Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

64
FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:1 DE 64 INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL PRRS2112 Código Institucional: ASISTENTE DE CLINICA Realizar trabajos de asistencia al médico y personal de enfermería en la atención de pacientes de consulta externa. Llamar al paciente que va a ser atendido por el médico o la enfermera. Realizar examenes físicos al paciente de consulta externa, tales como, temperatura, talla, peso y otros signos vitales de los pacientes. Ordenar y clasificar las cuadrículas o expedientes de consulta externa. Ordenar los exámenes de laboratorio, radiológicos, electrocardiogramas y otros para facilitar la labor médica. Orientar al paciente sobre los servicios que va a recibir. Ayudar al personal de enfermería en el baño de pacientes. Esterilizar el material e instrumental médico quirúrgico y demás útiles necesarios en el consultorio. Elaborar informes sobre las tareas realizadas. Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo que se realizan en el puesto que ocupa. Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto que ocupa. Programar los requerimientos de uso de recursos, materiales asignados al puesto que ocupa. DESCRIPCION DEL TRABAJO Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajo que se le establezcan. Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, según sea necesario. Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a su calidad, resultados y oportunidad. NATURALEZA DE LAS TAREAS PRCP0201 Clase Ocupacional: REQUISITOS MINIMOS Código General: DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA Tipo Puesto: CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUD Sub Tipo: OTRAS CARRERAS PUBLICAS MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES RESUMEN DE LAS TAREAS

Transcript of Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

Page 1: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:1 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS2112Código Institucional:

ASISTENTE DE CLINICA

Realizar trabajos de asistencia al médico y personal de enfermería en laatención de pacientes de consulta externa.

Llamar al paciente que va a ser atendido por el médico o la enfermera.

Realizar examenes físicos al paciente de consulta externa, tales como,temperatura, talla, peso y otros signos vitales de los pacientes.

Ordenar y clasificar las cuadrículas o expedientes de consulta externa.

Ordenar los exámenes de laboratorio, radiológicos, electrocardiogramas y otrospara facilitar la labor médica.

Orientar al paciente sobre los servicios que va a recibir.

Ayudar al personal de enfermería en el baño de pacientes.

Esterilizar el material e instrumental médico quirúrgico y demás útilesnecesarios en el consultorio.

Elaborar informes sobre las tareas realizadas.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos, materiales asignados alpuesto que ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 2: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:2 DE 64

BASE LEGAL

Ley No. 21 de 23 de junio de 2006.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

Ser Panameño.

Tener Título de Asistente de Clínica expedido por un centro de educación pormedio obtenido mediante un formación de un año y avalado por el Ministerio deSalud.

Estar autorizado por el Ministerio de Salud a través del Comite Nacional deEnfermería.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ASISTENTE DE CLINICA

Page 3: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:3 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0300Código Institucional:

ASISTENTE DE FARMACIA

Realizar trabajos de preparar y despachar medicamentos en una farmacia, bajola supervisión de un farmacéutico.

0

Distribuir los medicamentos y productos farmacéuticos.

Mantener los recetarios surtidos.

Almacenar los medicamentos en los anaqueles, manteniendo los mismos en orden ylimpios.

Controlar las tarjetas de registros y realizar inventarios de farmacias,informando sobre los medicamentos por agotarse y los que están próximos avencimiento.

Preparar medicamentos de fácil elaboración bajo la supervisión de unfarmacéutico.

Recibir y verificar los pedidos de medicamentos.

Preparar y hacer reportes diarios y mensuales del movimiento de entrada ysalida de los medicamentos de la farmacia.

Custodiar y ubicar los medicamentos que están en tránsito hacia el área dealmacenaje en la Sección de Cuarentena que sean retirados por los proveedores.

Entregar los medicamentos siguiendo el trámite establecido.

Programar los requerimientos de uso de los recursos materiales asignados alpuesto que ocupa.

Despachar y entregar los medicamentos a las diferentes unidades de salud.

Registrar las estadísticas de recetas tramitadas y medicamentos despachadosdetallando sus precios.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de recursos asignados al puesto queocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 4: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:4 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea nacesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

BASE LEGAL

Acuerdo sobre reclasificación y propuesta salarial para los Asistentes deFarmacia de 6 de octubre de 1986, suscrito por el Ministerio de Planificacióny Política Económica, la Asociación Nacional de Asistentes de Farmacia y elMinisterio de Salud

Ministerio de Salud, Consejo Técnico de Salud Resolucion No. 05 (de 8 deseptiembre de 2005).

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Ser de nacionalidad panameña.

Cursado satisfactoriamete los dos primeros años de la Carrera de Licenciaturaen Farmacia en una Universidad Pública, Privada o Extranjera debidamentereconocida.

Laborado como Asistente de Farmacia por un período mínimo de tres añosinterrumpidos en un Establecimiento Farmacéutico, bajo la supervisión de unprofesional farmacético idóneo, previa certificación por parte delFarmacéutico Regente del Establecimiento Farmacéutico donde labore.

Las personas que se desempeñen como Asistente de Farmacia en unestablecimiento Farmacéutico y no hayan cumplido los tres años de labores aque hace referencia de acápite b, tendrán derecho de ser reconocidos, una vezcumplan con los tres años requeridos, previa certificación por parte delFarmacéutico Regente del Establecimiento Farmacéutico donde labore.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ASISTENTE DE FARMACIA

Page 5: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:5 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0611Código Institucional:

ASISTENTE DE LABORATORIO CLINICO

Extraer sangre a pacientes y preparar las muestras para análisis.

Preparar el material de trabajo.

Practicar flebotomías a pacientes hospitalizados y ambulatorios.

Clasificar las solicitudes de exámenes para pacientes hospitalizadosambulatorios.

Identificar las muestras para análisis.

Contribuir en la preparación y esterilización de medios de cultivo ypreparación de soluciones sencillas.

Mantener el área y equipo de trabajo limpios y desinfectados.

Llevar el registro de control térmico diario de los equipos de laboratorio.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Ser de nacionalidad panameña.

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 6: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:6 DE 64

BASE LEGAL

Decreto No.259 de 9 de octubre de 1978, por el cual se reglamenta elEscalafón para Laboratoristas Clínicos, Asistentes y Auxiliares deLaboratorios Clínicos del Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social yPatronatos. G. O. No.18,865.

Ley No.48 de 22 de noviembre de 1984, por la cual se reglamenta el Escalafónde Asistentes y Auxiliares de los Laboratorios Clínicos del Ministerio deSalud, Caja de Seguro Social y Patronato y se regula esta profesión. G. O.No.20,197 de 4 de diciembre de 1984.

Acuerdo dado el 15 de octubre del 2001, el cual es cónsono con la Ley No.48del 22 de noviembre de 1984 de conformidad con las siguientes cláusulasacuerdan tomar como referencia el análisis financieros la propuesta de ajustesalarial.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

Poseer diploma de Bachiller en Ciencias o su equivalente

Haber aprobado un adiestramiento previo como Asistente de Laboratorio, por unperíodo de seis meses en instituciones oficiales de salud.

Poseer certificado de idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ASISTENTE DE LABORATORIO CLINICO

Page 7: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:7 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0900Código Institucional:

ASISTENTE TECNICO DE RADIOLOGIA MEDICA

Asistir al Técnico en radiología médica, en el proceso de revelado de placasradiología y de atención a pacientes.

Asistir al Técnico en radiología médica en los exámenes radiologícos, que leaplican a los pacientes.

Revelar preparar y cambiar la soluciòn química que se utilizan para elrevelado de placas.

Revelar preparar y cambiar las soluciones químicas que se utilizan para elrevelado de las placas.

Entregar los resultados de los exàmenes de radiológia a los pacientes.

Elaborar informe diario del servicio de rayo x.

Ordenar y limpiar el área de trabajo, equipo, material y accesorios.

Transportar materiales de placas de rayos x y soluciones químicas

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Archivar las Radiografías.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas prevista en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Título Secundario de Bachiller en Ciencias.

Curso de Adiestramiento Técnico en Radiología Médica con un mínimo de dos (2)años de duración.

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 8: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:8 DE 64

BASE LEGALLey No.42 y 43 del 29 de octubre de 1980, por la cual se establece elReglamento para la Carrera de Técnico en Radiología Médica de Panamá.

Ley No.4 de marzo de 1981, por la cual se establece y reglamenta el escalafónpara la carrera de Técnico en Radiología Médica de Panamá.

Acuerdo del 26 de febrero de 1992, entre el Ministerio de Salud y laAsociación Nacional de Técnicos de Radiología Médica la cual reconoce laclasificación de puestos y escala única de sueldos, establecida medianteacuerdo C.S.S.-A.M.O.A.C.S.S. de 1985 y adoptada desde el 1 de abril de 1986por el Ministerio de Salud.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ASISTENTE TECNICO DE RADIOLOGIA MEDICA

Page 9: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:9 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0600Código Institucional:

AUXILIAR DE LABORATORISTA CLINICO

Efectuar trabajos de limpieza, esterilización y distribuir el material de usodiario del laboratorio.

Limpiar diariamente el área de trabajo.

Descontaminar, lavar y esterilizar diariamente los instrumentos delaboratorio.

Mantener limpio el equipo e instrumentos que serán utilizados por el personalde laboratorio siguiendo las normas establecidas.

Solicitar la reposición de materiales y cristalería bajo su cuidadoinmediatamente se deterioren.

Distribuir el material de uso diario.

Colaborar con labores de recepción.

Llevar las muestras de laboratorio que se le asigne de un lugar a otro.

Mantener informado a su superior del trabajo realizado.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segunsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Ser de nacionalidad panameña.

Haber obtenido el certificado de primer ciclo.

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 10: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:10 DE 64

BASE LEGAL

Decreto No.259 de 9 de octubre de 1978, por el cual se reglamenta elEscalafón para Laboratoristas Clínicos, Asistentes y Auxiliares deLaboratorios Clínicos del Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social yPatronatos. G.O. No.18,865

Ley No. 48 de 22 de noviembre de 1984, por el cual se reglamenta el Escalafónde Asistentes y Auxiliares de los Laboratorios Clínicos del Ministerio deSalud, Caja de Seguro Social y Patronato y se regula esta profesión. G.O.No.20,197 de 4 de diciembre de 1984.

Acuerdo dado el 15 de octubre del 2000, el cual es cónsono con la Ley 48 de22 de noviembre de 1984, lo cual dentro de la profesión de Auxiliares deLaboratorios Clínicos, y Ministerio de Salud acuerdan ajustes salariales.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implementò una nueva escala salarial.

(Decreto No.-259 de 9 de octubre de 1978. Gaceta Oficial No.18,865).

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL AUXILIAR DE LABORATORISTA CLINICO

Page 11: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:11 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0500Código Institucional:

AUXILIAR DE REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS

Preparar y mantener actualizado los historiales clínicos de pacientesambulatorios y hospitalarios.

Controlar e integrar al historial clínico de pacientes todos los documentosrelacionados a la atención médica del mismo.

Manejar el índice general del historial clínico de pacientes.

Controlar el programa de citas para pacientes de las consultas externas einterconsultas para pacientes hospitalizados, o para controles post-hospitalización.

Codificar diagnósticos de morbilidad, operaciones y defunciones de acuerdo ala clasificación internacional de enfermedades.

Recibir las listas de pacientes citados y localizar las historias clìnicas enel archivo para consultas sucesivas y trabajos científicos.

Elaborar informes técnicos sobre las tareas realizadas.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCN0101

Clase Ocupacional:

Haber aprobado primer ciclo de escuela secundaria.

Haber aprobado el curso básico de Auxiliar de Registro Médico y Estadísticasde Salud.

Ser de nacionalidad panameña.

Comprobar su buen estado físico y mental mediante certificado médico expedidopor una institución oficial.

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 12: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:12 DE 64

BASE LEGAL

Ley No.13 de 23 de agosto de 1984, "por la cual se establece y reglamenta lacarrera de Registros Médicos y Estadísticos de la Salud que prestan servicioen las dependencias de salud del Estado, se reglamenta el Escalafón y sedictan otras disposiciones. G.O. No.20,133 de 31 de agosto de 1984.

Resolución No.1 de 11 de noviembre de 1985 que reglamenta la clasificación delos funcionarios de Registros Médicos y Estadística del Sector Salud, firmadapor el Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y la Asociación Panameña deEstadísticos de Salud.

Acuerdo Salarial de 11 de marzo de 1986 entre el Ministerio de Salud y laAsociación Panameña de Estadíssticos de la Salud.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

(Ley No.13 de 23 de agosto de 1984. Gaceta Oficial No.20,133).

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL AUXILIAR DE REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS

Page 13: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:13 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0411Código Institucional:

ENFERMERA BASICA CON REGISTRO

Organizar y verificar la atención de enfermería al paciente, familia ycomunidad integralmente en los aspectos de promoción, prevención, curación yrehabilitación, según los programas de salud a nivel local y regional.

Atender la necesidades biosicosociales y terapéuticas del paciente recluido enla institución de salud y registrar el control de la evoluciòn del paciente yde las prescripciones mèdicas.

Administrar medicamentos por la vía oral e inyectable entre otrasinstrucciones recibidas.

Tomar signos vitales como temperatura, presión arterial, pulso y respiraciónal paciente y anotar los resultados en la cuadrícula.

Aplicar a los pacientes tratamientos según las necesidades reales y sentidasdel mismo y otras derivadas del proceso terapéutico.

Programar y organizar el material quirúrgico u otro material y equipo médico yparticipar en las intervenciones quirùrjicas.

Recibir y verificar historiales clínicos y elaborar informes estadìsticos parael desarrollo de investigaciòn de salud.

Orientar al paciente en la comunidad sobre aspectos de salud.

Intervenir e informar sobre la condición de los pacientes o cualquiersituación anormal en su área de trabajo, al superior inmediato.

Realizar visitas domiciliarias, hospitalarias, escolares, identificando lasnecesidades y recursos del individuo, la familia y elaborar campañas devacunaciòn en conjunto con el equipo y la comunidad.

Elaborar campañas de vacunación en conjunto con el equipo y la comunidad.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese utilizan en el puesto que ocupa, controlar y evaluar el desarrollo deltrabajo propio y del personal a su cargo.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados y programar losrequerimientos de uso de los recursos materiales asignados al puesto queocupa.

Elaborar y ejecutar el programa de Educación en Servicios e investigación,concernientes a los Programas de salud de la Institución.

Realizar visitas domiciliarias, hospitalarias, escolares, identificando lasnecesidades y recursos del individuo, la familia y la comunidad.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 14: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:14 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segunsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Ley No.1 de 6 de enero de 1954, " por la cual se reglamenta la carrera deEnfermería y se le da estabilidad y jubilación ". G.O. 12,295 de 12 defebrero de 1954.

Ley No.35 de 16 de febrero de 1956, " Por la cual se adiciona la Ley No.1 de6 de enero de 1954, reglamentaria de la Carrera de Enfermeras". G. O.No.12,968, de 26 de mayo de 1956.

Decreto de Gabinete No.160 de 8 de julio de 1971, por el cual se modifica laescala de salarios del personal de Enfermería y de Auxliliares de Enfermeríadel Ministerio de Salud (MINSA). G.O. No.16,908 de 30 de julio de 1971.

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras, Practicantes y Auxiliares de Enfermería queprestan servicios en las distintas dependencias del Estado, en lasinstituciones autónomas y semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclaturas de cargos, normas deascensos y reconocimientos por los años de sevicios". G. O. No.17,146 de 20de julio de 1972.

Ley No. 24 de 28 de diciembre de 1982, " Por la cual se modifican y adicionanalgunos artículos de la Ley 1 de 6 de enero de 1954". G. O. No. 19,725 de 5de enero de 1983.

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, " por la cual se modifica el Artículo2o. del Capítulo I del Decreto de Gabinete No.87 del 16 de mayo de 1972, porel cual se crea el Escalafón para Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliaresde Enfermeras (os), que prestan servicios en las distintas dependencias delEstado y se adiciona con otros Artículos. G. O No.19,725 de 5 de enero de1983.

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, "Por la cual se adicionan y modifican losartículos 7 y 8 de la Ley No.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones". G.O. No.20,138 de 7 de septiembre de 1984.

Acuerdo Salarial del 7 de octubre de 1986, suscrito por el Ministerio deSalud (MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), y la Asociación Nacional deEnfermeras.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Título de Licenciatura en Enfermería.

Estar autorizada por el Comité Nacional de Enfermeras.

Estar autorizada y registrada por el Consejo Técnico de Salud para el libreejercicio de la profesión.

(Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982. Gaceta Oficial No.19,725).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA BASICA CON REGISTRO

Page 15: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:15 DE 64

Acuerdo del 7 de septiembre de 2000 que aprueba un incremento salarial a lasEnfermeras y Auxiliares de Enfermería de la República de Panamá.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA BASICA CON REGISTRO

Page 16: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:16 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0410Código Institucional:

ENFERMERA BASICA SIN REGISTRO

Organizar y verificar la atención de enfermería al paciente, familia ycomunidad integralmente en los aspectos de promoción, prevención, curación yrehabilitación, según los programas de salud a nivel local y regional.

Atender la necesidades biosicosociales y terapéuticas del paciente recluìdo enla institución de salud.

Registrar el control de la evolución del paciente y de las prescripcionesmédicas.

Administrar medicamentos por vía oral e inyectable entre otras instruccionesrecibidas.

Tomar signos vitales como temperatura, presión arterial, pulso y respiraciónal paciente y anotar los resultados en la cuadrícula.

Aplicar a los pacientes tratamientos según las necesidades reales y sentidasdel mismo y otras derivadas del proceso terapéutico.

Programar y organizar el material quirúrgico y equipo médico u otro material ,participar en las intervenciones quirùrgicas.

Recibir y verificar historiales clínicos y elaborar informes estadìsticos parael desarrollo de investigaciòn de salud.

Orientar al paciente en la comunidad sobre aspectos de salud.

Realizar visitas domiciliarias, hospitalarias, escolares, identificando lasnecesidades y recursos del individuo, la familia y la comunidad.

Intervenir e informar sobre la condición de los pacientes o cualquiersituación anormal en su área de trabajo, al superior inmediato.

Elaborar y ejecutar el programa de Educación en servicios e investigación,concernientes a los Programas de Salud de la Institución.

Controlar y evaluar el desarrollo del trabajo propio del personal a su cargoy elaborar campañas de vacunaciòn en conjunto con el equipo y la comunidad.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese utilizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados y programar losrequerimientos de uso de los recursos materiales asigmados al puesto queocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0402

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 17: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:17 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segunsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Ley No.1 de 6 de enero de 1954, por la cual se reglamenta la carrera deEnfermería y se le da estabilidad y jubilación. G. O. No.12,295 de 12 defebrero de 1954.

Ley No.35 de 16 de febrero de 1956, por la cual se adiciona la Ley No.1 de 6de enero de 1954, reglamentaria de la Carrera de Enfermera. G.O. No.12,968 de

Ley No.2 de 17 de enero de 1962, por la cual se reglamentan las funciones deAuxiliares de Enfermeras y Practicantes en las Instituciones del Estado yMunicipales y se les da estabilidad y jubilación y se reforma el artículo 19de la Ley 1 de 1954. G.O. No. 14,558 de 25 de enero de 1962.

Decreto de Gabinete No.160 de 8 de julio de 1971, por el cual se modifica laescala de salarios del personal de Enfermería y de Auxiliares de Enfermeríadel Ministerio de Salud (MINSA). G.O. No.16,908 de 30 de julio de 1971

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras y Practicantes y Auxiliares de Enfermería queprestan servicios en las distintas dependencias del Estado, en lasinstituciones autónomas y semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclatura de cargos, normas deascenso y reconocimiento por los años de servicios. G.O. 17,146 de 20 dejulio de 1972.

Ley No.24 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifican y adicionanalgunos artículos de la Ley 1 de 6 de enero de 1954. G.O. No.19,725 de 5 deenero de 1983.

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifica el Artículo 2o.del Capítulo I del Decreto de Gabinete No. 87 del 16 de mayo de 1972, por elcual se crea el Escalafón para Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliares deEnfermeras (os), que prestan servicios en las distintas dependencias delEstado y se adiciona con otros Artìculos. G. O. No.19,725 de 5 de enero de1983.

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, por la cual se adiciona y modifica losartículos 7 t 8 de la Ley no.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones. G.O.No.20,138

Acuerdo Salarial de 7 de octubre de 1986, suscrito por el Ministerio de Salud(MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), y la Asociación Nacional de Enfermeras.

Acuerdo del 7 de septiembre de 2000, aprueba un incremento salarial a lasenfermeras y auxiliares de enfermería de la República de Panamá.

Ser graduada de Enfermera (o) sin registro y autorizada por el ComitéNacional de Enfermeras (os).

(Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982. G.O. No. 19,725).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA BASICA SIN REGISTRO

Page 18: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:18 DE 64

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA BASICA SIN REGISTRO

Page 19: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:19 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0421Código Institucional:

ENFERMERA JEFE INICIAL

Organizar y supervisar la atención de enfermería al paciente, familia ycomunidad integralmente en los aspectos de promoción, prevención, curación yrehabilitación, según los programas de salud a nivel de los servicios enHospitales, centros de salud y otras instalaciones de salud.

Coordinar y supervisar las labores de enfermería en los diferentes serviciosde un Hospital y otros Centros de Salud.

Planear las labores del personal de enfermería de los diferentes servicios yevaluar los informes realizados por enfermeras bajo su supervisìon.

Orientar al personal de enfermería, subalternos y auxiliares, acerca de laaplicación de nuevas técnicas y procedimientos de trabajo.

Informar al supervisor(a) sobre la condición de los pacientes y de cualquierincidente fuera de lo ordinario que ocurra durante el turno.

Verificar los registros de enfermería, descripciones exactas de los cuidadosde enfermería brindados a los pacientes.

Coordinar y participar de la capacitación que se imparten al personal deenfermería y elaborar los pedidos del material y equipo mèdico quirùrgicorequeridos.

Atender casos de urgencias o riesgo según complejidad del cuidado siguiendolas normas.

Evaluar al personal de enfermería bajo su supervisión, según criteriostécnicos científicos y biótico.

Confeccionar los turnos y monitorear la asistencia del personal y participaren la bùsqueda de soluciones cuando sea necesario.

Coordinar con los servicios de apoyo las acciones de enfermería relacionadascon la atención del paciente.

Elaborar informes técnicos y estadísticos sobre las acciones de enfermería,realizadas en los servicios.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de los recursos materiales asignados alpuesto que ocupa.

Evaluar los resultados de la capacitación recibida por el personal a su cargodirecto.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0501

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 20: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:20 DE 64

Planificar y programar permanentemente las actividades y tareas propias, delpersonal bajo su supervisión.

Dirigir y coordinar directamente al personal inmediatamente dependiente.

Ejecutar personalmente, las tareas indelegables previstas en el puesto yaquellas afines al mismo, según sea necesario.

Controlar y evaluar el desempeño el avance de actividades el logro deresultados de la unidad organizativa a su cargo.

BASE LEGAL

Ley No.1 de 6 de enero de 1954, " por la cual se reglamenta la carrera deEnfermería y se le da estabilidad y jubiliación". G. O. No.12,295 de 12 defebrero de 1954.

Ley No.35 de 16 de febrero de 1956, " por la cual se adiciona la Ley No.1 de6 de enero de 1954, reglamentaria de la Carrera de Enfermera". G. O.No.12,968.

Ley No.2 de 17 de enero de 1962, " por la cual se reglamentan las funcionesde Auxiliares de Enfermeras y Practicantes en las Instituciones del Estado yMunicipales y se les da estabilidad y jubilación y se reforma el Artículo 19de la Ley 1 de 1954". G.O. No.14,558 de 25 de enero de 1962.

Decreto de Gabinete No.160 de 8 de julio de 1971, " por el cual se modificala escala de salarios del personal de Enfermería y de Auxiliares deEnfermería del Ministerio de Salud (MINSA)" . G. O. No. 16,908 de 30 de juiode 1971.

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, " por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras y Practicantes y Auxiliares de Enfermería queprestan servicios en las distintas dependencias del Estado, en lasinstituciones autónomas y semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclaturas de cargos, normas deascenso y reconocimiento por los años de servicios ". G. O. No.17,146 de 20de juio de 1972.

Ley No.24 de 28 de diciembre de 1982, " por la cual se modifican y adicionanalgunos artículos de la Ley 1 de 6 de enero de 1954". G. O. No.19,725 de 5 deenero de 1983.

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifica el Artículo 2o.del Capítulo I del Decreto de Gabinete No.87 del 16 de mayo de 1972," por elcual se crea el Escalafón para Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliares deEnfermeras (os), que prestan servicios en las distintas dependencias delEstado y se adiciona con otros Artículos". G. O. No.19,725 de 5 de enero de1983.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Estar autorizada y registrada para el libre ejercicio de la profesión por elConsejo Técnico de Salud.

Tener Título Universitario a nivel de Licenciatura en Enfermería y cinco (5)años de experiencia o ser enfermera (o) titulada con diez (10) años deexperiencia.

(Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982. Gaceta Oficial No.19,725).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE INICIAL

Page 21: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:21 DE 64

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, " por la cual se adiciona y modifica losartículos 7 y 8 de la Ley No.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones". G.O. No.20,138.

Acuerdo Salarial de 7 de octubre de 1986, suscrito por el Minsiterio de Salud(MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), y la Asociación Nacional de Enfermeras.

Acuerdo del 7 de noviembre de 2000, que aprueba un incremento salarial alas enfermeras y auxiliares de enfermería de la República de Panamá.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE INICIAL

Page 22: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:22 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0430Código Institucional:

ENFERMERA JEFE INTERMEDIA

Organizar y supervisar la atención de enfermería al paciente, cliente, familiay comunidad integralmente en los aspectos de promoción, prevención, curación yrehabilitación, según los programas de salud a nivel local y el campo clínico,administrativo y Centros de Salud.

Planear y organizar todas las actividades de enfermería en el campo clínicoadministrativo y supervisar las labores de enfermerìa, en los diferentesservicios de salud.

Revisar e implementar normas de enfermería tanto administrativo como técnicasque estàn dentro del contexto de los avances de salud en coordinación con lajefa de enfermería del hospital.

Investigar las nuevas tendencias en la práctica de enfermería, evaluando suposible adaptación en el servicio.

Elaborar pedidos de instrumental médico y medicina, controla su utilización yrealizar inventarios periódicos.

Interpretar los reglamentos y disposiciones de la institución al personal,promoviendo su cumplimiento.

Supervisar la atención integral de enfermería eficiente y libre de riesgo parael paciente, familia y comunidad.

Evaluar y supervisar los servicios de enfermería de su área deresponsabilidad.

Realizar supervisión con objetivos claros y definidos para la administraciónde una atención individual integral.

Elaborar y evaluar las vacaciones,permisos, aplicaciones de medidasdisciplinarias y la programación mensual de trabajo del personal bajo suresponsabilidad.

Programar las necesidades de recursos materiales y humanos requeridos para elfuncionamiento del servicio en coordinación con la Jefe de Enfermería delHospital.

Coordinar programas de capacitación y educación continua para el personal bajosu responsabilidad para garantizar calidad de atención en coordinación conDocencia del Hospital y el equipo multidisciplinario.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajoque se realizan en la unidad bajo su responsabilidad.

Controlar la disponibilidad y el estado de los recursos asignados a la unidadbajo su responsabilidad.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0501

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 23: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:23 DE 64

Programar los requerimientos de uso de los recursos materiales asignados alpuesto que ocupa.

Planificar programar permanentemente las actividades y tareas propias delpersonal bajo su supervisión directa.

Dirigir y coordinaar directamente al personal inmediatamente dependiente.

Ejecutar personalmente, las tareas indelegables previstas en el puesto yaquellas afines al mismo, según sea necesario.

Controlar y evaluar el desempeño, el avance de las actividades y el logro deresultados de la unidad organizativa a su cargo.

BASE LEGAL

Ley No.1 de 6 de enero de 1954, por la cual se reglamenta la carrera deEnfermería y se le da estabilidad y jubilación. G. O. No.12,295 de 12 defebrero de 1954.

Ley No.35 de 16 de febrero de 1956, por la cual se adiciona la Ley No.1 de 6de enero de 1954, reglamentaria de la Carrera de Enfermera. G. O. No.12,968.

Ley No 2 de 17 de enero de 1962, por la cual se reglamentan las funciones deAxuliares de Enfermeras y Practicantes en las Instituciones del Estado yMunicipales y se les da estabilidad y jubilación y se reforma al Artículo 19de la Ley 1 de 1954. G. O. No.14,558 de 25 de enero de 1962.

Decreto de Gabinete No.160 de 8 de julio de 1971, por el cual se modifica laescala de salarios del personal de Enfermería y de Auxiliares de Enfermeríadel Ministerio de Salud (MINSA). G. O. No.16,908 de 30 de julio de 1971.

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras y Practicantes y Auxiliares de Enfermería queprestan servicios en las distintas dependencias del Estado, en lasinstituciones autónomas y semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclatura de cargos, normas deascenso y reconocimiento por los años de servicios. G. O. No. 17,146 de 20 dejulio de 1972.

Ley No.24 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifican y adicionanalgunas artículos de la Ley 1 de 6 de enero de 1954. G. O. No.19,725 de 5 deenero de 1983

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifica el Artículo 2o.del Capítulo I del Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por elcual se crea el Escalafón para Enfermeras (Os), Practicantes y Auxiliares deEnfermeras (os), que prestan servicios en las distintas dependencias delEstado y se adiciona con otros Artículos. G.O. No.19,725 de 5 de enero de

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Estar autorizada y registrada para el libre ejercicio de la profesión por elConsejo Técnico de Salud.

Tener Título Universitario a nivel de Licenciatura en enfermería y siete (7)años de experiencia o ser enfermera titulada con doce (12) años deexperiencia.

(Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982. G. O. No.19.725).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE INTERMEDIA

Page 24: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:24 DE 64

1983.

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, por la cual se adiciona y modifica losartículos 7 y 8 de la Ley No.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones. G.O. No.20,138.

Acuerdo Salarial de 7 de octubre de 1986, suscrito por el Ministerio de Salud(MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), y la Asociación Nacional de Enfermeras.

Acuerdo del 7 de septiembre de 2000, que aprueba un incremento salarial a lasenfermeras y auxiliares de enfermería en toda la República de Panamá.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE INTERMEDIA

Page 25: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:25 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0438Código Institucional:

ENFERMERA JEFE SUPERIOR

Planear y organizar todas las actividades referentes a la profesión deenfermería, intra y extra institucionalmente que aseguren una atención decalidad y cumplimiento de los programas y políticas de salud en las distintasinstituciones, áreas, regiones o a nivel nacional.

Coordinar el recurso humano de enfermería a nivel nacional, regional y localde acuerdo a las necesidades de atención del país con las autoridadesrespectivas y con el equipo multidisciplinario.

Aplicar y evaluar el Sistema de Evaluación que permitan el mantenimiento de ladisciplina y moral del personal a su cargo y participar en la definiciòn de laestructura y organizaciòn de los programas y de los servicios locales en casosnecesarios.

Elaborar y coordinar programas de educación continua y permanente que permitareforzar las acciones en el I, II, y III nivel de atención.

Establecer y coordinar los mecanismos de comunicación con los nivelesregionales, nacionales e internacionales en materia de investigación.

Participar en actividades de investigación de la Dirección Institucional deInvestigación en Salud.

Coordinar con la Facultad de Enfermería, para el desarrollo de proyectos deinvestigación que permitan la intervención efectiva de problemas prioritariosde salud y de enfermería con enfoque multidisciplinario.

Coordinar con la Facultad de Enfermería la actualización de los programas deformaciòn del personal de apoyo y de enfermería considerando los cambios ynecesidades de la población y otras entidades de acuerdo a las demandas realesde atención.

Distribuir al personal en los diferentes servicios de acuerdo a lasnecesidades y demandas de la población.

Dirigir el sistema continuo de evaluación de la atención de enfermería, que sele brinda al paciente para mantener el monitoreo requerido para evaluar lacalidad de atención recibida por el paciente.

Participar junto al equipo multidisciplinario en la detección de recursos yfactores de la comunidad que permitan en forma real y factible la salud de lapoblación facilitando la evaluación de valorar la atención integral delpaciente.

Mantener actualizada las normas técnicas administrativas del servicio deenfermerìa y las descripciones de los cargos de enfermería, estableciendosistemas de supervisión y evaluación para el personal de enfermería y evaluarenfermeras coordinadoras a nivel nacional, regional y enfermeras jefe de

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0501

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 26: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:26 DE 64

hospitales nacionales.

Brindar asesoría en materia de investigación a los niveles regionales ylocales, ademàs de mantener actualizado el banco de datos con el registro delas investigaciones realizadas por las enfermeras a Nivel Nacional.

Realizar informes técnicos sobre las actividades realizadas en los programasbajo su responsabilidad y elaborar propuestas de reorganizaciòn de los mètodosy procesos de trabajo que utilizan en el puesto que ocupa

Controlar la disponibilidad y el estado de los recursos asignados y programarlos requerimientos de uso de los recursos materiales asignados al puesto queocupa.

Planificar y programar permanentemente las actividades y tareas propias delpersonal bajo su supervisión directa.

Ejecutar personalmente las tareas indelegables previstas en el puesto yaquellas afines al mismo, según sea necesario.

Dirigir y coordinar directamente al personal inmediatamente dependiente.

Controlar y evaluar el desempeño, el avance de las actividades y el logro deresultados de la unidad organizativa a su cargo.

BASE LEGAL

Ley No.1 de 6 de enero de 1954, por el cual se reglamenta la carrera deEnfermería y se le da estabilidad y jubilación. G. O. No. 12,295 de 12 defebrero de 1954.

Ley No.35 de 16 de febrero de 1956, por la cual se adiciona la Ley No.1 de 6de enero de 1954, reglamentaria de la Carrera de Enfermera. G. O. No.12,968.

Ley No.2 de 17 de enero de 1962, por la cual se reglamentan las funciones deAuxiliares de Enfermeras y Practicantes en las Instituciones del Estado yMunicipales y se les da estabilidad y jubilación y se reforma el Artículo 19de la Ley 1 de 1954. G. O. No. 14,558 de 25 de enero de 1962.

Decreto de Gabinete No. 160 de 8 de julio de 1971, por el cual se modifica laescala de salarios del personal de Enfermería y de Auxiliares de Enfermeríadel Ministerio de Salud (MINSA). G. O. No.16,908 de 30 de julio de 1971.

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras y Practicanates y Auxiliares de Enfermería queprestan servicios en las distintas dependencias del Estado, en lasinstituciones autónomas y semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclatura de cargos, normas deascenso y reconocimiento por los años de servicios. G.O. No.17,146 de 20 de

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Estar autorizada y registrada para el libre ejercicio de la profesión por elConsejo Técnico de Salud.

Tener Título Universitario a nivel de Licenciatura en Enfermería y diez (10)años de experiencia o ser Enfermera (o) títulada con catorce (14) años deservicio.

Comprobar estudios adicionales sobre el cargo que va a desempeñar.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE SUPERIOR

Page 27: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:27 DE 64

julio de 1972.

Ley No.24 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifican y adicionanalgunos artículos de la Ley 1 de 6 de enero de 1954. G. O. No.19,725 de 5 deenero de 1983.

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, por la cual se modifica el Artículo 2o.del Capítulo I del Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, por elcual se crea el Escalafón para Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliares deEnfermeras (os), que prestan servicios en las distintas dependencias delEstado y se adiciona con otros Artículos. G. O. No.19,725 de 5 de enero de1983.

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, por la cual se adiciona y modifica losartículos 7 y 8 de la Ley No.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones. G.O. No.20,138.

Acuerdo Salarial de 7 de octubre de 1986, suscrito por el Minsiterio de Salud(MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), y la Asociación Nacional de Enfermeras.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implementò una nueva escala salarial.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ENFERMERA JEFE SUPERIOR

Page 28: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:28 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0310Código Institucional:

FARMACEUTICO

Ejecutar labores profesionales de farmacia y realizar análisis de recetas ydrogas, almacenaje de drogas, almacenaje y manipulación de medicamentos, ladispensión y preparación de fármacos en las diferentes instalaciones de salud.

Analizar los medicamentos registrados en recetas, así como las drogas.

Preparar y despachar medicamentos.

Verificar las prescripciones médicas, considerando todos los aspectosfarmacoterapéuticos.

Verificar dosis, vencimientos y almacenaje de drogas.

Actualizar los aspectos farmacoterapéuticos, al personal médico, de enfermeríay otros.

Aplicar las normas legales que rigen el manejo de drogas y otros productosfarmacéuticos.

Orientar a la comunidad sobre el uso correcto y razonable de los medicamentos.

Ejecutar programas relacionados con la salud de la comunidad.

Revisar e instruir, ocasionalmente, sobre el trabajo al personal de menornivel.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, las

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA JUDICIALSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 29: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:29 DE 64

tareas de otros.

BASE LEGAL

Ley No.24 de 21 de octubre de 1983, por la cual se establece y reglamenta elEscalafón para la Carrera de Farmacéutico al servicio del Estado en elterrigorio Nacional. G. O. 19,930 de 2 de noviembre de 1983.

Acuerdo AMOACSS de 7 de mayo de 1985 suscrito por la Caja de Seguro Social yla Asociación de Farmacéuticos al servicio del Estado y el Colegio Nacionalde Farmacéuticos.

Resuelto No.02358 de 5 de octubre de 1988," por la cual se aprueba en todassus partes el Reglamento de Concurso de Funciones de jefatura y subjefaturade Farmacéuticos al servicio del Ministerio de Salud, establecidas en la LeyNo.24 de 21 de octubre de 1983 y el Acuerdo Ministerial de 24 de junio de1985". G. O. 21,158 de 18 de octubre de 1988.

Resuelto No. 0338 de 21 de marzo de 1989 " por la cual se reglamenta elescalafón para la carrera de farmacéuticos al servicio del Estado en elterritorio nacional. G. O. 21,282 de 28 de abril de 1989.

Decreto Ejecutivo No. 625 de 3 de septiembre de 1992, " por el cual sereglamenta la Ley No.24 de 21 de octubre de 1983". G. O. 22,121 de 14 deseptiembre de 1992.

Decreto Ejecutivo No.106 del 25 de marzo de 2004, modifica el DecretoEjecutivo 625 de 1992 e incrementa la escala salarial de los Farmacéuticos alServicio del Estado.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

Tener nacionalidad panameña.

Poseer título de Licenciado en Farmacia Universidad en Licenciatura enFarmarcia.

Poseer certificado de idoneidad otorgado por el Consejo Técnico de Salud.

(Ley No. 24 de 21 de octubre de 1983. Gaceta Oficial No 19.930 de 2 denoviembre de 1983).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL FARMACEUTICO

Page 30: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:30 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0211Código Institucional:

FISIOTERAPEUTA Y/O KINESIOLOGO.

Coordinar y realizar labores de formación, prevención, evaluación ytratamiento fisioterapéutico a pacientes referidos por un médico pararestaurarles en la medida de lo posible la función, aliviar el dolor yprevenir la incapacidad después de una enfermedad, trauma o pérdida de algunaparte del cuerpo.

Consultar la historia clínica del paciente para obtener información pertinentea terapia física e interpretar la prescripción médica.

Aplicar el plan de tratamiento para mantener y/o aumentar la amplitudarticular, desarrollar destreza y equilibrio, corregir posturas y mecánicasarticulares, aumentar la resistencia el esfuerzo físico, reducir alteracionesfuncionales motoras o viscerales, efectuar tratamiento senso- persectiva y derestructuración del esquema corporal y estimulación del desarrollo motor.

Realizar mesoterapia, movilización termoterapia, elèctroterapia, hidroterapia,crioterapia, fototerapia, reeducación muscular y ejercicios terapéuticos através de la aplicación de los agentes físicos.

Orientar e instruir al paciente y familiares en las adaptaciones necesarias enel ámbito propio del paciente para mejorar su función e independencia.

Participar en la formación de docencia e investigación y orientar a lacomunidad sobre las técnicas correctas de mecánica corporal para evitarprocedimientos invalidantes.

Capacitar y supervisar al paciente y su familia en planes de tratamiento ymantenimiento del bastón, muletas y prótesis.

Evaluar la capacidad permanente, respuestas reflejos, posturas, actividadesbásicas cotidianas, capacidad pulmonar y, realizar tratamiento Kinésicorespiratorio.

Efectuar examen funcional y muscular y, establecer tratamiento.

Medir la amplitud y fuerza muscular; además, la resistencia al esfuerzo y,realizar tratamiento cardiaco.

Participar en la evaluación dinámica de la marcha con instrumental y deprótesis y órtesis.

Entrenar al paciente en posturas, marchas, traslados y actividades básicascotidianas.

Evaluar la organización sensoperceptiva y estructuración del esquema corporal.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realiza en el puesto que ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 31: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:31 DE 64

Controlar disponibilidad y estado de los recursos materiales asignados yprogramar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Acuerdo Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y el Ministerio dePlanificación y Política Económica de 27 de mayo de 1979, por el cual seestablece escalafón para Fisioterapistas y otros grupos afines.

Acuerdo No. 2 Caja de Seguro Social, Ministerio de Salud de 25 de agosto de1981, por el cual se adiciona la VI Categoría de Escalafón de este gremio.

Ley 47 de 22 de noviembre de 1984, por la cual se reglamenta el ejercicio dela profesión de Fisioterapia y/o Kinesiología en el territorio nacional y seda estabilidad. G.O. No.20,195.

Acuerdo AMOACSS de 7 de mayo de 1985, sobre el Manual de Clasificación dePuestos para los Trabajadores de la Salud de la Caja de Seguro Social.

Acuerdo MINSA-APAFIK de 26 de febrero de 1992, por el cual se adoptó laEscala Salarial del Acuerdo AMOACSS de 1985. G. O. No.21,194.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordinadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnico de laSalud que implemento un nueva escala de salario.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Ser panameño.

Poseer diploma de Fisioterapeuta y/o Kinesiólogo expedido por una universidado escuela reconocida por la Confederación Mundial de Terapia Física con unperíodo de estudios no menor de tres (3) años.

Certificado de idoneidad profesional expedido por el Consejo Técnico deSalud.

(Ley No.47 de 22 de noviembre de 1984. G. O. No.20,195).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL FISIOTERAPEUTA Y/O KINESIOLOGO.

Page 32: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:32 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS2309Código Institucional:

HISTOTECNOLOGO I

Realizar trabajos en un Laboratorio de Histología, realizando corte,procedimientos de muestras de especimenes de distinta índole, preparación desoluciones y reactivos.

Recibir especìmenes y verificar que coincidan los datos del formulario con elde la muestra.

Coordinar según el libro de registro de biopsias y ròtula con el código, elenvase y formulario correspondiente.

Procesar las muestras con fijación, deshidratación, aclaración e infiltraciónen parafina de los tejidos preparándolos para su posterior corte.

Confeccionar con los tejidos procesados los bloques de parafina,identificándolos, cotejándolos, con el formulario y la biopsia trabajada.

Efectúar cortes en tamaño de micras para la confección de laminillas con elmicrótomo.

Efectúar tinciones de Hematoxilina eosina todos los cortes obtenidos.

Limpiar y colocar el cubreobjetos y la etiqueta a todos los cortes obtenidos.

Confeccionar las laminillas en los casos de corte por congelación paradeterminar diagnósticos rápidos.

Mantener y controlar a la temperatura de los aparatos de altas precisión comoprocesadores, criostatos, flotadores de tejido, platos calientes y hornos.

Preparar soluciones y reactivos para realizar los estudios.

Participar en el desarrollo y evaluación de nuevos procedimientos en elLaboratorio.

Elaborar propuestas de reoganización de los métodos y procesos de trabajos quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar disponidad y estado de los recursos asignados al ocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga detrabajo que se le establezcan.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCQ0302

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 33: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:33 DE 64

Ejecutar la tareas previstas en el puesto y aquellos afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

BASE LEGAL

Resolución No. 7 de 15 de diciembre de 1992.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

Poseer título de carrera intermedia universitaria de dos (2) años enHistología o Bachillerato en Ciencias y un entrenamiento teórico y prácticode un (1) año de duración en Histología, efectuado éste en una Institución deSalud Nacional o extranjera reconocida por el Ministerio de Salud.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL HISTOTECNOLOGO I

Page 34: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:34 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS2310Código Institucional:

HISTOTECNOLOGO II

Realizar trabajos de supervisión en un Laboratorio de Histología corte,procedimientos de muestras de especímenes de distinta índole, preparación desoluciones y reactivos.

Recibir especimenes y verificar que coincidan los datos del formulario con elde la muestra y codificar según el libro de registro de biopsias y rotula conel envase y formulario.

Procesar las muestras con fijación, deshidratación, aclaración e infiltraciónen parafina de los tejidos preparándolos para su posterior corte al acrótamo.

Confecciona los Bloques de parafina de los tejidos procesados cotejándolos conel formulario y las laminillas para que el patólogo pueda dar un diagnósticoal paciente compaginar todas las laminillas contra las solicitudes comparandoal número de fragmentos y el tipo de tejido para evitar errores.

Limpiar y colocar el cubreobjeto y la etiqueta a todo los corte obtenidospreparar soluciones y reativos para raelizar los estudios en el Laboratorio.

Efectúar tinciones de Hematoxilina eosina a todo los corte obtenidos ytinciones especiales en los casos que el patólogo requiera llegar a undiagnóstico diferencial en cuanto a tipo de tumor o el patógeno que presentela muestra (como hongos, bacterias, ect.).

Revisar periódicamente el grado de efectividad de los tintes y soluciones,tanto en la atención de rutina como en las tinciones especiales y lleva elcontrol de calidad de los mismos.

Mantener y controlar temperatura de los aparatos de alta precisión, comocriostatos procesadores, flotadores de tejidos, platos calientes y hornos.

Preparar la estadísticas diaria y mensuales de los análisis realizados yconfeccionar los cuadros de trabajos en la microcomputadora.

Participar en el desarrollo y evaluación de nuevos procedimientos en elLaboratorio.

Preparar programas e impartir docencia al personal en adiestramiento.

Supervisar al personal asignado bajo su responsabilidad.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajosque se realizan en el puesto que ocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCQ0402

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 35: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:35 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar la tareas previstas en el puesto y aquellos afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Resolución No. 7 de 15 de diciembre de 1992.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Posee un título universitario en Biología o su equivalente docente.

Requiere de un entrenamiento mínimo de un (1) año en Histología, efectuado enuna Institución de Salud autorizada por el Ministerio de Salud o enInstituciones de Educación Superior reconocidas por la Universidad de Panamáy el Ministerio de Salud.

Poseer idoneidad, expedido por el Consejo Técnico de Salud.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL HISTOTECNOLOGO II

Page 36: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:36 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0064Código Institucional:

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE APOYO

Realizar trabajos de dirección, coordinación y supervisión de las actividadesde atención, rehabilitación, docencia e investigación.

Planear, programar, dirigir y evaluar las actividades inherentes a surespectiva área o jurisdicción.

Elaborar un Manual de Organización, funciones, normas y procedimientos delDepartamento, manteniendo la misión, visión y valores de la Institución.

Organizar al personal y definir sus funciones, con el fin de que se logren lasmetas y los objetivos propuestos.

Coordinar y supervisar las acciones tendientes a sumar esfuerzos para alcanzarlas metas propuestas.

Coordinar y supervisar la ejecución de las actividades que se realizan en losdiferentes servicios y Secciones Médicas bajo su jurisdicción.

Elaborar anualmente, un anteproyecto de presupuesto de su área e informar contiempo, las necesidades del Recurso Humano.

Evaluar junto con el Coordinador de Docencia e Investigación del Departamento,el adecuado cumplimiento de los programas de docencia e investigación.

Realizar conjuntamente con los otros Jefes subordinados auditorías médicas,así como utilizar otros sistemas de evaluación de la calidad de la atención desalud, en los distintos servicios y secciones a su cargo.

Participar en la elaboración de los programas de atención que preparen losJefes de las dependencias a su cargo y vigilar que se cumplan.

Velar por la correcta evolución científica y laboral del personal y estimularlas acciones tendientes a proporcionar a los pacientes, una atención médica debuena calidad y de alta eficiencia y eficacia.

Formar parte de la Comisión de Admisión Médica cuando se requiera.

Hacer cumplir las leyes, reglamentos, normas y disposiciones basadas en elrespeto mutuo y la jerarquía.

Elaborar informes periódicos de las labores realizadas.

Elaborar un informe anual de las actividades realizadas.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Planificar y programar permanentemente las actividades y tareas del personalbajo su supervisión directa y eventualmente, las de aquellos bajo su

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0601

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 37: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:37 DE 64

supervisión indirecta.

Dirigir y coordinar directamente al personal inmediatamente dependiente, y, através de este, si es el caso a otro personal indirectamente.

Ejecutar, personalmente, las tareas indelegables previstas en el puesto yaquellas afines al mismo, según sea necesario.

Controlar y evaluar el desempeño, el avance de actividades, el logro deresultados, el uso de los recursos y el presupuesto de la unidad organizativade su cargo.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969.G.O. 16,297 del 11 defebrero de 1969.

Decreto de Gabinete No.196 de 24 de junio de 1970. G.O. No.16,639 de 3 dejulio de 1970.

Ley No. 78 de 20 de septiembre de 1973. G.O 17,447.

Acuerdo de Huelga de 14 de agosto de 1978.

Acuerdo Salarial de 29 de agosto de 2000.G.O. 24,140.

Título Universitario de Doctor en Medicina.

Poseer Certificado de Idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud comoMédico General y como Médico Especialista.

Las Jefaturas de los Departamentos Médicos serán desempeñadas por MédicosEspecialistas activos de primera categoría

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE APOYO

Page 38: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:38 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0061Código Institucional:

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA ONCOLOGICA

Realizar trabajos de dirección, coordinación, y supervisión de las actividadesde atención, rehabilitación, prevención, docencia e investigación.

Planear, programar, dirigir y evaluar las actividades inherentesa surespectiva área o jurisdicción.

Elaborar un Manual de Organización, funciones, normas y procedimientos deldepartamento, manteniendo la misión, visión y valores de la Institución.

Organizar al personal y definir sus funciones, con el fin de que se logren lasmetas y los objetivos propuestos.

Coordinar y supervisar las acciones tendientes a sumar esfuerzos para alcanzarlas metas propuestas.

Coordinar y supervisar la ejecución de las actividades que se realizan en losdiferentes Servicios y Secciones bajo su jurisdicción.

Elaborar anualmente, un anteproyecto de presupuesto de su área e informar contiempo, las necesidades del Recurso Humano.

Evaluar junto con el Coordinador de Docencia e Investigación del Departamento,el adecuado cumplimiento de los programas de docencia e investigación.

Realizar conjuntamente con los otros Jefes subordinados auditorías médicas,así como utilizar otros sistemas de evaluación de la calidad de la atención desalud, en los distintos servicios y secciones a su cargo.

Participar en la elaboración de los programas de atención que preparen losJefes de la dependencias a su cargo y vigilar que se cumplan.

Velar por la correcta evolución científica y laboral del personal y estimularlas acciones tendientes a proporcionar a los pacientes, una atención médica debuena calidad y de alta eficiencia y eficacia.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Planificar y programar permanentemente las actividades y tareas del personalbajo su supervisión directa y eventualmente, las de aquellos bajo susupervisión indirecta.

Dirigir y coordinar directamente al personal inmediatemente dependiente, y, através de este, si es el caso a otro personal indirectamente.

Ejecutar, personalmente, las tareas indelegables previstas en el puesto yaquellas afines al mismo, según sea necesario.

Controlar y evaluar el desempeño, el avance de actividades, el logro deresultados, el uso de los recursos y el presupuesto de la unidad organizativa

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0601

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 39: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:39 DE 64

a su cargo.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969, " por la cual se reglamentala carrera de Médico Interno, Residente, Especialista y Odontológo, y se creael cargo de Médico General y Médico Consultor".G.O. 16,297 de 11 de febrerode 1969.

Decreto de Gabinete No.196 de 24 de junio de 1970, " por la cual seestablecen los requisitos para obtener la idoneidad y libre ejercicio de laMedicina y otras profesiones afines G.O. 16,639 de 3 de julio de 1970.

Ley No.78 de 20 de septiembre de 1973, mediante la cual se aumentan lossueldos de Médicos Generales de IV, V y VI

Acuerdo de Huelga de 14 de agosto de 1978.

Acuerdo Salarial de 29 de agosto de 2000 celebrado entre la Comisión MédicaNegociadora Nacional (COMENENAL), Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social, por la cual se aprueba un incremento salarial a los Médicos, Odontológos dela Repùblica de Panamá.G.O. 24,140.

Título Universitario de Doctor en Medicina.

Poseer Certificado de Idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud comoMédico General y como Médico Especialista.

Las Jefaturas de los Departamentos Médicos serán desempeñados por MédicosEspecialistas activos de primera Categoría

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA ONCOLOGICA

Page 40: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:40 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0622Código Institucional:

LABORATORISTA CLINICO.

Aplicar los conocimientos de las ciencias biológicas, físicas y químicas a losanálisis de muestras de laboratorios clínicos públicos y privados, destinadosa la promoción protección recuperación y rehabilitación de la salud.

Orientar al asistente y recepcionista sobre los requisitos previos para losanálisis de laboratorio y práctica flebotomía.

Preparar reactivos y colorantes.

Reportar los resultados de los exámenes practicados.

Mantener el control de los requisitos de pacientes, muestras biológicas y susresultados.

Analizar las muestras biológicas de interés sanitario en las instalaciones delaboratorio de acuerdo a la solicitud de la instancia correspondiente.

Definir y supervisar las actividades que realizan asistentes y auxiliares delaboratorio clínico.

Participar y cumplir con los programas de control y aseguramiento de calidad.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y, oportunidad de manera informal y/o eventual, las

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 41: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:41 DE 64

tareas de otros.

BASE LEGAL

Ley No.74 de 19 de septiembre de 1978 por medio de la cual se reglamenta laprofesión de Laboratorista Clínico y se les da estabilidad. G.O. No.18,680.

Decreto No.259 de 9 de octubre de 1978, Por el cual se reglamenta elEscalafón para Laboratoristas Clínicos, Asistentes y Auxiliares deLaboratorio Clínico del Ministerio de Salud; Caja de Seguro Social yPatronatos. G.O.18,865.

Ley No.8 de 25 de abril de 1983, Por la cual se introducen adiciones ymodificaciones a la Ley que regula el ejercicio de la Profesión deLaboratorista Clínico. G.O. 19,800.

Acuerdo Ministerio de Salud, Ministerio de Planificación y Política Económicay Caja de Seguro Social de 1o. de junio de 1984, por el cual se reconoce laescala salarial del gremio.

Acuerdo entre el Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y el ColegioNacional de Laboratoristas Clínicos de Panamá (Comenenal), de 2 de noviembrede 2000, por la cual se aprueba incremento. salarial a los LaboratoristasClínicos de la República de Panamá.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordinadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnico de laSalud que implemento un nueva escal de salario.

Laboratorista Segundo Nivel:

Ser de Nacionalidad panameña.

Poseer certificado de Laboratorista otorgado por el Ministerio de Salud o laCaja de Seguro Social.

Idoneidad profesional.

Licencia del Consejo Técnico de Salud para ejercer la profesión.

Registro en el Colegio Nacional de Laboratoristas Clínicos.

Laboratorista Tercer Nivel:

Ser de nacionalidad panameña.

Poseer título universitario en Tecnología Médica o su equivalente.

Idoneidad profesional.

Licencia del Consejo Técnico de Salud para ejercer la profesión.

Registro en el Colegio Nacional de Laboratoristas Clínicos.

(Decreto No. 259 de 9 de octubre de 1978. G.O. No. 18,865 .

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL LABORATORISTA CLINICO.

Page 42: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:42 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS1311Código Institucional:

MEDICO ESPECIALISTA

Practicar la medicina especializada, diagnósticos y recomendar el tratamientoadecuado aplicable a un tipo determinado de enfermedades trastornos y lesionesdel cuerpo humano en hospitales, Patronatos y Centros de Salud oficiales decarácter Médico rehabilitador, curativo, preventivo o promocional.

Examinar pacientes referidos por un médico de medicina general u otro médicoespecialista.

Prescribir exámenes de laboratorio, de radiología médica y otros estudiosespeciales, si el caso lo amerita, necesarios para formular un diagnóstico.

Diagnosticar la enfermedad o padecimiento del paciente, indicando eltratamiento a seguir, de acuerdo a la especialidad.

Elaborar la historia clínica del paciente al igual que el registro de lainformación del paciente en documentos médico legales según sea la necesidad.

Participar activamente en las actividades comunitarias que hayan sidopriorizadas en la instalación donde labora.

Realizar intervenciones quirúrgicas y otros procedimientos médicos, propios desu especialidad.

Contribuir al desarrollo de la participación social en salud.

Practicar el seguimiento y control a pacientes hospitalizados o ambulatorios,que están bajo su cuidado.

Impartir instrucciones al personal auxiliar y profesional sobre las técnicas yprocedimientos propios de su especialidad.

Participar en los procesos de planificación, seguimiento y evaluación depolíticas, planes y programas de salud.

Promover programas de docencia e investigación y ejecutar acciones depromociòn de salud y prevenciòn de daños.

Registrar las estadísticas de los pacientes atendidos.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados y programar losrequerimientos de uso de recursos materiales asignados al puesto que ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajo

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 43: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:43 DE 64

que se establezcan.

Ejecutar las tareas prevista en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No. 16 de 22 de enero de 1969, "Por la cual se reglamentala carrera de Médico Interno, Residentes, Especialista y Odontólogo, y secrea el cargo de Médico General y de Médico Consultor". G.O. No. 16,297 de 11de febrero de 1969.

Decreto de Gabinete No.196 de 24 de junio de 1970, "Por el cual se establecenlos requisitos para obtener la idoneidad y libre ejercicio de la Medicina yotras profesiones afines". G. O. No.16,639 de 3 de juio de 1970.

Ley No. 78 de 20 de septiembre de 1973, mediante la cual se aumentan lossueldos a Médicos Generales de IV, V y VI categoría; a Residentes de I y IIcategorías y a Odontólogos Internos de I categoría del Ministerio de Salud.G.O. 17,447.

Acuerdo de Huelga de 14 de agosto de 1978.

Acuerdo Salarial de 29 de agosto de 2000 celebrado entre la Comisión MédicaNegociadora Nacional (COMENENAL), Ministerio de Salud y la Caja de SeguroSocial, Por la cual se aprueba un incremento salarial a los Médicos yOdontólogos de la República de Panamá. G.O. 24,140.

Ser Panameño.

Haber obtenido el Título de Mèdico expedido por una Universidad Nacional oextranjera reconocida por el repectivo país.

Haber obtenido el Título de Médico en la especialidad respectiva.

Dos (2) años de experiencia como Médico Interno.

Poseer certificado de idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL MEDICO ESPECIALISTA

Page 44: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:44 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS1302Código Institucional:

MEDICO GENERAL

Realizar la práctica de medicina en Centros de Salud, Hospitales y Patronatosde carácter proporcional preventivo curativo, diagnosticando y recomendando eltratamiento adecuado.

Practicar exámenes de medicina general y formular diagnósticos y asíprescribir el tratamiento a seguir.

Elaborar la historia clínica del paciente y registrar los hallazgosencontrados durante un examen físico al paciente.

Ordenar análisis y exámenes de laboratorio de radiología médica y estudiar losresultados.

Realizar interconsultas y remitir pacientes a médicos especialistas, cuando elcaso lo requiere.

Promover y participar en programas de docencia e investigación.

Expedir certificados médicos de salud y de incapacidad.

Participar en los procesos de planificación, seguimiento y evaluación depolíticas, planes, programas y proyectos de salud.

LLevar el control de pacientes hospitalizados o ambulatorios que están bajo sucuidado.

Llevar controles estadísticos actualizados con fines científicos yadministrativos.

Impartir intrucciones al personal auxiliar y profesional sobre las técnicas yprocedimientos propios de la materia.

Ejecutar acción de promoción de la salud y prevención de daños y contribuir enel desarrollo de la participaciòn social en salud.

Participar activamente en las actividades comunitarias, que hayan sidopriorizadas en la instalación donde labora.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados y programar losrequerimientos de uso de recursos materiales asignados al puesto que ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 45: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:45 DE 64

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, latareas de otros.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969, "Por el cual se reglamentala carrera de Médicos Internos, Residentes, Especialistas y Odontólogos, y secrea el cargo de Médico General y de Médico Consultor" . G. O. No.16,297 de11 de febrero de 1969.

Decreto de Gabinete No.196 de 24 de junio de 1970, "Por el cual se establecenlos requisitos para obtener la idoneidad y libre ejercicio de la medicina yotras profesiones afines". G. O. No.16.639 de 3 de julio de 1970.

Ley No. 78 de 20 de septiembre de 1973, mediante la cual se aumentan lossueldos a Médicos Generales de IV, V y VI categoría; a Residentes de I y deII categoría y a Odontólogos Internos de I categoría del Ministerio de Salud. G.O. 17,447.

Acuerdo de Huelga del 14 de agosto de 1978.

Acuerdo salarial de 29 de agosto de 2000 celebrado entre la Comisión MédicaNegociadora Nacional (COMENENAL), Ministerio de Salud y la Caja de SeguroSocial, por la cual se aprueba un incremento salarial a los Médicos yOdontólogos de la República de Panamá. G.O. 24,140.

Ser panameño.

Haber obtenido el Título de Médico expedido por una Universidad Nacional oextranjera, reconocida por el respectivo país.

Dos (2) años de experiencia como Médico Interno.

Poseer Certificado de Idoneidad como Médico General, expedido por el ConsejoTécnico de Salud.

(Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969. Gaceta Oficial No.16,297)

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL MEDICO GENERAL

Page 46: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:46 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS1308Código Institucional:

MEDICO RESIDENTE

Practicar la medicina en hospitales y patronatos oficiales, de carácter médicocurativo, preventivo o curativo-preventivo diagnosticando y recomendando eltratamiento adecuado, en el servicio médico donde ha sido asignado, bajo laorientación de profesionales especialistas y/o residentes de mayor jerarquía.

Prescribir medicamentos y administrar tratamientos a pacientes referidos alservicio donde ha sido asignado, de conformidad con las normas de atenciónestablecidas.

Elaborar la historia clínica del paciente y seguir la evolución deltratamiento indicado.

Atender labores asignadas en consulta interna y urgencia.

Controlar a pacientes hospitalizados, a través de visitas médicas periódicas.

Cumplir turnos de guardia que le sean asignados.

Elaborar programas de docencia e investigación.

Impartir instrucciones al personal auxiliar y profesional, sobre las técnicas,procedimientos y normas de atención del servicio respectivo.

Orientar a pacientes, familiares y público en general, respecto al tratamientoy cuidado apropiado en el hogar y sobre el mantenimiento condicionessanitarias, para el control y prevención de enfermedades.

Ejecutar intervenciones quirúrgicas mayores o en tratamientos correspondientesa una especialidad médica.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 47: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:47 DE 64

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidady, de manera informal y/o eventual, la tareasde otros.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969, "por el cual se reglamentala carrera de Médicos Internos, Residentes, Especialistas y Odontólogos, secrea el cargo de Médico General y de Médico Consultor. G. O. No.16,297 de 11de febrero de 1969.

Decreto de Gabinete No. 196 de 24 de junio de 1970, "Por el cual seestablecen los requísitos para tener la idoneidad y libre ejercicio de lamedicina y otras profesiones afines". G. O. No.16,639 de 3 de julio de 1970.

Acuerdo de Huelga del 14 de agosto de 1978.

Acuerdo salarial de 29 de agosto de 2000 celebrado entre la Comisión MédicaNegociadora Nacional (COMENENAL), Ministerio de Salud y la Caja de SeguroSocial, Por la cual se aprueba un incremento salarial a los Médicos y Odontólogos dela República de Panamá. G.O. 24,140.

Ser panameño.

Haber obtenido el Título de Médico expedido por una Universidad Nacional oextranjera, reconocida por el respectivo país.

Dos (2) años de experiencia como médico interno

Poseer certificado de idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud.

(Ley No.16 de 22 de enero de 1969. Gaceta Oficial No.16,297).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL MEDICO RESIDENTE

Page 48: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:48 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS1315Código Institucional:

ODONTOLOGO

Realizar labores médico curativas, preventivo o curativo-preventivo,diagnosticando y recomendando el tratamiento adecuado.

Practicar exámenes de medicina oral.

Diagnosticar y prescribir el tratamiento que debe seguirse.

Elaborar la historia clínica del paciente.

Realizar procedimientos especiales para ayudar en el diagnóstico.

Ordenar análisis y examenes de laboratorio y estudiar los resultados.

Realizar intervenciones de cirugía orales a pacientes hospitalizados oambulatorios.

Registrar el control de pacientes hospitalizados o ambulatorios bajo cuidado ylas estadísticas actualizadas, de los pacientes atendidos.

Impartir instrucciones al personal auxiliar sobre las técnicas yprocedimientos propios de su especialidad.

Programar el consumo de medicamentos y materiales.

Elaborar informes sobre los pacientes atendidos y las dificultadespresentadas.

Realizar labores de docencia de investigación, en el área de la odontología.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa y elaborar programas y medidas decararàcter preventivo, para la salud bucal de la pobloaciòn.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 49: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:49 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, latareas de otros.

BASE LEGAL

Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969, "Por la cual se reglamentala carrera de Médicos Internos, Residentes, Especialistas y Odontólogos, y secrea el cargo de Médico General y de Médico Consultor". G. O. No. 16,297 de11 de febrero de 1969.

Acuerdo de Huelga de 14 de agosto de 1978.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Ser panameño.

Haber obtenido el título de Médico Odontólogo expedido por una universidadnacional o extranjera reconocida por el respectivo país.

Dos (2) años de experiencia profesional como Odontólogo Interno.

Poseer certificado de indoneidad expedido por el Consejo Técnico de Salud.

(Decreto de Gabinete No.16 de 22 de enero de 1969. Gaceta Oficial No.16,297).

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL ODONTOLOGO

Page 50: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:50 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS2312Código Institucional:

PSICOLOGO

Realizar actividades de atención psicológica a pacientes oncológicos, ademásde organizar, dirigir y evaluar las pruebas psicométricas a grupos vivencialespara establecer diagnósticos indivuduales, comunicatorios y/o programas tantode prevención como promoción y de atención en salud mental.

Realizar entrevista individuales o grupos para orientación psico-educativa,selección e investigación.

Administratar, evaluar y analizar pruebas psicométricas (proyectivas,aptitudes, personalidad. etc.) y otras para establecer diagnósticospsicológicos.

Organizar y dirigir grupos vivenciales como parte de los programasinstitucionales y/o comunitarios especificamente en salud mental.

Brindar conocimientos en materia de salud mental en la ateción de pacientesoncológicos al personal profesional y sub-profesional así como a lasasociaciones amigas de la institución.

Identificar y canalizar hacia la especialidad necesaria, los casos conproblemas emocionales para referir a psiquiatría (farmacología o de difícilmanejo);o para trabajo social (laboral, pensiones, evaluación socio-económica,etc).

Trabajar conjuntamente con los especialistas del ramo u otros profesionales,en los diferentes programas que se desarrollen.

Atender las consultas de tipo interdisciplinario e inter-institucional.

Elaborar informe de los resultados de las pruebas psicológicas, diagnósticos ytratamiento a seguir.

Participar en programas comunitarios de la institución y supervisar lasactividades del personal a su cargo.

Brindar atención psicológica individual a pacientes oncológicos y susfamiliares.

Realizar trabajos de investigación para mejorar el desempeño del recursohumano, atención y tratamiento.

Elaborar y presentar informes periódicos de los trabajos realizados.

Elaborar el diseño que corresponde a la planificación, programación,desarrollo, coordinación y evaluación de los diferentes programas.

Realizar tareas afines que le sean asignadas según la naturaleza del cargo.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 51: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:51 DE 64

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultado y oportunidad, de manera informal y/o eventual, las tareasde otros.

BASE LEGAL

Ley No. 55 de 3 diciembre de 2002.

Acuerdo de 8septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordinadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Ser de nacionalidad panameña.

Poseer crédito y título de Psicología o Licenciatura en Psicología, expedidopor una universidad nacional o extranjera reconocidas por el respectivo país,los título obenidos en el extranjero deberán ser autenticados por elconsulado correspondiente y por el Ministerio de Relaciones Exteriores dePanamá, con sus respectivas traducciones, y revalidados por la Universidad dePanamá. Este Título debe ser previo a cualquier título de especialización.

Poseer el certificado de idoneidad profesional expedido por el ConsejoTécnico en Psicología.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL PSICOLOGO

Page 52: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:52 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS1502Código Institucional:

PSICOLOGO CLINICO DE SALUD

Desarrollar acciones de salud mental, correspondientes al área de psicologíaclínica tendientes al fortalecimientos de la atención integral de lospacientes oncológicos, además de la docencia e investigación en este campo desalud.

Promover la participación social en los diferentes Programas de Salud Mentalorientados los aspectos psicológicos que intervienen en el mantenimiento de laSalud Integral.

Participar activamente, en colaboración con otros miembros del equipo, en laidentificación de los factores de riesgos que inciden en la salud de lapoblación, en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de lasdiferentes acciones de salud y coordinar las actividades de los programas depromoción y protección dirigidos a la atención de pacientes oncológicos en laSalud Mental en los diversos grupos de riesgos.

Coordinar las actividades de los programas de promoción y protección dirigidosa la atención de la Salud Mental en los diversos grupos de riesgos.

Atender a pacientes referidos por algún miembro del Equipo de Salud Mental, opor otro Equipo de Salud o Institución gubernamental o por demanda expontánea,ya sea que se encuentren o no en estado de crisis.

Atender a familires de los pacientes oncológicos, según el trámiteestablecido.

Conducir y vigilar a los pacientes que requieren de atención psicológica yrealizar las evaluaciones clínicas y redactar los informes correspondientes.

Participar en la discusión de casos y toma de decisiones relacionadas con laatención del paciente oncológico, además de referir a otros miembros delequipo de salud, los casos que si lo requieran dentro o fuera de laInstitución.

Referir a otros miembros del equipo de Salud, los casos que si lo requierandentro o fuera de la Institución.

Intervenir psicológicamente, en forma individual, de grupo, o a nivelcomunitario mediante visitas al hogar, escuela y otras instituciones, cuandoel caso así lo amerite.

Evaluar el tratamiento psicológico del paciente oncológico en crisis y referira otros miembros del equipo de salud, los casos que si lo requieran dentro ofuera de la Institución.

Participar como integrante del equipo multidisciplinario en la atención delpaciente en crisis que acude al servicio de urgencias de una institución desalud.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PRCP0502

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 53: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:53 DE 64

Elaborar y evaluar informes psicológicos así como los de los procedimientosterapéuticos utilizados en pacientes hospitalizados.

Organizar y participar en los programas y/o actividades de enlace yconsultoría que se desarrollan en los diferentes departamentos y servicioshospitalarios.

Propiciar la creación de condiciones hospitalarias que satisfagan lasnecesidades psicológicas del paciente oncológico y de sus familiares.

Organizar grupos de discusión entre profesionales que laboran en las salas dehospitalización con elevado estrés psicológico y trasmitirles conocimientossobre el diagnóstico y atención de salud mediante programas de eduacióncontínua, relacionados con las patologías atentidas en el hospital.

Transmitir conocimientos a los otros miembros del equipo multidisciplinariosobre psicología aplicada a la atención en salud mediante programas deeducación continua relacionados con las patologías atendidas en el hospital.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajoademás de controlar y programar la disponibilidad y requerimientos de losrecursos, materiales asignados al puesto que ocupa.

Controlar y programar la disponibilidad y requerimientos de los recursos,materiales asignados al puesto que ocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos, materiales asignados alpuesto que ocupa.

Programar las propias tareas en función de las prioridades y volumen detrabajo que se establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

BASE LEGAL

Acuerdo Ministerio de Salud, de 27 de abril de 1982, por el cual se establecey reglamenta el ingreso a la Carrera para los Psicólogos al servicio enentidad.

Ley 55 de 3 de diciembre de 2002, por la cual se reconoce el ejercicico de laprofesión de la psicología, se dictan otras dispociones y se derroga la Ley56 del 16 de septiembre 1975 gaceta oficial 24695.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

Nacionalidad panameña, de nacimiento o naturalización.

Poseer titulo de Psicología o expedido por una universidad Nacional oextranjera reconocida.

Poseer certificado de idoneidad otorgado por el Consejo Técnico dePsicología.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL PSICOLOGO CLINICO DE SALUD

Page 54: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:54 DE 64

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre Ministerio de Salud, la Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales y Técnicode Salud.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL PSICOLOGO CLINICO DE SALUD

Page 55: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:55 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0400Código Institucional:

TECNICO EN ENFERMERIA I

Dar apoyo en el cuidado y atención a pacientes hospitalizados y de consultaexterna bajo la supervisión de una Enfermera.

Realizar tareas menores de enfermería, asignadas según condición del pacientey complejidad de la atención.

Atender al paciente en el baño, alimentación, necesidades fisiológicas ycambios de posición, según condición del paciente.

Asistir al médico mediante la rehabilitación de exámenes.

Orientar a los pacientes sobre los procedimientos médicos a seguir.

Preparar y esterilizar materiales e instrumental quirúrgico, bajo lasupervisión de la enfermera de Central de Equipos o Sala de Operaciones.

Mantener en orden el área de trabajo.

Equipar material equipo y papelería del servicio en que labora.

Realizar visitas domiciliarias de captación y bajo riesgo, asignado por laenfermera.

Asistir a la enfermera profesional en labores administrativas de atención,docente y de apoyo en investigación.

Controlar la disponibildad y el estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segunsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0302

Clase Ocupacional:

Técnico en Enfermería categoría I: Pertenecen a esta categoría:

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 56: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:56 DE 64

BASE LEGAL

Ley No.2 de 17 de enero de 1962, " Por la cual se instituye la Carrera deAuxiliar de Enfermería y Practicante en las dependencias del Estado,instituciones autónomas, semiautónomas y municipales y se estableceestabilidad y jubilación" . G. O. No.14,558 de 25 de enero de 1962.

Decreto de Gabinete No.87 de 16 de mayo de 1972, " Por el cual se crea elEscalafón para las Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliares de Enfermeras(os) que prestan servicio en las distintas dependencias del Estado, lasinstituciones autónomas, semiautónomas, municipales y cualquier organismooficial descentralizado, estableciendo nomenclatura de cargos, normas deascensos y reconocimiento por los años de servicios". G. O. No.17,146 de 20de julio de 1972.

Ley No.25 de 28 de diciembre de 1982, " Por la cual se modifica el ArtículoNo.2 del Capítulo I del Decreto de Gabinete No.87, por la cual se crea elescalafón para Enfermeras (os), Practicantes y Auxiliares de Enfermeras (os)que prestan servicios en las distintas dependencias del Estado y se adicionanotros artículos". G. O. No.19,725 de 5 de enero de 1983.

Ley No.14 de 30 de agosto de 1984, " por la cual se adiciona y modifica losartículos 7 y 8 de la Ley No.2 de 1962, y se dictan otras disposiciones". G.O. No.20,138.

Acuerdo del 7 de septiembre del 2000 que aprueba incremento salarial a todaslas enfermeras y auxiliares de enfermería de la República de Panamá.

Ley No. 53 del 22 de julio de 2003 que modifica artículos de la Ley 2 de1962, para reconocer la carrera de Técnico de Enfermería y dictan otrasdisposiciones.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordinadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnico de laSalud que implemento un nueva escal de salario.

a) Quienes se encuentren laborando como Auxiliares de Enfermería eninstituciones públicas de salud, lo cual debe ser debidamente comprobadomediante certificación de la institución donde laborá o laboró.

b) Quienes posean Título de Técnico en Enfermería o su equivalente,obtenido en una Universidad o Centro de Estudios Superiores, y seanautorizados para labores por el Cómite Nacional de Enfermería.

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL TECNICO EN ENFERMERIA I

Page 57: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:57 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS2110Código Institucional:

TECNICO EN ASISTENCIA ODONTOLOGICA

Realizar trabajos de asistencia al odontólogo, en exámenes, extracciones ytratamientos dentales.

Asistir al odontólogo en la aplicación de tratamientos dentales, exámenes yextracciones a pacientes que acuden a la consulta.

Preparar al paciente para aplicarle los tratamientos odontológicos.

Esterilizar y ordenar el instrumental y material que va ser utilizado por elodontólogo.

Solicitar periódicamente el material, equipo y medicamentos utilizados enexámenes y tratamientos odontológicos.

Tomar radiografías dentales.

Distribuir los expedientes clínicos de los pacientes a los odontólogos.

Llevar el control de las citas a los pacientes.

Realizar actividades de promoción, prevención y educación odontológica,dictando charlas en los centros escolares.

Vigilar el buen funcionamiento y mantenimiento del equipo.

Asistir a giras médicas, colaborando con el odontólogo en la atención delpaciente.

Mantener limpio y en orden el área de trabajo.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 58: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:58 DE 64

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

BASE LEGAL

Ley No.21 de 12 de agosto de 1994, "por la cual se reglamenta la Carrera deAsistente Dental en el Territorio Nacional y se dictan otras disposiciones".G.O. No. 22,601 de 16 de agosto de 1994.

Acuerdo AMOACSS de 7 de mayo de 1985.

Ley No.39 del 1 de agosto de 2000 por la cual se modifica la Ley 21 de 1994,que reglamenta la carrera de Asistente Dental y se dictan otrasdisposiciones.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

Ser de nacionalidad panameña.

Poseer certificado de Asistente Dental o su equivalente expedido por laUniversidad de Panamá.

Poseer certificado de Idoneidad expedido por el Consejo técnico de Salud.

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL TECNICO EN ASISTENCIA ODONTOLOGICA

Page 59: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:59 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0911Código Institucional:

TECNICO EN RADIOLOGIA MEDICA

Operar los equipos de Rayos X e instruir al paciente sobre la preparaciónrequerida para la ejecución de los exámenes.

Recibir y analizar los procedimientos solicitados en el formulario de peticiónde exámenes radiológicos.

Instruir al paciente sobre la preparación previa requerida y la obtención deun diagnóstico final.

Informar al paciente sobre las condiciones en que se va a ejecutar el examen.

Preparar el material necesario para realizar el procedimiento requerido.

Aplicar y controlar la cantidad de radiación necesaria para la regiónanatómica.

Evaluar los resultados de los exámenes radiológicos obtenidos en la ejecucióndel procedimiento.

Procesar y evaluar el material fotosensible.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajo quese realizan en el puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y cargas de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar las tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segunsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCP0201

Clase Ocupacional:

Ser Panameño.

REQUISITOS MINIMOS

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 60: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:60 DE 64

BASE LEGAL

Ley No.42 de 29 de octubre de 1980, por la cual se establece el Reglamentopara la Carrera de Técnicos en Radiología Médica en Panamá. G.O. No.19,195.

Ley No.4 de 27 de marzo de 1981, por la cual se establece y reglamenta elEscalafón para la Carrera de Técnicos en Radiología Médica.

Acuerdo Caja de Seguro Social-AMOACSS de 1985, y adoptado desde el 1o. abrilde 1986 por el Ministerio de Salud que establece una Escala única de Sueldode los Técnicos en Radiología Médica y de los Asistentes Técnicos enRadiología Médica. G.O. No.21,994.

Acuerdo Salarial entre el Ministerio de Salud y la Asociación Nacional deTécnicos en Radiología Médica de 26 de febrero de 1992. G.O. No.21,994.

Acuerdo de 8 de septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja deSeguro Social y la Coordinadora Nacional de Gremio de Profesionales yTécnicos de Salud, que implemento una nueva escala salarial.

Título Secundaria de Bachiller en Ciencias.

Poseer título de Técnico en Radiología Médica obtenido mediante la aprobaciónde un curso de adiestramiento Técnico en Radiología Médica con un mínimo dedos (2) años de duración.

Certificado de Idoneidad expedido por la Junta Técnica de Técnicos enRadiología Médica.

(Ley No.42 de 29 de octubre de 1980. G.O. No.19,195)

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL TECNICO EN RADIOLOGIA MEDICA

Page 61: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:61 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0501Código Institucional:

TECNICO REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS DE SALUD (NIVEL-I)

Organizar y coordinar la evaluación de las tareas técnicas-administrativasdel servicio de Registros Médicos o Estadísticos de Salud en Instituciones deSalud.

Coordinar y evaluar la ejecución de las tareas técnicas-administrativas delservicio de Registros Médicos y Estadísticos de Salud.

Supervisar e impartir instrucciones al personal bajo su dependencia.

Revisar cuantitativamente las historias clìnicas y llevar registros de lashistorias imcompletas, a fin de llamar la atención de los médicos, sobre lainformación.

Recolectar datos estadísticos y elaborar informes sobre el movimiento depacientes, servicios, diagnósticos y terapéutica.

Elaborar informes técnicos sobre las tareas realizadas.

Elaborar criterios y métodos para la evaluación de la calidad de la atención einvestigaciones especiales utilizando métodos para la revisión, resumen yanálisis de la información contenida en la historia clínica.

Elaborar estudios y análisis de problemas que se presentan en el área o endependencias de salud.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procesos de trabajosque se realizan en le puesto que ocupa.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Programar las propias tareas en función de las prioridades y carga de trabajoque se le establezcan.

Ejecutar la tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo segun seanecesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCN0201

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

Page 62: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:62 DE 64

BASE LEGAL

Ley No.13 de 23 de agosto de 1984, "por la cual se establece y reglamenta lacarrera de registros médicos y estadísticos de la salud que prestan servicioen las dependencias de salud del Estado, se reglamenta el Escalafón y sedictan otras disposicones. G.O. No. 20,133 de 31 de agosto de 1984.

Resolución No.1 de 11 de noviembre de 1985 que reglamenta la clasificación delos funcionarios de Registros Médicos y Estadística del Sector Salud, firmadapor el Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y la Asociación Panameña deEstadísticos de Salud.

Acuerdo Salarial de 11 de marzo de 1986 entre el Ministerio de Salud y laAsociación Panameña de Estadísticos de la Salud.

Resolución No. 464 del 29 de julio de 2002 " Que aprueba el reglamento de losconcursos para jefaturas de Registros Médicos y Estadísticos de Salud".

Acuerdo de 8 de septiembre, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordinadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnico deSalud, que implementa una nueva escala salarial.

Título Secundario de Bachiller.

Haber aprobado el curso básico de Técnico en Registro Médico y Técnico enEstadísticas de Salud, ya sea dentro del territorio nacional o extranjero,reconocido por el Consejo Técnico de Salud.

Ser de nacionalidad panameña

Comprobar su buen estado físico y mental mediante certificado médico expedidopor una institución oficial.

(Ley No.13 de 23 de agosto de 1984. Gaceta Oficial No.20,133)

REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL TECNICO REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS DE SA

Page 63: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:63 DE 64

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL

PRRS0502Código Institucional:

TECNICO REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS DE SALUD(NIVEL-II)

Organizar y conducir la coordinación y asesoría de las actividades que sedesarrollan en su área de responsabilidad, a Nivel Nacional.

Coordinar y brindar asesoría a las actividades que se desarrollan en el áreade su responsabilidad.

Elaborar normas, métodos y procedimientos de trabajo, para mejorar eldesarrollo de los programas de Registros Médicos y Estadísticas de Salud entodo el país.

Coordinar actividades de adiestramiento del personal a nivel regional onacional.

Evaluar información, a fin de apoyar decisiones que deben adoptarse.

Elaborar la programación de las actividades locales, regionales y nacionalesde los programas a desarrollarse.

Elaborar el presupuesto de gastos de programas de registros médicos yestadísticas de salud, para asegurar su funcionamiento, dotándolo de losrecursos necesarios.

Elaborar informes técnicos sobre las tareas realizadas.

Elaborar propuestas de reorganización de los métodos y procedimientos detrabajo que se realizan en los equipos de trabajo bajo su coordinación.

Controlar la disponibilidad y estado de los recursos asignados al puesto queocupa bajo su coordinación.

Programar los requerimientos de uso de recursos materiales asignados al puestoque ocupa bajo su coordinación.

DESCRIPCION DEL TRABAJO

Planificar y programar, eventualmente, las tareas del personal bajo susupervisión informal.

Coodinar y supervisar técnicamente las tareas de otro personal que no se hallebajo su supervisión formal.

Ejecutar la tareas previstas en el puesto y aquellas afines al mismo, segúnsea necesario.

Controlar permanentemente el desarrollo de las propias tareas en cuanto a sucalidad, resultados y oportunidad y, de manera informal y/o eventual, lastareas de otros.

NATURALEZA DE LAS TAREAS

PRCN0301

Clase Ocupacional:

Código General:

DIRECCION GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Tipo Puesto:

CARRERA DE LAS CIENCIAS DE LA SALUDSub Tipo:

OTRAS CARRERAS PUBLICAS

MANUAL INSTITUCIONAL DE CLASES OCUPACIONALES

RESUMEN DE LAS TAREAS

TECNICO REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS DE SALUD(NIVEL-II)

Page 64: Manual de Leyes Especiales y Otras Carreras Publicas juntos.PDF

FECHA: 08-06-10 (DIGECA) PAGINAS:64 DE 64

BASE LEGAL

Ley No.13 de 23 de agosto de 1984, "por la cual se establece y reglamenta lacarrera de registros médicos y estadísticas de la salud que prestan servicioen las dependencias de salud del Estado, se reglamenta el Escalafón y sedictan otras disposiciones." G.O. No.20,133 de 31 de agosto de 1984.

Resolución No.1 de 11 de noviembre de 1985 que reglamenta la clasificación delos funcionarios de Registros Médicos y Estadísticas del Sector Salud,firmada por el Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y la AsociaciónPanameña de Estadísticos de Salud.

Acuerdo Salarial de 11 de marzo de 1986 entre el Ministerio de Salud y laAsociación Panameña de Estadísticos de la Salud.

Resolución No. 464 del 29 de julio de 2002, que aprueba el Reglamento de losconcursos para jefaturas de Registros Médicos y Estadísticos de Salud.

Acuerdo de 8 septiembre de 2006, entre el Ministerio de Salud, Caja de SeguroSocial y la Coordianadora Nacional de Gremios de Profesionales y Técnicos dela Salud, que implemento una nueva escala de salario.

(Ley No. 13 de 23 de agosto de 1984. Gaceta Oficial No.20,133)REQUISITOS MINIMOS

INSTITUTO ONCOLOGICO NACIONAL TECNICO REGISTROS MEDICOS Y ESTADISTICAS DE SAL