Manual de Inducción - ManpowerGroup · 2019-02-06 · Manual de Inducción Versión 13. julio 01...

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Manual de Inducción Versión 13. julio 01 de 2017

Transcript of Manual de Inducción - ManpowerGroup · 2019-02-06 · Manual de Inducción Versión 13. julio 01...

Manual de Inducción

Versión 13. julio 01 de 2017

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Somos el “Asesor Confiable” del cambiante mundo laboral.

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En el Mundo:

Somos ManpowerGroup, una compañía mundial líder en soluciones de

capital humano con más de 70 años de experiencia en el mercado.

Nuestros servicios comprenden todo lo relacionado con la gestión del talento

humano: reclutamiento y selección, tercerización de servicios, Staffing, selección de

ejecutivos, transición de carrera, soluciones basadas en talento, entre otros.

Estos servicios los prestamos a través de nuestras marcas:

Manpower, Experis, Right Management y ManpowerGroup Solutions

En Colombia:

Más de 25 oficinas en 19

ciudades.

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Nuestras marcas:

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En ManpowerGroup entendemos que el mundo está cambiando, también las

necesidades y expectativas de nuestros empleados(as) y las de nuestros clientes.

Con base en este profundo conocimiento y entendimiento de las tendencias y

exigencias del mundo laboral, nos hemos hecho cargo de ser asesores confiables.

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Promovemos la conducta honesta y ética en toda

la organización. Las personas son el centro de

nuestro negocio, por esto nos esforzamos por

proporcionar un ambiente de trabajo digno para

todos nuestros empleados(as), clientes,

contratistas, subcontratistas, proveedores y

consultores.

Somos conscientes de que tenemos una responsabilidad

compartida de hacer lo correcto y hacerlo bien, a través de

nuestra experiencia laboral, somos capaces de atraer, retener,

desarrollar y compensar a los mejores talentos brindándoles

oportunidades laborales, conocimiento y asesoramiento.

Creemos en nuestra gente y la importancia del trabajo en sus

vidas, nuestra empresa se fundó y sigue basándose en el respeto

por el trabajo significativo como un derecho humano

fundamental.

Identidad que nos une

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F. Javier Echeverri Hincapié

Gerente General ManpowerGroup Colombia

Creemos que toda persona tiene derecho a un ambiente de trabajo seguro y

respetuoso, libre de conductas abusivas o poco profesionales de cualquier tipo, estamos

comprometidos con los más altos estándares de salud y seguridad para crear lugares y

sistemas de trabajo que permitan a todos los empleados(as) sentirse seguro(a)s y

protegido(a)s, también nos ocupamos de motivar a nuestra gente con atractivos

programas de reconocimiento y bienestar, y de generar espacios de participación y

consulta que nos permitan atender sus necesidades.

Brindamos herramientas para que nuestros empleados(as) puedan acceder a información

aportante sobre sus asignaciones y sobre nuevas oportunidades laborales.

Estamos convencidos de que el aprendizaje continuo y el desarrollo son fundamentales

para el crecimiento y el éxito de nuestros empleados(as), por esto nos aseguramos de que

todas las personas cuenten con fácil acceso a las oportunidades de desarrollo a través de

entrenamiento, orientación y la exposición a las experiencias laborales diversas. Además,

apoyamos el desarrollo de conocimientos y habilidades ofreciendo capacitación en línea a

través de nuestra Formación Global y el Centro para el Desarrollo powerYOU.

Como Gerente General de ManpowerGroup en Colombia, estoy comprometido con nuestra

promesa de marca de ser los asesores confiables para todos nuestros públicos de interés,

me siento orgulloso de hacer parte de esta empresa y los invito a sentir también orgullo

porque todos ustedes hacen parte del equipo humano de la compañía líder mundial en

soluciones de capital humano.

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Nuestra Visión

Liderar la creación y entrega de

soluciones innovadoras de capital

humano y servicios que permitan a

nuestros clientes triunfar en el cambiante

mundo del trabajo.

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GenteConocimiento

Innovación

Nuestros Valores

Nos importan las

personas y el

papel del trabajo

en sus vidas

Aprendemos y

crecemos

compartiendo

conocimiento y

recursos

Nos atrevemos

a innovar y ser

pioneros.

Aceptamos los

desafíos

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Nuestros atributos

Sistema de Gestión de seguridad, salud

en el trabajo y ambiente

Generalidades del Sistema Gen

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ManpowerGroup Colombia ha desarrollado e implementado un

sistema de gestión de seguridad, salud en el trabajo y ambiente

para demostrar su capacidad, para proteger a sus

empleados(as) en sus lugares de trabajo y brindarles

ambientes de trabajo seguros, cómodos y

saludables, dar cumplimiento a las regulaciones aplicables y garantizar la aplicación efectiva del sistema,

incluyendo la mejora continua, la prevención de no

conformidades, accidentes y enfermedades laborales.

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Objetivos Gerenciales del SG-SSTG

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Disminuir los accidentes y las enfermedades

Disminuir el impacto de los accidentes y las enfermedades

Proteger la seguridad y salud

de todos nuestros empleados

mediante la mejora continua

del SG de seguridad, salud en

el trabajo y ambiente de

ManpowerGroup en Colombia.

Hacer clic sobre las imágenes para ver los objetivos en SST de

Manpower de Colombia Ltda. y Manpower Professional Ltda.

Ejecutivos de Cuenta y FSAEmpleados

Son responsables por propiciar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso para nuestros empleados(as).

Conformado por Tecnólogos, Ingenieros, Fisioterapeutas y Médicos Laborales. Son los expertos responsables por el diseño, desarrollo y ejecución de las actividades de promoción y prevención para la seguridad y la salud en el trabajo.

Expertos en SST

Son todas las personas que tienen un contrato laboral firmado con Manpower de Colombia Ltda. o Manpower Professional Ltda.

Cada persona es responsables por el autocuidado y el desarrollo seguro de las tareas que le son encomendadas.

Es el profesional de ManpowerGroup encargado de la atención de las necesidades de nuestros empleados Staffing. Actúa como canal de comunicación entre sus empleados y las demás áreas de apoyo de ManpowerGroup como Gerencia Nacional, Gerencia de Talento Humano, Nomina, Seguridad Social, Fondo de Empleados, entre otros.

COPASSTComité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo

Grupo de personas comprometidas con la prevención, cuya función principal es promocionar y velar porque se conserve un ambiente favorable para garantizar la salud y seguridad de todos los empleados(as).

Comité Convivencia Laboral

Grupo de personas que trabajan preventivamente para evitar conductas de acoso laboral y proteger a los empleados(as) de los riesgos psicosociales, crear espacios de dialogo, y conciliación y tomar las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral.

Responsablesdel SG-SSTA

Cliente

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Nuestras empresas clientes son protagonistas en la mejora continua de

nuestro SG-SSTA:

Los acuerdos comerciales entre Manpower de Colombia Ltda. o Manpower

Professional Ltda. y sus clientes, incluyen según el alcance de la negociación y

el tipo de servicio, las siguientes responsabilidades del cliente asociadas a la

seguridad y salud en el trabajo:

▪ Garantizar que los sitios de trabajo cumplan las exigencias de la legislación aplicable.

▪ Suministrar a los empleados(as) los implementos correspondientes y necesarios para el

adecuado desarrollo de su labor.

▪ Dar a los empleados(as), la protección y entrenamiento necesarios, a fin de evitar accidentes,

incidentes o enfermedades, así como, impartirles el adiestramiento particular que cada actividad

precise para dicha finalidad.

▪ Prestar toda la cooperación que requiere ManpowerGroup y la ARL para poder cumplir a

cabalidad con la legislación aplicable a la salud y seguridad en el trabajo.

▪ Informar inmediatamente a ManpowerGroup en caso de accidente de trabajo y/o incidente de un

empleado(a). En general otorgarles la misma protección que en materia de salud y seguridad en

el trabajo gocen los empleados(as) permanentes de la empresa cliente.

▪ Incluir a los empleados(as) dentro de los programas culturales, recreativos, deportivos, de

capacitación y demás programas de promoción y prevención de la salud y seguridad, incluidos

los programas de convivencia laboral.

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ManpowerGroup Colombia, ha nombrado como representante del

SG-SSTA a la Gerente de Talento Humano Staffing, quien con su

equipo de colaboradores tiene la autoridad y responsabilidad para:

• Asegurar que el SG-SSTA sea implementado, mantenido y

continuamente mejorado.

• Promover la toma de conciencia de los requisitos legales, de las

políticas internas y de los sistemas de gestión a través de la

organización.

• Reportar a la Alta Gerencia sobre el desempeño del

sistema de gestión de SSTA, incluyendo las

necesidades de mejora y,

• Coordinar la comunicación con las partes externas en

asuntos relacionados con el sistema de gestión de

SSTA.

Representante de la Alta Dirección

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• Las políticas y los objetivos.

• Identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos.

• El informe de las condiciones de salud, junto con el perfil sociodemográfico.

• El plan de trabajo anual en SSTA.

• El programa de capacitación anual en SST.

• Los procedimientos, instructivos y estándares del SG-SSTA.

• Protocolos de seguridad, fichas técnicas y demás instructivos internos de seguridad y salud

en el trabajo.

• La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad y sus

correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias;

• Matriz de requisitos ambientales y los programas de gestión para el control de los

impactos.

• Administración de contratistas y proveedores

• Programas de vigilancia epidemiológica y demás estándares y procedimientos

• Programa de auditorías internas al SG-SSTA.

Los documentos y registros del SG-SSTA se encuentran disponibles y

debidamente actualizados para todas las partes interesadas en el sitio de

administración documental What do you do? y para los empleados(as) Staffing

en su portal de autoservicio, revistas, y demás mecanismos de comunicación.

La documentación del SG-SSTA, comprende los

siguientes documentos:

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Funciones y responsabilidades.Las responsabilidades asignadas en SSTA para todos los

empleados(as) son:

• Procurar el cuidado integral de su salud;

• Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de

salud

• Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de

Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa;

• Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los

peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo;

• Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en

el trabajo definido en el plan de capacitación del SG- SST; y

• Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de

Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

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En nuestro trabajo, estamos

expuestos a peligros que nos

pueden causar riesgos como

enfermedades o accidentes.

¡Nuestro deber es cuidarte y tu

responsabilidad, cuidarse!

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Los conceptos que debe recordar en seguridad y

salud en el trabajo:

Accidente

Laboral

Es accidente de trabajo todo suceso repentino que

sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que

produzca en el trabajador una lesión orgánica, una

perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la

muerte.

Acto inseguro Violación de un procedimiento reglamentado.

Condición

insegura

Condiciones en el ambiente de trabajo que pueden

facilitar la ocurrencia de accidentes o enfermedades.

Enfermedad

Laboral

Es enfermedad laboral la contraída como resultado de

la exposición a factores de riesgo inherentes a la

actividad laboral o del medio en el que el trabajador se

ha visto obligado a trabajar. .

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

Gerencia de Gestión Humana - ManpowerGroup Colombia

Equipo de protección

personal (EPP):

Elemento de protección que usa el trabajador para

protegerse de los riesgos de su trabajo

IncidenteEs un “casi accidente”. No causa lesión ni

perturbación.

Peligro Condición en el ambiente de trabajo que puede

causar enfermedad o accidente.

Riesgo Probabilidad de sufrir accidente o enfermedad como

consecuencia del ambiente de trabajo.

Tareas de alto riesgo

Aquellas que tienen una alta probabilidad de

accidente o enfermedad. Son: trabajo en alturas,

trabajo con electricidad, espacios confinados,

trabajo con químicos, trabajo con energías

peligrosas.

Los conceptos que debe recordar en seguridad y salud en el trabajo ..G

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Riesgos prioritarios a los que están expuestos nuestros

empleados:

Según la matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración del riesgo 2017

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Seguridad Vial: Trânsito, carro, moto, bus, peatonal

Carga física: Movimientos repetitivos, sobreesfuerzos

Posiciones prolongadas sentado y de pie

De seguridad.Caída de objetos

Atrapamiento

Trabajos en altura.Trabajo a más de 1.50 mts

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

Gerencia de Gestión Humana - ManpowerGroup Colombia

Medidas de control implementadas para estos riesgos

prioritarios:

Para lograr los objetivos y tratar los riesgos prioritarios que tengan el potencial

de generar accidentes de trabajo, ManpowerGroup Colombia ha documentado

los siguientes programas de gestión:

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Para intervenir el riesgo publico:Plan Estratégico de Seguridad Vial

Para intervenir el riesgo carga físicaPrograma de vigilancia epidemiológica para la

prevención de los desórdenes músculo-esqueléticos

Para intervenir el riesgo de seguridad:Programa de Gestión para el riesgo mecánico

Para intervenir el riesgo de trabajo en alturas:Protocolo para trabajo seguro en alturas y contra caídas

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Cuando termines tu asignación laboral, puedes solicitar a

tu Ejecutivo de Cuenta o FSA encargado, la orden para la

práctica del examen médico de retiro la cual puedes

realizarte dentro de los cinco (5) días siguientes a la

terminación de tu contrato de trabajo.

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

Gerencia de Gestión Humana - ManpowerGroup Colombia

Otros riesgos a los que estamos expuestos y las medidas

de prevención y control aplicadas por ManpowerGroup

Colombia:

• Documentación y desarrollo de protocolos de trabajo seguro.

• Inspecciones de seguridad

• Análisis de Riesgos por oficios y evaluación del puesto de trabajo.

• Programa Equipo de Protección personal.

• Ergonomía aplicada al puesto de trabajo

• Momentos sinceros y observación de comportamientos seguros.

• Estándares de Seguridad y listas de Verificación

• Sistemas de permisos.

• Señalización y demarcación.

• Mediciones ambientales.

• Capacitaciones específicas de acuerdo al riesgo

Biológicos QuímicosFísico-

químicosFísicos Naturales psicosociales G

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El Comité Paritario de seguridad y salud en el trabajo es un grupo de

personas comprometidas con la prevención, cuya función principal es

promocionar la prevención y velar porque se conserve un ambiente

favorable para garantizar la salud y seguridad de todos los empleados.

COPASST

1. Visitar e inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo

2. Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de

seguridad y salud en el trabajo.

3. Participar de las actividades de promoción, divulgación, e información sobre

medicina, higiene y seguridad.

4. Proponer actividades de capacitación en salud y seguridad.

5. Colaborar en el análisis de las causas de accidentes e incidentes de trabajo

6. Colaborar con la definición de los recursos necesarios para el SG-SSTA

Funciones del COPASST

Si estás interesado en formar parte de este grupo puedes

escribirnos a [email protected]

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COPASST Manpower de Colombia Ltda.

Representantes de los

empleados Representantes del

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Representantes de los

empleados

COPASST Manpower Professional Ltda.

Representantes del

empleador

Carlos David Sierra

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1. Hacer seguimiento al desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad, Salud en el trabajo

y ambiente especialmente en lo concerniente a la prevención del riesgo psicosocial.

2. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas referentes a acoso laboral.

3. Escuchar a las partes involucradas sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

4. Adelantar reuniones para crear un espacio de diálogo entre las partes.

5. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes y verificar su

cumplimiento.

6. Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las

medidas preventivas y correctivas de acoso laboral.

Funciones del Comité de Convivencia:

El Comité de Convivencia Laboral se

constituye con el objetivo de promover un

excelente ambiente de convivencia

laboral, fomentar las relaciones sociales

positivas entre los empleados, los

clientes y entre compañeros, respetar y

respaldar la dignidad e integridad de las

personas en el trabajo

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Representantes de los

empleados Representantes del

empleador

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¿Qué es acoso laboral?

“Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un

trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior

jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o

un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación,

terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar

desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del mismo”,

conforme lo establece la Ley 1010 de 2006.

Para interponer la denuncia de Acoso Laboral o Sexual, esta debe ser por escrito

con firma de la persona que está interponiendo la presunta queja.

Se deben anexar las pruebas que sustenten el presunto acoso laboral o sexual.

Pueden ser:

• Testigos de los hechos

• Mensajes

• Correos

• Lista de hechos, con fecha, hora y lenguaje.

La denuncia debe enviarse al correo del Comité de Convivencia

participació[email protected]

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

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¿Conoce los riesgos de salud pública a los cuáles estás expuesto?G

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Un riesgo de salud pública

es un evento que puede

afectar la salud de la

población en general y

que si no se controla a

tiempo puede generar

epidemias que colapsan

el sistema de salud.

Medidas Preventivas:

• Dotación de los

equipos de protección

personal acordes.

• Entrenamientos.

• Campañas educativas.

• Jornadas de salud.

• Jornadas de

vacunación.

Es el conjunto de actividades dirigidas a proteger el

ecosistema de los impactos que pueda generar la

actividad de servicios realizada por ManpowerGroup, a

su vez; se encarga de proteger la salud de los

empleados(as), encaminando acciones de

saneamiento básico en la empresa.

Sistema de Gestión

Ambiental Gen

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Aspectos Ambientales Impactos ambientales Programas ambientales

Consumo de agua

Aumento de la demanda del recurso

hídrico

Contaminación del recurso hídrico

Agotamiento del recurso hídrico

Programa de gestión ambiental

para el manejo de aguas y

energías.

Vertimientos de aguas residuales

Aumento del agua residual a tratar

Contaminación del agua

Enfermedades

Programa de gestión ambiental

para el manejo de aguas y

energías.

Emisión de gases Afectación del aire

Contaminación del aire

Mantenimiento de los vehículos por

parte del proveedor

Consumo de energía

Aumento de la demanda del recurso

hídrico

Generación y emisión de CO2

Contaminación del aire

Programa de gestión ambiental

para el manejo de aguas y

energías.

Generación de residuos

Aumento de la cantidad de residuos

Contaminación del suelo

Agotamiento de los recursos

Programa de gestión ambiental

para el manejo de los residuos

sólidos.

Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

Gerencia de Gestión Humana - ManpowerGroup Colombia

Impactos ambientales de ManpowerGroup en Colombia:G

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

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Objetivos ambientales

Reducir el consumo de

agua per cápita

< = 3 m3 per cápita/mes

Reducir el consumos de

energía per cápita

< = 100 Kwh per cápita/mes

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Planes de emergencia, evacuación y

simulacros.

En caso de presentarse un accidente o incidente en tu

lugar de trabajo…

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• Infórmalo a tu supervisor inmediato en la empresa cliente.

• Si requieres atención medica, comunícate con la línea de atención

de Colpatria 0180005140456 o 3153356333, allí te

asignarán dependiendo de la urgencia la clínica u hospital para

recibirla.

• En caso de ser incapacitado, debes informarlo de manera

inmediata a ManpowerGroup y dar cumplimiento a la política de

incapacidades del RIT.

• Los accidentes e incidentes de trabajo deben ser reportados de

manera inmediata a su Ejecutivo(a) de Cuenta en

ManpowerGroup en cumplimiento del RIT.

Para acceder al formato “Autorreporte de

Condiciones de Riesgo” ingrese al portal

del empleado y acceda con su usuario:

http://misdatos.manpower.com.co; en la

pantalla principal, haz clic en Documentos

Laborales, diligencia el formulario y

envíalo a participació[email protected].

Si no tienes acceso a tu portal de

autoservicio, no dejes de reportar, solicita

el formato a tu contacto en

ManpowerGroup y envíalo diligenciado al

mismo correo indicado.

Si sufriste un incidente aunque no te haya generado herida o

daño a tu salud, de igual manera debes reportarlo, para así

tomar los correctivos necesarios y evitar la aparición de un

accidente a futuro.

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¡Repórtalo

como incidente

de trabajo!

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Nosotros sabemos que impulsar el TALENTO es HUMANAMENTE POSIBLE

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Atiende las instruccionesimpartidas por la brigada de

emergencias de tu lugar de trabajo y

reporta de manera inmediata a

ManpowerGroup.

Recuerda que debes conocer y

dar estricto cumplimiento a las

normas de seguridad y planes de

emergencia vigentes en las

empresas clientes de

ManpowerGroup donde usted te

encuentres asignado.

¡Tu eres el principal responsable

de tu salud y seguridad!

En caso de presentarse una emergencia en tu lugar de trabajo …G

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Programa de bienestar y

reconocimiento para empleados

Staffing Manpower

Hacer clic sobre la imagen.

Reglamento

Interno de Trabajo

A continuación se comparten de manera textual algunos

de los apartes de los artículos más relevantes del RIT.

Las disposiciones contenidas en este documento

quedan sometidas tanto la empresa como todos sus

empleados.

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Para consultar el documento completo vaya

a: http://misdatos.manpower.com.co

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SERVICIO MÉDICO, RIESGOS LABORALES, PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTES DE

TRABAJO, NORMAS SOBRE LABORES EN ORDEN A LA MAYOR HIGIENE, REGULARIDAD Y SEGURIDAD

EN EL TRABAJO

ARTÍCULO 41. Es obligación del empleador velar por la salud, seguridad e higiene de los empleados(as) a su

cargo. Igualmente, es su obligación garantizar los recursos necesarios para implementar y ejecutar actividades

permanentes en medicina preventiva y del trabajo, y en higiene y seguridad industrial de conformidad con el

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y con el objeto de velar por la protección integral del

empleado(a).

ARTÍCULO 43. Todo empleado(a), desde el mismo día en que se sienta enfermo, deberá comunicarlo al empleador,

su representante o a quien haga sus veces, el cual hará lo conducente para que sea examinado por el médico

correspondiente, a fin de que certifique si puede continuar o no en el trabajo y en su caso determine la

incapacidad y el tratamiento a que el empleado(a) debe someterse.

ARTÍCULO 44. Los empleados(as) deben someterse a las instrucciones y tratamiento que ordena el médico que los

haya examinado, así como a los exámenes o tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos ordenan la

empresa en determinados casos. El empleado(a) que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes,

instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que

sobrevenga a consecuencia de esa negativa. Igualmente, se advierte que el empleado(a) que no cumpla con las

indicaciones dadas por las entidades administradoras del sistema de seguridad social integral, llámese EPS o ARL,

o indicaciones de la empresa relativas al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (antes

Programa de Salud Ocupacional) incurre en falta grave que dará lugar a la terminación del Contrato de Trabajo.

ARTÍCULO 45. Los empleados(as) deberán someterse a todas las medidas de seguridad y salud en el trabajo que

prescriben las autoridades del ramo en general y en particular a las que ordene la empresa para prevención de las

enfermedades y de los riesgos en el manejo de las máquinas, y demás elementos de trabajo especialmente para

evitar los accidentes de trabajo.

El empleador y la empresa cliente podrán realizar aleatoriamente la prueba de alcohol y drogas como parte de las

actividades incluidas dentro del programa de gestión para la prevención del consumo de alcohol y drogas.

La empresa no responderá por ningún accidente de trabajo que haya sido provocado deliberadamente o con culpa

grave del empleado(a). Tampoco responderá de la agravación que se presente en las lesiones o perturbaciones

causadas por el hecho anterior o no haber dado al empleador el aviso oportuno correspondiente o haberlo

demorado sin justa causa.

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ARTÍCULO 50. Los empleados(as) tienen como deberes los siguientes:

1. Respeto y subordinación a los superiores.

2. Respeto a sus compañeros de trabajo.

3. Procurar completa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la

ejecución de labores.

4. Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina

general de la empresa.

5. Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible.

6. Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de

manera fundada, comedida y respetuosa.

7. Ser verídico en todo caso.

8. Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera

intención que es en todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la

empresa en general.

9. Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su respectivo Jefe para el manejo de las

máquinas o instrumentos de trabajo.

10.Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe desempeñar sus labores, siendo

prohibido, salvo orden superior, pasar al puesto de trabajo de otros compañeros o salir del lugar de trabajo.

11.Cuidar y mantener en buen estado todo el equipo/ herramienta/ material o recursos que el empleador o la empresa

cliente, le proporcione para el desarrollo de sus actividades.

12.Si por negligencia, descuido o mala fe, se extravían, se destruyen o se averían equipos, herramientas, material o

recursos de propiedad del empleador o de la empresa cliente que estén asignados bajo la responsabilidad del

empleado(a), éste(a) deberá pagar el valor correspondiente a la reposición o reparación, independientemente de la

sanción que la empresa determine.

13.Guardar escrupulosamente la confidencialidad de los datos y documentos del empleador y de la empresa cliente,

así como de los asuntos cuya divulgación pueda causar perjuicios a la Empresa.

14.Presentarse a sus labores cuidando su imagen personal en cuanto a limpieza, pulcritud e indumentaria apropiada

y autorizada por el empleador y la empresa cliente.

15.Portar el carnet de identificación suministrado por el empleador y/o la empresa cliente, al ingreso y dentro de las

instalaciones del lugar de trabajo durante toda la jornada laboral.

16.Presentarse puntualmente a sus labores en el horario establecido por el empleador. En caso de llegar con retraso

se hará acreedor a las sanciones correspondientes que determine la empresa.

ARTÍCULO 54. Son obligaciones especiales del empleador:

(…)

7.Dar al empleado(a) que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo

de servicio, índole de la labor y salario devengado, e igualmente si el empleado(a) lo solicita, hacerle

practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en

trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considerará que el empleado(a) por su culpa, elude,

dificulta o dilata el examen, cuando transcurrido cinco (5) días a partir de su retiro no se presenta donde el

médico respectivo para las prácticas del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente.

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ARTÍCULO 55. Son obligaciones especiales del empleado(a):

1. Realizar personalmente la labor en los términos estipulados; observar los preceptos de este

reglamento y acatar o cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta la

empresa o sus representantes según el orden jerárquico establecido.

2. No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que sean de naturaleza

reservada de la compañía y de sus clientes y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la

empresa y a los clientes, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o

de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes.

3. Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les hayan

facilitado y las materias primas sobrantes.

4. Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.

5. Comunicar oportunamente a la empresa las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y

perjuicios.

6. Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminente que afecten o amenacen las

personas o los bienes de la empresa.

7. Registrar en las oficinas de la empresa su domicilio y dirección y dar aviso oportuno de cualquier

cambio que ocurra (Art. 58, C.S.T).

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8. Cumplir fiel y estrictamente todas las disposiciones legales, contractuales y reglamentarias de la

empresa, las políticas, los procedimientos, manuales y protocolos del empleador y la empresa cliente.

9. Dar pleno rendimiento en el desempeño de sus labores, laborar con iniciativa y de manera ordenada y

efectiva la jornada reglamentaria.

10. Observar estrictamente lo establecido por la empresa para solicitud de permisos y novedades

semejantes.

11. Someterse a los controles y medidas indicados por el empleador y la empresa cliente para evitar

sustracciones de objetos u otras irregularidades en materia de seguridad.

12. Al finalizar el contrato, devolver la dotación que lleva el distintivo de la empresa.

13. Utilizar la dotación suministrada por la empresa y conservarla en buenas condiciones.

14. Las demás que resulten de la naturaleza del contrato de trabajo, de las disposiciones legales y de las

de este Reglamento, o las que le sean asignadas por la empresa al empleado(a) en los manuales de

funciones, descripción de oficios, cartas o circulares o las impartidas verbalmente por su superior

jerárquico.

15. Estar debidamente dispuesto en su sitio de trabajo, con su uniforme de dotación y a la hora exacta en

que empieza su turno e igualmente permanecer en él hasta la terminación de su jornada o hasta que

llegue la persona que deberá recibirle el turno. Prestar el turno de manera puntual, cuidadosa y

diligente.

16. En caso de ausencia debe Informar a su jefe inmediato en un término máximo de dos horas contados

a partir de la hora de ingreso, a menos que demuestre que estuvo en absoluta imposibilidad para dar

aviso.

17. Diligenciar correcta y oportunamente, de acuerdo a las instrucciones recibidas, los documentos bajo

su responsabilidad y cuidado.

18. Entregar al momento de la desvinculación de la empresa el carné y los demás documentos e

implementos que le fueron suministrados para realizar su oficio.

19. Acatar las órdenes impartidas por el empleador en cuanto a horarios, puestos de trabajo, funciones, so

pena de incurrir en una falta grave que acarrea la terminación el contrato de trabajo.

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20. En relación con el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleado(a), se encuentra

obligado a:

a) Procurar el cuidado integral de su salud;

b) Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud;

c) Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y

Salud en el Trabajo del empleador y de la empresa cliente.

d) Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en

su sitio de trabajo;

e) Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el

plan de capacitación del SG-SST;

f) Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y

Salud en el Trabajo SG-SST.

g) Es obligatorio para el empleado(a) el tratamiento médico prescrito, cuando de acuerdo con la

apreciación médica conduzca a la curación. La renuencia injustificada a cumplir con las

prescripciones médicas priva del auxilio correspondiente.

h) Acatar las directrices relativas a la recuperación o reeducación impartidas por la empresa. La

empresa puede procurar la recuperación o reeducación de sus empleados(as) inválidos, a su

costa, a fin de habilitarlos para desempeñar oficios compatibles con su categoría anterior en la

misma empresa, con un estado de salud y con sus fuerzas y aptitudes y para obtener una

remuneración igual a la de ocupaciones semejantes en la misma empresa o en la región.

i) Informar al empleador todo cambio en las condiciones de salud y cualquier tipo de información

del empleado que pueda ayudar a prevenir o evitar accidentes laborales o enfermedades, so

pena de incurrir en justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo.

j) Informar de manera inmediata, de forma clara, completa y veraz; la ocurrencia de un accidente o

enfermedad que se presuma como laboral, so pena de incurrir en justa causa para dar por

terminado el contrato de trabajo.

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K) Política de incapacidades:

Conforme con el decreto 019 de la ley Anti trámites de 2012, el empleado(a) debe hacer llegar a su empleador el

documento original de la incapacidad debidamente expedida por la entidad que corresponda.

• Sólo serán válidas las incapacidades expedidas por la red asistencial de la EPS o ARL a la que se encuentre

afiliado(a) el empleado(a). Es decir que no serán válidas las incapacidades expedidas por médicos particulares o

entidades diferentes a red asistencial de la EPS o ARL.

• Las incapacidades deben ser reportadas el mismo día en que se generan, por cualquier medio electrónico,

telefónico o de manera personal y soportarlo documentalmente dentro de los tres días hábiles siguientes al

otorgamiento de la incapacidad. Transcurrida la fecha de entrega de la citada incapacidad, la empresa no la

reconocerá y será deber del empleado(a) concurrir a la EPS o ARL según el caso y efectuar el trámite para su

pago.

• La incapacidad debe contener como mínimo los siguientes datos:

1. Fecha de expedición

2. Nombre completo de la persona a la que se le expide.

3. Fecha de inicio y terminación,

4. Número de días de incapacidad,

5. Diagnóstico clínico completo.

6. Origen; si es incapacidad por enfermedad general, por accidente de trabajo, por enfermedad laboral,

licencia de maternidad o paternidad.

7. Identificación del médico que expide el certificado con nombre completo y número del registro médico.

8. Para la licencia de maternidad debe contener fecha probable del parto y edad gestacional.

PARÁGRAFO: el trámite de la transcripción de la incapacidad estará a cargo del empleador, sin embargo se aclara

que en caso de que la incapacidad a transcribir no contenga los anteriores requisitos y por tal razón la EPS se

niegue a transcribirla y consecuentemente a reconocer su pago, este valor será descontado del salario del

empleado(a) en caso de que ya haya sido reconocido y pagado o no será pagado.

21.Reportar de manera inmediata y con los debidos soportes cualquier tratamiento médico, ya sea que se trate

de citas médicas, terapias, restricciones o recomendaciones laborales con fecha de vigencia y en documento

original.

22.Asistir a la realización de los exámenes médicos de seguimiento asignados por su empleador en coordinación con

la entidad de salud tratante en los términos y tiempos indicados por la empresa.

23.Asistir a las citas médicas y terapias asignadas por la entidad tratante y dar estricto cumplimiento a las

recomendaciones y/o restricciones médicas, so pena de incurrir en justa causa para dar por terminado el contrato

de trabajo.

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ARTÍCULO 57. Se prohíbe a los empleados(as):

1. Sustraer de las instalaciones del empleador o de la empresa cliente y en general de cualquier sitio de trabajo; los

útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.

2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcótico o de drogas enervantes en

cualquier grado.

3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo a excepción de las que con autorización legal puedan

llevar los celadores.

4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de la empresa, excepto en los casos de huelga, en

los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.

5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones

intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas.

6. Hacer colectas, rifas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo.

7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse.

8. Usar los útiles o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado (Art. 60,

C.S.T).

9. Ejecutar cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de los compañeros(as) de trabajo, la de sus superiores o

la de terceras personas, o que amenace o perjudique las máquinas, elementos, edificaciones, talleres o salas de

trabajo.

10.Suministrar a terceras personas, sin autorización expresa de la empresa, datos relacionados con la

organización o con cualquiera de los sistemas, servicios o procedimientos de la misma de que tenga conocimiento

en razón a su oficio.

11.Aprovecharse en beneficio propio o ajeno; de los estudios, procedimientos, descubrimientos, inventos, información

obtenida o conocida por el empleado(a) por la relación laboral o mejoras e invenciones con o sin intervención de él,

durante la vigencia del contrato de trabajo.

12.Ocuparse en asuntos distintos de su labor durante las horas de trabajo, sin previo permiso del superior respectivo.

13. Intervenir en cualquier forma en la promoción, organización o realización de huelgas, paros, ceses o suspensiones

del trabajo en la empresa, cuando tales hechos tengan el carácter de ilegales, intempestivos o de alguna manera

sean contrarios a las disposiciones de la ley y el reglamento.

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14.Realizar defectuosa o negligentemente el trabajo.

15. Interponer o hacer interponer obstáculos de cualquier naturaleza para que el trabajo propio o el de otros

empleados(as) o máquinas y equipos situados en el lugar de trabajo, no salga en la cantidad, calidad y tiempo

fijados por la empresa.

16.Causar cualquier daño en la labor confiada, o en las instalaciones, equipos, y elementos de la empresa.

17.Confiar a otro empleado(a), sin la autorización correspondiente la ejecución del propio trabajo, el vehículo, los

instrumentos, equipos y/o materiales de la empresa.

18.Vender, cambiar, prestar o negociar en cualquier forma algún objeto de propiedad de la empresa.

19.Presentarse con retraso al trabajo.

20.Abandonar el trabajo asignado sin previo aviso al superior jerárquico y sin autorización expresa de éste.

21.Comenzar o terminar el trabajo en horas distintas de las reglamentarias, sin orden o autorización expresa de su

respectivo jefe inmediato.

22.Retirarse del turno antes de que se presente el empleado(a) que deba sucederle con la labor.

23.Efectuar reuniones de cualquier naturaleza, en locales o predios de la empresa sin previo permiso de la misma,

aun cuando sean en horas diferentes a las de trabajo.

24.Dormir en los sitios u horas de trabajo.

25.Solicitar a sus compañeros(as), préstamos en dinero o en especie.

26.Desacreditar o difamar en cualquier forma y por cualquier medio, las personas o el nombre de la empresa.

27.Pasar a otro puesto o lugar de trabajo sin orden o autorización de su superior jerárquico.

28.Recibir visitas de carácter personal en el trabajo.

29. Ingerir o tener dentro de la empresa, en cualquier cantidad; licores, tóxicos, explosivos, barbitúricos,

estupefacientes, drogas enervantes y cualquier sustancia o producto semejante.

30.Fumar en los sitios prohibidos por la empresa o en lugares donde pueda llegar a causar algún perjuicio a la

misma o a su personal.

31.Aprovecharse de circunstancias especiales para amenazar o agredir en cualquier forma a sus superiores o

compañeros de trabajo y ocultar el hecho.

32.Emplear más del tiempo necesario para realizar el objeto del permiso concedido por la empresa o utilizar el

mismo en asuntos diferentes a los solicitados.

33.Sacar de la empresa paquetes u objetos similares sin ser revisados por los vigilantes o personas encargadas de

hacerlo.

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34.Disponer de dinero, cheques, letras de cambio y demás instrumentos negociables, artículos o valores que le

sean entregados por cualquier concepto con destino a la empresa o por ésta con destino a sus acreedores,

clientes, empleados(as), etc.

35.Crear o alterar documentos para su beneficio personal o de cualquier otra índole.

36.No atender las órdenes e instrucciones impartidas por sus superiores.

37.Escuchar radio o ver televisión en horas y sitios de trabajo sin autorización de su superior jerárquico.

38.Dedicarse a conversar o chatear por celular, teléfono, redes sociales o correo electrónico personal en

horas y sitios de trabajo sin autorización de su superior jerárquico.

39.Permitir que otros tengan que efectuar el trabajo que se le ha asignado cuando por su actitud negligente u

omisiva, no lo realiza.

40.Trabajar horas extras sin autorización de la empresa.

41.Adulterar las tarjetas de control de entrada y salida o marcar la de otro u otros empleados(as), o presionar a la

persona encargada para que efectúe cambios en el registro de tiempo o hacer estos cambios si están bajo su

responsabilidad.

42.Limpiar, engrasar, o reparar máquinas o equipos que se encuentren en movimiento, o que no le fueron

asignados.

43.Demorar la presentación de las cuentas y los respectivos reembolsos de las sumas que hayan recibido para

gastos o por ingresos de la empresa.

44.En caso de que ocupe viviendas de la empresa, no podrá autorizar que en éstas habiten o pernocten personas

distintas a las autorizadas por la empresa.

45.No utilizar los elementos de seguridad y aseo que se le indiquen o suministren, de conformidad con el oficio que

desempeñe.

46.Cometer errores injustificados en el manejo de dinero, productos, bienes o instrumentos de trabajo que

impliquen pérdida, amenaza o riesgo para la empresa.

47.Hacer u ordenar diligencias personales a otro personal de la empresa en horas hábiles de trabajo.

48.Mantener con personas extrañas a la empresa intereses comerciales, financieros, técnicos o semejantes,

tendientes a obtener un provecho indebido.

49.Hacer proselitismo político dentro del sitio de trabajo.

50.Realizar actos sexuales dentro de las instalaciones del empleador o de la empresa cliente.

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51.Utilizar lenguaje soez o en tono de voz inadecuado que se considere irrespetuoso y que riñe con la cultura de la

empresa.

52.Extraer información, herramientas, material, mercancía, equipo, accesorios, etc.; propiedad del empleador o de

la empresa cliente.

53.Abstenerse en todo momento de alterar los sistemas, procedimientos e información proporcionados por el

empleador o la empresa cliente para el buen desarrollo del trabajo, al igual que cargar en sus equipos de

cómputo otros sistemas ajenos a los autorizados e instalados por la empresa.

54.Abstenerse de hacer uso de las herramientas, equipos, material de trabajo y recursos para fines de beneficio

personal, ajenos a la operación y servicio prestados por la empresa.

LEY 1010 DE 2006 MECANISMOS DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS

DE SOLUCIÓN

ARTÍCULO 66. Definición. Se entenderá por acoso laboral toda conducta persistente y demostrable, ejercida

sobre un empleado(a) por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un

compañero(a) de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar

prejuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.

No obstante, es importante resaltar que la presente norma únicamente se aplica respecto de situaciones que

ocurran en un ámbito de relaciones de dependencia o subordinación de carácter laboral, es decir, no se aplicará en

el ámbito de las relaciones civiles y/o comerciales derivadas de los contratos de prestación de servicios en los

cuales no se presenta una relación de jerarquía o subordinación, ni en la contratación administrativa. (Artículo 2 de

la Ley 1010 del 23 de enero de 2006)

ARTÍCULO 67. Las siguientes son las modalidades de acoso laboral…

(…)

Lee el documento completo en las carteleras de las oficinas de

Manpower o en tu portal de autoservicio

Reglamento

de Higiene y Seguridad

Industrial

Afiliada a la Administradora de Riesgos Laborales

COLPATRIA, con grado de riesgo III.

ManpowerGroup prescribe el siguiente reglamento

contenido en los siguientes términos:

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Para consultar el documento completo vaya

a: http://misdatos.manpower.com.co

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Artículo 1:

La empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a

garantizar los mecanismos que aseguren una oportuna y adecuada prevención de los accidentes y

enfermedades laborales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221,

282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9 de 1.979, resolución

2400 de 1979, decreto 614 de 1984, resolución 2013 de 1986, resolución 1016 de 1989, decreto

1295 de 1994, ley 776 de 2002, ley 962 de 2005, resolución 1401 de 2007, resolución 2346 de

2007 , resolución 2646 de 2008, resolución 1956 de 2008, resolución 2566 de 2009, resolución

1918 de 2009, Resolución 1409 de 2012, Ley 1562 de 2012, Ley 1616 de 2013, Ley 1221 de 2008,

decreto 884 del 2012, decreto 1443 de 2014, decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin

se establezcan.

Artículo 2:

La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento de los Comités

Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y de Convivencia Laboral; de conformidad con lo

establecido por el decreto 614 de 1984, la resolución 2013 de 1986, la resolución 1016 de 1989,

decreto 1295 de 1994, ley 776 de 2002, resolución 1401 de 2007, resolución 652 de 2012,

resolución 1356 de 2012, decreto 1443 de 2014, decreto 1072 de 2015 y demás normas que con

tal fin se establezcan.

Artículo 3:

La empresa se compromete a designar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario

para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el Sistema de Gestión de Seguridad

y Salud en el Trabajo, elaborado de acuerdo al Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989,

Decreto 1443 de 2014 - hoy compilado en el Decreto 1072 de 2015 – Decreto Único Reglamentario

del Sector Trabajo, en el Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6; el cual consiste en el desarrollo de

un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la

organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con

el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y

salud en el trabajo.

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Artículo 4: Los factores de riesgos existentes en la empresa están

constituidos de acuerdo a la exposición de los procesos o actividades que se

realizan en la empresa, principalmente por:

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Parágrafo: efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan

en accidente o enfermedad, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor

o en el empleado(a), de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión en

Seguridad, Salud en el Trabajo y Ambiente de la empresa, el cual se da a conocer a todos los

empleados(as) y demás partes interesadas.

Articulo 5: La empresa y sus empleados(as) darán estricto cumplimiento a las disposiciones

legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la

implementación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad

industrial, que sean concordantes con el presente reglamento y con el Sistema de Gestión en

Seguridad, Salud en el Trabajo y Ambiente.

Artículo 6: El empleador proporcionará a todo empleado(a) que ingrese por primera vez a la

empresa, independiente de su forma de contratación y vinculación y de manera previa al

inicio de sus labores, una inducción en los aspectos generales y específicos de las

actividades a realizar, que incluya entre otros, la identificación y el control de peligros y

riesgos en su trabajo y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

Lee el documento completo en las carteleras de las oficinas

de Manpower o en tu portal de autoservicio

La intervención del riesgo, promoción del autocuidado y

prevención de accidentes y enfermedades inicia desde su

ingreso a ManpowerGroup:

Garantizando una adecuada inducción para el cargo:

Pregunta siempre por el entrenamiento requerido para realizar con seguridad

las tareas para las cuales fue contratado.

Asegurándonos de que recibe el equipo de protección personal y

dotación que requiere para hacer su trabajo de manera segura.

También nos aseguramos de que sabe como usarlo y cuando reponerlo.

Compartiéndole las normas de seguridad y los diferentes procedimientos para

trabajos seguros.

.

Consulte los riesgos a los cuales usted se encuentra expuesto

y las medidas de prevencion en:

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Para consultar el documento completo vaya

a: http://misdatos.manpower.com.co

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El EPP es cualquier dispositivo o medio que se use para

mitigar uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud y

su seguridad. Úselo adecuadamente dependiendo de la

tarea a realizar.

Repase como hacerlo en el siguiente link …

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Usar adecuadamente su equipo de protección

puede salvar su vida, su salud y su

integridad…N

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a: http://misdatos.manpower.com.co

Procedimientos de trabajo seguro para

el desarrollo de su tarea…

Por favor, pida a su contacto en ManpowerGroup que le facilite y

acompañe en la lectura del siguiente material que es de suma

importancia para usted:

Cartilla de Normas de Seguridad para el Trabajo.

Estándares de Seguridad por Factor de Riesgo

• Lea el capítulo que corresponda con su cargo actual.

Programas de gestión para riesgos prioritarios.

Protocolos de seguridad para las diferentes tareas

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Para consultar el documento completo vaya

a: http://misdatos.manpower.com.co

¡Si desea volver a leer estos documentos y otros de su interés, usted

puede consultarlos en el momento en que lo requiera desde su portal de

autoservicio Self Service de ManpowerGroup!

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Resultados de la revisión por la

dirección año 2016

Evaluación del Sistema de Gestión en Seguridad,

salud en el trabajo y ambiente

Cumplimiento de los objetivos del SG-SST 2016

Cumplimiento de los objetivos

ambientales 2016

Eficacia de las estrategias implementadas para

alcanzar los objetivos, metas y resultados

esperados del SG-SSTA.

Considerando el análisis de los resultados de los objetivos gerenciales y en general el

cumplimiento promedio de los objetivos asociados a los diferentes programas de gestión

del riesgo, se encuentra que las acciones emprendidas y demás estrategias emprendidas

para la administración del riesgo y el cumplimiento de los objetivos, políticas y demás

indicadores del SG-SSTA han sido eficaces pero requieren reforzarse y enfocarse según

las necesidades de cada cliente.

Entendiendo esta situación, las áreas con impacto directo en la atención de clientes se

encuentran trabajando de manera cercana para conocer de cada cliente y ofrecer

soluciones alternativas a cada uno de ellos incluyendo los aspectos de seguridad y salud

en el trabajo.

A la fecha 40 clientes tienen personalizado un PTA en salud y seguridad con el

acompañado de los expertos en el tema de cada una de las UdeN.

Resultado de los indicadores y de las

auditorías al SG-SSTA.

A la fecha se considera que el SG-SSTA ha sido eficaz en cuanto a

las acciones operaciones y a las medidas correctivas, preventivas o

de mejora sugeridas; considerando que:

• Nivel de cumplimiento general del SG-SSTA: 100%

• Nivel de cumplimiento del RUC 2016: 85%

• Sanciones por incumplimientos: ninguna

• Indicadores gerenciales: 78%

• Indicadores de los programas de gestión: 83%

Resultado de los indicadores y de las

auditorías al SG-SSTA.

Resultados de la auditoria del Consejo Colombiano de Seguridad al

SG-SSTA en año 2016: cumplimiento del 99.64%

Eficacia y aplicación de las medidas de

prevención y control de peligros y riesgos.

En general, los resultados del seguimiento a los diferentes elementos del

SG-SSTA muestran como las medidas de prevención y control del riesgo han

sido eficaces por cuanto los aspectos e impactos ya controlados por el sistema

no se han desviado de lo esperado y los procesos de auditorías internas y

externas evidencian cumplimiento del SG-SSTA. No obstante, revisado el

cumplimiento de las metas de los diferentes objetivos gerenciales,

ManpowerGroup en Colombia continuará en vigilancia y control de la eficacia de

las medidas de prevención y control de los peligros.

Estas medidas de control se evalúan a través de los diferentes mecanismos de

participación y consulta activos como encuestas a clientes y empleados y de las

inspecciones y otras valoraciones a los centros de trabajo.

Participación y consulta.

El inventario de empleados y empleadas que participaron a través de las

diferentes fuentes de participación y consulta fueron:

Participación y consulta. Encuesta de intensidad de uso de los mecanismos de participación y

consulta.

Condiciones de los ambientes de

trabajo en general.

Con los Informes del Medio Ambiente de Trabajo realizados durante el año, se

evidenciaron las condiciones ambientales de trabajo y en todas se identificaron

los planes de acción y los ajustes necesarios en los aspectos como nivel de

supervisión, horarios de trabajo, si los colaboradores tiene suministro de

transporte y alimentación, en qué circunstancias hay mayor actividad, en la

identificación de los peligros, los grupos de cargos que estarán laborando, los

elementos de trabajo utilizados por los colaboradores, los equipos de protección

personal necesarios para desarrollar la labor de forma segura, los exámenes

médicos requeridos, el alcance de la inducción, entrenamiento y formación.

Las evaluaciones de la satisfacción laboral de los empleados externos e internos

evidencian un alto nivel de satisfacción con las condiciones propias del trabajo

incluidas las condiciones físicas y en general del ambiente: 96.80% de

satisfacción de los empleados externos y el 88% entre los empleados internos.