Los Contratos de Financiación Vinculados a los Contratos ...
Los contratos
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TEORÍA GENERAL DEL CONTRATO
Pilar SuárezC.I. 15.691.534
UNIVERSIDAD YACAMBÚ
EL CONTRATO
Concepto“una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, modificar,
transmitir o extinguir entre ellas un vínculo jurídico” (art. 1.133 CCV)
CARACTERÍSTICAS1. Es una Convención.2. Regula relaciones o vínculos jurídicos de
carácter patrimonial, susceptibles de ser valorados desde un punto de vista económico.
3. Produce efectos obligatorios entre las partes.
4. Es fuente de obligaciones.5. Principio de autonomía de la voluntad
como fundamento principal.
CLASIFICACIÓN1.- Según el Surgimiento de las Obligaciones: Contratos Unilaterales y Contratos Bilaterales (ART 1.134 CCV)2.- Según el fin Perseguido por las partes: Contratos Onerosos y Contratos Gratuitos. (ART 1.135 CCV)3.- Según la prestación de algunas de las partes dependa de un hecho causal: Contratos Conmutativos y Contratos Aleatorios (ART 1.136 CCV)4.- Según su Perfeccionamiento: Contratos Solemnes y Contratos no Solemnes5.- Según su carácter: Contratos preparatorios, Contratos principales y Contratos accesorios6.- Según la situación de igualdad de las partes: Contratos paritarios y Contratos de Adhesión
CONTRATO
Clasificación del Objeto.
- Prestaciones de dar, hacer o no hacer
- Prestaciones Positivas y Negativas
ELEMENTOS DEL CONTRATOI. Voluntad o Consentimiento. (ART. 1.141 CCV)
Es el alma del contrato y que constituye el elemento básico y primario del mismo (Olaso,
1997, p. 383).El Código Civil Venezolano se acoge En cuanto a la
validez de la voluntad real o declarada
II. El Objeto. (ART. 1.141 CCV)Todo aquello que puede ser materia de contrato. El
termino objeto puede verse desde su sentido propio como objeto “inmediato” que son los
derechos y obligaciones que produce; y objeto “mediato” que es la prestación que puede hacer o
no hacer una persona.
III. La Causa (ART. 1.141 CCV)Es una razón o el fin a perseguir, la causa
constituye el fundamento objetivo que justifica la atribución patrimonial derivada del contrato. Es el
móvil más próximo y fin inmediato que ha determinado a las partes a obligarse. Condiciones del Objeto. (ART. 1.155 CCV)
La cosa debe existir La cosa debe estar en el comercio
Debe ser determinable o determinada (no ilusoria)
La cosa debe pertenecer a quien la trasmite.
“El contrato puede ser anulado si existe una de estas dos condiciones:
1º-Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas, 2º-Por vicios del consentimiento (error, dolo, violencia)
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA VALIDEZ DEL CONTRATO
Capacidad de las partes
Ausencia de vicios del
consentimiento (error, dolo, violencia)
CONTRATO VALIDO (ART 1.142 CCV)
Si falta un elemento de estos no existe
Objeto
Causa
Consentimiento
ELEMENTOS ESENCIALES DEL
CONTRATO
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA
VALIDEZ DEL CONTRATO
Si falta un elemento de estos es inválido pero existe
Ausencia de vicios del
consentimiento
Capacidad