MANUAL DE OPERACIONES DIRECCIÓN DE PADRÓN Y … MUNICIPAL...Auxiliar administrativo (2)...

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1 MANUAL DE OPERACIONES DIRECCIÓN DE PADRÓN Y LICENCIAS INDICE 1.- Presentación 2.- Filosofía Institucional 3.- Misión 4.- Visión 5.- Valores 6.- Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo 7.- Marco Legal 8.- Estructura Orgánica 9.- Atribuciones 10.- Directorio 11.- Inventario de Servicio 12.- Requisitos y Procedimiento

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MANUAL DE OPERACIONES

DIRECCIÓN DE PADRÓN Y LICENCIAS

INDICE

1.- Presentación

2.- Filosofía Institucional

3.- Misión

4.- Visión

5.- Valores

6.- Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo

7.- Marco Legal

8.- Estructura Orgánica

9.- Atribuciones

10.- Directorio

11.- Inventario de Servicio

12.- Requisitos y Procedimiento

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Presentación del manual

El presente documento oficial tiene el propósito de describir la estructura, funciones, servicios y procedimientos de cada Unidad de la Dirección de Padrón y Licencias y el marco legal que las rige y coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal vigente y de nuevo ingreso, para la optimización de recursos y prestar servicios oportunos, de calidad y con calidez. Filosofía Institucional Los principios básicos bajo los cuales se rige la Administración Municipal fueron plasmados por el Honorable Ayuntamiento, atendiendo a la voluntad popular en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, los cuales por instrucción del Ayuntamiento, se han consolidado como eje rector de todas y cada una de las acciones de Gobierno, que se ejecuten por conducto de las dependencias en ejecución de la Filosofía Institucional, siendo los siguientes:

Misión Guiar de forma responsable al Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, en alianza, sociedad y gobierno para conformar un Municipio próspero, seguro, competitivo, sustentable y desaliente, prestar servicios públicos eficientes y oportunos, a través de buenas prácticas de gestión humanista e incluyente, administración de recursos, transparencia y rendición de cuentas que sustenten la confianza y satisfacción ciudadana.

Visión Hacer de Bahía de Banderas, Nayarit un hábitat seguro, para la población y sus visitantes; competitivo, en donde su equipamiento urbano está en armonía con su belleza natural y, a su vez, con el aprovechamiento sustentable de su vasta vocación turística, agropecuaria y pesquera que apuntalan su desarrollo integral, social y económicamente equitativo. Con la participación responsable de gobierno y sociedad, se suman voluntades y capacidades que hacen de nuestro Municipio un referente positivo de progreso, cultura y bienestar.

Valores Este gobierno se compromete a que cada una de sus decisiones y acciones sea con el objetivo de buscar el bienestar social, por lo que nos regimos por los siguientes valores: Integridad; Innovación; empatía, lealtad con la comunidad,

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respeto de los derechos humanos; y responsabilidad al administrar los recursos públicos.

Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo

La Dirección de Padrón y Licencias contribuye en el cumplimiento de los

programas, metas y objetivos plasmados en el Plan Municipal de Desarrollo, en

los siguientes términos:

Ejes Objetivo Objetivos

Específicos

Programa o

Proyecto

Líneas

de

Acción

Sistema de

Evaluación

3 CI 3.1 Consolidar al Municipio de Bahía de Banderas,

como un territorio competitivo e innovador, en el que la

infraestructura, movilidad multimodal, gobernanza, mejora

regulatoria, sustentabilidad, seguridad, participación

social, diversificación productiva, son entendidos y

atendidos como factores fundamentales para para que el

territorio por sí mismo se afiance como territorio rentable

para la inversión y con diversidad de productos y servicios

posicionados en el mercado nacional e internacional,

generando así empleos mejor pagados y como

consecuencia elevar la calidad de vida de toda la

población

CI Oportunidad de negocio, hacer de Bahía de Banderas un Municipio atractivo y rentable para la inversión. CI3.1.6.1 Simplificar la apertura de empresas locales en la administración municipal CI3.1.6.2 Regularización de comercios y servicios en el Municipio CI3.1.6.3 Gestionar proyectos productivos en las delegaciones municipales CI 3.1.6.4 Impulsar el emprendurismo y apoyar en gestión para el financiamiento de proyectos productivos y de desarrollo CI 3.16.5 Mejorar los espacios públicos e imagen rural y urbana, en coordinación con la sociedad y empresarios, para su potenciación económica y turística 3.1.11.1 Mejorar las condiciones operativas y de recaudación de los tianguis y del comercio en vía pública. 3.1.11.2 Regular el comercio en vía pública. 3.1.11.3 Actualizar el padrón causantes públicos, tianguis y comercio en vía pública. 3.1.11.4 Ampliar la recaudación de pago de derechos derivados de las actividades comerciales. 3.1.11.5. Promover la

instalación del mercado de

abastos municipal

Embellecimiento de nuestra ciudad Promovamos el arraigo Regulación de la imagen visual Banquetizacion Impulso a la producción artesanal La imagen sí importa Comercio y

abasto.

De la 3.1.6.1 a la 3.1.6.5. C.1.11.1 A

LA 3.1.11.5

Mir POA CÉDULAS DE

EVALUACION

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Marco Legal CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NAYARIT REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL, PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE NAYARIT LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, COMERCIANTES, TIANGUIS Y PRESTADORES DE SERVICIO TURÍSTICO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT REFORMA PARA EL REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, COMERCIANTES, TIANGUIS Y PRESTADORES DE SERVICIO TURÍSTICO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS, NAYARIT REGLAMENTO PARA LA PROMOCION DEL SISTEMA DE TIEMPO COMPARTIDO EN EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT REGLAMENTO DE ANUNCIOS PARA EL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE BAHÍA DE BANDERAS; NAYARIT REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Estructura orgánica De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento de la Administración Municipal del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Padrón y Licencias se integra con las siguientes áreas:

I. Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecidos

II. Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijo y Semifijo. III. Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

Integrando en total de 29 plazas, de las cuales 27 son de confianza y 2 de base

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DIRECTOR

Padròn y Licencias

Jefatura de Regulacion de Entidades de Comercio, Industria y Servicios

Establecidos

Asistente

Control y Seguimiento (2)

(Abogados )

Auxiliar administrativo (2)

Dictaminadores (3)

Jefatura de Comercio y Servicios Infromal, Ambulante, Fijo y Semifijo

Asistente

Auxiliar Administrativo

Jefatura de Inspeccion Verificacion y Vigilancia

Asistente Supervisor de Inspectores (2)

Inspectores(11)

Asistente

Organigrama

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Atribuciones Estas se encuentran establecidas en el artículo 66 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Bahía de Banderas los cuales establecen lo siguiente:

XXI.- Las demás previstas en la normatividad aplicable.

Artículo 68.- compete a la Jefatura de Regulación de entidades de Comercio,

Industria y Servicios Establecido;

I.- Recibir, revisar la documentación presentada por los particulares para la

obtención de licencias de funcionamiento del comercio, industria y servicios

establecido;

II.- Turnar a las Direcciones correspondientes las solicitudes de licencia

presentadas para la obtención de visto bueno, dictamen, factibilidad para el

funcionamiento de giro establecido;

III.- Verificar los giros en forma personal cuando por su naturaleza o disposición de

la ley o reglamento así se requieran;

IV.- Informar a Tesorería, Secretaria de Salud, Secretaría de Hacienda y Crédito

Público, Unidad Municipal de Protección Civil, Desarrollo Urbano Ordenamiento

Territorial y Ecología de las licencias autorizadas para que procedan conforme a

sus facultades;

V.- Integrar, conservar y actualizar en forma electrónica el padrón de licencias y

permisos para el funcionamiento de las entidades de comercio, industria y servicio

establecido, siempre que cumplan con las disposiciones legales aplicables;

VI.- Dar seguimiento a las solicitudes de licencia hasta su expedición o en su caso

negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al

ciudadano sobre el estatus de sus peticiones;

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VII.- Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el

correcto ejercicio de sus atribuciones;

VIII.- Brindar información sobre requisitos, trámites y servicios que se prestan en la

dependencia;

IX.- Verificar que las licencias y permisos expedidos cumplan con las

disposiciones legales aplicables;

X.- Rendir informe al Director sobre las licencias y permisos expedidos;

XI.- Proporcionar a los contribuyentes los requisitos y procedimientos para la

obtención de licencia de funcionamiento;

XII.- Registrar en bitácora las solicitudes y trámites recibidos, en la que además se

señale el estatus del mismo;

XIII.- Verificar que los giros que amparan las licencias expedidas funciones en los

términos autorizados;

XIV.- Recibir y tramitar las bajas, cambios de domicilio o giro, suspensiones,

ampliaciones de giro y darles el trámite correspondiente;

XV.- Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y

obligaciones que conlleva la autorización de las licencias expedidas de

conformidad con la normatividad aplicable;

XVI.- Coordinarse con las dependencias involucradas para agilizar los trámites

XVII.- Las demás que señala las disposiciones legales y Designe el Director.

Artículo 69.- compete a la Jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante,

fijo y semifijo;

I.- Proporcionar a los contribuyentes la información para la obtención de permisos

municipal de comercio en vía pública ya sea en establecimiento fijo, semifijo o no

domiciliado;

II.- Integrar el padrón de permisionarios para ejercer el comercio en vía pública en

forma fija, semifijo o ambulante y registrando electrónicamente la información

relativa; Registrar en bitácora las solicitudes y estatus para el otorgamiento de

permisos a que se refiere el artículo que antecede;

III.- Verificar los permisos se ejerzan en forma personal por el autorizado y

cumplan con las disposiciones legales aplicables;

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IV.- Dar seguimiento a las solicitudes de permiso para ejercer el comercio en vía

pública en forma ambulante, fijo o semifijo o en su caso negativa fundada y

motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el

estatus de sus peticiones;

V.- Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el

correcto ejercicio de sus atribuciones en la supervisión del comercio en vía

pública;

VI.- Rendir informe al Director sobre los permisos expedidos;

VII.- Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y

obligaciones que conlleva la autorización de los permisos expedidas en su favor

de conformidad con la normatividad aplicable; y

VIII.- Las demás que señale el Director.

Artículo 70.- compete a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia;

I.- Coordinar, supervisar y vigilar que los giros y permisos expedidos por la

Dirección se ejerzan de acuerdo a los permisos y licencias concedidos y ajustados

a la normatividad aplicable;

II.- Coordinar las actividades de inspección de licencias permisos expedidos por la

Dirección;

III.- Solicitar al Director de Padrón y Licencias emita las órdenes de visita

correspondiente para practicar las visitas, inspecciones, verificaciones de las

actividades económicas que se desarrollen en el Municipio, se ajusten a la

normatividad aplicable;

IV.- Atender los reportes ciudadanos por posibles violaciones a los ordenamientos

legales aplicables en materia de comercio y servicio y dar seguimiento a los

mismos;

V.- Proponer la directora de Padrón y Licencias el inicio del procedimiento de

suspensión o cancelación de los permisos y licencias;

VI.- Llevar el control de las visitas de inspección realizadas;

VII.- Proponer al Director de Padrón y Licencias el inicio del Procedimiento

Administrativo coactivo por infracciones a los reglamentos municipales;

VIII.- designar turnos, zonas y actividades a los verificadores a su cargo;

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IX.- Levantar actas por sí o por conducto del personal a su cargo actas de

inspección y/o verificación;

X.- Evaluar y someter a consideración de los superiores las medidas preventivas y

correctivas tendientes a evitar que los contribuyentes cometan infracciones a los

reglamentos municipales o causen perjuicio a la persona o bienes de terceros;

XI.- Supervisar el desarrollo de las actividades del personal a su cargo;

XII.- Formular pliegos preventivos a los contribuyentes que presuntivamente se

encuentren infringiendo las disposiciones legales aplicables en el Municipio en la

materia de comercio, servicios e industria:

XIII.- Aplicar medidas preventivas y de apremio a los contribuyentes que

presuntivamente se encuentre violando las disposiciones legales correspondientes

y levantar acta circunstancia de ello; y

XIV.- Las demás que señale el Director.

Perfil de puestos

El grado de estudio deseable tanto para el Titular de la Dirección de Padrón y Licencias, así como las jefaturas, que se recomienda:

Dirección de Padrón y Licencias

Licenciatura en Contaduría Contador Publico Carreras AfINEs

Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecidos

Licenciatura en Derecho Abogado Carreras AfINEs

Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijo y Semifijo

Licenciatura en Administración Administrador Carreras AfINEs

Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

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Licenciatura en Administración Administrador Carreras AfINEs

Resaltamos en base a los procedimientos del marco legal establecido o Instancias

similares con validez oficial.

Actitudes deseables para el puesto: Toma de decisiones, Liderazgo, Orientación al ciudadano, Manejo de conflictos, Capacidad de análisis y comunicación, Iniciativa, Persuasión y Honestidad. Artículo 66.- Compete a la Dirección de Padrón y Licencias, la atención de los siguientes asuntos:

I. Expedir los permisos y licencias de giros comerciales, eventos,

anuncios y publicidad de competencia municipal;

En los permisos (ambulantes, fijos y semifijos) con los lINEamientos

establecidos en el titulo quinto capítulo I, estos girados por la jefatura

comercio de servicios informales, ambulantes, fijos y semifijos.

Licencias de giros comerciales, en base a los lINEamientos establecidos

en el reglamento para establecimientos mercantiles, comercios, tianguis y

prestadores de servicio turísticos en el Municipio de bahía de banderas,

Nayarit.

Licencias o Anuencias para eventos: presentar una solicitud previa al

evento con 30 días de anticipación.

Anexo 1; solicitud, fechada, con descripción del evento, grupos musicales,

copia del contrato de los grupos musicales, contrato del establecimiento.

Anexo 2; todo lo que es publicidad, desde pintas de barda, pendones,

volantes, voceo etc. Esto con el fin de autorizar y cotizar.

Anexo 3; venta de bebidas alcohólicas

Anexo 4; contratos de seguridad, protección civil e Inspección.

II. Supervisar la vigencia de los permisos y licencias de su competencia;

Ambulantes, fijos y semifijos, esto supervisado por el padrón actualizado

cada último día del trimestre este actualizado y controlado por la jefatura de

comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo.

Licencias de giros comerciales; este supervisado y coadyuvado por la

jefatura de regulación de entidades de comercio, industria y servicios

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establecidos y Tesorería Municipal este cada primeros cinco días hábiles

del mes de abril entregar a esta Dirección de Padrón y licencias, la cartera

vencida.

La dirección de padrón y licencias girara a la jefatura de inspección,

verificación y vigilancia la orden de visita de verificación, para las

notificaciones correspondientes de la cartera vencida.

La jefatura de inspección, verificación y vigilancia entregara una relación de

la orden de visita expedida y todo procedimiento por la violación, con los

respaldos correspondientes.

La dirección de padrón y licencias entregara a la tesorería municipal las

órdenes de visita y respaldos de las infracciones, para efecto que sean

calificadas por el juez.

Una vez calificadas por Tesorería y pagadas por el infractor en los plazos

estipulados. Las infracciones sin pagos se remiten a tesorería a efecto de

iniciar el cobro económico coactivo para su continuidad.

Eventos, una vez presentada la documentación en cumplimiento a las

normativas aplicables en el Municipio que da el visto bueno a consideración

de la anuencia.

III. Vigilar e inspeccionar que los permisos y licencias que se expidan

sobre actividades comerciales que se realicen en el Municipio, se

apeguen a los reglamentos municipales y demás disposiciones

aplicables;

Por medio de la Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio,

Industria y Servicios Establecidos y la Tesorería se solicitaran los

expedientes, dictámenes y padrón correspondiente, para el cumplimiento

de las normativas aplicables en el Municipio.

Por medio de la Jefatura de Comercio y Servicios informal, Ambulante, Fijo

y Semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia en el archivo

físico de los expedientes y dictámenes correspondientes con el

cumplimiento de las normativas aplicables en el Municipio; y el padrón

siempre actualizado.

IV. Expedir órdenes de visita de verificación del cumplimiento de la normatividad aplicable en el Municipio en la materia de su competencia;

Serán expedidas en tiempo y forma según las normativas aplicables en el

Municipio.

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V. Programar, Coordinar, integrar y actualizar el padrón de licencias y permisos para el funcionamiento de las actividades económicas que se desarrollen en establecimientos fijos, semi fijos y ambulantes en el Municipio y sean competencia de las autoridades municipales;

La Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio, Industria y Servicios

Establecidos está basada a la Ley de Ingresos de Para la Municipalidad de

Bahía de Banderas Nayarit; Para el Ejercicio 2018, girara el padrón de

licencias vencidas para que la Dirección de Padrón y Licencias elabore los

Avisos Preventivos correspondientes, así como también a los

establecimientos nuevos no registrados se entregaran avisos preventivos,

este operativo se realizara en los meses de Abril, Julio Y octubre. El

operativo se llevara a cabo por la Jefatura de Inspección, Verificación y

Vigilancia.

La Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulante, Fijo y Semifijo

con el padrón actualizado girara a esta dirección el padrón trimestralmente

y se realizaran los avisos preventivos para que la Jefatura de Inspección,

Verificación y Vigilancia realice el operativo en los meses de Enero, Mayo,

Septiembre y Diciembre; y se realice a los puestos ambulantes, fijos y

semifijos registrados y nuevos en el Municipio de Bahía de Banderas.

VI. En su caso iniciar el procedimiento administrativo por violación a los reglamentos municipales en materia de su competencia;

En el punto anterior la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia

tendrá que entregar el padrón de manera digital y físico para poder ser

enviado a la Tesorería Municipal para la calificación de las Infracciones.

VII. Notificar al Tesorero Municipal con la debida anticipación, respecto de

las infracciones cometidas a los diversos reglamentos municipales y

que no han sido pagadas por el infractor a efecto de que se encuentre

en posibilidad de iniciar el procedimiento de cobro económico

coactivo;

Esto se aplicara en el punto anterior.

VIII. Proponer y promover en coordinación con las demás áreas

competentes, los mecanismos que sean necesarios para eficientar y

agilizar los trámites de licencias y lograr la mejora regulatoria que

haga viable la activación de la apertura de negocios;

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Mesas de trabajo con las Jefaturas que integran esta Dirección de Padrón y

Licencias y la Tesorería Municipal.

IX. Coadyuvar con la Tesorería Municipal, para actualizar el padrón de licencias municipales y el catálogo de giros comerciales, industriales y de prestación de servicios en el Municipio;

Mesas de trabajo con la Jefatura de Regulación de Entidades de Comercio,

Industria y Servicios Establecidos y la Tesorería Municipal.

Se mantendrá la actualización con el trabajo en conjunto de la Dirección

con los operativos programados.

X. Verificar y supervisar la información proporcionada en las solicitudes

de licencias en materia de su competencia;

La Jefatura de regulación de entidades de comercio, industria y servicios

establecidos solicitará a la Jefatura de inspección, verificación y vigilancia el

Dictamen de las licencias. Una vez obtenido, se anexa al expediente y se

gira a esta dirección para su aprobación.

XI. Dar cuenta al Tesorero Municipal para que a su vez informe al

Presidente Municipal, sobre las licencias de funcionamiento de giro

que proceda su revocación en los términos de la normatividad

aplicable;

Con apoyo y sustento legal aprobado por el área jurídica se presentará

dicho punto.

XII. Promover la trasversalización y cooperación entre autoridades

municipales para eficientar y agilizar los trámites que se lleven a cabo

en materia de licencias y permisos de funcionamiento de giros

comerciales;

Mesas de trabajo con las Autoridades Municipales.

XIII. Emitir permisos provisionales para el funcionamiento de giros

competencia municipal, conforme a las disposiciones legales y

reglamentarias vigentes;

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Basado de manera personal según la problemática conforme a las

normativas legales y reglamentación aplicables en el Municipio.

XIV. Coadyuvar con la Dirección de Turismo y Desarrollo Económico, en la

integración de la estadística que permitan medir la capacidad de

respuesta del Municipio en materia de promoción y fomento al

desarrollo económico;

Mesas de trabajo con la Dirección de Turismo y Desarrollo Económico

XV. Vigilar la correcta utilización de los espacios destinados al comercio

fijo, semifijo, regular el ambulante y el respeto a los reglamentos que

regulan la actividad comercial en el Municipio;

Coadyuvar en el cumplimiento de los planes de manejo de actividades con la jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

Coadyuvar con asesorías para los operativos con la jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia establecidas en las normativas aplicables en el Municipio.

XVI. Coadyuvar con la Tesorería Municipal para la actualización, refrendo, modificación y baja del padrón de licencias y giros comerciales;

Mesas de trabajo con la tesorería municipal, Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido y Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

XVII. Encargarse del adecuado funcionamiento de la ventanilla del sistema de apertura rápida de empresas;

XVIII. Turnar a la Justicia Municipal Administrativa las actas de inspección levantadas a través de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia por presuntas infracciones a los ordenamiento municipales aplicables para la imposición de las sanciones procedentes;

La jefatura de inspección, verificación y vigilancia entregara una relación de

la orden de visita expedida y todo procedimiento por la violación, con los

respaldos correspondientes.

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La dirección de padrón y licencias entregara a la tesorería municipal las

órdenes de visita y respaldos de las infracciones, para efecto que sean

calificadas por el juez.

Una vez calificadas por Tesorería y pagadas por el infractor en los plazos

estipulados. Las infracciones sin pagos se remiten a tesorería a efecto de

iniciar el cobro económico coactivo para su continuidad.

XIX. Recibir y Turnar al Contralor los informes relativos a las quejas presentadas por los ciudadanos en contra de los actos realizados por el personal de la Dirección, para los efectos de su competencia;

Aplicación de faltas al reglamento interior de trabajo del personal de la administración municipal, giras a quien corresponda

XX. Establecer el sistema de control y seguimiento sobre los trámites ingresados a la Dirección, estatus en que se encuentra en la propia Dirección y con otras dependencias municipales y conclusión y resguardo de la documentación que avale el otorgamiento en términos de la normatividad aplicable de las licencias y permisos de su competencia;

Mesas de trabajo con la tesorería municipal, Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido, la jefatura de Comercio y servicios informal, ambulante, fijo y semifijo y la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

XXI. Las demás previstas en la normatividad aplicable.

Artículo 68.- compete a la Jefatura de Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido;

I. Recibir, revisar la documentación presentada por los particulares para la obtención de licencias de funcionamiento del comercio, industria y servicios establecido;

Ingresar el expediente de la solicitud, en base a las normativas aplicables en el Municipio

II. Turnar a las Direcciones correspondientes las solicitudes de

licencia presentadas para la obtención de visto bueno, dictamen, factibilidad para el funcionamiento de giro establecido;

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Solicitar a la Dirección de padrón y licencias el visto bueno, dictamen, factibilidad para el funcionamiento de giro establecido para dar continuidad a la autorización de las licencias

III. Verificar los giros en forma personal cuando por su naturaleza o disposición de la Ley o reglamento así se requieran;

Basado de manera personal según la problemática conforme a las

normativas legales y reglamentación aplicables en el Municipio.

Previa autorización de la dirección de padrón y licencias

IV. Informar a Tesorería, Secretaria de Salud, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Unidad Municipal de Protección Civil, Desarrollo Urbano Ordenamiento Territorial y Ecología de las licencias autorizadas para que procedan conforme a sus facultades;

Oficio con el anexo del padrón de licencias de funcionamiento debidamente soportado y sustentado

Ley de transparencia y acceso a la información pública del Estado de Nayarit

V. Integrar, conservar y actualizar en forma electrónica el padrón de licencias y permisos para el funcionamiento de las entidades de comercio, industria y servicio establecido, siempre que cumplan con las disposiciones legales aplicables;

Elaborado, Archivado y Resguardado por esta Jefatura en base a las normativas aplicables en el Municipio.

VI. Dar seguimiento a las solicitudes de licencia hasta su expedición o en su caso negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el estatus de sus peticiones;

Una vez ingresada la documentación basada en la normativa, se girara a la Dirección de Padrón y Licencia para la obtención de visto bueno, dictamen y factibilidad para el funcionamiento del giro solicitado.

Una vez que se obtiene la autorización favorable se girara la Licencia de Funcionamiento al Establecimiento.

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En caso de obtener una Negativa se procederá a la elaboración del informe fundado y motivado por las normativas aplicables al Municipio.

VII. Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el correcto ejercicio de sus atribuciones;

Se coordinara con la Jefatura de Padrón y Licencia los avisos preventivos para realizar los operativos programados en este manual con el apoyo de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia.

Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para que realice la inspección, verificación y Vigilancia en caso de reportes o quejas ciudadanas, para el buen funcionamiento de los establecimientos que realicen alguna actividad comercial y no cumplan con la normatividad aplicable en el Municipio.

Requerir a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia de todas las infracciones realizadas, correspondientes a esta Jefatura en tiempo y forma para su trámite a seguir.

VIII. Brindar información sobre requisitos, trámites y servicios que se prestan en la dependencia;

Contar con los formatos correspondientes para brindar la correcta información para todo trámite.

Capacitar al personal para brindar al gobernado un excelente servicio.

IX. Verificar que las licencias y permisos expedidos cumplan con las disposiciones legales aplicables;

Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia, para la vigilancia de las mismas.

X. Rendir informe al Director sobre las licencias y permisos

expedidos;

La actualización del padrón de las licencias siempre actualizado, se entregara trimestralmente.

El padrón de permisos de forma profesional actualizado y este se entregara trimestralmente.

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XI. Proporcionar a los contribuyentes los requisitos y procedimientos

para la obtención de licencia de funcionamiento;

Por medio de ventanilla se proporcionara la información.

XII. Registrar en bitácora las solicitudes y trámites recibidos, en la que además se señale el estatus del mismo;

Se llevara un registro en bitácora.

Se presentara de manera digital cada trimestre.

XIII. Verificar que los giros que amparan las licencias expedidas funciones en los términos autorizados;

Coadyuvar con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para la vigilancia y verificación con base a las normativas aplicables en el Municipio.

XIV. Recibir y tramitar las bajas, cambios de domicilio o giro,

suspensiones, ampliaciones de giro y darles el trámite correspondiente;

Se realizara con las solicitudes correspondientes de los interesados en base a la normatividad aplicable.

Se mantendrá el padrón siempre actualizado.

Se realizara el reporte correspondiente a la dirección.

XV. Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización de las licencias expedidas de conformidad con la normatividad aplicable;

Hacer por escrito una carta compromiso al contribuyente donde quede plasmado y por enterado de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización.

XVI. Coordinarse con las dependencias involucradas para agilizar los

trámites; y

Mesas de trabajo.

XVII. Las demás que señala las disposiciones legales y Designe el Director.

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Articulo 69.- Compete a la Jefatura de Comercio y Servicios Informal, Ambulantes, Fijos y semifijos. DESCRIPCION DE PUESTOS: PUESTO: JEFE DE COMERCIO Y SERVICIOS INFORMAL, AMBULANTE, FIJOS Y SEMIFIJOS OBJETIVO: Administrar los recursos humanos y materiales. Así como dirigir el buen funcionamiento de la jefatura para otorgar un servicio de calidad, calidez y respeto a los derechos, buscando la satisfacción de los ciudadanos. REQUISITOS GENERALES: Identificación oficial. Certificado Médico de salud, expedido por una institución pública de salud o medico particular con nombre, firma y cedula profesional del médico que lo emite. Solicitud de empleo con fotografía. Copia de acta de nacimiento. Comprobante de estudios. Comprobante de domicilio. Copia del CURP. Registro del SAT/RFC. Correo electrónico. Constancia de no antecedentes penales (original). Constancia de No inhabilitación (original). Número telefónico. ESCOLARIDAD: Licenciatura, técnico superior universitario o profesional Administración Contaduría Pública HABILIDADES: Liderazgo Asertividad Dominio del lenguaje Manejo del conflicto Observaciones ACTIVIDADES: Disposición de servicio

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Responsabilidad Empatía Iniciativa PUESTO: AUXILIAR ADMINISTRATIVO OBJETIVO:

Coordinar, asesorar y supervisar la realización de actividades administrativas con apego a la normatividad. REQUISITOS GENERALES: Identificación oficial. Certificado Médico de salud, expedido por una institución pública de salud o medico particular con nombre, firma y cedula profesional del médico que lo emite. Solicitud de empleo con fotografía. Copia de acta de nacimiento. Comprobante de estudios. Comprobante de domicilio. Copia del CURP. Registro del SAT/RFC. Correo electrónico. Constancia de no antecedentes penales (original). Constancia de No inhabilitación (original). Número telefónico. EQUIPAMIENTO: 1 vehículo. 2 equipos de cómputo. 3 escritorios. 3 sillas secretariales. 5 sillas de visita. Utilería. 2 archiveros de 5 cajones. Gasolina.

I. Proporcionar a los contribuyentes la información para la obtención de permisos municipal de comercio en vía pública ya sea en establecimiento fijo, semifijo o no domiciliado;

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Formato de Visto Bueno.

Carta compromiso. (Artículo 99. Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.)

II. Integrar el padrón de permisionarios para ejercer el comercio en vía

pública en forma fija, semifija o ambulante y registrando electrónicamente la información relativa; Registrar en bitácora las solicitudes y estatus para el otorgamiento de permisos a que se refiere el artículo que antecede;

Captura digital de los permisos otorgados de tianguis fijos y temporales.

Actualizar pagos en el padrón digital de permisos de tianguis fijos y temporales.

Captura digital de los permisos otorgados de forma fija, semifija y ambulante.

Actualizar pagos en el padrón digital de permisos forma fija, semifija y ambulante.

Captura digital de los permisos de vendedores foráneos, personas que eventualmente y de paso realizan actividades comerciales en el Municipio.

Supervisar físicamente y notificar de manera digital a esta jefatura los avisos preventivos, infracciones, decomisos e irregularidades en tianguis fijos y temporales y puestos fijos, semifijos y ambulantes, que todos cuenten con su respectivo permiso y estos sean explotados por el titular a quien se le otorga, debidamente identificado de manera oficial (INE, PASAPORTE) con el fin de analizar la suspensión temporal o definitiva de dicho establecimiento, esto sustentado en cual quiera de las violaciones al Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3)

(ESTO ES CON EL FIN DE MANTENER EL PADRON ACTUALIZADO Y VIGENTE)

III. Verificar los permisos se ejerzan en forma personal por el autorizado y cumplan con las disposiciones legales aplicables.

22

Supervisar físicamente que todos los puestos cuenten con su respectivo permiso y se aplique el Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3) esto debe de notificarse a la esta jefatura.

Notificar de manera digital a la jefatura de avisos preventivos, infracciones, decomisos e irregularidades en dichos comercios. ( con el fin de analizar la suspensión temporal o definitiva de dicho establecimiento) (jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3)

IV. Dar seguimiento a las solicitudes de permiso para ejercer el comercio en vía pública en forma ambulante, fijo o semifijo o en su caso negativa fundada y motivada y por escrito y brindar informes en todo momento al ciudadano sobre el estatus de sus peticiones.

Esto basado en el Titulo Quinto, Capítulo I y II del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Entrega de piso en fiestas patronales, con apoyo de Inspectores de la (Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia 3) los mismos solo medirán y levantaran el padrón de los puestos instalados. Para que posteriormente la jefatura de (Regulación de entidades de Comercio, Industria y Servicios Establecido 1) realice la cotización y cobro correspondiente por el uso de suelo, envase a las medidas y zona.

V. Coordinarse con la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia para el correcto ejercicio de sus atribuciones en la supervisión del comercio en vía pública.

Realizar oficios para la coordinación de Inspección, Verificación y Vigilancia, donde todo se solicitara en tiempo y forma de manera digital y física.

Mesas de trabajo para planificar y eficientar los procesos.

VI. Rendir informe al Director sobre los permisos expedidos

23

Enviar en tiempo y forma de manera digital el padrón.

Tianguis fijos y temporales.

Permisos fijos, semifijos y ambulantes.

Permisos foráneos, eventuales y de paso.

Permisos denegados, con la justificación legal.

VII. Promover en los contribuyentes el conocimiento de los derechos y obligaciones que conlleva la autorización de los permisos expedidas en su favor de conformidad con la normatividad aplicable.

Esto basado en el Titulo Quinto, Capítulo I y II del Reglamento para Establecimientos Mercantiles, Comerciantes, Tianguis y Prestadores de Servicio Turísticos en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

VIII. Las demás que señale el Director.

DENOMINACIÓN METAS

U.M. CANTIDAD

Expedición de permisos para puestos de tianguis de temporada.

Acción 3228

Expedición de permisos para puestos de tianguis fijos.

Acción 700

Expedición de permisos para puestos ambulantes, fijos, semifijos.

Acción 2250

Expedición de permisos expedidos para puestos ambulantes, fijos y semifijos.

Acción 1

Padrón de permisos

Documento 1

24

Artículo 70.- compete a la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia;

I. Coordinar, supervisar y vigilar que los giros y permisos expedidos por la Dirección se ejerzan de acuerdo a los permisos y licencias concedidos y ajustados a la normatividad aplicable;

Mantener actualizado el rol de actividades a desempeñar con el personal a cargo.

II. Coordinar las actividades de inspección de licencias permisos

expedidos por la Dirección;

Las Licencias en Abril, Julio, Octubre, establecido en el Artículo 66 Fracción V.

Los Permisos en Enero, Mayo, Septiembre, Diciembre establecido en el Artículo 66 Fracción V.

De acuerdo a los oficios para los Permisos y Anuencias otorgados de manera esporádica.

III. Solicitar al Director de Padrón y Licencias emita las órdenes de

visita correspondiente para practicar las visitas, inspecciones, verificaciones de las actividades económicas que se desarrollen en el Municipio, se ajusten a la normatividad aplicable;

Solicitar a la Dirección de Padrón y Licencias en los primeros 5 días del mes de Abril los ya existentes.

expedidos para puestos de tianguis de temporada.

Padrón de permisos expedidos para puestos de tianguis fijos

Acción 1

Padrón de permisos expedidos para puestos de temporada

Acción 1

Padrón de permisos expedidos para puestos ambulantes, fijos y semifijos.

Acción 1

25

Solicitar a la Dirección de Padrón y Licencias en los primeros 5 días del mes de Julio y Octubre de los establecimientos que no cumplieron con las normativas establecidas aplicables y el nuevo padrón de los comercios establecidos que hacen nuevas aperturas.

IV. Atender los reportes ciudadanos por posibles violaciones a los

ordenamientos legales aplicables en materia de comercio y servicio y dar seguimiento a los mismos;

Estos se supervisaran con una orden a los inspectores para que ellos por escrito realicen un dictamen de lo encontrado y junto con el sustento legal de la infracción a la falta cometida a la normativa aplicable.

V. Proponer la directora de Padrón y Licencias el inicio del procedimiento de suspensión o cancelación de los permisos y licencias;

En base a las instrucciones giradas por la Dirección de Padrón y Licencias.

VI. Llevar el control de las visitas de inspección realizadas;

Llevar el control de las actas de inspección y verificación.

Realizar la captura de cada acta de inspección y verificación.

Tener el padrón actualizado y entregar a la Dirección para los procedimientos ante el juez calificador, para los cobros correspondientes.

Entregar trimestralmente la relación de las multas aplicadas, nuevas, pagadas y pendientes por pagar para el seguimiento a la recuperación de las mismas.

VII. Proponer al Director de Padrón y Licencias el inicio del

Procedimiento Administrativo coactivo por infracciones a los reglamentos municipales;

Mesas de trabajo coadyuvadas con la Dirección de Padrón y Licencias así como Tesorería.

VIII. designar turnos, zonas y actividades a los verificadores a su cargo;

mantener el rol de actividades vigente y actualizado.

Hacer mesas de trabajo con el personal para la discusión y aplicación del ordenamiento.

IX. Levantar actas por sí o por conducto del personal a su cargo actas

de inspección y/o verificación;

26

Las actas se procederán a realizar en base a los incumplimientos de las normas establecidas aplicables.

Capacitación al personal.

X. Evaluar y someter a consideración de los superiores las medidas preventivas y correctivas tendientes a evitar que los contribuyentes cometan infracciones a los reglamentos municipales o causen perjuicio a la persona o bienes de terceros;

XI. Supervisar el desarrollo de las actividades del personal a su cargo;

Los supervisores e inspectores presentaran un reporte detallado de las actividades realizadas en su jornada de trabajo conteniendo lo siguiente:

1. Zona asignada. 2. Población. 3. Día y Turno. 4. Hora de cada una de las actividades.

Mención de la relación de avisos preventivos o actas realizadas por las infracciones cometidas a las normas establecidas aplicables durante el turno correspondiente.

Reportes de los ciudadanos correspondientes a su turno, sustentado con fotografías y anexos.

Reportes de las verificaciones e inspecciones realizados a los puestos ambulantes, fijos y semifijos.

XII. Formular pliegos preventivos a los contribuyentes que

presuntivamente se encuentren infringiendo las disposiciones legales aplicables en el Municipio en la materia de comercio, servicios e industria:

Estos se propondrán una vez realizada la inspección con bases y sustento legal de las presuntas irregularidades en las normas establecidas.

XIII. Aplicar medidas preventivas y de apremio a los contribuyentes que

presuntivamente se encuentre violando las disposiciones legales correspondientes y levantar acta circunstancia de ello; y

Estas se realizaran con la verificación e inspección debidamente soportada y sustentada en las normas establecidas aplicables.

Cuando el Inspector reciba un reporte por parte de la dependencia, deberá atenderlo llenando una hoja de reporte que contenga: Lugar, Fecha, Establecimiento que Visita y Causa del Reporte, lo que se encontró al momento de la inspección, Documento que se le dejo al

27

visitado, de ser necesario se realizara el llenado de Acta de Inspección y Verificación y/o sanciones que se establezcan por la jefatura. Al realizar los recorridos de Inspección encontrándose con un puesto fijo, semifijo y/o ambulante, se procede a identificarse y realizar la inspección como lo marca el reglamento, en caso de no contar con su permiso, estar en área no autorizada o dINErente a la que marca el permiso y con autoridad se le haya pedido que se retire, se procederá al decomiso, antes autorizado por el Superior Inmediato, debiendo llenar un Acta de Inspección y Verificación, entregando posteriormente lo decomisado al departamento de Inspección, Verificación y Vigilancia. El Inspector deberá llenar una hoja de reporte por cada establecimiento visitado que contenga: Lugar, Fecha, Nombre del establecimiento, Persona con quien se dirige, Cargo, Lo que se encontró al momento de la Inspección, Documento que se le entrego al visitado, Nombre y Firma del inspector, para posteriormente entregarlo al Departamento de Inspección, Verificación y Vigilancia para su debido proceso.

XIV. Las demás que señale el Director. Para el correcto funcionamiento de la Jefatura de Inspección, Verificación y Vigilancia, además de las atribuciones que le confiere el reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Bahía de Banderas Nayarit, en forma enunciativa más no limitativa tendrá las siguientes atribuciones como manual interno en los procedimientos de inspección y Verificación.

1- Ejecutar, coordinar, supervisar y vigilar las actividades de inspección, vigilancia y verificación de las actividades económicas que en forma establecida, fija, semi fija, ambulante en el Municipio se ejerzan con arreglo a los diversos ordenamientos legales aplicables y en forma respetuosa para el contribuyente.

2.- Coordinar y apoyar previo acuerdo con el jefe de Departamento, la designación de turnos, zonas y actividades a los verificadores a cargo del Departamento.

3.- Prevenir a los contribuyentes que realicen actividades económicas en el Municipio, que se encuentran violando las disposiciones legales, apercibiéndolos por escrito de que en caso de que no se abstengan de continuar realizando dichas conductas en su caso se harán acreedores a una sanción.

4.- Llevar a cabo en coordinación con los verificadores a cargo del departamento, la inspección de los espectáculos públicos y diversiones autorizados por el H. Ayuntamiento.

28

5.- Prestar servicio de orientación e información al público, así mismo mediante citatorios expedidos por el Jefe del departamento, lo anterior para que acudan a las oficinas a recibir la atención deseada.

6.- Supervisar la legalidad de todos los actos que realicen los inspectores en el

ejercicio de sus funciones. 7.-Respetar en todo momento los derechos humanos de los contribuyentes,

por lo que de proceder a alguna de las medidas preventivas que señalen los reglamentos aplicables, previo a su ejecución, se procederá a informar al superior jerárquico quien evaluará la situación para la aplicación de la medida.

TRAMITES

ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN CIUDADANA DE LICENCIAS DE

FUNCIONAMIENTO, EVENTOS

APERTURA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE ALCOHOL

REFRENDO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE ALCOHOL

APERTURA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO BLANCO

REFRENDO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO BLANCO

TRAMITE DE PERMISOS PARA EVENTOS

OTORGAMIENTO DE PUESTOS AMBULANTES, FIJOS Y SEMIFIJOS

I. DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN

CIUDADANA

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO: 3292911870 ETX-270 Y 271

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO:

[email protected]

Descripción: Orientación general sobre

trámites y servicios relacionados con

licencias de Funcionamiento y eventos.

Procedimiento: Consulta telefónica, correo

electrónico o visita presencial a las

ventanillas de recepción.

29

DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE

APERTURA DE LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE

ALCOHOL

DOMICILIO: Morelos #12 Valle de

Banderas, Nayarit

TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y

271

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Descripción: Revisión de documentos.

Procedimiento:

-Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación.

-Se da de alta la licencia en el programa

padrón de licencias.

-Se obtiene un número de licencia

-Se ingresa el número De licencia en caja

para a hacer el cobro.

-Se imprime licencia, se pasa a firma con el

director de padrón y licencias y tesorero.

-La licencia se hace entrega a un par de

días después de haber hecho el pago en

ventanilla.

Requisitos:

- Copia de alta de Sria. De hacienda SAT

- Copia de pago de agua reciente.

Expedida por la autoridad competente,

OROMAPAS o Consejo de Agua.

- Constancia de propiedad ejidal o escritura

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.

Requisitos: Presentar documentos en

físico.

Tiempo de respuesta: 5 a 10 min.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: folleto de

requisitos

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de Nayarit,

Ley Municipal del Estado de Nayarit,

Reglamento de la Administración Pública

del Municipio de Bahía de Banderas,

Nayarit.

Fecha de aprobación de formato: No

aplica

Nombre: No Aplica

Firma: No aplica

30

si el inmueble es propio o contrato de

arrendamiento

- Copia del pago predial del año en curso

-croquis de ubicación

- Copia de identificación oficial (INE,

Pasaporte, cedula profesional, licencia de

conducir, Tarjeta INAPAM).

- Vo.Bo. De protección civil (Bomberos)

vigente.

- Vo. Bo. De desarrollo urbano y ecología

- Pago de basura en girrsa (zona costera)

- Pago de recolección de basura (zona

urbana cobro en caja de ingresos)

- copia del tarjetón de alcoholes.

(Si vende alimentos presentar constancia

de salubridad)

Costo: Según la Ley de Ingresos para

municipalidad de Bahía de Banderas,

Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,

Articulo 49, I )

Lugar de pago: cajas recaudadoras del

Municipio

Documento que obtiene: Licencia de

funcionamiento

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de Nayarit,

Ley Municipal del Estado de Nayarit.

DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE

REFRENDO DE LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO CON GIRO DE

ALCOHOL

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y

271

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

31

Descripción: Revisión de

documentación.

Procedimiento:

-Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación.

Se ingresa el número De licencia en caja

para a hacer el cobro.

-Se imprime licencia, se pasa a firma con el

director de padrón y licencias y tesorero.

-La licencia se hace entrega a un par de

días después de haber hecho el pago en

ventanilla.

Requisitos:

-Licencia anterior

-Copia de pago de agua reciente

expedida por la autoridad competente

OROMAPAS o el consejo de agua

-zona urbana se realiza el cobro de

basura directamente en cajas al

momento de pagar la licencia.

- Pago de basura en girrsa (zona

costera)

-tarjetón de alcoholes año en curso.

-Vo. Bo. De protección civil vigente

(restaurant-bar, Discoteque, Centro

recreativo y/o vta. De cerveza,

restaurant c/vta. De cerveza etc.)

Tiempo de respuesta: En el mismo día.

Costo: Según la ley de ingresos para

municipalidad de bahía de banderas,

Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,

Articulo 49, III)

Lugar de pago: cajas recaudadoras del

Municipio

Documento que obtiene: Licencia de

funcionamiento.

Observaciones: no aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de

Nayarit, Ley Municipal del Estado de

Nayarit.

DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE

APERTURA DE LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO CON GIRO BLANCO

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO: 3292911870 Ext – 270 y 271

32

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Descripción: Revisión de documentos

Procedimiento:

-Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación.

-Se da de alta la licencia en el programa

padrón de licencias.

-Se obtiene un número de licencia

-Se ingresa el número De licencia en caja

para a hacer el cobro.

-Se imprime licencia, se pasa a firma con el

director de padrón y licencias y tesorero.

-La licencia se hace entrega a un par de

días después de haber hecho el pago en

ventanilla.

Requisitos:

- Copia de alta de sria. De hacienda SAT

- Copia de pago de agua potable

expedida por la autoridad competente

OROMAPAS o el consejo de agua.

- Constancia de propiedad ejidal o

escritura si el inmueble es propio o

contrato de arrendamiento.

- Copia del pago predial del año.

-croquis de ubicación

- Copia de identificación oficial (INE,

pasaporte, tarjeta INAPAM).

- Vo.Bo. De protección civil (Bomberos).

- Vo. Bo. De desarrollo urbano y

ecología

- Pago de basura en GIRSA (zona

costera)

- Pago de recolección de basura (zona

urbana cobro en caja de ingresos)

- Agencia de viajes, bienes raíces,

arrendadora de autos. Hoteles, servicios

turísticos, condominios, villas,

bungalows, se debe solicitar el Vo. Vo.

Del departamento de turismo.

- Tarjetón de tablajeros (carnicería).

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

Costo: Según la ley de ingresos para

municipalidad de bahía de banderas,

Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,

Articulo 49, III)

Lugar de pago: cajas recaudadoras del

Municipio

Documento que obtiene: Licencia de Observaciones: No aplica

33

funcionamiento.

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de

Nayarit, Ley Municipal del Estado de

Nayarit.

DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE

REFRENDO DE LICENCIA DE

FUNCIONAMIENTO CON GIRO BLANCO

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y

271

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Descripción: Revisión de

documentación.

Procedimiento:

-Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación.

Se ingresa el número De licencia en caja

para a hacer el cobro.

-Se imprime licencia, se pasa a firma con el

director de padrón y licencias y tesorero.

-La licencia se hace entrega a un par de

días después de haber hecho el pago en

ventanilla.

Requisitos:

-Licencia anterior

-Copia de pago de agua reciente

expedida por la autoridad competente

OROMAPAS o el consejo de agua.

-Recibo de pago basura (GIRSA) si

pertenece a zona costera.

- Pago de recolección de basura (zona

urbana cobro en caja de ingresos)

-copia del Vo. Bo. De protección civil y

pago (hotel, bungalows, gasolineras,

tortillerías, centros comerciales,

farmacias, pizzería, hospitales, casa de

huéspedes, condominios, tráiler park,

restaurant etc.)

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

34

Lugar de pago: cajas recaudadoras del

Municipio

Documento que obtiene: Licencia de

funcionamiento.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de

Nayarit, Ley Municipal del Estado de

Nayarit.

DEPENDENCIA: JEFATURA DE REGULACIÓN DE ENTIDADES DE

COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS ESTABLECIDOS

NOMBRE DEL TRÁMITE

TRÁMITE PARA EVENTOS

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO: 3292911870 EXT – 270 y

271

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Descripción: Revisión de

documentación.

Procedimiento:

- Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación.

- Se cobra una verificación.

- El expediente se pasa al departamento de

fiscalización para se haga la verificación. Si

es procedente o no se notifica al

departamento de padrón y licencias, para

que se le comunique al contribuyente, si

fue procedente y pueda pagar la anuencia

y se pueda pasar la documentación para la

elaboración del oficio y en menos de 5 días

se le entrega.

Requisitos:

- Solicitud por escrito dirigido al

presidente

- Copia de identificación

- Comprobante de domicilio

- Contrato de arrendamiento del local.

-Contrato de seguridad, protección civil

e inspección.

Tiempo de respuesta:

3 días hábiles

35

Costo: Según la ley de ingresos para

municipalidad de bahía de banderas,

Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,

Articulo 49, II)

Lugar de pago: caja recaudadora del

Municipio

Documento que obtiene: Anuencia

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de

Nayarit, Ley Municipal del Estado de

Nayarit.

I. DEPENDENCIA: JEFATURA DE COMERCIO Y SERVICIOS INFORMAL,

AMBULANTES, FIJO Y SEMIFIJO.

NOMBRE DEL TRÁMITE

PERMISO

DOMICILIO: Morelos 12 Valle de

Banderas, Nayarit.

TELÉFONO:

HORARIO DE ATENCIÓN

9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

Descripción: Revisión de

documentación.

Procedimiento:

- Si cumple con todos los requisitos se

recibe la documentación y se turna a la

jefatura de Inspección y vigilancia para su

visto bueno, una vez que es procedente se

notifica al contribuyente que pase a realizar

el pago de su permiso. Y en menos de 5

días se le entrega..

Requisitos:

- Nombre, domicilio y nacionalidad del

solicitante; en caso de ser extranjero,

deberá acreditar su permanencia legal

en el país que su condición legal le

permita ejercer la actividad comercial y

Tiempo de respuesta:

1 semana

36

que renuncia la protección de las leyes

de su país.

- Copia de la inscripción de Secretaría

de Hacienda SAT

(ACTIVIDAD ECONÓMICA)

- Copia de comprobante de domicilio

- Copia de la credencial de elector

- 3 Fotografías de la vista del puesto en

Diferentes

ángulos

- En caso de que el giro sea de

alimentos, presentar

certificado médico que deberá ser

expedido por una

Institución de salud pública como

constancia de que no es portador de

enfermedades transmisibles.

- Carta de consentimiento de los

vecinos colindantes con

El área o de la junta vecinal, anexar

INE.

- Lugar de ubicación, con croquis de

localización.

- A la solicitud debe adjudicarse acta de

nacimiento del

Solicitante.

- Una fotografía tamaño infantil de frente

al solicitante.

- No deberá obstruir el libre tránsito de

los peatones y

Vehículos.

Costo: Según la ley de ingresos para

municipalidad de bahía de banderas,

Nayarit; para el ejercicio fiscal 2018,

Articulo 32 y 33)

Lugar de pago: caja recaudadora del

Municipio

Documento que obtiene: Recibo oficial

de pago

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos,

Constitución Política del Estado de

Nayarit, Ley Municipal del Estado de

Nayarit.