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ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA AÉREA MANUAL DEL DISCENTE. Aprobado según el Acta del Consejo Consultivo Nº 005- ESFAP, del 01-Junio-2013 2 2 0 0 1 1 3 3

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Aprobado según el Acta del Consejo Consultivo Nº 005-ESFAP, del 01-Junio-2013

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“Para depositar su confianza en sus líderes, las personas necesitan pruebas de su

competencia. Tienen que sentir que sus líderes merecen su confianza en virtud de su

carácter y competencia profesional.”. Warren Bennis

“La destreza ayuda en todo, pero no basta para nada.”.

Henri-Frédéric Amiel

“Lo que tenemos que aprender lo aprendemos haciendo”.

Aristóteles

INDICE Página PROLOGO CAPITULO I: SIMBOLOS DE LA ESFAP 1. Reseña Histórica de la ESFAP ................................... 1 2. Insignia de la ESFAP ................................................. 3 3. Himno de la ESFAP ................................................... 5 4. Sede Actual de la ESFAP ........................................... 7 CAPITULO II : VISION, MISION Y VALORES ESENCIALES

1. Visión de la ESFAP ................................................... 9 2. Misión de la ESFAP ................................................... 9 3. Valores Esenciales ..................................................... 10 CAPITULO III: ORGANIZACIÓN DE LA ESFAP

1. Órgano de Dirección .................................................. 11 2. Grupo Personal ........................................................... 11 3. Órgano Consultivo ..................................................... 11 4. Órgano de Asesoramiento .......................................... 11 5. Órgano de Planeamiento ............................................ 11 6. Órgano de Control ...................................................... 11

Página 7. Órganos de Apoyo...................................................... 12 8. Órganos de Ejecución ............................................... 12 CAPITULO IV: NORMAS ACADEMICAS 1. Fundamentación ......................................................... 13 2. Normas Generales ...................................................... 14 3. Normas Específicas .................................................... 15 4. Méritos e Incentivos ................................................... 21 CAPITULO V: EVALUACION ACADÉMICA * Transcripción del Manual de Evaluación

Académica ..................................................................

23 ANEXOS A-I Del Manual de Evaluación Académica

(MEVA)

J RÚBRICAS O MATRICES DE EVALUACIÓN

PROLOGO

El ingreso al Siglo XX nos mueve a una reflexión acerca de

los límites del conocimiento humano; del reto que significa estar permanentemente actualizados en el campo del saber que nos compete y sentimos que hacemos una tarea semejante a la de Sísifo, que empujaba una roca hacia lo alto de una montaña, pero cada vez que llegaba a la cima, tenía que retornar a la base para volver a empujar la roca hasta arriba; esto es simbólicamente el avance del conocimiento y el intento permanente del ser humano por llegar a la cima, inalcanzable pero siempre deseada en su búsqueda del saber.

Lo que nos diferencia del resto de la creación, es el hálito divino que provee al ser humano de una inteligencia superior, creativa, capaz de imponerse a la naturaleza por medio de la voluntad y el esfuerzo permanente por dominar el saber.

La Escuela Superior de Guerra Aérea es un crisol de conocimientos que se ofrecen al Oficial como escalones de permanente esfuerzo con miras al perfeccionamiento personal profesional. Esta es la principal tarea que la Institución señala, tanto a la Escuela como a los Oficiales que acceden a ella, Discentes, en un esfuerzo conjunto que debe hacer productivo el empeño: ascender en el conocimiento, pero no conformarse con los logros del momento, aspirar a un continuo enriquecimiento del saber profesional, siempre a la vanguardia de los avances en el campo militar, como en el entorno científico tecnológico que suministra nuevas y refinadas formas de enfrentar el conflicto y la amenaza.

El presente manual se ofrece al Discente con la finalidad de facilitar ese esfuerzo conjunto, orientándolo dentro de las pautas académicas y administrativas que rigen a la Escuela y que deben ser asumidas dentro del compromiso mutuo de enseñar y aprender, teniendo como meta el engrandecimiento institucional a partir de la conjunción del esfuerzo académico individual.

La Escuela Superior de Guerra Aérea les da su más cordial bienvenida y les brinda el máximo apoyo para el logro de estos fines, exhortándolos a respetar las pautas que señalan los reglamentos.

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CAPITULO I SIMBOLOS DE LA ESFAP

1. RESEÑA HISTORICA DE LA ESFAP El rápido desarrollo de la Aeronáutica Militar del Perú, en especial en los años inmediatamente anteriores y posteriores a la II Guerra Mundial, planteó la necesidad urgente de adaptar la preparación del Personal de Oficiales Superiores y Subalternos a la nueva situación creada por el crecimiento y desarrollo del Arma Aérea, generado por la constante incorporación, en su accionar, de nuevos equipos y tecnología, así como la cada vez mayor importancia en la Defensa Nacional.

El envío de Personal Superior en misión de estudios para recibir Cursos de Perfeccionamiento o Especialización en Centros de Estudios en el extranjero, resultaba insuficiente para resolver este problema en toda su magnitud, sea por razones de orden económico o por la inconveniencia de sustraer casi ininterrumpidamente de sus Unidades a un elevado número de personal.

Estas condiciones sirvieron de fundamento para que durante el gobierno del Presidente José Bustamante y Rivero, mediante el Decreto Supremo Nº 45 del 20 de Setiembre de 1946, se creara la entonces “Academia de Guerra Aérea” bajo la dependencia del Estado Mayor General de Aeronáutica, para la capacitación y

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perfeccionamiento del Personal Superior de la FAP, cuya primera sede fue la Base Aérea “ALFEREZ HUGUET” ubicada en el balneario de Ancón.

La Academia de Guerra Aérea inició sus actividades de acuerdo con las disposiciones contenidas en la R. S. del 06 de marzo de 1947, organizando su accionar en tres fases. La primera, comprendía la preparación y organización de las labores académicas y de los servicios necesarios para su funcionamiento. La segunda fase, tenía como objetivo la ejecución de un “Curso Especial de información” para el Personal Superior acerca de la Organización y Funcionamiento del Comando y Estado Mayor General de Aeronáutica y sus dependencias. En la tercera fase, se iniciaría el dictado de Cursos Regulares acordes con los planes establecidos en la primera fase.

Luego de su inauguración el 22 de agosto de 1947, la Academia de Guerra Aérea traslada su sede a la Base Aérea de las Palmas iniciando su funcionamiento en un Pabellón de la Escuela de Oficiales especialmente acondicionado, desarrollándose ese año el primer “Curso de Información”. Al año siguiente se traslada a Collique, donde desarrolla el Primer Curso Táctico; en el año de 1949 trasládase al castillo Rospigliosi.

En el año de 1950 se gradúa la Primera Promoción de Oficiales del Curso de Comando y Estado Mayor. Ese mismo año, el Cuerpo Aeronáutico del Perú cambia su denominación por la actual de Fuerza Aérea del Perú, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 11471, integrándose la Academia de Guerra Aérea a esta organización.

El 15 de abril de 1991, se traslada hacia la actual sede en el distrito de La Molina.

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2. HERALDICA

El campo se encuentra cruzado por cuatro rayos dorados, agudos y penetrantes, dirigidos hacia los ángulos del escudo. Indican la vigilancia de los confines de nuestro territorio por las unidades de Caza, Bombardeo, Reconocimiento y Transporte. Asimismo, estos cuatro rayos y la espada dividen el campo azul en cinco partes, significando las Regiones Aéreas

La parte inferior del campo está a su vez dividida en tres porciones.

La izquierda contiene líneas onduladas y paralelas representando el mar; de la central emerge un conjunto de enormes piedras cortadas y pulidas, que como un macizo, configuran una fortaleza incaica abierta a tajos verticales; y el lado derecho representa un bosque.

Cada porción con sus colores propios. Este conjunto simboliza las tres regiones naturales.

Dentro del macizo, cuatro volúmenes con lomos en púrpura que denota grandeza y sabiduría, sus contenidos

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connotan conocimientos aeronáuticos militares y de cultura general.

Sobre el tope de los lomos en campo azul, descansa un guantelete o manopla de plata; empuñando una espada flamígera igualmente en plata y en actitud de alerta.

La plata como insignia de pureza, integridad y obediencia; la manopla firmeza y la espada vigilancia. Las siete flamas que bordean la hoja de la espada simbolizan la luz de las enseñanzas que se desprenden de los libros en la preparación de otros tantos Campos Ocupacionales en temas aéreos-militares de la Fuerza Aérea.

Volúmenes, que apoyándose en la fortaleza, significan nobleza y constancia. El campo azul representa cielo y lealtad; y el cielo, medio en el que actúa la Fuerza Aérea en el combate.

Ribetea el escudo una cinta ondulada en cuya parte central, en letras negras sobre fondo blanco, que simboliza, honestidad y obediencia, se lee: ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA AEREA. En la misma cinta, a ambos extremos, en dos palabras a cada lado se lee en latín AD MAJOREM PATRIAE GLORIAM, divisa que se traduce en: PARA MAYOR GLORIA DE LA PATRIA. Corona el escudo el ala dorada atributo del piloto militar de la FAP.

Y todo el simbolismo del emblema de la ESFAP nos dice:

"A lo largo y ancho del territorio nacional, con la grandeza y sabiduría que da el estudio, la obediencia y constancia del militar, en actitud firme y alerta está el Oficial FAP vigilando el cielo de nuestra patria para cuidar de su soberanía."

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3. HIMNO DE LA ESFAP

Letra y arreglos musicales realizados por el Canta Autor: José Eloy Escajadillo Farro.

I

AD MAJOREM PATRIAE GLORIAM ES EL LEMA QUE ILUMINA LA ESFAP

Y QUE GUIA SU CAMINO HACIA EL FUTURO PARA BUSCAR LA PERFECCION DEL OFICIAL

II

EN LA TOMA DE DECISIONES EN LA MAS ALTA EXPRESION PROFESIONAL

Y EL PENSAMIENTO MILITAR Y DOCTRINARIO Y OBJETIVOS DEL PODER AEROSPACIAL.

III

NUESTRO CODIGO DE HONOR ES LA PREMISA DE ELEVARNOS COMPITIENDO EN LEALTAD

IMPULSAR LA CALIDAD DE NUESTRA GENTE PARA LLEGAR

A LA EXCELENCIA INSTITUCIONAL.

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IV

INSTRUIRNOS EN NIVELES DE MANDO CAPACITARNOS PARA UN SERVICIO PLURAL

DE ADMINISTRAR CON RECTITUD CADA RECURSO QUE NUESTRA PATRIA ALGUNA VEZ QUIERA

CONFIAR

V

Y SIEMPRE ESTAREMOS ALERTA POR EL PERU Y PARA SU SEGURIDAD

CON SOLUCIONES Y CONCEPTOS DE ESTRATEGIA EN LOS CAMPOS DE LA DEFENSA NACIONAL

VI

AD MAJOREM PATRIAE GLORIAM ES EL LEMA QUE ILUMINA LA ESFAP

Y QUE GUIA SU CAMINO HACIA EL FUTURO PARA BUSCAR LA PERFECCION DEL OFICIAL

VII

EN LA TOMA DE DECISIONES EN LA MAS ALTA EXPRESION PROFESIONAL

EN EL PENSAMIENTO MILITAR Y DOCTRINARIO POR DONDE VUELA LA HISTORIA DE LA FAP

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4. SEDE ACTUAL DE LA ESFAP

Ubicada en el distrito de La Molina, la Escuela Superior de Guerra Aérea cuenta con un moderno y funcional edificio acorde con los adelantos técnicos, científicos y metodológicos que el perfeccionamiento militar y profesional del Oficial así lo exige, edificación proyectada para más de cincuenta años de funcionamiento pedagógico y académico con plena vigencia. A fines del año de 1986, el Comandante General de la FAP General del Aire Don Luis Abram Cavallerino, dispuso la edificación de la nueva sede para la ESFAP, habiéndose decidido, entre varias alternativa, la adquisición de un terreno de 15,000 m2 sobre la Avenida La Universidad y la Calle Tres en la Urbanización Rinconada Baja.

La elaboración del estudio de necesidades arquitectónicas y anteproyecto arquitectónico estuvo a cargo del Comandante FAP Arq. Fernando Mosquera Muller del Servicio de Ingeniería de la FAP.

Los alcancen para el estudio del proyecto se orientaron a diseñar una Escuela que por la proyección de su alumnado permitiera cubrir las necesidades para cincuenta años, asimismo que se cumplan las normas de estructuración y zonificación urbana de Lima Metropolitana, el Reglamento Nacional de Construcciones, las consideraciones en relación a las vías circundantes, orientación respecto al asoleamiento, dirección del viento predominante, ruidos que pueden afectar las aulas y seguridad perimetral del conjunto. También debería considerar un diseño funcional y racional en su conjunto optimizado el área necesaria para cada ambiente buscando la nuclearización de ambientes de servicio y considerando área para las necesidades de proyección al futuro.

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El conjunto del proyecto abarca un área construida del orden de los 8,000 m2 y un área sin techar de 4,600 m2, de los cuales corresponden 3,700 m2 para el área de estacionamiento y 2,400 m2 para áreas verdes.

El diseño arquitectónico estuvo a cargo del arquitecto José Canales y la obra fue ejecutada por la Compañía "Gessa Ingenieros" iniciándose los trabajos de limpieza de terreno, nivelación y movimientos de tierra con maquinarias pesada, a partir del mes de Mayo de 1987. La obra se construyó en el mes de Marzo de 1991 y se inauguró el 15 de Abril del mismo año siendo Comandante General de la FAP el General del Aire Don Arnaldo Velarde Ramírez, y Director de la Escuela Superior de Guerra Aérea el Mayor General FAP Don John W. Gottfried Silva.

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CAPITULO II VISIÓN, MISIÓN Y VALORES ESENCIALES

1. VISIÓN

“Ser la Escuela de Guerra Aérea de Post Grado de mayor prestigio en el ámbito militar y aeroespacial en el Perú y con presencia internacional”.

2. MISIÓN

“Perfeccionar al personal de Oficiales FAP en concordancia con los objetivos institucionales y educativos, a fin de asegurar la presencia de líderes con valores y competencias adecuadas, capaces de conducir la Institución en un ambiente contemporáneo y futuro en todos sus niveles de comando y en otros organismos integrantes del poder aeroespacial, militar y Nacional”.

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3. VALORES ESENCIALES

a. Integridad Personal: “Es la voluntad de hacer siempre lo correcto, están inmersos los valores de honor, honestidad, responsabilidad, justicia, equidad, valor, respeto y humildad”

b. Vocación de Servicio: “Es la voluntad de anteponer los deberes profesionales a los deseos personales. Están inmersos el cumplimiento de normas, la confianza en el sistema, el respeto hacia los demás y la disciplina””

c. Excelencia Profesional: “Es la voluntad de mejoramiento e innovación continua, que permite contribuir al logro de los objetivos institucionales.”

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CAPITULO III ORGANIZACIÓN

De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza FAP 20-13, del 28 de mayo de 2009, la ESFAP es una Unidad Dependiente del Comando de Educación (COEDU) que orgánicamente está estructurada de la manera siguiente:

1. Órgano de Dirección:

a. Dirección

- Subdirector

2. Grupo Personal:

a. Ayudantía

b. Oficina de Información

3. Órgano Consultivo:

a. Consejo Consultivo

4. Órgano de Asesoramiento:

a. Oficina de Prevención de Accidentes

5. Órgano de Planeamiento:

a. Departamento de Planes

6. Órganos de Control:

a. Oficina de Inspectoría

b. Departamento de Calidad e Innovación Educativa.

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7. Órganos de Apoyo:

a. Departamento Administrativo

b. Departamento de Economía y Finanzas

c. Departamento de Informática

d. Oficina de Grados y Títulos

8. Órganos de Ejecución:

a. Departamento Académico

b. Departamento de Evaluación

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CAPITULO IV NORMAS ACADÉMICAS

1. FUNDAMENTACION

a. Los Discentes se encuentran en este Centro de estudios con el fin de recibir los conocimientos que eleven su nivel profesional, mediante su participación en los cursos de Perfeccionamiento que en este se desarrollan.

b. En tal sentido, deben comprender que los estudios del nivel de post-grado aseguran su perfeccionamiento profesional y personal; en consecuencia, su misión principal en la Escuela es dedicarse íntegramente y exclusivamente a ello y así obtener y mantener el nivel de preparación requerido para afrontar con la debida eficiencia las exigencias de evaluación previstas por la ESFAP.

c. Con el fin de lograr en el Discente el comportamiento y actitudes positivas que coadyuven a la consecución de sus propios fines y de las metas de instrucción fijadas por la institución, se han establecido disposiciones específicas de carácter pedagógico denominadas NORMAS ACADÉMICAS.

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2. NORMAS GENERALES.

Para lograr el éxito del proceso de enseñanza – aprendizaje es importante observar las pautas siguientes:

a. Participación Activa y responsable en el proceso de instrucción.

El Discente deberá participar activamente en el proceso de instrucción del cual es parte importante, incidiendo en el auto preparación previa al desarrollo de los temas en el aula, permitiendo así al Docente profundizar en el nivel de conocimientos a impartir.

b. Cumplimiento de plazos.

Los Departamentos de Perfeccionamiento en coordinación con el Departamento de Evaluación, efectuarán a lo largo del desarrollo de la instrucción, exámenes, pruebas o trabajos aplicativos para los cuales se han establecido plazos de entrega, siendo obligación de los Discentes el cumplimiento de los mismos.

c. Cumplimiento de las normas académicas para el desarrollo de los exámenes y trabajos.

Las pruebas de evaluación y los trabajos aplicativos contienen disposiciones específicas establecido en el Manual de Evaluación Académica dichas disposiciones provienen de estudios técnico-pedagógicos efectuados por el personal experimentado de planta, Docentes y Asesores de la Escuela, debiendo los Discentes cumplir con su aplicación y colaborar con el cumplimiento estricto de las normas estipuladas al respecto.

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d. Cumplimiento de las disposiciones académicas a través de los instrumentos de control.

Las asignaturas se desarrollan empleando los Programas semanales, Planes de Estudio, con el auxilio de instrumentos de control como son las Hojas Previas, Notas de Instrucción o Disposiciones Verbales Ocasionales. Los Discentes están obligados a leer y enterarse del contenido de dichos instrumentos. Las observaciones o sugerencias deberán canalizarse al Jefe de Curso correspondiente a través del Curso.

e. Aceptación disciplinada de la pedagogía empleada por los Docentes en el aula.

Los Sres. Docentes, tanto militares como civiles, ostentan la máxima autoridad académica en el aula y con el fin de asegurar el éxito del proceso enseñanza - aprendizaje, disponen de normas de conducta, control y evaluación de los conocimientos impartidos en el aula, las mismas que son complementarias a las normas generales establecidas para la asignatura; en consecuencia, los Discentes deberán observar y cumplir disciplinadamente dichas órdenes y disposiciones a efecto de no obstaculizar el planeamiento y la estrategia pedagógica del Docente.

3. NORMAS ESPECÍFICAS a. Responsabilidad y cumplimiento de las funciones

referidas a los cargos en los Equipos de Trabajo.

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Los Discentes se distribuyen en Equipos de trabajo, los mismos que exigen el desempeño de los siguientes cargos, de manera rotativa:

1) Conductor

Responsable de la conducción de los debates, del seguimiento y control del equipo, así como de la entrega de los trabajos en los plazos señalados, Debe informar al Docente de la asignatura sobre el desarrollo del trabajo encomendado al equipo a su cargo.

2) Secretario

Encargado de la documentación bibliográfica y transcripción o redacción de documentos. Informar al Conductor.

3) Miembros

Responsables de cumplir con las tareas que les asigne el conductor del equipo.

b. Honestidad y responsabilidad en el rendimiento de exámenes Los Discentes se encuentran en la responsabilidad de alcanzar los más altos niveles de rendimiento en las pruebas de evaluación que se les presente, actuando en todo momento con honestidad y disciplina.

c. Observaciones y Aportes a la tarea académica de la Escuela. La Escuela Superior de Guerra Aérea alberga en su seno a Oficiales Profesionales en proceso de perfeccionamiento y no de formación profesional;

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por lo tanto, están en capacidad de colaborar y aportar al mejoramiento de las etapas de planeamiento, conducción y evaluación académica que se desarrolla en la ESFAP.

Esta especial condición los obliga a abstenerse de efectuar solapadas y destructivas críticas al que hacer académico; y por el contrario a estar alertas, para que por intermedio del Brigadier de la Promoción hagan llegar al Jefe del Curso respectivo, para su análisis y estudio correspondiente, las observaciones y/o medidas correctivas que a su juicio sea necesario aplicar a la cátedra, adjuntando por escrito las alternativas de solución que reúnan los requisitos de adaptabilidad, aceptabilidad y practicabilidad.

d. Respeto y consideración a la Cátedra y a los Asesores Supervisores del Proceso Académico en aula. El Docente es la máxima autoridad académica en el aula, de igual manera los Asesores Supervisores presentes en el aula representan a los diferentes Departamentos Académico, de Planes y de Evaluación, con una función evaluadora y fiscalizadora del proceso académico que se lleva a efecto. En ambos casos, los Discentes deben mostrar el máximo respeto, disciplina y cortesía para con dichas autoridades.

e. Desarrollo de Autodisciplina y Comportamiento

Intachables La condición de Discente, debe evitar dar lugar a llamadas de atención, sanciones o castigos por

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situaciones tales como: asistencia, puntualidad, pérdida de libros o lectura de revistas frívolas, periódicos, uso indebido de celulares, y de lapto sin previa autorización del docente durante las horas de dedicación académica. Lo cual permitirá que sea sancionado. Ello implica que los Discentes deberán:

1) Demostrar un comportamiento acorde con su jerarquía militar.

2) Practicar las reglas de cortesía, respeto mutuo y compañerismo.

3) Ostentar una asistencia impecable.

4) Observar permanente puntualidad para el ingreso al aula [tres (3) minutos antes del inicio de clases].

5) Observar el uso racional y exacto de los descansos.

6) Cumplir con los plazos de entrega de los trabajos, materiales instructivos oportunamente.

7) Emplear los servicios de la Escuela de acuerdo a los reglamentos establecidos.

f. Seguridad con el material de instrucción que proporciona la Escuela 1) Deberán tomar las medidas de seguridad

necesarias a fin de evitar extravíos o pérdidas.

2) La pérdida de manuales, separatas y otros documentos de instrucción entregados al Discente, serán de su exclusiva

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responsabilidad, sujetos a investigación y a la aplicación de las sanciones correspondientes.

3) Deberá evitar conversaciones o comentarios con personas ajenas a los asuntos de carácter doctrinario o reservado.

4) Toda documentación clasificada no podrá ser retirada por razón alguna de la ESFAP.

g. Participación Obligatoria en Comisiones Extracurriculares Paralelamente a las actividades académicas, en la ESFAP se llevan a cabo tareas extra curriculares de carácter social, cultural, deportivo, etc.; debiendo cumplir, con carácter de obligatoriedad, las funciones y responsabilidades inherentes a dichas actividades y cualquier otra que se les asigne, con el debido celo, eficiencia, pulcritud y oportunidad.

h. Conferencias, Visitas y Viajes de Estudio. Los Planes de Estudio de la ESFAP contemplan como actividades complementarias al trabajo en aula, participación en conferencias, visitas de instrucción y viajes de estudio dentro y fuera del país, las que comprometen la imagen y el prestigio de la ESFAP; exigen, además del trabajo académico, el cumplimiento de normas administrativas, disciplinarias y sociales.

Por lo tanto, deberán cumplir con rigurosidad las disposiciones que figuren en las Hojas Previas y Notas de Instrucción respectivas:

1) Cuidado, destreza y oportunidad para efectuar las preguntas y emitir las respuestas.

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2) Laboriosidad, atención, compostura y recato en las reuniones académicas y sociales.

3) Preparación y fecunda creatividad para los discursos informativos y persuasivos.

4) Respeto por la idiosincrasia y normas internas imperantes en las dependencias y organizaciones visitadas.

i. Períodos de Instrucción Clasificada

Dentro de la currícula de los diferentes cursos desarrollados en la ESFAP existen unidades de instrucción, que por su contenido temático están considerados como "CLASIFICADOS", en tal sentido:

1) La programación de dichas unidades en el Programa Semanal de Instrucción correspondiente deberá estar indicada como "CLASIFICADO".

2) La asistencia a dichas Unidades de Instrucción será de exclusividad para los Discentes Nacionales.

3) Está prohibido el empleo de micrófonos o altavoces para el dictado de las UU. Temáticas "CLASIFICADAS".

4) El Jefe de Curso, el Brigadier del Curso y el Discente de Servicio de Aula adoptarán las medidas necesarias, a fin de garantizar la seguridad del dictado de las UU. Temáticas "CLASIFICADAS".

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4. MERITOS E INCENTIVOS.

a. Al término del Programa, el Discente se hará acreedor, según su aprovechamiento y desempeño actitudinal a: 1) Insignia de honor

2) Diploma e Insignia de graduación

3) Opción a un viaje de estudios de perfeccionamiento en el extranjero.

4) Opción a participar directamente en el Curso de Comando y Estado Mayor, en el caso del Curso Táctico.

b. Para tener derecho al Diploma e Insignia del Curso se requiere: 1) Haber aprobado todas las asignaturas del Plan

de Estudios respectivo.

2) Haber asistido a las actividades curriculares programadas con la tolerancia de inasistencias debidamente justificadas y establecidas en la reglamentación correspondiente.

c. El Discente que obtenga el Primer Puesto del Cuadro de Mérito recibirá la Insignia de Honor.

d. El uso de las insignias que otorga la ESFAP estará sujeto a las disposiciones reglamentarias vigentes.

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e. El Discente Brigadier que destaque en el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, se hará acreedor a una Mención Honrosa Especial otorgada por la Dirección de la ESFAP.

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CAPITULO V EVALUACIÓN ACADÉMICA

Durante su permanencia en esta Escuela Superior, su desempeño académico será constantemente evaluado; en tal sentido y con la finalidad que tome conocimiento de las normas de evaluación que le serán aplicadas se ha extractado del Manual de Evaluación Académica 2013 de la ESFAP, los aspectos que son de su competencia, los mismos que a continuación se transcriben:

CCAAPPÍÍTTUULLOO IIIIII DE LA EVALUACIÓN DE LOS DISCENTES

Art. 13: De las Consideraciones Generales

a. La evaluación de los Discentes de los Programas que conduce la ESFAP, es un proceso sistemático y organizado que tiene como propósito establecer el logro de las competencias alcanzado por ellos, en el desarrollo de los Programas de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría en los que participan, así como determinar las capacidades, habilidades y destrezas adquiridas al término de los mismos, a fin de establecer su ubicación dentro del conjunto, de modo que pueda servir de base para la promoción a nuevos puestos y funciones.

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b. Considerando que las categorías de aprendizaje se agrupan dentro de tres (3) aspectos: cognoscitivo, afectivo y psicomotor (Taxonomía de Bloom), la secuencia del análisis debe conducir a la identificación de los requerimientos de evaluación en cada uno de ellos, organizando el peso correspondiente en función de los requerimientos del Perfil Profesional del Egresado y de las competencias establecidas en el Programa Anual de Educación respectivo, así como de las asignaturas de cada Programa.

c. Los Programas Post Grado, tienen su propio Sistema de Evaluación (Ver Anexo “G”), que no tienen relación a los aprendizajes sino a la capacitación como investigadores de carácter científico.

Art. 14: De los Coeficientes a. Para la evaluación de los Discentes en el Programa

se establecen los coeficientes correspondientes a los aspectos, áreas, asignaturas e instrumentos de evaluación, sobre la base de 100%. Los coeficientes de los aspectos se indican en el Anexo “A”.

b. Una vez iniciado un Programa no se podrán variar los coeficientes de las asignaturas y/o áreas, salvo por disposición superior, aprobados por Consejo Consultivo u otra norma de mayor jerarquía.

c. Los coeficientes para cada una de las áreas y/o asignaturas consideradas en el Plan de Estudios del Programa, son calculados de manera proporcional al número de horas lectivas programadas para dicha área y/o asignatura (Ver Anexo “B”, ejemplo).

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d. Asimismo, el Anexo “C” del presente reglamento establecen los coeficientes para cada instrumento de evaluación en un aspecto dado.

e. Si para alguna asignatura no se llevaran a cabo todas las evaluaciones previstas, el promedio final de la asignatura se obtiene ponderadamente empleando las evaluaciones realizadas y sus respectivos coeficientes, esto es, el promedio obtenido en cada tipo de evaluación aplicado será multiplicado por su respectivo coeficiente y su suma será dividida entre la suma de los coeficientes empleados.

Art. 15: De la Objetividad de la Evaluación a. Todas las evaluaciones aplicadas en la ESFAP

(controles, exámenes, informes), serán calificadas en forma anónima por el Docente responsable. Para tal efecto, utilizará los formatos/códigos preestablecidos, los que son entregados oportunamente por el Departamento de Evaluación y devueltos al mismo, una vez terminada la calificación correspondiente en un plazo NO mayor de cuatro (4) días útiles para las asignaturas de normal desarrollo y 24 horas para los Programas que culminan, los cuales se deberá anotar las observaciones, comentarios, etc., que sean pertinentes a fin de realimentar a los Discentes.

b. El incumplimiento en la entrega de calificaciones en los plazos establecidos, dará origen a una amonestación escrita al Docente, por parte de la Dirección, a partir del 5º día calendario.

c. El Personal Docente que evalúa debe hacerlo con la objetividad que su ética y conocimiento

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profesional le impone y debe estar siempre en condiciones de fundamentar los criterios de calificación empleados, a partir del empleo del Anexo “D”, toda vez que la Jefatura del Departamento de Evaluación lo estime conveniente. Asimismo, deberá considerar la rúbrica como instrumento de evaluación por competencia, a partir del Anexo “J”.

d. El Jefe del Departamento de Evaluación puede ser Docente de las asignaturas que conforman los diversos Programas Educativos, a solicitud de la Jefatura del Departamento Académico.

Art. 16: De las Faltas a. Al Discente que se le compruebe falta de seriedad

o colaboración a los fines de cualquier evaluación, se le aplica el descuento correspondiente a la trasgresión de dispositivos de la ESFAP (Ver Anexo “E”); en caso de reincidencia será sometido al Consejo Consultivo, a fin que considere su separación del Programa.

b. Del mismo modo, el Discente que cometa alguna infracción de dispositivos vigentes de la ESFAP o de la Institución será sometido al Consejo Consultivo. El mismo que de acuerdo a la gravedad de la falta emite su pronunciamiento y recomendación, que puede abarcar desde una sanción hasta la separación del Programa.

c. Cualquier falta cometida quedará registrada en los archivos del ESEV y el (Sistema de Gestión Educativa) SISGEDU, con su respectivo descuento

notificándosele al Discente implicado mediante un memorando del Jefe del Departamento.

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Art. 17: De la Calificación Cuantitativa a. Toda evaluación cuantitativa se realiza utilizando

la escala de tipo vigesimal (0 - 20) para los diferentes instrumentos de evaluación aplicados en una asignatura/área/Programa, siendo calculados hasta milésimas en el Sistema de Información de Formación y Capacitación (SISGEDU).

b. Los calificativos parciales y el promedio final de una asignatura son entregados a los Discentes, mediante un reporte impreso obtenido del SISGEDU o a través de medios digitales (vía Moodle o Web), de acuerdo a la disponibilidad de medios, en un plazo no mayor de tres (3) días útiles, posteriores a la entrega de la última evaluación y publicados en el aula con el N.S.A. respectivo.

c. Las evaluaciones en la Maestría de la Escuela de Postgrado y de la Sustentación de Tesis, tienen un CALIFICATIVO MÍNIMO APROBATORIO de CATORCE (14.00).

Art. 18: De la Calificación Cuantitativa Mínima Aprobatoria a. La evaluación cuantitativa tiene un rango de

aprobación de 14 a 20, de donde la calificación cuantitativa mínima aprobatoria es 14 y cualquier evaluación aplicada cuyo calificativo se encuentre por debajo de 14, se considera como DESAPROBADO.

b. Para los casos en que existiera convenio entre la FAP y algún centro de Educación Superior (Universidades o Instituciones de Postgrado,

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Manual del Discente de la ESFAP 28

reconocidas), sólo se considerarán los promedios finales obtenidos por los Discentes en las asignaturas establecidas en la estrategia de conducción que fueran remitidos oportunamente por dicha institución a esta Escuela, haciendo uso del rango de aprobación dado por dicha institución, especificándose en los Certificados la nota mínima aprobatoria establecida por la misma.

Art. 19: De la Calificación Cualitativa

a. Para cualquiera de los aspectos, cognoscitivo, afectivo y/o psicomotor, el atributo (calificativo cualitativo) correspondiente a determinada nota (calificativo cuantitativo) es asignado según lo establecido en la Dir. FAP 50-11, “Educación”: Adecuación de la Escala Centesimal a la Vigesimal en los Procesos de Evaluación del Personal de la FAP”, del 23 de Noviembre de 2007.

b. Los calificativos que obtengan los Discentes durante el desarrollo de los Programas de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría, tendrán los atributos siguientes:

ATRIBUTO ESCALA DE CALIFICACION

Sobresaliente (SS) 18.500 - 20.000 Muy Bueno (MB) 17.000 - 18.499 Bueno (BU) 15.500 - 16.999 Suficiente (SU) 14.000 - 15.499 Deficiente (DE) Menor a 14.000

*Ord. FAP 50-18 c. Para toda evaluación que implique un atributo

DEFICIENTE (DE) necesariamente el Evaluador deberá incluir su respectiva justificación.

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EVALUACIÓN DEL ASPECTO COGNOSCITIVO

Art. 20: De la Evaluación del Aspecto Cognoscitivo a. El aspecto cognoscitivo incluye un conjunto

definido de competencias que abarcan niveles inferiores (conocimiento, comprensión y aplicación) y fundamentalmente niveles superiores (análisis, síntesis y evaluación), según se muestra en el Anexo “D”.

b. Se considera la capacidad de mando y liderazgo demostrada por el Discente, así como aspectos tales como la creatividad, innovación e imaginación del Discente, a través de formas originales en el planteamiento de nuevas ideas o nuevas alternativas.

c. La evaluación del Discente en el aspecto cognoscitivo corresponde a la aplicación de instrumentos de evaluación (examen, control, informe escrito, exposición) para cada asignatura que pueden ser tanto escritos como orales.

d. Para obtener los resultados en el aspecto cognoscitivo se determinan los promedios de las asignaturas correspondientes a cada área, luego se calcula el promedio de cada área y finalmente dichos promedios son empleados para obtener la calificación en el aspecto cognoscitivo del Programa Académico desarrollado.

e. Para los estudios de Post Grado, se evalúa fundamentalmente su capacidad de investigación y de solución de un problema de su especialidad y además de la mención.

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EVALUACIÓN ESCRITA

Art. 21: De la Evaluación Escrita a. El Jefe del Departamento Académico y/o los Jefes

de los Programas de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría serán los responsables de efectuar las coordinaciones necesarias con los Docentes de cada asignatura, a fin que remitan al ESEV con un mínimo de 48 horas de anticipación el banco de preguntas de la prueba a aplicarse en la fecha y hora señalada en la programación semanal.

b. El banco de preguntas debe ser inédito, según grado de dificultad y de acuerdo a lo indicado en el Anexo F: “Reglas Generales para la Formulación de Exámenes”, considerando para tal efecto la presentación del doble del número de ítems que van a ser aplicados en la evaluación escrita respectiva.

c. El Jefe del ESEV no aceptará bancos de preguntas idénticos a los que fueron aplicados en asignaturas de otros Programas desarrolladas anteriormente.

d. Por ningún motivo el ESEV aceptará la remisión de una prueba 24 horas antes de su aplicación, la misma que será reprogramada en fecha posterior bajo responsabilidad del Docente, haciéndose acreedor a una amonestación escrita por parte de la Dirección de la ESFAP.

e. De acuerdo al número de Unidades de Aprendizaje que abarca, las evaluaciones escritas pueden ser de dos (2) clases:

1) Los Controles, se aplican en función a pocas unidades y pueden ser de dos (2) tipos:

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a) Programados, cuando figuran en la programación mensual / semanal y están especificados en el Plan Anual Educativo (PAE) correspondiente.

b) Inopinados, cuando el Docente / Jefe de Programa estima conveniente su aplicación en el desarrollo de la asignatura y no requieren previo aviso al Discente, pero sí la coordinación respectiva con el Jefe de Programa y el ESEV, siendo remitidos los calificativos en un plazo no mayor de 2 días útiles, en caso contrario no será registrado en el aspecto cognoscitivo en el SISGEDU. También se consideran como inopinados, a los Controles de Lectura sobre los temas a desarrollarse en clase.

2) Los Exámenes se realizan para verificar el nivel de logro de las competencias establecidas de varias unidades de aprendizaje o de toda la asignatura. Los exámenes, controles, informes y exposiciones son notificados en el programa semanal / mensual de los Programas de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría, dejando un margen mínimo para su estudio y profundización de la misma.

3) Los Exámenes escritos serán aplicados únicamente en la hora y fechas programadas. Sin embargo, por razones justificadas, el Jefe de Programa podrá cambiar la hora y/o fecha de este examen, mediante una Nota de Educación comunicada al Jefe del Departamento de Evaluación, con un mínimo de 48 horas de anticipación.

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4) Si un examen o control fuera aplicado dentro de las 48 hrs. posteriores a la última sesión, el Docente se abstendrá de incluir temas desarrollados en dicha sesión. De este modo, se garantiza que el Discente ha tenido suficiente tiempo para prepararse y realizar las consultas respectivas.

f. Según el grado de complejidad y la forma de las preguntas, las evaluaciones escritas pueden ser también de dos (2) tipos (Ver Anexo F):

1) Una Prueba Objetiva está conformada por ítems (preguntas o reactivos) que requieren que el Discente seleccione la respuesta correcta o escriba un símbolo, palabra o frase para completar el enunciado o dar respuesta a la pregunta.

Los ítems objetivos son más apropiados para evaluar niveles inferiores.

Las pruebas objetivas son conformadas por ítems de selección (selección múltiple, correlación o jerarquización) o por ítems de suministro (ítems de repuesta breve).

2) Una Prueba de Ensayo o Desarrollo es aquella que consta de una o varias preguntas o instrucciones que requieren del evaluado la redacción de una respuesta escrita, de mayor o menor extensión, en la que puede expresarse con relativa libertad, originalidad, creatividad, etc. los ítems de ensayo son más apropiados para evaluar niveles superiores.

Las pruebas de desarrollo están conformadas por ítems de respuesta restringida o por ítems de respuesta libre.

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Art. 22: De la Aplicación de la Evaluación Escrita El Docente responsable de la asignatura tiene a su cargo la aplicación de la evaluación escrita en el día y hora señalados en la programación semanal. Sin embargo, en su ausencia será aplicado por el Asesor Académico del Programa, el Jefe del Programa, el Jefe del Departamento Académico o a quién éste último designe.

El Docente / Jefe de Programa (Evaluador) distribuye las pruebas por intermedio de los primeros Discentes de cada columna e indica a los mismos que:

a. Deberán verificar el número de páginas e ítems de cada prueba.

b. Deberán levantar la mano, para preguntar al Evaluador sólo sobre errores de construcción gramatical, de digitación o compaginación presentada, guardando su respectiva ubicación.

c. Solamente podrán realizar preguntas de forma o compaginación dentro de los primeros 15 minutos de iniciada la prueba; límite que será indicado por el Evaluador y que una vez transcurrido dicho lapso los Discentes se abstendrán de formular preguntas.

d. Si durante el desarrollo de un examen o control, el Docente de la asignatura sólo dispondrá de 15 minutos para hacer alguna aclaración de tipo general o individual si la situación lo amerita, luego de lo cual se abstendrá de atender consultas.

e. La resolución de una prueba escrita tiene carácter estrictamente personal. Por tanto, el Discente que durante su aplicación sea sorprendido conversando, intentando observar la prueba de otro Discente,

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haciendo uso indebido de copias, material impreso y/o apuntes, o de cualquier medio electrónico de comunicación, deberá entregar inmediatamente su prueba al Evaluador a cargo, correspondiéndole un calificativo de CERO (0) en esta evaluación. Posteriormente, el Discente será sometido al Consejo Consultivo de la ESFAP, el cual recomendará la sanción pertinente, que puede implicar desde su sometimiento a la Comisión de Investigación Ad-Hoc de la ESFAP, hasta la separación definitiva del Discente del Programa de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría.

f. Las pruebas escritas sólo serán aplicadas en las aulas y/o instalaciones de la ESFAP, estando terminantemente prohibido que éstas sean trasladas por cualquier Discente del Programa a otro ambiente externo, salvo que por características específicas del programa tengan que desarrollarse fuera de estas instalaciones.

g. Al finalizar la prueba, los Discentes en un sólo acto deberán dejar de escribir y pasar la prueba de atrás hacia delante, de modo que sean recogidas por el Evaluador al mismo tiempo. Si algún Discente hiciera caso omiso a esta indicación, el evaluador le aplicará un descuento del 20% sobre la nota obtenida en su prueba y se hará merecedor de una sanción que puede ir desde un simple descuento en el aspecto afectivo, hasta ser sometido a Consejo Consultivo, según el caso amerite.

h. El 1er. Curso “Investigación Científica” del Post Grado y el 2do. Curso “Metodología de la Investigación”, se evaluarán de acuerdo a lo indicado en el correspondiente silabo.

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Art. 23: De la Calificación de la Evaluación Escrita a. El Docente / Evaluador entregará al ESEV las

pruebas aplicadas el mismo día inmediatamente después de culminado la aplicación de la misma.

b. El ESEV codifica las pruebas y las entrega al Docente para su calificación en forma anónima.

c. Las pruebas deberán ser devueltas al Departamento de Evaluación, conjuntamente con el patrón desarrollado, dentro de los cuatro (4) días calendarios contados a partir de la fecha de su entrega. Si esta prueba es aplicada dentro de la última semana del Programa, deberá ser devuelta en un plazo máximo de 24 horas.

d. La calificación de las pruebas, especialmente las de ensayo, debe realizarse considerando las sugerencias existentes para que la calificación sea lo más objetiva posible.

e. Para determinar la nota de cada prueba se procede de la siguiente manera:

1) A la izquierda de cada ítem mal contestado se anotará el descuento correspondiente, sin excederse del puntaje asignado. Asimismo, debe realimentar al Discente, escribiendo la respuesta correcta.

2) En el ángulo inferior derecho se escribe el total de descuento de cada página.

3) La nota se escribe en la parte superior izquierda de la primera página, la misma que resulta de la diferencia entre el calificativo 20 y la suma de los descuentos de todas las páginas de la prueba.

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EVALUACIÓN ORAL

Art. 24: De la Evaluación Oral La evaluación oral comprende: Examen Oral que se realiza ante el Docente y la Evaluación Crítica Oral que se realiza ante un Jurado Evaluador, en función a un conjunto de balotas de preguntas proporcionados al Discente de manera oportuna.

Art. 25: De las Balotas para la Evaluación Crítica Oral a. Las balotas son conjuntos de ítems agrupados en

función de los objetivos de conducta, del grado de dificultad y del tiempo que se emplea en desarrollar cada grupo de ítems (balota).

b. El número de balotas y preguntas, son propuestos por los Jefes de los Programas en coordinación con el Departamento de Evaluación, los Docentes de las asignaturas desarrolladas y Docentes invitados que por su calidad profesional se estime conveniente su participación.

Art. 26: Del Jurado Evaluador para la Evaluación Crítica Oral a. El Jurado Evaluador es seleccionado por el Jefe de

Programa y está integrado por un mínimo de tres (3) Docentes de las respectivas asignaturas y Evaluadores Invitados, exceptuándose bajo cualquier concepto al Jefe del Programa y del ESEV, salvo que la Dirección lo estime conveniente.

Todos ellos deberán ser informados por el Jefe de

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Programa en forma escrita y oral sobre los objetivos de la misma y participar en la evaluación de todos y cada uno de los Discentes.

b. Con carácter de obligatoriedad el Jurado Evaluador deberá permanecer desde el inicio hasta el final de la evaluación crítica oral bajo responsabilidad del Jefe de Programa y recibir previamente las orientaciones del ESEV sobre los criterios de evaluación.

c. El Jefe de Programa será el responsable de solicitar los Balotarios de Preguntas al Jurado Evaluador y entregarlos al Jefe del Departamento de Evaluación, con 15 días de anticipación como máximo previos a la entrega a los Discentes.

Art. 27: De la Aplicación de la Evaluación Crítica Oral a. La fecha de la evaluación oral es propuesta por la

Jefatura del Programa correspondiente.

b. Por su parte, el ESEV entregará a los Discentes los respectivos balotarios, con una anticipación de 30 días calendarios. Mientras que, la fecha, orden y hora de presentación de cada Oficial para esta evaluación se determinará por sorteo un día antes del inicio programado.

La evaluación oral se desarrollará en periodo no mayor de una semana (cinco días útiles consecutivos).

c. El Discente debe estar en condiciones de absolver todas las preguntas formuladas por el jurado, toda vez que estén relacionadas a los objetivos y al temario de la(s) asignatura(s).

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d. Todos los Discentes designados para rendir la evaluación en un mismo día, deberán presentarse a primera hora ante su Jefe de Programa y esperar su turno de evaluación.

e. Quince (15) minutos antes de la hora prevista para su evaluación crítica oral, el Discente deberá presentarse al aula de espera indicada, en donde en presencia de un miembro del ESEV, determinará por sorteo su número de balota a exponer. Inmediatamente, si lo estima conveniente, planeará su desarrollo y elaborará sus ayudas empleando un tiempo no mayor a diez (10) minutos, luego de lo cual las entregará y permanecerá dentro del aula de espera hasta el momento en que se le comunique su presentación ante el jurado.

f. En el instante indicado el Discente solicitará el permiso correspondiente para ingresar al aula y se presentará. A continuación, empezará a desarrollar su balota con el ítem que estime conveniente o siguiendo la secuencia establecida en la misma, para lo cual no deberá exceder veinte (20) minutos.

g. Al finalizar su exposición, el Oficial comunicará al Jurado que ha concluido, quienes a su vez pueden iniciar la formulación de preguntas y de ser necesario lo realimentarán a fin de reforzar aciertos o corregir deficiencias, omisiones o errores, toda vez que una evaluación oral constituye también una actividad de enseñanza-aprendizaje, previendo en suma no exceder los quince (15) minutos.

Art. 28: De la Calificación de la Evaluación Crítica Oral a. Al inicio de cada fecha de evaluación crítica oral,

el Departamento de Evaluación entregará a cada

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miembro del jurado un conjunto de instrucciones y un legajo con los formatos de evaluación oral, para registrar su calificación correspondiente.

b. Una vez que el Discente haya terminado íntegramente su evaluación, el jurado solicita al Discente que se retire del ambiente y procede a determinar en forma independiente su calificativo cuantitativo dentro del rango correspondiente al atributo determinado y según el aspecto evaluado.

c. Los miembros del Jurado Evaluador, además de los calificativos en los formatos, deben incluir comentarios y recomendaciones. Asimismo, al término de una jornada de evaluación diaria, deberán entregar los formatos calificados al representante del Departamento de Evaluación y/o Jefe de Programa.

d. La nota de la evaluación crítica oral de cada Discente es el promedio simple de las calificaciones de los miembros del jurado, las cuales son inapelables y anónimas. Si el discente resultara desaprobado, deberá ser por unanimidad, para lo cual el Jurado Evaluador adjuntará en informe respectivo, teniendo una única oportunidad para poder subsanar.

e. En relación a los cursos de Investigación Científica, pertenecientes a los estudios de Post Grado, el curso de “Ciencia y Epistemología” se evaluará el promedio de las notas de los debates individuales y el examen escrito y final (1er. Curso de Investigación).

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EVALUACIÓN TRABAJO DE EFICIENCIA PROFESIONAL (TEP)

Art. 29: De la Evaluación del TEP

a. Consiste en un trabajo de investigación que deberá ser desarrollado por el Discente, con la asesoría de un Docente del Programa, como aporte cognoscitivo, propuesta innovadora y/o solución a una problemática de la especialidad, solicitado por el organismo técnico correspondiente, acorde con los contenidos del Programa de Perfeccionamiento Especializado y Calificación impartido.

b. El Jefe de Programa tendrá la responsabilidad de comunicar oportunamente por escrito, al Docente de la Asignatura de Metodología de la Investigación, Asesor del TEP, Discente y Asesor del Dpto. Académico del TEP, el título, los objetivos y alcance de la investigación a desarrollarse.

c. En lo concerniente a los estudios de Post Grado, se evalúa como trabajo escrito: El proyecto de Investigación y de Investigación Científica (15 a 25 páginas) para aprobar el Curso de Seminario de Tesis I.

d. Para el 4to. Curso de Investigación, se evaluará el borrador limpio de la Tesis (Seminario de Tesis II).

Art. 30: De la Asesoría del TEP a. El Asesor del trabajo de investigación es

responsable del esquema de investigación de

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acuerdo al silabo y al plan de estudio, y de programar un mínimo de cuatro (4) reuniones periódicas con el Discente a fin de verificar el avance registrado y la realimentación necesaria para alcanzar los objetivos establecidos, lo cual deberá ser informado al Jefe de Programa.

En los casos del Post Grado, el asesoramiento será permanente para el desarrollo de los Proyectos de Investigación Científica y de la Tesis de Investigación Científica, que estarán orientados a la especialidad del alumno y de la mención del post grado.

b. El Asesor deberá llevar un registro de todas las reuniones, en donde indicará el nombre del Discente, la fecha y hora, el cumplimiento del avance registrado por el Discente, observaciones y firma del Asesor.

c. El Asesor deberá comunicar por escrito al Jefe de Programa, la inasistencia del Discente a dos (2) reuniones consecutivas, a fin que se tomen medidas correctivas.

d. El Asesor deberá registrar por escrito su conformidad sobre el trabajo desarrollado por el Discente, siendo adjuntado dicho documento a la presentación final, en caso contrario, no será aceptado en la relación de trabajos a sustentar.

e. El Asesor deberá estar presente el día y la hora indicada para la sustentación del Discente a quien brindó su asesoría, en caso contrario, dicho acto será reprogramado; su participación será cuando se requiera aclarar aspectos que el Jurado considere de importancia del TEP, pero no evaluará al Discente en ningún caso.

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Art. 31: Del Jurado Evaluador del TEP a. El Jurado Evaluador es seleccionado por el Jefe de

Programa y está integrado por un mínimo de tres (3) Docentes del Programa y otros Evaluadores Invitados que se estimen convenientes, siendo informados por el Jefe de Programa de manera escrita y oral sobre los objetivos de la sustentación y su participar en la evaluación de los Discentes programados.

b. El Jurado Evaluador del Post Grado, está de acuerdo a lo exigido en el Reglamento de Sustentación de Tesis y todos ellos deberán tener el grado académico respectivo.

Art. 32: De la Aplicación de la Evaluación del TEP a. El Discente deberá presentar el TEP al

Departamento de Evaluación con al cargo respectivo, con una anticipación de diez (10) días calendarios previos a la fecha de su evaluación, a fin que sea entregado al Jurado Evaluador oportunamente para su respectiva revisión.

b. El Jefe de Programa será el responsable de establecer la fecha y hora de la evaluación del TEP, siendo comunicado mediante Hoja Previa al ESEV, en donde además se indicarán los Discentes a evaluar, los integrantes del Jurado Evaluador y el Asesor respectivo.

c. Los Discentes programados deberán asistir treinta (30) minutos antes de la hora prevista para su sustentación, presentándose al Jefe de Programa y/o Jefe del Departamento de Evaluación, y esperará su turno hasta que sea convocado.

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d. Los Discentes tendrán veinticinco (25) minutos como máximo para la sustentación del TEP, luego de lo cual el Jurado Evaluador realizará preguntas sobre el tema desarrollado.

e. En el caso del Post Grado, la evaluación de la Tesis es a través de una Sustentación Pública, conforme lo solicite el discente, y conforme al Art. 28 de la Ley Universitaria Nº 23733 lo establece.

Art. 33: De la Calificación de la Evaluación del TEP a. El Departamento de Evaluación, entregará a cada

miembro del jurado un conjunto de instrucciones y un legajo con los formatos de evaluación del TEP, para registrar su calificación correspondiente.

b. Al término de la evaluación del Discente, el jurado solicita al Discente que se retire del ambiente y procede a determinar en forma independiente su calificativo cuantitativo dentro del rango correspondiente al atributo determinado y según el aspecto evaluado.

c. Los miembros del Jurado Evaluador, además de los calificativos en los formatos, deben incluir comentarios y recomendaciones. Asimismo, al término de una jornada de evaluación diaria, deberán entregar los formatos calificados al representante del Departamento de Evaluación.

d. La nota del TEP de cada Discente es el promedio simple de las calificaciones de los miembros del jurado, las cuales son inapelables y anónimas. Si luego de obtener el promedio, el Discente resultara DESAPROBADO, los miembros del Jurado Evaluador deberán adjuntar el informe respectivo

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que sustente tal resultado, teniendo el Discente un plazo NO mayor de 10 días calendarios para poder subsanar su TEP, como única y última oportunidad.

e. Los calificativos en el caso del Post Grado, estarán de acuerdo al Reglamento de Sustentación de Tesis, donde la nota mínima aprobatoria será de 14.

EVALUACIÓN PRÁCTICA

Art. 34: De la Evaluación Práctica

a. La evaluación práctica (EP) puede ser escrita u oral con el objeto de evaluar la participación y capacidad de aplicar los conceptos teóricos adquiridos en la solución de problemas que constituyen una muestra representativa del trabajo a realizar en puestos o cargos a ser asignados.

b. Se consideran, para el área de los estudios de Post Grado, como Evaluación Práctica, las asesorías de tesis y el trabajo de campo, en forma individual.

Art. 35: De la Aplicación de la Evaluación Práctica a. La EP (Evaluación Práctica) puede realizarse en

forma individual o grupal; en el primer caso, para evaluar la capacidad individual de profundizar, ampliar, actualizar, sintetizar y evaluar; y en el segundo caso, para intercambiar y evaluar ideas e información con el propósito de extraer conclusiones, tomar decisiones, profundizar un asunto o resolver un problema en una atmósfera esencialmente cooperativa, aplicando técnicas de

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dinámica grupal tales como: seminarios, debate, mesa redonda, panel, etc.

b. La EP se desarrolla mediante los denominados Trabajos Aplicativos (Informes Escritos y Exposiciones), que a su vez pueden ser conducidos evaluados (TACE) o simplemente evaluados (TAE).

c. La EP es planeada por los Programas de Perfeccionamiento, la cátedra y el Docente de la asignatura en coordinación con el ESEV.

d. Los Programas de Perfeccionamiento previa coordinación con el Departamento de Evaluación informan en detalle a los Discentes y al Departamento de Evaluación la EP a realizar mediante la respectiva Hoja Previa (H.P. Nº __), en donde se indicará la fecha y hora de entrega de los informes escritos y/o de la exposición, la conformación de los grupos y los procedimientos de evaluación a emplearse.

Los informes serán entregados por el Discente más antiguo al Jefe de Programa para su remisión inmediata al ESEV en la fecha y hora indicada.

e. En la Evaluación Práctica grupal, se considerarán grupos de cuatro (4) Discentes como máximo, de modo que, cada uno desempeñe en forma rotativa, los cargos de conductor y secretario, y los grupos deberán cambiarse en forma periódica, para los Programas desarrollados en forma presencial o virtual.

f. La EP puede corresponder entre otros, a Ejercicios de Planeamiento de EM y Juegos de Guerra, a Informes de Estudio de EM (IEEM), Ejercicios de expresión, visitas de educación, viajes de estudios,

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seminarios, paneles, etc.

g. Los ejercicios de expresión, permiten determinar la capacidad de los Discentes, en la aplicación de las técnicas de comunicación. Esta evaluación es efectuada por el Docente de la asignatura de comunicación y/o personal de la Planta Orgánica designado por el ESFAP, a través del formato Evaluación de Exposiciones.

h. Las visitas de educación, complementan la teoría establecida en el Programa de Estudios a través de observaciones directas, conferencias y orientaciones. Al término de la visita, los Discentes presentarán al Departamento de Evaluación informe correspondiente (individual o grupal, según lo establecido en la respectiva HP), el mismo que será evaluado por los Docentes / evaluadores empleando los formatos establecidos.

i. Los viajes de estudio permiten medir el rendimiento del Discente en la aplicación de conocimientos y en la determinación de conclusiones y recomendaciones sobre la realidad militar, aeroespacial, institucional y socio-económica de la región motivo del viaje.

Al retorno del viaje, los Discentes presentarán al ESEV el informe correspondiente (individual o grupal, según lo establecido en la HP), el mismo que será evaluado en función del formato de evaluación de Informes escritos.

Art. 36: De la Calificación de la Evaluación Práctica a. El Departamento de Evaluación proporciona al

Docente/evaluador designado, los formatos para la

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calificación respectiva. Esta evaluación comprende: Informe Escrito y Exposición.

b. El Informe Escrito individual o grupal en un trabajo aplicativo debe contener tantas páginas como sean especificadas en la respectiva Hoja Previa, siendo calificado en el formato respectivo por el Docente o Jurado. Si dicho informe es grupal, la nota obtenida se hace efectiva por igual para cada uno de sus integrantes. En caso, de exceso de páginas en la presentación del informe se le aplicará el descuento respectivo en el aspecto afectivo al Discente o miembros del Grupo, de acuerdo a lo establecido en al Anexo “E” sobre Descuentos en el Aspecto Afectivo.

c. En caso que el Informe Escrito presentado sea copia de otro(s) Informe(s), facilitado o no por otro Discente, el(los) Discente(s) será(n) sancionado(s) con un calificativo de cero (0) en dicho Informe, siendo elevado el caso al Consejo Consultivo para la sanción respectiva.

d. En caso que el Informe Escrito presentado sea copia literal de fragmentos de otros informes, textos y/o páginas web, sin citar el origen de las fuentes, el(los) Discente(s) será(n) sancionado(s) con un calificativo de cero (0) en dicho Informe.

e. La falta de entrega definitiva de un informe escrito en cualquier asignatura, dará lugar a un calificativo de cero (0), ya sea que se trate de un informe individual o grupal, no correspondiendo entregas posteriores.

f. El informe grupal requiere la participación de todos los integrantes del grupo, no correspondiendo la entrega de informes

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individuales por parte de cualquier Discente de un grupo, siendo calificado en este caso con la nota cero (0). Excepcionalmente, sólo podrán ser evaluados de manera individual, cuando exista la justificación respectiva de su Comando/Jefe, a través de un documento que acredite su falta de participación en la elaboración del informe.

g. Los formatos a utilizar en los casos de Ejecución de Planeamiento de EM y Juegos de Guerra y de IEEM, se intitulan Evaluación del Informe de Trabajos de Planeamiento de EM y Evaluación de los Trabajos Escritos de Solución de Problemas e IEEM, respectivamente.

h. La Exposición de Trabajos Aplicativos y/o Informes es evaluada por el Docente y/o jurado calificador o equipos de arbitraje designados por los Programas de Perfeccionamiento, haciendo uso de los formatos existentes.

i. El calificativo de las exposiciones grupales será en forma individual, cuando todos los Discentes integrantes del grupo exponen el día establecido en la Hoja Previa. En caso que sólo exponga una parte del grupo, éste deberá ser designado al azar por el Docente y el promedio de los calificativos obtenidos por ellos, se hace efectivo por igual para todos los integrantes del grupo.

j. En el caso que por razones justificadas una exposición programada no pudiera llevarse a cabo y se solicitara la presentación de un informe escrito en su lugar, el Discente deberá presentarlo al ESEV en el fecha y hora indicada por el Dpto. Académico, en caso contrario le corresponderá un calificativo de cero (0), sin lugar a reclamos posteriores.

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k. Para la fase a distancia, el Discente que no entregue un informe individual o grupal en la fecha y hora indicada, tendrá hasta un máximo de 48 horas para entregarlo, previa coordinación con el tutor(a), con el descuento de dos (2) puntos en la calificación.

l. El Docente debe entregar al ESEV las notas del informe y exposición en el plazo máximo de tres (3) días útiles bajo su responsabilidad, para su registro y procesamiento oportuno en el SISGEDU.

m. El Discente que estando presente se rehusara a exponer, a pesar de haber sido convocado por el Docente, recibirá un calificativo de cero (0) sin lugar a reclamos posteriores.

n. Para los Ejercicios de Planeamiento de EM y Juegos de Guerra, se empleará el formato Evaluación de la Exposición del Trabajo de Planeamiento de EM, que será devuelto al Departamento de Evaluación el mismo día de la evaluación.

o. Para la fase a distancia, el Discente que no entregue un informe individual o grupal en la fecha y hora indicada, tendrá hasta un máximo de 48 horas para entregarlo, previa coordinación con el tutor(a), con el descuento de cinco (5) puntos en la calificación.

p. Los informes que son evaluados en los estudios de Post Grado, se denominan Proyecto de Investigación, y que se desarrolla en el Curso de “Seminario Taller I” y la “Tesis de Investigación”, que se desarrolla en el Seminario Taller II.

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EVALUACIÓN DEL ASPECTO AFECTIVO

Art. 37: De la Evaluación del Aspecto Afectivo a. La evaluación del Discente en el aspecto afectivo

comprende un conjunto de aspectos de tipo conductual y actitudinal evaluados en el Oficial a lo largo del desarrollo del Programa.

b. Para verificar el logro de las capacidades afectivas en un Área/Programa, los instrumentos de evaluación empleados son:

1) Evaluación de la Participación del Discente como intervenciones orales durante las conferencias o clases.

2) Evaluación Discente /Discente.

3) Evaluación de la Responsabilidad.

Evaluación de la Participación

Art. 38: De la Evaluación de la Participación La Participación del Discente es evaluada por el Docente / Evaluador de cada Asignatura, con respecto al Interés, Oportunidad y Objetividad.

Art. 39: De la Aplicación de la Evaluación de Participación Esta evaluación se realiza durante el proceso Enseñanza-Aprendizaje (E-A) a través de las intervenciones de los Discentes, considerando los aspectos señalados. El Docente deberá aplicarla a todos los Discentes durante el desarrollo de su

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asignatura y en caso de no evaluar a todos, no será considerada dentro del proceso.

Art. 40: De la Calificación de la Evaluación de la Participación Para la calificación, el Docente/Evaluador hará uso de los formatos de Participación proporcionados por el Departamento de Evaluación, en donde registrará su calificativo y el promedio simple de los mismos.

Evaluación Discente / Discente

Art. 41: De la Evaluación Discente / Discente La evaluación Discente / Discente es realizada por los Discentes, en Trabajos Aplicativos Escritos de tipo grupal, con relación al desempeño de los Discentes integrantes de su grupo.

Art. 42: De la Aplicación de la Evaluación Discente / Discente a. Esta evaluación es aplicada al finalizar los trabajos

escritos grupales de un área, previa coordinación con el Jefe del Programa, de modo que cada Discente integrante del grupo, tenga una apreciación clara del desempeño de los demás Discentes de su grupo.

b. Para el caso que no se aplique esta evaluación por cada trabajo escrito grupal, deberá ser aplicada al finalizar cada área/módulo según sea pertinente.

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Art. 43: De la Calificación de la Evaluación Discente / Discente a. Los Discentes se califican entre sí en los diversos

aspectos empleando el formato establecido, en forma confidencial, siendo tales calificativos sustentables. Especialmente, si un Discente asigna a otro un calificativo de 20 o menor que 14, en cuyo caso deberá justificarlo en el formato.

b. En el Planeamiento de EM y en Juegos de Guerra se emplean los formatos de Evaluación Discente/Discente en Trabajos de Planeamiento de EM y Evaluación D/D sobre Juegos de Guerra, respectivamente.

c. Los calificativos en la Evaluación Discente / Discente deberán ser devueltos al Departamento de Evaluación en sobre cerrado, en un plazo no mayor de 24 horas, posteriores a su entrega.

Evaluación de la Responsabilidad

Art. 44: De la Evaluación de la Responsabilidad La evaluación de la responsabilidad es aquella realizada por los Jefes de la Planta Orgánica, Asesores y Docentes, la cual consiste en el control de la asistencia y el cumplimiento de normas vigentes establecidas mediante Ordenanzas, Directivas, Manuales, Ordenes del Día y otros documentos normativos.

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Art. 45: De la Aplicación de la Evaluación de la Responsabilidad Esta evaluación se realiza durante la permanencia del Discente en un Programa desarrollado en la ESFAP, aplicada específicamente como un descuento por las faltas cometidas en su crédito de responsabilidad asignado al inicio de cada área del Programa, para tal efecto:

a. Las faltas no consideradas en el Anexo “E” son calificadas con igual puntaje de descuento correspondiente a una falta similar.

b. La puntualidad y la asistencia están categorizadas en la Evaluación de la Responsabilidad del Oficial.

c. Si oportunamente un Oficial no devuelve cualquier documento solicitado o no entrega un trabajo escrito en la hora y fecha señalados, se hace acreedor al descuento del puntaje correspondiente en la evaluación de responsabilidad. En el caso que el trabajo escrito sea grupal, el descuento recae en cada uno de los integrantes del grupo.

d. Los Jefes de los Programas Académicos que apliquen sanciones, por transgresiones a dispositivos de la ESFAP, deberán comunicarlo por escrito al Departamento de Evaluación, para registrar el descuento correspondiente.

e. Al inicio de cada Programa, el Departamento de Evaluación entrega al Oficial Brigadier un Cuaderno de Control de Asistencia, donde se registra por triplicado la puntualidad y asistencia de Docentes y Discentes; dicha función es responsabilidad del Oficial de Servicio de Aula quien diariamente devuelve una copia del Parte Diario al Departamento de Evaluación, otra al

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Departamento Académico y la última al Departamento Administrativo, de acuerdo a dispositivos impartidos para tal efecto, adjuntando los documentos justificatorios en caso de inasistencia o permisos.

f. Las faltas cometidas en el crédito de responsabilidad serán comunicadas al Discente mediante memorando de la Jefatura del ESEV, en donde se consignará el incumplimiento de la norma incurrido y el descuento respectivo. La gravedad o reincidencia de una falta de responsabilidad, da lugar a una sanción disciplinaria. Las faltas de disciplina son consideradas en el Legajo Personal del Oficial.

g. Para todo Discentes, está terminantemente prohibido el uso de celulares durante el desarrollo de las clases en aulas.

h. El uso de Laptop durante el desarrollo de una clase, se encuentra estrictamente prohibido, salvo autorización expresa del Docente a los Discentes para su empleo en una tarea específica.

Art. 46: De la Calificación de la Evaluación de la Responsabilidad a. Al inicio de cada Área/Módulo en un Programa

dado, a todo Discente se le asigna un crédito de responsabilidad de 20 puntos.

b. La evaluación de la responsabilidad en un Área específica es la diferencia entre 20 y el total de descuentos realizados en dicha Área.

c. Para el Programa, esta evaluación corresponde al promedio simple del calificativo de responsabilidad obtenido en cada Área.

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EVALUACIÓN DEL ASPECTO PSICOMOTOR

Art. 47: De la Evaluación del Aspecto Psicomotor La evaluación del Discente en el aspecto psicomotor comprende aspectos referidos al nivel de preparación y mantenimiento de la capacidad física, así como eficiencia en la actividad psicomotora del Discente, demostrada durante su permanencia en uno de los Programas de Perfeccionamiento Doctrinario Militar. Para verificar el logro de las competencias psicomotores, los instrumentos de evaluación empleados corresponden a una serie de pruebas psicomotoras:

PERSONAL MASCULINO

EDAD PRUEBAS OBLIGATORIAS PRUEBAS OPCIONALES

CARRERA 800 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO A

CARRERA 1200 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO A

CARRERA 1500 MTS. -----

BARRAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO B

CARRERA 1500 MTS. -----

BARRAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO B

45 - 50

40 - 44

30 - 39

HASTA 29 AÑOS

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Para tal efecto, los Docentes de educación física elaboran los baremos, que consisten en un conjunto de normas establecidas convencionalmente para evaluar los méritos correspondientes en función de los rangos de edad de los Discentes.

Art. 48: De la Aplicación de las Pruebas Psicomotoras a. Esta evaluación se aplica a los Programas de

Perfeccionamiento Doctrinario Militar.

b. El Jefe de Programa establecerá la fecha y hora de la evaluación, comunicándolo oportunamente al ESEV, quien a su vez coordinará la disponibilidad de las instalaciones deportivas a emplearse.

c. Para la aplicación de las Pruebas Psicomotoras deberán estar presentes el Jefe del Programa de Perfeccionamiento Doctrinario Militar, el Jefe del Departamento de Evaluación y el Oficial de Deportes.

PERSONAL FEMENINO

EDAD PRUEBAS OBLIGATORIAS PRUEBAS OPCIONALES

CARRERA 800 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO A

CARRERA 1200 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO A

CARRERA 1500 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO B

CARRERA 1500 MTS. -----

PLANCHAS -----

NATACIÓN 25 MTS. ABDOMINALES TIPO B

45 - 50

40 - 44

30 - 39

HASTA 29 AÑOS

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Art. 49: De la Calificación de las Pruebas Psicomotoras a. La calificación de las pruebas psicomotoras se

realiza en función a los record obtenidos por los Discentes en cada prueba, haciendo uso del formato establecido.

b. El procedimiento de evaluación del aspecto psicomotor en las modalidades a, b, c, d, y e; se realiza dividiendo entre cinco (5) los calificativos dispuestos en la Ordenanza FAP 160-7 “Práctica deportivas y pruebas de esfuerzo físico para el personal Superior y Subalterno FAP, del 17 de Setiembre de 2007.

c. Los Discentes que no puedan realizar las pruebas psicomotoras, por razones médicas tales como descanso médico, excepción de ejercicios por dolencia crónica o excepción por estar en estado de gestación para el personal femenino, entre otras, deberán presentar al Departamento de Evaluación la documentación oficial pertinente (Descanso Médico, excepción o certificado de gestación) emitido por la entidad de salud de la FAP y debidamente certificado por la DISAN en un plazo no mayor de 48 horas. En todos estos casos se asignará al Discente la nota mínima aprobatoria de 14.

d. El Aspecto Psicomotor es obtenido por el promedio simple de las notas obtenidas en las diferentes pruebas físicas / psicomotoras aplicadas a los Discentes de un Programa.

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PROMEDIO FINAL DEL PROGRAMA

Art. 50: Del Promedio del Aspecto Cognoscitivo (PAC)

a. Del Promedio Cognoscitivo de Asignatura (PCASIG) Es el promedio ponderado de los promedios obtenidos en los instrumentos de evaluación aplicados en dicha asignatura, esto es:

INSTRUMENTO DE EVALUACION COEF EVALUACIONES PROM

CONTROL 20% CTR1 CTR2 CTR

EXAMEN 45% EXA1 EXA2 EXA3 EXA

INFORME 15% INF1 INF2 INF

EXPOSICION 20% EXP1 EXP2 EXP

PROMEDIO ASIGNATURA PCASIG

donde:

CTR1+CTR2CTR=

2 EXA1+EXA2+EXA3EXA=

3

INF1+INF2INF=2

EXP1+EXP2EXP=2

De este modo, el promedio cognoscitivo de asignatura (PCASIG), será:

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CTR*20+EXA*45+INF*15+EXP*20PCASIG=100

siendo:

CTR: Promedio de Controles

EXA: Promedio de Exámenes

INF: Promedio de Informes Escritos

EXP: Promedio de Exposiciones

b. Del Promedio Cognoscitivo de Área (PCARE) Es el promedio ponderado de los promedios cognoscitivos de cada asignatura correspondiente a dicha área, esto es:

ASIGNATURA COEFIC PROM

ASIG A CA% PCASIGA ASIG B CB% PCASIGB ASIG C CC% PCASIGC

TOTAL 100% PCARE donde:

PCASIGA*CA+PCASIGB*CB+PCASIGC*CCPCARE=100

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siendo:

PCASIGA: Promedio Cognoscitivo en la Asignatura A

PCASIGB: Promedio Cognoscitivo en la Asignatura B

PCASIGC: Promedio Cognoscitivo en la Asignatura C

CA: Coeficiente de la Asignatura A CB: Coeficiente de la Asignatura B

CC: Coeficiente de la Asignatura C

c. Del Promedio del Aspecto Cognoscitivo (PDC) El Promedio del Aspecto Cognoscitivo es el promedio ponderado de los promedios cognoscitivos de las Áreas correspondientes al Programa, esto es:

ÁREA COEFIC PROM

ÁREA I CI% PCAREI ÁREA II CII% PCAREII ÁREA III CIII% PCAREIII

TOTAL 100% PDC donde:

PCAREI*CI+PCAREII*CII+PCAREIII*CIIIPDC=100

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siendo:

PCAREI: Promedio Cognoscitivo en el Área I

PCAREII: Promedio Cognoscitivo en el Área II

PCAREIII: Promedio Cognoscitivo en el Área III

CI: Coeficiente del Área I

CII: Coeficiente del Área II

CIII: Coeficiente del Área III

Art. 51: Del Promedio del Aspecto Afectivo (PAA)

a. Del Promedio Afectivo de Área (PAARE) Es el promedio ponderado de los promedios de cada instrumento de evaluación correspondiente a dicha área, esto es:

INSTRUMENTO DE EVALUACION COEF EVALUACIONES PROM

PARTICIPACION 40% PAR1 PAR2 PAR

EVALUACION D/D 10% EDD1 EDD2 EDD3 EDD

RESPONSABILIDAD 50% DES1 DES2 RES

PROMEDIO ÁREA PAARE

La evaluación Discente / Discente será considerada como un instrumento de evaluación afectiva y su aplicación se determinará de acuerdo a la asignatura.

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Donde:

PAR1+PAR2PAR=

2

EDD1+EDD2+EDD3EDD=3

DES2)(DES120RES

De este modo, el promedio afectivo de área (PAARE), será:

10050*RES10*EDD40*PARPAARE

siendo:

PAR: Promedio de la Participación Afectiva

EDD: Promedio de la Evaluación Discente / Discente

RES: Promedio de Responsabilidad.

b. Del Promedio del Aspecto Afectivo (PAA) El Promedio del Aspecto Afectivo es el promedio simple de los promedios afectivos de las áreas correspondientes al Programa, esto es:

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ÁREA PROM ÁREA I PAAREI ÁREA II PAAREII ÁREA III PAAREIII TOTAL PDA

donde:

PAAREI+PAAREII+PAAREIIIPDA=

3

siendo:

PAAREI: Promedio Afectivo del Área I

PAAREII: Promedio Afectivo del Área II

PAAREIII: Promedio Afectivo del Área III

Art. 52: Del Promedio del Aspecto Psicomotor (PAP) a. Por cada prueba el Discente obtiene una nota que

corresponde al promedio simple de todas las tareas realizadas en dicha oportunidad.

b. El promedio del Aspecto Psicomotor, se encuentra determinado por el promedio simple de todas las pruebas rendidas a lo largo del Programa.

c. La nota mínima aprobatoria, como en el Aspecto cognoscitivo es 14, mientras que la máxima calificación corresponde a 20.

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Art. 53: Del Promedio del Programa (PPRG) a. El Promedio del Programa es el promedio

ponderado de los promedios en los Aspectos evaluados en un Programa.

ASPECTO COEF PROM

COGNOSCITIVO 86% PDC AFECTIVO 12% PDA PSICOMOTOR 2% PDP

PROMEDIO DEL PROGRAMA PPGR

donde:

100%2%*PDP12%*PDA86%*PDCPPGR

b. En el caso de Programas en donde NO se considera la evaluación del Aspecto Psicomotor, el PPGR se calcula ponderadamente empleando el PDC y el PDA, del siguiente modo:

c.

ASPECTO COEF PROM COGNOSCITIVO 86% PDC AFECTIVO 14% PDA

PROMEDIO DEL PROGRAMA PPGR

donde:

100%14%*PDA86%*PDCPPGR

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Art. 54: Del Orden de Mérito a. El Orden de Mérito es obtenido solamente para los

Oficiales de la FAP y no incluye a los Oficiales de otras instituciones nacionales y/o extranjeras.

b. El Orden de Mérito del Programa se obtiene en función de los promedios obtenidos hasta milésimos por cada uno de los Discentes. Para tal efecto, se consideran los promedios originales obtenidos en cada asignatura, sin considerar las evaluaciones de subsanación. Es decir, tales promedios originales pueden ser aprobatorios o desaprobatorios.

c. En caso que dos Discentes o más empaten, se decide el orden de mérito a partir de sus promedios en el aspecto cognoscitivo (PDC). De continuar este empate, se decide empleando sus promedios en el aspecto afectivo (PDA), y si este continúa se calculan nuevamente los promedios de Área y de Programa hasta cuatro (4) decimales y se vuelve a aplicar el mismo procedimiento.

d. Los Oficiales de otros Institutos de las FF.AA. y Policía Nacional, excepcionalmente, podrán solicitar una Constancia del Orden Mérito en la que únicamente se consignará el QUINTO al que pertenece en el orden de general, esto es, al 1er., 2do., 3er., 4to. ó 5to. quinto.

OTROS ALCANCES

Art. 55: Del Examen de Subsanación a. Si un Discente resultara desaprobado en el

promedio final de una asignatura, se le aplica un

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Examen de Subsanación dentro de los siete (7) primeros días después de haber conocido los resultados. En la última semana del Programa, este examen se aplica dentro de las 48 horas siguientes de conocidos los resultados y si es en el penúltimo día de conducción del Programa, se aplicará al día siguiente.

b. La fecha y hora para rendir dicho examen se le comunica al Discente a través de un memorando emitido por el Departamento de Evaluación, en el que además se le exhorta al estudio.

c. Si el Discente obtiene nota aprobatoria en el Examen de Subsanación, se registra ésta juntamente con su nota desaprobatoria pero sin valor para el promedio del Programa. Mientras que, si la nota obtenida es desaprobatoria, el Discente es sometido al Consejo Consultivo para su separación definitiva del Programa, con carácter inapelable.

d. Un Discente puede rendir como máximo tres (3) Exámenes de Subsanación, correspondientes a tres (3) diferentes asignaturas. Si el Discente resultara desaprobado en una cuarta asignatura, es sometido al Consejo Consultivo para su separación definitiva del Programa, con carácter inapelable.

e. Los Exámenes de Subsanación son programados procurando no interferir con las otras pruebas del Programa.

f. Los Cursos de investigación científica en el desarrollo del Post Grado, no contempla examen de subsanación y el curso aplazado, le impide estudiar los siguientes cursos de Post Grado, hasta el siguiente curso del otro año.

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g. Los Exámenes Orales, las Evaluaciones Críticas Orales y los Trabajos de Eficiencia Profesional (TEP) son subsanables, para lo cual el Discente tendrá una única oportunidad de rendir otra evaluación ante el mismo Docente / Jurado Evaluador que lo desaprobara, siendo evaluado el último día de todas las evaluaciones programadas. Sin embargo, si resultara desaprobado nuevamente, el Discente será separado del Programa, previo informe del Docente / Jurado Evaluador dirigido al Jefe del Departamento de Evaluación.

Art. 56: De la Certificación

a. Para obtener el Diploma, Certificado y/o Insignia de un determinado Programa de la ESFAP, es requisito indispensable haber obtenido una calificación cuantitativa aprobatoria (14 ó más) en cada una de las asignaturas desarrolladas en la ESFAP, pudiendo incluirse hasta un (1) sólo examen de subsanación en cada una de tres (3) diferentes asignaturas como máximo. Del mismo modo, debe obtenerse calificación aprobatoria en el promedio del aspecto cognoscitivo y el promedio del aspecto afectivo. En el caso de Instituciones Educativas con las que la FAP tiene Convenios para Programas de la ESFAP, la nota mínima aprobatoria será aquella establecida por la respectiva institución y será especificada en los certificados de estudios.

b. Al término de cada Programa de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría la ESFAP remite a COEDU y COPER los resultados obtenidos por los Discentes, considerando el promedio final, el atributo y su respectivo orden de

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mérito. c. Del mismo modo, al finalizar cada Programa la

ESFAP, con información al COEDU, remite a las Instituciones Armadas y a través de la Oficina de Enlace a las Agregadurías Aéreas, la relación de notas obtenidas en las Asignaturas, Áreas y Promedio Final del Programa de los Oficiales invitados.

Art. 57: De las Inasistencias

a. Las inasistencias a clases y/o evaluaciones programadas pueden ser de tipo justificada o injustificada.

b. Se consideran inasistencias justificadas con descuento en el aspecto afectivo (Anexo “E”), a toda ausencia de un Discente a clases y/o evaluaciones, debido a:

1) Descanso médico, otorgado por el organismo de salud competente, debiendo dar parte a la Jefatura del Programa y presentar el Certificado Médico al Departamento de Evaluación.

2) Permiso otorgado por la Jefatura del Programa, previa papeleta por cuadriplicado; el original para el Discente solicitante, una copia para la Jefatura del Programa, una copia para el Departamento de Evaluación y una copia para la Sección Personal de la ESFAP.

c. Se consideran inasistencias justificadas sin descuento en el aspecto afectivo, a toda ausencia de un Discente a clases y/o evaluaciones, debido a:

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1) Comisión de Servicio, sustentada ante el Dpto. Académico y ESEV mediante la documentación oficial respectiva y con una anticipación de 48 horas a la aplicación de cualquier instrumento de evaluación, o excepcionalmente en aquellos casos que sean justificados por sus respectivos Comandos/Jefes.

d. De acuerdo a ley, para los Programas de Perfeccionamiento, Calificación y Maestría, sólo se aceptan el 30% de inasistencias, según sea el caso:

1) Cumplimiento de doble asignación, sustentado con la orden escrita respectiva.

2) Fallecimiento de cónyuge, hijo, padres y/o abuelos.

3) Paternidad, según lo establecido por la Ley.

e. La inasistencia justificada no invalida la posibilidad de subsanar una asignatura desaprobada, lo cual no afecta la nota que obtiene el Discente en una segunda oportunidad, por no ser considerada ésta en el orden de mérito.

f. Se considera inasistencia injustificada a toda ausencia a clases y/o examen, sin autorización previa o cuando el motivo aducido, a juicio del Departamento de Perfeccionamiento (Jefatura del Programa) es inconsistente/ insatisfactorio, lo cual se comunicará al Departamento de Evaluación por escrito.

g. La inasistencia a un Control, no da oportunidad a rendir nuevo control, correspondiéndole al Discente el 90% de la nota mínima obtenida por los Discentes si la inasistencia es justificada, mientras que si es injustificada le corresponderá el

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75% de dicha nota.

h. La inasistencia a un Control de una asignatura, dará excepcionalmente lugar a un Control Rezagado, si éste es el único instrumento de evaluación de la asignatura, previa solicitud del Discente al Jefe del Departamento de Evaluación.

i. La inasistencia a un examen escrito u oral, da lugar a que el Discente implicado solicite por escrito al Departamento de Evaluación la fecha y hora para someterse a un Examen de Rezagado, dentro de las 48 horas de haberse producido la inasistencia. Por su parte, el Departamento de Evaluación le remitirá oportunamente un memorando para comunicarle la fecha y hora del examen. A la nota obtenida en esta prueba se le aplicará un descuento del 10% o 25%, según si la inasistencia es justificada o injustificada.

j. En caso que el Discente NO presentara su solicitud en el plazo establecido, le corresponderá un calificativo de cero (0) en dicho examen, sin lugar a reclamos posteriores.

k. La inasistencia de un Discente que origine la falta de entrega de un informe escrito, en la fecha y hora que indica la Hoja Previa, dará lugar a un descuento del 10% o 25%, según si la inasistencia es justificada o injustificada respectivamente. En el caso de que el Informe sea de tipo grupal, la nota se hace efectiva para todos los miembros del grupo.

l. La inasistencia a una exposición de Trabajo Aplicativo, tiene el mismo tratamiento que los Controles. En caso que la exposición sea grupal, la nota mínima de referencia será aquella más baja

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obtenida por un miembro de su grupo, mientras que si el trabajo es individual, la nota mínima de referencia corresponderá a la más baja obtenida por los integrantes del Programa. Si el Discente estuviera presente y no expusiera a pesar de haber sido convocado, le corresponderá un calificativo de cero (0) sin lugar a reclamos posteriores.

m. La reincidencia en la inasistencia a un examen rezagado dará lugar automáticamente a una nota de cero (0) en dicho examen.

n. La reincidencia en la inasistencia a un examen de subsanación, dará lugar a que el Discente sea sometido al Consejo Consultivo para su separación definitiva del Programa, con carácter INAPELABLE.

o. Los casos de inasistencia justificada por hospitalización, a cualquier forma de evaluación, serán sometidos a consideración del Consejo Consultivo a solicitud del Departamento de Evaluación, previa coordinación con el respectivo Departamento de Perfeccionamiento, a fin de que este último se pronuncie sobre la posibilidad de que el Discente rinda sus evaluaciones siempre y cuando se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacerlo conforme a coordinaciones previas entre las Direcciones de la ESFAP y el Hospital; y además, que su internamiento sea menor o igual al 30% del total de horas del Programa. En estos casos de inasistencia, el Consejo Consultivo determinará la aplicación de las medidas respectivas.

p. Si el Discente registra en una asignatura un total de inasistencias (justificadas o injustificadas) que excedan al 30% del total de horas programadas, su evaluación quedará suspendida cuyo caso será

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comunicado inmediatamente por el Departamento Académico al ESEV, a fin que sea elevado al Consejo Consultivo para el respectivo análisis y recomendaciones. Como resultado del dictamen del Consejo, el Discente podrá continuar con su evaluación o perderá definitivamente tal derecho, registrándosele un promedio final de CERO (00) NO subsanable, que ocasionará su separación definitiva del Programa.

q. Los Discentes que lleguen tarde a clases, no pueden ingresar al aula hasta después del descanso respectivo y según corresponda se considerará inasistencia justificada o injustificada.

r. En la inasistencia a la evaluación psicomotora evaluada se aplica el mismo procedimiento que para exámenes, excepto lo referente al Examen de Subsanación. El Discente que por prescripción médica está exceptuado y no tenga opción a rezagarse, le corresponderá un calificativo de catorce (14), según lo establecido en el Art. 56 párrafo c.

s. La regularización posterior de inasistencias injustificadas, mediante una papeleta de permiso que ubique al Discente en la situación de inasistencia con permiso otorgado por la Jefatura del Programa, deberá efectuarse al siguiente día útil de producida la situación, de lo contrario NO procederá y se encontrará sujeto al descuento respectivo en su crédito afectivo.

Art. 58: De los Reclamos a. Para la revisión del instrumento de evaluación

escrito, como examen, control o informe, el Discente deberá apagar su celular disponiendo de 15 minutos como máximo para tal efecto, debiendo

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firmar al lado de su calificativo como muestra de conformidad, sin lugar a reclamos posteriores de cualquier naturaleza.

En caso de ausencia del Discente, por alguna situación justificada y sustentada documentadamente, podrá efectuar la revisión y reclamo en el ESEV, dentro de los dos (2) días laborables posteriores a la fecha de entrega de los resultados, en caso contrario, sólo tendrá oportunidad para revisar su evaluación, pero sin opción a ningún tipo de reclamo.

b. El Discente puede solicitar sólo en forma escrita la revisión de una o más respuestas de su prueba o aspectos de su informe, cuando considere que existe un posible error en la calificación. Para tal efecto, empleará el Formato de Reclamo respectivo proporcionado por el ESEV, en original y copia, escribiendo con letra legible.

c. El Discente fundamentará con precisión y claridad su reclamo, basándose en manuales, separatas, etc., proporcionados por la ESFAP e indicando la página correspondiente; en caso contrario no procede el reclamo. Los formatos de reclamo se adjuntarán a la prueba calificada y/o informe escrito.

d. La revisión del reclamo, por parte del Docente, para el caso de un examen o control, es anónima y el resultado se hace conocer mediante la copia, sin opción a apelación posterior, quedando cerrado el caso para todo efecto.

e. Los reclamos que por razones de especialidad no sean fácilmente resueltos en el Departamento de Evaluación, son solucionados por el Docente de la

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respectiva asignatura y devueltos al Departamento de Evaluación, dentro de las siguientes 24 horas.

f. Si el reclamo procede, se corrige la nota en el instrumento de evaluación y en el respectivo registro del SISGEDU. En caso contrario, se aplica un descuento de 0.4 puntos por cada pregunta reclamada NO aceptada, lo cual será comunicado al Discente en la entrega del reclamo.

g. El Discente tendrá derecho a reclamar una evaluación únicamente en el caso de Control, Examen y/o Informe Escrito individual o grupal debidamente respaldado por su Hoja Previa.

h. En caso de exposiciones, el calificativo emitido por el Docente/Evaluador es inapelable y bajo ningún concepto estará sujeto a reclamo.

i. Los reclamos de los exámenes aplicados en la modalidad a distancia, vía plataforma Moodle, sólo pueden ser presentados dentro de las 24 horas posteriores a su aplicación. Para tal efecto, el Discente remitirá al Jefe del ESEV vía correo electrónico y en forma virtual mediante la plataforma indicada.

j. Está terminantemente prohibido que el Docentes de la Asignatura/ Área/Módulo, efectúe la modificación de las notas registradas en la plataforma Moodle, sin la autorización de la Dirección de la ESFAP. Para lo cual, dentro de las 24 horas de aplicación del instrumento, deberá presentar por escrito una solicitud sustentando el cambio precisado.

k. En el caso, que los resultados de un examen y/o control sean desaprobatorios en el 70% o más de Discentes del Programa de Perfeccionamiento,

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Calificación o Maestría, tendrán opción a rendir por única vez un EXAMEN /CONTROL DE RECUPERACIÓN, previa realimentación a los Discentes por parte del Docente de la asignatura, quedando sin efecto el calificativo inicial obtenido.

Art. 59: Del Informe Anual de Evaluación a. La Evaluación integral de cada Programa debe

incluir: la evaluación de los Discentes, de los Docentes, de los medios instruccionales, de aspectos administrativos tales como el Planeamiento y Programación, la supervisión; en suma, del Proceso de Conducción y Evaluación y del Producto de la Educación; con las observaciones desarrolladas por el Departamento de Evaluación.

b. El Informe Final de Evaluación debe permitir a todos los Departamentos y Oficinas involucrados en el Proceso de Educación, optimizar sus procedimientos, para elevar la calidad, tanto del Proceso, como del Producto de la Educación, realimentando el Planeamiento, Conducción, Evaluación y Apoyo de la Educación.

c. El Informe Final de cada Programa deberá ser remitido a la Jefatura del Departamento Académico, en un plazo no mayor de 10 días útiles, contado a partir de la fecha de clausura.

d. El Informe Final, además, proporciona la base para elaborar la Memoria Anual del Departamento.

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CCAAPPÍÍTTUULLOO IIVV EVALUACIÓN DEL DOCENTE

Art. 60: De la Evaluación del Docente

a. La evaluación del Docente también es integral, continua y sistemática, para asegurar el logro de los objetivos instruccionales. La evaluación se realiza mediante la observación y apreciación del desempeño del Docente tanto en el aspecto lectivo como no lectivo.

b. Para determinar el nivel de desempeño del Docente en una asignatura, se aplican tres (3) encuestas correspondientes a los siguientes formatos:

1) Encuesta sobre el Desarrollo de la Educación (Aspecto Docente), dirigida a todos los Discentes el Programa.

2) Encuesta sobre el Desempeño Lectivo del Docente, dirigida a los Jefes de Programa / Evaluadores, de modo que, si por algún motivo justificado NO pudieran aplicarla, entonces, deberán comunicarlo con la debida anticipación al Departamento de Evaluación para su reprogramación.

3) Encuesta sobre el Desempeño NO Lectivo del Docente, dirigida a los Jefes de Departamento de Perfeccionamiento y Jefes de Programa.

c. Las encuestas se aplican de acuerdo al siguiente criterio de oportunidad:

1) La Encuesta sobre el Desarrollo de la Instrucción (Aspecto Docente), es aplicada al final de la asignatura para establecer su nivel de

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desempeño global observado. Estas deben contener la identificación del encuestado (Grado, Nombre y Apellidos, N.S.A. y Firma).

2) Encuesta sobre el Desempeño Lectivo del Docente, generalmente es aplicada por cada unidad de educación desarrollada de una asignatura, siendo programada semanalmente por el Departamento de Evaluación o por la Dirección cuando así lo determine.

3) Encuesta sobre el Desempeño NO Lectivo del Docente, es aplicada al finalizar cada asignatura.

d. De la aplicación de las Encuestas sobre el Docente, se obtiene el resultado de su desempeño. De modo que, si el calificativo es de 17.00 (MB) ó más, entonces, se le considera al Docente como APTO e IDÓNEO para continuar dictando en siguientes periodos de clase o en próximos Programas que imparta la ESFAP. En caso contrario, calificativo menor que 17.00, el ESEV recomendará a la Jefatura del Departamento Académico, a fin de prescindir de tales Servicios Docentes en adelante.

e. La evaluación del Docente también es aplicable a los Asesores de los Temas de Ascenso designados por la JETPO, así como a los Asesores de Tesis de Maestría, quienes deben tener el Grado Académico de Maestro (Magister) o ser graduados en el Programa de Alto Mando o su Equivalente.

Art. 61: La Evaluación Lectiva del Docente

a. Esta evaluación considera el desempeño del

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Docente durante la conducción de sus clases, siendo dirigida a los Discentes a través de los formatos de Encuesta sobre el Desarrollo de la Enseñanza (Aspecto Docente), y a los Jefes de Programa /Evaluadores haciendo uso de la Encuesta sobre el Desempeño Lectivo del Docente, aplicada según una programación semanal. Los formatos de encuestas son proporcionados por el Departamento de Evaluación, al cual deberán ser remitidos el mismo día de su aplicación.

b. Los Docentes que participan como Asesores de Temas de Ascenso y/o Tesis de Maestría serán considerados con 34 horas lectivas, equivalentes a 2 créditos académicos, por cada Oficial a su cargo, debido a la dedicación que brindan a los asesorados para alcanzar las competencias requeridas en su Especialidad, evidenciado a través de sus capacidades, habilidades y destrezas.

Art. 62: La Evaluación NO Lectiva del Docente a. Se realiza al final del desarrollo de la asignatura y

está referida a tareas conexas a sus funciones de aula u otras actividades que la ESFAP requiera en calidad de contribución, apoyo e iniciativa personal.

b. Es efectuada por los Jefes Dpto. y Jefes de los Programas responsables directos de la supervisión a los docentes/asignaturas bajo su responsabilidad, aplicando el formato proporcionado por el ESEV para tal efecto.

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Manual del Discente de la ESFAP 79

CCAAPPÍÍTTUULLOO VV EVALUACIÓN DE LOS MEDIOS

INSTRUCCIONALES Art. 63: De los Medios Instruccionales

Considera la evaluación de medios instruccionales tales como: programas de estudios, manuales, ayudas audiovisuales, etc.

Art. 64: De la Evaluación de los Medios Instruccionales

Esta evaluación es escrita y efectuada por los Discentes, Docentes y Evaluadores, al término de la conducción de la asignatura empleando el formato de Encuesta sobre el Desarrollo de la Educación (Aspecto Manuales y Medios), proporcionado por el ESEV para tal efecto.

CCAAPPÍÍTTUULLOO VVII EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS EXTRA–FAP

Art. 65: De los Programas Extra-FAP Son aquellos desarrollados por las Universidades o Instituciones de Educación Superior con las que la FAP tiene convenios, para la Complementación de Bachillerato u otro Programa de Perfeccionamiento de Nivel Post-grado (Doctorado, Maestría y/o Diplomados).

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Manual del Discente de la ESFAP 80

Art. 66: De la Supervisión de los Programas Extra-FAP La ESFAP supervisará el desarrollo de los Programas Extra-FAP a fin de lograr en los alumnos participantes el máximo rendimiento y ajuste de los Programas de Estudio que son impartidos por las Universidades o Instituciones de Educación Superior.

Art. 67: De la Evaluación de los Programas Extra-FAP a. La Evaluación de los Programas Extra-FAP se

regirán por las normas y disposiciones académicas establecidas por la Universidad o Institución de Educación Superior.

b. El ESEV registrará en el SISGEDU el promedio final consignado en el documento oficial remitido por la Universidad a la Dirección de la Escuela.

Art. 68: De la Prueba de Subsanación de los Programas

Extra-FAP a. En los Programas Extra-FAP el Oficial Alumno

puede rendir “Pruebas de Subsanación” hasta en tres (03) diferentes asignaturas; si resulta desaprobado en una cuarta el Oficial será sometido a Consejo Consultivo quien decidirá su situación o separación del Programa.

b. Los Discentes que obtuvieran en más de dos (02) asignaturas una nota final aprobatoria para la institución que sea menor que CATORCE (14), serán sometidos a Consejo Consultivo, quien decidirá la situación del Discente o su separación del Programa.

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Manual del Discente de la ESFAP 81

CCAAPPÍÍTTUULLOO VVIIII EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE

PERFECCIONAMIENTO A DISTANCIA (PPD)

Art. 69: De los Programas de Perfeccionamiento a Distancia Modalidad Virtual, vía Plataforma de TIC’s a. Son aquellos Programas desarrollados por la ESFAP, con el

empleo de la plataforma Moodle y el apoyo de un Tutor/Evaluador, siendo su finalidad continuar con el perfeccionamiento del Oficial FAP del grado de Alférez a Capitán..

b. Se considerarán dos Aspectos de evaluación: Cognoscitivo y Afectivo, con los coeficientes del 86% y 14%, respectivamente.

c. La nota mínima para estos Programas es de 14/20

d. Los instrumentos y coeficientes de evaluación se detallan en el Anexo “C”.

e. En todo lo demás, se evalúa de acuerdo a los Programas Regulares, según lo normado en el presente Manual.

Art. 70: De los Programas de Perfeccionamiento a Distancia Modalidad por Correspondencia, vía CD Auto-Instructivo a. Son aquellos Programas desarrollados por la

ESFAP, haciendo uso de textos y/o CD auto-instructivos, siendo su finalidad de continuar con la preparación Académica del Oficial FAP del grado de Alférez a Capitán.

b. La nota mínima aprobatoria para los Programas de Perfeccionamiento Profesional es 14/20.

c. Los Discentes que obtuvieran nota desaprobatoria

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Manual del Discente de la ESFAP 82

o no se presentaran, tendrán la oportunidad de rendir un Examen del Programa de Perfeccionamiento Profesional de Subsanación / Rezagado, en la fecha posterior que se les indique.

d. En el caso, que el Discente desapruebe el Examen de Subsanación / Rezagado, será sometido a Consejo Consultivo, el que analizará la situación del Discente, informando al COEDU las conclusiones para los fines pertinentes.

e. Los Programas de Perfeccionamiento Profesional que se ejecuten íntegramente en la modalidad a distancia en la plataforma Moodle, obtendrán su nota final según lo establecido para los Programas e-Learning y no estarán sujetos a la evaluación presencial.

Art. 71: De los Programas en Modalidad Mixta a. Los Programas de Modalidad Mixta son aquellos

desarrollados en dos formas: a distancia y presencial.

b. Los instrumentos y coeficientes de evaluación para cada forma se detallan en el Anexo “C”.

c. Se evalúa de acuerdo a los Programas Regulares según lo normado en el presente Manual.

d. El retraso o no participación en las actividades programadas durante la fase a distancia, según el caso, dará lugar al siguiente descuento:

1) Dos (2) puntos de la nota obtenida, por retraso en la entrega de trabajos individuales o grupales, hasta un tiempo máximo de 48 horas tardías, debidamente justificadas ante el Asesor de la asignatura, quien lo comunicará inmediatamente al ESEV sin perjuicio de la

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Manual del Discente de la ESFAP 83

sanción disciplinaria correspondiente. En caso de NO presentar el trabajo dentro del plazo indicado, será calificado con una nota de cero (0), sin lugar a reclamos posteriores.

2) La falta definitiva de entrega de informes individuales o grupales dentro del plazo antes mencionado, dará lugar a un calificativo de 00/20 en dicho instrumento de evaluación.

3) La falta de participación en Foro / Chat durante el plazo establecido por el Docente de la asignatura, dará lugar a un calificativo de 00/20 en dicho instrumento de evaluación.

4) La desaprobación de un (1) instrumento de evaluación en más de tres (3) asignaturas en la fase a distancia, será motivo para NO continuar con la Fase Presencial y la separación definitiva del Programa, siendo comunicado a COEDU con copia a COPER.

ANEXOS

ANEXO “A”

COEFICIENTES ESTABLECIDOS PARA LOS PROGRAMAS DESARROLLADOS EN LA ESFAP

SEGÚN ASPECTOS

Para los aspectos de los Programas de Perfeccionamiento en la modalidad presencial, se considerará:

ASPECTOS COEFICIENTE

Cognoscitivo 86%

Afectivo 12%

Psicomotor 02%

TOTAL 100%

los mismos que también serán empleados para los Programas de Perfeccionamiento en la modalidad mixta. Para los aspectos de los Programas de Perfeccionamiento en la modalidad a distancia (vía plataforma Moodle) o para aquellos en los que NO se evalúe el Aspecto Psicomotor, se considerará:

ASPECTOS COEFICIENTE

Cognoscitivo 86%

Afectivo 14%

TOTAL 100%

ANEXO “B”

CALCULO DE LOS COEFICIENTES EN LAS AREAS/ASIGNATURAS DE UN PROGRAMA

AREA / ASIGNATURA HRS COEF

AREA I HA1 CA1% A Asignatura A H1A C1A% B Asignatura B H1B C1B% C Asignatura C H1C C1C% AREA II HA2 CA2% A Asignatura A H2A C2A% B Asignatura B H2B C2B% C Asignatura C H2C C2C% D Asignatura D H2D C2D% E Asignatura E H2E C2E% F Asignatura F H2F C2F% G Asignatura G H2G C2G% AREA III HA3 CA3% A Asignatura A H3A C3A% B Asignatura B H3B C3B% C Asignatura C H3C C3C% D Asignatura D H3D C3D% AREA IV: OTRAS ACTIVIDADES HA4 0%

A Asignatura A H4A 0% B Asignatura B H4B 0% C Asignatura C H4C 0% D Asignatura D H4D 0% TOTAL HPC 100%

(Continuación ANEXO “B”) Donde, por ejemplo:

HA1: Horas Lectivas Programadas del Área I HA3: Horas Lectivas Programadas del Área III H1B: Horas Lectivas Programadas de la Asignatura B, del Área I. H3D: Horas Lectivas Programadas de la Asignatura D, del Área III. HPC: Total de Horas Lectivas Programadas para el Programa . CA1: Coeficiente del Área I CA3: Coeficiente del Área III C1B: Coeficiente de la Asignatura B, del Área I. C3D: Coeficiente de la Asignatura D, del Área III.

%HA1CA1%= x100

HA1+HA2+HA3

%HA3CA3%= x100

HA1+HA2+HA3

%H1AC1A%= x100

HA1

%H3DC3D%= x100

HA3

Observaciones:

1. En el cálculo NO se consideran los coeficientes de las Asignaturas del Área IV, debido a que ninguna de ellas es evaluada. Por tanto, participan con un coeficiente de 0% en el aspecto cognoscitivo.

2. La suma de coeficientes de las áreas debe ser igual a 100%, esto es, CA1% + CA2% + CA3% = 100% , lo cual constituye una forma de control en el cálculo de coeficientes.

3. Para el caso que un Programa sea programado y evaluado exclusivamente por módulos (Áreas), se utilizarán los coeficientes obtenidos de manera proporcional a la cantidad de horas establecidas para cada módulo.

ANEXO “C”

COEFICIENTES DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACION SEGÚN ASPECTOS

ASPECTO INSTRUMENTOS DE EVALUACION

COEF. PRESENCIAL A DISTANCIA

/ VIRTUAL

COGNOSCITIVO

(86%)

Examen Escrito Evaluación en

Línea 45%

Control Trabajo Grupal 20%

Informe Escrito Foro 15%

Exposición Trabajo

Individual 20%

AFECTIVO

(12%)

Participación en I. O. …………… 40%

Evaluación D/D …………… 10%

Responsabilidad Responsabilidad 50%

PSICOMOTOR

(2%) Examen Físico …………… 100%

ANEXO “D”

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%

10

0%

ANEXO “E”

DESCUENTOS EN EL ASPECTO AFECTIVO POR INCUMPLIMIENTO DE DISPOSITIVOS VIGENTES

Nº DESCRIPCION DCTO.

1 Por copia o intento de copia durante el desarrollo de una prueba escrita. 10.0

2 Por copiar o facilitar un Informe Escrito. 10.0

3 Por NO presentar oportunamente y por escrito, la solicitud para rendir un examen de rezagado. 2.0

4 Falta de seriedad demostrada en la evaluación Discente/ Discente. 5.0

5 Por incumplimiento de funciones como Conductor del Grupo de Trabajo. 4.0

6 Por hacer uso de teléfonos celulares en el aula durante horas de clase. 5.0

7 Por utilizar computadoras portátiles (tipo Laptop), en horas de clase, sin autorización expresa del Docente. 5.0

8 Por cada hora de inasistencia injustificada. Art. 57. f 2.0

9 Por llenar incorrectamente el Parte de Asistencia diaria como Oficial de Servicio de Aula. 2.0

10 Por no devolver pruebas de evaluación, en la hora establecida. 2.0

11 Por realizar reclamos sin seguir los procedimientos establecidos. 2.0

12 Por cada pregunta reclamada de un examen y/o control, resultando improcedente para el Docente. 1.0

13 Por incumplimiento en las disposiciones establecidas por el Director de la ESFAP, Departamento de Evaluación y/o Jefe de Programa.

5.0

14 Falta de seriedad demostrada al absolver las encuestas sometidas a su consideración. 1.0

15 Por no llevar a clases los documentos o material necesario para la educación. 1.0

17 Por resolver con lápiz una prueba de evaluación. 1.0

(Continuación ANEXO “E”)

Nº DESCRIPCIÓN DCTO. 18 Por no entregar en la fecha programada las encuestas de

Evaluación. 1.0

19 Por adoptar posiciones incorrectas o actitudes negativas en aula. 1.0

20 Por salir del aula sin autorización. 1.0

21 Por transitar en el ESFAP por lugares no autorizados para los Discentes. 3.0

22 Por llegar tarde a una Evaluación Programada. 1.0 23 Por retraso en la entrega de documentación académica. 1.0 24 Por presentar incorrectamente los documentos solicitados. 1.0 25 Por incumplimiento de funciones como Oficial de Servicio

de Aula. 1.0 26 Por no colocar su nombre en las pruebas de evaluación. 1.0 27 Por no entregar los trabajos de evaluación en la fecha y hora

programada (por cada hora de retraso, para todo el grupo). 1.0

28 Por no usar la tarjeta de identidad en los Trabajos Aplicativos que lo requieran. 1.0

29 Por cada hora de inasistencia justificada, con papeleta extemporánea. 0.6

30 Por cada hora de inasistencia justificada que no estén comprendida en el inciso c. del Art. 57 0.1

Observaciones: 1. Estos descuentos son excluyentes con los descuentos

determinados en el Aspecto Cognoscitivo. 2. Cualquier FALTA NO TIPIFICADA en esta relación,

será sancionada con una similar a consideración del Jefe del Departamento Académico y/o Departamento de Evaluación.

ANEXO “G” REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LA OFICINA

DE GRADOS Y TITULOS DE LA ESCUELA DE POST GRADO DE LA ESFAP

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- BASE LEGAL El presente reglamento se sustenta en las siguientes normas: a) Ley Nº 28044 Ley General de Educación. b) Ley Nº 23733 Ley Universitaria. c) Ley Nº 28359 Ley de Situación Militar de los Oficiales

de las FFAA. d) Decreto Legislativo Nº 439 Ley Orgánica de la FAP e) Decreto Supremo Nº 043 del 20 de setiembre de 1946. f) RD. Nº 026-COED del 21 de marzo del 2011. g) RP. N°0815-2011-ANR del 20 de julio 2011. h) RP. Nº0439-2012-ANR del 25 abril 2012. Artículo 2.- DE LA FINALIDAD Normar la organización, atribuciones, requisitos y procesos que regirán el trámite y la obtención del grado académico de Magíster, de conformidad con la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y la Ley Nº 28044- Ley General de Educación. Artículo 3.- DEL ALCANCE Están sujetos a las normas y disposiciones del presente reglamento: las dependencias y personal integrante de la

Planta Orgánica que participa en el proceso y trámite de otorgamiento del grado académico de Magíster, quienes están obligados a cumplir y a hacerlas cumplir; los cursantes y egresados de la Maestría en Doctrina y Administración Aeroespacial y todo aquel Oficial que solicite la convalidación de cursos de los programas de complementación correspondientes.

CAPITULO II

DE LA SECRETARÍA ACADEMICA

Artículo 4.- La Secretaría Académica es el órgano encargado de cumplir y hacer cumplir las leyes y normas vigentes en el sistema universitario relacionadas con el trámite y otorgamiento del grado académico de Magíster en la ESFAP. Artículo 5.- Las funciones de la Secretaría Académica son las siguientes: a) Asistir al Director en todo lo concerniente a la

organización, implementación y desarrollo de las actividades relacionadas con los Programas de Post-grado.

b) Elaboración de políticas integradoras de coordinación que beneficiaran la realización de las actividades de post-grado y relación con la investigación dentro de la ESFAP.

c) Intervenir en la elaboración de normas, reglamentos y resoluciones relacionados al orden académico.

d) Realizar la convalidación académica para acreditar capacidad académica o de investigación, solicitado por el maestrista a través de la Oficina de Grados y Títulos.

e) Elaborar la malla académica correspondiente para realizar los cursos de complementación con el fin de que el maestrista pueda acreditar su capacidad académica y de investigación.

f) Realizar funciones de asesoría en la definición de los objetivos dentro de las actividades académicas del post grado.

g) Constituirse como Secretario del Consejo Consultivo cuando este se reúna para casos de carácter académico relacionados con el trámite para la obtención del Grado.

h) Firmar los diplomas de los Grados Académicos.

CAPITULO III DE LA OFICINA DE GRADOS Y TITULOS

Artículo 6.- Estará encargada de recibir, registrar, inscribir y realizar las gestiones para la sustentación de Tesis del Grado Académico. Artículo 7.- Gestionará ante la Secretaría Académica la convalidación de Cursos para acreditar la capacidad académica y/o de investigación solicitada por los maestristas. Artículo 8.- Contará con un asesor metodológico quien será el responsable de evaluar los aspectos metodológicos y emitir opinión sobre la Tesis, con las observaciones que estime necesarias, las mismas que deberán ser absueltas por el maestrista.

Artículo 9.- Coordinará con la Asamblea Nacional de Rectores para el registro de los Diplomas del Grado de Magíster, así como remitir la documentación de los maestristas, tales como copias fedateadas de las actas de sustentación, resoluciones de grados académicos y otros solicitados por la Escuela de Post grado de la Fuerza Aérea. Artículo 10.- Administrará las acciones de otorgamiento del Grado Académico, y gestionará la adquisición de insignias de honor, diplomas y otros distintivos para los alumnos maestristas.

CAPITULO IV DEL COMITÉ DE GRADOS

Artículo 11.- Su organización y funciones estará prevista por la Oficina de Grados y títulos, en relación a la asesoría de los post-grados y organización de las sustentaciones del Grado Académico, bajo el amparo del Art.14 de la Ley Nº23733- Ley Universitaria, Asamblea Nacional de Rectores y los usos y costumbres de las Escuelas de post-grados de las universidades del país. Artículo 12.- El Comité de Grados es el órgano encargado de las acciones académicas relacionadas a la obtención del Grado de Magister. Estará integrado por el Director o Subdirector de la ESFAP, quien la presidirá, el Secretario Académico, tres miembros del Comité de Grados con Grado Académico de Maestro y un Secretario/a para el apoyo administrativo.

Artículo 13.- Las funciones del Comité de Grados son las siguientes: a) Verificar la estandarización de la metodología científica

en la ESFAP ratificando los Programas Académicos y el uso de los métodos científico y lógico-matemático.

b) Proponer al profesor/asesor de los cursos de investigación y de los miembros integrantes del Comité de Grados.

c) Dar conformidad al Tema de Investigación propuestos en los Proyectos.

d) Evaluar la Tesis, para declararla “APTO”. e) Proponer a los revisores de Tesis, los cuales asumirán

las funciones de jurado en la sustentación de Tesis. f) Cautelar que la investigación realizada por los

maestristas, considere las normas de la Escuela de Post Grado y la relación con la mención.

g) Coordinar con la Oficina de Grados y Títulos las gestiones para la sustentación de Tesis del Grado Académico.

CAPITULO V DEL PROCESO DE OBTENCIÓN DEL GRADO

ACADEMICO DE MAGISTER

De los Requisitos: Artículo 14: Para obtener el grado de Magíster se requiere: a) Tener el Grado Académico de Bachiller o Título

profesional, este último, para profesionales que optaron

b) su título en otros países, cuyo sistema educativo no prevé el Grado Académico de Bachiller (Art. 18 Ley Nº 23733- Ley Universitaria), o en el caso de profesionales universitarios graduados en el Perú antes de la dación de la Ley Nº 23733- Ley Universitaria que no pudieron Graduarse de Bachiller. En ambos casos el Grado Académico de Bachiller o Título profesional debe estar registrado y reconocido por la Asamblea Nacional de Rectores.

c) Haber adquirido la capacitación académica y de investigación, la cual será sustentada con el Certificado de haber aprobado el Programa de Comando y Estado Mayor (PCEM), para el alumno que haya seguido el Curso a partir del año 2011 o en su defecto con la acreditación académica y de investigación otorgada por la Oficina de Grados y Títulos, mediante la convalidación de los Certificados de Estudios de la ESFAP O Universidades acreditadas ante la ANR, adjuntando los sílabos correspondientes (se adjunta sílabos de referencia para convalidación de Cursos de Investigación), de los alumnos egresado antes del 2011.

d) Desarrollar el Plan de Estudios correspondiente a una Maestría y alcanzado como mínimo la nota de catorce (14) como promedio ponderado final de los cuatro ciclos académicos, aunque sin haber sustentado aún la TESIS.

e) Acreditar el conocimiento de un idioma extranjero a nivel básico a través de una constancia emitida por la ESCAP.

f) Desarrollar un Plan de Tesis, el que deberá ser acreditado por la Oficina de Grados y Títulos (Anexo “H”)

g) Presentar (tres ejemplares), sustentar y aprobar un trabajo de Tesis del Grado de Académico de Magister, según formato ESFAP (Anexo “I”).

h) Presentar tres fotografías tamaño pasaporte, a color fondo blanco.

i) Abonar el costo de los derechos de graduación según la Tarifa Única de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ESFAP.

Inicio del Trámite: Artículo 15.- El interesado deberá acreditar su condición de “Egresado” del Programa Académico de Comando y Estado Mayor, teniendo en cuenta que aquellos egresados antes del año 2011 deberán realizar el trámite de convalidación académica y de investigación. Artículo 16.- El Tema y Proyecto de Tesis será evaluado por el catedrático metodológico del Curso y mediante un Informe dará su conformidad, siendo la Oficina de Grados y Títulos, la encargada de confeccionar la Resolución de aprobación del Tema y Proyecto de Tesis respectivo. Artículo 17.- La Tesis deberá ser revisada por el asesor metodológico designado por la Oficina de Grados y Títulos. Artículo 18.- La Oficina de Grados y Títulos, recibirá y organizará el expediente del maestrista con los siguientes documentos: a) Solicitud de inscripción para sustentación de Tesis

dirigida al Director de la ESFAP b) Tres ejemplares más un CD del Tema a sustentar

revisado y ratificado por la Oficina de Grados y Títulos.

c) Copia fedateada del Diploma de Bachiller, autenticado por la Secretaria Académica de la EOFAP o Universidad inscrita en la Asamblea Nacional de Rectores.

d) Certificado de estudios de haber aprobado el Programa Académico de Comando y Estado Mayor.

e) Constancia de Convalidación de Cursos de Complementación, acreditada por la Oficina de Grados y Títulos de la ESFAP. (alumnos especiales)

f) Constancia que acredite el conocimiento básico de un idioma extranjero otorgada por la ESCAP.

g) Tres fotografías a color en fondo blanco, tamaño pasaporte.

h) Recibo de pago por derecho de sustentación de Tesis. De la Presentación del Tema de Tesis: Artículo 19.- Consiste en la elaboración de un trabajo de investigación que respeta las formas establecidas, la rigurosidad de la metodología aprobada y la profesionalidad acorde con los niveles requeridos para optar el Título correspondiente. Artículo 20.- La Tesis consiste en la elaboración de un trabajo cuyo tema será afín a los estudios realizados y concordantes con la mención de la maestría que resuelva un problema de especial relevancia o en su defecto que constituya una propuesta teórica innovadora. Artículo 21.- El Tema de Tesis será escogido libremente por el maestrista, considerando su orientación a la mención y especialidad, siendo potestad del catedrático del aula su aprobación. Si el Tema involucra la investigación

relacionada con la Fuerza Aérea, se debe contar con la autorización de la Instutición (COEDU). De la Presentación del Proyecto de Tesis: Artículo 22.- El Proyecto de Tesis deberá ser formulado y presentado de acuerdo a lo indicado en el esquema del Anexo A. En caso que un maestrista por algún motivo especial de investigación desee presentar un esquema diferente, deberá solicitarlo al Comité de Grados, a través de la Oficina de Grados y Títulos. Artículo 23.- El asesor catedrático del Curso, evaluará el borrador limpio del Proyecto de Tesis, recomendando al maestrista el desarrollo del Proyecto final, con el levantamiento de las observaciones encontradas y con la nota aprobatoria del Curso, Seminario-Taller de Investigación I, debiendo ser colocada en la carátula del Proyecto. Artículo 24.- El asesor metodológico de la Oficina de Grados y Títulos, verificará el Proyecto de Investigación de Tesis, previa conformidad del catedrático de Curso. Artículo 25.- Los maestristas egresados antes del 2011 convalidarán su Proyecto de Tesis en la Oficina de Grados y Títulos. De la Presentación de Tesis: Artículo 26.- El asesor catedrático del curso evaluará el trabajo de investigación y presentará un informe a la Oficina de Grados y Títulos comunicando la conformidad de la Tesis.

Artículo 27.- La Oficina de Grados y Títulos entregará al asesor metodológico un ejemplar de la Tesis para su revisión, el mismo que en un período no más de cinco (5) días y mediante un informe comunicará a la Oficina de Grados y Títulos, la conformidad de la Tesis presentada. Artículo 28.- Sí el asesor metodológico encuentra observaciones a la Tesis, éstas deberán ser levantadas por el maestrista en un plazo no mayor de treinta días. Artículo 29.- El Comité de Grados designará a los revisores para la evaluación y conformidad de la Tesis. Artículo 30.- Los revisores evaluarán, darán conformidad a la Tesis en un período máximo de treinta (30) días y mediante la Oficina de Grados y Títulos se comunicará al maestrista que se dará inicio al trámite de sustentación ante la Dirección de la ESFAP. Artículo 31.- Si los revisores encuentran observaciones a la Tesis, ésta será devuelta al maestrista por intermedio de la Oficina de Grados con el fin de realizar el levantamiento a dichas observaciones en un plazo máximo de 30 días, de no cumplirse en el plazo establecido se reiniciará el trámite completo. Artículo 32.- Si la Tesis no es de conformidad del asesor metodológico y/o de los revisores, la Oficina de Grados y Títulos coordinará con el catedrático del curso para que el maestrista cambie la Tesis en un plazo de tres meses e inicie el trámite nuevamente.

De la Sustentación y Aprobación de Tesis Artículo 33.- La Oficina de Grados y Títulos, verificará previamente el cumplimiento de los requisitos exigidos para la graduación, y solicitará a la Dirección de la ESFAP la designación de los jurados, lugar, fecha y hora de sustentación. Artículo 34.- La Dirección de la ESFAP, mediante Resolución Directoral, aprobará la solicitud del maestrista declarándolo expedito, y a propuesta de Comité de Grados designará a los jurados, el lugar, fecha y hora de sustentación. Artículo 35.- Para la designación de los miembros del jurado se tomará en cuenta el Grado Académico, la especialización y la experiencia docente. El jurado para sustentación de Tesis estará integrado por: a) Presidente (Director o Sub-director) b) Jurado 1 c) Jurado 2 d) El Jefe de la Oficina de Grados y Títulos, el asesor

académico (catedrático del curso) y asesor metodológico con derecho a voz pero sin voto.

Artículo 36.- La sustentación de la Tesis se programará de preferencia los últimos viernes de cada mes a las 15.00 horas, en el aula Cincuentenario, en acto público. La Secretaría Académica comunicará a los participantes del Programa de Comando y Estado Mayor, sobre el Tema a sustentar, a fin de contar con la presencia de catedráticos y alumnos a este evento de alto nivel académico.

Artículo 37.- La Oficina de Grados y Títulos en coordinación con el Comité de Grados comunicará a los miembros del jurado y al maestrista el lugar, fecha y hora de la sustentación de Tesis de Grado. Artículo 38.- Las funciones del jurado son: a) Evaluar el trabajo de Tesis y realizar las observaciones b) Durante la sustentación, formular las preguntas u

objeciones que considere necesarias para el esclarecimiento del trabajo de Tesis.

c) Calificar individualmente el trabajo de Tesis, después de una deliberación en reservado.

Artículo 39.- La sustitución de un miembro del jurado sólo procede por impedimento físico comprobado e inasistencia reiterada. Artículo 40.- El acto de sustentación se inicia con la presencia de un Presidente y dos miembros del jurado. En la sustentación podrá estar presente el Jefe de Grados y Títulos, Secretario Académico, Asesor Metodológico/ Temático y podrán intervenir con voz pero sin voto. Artículo 41.- La inasistencia del Presidente, impide la realización del acto, no así de otro de los miembros. En caso de inasistencia de uno de los jurados, podrá ser reemplazado por el Secretario, sin perder su condición de tal. La suspensión del acto se hará constar en el Acta. Si en una segunda citación, se frustra el acto por inasistencia de la mayoría, se levantará el Acta correspondiente. En la tercera convocatoria, el jurado podrá ser cambiado total o parcialmente, para garantizar su ejecución.

Artículo 42.- Al comenzar la sustentación, el maestrista dispondrá de un tiempo máximo de treinta (30) minutos para exponer su trabajo de Tesis. Luego el jurado formulará durante veinte 20 minutos prorrogables, las preguntas y observaciones que considere pertinentes, las que deberán ser resueltas por el maestrista. Artículo 43.- Los miembros del jurado calificarán individualmente la Tesis para el Grado de Magíster en cédulas secretas y en el sistema vigesimal (00 a 20), considerando en su apreciación el trabajo desarrollado y la sustentación respectiva. Artículo 44.- El Presidente, reunirá las cédulas con las calificaciones y promediará en una nota final cuya fracción menor de 0.4 se redondeará a la nota inmediata inferior y en los casos de 0.5 o mayor se redondeará a la nota inmediata superior (en ambos casos a números enteros) Artículo 45.- El promedio de las calificaciones cuantitativas tendrán los siguientes valores:

Desaprobado 00 a 13 Aprobado con observaciones 14 Aprobado por unanimidad 15 a 18 Aprobado con excelencia 19 a 20

Artículo 46.- Una vez realizada la calificación, se procederá a llenar el Acta de sustentación de Tesis, la que será firmada por todos los integrantes del jurado y recomendará la publicación de la Tesis aprobada. Artículo 47: Si la sustentación de Tesis de Grado es desaprobada, se dará al maestrista un plazo no menor de

tres meses para volver a sustentar su Tesis. Si volviera a ser desaprobado tendrá un plazo no menor a tres años para presentar una nueva versión, con las sugerencias que le formule el jurado nombrado para tal ocasión. Del trámite de Diploma de Grado Artículo 48.- Aprobada la sustentación de Tesis, la Oficina de Grados y Títulos, elevará a la Dirección del ESFAP, el Acta de sustentación, el expediente completo del proceso de graduación, y los tres ejemplares empastados de la Tesis, para la inscripción del Grado Académico y entrega del Diploma correspondiente. Artículo 49.- La Dirección de la ESFAP mediante Resolución Directoral, solicitará a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), la inscripción del Grado Académico de MAESTRO. Artículo 50.- El Diploma otorgado será el Grado Académico en mención de: “MAESTRÍA EN DOCTRINA Y ADMINISTRACION

AEROESPACIAL”

ANEXO “H”

FORMATO DE PLAN DE TESIS

Titulo Datos Básicos (Tema, autor, método, tipo de investigación, asesor) Índice Introducción I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1. Descripción del problema en su universo. 1.2. Formulación del problema. 1.3. Objetivos. 1.4. Importancia y justificación del problema. 1.5. Limitaciones del estudio.

II ASPECTOS TEÓRICOS

2.1. Bases Teóricas. 2.2. Antecedentes del problema. 2.3. Determinación de términos básicos.

III HIPÓTESIS, VARIABLES E INDICADORES

3.1. Sistema de hipótesis. 3.2. Extracción de variables. 3.3. Elaboración de indicadores.

IV METODOLOGÍA

4.1.- Tipo y método de la investigación. 4.2. Población y muestra.

4.3. Diseño de la investigación. 4.4. Técnicas de investigación.

4.5. Instrumentos de investigación. 4.6. Instrucciones para validar instrumentos.

V ADMINISTRACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

5.1. Recursos de la investigación. 5.2. Costos. 5.3. Cronograma.

Bibliografía Básica y complementaria. Anexos.

ANEXO “I”

FORMATO DE TESIS (flexible) Carátula: Institución, Tema, Promoción, autor, asesor, fecha. Dedicatoria Datos Básicos Resumen en español. Resumen en inglés (Abastrac) Índice de contenidos.- Índice de Cuadros Introducción: Importancia del Tema, limitaciones, agradecimiento. De Problema: Descripción del Problema Formulación del Problema Objetivos PRIMERA PARTE: ASPECTOS TEÓRICOS CAPÍTULO I: MARCO TEÓRICO.

1.1. Bases teóricas. 1.2. Bases doctrinario-legal-operativo. 1.3. Antecedentes del problema 1.4. Denominación de términos básico.

CAPÍTULO II: DE LA METODOLOGÍA.

2.1. Población y muestra de la investigación. 2.2. Tipo y método de la investigación. 2.3. Sistema de Hipótesis. 2.4. Desarrollo de las Variables.

a.- Indicadores conceptuales. b.- Indicadores operativos.

SEGUNDA PARTE: ASPECTOS PRACTICOS 3.1. Elaboración de instrumentos. 3.2. Validación de instrumentos. 3.3. Prueba piloto. 3.4. Aplicación de instrumentos. 3.5. Análisis de los resultados. 3.6. Contrastación de la hipótesis.

Conclusiones y recomendaciones. Bibliografía básica y complementaria (pie de página) Anexos

ANEXO “J”

RÚBRICAS O MATRICES DE EVALUACIÓN

Una matriz de evaluación o "rúbrica" es una tabla de doble entrada donde se describen criterios y niveles de calidad de cierta tarea, objetivo, o competencia en general, de complejidad alta. Son unas guías de puntuación usadas en la evaluación del trabajo del alumnado que describen las características específicas de un producto, proyecto o tarea en varios niveles de rendimiento, con el fin de clarificar lo que se espera del trabajo del alumno, de valorar su ejecución y de facilitar retroaliementación o feedback, permiten la autoevaluación y la coevaluación.

Ofrece una evaluación detallada de qué indicador o criterio ha superado cada alumno o alumna y en qué grado, con lo que permite ser una herramienta tanto evaluativa como de aprendizaje. Es una herramienta que permite al alumnado conocer lo que se espera de él en cada tarea actividad y en qué grado.

Orientaciones para establecer la graduación de una rúbrica o matriz en una tarea

5

Nivel excepcional de desempeño, excediendo todo lo esperado. Propone o desarrolla nuevas acciones Respuesta completa. Explicaciones claras del concepto. Identifica todos los elementos importantes. Provee buenos ejemplos. Ofrece información que va más allá de lo enseñado en clase.

4

Nivel de desempeño que supera lo esperado. Mínimo nivel de error, altamente recomendable. Respuesta bastante completa. Presenta comprensión del concepto. Identifica bastantes de los elementos importantes. Ofrece información relacionada a lo enseñado en clase.

3

Nivel de desempeño estándar. Los errores no constituyen amenaza. Respuesta refleja un poco de confusión. Comprensión incompleta o parcial del concepto. Identifica algunos elementos importantes. Provee información incompleta de lo discutido en clase.

2

Nivel de desempeño por debajo de lo esperado. Presenta frecuencia de errores. Demuestra poca comprensión del problema. Muchos de los requerimientos de la tarea faltan en la respuesta No logra demostrar que comprende el concepto. Omite elementos importantes. Hace mal uso de los términos.

1

No satisface prácticamente nada de los requerimientos de desempeño. No comprende el problema No aplica los requerimientos para la tarea Omite las partes fundamentales del concepto. Presenta concepciones erróneas. Vago intento de contestar.

Nota: En cada tarea se debe concretar la descripción de los niveles de dominio, el grado de adquisición o de logro de cada uno de los indicadores de evaluación.

EJEMPLO DE PLANTILLA PARA MATRICES DE VALORACIÓN O RÚBRICAS

Se deben adaptar, concretar y personalizar en cada tarea concreta tanto los aspectos a evaluar los indicadores de evaluación, como el grado de logro o de dominio de los mismos.

ANEXO “K”

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DENTRO DEL AULA

Dentro del universo que conforma el grupo de Discentes que tendrá a su cargo se han establecido los cargos y responsabilidades siguientes:

a. Discente Brigadier El cargo será desempeñado por el Discente FAP más antiguo, quién ejercerá el mando de la Promoción, actúa además como elemento coordinador y de enlace entre los Discentes y la Jefatura del Curso respectivo. En caso de ausencia es reemplazado por quien le sigue en antigüedad.

Cumple las siguientes funciones: 1) Ostentar el mando de los integrantes de su Curso en

todos los actos en los cuales intervengan y ser responsable de la buena presentación y disciplina.

2) Fomentar y mantener el espíritu de cuerpo y compa-ñerismo entre los miembros de la Promoción.

3) Velar por el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias y de aquellas que se expidan durante el desarrollo de la instrucción.

4) Colaborar con los Docentes y miembros de la Planta Orgánica en lo concerniente al mejor desenvolvimiento de la instrucción, sobre todo en situaciones imprevistas, organización de grupos y en la vigilancia de las actividades académicas.

5) Confeccionar y presentar diariamente al Jefe de Curso durante el primer descanso, el Parte de Situación Diaria de Personal de su Curso. Asimismo, informar a la brevedad posible al Jefe del Curso acerca de las novedades que se hayan presentado.

6) Supervigilar diariamente la correcta presentación del aula, disponiendo y cerciorándose de que se tomen las medidas correctivas del caso.

7) Controlar que la duración de las clases no exceda del tiempo programado, para lo cual en caso necesario alertará al docente, con excepción de las Conferencias Culturales, cuyo tiempo será regulado por la correspondiente Hoja Previa.

8) Revisar y firmar diariamente el Cuaderno de Control de Asistencia al término de las actividades académicas del día. Este cuaderno de control debe ser llenado por el Oficial de Servicio de Aula.

9) Efectuar las sugerencias que considere sean de provecho para la instrucción en general y para la Promoción.

10) Disponer se dé cumplimiento a las medidas de Segu-ridad a adoptar para el dictado o exposición de las Unidades Temáticas CLASIFICADAS.

11) Recordar a sus condiscípulos las fechas y horas de las Unidades Temáticas CLASIFICADAS de acuerdo a la Programación Semanal.

b. Discente Servicio de Aula Nombrado semanalmente por el Brigadier del Curso en estricto orden de antigüedad ascendente.

Cumple las funciones siguientes: 1) Llevar al día el Cuaderno de Control de Asistencia, el

cuál será presentado a los Señores Docentes al final de cada clase para el control y firma correspondiente.

2) Velar por la correcta presentación del aula constatando que existan todos los implementos necesarios para la instrucción.

3) Velar por la buena presentación de los sistemas de ayudas a la instrucción asignados al aula.

4) Solicitar al Departamento de Ayudas a la Instrucción los útiles necesarios para la Instrucción que hayan sido autorizados por el Departamento de Perfeccionamiento correspondiente.

5) Colaborar con el Docente de turno en las tareas académicas que le demande.

6) Colaborar con el Brigadier del Curso en las tareas que le asigne.

7) Llevar a cabo las medidas de Seguridad para el dictado o exposición de UU. Temáticas Clasificadas que se indican a continuación, así como otras que estime conveniente:

Comprobar que se cierren las puertas y ventanas del aula así como las cortinas del mismo, en caso necesario.

Verificar que en las inmediaciones del aula no permanezca personal civil y/o extraño a la ESFAP.

Colocar en la puerta del aula el cartel de "CONFERENCIA CLASIFICADA".

Coordinar con el Jefe de Curso para que solicite al Dpto. de Servicios la permanencia de un avionero en la puerta del aula, a fin de que garantice la Seguridad durante el tiempo de exposición o dictado de UU. de instrucción clasificadas.

Coordinar, cuando el caso lo requiera, el uso de pases de seguridad.