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LOS IMPUESTOS QUE ADMINISTRA EL SRI FACULTAD DE MECANICA NAVAL ULEAM LOPEZ PAZMIÑO ERICK CONTABILIDAD GENERAL

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LOS IMPUESTOS QUE ADMINISTRA EL

SRI

FACULTAD DE MECANICA NAVAL

ULEAM

LOPEZ PAZMIÑO ERICK

CONTABILIDAD GENERAL

¿Qué son los impuestos?

Son las contribuciones obligatorias establecidas en la Ley, que deben pagar las personas naturales y las sociedades que se encuentran en las condiciones previstas por la misma.   Los impuestos son el precio de vivir en una sociedad civilizada.

¿Para que sirven los impuestos?

Los impuestos sirven para financiar los servicios y obras de carácter general que debe proporcionar el Estado a la sociedad.  Destacan los servicios de educación, salud, seguridad y justicia y en infraestructura, lo relativo a la vialidad y la infraestructura comunal. 

¿Qué impuesto administra y recauda el SRI?

Los impuestos que administra y recauda el SRI son:1 Impuesto a la Renta

2 Impuesto al Valor Agregado

3 Impuesto a los Consumos Especiales

4 Impuesto a la Salida de Divisas

5 Impuestos a los activos en el exterior

6 Impuestos a las tierras rurales

7 Impuestos a los ingresos extraordinarios

8 Impuesto vehicular a la propiedad de vehículos motorizados

9 Impuestos vehicular a la contaminación ambiental

10 Impuesto redimible a las botellas plásticas

1.- IMPUESTO A LA RENTAEs el impuesto que se debe cancelar sobre los ingresos o rentas,

producto de actividades personales, comerciales, industriales, agrícolas, y en general actividades económicas y aún sobre ingresos gratuitos, percibidos durante un año, luego de descontar los costos y gastos incurridos para obtener o conservar dichas rentas.

Deben pagar las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, ecuatorianas o extranjeras, residentes o no en el país,  que hayan percibido rentas gravadas en el Ecuador.

Sujetos pasivos

Son sujetos pasivos del impuesto a la renta las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, que obtengan ingresos gravados de conformidad con las disposiciones de esta Ley.

Los sujetos pasivos obligados a llevar contabilidad, pagarán el impuesto a la renta en base de los resultados que arroje la misma.

2.- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

Es el impuesto que se paga por la transferencia de bienes y por la prestación de servicios.  Se denomina Impuesto al Valor Agregado por ser un gravamen que afecta a todas las etapas de comercialización pero exclusivamente en la parte generada o agregada en cada etapa.

Deben pagar todos los adquirentes de bienes o servicios, gravados con tarifa 12%.  El pago lo hará al comerciante o prestador del servicio, quien a su vez, luego de percibir el tributo lo entrega al Estado mediante una declaración. En el caso de importaciones paga el importador el momento de desaduanizar la mercadería.

3.- IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE)

El impuesto a los consumos especiales ICE, se aplicará a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados, detallados en el artículo 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Este impuesto grava los bienes de lujo y que no son de primera necesidad como el cigarrillo, bebidas alcohólicas y gaseosas, etc.

Sujetos pasivos del ICE

1. Las personas naturales y sociedades, fabricantes de bienes gravados con este impuesto

2. Quienes realicen importaciones de bienes gravados por este impuesto

3. Quienes presten servicios gravados

 

4.- IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

Es el impuesto que se carga sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de las instituciones que integran el sistema financiero.

La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas es del 2%.

Sujeto Pasivo

Constituyen sujetos pasivos del Impuesto a la Salida de Divisas en calidad de contribuyentes, las personas naturales, sucesiones indivisas y las sociedades privadas, en los términos de la Ley de Régimen Tributario Interno, tanto nacionales como extranjeras, que transfieran, trasladen o envíen divisas al exterior, o retiren divisas desde el exterior con cargo a cuentas nacionales.

5.-IMPUESTO A LOS ACTIVOS EN EL EXTERIOR

Se crea el impuesto mensual sobre los fondos disponibles e inversiones que mantengan en el exterior las entidades privadas reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros y las Intendencias del Mercado de Valores de la Superintendencia de Compañías.

Están obligados al pago de este tributo, las entidades privadas reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros y por las Intendencias del Mercado de Valores de la Superintendencia de Compañías.

Sujetos pasivos

Serán sujetos pasivos del impuesto a los activos en el exterior, en calidad de contribuyentes, las instituciones privadas controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros y por las intendencias de Mercado de Valores de la Superintendencia de Compañías.

6.- Impuestos a las tierras rurales

7.- Impuestos a los ingresos extraordinarios

8.- IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE

VEHICULOS MOTORIZADOS

Es el impuesto anual que debe pagar el propietario de un vehículo motorizado de transporte terrestre.

¿Quién debe pagar?

Este impuesto debe ser pagado por los propietarios de vehículos motorizados de transporte terrestre en forma anual. Cuando se adquiera un vehículo cuyo anterior propietario no haya cancelado dicho impuesto, el comprador será responsable por el pago de las obligaciones pendientes.

¿Sobre qué se paga?

El impuesto se paga sobre el avalúo del vehículo que consta en la base de datos del SRI. Este avalúo, para automotores nuevos corresponde al precio de venta al público informado por los comercializadores y, para vehículos de años anteriores, del precio informado se deducirá una depreciación anual del 20% sin que el valor residual sea inferior al 10%.  En documentos adjuntos se

encuentra el instructivo para utilizar la consulta de Avalúos de Categorías.

La base imponible corresponde al avalúo de los vehículos que determine el Servicio de Rentas Internas.

Para el caso de vehículos nuevos, el avalúo corresponde al mayor precio de venta al público informado por los comercializadores; mientras que para vehículos de años anteriores, el avalúo corresponde al mayor precio de venta informado menos la depreciación anual del 20% sin que el valor residual sea inferior al 10% del precio informado inicialmente.

Una vez establecido el avalúo se calcula el impuesto de acuerdo a la siguiente tabla:

¿Cuál es el Período Tributario?

Al ser un impuesto anual, los propietarios de vehículos tanto de servicio particular como de servicio público deben cancelarlo cada año, incluso cuando la matrícula tenga validez por un período mayor.

¿Cuánto se tiene que pagar?

Este impuesto utiliza una tabla progresiva que toma como referencia el avalúo vehicular. Para el caso de vehículos nuevos, los adquiridos en el primer trimestre del año pagarán el 100% del impuesto, mientras que los adquiridos a partir de abril pagarán el impuesto por los meses que falten hasta el fin del año, incluido el mes de compra.  Los vehículos usados deberán pagar el 100% del impuesto, aplicando en forma anual la depreciación del 20% del avalúo, hasta llegar a un valor residual del 10%.

¿Cuándo se debe pagar?

El propietario del vehículo, cada año, podrá pagar el impuesto sin intereses, desde el 2 de enero hasta el 31 de julio. Si el pago lo realiza fuera de este periodo ordinario, deberá cancelar, conjuntamente con el impuesto, intereses por cada mes o fracción de mes de retraso.

Los propietarios de vehículos nuevos deberán pagar el impuesto antes de que concesionario le entregue el mismo.

En caso de que el propietario tenga derecho a una exoneración o rebaja, deberá realizar este trámite, previo al pago del impuesto. 

Una vez cancelado el valor de la matrícula Posterior al pago, el propietario del vehículo .

¿Qué rubros componen el valor de la matrícula de un vehículo?

El valor de la matrícula incluye varios rubros, los cuales se calculan de acuerdo a las características del vehículo, tales como si es particular o de servicio público, cantón de matriculación, institución de tránsito a la que pertenece, entre otros.

¿Cuál es el valor de la matrícula de mi vehículo?

El valor de la matrícula de un vehículo lo puede consultar en línea, únicamente con la placa si el vehículo es usado o con el Certificado de Aduana (CAMV) si es importado o el Certificado de Producción Nacional (CPN) si es ensamblado. Además puede consultar los pagos realizados por concepto de matrícula de un vehículo.

¿Cómo se tiene que pagar?

Este impuesto se paga juntamente con la matrícula y debe ser cancelado en las instituciones financieras autorizadas. Para ello, el propietario debe presentar la matrícula anterior si el vehículo es usado o la factura si es nuevo.

Exenciones y rebajas

En la ley se han previsto exoneraciones y rebajas de este impuesto de acuerdo a la situación del propietario del vehículo. Para acceder a ellas, el propietario debe presentar en cualquier oficina del SRI el formulario 02 IVM con los requisitos establecidos para cada caso.

Infracciones y Sanciones

El propietario que cancele el impuesto en el período extraordinario deberá cancelar los intereses vigentes por cada mes o fracción de mes de retraso. Los concesionarios que entreguen el vehículo nuevo sin que esté pagada la matrícula también serán sancionados. El Servicio de Rentas Internas podrá exigir el pago de este impuesto, incluso por la vía coactiva.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Tributario Codificado se establece que el interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador, la tasa mensual de interés por mora tributaria a aplicarse en el período Enero - Marzo de 2010 es la siguiente:

Período de vigencia: 01 de Enero de 2010 - 31 de Marzo de 2010

Tasa:                          1,149%

9.-Impuestos vehicular a la contaminación ambiental

Este impuesto es un impuesto anual, personal y directo cuyo objetivo extra fiscal es reducir la contaminación del ambiente producida por el uso de vehículos motorizados de transporte terrestre.

Hecho generador

El hecho generador de este impuesto es la contaminación ambiental producida opr los vehículos motorizados de transporte terrestre. Sujetos del impuesto

Sujeto activo.-

El sujeto activo de este impuesto es el Estado y lo administra a través del Servicio de Rentas Internas.

Sujeto pasivo.-

Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, que sean propietarios de vehículos motorizados de transporte terrestre.

10.- Impuesto redimible a las botellas plásticas

Este impuesto es un impuesto real cuyo objetivo extra fiscal es disminuir la contaminación ambiental y estimular elproceso de reciclaje.

Hecho generador

El hecho generador de este impuesto será embotellar bebidas en botellas plásticas no retornables, utilizadas para contener bebidas alcohólicas, no alcohólicas, gaseosas o no gaseosas y agua. En el caso de bebidas importadas, el hecho generador será su desaduanización. Sujetos del impuesto

Sujeto activo.-

El sujeto activo de este impuesto es el Estado y lo administra a través del Servicio de Rentas Internas.

Sujeto pasivo.-

Son sujetos pasivos de este impuesto:

Los embotelladores de bebidas contenidas en botellas plásticas gravadas con este impuesto; y, Quienes realicen importaciones de bebidas contenidas en botellas plásticas gravadas con este impuesto. botella gaseosa

Exenciones

Se encuentra exento del pago de este impuesto el embotellamiento de productos lácteos y medicamentos en botellas de plástico no retornables.

botella leche

Declaración y pago del impuesto

Los sujetos pasivos de ese impuesto, declararán las operaciones gravadas con el mismo, dentro del mes subsiguiente al que se las efectuó. Para la liquidación del impuesto a pagar, el contribuyente multiplicará el número de unidades embotelladas o importadas por la correspondiente tarifa, valor del cual descontará el número de botellas recuperadas, multiplicado por la respectiva tarifa impositiva. En el caso de importaciones, la liquidación de este impuesto se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente. No deducibilidad

Por la naturaleza de este impuesto, el mismo no será considerado como gasto deducible para la liquidación del impuesto a la renta.