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129 LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN MÉXICO. ENTES CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS (2013) José de Jesús Covarrubias Dueñas I. CONCEPTOS PREVIOS Y PROBLEMÁTICA: I.1. ¿Qué es un Partido Político? Es una porción, parte, fracción o grupo de ciudadanos que viven dentro de un Estado de Derecho (Staatsrecht) y se aglutinan en torno a un ideal político o ideología, base de su declaración de principios, a partir de dicha filosofía, elaboran su plan de trabajo o programa de acción y que cuentan con sus estatutos o régimen jurídico de organización interna 1 . Los partidos políticos se encuentran vinculados al Estado de Derecho y se considera que sus antecedentes pueden ser variados, ya que algunos apuntan que se pueden interrelacionar las luchas del pueblo, de la gente de las personas o de los ciudadanos con las de los partidos políticos, lo cual es claro, sobre todo a partir de la idea de la sociedad civil que ya planteó el ilustre Hobbes, los whigs and the tories en el Reino Unido, los girondinos y jacobinos, así como el tercer Estado en la Revolución Francesa, los federalistas y los secesionistas en los EUA y los liberales y conservadores en el caso de México, auspiciados por las logias yorkina y escocesa, enfrentamientos y divisiones que al día de hoy siguen vigentes en México en diversas posturas previas y actuales; lo mismo ocurrió con los bolcheviques y los mencheviques al fundarse la extinta URSS 2 . Así, los antecedentes de los partidos políticos los ubicamos en la etapa preconstitucional, hubo grupos de personas que lucharon por la Constitución del Estado de derecho y sobre todo, por la defensa de los sagrados, inalienables, imprescriptibles e indivisibles derechos de las personas y de los ciudadanos, cuyos precedentes, como ya se expresó, pueden ser analizados desde tiempos anteriores 3 . La Revolución Mexicana de 1910 nos ilustra de manera muy clara, cómo grupos de ciudadanos inconformes con el statu quo imperante por la dictadura 1 Para Don Jorge Fernández Ruiz, un partido político es la agrupación permanente de una porción de la población, vinculada por ciertos principios y programas, derivados de sus intereses o de su interpretación del papel que corresponde a los depositarios del poder público y a los diversos segmentos sociales en el desarrollo socioeconómico del Estado, con miras a hacerse de dicho poder para, en ejercicio del mismo, poner en práctica los principios y programas que postula, cfr. FERNÁNDEZ RUIZ, Jorge: Tratado de Derecho Electoral, Porrúa, México, 2010, p. 244. 2 Cfr. Sistema Electoral y Sistema de Partidos. IV. Congreso Internacional de Derecho Electoral, coedición de la Universidad Nacional Autónoma de México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y otras instituciones, Morelia, Michoacán, México, 2006; v. también Derecho de partidos, obra colectiva, editada por Espasa Calpe, Madrid, España, 1992. 3 Vid. Tendencias Contemporáneas del Derecho Electoral en el Mundo, coedición de la LV Legislatura del Congreso Federal, Tribunal Federal Electoral, Universidad Nacional Autónoma de México, IFE, México, 1993; asimismo, v. FERNÁNDEZ RUIZ, Tratado de Derecho Electoral, op. Cit., pp. 245 y ss.; v. DUVERGER, Maurice: Los partidos políticos, Fondo de Cultura Económica, segunda edición en castellano, México, 1961, entre otros. www.juridicas.unam.mx Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx Revista de Derecho Estasiológico. Ideología y Militancia, núm. 2, México, 2013 DR © Facultad de Estudios Superiores Aragón y Coordinación del Posgrado en Derecho UNAM

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LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN MÉXICO. ENTES CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS (2013)

José de Jesús Covarrubias Dueñas

I. CONCEPTOS PREVIOS Y PROBLEMÁTICA:

I.1. ¿Qué es un Partido Político? Es una porción, parte, fracción o grupo de ciudadanos que viven dentro de un Estado de Derecho (Staatsrecht) y se aglutinan en torno a un ideal político o ideología, base de su declaración de principios, a partir de dicha filosofía, elaboran su plan de trabajo o programa de acción y que cuentan con sus estatutos o régimen jurídico de organización interna1.

Los partidos políticos se encuentran vinculados al Estado de Derecho y se considera que sus antecedentes pueden ser variados, ya que algunos apuntan que se pueden interrelacionar las luchas del pueblo, de la gente de las personas o de los ciudadanos con las de los partidos políticos, lo cual es claro, sobre todo a partir de la idea de la sociedad civil que ya planteó el ilustre Hobbes, los whigs and the tories en el Reino Unido, los girondinos y jacobinos, así como el tercer Estado en la Revolución Francesa, los federalistas y los secesionistas en los EUA y los liberales y conservadores en el caso de México, auspiciados por las logias yorkina y escocesa, enfrentamientos y divisiones que al día de hoy siguen vigentes en México en diversas posturas previas y actuales; lo mismo ocurrió con los bolcheviques y los mencheviques al fundarse la extinta URSS2.

Así, los antecedentes de los partidos políticos los ubicamos en la etapa preconstitucional, hubo grupos de personas que lucharon por la Constitución del Estado de derecho y sobre todo, por la defensa de los sagrados, inalienables, imprescriptibles e indivisibles derechos de las personas y de los ciudadanos, cuyos precedentes, como ya se expresó, pueden ser analizados desde tiempos anteriores3.

La Revolución Mexicana de 1910 nos ilustra de manera muy clara, cómo grupos de ciudadanos inconformes con el statu quo imperante por la dictadura

1 Para Don Jorge Fernández Ruiz, un partido político es la agrupación permanente de una porción de la población, vinculada por ciertos principios y programas, derivados de sus intereses o de su interpretación del papel que corresponde a los depositarios del poder público y a los diversos segmentos sociales en el desarrollo socioeconómico del Estado, con miras a hacerse de dicho poder para, en ejercicio del mismo, poner en práctica los principios y programas que postula, cfr. FERNÁNDEZ RUIZ, Jorge: Tratado de Derecho Electoral,

Porrúa, México, 2010, p. 244. 2 Cfr. Sistema Electoral y Sistema de Partidos. IV. Congreso Internacional de Derecho

Electoral, coedición de la Universidad Nacional Autónoma de México, Tribunal Electoral

del Poder Judicial de la Federación y otras instituciones, Morelia, Michoacán, México, 2006; v. también Derecho de partidos, obra colectiva, editada por Espasa Calpe, Madrid,

España, 1992. 3 Vid. Tendencias Contemporáneas del Derecho Electoral en el Mundo, coedición de la LV

Legislatura del Congreso Federal, Tribunal Federal Electoral, Universidad Nacional Autónoma de México, IFE, México, 1993; asimismo, v. FERNÁNDEZ RUIZ, Tratado de Derecho Electoral, op. Cit., pp. 245 y ss.; v. DUVERGER, Maurice: Los partidos políticos,

Fondo de Cultura Económica, segunda edición en castellano, México, 1961, entre otros.

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porfirista, se organizaron en clubes, agrupaciones, partidos y demás entes políticos en contra del gran demagogo y operador del capitalismo de los EUA y de Europa, lo cual dejó en situación de servidumbre a nuestro pueblo y a la nula participación política de la ciudadanía mexicana, la cual explotó y se inició la Revolución Mexicana en el año de 1910 con el Plan de San Luis impulsado por gente de la clase porfirista, Francisco Ignacio Madero González, cuyos ideales y propósitos revolucionarios todavía no se cumplen4.

Así, en la década de 1900 a 1910, se crearon partidos políticos como el Partido Liberal Mexicano (1900, que en el año de 1906, pronunció su programa, base de los artículos 3, 27 y 123 de nuestra Norma Rectora vigente), el Partido Demócrata Mexicano (1908), el Partido Antirreleccionista (1910), entre otros grupos antiporfiristas, debiendo señalar que también hubo asociaciones políticas pro dictador como el Partido Reyista y grupos afines5.

Dichos partidos políticos en contra de la dictadura, fueron bien vistos por la raza, además que el propio demagogo en la entrevista que sostuvo con Creelman en 1908, alentó la creación de organizaciones políticas “libres”, ya que vería como una bendición la formación de partidos políticos en México, en virtud de que el país estaba preparado para la democracia, estos comentarios se adentraron en la conciencia política naciente de nuestro país, en el germen de la clase media y los profesionistas y entonces, se incentivó la participación política, que una vez reprimida por la aprehensión de Madero, se lanzaron en contra del dictador y por una causa de orden electoral, por un conflicto que nació de las urnas, se inició la Revolución Mexicana6.

Al triunfo del movimiento maderista, el gran Francisco Ignacio Madero, decretó en el año de 1911, una Ley Electoral en la cual, por primera vez en la historia de México, se establecieron los partidos políticos. Dicha ley contenía ocho capítulos, 117 artículos y tres artículos transitorios; por primera vez en México, se establecieron normas respecto a los partidos políticos7.

4 Vid. Entrevista Díaz con Creelman de 1908, MADERO GONZÁLEZ, Francisco Ignacio: La Sucesión Presidencial de 1910; MOLINA HENRÍQUEZ, Andrés: Los grandes problemas nacionales, entre otros documentos ilustrativos de dicho contexto histórico. 5 Cfr. Elecciones y transición democrática en México, varios autores, Departamento de

Estudios e Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Guadalajara, Guadalajara,

Jalisco, México, 2000. 6 En la década de 1900 a 1910, entre otros partidos y pronunciamientos políticos

trascendentes, tenemos: Manifiesto del Club Liberal “Ponciano Arriaga”, centro directos de

la Confederación de clubes Liberales de la República, Programa del Partido Liberal,

Reforma, Libertad y Justicia, Partido Democrático y su Proyecto de Programa del Partido

Democrático, Programa del Partido Democrático, Partido Nacional Democrático,

Manifiesto de la Convención Reeleccionista, Manifiesto del Partido Nacional Antirreeleccionista, manifiesto dirigido a los Partidos Antirreeleccionista y Nacionalista Democrático, entre otros, cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Enciclopedia Jurídico Electoral de México, coeditada por La Fiscalía para la Atención de los Delitos

electorales en México de la Procuraduría General de la República, la Universidad de

Guadalajara, el Tribunal Federal Electoral y el Instituto Federal Electoral, México, 2003, en especial, el Tomo III: Los Partidos Políticos en México, pp. 11 y ss. 7 La “Ley Madero”, contenía normas respecto de la renovación de los poderes federales, censo electoral, elecciones a través de los colegios municipales o sufragáneas; en este

punto debemos enfatizar que desde el Siglo XIX, las elecciones en México, locales y

federales, eran organizadas por las autoridades municipales, los procesos electorales eran

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En el Capítulo VIII: De los partidos políticos, artículo 117, establecía siete bases fundamentales para que pudieran participar en los procesos electorales: fundación de al menos cien ciudadanos a través de asambleas constitutiva; dicha asamblea debía haberse conducido mediante una junta, misma que tuviese la representación política; haber aprobado en dicha asamblea un programa político y de gobierno; dichos trabajos debían estar certificados por notario público; que la junta directiva publicase 16 números de periódicos de propaganda en las elecciones primarias y otros tantos en las definitivas; que la junta directiva presentase, al menos un mes antes de la elección su candidatura y los respectivos representantes en los colegios municipales sufragáneos y distritos electorales8.

Luego, se reformó dicha legislación el 19 de diciembre de 1911 y se estableció que los partidos políticos podrían participar en los cómputos finales por que si consideraran pertinente realizar alguna observación, la presentasen9.

El 20 de septiembre de 1916, se emitió la Ley Electoral para la formación del Congreso Constituyente, la cual se integraba con seis capítulos y 57 artículos; el capítulo quinto se refería a los partidos políticos10.

En dicho capítulo, había dos artículos que regulaban la participación de los partidos políticos y se limitaban a señalar que dichos entes debían ser laicos y evitar discriminación por raza o creencia y que los partidos políticos y los candidatos “independientes” podían registrar sus representantes ante las autoridades municipales y dos en la casilla electoral y en las operaciones de la Junta Computadora11.

coordinados por los ayuntamientos, quienes entregaban los resultados a las autoridades

superiores, de los entes federados y después, cuando así lo ameritaba, en su jurisdicción

a la Federación. También, en la ley de 1911, se regulaban los diversos procesos

electorales para las elecciones de diputados federales, senadores, el Presidentes y Vicepresidente de la República; los magistrados o ministros de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación, cuya elección era indirecta; nulidades de elecciones secundarias y

los partidos políticos, en lo general. 8 A Madero se le puso el mote histórico del “Apóstol de la Democracia”, la ley que planteó,

estableció muchas bases actuales de nuestras normas electorales y para el caso que nos

ocupa, se inició un gran proceso social de constituir diversas agrupaciones, partidos e institutos políticos, como a continuación se enuncian, v. SILVA HERZOG, Jesús: Historia de la Revolución Mexicana, II Tomos, Fondo de Cultura Económica, 1980; CÓRDOVA,

Arnaldo: La formación del poder político en México, coeditado por la Secretaría de

Educación Pública y ERA, décimo tercera edición, 1997, entre otros. 9V. CASTORENA, Jesús: El problema municipal mexicano, Editorial Cultura, México, 1926. 10 Carranza, emitió dicho decreto para convocar a la Formación del Congreso Constituyente, el cual se celebró del 20 de noviembre de 1916 al 31 de enero de 1917;

participaron 218 diputados, de los cuales 21 eran de Jalisco y el presidente fue Luis Manuel Rojas Arreola. Con dicha “Ley Carranza”, se delimitaron, para efectos electorales

los municipios, se regularon las juntas empadronadoras y el censo electoral; de igual

forma, se establecieron disposiciones para normar la instalación de casillas electorales y

la forma de emitir el voto; asimismo, se reguló el funcionamiento de las juntas

computadores, la nulidad de elecciones y de los partidos políticos. 11 De gran avance fueron las disposiciones que trataban de impedir la “discriminación política” por razones de ius sanguini o motivos religiosos, lo cual ya se había adelantado

por la Constitución de Jalisco en 1824 en su artículo 266, después, las aportaciones del gran Otero y por último, el Congreso Constituyente de 1856 a 1857, que se basó en las ideas del genio jurídico de Otero Mestas, plasmadas en el Acta Constitutiva y de Reformas

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De manera posterior, se proclamó nuestra Constitución vigente de 1917, paradigmática en el planeta al consagrar los sagrados, inalienables, imprescriptibles e indivisibles de los escolares, de los campesinos, de las comunidades autóctonas, la libertad religiosa, el Municipio Libre y sobre todo, la economía mixta, un nuevo pacto social para México12.

Debemos destacar, que dentro del propio Congreso Constituyente de 1916 a 1917, hubo, de manera clara, dos grupos, partidos, fracciones o el antecedente de grupos parlamentarios, ya que estaban los moderados, los carrancistas y los liberales o línea obregonista, habiéndose impuesto, de manera afortunada para la historia del país, trascendencia de nuestra Norma Rectora y de la Revolución mexicana, la fracción radical, que consolidó al movimiento como nacionalista y socialista y que lo han venido disminuyendo, aminorando y traicionando con el paso del tiempo13.

Una vez expedida nuestra Norma Rectora vigente con nueve títulos, diez

capítulos, cinco secciones y 136 artículos, no se estableció disposición alguna respecto a los partidos políticos, como sabemos, en el artículo noveno, en relación al artículo 35 – III, se estableció como hasta el día de ahora, el derecho de formar agrupaciones políticas; asimismo, el propio artículo 35, señala el derecho del voto activo en su fracción primera y al voto pasivo en la fracción segunda14.

En armonía a Norma Rectora de 1917, se expidió la Ley Electoral, el 6 de febrero de 1917, la cual contenía siete capítulos y 76 artículos; el capítulo sexto, se refería en dos artículos a los partidos políticos en los mismos términos que la ley anterior15.

Para el día 2 de julio de 1918, se publicó la Ley para la Elección de Poderes Federales, misma que contenía nueve capítulos, 123 artículos, cinco transitorios y los modelos de credencial de elector, boletas para la votación y los resultados electorales. En el Capítulo X: De los Partidos Políticos, artículos del 106 al 108, se establecían los mismos siete requisitos para su integración tal como lo previó la ley de 1911; además, se expresaban las mismas obligaciones o requisitos para registros de candidaturas para los ciudadanos que fuesen

presentada el 5 de abril de 1847, aprobada el 18 de mayo y publicada el 21 del mismo mes y año, cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Enciclopedia Jurídico Político Electoral de Jalisco, editada por el Gobierno del Estado de Jalisco, Guadalajara, México,

2005, en especial, el Tomo I: Normas Rectoras de México y Xalisco. Legislación Electoral de Jalisco. 12 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: La Autonomía Municipal en México,

Porrúa, tercera edición, México, 2008. Cabe destacar, que el artículo 115 de nuestra Norma Rectora de la República, ha sido modificado, según publicaciones del Diario Oficial de la Federación, en trece ocasiones: 20 de agosto de 1928; 20 de abril de 1933; 8 de

enero de 1943; 12 de febrero de 1947; 17 de octubre de 1953; 6 de febrero de 1976; 6 de

diciembre de 1977; 3 de febrero de 1983; 17 de marzo de 1987; 23 de diciembre de 1999; 14 de agosto de 2008 y 24 de agosto de 2009. 13 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, coeditada por el

Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México,

Porrúa y otras instituciones, México, 1995. 14 El artículo 35 de nuestra Norma Rectora o Constitución Federal, se ha modificado, de

manera principal, según DOF el 6 de abril de 1990 y el 22 de agosto de 1996. 15 En esta ley, se añadieron disposiciones relativas a las Juntas Preparatorias, de

Instalación de las Cámaras y del Congreso de la Unión, respecto de la calificación de votos

en la elección de Presidente de la República y en cuanto s normas diversas.

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postulados por los partidos políticos y los no dependientes de ellos, así un candidato independiente a diputado, debía ser avalado por cincuenta ciudadanos de su distrito; para senador o Presidente de la República por el mismo número de ciudadanos de cualquier Distrito Electoral del Estado y podían vigilar el proceso electoral, previa acreditación de su candidatura16.

Con dichas normas, se formaron algunas agrupaciones políticas o se lanzaron manifiestos políticos como los que a continuación se expresan:

Manifiesto que el Centro de Jalisco dirige a los habitantes del Estado, 1911; Programa del Partido Católico Nacional, 1911; Manifiesto del Partido Nacional Independiente a la República, 1911; Habla el Club “Hijas de Cuauhtémoc”, 1911; Programa del Partido de la Educación Cívico Democrática del Pueblo, 1911; manifiesto al Partido Católico Nacional y a todo el Pueblo Mexicano, 1912; Bases sobre las que han de fundar la Revolución de la Sociedad Unificadora de los Pueblos de la Raza Indígena de la República, 1912; La

Sociedad Unificadora de los Pueblos de la Raza Indígena de los Estados de la República, 1912; Programa del Partido Liberal Independiente, 1915; Lineamientos Generales para el Programa del Partido Demócrata, 1915; Proyecto del Programa del Partido Demócrata, 1915; Protesta del Partido Legalista Mexicano, 1916; partido Democrático, 1916; manifiesto de la Unión Liberal Jalisco, 1917; Programa del Partido Liberal nacionalista José Reynoso, 1918; Alianza Liberal Mexicana, 1918; Confederación Regional de Obreros y Campesinos (CROM); Programa General de la liga de Solidaridad Nacional, 1919; Asociación Unionista. Manifiesto a la Nación, 1919; Partido Comunista, 1919; Partido laborista, 1919, entre otras agrupaciones y expresiones políticas17.

El día 7 de julio de 1920, se expidió un Decreto que reforma la Ley

Electoral del 2 de julio de 1918, el cual constó de 19 artículos, de ellos, el 17 y 18 tenían relación con los partidos políticos respecto de los resultados electorales y se les otorgaba el derecho a retirar sus boletas (votos) sellados por la autoridad electoral y se les eximía de las obligaciones de publicar y de contar con el aval de los ciudadanos para las candidaturas independientes.

El día 7 de enero de 1946, se decretó la Ley Electoral Federal, misma que

se conformó por doce capítulos, 136 artículos y dos artículos transitorios. En el capítulo tercero, se refería a los partidos políticos, en dicho apartado, se establecieron las reglas para poder ser depositario del voto pasivo o candidato, así como las causales de inegibilidad18.

16 Se establecen formatos para los empadronamientos, para los electores y los elegibles;

norma con especificidad las elecciones en lo particular y establece las Juntas Computadoras de las Entidades Federativas, de manera principal. 17 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Enciclopedia Jurídico Electoral de México, op. Cit., pp. 34 a 62. 18 La Ley Electoral Federal, se publicó en el DOF el 7 de enero de 1946, contaba con doce

capítulos, 136 artículos y cuatro disposiciones transitorias. Con esta ley “se federalizó”, es

decir, como siempre, “se centralizó” el proceso electoral federal, impidió que las

estructuras locales participaran y dirigieran la organización de las elecciones, tema que en estos días volvió a cobrar vigencia. Respecto del tema que nos ocupa, una pregunta

sería si solo deben existir partidos políticos a nivel nacional o federal y si se debieran

fomentar o desarrollar las agrupaciones políticas locales, para que en algún momento,

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En forma posterior, en el año de 1951, se emitió la Ley Electoral Federal, con estructura similar a la anterior y se modificó en 1954 y en 1963, en esta última reforma, se les exentaron del pago de impuestos a los partidos políticos, además, hubo modificaciones en los procedimientos de votación, las normas establecieron la formalización de la reposición de la credencial de elector; se establecieron disposiciones para que los ciudadanos, en calidad de presuntos diputados, pudiesen calificar las elecciones impugnadas ante sus respectivas Cámaras, dichas resoluciones eran definitivas e inatacables19.

En el mismo sentido, se establece la posibilidad para que coaliciones políticas pudiesen recibir votaciones en la calificación de las elecciones, se precisa los momentos y las elecciones. En una nueva reforma, en el año de 1970, hubo la regulación de los plazos para los registros de los candidatos; normaron modelos de boletas electorales y el procedimiento temporal para que se incluyesen los ciudadanos en el listado nominal de electores; aportaron los elementos

normativos específicos para el cierre de la votación y el cómputo en la mesa directa de casilla, asimismo, para la celebración de las sesiones del cómputo en las comisiones locales electorales y la especificación de los términos en que debían ser enviados los paquetes electorales a las autoridades correspondientes20.

La Ley Federal Electoral de 1973, es una ley más profunda que las anteriores, planteó sus objetivos, el derecho al voto activo y pasivo, los partidos políticos nacionales, los organismos electorales, del registro nacional de electores, los procedimientos en materia electoral, la nulidad y su reclamación y las garantías, recursos y sanciones21.

La les establecía que los partidos políticos nacionales eran asociaciones constituidas de manera legal por ciudadanos en pleno ejercicio de sus derechos políticos, con fines electorales, de educación cívica y orientación política; concurren a la formación de la voluntad política el pueblo y comparten con los organismos electorales la responsabilidad de los procesos electorales. En este sentido, comienza el avance en las franquicias postales y telegráficas, se les permitía imprimir propaganda político electoral y se sientan las bases para lo que es la participación de diversos medios que forman la opinión política en el país, en especial, en la radio y la televisión22.

pudiesen constituirse en partidos políticos federales, nacionales, continentales o

planetarios. 19 La Ley Electoral Federal, se publicó en el DOF el 4 de diciembre de d 1951, al igual que

la inmediata anterior, se estructuró con doce capítulos, 149 artículos y cuatro

disposiciones transitorias. Se reformó, según DOF el 7 de enero de 1954 en 28 artículos y

el 28 de diciembre de 1963, en seis dispositivos, de los que cuatro fueron nuevos en torno

a la representación “de los diputados de partido”, como se apuntará en la parte

constitucional respectiva del presente opúsculo. 20 La última reforma de la ley electoral de 1953, fue publicada en el DOF el 29 de enero de

1970. 21La Ley Federal Electoral, publicada en el DOF el 5 enero de 1973, contenía siete títulos,

204 artículos y una disposición transitoria, en su título segundo reguló De los Partidos Políticos Nacionales, sus contenidos fueron respecto a los conceptos, integración y

funciones, registro de los partidos políticos nacionales, sus derechos y obligaciones y

prerrogativas, así como la propaganda electoral, dichos contenidos se regularon en seis capítulos y en los artículos que iban del 17 al 40, de manera principal. 22 En ese sentido, es importante señalar que se sientan las bases para que los partidos

políticos puedan usar los medios que forman la opinión pública, asunto no resuelto en el

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En cuanto a la Norma Rectora vigente, fue sometida a procesos reformadores a partir del año de 1921; en particular, para el tema que nos ocupa, el artículo 41 constitucional, se ha reformado en seis ocasiones, según publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF): 6 de diciembre de 1977, 6 de diciembre de 1990, 3 y 6 de septiembre de 1993 (fe de erratas), 19 de abril de 1994, 22 de agosto de 1996 y 13 de noviembre de 2007, es posible que el proceso de la reforma político electoral del 2013.

A partir del año de 1977, se introdujo en México el denominado “sistema de partidos”, la Constitución fue modificada con las aportaciones de Jesús Reyes Heroles, José Luis Lamadrid Souza y Guillermo Cosío Vidaurri, entre otros intelectuales y políticos y se estableció la representación mixta; así, el Congreso Federal se integró por 300 diputados “uninominales” y 100 “plurinominales”; que en la reforma constitucional de 1986, se integró la Cámara de diputados federal, con 300 de diputados de mayoría relativa y 200 de representación proporcional23.

El antecedente de los diputados “plurinominales”, lo encontramos en los denominados “diputados de partido”, reforma que se realizó a iniciativa del entonces Presidente de la República, Adolfo López Mateos. En dicha reforma, se estableció que un partido político nacional que hubiese obtenido el 2.5% del total de la votación nacional, tendría derecho a cinco diputados de partido, más uno por cada 0.5% de votos adicionales que obtuviese hasta completar veinte diputados o representantes al Congreso Federal24.

Después de 1920, se crearon otras manifestaciones políticas y diversas expresiones, agrupaciones y partidos políticos, como los siguientes:

El Partido Nacional Agrarista, 1920; Partido Nacional Republicano, 1920; Partido Nacional Revolucionario, 1929; Partido de la Revolución Mexicana, 1938; Partido Acción Nacional, 1939; El General Andrew Almazán. Declaraciones, 1939; Programa Político y de Gobierno del Partido Revolucionario de Unificación Nacional, 1939; Plataforma de Ezequiel Padilla, 1945; Partido fuerza Popular, 1946 y 1949; Partido Revolucionario Institucional, 1946; Manifiesto al Pueblo. Comité Nacional Coordinador del Partido Popular, 1947; Programa del Partido Popular, 1948; Programa Político de la Federación de Partidos del Pueblo Mexicano, 1951; Partido Nacionalista Mexicano, 1951; Plataforma Electoral de los Partidos Independientes, 1952; Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, 1957; Programa del Partido Popular, 1957; Plataforma Electoral del Partido

país y que a nuestra forma de ver, está mal planteado el realizar las campañas utilizando

estas vías y que el órgano administrativo electoral federal, no es el adecuado para las

sanciones en la materia, dichas cuestiones deben ser revisadas en forma integral e impedir el abuso del poder de estos poderes de hecho, cfr. DURANDÍN, Guy: La mentira en la propaganda política y en la publicidad, Paidós comunicación, tercera edición,

Barcelona, España, 1995; v. también el Título Segundo de la Ley Federal Electoral,

artículos que van del 17 al 40, de manera fundamental. 23 Idem, pp. 845 y ss.; asimismo, v. Diario Oficial de la Federación (DOF) del 6 de

diciembre de 1977 y 15 de diciembre de 1986. 24 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Enciclopedia Política de México, coeditada

por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República y la LVI Legislatura del Congreso Federal en el contexto del Bicentenario de la Independencia de México y del

Centenario de la Revolución Mexicana de 1910, en particular, el Tomo III: Normas Rectoras y Electorales. Siglos XIX a XXI, pp. 46 y ss.; asimismo, v. DOF, de 22 de junio de 1963 y

28 de diciembre de 1963.

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Popular Socialista, 1963; Partido Socialista de los Trabajadores, 1975 (1979); Partido Social Demócrata, 1976 (1978); Partido Revolucionario de los Trabajadores, 1976; Partido Mexicano Socialista, 1987; y el Programa del Partido Comunista, 1979; Partido Socialista Unificado de México, 1979 entre otros25.

Como se puede apreciar, en 1977, pasamos de una monocracia partidista y una partidocracia, la cual ha venido sucumbiendo en una mediacracia, lo que impera hoy, más allá de los partidos políticos, poderes formales e instituciones de la República26.

Lo claro es que a partir de las reformas a las normas constitucionales y las legales de 1977, se crean nuevas organizaciones, agrupaciones y partidos políticos en México, dados los antecedentes de 1958 y en especial, de 1968 y otras expresiones de inconformidad social que existían en el país, las cuales se trataron de encausar por medio de la participación política, pacífica, del Estado de Derecho y a través de la participación ciudadana mediante los procesos

electorales para la renovación de los poderes públicos27. En dicho contexto, se expidió la Ley Federal de Organizaciones Políticas y

Procesos Electorales, esta norma, se considera relevante desde la perspectiva de la denominada partidocrazia, volkparties o partidocracia y regula la elección de los poderes legislativo y ejecutivo, a las organizaciones políticas; la preparación de la elección, la jornada electoral, los resultados electorales y el contencioso electoral, de manera básica28.

Como se apuntó, se creó la aportación denominada Del Sistema de Partidos, de los cuales, se podrían crear con la participación libre de los ciudadanos, para integrar la voluntad política del pueblo mediante su actividad en los procesos electorales y formar la representación nacional. Se establecieron formas flexibles para su registro, como lo fue el registro condicionado, se amplían sus derechos y obligaciones, sus prerrogativas, difusión en radio y televisión, publicidad, publicaciones, campañas electorales, impuestos y derechos; se normaron puntos para la constitución de las agrupaciones políticas nacionales y la formación de frentes y fusiones29.

De manera posterior, se modificó la LFOPPE, en el sentido de que los partidos políticos tenían derecho a nombrar a un representante propietario y un respectivo suplente, en las mesas directivas que fuesen instaladas en la jornada

25 Cfr. Enciclopedia de México, coeditada por la Secretaría de Educación Pública y dirigida

por José Rogelio Álvarez, México, 1987, en especial, el Tomo IX, el segmento de los Partidos Políticos, pp. 6216 y ss. 26 Vid. PORTOS PÉREZ, Irma: Televisa y Globo en la convergencia, Instituto de

Investigaciones Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2013. 27 El entonces Presidente de la República, Luis Echeverría Álvarez, señaló en su segundo informe de gobierno, el primero de septiembre de 1972: Cuando están abiertos los cauces de la transformación social, nada justifica la violencia. Con dichas bases, el siguiente

Presidente, José López Portillo y Pacheco, con auxilio de Jesús Reyes Heroles y José Luis

Lamadrid Souza, entre otros destacados políticos y conocedores de la materia, crearon la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, que es el paradigma de la

constitución de los actuales partidos políticos en México. 28 La Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LFOPPE), data del 28

de diciembre de 1977, consta de cinco títulos y 250 artículos y tres transitorios. 29 Cfr. Artículos que van del 19 al 73 de la LFOPPE.

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electoral dentro del país, si es que el partido cuenta con candidato en dicha área; el suplente se deberá de presentar a falta del propietario30.

Después, se modificaron las leyes electorales en 1987, 1991 y en particular en los años de 2007 y 2008, cuyas reformas establecen el marco constitucional y el legal vigente respecto a los partidos y agrupaciones políticas en México, así, se han establecido, de manera principal, las siguientes31:

En el año de 1986, se expidió el Código Federal Electoral (CFE), el cual ha sido la base estructural de las últimas legislaciones electorales, en dicha norma, se reguló el objeto de dicha reglamentación y las disposiciones generales, las organizaciones políticas, del registro nacional de electores, del proceso electoral y organismos electorales, la elección los resultados electorales; de los recursos, las nulidades las sanciones y del Tribunal de lo Contencioso Electoral32.

El Libro segundo del CFE, regulaba el aspecto De las organizaciones políticas, en donde se incluían a los partidos y a las asociaciones políticas

nacionales; los frentes, coaliciones y fusiones, así como la pérdida del registro de los partidos y asociaciones políticas nacionales33.

En cuanto a los partidos políticos nacionales, se estableció que eran formas de organización política y entidades de interés público normadas conforme a la Constitución de la República y al CFE; dentro de sus fines, eran la promoción de la participación del pueblo en la vida democrática, el contribuir a la integración de la representación nacional y en cuanto a la estructura ciudadana, hacer efectivo su ingreso al ejercicio del poder público, conforme a sus documentos básicos y mediante el sufragio universal, libre, directo y secreto34.

Luego, se determinaron disposiciones que normaban las funciones de los partidos políticos, su establecimiento y registro, derechos y obligaciones, sus prerrogativas, el régimen financiero, que eran público y privado; cuestión que por primera ocasión se dio en el país35. Se destaca el financiamiento público y el privado, en cuanto a la asignación de recursos del erario público a las organizaciones políticas es un tema muy debatible al día de hoy, incluso, debemos recordar que algunas expresiones políticas se negaron a recibir dichas aportaciones, lo cual no es rechazado al día de hoy.

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (CFIPE), siguió, como se expresó, la línea del CFE, pero con reformas políticas y electorales que se encontraban en una coyuntura del denominado neoliberalismo y que fue

30 Vid. Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, del 6 de enero de 1982, en el caso expresado, al artículo 38 de dicha

norma. 31 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Dos Siglos de Constitucionalismo en México, Porrúa, México, 2009. 32 Se realizaron varias cuestiones precedentes como la “Reforma Política”, la exposición de motivos de la iniciativa de reforma a los artículos 52, 53, 54, 60 y 77 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos relativos a la integración del Congreso y los

procedimientos electorales, fechado en el 3 de noviembre de 1986; de igual forma, se

presentó la Exposición de Motivos de la Iniciativa del Código Federal Electoral, con dichos antecedentes, se aprobó el Código Federal electoral, el 29 de diciembre de 1986, cuenta

con ocho libros, 362 artículos y dos artículos transitorios. 33 El Libro Segundo del CFE, contenía siete títulos y quince capítulos que se referían a las

organizaciones políticas. 34 Cfr. Artículos 24 a 26 del CFE. 35 Vid. Artículos que van del 27 al 98 del CFE.

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desmantelando el “Estado Revolucionario”, lo cual implicó alianzas específicas entre dos fuerzas políticas que se han alternado, hasta la fecha, la Presidencia de la República y de alguna manera el poder y todo lo que conlleva a dicha compartición dentro del contexto de unas elecciones muy cuestionadas por algunos actores políticos directos que consideraron elecciones ilegítimas, cuestiones que se han repetido en el año 2000, 2006 y con menor énfasis en el 2012, respecto de los precedentes, sobre todo, respecto de la de 2006, en la cual, la diferencia en la elección presidencial entre el candidato ganador y el que obtuvo el segundo lugar fue del 54%, lo cual equivalía a cerca de 233, 000 votos, lo cual es mínimo y se especuló muchísimo al respecto de que el triunfo no fue legítimo de quien detentó la Presidencia de la República en el período de 2006 a 2012, lo cual impactó en las reformas electorales, como lo es el propio hecho de la elección presidencial última.

El CFIPE, que se decretó el 14 de agosto de 1990, se reformó en forma

aproximada hasta en trece ocasiones y llegó a tener hasta nueve libros y a partir de dichos contenidos, se han venido realizando legislaciones específicas como lo es la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la cual se creó en DOF el 22 de noviembre de 1996 y ha tenido solo una reforma a la fecha, el primero de julio de 2008; asimismo, se adicionó el título décimo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en el sentido de que el Tribunal Federal Electoral se incorporó al Poder judicial de la Federación y desde la publicación en el DOF el 22 de agosto de 1996, se creó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación36.

Conforme a dichas reformas constitucionales y las legales desde entonces, se han creado, de manera fundamental las siguientes organizaciones o agrupaciones ciudadanas constituidas en partidos políticos en el país:

El Partido Político del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, 1987; el Partido Políticos de la Revolución Democrática, 1989; el Partido del Trabajo, 1990; el Partido Verde Ecologista de México, 1991; el Partido Liberal Mexicano, 1992; Partido Político Alianza Social, 1998; el Partido Convergencia, 2002; el Partido de la Sociedad Nacionalista, 2002; el Partido Político México Posible, 2002; el Partido Político Fuerza Ciudadana, 2002; el Partido Político Alianza Nacional, 2005 y el Partido Político Movimiento Ciudadano, 2011, de manera principal37.

En la actualidad, “el nuevo” CFIPE, según publicación en el DOF del 14 de enero de 2008, quedó estructurado para regular la integración de los poderes formales mediante elecciones; los partidos políticos; el Instituto Federal Electoral; los procedimientos especiales en las direcciones ejecutivas; el proceso electoral; del voto de los mexicanos residentes en el extranjero y de los regímenes sancionadores electorales, así como el disciplinario para los efectos de los servidores públicos electorales38.

36 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Derecho Constitucional Electoral, op. Cit.,

pp. 48 y ss. 37 Vid. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: La Autonomía Municipal en México,

Porrúa, tercera edición, México, 2008, pp. 353 y ss. 38 Conforme al decreto del DOF del 14 de enero de 2008, en su artículo tercero

transitorio, se estableció que el CFIPE, publicado en el DOF el 15 de agosto de 1990,

quedó sin efectos. Así, el CFIPE vigente, contiene siete libros, 23 títulos, 68 capítulos y

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El CFIPE, regula los partidos políticos en su libro segundo, a través de cinco apartados, los dos primeros, se refieren a las disposiciones generales, su constitución, registro, derechos y obligaciones; el procedimiento de registro legal; de igual forma, se regulan las agrupaciones políticas nacionales; los derechos y las obligaciones de los partidos políticos, con énfasis especial para los efectos de transparencia; asimismo, se establecen normas para regular los asuntos internos de los propios partidos políticos39.

Respecto del apartado tercero, se norma la forma en que los partidos políticos pueden transmitir en los medios que forman opinión pública, como lo es la radio y la televisión sus diversas manifestaciones de propaganda y publicidad política; en el mismo sentido, se establecen las normas para el financiamiento público, las aportaciones privadas, la fiscalización de los diversos recursos que reciben los partidos políticos, su régimen fiscal y las franquicias postales y telegráficas. Se enfatiza que desde 1988, cuando se determinó el financiamiento a

los partidos políticos, hubo cambios al respecto en la distribución de los recursos o del financiamiento público; después, en la era del CFIPE, se estableció en los términos del 30% en forma equitativa y el 70% según los votos obtenidos, traducida dicha “fuerza política” en los votos que haya registrado el partido político conforme a los resultados obtenidos en la última elección40.

En el apartado cuarto, se regulan los frentes, coaliciones y fusiones y en el quinto y último, la pérdida de registro; dichas figuras son muy benévolas y permiten una gama amplia de formas en que se puede participar por parte de las organizaciones políticas en cuestiones muy importantes para el país; por ejemplo, se deberían formar más frentes para los planteamientos de las políticas públicas del Estado, sobre todo en materia social, en lugar de frenar el país con manifestaciones en el centro del Distrito Federal, el cal urge que sea descentralizado en bienestar para la República, planteamientos que los partidos políticos no han hecho y son necesarios para la República, estas serían formas más jurídicas, conforme a derecho y previstas en los ordenamientos jurídicos, además, de que existen los grupos parlamentarios y todas las formas en que se expresen las distintas fuerzas políticas; por tanto, consideramos que existen las vías legales para manifestarse en forma armónica las fuerzas políticas del país y que en esas vías se deben enfatizar los esfuerzos de todos los que digan que quieren servir al país, sería la mejor forma de sujetarse al bienestar de la República, sometiendo los intereses particulares y de grupos a los del país, cuestiones que no siempre hacen los partidos políticos41.

Así, podríamos señalar que durante el Siglo XIX, los antecedentes de los partidos políticos, se vincularon a los grupos de poder en torno a la monarquía y a la Iglesia Católica, después se establecieron las logias masónicas, los cual desembocó en las luchas fratricidas entre liberales y conservadores, lo que dividió a la naciente e incipiente clase política del país y que dichas facciones políticas

394 artículos y 12 artículos transitorios, cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús:

Derecho Constitucional Electoral, op. Cit., pp. 50 y ss. 39 Vid. CFIPE, artículos 22 al 47. 40 En el CFE, el financiamiento público era conforme a la votación obtenida por el partido político en la última elección, así los votos se traducían en las aportaciones financieras, cfr. Al libro segundo, título quinto del CFE, artículos que van del 61 al 68, de manera

principal; de igual forma, en relación al CFIPE vigente, v. artículos 48 al 92. 41 Cfr. CFIPE, artículos que van del 93 al 103.

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han llegado hasta nuestros días, lo que se ejemplifica con las luchas del gran Benemérito de las Américas, Benito Pablo Juárez García en contra de los conservadores y de los invasores europeos; durante la etapa de la Revolución Mexicana, el intervencionismo de los EUA y las diferencias políticas que todavía existen entre distintos partidos políticos, la constante, es la división de los grupos políticos en México, cuando la idea del Estado es que todos los grupos políticos se encuentran para servir al Estado, al país, a la República, a la Nación y que la disputa es para servir más y mejor a la población a los ciudadanos; entonces, los partidos políticos deben estar supeditados a los grandes valores, principios e intereses de la República, por tanto sometidos al orden constitucional o de la Norma Rectora, guardar lealtad al pueblo y a sus normas que de manera soberana deben tomar, ese debe ser el imperativo categórico al cual no hemos llegado a México42.

Lo anterior, nos lleva a otro gran problema, no estamos definidos, no

existe un proyecto y destino común para todos los mexicanos, lo cual también es grave y entonces los grupos y partidos políticos debían tener metas comunes en beneficio de los habitantes, lo cual tampoco hemos logrado, lo anterior se evidencia en un análisis de las Normas Rectoras o Constituciones tan diversas que henos tenido en el país, además de las diversas, opuestas y hasta contradicciones que existen en nuestro texto constitucional actual43.

A partir de la Revolución Mexicana de 1910, se crean diversas manifestaciones políticas, las cuales, de manera directa o indirecta, se vinculan a los diferentes grupos, caudillos o expresiones de la primera revolución social del Siglo XX en el planeta44.

Dados los enormes intereses que provoca la riqueza de México, desde la Colonia, las intervenciones europeas y de los EUA durante el Siglo XIXI y en la Revolución Mexicana y la notable influencia e injerencia de los EUA, ya no digamos los casos permanentes de espionaje; queda claro que muchas expresiones políticas y partidos políticos, se vinculan de manera directa o indirecta con intereses extranjeros o ajenos a México, como sucedió, por ejemplo, en el Movimiento de 1968, en el que nuestro país fue el área de lucha entre socialistas o “comunistas” y los intereses del capitalismo, lo cual es un gran error que seguimos cometiendo como lo fueron las luchas entre liberales y

42 Cfr. SILVA HERZOG, Jesús: Historia de la Revolución Mexicana, Fondo de Cultura

Económica, dos tomos, México, 1980; México a través de los Siglos, varios tomos,

Compañía Editores Mexicanos Unidos, México, 1961; REVELES VÁZQUEZ, Francisco: Partidos Políticos en México. Apuntes teóricos, Editorial Gernika, México, 2008, al respecto,

existe abundantísima bibliografía. 43 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: El Paradigma de la Constitución. México 1917 a 2010, tercera edición, México, 2010. 44 Vid. SERRA ROJAS, Andrés: Historia de las Ideas e Instituciones Políticas, UNAM,

México, 1991; Los partidos políticos en México. Origen y desarrollo, varios autores,

Universidad nacional Autónoma de México, México, 2002; Partidos Políticos. Nuevos liderazgos y relaciones políticas de autoridad, varios autores y coedición UNAM, UAM y

AMEP, México, 2004, existe abundante bibliografía. Cabe destacar que el proceso de

reforma política y electoral que inició a fines de este año, es “chantajista”, controvertida y

por tanto, no consensuada, para variar, sin analizar las necesidades del país, por tanto, está destinada al fracaso; asimismo, en su conjunto es centralista, concentra el poder en

la partidocracia y mediacracia, podríamos emitir más calificativos, pero queda clara la

evidencia que no tenemos proyecto político de país.

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conservadores, las luchas religiosas, el movimiento del “Ejército Zapatista de Liberación Nacional”, la “guerra al narcotráficos”, entre otros grandes y graves problemas que son conflictos de intereses que no nos deben dividir, separarnos enfrentarnos como hermanos que somos45.

Por tanto, se trató de crear una gran fuerza política a partir de la Revolución Mexicana de 1910, misma que se ha venido desmembrado, desgajando, dividiendo, separando por intereses de diversas índoles, que no siempre son los intereses del pueblo de México y hemos llegado a meras disputas por el control político, ya que existe mucha gente enferma de poder y lucha por el a toda costa, al precio que sea y cueste lo que cueste, lo cual daña a la población, a México y al planeta46.

CONCLUSIONES:

Primera. Necesitamos un proyecto de país a largo plazo, consensuado por todas las fuerzas políticas que de aquí viven; dicho proyecto plasmarlo en nuestra Norma Rectora, la cual todos debemos sujetarnos con miras al bienestar general de los mexicanos y de la raza planetaria.

Segunda. Los partidos políticos deben sujetarse a la Norma Rectora y debe establecerse como delito cualquier violación a los valores, principios e intereses de nuestra Norma Rectora, consensuada por todos los grupos de poder en la República.

Tercera. Los poderes de hecho y de derecho, se deben armonizar en aras del bienestar de los mexicanos y de la raza planetaria.

Cuarta. Los diversos grupos organizados de la política deben ocuparse de proponer cómo mejorar lo que tenemos, en base a dichas propuestas deben girar las campañas y contiendas electorales, no en acaban o destrozar o dividir al país, sino en hacer las mejores propuestas en aras del bienestar general.

Quinta. Los partidos políticos deben ser escuelas políticas, que enseñen a sus militantes a amar al país y al planeta, así como al servicio público con la austeridad republicana, de manera profesional y en el cumplimiento de los valores, principios e intereses de la Norma Rectora.

45 Cfr. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Necesidad de una Norma Rectora para México, editado por el Senado de la República en el contexto del Centenario de la

Revolución Mexicana de 1910, México, 2010. 46 Vid. COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús: Los Derechos Planetarios, Porrúa, México,

2011.

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