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Los Consejos Educativos y el Estado docente José Ignacio Hernández G.

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Los Consejos Educativos y el Estado docente

José Ignacio Hernández G.

Introducción

� Desde 2006, el Gobierno Nacional ha introducido un conjunto de

medidas que restringen la libertad de educación, a través de

controles intensos que además, pretenden direccionar la

educación hacia fines propios del Estado.

� El Currículo Nacional Bolivariano, la Ley Orgánica de Educación

(2009) y la Educación Militar, son algunos de los pasos que en

este sentido se han dado.

� La Ley Orgánica de Educación materializó esta tendencia a

través de una versión propia del Estado docente: la enseñanza es

función del Estado, quien la lleva a cabo conforme a principios

“cercanos” al modelo socialista (como el “árbol de las tres

raíces”).

La comunidad educativa

La comunidad educativa es un espacio

democrático, de carácter social comunitario,

organizado, participativo, cooperativo,

protagónico y solidario. Sus integrantes actuarán

en el proceso de educación ciudadana de

acuerdo con lo establecido en la Constitución de

la República, leyes y demás normas que rigen el

Sistema Educativo (art. 20, LOE)

La comunidad educativa

¿Quiénes

la

integran?

�Padres, madres, representantes, responsables,estudiantes

�Docentes y persona directivo

�Trabajadores administrativos y trabajadorasadministrativas, obreros y obreras de lasinstituciones y centros educativos

�También podrán formar parte de la comunidadeducativa las personas naturales y jurídicas, vocerosy voceras de las diferentes organizacionescomunitarias vinculadas con las instituciones ycentros educativos.

Todos participan como co-responsables

junto al Estado, desplazando la función de

los padres

El Consejo Educativo� La comunidad educativa se organiza a través de una asociación,

llamada Consejo Educativo, y creada por Resolución Ministerial

No 058:

• Es temporal, en tanto se elige los quince primeros días del

año académico y dura un año en sus funciones.

• Su máxima instancia en la Asamblea Escolar, integrada por

“las y los responsables y corresponsales como sujetos claves

del proceso educativo vinculados a la gestión escolar”

• Llevará a cabo sus actuaciones a través de distintos Comités,

definidos en sus estatutos

El Consejo Educativo: los Comités

Académico

Madres, Padres, Representantes y Responsables

Seguridad y Defensa Integral

Comunicación e Información

Ambiente, Salud Integral y

Alimentación

Educación Física y

DeportesCultura

Infraestructura y Hábitat Escolar

Estudiantes

Contraloría Social

Directiva de la institución

Las funciones del Consejo Educativo

� Las funciones del Consejo Educativo no quedan claras en la

Resolución, tanto más cuando no es un órgano creado en la LOE.

� De la Resolución puede desprenderse que el Consejo Educativo

es la “única” instancia de participación de los actores que la

conforman, en la toma decisiones relevantes para la educación.

� Su rol principal puede resumirse, según la Resolución, así:

“Propiciar espacios de participación protagónica y

corresponsable para la organización, planificación, ejecución,

control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo

Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la

escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la

comunidad como centro del quehacer educativo”

Las funciones del Consejo Educativo

� El Consejo Educativo “contribuye con la gestión escolar”.

� Sus decisiones son tomadas “por consenso” por la Asamblea, y

son ejecutadas por los distintos Comités establecidos en sus

estatutos.

� La intención de la Resolución pudiera sustituir a los canales de

participación existentes (sociedad de padres y representantes), al

punto que la base jurídica de esos canales es derogada. Sin

embargo, no hay ningún impedimento legal para mantener a la

tal sociedad, como legítima instancia de partipación.

� La actuación del Consejo Educativo queda íntimamente

relacionada con el Poder Popular y por ello, de manera tácita,

con el modelo socialista de producción

Consejo Educativo y Poder Popular� El Poder Popular es el conjunto de instancias de participación

ciudadana para la construcción del socialismo, que conforman

una nueva estructura del Estado, el llamado Estado Comunal.

� El Estado Comunal actúa a través de órganos asamblearios, en

los cuales una asamblea toma decisiones que son ejecutadas por

órganos ejecutivos, siempre, para la construcción de la sociedad

socialista.

� El Estado Comunal actúa por medio de dos tipos de instancias:

geográficas y socio-económicas.

� Las instancias geográficas se basan en una comunidad ubicada

dentro de cierto territorio

� Las instancias socio-económicas se actúan sobre una

determinada actividad económica o social

Consejo Educativo y Poder Popular� Instancias geográficas del Estado Comunal:

Consejo Educativo y Poder Popular� Las instancias geográficas del Estado Comunal se basan en el

desarrollo socialista a partir de una determinada comunidad,

articulada en un proyecto comunitario de desarrollo socialista

� A su vez, el Estado comunal se integra en “consejos” que actúan

sobre actividades económicas y sociales, como medio de

promover el socialismo de manera concordada con las instancias

geográficas.

� Por ejemplo, en el ámbito laboral encontramos a los “consejos de

trabajadores y trabajadoras”

� En el ámbito educativo, el consejo educativo es una instancia

socio-económica del Poder Popular, que de acuerdo con la Ley

Orgánica del Poder Popular debe orientarse al socialismo

Consejo Educativo y Poder Popular

Comunidad

Consejo Comunal

Otras instancias del Poder Popular

Escuela y Consejo Educativo

Proyecto Educativo Integral

Comunitario (PEIC), Proyectos de

Aprendizajes (PA)

Consejo Educativo y Poder Popular

� La vinculación de estudiantes y profesores en la comunidad, a

través del PEIC, puede ser una útil herramienta de formación.

� El riesgo es que, en la Resolución, el concepto de “comunidad”

está asociado al Poder Popular y por ello, de acuerdo con las

Leyes del Poder Popular, al modelo socialista.

� Por ende, existe el riesgo que el Consejo Educativo sea empleado

para promover la formación educativa desde y hacia la

comunidad, pero subordinada al modelo de producción

socialista.

Consejo Educativo y modelo socialista

� No existe, en la Resolución, referencias directas que condicionen

la actuación del Consejo Educativo al modelo socialista.

� Además, ya el Tribunal Supremo de Justicia ha considerado que

referencias como “educación bolivariana”, no conducen al

socialismo como única opción.

� Sin embargo, la Resolución debe ser analizada integralmente,

para evidenciar cómo hay vínculos evidentes entre el Consejo

Educativo y el modelo socialista.

Consejo Educativo y modelo socialista

� La propia exposición de motivos de la Resolución nos aporta

claves de la relación entre socialismo y Consejo Educativo:

• Alude a los consejos comunales, cuya función es “la

construcción del nuevo modelo de sociedad socialista, de

igualdad, equidad y justicia social”

• Alude a principios básicos del modelo productivo

socialista, como la estrategia “Punto y Círculo” (Aló

Presidente Nº 318, de 24.8.08). Es decir, el modelo de

desarrollo socialista que parte de la comunidad, y en este

caso, del Consejo Educativo

Consejo Educativo y modelo socialista

� La Resolución insiste en convertir a la educación en instrumento

a favor del “desarrollo socioproductivo”. Pero ese modelo de

desarrollo es asumido con notas propias del modelo socialista:

“trabajo liberador”

� El Consejo Educativo promoverá estrategias para la seguridad y

protección de los estudiantes, en consonancia con la Milicia

Nacional Bolivariana y Comité de Seguridad de los Consejos

Comunales y Comunas

� La educación se vincula al Plan de Desarrollo Económico y

Social de la Nación, que es actualmente un Plan Socialista (2007-

2013), anunciado como un “socialismo sin retorno” (Plan 2013-

2019).

Consejo Educativo y educación de los menores

� La Resolución desplaza a los padres de su labor directa en la

gestión del centro educativo, al punto que pretende suprimirse

a la sociedad de padres y representantes, que pasará a ser un

Comité más del Consejo Educativo.

� Bajo el principio de corresponsabilidad, la Resolución viola el

derecho fundamental de los padres a la educar preferentemente

a sus menores hijos.

� De acuerdo con la tesis del Estado docente, la Resolución

promueve la subordinación de la educación al modelo socialista,

tanto en lo que respecta al Poder Popular como al modelo

productivo socialista.