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

Fase 5: Firma del Certificado por la Alcaldía.

Firma del Certificado por la

Alcaldía*

El Certificado de Gastos debe ser firmado por la Alcaldía o Concejal en quien se delegue para que sea válido.

Organismo Responsable

Alcaldía

Soporte Documental

Fase 6: Remisión del Certificado de Gastos a la Autoridad de Gestión

Remite el certificado a la Autoridad de

Gestión

El Certificado de Gastos una vez firmado se remitirá automáticamente a la Autoridad de Gestión para iniciar los trámites de solicitud del reembolso.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

Certificado del Gasto

Certificado del Gasto

Certificado del Gasto

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54

4.6. REEMBOLSO

Fase 1: Emisión de la solicitud de reembolso a la Autoridad de Gestión

Emisión de la solicitud de

reembolso a la Autoridad de

Gestión

Una vez finalizadas las verificaciones y enviada la documentación correspondiente, la Unidad de Gestión deberá solicitar el reembolso del gasto a la Autoridad de Gestión.

Organismo Responsable

Unidad de Gestión

Soporte Documental

CV

R

U.G. R.E. U.V.E.A.

SE

C.,P.,J.

CV

RS

E

I.,T., SG.

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENOUNIDAD DE GESTIÓN

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

EMPRESA ADJUDICATARIA

INTERVENCIÓN, TESORERÍA Y

SECRETARÍA GENERAL

Emisión de la solicitud de

reembolso a la Autoridad de

Gestión

REE

MB

OLS

O

Solicitud de Reembolso R

EEM

BO

LSO

Solicitud de Reembolso

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

55

5. ASPECTOS IMPORTANTES DE LOS PROCEDIMIENTOS

5.1. SUBVENCIONABILIDAD DEL GASTO

Los gastos elegibles son todos aquellos que pueden ser objeto de cofinanciación por el FEDER. Los requisitos fundamentales para que sean considerados gastos elegibles son:

- Que los gastos se lleven a cabo para la realización de las actividades aprobadas en el Proyecto al que se le haya concedida la ayuda. Deberán corresponder de manera indubitada a la operación cofinanciada, sin más limitaciones que las derivadas de la normativa comunitaria y de la legislación nacional aplicables.

- Que sean adecuados a los objetivos y prioridades definidos en las Bases Reguladoras de la Convocatoria que concedió su cofinanciación.

- Que exista constancia documental de su realización, de modo que puedan ser verificables.

- Que sean conformes a la normativa comunitaria y nacional aplicable.

- Que no sean objeto de financiación de otro fondo estructural y evitar así la doble financiación.

- Que se realicen dentro del plazo de ejecución aprobado para el Proyecto. En este sentido hay que hacer las siguientes consideraciones:

El periodo de ejecución de los proyectos, así como los pagos reales y efectivos efectuados con cargo al mismo no podrán exceder de cinco años a partir de julio de 2008.

Se entenderá por gastos subvencionables aquellos efectuados tanto durante el periodo de ejecución de los proyectos como los que corresponden a actividades subvencionables contempladas en el mismo y que se hayan realizado a partir de la fecha de comienzo de subvencionalidad del gasto del nuevo programa: 1 de enero de 2007.

No obstante, las operaciones no deberán haber concluido antes de la fecha a partir de la cual se consideren subvencionables.

La fecha de finalización del proyecto deberá coincidir con aquella en que se produzca el último pago efectivo con cargo al mismo, una vez finalizadas todas las actuaciones del

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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56

proyecto y deberá estar dentro del período de subvencionalidad del gasto (julio de 2013).

En cualquier caso deberán ser gastos efectivamente pagados, esto es, para los que el reconocimiento de la obligación y el pago material se hayan efectuado en el intervalo entre la fecha de comienzo de subvencionalidad del gasto del nuevo programa y la fecha certificada como de finalización del proyecto que deberá estar dentro del periodo de subvencionalidad del gasto (julio de 2013).

Los gastos que son objeto de cofinanciación por el FEDER se resumen en la siguiente tabla:

Gastos de Personal

Los gastos de personal serán cofinanciables si son en exclusiva para la ejecución y/o gestión del proyecto

Requisitos:

Si se contrata a técnicos se deberá aplicar un procedimiento selectivo que garantice los principios de mérito, igualdad y capacidad, o si se trata de trabajadores/as por cuenta ajena, las formas de licitación previstas en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

Se deberá emitir una resolución de asignación de funciones de forma previa al inicio del trabajo.

No podrán imputarse los sueldos del personal propio si se derivan del ejercicio de las competencias de autoridades públicas o las tareas habituales de los mismos.

Gastos de las administraciones y organismos públicos

Serán subvencionables los gastos relativos a la preparación y ejecución de operaciones.

Serán subvencionables los siguientes gastos realizados durante la preparación o ejecución de las operaciones :

• Costes de servicios profesionales prestados por una autoridad pública distinta al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. En este caso dicha autoridad pública facturará al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra los costes de los servicios profesionales para la preparación y ejecución de las operaciones, o bien certificará dichos costes sobre la base de documentos de valor acreditativo equivalente que permita la identificación de los costes reales pagados por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en concepto de la operación.

• Costes de los servicios prestados por el mismo Ayuntamiento cuando siendo el beneficiario, ejecute la operación por cuenta propia sin recurrir a prestadores de servicios externos. Estos costes serán subvencionables cuando sean costes adicionales y relacionados con los gastos real y directamente abonados con cargo a la operación cofinanciada.

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Contrataciones de empresas especializadas

Se podrá contratar con empresas especializadas la ejecución de una o varias actuaciones del proyecto.

Cumplir requisitos de la Ley 30/2007 y demás establecidos en el presente Manual

Concesión de Subvenciones a terceros, formalización de convenios u fórmulas similares

Serán subvencionables los gastos originados por las subvenciones o convenios

Además de lo previsto de forma general, deberán cumplirse los requisitos de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y demás normativa de aplicación. Las convocatorias de subvenciones a terceros deben ser remitidas a la Unidad de Gestión para su revisión y aprobación.

Actuaciones de información y publicidad

Serán subvencionables las acciones que se realicen en materia de información y publicidad tanto del proyecto en su conjunto, como de actuaciones de forma individual.

Podrán incluirse como gasto elegible:

• Los Folletos informativos, anuncios en prensa, televisión, Internet, y/o radio, cartelería, ruedas de prensa, imagen del proyecto, inauguraciones, etc.

También podrán incluirse como gasto elegible los siguientes (con un límite máximo del 5% del total del Proyecto):

• La participación en la Red Sectorial de Iniciativas Urbanas, mecanismo de coordinación establecido en el MENR.

• La creación o participación en Redes y/o Proyectos de cooperación y coordinación, fundamentalmente para el intercambio metodológico y técnico de experiencias relacionadas exclusivamente con los Proyectos cofinanciados por el FEDER dentro de la categoría de gasto denominada “Proyectos de regeneración Urbana y Rural”, siempre y cuando se justifique su necesidad y adecuación respecto de las actuaciones acometidas.

Instrumentos de ingeniería financiera

Serán subvencionables los fondos de capital riesgo, fondos de préstamos, fondos de garantía, fondos de cartera, etc.

Deben tratarse de fondos que se inviertan en asociaciones público-privadas y en otros Proyectos incluidos en un plan integrado de desarrollo urbano sostenible.

Bienes de equipos de primera mano

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Serán subvencionables los costes de depreciación causados por la disminución del valor de los activos fijos en la adquisición de bienes de equipo de primera mano.

• La adquisición de los bienes amortizados no puede haber sido objeto de cofinanciación por parte de los fondos, ni de cualquier otra subvención.

• La amortización debe calcularse de conformidad con la normativa contable nacional pública y privada.

• El coste debe referirse exclusivamente al periodo de elegibilidad de la operación.

Bienes de equipo de segunda mano

Será subvencionable la adquisición de bienes de equipo de segunda mano.

Debe constar una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.

El precio no podrá ser superior al valor de mercado y además debe ser inferior al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose mediante certificación de tasador independiente.

Terrenos y bienes inmuebles

Será subvencionable la adquisición de bienes inmuebles.

• Debe existir una relación directa entre la compra y los objetivos de la operación.

• Deberá utilizarse para los fines y durante el período que se prevea expresamente en su inclusión en el acto de selección de la operación cofinanciada.

• No pueden pertenecer o haber pertenecido durante el periodo de elegibilidad al organismo responsable de la ejecución o a otro organismo o entidad, directa o indirectamente, vinculado o relacionado con el mismo.

• El importe subvencionable no podrá superar el valor de mercado de los terrenos y de los bienes inmuebles, lo que deberá acreditarse mediante certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial. Este certificado no será necesario en el caso de adquisiciones mediante expropiación forzosa, siempre que se siga el procedimiento establecido en su normativa específica para la fijación del precio.

• No será subvencionable la adquisición de terrenos por importe superior al 10% del gasto total subvencionable de la operación considerada.

Alquileres de locales

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Serán subvencionables los alquileres de locales.

Para que los alquileres de locales sean elegibles se debe:

• Justificar documentalmente que no existe otro local adecuado, propiedad del Ayuntamiento que se pueda utilizar para el mismo fin.

• Presentar un peritaje independiente que justifique que el alquiler se realiza a precios de mercado.

• Alquilar el local acondicionado para su utilización y no llevar a cabo ninguna actuación de acondicionamiento.

Gastos generales

Serán subvencionables los gastos fijos correspondientes a suministros corrientes (energía eléctrica, teléfono, alquiler, etc.).

• Debe constar expresamente su inclusión en el acto de selección de la operación cofinanciada, conforme a los criterios aprobados en el Comité de Seguimiento: sean elegibles; es decir, que sean adecuadas a los objetivos y prioridades definidos en las Bases Reguladoras de la Convocatoria, exista constancia documental sobre su realización, se realicen dentro del plazo de ejecución, sean para actividades aprobadas en el proyecto, y además deben ser conformes con la normativa nacional y comunitarias aplicables.

• Deben estar basados en costes reales e imputables a la ejecución de la operación en cuestión, de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas, o bien en costes medios reales imputables a operaciones del mismo tipo.

Las cantidades a tanto alzado basadas en los costes medios no podrán superar el 25% de los costes directos de una operación que pueda afectar al nivel de los gastos generales.

El cálculo de las cantidades a tanto alzado se documentará adecuadamente, sobre la base de un informe técnico motivado, antes de la primera declaración de gastos en que se incluyan y se revisará, al menos, anualmente.

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Gastos no elegibles: No tendrán derecho a contribución del FEDER ni del Fondo de Cohesión los siguientes gastos:

• Intereses deudores.

• Los demás gastos financieros, salvo las bonificaciones de intereses recogidas en regímenes de ayuda.

• Vivienda.

• El impuesto sobre el valor añadido recuperable y el impuesto general indirecto canario recuperable, así como los impuestos de naturaleza similar que sean recuperables.

• Los impuestos personales o sobre la renta.

• Contribuciones en especie.

• Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

• Gastos de procedimientos judiciales.

• Gastos de garantías bancarias o de otro tipo, salvo para bonificaciones del coste del aval recogidas en regímenes de ayuda.

• En los casos de adquisición de bienes y servicios mediante contratos públicos:

- Los descuentos efectuados.

- Los pagos efectuados por el contratista a la Administración en concepto de tasa de dirección de obra, control de calidad o cualesquiera otros conceptos que supongan ingresos o descuentos que se deriven de la ejecución del contrato.

- Los pagos efectuados por la entidad beneficiaria que se deriven de modificaciones de contratos públicos mientras que no se admita su carácter de subvencionables por la Dirección General de Fondos Comunitarios.

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5.2. ELABORAR LA PISTA DE AUDITORIA

Como se estableció en las actuaciones previas al inicio del Proyecto el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra se compromete a la elaboración de una pista de Auditoría por la que se identifiquen todos los documentos referentes a cada una de las actuaciones del Proyecto.

Se considerará que se cuenta con una pista de auditoría suficiente cuando se cumpla lo siguiente:

1. Que los registros contables sean lo suficientemente pormenorizados y dispongan del código contable comentado anteriormente.

2. Que identifiquen a los organismos o empresas que realicen las operaciones.

3. Que los registros contables indiquen la fecha de su creación, el importe de cada partida de gastos, la naturaleza de los justificantes y la fecha y el método de pago.

4. Que se conserven los documentos justificativos, incluida la documentación demostrativa de la entrega de los trabajos o servicios pagados.

5. Que tratándose de partidas de gasto referidas sólo de forma parcial a operaciones cofinanciadas, se demuestre la exactitud de la distribución del gasto entre la operación cofinanciada y el resto de operaciones. Esta misma regla se aplicará a aquellos tipos de gasto que sólo sean subvencionables dentro de ciertos límites o que lo sean en proporción a otros costes.

6. La unidad básica de control es la solicitud de reembolso o certificación, y por tanto es el elemento que debe constituir la referencia para localizar la información necesaria para su verificación. Los documentos justificativos cuya presencia superan una certificación concreta y que pueden afectar a dos o más certificaciones es importante custodiarlos de manera separada.

7. Para conseguir una pista de auditoría adecuada se recomienda llevar a cabo un análisis minucioso de la información a conservar y transmitir, identificando de forma clara y unívoca quién es responsable de cada parte de la misma.

A lo largo de todo el Proyecto habrán de conservarse los originales de los documentos o copias certificadas conformes con los originales sobre soportes de datos generalmente aceptados. Éstos serán al menos los siguientes:

- Las fotocopias compulsadas de documentos originales;

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- Las microfichas de documentos originales;

- Las versiones electrónicas de documentos originales;

- Los documentos que sólo existan en versión electrónica. Cuando esto ocurra los sistemas informáticos utilizados deberán cumplir normas de seguridad aceptadas que garanticen que los documentos conservados cumplen los requisitos legales nacionales y son fiables a efectos de auditoria.

Todos los documentos serán archivados y almacenados en el lugar que habilite la Unidad de Gestión al efecto. En el caso de que un documento original no pueda estar en posesión de la Unidad de Gestión, se archivará una copia del original junto con una referencia del lugar en que está archivado el documento original.

8. La documentación que forma la pista de auditoría ha de mantenerse hasta el año 2018 y en todo caso un mínimo de tres años tras el cierre del Programa Operativo6, en previsión de posibles solicitudes por parte de la Comisión Europea, de la Autoridad de Gestión, de Certificación o de Auditoría, u otros organismos de control nacional e internacional. En particular, el Ayuntamiento estará obligado a:

- Conservar toda la documentación relativa al expediente de contratación, incluyendo los anuncios, los pliegos, las ofertas recibidas, la documentación relativa al proceso de evaluación y selección de ofertas, la comunicación de la adjudicación y el informe técnico justificativo de la contratación realizada.

- Conservar el contrato en el que aparezcan las condiciones del mismo, así como las facturas y los documentos de pago.

- Conservar toda la documentación relativa a la entrega de los bienes y servicios contratados: albaranes, documentos de recepción de obras, etc.

- En aquellos casos en que los bienes o servicios no dejen un rastro suficiente para una verificación posterior de su realidad, el Ayuntamiento deberá elaborar y conservar un informe técnico de verificación de la realidad del gasto, relacionando los elementos descriptivos fundamentales de los bienes o servicios recibidos, y de su correspondencia con las normas de elegibilidad aplicable.

Este compromiso de conservación de la documentación debe hacerse extensible a las posibles empresas subcontratadas por el Ayuntamiento.

6 Art. 90 del Reglamento CE Nº 1083/2006.

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9. Sólo podrán contabilizarse aquellos gastos para los que se disponga de facturas originales o documentos contables de valor probatorio equivalente. Se considerará como válida, en función del tipo de gasto, el soporte documental para las subcontrataciones en los casos siguientes:

- Expediente de contratación u otra documentación que haya servido de base para tomar la decisión de la adjudicación, incluyendo informe técnico justificando la necesidad de contratación externa.

- Contrato en el que aparezcan las condiciones del mismo.

- Factura/s pagada/s en conformidad con el sistema de pago acordado.

- Documento contable que dé fe del pago de la factura.

La documentación detallada anteriormente, deberá hacer referencia siempre a su vinculación con los Proyectos de Iniciativa Urbana y los fondos FEDER. Esta circunstancia deberá tenerse especialmente en cuenta a la hora de fijar los requerimientos formales para la emisión de facturas por parte de los proveedores.

Las facturas deberán incluir el siguiente texto:

“Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra. Iniciativa Urbana. Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013. xxx-xxx” (código de la actuación)

5.3. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE APLICACIÓN

Durante la ejecución de las actuaciones es imprescindible que se garantice el cumplimiento de la normativa aplicable en las diferentes materias relacionadas con la ejecución del Proyecto, entre las que destacan:

5.3. A) NORMATIVA APLICABLE EN INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD.

En relación con el cumplimiento de la normativa aplicable en información y publicidad se dispone de un Plan de Información y Publicidad que se ha realizado para el Proyecto.

5.3. B) NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.

La normativa aplicable en materia de contratación es la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y por tanto debe garantizarse su estricto cumplimiento en los procesos de contratación que se lleven a cabo durante la ejecución de actuaciones en el

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marco del Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

Sin embargo hay que tener en cuenta que es de aplicación la Directiva 2004/18/CE, aunque todavía no esté efectivamente transpuesta al ordenamiento jurídico español. En cualquier caso, algunos aspectos a tener en cuenta en procedimientos de contratación son los siguientes:

Es recomendable contar siempre con varias ofertas, independientemente del importe del contrato.

Cualquier entidad que ejecute gasto público cofinanciado, independientemente de su naturaleza, deberá atenerse a las directrices comunitarias y legislación nacional de contratación pública.

No pueden incluirse criterios de valoración discriminatorios o que alteren la concurrencia (sí se pueden establecer requisitos mínimos a cumplir por los ofertantes, pero estos no pueden utilizarse para valorar favorablemente unas ofertas frente a otras).

Asimismo, se deberá explicar en el pliego cómo se puntuarán estos criterios y el método que se empleará para su cuantificación. A la hora de puntuar se recomienda que al menos la oferta económica represente el 50% de la puntuación.

Si se incluye como criterio de valoración las mejoras al pliego, deben indicarse qué tipo de mejoras se aceptarían (por ejemplo tipo de pavimento en el caso de una obra o mayor número de productos en el caso de suministro), no dejando que arbitrariamente las fijen los licitadores. Pueden incluirse criterios de valoración relativos a mejoras sociales o de empleo en la zona de actuación para colectivos desfavorecidos.

El procedimiento de contratación, incluida la justificación de selección de la oferta más favorable y las comunicaciones con los ofertantes, debe quedar perfectamente documentado.

La prestación del servicio contratado debe ser demostrable (se aportará informe del adjudicatario al respecto) y tiene que ser verificada y aceptada de forma previa a la certificación del pago, conforme a las condiciones que se establezcan en el contrato.

La tramitación de urgencia o de emergencia para la celebración de un contrato, sólo se podrá usar cuando no exista ninguna otra posibilidad de contratación. Debe ser un contrato cuya celebración haya que acelerar por razones de interés público o por advenimiento de alguna catástrofe respectivamente. La utilización de la tramitación de urgencia o emergencia queda limitada exclusivamente a las situaciones en las que no exista ninguna otra opción de contratación y deberá ser justificada

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documentalmente. La utilización inadecuada de estos tipos de tramitación conllevará a la apertura de un expediente sancionador e incluso se puede llegar a perder la cofinanciación para el Proyecto.

En todos los casos, independientemente del importe adjudicado o del proceso finalmente utilizado en un contrato, la decisión deberá acompañarse de un informe técnico que la justifique. En particular, el informe técnico deberá hacer referencia a los siguientes puntos:

A la incapacidad del contratante de prestar el servicio por sí mismo o a la imposibilidad de hacerlo con los mismos estándares de calidad que el proveedor a un coste igual o inferior.

A la capacidad del contratado para llevar a término el objeto del contrato.

A la correspondencia del objeto del contrato con los objetivos y prioridades del proyecto y de la Iniciativa Comunitaria y a la elegibilidad del gasto en relación con las disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y, en general, a los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Por otro lado, independientemente del estatuto jurídico de la entidad licitadora, las empresas licitantes deberán presentar una declaración responsable de no incurrir en ninguna de las causas previstas para la imposibilidad de contratar con la Administración Pública, y la justificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

En el siguiente cuadro se muestra un resumen de los métodos de contratación aplicables y los requisitos de publicidad en cada uno de ellos:

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NOMBRE DESCRIPCIÓN Cuantías Limites (SIN IVA)

Procedimiento Abierto

(art 141 y ss)

Todo interesado puede presentar una proposición. Queda excluida toda negociación del objeto del contrato. No existen

Procedimiento Restringido (art 146 y ss)

Solo pueden presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. Se debe invitar a un mínimo de 5 empresas. Queda excluida toda negociación de los términos del contrato.

No existen

Procedimiento Negociado

(art 153 y ss)

La adjudicación recae sobre el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.

Para la aplicación de este procedimiento se tiene que dar alguna de las causas tasadas previstas en la Ley. Hay causas generales y otras específicas según el tipo de contrato de que se trate (ver Art 154 al 159).

El procedimiento se hará con o sin publicidad dependiendo de la causa por la que se recurre a este procedimiento (ver Art 161).

Existen cuantías límites para los procedimientos de

contratación de obras, de servicios, de gestión de

servicios públicos, ect., en función de sus características que se encuentran recogidos

en el Art. 154 y ss

Negociado con PublicidadLos contratos adjudicados por este

procedimiento siempre tendrán publicidad a través del BOE o Boletines

Autonómicos y provinciales, siempre que el poder adjudicador sea una

Admón Pública. La publicidad legalmente obligatoria siempre debe

complementarse con la realizada en el perfil del contratante. (Art.126)

Negociado sin PublicidadNo será obligatoria la publicidad del anuncio de licitación en el

siguiente supuesto:Cuando se ha procedido a la utilización del Procedimiento

Negociado como consecuencia de un procedimiento anterior en el que se recibieron ofertas irregulares e inaceptables. Y

siempre que en la negociación se incluyan a los licitadores que presentaron propuestas correctas. (Art.161)

Diálogo competitivo

(art 163 y ss)

El órgano de contratación dirige un diálogo con los candidatos seleccionados, previa solicitud de los mismos, a fin de desarrollar una o varias soluciones susceptibles de satisfacer sus necesidades y que servirán para que los candidatos seleccionados presenten una oferta.

Este procedimiento está pensado sólo para contratos "particularmente complejos" en los que los procedimientos abierto o restingido no garantizan una correcta adjudicación.

Se podrán establecer compensaciones para los participantes en el diálogo.

No existen

Concursos de Proyectos

(Art 168 y ss)

Son los procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los campos de la arquitectura, urbanismo, ingeniería, tratamiento de datos, etc. Tras la correspondiente licitación la selección del adjudicatario se encomienda a un jurado.

No existen

Contratación menor

(art 122)

Pueden adjudicarse directamente a cualquier empresario/a con capacidad de obrar y con la habliitación necesaria. La tramitación del expediente sólo exige la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente.

Importe inferior a 50.000 € para contratos de obras

Importe inferior a 18.000 € para otros contratos

PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN

Los contratos adjudicados por este procedimiento siempre tendrán publicidad a través del BOE o Boletines Autonómicos y provinciales, siempre que el poder adjudicador sea una Admón Pública. La

publicidad legalmente obligatoria siempre debe complementarse con la realizada en el perfil del contratante.

PUBLICIDAD OBLIGATORIALos contratos adjudicados por este procedimiento siempre tendrán publicidad a través del BOE o

Boletines Autonómicos y provinciales, siempre que el poder adjudicador sea una Admón Pública. La publicidad legalmente obligatoria siempre debe complementarse con la realizada en el perfil del

contratante. Art.126

Los contratos adjudicados por este procedimiento siempre tendrán publicidad a través del BOE o Boletines Autonómicos y provinciales, siempre que el poder adjudicador sea una Admón Pública. La

publicidad legalmente obligatoria siempre debe complementarse con la realizada en el perfil del contratante. Art.126

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5.3. C) OTRA NORMATIVA

Para asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en este campo, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra deberá utilizar unos Check list proporcionados por la Autoridad de Gestión a lo largo del desarrollo del Proyecto. Los Check list que se utilizarán se encuentran recogidos en el Anexo I al presente documento.

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5.4. CERTIFICACIÓN Y PAGO

El presente manual pretende clarificar los procedimientos a seguir por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para garantizar una adecuada gestión financiera, asegurándose de que los gastos sean justificados, verificados y certificados debidamente.

La normativa aplicable a la gestión financiera de las actuaciones de la Iniciativa Urbana subvencionadas por FEDER establece7 que las actuaciones que formen parte del Proyecto deben estar ejecutadas y pagadas como máximo 2 años después a la anualidad en que fueron presupuestadas, dentro del período comprendido entre el 1 de Enero de 2007 y el 31 de Diciembre de 2015. Este es el reflejo de la regla n+2 que consiste en que la anualidad 2007 debe estar pagada antes del 31 de Diciembre del 2009 y la del 2013, que es la última, antes del 31 de Diciembre de 2015.

La responsabilidad de realizar los reembolsos recae sobre la Subdirección General de Certificación y Pagos de la Dirección General de Fondos de Cooperación (DGFC) del Ministerio de Economía y Hacienda (MEH).

Según los resultados obtenidos se procederá a realizar las certificaciones por los importes correspondientes o correcciones financieras según proceda.

Cuando se detecten irregularidades en relación con las verificaciones, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra deberá indicar si éstas son de carácter puntual o si se han repetido con anterioridad, así como el tratamiento que la Unidad de Gestión ha llevado a cabo para la posible corrección de las mismas.

En la certificación, la declaración de los gastos se realizará mediante la aplicación informática que se ha estado utilizando a lo largo de la vida del proyecto y que registra cada una de las operaciones que se llevan a cabo.

• Elementos importantes de la certificación:

- Únicamente podrán ser certificados los gastos efectivamente pagados que se acogen a la contribución con cargo a los Fondos entre la fecha de presentación del Proyecto de Iniciativa Urbana o el 1 de Enero de 2007 y el 31 de Diciembre de 2013. Se podrá solicitar el reembolso hasta el fin del plazo de elegibilidad. Las operaciones no deberán haber finalizado antes de la fecha a partir de la cual se consideren subvencionables. El reembolso podrá presentarse con una periodicidad trimestral.

7 En el Titulo VII del Reglamento (CE) Nº 1083/2006

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- La certificación de dicho gastos se realizará mediante documentos de pago, de este modo se identifican todos los Proyectos cofinanciados por FEDER y se toman dichos documentos con objeto de certificar el máximo gasto posible, obteniendo así el importe de la ayuda destinada a dicha fuente de financiación.

• Para la justificación del gasto, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra deberá documentarlos mediante facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente. En relación a la entrega de bienes o la prestación de servicios debe existir algún documento en el que se recoja que se ha efectuado la entrega de bienes o la prestación de los servicios de forma satisfactoria, en este caso será valida la factura original o bien otros documentos justificantes de pago como: talón bancario o transferencia, “recibí”, cheque bancario o ticket de caja cuando el pago es en efectivo y de cuantía inferior a 3.000 €.

- Las facturas originales (en el caso de subvenciones o justificación de convenios, los originales deberán permanecer en poder del beneficiario final y el Ayuntamiento conservar fotocopias compulsadas) deberán contener:

Nº de la factura y en su caso serie.

Fecha de expedición y lugar.

Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir una factura como del destinatario de las operaciones.

Numero de identificación fiscal, tanto del emisor como del destinatario de la factura.

Domicilio, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones.

Relación de artículos adquiridos o artículos subvencionables, descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuestos de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no este incluido en dicho precio unitario.

El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.

La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.

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En las copias de las facturas, junto a los requisitos del apartado anterior, se indicará su condición de copias.

Deberá especificarse por separado la parte de base imponible correspondiente a cada una de las operaciones que se documenten en una misma factura.

- Justificante de pago mediante alguno de los siguientes documentos:

Talón bancario y/o transferencia compensada en el que conste al menos los datos identificativos del proveedor y relación de facturas que pagan. Deberá acompañarse también del extracto bancario donde se observe el cargo en cuenta.

Recibí, debidamente cumplimentado haciendo constar los datos identificativos de la persona que acredita el cobro de las facturas, su nombre, DNI, firma y sello de la entidad. Se consignará en este caso la expresión “Recibí”.

Si se abona mediante cheque bancario se debe acompañar de la correspondiente transferencia bancaria. Deberá acompañarse también del extracto bancario donde se observe el cargo en cuenta.

Cuando el pago sea en efectivo (siempre que no sobrepase los 3.000 €), el ticket de caja es también documento probatorio.

Casos concretos de certificación de gastos

• En el caso de regímenes de ayuda, convenios de colaboración y subvenciones no podrá justificarse el gasto y certificarse hasta tanto no lo haya efectuado la entidad beneficiaria de la ayuda o subvención y se haya abonado al beneficiario por el Ayuntamiento. No obstante, las declaraciones de gasto podrán incluir adelantos concedidos a los beneficiarios de subvenciones y/o convenios siempre que reúnan las siguientes condiciones acumulativas:

- Estarán sometidos a una garantía bancaria o a un instrumento financiero público de efecto equivalente;

- No superarán el 35% del importe total de la ayuda que se va a conceder a un beneficiario para un proyecto dado;

- Estarán cubiertos mediante el gasto abonado por los beneficiarios al ejecutar el proyecto, y documentados mediante la presentación de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente a más tardar tres años

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después del pago del adelanto o el 31 de diciembre de 2015, si esta última fecha es anterior, de no ser así, la siguiente declaración de gastos se corregirá de forma consiguiente.

Cuando el gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 12.000€ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica el beneficiario de la subvención deberá solicitar como mínimo tres ofertas a diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del servicio, obra o suministro salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Deberán aportar las tres ofertas para la justificación de la subvención8.

Deberá solicitarse a los beneficiarios certificados de estar al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, salvo cuando la subvención sea inferior a 3.000€ y/o financie proyectos o programas de acción social que se concedan a entidades sin fines lucrativos, que podrán sustituirse por una declaración responsable9 de cumplimiento de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social por parte del Beneficiario. También se les deberá solicitar certificado de exención del IVA a efectos de considerar ese gasto elegible o no. Si no es presentado por el beneficiario de la ayuda o convenio de colaboración, no puede ser abonado este impuesto.

• En el caso de gastos de personal:

Original o copia debidamente cumplimentada por los contratos y/o prórrogas, así como las posibles modificaciones que sobre las mismas se produzcan, indicando en el contrato que el trabajo realizado por el personal contratado será el desarrollo del Proyecto financiado por la Iniciativa Urbana de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

- Recibos individualizados de salarios debidamente firmados por sus perceptores y justificación del pago a los mismos, incluido extracto bancario donde se observe el cargo en cuenta.

8 Recogido en el Art. 31 de la Ley General de Subvenciones.

9 Recogido en el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

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- Boletines de cotización la Seguridad Social (modelo TC1 y TC2).

- Modelo 110 (IRPF, rendimiento de trabajo y de actividades profesionales, rendimientos a cuenta.

- No se admiten imputaciones de salario a tiempo parcial. Es decir, imputar una parte del sueldo de determinados empleados destinados a otros proyectos a este en concreto.

• Viajes: Es necesario conservar la siguiente documentación

- Documentos demostrativos de la asistencia a los mismos (billetes de tren, tarjetas de embarque facturas,…).

- En el caso de las dietas, documento de ingreso o pago a la persona que viaja.

- De forma general, se debe guardar, junto a los justificantes de los gastos de viaje, la documentación demostrativa de la actividad realizada en el mismo.

• Compra de Inmuebles y solares: Deberá acompañarse el documento de pago de la escritura pública, así como de informe justificativo de la necesidad para la ejecución del proyecto y su vinculación con el mismo y certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial donde se indique que el importe no supera el valor de mercado.

• Cursos de formación: A la hora de justificar los gastos deberán archivarse los mismos junto con la convocatoria (la cual debe contener unos criterios de selección de los participantes debidamente baremados) y su publicación, las solicitudes y la documentación que se acompaña a las mismas, la baremación de los solicitantes y la lista de admitidos, partes de asistencia debidamente firmados y si existen becas, el pago de las mismas. Cuando se trate de cursos de formación a colectivos desfavorecidos y que por motivos, que no pueden ser objeto de baremación y pertenecen al derecho a la intimidad de las personas, no puedan reflejarse en un informe, sí se debe acompañar a la selección de la persona de un informe de Servicios Sociales donde se indique la necesidad de que realice el curso. Por otra parte cuando se abonen becas deberá solicitarse a los beneficiarios declaración responsable de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Una vez que están establecidas las normas generales y específicas para cada uno de los gastos en su certificación, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra seguirá los siguientes pasos:

1) Declaración y registro del gasto, con toda la documentación necesaria según el tipo de gasto del que se trate, por la Unidad de Gestión

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROYECTO DE REGENERACIÓN SOCIAL, URBANA Y ECONÓMICA DEL CASCO HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

73

2) Verificación de las operaciones y el gasto, recogiendo las partidas lo suficientemente pormenorizadas, por la Asistencia Técnica externa.

3) Remitir justificante acreditativo a la D.G. de Fondos Comunitarios del ingreso del importe percibido de ayuda FEDER como reembolso del gasto efectuado, por la Unidad de Gestión.

4) Solicitar el pago de los gastos mediante una solicitud normalizada y adjuntando copia de la documentación que justifica los importes del gasto, por la Unidad de Gestión.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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74

6. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

En este apartado se recoge una relación con los principales documentos y formatos que se van a utilizar en los procedimientos para desarrollar y gestionar el proyecto.

6.1. DOCUMENTACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS

A continuación se recoge un cuadro de síntesis con todos los documentos que se van a utilizar a lo largo del proyecto, indicando para cada uno la fase donde se utiliza, el responsable de la emisión del documento y el organismo que lo recibe.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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75

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

Certificado de existencia de

crédito

Redacción memoria para contratación

EJEC

UC

IÓN

Acreditación documental del

servicio realizado

Documentación acreditativa

Memoria

PliegosApoyo en la

elaboración de los Pliegos

(Secretaría)

Formalización del contrato

(Secretaría)

Contrato

FASES EMISORDOCUMENTOS RECEPTOR

Definición de la operación a

ejecutar

Ficha de definición de Operaciones

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN UNIDAD DE GESTIÓN

Informe de elegibilidad

Comunicación de los resultados del

análisis a la Unidad de Gestión

UNIDAD DE VERIFICACIÓN UNIDAD DE GESTIÓN

Propuesta de gastoPresentación de la

Propuesta de Gastos

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

INTERVENCIÓNFiscalización(ntervenión)

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

UNIDAD DE GESTIÓN

SECRETARÍA GENERAL UNIDAD DE GESTIÓN

UNIDAD DE GESTIÓN

UNIDAD DE GESTIÓNSECRETARÍA GENERAL

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

Documentos de pago

Ejecución del Pago

(Tesorería)TESORERÍA UNIDAD DE GESTIÓN

Autorización del gasto

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

Autorización del Gasto

Disposición o Compromiso del

Gasto

Disposición del gasto UNIDAD DE GESTIÓN

UNIDAD DE GESTIÓN

Reconocimiento de la obligación

Orden de pagoOrdenación del Pago

Reconocimiento o liquidación de la

obligación

TESORERÍA

TESORERÍA

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

CONCEJAL DELEGADO , JUNTA DE GOBIERNO LOCAL O PLENO

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

SELE

CC

IÓN

DE

OPE

RA

CIO

NES

EJEC

UC

IÓN

Control Previo

Autorización de la operación

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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76

FICHA DE DEFINICIÓN DE OPERACIONES

Ficha pormenorizada que detalla los gastos realizados y efectivamente pagados para el desarrollo del Proyecto en un determinado periodo.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

▪ Nombre y código de la actuación. ▪ Nombre de la operación. ▪ Responsable de la ejecución. ▪ Descripción de la operación. ▪ Fecha de inicio y duración de la operación. ▪ Importe desagregado y total de los gastos de la operación. ▪ Identificación de proveedores. ▪ Forma de pago de los gastos.

Selección de Operaciones Responsable de Ejecución.

Unidad de Gestión

FASES EMISORDOCUMENTOS RECEPTOR

Check list cumplimentado

Envío del Check List cumplimentado a la Autoridad de

Gestión

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

Verificación Administrativa e

In Situ

Informe de Verificación

UNIDAD DE VERIFICACIÓN

AUTORIDAD DE GESTIÓN

AUTORIDAD DE GESTIÓN Y AUTORIDAD

DE CERTIFICACIÓN

Redacción certificado

Certificado del Gasto

AUTORIDAD DE GESTIÓNALCALDÍA

Emisión de la solicitud de

reembolso a la Autoridad de

Gestión

Solicitud de Reembolso UNIDAD DE GESTIÓN AUTORIDAD DE

GESTIÓN

VER

IFIC

AC

IÓN

CER

TIFI

CA

CIÓ

NR

EEM

BO

LSO

VER

IFIC

AC

IÓN

CER

TIFI

CA

CIÓ

NR

EEM

BO

LSO

Ficha de definición de Operaciones

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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77

INFORME DE ELEGIBILIDAD

Informe en el que la Unidad de Verificación resuelve si la operación que se pretende ejecutar cumple los requisitos de elegibilidad.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

▪ Nombre de la operación. ▪ Responsable de la ejecución. ▪ Descripción de la operación. ▪ Resultado del análisis de elegibilidad.

▪ Recomendaciones.

Selección de Operaciones Unidad de

Verificación Unidad de

Gestión

AUTORIZACIÓN

Autorización por escrito en formato papel o electrónico, que faculta al Responsable de Ejecución para realizar la actuación en las condiciones definidas.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

Nombre de la operación. ▪ Responsable de la ejecución. ▪ Descripción de la operación. ▪ Resultado del análisis de elegibilidad. ▪ Recomendaciones.

Selección de Operaciones Unidad de Gestión

Responsable de Ejecución

Informe de elegibilidad

Autorización de la operación

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78

PROPUESTA DE GASTO

Es el documento que se va a utilizar durante todo el ciclo de autorización del gasto y en el que se contendrán las especificaciones del gasto además del detalle cuantificado de la prestación y del coste.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

▪ Nombre de la actuación. ▪ Código de la actuación. ▪ Responsable de Ejecución. ▪ Categoría y descripción del gasto. ▪ Fecha de los gastos. ▪ Importe desagregado y total de los gastos. ▪ Forma de pago de los mismos.

Ejecución Responsable de Ejecución

Concejal Delegado, Junta

de Gobierno Local o Pleno

CERTIFICADO DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO

Documento elaborado por la Intervención en el que se manifiesta la existencia de fondos para hacer frente a los pagos.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que determine el modelo de que se disponga en las Bases de Ejecución Presupuestaria Municipales)

Ejecución Intervención

Concejal Delegado, Junta

de Gobierno Local o Pleno

Propuesta de gasto

Certificado de existencia de

crédito

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79

AUTORIZACIÓN DEL GASTO

Documento que refleja el acto mediante el cual se acuerda la realización de un gasto determinada por una cantidad cierta o aproximada, sin que se derive compromiso alguno frente a terceros.

Autorización del gasto

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que determine el modelo de que se disponga en las Bases de Ejecución Presupuestaria Municipales)

Ejecución

Concejal Delegado, Junta de Gobierno

Local o Pleno

Unidad de Gestión

DISPOSICIÓN DEL GASTO

Documento que reconoce el gasto en el que se acuerda la realización del mismo por un importe exactamente determinado quedando obligada la Corporación a su realización

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que determine el modelo de que se disponga en las Bases de Ejecución Presupuestaria Municipales)

Ejecución

Concejal Delegado, Junta de Gobierno

Local o Pleno

Unidad de Gestión

Disposición del gasto

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80

MEMORIA

Documento en el que la persona responsable de la ejecución de una actuación detalla todos los aspectos relacionados con la misma y define cómo se va a proceder a su realización.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

▪ Antecedentes. ▪ Justificación de la necesidad de contratación. ▪ Objeto del contrato. ▪ Alcance de la intervención. ▪ Documentación a entregar ▪ Descripción del ámbito de actuación ▪ Presupuesto máximo ▪ Financiación ▪ Forma de pago ▪ Plazo de ejecución ▪ Procedimiento de adjudicación del contrato ▪ Criterios de adjudicación

Ejecución Responsable de Ejecución

Unidad de Gestión

PLIEGOS

Son los documentos donde se recogerán todos los aspectos y cláusulas que regulen la adjudicación de los contratos.

Pliegos

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(En función de las características del contrato y del objeto de contratación)

Ejecución

Secretaría General y

Responsable de Ejecución

Unidad de Gestión

Memoria

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81

CONTRATO

Documento legal en el que un organismo externo al Ayuntamiento se compromete a realizar una actividad que beneficie a éste, observando una serie de cláusulas y requisitos.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(En función del objeto de la contratación)

Ejecución

Secretaría General y

Responsable de Ejecución

Unidad de Gestión

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA

Facturas, nóminas, liquidaciones, escrituras, certificados finales de obras, expedientes de contratación, etc.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

Deben contener los requisitos propios de formalización de cada uno de ellos y hacer mención a la cofinanciación FEDER al Proyecto de Regeneración Social, Urbana y Económica del Casco Histórico de Alcalá de Guadaíra.

Ejecución Responsable de Ejecución

Unidad de Gestión

RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN

Documento en el que se reconoce la existencia de un crédito exigible contra la Tesorería del Ayuntamiento derivado de un gasto autorizado y comprometido, previa acreditación documental.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que determine el modelo de que se disponga en las Bases de Ejecución Presupuestaria Municipales)

Ejecución

Concejal Delegado, Junta de Gobierno

Local o Pleno

Tesorería

Contrato

Documentación acreditativa

Reconocimiento de la obligación

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82

ORDENACIÓN DEL PAGO

Documento en el que se expide la correspondiente orden de pago contra la Tesorería Municipal

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que determine el modelo de que se disponga en las Bases de Ejecución Presupuestaria Municipales)

Ejecución

Concejal Delegado, Junta de Gobierno

Local o Pleno

Tesorería

DOCUMENTOS DE PAGO

Documento que acredite que el pago se ha hecho efectivo. (Normalmente se emplearán extractos o resguardos bancarios)

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(El que la entidad de crédito por la que se ha efectuado el pago determine)

Ejecución

Concejal Delegado, Junta de Gobierno

Local o Pleno

Tesorería

CERTIFICADO DE GASTO

Documento por el que el Ayuntamiento, en calidad de Organismo Intermedio en la gestión de Fondos FEDER, acredita ante la Autoridad de Gestión el gasto que ha ejecutado en un periodo de tiempo determinado.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(Establecido en el Reglamento CE 1828/2006)

Certificación Alcaldía Autoridad de

Gestión

Orden de pago

Documentos de pago

Certificado del Gasto

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CHECK LIST CUMPLIMENTADO

Los check list o listas de comprobación son un lista de preguntas para comprobar si se cumple la normativa aplicable en el desarrollo del Proyecto.

Check list cumplimentado

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

Lista de Contratación. ▪ Lista de Medioambiente. ▪ Lista de Operaciones. ▪ Lista de Igualdad de Oportunidades. ▪ Lista de Información y Publicidad. ▪ Lista de Verificación del gasto y elegibilidad. ▪ Pista de Auditoría. ▪ Control Financiero. ▪ Control Especial in situ. ▪ Ficha Trabajo in situ.

Verificación Unidad de

Verificación Autoridad de

Gestión

INFORME DE VERIFICACIÓN

Documento que recoge los resultados obtenidos tras realizarse la verificación administrativa e in situ de las operaciones.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(Establecido en el Reglamento CE 1828/2006)

Verificación Unidad de

Verificación

Autoridad de Gestión y

Autoridad de Certificación

Informe de Verificación

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SOLICITUD DE REEMBOLSO

Documento por el que el Ayuntamiento, en calidad de Organismo Intermedio en la gestión de Fondos FEDER, solicita a la Autoridad de Gestión el reembolso del gasto ejecutado en un periodo de tiempo determinado.

Contenido Procedimiento en el que se utiliza Emisor Receptor

(Establecido en el Reglamento CE 1828/2006)

Verificación Unidad de Gestión

Autoridad de Gestión

Solicitud de Reembolso

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6.2. DOCUMENTOS DE GESTIÓN DEL PROYECTO

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

El Manual de procedimientos es el documento necesario para definir adecuadamente cada uno de los procesos y procedimientos necesarios para la gestión y control del Proyecto de Iniciativa Urbana. Supone el desarrollo de las responsabilidades y obligaciones que asume el Ayuntamiento como Organismo Intermedio en la gestión de fondos FEDER.

Contenido Objetivo Usuario

▪ Introducción. ▪ Contexto normativo. ▪ Competencias y obligaciones. ▪ Órganos de Gestión del Proyecto. ▪ Procedimientos. ▪ Soporte documental

Establecer una serie de criterios, metodologías y procedimientos homogéneos que faciliten el desarrollo de las actividades que deben ejecutarse para el correcto desarrollo del Proyecto, así como su posterior justificación y certificación, a fin de obtener la cofinanciación correspondiente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Unidad de Gestión y todas las Áreas Municipales implicadas en la

ejecución del Proyecto

CUADRO DE MANDO

El Cuadro de Mando es el documento donde se definen y detallan cada una de las actuaciones a ejecutar en el marco del Proyecto. Constituye la hoja de ruta que será utilizada por los responsables de la ejecución de las actuaciones para llevarlas a cabo y por la Unidad de Gestión para realizar la coordinación y control de las mismas.

Contenido Objetivo Usuario

▪ Introducción. ▪ Hojas de control. ▪ Cronograma. ▪ Senda Financiera. ▪ Indicadores de seguimiento.

Facilitar la ejecución coordinada de las actuaciones previstas y establecer unos criterios que permitan cumplir con la normativa aplicable.

Unidad de Gestión y todas las Áreas Municipales implicadas en la

ejecución del Proyecto

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86

PLAN DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

El Plan de Información y Publicidad es una guía que permite desarrollar durante la ejecución del Proyecto, las actuaciones en materia de comunicación contempladas en el proyecto y las acciones necesarias para su desarrollo con el estricto cumplimiento de la normativa aplicable en este ámbito.

Contenido Objetivo Usuario

▪ Estrategia. ▪ Objetivos. ▪ Acciones de Información y Publicidad. ▪ Fases del Plan. ▪ Evaluación del Plan. ▪ Normativa Aplicable. ▪ Obligaciones genéricas

▪ Disponer criterios que permitan el cumplimiento de la normativa en Información y publicidad. ▪ Planificar las actuaciones en materia de Información y publicidad a realizar a lo largo de la vida del Proyecto. ▪ Proporcionar indicaciones a todos los gestores del Proyecto para llevar acabo las actuaciones de Información y Publicidad.

Unidad de Gestión y todas las Áreas Municipales implicadas en la

ejecución del Proyecto

SISTEMA DE GESTIÓN Y CONTROL DEL PROYECTO

El Sistema de Gestión y Control del Proyecto está compuesto por fichas de descripción de la organización interna y las funciones principales a desarrollar por el Organismo Intermedio.

Contenido Objetivo Usuario

▪ Identificación. ▪ Funciones principales del Organismo Intermedio. ▪ Organización interna del Organismo Intermedio ▪ Procesos y procedimientos. ▪ Delegación de tareas. ▪ Otra información de interés.

Definir y detallar las funciones, responsabilidades, organización y tareas que va a desarrollar el Ayuntamiento en el marco del Proyecto.

Unidad de Gestión y Autoridad de Gestión

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87

6.3. ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

6.3. A) ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.

El Manual de Procedimientos es un documento vivo que puede ser actualizado cuantas veces sea necesario para que resulte sencillo de aplicar. La actualización se realizará en los siguientes casos:

- Actualización y modificación de la normativa aplicable.

- Modificación de la aplicación informática de seguimiento y control del proyecto.

- Nuevas directrices de la Comisión Europea.

- Revisiones o cambios del proyecto de Iniciativa Urbana.

- Mejoras realizadas por algunos de los agentes implicados en la intervención.

- Recomendaciones del MEH.

Las actualizaciones se realizarán mediante unas fichas de actualización que incluirán:

- Número y tipo de elemento modificado (página, tabla o figura).

- Día que se modifica o sustituye el elemento.

- Contenido de la modificación.

Estas actualizaciones se llevarán a cabo a través de reuniones durante la vigencia de la ejecución del Proyecto. En dichas reuniones estarán presentes el Comité Directivo y los integrantes de la Unidad de Gestión y se consensuarán las modificaciones pertinentes debidas a cambios en la normativa o bien motivadas por la experiencia del personal que puede ayudar al mejor desempeño de las actuaciones.

Para garantizar el control de dichas modificaciones, el Manual indicará en su portada la versión y la fecha de su última revisión.

6.3. B) ACTUALIZACIÓN DE OTROS DOCUMENTOS.

La actualización del resto de documentos de gestión del proyecto se realizará de forma similar a la del Manual de Procedimientos.

Estos documentos se actualizarán cuando la Unidad de Gestión detecte que es necesaria su revisión y modificación. Las actualizaciones de estos documentos (Cuadro de Mando, Plan de

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88

Información y Publicidad y Sistema de Gestión y Control del Proyecto) se desarrollarán en reuniones internas de la Unidad de Gestión. Una vez actualizado el documento deberá contar con la aprobación del Comité Directivo para que las modificaciones efectuadas puedan llegar a implementarse.

El documento aprobado y actualizado será enviado en su última versión, por parte de la Unidad de Gestión a la lista de distribución establecida en los mecanismos de coordinación para la gestión del proyecto, de forma que esta información llegue a todas las personas responsables de la gestión y ejecución del Proyecto.

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7 REFERENCIAS NORMATIVAS DE APLICACIÓN

• Reglamento (CE) Nº 448/2004 de la Comisión de 10 de marzo de 2004 que modifica el Reglamento (CE) Nº 1685/2000 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 1260/1999 del Consejo en lo relativo a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales y por el que se deroga el Reglamento (CE) Nº 1145/2003.

• Reglamento (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento (CE) Nº 1783/1999.

• Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo del 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

• Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 4 de enero.

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público.

• Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

• Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvenciónales de los programas operativos del Fondo de Desarrollo Regional.

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90

ANEXO I:

EJEMPLO DE CHECK LIST A UTILIZAR EN LA

VERIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES

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HISTÓRICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA

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LOS “CHECK LISTS”

Para la realización de la verificación de los aspectos contenidos en el punto anterior, la DGFC y la Autoridad de Certificación han definido una serie de listas de comprobación. El contenido de estos “check lists” se reproduce a continuación, con el objeto de que la Entidad Beneficiaria tenga un conocimiento de las condiciones que, como mínimo, deberán cumplir sus solicitudes de reembolso:

LISTA DE CONTRATACIÓN SI NO N/A

1. ¿Incluía el anuncio de licitación publicado en el DOUE una mención a la cofinanciación europea?

2. ¿Se ha justificado adecuadamente en los pliegos el procedimiento de adjudicación seleccionado? (abierto, restringido, negociado y diálogo competitivo)

3. ¿Ha sido informado favorablemente el pliego de cláusulas administrativas particulares por el servicio jurídico?

4. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares ¿se incluye algún criterio de valoración de ofertas no directamente vinculado con el objeto de contrato (precios medios, etc.)?

5. ¿Existen en el expediente indicios de fraccionamiento del gasto, de forma que se eludan obligaciones de publicación, procedimiento, necesidad de clasificación, etc.?

6. ¿Se cumplen las normas de publicidad de las licitaciones?

7. ¿Se ha publicado el Perfil del contratante en la Plataforma de Contratación?

8. En caso de haberse utilizado la tramitación de urgencia o emergencia ¿está debidamente justificado según la ley?

9. Una vez realizada la convocatoria de la licitación, ¿se han cumplido los plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las proposiciones?

10. ¿Se ha acreditado la personalidad jurídica de los licitadores, clasificación o solvencia, y una declaración de no estar incursos en prohibición de contratar, así como el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social?

11. Tratándose en una licitación basada en varios criterios de valoración de oferta, ¿consta en el pliego condiciones/ documentos descriptivos (en caso de dialogo competitivo), la ponderación relativa atribuida a cada uno de los criterios de valoración?

12. En caso de establecerse un único criterio de valoración de ofertas ¿se corresponde éste con el de el precio más bajo?

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LISTA DE CONTRATACIÓN SI NO N/A

13. ¿Están perfectamente delimitados los criterios de selección/solvencia de los criterios de valoración de ofertas en los anuncios de licitación/pliegos de condiciones? (experiencia, etc.)

14. En su caso ¿se ha dado plazo para subsanación de problemas en la presentación de la documentación?

15. ¿Existen pruebas de que haya existido discriminación por distintos motivos (nacionalidad, ubicación, etc.)?

16. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa ¿se han tenido en cuenta exclusivamente los criterios de valoración directamente vinculados con el objeto del contrato recogido en el pliego?

17. A efectos de la adjudicación del contrato si se ha procedido a una subasta electrónica, ¿se ajusta a lo establecido en el art. 132 de la Ley de Contratos del Sector público?

18. ¿Se ha adjudicado el contrato al licitador que ha presentado la oferta económica más ventajosa?

19. ¿Se ha notificado a los participantes en la licitación la adjudicación del contrato?

20. En caso de que hayan existido ofertas desproporcionadas o temerarias, ¿se ha solicitado su justificación?

21. ¿Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación ambiental, en el caso de que fuese preceptivo?

22. ¿Existe documentación acreditativa de la Mesa de contratación que recoja todas las ofertas y la valoración de las mismas, y se ha dispuesto de los informes de valoración técnica correspondientes?

23. ¿Se ha publicado la adjudicación en los plazos legales exigibles?

24. ¿Se ha constituido garantía definitiva antes de la adjudicación definitiva?

25. En caso de contratación conjunta de redacción de proyecto y de ejecución de las obras, ¿se cumplen los requisitos del artículo 108 de la Ley de Contratos del Sector público?

26. En su caso, ¿existe certificado de disponibilidad de terrenos?

27. ¿El contrato firmado con el adjudicatario lo ha sido por el importe de la oferta que éste ha presentado y no contiene cláusulas contrarias a los pliegos?

28. Cuando se trate de prestaciones complementarias (obras o servicios) que no figuren en el proyecto ni en el contrato inicial ¿se cumple lo previsto en el artículo 155 b (obras) 158 b. (servicios) o 157 (suministros)?

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93

LISTA DE CONTRATACIÓN SI NO N/A

29. En caso de prestaciones complementarias (obras o servicios), ¿supera el importe acumulado del 50% del contrato primitivo?

30. ¿El órgano de contratación ha comunicado a todo candidato o licitador rechazado que lo solicite, en el plazo de quince días a partir de la solicitud, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y las características de la proposición del adjudicatario determinantes de la adjudicación a su favor?

LISTA DE MEDIO AMBIENTE SI NO N/A

31. En caso de necesitar “Declaración de Impacto Ambiental” (en adelante DIA), ¿es positiva?

32. Según la DIA o la resolución de exención de evaluación de impacto ambiental ¿Causará efectos negativos apreciables sobre las zonas RED NATURA 2000?

33. ¿Se han tenido en cuenta en el diseño del proyecto los condicionantes de la DIA o de la Autorización Ambiental Integrada?

34. Si la operación supone la construcción de un vertedero dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, ¿dispone de autorización para su construcción o ampliación y, en su caso, el proyecto se ha ajustado a la misma?

35. Si la operación supone la construcción de una incineradora de residuos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos, ¿dispone de autorización para su construcción o ampliación y, en su caso, el proyecto se ha ajustado a la misma?

LISTA DE OPERACIONES SI NO N/A

36. ¿Se ha comunicado al beneficiario la cofinanciación europea?

37. ¿Se ha comunicado al beneficiario que debe cumplir la normativa nacional y comunitaria?

38. ¿Se ha informado a los beneficiarios de que la aceptación de la ayuda implica la aceptación de su inclusión en una lista pública de beneficiarios?

39. ¿En el caso de Sistema de Ayudas, ¿se ha respetado los límites máximos regionales de las ayudas previstas en la normativa comunitaria?

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LISTA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES SI NO N/A

40. ¿Se ha respetado en todo momento la integración del Principio de Igualdad de Oportunidades?

LISTA DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD SI NO N/A

41. ¿Se ha dado publicidad a la participación comunitaria en los proyectos cofinanciados?

42. Cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1828/2006:

- El cartel de obra responde, en cuanto a formato y contenido exigido

- El cartel permanece con buen estado de conservación desde el inicio de la obra

- El cartel se encuentra ubicado en un lugar visible al público

- La placa ha sido instalada al término de las obras

- Los contenidos de la placa responden al formato y contenido exigido

- Los folletos responden en cuanto al formato exigido

- Los anuncios en prensa incluyen que el proyecto ha sido financiado con el FEDER

- Se han realizado ruedas de prensa con mención al FEDER y se ha dejado constancia de ellas

- Se archiva adecuadamente un dossier de publicidad con toda la documentación divulgativa y las publicaciones realizadas, así como con las fotografías de carteles y placas

LISTA DE VERIFICACIÓN DE GASTOS Y ELEGIBILIDAD SI NO N/A

43. Gasto certificado: ¿Corresponde de manera indubitada a la operación aprobada conforme a los criterios fijados por el Comité de seguimiento?

44. ¿Se han incluido gastos pagados fuera del periodo elegible establecido en el art. 56 del Reglamento 1083/2006, en la correspondiente Decisión que aprueba el Programa Operativo (Fecha inicial / final) y en su caso, fuera del periodo contemplado en la normativa propia de las operaciones?

45. ¿Los pagos de los beneficiarios finales están justificados documentalmente con arreglo al art. 78 del Reglamento 1083/2006?

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LISTA DE VERIFICACIÓN DE GASTOS Y ELEGIBILIDAD SI NO N/A

46. ¿Los gastos incluidos en este cerificado incumplen lo establecido en el punto 4 de la Norma nacional sobre subvencionabilidad del gasto aprobada por Orden EHA/524/2008 del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de febrero de 2008 (en adelante, Norma nacional de subvencionabilidad)?

47. ¿Se incluyen contribuciones en especie?

48. ¿Se cumple lo establecido en el punto 5 de la Norma nacional de subvencionabilidad (Gastos generales)?

49. ¿Se ha cumplido lo establecido en el artículo 8 del Reglamento Nº 1828/2006?

50. ¿Los gastos incluidos cumplen con lo establecido en el punto 2 de la Norma nacional de subvencionabilidad? (Gastos financieros, judiciales y de otra naturaleza)

51. ¿Se cumple lo establecido en el punto 6 de la Norma nacional sobre Subvencionabilidad? (Adquisición de bienes de equipo de segunda mano)

52.¿Los gasto incluidos en este certificado incumplen lo establecido en el punto 3 de la Norma Nacional de subvencionabilidad (Adquisición de Terrenos y bienes inmuebles)

53. IVA y otros impuestos y gravámenes: ¿se han incluido gastos pagados en concepto de IVA recuperable, impuesto general indirecto canario recuperable u otros impuestos similares recuperables, en contra de lo establecido en el punto 2.e de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

54. ¿Los gastos incluido en este certificado incumplen lo establecido en los artículos 43 a 45 del Reglamento 1828/2006? (Fondos de capital riesgo, de garantía y de préstamos)

55. ¿ Los gastos incluido en este certificado incumplen lo establecido en los artículos 44 y 46 del Reglamento 1828/2006? (Fondos de desarrollo urbano)

56. ¿Los gasto incluidos en este certificado incumplen lo establecido en el punto 7 de la Norma nacional sobre subvencionabilidad? (Gastos de gestión y ejecución)

57. ¿Los gastos incluido en este certificado incumplen lo establecido en el artículo 78 del Reglamento 1083/2006? (Adelantos concedidos a beneficiarios en regímenes de ayuda)?

58. ¿Se han incluido descuentos efectuados o pagos realizados por el contratista a la Administración en concepto de tasa de dirección de obra, control de calidad u otros conceptos, en contra de lo establecido en el punto 2.k de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

59. Modificados de contratos: ¿Se han incluido gastos pagados correspondientes a modificaciones de contratos públicos, sin autorización de la Dirección General de Fondos Comunitarios, en contra de lo establecido en el punto 2.k de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

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CONTROL FINANCIERO SI NO N/A

60. ¿Se ha comprobado que las solicitudes de reembolso son correctas?

61. Se ha comprobado que no existe doble financiación.

62. Se ha comprobado que los bienes han sido entregados y los servicios han sido efectivamente realizados y corresponden a la operación correspondiente.

63. Se ha comprobado que los gastos son elegibles, se ha realizado efectivamente el pago del gasto y existe factura o documento probatorio equivalente.

PISTA DE AUDITORÍA SI NO N/A

64. Se ha comprobado que existe y se indica dónde se encuentra la documentación justificativa necesaria para el mantenimiento de una Pista de Auditoria suficiente.

CONTROL ESPECIAL IN SITU SI NO N/A

65. ¿Se disponen de acta o informe debidamente suscrito sobre la visita de comprobación física realizada para constatar la existencia de los bienes objeto de la ayuda y que los mismos se correspondan con los aprobados?

66. Se cumple con las medidas de información y publicidad establecidas en el artículo 8 del reglamento 1828/2006?

67. ¿Se han tenido en cuenta los resultados de la evaluación ambiental?

68. En el caso de que se realicen vertidos, ¿tiene autorización de vertidos y se cumplen sus condiciones?

69. Si la operación supone la construcción de un vertedero dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, ¿se ha ejecutado con estricto cumplimiento de las condiciones contenidas en la autorización para su construcción?

70. ¿Consta resolución sancionadora por incumplimiento grave o muy grave de la legislación ambiental?

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CONTROL ESPECIAL IN SITU SI NO N/A

71. Si la operación supone la construcción de una incineradora de residuos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 653/ 2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos, ¿se ha ejecutado con estricto cumplimiento de las condiciones contenidas en la autorización para su construcción?

72. ¿Se ha cumplido con las normas de accesibilidad para las personas discapacitadas?

FICHA TRABAJO IN SITU SI NO N/A

73. Se aporta explicación del trabajo realizado “in situ”

74. Se aporta listado que permita identificar las operaciones seleccionadas indicando gasto total ejecutado y gasto total certificado en la fecha de realización del informe.

75. Se indica el tamaño de la muestra.

76. Se justifica el método de selección de tamaño y tipo de muestra y revisión anual del tamaño y características de la muestra.

77. Se indica la fecha de realización del trabajo.

78. Se aportan resultados del control in situ.

79. Se indican medidas correctoras de irregularidades.

80. Se aportan fotografías de vallas publicitarias o carteles

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ANEXO II:

EJEMPLO DE FICHA DE DEFINICIÓN DE OPERACIONES

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FICHA DE DEFINICIÓN DE OPERACIONES

EJE

OBJETIVO OPERATIVO

ACTUACIÓN

MEDIDA

CLAVE

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA

PRESUPUESTO DE LA MEDIDA

TOTAL Ayuda FEDER Cofinanc. Mpal.

Medida …

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CONTENIDO DE LA MEDIDA

ENTIDADES PARTICIPANTES EN LA MEDIDA

TAREAS ENTIDAD FUNCIÓN PLAZO FINAL

CRONOGRAMA PRESUPUESTARIO DE LA MEDIDA

TAREAS 01.09 02.09 01.10 02.10 01.11 02.11 01.12

TOTAL

TAREAS 02.12 01.13 02.13 01.14 02.14 01.15 02.15

TOTAL

RESULTADOS ESPERADOS DE LA MEDIDA

INDICADORES 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

INDICADORES 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

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101

ANEXO III:

EJEMPLO DE FICHA DE INFORME DE ELEGIBILIDAD

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102

INFORME DE ELEGIBILIDAD

EJE

OBJETIVO OPERATIVO

ACTUACIÓN

MEDIDA

CLAVE

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA:

RESULTADO DEL ANÁLISIS DE ELEGIBILIDAD:

RECOMENDACIONES:

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103

ANEXO IV:

EJEMPLO DE PROPUESTA DE GASTO

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PROPUESTA DE GASTOS

EJE

OBJETIVO OPERATIVO

ACTUACIÓN

DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA

CLAVE

RESPONSABLE DE EJECUCIÓN

CATEGORÍA DEL GASTO

DESCRIPCIÓN DEL GASTO

FECHA DE LOS GASTOS

IMPORTE DESAGREGADO DE LOS GASTOS FORMA DE PAGO

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ANEXO V:

EJEMPLO DE INFORME ANUAL DE EJECUCIÓN

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INFORME ANUAL DE EJECUCIÓN

Fecha de cumplimentación del Informe:

Datos de la persona que cumplimenta el Informe:

- Nombre:

- Cargo:

RESUMEN DE LAS ACTUACIONES EJECUTADAS

Actuación Clave Responsable de Ejecución

Fechas de Verificación

Resultado de la

verificación Medidas

correctoras

RESUMEN DE LAS LICITACIONES LLEVADAS A CABO Empresa

Adjudicataria Actuación Clave Responsable de Ejecución

Fecha de Licitación y

de Adjudicación

Importe del

contrato Empresas licitadoras Nombre CIF

RESUMEN DE LAS CONTRATACIONES REALIZADAS

Persona/Entidad Actuación Clave Responsable

de Ejecución Fecha de

Contratación Nombre NIF/CIF

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RESUMEN DE LOS IMPORTES GASTADOS POR CATEGORÍAS

Gasto Actuación Clave Responsable de

Ejecución Fecha del

gasto Descripción Importes Categoría

Gasto total del periodo

PREVISIÓN DE GASTOS Y ACTUACIONES FUTURAS

Gasto previsto Actuación Prevista Clave Responsable de

Ejecución Fecha

prevista del gasto Descripción Importes Categoría