Manual Bienes Nacionales ICUS

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FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE BIENES NACIONALES DE LOS

INSTITUTOS Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS

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DEPENDENCIA:Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales

PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO:Firmas de Revisión y Aprobación

FECHA DEELABORACiÓN

09/ 01 / 07

ELABORADOPOR:

REVISADOPOR:

Nombre: Pedro GonzálezOrganización y Sistemas

Firma:

ombre: Lic. Adolfo DuqueCoordinador Bienes Nacionales

Firma: ~ ~<~ Firma:

l

APROBADO POR:

Nombre: Econ. Roberto BayleyDirector Oficina de Administración y Servicios

Firma: ~Nombre: Dr.

Ministro

APROBADO POR:

Firma:

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales ASUNTO: Aprobación y Modificaciones

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Fecha Aprobación: _____/_____/_____

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales ASUNTO: Índice

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

INDICE Pág.

Introducción……………………………………………………………………………...…..5 Base legal………………………………………………………………..…………………..6 Alcance del Manual……………………………………………………………..…………..11 Objetivo………………………………………………………………..……………………..12 Disposiciones Generales………………………………………………..………………….13 Normas Generales………………………………………………………..…………………17 Normas Especificas – Contabilidad de Bienes Nacionales…………..………………...20 Registro de Bienes Muebles….……………………………………….…..…...................22

Normas Generales……………………………………………………..………………23 Procedimientos……………………………………………………………..…………..24

Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación………………..……26 Normas Generales……………………………………………………………..………27 Procedimientos…………………………………………………………………..……..28

Préstamo o Traslado de Bienes………………………………………………..………….30 Normas Generales…………………………………………………………..…………31 Procedimientos………………………………………………………………..………..32

Reasignación de Bienes…………………………………………………………..………..35 Normas Generales……………………………………………………………..………36 Procedimientos…………………………………………………………………..……..37

Desincorporación de Bienes ……………………..…………………………………..…...40 Normas Generales…………………………………………………………………..…41 Procedimientos………………………………………………………………………....42

Incorporación de Bienes Semovientes ……………………………………………..…... 45 Normas Generales…………………………………………………………………..…46 Procedimientos………………………………………………………………………....47

Enajenación de Bienes………………………………………………………………..……49 Normas Generales…………………………………………………………………..…50 Procedimientos………………………………………………………………………....55

Enajenación de Bienes por Donaciones……………………………………………….....59 Normas Generales…………………………………………………………………..…60 Procedimientos………………………………………………………………………....62

Formularios e Instructivos………………………………………………………………….64 Glosario de Términos………………………………………………………………..….…..102 Pictogramas………………………………………………………………………………….109 Anexos……………………………………………………………………………………..…129

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ASUNTO: Introducción

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

INTRODUCCIÓN

Dentro de todo organismo público el Área de Bienes Nacionales es una de las dependencias

con gran importancia y relevancia dentro de la estructura organizativa, ya que es la

responsable de registrar, controlar y supervisar todos los bienes adscritos al organismo.

A fin de mantener una efectiva y eficiente administración de los bienes y semovientes y de

aplicar de manera uniforme las técnicas que permitan la administración, guarda y custodia de

los Bienes Nacionales asignados a la Institución de acuerdo a la normativa legal vigente, el

Ministerio de Educación Superior elaboró el presente Manual de Normas y Procedimientos,

cuya finalidad es detallar las actividades a cumplir por los Colegios e Institutos Universitarios,

para llevar a cabo el proceso de registro y control de los Bienes Nacionales.

El presente Manual fue realizado bajo los lineamientos dictados por el Sistema Integrado de

Gestión y Control de la Finanzas Públicas (SIGECOF), y podrá ser modificado únicamente por

la Coordinación de Organización y Sistemas, ya que el original del mismo reposa en sus

archivos.

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ASUNTO: Base Legal

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ELABORACIÓN09 / 01 / 07

BASE LEGAL

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: GO No. 5.453 Extraordinario

del 24-03-2000.

Sección Cuarta: de la Contraloría General de la República. Artículo 287.

2. Leyes Orgánicas

Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional (Decreto No. 2015 de fecha 25/01/1977).

o Titulo Preliminar. “Disposiciones Generales sobre la Hacienda Pública Nacional”.

o Titulo 1. “Bienes Nacionales”. Artículos 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,

30.

o Titulo V. “Administración de la Hacienda Pública Nacional”. Capitulo VI.

“Empleados de Hacienda”.

o Sección Segunda. “Caución de los Empleados de Hacienda”. Artículo 128, 129.

o Sección Tercera. “Responsabilidad de los Empleados de Hacienda”. Artículo 140.

o Titulo IX. “Contabilidad Fiscal”.

Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público- GO No. 37.029 del 05-

09-2000, GO No. 37.606 del 09-01-2003 y GO No. 37.978 del 13-07-2004.

o Titulo IX. “De las Responsabilidades”. Artículo 159, 160, 161, 162.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

Control Fiscal, GO No. 37.347 del 17-12-2001.

o Titulo I. Capitulo I. “Disposiciones Generales”. Artículo 1, 2, 9.

o Titulo III. “De las Potestades de Investigación, de las Responsabilidades y de las

Sanciones”.

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o Capitulo I. “De las Potestades de Investigación”. Artículo 77, 78, 79, 80, 81.

o Capitulo II. “De las Responsabilidades”. Artículo 82, 83, 84, 85, 86, 88, 89, 90, 91.

o Capitulo III. “De las Potestades Sancionatorias”. Artículo 93, 94.

o Capitulo IV. “Del Procedimiento Administrativo para la Determinación de

Responsabilidades”. Artículo 95, 96, 97, 98, 99, 101, 103, 104, 105.

o Capitulo VI. “De la Prescripción”. Artículo 115.

Ley Orgánica de la Administración Pública, GO No. 37.305 del 17-10-2001.

o Titulo IV. Capitulo II. Sección V. Artículo 22. “Incorporación de Bienes a los Entes

Descentralizados Funcionalmente”.

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, GO No. 2.818 Extraordinaria del 01-

07-1981.

Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del Sector Público no Afectos a las

Industrias Básicas, GO No. 3.951 Extraordinaria del 07-01-1987.

o Artículos 1 al 15.

3. Leyes Especiales.

Ley de Impuesto Sobre Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos (GO No.

5391 de fecha 22/10/1999).

o Capitulo III. “De las Exenciones, Exoneraciones, Desgrávamenes y

Reducciones”. Artículo 8.

o Titulo III. “Del Impuesto sobre Donaciones”. Artículo 66.

Ley Contra la Corrupción. GO No. 5.637 Extraordinaria del 07-04-2003.

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o Titulo I. Disposiciones Fundamentales.

o Capitulo II. Principios para Prevenir la Corrupción y Salvaguardar el Patrimonio

Público. Artículos 6, 7, 21.

o Titulo IV. De los Delitos Contra el Patrimonio Público y la Administración de

Justicia en la Aplicación de esta Ley.

o Capitulo I. Del Enriquecimiento Ilícito y su Restitución al Patrimonio Público.

Artículo 48.

o Capitulo II. Otros Delitos Contra el Patrimonio Público. Artículos 52, 53, 54, 55.

Ley de Universidades, GO No. 1.429 Extraordinaria del 09-08-1970.

Código Civil.

o Capitulo III. “De los Bienes con Relación a las Personas a Quienes Pertenecen”.

Artículo 543.

Ley del Estatuto de la Función Pública (GO No. 37.522 de fecha 06/09/2003).

o Titulo III. Capitulo IV. “Deberes y Prohibiciones de los Funcionarios o

Funcionarias”. Artículo 33 numeral 7.

Ley de Licitaciones (GO No. 34.628 de fecha 04/01/1991).

o Capitulo II. “Licitación General”. Artículos del 61 al 71.

o Capitulo III. “Licitación Selectiva”. Artículo 72, 73, 74, 75. Titulo IV. “Procedimiento

para Licitaciones”.

o Capitulo I. “Licitación General y Selectiva”. Artículo del 76 al 86.

o Capitulo II. “Adjudicación Directa”. Artículo 87, 88, 89.

4. Decretos Ley y Decretos

Decreto con Rango y Fuerza de Ley Sobre Simplificación de Trámites Administrativos.

GO No. 36.845 del 07-12-1999.

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Decreto No. 1.555 con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de

Licitaciones, GO No. 5.556 Extraordinaria del 11-11-2001.

Decreto con Rango y Fuerza de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas,

GO No. 37.148 del 28 de Febrero de 2001.

Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, GO No. 5.554

Extraordinaria del 13-11-2001.

Decreto No. 1.892 Sobre Medidas Temporales para la Promoción y Desarrollo de la

Pequeña y Mediana Industria, Cooperativas Productoras de Bienes y Prestadoras de

Servicios, GO No. 37.494 del 30-07-2002.

5. Reglamentos

Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. (GO No.

5.128 (Extraordinario de fecha 30/12/1996).

o Capitulo IV. “Del Control de los Bienes Nacionales”. Artículo 24, 25, 26.

o Titulo III. “De Otras Funciones Generales de Control”. Artículo 29, 30.

o Capitulo IV. “De las Inspecciones y Fiscalizaciones”. Artículo 37, 38, 39.

o Titulo V. “De las Averiguaciones Administrativas”. Artículo 51.

Reglamento de la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del Sector

Público no Afecto a las Industrias Básicas (GO No. 36.668 de fecha 24/03/1999).

Artículos del 1 al 11.

Reglamento Nº 1 Sobre el Sistema Presupuestario, GO No. 5.592 Extraordinaria del 27-

06-2002.

Reglamento Nº 2 Sobre el Sistema de Crédito Público, GO No. 38.117 del 28-01-2005.

Reglamento Nº 3 Sobre el Sistema de Tesorería, GO No. 37.419 del 09-04-2002.

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ASUNTO: Base Legal

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Reglamento Nº 4 Sobre el Sistema de Contabilidad, GO No. 5.623 Extraordinaria del

29-12-2002.

Reglamento Parcial de La Ley de Universidades, GO No. 29.559 del 01-09-71.

Reforma Parcial del Reglamento Orgánico del Ministerio de Educación Superior,

Decreto No. 3.444, GO No. 5.758 Extraordinaria del 27-01-2005.

Reglamento Sobre la Organización del Control Interno en la Administración Pública

Nacional, GO No. 37.783 de Fecha 25-09-2003.

6. Normas

Normas Generales de Control Interno, GO No. 36.229 del 17 de Junio de 1997.

Instructivo Emitido por la Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Público No

Afectos a las Industrias Básicas, Ministerio de Finanzas, Julio de 2004.

Normas de Contabilidad del Sector Público, Resolución No. 01.00.00.032 del 28-11-

1996.

Manual de Auditoria Interna y Manual de Normas de Control Interno de la Administración

Central, GO No. 5.275 Extraordinaria del 17 de Noviembre de 1998.

Normas Internacionales de Contabilidad.

Normas Internacionales de Auditoria.

Principios Generalmente Aceptados de Contabilidad en Venezuela

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ASUNTO: Alcance

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ALCANCE DEL MANUAL

El presente Manual contiene las Normas y Procedimientos que deberán cumplir los

funcionarios adscritos al Área de Bienes Nacionales de los Institutos o Colegios Universitarios

para ejecutar los procesos relacionados con el registro y control de Bienes Nacionales.

En el mismo se detallan los procedimientos para el Ingreso, Registro, Traslado, Reasignación,

Préstamo, Desincorporación, Enajenación y la Donación de bienes muebles e inmuebles.

En términos generales, se puede decir que el registro de los bienes tiene su origen en las

siguientes operaciones:

• Adquisición de bienes (muebles o inmuebles) y semovientes.

• Movimientos o traslado de bienes.

• Desincorporación de bienes

• Enajenación de bienes.

Los procesos a ejecutar por los Colegios e Institutos Universitarios para las operaciones antes

descritas referentes a los Bienes Nacionales, serán tratados de acuerdo a las normas y

procedimientos descritos en el presente Manual en concordancia a las leyes venezolanas que

nos ocupan.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Objetivo

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

OBJETIVO

El objetivo principal de este Manual es proporcionar información que sirva de guía al Área de

Bienes Nacionales de los Institutos o Colegios Universitarios, al momento de ejecutar los

procedimientos relacionados con el registro y control de los Bienes Nacionales.

Este manual tiene 5 objetivos básicos:

1) Establecer los parámetros para una eficiente y efectiva administración de los bienes

muebles e inmuebles.

2) Estandarizar los procedimientos para la Incorporación (Registro), Desincorporación,

Enajenación y Donación de Bienes Nacionales.

3) Establecer las normas y procedimientos a seguir para el registro y control de los Bienes

Nacionales.

4) Servir de guía para el personal responsable de ejecutar los procesos relacionados con el

control y resguardo de los Bienes Nacionales.

5) Facilitar el registro de la información contable (inventarios actualizados) para el proceso de

auditoria.

Es importante mencionar que de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Finanzas, el

instrumento contable que regirá el proceso de Registro de Bienes Muebles y Semovientes es el

“Manual para el Registro de Bienes Muebles y Semovientes” y para el Registro de Bienes

Inmuebles es el “Manual para el Registro de Inmuebles”, ambos del Sistema SIGECOF, una

vez entren en funcionamiento.

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ASUNTO: Disposiciones Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

DISPOSICIONES GENERALES.

• Se entenderá por Sistema de Bienes Nacionales y Semovientes el conjunto de

principios, órganos, normas y procedimientos administrativos que intervienen en las

operaciones que realiza el estado, con el objeto de administrar los bienes muebles así

como la guarda y custodia de los mismos.

EN CASO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES.

• Para el presente Manual, se entenderá por bienes muebles los objetos o cosas que

mediante una fuerza externa sea movible o transportable de un lado a otro. Entre ellos

se incluirán: todo tipo de instrumentos, materiales, máquinas, herramientas, equipos en

general y de oficina con las partes que lo integran; los vehículos, archivos, teléfonos,

escritorios, mesas, sillas, pizarras, fotocopiadoras, computadoras con sus accesorios y

cualquier otro bien, que sea asignado e incorporado a las dependencias administrativas

y docentes, a través del Área de Bienes Nacionales.

• Se consideran como bienes inmuebles, los objetos anclados en los espacios físicos de

la Institución y las áreas físicas que no pueden ser trasladadas de un lugar a otro. Entre

ellos se mencionan: las construcciones asentadas en la superficie del suelo con las

partes que lo integran, como puertas, ventanas, techos, rejas protectoras, etc.

• Ningún bien mueble o inmueble de la Institución, podrá ser considerado como propiedad

del personal directivo, docente, administrativo, de servicio o alumnos de la Institución, ni

podrá ser adquirido por la posesión o el uso que se tenga o se haga del mismo.

• El Área de Servicios Generales, es la responsable de mantener en condiciones de buen

funcionamiento los bienes, tanto muebles como inmuebles, de las diferentes

dependencias de la Institución. A tal efecto, deberá llevar un control de solicitudes de

mantenimiento, reparación, supervisión y revisión previa, proveyendo de la información

sobre el estado de los bienes al Área de Bienes Nacionales.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Disposiciones Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Cuando se trate de los bienes muebles de computación y comunicación, la unidad

responsable será el Área de Informática, proveyendo de la información sobre el estado

de los bienes al Área de Bienes Nacionales.

• El registro y control de la información de los bienes muebles, inmuebles y semovientes,

se hará de acuerdo al Sistema o Base de Datos utilizado en la actualidad por cada uno

de los Colegios e Institutos, hasta tanto entre en vigencia el Módulo para el Control de

Bienes del Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas

(SIGECOF).

• Los Directores o encargados de las diferentes unidades, áreas, departamentos y

coordinaciones deberán informar a las Áreas de Servicios Generales o Informática,

según sea el caso, la paralización en el funcionamiento del bien adjudicado o asignado y

solicitar la reparación o mantenimiento del mismo en forma escrita e inmediata.

• Toda persona natural o jurídica a quien la Institución le haya otorgado en calidad de

préstamo un bien mueble o inmueble, tendrá la guarda y custodia del mismo. En tal

sentido, deberá usar el bien de forma adecuada y para el fin solicitado. En el caso de

máquinas, equipos o instrumentos, éstos deberán ser utilizados tal como se establece

en los manuales de funcionamiento de los mismos, bajo ningún concepto se podrán

incorporar accesorios adicionales, distintos a los originales de la máquina, instrumento o

equipo propiedad de la Institución.

• Cualquier miembro del personal directivo, docente, administrativo o de servicios que se

le otorgue en calidad de préstamo un bien, deberá utilizarlo para el fin que lo solicitó y

devolverlo en el lapso establecido y autorizado en la solicitud. Igualmente, estando en

posesión del bien, deberá responder por los daños ocasionados al mismo, por maltrato,

mal uso, extravío, hurto, robo o negligencia en su utilización.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Disposiciones Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Todo traslado de bienes dentro y fuera de la Institución y que pertenezcan a éste,

deberán ser reportados al Área de Bienes Nacionales, donde se elaboraran las

respectivas Actas de Salida de Bienes. Estas Actas deben contener las firmas del

funcionario del Área de Bienes que realizó el control perceptivo y del responsable de los

Bienes Nacionales de la Institución.

EN CASO DE VEHICULOS

• Los vehículos de transporte de la Institución, son todos aquellos que hayan sido

adquiridos para uso oficial, tales como los destinados al transporte asignado a los

directivos, los vehículos de carga, etc.

• Los miembros del personal directivo, podrán utilizar los vehículos de la Institución solo

para uso oficial; así como también el personal administrativo y de servicios, previa

autorización de la máxima autoridad de la Institución.

• Ninguna de las personas señaladas anteriormente podrá utilizar los vehículos de la

Institución para trasladarse a su domicilio, uso personal o para realizar viajes

particulares sin la previa autorización de la máxima autoridad de la Institución.

• El Área de Bienes Nacionales; deberá mantener los títulos de propiedad, trimestres,

solvencias municipales y pólizas de seguro vigentes del total de los vehículos que

conforman el parque automotor de la Institución, inclusive los asignados a los directivos.

• Los conductores de los vehículos de la Institución, tienen la obligación de velar por

mantener vigentes los documentos que la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre exige

para conducir vehículos, tales como: Certificado Médico y Licencia de Conducir.

• En caso que el conductor, carezca o no tenga en vigencia alguno de los documentos

exigidos por la mencionada Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, será suspendido

temporalmente de sus funciones hasta que regule la situación en lo que refiere a su

documentación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Disposiciones Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Queda prohibida la salida de vehículos de la Institución, sin el correspondiente permiso

otorgado por escrito de la máxima autoridad. El desacato a esta norma, generará la

denuncia ante los organismos policiales competentes y de tránsito a que hubiese lugar.

• El servicio de vigilancia de la Institución deberá llevar un control de la entrada y salida

de los vehículos oficiales, a fin de llevar un registro del movimiento del parque automotor

asignado a la Institución.

• La Subdirección Administrativa en concordancia con el Área de Servicios Generales

está en la obligación de velar que se lleve a cabo el mantenimiento preventivo (revisión

general y de frenos, cambio de aceite, lavado y engrase, recarga de combustible, etc.)

de los vehículos de la Institución a los efectos de garantizar el perfecto estado de

funcionamiento de los mismos.

• Si el vehículo presenta fallas en su funcionamiento, que requieran mantenimiento

correctivo (reparación en general) será obligatorio participarlo de manera inmediata a la

Sub Dirección Administrativa, a fin de que realice las gestiones correspondientes y

preservar el buen funcionamiento del bien.

• El control integral de los bienes muebles, inmuebles y Semovientes adscritos a cada uno

de los Colegios e Institutos Universitarios, deberá llevarse a través del Sistema

Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas (SIGECOF), una vez sea

puesto en funcionamiento por parte del Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de

Finanzas.

• El Área de Presupuesto de cada Instituto o Colegio Universitario deberá suministrar al

Área de Bienes Nacionales la tabla donde aparezca reflejada la codificación y la

denominación de cada una de las dependencias organizativas de la Institución, a fin de

utilizarla como base para la elaboración de los formatos señalados en el presente

Manual.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ADMINISTRACIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES

Normas Generales:

1. A nivel de las diferentes dependencias de la Institución, el Director y Subdirectores,

serán los funcionarios responsables de autorizar los movimientos de los bienes

adscritos a sus respectivas dependencias.

2. La Sub Dirección Administrativa deberá tener en sus haberes toda la información

(registros) relacionada con el Inventario de bienes muebles e inmuebles y activos

biológicos de la Institución.

3. La máxima autoridad en cada una de las dependencias, deberá velar por la custodia y

mantenimiento de los Bienes Nacionales a su cargo, tomando las medidas pertinentes

para evitar que sufran deterioro.

4. Todos los Bienes Nacionales de la Institución, deberán tener la respectiva Etiqueta de

Identificación, como constancia de haber sido inventariados.

5. El Área de Bienes Nacionales es la dependencia responsable de llevar el registro

detallado de todos los Bienes Muebles e Inmuebles y Activos Biológicos que posee la

Institución.

6. Todas las dependencias que por una causal quieran desincorporar o transferir un bien,

deberán notificarlo al Área de Bienes Nacionales de la Institución.

7. Se deberá incorporar en el Sistema destinado para el control de Bienes Nacionales, toda

la información relacionada con la incorporación, reasignación, enajenación o

desincorporación de bienes.

8. Anualmente se deberá realizar un inventario general de todos los bienes muebles e

inmuebles de la Institución, a fin de mantener actualizado el mismo.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

9. Al realizar el inventario se tomarán datos tales como: Serial, Marca, Modelo, Medida,

Color, Diseño, Responsable de Uso, Mantenimiento, Uso del bien, etc., de forma que

sirvan como referencia al momento de requerir ser ubicados.

10. Si al momento de realizar el inventario surge una diferencia, se deberá hacer el ajuste

correspondiente en el Sistema de Control de Bienes, previo al análisis y determinación

de las causas que la originaron.

11. Todo funcionario responsable de la tenencia, uso o custodia de Bienes Nacionales

deberá velar por el buen uso y conservación de los mismos.

12. Al momento de realizar las inspecciones físicas, se deberá verificar lo siguiente:

• Si los bienes muebles e inmuebles realmente existen.

• Si están ubicados geográficamente en el sitio indicado.

• Si el bien está siendo utilizado eficientemente.

• Si ha tenido el mantenimiento adecuado.

• Si están siendo utilizados por el responsable patrimonial.

13. Los bienes muebles se deberán registrar por el valor original de adquisición,

producción, construcción o intercambio.

14. El valor con el que se registrarán los semovientes, será determinado de acuerdo al

informe emitido por los peritos avaluadores.

15. Para los Bienes Nacionales cuyo deterioro sea irreversible, se procurará la mayor

recuperación económica posible mediante el aprovechamiento de sus partes o por venta

de las mismas.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

16. Todos los funcionarios que tengan responsabilidad en la adquisición, custodia,

administración, entrega o inversión de Bienes Nacionales deberán responder a la nación

por:

• Malversación, uso indebido y disposición o entrega de bienes, sin orden escrita y

debidamente autorizada.

• Pérdida del bien como resultado de la falta de precaución o de cuidados

necesarios.

• Deterioro del bien.

• Uso indebido o distinto al permitido (Artículo 140 de la Ley Orgánica de Hacienda

Pública Nacional).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Normas Especificas – Contabilidad de Bienes Nacionales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

CONTABILIDAD DE BIENES NACIONALES

NORMAS ESPECÍFICAS

1. En la contabilidad de los Bienes Nacionales sólo se registrarán los Bienes Patrimoniales

de la Nación adscritos o pertenecientes a la Institución.

2. De acuerdo a los principios generalmente aceptados de Contabilidad General, todo bien

se registrará al costo original.

3. Se deberá sumar al costo, los gastos erogados desde la compra del bien hasta la

puesta a punto para el funcionamiento del mismo.

4. Los gastos incidentales que se tomarán en referencia al costo, serán los siguientes:

a. Transporte: Se considerará como transporte, al traslado del bien desde el sitio

de compra hasta el lugar de ubicación final (Fletes).

b. Almacén: En caso de que el bien permanezca almacenado hasta el momento de

trasladarlo a su destino final.

c. Agentes Aduanales: Es el monto cancelado a las personas encargadas de

gestionar todos los trámites referentes a la aduana.

d. Mora por Contenedor.

e. Impuesto: Si el bien es importado, considerar el monto cancelado por Impuestos

en el momento de la importación del mismo.

f. Instalación: Son los gastos generados para poner a punto de funcionamiento el

bien.

g. Otros.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Normas Especificas – Contabilidad de Bienes Nacionales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

5. En caso de tratarse de un bien importado, para darle el valor se tomará como base la

fecha de compra y los gastos incidentales erogados. La conversión de la moneda se

realizará de acuerdo a la información cambiaria emitida por el Banco Central de

Venezuela para la fecha y el monto resultante será el costo a registrar en moneda

nacional.

6. Se deberá registrar contablemente aplicando en el caso requerido los justiprecios de los

Bienes Nacionales muebles e inmuebles, así como su aumento o disminución que en las

modificaciones sufra su valor por causas de reparación, deterioro, pérdida o mejora.

7. La contabilidad de Bienes Nacionales se llevará por rubros, tomando en cuenta la

naturaleza y aplicación de los bienes.

8. Los registros se llevarán por rubros, realizando el inventario a cada una de las

Dependencias a cuyo cargo inmediato estén dichos bienes.

9. La cuenta general de Bienes Nacionales se llevará por partida doble, y su Balance

ofrecerá en una sola partida el valor total de los bienes del Instituto o Colegio y en

partidas separadas, el valor total de los bienes administrados por cada una de las

dependencias. Asimismo, se expresará en partidas separadas, el valor correspondiente

a cada una de las agrupaciones o ramos en que se clasifiquen los bienes.

10. En caso en que los Institutos y Colegios Universitarios no posean los elementos

suficientes para atribuir un valor apropiado a determinados bienes, lo asignarán

recurriendo al valor justo del bien en el mercado y se levantará un Acta anexa al informe

para justificar este valor.

11. En caso de bienes como (Pinturas, Bienes Inmuebles y Otros) de los que no existan

documentos de adquisición que reflejen el precio, se deberá recurrir a la determinación

del costo por medio de peritos expertos, debidamente inscritos en la Sociedad de

Ingenieros Tasadores de Venezuela (SOITAVE) y de acuerdo al Informe de Evaluación,

se registrará el bien con su costo.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Registro de Bienes (Ingresos / Incorporaciones)

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

REGISTRO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES (INGRESOS/INCORPORACIONES)

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Registro de Bienes (Ingresos / Incorporaciones)

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Es responsabilidad del Área de Bienes Nacionales ejecutar las actividades relacionadas con

el registro y control de Bienes Nacionales y Semovientes.

2. Para realizar el registro de Bienes Nacionales, el Registrador deberá solicitar los recaudos

correspondientes al Área de Compras y de Almacén, tales como Factura, Orden de

Compra, Acta de Incorporación (Form.10), Acta de Entrega (Form. 7) del Bien al Usuario

Final, y procederá a verificar la ubicación física del bien y a registrar los datos en el formato

de Registro de Bienes y Ficha Auxiliar de Bienes.

3. Todas las incorporaciones de bienes por concepto de compras, donaciones, permutas o

cualquier otra modalidad deberán ser realizadas en el formulario “Comprobante de

Incorporación” (Form.1).

4. Es responsabilidad del Área de Bienes Nacionales de la Institución, realizar anualmente el

inventario general de los Bienes Nacionales, determinando la existencia real de los mismos,

el responsable de uso del bien, su ubicación exacta, uso del bien y el correcto

mantenimiento, entre otros.

5. Se deben realizar cada mes los controles del inventario en existencia para constatar la

evidencia física de los bienes.

6. En caso de detectar diferencias en el inventario, es obligatorio realizar el análisis

correspondiente para determinar las causas que generaron la misma y realizar los ajustes

necesarios en base a la normativa legal vigente.

7. Se podrán dar incorporaciones de bienes muebles que no afecten el presupuesto, tales

como donaciones, expropiaciones, recuperaciones, etc.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Registro de Bienes (Ingresos / Incorporaciones)

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

1. Recibe del Área de Compras, copia de la Factura y copia de la Orden de Compras.

2. Recibe del Área de Almacén, Acta de Incorporación del Bien y el Acta de Entrega del

Bien al usuario final.

3. Verifica los documentos recibidos y la ubicación física, antes de proceder a registrar

el bien.

4. Se dirige a la dependencia donde se encuentra el bien a registrar.

5. Coteja los datos y las características del bien, contra lo indicado en los documentos

recibidos.

6. Elabora formulario “Comprobante de Incorporación” (Form.1), indicando datos de la

dependencia donde está asignado bien y del funcionario que posee el mismo.

7. Accesa sistema interno del Instituto o Colegio Universitario, introduce datos de los

bienes a incorporar en los siguientes formularios:

• “Registro Auxiliar” (Form.2) e imprime en original.

• “Registro Auxiliar de Bienes por Responsable Patrimonial y por Ubicación”

(Form.3) e imprime en original y copia.

8. Archiva original de ambos formularios junto con el original del “Comprobante de

Incorporación” (Form.1) para su control.

9. Emite etiqueta con número de inventario asignado al bien.

10. Se dirige a la dependencia usuaria y coloca la etiqueta de inventario al bien.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Registro de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

11. Elabora formulario “Acta de Recepción Definitiva” (Form.4) en original y copia.

12. Imprime, firma y coloca sello en la misma.

13. Gestiona firma del funcionario que tiene asignado el bien, en el formato “Acta de

Recepción Definitiva” (Form 4).

14. Entrega al funcionario que tiene asignado el bien, copia del “Acta de Recepción

Definitiva” (Form.4) para que entregue al Supervisor de la dependencia.

15. Envía a la dependencia usuaria del bien, el duplicado del formato “Registro Auxiliar

de Bienes Muebles por Responsable Patrimonial y por Ubicación” (Form.5).

DEPENDENCIA USUARIA

Supervisor

16. Recibe del Área Bienes Nacionales los duplicados de los siguientes formularios:

• “Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable Patrimonial y por

Ubicación Geográfica” (Form.3).

• “Acta de Recepción Definitiva” (Form.4).

17. Archiva para su control los documentos antes mencionados.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

MOVIMIENTO DE BIENES MUEBLES INCORPORACIÓN POR DONACIÓN

(NO PRESUPUESTARIO)

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Las incorporaciones de bienes por vía no presupuestaria se harán por los siguientes

conceptos:

• Incorporación por Donación.

• Incorporación por Expropiaciones.

• Incorporación por Recuperaciones, entre otras.

2. Toda solicitud de donación de bienes, deberá hacerse mediante Oficio de “Solicitud de

Donación de Bienes” (Form.5).

3. Los bienes recibidos en donación, deberán tener su correspondiente “Acta de Entrega”

(Form. 7).

4. Para determinar el precio de los bienes recibidos en donación dependiendo del tipo de bien,

se deberán requerir los servicios de un perito avaluador o recurrir al valor justo del mercado

en caso de bienes muebles.

5. Para todo bien recibido en donación, se deberá llenar el “Comprobante de Incorporación de

Bienes” (Form.1).

6. Si son bienes inmuebles y el bien proviene de un ente no gubernamental (Ministerial), la

gestión administrativa deberá hacerse a través de la Oficina de Administración y Servicios

(Coordinación de Bienes Nacionales) del Ministerio de Educación Superior, quien actuará

quien actúa junto con la Procuraduría General de la República.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

1. Elabora carta de “Solicitud de Donación de Bienes” (Form.5), dirigida al organismo que entregará los bienes en donación.

2. Gestiona con el Sub Director Administrativo, la firma de la Solicitud de Donación y la colocación del correspondiente sello por parte del Director del Instituto o Colegio Universitario.

3. Envía al organismo la carta de “Solicitud de Donación de Bienes” (Form.5), debidamente firmada y sellada por el Director del Instituto o Colegio Universitario.

4. Posteriormente recibe del organismo “Acta de Entrega” (Form.7) y los bienes que serán recibidos en donación.

5. Verifica que los bienes recibidos se correspondan con lo indicado en el “Acta de Entrega” (Form.7).

6. Gestiona el envío de los bienes recibidos en donación al Almacén Central o a la dependencia que hará uso de los mismos.

7. Si los bienes donados no tienen Factura original donde se indique el precio de adquisición, gestiona con la Sub Dirección Administrativa la contratación de un perito, a fin de determinar el precio de los bienes a incorporar.

8. Si son bienes muebles sin conocimiento del precio, se le asignará el valor justo de mercado, anexando un Acta, en el que justifique los motivos del porque se procedió a utilizar esta opción.

9. Con los documentos de la donación, elabora expediente.

10. Retiene expediente hasta recibir el avalúo o verificar el costo del bien en el mercado, si son bienes muebles.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

11. Una vez recibido el avalúo o determinado el valor del bien, procede de acuerdo a lo

indicado del paso 14 en delante de este procedimiento.

12. En caso de ser bienes inmuebles, Obras de Arte o bienes de valor incalculable, recibe del

Sub Director Administrativo el avalúo.

13. Con los documentos de la donación, elabora expediente.

14. Accesa sistema interno del Instituto o Colegio Universitario y registra datos del bien en el

Formulario “Comprobante de Incorporación” (Form.1), tales como fecha de incorporación,

descripción del bien, valor, entre otros.

15. Una vez ingresado los datos del bien, genera “Ficha del Bien”.

16. Imprime formatos en original y archiva para su control.

17. Ingresa datos en el sistema interno del Instituto o Colegio Universitario en el formato de

“Registro Auxiliar” (Form.2).

18. Imprime y archiva para su control junto con el “Acta de Entrega” (Form.7) recibida.

19. Emite etiqueta con número de inventario y la coloca al bien recibido en donación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Préstamo o Traslado de Bienes

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PRESTAMO O TRASLADO DE BIENES

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Préstamo o Traslado de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Las dependencias podrán gestionar ante la Sub Dirección Administrativa, la solicitud de

bienes en calidad de préstamo, a fin de cubrir sus necesidades de mobiliario o equipos.

2. Para todo movimiento de bienes por préstamo se deberá llenar el formulario “Solicitud de

Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form. 6) el cual debe estar debidamente

aprobado, firmado y sellado por el Sub Director Administrativo, con conocimiento del Área

de Bienes Nacionales.

3. Será obligación del Área de Bienes Nacionales realizar el “Control Perceptivo” del mobiliario

o equipo a movilizar en calidad de préstamo.

4. Para hacer la movilización de bienes en calidad de préstamo, el Área de Bienes Nacionales

deberá elaborar la correspondiente “Acta de Entrega” (Form. 7).

5. Todo movimiento de bienes por concepto de préstamo, deberá ser registrado en el sistema.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Préstamo o Traslado de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA SOLICITANTE

Supervisor

1. Al momento de requerir el traslado de un bien o solicitarlo en préstamo, determina

características de los bienes requeridos.

2. Gestiona la elaboración del formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de

Bienes” (Form.6), en dos (2) ejemplares.

3. Recibe formato, revisa, coloca firma y sello en el mismo.

4. Gestiona elaboración de memorando para la remisión del formato a la Sub Dirección

Administrativa del Instituto o Colegio Universitario.

5. Firma memorando y gestiona con la secretaria el envío de la documentación

Secretaria

6. Recibe y distribuye documentos.

• Original del memorando con original del formato “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes” (Form.6).

• Duplicado del memorando con duplicado del formato.

7. Envía los (2) dos ejemplares a la Sub Dirección Administrativa para que le firmen y sellen

en señal de recepción, el duplicado del mismo.

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Secretaria

8. Recibe los documentos antes mencionados.

9. Firma, coloca sello y fecha en señal de recepción.

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33 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Préstamo o Traslado de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

10. Devuelve duplicado a la dependencia usuaria en señal de recepción.

11. Entrega los originales de los documentos al Sub Director Administrativo.

Sub Director Administrativo

12. Recibe documentos.

13. Verifica datos, gira instrucciones y devuelve a Secretaria para que lo remita al Área de

Bienes Nacionales.

Secretaria

14. Recibe los documentos antes indicados, efectúa trámites para el control interno de

correspondencia.

15. Remite al Área de Bienes Nacionales.

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

16. Recibe original del memorando anexo al formulario “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes" (Form.6), revisa, verifica los datos, firma y sella en señal de aprobación.

17. Realiza “Control Perceptivo” del bien a prestar o transferir.

18. Anota datos del bien.

19. Ingresa en sistema los datos recabados de la inspección ocular, en el formulario “Registro

Auxiliar” (Form.2) e imprime.

20. Elabora “Acta de Entrega” (Form.7) en original y (2) copias.

21. Firma el Acta y coloca sello.

22. Informan a la dependencia solicitante de la autorización, y gestiona la movilización del bien.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Préstamo o Traslado de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

23. Gestiona firma de las dependencias involucradas en el Acta de Entrega y distribuye de la

siguiente manera:

• Original: Archivo.

• 1era Copia: Dependencia que presta el bien.

• 2da Copia: Dependencia que recibe el bien.

24. Archiva original del Acta, anexo al formato “Registro Auxiliar” (Form.2).

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35 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Reasignación de Bienes

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

REASIGNACIÓN DE BIENES

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36 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Reasignación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Para la reasignación de bienes se deberá elaborar el formulario “Solicitud de Transferencia

Interna y Externa de Bienes” (Form. 6).

2. Será obligación del Área de Bienes Nacionales, realizar el “Control Perceptivo” del bien a

reasignar.

3. Se deberá elaborar un “Acta de Descargo por Reasignación” (Form. 9) la cual será

registrada, firmada y sellada, para dejar constancia del bien a reasignar.

4. Todo movimiento de bienes debe estar autorizado por la máxima autoridad del Instituto o

Colegio Universitario, o en su defecto por el Sub Director Administrativo, con conocimiento

del Área de Bienes Nacionales.

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37 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Reasignación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA USUARIA DEL BIEN

Supervisor

1. Gestiona con la Secretaria la elaboración del memorando y el llenado del formato “Solicitud

de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6) justificando la reasignación del bien.

2. Verifica los datos del formato, firma y gestiona con la Secretaria el envió al Sub Director

Administrativo.

Secretaria

3. Recibe y coloca sello en los documentos.

4. Envía memorando anexo al formulario “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de

Bienes” (Form.6) a la Sub Dirección Administrativa.

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Secretaria

5. Recibe documentación, firma, sella y coloca fecha de recepción de documentos.

6. Devuelve copia del memorando a la dependencia solicitante.

7. El original lo entrega al Sub Director Administrativo para que gire instrucciones.

Sub Director Administrativo

8. Recibe documentos y verifica solicitud.

9. Emite instrucciones y entrega a Secretaria para que lo envíe al Área de Bienes Nacionales

y procedan a registrar la reasignación del bien.

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38 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Reasignación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Secretaria

10. Recibe los documentos antes indicados, efectúa trámites para el control interno de

correspondencia.

11. Remite al Área de Bienes Nacionales.

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

12. Recibe memorando anexo al formulario “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de

Bienes” (Form.6).

13. Verifica datos, coloca firma y sello en señal de aprobación.

14. Realiza control perceptivo al bien.

15. Verifica datos del bien.

16. Accesa al sistema e ingresa datos en el Formulario “Comprobante de Reasignación”

(Form.8).

17. Introduce código del bien o número de inventario y actualiza datos en el sistema formato

“Registro Auxiliar de Bienes por Responsable y por Ubicación” (Form.3).

18. Imprime en Original y en (2) dos copias los Formularios “Comprobante de Reasignación”

(Form.8) y “Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable y por Ubicación”

(Form.3).

19. Elabora “Acta de Descargo por Reasignación” (Form.9) e imprime en original.

20. Firma “Acta de Descargo por Reasignación” (Form.9).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Reasignación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

21. Distribuye documentos, de la siguiente manera:

25.1. Envía a la dependencia que se le reasignó el bien, duplicado de los formularios

“Comprobante de Reasignación” (Form.8) y “Registro Auxiliar de Bienes Muebles

por Responsable y por Ubicación” (Form.3).

25.2. Envía a la dependencia que entregó el bien, triplicado de los formularios

“Comprobante de Reasignación” (Form.8) y “Registro Auxiliar de Bienes Muebles

por Responsable y por Ubicación” (Form.3), para su control.

25.3. Archiva para su control el original de todos los documentos.

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40 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Desincorporación de Bienes

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

DESINCORPORACIÓN DE BIENES

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Desincorporación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Las desincorporaciones de bienes pueden ser efectuadas por diversas causas, tales como

donaciones, inservibilidad o deterioro.

2. Toda desincorporación de bienes deberá tramitarse ante la Sub Dirección Administrativa,

mediante el formulario “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6), el

cual deberá estar conformado por la máxima autoridad de la dependencia a la cual este

adscrito el bien.

3. El Área de Bienes Nacionales será la responsable de realizar las desincorporaciones de

bienes.

4. Todas las dependencias de la Institución deberán notificar a la Sub Dirección Administrativa

sobre los bienes que estén inservibles o deteriorados, para que se procedan a su

desincorporación.

5. Todo procedimiento de desincorporación de bienes, se deberá ajustar a las leyes vigentes

que nos ocupa, de acuerdo a cada uno de los casos de desincorporación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Desincorporación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA USUARIA

Supervisor

1. Determina bienes a desincorporar.

2. Elabora borrador de Exposición de Motivo.

3. Gestiona con la Secretaria la elaboración del formato “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes” (Form.6) y la “Exposición de Motivo” en original y copia.

Secretaria

4. Coloca datos de bienes a desincorporar en formato “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes” (Form.6) y elabora “Exposición de Motivo”.

5. Imprime y entrega al Supervisor.

Supervisor

6. Recibe de la Secretaria formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes”

(Form.6) y Exposición de Motivo.

7. Revisa que la información esté correcta.

8. Coloca firma en ambos documentos y entrega a la secretaria, para que gestione su envío a

la Sub Dirección Administrativa.

Secretaria

9. Recibe documentos, estampa sello en ambos documentos y elabora memorando.

10. Gestiona firma del Supervisor en el memorando y coloca sello.

11. Remite memorando a la Sub Dirección Administrativa, anexo a la Exposición de Motivos y

al formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Desincorporación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

12. Posteriormente, recibe duplicado de comunicación enviada y archiva para su control.

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Secretaria

13. Recibe documentación.

14. Coloca fecha, firma y sella el duplicado del memorando en señal de recepción.

15. Devuelve duplicado del memorando a la dependencia solicitante.

16. Entrega al Sub Director Administrativo memorando, Exposición de Motivos y formato

“Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6).

Sub Director Administrativo

17. Recibe, revisa y coloca instrucciones al Área de Bienes Nacionales.

18. Entrega a Secretaria para su envío.

Secretaria

19. Recibe documentos, efectúa trámites para el control interno de correspondencia.

20. Envía al Área de Bienes Nacionales la documentación.

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

21. Recibe:

• Memorando.

• Exposición de Motivos.

• Formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6).

22. Revisa documentación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Desincorporación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

23. Realiza control perceptivo del bien a desincorporar.

24. Realiza inspección ocular al(los) bien(es) a desincorporar.

25. Accesa Sistema, ingresa datos del inventario en el formulario “Desincorporación de Bienes

Muebles” (Form.15).

26. Imprime formulario a original, gestiona firma del Director de la Institución y archiva.

27. Si requiere determinar el monto en bolívares de los bienes a desincorporar, gestiona con el

Sub-director Administrativo la realización del avaluó a los bienes a desincorporar.

28. Posteriormente, recibe avalúo.

29. Verifica datos del mismo.

30. Accesa al sistema local e introduce datos relacionados con el valor del bien en el

Formulario “Comprobante de Desincorporación” (Form.12) (si es el caso).

31. Actualiza información de los Formatos:

• “Registro Auxiliar de Existencia en el Almacén” (Form.11).

• “Registro Auxiliar” (Form.2).

• “Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable Patrimonial y por Ubicación”

(Form.3).

32. Imprime Formularios “Registro Auxiliar” (Form.2), “Comprobante de Desincorporación”

(Form.12) y “Ficha de Desincorporación del Bien” en original y archiva para su control.

33. Elabora “Acta de Desincorporación” (Form.10) gestiona firma de los involucrados en el

proceso de desincorporación.

34. Imprime “Acta de Desincorporación” (Form.10) en original y archiva para su control.

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45 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Incorporación de Bienes Semovientes

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

INCORPORACIÓN DE BIENES SEMOVIENTES

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Incorporación de Bienes Semovientes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Es responsabilidad del Área de Bienes Nacionales ejecutar las actividades relacionadas con

el registro y control de bienes semovientes.

2. Para realizar el registro de Bienes Nacionales, el Registrador deberá solicitar los recaudos

correspondientes al Área de Compras, tales como Factura, Orden de Compra, Acta de

Incorporación, Acta de Entrega del Bien Semoviente al Usuario Final y procederá a verificar

la ubicación física del bien semoviente y a registrar los datos en el sistema.

3. Los semovientes se registrarán al precio determinado por la comisión de peritos

avaluadores.

4. Para realizar el registro de bienes semovientes, se deberá solicitar los servicios de un

Veterinario para determinar el estado del bien semoviente a incorporar.

5. Es responsabilidad del Área de Bienes Nacionales realizar anualmente el inventario de los

bienes semovientes, determinando la existencia real de los mismos, el estado físico, el

responsable del bien semoviente, su ubicación exacta y el correcto mantenimiento, entre

otros.

6. Se deben realizar cada mes los controles del inventario en existencia para constatar la

evidencia física de los bienes semovientes.

7. En caso de detectar diferencias en el inventario, es obligatorio el realizar los análisis

correspondientes para determinar las causas que generaron la misma y realizar los ajustes

necesarios en base a la normativa legal vigente.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Incorporación de Bienes Semovientes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

UNIDAD SOLICITANTE

Supervisor

1. Elabora exposición de motivos, justificando la incorporación del semoviente.

2. Solicita los servicios de un Médico Veterinario, para determinar el estado de los

semovientes.

3. Una vez realizado el chequeo al semoviente por parte del Médico Veterinario recibe Informe

Médico y Certificación del estado del mismo.

4. Entrega al Área de Bienes Nacionales el Informe Médico Veterinario, anexo a la

Certificación y a la Exposición de Motivos.

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

5. Recibe Informe Médico Veterinario, Certificación y Exposición de Motivos.

6. Gestiona con la Sub Dirección Administrativa los servicios de un Perito Avaluador para

determinar el valor de los semovientes.

7. Gestiona la elaboración de la “Declaración Jurada” (Anexo 3), tanto del Perito Veterinario

como del Consultor Jurídico de la Institución.

8. Recibe “Declaración Jurada” (Anexo 3) del Consultor Jurídico de la Institución, Exposición

de Motivos y el Informe Médico Veterinario y retiene temporalmente.

9. Recibe del Perito Avaluador los siguientes documentos:

Declaración Jurada (Anexo 3).

Informe de Avalúo (Anexo 5).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Incorporación de Bienes Semovientes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

10. Verifica documentos recibidos y elabora expediente.

11. Realiza el “Control Perceptivo” del semoviente a incorporar y anota datos.

12. En base a la información recabada registra en el sistema, los datos en el Formulario “Ficha

de Semovientes” (Form.13).

13. Imprime Formulario “Ficha de Semovientes” (Form.13) en original.

14. Archiva Formulario “Ficha de Semovientes” (Form.13).

15. Elabora “Acta de Entrega” (Form.7), en original y copia.

16. Firma y coloca sello del área.

17. Entrega a la Unidad Solicitante el Original del “Acta de Entrega” (Form.13) y gestiona firma

en el duplicado de la misma.

18. Archiva duplicado del “Acta de Entrega” (Form.7) para su control.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ENAJENACIÓN DE BIENES

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Antes de proceder a enajenar los Bienes Muebles e Inmuebles, la Institución deberá

solicitar ante el Ministerio de Educación Superior la aprobación de la Comisión para la

Enajenación de Bienes del Sector Público no afectos a las Industrias Básicas (CENBISP).

2. El precio base para la enajenación de los bienes, será determinado por la Comisión para la

Enajenación de Bienes Públicos (CENBISP).

3. La enajenación de los Bienes Nacionales, podrá efectuarse a través de las siguientes

operaciones:

• Venta del bien: por licitación pública o adjudicación directa.

• Permuta: por otros bienes requeridos:

• Dación en pago: por deudas asumidas con otros organismos del sector público.

• Aporte al capital.

• Cualquier otra modalidad que establezca la Comisión.

4. Para realizar el traspaso de bienes entre los diferentes Ministerios, no se requerirá de la

aprobación de la CENBISP.

5. No se podrán enajenar aquellos bienes que sean necesarios para el cumplimiento de las

finalidades de la Institución o que no estén en estado de obsolecencia y deterioro.

6. No será transferido ningún bien a un ente adscrito, a otro Instituto u otra Institución, si no

existe la solicitud escrita del organismo, indicando detalladamente los bienes y la debida

aprobación del Ministerio de Educación Superior del proceso abordado.

7. Los avalúos para la enajenación de bienes deberán ser elaborados bajo las normativas

emitidas por la Comisión para la Enajenación de Bienes Públicos (CENBISP), de acuerdo al

tipo de avalúo a realizar.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

8. Al momento de solicitar al Ministerio de Educación Superior la autorización para la

enajenación de los bienes a desincorporar ante la Comisión para la Enajenación de Bienes

del Sector Público (CENBISP), se deberán consignar en original o en su defecto copias

certificadas por el organismo enajenante, los siguientes recaudos:

a. Exposición de Motivos o Justificación: donde se señale claramente el(los) bien(es) a

enajenar (ubicación, área, componentes, marcas, modelo, seriales, dimensiones,

cantidades, fecha de adquisición, valor de adquisición, valor contable y número

asignado en el inventario) y señalar las causas o motivos que generan la solicitud.

b. Informe: donde se haga constar la opinión de la Consultoría Jurídica del Instituto del

tipo de operación requerida al Ministerio de Educación Superior ante la CENBISP.

c. Declaración Jurada (Anexo 2): del funcionario responsable de la enajenación

conforme al modelo implementado y aprobado por la CENBISP.

d. Fotografías: se deberán tomar fotografías de cada bien a enajenar, a una distancia

prudencial y observable a la vista. Las fotos deben ser a color y en original, con su

correspondiente identificación.

e. Avalúos: deberá indicar la metodología empleada en los cálculos, el valor de cada

componente, explicar el objeto, técnica y fuente de información empleadas para

determinar el valor del bien a enajenar.

9. El precio que servirá de base para la enajenación de los bienes conforme a la Ley, es el

valor promedio aritmético de dos avalúos elaborados por peritos distintos y cualquier otro

criterio a juicio de CENBISP. Los 2 avalúos serán:

a. Interno: elaborado por el ente u organismo solicitante.

b. Externo: elaborado por un perito de reconocida capacidad técnica acreditado ante el

organismo competente, debiendo estar inscrito en la Sociedad de Ingeniería de

Tasación de Venezuela (SOITAVE).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

10. Para la enajenación de semovientes se deberán considerar los criterios emitidos por la

Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Público (CENBISP) en fecha

28/02/2003, los cuales son:

a. En el caso de semovientes destinados a la investigación, a la producción de insumos

alimenticios, industriales o a la reproducción propia de la especie; ejemplo:

especimenes para experimentación, vacas lecheras, ovejas para lana, padrotes o

madres reproductoras o en reproducción; serán considerados Bienes de Uso y al

momento de ser descartados (desincorporados del activo fijo), por cesación de la

finalidad para la cual estaban destinados o por deterioro que impida cumplir su

finalidad, la enajenación deberá ser objeto de análisis y aprobación por parte de la

CENBISP.

b. En caso de semovientes criados u obtenidos por cruces in situ destinados a la venta,

serán considerados como bienes de venta y no serán objetos de aprobación por

parte de la Comisión, salvo el caso expreso en que alguno de dichos semovientes

presente un defecto tal que impida la venta, caso en el cual pasaran a la categoría de

descarte y recibirán el tratamiento previsto para esta modalidad.

11. Si la desincorporación es por inservibilidad del bien, es obligatorio elaborar el Acta de

Desincorporación, señalando los funcionarios que estarán presentes al momento de

producirse la desincorporación de los bienes, además es obligatorio indicar el lugar donde

va a ser desechado el bien.

12. Al momento de ejecutar la desincorporación de algún bien, deberán estar presentes,

además de los funcionarios del Área de Bienes Nacionales, un (1) representante de la

Consultoría Jurídica y uno (1) de Auditoria Interna, dando fe de la transparencia del

proceso.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

13. Los avalúos internos de los bienes inmuebles a enajenar, deberán ser elaborados por los

funcionarios adscritos al Área de Planta Física junto con la Comisión de Bienes, integrada

por el funcionario responsable del Área de Bienes Nacionales del Instituto, el Auditor

Interno, el Consultor Jurídico y la máxima autoridad del Instituto, quienes deberán ajustarse

a las Normativas Técnicas emitidas por la CENBISP.

14. De acuerdo a lo establecido por la Comisión para la Enajenación de Bienes Públicos

(CENBISP), la organización general del expediente para solicitar la aprobación de los

procesos de enajenación de bienes será de la siguiente manera:

a. Exposición de Motivos y Declaración Jurada (Anexo 2) del funcionario del ente u

organismo responsable del proceso de enajenación.

b. Certificación de las firmas de los peritos avaluadores por parte del funcionario del

ente u organismo responsable del proceso de enajenación.

c. Informes de avalúos.

d. Declaración Jurada (Anexo 2) de los peritos.

e. Dos (2) avalúos: uno interno y otro externo.

f. Levantamiento topográfico y plano del inmueble, si se trata de bienes inmuebles,

firmado por el Ingeniero Civil responsable, quien deberá estar debidamente

acreditado por el Colegio Profesional o Universidad y estar inscrito en el Colegio de

Ingenieros.

g. Documento de Compromiso del ente u organismo acreedor de la deuda (carta

Compromiso en las operaciones de dación en pago).

h. Identificación clara del bien a enajenar: ubicación, componentes, marca, clave,

numeración, serial, valor de adquisición, valor contable, fecha de adquisición, número

de inventario del ente. Si se trata de un Inmueble, deberá presentarse en el Título de

Propiedad Registrado o Certificado.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

i. En caso de donaciones, se deberá consignar el acta constitutiva o estatutaria del

beneficiario, antes de proceder a la enajenación. (Punto de Cuenta sellado y firmado

por el funcionario facultado para ello).

j. Solicitud de donación de la Institución demandante del bien para fines benéficos,

educativos o de utilidad pública.

k. Certificación de documentos (Resolución publicada en Gaceta Oficial, en la que

conste la designación del funcionario responsable para actuar en nombre del ente u

organismo enajenante).

l. Lista de los bienes que se recibirán en caso de permuta.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

1. Accesa sistema y verifica datos de bienes a desincorporar.

2. Determina bienes a enajenar.

3. Elabora Exposición de Motivos o Justificación, identificando claramente el(los) bien(es) a

enajenar y la ubicación del mismo.

4. Realiza inspección ocular a los bienes a enajenar y toma fotografía de los mismos.

5. Elabora memorando para envío de la documentación a la Consultoría Jurídica.

6. Imprime en dos (2) ejemplares y coloca media firma.

7. Anexa documentos a Memoradum y envía al Sub Director Administrativo para su revisión y

aprobación.

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Secretaria

8. Recibe del Área de Bienes Nacionales memorando, exposición de motivos y fotografías.

9. Verifica que los documentos recibidos se correspondan con lo indicado en el memorandum.

10. Entrega al Sub Director Administrativo para su revisión y firma.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Sub Director Administrativo

11. Recibe de la Secretaría los documentos antes mencionados y revisa.

12. En caso de no estar conforme, gestiona con el Registrador de Bienes Nacionales las

correcciones correspondientes.

13. Si esta conforme, firma memorando y gestiona con Secretaria su envío a la Consultoría

Jurídica.

Secretaría

14. Recibe documentos y memorando.

15. Elabora expediente con exposición de motivos y fotos.

16. Sella memorando y envía junto a expediente a la Consultoría Jurídica para que emitan

opinión legal.

Sub Director Administrativo

17. Recibe posteriormente de Consultoría Jurídica, Informe con opinión legal anexo al

expediente y memorando.

18. Verifica en el Informe emitido por la Consultoría Jurídica, el tipo de operación de

enajenación recomendada.

19. Emite instrucciones para el Área de Bienes Nacionales.

20. Incluye en el expediente el informe de Consultoría Jurídica.

21. Entrega a la Secretaría para que gestione su envío al Área de Bienes Nacionales.

Secretaria

22. Recibe del Sub Director los documentos.

23. Envía expediente al Área de Bienes Nacionales para que prosigan con el proceso.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

24. Recibe del Sub Director Administrativo expediente.

25. Revisa observaciones emitidas por el Sub Director Administrativo y el Informe emitido por la Consultoría Jurídica.

26. De acuerdo a los documentos antes mencionados, elabora solicitud de avalúo externo y gestiona con el Sub Director Administrativo la realización del mismo.

27. Solicita al Sub Director Administrativo que gestione ante el Director de la Institución, la elaboración de la Declaración Jurada, de acuerdo al modelo implementado y aprobado por la CENBISP.

28. Gestiona con el Área de Planta Física la elaboración del avalúo interno, de acuerdo a la normativa emitida por la CENBISP.

29. Posteriormente recibe Informe de avalúo interno y lo retiene temporalmente, hasta recibir el avalúo externo.

30. Posteriormente recibe del Sub Director Administrativo el Informe de avalúo externo y las Declaraciones Juradas.

31. Una vez recibida la documentación, prepara expediente de acuerdo a las normas emitidas por la CENBISP.

32. Elabora “Oficio de Solicitud de Enajenación” (Form. 14) y entrega al Sub Director Administrativo junto con el expediente, a fin de que gestione la aprobación del Director del Colegio Universitario.

33. Una vez firmado el “Oficio de Solicitud de Enajenación” (Form. 14), envía expediente de los bienes a enajenar al Ministerio de Educación Superior, Oficina de Administración y Servicios atención a la Coordinación de Bienes Nacionales del MES, para su tramitación ante la CENBISP.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

34. Posteriormente, recibe aprobación de la CENBISP y autorización del Ministerio de Educación Superior.

35. Si la desincorporación es por inservibilidad del bien, elabora Acta de Desincorporación del Bien (Form.10), en la que indica el lugar donde se hará el bote del bien.

36. Gestiona la presencia del funcionario de Auditoria Interna y otro de la Consultaría Jurídica y procede a desincorporar el bien.

37. Gestiona firma de las personas presentes al momento de la desincorporación en el “Acta de Desincorporación” (Form.10) y coloca la fecha.

38. Accesa al sistema e ingresa datos de bienes a enajenar.

39. Imprime y archiva Formato “Comprobante de Desincorporación” (Form.12).

40. Introduce en expediente formulario para su control y Acta de Desincorporación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes por Donaciones

ASUNTO: Portada

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ENAJENACIÓN DE BIENES POR DONACIONES

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes por Donaciones

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

NORMAS GENERALES

1. Toda donación de bienes deberá ser aprobada por el ciudadano Ministro de Educación

Superior, o en su defecto por la persona que el designe.

2. Sólo serán procesadas aquellas solicitudes de donación de bienes, que sean para fines

benéficos, educativos o de utilidad pública.

3. Es requisito indispensable para procesar la solicitud de donación de bienes, el Acta

Constitutiva o Estatutaria de la Institución solicitante.

4. Toda donación de bienes deberá ser gestionada ante la CENBISP para su debida

autorización.

5. Se deberá elaborar Acta de Donación de los bienes entregados en donación, la cual deberá

estar firmada por los representantes de ambas Instituciones.

6. Para realizar el procedimiento de Enajenación de Bienes por Donación, se deberán cumplir

con los pasos establecidos en el procedimiento de Enajenación de Bienes (general).

7. De acuerdo a la CENBISP, los anexos requeridos para solicitar la aprobación de un

proceso para la enajenación por donación son:

• Dos (2) avalúos, uno interno y otro externo, cuando se trate de bienes inmuebles; y un

avalúo interno, cuando se trate de bienes muebles o, en su defecto, el de incorporación

en libro (valor contable), certificado por el funcionario responsable de la operación de

enajenación.

• Acta constitutiva o estatutaria del ente beneficiario del bien.

• Solicitud de donación de la institución donataria del bien (sin fines de lucro), para fines

benéficos, educativos o de utilidad pública.

• Declaración jurada de los peritos evaluadores (interno y externo, según sea el caso).

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes por Donaciones

ASUNTO: Normas Generales

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Declaración jurada del funcionario responsable del proceso de enajenación, en la cual

certifica la firma de los peritos valuadores (interno y externo).

• Punto de Cuenta suscrito por la máxima autoridad del ente u organismo enajenante, en

el que declara su conformidad con la operación.

• Levantamientos topográficos y planos, si se trata de bienes inmuebles, firmados por el

Ingeniero Civil colegiado.

• Identificación clara del bien por enajenar: ubicación, componente, marca, clave,

numeración, serial, valor de adquisición, valor contable, fecha de adquisición, número de

inventario del ente. Si se trata de un inmueble, titulo de propiedad registrado o

certificado.

• Certificación de documentos (Resolución, Gaceta Oficial en la cual conste la

designación del funcionario responsable para actuar en nombre del ente u organismo

enajenante).

• Con posteridad a la operación autorizada por la comisión, se debe dar estricto

cumplimiento al artículo 11 de la Ley que nos ocupa, en cuanto a enviar los asientos

contables y las actas correspondientes.

8. Toda donación de enajenación de bienes por donación, es requisito indispensable enviar el

expediente a la Coordinación de Bienes Nacionales adscrita a la Oficina de Administración

y Servicios del Ministerio de Educación Superior con sus anexos debidamente foliados.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes por Donaciones

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PROCEDIMIENTO

NOTA: Este procedimiento será descrito de forma general, ya que para cumplir con el mismo,

se deberán cumplir además con los pasos establecidos en el procedimiento general de

enajenación de bienes.

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

Sub Director Administrativo

1. Recibe de la Dirección del Instituto o Colegio Universitario, Carta de “Solicitud de Donación

de Bienes” (Form.5).

2. Verifica instrucciones emitidas, de haber sido negada la donación, entrega a la Secretaria

para que archive la documentación recibida.

3. Si fue aprobada la donación, envía al Área de Bienes Nacionales, para que procedan a

gestionar la misma.

ÁREA DE BIENES NACIONALES

Registrador de Bienes

4. Recibe solicitud de donación.

5. Verifica y determina la disponibilidad en el sistema tipo de bien solicitado en donación.

6. Contacta a la Institución demandante del bien y le solicita Acta Constitutiva o Estatutaria.

7. Recibe los documentos antes mencionados.

8. Determina disponibilidad del bien solicitado en Donación.

9. Si es un bien inmueble, gestiona con el Sub Director Administrativo, la elaboración de los

avalúos externos e interno.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Enajenación de Bienes por Donaciones

ASUNTO: Procedimiento

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

10. Si son bienes muebles, gestiona con la Comisión de Bienes integrada por el funcionario

Jefe del Área de Bienes Nacionales, el Auditor Interno, el Consultor Jurídico y la máxima

autoridad del Instituto quienes, deberán ajustarse a las normativas técnicas emitidas por la

CENBISP. para la realización del avalúo interno.

11. Posteriormente recibe el(los) avalúo(s) en original.

12. Emite copia del documento anterior y archiva copia.

13. Envía original de(los) avalúo(s) a la Oficina de Administración y Servicios del Ministerio de

Educación Superior a la atención de la Coordinación de Bienes Nacionales, para que

proceda a gestionar la autorización correspondiente ante la CENBISP.

14. Una vez aprobado por el Ministerio de Educación Superior y por la CENBISP, elabora “Acta

de Donación” (Form. 5)

15. Imprime “Acta de Donación” (Form. 5) en original y gestiona firmas.

16. Accesa al sistema y desincorpora bienes.

17. Registra contablemente la donación e imprime Asientos Contables.

18. Gestiona firmas autorizadas en los mismos y envía a la Oficina de Administración y

Servicios / Coordinación de Bienes Nacionales, para que procedan a gestionar ante la

CENBISP el cierre del expediente.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Formularios e Instructivos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS

Pág.

Formato 1.- Comprobante de Incorporación 65

Formato 2.- Registro Auxiliar 69

Formato 3.- Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsables y por Ubicación 72

Formato 4.- Acta de Recepción Definitiva 75

Formato 5.- Acta de Donación 77

Formato 6.- Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes del Ministerio de

Educación

79

Formato 7.- Acta de Entrega 81

Formato 8.- Comprobante de Reasignación 83

Formato 9.- Acta de Descargo por Reasignación 86

Formato 10.- Acta de Desincorporación 88

Formato 11.- Registro Auxiliar de Existencias en Almacén 90

Formato 12.- Comprobante de Desincorporación 92

Formato 13.- Ficha de Semovientes 95

Formato 14.- Oficio Solicitud de Enajenación 98

Formato 14.- Formulario Desincorporación de Bienes 100

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65 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Información Complementaria a los formularios.

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

En lo referente a las Tablas y Códigos que son requeridos en los formularios utilizados en los

procedimientos, están sujetos a los que encuentran registrados en el Manual del Sistema

Integrado de Gestión y Control de la Finanzas Públicas (SIGECOF).

Con respecto en los formularios en donde se hace referencia a la Codificación y Denominación

de cada una de las dependencias organizativas del Instituto o Colegio Universitario deberá

solicitar al Área de Presupuesto las tablas de Codificación y Denominación a fin de utilizarlo

como base para la elaboración de los formatos utilizados en el presente manual.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Comprobante de Incorporación (Formato 1)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Comprobante de Incorporación Objetivo: Llevar el registro y control de las incorporaciones no presupuestarias de los bienes muebles y materiales. Tamaño: Oficio Impresión: Original Distribución: Original Área de Bienes Nacionales. Forma de llenado: A máquina. 1. NÚMERO: Indicar el número correlativo asignado al comprobante. 2. FECHA: Indicar día, mes y año en que se realiza la incorporación 3. SELECCIÓN: Marque con una equis (x) en el recuadro correspondiente, dependiendo si la incorporación corresponde a un bien mueble o a material. 4. ORGANISMO: Indique el Nombre Completo del Colegio o Instituto Universitario. 5. UNIDAD ADMINISTRADORA: Indique “Área de Bienes Nacionales”. 6. DEPENDENCIA USUARIA: Señale el Nombre de la Dependencia a la cual se le esta haciendo entrega del Bien Mueble o los Materiales. 7. RESPONSABLE DEL ALMACÉN: Coloque la denominación correspondiente al almacén, así como el número de la Cédula de Identidad, los Apellidos y Nombres y el cargo del Responsable del Almacén. 8. CANTIDAD: Indicar el número de bienes que serán incorporados a la Dependencia. 9. CÓDIGO DEL CATÁLOGO: Coloque el Código asignado al Bien de acuerdo a lo indicado en el Acta de Entrega recibida del Almacén. 10. NÚMERO DE INVENTARIO: Indicar número asignado al bien en el inventario. 11. NÚMERO DE INVENTARIO Indicar número asignado al bien en el inventario. 12. INCORPORACIÓN: Código y denominación del concepto de incorporación según “Tabla No. 1 de Incorporaciones” (Anexo 6) del Manual del Sistema Sigecof. 13. VALOR UNITARIO: Indique el valor de adquisición del bien, si es conocido, o el que resulte del avalúo correspondiente. 14. VALOR TOTAL: Se obtiene de multiplicar la cantidad de los bienes o materiales por el valor unitario asignado a los mismos.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

15. RESPONSABLE PATRIMONIAL PRIMARIO: Cédula de Identidad: Coloque el número de la Cédula de Identidad del Director del Colegio o Instituto Universitario. Apellidos y Nombres: Apellidos y Nombre del Director del Colegio o Instituto Universitario. Cargo: Señalar la denominación del cargo que ocupa el Responsable Patrimonial Primario.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Registro Auxiliar (Formato 2)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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70 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Registro Auxiliar Objetivo: Detallar la información contable relacionada con bienes muebles, materiales e inmuebles, según corresponda, referida a los movimientos de los mismos. Tamaño: Carta Impresión: Original Distribución: Original Área de Bienes Nacionales. Forma de llenado: A máquina. 1. SELECCIÓN DEL TIPO DE REGISTRO AUXILIAR: Indicar con una equis (x) si el registro corresponde a Bienes Muebles, Materiales o Bienes Inmuebles. 2. ORGANISMO: Indique el Nombre Completo del Colegio o Instituto Universitario. 3 Y 4. CUENTA PATRIMONIAL Y SUBCUENTA: Indicar el código y denominación de la cuenta y subcuenta patrimonial en la cual se registra el bien o material (ver Plan de Cuentas Contable) 5. CATÁLOGO: Indicar el código y denominación asignado en el Catálogo de Bienes Muebles y Materiales del Sistema Sigecof. 6. UNIDAD ADMINISTRADORA: Indique “Área de Bienes Nacionales”. 7. DEPENDENCIA USUARIA: Señale el Nombre de la Dependencia a la cual se le esta haciendo entrega del Bien Mueble o los Materiales. 8. UBICACIÓN GEOGRÁFICA: Señalar la región del país, entidad federal, Municipio y Ciudad donde se recibirá el bien, se utilizarán los materiales o donde esta ubicado el Inmueble. 9. NÚMERO DEL INVENTARIO DEL BIEN: Indicar el número de inventario asignado al bien. 10. DESCRIPCIÓN: Señalar la denominación del bien o material. 11. INCORPORACIÓN: Fecha: Indicar día, mes y año en la cual se realiza la incorporación Código y concepto: Señalará el código y la causa por la cual se incorpora el bien (ver Tabla No.1 de incorporación del Manual de Sistema de Sigecof (Anexo 6)). 12. REASIGNACIÓN: Fecha: Indicar día, mes y año en la cual se realiza la reasignación del Bien o el Material. Código y concepto: Señalar el código y la causa por la cual se reasigna el bien de acuerdo a la “Tabla de Reasignación” (Anexo 7) del Manual de Sistema Sigecof. 13. DESINCORPORACIÓN: Fecha: Indicará el día, mes y año en la cual se realiza la desincorporación del Bien o el Material .Código y concepto: Señalar el código y la causa por la cual se desincorpora el bien de acuerdo a la “Tabla de Desincorporación” (Anexo 8) del Manual del Sistema Sigecof.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

14. VALOR DEL BIEN: Indicar el precio de adquisición o valor de incorporación del bien, materiales o inmuebles. 15. RESPONSABLE: Nombre y Apellido del Director del Colegio o Instituto Universitario y del responsable del área donde será asignado el Bien . 16. ULTIMA VERIFICACIÓN: Día, mes y año en la cual se efectuó la última verificación de la información relacionada con el bien o material objeto de registro, así como el nombre y apellido del verificador.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsables y por Ubicación (Formato 3)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsables y por Ubicación Objetivo: Identificar la ubicación geográfica y los responsables patrimoniales primario y por uso, así como los movimientos de los bienes del organismo. Tamaño: Carta Impresión: Original y copia Distribución: Original: Área de Bienes Nacionales. Copia 1: Unidad Receptora del Bien Forma de llenado: A máquina. 1. ORGANISMO: Indique el Nombre Completo del Colegio o Instituto Universitario. 2. CUENTA PATRIMONIAL: Indicar el código y la denominación de la cuenta patrimonial de acuerdo con el Plan de Cuentas Contable. 3. SUBCUENTA: Indicar el código y la denominación de la subcuenta patrimonial de acuerdo con el Plan de Cuentas Contable. 4. CATALOGO DE BIENES Y MATERIALES: Indicar el código y la denominación del bien según el Catálogo de Bienes Muebles y Materiales del Sistema Sigecof. 5. UBICACIÓN GEOGRÁFICA: Señalar la región del país, entidad federal, Municipio y Ciudad donde se recibirá el bien, se utilizarán los materiales o donde esta ubicado el Inmueble. Código postal: Indicar código postal de la zona. Según tabla de Código Postal. 6. RESPONSABLE PATRIMONIAL PRIMARIO: Cédula de Identidad: Coloque el número de la Cédula de Identidad del Director del Colegio o Instituto Universitario. Apellidos y Nombres: Apellidos y Nombre del Director del Colegio o Instituto Universitario. Cargo: Señalar la denominación del cargo que ocupa el Responsable Patrimonial Primario. 7. RESPONSABLE PATRIMONIAL POR USO: Cédula de identidad: Colocar número de la cédula de identidad del responsable de la Dependencia que hará uso del Bien Mueble. Apellidos y nombres: Nombre completo del responsable. 8. Nº DE INVENTARIO DEL BIEN: Colocar número de control asignado en el inventario a cada uno de los bienes. 9. DESCRIPCIÓN: Nombre y descripción del bien y demás especificaciones necesarias para su identificación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

10. INCORPORACIÓN: Fecha: Día, mes y año en que se incorpora el bien. Código: Indicar número por concepto de incorporación. Según “Tabla de Incorporación” (Anexo 6) de Bienes del Manual de Sistema Sigecof. Concepto: Indicar el concepto de incorporación. Según “Tabla de Incorporación” (Anexo 6) de Bienes del Manual de Sistema Sigecof. 11. REASIGNACIÓN: Fecha: Día, mes y año en que se reasigna el bien. Código: Indicar el número de la reasignación. Según “Tabla de Reasignaciones” (Anexo 7) de Bienes del Manual de Sistema Sigecof. Concepto: Indicar el concepto de la reasignación. Según “Tabla de Reasignaciones” (Anexo 7) de Bienes del Manual de Sistema Sigecof. 12. DESINCORPORACIÓN: Fecha: Día, mes y año en que se desincorpora el bien. Código: Indicar el número de la Desincorporación Según “Tabla de Desincorporaciones” (Anexo 8) de Bienes de Sistema Sigecof. Concepto : Definir concepto de la Desincorporación. Según “Tabla de Desincorporaciones” (Anexo 8) de Bienes de Sistema Sigecof. 13. VALOR DEL BIEN: Indicar el valor del bien según libros. 14. ÚLTIMA VERIFICACIÓN: Fecha: Día, mes y año en que se hizo la última verificación. Código: Código del estado de conservación del bien, según tabla del Manual de Sistema Sigecof. Verificador: Apellidos, nombre y cédula de identidad del verificador.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Acta de Recepción Definitiva (Formato 4)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA

Los Suscritos (Nombre del Director), Titular de la C.I. (Número de Cédula del Suscrito), Coordinador

de la Comisión de Transformación y Modernización del (Nombre del Instituto o Colegio Universitario)

y (Nombre del Responsable del Área de Bienes Nacionales) Titular de la C.I. (No. de Cédula del

responsable del Área de Bienes Nacionales), representante de Bienes Nacionales del (Nombre de la

Institución al cual representa el responsable del Área de Bienes); en conformidad con las

instrucciones recibidas de la Sub Dirección Administrativa del (Nombre del Instituto o Colegio

Universitario), hacen constar por medio de la presente Acta, la asignación definitiva de los bienes

muebles que se refieren a continuación los cuales se encontraran adscritos a (Nombre de la Unidad

donde se encontrarán los Bienes Nacionales); según concepto contenido en el Manual de Bienes

Muebles e Inmuebles del Sistema Integrado de Gestión y Control de Finanzas Públicas,

Nro. BIEN MARCA MODELO SERIAL

Director del IUT Coordinador de la Comisión de

Transformación y Modernización C.I.

Funcionario de la Unidad Cargo

C.I.

Responsable del Área de Bienes Nacionales Registrador de Bienes

C.I:

Hecho por Duplicado a los xx del mes de xxxxxxx de 200x. Esta Acta se realiza para la asignación de

los Bienes adscritos, bajo concepto (XX) contenido en el Manual de Bienes del Sistema Integrado de

Gestión y Control de Finanzas Públicas.

DEL

INSTITUTO

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Acta de Recepción Definitiva Objetivo: Certificar la asignación definitiva de los bienes muebles a cada una de las dependencias del Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original y una copia. Distribución: Original: Área de Bienes Nacionales. Copia: Unidad Receptiva del Bien. Forma de llenado: A máquina. Nombre del Director: Coloque el Nombre y Apellido del Director del Colegio o Instituto Universitario o del Coordinador de la Comisión de Transformación y Modernización que suscribe el Acta de Recepción Definitiva del(os) Bien(es). Número de Cédula del Suscrito: Coloque el número de la cédula de identidad de quien suscribe el Acta de Recepción Definitiva del(os) Bien(es). Nombre del Instituto o Colegio Universitario: Indique el Nombre Completo del Colegio o Instituto Universitario. Nombre del Responsable del Área de Bienes Nacionales: Coloque el nombre del Supervisor o Responsable del Área de Bienes Nacionales. No. de Cédula del responsable del Área de Bienes Nacionales: Coloque el número de la Cédula de Identidad del responsable del Área de Bienes Nacionales. Nombre de la Institución al cual representa el responsable del Área de Bienes: Coloque el nombre del Colegio o Instituto Universitario al cual Representa el Área de Bienes. Unidad donde se encuentra los bienes: Escriba el nombre de la Unidad donde serán ubicados los Bienes Nacionales. Nro.: Escriba el número del renglón del bien a detallar. Bien: Escriba la descripción del Bien Nacional a entregar. Marca: Coloque la Marca del Bien Nacional que esta siendo entregado. Modelo: Coloque el Modelo del Bien Nacional que esta siendo entregado. Serial: Escriba el No. de Serial del Bien Nacional que esta siendo entregado. Director del IUT / Funcionario de la Unidad / Responsable del Área de Bienes Nacionales / Cargo y Cédula de Identidad: Espacio destinado para que los funcionarios involucrados en la entrega del Bien Nacional estampen sus Firmas. Colocar el Cargo y la Cédula de Identidad de cada uno de los involucrados. xx del mes de xxxxxxx de 200x: Coloque la fecha, el mes y el año en que se firma el acta de Recepción Definitiva.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Acta de Donación (Formato 5)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Acta de Donación Ciudad, Fecha

Nro. Ciudadano: (Nombre a Quien va Dirigida la Solicitud) Director de la Oficina de Administración y Servicios Ministerio de Educación Superior Presente.-

Me dirijo a Ud. en la oportunidad de solicitarle la autorización para la donación del

(Nombre del(os) Bien(es) y sus características) a (Nombre de la Institución) ya que

(Motivo por el cual se solicita la Donación).

Sin más a que hacer referencia, esperando su pronta respuesta, se suscribe.

Atentamente,

(Nombre del solicitante) Coordinador de la Comisión de Transformación y Modernización del (Nombre del

Instituto o Colegio Universitario)

XX/xx

LOGO DEL

INSTITUT

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Acta Donación Objetivo: Solicitar la Donación de Bien(es) al Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original Distribución: Área de Bienes Nacionales Forma de llenado: A máquina. Ciudad: Coloque la ciudad donde se emite la solicitud para la donación del Bien. Fecha: Escriba la fecha de emisión de la Solicitud. Nro.: Escriba el número de la correspondencia asignado a la Solicitud. Nombre a quien va dirigida la solicitud: Coloque el nombre del funcionario al que va dirigida la Solicitud. Bien, Características: Coloque el nombre del(os) Bien(es) y especifique sus características. Institución: Escriba el Nombre de la Institución solicitante. Exposición de motivo: Escriba los motivos por el cual hace la solicitud de donación. Nombre del Solicitante: Coloque la firma y el nombre del Solicitante de la Donación. Nombre Instituto o Colegio Universitario: Escriba el nombre de la Institución solicitante de la donación.

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79 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes del Ministerio de Educación (Formato 6)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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80 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes del Ministerio de Educación Objetivo: Solicitar la transferencia de bienes muebles, materiales e inmuebles, según corresponda, interna y externamente. Tamaño: Oficio Impresión: Original y una copia. Distribución: Original: Área de Bienes Nacionales. Copia: Sub Dirección Administrativa Forma de llenado: A máquina. 1-2. Responsable Patrimonial Primario / Ubicación 1: Coloque el nombre del Instituto o Colegio Universitario y lugar donde se encuentran ubicado. Sitio donde se encuentra 1 3-4. Responsable Patrimonial Por Uso / Ubicación 2: Señale el nombre del funcionario responsable de la dependencia que tienen asignados los bienes muebles y semovientes para el uso de la ejecución de sus propias actividades e indique su ubicación. 5-6. Responsable Patrimonial por Uso Final / Ubicación 3: Coloque el nombre del funcionario al que se le asignó finalmente el bien e indique su ubicación. 7. No. de Inventario/Serial del bien: Indique el código asignado al bien en el inventario ó el Serial del equipo (si son equipos de computación u otro tipo de artefacto). 8. Descripción del bien: Características del bien (Modelo, Marca, etc.). 9. Compras / Donación / Préstamo / Reasignaciones / Desincorporaciones / Traslado: Coloque una “X” en el recuadro correspondiente, dependiendo del tipo de operación que este siendo realizada con el Bien Nacional. 15. Observaciones: En esta área se indicará cualquier aclaratoria que sea necesaria. 16. Nombre y Cargo del Solicitante: Nombre de la persona o funcionario y cargo en la Dependencia. 17. Firma y Sello del Director de la Dependencia Solicitante: Espacio destinado para que el Director del Instituto o Colegio Universitario estampe su firma en señal de aprobación realizada y coloque el sello de la Institución.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Acta de Entrega (Formato 7)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

REP ÚBL I CA BOLI VARIA NA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Dirección del Despacho

Oficina de Administración y Servicios

ACTA DE ENTREGA

El suscrito, (NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE ENTREGA EL BIEN), titular de la Cédula de Identidad No. (CEDULA DE IDENTIDAD DEL FUNCIONARIO QUE ENTREGA), en representación del Ministerio de Educación Superior, por medio de la presente hago entrega al (NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE RECIBE EL BIEN), titular de la Cédula de Identidad No. (CEDULA DE IDENTIDAD DEL FUNCIONARIO QUE RECIBE), los bienes que a continuación se mencionan: (NOMBRE DE LOS BIENES A SER ENTREGADOS) En Caracas, a los (FECHA) días del mes de (MES) del 20(AÑO). Firman conformes:

(Nombre de la persona que entrega) (Nombre de la persona que recibe)

C.I. No. C.I. No.

QUIEN ENTREGA QUIEN RECIBE

(Nombre de la persona que funge como testigo)

C.I. No.

TESTIGO

Esta acta se realiza por duplicado para los fines de entrega.

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82 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Acta de Entrega Objetivo: Dejar constancia de los bienes entregados a los funcionarios de los Institutos o Colegios Universitarios. Tamaño: Carta Impresión: Original y dos (2) copias Original: Registrador de Bienes Nacionales Copia 1: Dependencia que presta el Bien Nacional. Copia 2: Dependencia que recibe el Bien Nacional. Forma de llenado: A máquina. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE ENTREGA EL BIEN: Coloque el Nombre, Apellido y el número de cédula de Identidad del funcionario responsable de la entrega el bien. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE RECIBE EL BIEN: Coloque el Nombre, Apellido y el número de cédula de Identidad del funcionario responsable que recibe el bien. NOMBRE DE LOS BIENES A SER ENTREGADOS: Escriba en detalle el bien o los bienes a entregar. MES / AÑO: Coloque el día, mes y año en la que se hace la entrega del bien. NOMBRE DE LA PERSONA QUE ENTREGA / C.I. No.: Espacio destinado para colocar el Nombre, Apellido y el Número de la Cédula de Identidad del funcionario que hace entrega del bien y estampa su firma. NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBE / C.I. No.: Espacio destinado para colocar el Nombre, Apellido y el Número de la Cédula de Identidad del funcionario que recibe el bien y estampa su firma. NOMBRE DE LA PERSONA QUE FUNGE COMO TESTIGO / C.I. No.: Espacio destinado para colocar el Nombre, Apellido y el Número de la Cédula de Identidad del funcionario que funge como testigo de la entrega del bien y estampa su firma.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Comprobante de Reasignación (Formato 8)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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84 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Comprobante de Reasignación Objetivo: Reflejar las reasignaciones no presupuestarias de los bienes muebles y de materiales. Tamaño: Oficio Impresión: Original y tres (3) copias Original: Registrador de Bienes Nacionales Copia 1: Dependencia que se le reasignó el Bien Copia 2: Dependencia que entrego el Bien. Copia 3: Sub Dirección Administrativa Forma de llenado: A máquina. 1. NÚMERO: Indicar el número asignado al comprobante 2. FECHA: Indicar día, mes y año en que se realiza la reasignación del Bien 3. SELECCIÓN: Marque con una equis (x) si la reasignación corresponde a un bien mueble o a un material. 4. ORGANISMO: Código y denominación del Instituto o Colegio Universitario. 5. UNIDAD ADMINISTRADORA: Código y denominación de la Unidad Administradora según tabla. 6. DEPENDENCIA USUARIA: Indique el nombre de la Dependencia a la cual se le esta reasignado el bien 7. RESPONSABLE DEL ALMACÉN: Indique la denominación organizativa asignada al Almacén (Unidad, Dpto., Área) así como el número de la Cédula de Identidad, el Apellido y nombre, Cargo del Responsable del Almacén. 8. CANTIDAD: Indicar el número de bienes que serán reasignados 9. CÓDIGO DEL CATÁLOGO: Código asignado al bien o material a reasignar, en el Catálogo de Bienes y Materiales. 10. NÚMERO DE INVENTARIO: Indicar número asignado al bien en el inventario. 11. DESCRIPCIÓN: Coloque nombre y demás especificaciones que identifiquen al bien a reasignar. 12. REASIGNACIÓN Código y denominación del concepto de reasignación según tabla del Sistema Sigecof.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

13. VALOR UNITARIO Indique el valor de adquisición del bien, si es conocido, o el que resulte del avalúo correspondiente. 14. VALOR TOTAL Se obtiene de multiplicar la cantidad de los bienes o materiales por el valor unitario asignado a los mismos. 15. RESPONSABLE PATRIMONIAL PRIMARIO: Cédula de Identidad: Coloque el número de la Cédula de Identidad del Director del Colegio o Instituto Universitario. Apellidos y Nombres: Apellidos y Nombre del Director del Colegio o Instituto Universitario. Cargo: Señalar la denominación del cargo que ocupa el Responsable Patrimonial Primario. 16. RESPONSABLE PATRIMONIAL POR USO: Cédula de identidad: Colocar número de la cédula de identidad del responsable de la Dependencia que hará uso del Bien Mueble. Apellidos y nombres: Nombre completo del responsable. 17. UBICACIÓN GEOGRÁFICA: Señalar la región del país, entidad federal, Municipio y Ciudad donde se recibirá el bien, se utilizarán los materiales o donde esta ubicado el Inmueble. Código postal: Indicar código postal de la zona. Según tabla de Código Postal. 18. RECEPCIÓN Fecha de recepción: Día, mes y año en que se recibió los bienes. Firma de recibido conforme: Coloque firma del responsable Patrimonial por Uso.

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86 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Acta de Descargo por Reasignación (Formato 9)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ACTA DE DESCARGO POR REASIGNACIÓN

Los Suscritos (Director del IUT), Titular de la C.I. (Cédula del Suscrito), Coordinador de la

Comisión de Transformación y Modernización y (Responsable del Área de Bienes Nacionales)

Titular de la C.I. (Cédula de Identidad del Coordinador de Bienes Nacionales), representante

de Bienes Nacionales del (Nombre del Instituto o Colegio Universitario); en conformidad con

las instrucciones recibidas de la Dirección de Administración y Servicios del Ministerio de Educación

Superior, hacen constar por medio de la presente acta, la reasignación de bienes de los bienes

muebles que se refieren a continuación los cuales se encuentran actualmente adscritos a (Unidad

donde se encuentra los bienes); según concepto 33 contenido en el Manual de Bienes Muebles e

Inmuebles del Sistema Integrado de Gestión y Control de Finanzas Públicas,

Nro. BIEN MARCA MODELO SERIAL

Director del IUT Coordinador de la Comisión de

Transformación y Modernización C.I.

Responsable del Área de Bienes Nacionales

Registrador de Bienes C.I:

Hecho por Duplicado a los xx del mes de xxxxxxx de 200x. Esta acta se realiza para la reasignación

de los Bienes adscritos, bajo concepto (33) contenido en el Manual de Bienes del Sistema Integrado

de gestión y Control de Finanzas Públicas.

DEL INSTITUTO

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Acta de Descargo por Reasignación Objetivo: Controlar la reasignación del(os) Bien(es) muebles a Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original y Copia Original: Registrador de Bienes Nacionales. Copia: Persona responsable que recibe el Bien en reasignación. Forma de llenado: A máquina. Llenado del Formulario Director del IUT: Coloque el nombre y apellido del Director del Instituto o Colegio Universitario que suscribe el Acta de Descargo por Reasignación del(os) Bien(es). Cédula del Suscrito: Coloque la cédula de identidad de quien suscribe el Acta de Descargo por Reasignación del(os) Bien(es). Nombre del Instituto o Colegio Universitario: Escriba el nombre del Instituto o Colegio Universitario. Responsable del Área Bienes Nacionales: Coloque el nombre del funcionario responsable del Área de Bienes Nacionales del Instituto o Colegio Universitario. Cédula de Identidad del Responsable del Área de Bienes Nacionales: Coloque el número la cedula de identidad del funcionario encargado de Bienes Nacionales. Nombre de la Institución al cual representa el representante del Área de Bienes: Coloque el nombre de la Institución al cual representa el responsable del Área de Bienes. Unidad donde se encuentra los bienes: Escriba la denominación de la Unidad donde se encuentran ubicados los bienes. Nro.: Escriba el número del renglón del bien a detallar. Bien: Escriba la descripción del Bien a reasignar. Marca: Coloque la Marca del Bien. Modelo: Coloque el Modelo del Bien. Serial: Escriba el No. de Serial del Bien. xx del mes de xxxxxxx de 200x: Coloque la fecha, el mes y el año en que se firma el Acta de Descargo por Reasignación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Acta de Desincorporación (Formato 10)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ACTA DE DESINCORPORACIÓN

Los Suscritos (Director del IUT), Titular de la C.I. (Cédula del Suscrito), Coordinador de la

Comisión de Transformación y Modernización y (Responsable del Área de Bienes Nacionales)

Titular de la C.I. (Cédula de Identidad del Coordinador de Bienes Nacionales), representante

de Bienes Nacionales del (Nombre del Instituto o Colegio Universitario); en conformidad con

las instrucciones recibidas de la Dirección de Administración y Servicios del Ministerio de Educación

Superior, hacen constar por medio de la presente acta, la desincorporación de los bienes muebles

que se refieren a continuación los cuales se encuentran actualmente adscritos a (Unidad donde se

encuentra los bienes); según concepto (xx) contenido en el Manual de Bienes Muebles e

Inmuebles del Sistema Integrado de Gestión y Control de Finanzas Públicas,

Nro. BIEN MARCA MODELO SERIAL

Director del IUT Coordinador de la Comisión de

Transformación y Modernización C.I.

Responsable del Área de Bienes Nacionales

Registrador de Bienes C.I:

Hecho por Duplicado a los xx del mes de xxxxxxx de 200(x). Esta acta se realiza para

Desincorporar los Bienes adscritos, bajo concepto (58) contenido en el Manual de Bienes del Sistema

Integrado de gestión y Control de Finanzas Públicas.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Acta de Desincorporación Objetivo: Certificar la desincorporación definitiva de los bienes muebles a cada una de las dependencias del Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original Original: Registrador de Bienes Nacionales. Forma de llenado: A máquina. Director del IUT: Coloque el Nombre y Apellido del Director del Colegio o Instituto Universitario o del Coordinador de la Comisión de Transformación y Modernización que suscribe el Acta de Desincorporación del(os) Bien(es). Cédula del Suscrito: Coloque el número de la cédula de identidad de quien suscribe el Acta de Desincorporación del(os) Bien(es). Responsable del Área Bienes Nacionales: Coloque el nombre del Supervisor o Responsable del Área de Bienes Nacionales. Cédula de Identidad del Responsable del Área de Bienes Nacionales: Coloque el número de la Cédula de Identidad del responsable del Área de Bienes Nacionales. Nombre de la Institución al cual representa el representante del Área de Bienes: Coloque el nombre del Colegio o Instituto Universitario al cual Representa el Área de Bienes. Unidad donde se encuentra los bienes: Escriba el nombre de la Unidad donde serán ubicados los Bienes Nacionales. Nro.: Escriba el número del renglón del bien a desincorporar. Bien: Escriba la descripción del Bien Nacional a desincorporar. Marca: Coloque la Marca del Bien Nacional que esta siendo desincorporado. Modelo: Coloque el Modelo del Bien Nacional que esta siendo desincorporado. Serial: Escriba el No. de Serial del Bien Nacional que esta siendo desincorporado. xx del mes de xxxxxxx de 200x: Coloque la fecha, el mes y el año en que se firma el Acta de Desincorporación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Registro Auxiliar de Existencias en Almacén (Formato 11)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Registro Auxiliar de Existencias en Almacén Objetivo: Registrar los movimientos de los bienes y materiales en el Almacén. Tamaño: Carta Impresión: Original y dos (2) copias. Original: Área de Bienes Nacionales Copia 1: Dependencia Usuaria Copia 2: Archivo del Almacén Forma de llenado: A máquina. 1. ORGANISMO: Coloque el Código Presupuestaria y el Nombre del Instituto o Colegio Universitario. 2. UNIDAD ADMINISTRADORA: Indique el Código y la denominación presupuestaria asignada al Área de Bienes Nacionales. 3. ALMACÉN: Señale el Código y la denominación presupuestaria asignada al Área de Almacén y coloque el número de la Cédula de Identidad y los Apellidos y Nombres del Responsable del Almacén. 4. FECHA: Indique el Día, Mes y Año cuando se efectué el movimiento de bienes o materiales (entrada ó salida). 5. CATÁLOGO: Indique el código y denominación asignado al bien o material según Catálogo de Bienes y Materiales del Sistema Sigecof e indique en que unidad de medida está expresado el bien o material objeto de movimiento 6. TIPO DE MOVIMIENTO: Indique el código y denominación del tipo de movimiento (incorporación, desincorporación o reasignación, según tablas del Sistema Sigecof). 7. ENTRADAS: Cantidad: indique el número de unidades por cada bien o material que se incorpore. Valor Unitario: Señale el valor de adquisición, en bolívares, de cada bien o material. Valor Total: Se obtendrá de multiplicar el monto de la columna "cantidad" por el monto del precio unitario. 8. SALIDAS: Cantidad: Indique el número de unidades por cada bien o material que se desincorpore. Valor Unitario: Señale el valor de adquisición, en bolívares, de cada bien o material. Valor Total: Se obtendrá de multiplicar el monto de la columna "cantidad" por el monto del precio unitario. 9. EXISTENCIAS: Cantidad: Indique el número de unidades por cada bien o almacén existente en el almacén. Valor Unitario: Señale el valor de adquisición, en bolívares, de cada bien o material existente en el almacén. Valor Total: Se obtendrá de multiplicar el monto de la columna cantidad por el monto del precio unitario.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Comprobante de Desincorporación (Formato 12)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Comprobante de Desincorporación Objetivo: Controlar las desincorporaciones no presupuestarias de los bienes y materiales. Tamaño: Oficio Impresión: Original y dos (2) copias. Original: Área de Bienes Nacionales. Copia 1: Dependencia Usuaria. Copia 2: Archivo Unidad que recibe los bienes. Forma de llenado: A máquina. 1. NÚMERO: Indicar el número correlativo asignado al comprobante. 2. FECHA: Indicar día, mes y año en que se realiza la desincorporación. 3. SELECCIÓN: Indicar con una equis (x) si la desincorporación corresponde a Bienes Muebles, Materiales o Bienes Inmuebles. 4. ORGANISMO: Coloque el Código Presupuestaria y el Nombre del Instituto o Colegio Universitario. 5. UNIDAD ADMINISTRADORA: Indique el Código y la denominación presupuestaria asignada al Área de Bienes Nacionales. 6. DEPENDENCIA USUARIA: Señale el Nombre de la Dependencia a la cual se le esta haciendo entrega del Bien Mueble o los Materiales. 7. RESPONSABLE DEL ALMACÉN: Coloque la denominación correspondiente al almacén, así como el número de la Cédula de Identidad, los Apellidos y Nombres y el cargo del Responsable del Almacén. 8. CANTIDAD: Indicar el número de bienes que serán desincorporados a la Dependencia. 9. CÓDIGO DEL CATÁLOGO: Coloque el Código asignado al Bien de acuerdo a lo indicado en el Acta de Entrega recibida del Almacén. CÓDIGO DEL CATÁLOGO: Coloque el Código asignado al Bien de acuerdo a lo indicado en el Acta de Entrega recibida del Almacén. 10. NÚMERO DE INVENTARIO: Indicar número asignado al bien en el inventario. 11. DESCRIPCIÓN: Coloque nombre y demás especificaciones que identifiquen al bien. 12. DESINCORPORACIÓN: Código y denominación del concepto de incorporación según “Tabla No. 3 de Desincorporaciones” (Anexo 8). 13. VALOR UNITARIO Indique el valor de adquisición del bien, si es conocido, o el que resulte del avalúo correspondiente. 14. VALOR TOTAL: Se obtiene de multiplicar la cantidad de los bienes o materiales por el valor unitario asignado a los mismos.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

15. RESPONSABLE PATRIMONIAL PRIMARIO: Cédula de Identidad: Coloque el número de la Cédula de Identidad del Director del Colegio o Instituto Universitario. Apellidos y Nombres: Apellidos y Nombre del Director del Colegio o Instituto Universitario. Cargo: Señalar la denominación del cargo que ocupa el Responsable Patrimonial Primario.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Ficha de Semovientes (Formato 13)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Ficha de Semovientes Objetivo: Controlar toda la información del Semoviente que esta siendo ingresando en el Registro Auxiliar de Bienes. Tamaño: Oficio Impresión: Original Original: Área de Bienes Nacionales. Forma de llenado: A máquina. 1 Número del inventario del Semoviente: Escriba el número del inventario correspondiente al Semoviente a Registrar. 2 Código y denominación del rubro del catálogo que contiene el semoviente: Coloque el código correspondiente al catalogo de Semovientes (Utilizar listado de Códigos de Sigecof) 3 Número del expediente: Escriba el número de expediente asignado a la ficha. 4 Ficha veterinaria: Escriba el número de ficha asignado por el Veterinario. 5 Características particulares del semoviente: Escriba las características particulares del Semoviente a Registrar. 6 Código y denominación del organismo: Coloque el código y denominación del Instituto o Colegio Universitario. 7 Código y denominación de la Unidad Administradora: Escriba el código que corresponde a la Unidad Administradora del Instituto o Colegio Universitario. 8 Valor de origen del semoviente: Coloque el valor de Origen del Semoviente. 9 Código de procedencia del valor de origen: Escriba el código de procedencia del Valor de origen asignado al Semovientes. 10 Incorporación presupuestaria – No presupuestaria: Escriba si el renglón es Incorporación Presupuestaria o No Presupuestaria. 11 Código y descripción de la imputación presupuestaria: Coloque el Código y la descripción de la imputación presupuestaria. 12 Código, Apellidos y Nombres o Razón Social del Proveedor: Escriba el Código asignado, el Apellido y Nombre o la Razón Social del Proveedor. 13 Número y fecha de la orden de pago: Escriba el Número y la fecha que corresponde a la Orden de Pago. 14 Código y descripción de la incorporaciones no presupuestarias: Escriba el Código y Descripción de la Incorporaciones no presupuestarias. 15 Fecha de incorporación: Coloque la fecha que se esta realizando la incorporación del Semoviente.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

16 Código y denominación del organismo o entidad que tiene adscrito el semoviente: Coloque el código asignado y la denominación al Organismo que tiene adscrito el Semoviente. 17 Código y denominación de la región donde está ubicado el semoviente: Escriba el Código y la denominación donde se ubica el Semoviente. 18 Código y denominación de la entidad federal donde está el semoviente: Coloque el código y la denominación de la entidad federal donde está el Semoviente. 19 Código postal y dirección detallada de la Unidad donde está ubicado el semoviente: Escriba el código postal y la dirección detallada de la Unidad está ubicado el Semoviente. 20 Cédula de identidad y nombre del Responsable Titular Patrimonial: Coloque el número de cedula de identidad y el nombre del responsable titular del patrimonial. 21 Cédula de identidad y nombre del Responsable por Uso: Escriba el número de cédula de identidad y nombre del responsable por el uso del patrimonio. 22 Tipo y código de la reasignación: Escriba el tipo y código de la reasignación del bien. 23 Situación legal del semoviente: Coloque la situación legal en que se encuentra el Semoviente. 24 Código y denominación del método de depreciación: Escriba el Código y la denominación del Método de depreciación. 25 Código del motivo de modificación: Escriba el código del Motivo de modificación. 26 Fecha de modificación: Escriba la fecha en que se realiza la modificación. 27 Situación legal actual del semoviente: Coloque la situación legal actual del semoviente. 28 Causa del ajuste de valor: Coloque la causa del ajuste de valor. 29 Monto del ajuste: Escriba el monto del ajuste 30 Tipo y número de documento: Coloque el tipo y el número de documentos. 31 Fecha de la rotulación: Escriba la fecha de la rotulación. 32 Cédula de identidad, apellidos y nombres del rotulador: Coloque la cédula de identidad, el apellido y nombre del rotulador del bien. 33 Código y descripción de la causa de Desincorporación: Escriba el código y la descripción de la causa de Desincorporación. 34 Fecha de Desincorporación: Coloque la fecha de desincorporación del bien. 35 Valor de Desincorporación: Escriba el valor de bien a desincorporar. 36 Número de la ficha: Coloque el número de la ficha del bien. 37 Fecha de la elaboración: Escriba la fecha de elaboración de esta ficha.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Oficio Solicitud de Enajenación (Formato 14)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Ciudad, fecha

Nro. (Número que corresponde el acta) Ciudadano: (Nombre a quien va dirigido) Director de la Oficina de Administración y Servicios Ministerio de Educación Superior Presente.-

Me dirijo a Ud. en la oportunidad de remitirle informe de solicitud de

enajenación de (bien, características, ubicación); para su información y

posterior tramitación ante la Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector

Público no Afectos a las Industrias Básicas (CENBISP).

Sin más a que hacer referencia, esperando su pronta respuesta, se

suscribe.

Atentamente,

(Nombre del responsable) Coordinador de la Comisión de Transformación y Modernización del

(Nombre del Instituto o Colegio Universitario)

XX/xx Anexo: Lo indicado

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Oficio Solicitud de Enajenación Objetivo: Solicitar la Enajenación de Bien(es) al Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original Distribución: Área de Bienes Nacionales Forma de llenado: A máquina. Ciudad: Coloque la ciudad donde se emite la solicitud para la Enajenación del Bien. Fecha: Escriba la fecha de emisión de la Solicitud. Número que corresponde el acta: Escriba el número de la correspondencia asignado a la Solicitud. Nombre a quien va dirigido: Coloque el nombre del funcionario al que va dirigida la Solicitud. Bien, Características, Ubicación: Coloque el nombre del(os) Bien(es) y especifique sus características. Nombre del Responsable: Coloque la firma y el nombre del Solicitante de la enajenación. Nombre del Instituto o Colegio Universitario. Escriba el nombre de la Institución solicitante de la Enajenación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Formulario Desincorporación de Bienes (Formato 15)

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Instructivo Desincorporación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Nombre del Formulario: Desincorporación de Bienes Objetivo: Registrar la Desincorporación de Bien(es) al Instituto o Colegio Universitario. Tamaño: Carta Impresión: Original Distribución: Área de Bienes Nacionales Forma de llenado: A máquina. 1 Número del inventario del Bien: Escriba el número del inventario correspondiente al Bien a Registrar. 2 Desincorporación (Código / Concepto): Coloque el código correspondiente a la tabla de desincorporaciones, indicando el código y el concepto. (Utilizar listado de Códigos de Sigecof) 3 Catálogo (Código / Descripción del bien): Coloque el código correspondiente al catálogo desincorporaciones, indicando el código y la decripción. (Utilizar listado del Catálogo de desincorporaciones Sigecof). 4 Almacén o Dependencia Usuaria (Código / Denominación): Escriba el código y al denominación del Almacén o dependencia usuaria. 5 Responsable (Apellidos y Nombres / Cedula de Identidad / Cargo): Escriba las Apellidos y Nombres, Cédula de Identidad y Cargo del responsable de la desincorporación. 6 Fecha de la desincorporación: Indique al fecha dia, mes y año en que se efectúa la desincorporación. 7 Responsable Primario (Apellidos y Nombres / Cedula de Identidad / Cargo): Escriba las Apellidos y Nombres, Cédula de Identidad y Cargo de la máxima autoridad de la institución responsable de la desincorporación. 8 Valor del bien: Coloque el valor de Origen del bien. 9 Lugar de entrega: Escriba el lugar de entrega que se efectuará la desincorporación.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

GLOSARIO DE TERMINOS

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103 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

GLOSARIO DE TERMINOS

Activos Biológicos: es todo lo que comprende plantas, animales vivientes y terrenos para la

siembra en la actividad agropecuaria.

En crecimiento: los que no han completado el proceso de desarrollo biológico (terrenos,

frutas inmaduras, sementeras, etc.).

En producción: los que completan su proceso de desarrollo y están en condiciones de

producir, tales como animales y plantas destinadas a funciones productivas, árboles

frutales y florales en producción, vacas lecheras, animales que producen lana, etc.

Terminados: los que han completado su proceso de desarrollo biológico y están en

condiciones de ser vendidos, transformados en producto agropecuario, utilizados en

otros procesos productivos.

Almoneda: es la venta pública con licitación.

Avalúo: es la acción y efecto de valorizar, valorar y evaluar una cosa.

Bienes de Consumo: son los que se adquieren con la finalidad de ser utilizados en las

actividades normales del organismo. Son de corta duración y en general no tienen una duración

superior a un año. Dentro de esta clasificación se incluyen los semovientes no utilizados para su

reproducción. No son reparables o su reparación demanda un costo igual o mayor que el de

reposición. Son bienes muebles que no aumentan el activo.

Bienes en Uso: son bienes materiales que aumentan el activo de las entidades del sector

público en un período determinado, tienen una duración superior a un año y están sujetos a

depreciación. Los bienes de uso inmuebles comprenden los terrenos, estructuras, instalaciones

y obras adicionales de carácter fijo, permanente o semipermanente que se encuentren

destinados al servicio oficial del estado. Los bienes muebles en uso comprenden el valor de la

maquinaría, equipos o edificaciones y no desaparecen al primer uso. Abarca también los

semovientes utilizados como animales reproductores, de silla y de tiro, entre otros.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Bienes del Dominio Público: son aquellos bienes de uso público o de uso privado por parte

de la nación, de los estados y de las municipalidades, tales como: caminos, lagos, ríos,

murallas, fosos, puentes, plazas y demás bienes semejantes.

Bienes Muebles: se les llama bienes muebles a la maquinaría, equipos y objetos permanentes

adscritos formalmente al servicio de una dependencia y que no están adheridos físicamente a

los terrenos o edificaciones.

Bienes Inmuebles: son inmuebles por su naturaleza (terrenos, edificios, árboles mientras no

hayan sido derribados, los frutos de la tierra y de los árboles, mientras no hayan sido

cosechados, ni separados del suelo, y en general, toda construcción adherida de modo

permanente a la tierra). Por su destinación (las cosas que el propietario del suelo ha puesto en

él para su uso, cultivo y beneficio y también todos los objetos muebles que el propietario ha

destinado a un terreno o edificio para que permanezcan en él constantemente), por objeto (los

derechos del propietario y del enfiteuta sobre los predios sujetos a enfiteusis) a que se

refieren.

Caución del Gasto: momento en el cual se hace exigible el pago de la obligación

correspondiente por haber recibido conforme los respectivos bienes.

Caución: garantía o fianza, prevención, seguridad personal que se da de cumplir lo pautado.

CENBISP: Comisión para la Enajenación de Bienes del Sector Público.

Compras: se utilizará este concepto para registrar las adquisiciones de bienes muebles que se

efectúen de acuerdo a las normas legales y administrativas aplicables; también se registrarán

las compras de bienes muebles.

Compromiso Presupuestario: acto mediante el cuál el organismo dispone de conformidad

con la Ley, la realización de un gasto que por su monto y naturaleza sea imputable a partidas

con créditos disponibles en el presupuesto.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Declaración Jurada del Perito: documento que compromete la responsabilidad del perito

avaluador, éste debe presentar la declaración jurada por cada avalúo que realice para la

CENBISP. (Ver modelo de declaración jurada en los anexos).

Demolición: se utilizará este concepto para desincorporar los edificios y demás instalaciones

fijas de propiedad nacional que sean demolidos, previa autorización de la Comisión para la

Enajenación de Bienes del Sector Público no afectos a las Industrias Básicas.

Depreciación (según peritos evaluadores): procedimiento que se utiliza para expresar el

menor valor que experimenta un bien en el curso de su vida útil.

Depreciación Contable: Es la distribución del costo durante la vida útil estimada del bien y su

cálculo se hará de acuerdo a las políticas contables asumidas por el ente rector, en este caso

el Ministerio de Educación Superior.

Desincorporaciones: son las desagregaciones totales o parciales, de bienes muebles que

disminuyan el valor de los bienes y/o del Patrimonio de la Administración Pública Nacional.

Desincorporación por Semovientes: este será utilizado por las fincas agropecuarias, harás y

remontas oficiales, así como por las entidades docentes y científicas, con la finalidad de

registrar la salida de animales por venta, donación, permuta, muerte o cualquier otra causa

que origine su exclusión del inventario de bienes de la dependencia.

Desincorporación por Traspaso: se utilizará este concepto, para registrar las entregas de

bienes muebles en uso que se efectúen a otras dependencias del Ministerio u Organismo cuyo

titular sea ordenador de pago.

De las incorporaciones: Son las agregaciones de bienes muebles al patrimonio de la

Administración Pública Nacional.

Donación: Son aquellos bienes que pasan a ser donados a una Dependencia de la

Institución o a otro Ministerio.

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106 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Deterioro: mediante este concepto y previa autorización de la Comisión para la Enajenación

de Bienes del Sector Público no Afectos a las Industrias Básicas, se dará salida a los bienes

muebles dañados parcialmente, que no tengan partes utilizables, pero si hay posible valor de

salvamento.

Ejecución Presupuestaria: se entiende como el conjunto de actuaciones administrativas

tendentes a la realización del gasto público.

Enajenar: es transferir a otro el dominio de una cosa.

Enajenación de un Bien: es transferir la propiedad de bien a otra persona o Institución.

Enfiteusis: es la cesión perpetua o por mucho tiempo del dominio útil de un inmueble,

mediante el pago anual de un cánon y de un laudemio por cada enajenación de dicho dominio.

La enfiteusis o censo, lleva consigo la disociación del dominio entre el dominio directo, que

representa el del señor, y el útil, el de la persona que usa y aprovecha la finca. La falta de pago

del cánon por parte del titular del dominio útil puede llevar consigo el comiso de ese dominio

por el titular del dominio directo, que vuelve a la situación de la propiedad anterior a la

Institución de la enfiteusis.

Faltantes por Investigar: este concepto deberá utilizarse cuando se produzcan diferencias

entre las existencias físicas y los respectivos inventarios permanentes, por pérdida o

sustracción de Bienes Nacionales en las dependencias.

Fianza de Reintegro de Anticipos: fianza que se otorga para garantizar los pagos que se

hubiesen recibido por anticipado.

Ficha de Bienes: cédula identificativa que contiene toda la información relativa a los bienes

muebles (códigos, inventario y fecha de incorporación, entre otros).

Herencia Vacante: los bienes muebles e inmuebles provenientes de las herencias declaradas

vacantes, que por consiguiente pasan a ser propiedad de la nación, se incorporan por este

concepto, respaldándose con las sustancias de las autoridades competentes.

Page 107: Manual Bienes Nacionales ICUS

Org. y Sist.

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PÁGINA

107 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Incorporación por Donación: se emplea este concepto, para registrar las incorporaciones de

bienes nacionales que ocurran como consecuencia de donaciones.

Incorporación por Permuta: se utilizará este concepto para registrar las incorporaciones de

bienes nacionales que ocurran por cambio de activos.

Incorporación por Traspaso: se utilizará este concepto para registrar los bienes muebles en

uso recibidas de otras dependencias administrativas del mismo Ministerio u Organismo.

Incorporaciones: son las agregaciones de bienes muebles al Patrimonio de la Administración

Pública Nacional.

Pago: momento en el cual se extingue la obligación mediante el abono en cuenta o la entrega

de cheque o efectivo.

Permuta: consiste en cambiar una cosa por otra, trueque.

Precompromiso: acto interno administrativo que se utiliza para garantizar el crédito

presupuestario.

Préstamo: Son aquellos bienes que pasan en calidad de préstamo, por un tiempo

determinado, a una Dependencia del Ministerio o a otro ente externo.

Reasignaciones: son las transferencias del poder de administración de los bienes muebles de

la Administración Pública Nacional por cambio de la asignación a categoría programática,

destino o uso de sus responsables. Implican un descargo y cargo simultáneo de la asignación

programática, destino y/o responsabilidades de la administración o custodia de dicho Bienes.

Las reasignaciones no modifican cuantitativamente el patrimonio de la Administración Pública

Nacional.

Requisición: formularios que se utilizan para solicitar las necesidades de cada organismo.

Responsables Patrimoniales por Uso: son cada uno de los funcionarios que tienen

asignados los bienes muebles y semovientes para el uso de la ejecución de sus propias

actividades y por tanto están obligados a velar por su buen uso y conservación.

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Org. y Sist.

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Glosario de Términos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Responsables Patrimoniales Primarios: son cada uno de los titulares de las unidades

ejecutoras de programas presupuestarios de los organismos ordenadores de compromisos y

pagos.

Rótulos: sistema de marcaje, para identificar los bienes (inscripción que se fija en los bienes

muebles).

Semovientes: bienes consistentes en ganado.

Transferir: es la acción de pasar de un lugar a otro una cosa.

Traslado: Cambio de ubicación del bien.

Valuación: valorar o poner precio a los Bienes.

Page 109: Manual Bienes Nacionales ICUS

Org. y Sist.

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PÁGINA

109 de 161

DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Pictogramas

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

PICTOGRAMAS

Page 110: Manual Bienes Nacionales ICUS

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110 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento para el Registro de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Registrador de Bienes

COORDINACIÒN BIENES NACIONALES

1.Recibe del Área de Compras, copia de la Factura y copia de la Orden de Compras.

2.Recibe del Almacén Acta de Incorporación del Bien y el Acta de Entrega del Bien

al usuario final.

8. Archiva original de ambos formularios junto con el original

del “Comprobante de Incorporación” (Form.1) para su

control

10. Elabor o “Acta de Recepción Form.4) en original y c e, firma y

coloca misma.

9. Emite etiqueta con número de inventario asignado al Bien. Se dirige a la dependencia, coloca la etiqueta al Bien

6.Elabora formulario “Comprobante de Incorporación” (Form.1),

indicando datos de la dependencia del bien y del funcionario que posee

el Bien.

4.Se dirige a la dependencia donde se encuentra el Bien a registrar. Coteja los datos

y las características del Bien, contra lo indicado en los documentos recibidos.

7. Accesa sistema interno del Instituto o Colegio Universitario, introduce datos de los Bienes a incorporar en los formularios:

“Registro Auxiliar” (Form.2) de Bienes e imprime en original.

“Registro Auxiliar de Bienes por Responsable Patrimonial y por

Org. y Sist.

a formulariDefinitiva” (opia. Imprimsello en la

A

3. Verifica los documentos

recibidos y la ubicación física del Bien, antes de proceder a

registrar el Bien.

Ubicación” (Form.3) e imprime en original y copia.

Page 111: Manual Bienes Nacionales ICUS

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DEPENDENCIA rección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bie ionales

ASUNTO: Proc o para el Registro de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

DEPENDENCIA USUARIA

11. Gestiofuncionario queel Bien, en el fRecepción Def

Org. y Sist.

: Sub-Dines Nac

edimient

A

Supervisor

14. Recibe del Área Bienes Nacionales los siguientes duplicados de formularios:

• “Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable Patrimonial y por Ubicación

Geográfica” (Form.3). • “Acta de Recepción Definitiva”

(Form.4).

15. Archiva los documentos, antes mencionados.

12. Gestiona firma del funcionario que tiene asignado el Bien, en el formato “Acta de Recepción

Definitiva” (Form.4). Entrega al funcionario que tiene asignado el Bien, copia del “Acta de

Recepción Definitiva” (Form.4) para que entregue al Supervisor de la dependencia.

13. Envía a la dependencia usuaria del Bien, el duplicado del formato

“Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable

Patrimonial y por Ubicación” (Form.5)

na firma del tiene asignado

ormato “Acta de initiva” (Form.4).

FIN

Page 112: Manual Bienes Nacionales ICUS

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112 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Movimiento de Bienes Muebles por Incorporación por Donación

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Registrador de Bienes

ÁREA DE BIENES NACIONALES

1. Elabora carta de “Solicitud de Donación de Bienes”

(Form.5), dirigida al organismo que entregará los Bienes en

Donación.

3. Envía al organismo la carta de “Solicitud de Donación de

Bienes” (Form.5), debidamente firmada y sellada por el

Director del Instituto o Colegio Universitario.

4. Posteriormente recibe del organismo “Acta de Entrega” (Form.7) y los

Bienes que serán recibidos en Donación

6. Gestiona el envío de los bienes recibidos en

Donación al Almacén o a la dependencia que utilizara

los mismos.

7. Si los Bienes donados no tienen Factura original donde se indique el precio de adquisición, gestiona con la Sub Dirección

Administrativa la contratación de un perito, a fin de determinar el

precio de los bienes a incorporar.

10. Una vez recibido el avalúo o determinado el valor del bien,

procede de acuerdo a lo indicado en el paso 14 en

delante de este procedimiento.

2. Gestiona con el Sub Director Administrativo, la firma de la Solicitud de Donación y la

colocación del correspondiente sello por parte del Director del

Instituto o Colegio Universitario.

5. Verifica que los Bienes recibidos se

correspondan con lo indicado en el “Acta de

Entrega” (Form.7).

8. Si son Bienes Muebles, puede asignar el valor justo de

mercado, anexando un Acta, en el que justifique los motivos del

porque se procedió a utilizar esta opción. Elabora expediente.

9. Retiene expediente hasta recibir el avalúo o verificar el

costo del bien en el mercado, si son Bienes Muebles.

Org. y Sist.

B

Page 113: Manual Bienes Nacionales ICUS

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113 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Movimiento de Bienes Muebles por incorporación por Donación

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Registrador de Bienes

FIN

B

15. Ingresa datos en el sistema interno del Instituto o Colegio Universitario en el formato de “Registro Auxiliar” de Bienes

Muebles (Form.2).

16. Imprime y archiva junto con el “Acta de Entrega” (Form. 7) recibida

en el expediente.

17 Emite etiqueta con número de inventario y coloca al Bien.

11. En caso de ser Bienes Inmuebles, Obras de Arte o Bienes de valor incalculable, recibe del Sub Director de la

Sub Dirección Administrativa el avalúo.

ÁREA BIENES NACIONALES

13. Ingresa datos del Bien y procede de acuerdo a lo indicado en

el Manual de Registro de Bienes Muebles y Semovientes, en el

proceso “Movimiento de Bienes Muebles no Presupuestario”

14. Imprime formatos en original y archiva en el

expediente.

12. Elabora expediente.

Org. y Sist.

Page 114: Manual Bienes Nacionales ICUS

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114 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Préstamo Traslado de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Supervisor

Secretaria

DEPENDENCIA SOLICITANTE

1 Al momento de requerir el traslado de un bien o solicitarlo en préstamo, determina los

bienes requeridos

C

2. Gestiona la elaboración del formato “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes” (Form.6), en dos (2) ejemplares.

3. Revisa el formato, coloca firma y sello.

4. Gestiona elaboración de memorando para la remisión del

formato a la Sub Dirección Administrativa del Instituto o

Colegio Universitario.

5. Firma memorando y gestiona envío.

6. Recibe y distribuye documentos. • Original del memorando con original del formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6). • Duplicado del memorando con duplicado del formato.

7. Envía los (2) dos ejemplares a la Sub Dirección Administrativa para que le firmen y sellen en señal de recepción, el duplicado del

mismo.

Org. y Sist.

Page 115: Manual Bienes Nacionales ICUS

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115 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área e Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Préstamo Traslado de Bien s

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Secretaria

8- Recibe docume menciona

SUB-DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

9- F a, colo fecha e señal d n.

D

C

15. ReaPerceptivo” o transferir.

10-Devuelve duplicado a la dependencia usuaria en señal

de recepción.

11- Entrega los originales de los documentos al Sub-director

Administr

Sub-Director Administrativo Secretaria Reg e BienesÁRE NACIONALES

ativo

Org. y Sist.

ntos antesdos

liza “Control del Bien a prestar Anota datos del Bien.

irmn

d

e

14. Recib

anexo aTransfer

Bienes" (datos,

trador dIENES

ca sello y e recepció

isA B

12- Recibe documentos. Verifica datos, gira

instrucciones y devuelve a Secretaria para que lo remita al

Área de Bienes Nacionales

13- Recibe los documentos antes indicados, efectúa trámites para el control interno de correspondencia.

Remite al Área de Bienes Nacionales.

e original del memorando l formulario “Solicitud de

encia Interna y Externa de Form.6), revisa, verifica los firma y sella en señal de

aprobación.

Page 116: Manual Bienes Nacionales ICUS

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116 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Préstamo Traslado de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Registrador de Bienes

COORDINACIÒN BIENES NACIONALESCOORDINACIÒN BIENES NACIONALESD

18. Informan a la dependencia solicitante de la autorización, y

gestiona la movilización del bien.

20. Archiva original del Acta, anexo al formato “Registro

Auxiliar” (Form.2) de bienes.

FIN

17. Elabora “Acta de Entrega” (Form.7) en original y (2) copias,

Obtiene firma del Supervisor en el Acta y coloca sello.

19. Gestiona firma de las dependencias involucradas en el Acta de Entrega, y

distribuye de la siguiente manera: • Original: Archivo.

• 1era Copia: Dependencia que presta el bien.

• 2da Copia: Dependencia que recibe el bien.

16. Ingres datos re

inspeccióformulario “ r” (Form.2) de .

Org. y Sist.

sistema losdos de la ular, en el stro Auxilian e imprime

a en caban ocRegil bie

Page 117: Manual Bienes Nacionales ICUS

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117 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Reasignación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

DEPENDENCIA USUARIASub-Director Administrativo

1. Gestiona etaria la elaboración del mem llenado del formato

“Solicitu ferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6) justificando

la reasignación del Bien.

2. Ve atos del formato, tiona con la

Secre ió al Sub Dire strativo.

SUB-DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

3-Recibe y coloca sello en los documentos. Envía memorando anexo al

formulario “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6) a

la Sub Dirección Administrativa.

4- Recibe documentación, firma, sella y coloca fecha de

recepción de documentos. Devuelve copia del

memorando a la dependencia solicitante.

cibe documentos y rifica solicitud

5- El original lo entrega al Sub-Director Administrativo para

que gire instrucciones.

7- Emite instrucciones y entrega a Secretaria para que lo envíe al Área de

Bienes Nacionales para que registren la reasignación del bien.

Secretaria

8- Recibe los documentos antes indicados, efectúa

trámites para el control interno de correspondencia.

Secretaria Secretaria

Sub-Director

E

Org. y Sist.

6- Reve

con la Secrorando y eld de Trans

rifica los d firma y gestaria el envctor Admini

Page 118: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

118 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Reasignación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Secretaria

9- Remite al Área de Bienes Nacionales

AREA BIENES NACIONALES

10 Recibe memorando anexo al formulario “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6). Verifica datos, coloca firma y sello en

señal de aprobación.

12. Accesa al Sistema, ingresa datos en el Formulario “Comprobante de Reasignación”

(Form.8).

13. Actualiza datos al Sistema en el formato “Registro Auxiliar de Bienes por Responsable y

por Ubicación” (Form.3). Imprime Formulario “Comprobante de Reasignación” (Form.8) en

Original y en (2) dos copias.

14. Imprime Formulario “Registro Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable y por Ubicación”

(Form.3) en original y (2) dos copias.

E

15. Elabora “Acta de Descargo por Reasignación” (Form.9) e imprime en original. Gestiona Firma “Acta de Descargo por

Reasignación” (Form.9).

16. Distribuye documento endencia que se le reasignó el bien, d formularios

“Comprobante de Reasig ) y “Registro Auxiliar” (Form.2). Envía a que entregó

el bien, triplicado de los f hiva para su control el original de mentos.

FIN

Supervisor

11. Realiza “Control Perceptivo” al Bien. Verifica datos del Bien.

Registrador de Bienes

Org. y Sist.

s, envía a luplicado denación” (Foa la dependormularios todos los d

a dep losrm.8enci

Arcocu

Page 119: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VEN UELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUP IOR PÁGINA

119 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Desincorporación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

DEPENDENCIA USUARIA

1- Determinar Bienes a Desincorporar.

2- ElaboraExposició

3. Gestiona con la secretaria la elaboración del formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de Bienes” (Form.6) en original y

copia. Elabora Exposición de Motivos e imprime.

Secretaria

7. Gestione su envío a la Sub Dirección Administrativa. Posteriormente, recibe

duplicado de comunicación enviada y archiva para su control

F

4. Recibe formato “Solicitud de Transferencia Interna y

Externa de Bienes”(Form.6) y Exposición de Motivos.”

5- Revisa que la información esté correcta. 6- Coloca firma en ambos

documentos.

Supervisor

Org. y Sist.

borrador de n de Motivos

EZER

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REPÚ LICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MIN TERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

120 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Desincorporación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

SUB-DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

8 Recibe documentación. Coloca fecha, firma y sella el duplicado del memorando en señal de recepción. Devuelve duplicado del

memorando a la dependencia solicitante.

F

Secretaria

SUB DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Secretaria

11. Recibe documentos, efectúa trámites para el control

interno de correspondencia.

12. Envía al Área de Bienes Nacionales la documentación..

9. Remite memorando a la Sub Dirección Administrativa, anexo a la Exposición de

Motivos y al formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa de

Bienes” (Form.6).

Sub Director Administrativo

10. Posteriormente, recibe duplicado de comunicación enviada y archiva para su

control.

Registrador de Bienes

13. Recibe: Memorando. Exposición de Motivos. Formato “Solicitud de Transferencia Interna y Externa” (Form.6) de bienes.

14. Revisa documentación. Realiza control perceptivo del Bien a

desincorporar (Registrador). Realiza inspección o )

Bien(es) a desinc

G

Org. y Sist.

cular al(losorporar.

BIS

Page 121: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

121 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Desincorporación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

G

18.Actualiza información de los Formatos: “Registro Auxiliar de Existencia en el

Almacén” (Form.11). “Registro Auxiliar” (Form.2) de Bienes Muebles. “Registro

Auxiliar de Bienes Muebles por Responsable Patrimonial y por Ubicación”

(Form.3).

15. Ingresa datos (inventario), en el sistema al formulario “Acta de Desincorporación”

(Form.10). Imprime formulario

16. Si requiere determinar el monto en bolívares de los Bienes a desincorporar,

gestiona con el Sub Director Administrativo el avalúo a los Bienes a desincorporar. Posteriormente, recibe avalúo. Verifica

datos del mismo.

17. Accesa sistema al Formulario “Comprobante de Desincorporación”

(Form.12) e introduce datos relacionados con el valor del Bien.

Registrador de Bienes

19. Imprime formulario “Registro Auxiliar” (Form.2) en original y archiva. Imprime

formulario “Comprobante de Desincorporación” (Form.12) y archiva.

FIN

20. Elabora “Acta de Desincorporgestiona firma de los involucrados en el proceso de

desincorporación. Imprime “Acta de Desincorporación” (Form.10) en original y archiva

para su control.

ación” (Form.10)

Org. y Sist.

Page 122: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

122 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Incorporación de Bienes Semovientes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

UNIDAD SOLICITANTE ÁREA DE BIENES NACIONALES Jefe de Área (Supervisor) Registrador de Bienes

1. Elabora exposición de motivos, justificando la incorporación del

Semoviente. Solicita los servicios de un Médico Veterinario, para determinar el estado de los

semovientes.

2. Una vez realizado el chequeo al Semoviente por

parte Médico veterinario recibe Informe Médico y Certificación

del mismo.

3. Entrega al Área de Bienes Nacionales el Informe Médico

Veterinario, anexo a la Certificación y a la Exposición

de Motivos.

4. Recibe Informe Médico, Certificación y Exposición de Motivos. Gestiona con la Sub Dirección Administrativa los

servicios de un Perito Avaluador para determinar el

valor del Semoviente.

8. Registra en el Sistema, los datos en la “Ficha de

Semovientes” (Form.13). Imprime Formulario “Ficha de

Semovientes” (Form.13).

7. Verifica documentos recibidos y realiza el “Control Perceptivo” del Semoviente a

incorporar.

6. Recibe del Perito Avaluador los siguientes documentos:

Declaración Jurada (Anexo). Informe de Avalúo.

5. Elabora “Declaración Jurada” (Anexo 3). Remite a la

Coordinación de Bienes Nacionales la “Declaración

Jurada” (Anexo 3), exposición de motivos y el informe médico

veterinario.

H

Org. y Sist.

Page 123: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

123 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Incorporación de Bienes Semovientes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ÁREA DE BIENES NACIONALES Registrador de Bienes

9. Archiva Formulario “Ficha de Semovientes” (Form.13). Elabora “Acta de Entrega”

(Form.7), en original y copia.

10. Firma y coloca sello del área. Entrega a la Unidad Solicitante el Original del “Acta de Entrega” (Form.13) y gestiona firma en el

duplicado de la misma.

11. Archiva duplicado del “Acta de Entrega” (Form.7) para su

control.

FIN

H

Org. y Sist.

Page 124: Manual Bienes Nacionales ICUS

EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

PÁGINA 124 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa a de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Enajenación de Bien

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

SUB.DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

1- Accesa sistema y verifica Bienes a desincorporar 2- Determina Bienes a enajenar

I

Registrador de Bienes ÁREA BIENES NACIONALES

3. Elabora en el Formulario “Oficio de Solicitud de Enajenación”

(Form.14), identificando claramente el(los) Bien(es) a enajenar y la

ubicación del mismo.

4- Realiza inspección ocular a los Bienes a enajenar y

toma fotografía de los mismos.

7. Imprime en dos (2) ejemplares y coloca media firma. Anexa documentos a Memoradum y envía al Sub Director Administrativo para

su revisión y aprobación.

6.Recibe de la Secretaria memorando y revisa datos..

5- Elabora memorando para envío de la documentación a

la Consultoría Jurídica.

AREA DE SUBDIRECION ADMINISTRATIVASecretaria

8 .Recibe del Área d enes Nacionales memorando, expos n de motivos y

fotografías. Verifica d m idos.

9. Entrega al Sub Director Administrativo para su

revisión y firma.

Org. y Sist.

e Biicióocu

R

/ Áre

es

entos recib

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

125 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Enajenación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Sub Director Administrativo Secretaría

Secretaría Sub Director Administrativo

I

10. Recibe de la Secretaría los documentos antes mencionados y

revisa. En caso de no estar conforme, gestiona con el Supervisor del Área de

Bienes Nacionales las correcciones correspondientes..

11. Si esta conforme, firma memorando y gestiona con Secretaria su envío a la

Consultoría Jurídica.

12.Recibe documentos y memorando. Elabora expediente con exposición de

motivos y fotos.

13.Sella memorando y envía junto a expediente a la Consultoría Jurídica para

que emitan opinión legal.

17. Recibe del Sub Director los documentos..

16. Entrega a la Secretaría para que gestione su envío al Área de Bienes

Nacionales.

15. Emite instrucciones para el Área de Bienes Nacionales. Incluye en el

expediente el informe de Consultoría Jurídica.

14. .Recibe posteriormente de Consultoría Jurídica Informe con opinión

legal, anexo al expediente y memorando. J

Org. y Sist.

Page 126: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

126 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Enajenación de Bienes

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Secretaria

18. Envía expediente al Área de Bienes Nacionales para que prosigan con el proceso.

ÁREA DE BIENES NACIONALES Registrador de Bienes

19. Recibe del Sub Director Administrativo expediente. Revisa observaciones emitidas por

el Sub Director Administrativo.

20. Si la Desincorporación es por inservibilidad del Bien, elabora Acta de Desincorporación del Bien, en la que indica el lugar donde se hará el

bote del Bien.

21. Envía expediente de los Bienes a enajenar al Ministerio de Educación

Superior, Oficina de Administración y Servicios.

25. Introduce en expediente formulario para su control y Acta de Desincorporación..

24.Accesa al Sistema e ingresa datos de Bienes a Enajenar. Imprime Formato Comprobante de

Desincorporación” (Form.12) de Bienes.

23. Gestiona firma de las personas presentes al momento de la Desincorporación en el “Acta de Desincorporación” (Form.10) y coloca la fecha.

22. Recibe aprobación de la CENBISP y autorización del Ministerio de Educación

Superior. Gestiona la presencia del funcionario de Auditoria Interna y otro de

la Consultaría Jurídica y procede a desincorporar el Bien.

FIN

J

Org. y Sist.

Page 127: Manual Bienes Nacionales ICUS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÁGINA

127 de 161

DEPENDENCIA: Sub-Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales

ASUNTO: Procedimiento Enajenación de Bienes por Donaciones

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Sub-Director Administrativo

1. Recibe de la Dirección del Instituto o Colegio Universitario,

Carta de “Solicitud de Donación de Bienes” (Form.5).

2. Verifica instrucciones emitidas, de haber sido negada la Donación, entrega a la Secretaria para que

archive la documentación recibida.

AREA BIENES NACIONALES

K

Registrador de Bienes

6.- Contacta a la Institución Demandante del Bien y le solicita

Acta Constitutiva o Estatuaria.

7.- Recibe los documentos antes mencionados

8.- Determina disponibilidad del Bien solicitado en Donación.

5.- Verifica el tipo de Bien solicitado en Donación

4.- Recibe solicitud de Donación. 3. Si fue aprobada la Donación, envía al Área de Bienes

Nacionales, para que procedan a gestionar la misma.

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ASUNTO: Procedimiento Enajenación de Bienes por Donaciones

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

9.con el Sub-director de la Oficina de Administración, la elaboración de

los avalúos externos e interno.

10.- Si son Bienes Muebles, gestiona con el Área de Proyectos la realización del avalúo interno.

envía a la Oficina de Administración y Servicios del Ministerio de

Educación Superior a la atención de la Coordinación de Bienes Nacionales, para que proceda a gestionar la autorización

correspondiente ante la CENBISP.

12. Una vez aprobado por el Ministerio de Educación Superior y por la CENBISP, elabora Acta de

Donación.

13.- Desincorpora Bienes del Sistema.

ablemente la Donación e imprime Asientos

Contables.

14. Registra cont

- Si son bienes muebles gestiona 11.- Elabora y lo

15.Gestiona firmlos mismos y envía a la Oficina de

Administración y Servicios / Coordinación de Bienes

Nacionales, para que procedan a gestionar ante la CENBISP el cierre

del expediente.

as autorizadas en

K

FIN

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ASUNTO: Portada

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

ANEXOS

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ASUNTO: Índice de Anexos

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INDICE DE ANEXOS

Pág.

Anexo 1.- Modelo de informe de avalúo de unidades automotores. 131

Anexo 2.- Declaración Jurada. (Modelo para Directiva del ente enajenante) 132

Anexo 3.- Declaración Jurada. (Modelo para Perito Avaluador) 133

Anexo 4.- Normativa General para Realizar y Presentar Informes de Avalúo. 134

Anexo 5.- Presentación del Informe de Avalúo 152

Anexo 6.- Catálogo de las causas que originan movimientos

Tabla N° 1 Incorporaciones

154

Anexo 7.- Tabla N° 2 Reasignaciones 157

Anexo 8.- Tabla N° 3 Desincorporaciones 159

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DEPENDENCIA: Sub Dirección Administrativa / Área de Bienes Nacionales PROCESO: Bienes Nacionales ASUNTO: Anexos

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ANEXO 1

Modelo de informe de Avalúo de Unidades Automotores.

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ASUNTO: Anexos

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ANEXO 2

(Modelo para Directiva del ente enajenante)

DECLARACIÓN JURADA

Yo, ______________, en mi carácter de (presidente , Director General, Director de

Administración,…) responsable del proceso de enajenación de los siguientes bienes

(identificación y ubicación de estos), por medio de la presente declaro y juro que los avalúos

elaborados por (empresa o peritos avaluador) se efectuaron conforme a los requerimientos

establecidos en la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del Sector Público no

Afectos a las Industrias Básicas y su Reglamento, ya que los datos allí aportados referidos a la

identificación de los bienes avaluados así como las fotografías que acompañan a éstos, son

ciertos y verdaderos, en virtud que los mismos fueron constatados por (la empresa o peritos

avaluadores) antes señalados autorizados para tal fin por mi persona, en la situación y estado

actual de los bienes avaluados; a cuyo efecto, expresamente declaro conocer y por ende me

someto a las sanciones administrativas o penales a que haya lugar en Derecho, de conformidad

con la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal Venezolano y las demás leyes inherentes a la

materia.

Así lo declaro en (Ciudad), a los ________ del mes de ________ de ________.

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ASUNTO: Anexos

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ANEXO 3

(Modelo para Perito Avaluador)

DECLARACIÓN JURADA

Yo, ____________, venezolano, mayor de edad, (estado civil: soltero, casado, divorciado, viudo), titular de la cédula de identidad Nº___________, domiciliado en la ciudad de ______________, estado __________________ y en pleno ejercicio profesional de tasador, hábil, en mi carácter de perito avaluador o ingeniero avaluador (según sea el caso), debidamente acreditado por (COLEGIO PROFESIONAL O UNIVERSIDAD, según sea el caso), procedo en este acto a efectuar la declaración de rigor, a los fines de ajustar la labor tasadora que he efectuado sobre los bienes _________________,_______________,_________(determinar los bienes, su identificación y ubicación), de salvaguardar el Patrimonio Público, para lo cual juro no proceder falsa ni maliciosamente en los términos siguientes: declaro que el día ______ de ______ del _________ efectué el avalúo de los bienes anteriormente identificados y que dicha labor la desempeñé de conformidad con los requerimientos previstos por la Ley Orgánica que Regula la Enajenación de Bienes del Sector Público no Afectos a las Industrias Básicas y su Reglamento, siendo que todos los datos, signos y especificaciones allí expresados son verdaderos y ciertos; a cuyo efecto, expresamente declaro someterme a las sanciones administrativas o penales a que haya lugar en derecho de conformidad con la Ley Contra la Corrupción y el Código Penal Venezolano.

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ASUNTO: Anexos

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ANEXO 4

NORMATIVA GENERAL PARA REALIZAR Y PRESENTAR INFORMES DE AVALÚO 1. EL INFORME DEBE CONTENER LOS SIGUIENTES ASPECTOS: 1.1.- RESUMEN GERENCIAL

Los Informes de Avalúo deberán incluir un Resumen Gerencial que contenga lo siguiente: • Identificación del Propietario • Datos de los documentos • Áreas y Valores (cuadro resumen) • Observaciones técnicas y legales relevantes • Datos y firma del avaluador • Fecha

1.2.- PRESENTACIÓN • Identificación del Perito o persona y/o empresa que realizó el avalúo • Certificación del Colegio de Ingenieros • Identificar a quién se dirige el informe y quién lo solicitó • Objeto de avalúo • Propietario del Bien (según documento de propiedad) • Fecha del avalúo 1.3.- DESCRIPCIÓN DEL BIEN • Descripción detallada del entorno y del sector • Servicios públicos y privados • Accesibilidad vehicular y peatonal, entre otros 1.4.- AVALÚO DE BIENES INMUEBLES 1.4.1.- Terrenos urbanos y suburbanos Los informes de avalúos correspondientes a Bienes de este tipo deberán contener la siguiente información básica:

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ASUNTO: Anexos

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Ubicación exacta referencial y geopolítica: identificación catastral del terreno, vías de acceso,

zona, parcelamiento, urbanización o sector, parroquia, municipio, estado. • Titularidad: Existencia de gravámenes y censos al momento del avalúo, superficie y linderos

según documentos de propiedad, datos de registro y copia del documento de propiedad. En los casos de integración de parcelas, deberá presentarse dicha integración debidamente autorizada por las autoridades municipales y protocolizada por ante el Registro Subalterno correspondiente.

1.4.1.1.- Descripción del Terreno El informe de avalúo presentará por escrito una descripción completa del terreno, acompañada del plano respectivo. Deben detallarse: A.- Aspectos físicos. a. Forma, área y topografía. b. Estabilidad geológica y otras características físicas. c. Mejoras realizadas: movimientos de tierra, muros de contención y obras de protección,

inspeccionados y comprobados en el sitio. d. Carácter de la zona donde se localiza, usos y actividades predominantes en las zonas

adyacentes, tendencias de cambios, cercanía a la vialidad local, centros poblados, etcétera. B.- Zonificación vigente: deben señalarse detalladamente los aspectos siguientes: a. Usos y características de construcción, según instrumentos legales de ordenación y

planificación urbana, entre los que se mencionan: ordenanzas, reglamentación vigentes, decretos y leyes aplicables, permisos y autorizaciones otorgados por las correspondientes autoridades.

b. Condiciones de desarrollo, otorgados por las autoridades, los cuales facilitarán información

tales como: variables urbanas fundamentales, densidad de población, alturas máximas permisibles, retiros, porcentajes de construcción y ubicación, etcétera.

c. Frente y área de parcela mínimos permitidos por las reglamentaciones vigentes.

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ASUNTO: Anexos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

d. Afectaciones por causa de utilidad pública o social, decretos ambientales, de

conservación histórica, etcétera. e. Servidumbres, con motivo de: apertura o ensanche de vías, avenidas, plazas y Áreas

públicas, parques y Áreas verdes, cualquier obra de carácter público, obras de saneamiento, escuelas, edificaciones educativas y/o asistenciales en general, como, por ejemplo, hospitales, medicaturas, cementerios, estaciones inalámbricas, torres y demás elementos para la conducción de energía eléctrica, acueductos, canales y puertos, gasoductos, oleoductos, sistemas de irrigación, etcétera, y todos aquellos contemplados en la Ley de Expropiación por causa de utilidad pública o social.

C.- Nivel de equipamiento a. Empotramiento a servicios de red: cloacas, acueductos, electricidad, teléfonos o servicios

sustitutivos. b. Cercanía a centros de servicios puntuales asistenciales, educacionales, comerciales y

culturales, así como sistemas de transporte público. c. Usos, actividades y condiciones del terreno al momento de la inspección. D.- Descripción y desarrollo de la metodología empleada a.- Deben describirse los criterios utilizados para la determinación de valor, anexando de modo

detallado la totalidad de los cálculos realizados. b.- Se deberán utilizar referenciales recientes (preferentemente de los 12 meses anteriores a

la fecha de preparación del informe). c.- Se deberá indicar los enfoques y criterios utilizados en el análisis de los datos obtenidos y

en la ponderación de las diversas variables involucradas. d.- En el caso de que los referenciales sean homogeneizados, los ajustes deberán ser

explicados con sus escalas de valores. e.- No se aceptará el índice de precios al consumidor (IPC) como índice de actualización de

valor.

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ASUNTO: Anexos

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

f.- Se debe enumerar e identificar las fuentes de información básica empleadas para la formación

de valor. g.- Presentar fuente e identificación completa de los datos referenciales, utilizados para la formación

de valor con su respectiva zonificación vigente. h.- En caso de anexar ofertas de inmuebles comparables publicitadas, éstas deben presentarse con

datos detallados que permitan su verificación, fuentes, teléfonos y persona contacto. E.- Informe fotográfico

a.- Se presentarán fotografías a color, tomadas desde diversos ángulos, debidamente identificadas

que den una visión clara y objetiva del inmueble y/o activo y de sus características.

F.- Planos y documentación Gráfica Debe suministrarse el (los) plano(s), a escala, del(los) terreno(s) suministrados. 1.4.2.- Terrenos rurales y agrícolas En el caso de este tipo de terrenos, el informe de avalúo debe contener información similar a la requerida para terrenos urbanos y suburbanos, adaptando esta información a cada caso en particular, así como las fuentes de datos representativos, las cuales deben señalarse con claridad. 1. Además deberá incluirse: • Ubicación: geográfica, política y práctica, zona, caserío, croquis con ubicación relativa, linderos

según documento y en sitio, distancia de los centros de acopio, centros poblados, acceso a mercados urbanos, a servicios públicos de red y puntuales, así como a redes viales y de transporte público, lo mismo que un diagnóstico de los recursos potenciales y limitantes de la zona, determinando para cual tipo de explotación y si es económicamente factible el desarrollo.

• Calidad de la tierra: clasificación de la tierra tanto en los referenciales de valor utiliza-dos, como el

inmueble objeto del avalúo, superficie aprovechable y superficie útil; indicando un diagnóstico sobre los recursos potenciales y limitantes de la zona, determinando para cual tipo de explotación y si es económicamente factible el desarrollo.

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

• Mejoras realizadas a la tierra: nivel de mecanización, limpieza de terreno, sistemas de riego y

otras mejoras que puedan clasificarse como Bienes inmuebles por destinación. • Datos: climatología, vegetación, hidrología (aguas superficiales y subterráneas) y agrología de

la zona aledaña al Bien en estudio, así como también topografía, pendiente y drenaje. • Suelos: tipo, vocación, fertilidad. • Utilización de las tierras con sus Áreas correspondientes en: agricultura, ganadería, obras

civiles, instalaciones y vías de penetración. • Cultivos: Áreas, tipo y condiciones. • Semovientes: clase, raza, número, edad, hierro. • Vegetación: natural, pastizales, tipo de pastos, Áreas y estado en que se encuentran, número

de potreros con sus Áreas. • Registro Nacional de Productores: registro catastral, asociaciones, empresas de servicio. 2. Asimismo, se debe informar si cumple con las normativas existentes, según los casos de las

leyes de Protección Forestal, Ambiental y/o cualquier otra aplicable al caso, señalando, si existiesen, afectaciones derivadas de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

1.4.3.- Edificaciones y bienhechurías

1. Identificación del Bien • Ubicación exacta de la(s) edificación(es) objeto del avalúo. • Titularidad, existencia de gravámenes, documento de condominio, eventuales condiciones

limitantes, así como contratos de arrendamientos, si los hubiere. El avalúo de Bienes construidos o Bienhechurías de carácter permanente debe contener la siguiente información mínima:

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

2. Descripción detallada de la construcción a. Superficie: Áreas brutas, Áreas netas, etc. b. Tipo de construcción: descripción detallada, estructura, acabados, etc. c. Edad: vida útil, vida útil remanente estimada y valor residual o de recuperación. d. Permisos de construcción otorgados por las alcaldías. Se debe hacer una comparación de las

variables urbanas fundamentales permitidas o reglamentadas con las variables existentes, e igualmente indicar si el terreno, está desarrollado a su mejor y más alto uso.

e. Informe fotográfico: se presentarán fotografías a color, del Bien que se avaluará, en las que se

muestren los aspectos más resaltantes de la edificación debidamente identificados en cada foto, que permitan observar sus características más importantes.

f. Planos de arquitectura de cada nivel: elaborados a escala y debidamente acotados,

señalando, área, usos y servicios. g. Zonificación vigente: información similar a la requerida en el párrafo A-1.4.2- antes descrita. 2.1 Cabe señalar que en el caso de edificaciones en proceso de construcción, solamente debe

avaluarse la cantidad de obra realizada, señalándose el porcentaje ejecutado y por ejecutar al momento del avalúo, lo cual deberá ser debidamente respaldado con un análisis referencial de precios y costos por partida genérica de obra, en el que se especifiquen las características que se encontrarán en la obra al concluir los trabajos de construcción.

2.2. Criterios, metodologías:

Método del costo: este método debe ser utilizado en casos de galpones industriales y viviendas unifamiliares y otros casos especiales y/o excepcionales donde no exista mercado inmobiliario para estos determinados tipos de Bienes. Indicar: clase, calidad y tipo de materiales, vida útil, edad o vida efectiva transcurrida, vida remanente, estado actual de conservación y mantenimiento, depreciación (física, funcional y económica). Los costos de reposición a nuevo deben ser estimados por partidas o tipologías, indicando las fuentes de información.

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1.4.4.- Minas y canteras El desarrollo del informe de avalúo debe contener los requisitos mínimos siguientes: 1.- En el levantamiento de información deben observarse las consideraciones siguientes: a. Ubicación y clasificación de la mina b. Estudio geológico y geográfico de la reserva mineral c. Método de explotación d. Cantidad de material existente en depósito y la producción e. Estimación de reservas f. Instalaciones y equipos empleados en la producción g. Estimación del tonelaje de mineral de explotación rentable h. Señalamiento de la etapa de producción en que se encuentra la mina i. Período de explotación o vida útil remanente j. Situación del mercado de venta del material explotado, determinando el(los) precio(s)

unitario(s) de venta. 2.- Asimismo, deben señalarse aspectos importantes como: a. Evolución legal de los trámites de explotación de la mina b. Estudios de impacto ambiental y ecológico c. Permisos obtenidos ante las autoridades competentes en la materia 3.- Debe señalarse la metodología empleada con detalles y cálculos que pueden ser

acompañadas, en algunos casos, y previa consulta escrita ante el Secretaría Técnica de la CENBISP, por métodos de valoración de minas y canteras de uso reconocido, tales como:

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ASUNTO: Anexos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

a. Capitalización de la Renta, siempre que sean debidamente tomados en cuenta, los costos

necesarios para la explotación de la mina y su comercialización, el transporte del material producido, versus los ingresos que su venta representa de acuerdo con una minuciosa investigación de mercado y a todas las variables mencionadas.

b. Las tasas de capitalización deben estar referidas a las tasas de interés aplicadas a

instrumentos de captación del sistema financiero nacional, vigentes al momento del avalúo. 1.5.- AVALÚO DE BIENES MUEBLES 1.5.1.- Maquinarias y equipos El avalúo de Bienes Muebles compuestos por maquinarias y equipos industriales debe, además de detallar el proceso productivo de la cual forman parte, contener la siguiente información: 1. Identificación individual de la maquinaria a ser avaluada. a. Inventario completo de los equipos avaluados. b. Nombre técnico, marca, modelo, serial y país de fabricación. c. Serial de la pieza principal o del motor principal en su defecto. En el caso de que la

maquinaria no posea serial, ello debe ser reportado y se procederá a identificarla mediante el señalamiento de características resaltantes e inequívocas, tales como color principal, dimensiones, funciones que realiza, acompañando la descripción de una o varias fotos a color, según las necesidades.

d. Índices de capacidad, como: capacidad de producción por unidad de tiempo, volumen,

potencia, peso, dimensiones establecidas a través del sistema decimal. e. Función principal de la maquinaria. 2. Descripción de la maquinaria a. Localización dentro del lugar de producción, depósito, diagrama de flujo del proceso, etcétera. b. Apariencia externa. c. Estado de conservación general.

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ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

d. Señalamiento de procesos especiales a que haya sido sometida como: repotenciación,

cambio de piezas, almacenamiento en depósitos, etcétera, indicando en lo posible las fechas de cada evento.

e. Aplicación de planes de mantenimiento organizado, preventivo y correctivo programados,

ficha técnica para verificar todo lo anterior. f. Manejo de la maquinaria por parte del personal de la planta: turnos, horas al día y condiciones

de operación. g. Fecha de adquisición y fecha de puesta en marcha. h. Edad efectiva, vida útil estimada, vida útil remanente, valor de recuperación, residual o de

rescate. 3. Documentación adicional Deben anexarse listas de proveedores de maquinarias o equipos similares con sus correspondientes teléfonos, además de: • Facturas de compras. • Cotizaciones de Bienes similares, así como pagos de fletes, impuestos, etcétera. 4. Informe fotográfico Cada maquinaria, así como cada línea de producción o conjunto de ellas, debe ser fotografiado de manera de poder identificar claramente todos y cada uno de los equipos. Cada fotografía debe estar debidamente identificada. 5. Metodología Debe describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin, así como la existencia de informes de repotenciación, reparaciones mayores y/o estudios de sustitución o reemplazo. 1.5.2.- Aeronaves y Embarcaciones Marítimas, Fluviales y Lacustre. En los casos de avalúos de aeronaves y/o de embarcaciones marítimas, fluviales y lacustre se requerirá la siguiente información como mínima:

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1. Identificación: a. Nombre de la embarcación o siglas, según el caso y país al que pertenece. b. Certificado de aeronavegabilidad (emitido por el MINFRA) vigente y solvencia aeronáutica. c. Certificado de puerto, en el caso de las embarcaciones. d. Certificado de matrícula en las embarcaciones: datos de navegabilidad, patente de

navegación y radiodifusión. e. Documento de propiedad registrado. f. Datos de la patente de navegación. g. Seguros de responsabilidad civil vigentes. h. Certificado de arqueo. i. Clasificación y última inspección de dosificación. j. En aeronaves, se presentarán copias de las bitácoras del avión: casco de motor y hélice. Se

presentarán asimismo todos los asentamientos de mantenimiento y trabajos realizados en taller.

Estos datos se adaptarán al tipo de embarcación o aeronave que se avalúe. 2. Características físicas. a. Tipos de aeronaves o de embarcaciones, de la cual debe establecerse, la marca, el modelo y

el país de fabricación. b. En aeronaves: número de pasajeros y capacidad de carga; en embarcaciones: porte bruto

(dead weight), porte neto o capacidad de carga comercial, así como tonelaje bruto y tonelaje neto.

c. Dimensiones principales. d. En caso de embarcaciones: dimensiones, incluyendo la eslora, la manga y puntal.

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ASUNTO: Anexos

FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

e. Características en cuanto a la capacidad de carga, como, por ejemplo, si es en tonelaje bruto

o tonelaje neto, y pasajeros. f. Descripción de motor o motores principales: marca, potencia, año de fabricación. g. Mástiles (si los hay). h. Descripción de los diferentes equipos instalados. i. Velocidad. j. Embarcaciones, número de bodegas, calado, casco, etcétera. 3. Características funcionales • Uso actual. • Días de funcionamiento al año. • Edad y mantenimiento.

• Fecha de fabricación. • Lugar de fabricación. • Requerimiento de mantenimiento, tanto del fabricante como el solicitado por el Ministerio de

Infraestructura. • Fecha de las últimas reparaciones, descripción detallada de su naturaleza. • Fecha de la última repotenciación de los motores; en el caso de las aeronaves, horas de vuelo

realizadas desde entonces. Las metodologías más cónsonas serán: estudio de mercado, costo de reposición depreciado, cualquier metodología empleada deberá ser detallada, debidamente sustentada en datos confiables y verificables. El avaluador externo debe señalar la fuente de información empleada para asignar el valor. Ésta podrá ser similar a la empleada por empresas aseguradoras (ejemplo: Blue book en caso de aeronaves, etc.) así como cualquier otro factor considerado en el proceso de avalúo.

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FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

No se aceptará la metodología de capitalización de la renta según estudio económico, salvo casos excepcionales y previa consulta escrita ante el Secretaría Técnica de la CENBISP. 1.5.3- Mobiliarios y Equipos de Oficina: El avalúo de mobiliarios y equipos de oficina debe detallar la ubicación y condiciones de almacenaje y contener la información siguiente: 1. Identificación y descripción individual o por grupo del Bien objeto del avalúo. a. Inventario completo de los Bienes avaluados. b. Nombre técnico. c. Número o placa identificativa de existir. d. Estado de conservación. e. Apariencia externa. h. Edad efectiva, vida útil estimada, vida útil remanente. 2. Documentación adicional Deben anexarse listas de proveedores de mobiliarios y equipos de oficina similares con sus correspondientes teléfonos, además de: • Facturas de compras • Cotizaciones de Bienes similares, así como pagos de fletes, impuestos, etcétera 3. Informe fotográfico Cada mobiliario y equipo de oficina debe ser fotografiado, de manera de poder ser identificados claramente. Cada fotografía debe estar debidamente identificada. 4. Metodología Debe describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin.

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FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

1.5.4.- Vehículos

El avalúo de vehículos debe detallar la ubicación y condiciones de operación y contener la información siguiente:

1. Identificación y descripción individual del vehículo objeto del avalúo.

a. Marca

b. Modelo

c. Año

d. Placa

e. Serial de la carrocería

f. Serial del motor

g. Color

h. Transmisión

i. Número de puertas

j. Capacidad

k. Kilómetros recorridos

l. Uso

m. Estado de conservación.

n. Apariencia externa. o. Edad efectiva, vida útil estimada, vida útil remanente.

2. Documentación Adicional • Título de propiedad y Factura de compra. En caso no poseerlos, justificarlo legalmente

(documento emitido por el INTTT, el CICPC, etcétera.)

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FECHA DE

ELABORACIÓN 09 / 01 / 07

Deben anexarse listas de proveedores de vehículos similares con sus correspondientes teléfonos, además de:

3. Informe fotográfico Cada vehículo debe ser fotografiado, para poder identificarlo claramente

4. Metodología

Debe describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin.

1.5.5 Productos, materiales, insumos, otros El avalúo de productos, materiales, insumos debe detallar la ubicación y las condiciones de almacenaje y contener la siguiente información: 1. Identificación y descripción individual o por grupo del Bien objeto del avalúo. a. Inventario completo de los Bienes avaluados. b. Nombre técnico. c. Estado de conservación. e. Apariencia externa. f. Edad efectiva, vida útil estimada, vida útil remanente. 2. Documentación adicional Deben anexarse listas de productos, materiales, insumos similares con sus correspondientes teléfonos, además de: • Facturas de compras. • Cotizaciones de Bienes similares, así como pagos de fletes, impuestos, etcétera. 3. Informe fotográfico.

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Cada producto, material, insumo, debe ser fotografiado para poder identificar claramente a todos y cada uno. Cada fotografía debe estar debidamente identificada.

4. Metodología

Debe describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin. 1.5.6.- Semovientes:

El avalúo de semovientes debe contener los siguientes aspectos: a. Clasificación b. Raza c. Condiciones sanitarias d. Edad e. Condiciones físicas f. Movimiento del rebaño

1. Requisitos para la elaboración y presentación del informe:

1.1 Certificado del Registro Nacional de Productores, asociaciones, empresas de servicios y organizaciones asociativas económicas de productores agrícolas (de acuerdo con resolución MAC-DM N° 06 del 17/01/97, según Gaceta Oficial N° 36130 de fecha 21/01/97), expedida por el Ministerio de la Producción y el Comercio (antes Ministerio de Agricultura y Cría).

1.2. Constancia de inscripción de predios en el Registro de la Propiedad rural (artículos 53 y 171 de la Ley de Reforma Agraria), expedida por el Ministerio de la Producción y el Comercio (antes Ministerio de Agricultura y Cría/ División de Catastro).

1.3. Certificado Sanitario Nacional (según resolución Nº DM-90 de fecha 05/06/95 Públicada en Gaceta Oficial Nº 35738 de fecha 22/06/95), expedida por el Ministerio de la Producción y el Comercio (antes Ministerio de Agricultura y Cría, Servicio autónomo de Sanidad Agropecuaria).

1.4. Registro de hierros y señales.

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2. Documentación adicional • Factura de compra Deben anexarse listas de proveedores de semovientes similares, con sus correspondientes teléfonos, además de: 3. Informe fotográfico Cada grupo de semovientes, debe ser fotografiado, a fin de poder identificarlo claramente. 4. Metodología Debe describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin. 1.5.7- Unidades productivas, centros de acopio, empresas agropecuarias, laboratorios, etcétera. El avalúo de unidades productivas, centros de acopio, empresas agropecuarias, laboratorios, etcétera, además de detallar el proceso productivo de la cual forman parte, debe contener la siguiente información: 1. Identificación del proceso y maquinaria que será avaluada. a. Inventario completo de los equipos avaluados. b. Nombre técnico, marca, modelo y país de fabricación. c. Serial de la unidad principal. En el caso de que la unidad no posea serial, ello debe ser

reportado y se procederá a identificarla mediante el señalamiento de características resaltantes e inequívocas, tales como color principal, dimensiones, funciones que realiza, acompañando la descripción de una o varias fotos a color, según las necesidades.

d. Índices de capacidad, como: capacidad de producción por unidad de tiempo, volumen,

potencia, peso, dimensiones establecidas a través del sistema decimal. e. Función principal de la unidad.

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2. Descripción de la unidad productiva: a. Localización dentro del lugar de producción, depósito, etcétera. b. Apariencia externa . c. Estado de conservación general. d. Señalamiento de procesos especiales a que haya sido sometida como: repotenciación,

cambio de piezas, almacenamiento en depósitos, etcétera, indicando en lo posible las fechas de cada evento.

e. Aplicación de planes de mantenimiento organizado, preventivo y correctivo programados. f. Manejo de la maquinaria por parte del personal de la planta: turnos, horas al día y condiciones

de operación. g. Fecha de adquisición y fecha de puesta en marcha. h. Edad efectiva, vida útil estimada, vida útil remanente, valor de recuperación, residual o de

rescate. 3. Documentación adicional Deben anexarse listas de proveedores de maquinarias o equipos similares con sus correspondientes teléfonos, además de: • Facturas de compras. • Cotizaciones de Bienes similares, así como pagos de fletes, impuestos, etcétera. 4. Informe fotográfico Cada línea de producción o conjunto de ellas, debe ser fotografiado de manera de poder identificar claramente todos y cada uno de los equipos. Cada fotografía debe estar debidamente identificada.

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5. Metodología Deben describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin, así como la existencia de informes de repotenciación, reparaciones mayores o estudios de sustitución o de reemplazo. En caso de ser solicitado el avalúo de empresa en marcha, deber suministrarse los balances utilizados, las condiciones de riesgo consideradas y la fuente utilizada para obtener los datos y las proyecciones de la empresa, así como los flujos de caja utilizados en los diferentes escenarios considerados. 1.5.7- Chatarra. El avalúo de chatarra ferrosa debe contener la siguiente información: 1. Identificación del tipo de chatarra que será avaluada. a. Características físicas de la chatarra, de acuerdo con calidad y condición. b. Peso de la chatarra. c. Grado de oxidación. d. Costos de preparación y transporte. e. Valor de la chatarra en el mercado internacional. 2. Documentación Adicional Deben anexarse la documentación referente a la chatarra 3. Informe fotográfico

La chatarra debe ser fotografiada, a fin de poder identificarla claramente, así como su entorno de ubicación.

4. Metodología Deben describirse la metodología empleada para la determinación de valor, los criterios utilizados y todos los cálculos realizados a tal fin.

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ANEXO 5

PRESENTACIÓN DEL INFORME DE AVALÚO 1. FORMATO Y ENCUADERNACIÓN 1.1 Material flexible que permita eventualmente su perforación a los efectos de su

almacenamiento en los archivos de la Secretaría Técnica. 2. CERTIFICACIÓN Los valores que se adjudiquen a los Bienes deben ser certificados con la firma del representante de la firma avaluadora y los avaluadores que participaron en la elaboración del informe, cuyos nombres deberán ser acompañados de las credenciales que lo acrediten a tal fin. 3. DECLARACION JURADA DEL PERITO Documento que compromete la responsabilidad del perito avaluador. Éste debe presentar una declaración jurada por cada avalúo que realice para la CENBISP. (Ver modelo de declaración jurada en “Anexos”).

COSTO DE REPOSICIÓN DE MATERIALES NO FERROSOS El costo de reposición para los Bienes objeto de avalúo están dados por los costos indicados en la Publicación London Metal (LIME) para los siguientes metales: Precios oficiales (dólares/tonelada) por fecha de oferta Materiales US$/Ton Bs./Kg. Cobre desnudo Cobre Forrado* Cobre acerado** Aluminio puro Aluminio forrado Aluminio con aleación

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* Cobre forrado: se estima 20% de chaqueta y 80% de cobre puro, debido a que son diferentes calibres. ** Aluminio y cobre con aleación: se estima 30% de chaqueta y 70% de cobre puro, debido a que son diferentes calibres. En otros casos, el costo de reposición de los materiales compuestos viene dado por el porcentaje promedio en que participa cada uno de sus componentes.

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