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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR JARDÍN INFANTIL LANCAHUE 1 DE ENERO DE 2021

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR JARDÍN INFANTIL LANCAHUE

1 DE ENERO DE 2021

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introducción El propósito de la educación es la formación integral. Esto es, entregar un tipo de educación que

articule y armonice el conocimiento del saber disciplinario con las habilidades sociales y el desarrollo

personal, en el contexto de un establecimiento que se reconoce a sí mismo como una Comunidad

Educativa, en la que cada uno de los integrantes tiene roles y funciones definidas, y de quienes se

espera la participación y la adhesión al Proyecto Educativo y a las normas de convivencia.

“Optar por la formación integral de las y los estudiantes supone poner en el centro la dimensión

humana y social en el proceso educativo, orientándolo hacia su total desarrollo, articulando las

experiencias y conocimientos provenientes de las disciplinas de estudio establecidas en los Objetivos

Fundamentales Verticales, con las experiencias y los conocimientos del ámbito personal y social

propuestos en los Objetivos Fundamentales Transversales, de modo que se integren en la experiencia

de vida del y la estudiante, capacitándolos para conducir sus vidas de forma plena.” 1

Las políticas, compromisos, derechos, deberes y procedimientos descritos en este Manual de

Convivencia, deben interpretarse y aplicarse de manera que se hagan efectivos los valores, la filosofía y

la misión del Jardín Infantil Lancahue y en particular, para que se promuevan los principios de

convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa. El Manual de Convivencia,

instrumento de construcción colectiva y permanente, sirve de referencia para lograr los fines de la

institución de una manera efectiva y práctica y al mismo tiempo para garantizar el respeto a los

derechos de quienes integran la comunidad educativa.

Este enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, que apunta al desarrollo de

conocimientos, habilidades y actitudes que permiten formar personas autónomas, capaces de tomar

decisiones personales y de anticiparse a situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la

convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas.

1. Ley General de Educación. LGE. Art. 2º En este sentido, compartimos un concepto de norma disciplinaria que se define en función de la sana

convivencia escolar y la formación en valores, a través de un enfoque sistémico: escuela, familia y

sociedad. Importante destacar que las características de nuestra población escolar (edad preescolar – 3

a 5 años -), implica que el cumplimiento de los deberes de los alumnos/as son de responsabilidad

fundamental de los padres y/o apoderados, quienes en forma conjunta con la unidad educativa

propenderán al fortalecimiento de los hábitos y normas necesarias para la atención pedagógica y el

crecimiento integral de los niños y niñas.

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Este manual es una herramienta dinámica (sujeto a cambios si la comunidad educativa lo requiere),

que contiene los lineamientos fundamentales que el Jardín Infantil Lancahue tiene en cuenta para

regular el proceso formativo de sus párvulos.

Finalmente nuestro Manual de Convivencia es el producto de acuerdos y vivencias de los niños y niñas,

docentes, padres y apoderados y demás miembros de la comunidad educativa del Jardín Infantil

Lancahue. Allí encontramos todas las relaciones, situaciones, deberes, derechos básicos para tener una

convivencia sana y feliz. Además conserva el enfoque centrado en el individuo como ser que posee un

cúmulo de potencialidades y que piensa, siente y actúa acorde con la realidad social. Es de carácter

abierto y flexible, sujeto a modificaciones que sean producto de los aportes que surjan de las

circunstancias y de la dinámica social en la que se desenvuelve la Comunidad Educativa.

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I. Fundamentación Toda sociedad grande o pequeña, de manera implícita o explícita, ha tenido y tiene un mínimo de

normas cuyo cumplimiento por parte de cada uno de los miembros ha contribuido, de alguna manera,

a la convivencia pacífica. Cualquier conducta o comportamiento requiere una regulación no sólo de

carácter privado, sino de carácter grupal o colectivo. Dicha regulación se expresa por medio de una

normatividad, como elemento prioritario para vivir en sociedad y como medio eficaz para evitar

conductas que atenten la sana convivencia dentro del grupo.

Actualmente los cambios son acelerados, y nuestro país ha experimentado profundas

transformaciones en su desarrollo económico, social y cultural. Se han ampliado los derechos

ciudadanos y adecuado las instituciones a los nuevos requerimientos sociales. Con todo, aún existen

desafíos para el desarrollo pleno y equitativo, lo que significa reconocer que nos desenvolvemos en un

entorno complejo y cambiante que obliga a re-mirar las prácticas de las personas y las relaciones

sociales. Con todo, aún existen desafíos para el desarrollo pleno y equitativo, lo que significa reconocer

que nos desenvolvemos en un entorno complejo y cambiante, que obliga a remirar las prácticas de las

personas y las relaciones sociales que establecen.

Por lo anterior, sin duda que surgen nuevos desafíos para la educación, es aquí donde la institución

escolar asume un rol primordial en potenciarse como un espacio generador de instancias que propicien

las buenas practicas, ya que a través del lenguaje, las interacciones y los contenidos curriculares es

donde se debe intervenir en los supuestos de cómo son y deben ser los niños y niñas. Para que la

convivencia armónica pueda darse en una institución educativa se requiere también de una

normatividad, que no trasgreda la individualidad, pero que, insertada en la programación curricular,

posibilite el desarrollo creativo, la realización ordenada de las diversas acciones, la evolución adecuada

de la conducta y, por último, el logro progresivo de la autodisciplina productiva.

Las escuelas son micro sociedades, en tanto poseen una organización y estructura determinada, con

normas de convivencia, sistemas de reglas que regulan las interacciones, la participación, entre otras.

Son un pequeño sistema político y social que ofrece muchas oportunidades para practicar y examinar

las aplicaciones de los principios democráticos. Este último hecho encierra una riqueza invaluable: la

escuela permite aprender las habilidades, actitudes y valores de la convivencia democrática,

practicándolos y no a través de discursos. Si la convivencia se enseña conviviendo, la escuela es un

lugar de privilegio para realizarlo.

Es así como en Chile, la Convivencia Escolar se ha posicionado progresivamente en los últimos veinte

años, producto de tres hitos principalmente. El primer hito hace referencia a la organización del

currículum en Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios en la década de los ’90, y

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más explícitamente, en la distinción entre Objetivos Fundamentales Verticales (OFV) y Objetivos

Fundamentales Transversales (OFT). El segundo refiere a la publicación de una Política de Convivencia

Escolar a nivel nacional en el año 2002 y su actualización en el año 2011. Y por último, el tercer hito,

corresponde a la incorporación de la Convivencia Escolar en el Sistema de Aseguramiento de Calidad

de la Educación (SACGE). Lo anterior pone de manifiesto una preocupación por la temática de la

convivencia desde distintos ejes en el ámbito político educativo.

Por lo anterior, sus principios rectores se subordinan a los siguientes marcos legales que le otorgan

legitimidad y obligatoriedad: Constitución Política de la República de Chile, Declaración de los Derechos

Humanos, Convención sobre los Derechos del Niño, Ley General de Educación LEGE, Decretos

Supremos de Educación Nº 170 de 2010, Instructivo Presidencial sobre Paz Ciudadana y Política de

Participación de Padres, Madres y Apoderados en el Sistema Educativo, MINEDUC 2000, Ley Nº 19.223

sobre Delitos Informáticos, al Nuevo Código Procesal Penal en su Relación con la Gestión de los

Establecimientos Escolares.

El “Manual de Convivencia Escolar”, es una herramienta de gestión, de apoyo para la buena

convivencia escolar de la comunidad educativa y establece los procedimientos necesarios para

prevenir, actuar y reparar las situaciones que afectan o dañan a la Comunidad Educativa en su

totalidad.

La Política de Convivencia Escolar, editada el año 2011, se afirmaba en 3 ejes esenciales:

• Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con otros.

• Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad educativa, de acuerdo a los

roles, funciones y responsabilidades de cada actor y estamento.

• Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y de responsabilidades, y

deben actuar en función del resguardo de la dignidad de todos y todas.

Hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestros deberes; nos hace posible la vida en sociedad y

por ende en nuestro espacio educativo, siendo este el primer espacio de convivencia democrática en el

que se desenvuelven nuestros niños y niñas, aprendiendo a tomar decisiones para un propósito común

como además el trabajo en equipo y tolerancia.

La comunidad escolar debe tomar conciencia que para fomentar una vivencia se debe educar, entre

otras, las competencias para resolver los conflictos que surjan en las salas de clases y en el entorno.

Para ello es necesario basarse en una normativa que aborde los problemas de convivencia del día a día,

pero es imprescindible un paso previo que tenga como finalidad educativa el desarrollo integral de la

persona y que prevenga la aparición de conflictos.

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Visto así, podríamos definir la convivencia como el arte de vivir en paz y armonía con las personas y el

medio que nos rodea. Es el clima de interrelaciones que se produce en nuestra comunidad educativa,

es decir, una red de relaciones sociales que se desarrolla en un tiempo y espacio determinados y que

convoca a los distintos actores que participan en ella a ser capaces de operar en conjunto y

acompañarse en la construcción de relaciones y vínculos entre sus miembros. Se configura de este

modo un espacio relacional de cooperación y crecimiento que se va reconociendo en nuestra vida

cotidiana.

Nuestra institución propende por una educación en la que se permita el pleno desarrollo de la

personalidad del individuo, fomentando y promoviendo un proceso de desarrollo infantil armónico e

integral en los aspectos físicos, psicológicos, moral, social, ético y cognitivo, basada siempre sobre los

derechos y bienestar de los niños y niñas.

La convivencia, el juego, el buen trato, la protección y las como las alternativas de formación,

posibilitan en los niños actitudes autónomas, tolerantes, solidarias, honestas y comprometidas que le

permitan transformase en miembros útiles para esta sociedad.

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II. Visión y misión de nuestro Jardín Infantil Lancahue

Visión La escuela de párvulos Lancahue aspira a ser una base y modelo para que cada niño y niña desarrolle

una identidad sólida, creando vínculos afectivos, no solo con cada alumno sino trascender a cada

familia, haciéndolas participes de nuestra labor, entregando las herramientas necesarias para afianzar

y fortalecer la autonomía, autoestima y creatividad en cada uno de los niños y niñas que permita

insertarse de manera adecuada en la educación escolar.

De manera específica buscamos:

• Estimular la percepción y la comprensión de objetos, símbolos y representaciones de la realidad

preparatoria del apresto para la lectura, escritura y el cálculo.

• Potenciar y propiciar estilos de vidas saludables en todos los miembros de la comunidad

educativa.

• Educar a todos los niños y niñas en un clima de:

o Tolerancia y respeto mutuo.

o Generosidad esfuerzo tanto individual como colectivo.

o Colaboración y libre expresión de la efectividad.

• Desarrollar de una gestión coordinada y eficiente mediante un permanente trabajo de equipo

que permita alcanzar las metas propuestas en los plazos determinados.

• Generar con un clima organizacional óptimo que asegure la convivencia armónica entre todos

sus miembros.

• El compromiso activo de los Padres y apoderados con la educación de sus hijos, que se traduzca

en su participación en todas las instancias durante todo el periodo educacional.

• El permanente apoyo del personal Directivo en las diversas acciones educativas instando al

perfeccionamiento de todos los miembros de la unidad educativa.

• La aplicación de parte de las educadoras de metodologías participativas e innovadoras que

potencien el desarrollo de las habilidades cognitivas, afectivas y sociales, que permitan la

formación de un ser humano integral con sólidos valores.

• Incentivar la adquisición y manejo de aprendizajes integrales enfatizando en el desarrollo del

lenguaje materno, idioma extranjero inglés y razonamiento lógico matemático.

• La elaboración y la aplicación de un currículum flexible y dinámico con base en las actuales

bases curriculares para educación parvularia.

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Misión Nuestra misión como Escuela de Párvulos Lancahue es brindar a la comunidad un equipo de

profesionales competentes, favoreciendo la adquisición de aprendizajes significativos y valores en

función del bienestar de niños y niñas, conforme a una educación personalizada de carácter integro e

innovador a la vanguardia de los nuevos planteamientos de las Bases Curriculares de Educación

Parvularia, acorde a los requerimientos de la actual Reforma Educacional Chilena.

En nuestra tarea queremos hacer partícipe a la familia, no solo como agente externo, sino de manera

conjunta al proceso educativo de los niños y niñas de nuestro establecimiento. Proporcionaremos a los

párvulos herramientas necesarias para que se desenvuelvan de manera autónoma y puedan contribuir

positivamente al progreso de la comunidad, dándole igualdad de oportunidades para un mejor

desarrollo educativo y humano.

Queremos una Institución:

• Con un prestigio sólido en todos los ámbitos de su quehacer.

• Reconocida por la comunidad.

• Con objetivos estratégicos bien definidos para cada una de las áreas de la organización escolar,

mediables y confluyentes al Proyecto Institucional.

• Con objetivos y metas claras, en donde cada integrante conoce y cumple el rol que le

corresponde.

• Con Párvulos, que se identifiquen y se enorgullezcan de pertenecer al Jardín.

• Con Apoderados conscientes del apoyo que en ellos deben brindar al Jardín y comprometidos

realmente con la educación de sus hijos.

• Con un Clima Organizacional que asegure la convivencia armónica entre los diferentes

estamentos que componen la unidad educativa.

• Con Educadoras y Personal no docente comprometidos con su rol mediador en el aprendizaje y

con la formación valórica de los párvulos y motivados para alcanzar constantemente un

mejoramiento personal y profesional.

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III.- Fundamentos del Manual de Convivencia, Marco

filosófico y principios institucionales El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la

comunidad educativa del Jardín Infantil Lancahue, los principios y elementos que permitan construir

una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de

toda clase de violencia o agresión.

El Manual de Convivencia, es presente instrumento de concertación y construcción colectiva donde se

contemplan los deberes y los derechos de los niños y niñas, padres y apoderados de nuestro

establecimiento. Se establecen normas que regulan el comportamiento disciplinario y favorece la sana

convivencia de la Comunidad Educativa; acorde a las normas legales y a los principios en los que se

basa nuestra institución.

Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia

escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a

recibir la formación integral necesaria para construirlo. A su vez, están obligados a colaborar en el

tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la

comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Establecer estrategias integrales de prevención de la violencia escolar, donde participen todos los

integrantes educativos.

Aprendizajes a lograr en la comunidad educativa con el manual de convivencia.

• Interrelacionarse y establecer vínculos que impliquen reciprocidad.

• Dialogar sin descalificaciones.

• Comprometerse y asumir responsabilidades con otros.

• Intercambiar ideas y opiniones con otros de manera respetuosa.

• Disentir, es decir, que mis ideas pueden ser diferentes a los de otros.

• Consensuar, es decir, aspectos que implican la pérdida o ganancia.

• Reflexionar.

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1.-Relevancia del Manual de Convivencia Escolar: Permite desarrollar un sistema disciplinario integral, justo y claro para toda la unidad educativa con el

fin de normar, regular y promover conductas deseadas en todos los niños y niñas e impactar

positivamente en la convivencia escolar.

Posibilita enseñar y aprender a convivir con otros en forma respetuosa, solidaria y democrática, es

necesario reconocer que existen múltiples desafíos y tensiones que afectan la convivencia armónica y

constructiva entre las personas. Por eso, es importante que en primer lugar los niños y las niñas junto a

sus familias, docentes, directivos, sostenedores, asistentes de la educación se hagan cargo de sus

respectivas responsabilidades y obligaciones.

A los adultos les cabe la especial responsabilidad de señalar, con su comportamiento y enseñanzas,

que es posible la construcción de una comunidad donde todos se respeten y se valoren en su dignidad;

en la que dialoguen opiniones y puntos de vista diversos, al amparo de los derechos que cobijan a

todas las personas. Las tensiones que frecuentemente se dan en la convivencia escolar, normalmente

reflejan los conflictos que viven las personas y que no encuentran sana orientación, lo que fomenta la

agresividad y facilita el surgimiento de la violencia, ya sea entre pares o en relaciones verticales, de

adultos a niños(as) y viceversa.

2.- Conceptualizaciones Es importante antes de plantear los objetivos y actividades de Plan de Convivencia Escolar clarificar

ciertos conceptos específicos y generales que tienen relación directa en el tema de convivencia escolar.

Sin duda que al revisar bibliografía relacionada encontraremos distintas visiones y acepciones de los

términos expuestos, ante esta situación se ha privilegiado las conceptualizaciones que emanan desde

el Ministerio de Educación que es la entidad que nos regula como establecimiento educacional y que

ha definido una política nacional en el tema de convivencia escolar.

2.1.-Comunidad Educativa Aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución

educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la

educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

2.2.-Deber Es la obligación que afecta a cada persona, impuesta por la moral, la ley, las normas sociales o la propia

conciencia o la razón.

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2.3.-Derecho Facultad natural del ser humano para hacer o exigir todo lo que la ley o la autoridad establecen en su

favor. Todo derecho lleva implícitas obligaciones o responsabilidades para con otros miembros de la

sociedad.

2.4.-Convivencia Escolar La Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como “la coexistencia pacífica de

los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite

el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral

de los estudiantes”.

La convivencia escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una

comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación

armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

2.5.-Buen Trato El buen trato se entiende como aquella forma de relación que se caracteriza por el reconocimiento del

otro como legítimo otro, la empatía, la comunicación efectiva, la resolución no violenta de conflictos y

el adecuado ejercicio de la jerarquía. Estas relaciones generan un contexto favorable para el bienestar

y adecuado desarrollo de las personas, en especial de los niños y niñas.

En otras palabras se podría definir como las relaciones con otros (y/o el entorno) y se refiere a las

interacciones (con ese otro y/o ese entorno) que promueven un sentimiento mutuo de reconocimiento

y valoración. Son formas de relación que generan satisfacción y bienestar entre quienes interactúan.

Este tipo de relación, además, es una base que favorece el crecimiento y el desarrollo personal y no

hay espacio para situaciones o acciones maltratantes.

2.6.-Conflicto Los conflictos son parte inherente de la convivencia entre las personas. El conflicto surge cuando una

de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas.

2.7.-Norma Regla de conducta que una comunidad o sociedad impone a sus miembros para garantizar el bien

común y cuya violación estará sancionada. Las normas tienen por objeto fijar pautas para el accionar

humano, así como también establecer y justificar límites y responsabilidades en la relación con los

otros.

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2.8.-Respeto Aceptar y tolerar al otro como ser integral.

2.9.-Normas de Convivencia en el Aula Se refieren a aquellas normas que los docentes y/o estudiantes definen para regular el funcionamiento

e interacción en los procesos pedagógicos que se vivencian al interior del aula o sala de clases. Las

normas de convivencia en el aula deben siempre estar en concordancia con las normas de convivencia

explicitadas en el Manual de Convivencia.

2.10.-Sana Convivencia Escolar Es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento

principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo

que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia,

orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus

derechos y cumplir sus deberes correlativos.

2.11.-Manual de Convivencia Escolar Es un documento que, con la participación de todos los actores de la comunidad educativa, se diseñó

para regular y dar pautas de normas y procedimientos respecto a la convivencia diaria al interior del

establecimiento.

2.12.- Agresión La agresión es una respuesta hostil frente a un conflicto latente, patente o crónico. También se asocia

la agresión como una conducta fuera de control que tiene como propósito ganar en la relación a costa

de los intereses y muchas veces de la integridad física y/o psicológica de la otra persona. La respuesta

agresiva es una expresión cargada de emotividad, que suele profundizar la disputa, sin dar pasos a la

resolución.

La agresión también es percibida como la carencia de manejo de otras herramientas para expresar los

sentimientos, necesidades e intereses en la relación con otros. Su expresión es diversa, y como tal

requiere de mecanismos propios para abordarla entre las partes.

2.13.-Violencia La violencia podríamos entenderla como la situación de desborde y trasgresión más allá de la agresión

con que se enfrentan situaciones que generan malestar o dificultades. La violencia se acerca mucho

más a un conflicto en el que no sabemos cómo regresar a una situación de orden y respeto de las

normas sociales.

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También puede ser comprendida como un “acto imprevisible”, en tanto corresponde a una conducta

manifiesta de fuerza desmesurada y automática, aun cuando pueda expresar intención de daño, puede

ser considerada como la consecuencia de un proceso más largo de hostilidad y/o agresión entre dos o

más personas, con y sin amenaza.

2.14.-Acoso Escolar Se considera toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado o bullying,

realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por los estudiantes que en forma individual o

colectiva atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o

de indefensión del estudiante afectado.

3.- Mecanismos para la Difusión del Manual de Convivencia Escolar Este Manual será conocido por todos los miembros de la comunidad. Para ello será comentado y

reflexionado en la primera reunión de apoderados y la primera semana de clases con los niños y niñas.

4.-Objetivos del Manual de Convivencia 4.1.-Objetivo General Promover, desarrollar e internalizar en todos los integrantes de la Comunidad Educativa (padres,

apoderados, familia, niños, niñas, docentes, asistentes de la educación y profesionales (psicopedagoga

y psicóloga) los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con énfasis en

una formación que favorezca la prevención de toda clase de mal trato, agresión o violencia. Brindando

un trato digno, respetuoso, y no discriminatorio a todos los integrantes del Jardín Infantil Lancahue.

4.2.- Objetivos Específicos

• Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán

estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

• Lograr que cada uno de los integrantes de la comunidad educativa cumpla en forma

responsable y consciente lo establecido por el reglamento de convivencia escolar.

• Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la Convivencia Escolar en todo el

sistema educativo, y resituarla como uno de los componentes centrales de la gestión

institucional.

• Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores como los

Aprendizajes básicos para el ejercicio de la Sana Convivencia Escolar.

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• Promover el compromiso y la participación de la Comunidad Educativa, en la construcción de

un proyecto institucional que tenga como componente central la Convivencia Escolar, y el

ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los actores.

• Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad Educativa, una comprensión

compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar.

IV.- Derechos y deberes para favorecer la convivencia

escolar sana

1.- De la comunidad educativa El reconocimiento de los derechos implica asumir los deberes que se deben cumplir para garantizar el

ejercicio efectivo de los derechos. Los deberes actúan como correlato de los derechos, por lo tanto,

son obligatorios para que estos últimos se cumplan pero no son una condición para su ejercicio. Esto

implica que no se puede dejar de ejercer un derecho por no haber cumplido un determinado deber; es

más, son obligatorios y prevalecen ante los deberes, por lo tanto, estos no pueden ser invocados como

requisitos para ejercer un derecho. Ambos, deberes y derechos se fundamentan en la dignidad

humana. Sin embargo, los deberes no son un fin en sí mismo, son de carácter instrumental a fin de

garantizar aquello que estimamos valioso; la dignidad humana.

En la actualidad no es posible pensar en Convivencia Escolar como una responsabilidad exclusiva de la

institución escolar por su complejidad y alcances sociales. En este sentido la Ley General de Educación

explicita y amplia el concepto de Comunidad Educativa, establece los derechos y deberes de los

integrantes, enuncia su propósito e instaura las formas de participación.

Se desprende de lo anterior, que la sana Convivencia Escolar, se enmarca en los derechos y deberes

que tienen los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de

todos y el respeto mutuo. La sana convivencia escolar constituye el contexto fundamental para la

formación personal y ciudadana de todos. Una sana convivencia escolar, propicia un clima adecuado

dentro del establecimiento, tolerante y libre de violencia, de maltrato y/o abuso escolar para que cada

uno de los miembros de su comunidad pueda desarrollar su personalidad, ejercer sus derechos y

cumplir sus deberes. Esta sana convivencia, se regula a partir de los siguientes articulados:

Artículo 1º: En caso de que la sana convivencia no se cumpla o se vea afectada, los integrantes de la Comunidad

Educativa tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas

en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de

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situaciones de conflicto o maltrato y/o abuso escolar entre cualquiera de los integrantes de la

comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Artículo 2º: Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar debe ser presentado en forma

verbal y escrita ante la directora del jardín infantil, la que debe dar cuenta a la Encargada de

Convivencia Escolar.

Artículo 3º:

Las acciones y resoluciones que emanen de estos procedimientos se registrarán por escrito mediante

Actas de Entrevistas y Resoluciones, en archivos confidenciales.

Artículo 4º: Al inicio de todo procedimiento en el que sea parte el niño o la niña, se notificará a sus padres o

apoderados en entrevista personal, dejando constancia escrita de ello mediante la respectiva Acta de

Entrevista.

Artículo 5º: En el procedimiento se garantizará: la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho

de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

Artículo 6º: En caso de existir acuerdo entre las partes, junto con dar por terminadas las indagaciones se exigirá el

cumplimiento de las condiciones determinadas como necesarias para asegurar la mantención de la

sana convivencia y se dejará constancia de esto en Acta de Acuerdo con las partes implicadas.

Artículo 7º: En caso de no existir acuerdo entre las partes involucradas se continuará buscando la solución al

problema incluso considerando la intervención de especialistas.

Artículo 8º: Si las partes involucradas (en este caso, los padres, considerando la edad de los involucrados) en

alguna acción reñida con la sana convivencia, no está de acuerdo con la resolución final adoptada

frente a dicha acción, pueden presentar a Dirección del establecimiento una solicitud escrita de

reconsideración.

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Artículo 9º: Con la finalidad de reforzar y asegurar la sana convivencia escolar, se encontrará en funcionamiento el

“Comité de Sana Convivencia”.

El Comité de Sana Convivencia está conformado por: El Director, el Encargado de Convivencia, y una

representante docente.

Este Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

• Proponer medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

• Diseñar e implementar el Plan de convivencia escolar del establecimiento.

• Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las

consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta

contraria a la sana convivencia escolar.

• Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la

elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y

disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.

Las funciones del o la encargada de la convivencia escolar, entre otra son:

• Propiciar la capacitación y perfeccionamiento del personal docente en materias de resolución

de conflictos.

• Ejecutar los acuerdos, decisiones y planes que emanen del Comité de Sana Convivencia Escolar

manteniéndolo informado de las gestiones realizadas.

• Proponer y adoptar acciones preventivas, medidas y programas conducentes al mantenimiento

de la sana convivencia escolar.

• Informar y capacitar a la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato escolar

y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

• Implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como

alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este

sistema puede incluir la intervención de niños (as), docentes, otros miembros de la comunidad

educativa y especialistas.

• Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia

y aquellas que puedan resolver directamente los padres y/o apoderados (as), Educadoras u

otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.

• Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

• Dar a conocer, a la comunidad escolar a las acciones generales que se desarrollen, relativas a la

convivencia escolar.

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Artículo 10º: Cumpliendo con las exigencias de la Ley, el Jardín Infantil denunciará, a las autoridades competentes,

dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, toda acción u omisión que

revista caracteres de delito, que atente contra la seguridad y/o buen trato de sus alumnos o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa, (lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos

sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros).

2.- Los deberes del Jardín Infantil Lancahue Artículo 11: El establecimiento cuidará de cumplir los siguientes deberes:

• Ofrecer a los estudiantes una educación de calidad en un ambiente grato de respeto y

acogedor.

• Respetar intereses y ritmos de aprendizajes.

• Velar por la seguridad e integridad física y psicológica de la comunidad educativa.

• Informar a los apoderados acerca los avances de sus hijos/as.

• Citar a los apoderados a reuniones generales, escuela para padres, talleres para padres,

entrevistas personales en concordancia a la atención horaria de cada profesional.

• Contar con un manual de convivencia y difundirlo.

• Mantener el orden y limpieza del establecimiento.

• Mantener un permanente contacto con los organismos que forman parte de la comunidad,

tales como, bomberos, carabineros, colegios circundantes, entre otros.

• Disponer de un personal que actué en forma amable, respetuosa y con voluntad de diálogo

para responder inquietudes.

• Garantizar que las sanciones estén establecidas en el manual de convivencia escolar y sean

adecuadas a la gravedad de la falta.

• Garantizar que no se apliquen sanciones que consistan en castigos físicos o psicológicos que

arriesguen la integridad y seguridad de los niños y niñas. Ej. golpes, insultos, sobrenombre,

ignorar, dejar solo, sacudir, amenazar, etc.

• Reconocer y valorar actitudes positivas en los niños y niñas.

3.-Deberes y derechos de los párvulos. Son deberes de los párvulos:

• Respetar las normas de convivencia establecidas en el establecimiento.

• Proponer normas de convivencia en su sala de actividades.

• Mantener actitud de respeto.

• Cuidar sus pertenecía y presentación personal.

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• Cuidar los bienes del establecimiento, materiales y juguetes.

• Autorregular su comportamiento según las actividades y la hora de patio.

• Mantener una actitud receptiva y escucha atenta en las experiencias de aprendizaje.

• Acoger la presencia del docente de aula o de quien excepcionalmente lo reemplace no

obstaculizando experiencias educativas.

• Cuidar y mantener la limpieza del establecimiento y su aula.

• Portar útiles de higiene personal.

• Solucionar problemas por medio del diálogo.

• Asumir sanciones impuestas.

A continuación se describen detalladamente los deberes principales de los niños y niñas:

3.1.- De la asistencia Artículo 12º: La asistencia de los niños y niñas al Jardín Infantil Lancahue es necesaria desde el primer y hasta el

último día de clases, conforme a la programación del establecimiento. Los niños y niñas deben cumplir

con el porcentaje mínimo de 85% de asistencia. Por lo tanto, los padres y/o apoderados deben formar

en sus hijos el hábito de no faltar a clases y abstenerse de solicitar permisos especiales de retiros

anticipados o ausencias por razones que no justifican el perder días de clases.

Artículo 13º: Toda inasistencia a clases debe ser justificada por el padre y/o apoderado ante la Educadora al día

siguiente de producida esta.

Artículo 14º: Durante las horas de actividades, ningún niño y niña podrá salir del establecimiento en forma

imprevista y sin autorización, aunque vaya acompañado por su apoderado. Existe la posibilidad de

retirar en forma extraordinaria a los niños y niñas durante la jornada escolar por motivos justificados,

pero el retiro debe ser informado a la Educadora y registrado en cuaderno para estas situaciones y a

partir de ello se gestionará la salida del niño o la niña, el o la que será entregado/a exclusivamente al

apoderado o persona autorizada en la Ficha de Matrícula.

Artículo 15°: El Jardín Infantil reconoce a ambos padres como tutores del niño cuando ellos lo han comunicado en

forma expresa y ese hecho ha quedado consignado en la Ficha de Matrícula. Este hecho implica que

ambos padres tienen indistintamente la autorización para retirar al menor en los horarios regulares de

salida o en los retiros extraordinarios.

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Artículo 16°: El o ambos tutores podrán delegar, en forma extraordinaria, la responsabilidad de retirar a un niño o

niña en una tercera persona, debidamente autorizada en la Ficha de Matrícula.

Artículo 17°: Si el tutor del niño es solo uno de los progenitores y este hecho ha sido validado por el Juzgado de

Familia correspondiente, sólo este apoderado tendrá potestad sobre el menor y sólo él/ella podrá

retirarlo en los horarios de salida regular o en los retiros extraordinarios.

Artículo 18º: Dentro de las actividades normales de la institución escolar, los niños y niñas realizarán diversas visitas

y/o salidas pedagógicas, las que serán oportunamente avisadas debiendo el apoderado firmar la

autorización respectiva. En caso de que el niño o la niña no cuenten con la autorización de su

apoderado no podrán asistir al establecimiento ya que es una actividad a nivel institucional y todos son

participes de ésta.

3.2.- De las condiciones de salud (referentes al cuidado del niño y niña) Artículo 19º: Los niños menores de 6 años son altamente vulnerables a diversas enfermedades. Por lo tanto:

• Todo alumno que sufra de algún tipo de enfermedad que ponga en riesgo la salud tanto de sí

mismo como la de sus compañeros deberá abstenerse de asistir al Jardín durante el período

que señale el médico tratante y sólo podrá reincorporarse con el certificado médico respectivo.

• Todo niño o niña que sea portador de alguna enfermedad susceptible a ser transmitida a otras

personas deberá abstenerse de asistir a clases durante el período agudo y/o de contagio.

• Todo niño o niña que cuente con reposo debidamente acreditado o con restricción médica de

circulación o desplazamiento no podrá asistir a clases hasta que cuente con el alta médica

correspondiente.

Artículo 20º: Si la Educadora considera que el niño o niña no está en óptimas condiciones de salud, se llamará al

apoderado para que sea retirado del establecimiento, evitándose con esto un agravamiento de la

enfermedad y posibles contagios a terceros.

Artículo 21º: Para mayor protección de los rayos solares, durante las actividades al aire libre, se sugiere enviar a los

niños y niñas con bloqueador o pantalla solar.

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Artículo 22°: Es obligación del apoderado comunicar, las principales enfermedades crónicas que afectan al menor

como asimismo la prescripción de fármacos que esté consumiendo. El Establecimiento llevará un

registro de estos datos y serán puestos en conocimiento de la Educadora.

Artículo 23°: En el caso que el niño o niña esté sometido a condiciones máximas de stress por alteraciones

situacionales de su ambiente familiar (separación de los padres, ambientes disfuncionales, maltrato,

muerte de algún familiar, pérdidas de mascotas, etc.) es obligación del apoderado comunicar la

situación a la Educadora para prever la atención de conductas disfuncionales que pudieran aparecer en

el menor y que interfieran con la normal convivencia escolar.

4.- De la puntualidad Artículo 24º: Los alumnos del Jardín Infantil Lancahue deberán ingresar y ser retirados puntualmente del

establecimiento según el horario establecido.

5.- De la presentación personal Artículo 25° La presentación personal determina el observar ciertas disposiciones generales, a saber, las siguientes:

• Niños, cabello con corte normal o clásico,

• Las niñitas, cabello debidamente tomado, con trenzas, coles, pinches u otros, dejando el rostro

despejado, especialmente los ojos (facilitándole así el desarrollo de las actividades y evitándole

accidentes).

• Sin joyas de valor.

• Uñas cortas y limpias.

Artículo 26º: Todas las niñas y niños deben asistir al Jardín Infantil con el uniforme, según modelo establecido por el

establecimiento:

• Nivel medio: Asistir con ropa de calle.

• Pre-Kínder: Asistir con ropa de calle.

• Kínder: Uniforme tradicional

o Niñas: Jumper azul, blusa blanca, chaleco azul, Calcetas azules, zapatos negros.

o Niños: Pantalón gris, camisa blanca, chaleco azul, zapatos negros.

o Delantal institucional.

El uniforme debe ser supervisado a diario por el apoderado para asegurarse que su hijo o hija asista

correctamente presentado.

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Cada prenda de vestir del uniforme, deberán estar debidamente marcadas con una etiqueta con el

nombre del alumno/a.

Artículo 27º: Los niños y niñas de todos los niveles, en su bolso o mochila de artículos personales, deben incluir a lo

menos una muda de ropa debidamente marcada para casos de situaciones especiales que impliquen su

cambio, esta muda debe ser repuesta cada vez que sea necesario.

6.- De la responsabilidad escolar Todos los alumnos del Jardín Infantil deben cumplir las normas o conductas contenidas o reguladas por

este Reglamento.

Atendiendo a que el proceso de responsabilidad escolar aún no es autónomo en niños menores de 6

años, esta responsabilidad la asume el apoderado, quién deberá:

Artículo 28º: Supervisar diariamente que el niño o niña tenga los materiales y pertenencias que necesitará al día

siguiente. Asimismo, deberá revisar diariamente el contenido de su mochila para verificar que no

contenga objetos de menos ni objetos que no correspondan. En caso de encontrar objetos que no son

de propiedad de su hijo/a deberá entregarlos a la Educadora quién se encargará de ubicar a su dueño

para su devolución.

Lo mismo procede en caso de los materiales del Jardín Infantil, el apoderado debe hacer devolución de

los objetos, por insignificantes que le parezcan, ya que suelen extraviarse pequeñas piezas de un todo

lo que puede inutilizar el juego didáctico completo.

Artículo 29°: Todos los artículos escolares deberán venir marcados en forma individual.

Artículo 30°: Los párvulos no deben transportar materiales cuyo uso puede ser perjudicial para su salud, tales como

tijeras con puntas agudas, cuchillos cartoneros, pegamentos que contengan tolueno u otros químicos

no permitidos, etc.

7.- Del comportamiento escolar Dentro del Reglamento de Sana Convivencia se fomenta que las interacciones entre los miembros de la

Comunidad educativa, alumnos, educadores, apoderados y/o directivos, sean armoniosas y positivas

en todas las instancias de la vida de la institución por lo que se espera de toda la Comunidad Educativa

y en especial de los Párvulos lo siguiente:

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Artículo 31º: Estando en el establecimiento, el niño y niña debe tener un comportamiento adecuado a las exigencias

de las actividades y tareas requeridas en cada oportunidad, de acuerdo a las diferencias que pueden

existir en cada grupo etario.

Artículo 32º: Cumplir con las obligaciones y deberes que se contraen en las actividades del nivel y de las cuales el

apoderado ha sido debidamente informado.

Artículo 33º: Mantener una actitud positiva en todas las actividades en que se participe: estar atento, receptivo,

cercano y participativo.

Artículo 34°: Cumplir sus deberes escolares, respetando las instrucciones dadas por la Educadora.

Artículo 35º: Mantener tanto dentro como fuera del establecimiento, en toda actividad en que participe una actitud

de respeto, deferencia y solidaridad frente a todas las personas que le rodean, sean estos adultos o

compañeros.

Artículo 36º: Cada niño y niña debe ser socializado hacia la evitación de la violencia, por lo tanto, el establecimiento

no aceptará acciones de hostigamiento, tanto por la vía física, verbal o virtual, generadora de violencia

en miembros de su Comunidad Educativa.

Artículo 37º: Mantener tanto dentro del Establecimiento como en toda actividad en que participe fuera de ella un

lenguaje socialmente aceptable y acorde a su calidad de alumno de este establecimiento.

Artículo 38: Las Educadoras enseñarán a sus niños y niñas desde pequeños a solucionar sus conflictos mediante el

diálogo ayudados con su mediación. En caso de ser necesario, la Educadora podrá tener la

colaboración de la psicóloga para esta mediación.

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8.- Del cuidado del entorno Artículo 39º: Los niños y niñas y sus Educadoras son responsables de iniciar y terminar cada actividad con su sala

limpia y ordenada La misma actividad de orden y limpieza se debe fomentar en todos los espacios del

establecimiento.

Artículo 40º: Deben cuidar el mobiliario, aseo, materiales, material didáctico y todas las dependencias del

establecimiento escolar.

Artículo 41º: El orden y el aseo del recinto es una parte fundamental para el desarrollo del proceso educativo. Por lo

tanto, todos los miembros de la comunidad educativa (niños, niñas, apoderados, docentes, asistentes,

administrativos y auxiliares) deben responsabilizarse del cuidado y mantención de éste.

Artículo 42º: Son derechos de los párvulos:

• Todos los niños recibirán atención personalizada, respetando su ritmo de crecimiento e

intereses.

• El aprendizaje se ambientará en un clima de amor y juego: los niños aprenden jugando.

• Se desarrollará una educación sin discriminación de índole social, racial, religiosa o cultural.

• Los niños estarán a cargo de una educadora, ella será su ente educador, guía y mediador.

• Los niños recibirán atención integral.

• Los niños estarán insertos en una comunidad educativa por lo que tendrán derecho a

relacionarse con niños y adultos, en caso de conflicto existirá un mediador encargado de la

solución de problemas.

• Igualdad en los recursos de aprendizaje.

• Diagnóstico y tratamiento de las necesidades educativas especiales.

• Tener recursos materiales acorde a su edad: mobiliario y equipamiento.

• Atención, protección y cuidado en los momentos de esparcimiento, recreación y actividades

extraprogramáticas.

• Condiciones sanitarias, de seguridad y mantención óptimas del inmueble para la permanencia

de los niños.

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9.-Normas de comportamiento: • Durante el recreo debo abandonar la sala.

• Debo evitar juegos bruscos durante los recreos.

• En el momento de la colación debo mantener orden, respeto y colaborar con el aseo.

• No debo pelear, golpear o insultar a mis compañeros y compañeras, o a cualquier miembro de

la comunidad educativa, respetar, ayudar y solidarizar con ellos y ellas.

• Tengo absolutamente prohibido decir sobrenombres o apodos descalificatorios a mis

compañeros y compañeras.

10.- De los derechos y las obligaciones de los apoderados El Establecimiento necesita, para el logro de sus objetivos, el apoyo y participación efectiva de sus

Padres y/o apoderados en la gestión educativa. El centro Educativo no trabaja en ausencia de los

padres. Los apoderados deben considerar dentro de sus compromisos prioritarios, los que emanen de

la educación de sus hijos. Los articulados siguientes cautelan tales obligaciones:

Artículo 43°: Es obligación de la familia y del establecimiento enseñar a los niños y niñas sus derechos, a cumplir sus

deberes y respetar los derechos de los demás.

Artículo 44°: El establecimiento mantendrá contacto diario presencial con los apoderados, a través de la Educadora,

a la hora de ingreso y salida de los niños y niñas y en forma indirecta mediante circulares y

comunicaciones que se enviarán con los párvulos, en sus libretas de comunicaciones, las que deberán

volver firmadas por el Apoderado al día siguiente.

Artículo 45º: Los apoderados deben mantener contacto frecuente con el Jardín Infantil a través de la Educadora de

su hijo o hija y respetar el conducto regular que significa que primero debe ser contactada la

Educadora de su hijo o hija y con posterioridad las instancias directivas (Conducto Regular: Educadora,

directora).

Artículo 46º: Es deber y obligación del apoderado, concurrir a toda citación especial o reunión programada por las

Educadoras o Directivos del establecimiento.

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Artículo 47º: Las solicitudes de entrevistas o de atención, los apoderados deben hacerlas con anticipación, vía

solicitud en la libreta de comunicaciones con el fin de asegurarse que será atendido en el momento

requerido. Sólo se atenderá sin solicitud previa, los asuntos de extrema urgencia.

Artículo 48º: El apoderado debe abstenerse de solicitar ser atendido por las Educadoras durante la jornada,

respetando para esto último, los horarios de atención de apoderados.

Artículo 49º: Dentro del Establecimiento ningún apoderado tiene derecho de reprender a alumnos, a menos que sea

su propio hijo. En caso de problemas con otros niños, deben acudir a la Educadora quién evaluará la

situación y tomará las medidas pertinentes. El Jardín Infantil exige y fomenta en sus apoderados la

confianza y el respeto por su quehacer y por la rectitud y espíritu constructivo que aplica para

solucionar los problemas que pudiesen surgir en el desarrollo del proceso educativo.

Artículo 50º: Los apoderados deben en primera instancia buscar solución a sus problemas, dudas o inquietudes,

dentro del establecimiento, ya que para ello el establecimiento cuenta con un expedito sistema de

atención de apoderados.

Ante la eventualidad de que el apoderado habiéndolo solicitado no sea atendido, la Dirección

recepcionará reclamos debidamente identificados y justificados.

El Establecimiento es el segundo hogar de los niños y niñas, por lo tanto, es deber de todos los

integrantes de su comunidad educativa, el cuidar su prestigio e integridad, buscando solución a sus

problemas, primeramente, dentro del establecimiento evitando el esparcimiento de rumores fuera de

las instancias donde se les puede dar solución.

Artículo 51º: Velando por el normal desarrollo de las actividades, los Padres y Apoderados no están autorizados a

ingresar a patios o salas durante la jornada, sólo pueden ingresar antes del inicio de la jornada y al

retirar a sus hijos, en forma puntual.

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Artículo 52º: Los apoderados deben respetar el normal desarrollo de actividades y de todo tipo de actividad

docente, por lo cual deben evitar al máximo las ausencias y los atrasos de sus hijos e hijas y abstenerse

de retirarlos fuera de horario o traer materiales durante la jornada.

Artículo 53º: Los apoderados deben comprometerse y cumplir en forma expedita con las evaluaciones y

tratamientos de especialistas, sugeridos para los alumnos y hacer llegar de inmediato, el informe que

emita el especialista tratante.

Artículo 54º: En caso de emergencias (sismo, tsunami, etc.) el apoderado debe respetar y seguir las indicaciones

entregadas por el Establecimiento y contenidas en el Plan Integral de Seguridad Escolar. Los

apoderados deben tener la seguridad de que sus hijos e hijas estarán seguros y bien protegidos, por lo

tanto, se les pide actuar con tranquilidad y si es necesario que se presenten en el establecimiento, se

les pide que lo hagan con suma calma.

Artículo 55º: En lo referido a las relaciones de Convivencia, son deberes de los padres y apoderados del

establecimiento:

• Comprometerse con una buena Convivencia Escolar.

• Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.

• Respetarse entre sí, a los alumnos y al personal del establecimiento.

• Cuidar el prestigio del Jardín Infantil evitando todo comentario que pudiese perjudicarlo.

Artículo 56º: Son derechos de los padres y apoderados:

• Ser atendidos por el personal del establecimiento en los horarios establecidos para su atención,

acordando una hora previamente.

• Recibir un trato de respeto y acogida.

• Recibir información académica, de convivencia y comportamiento de su hijo o hija, recibiendo

estado de avances.

• Discernir o discrepar razonadamente de las opiniones de los docentes y directivos con la debida

consideración y respeto.

• Utilizar en forma adecuada los conductos regulares jerárquicos de mediación de conflicto que

afecten su pupilo.

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11.-De las acciones formativas Este Reglamento de Convivencia sienta las bases para una convivencia armónica entre niños y niñas y

entre toda la Comunidad Educativa, como asimismo promueve valores universales y asegura un clima

adecuado para que la Institución Escolar desarrolle su función y logre sus objetivos. Por lo tanto, quien

cumpla con sus disposiciones será merecedor del reconocimiento, felicitaciones de parte de su

Educadora y de parte del establecimiento en general, por otro lado, a quien falte a un aspecto del

Reglamento, rompe esta convivencia y atenta contra los derechos de los demás haciéndose merecedor

(a) de una sanción (en concordancia a la edad).

Artículo 57º: Si algún padre o apoderado no cumple con estos deberes primordiales para mantener una buena

convivencia, o comete alguna acción que va en contra de sus deberes, su conducta ameritará una

sanción la cual puede ir desde una amonestación verbal hasta la exigencia de solicitar el cambio de

apoderado para el o los alumnos a su cargo.

Para los niños y niñas las normas y límites son una necesidad de desarrollo y es deber de los adultos

satisfacerla, con la finalidad de que puedan convivir adecuadamente en sociedad.

Para aplicar un estilo de disciplina acorde a la edad de los niños y niñas, justa y de buen trato, las

Educadoras frente a situaciones de comportamientos individuales indeseables o de conflicto entre

compañeros aplicarán estrategias como las siguientes, las que se solicita a los apoderados imitar en el

hogar para mantener la coherencia disciplinaria:

• Periódicamente desarrollarán temas relacionados con normas y disciplina a través de cuentos,

conversaciones o juegos entretenidos, aprovechando los momentos tranquilos en que los niños

o niñas estén de buen ánimo y dispuestos a comprender razones.

• Siempre mantendrán el autocontrol emocional al momento de corregir un comportamiento (el

enojo impide que la corrección sea una experiencia positiva para los niños y niñas).

• No tratarán de explicar razones cuando los niños y niñas estén enojados/as (esto puede ser

incluso contraproducente y lo más probable es que el niño no las escuche).

• Una vez recuperada la tranquilidad del niño o niña, se conversará sobre el por qué se le corrige

y por qué son importantes las normas (Ej.: para tener amigos, jugar, pasarlo bien, etc.),

estableciendo acuerdos y tratos con el/ellos.

• Intentarán que los acuerdos y tratos se cumplan lo más rigurosamente posible, aunque el niño

o niña reclame (la consistencia es la clave de una disciplina eficaz).

• Si el conflicto es entre dos o más niños o niñas, tranquilamente preguntarán a cada uno que

pasó y por qué, luego conversarán con ellos sobre formas de resolver el conflicto tratando de

encontrar una solución que complazca a los dos o más niños implicados.

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• Si el niño o niña está haciendo algo que no está bien, detendrán dicha acción, le explicarán la

razón del por qué lo detienen y lo motivarán cambiándolo a otra actividad entretenida para

él/ella.

• Se los elogiará y prestará atención especialmente cuando se les observen buenos

comportamientos, esto los motiva a seguir comportándose bien, (el exceso de reacción o

respuesta frente a malos comportamiento puede reforzar lo que se desea evitar).

• Cuando refuercen un buen comportamiento elogiándolo, serán específicas al indicarles lo que

estuvo bien (no solo se limitarán a decir “bien hecho”, ellas dirán, por ejemplo: estoy orgullosa

de que hayas compartido tus juguetes…).

• Cada Educadora llevará un registro de seguimiento de los comportamientos indeseables de

cada niño en caso de que estos ocurriesen.

Si el comportamiento indeseable del niño o niña, no responde a las técnicas de las Educadoras se

seguirán los siguientes pasos:

• Amonestación verbal.

• Diálogo grupal reflexivo, si el caso amerita.

• Entrevista de la Educadora con el apoderado, con acta de entrevista registrando el caso y los

acuerdos.

• Si el caso amerita, se derivará a la Psicóloga con su registro conductual, para que observe al

menor y preste asesoría a las Educadoras y apoderados, sobre la aplicación de técnicas

especiales de apoyo y de modificación conductual.

• Si es necesario, la Psicóloga remitirá al alumno al especialista que corresponda dando al

apoderado un mes de plazo para presentar certificado de evaluación del profesional.

NOTA:

• Si el responsable de infracciones fuere un funcionario del Establecimiento, se aplicarán las

medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

• Si el responsable fuere el padre o apoderado de un alumno, en casos graves se aplicarán

medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado y si el caso es muy grave la

prohibición de ingreso al establecimiento del apoderado sancionado.

Artículo 58º: Las conductas indeseables reiterativas del niño(a) y/o del apoderado serán consideradas faltas graves y

quedarán registradas en el libro de clases explícitamente redactado y debiendo quedar firmado por el

apoderado.

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Específicamente este hecho se refiere a las siguientes acciones:

Con los niños y niñas

• Causar daño físico a un compañero con consecuencias graves, que impliquen traslado a un

centro asistencial.

• Romper paneles vidrios u otros materiales didácticos, con conciencia de lo que está haciendo

(no casual).

Con los apoderados

• Incumplimientos reiterados del apoderado, de sus obligaciones para con el Jardín Infantil.

• Falta de cumplimiento con los requerimientos frente a casos que precisen de atención de

especialistas (psicólogo, neurólogo, psicopedagogo, etc.)

• Falta de apoyo hacia su hijo o hija en el cumplimiento de sus deberes escolares, (tareas,

comportamiento positivo y presentación personal, etc.)

• Participar de reuniones y juntas fuera del establecimiento, en donde se tomen acuerdos y

decisiones en nombre del Jardín Infantil.

12.- Del personal del establecimiento Artículo 59º: En el marco de las relaciones de convivencia, el tipo de Educador que potencia el establecimiento es

aquel que crea en el aula un ambiente propicio para el aprendizaje, es capaz de generar un ambiente

cálido, de confianza y respeto con los niños y niñas , que establece normas de disciplina justas,

conocidas, aceptadas y respetadas, es capaz de generar un ambiente de trabajo organizado y

enriquecedor, que invite a indagar, a compartir y aprender y además posee buenas relaciones

humanas con todos los integrantes de la comunidad educativa.

Artículo 60º: En lo referido a las relaciones de Convivencia, son deberes del personal del establecimiento:

• Dar cabal cumplimiento con lo estipulado en su contrato de trabajo.

• Comprometerse con una buena Convivencia Escolar,

• Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.

• Respetar a los niños y niñas y a los padres y apoderados.

Si algún miembro del personal no cumple con estos deberes primordiales para mantener una buena

convivencia, o comete alguna acción que va en contra de estos deberes, la situación será sujeta a

estudio por parte de Dirección, quien comunicará sus conclusiones al Sostenedor el que finalmente

decidirá las acciones a seguir, las que pueden ir desde una amonestación verbal hasta la desvinculación

del cargo.

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Mientras dure la investigación y aclaración de algún suceso contrario a la sana convivencia, que revista

gravedad para la institución y que esté afectando a algún funcionario, se le otorgará protección

administrativa la que podría significar incluso la modificación temporal de sus funciones hasta que la

situación de origen del problema sea aclarado. La modificación de funciones no puede ni debe producir

menoscabo ni mejoras de la situación funcionaria del afectado.

Artículo 61°: El personal del establecimiento está obligado a denunciar a los organismos competentes cualquier

delito del cual sean testigos, en especial:

• Situaciones de maltrato a niños y niñas o adolescentes en el hogar u otro lugar (Ley 19.698,

Tribunales de Familia).

• Robos o hurtos en el Jardín Infantil (no desapariciones o pérdida de objetos).

• Consumo de drogas o cualquier sustancia ilícita en el Establecimiento.

• Situaciones de acoso que afectaren a los alumnos o que hubieran tenido lugar en el

establecimiento.

Artículo 62º: El personal del Establecimiento se compromete a respetar y cumplir las disposiciones del presente

Reglamento de Convivencia, desde el momento en que firma su contrato de trabajo.

Artículo 63º: El Establecimiento, consciente de los lamentables hechos de atentados a menores, publicitados en

diversos medios de comunicación, es muy estricto con el personal a cargo de sus alumnos. El personal

contratado cuenta con una amplia trayectoria que avala su calidad e idoneidad como profesionales y

como personas y es elegido a través de un minucioso sistema de selección que incluye una revisión

profunda de sus antecedentes y entrevistas.

13.- De las faltas y sanciones Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La

autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las

conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser

pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones y pertinentes a la edad del o la

menor.

13.1.- Criterios de aplicación. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y

para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando

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la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la

formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

• La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

• La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

• La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;

Medidas Pedagógicas: Amonestación verbal, tomar conciencia de su falta

Medidas Reparatorias: limpiar u ordenar lo que ensució o desordenó en presencia de un adulto,

reponer el material roto (apoderado).

Se aplicará a faltas leves, tales como:

• Presentación personal y falta de higiene.

• Romper un material del establecimiento, compañero o propio.

• No respetar normas de aseo en patios y dependencias.

• Comportamiento inadecuado en el patio

• Tomar cosas ajenas y llevárselas

• Otras, según el criterio de la persona a cargo.

Medidas Pedagógicas: Amonestación escrita: Serán consignadas en la hoja de vida del alumno,

estrategias de solución de conflictos, estrategias de modelamiento.

Medidas Reparatorias: Entrevista personal con psicóloga.

Se aplicarán por faltas leves reiteradas o faltas graves, tales como:

• Práctica de bullying, físico o sicológico

• Agresión verbal o uso inadecuado del lenguaje.

• Atrasos reiterados al colegio y a la sala.

• Trato irrespetuoso a cualquier miembro de la comunidad.

• Discriminación de cualquier tipo, étnico, religioso a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

• Comportamiento inadecuado en la sala o en el patio.

• Rayar cualquier espacio de la infraestructura o del mobiliario del jardín infantil

• No respetar los símbolos Patrios.

• No respetar normas de aseo en patios y dependencias.

• Otras causas que lo ameriten.

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Medidas Pedagógicas: Citación de apoderado, donde se expondrán los hechos y el apoderado se

comprometa a cumplir con los requerimientos solicitados. Incorporación a un plan de mediación

Medidas Reparatorias: reparar el daño o deterioro efectuado a la propiedad con apoyo de un adulto

docente o el apoderado.

Se aplicará en caso de faltas gravísimas, tales como:

• Reiteración de faltas graves.

• Uso descuidado de la propiedad del centro escolar causando daño, deterioro o destrucción.

• Cualquier forma de agresión.

• Falta de respeto o insolencias habituales

13.- Varios y disposiciones finales Artículo 64º: Toda situación no prevista en este Reglamento de Convivencia será resuelta por Dirección y

Corporación sostenedora del establecimiento, y de ser necesario, considerando las orientaciones de las

autoridades educacionales de la región.

Artículo 65º: Es facultad del Establecimiento adoptar las medidas necesarias para una mejor organización del

Establecimiento, en lo que dice relación con materias de índole Pedagógicas y Técnico-Administrativas.

(“Las atribuciones Técnico-Pedagógicas que competen exclusivamente al establecimiento”, Título I, Art.

1º del D.S. 565/90).

Artículo 66º: El apoderado, junto con su hijo e hija, se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del

presente Reglamento de Convivencia, desde el momento en que el apoderado matrícula a su pupilo en

el establecimiento.

Artículo 67º: Difusión del Reglamento de Convivencia: Para el integral conocimiento del “Reglamento Interno de

Convivencia” por parte de la comunidad, el Jardín Infantil informa a sus apoderados que:

• Las modificaciones al Reglamento se comparten anualmente en el Consejo Escolar.

• El reglamento se entregará anualmente con sus modificaciones, por lo que se considerará

conocido por toda la comunidad educativa.

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VI.- Estrategias para prevenir episodios de agresividad

No estimular la agresividad No se debe agredir psicológica, física ni verbalmente a niños, niñas o jóvenes bajo ninguna

circunstancia. Las correcciones respecto de este punto se deben centrar en los actos o acciones (las

conductas), teniendo especial cuidado de no descalificarlos/as ni promover sentimientos

culpabilizadores. Las formas y el trato agresivo, tanto como las condiciones ambientales, fomentan

respuestas semejantes, por lo tanto, un trato digno, respetuoso y la creación de ambientes acogedores

ayudan a desestimularlas.

Reducir y controlar la exposición a modelos y situaciones agresivas Los adultos deben asumir la responsabilidad de mantener el control sobre los entornos de los niños y

niñas, respetando su autonomía progresiva, pero asegurando su protección y desarrollo en entornos

saludables. Esto incluye los ambientes físicos (las relaciones familiares, con la Comunidad Educativa,

con los pares, etc.) y también su exposición a medios virtuales (Internet, TV), los que deben ser

conocidos, controlados y supervisados por los adultos. Se tendrá presente que, dado que se trata del

desarrollo de una progresiva autonomía, un joven podrá contar con mayores espacios de autonomía

que un niño/a, pero esto sólo será útil si el niño/a y joven han incorporado patrones de conducta que

le permitan mirar críticamente lo que se vive en su entorno, es decir, que haya logrado desarrollar, en

la medida que corresponda, su capacidad para no imitar automáticamente determinados patrones

conductuales.

Promover el modelamiento de comportamientos no agresivos Mediante la exposición a modelos positivos que tengan validez para él y la estudiante (por ejemplo, a

través de la resolución pacífica de conflictos entre los adultos de la Comunidad Educativa, donde exista

diálogo y respeto), destacando que aquello constituye una forma alternativa a la conducta agresiva, y

que estas conductas positivas serán recompensadas con el desarrollo de relaciones interpersonales

armónicas.

Controlar los factores ambientales Si bien una conducta agresiva suele ser impredecible, algunos factores ambientales pueden ser

controlados para evitar su ocurrencia. Por ejemplo, si en la institución escolar se ha observado que

estas conductas suelen aparecer cuando la Educadora se ausenta de la sala de clases, o en su casa,

cuando dos hermanos quedan solos, es fundamental desarrollar estrategias formativas para que tales

circunstancias sean evitadas o disminuidas al máximo.

• La familia, la comunidad, los medios de comunicación juegan un rol fundamental como

garantes de una capacidad de resolver conflictos en forma pacífica y moderar la agresividad.

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• Destacar conductas deseadas a través de diferentes recursos: afiches, material audiovisual, plan

de enseñanza integral.

• Apoyar grupal o individualmente como forma de prevención para lograr el comportamiento

deseado en los alumnos (supervisión y manejo de los espacios físicos).

• Desarrollar un sistema de información conductual de los niños y niñas para orientar la gestión

escolar del establecimiento.

Algunas medidas para controlar episodios de agresividad: Identificación de la conducta agresiva. Es importante caracterizar la conducta agresiva Distinguiendo si el niño o la niña la dirige hacia sí mismo, hacia otros o hacia objetos igualmente, es

importante conocer en qué momentos resultan más frecuentes las respuestas agresivas y con qué

frecuencia ocurren. Esto es relevante para describir el episodio y adoptar medidas para prevenirlo, así

como también, para diferenciarlo de otras acciones que son más sistemáticas y que requieren de otro

tipo de intervención.

• Descripción de las situaciones previas que pudiesen haber desencadenado la respuesta

agresiva. Es importante conocer la cadena de sucesos previos de manera de discriminar si el

niño o la niña está reaccionando a factores del entorno escolar que puedan ser controlados. Es

recomendable escuchar atentamente al niño/a de manera de entender bien la situación. Sin

embargo, dado que en ocasiones una respuesta agresiva surge como reacción a una experiencia

de hostigamiento (bullying), en este caso, es necesario abordar ambas situaciones de manera

diferenciada.

• Desarrollar procedimientos de acción. Estos deben apuntar a dos objetivos fundamentales:

disminuir la conducta agresiva y reforzar respuestas alternativas no agresivas, con el objetivo

de desarrollar habilidades sociales. Es útil suscribir acuerdos con el niño o la niña que se excede

en agresividad a fin de comprometerlo a modificar aquello que lo lleva a actuar de ese modo.

• Involucrar al conjunto de la Comunidad Educativa. Dado que el factor ambiental tiene una alta

incidencia en la producción y reproducción de respuestas agresivas, es importante que ninguna

acción agresiva pase desapercibida y que se tomen decisiones respecto de quienes presentan

mayor dificultad para controlar esos impulsos.

Situaciones que pueden desencadenar comportamientos agresivos: • Sensación de que se está invadiendo su espacio personal.

• Consecuencia de un estado de ánimo deprimido.

• Cambios en el entorno inmediato o en las rutinas; esto sucede con mayor frecuencia en

personas excesivamente estructuradas o rígidas.

• Efecto secundario de algún tratamiento farmacológico.

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• Percepción de que su autoridad o experiencia no es considerada por el resto de la comunidad

escolar.

• Imposibilidad o dificultad de hacerse escuchar.

• Percepción de injusticia por la aplicación o falta de aplicación de sanciones o estímulos.

Algunas medidas para controlar episodios de agresividad

Resolución de conflictos Cuando se produzcan situaciones que signifiquen conflictos interpersonales, que no estén

considerados en el Manual de Convivencia del Establecimiento y que tengan como consecuencia la

alteración de una sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa se procederá a

implementar estrategias que permitan resolver armónicamente las situaciones de esta naturaleza.

En esta instancia alternativa concurrirán las partes involucradas.

Incentivos

Para los párvulos • Palabras de valoración positiva y de reconocimiento para las acciones, actitudes y conductas

positivas que le acerquen al perfil deseado.

• Enviar comunicación al apoderado, dando a conocer lo destacado de su niño o niña y registrarlo

en la hoja de vida del alumno.

• Premiación mensual, semestral o anual entregando un diploma de honor por esfuerzo,

compañerismo, mejor asistencia y presentación personal.

Para los funcionarios • Palabras de valoración positiva de reconocimiento para las acciones, actitudes y conductas

positivas que le acerquen al perfil deseado.

• Reconocimiento frente a trabajos realizados que destaquen la innovación y creatividad.

• Instancias de convivencia fuera del establecimiento programadas por el establecimiento.

Para padres y apoderados • Reconocimiento público en reuniones de apoderados.

• Entrega de diplomas y/o galvanos a apoderados destacados