Libro procesal civil y mercantil

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PRESENTACIÓN DE LA OBRA: El 18 de septiembre de 2008, la Asamblea Legislativa de El Salvador ha dado un paso histórico con el decreto del Código Procesal Civil y Mercantil, poniendo de este modo el cierre con broche de oro, a más de cien años de vigencia del Código de Procedimientos Civiles de 31 de diciembre de 1881, y más de treinta años de la Ley de Procedimientos Mercantiles de junio de 1973. Se ha abierto así de manera determinante una nueva etapa en el sistema de Administración de justicia salvadoreño, imbuido de la ola modernizadora de la legislación procesal civil que recorre Iberoamérica, bajo el influjo del “Código Procesal Civil Modelo” cuyas Bases datan de 1970 (así, desde la aprobación en 1981 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Argentina; hasta la más recientedel Tribunal Supremo de Puerto Rico, en septiembre de 2009 sobre las nuevas Reglas de Procedimiento Civil). Algunas de esas experiencias de derecho comparado han sido tenidas en cuenta como referencia útil para la gestación del actual Código (especialmente, las relativas al Código General del Proceso de Uruguay, de 1989, y la Ley de Enjuiciamiento Civil española 1/2000); así como también los postulados de la jurisprudencia de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema en relación con la anterior normativa procesal, y por supuesto el aporte de diversos expertos que han colaborado en las distintas fases del iter legislativo. No han pasado desapercibidos tampoco, desde luego, los frutos cosechados con la aplicación de la Ley Procesal de Familia de octubre de 1994, primer banco de pruebas del moderno proceso salvadoreño. Muchas y relevantes, son sin duda las virtudes que rodean al Código Procesal Civil y Mercantil cuya puesta en funcionamiento está fijada para el 1 de julio de 2010 (D.L. 220, de 11/12/2009). Aparte de la evidente unificación que ha traído consigo en las reglas y procedimientos para la tutela de las relaciones civiles y mercantiles, cabe en esta apretada síntesis señalar, entre otras: la traslación al plano legal del derecho constitucional al debido proceso (art. 11 CN) y las manifestaciones de éste que ha ido reconociendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia para este ámbito jurisdiccional; la positivación de los principios procesales más importantes, con el fin de hacerlos exigibles por los ciudadanos; el sometimiento del juez y las partes al principio de legalidad sin perjuicio de ciertos controles frente al dictado de la norma; la potenciación de la inmediación y la oralidad en los procesos declarativos, no sólo en la fase de práctica de la prueba especialmente con los interrogatorios en los medios de carácter personal-, sino mediante la introducción de una audiencia preparatoria con fines de conciliación, saneamiento procesal y fijación de los elementos de debate en su caso; así como la articulación del juicio abreviado, concentrado y casi todo oral. En el ámbito de la prueba, se aprecia un cierto afán legislativo, siempre loable, de búsqueda de la verdad real facilitando diligencias de REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA ESCUELA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL “DR. ARTURO ZELEDÓN CASTRILLO

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ObraCPCM.Versin7

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Repblica de El SalvadorConsejo Nacional de la JudicaturaEscuela de Capacitacin JudicialDr. Arturo Zeledn CastrilloPRESENTACIN DE LA OBRA:

El 18 de septiembre de 2008, la Asamblea Legislativa de El Salvador ha dado un paso histrico con el decreto del Cdigo Procesal Civil y Mercantil, poniendo de este modo el cierre con broche de oro, a ms de cien aos de vigencia del Cdigo de Procedimientos Civiles de 31 de diciembre de 1881, y ms de treinta aos de la Ley de Procedimientos Mercantiles de junio de 1973. Se ha abierto as de manera determinante una nueva etapa en el sistema de Administracin de justicia salvadoreo, imbuido de la ola modernizadora de la legislacin procesal civil que recorre Iberoamrica, bajo el influjo del Cdigo Procesal Civil Modelo cuyas Bases datan de 1970 (as, desde la aprobacin en 1981 del Cdigo Procesal Civil y Comercial de la Nacin Argentina; hasta la ms reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico, en septiembre de 2009 sobre las nuevas Reglas de Procedimiento Civil). Algunas de esas experiencias de derecho comparado han sido tenidas en cuenta como referencia til para la gestacin del actual Cdigo (especialmente, las relativas al Cdigo General del Proceso de Uruguay, de 1989, y la Ley de Enjuiciamiento Civil espaola 1/2000); as como tambin los postulados de la jurisprudencia de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema en relacin con la anterior normativa procesal, y por supuesto el aporte de diversos expertos que han colaborado en las distintas fases del iter legislativo. No han pasado desapercibidos tampoco, desde luego, los frutos cosechados con la aplicacin de la Ley Procesal de Familia de octubre de 1994, primer banco de pruebas del moderno proceso salvadoreo. Muchas y relevantes, son sin duda las virtudes que rodean al Cdigo Procesal Civil y Mercantil cuya puesta en funcionamiento est fijada para el 1 de julio de 2010 (D.L. 220, de 11/12/2009). Aparte de la evidente unificacin que ha trado consigo en las reglas y procedimientos para la tutela de las relaciones civiles y mercantiles, cabe en esta apretada sntesis sealar, entre otras: la traslacin al plano legal del derecho constitucional al debido proceso (art. 11 CN) y las manifestaciones de ste que ha ido reconociendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia para este mbito jurisdiccional; la positivacin de los principios procesales ms importantes, con el fin de hacerlos exigibles por los ciudadanos; el sometimiento del juez y las partes al principio de legalidad sin perjuicio de ciertos controles frente al dictado de la norma; la potenciacin de la inmediacin y la oralidad en los procesos declarativos, no slo en la fase de prctica de la prueba especialmente con los interrogatorios en los medios de carcter personal-, sino mediante la introduccin de una audiencia preparatoria con fines de conciliacin, saneamiento procesal y fijacin de los elementos de debate en su caso; as como la articulacin del juicio abreviado, concentrado y casi todo oral. En el mbito de la prueba, se aprecia un cierto afn legislativo, siempre loable, de bsqueda de la verdad real facilitando diligencias de aseguramiento de las fuentes disponibles y la prctica anticipada de medios, la admisin de distintos instrumentos tecnolgicos de captacin de hechos, y la primaca del sistema de valoracin libre sobre el tasado, sin olvidar el importante papel que se le otorga ahora a la pericia extrajudicial y su aportacin con los escritos de alegaciones. Tambin en el catlogo de novedades debe desatacarse la introduccin de un mecanismo de rescisin de sentencias firmes, que procediendo slo por motivos extraordinarios y dentro de plazos rigurosos, conjuga con el equilibrio necesario los valores de la seguridad jurdica y la justicia.Por su amplitud y detalle, particular atencin presta el nuevo Cdigo a la regulacin de los presupuestos del proceso, con especficos criterios de determinacin de la jurisdiccin y competencia de los tribunales salvadoreos y los mecanismos para su control; el estatuto jurdico de las partes, distinguiendo las modalidades de capacidad, legitimacin, pluralidad y sucesin de litigantes; las compatibilidades y prohibiciones para deducir pretensiones acumuladas, en el mismo o diversos procesos; as como una no menos completa regulacin de los distintos motivos de finalizacin anticipada del proceso. Cuidado se antoja tambin el bloque de ordenacin de las actuaciones judiciales, los actos de comunicacin de las partes (concretndose el deber del tribunal para intentar localizar al demandado, en orden a su debido emplazamiento) y las disposiciones sobre celebracin y suspensin de las audiencias; y formacin de la voluntad judicial colegida. Destaca asimismo la conformacin de un conjunto armnico de los medios de impugnacin de resoluciones judiciales, consolidando el modelo de doble instancia ms casacin; el mejoramiento de los presupuestos, fases y ejercicio de la defensa dentro del proceso de ejecucin forzosa, tanto de obligaciones dinerarias como de otra especie; y una mayor confianza y facilitacin de la ejecucin provisional y del sistema de medidas cautelares. Todo ello, sin prescindir de la existencia de algunos procesos especiales cuya eficiencia ha revelado la prctica forense, y a cuya lista se suma de manera descollante el proceso monitorio como instrumento rpido y expedito de tutela judicial en los casos de no oposicin del deudor a la cantidad reclamada. Proceso ste cuya efectividad ha quedado contrastada en el derecho comparado y cuyo xito tambin aqu, requerir como en otros tantos aspectos del nuevo sistema de justicia civil y mercantil que ahora comienza, de un cierto cambio de mentalidad de los profesionales para adecuarse a los nuevos tiempos. Estamos hablando en todo caso de una ley procesal muy extensa y compleja, dotada de 707 artculos, que a pesar de los recientes retoques de estilo introducidos por el D.L. 319, de 15/4/2010, dar lugar inevitablemente a dudas y problemas de interpretacin a sus destinatarios (jueces, abogados, funcionarios judiciales e instituciones), sobre todo durante sus primeros tiempos de aplicacin. El papel que desempee la Corte Suprema -y en su medida tambin, las Cmaras de Segunda Instancia- en la tarea hermenutica que se le confa, junto con las contribuciones de la doctrina cientfica, se adivina de especial relevancia para allanar la adaptacin de los operadores jurdicos al nuevo sistema de Justicia. Para ello, el primer paso sin duda consiste en asegurar la divulgacin y conocimiento por parte de estos ltimos, de los distintos aspectos contenidos en el nuevo instrumento procesal. Con este propsito, la Unidad Tcnica Ejecutiva del Sector de la Justicia (UTE), en coordinacin permanente con el Consejo Nacional de la Judicatura y la Corte Suprema de Justicia, encarg al presente equipo de autores la elaboracin de un Cdigo Procesal Civil y Mercantil comentado de El Salvador, cuyos resultados aqu se exponen. Se ha entendido conveniente por los organismos competentes, as, que este trabajo contara con el aporte de dos consultores extranjeros, familiarizados no obstante ya con la realidad judicial salvadorea a travs de la participacin en diversos cursos organizados por la Escuela de Capacitacin Judicial y dirigidos a Magistrados sobre temas del nuevo Cdigo, y con un consultor nacional, que adems de su experiencia en la materia pudiera supervisar in situ la evolucin de esta fase previa de adaptacin de instituciones y colectivos a la nueva ley. Cada uno de nosotros, al aceptar honrados el encargo que se nos confiaba, hemos intentado desde nuestra particular formacin y trayectoria vital y profesional, pero unidos y coordinados en un fin comn, contribuir a la obtencin de un producto coherente y til, si bien a la vez enriquecido con esa pluralidad cientfica de origen a la que se hace referencia. En ese sentido, se ha seguido en la confeccin del libro una misma pauta metodolgica, optando por estructurarlo no con la frmula ms exegtica de comentarios artculo por artculo, sino ms bien primando el tratamiento sistemtico y de conjunto, a fin de establecer las debidas interrelaciones de las distintas disposiciones del Cdigo entre s. De all que se haya optado por una exposicin por temas, al modo de una obra general de estudio de las instituciones del proceso civil y mercantil previstas en el Cdigo, siguiendo para facilitar su lectura el mismo orden empleado por este ltimo, y sin perjuicio de las consiguientes remisiones entre autores a otros bloques de comentarios, en los casos en que ello se hace preciso. Cada uno de los temas viene presidido por un ndice sumario, y en su desarrollo cada autor ha dedicado la extensin que ha considerado necesaria, para efectuar un tratamiento de todas las cuestiones importantes que suscita el conjunto de preceptos en examen. El objetivo es claro: argumentaciones sencillas, didcticas y razonadas, tanto al plantear los diversos problemas como en desentraar sus respectivas soluciones. Porque este libro, ante todo, lo que pretende es precisamente eso, guiar al lector jurdico en el entendimiento del nuevo marco legal y suministrarle herramientas dialcticas vlidas para su mejor manejo y aplicacin. Por ello mismo tambin, la obra se acompaa al final con una tabla analtica, para la bsqueda de los preceptos por voces; y otra comparativa entre el nuevo Cdigo y la derogada Ley de Procedimientos Civiles; permitiendo as moverse con agilidad dentro del actual articulado.Si a la consecucin de esta empresa, como esperamos, coadyuvan de manera provechosa las pginas que siguen, el inters legtimo fijado por quienes hemos intervenido en su elaboracin y difusin, habr quedado ms que satisfecho. Los Autores 30 de junio de 2010NDICE

Libro Primero. Disposiciones Generales

No.ActividadArtculosPgina

1El Titulo Preliminar. Principios del Proceso y Aplicacin de las Normas Procesales.Captulo Primero. Principios ProcesalesCaptulo Segundo. Reglas para la aplicacin de normas procesales1-20

1-1617-205-25

5-2223-25

2Titulo Primero. Jurisdiccin y Competencia de los TribunalesCaptulo Primero. Jurisdiccin, competencia civil y mercantilCaptulo Segundo. Competencia y prejudicialidadCaptulo Tercero. Abstencin y recusacin21-57

21-25

26-5152-5726-61

31-39

40-5354-61

3Titulo Segundo. Las Partes ProcesalesCaptulo Primero. Capacidad y legitimacinCaptulo Segundo. PostulacinCaptulo Tercero. Pluralidad de partesCaptulo Cuarto. Sucesin procesal58-8958-6667-7576-8586-8962-11762-8384-9394-113114-117

4Ttulo Tercero. El Objeto del ProcesoCaptulo Primero. La Pretensin ProcesalCaptulo Segundo. AcumulacionesCaptulo Tercero. Acumulacin de PretensionesCaptulo Cuarto. Acumulacin de ProcesosCapitulo Quinto. Finalizacin Anticipada del ProcesoCaptulo Sexto. Caducidad de la Instancia90-13990-9495-9798-104105-125126-132133-139118-155118-121122-130122-130131-139140-148149-155

5Titulo Cuarto. Actividad ProcesalCaptulo Primero. Lugar, Tiempo y FormaCaptulo Segundo. Cooperacin Judicial InternacionalCaptulo Tercero. Escritos y ExpedientesCaptulo Cuarto. Comunicaciones JudicialesCaptulo Quinto. Sustanciacin del Proceso y Audiencias Seccin Primera. Sustanciacin del Proceso.Seccin Segunda. Rgimen de las Audiencias.Capitulo Sexto. Resoluciones JudicialesSeccin Primera. Clases y rgimen.Seccin Segunda. Rgimen de las Audiencias.Capitulo Sptimo. Nulidad de las Actuaciones Procesales140-238140-148149-159160-168169-192193-211193-199200-211212-231212-226227-231232-238156-231156-165166-167168-170171-186187-199187-190191-199200-220200-213214-220221-231

Libro Segundo. Los Procesos Declarativos

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1Titulo Primero. Disposiciones ComunesCaptulo Primero. Clases de Procesos DeclarativosCaptulo Segundo. El Acto de ConciliacinCaptulo Tercero. Diligencias PreliminaresCaptulo Cuarto. Cuestiones IncidentalesCaptulo Quinto. Condena en costas239-275239-245246-254255-262263-270271-275232-276232-242243-250251-258259-266267-276

2Titulo Segundo. El Proceso Comn Captulo Primero. Los Actos de AlegacinSeccin Primera. La demanda.Seccin Segunda. Intervencin del demandado.276-289

276-282283-289277-323

277-304305-323

3Capitulo Segundo. Audiencia Preparatoria290-311324-343

4Captulo Tercero. Actividad Probatoria

312-329

344-375

5Captulo Cuarto. Medios ProbatoriosSeccin Primera. Documentos.Seccin Segunda. Declaracin de parte.Seccin Tercera. Interrogatorio de testigos.Seccin Cuarta. Prueba pericial.Seccin Quinta. Reconocimiento judicial.Seccin Sexta. Medios de produccin del sonido, voz o de la imagen y almacenamiento de informacin.330-401331-343344-353354-374375-389390-395396-401

376-426376-387388-394395-406407-417418-422423-426

6Captulo Quinto. Audiencia Probatoria

402-410

427-443

7Captulo Sexto. Alegatos Finales y Sentencia411-417444-458

8Titulo Tercero. El Proceso Abreviado418-430459-469

9Ttulo Cuarto. Las Medidas Cautelares431-456470-493

Libro Tercero. Procesos Especiales

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1Titulo Primero. El Proceso Ejecutivo457-470494-517

2Titulo Segundo. Los Procesos Posesorios471-476518-523

3Ttulo Tercero. Los Procesos de Inquilinato477-488524-529

4Titulo Cuarto. Los Procesos Monitorios489-500530-542

Libro Cuarto. Los Medios de Impugnacin

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1Titulo Primero. Disposiciones Generales501-502543-561

2Titulo Segundo. Recurso de Revocatoria503-507562-565

3Ttulo Tercero. Recurso de Apelacin508-518566-591

4Titulo Cuarto. Recurso de Casacin519-539592-621

5Titulo Quinto. Revisin de Sentencias Firmes540-550622-644

Libro Quinto. La Ejecucin Forzosa

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1Titulo Primero. Disposiciones Generales551-591645-671

2Titulo Segundo. La Ejecucin Provisional592-603672-684

3Ttulo Tercero. La Ejecucin Dineraria604-674685-705

4Titulo Cuarto. La Ejecucin de Hacer, No Hacer y Dar Cosa Determinada675-699706-715

5Titulo Final. Capitulo nico. Disposiciones Finales700-707716-719

Anexos

No.ActividadPgina

1ndice Analtico (para bsqueda de materias concretas dentro de cada institucin)720

2Tabla de Concordancias (para bsqueda rpida del lector de norma similar del nuevo CPCM y el anterior CPC)721-725

NDICE ANALITICO

A

Abogados: Acceso al expediente judicial: 9 Actuacin en audiencias: 203 Actuacin en conciliacin: 252 Asistencia a acto de cotejo dedocumentos: 339 Certificacin de su conducta: 13 Deber de veracidad, lealtad, buena fey probidad procesal: 13 Exencin del deber de declararcomo testigo: 370 Imposibilidad de asistir: motivo desuspensin de la audiencia: 202, 208 Indisposicin: motivo de interrupcinde la audiencia: 211 Relacin. Causa de abstencin y recusacin de jueces y magistrados: 52 Secreto profesional: 370 Ver: Postulacin procesal

Abuso de derecho: Impide aprobar lo acordado en conciliacin: 252 Impide aprobar una transaccin: 294

Abstencin de jueces y magistrados: Causas: 52 Competencia: 53 Efectos de su denuncia: 56 Efectos de su estimacin: 57 Tramitacin: 53 Ver: Recusacin (de jueces y magistrados)

Acta: De la audiencia de conciliacin: 252 De la audiencia del juicio abreviado: 427 Complementaria a grabacin del acto: 206 De declaraciones anteriores del testigo: 356, 367 Dejando constar la disconformidad con la denegacin de prueba: 317 De diligenciamiento de emplazamiento: 183 De embargo de bienes inmuebles: 632 Documentando audiencia: 205 En interrogatorio domiciliario: 352 De prctica de prueba anticipada: 329 De reconocimiento judicial: 395 De subasta: 660

Actividad procesal: Documentos: necesidad de traduccinsi no estn en castellano: 333 Idioma y traduccin: 148 Lugar: 140 Oralidad y escritura: 8, 147 Tiempo: Ver: Plazos procesales

Actos de comunicacin:* Citaciones: Advertencia al inquilino de su derechoa enervar con el pago, la accin dedesocupacin por mora: 480 Advertencia al inquilino de efectos desu incomparecencia a audiencia: 482 En diligencia preliminar dereconocimiento documental: 256 En exhorto o carta rogatoria: 151 Esquela de citacin a testigo: 360, 362 No para despacho de ejecucin: 460, 577 Para actos de prueba: 428 Para audiencia: 250 Para audiencia en proceso abreviado: 423 Para audiencia en procedimientoincidental: 268 Para audiencia probatoria: 311 Repeticin en caso de nuevosealamiento de audiencia: 202, 211

* Emplazamiento del demandado: Deber de cumplimiento judicial: 181, 283 De demandado esquivo: 187 Del Estado: 190 De menor de edad: 188 De persona jurdica: 189 De persona no domiciliada enEl Salvador: 191 Diligenciamiento: 183 A la direccin indicadapor el actor: 181 Esquela: 182 Por apoderado: 164 Por edictos: 186 Por notario: 185

* Notificaciones: A tercero autorizado por la parte: 180 A terceros que van a colaborar enel proceso: 179 En audiencia: 174 Comparecencia: 170 Deber de cumplimiento judicial: 169 Direccin tras el primer escrito o Notarial: 175 En oficina judicial: 172, 173 Personal: 177 Por medios tcnicos: 178 Por procurador: 176 Por tablero:171

* Oficios: Cundo han de emitirse: 192 Diligenciamiento: 192

Acumulacin: De pretensiones y procesos: ver: Objeto del proceso

Administracin e intervencin judicial de bienes: Efectos cautelares: 441 Ejecutivo, por embargo de empresas: 633 Ejecutivo, por embargo de intereses, rentas y frutos: 628 Ejecutivo, entrega de los bienes: 655 Lmite temporal y prrroga: 441 Como medida cautelar: 436, 440 Necesidad de la medida: 440 Rendicin de cuentas: 699

Alegatos finales: En las audiencias: 203 Contenido: 412 Finalidad: 411 Intervencin del juez: 412 Oralidad: 412 Objeciones: 413 Orden exposicin: 411 En proceso abreviado: 429 En recurso de apelacin: 514

Allanamiento del demandado: En audiencia preparatoria: 296 Condena en costas: 273 Control en casacin: 523 En la contestacin a la demanda: 284 Del ejecutado: 609, 645 De la Fiscala General de la Repblica siel Estado es ejecutado: 591 Inclusin de facultad expresa en poder: 69 No cabe el de las partes en incidente de abstencin o recusacin de jueces: 52 No lo es la rebelda: 287 Ver Finalizacin anticipada del proceso

Ampliacin: De la contestacin: ver: Contestacin a la demanda De la demanda: ver: Demanda De la ejecucin instada contra el Estado: 591 De la ejecucin por nuevos vencimientos: 605-607

Anotacin: Cancelacin por adjudicacin de bien inmueble: 673 Cancelacin por apreciarse tercera: 642 Cautelar de la demanda: 436, 443 Cautelar de la inhibicin general de disponer: 439 Inscripcin en registro: 454, 578

Apud acta: Para allanamiento: 131 Para desistimiento: 130 Para renuncia a la accin o al derecho: 129 Ver: Postulacin procesal

Audiencia preparatoria: Aclaraciones y cambios a lademanda y reconvencin: 305 Aportacin de documentos e informes: 308 Comparecencia: 291 Conciliacin: 293, 297 Control cosa juzgada: 302 Control cuanta pretensin: 303 Control de defectos de capacidad,representacin y postulacin: 300 Control demanda defectuosa: 304 Control de la inadecuacin deprocedimiento: 303 Control del litisconsorcio necesario: 301 Control de la litispendencia: 302 Control de vicios procesales: 298 Convocatoria: 290 Ejecucin de acuerdos dedisposicin del objeto: 295 Fijacin del debate para la posterioraudiencia de prueba: 306 Fijacin objeto de la prueba: 309 Finalizacin del procesopor autocomposicin: 296 Fines generales: 292 Introduccin de hechos nuevos o denuevo conocimiento: 307 Proposicin y admisin de prueba: 310 Sealamiento de audiencia probatoria: 311 Transaccin: 294, 297

Audiencia probatoria (proceso comn): Comparecencia de las partes: 405 Concentracin de las sesiones: 403 Finalidad: 402, 403 Inicio: 402 Objeciones a conducta de la otra parte: 410 Objeciones a preguntas: 408 Objeciones a respuestas: 409 Prctica de la prueba: 403, 406 Prueba fuera de la audiencia: 404 Prueba ilcita. Control: 407 Sealamiento en audiencia preparatoria: 311

Audiencia probatoria (juicio abreviado): Ver: Proceso abreviado

Audiencias: Despacho ordinario: 193 Direccin del acto por el juezo magistrado presidente: 204 Documentacin por acta: 205 Documentacin por mediosaudiovisuales: 206 Horas de celebracin: 203 Impulso oficial del proceso: 14, 194 Inmediacin: 10, 200, 213 Interrupcin: 211 Orden de intervencin: 203 Orden de prctica de las pruebas: 203 Orden interno: 204 Publicidad: 9, 200 Repeticin: 207 Sealamiento: 201 Nuevo sealamiento: 202, 209 Suspensin: 208Sustitucin del juez o magistrado: 210

Auto:- Ver: Resoluciones judiciales

Autoridad: Agentes consulares o diplomticos o autoridad administrativa competente: tramitacin de exhortos: 152 Agentes consulares o diplomticos o autoridad administrativa competente: comunicacin de medida cautelar: 152 Expide documentos pblicos: 331 Extranjera encargada de practicar exhorto: 150 Obligacin de colaborar con la Justicia:12

Auxilio: De un experto, para la reproduccin de mediostcnicos de prueba: 400Entre tribunales: Ver: Cooperacin judicial

B

Buena fe procesal:- Principio del proceso: 13

C

Caducidad de la instancia: Causas impeditivas: 135 Efectos de la declarada enprimera instancia: 136 Efectos de la declarada ensegunda instancia o casacin: 137 Impugnacin: 138, 139 Plazos: 133 Procesos donde opera: 133 Procesos donde no opera: 134

Cmaras de Segunda Instancia: Competencia general: 29 Competencia en causas del Estado: 39

Capacidad para ser parte: Control: 65 Sujetos y entes que la tienen: 58

Capacidad procesal: Control: 65 De las personas fsicas:59 De las personas jurdicas: 61, De las personas jurdicas extranjeras: 63 Integracin: 60, 61, 62

Carga de la prueba: Ver: prueba: Carga

Caucin: En aseguramiento de la prueba: 324 En diligencias preliminares: 258, 259, 262 En medidas cautelares en general: 446-447, 451, 453-454 En medida cautelar de inhibicin general de disponer: 439 Exencin en medidas cautelares: 448 Para continuacin de obra nueva: 474 Para admisin demanda de tercera: 639 Para ejecucin provisional: 594 Para ejecucin provisional en procesos especiales: 469, 476 Para ejecucin de sentencia desestimatoria de oposicin a la ejecucin: 584 Para levantar embargo de bienes enejecucin sustitutoria de obligacionesde hacer: 676, 681 Para suspender ejecucin, a peticindel ejecutado: 586 Para suspender ejecucin de sentencia,al abrirse diligencias penales: 589 Para suspensin de ejecucin de sentencia firme sometida a proceso de revisin: 587 Por modificacin de medida cautelar: 456 Por persona delegada para larealizacin de bienes: 653

Citaciones:- Ver: Actos de comunicacin

Coadyuvante: Actuacin procesal: 82 Titularidad: 81

Cdigo de Procedimientos Civiles: Derogado por CPCM: 705

Cdigo Procesal Civil y Mercantil: mbito material: 17 Aplicacin supletoria: 20 Disposicin Derogatoria: 705 Disposiciones Finales: 700-707 Disposicin Transitoria: 706 Vigencia: 707

Cohecho: Cmputo de plazo para revisin desentencia firme: 545 Motivo de revisin de sentencia firme: 541

Comisiones procesales: Ver: Cooperacin judicial

Competencia: Conflictos de: 47 Control de oficio: 40 Control a instancia de parte. (denuncia): 41, 42, 44 Efectos de la declaracin deincompetencia: 45, 46 Indisponibilidad:26

Competencia funcional: Criterios: 38 Declaracin de su falta: 45

Competencia Objetiva : Criterios: 37 Declaracin de su falta: 45

Competencia Territorial: Declaracin de su falta: 46 Fueros especiales: 34, 35 Fueros generales: 33 Con acumulacin de pretensiones o personas: 36 En demandas contra el Estado: 39 En demandas contra otras Administraciones: 39 Sumisin tcita: 43

Cmputo: De la cuanta en acumulacin de obligaciones de plazo vencido: 243 Para la declaracin de caducidad de la instancia:impugnacin por error: 139 Ver: Plazos procesales

Concebido no nacido: Capacidad para ser parte: 58

Concentracin procesal: Principio del proceso: 11 Efectos por interrupcin deaudiencia superior a 30 das: 211

Conciliacin:* Para la evitacin del proceso: Admisin a trmite: 249 Asistencia a la audiencia: 251 Celebracin de audiencia: 252 Citacin a audiencia: 250 Competencia: 32, 246 Ejecucin de lo acordado: 254 Impugnacin de lo acordado: 253 Materias excluidas: 247 Resolucin: 252 Solicitud: 248

* Dentro del proceso: Audiencia preparatoria: Control judicial: 293 Audiencia preparatoria. Ejecucin de lo convenido: 295, 561 Audiencia preparatoria: Finalidad: 292 En proceso abreviado: 426, 427

Conclusiones: Ver: Alegatos finales

Conflictos: De competencia: 27, 47, 122-124 De intereses entre el incapaz y surepresentante legal: 60

Consignacin: Cautelar, de cantidades reclamadas en procesos de propiedad intelectual: 436 Con la demanda de desocupacin por obras en el inmueble: 481 De la diferencia, en su caso, para laadjudicacin del bien subastado: 661, 672 Impide ampliacin ejecucin: 605 En caso de oposicin a ejecucin: 615 Parcial del deudor en va ejecutiva: 610 Total del deudor en va ejecutiva: 600, 609, 610

Contestacin a la demanda: Aportacin de documentos e informes periciales: 288, 289, 335 Contenido del escrito: 284 Plazo en proceso comn: 283 Forma escrita: 147, 284 Ver: RebeldaVer: Reconvencin

Cooperacin judicial:* Interna: Comisiones procesales: 141 Expedicin de oficio: 192 Indicacin de prueba necesitada: 311 * Internacional de actos procesales en el extranjero: Autorizacin legal: 149 De actos de mero trmite: 151 Exhortos y cartas rogatorias: 150, 152 Solicitud y tramitacin: 150

* Internacional de actos procesales en El Salvador: Eficacia limitada: 153, 156 Ejecuciones: 154, 157 Medidas cautelares: 154, 156, 158, 159 Terceras y oposiciones: 155

Corte Suprema de Justicia: Actualizacin de cuantas: 700 Competencia para reglamentar manejo yArchivo de expedientes en los tribunales: 164,167 Competencias del Pleno: 27 Competencias de la Sala de lo Civil: 28 Competencia para tramitar exhorto al extranjero: 150 Decisin en conflictos de competenciapor acumulacin de procesos: 122-124 Nombramiento de ciertos jueces: 704 Supervisin de medios materiales a los tribunales: 703

Cosa juzgada:* Formal: De Decreto: falta de ella: 227 De Autos simples: 228 De Autos definitivos y sentencias: 229 * Material: Alcance objetivo: 230 Alcance subjetivo: 230 Control en audiencia preparatoria: 302 Efecto negativo: 231Efecto positivo ( prejudicial): 231

Costas En allanamiento: 273 En caso de estimacin parcial: 272 En recursos: 275 En renuncia o desistimiento: 274 Pago inicial: 271 Por temeridad: 272 Por vencimiento total: 271

Costumbre: Casos en que ha de probarse: 313 Casos en que no ha de probarse: 314

Cuanta: De la caucin: 324, 447, 453, 594, 676 Criterio para la competencia judicial: 37 Establecidas en el Cdigo: actualizacin: 700 De la pretensin: Ver: Objeto del proceso Por la que se despacha ejecucin: 608 Del salario y su embargabilidad: 622

Cuenta de fondos Ajenos en Custodia:- Depsito: 605, 610, 628, 643, 653

Cuestiones incidentales: Acumulacin: 266 Admisin: 267 Cuestiones accesorias a la queorigina el incidente: 269 En pieza separada oen el proceso principal: 263 Resolucin: 270 Solicitud:267 Suspensin del proceso principal: 264, 265 Tramitacin: 268

D

Declaracin de parte: Autodeclaracin: 344 Anterior al proceso: 345 Efectos de la incomparecencia: 347 Interrogatorio: 350 Interrogatorio domiciliario: 352 Negativa a responder: 351 Personas jurdicas: 347 Preguntas: 348, 349 Respuestas: 350 Respuestas evasivas: 351 Terceros a los que se les recibecomo si fueran la parte: 346 Valoracin: 353

Decreto:- Ver: Resoluciones judiciales

Demanda: Ampliacin: 147, 280 Aportacin de documentos e informes periciales: 288, 289, 335 Cambios: 282, 305 Contenido: 276 Control de admisin: 279 Control en audiencia preparatoria: 304 Efectos admisin: 281 Forma escrita: 147, 280 Improponibilidad: 277 Inadmisibilidad: 278 Simplificada (proceso abreviado): 418

Depositario: Deberes: 631 De bienes muebles embargados en ejecucin: 629, 630 Designacin para medida cautelar desecuestro de bienes: 442 Enajenacin de bienes y derechos bajo su custodia: autorizacin judicial: 454

Derecho extranjero: Se prueba su contenido y vigencia: 313, 315 Desistimiento: Ver: Finalizacin anticipada del proceso

Dictamen de perito: Ver: Peritos

Diligencias preliminares: Caucin: 258, 262 Clases: 256 Competencia: 257 Costas: 262 Ejecucin contra lavoluntad del obligado: 261 Finalidad general: 255 Impugnacin resolucin: 259 Incidente de oposicin: 260 Plazo para promover posterior demanda: 255 Solicitud y caucin: 258 Resolucin:259

Diligencias para mejor proveer: Slo para esclarecer el resultado de unaprueba ya practicada: 7, 321

Documentos:* Deteriorados:- Validez: 342

* Dibujos, fotografas, planos, mapas,croquis u otros instrumentos semejantes:- Se consideran documentos: 343

* Extranjeros: Admisin: 333, 334

* Privados: Aportacin: 335 Concepto: 332 Cotejo de letras: 340 Exhibicin: 336 Impugnacin autenticidad: 338, 340 Valor probatorio: 341

* Pblicos: Aportacin: 335 Concepto: 331 Exhibicin: 336 Impugnacin autenticidad: 338, 339 Valor probatorio: 341

* Reproduccin: Requisitos: 337

E

Edictos: Emplazamiento del demandado: 186 Tras cese de procurador: 73 Publicidad de subasta: 656, 658, 659 Ver: Actos de comunicacin

Ejecucin dineraria:* mbito de aplicacin: Ampliacin por vencimientode nuevos plazos: 605, 606, 607 Cantidad de despacho: 608 Intereses y costas: 604 Obligacin lquida: 604

* Cumplimiento: Allanamiento del deudor: 609 Costas: 609 Pago del deudor: 609 Pago parcial: efectos: 610 Pago total: efectos: 610 Pago total: vinculante para acreedor: 610

* Determinacin del patrimonio delejecutado: Anotacin de archivo de ejecucin por insuficiencia de bienes en registros pblicos: 614 Archivo de la ejecucin hasta queaparezcan bienes: 614 Averiguacin de bienes en entidadesfinancieras: 612: Averiguacin de bienes: en registrosPblicos: 612 Confidencialidad de los datos: 613 Deber de colaboracin de personas y Entidades: 613 Declaracin de bienes por el ejecutado: 611 Multas coercitivas: 613 Requerimiento de declaracin de bienes: 611 Ver: Embargo ejecutivo Ver: Realizacin y subasta de bienes Ver: Terceras

Ejecucin forzosa:* Competencia: Para ejecucin de ttulos extranjeros:562 Para ejecucin de ttulos nacionales:561 Examen de oficio: 563

* Ejecucin contra el Estado y otras Administraciones: Allanamiento u oposicin por FGR: 591 mbito subjetivo: 590 Despacho de ejecucin: 590 Fiscala General del Estado: actuacin: 591 Posposicin de la ejecucin alejercicio presupuestario siguiente: 590 Representante del municipio o institucin: 591 Responsabilidad del funcionario encargado de asegurar la ejecucin: 590

* Ejecucin provisional: De autos que se hallan en otro tribunal: 593 Caucin del ejecutante: 594 Competencia: 593 Confirmacin sentencia ejecutada: 601 Contra-caucin del ejecutado: 600 Despacho ejecucin: 595 Oposicin: escrito, documentos y plazos: 598 Oposicin: medidas alternativas: 597 Oposicin en obligaciones dinerarias: 597 Oposicin en obligaciones no dinerarias: 596 Plazos para pedir la ejecucin provisional: 593 Recursos contra el despacho: 595 Resolucin: 599 Responsabilidad del ejecutante en casode revocacin de la sentencia ejecutada: 594 Revocacin parcial de la sentencia ejecutada: 603 Revocacin total de la sentencia ejecutada: 602 Solicitud: 593 Ttulos: 592

* Oposicin a la ejecucin: A concretas actuaciones ejecutivas: 585 Audiencia: orden alegaciones: 581 Convocatoria audiencia: 580 Escrito de oposicin: 579 Incomparecencia a la audiencia: 580 Por incompetencia territorial:cauce propio: 583 Medios de prueba en la audiencia: 580 Motivos de oposicin: 579 Plazo para oponerse: 579 Recursos: 584 Resolucin de motivos de fondo: 582 Resolucin de motivos procesales: 581 Se tramita sin suspender ejecucin: 580

* Partes de la ejecucin: Actuacin del ejecutante en otras ejecucionesdel deudor: 566 Costas: 569 Intervencin de terceros: 567 Legitimacin activa y pasiva en general: 564 De obligaciones solidarias: 568 Por o contra el sucesor procesal de la parte original: 565

* Principios de la ejecucin: Condiciones de acceso al proceso: 551 Identidad de la ejecucin: 552 Prescripcin de la accin: 553 Reparacin integral: 552* Solicitud de ejecucin: Acumulacin de ejecuciones: 573 Auto despachando ejecucin. Contenido: 576 Auto despachando ejecucin. Procedencia: 574 Auto de no despacho ejecucin: 575 Designacin de bienes: 571 Documentos de la solicitud: 572 Impulso oficial del procedimiento trasdespacho de ejecucin: 576 A instancia de parte: 570 Notificacin al ejecutado del despacho de ejecucin: efectos: 578 Notificacin al ejecutado del despachode ejecucin: formalizacin: 577

* Suspensin de la ejecucin: Por plantearse prejudicialidad penal: 589 Por proceso de revisin de sentencia firme: 587 Por proceso de revisin de sentencia firmedictada a condenado en rebelda: 588 Regla general: 586

* Ttulos de ejecucin: Delimitacin de la ejecucin: 560 Extranjeros: competencia parasu reconocimiento: 557 Extranjeros: procedimiento paraser reconocidos: 558 Extranjeros en tratados internacionales: 555 Extranjeros: otros supuestos: 556 Nacionales: 554 No ejecutables: 559

Ejecucin de hacer, no hacer y dar cosaDeterminada:* De efectuar declaraciones de voluntad: Convalidacin judicial de elementosesenciales: 687 Indeterminacin de elementos esenciales: conversin a daos y perjuicios: 687 Integracin judicial de elementosno esenciales: 687 Requerimiento: 686 Solicitud: 686

* De liquidacin de cantidades: Aplicable a condena a rendicin de cuentas: 699 De daos y perjuicios: mbito: 696 De daos y perjuicios: aceptacin del deudor de la relacin del ejecutante: 696 De daos y perjuicios: oposicin del deudor: 696 De daos y perjuicios: relacin del acreedor: 696 De liquidacin de frutos o rentas: mbito: 697 De liquidacin de frutos o rentas: aceptacin del acreedor: 697 De liquidacin de frutos o rentas: oposicin del acreedor: 697 De liquidacin de frutos o rentas: relacin del acreedor y audiencia el ejecutado: 698 De liquidacin de frutos o rentas: relacin del deudor: 697

* De obligaciones de dar no dinerarias: Entrega de cosas genricas o indeterminadas: 692 Entrega de cosas muebles determinadas: 693 Entrega de inmuebles desocupados: 694 Entrega de inmuebles ocupados: 695

* De obligaciones de hacer no personalsimas: Cumplimiento por el ejecutante acosta del ejecutado: 677, 678 Embargo: 676 Fijacin de plazo necesario para cumplimiento en sus propios trminos: 675 Medidas de garanta ante retraso: 676 Requerimiento al ejecutado: 675 Solicitud: 675 Sustitucin por daos y perjuicios: 677, 679 Tercero encargado de la ejecucin: 678

* De obligaciones de hacer personalsimas: Apremio a cumplimiento especfico: 685 Equivalente en dinero: 684 Defensa del ejecutado: 682 Embargo: 681 Fijacin de plazo necesario para cumplimiento en sus propios trminos: 680 Medidas de garanta ante retraso: 681 Opciones del ejecutante al incumplimiento: 683 Requerimiento al ejecutado: 680 Solicitud: 680 Tratamiento como hacer no personalsimo: 682

* De obligaciones de no hacer: Conversin por daos y perjuicios: 690 Imposicin de multas coercitivas: 689 Notificacin de incumplimiento persistente a FGR: 691 Reiteracin de medidas: 691 Reparacin necesaria de daos: 688 Requerimiento: 688Solicitud: 688

Embargo ejecutivo: Administracin judicial de empresas: 633 De bienes muebles: 629 Bienes inembargables: 621 De bienes inscritos: 618 De la cosa o derecho con sus accesorios: 619 De cuentas y depsitos bancarios: formalizacin: 626 De cuentas y depsitos bancarios: lmite: 620 De dinero: 625 Depositario de bienes muebles: 630, 631 Depsito de la cantidad si se plantea oposicin: 615 Efectos: 616 Ejecutor de embargos: actuacin: 617 De empresas: 633 De inmuebles: 632 De intereses, rentas y frutos: 628 De salarios: formalizacin: 618, 626 De salarios: lmites embargables: 622 De ttulos, valores o instrumentos financieros: 627 Entrega al acreedor de cantidad consignada: 615 Indeterminado: nulidad: 620 Ineficacia de actos de disposicin del deudor: 616 Ineficacia de pago posterior a retencindel crdito: 626 Mejora y reduccin: 634 Nulidad de embargo sobre bienes o cantidades inembargables: 623 Orden de embargo de los bienes: 624 Proporcionalidad: 619 Reembargo: 635 Suspensin si se consigna la cantidad: 615

Embargo preventivo: Obligaciones que garantiza: 438 Procedencia en otros casos: 438 Requisitos: 438

Emplazamientos:Ver: Actos de comunicacin

Escritos procesales: Contenido y lenguaje: 160 Copia para el tribunal: 163 Recepcin por el tribunal: 161 Ver: Expediente

Estado: Competencia judicial si se le demanda: 39 Actuacin como parte: 64 Emplazamiento: 190

Excepciones: De acumulacin indebida de pretensiones: 103 De falta de litisconsorcio: 77 De litispendencia: 109 Procesales: exposicin en lacontestacin a la demanda: 284De prueba: 314

Exhibicin: De documentos pblicos y privados: 336 De documentos en conciliacin: 252 De documentos y registros contables como diligencia preliminar: 256, 261 De medios de reproduccin de palabra,Sonido, imagen y almacenamiento de datos: 399 De objetos como diligenciapreliminar: 256 Del expediente: 165

Exhortos y cartas rogatorias: Procedencia: 150, 152 Hacia el extranjero:tramitacin por la Corte Suprema:150

Expediente: Acceso a las partes, apoderados, representantes, abogados e interesados: 9, 165 Archivo definitivo: 167 Archivo por caducidad de la instancia: 136 Certificacin: 166 De solicitud de conciliacin: 249 Devolucin tras Sentencia estimatoria derevisin de sentencia firme: 549 Devolucin de tribunal superior al Juzgado para ejecucin de sentencia y acuerdos: 561 Copia: 167 Consulta por magistrados: 219 Formacin: 164 Remisin a Corte Suprema por conflictode competencia territorial: 47 Remisin por incompetencia territorial: 46 Remisin al tribunal de apelacin: 512 Remisin entre tribunales. Forma: 702 Reposicin y renovacin(reconstruccin): 168 Ver: Escritos procesales

F

Fianza: De interesados en adquirir bienesen realizacin forzosa: 649 Para constituir medida cautelar: 447 Plizas: ttulo ejecutivo: 457

Finalizacin anticipada del proceso: Allanamiento del demandado: 131 Desistimiento del actor a la instancia: 130 Por cambio de circunstancias: 128 Por improponibilidad sobrevenida de la pretensin: 127 Renuncia del actor a la accin o al derecho: 129 Transaccin judicial: 132

Fraude: De ley: impide lo acordado en conciliacin: 252 De ley: impide allanamiento: 131: De ley: impide finalizacin anticipadadel proceso: 126 De ley: impide transaccin: 294 De ley: su descubrimiento releva del secreto comercial o de propiedad intelectual: 372 Motivo para la revisin de sentencia firme: 541 Plazo para revisin de sentencia firme: desde su comisin: 545

Fuerza mayor: Aportacin posterior de documentos: 289 Impide caducidad de la instancia: 135, 138 Motivo de revisin de sentencia firme: 541, 542 Pospone caducidad del plazo parainstar revisin de sentencia firme: 546 Suspende plazos procesales: 146 Suspensin de oficio del proceso: 198

H

Hecho notorio o de notoriedad general: Dispensado de prueba: 314

Hechos: Actividad de hecho en el trfico jurdico:representacin de ente sin personalidad: 62 Admitidos expresamente: eximidos de prueba: 314 Admitidos tcitamente: en la contestacin a lademanda: 284 Admitidos tcitamente: en diligencia preliminar: 261 Admitidos tcitamente: por inasistencia al acto del interrogatorio: 405 Admitidos tcitamente: por silencio o respuesta evasiva en el interrogatorio: 351 En alegatos finales: 412 Antecedentes de hecho: apartado de la sentencia: 217 Anteriores a precluir alegaciones: quedan cubiertos por la cosa juzgada: 230 Cadena de custodia y relacin con los hechos a probar: 322 Con apariencia de delito: comunicacin al FGR de incumplimiento reiterado de obligacin de no hacer: 691 Con apariencia de delito o falta: posibleprejudicialidad penal: 48, 589 Controvertidos: objeto de prueba: 312, 313, 319, 344, 354, 375, 390, 402, 428 Determinantes de la causa de pedir: 90, 104 Deshacer lo hecho: ejecucin de sentencias de no hacer: 688, 689 Deshacer lo hecho: por revocacin de sentencia ejecutada provisionalmente: 602 Elemento de la demanda: 276 Elemento de la demanda simplificada: 418 Elemento del escrito de contestacin: 284, 427 Estipulados por las partes: eximidos de prueba: 314, 321 Evidentes: eximidos de prueba: 314 Del fallecimiento del poderdante: cese del procurador: 73 Fijacin del objeto del debate en audiencia preparatoria: 309 En los que intervinieron los representantes o apoderados: declaracin a stos: 346, 347 En que intervino la parte: 347, 353 Hecho base y hecho presunto: en presunciones legales y judiciales: 414 y 415 Irreproducibles: justifica anticipo de prueba: 326 Irreproducibles: impiden repeticin de laaudiencia: 207 Motivacin en la resolucin de los que han sido fijados: 216, 217 Necesidad de hecho en resolver cuestin prejudicial: 265 Nuevos: no pueden introducirse por diligencias de prueba de oficio: 321 Nuevo o de nueva informacin: permiteimpugnar documento antes de sentencia: 338 Nuevos o de nuevo conocimiento: permite su introduccin en audiencia preparatoria: 307 Nuevos o de nuevo conocimiento: permite modificar medida cautelar: 455 Ocupantes de hecho e inquilinos: notificacin de la ejecucin del inmueble: 670 Principio de aportacin: 7 Probados: revisin en apelacin: 510, 511, 517 Prueba material o tangible y relacin con los hechos a probar: 325 Reconocimiento de: no se deriva de la ausencia del demandado del proceso: 287 Rectificacin: en alegaciones finales: 203Respeto a los alegados: deber de congruencia: 218

I

Idioma: Ver: Actividad procesal

Incidente: Autos, para resolverlos: 212 Cuestiones incidentales: 267 De abstencin y recusacin: 57, 210 De acumulacin de procesos anteel mismo tribunal: 114 De acumulacin de procesos antedistintos tribunales: 125 De finalizacin anticipada del procesopor improponibilidad sobrevenida: 127 De impugnacin de la declaracin de caducidad: 138 De medida cautelar (pieza): 451 De oposicin a diligencia preliminar: 260 De oposicin a la ejecucin: 579, 581 De oposicin a la ampliacin de laejecucin: 607

Impulso oficial: A travs de decretos: 212 De la ejecucin forzosa: 576 Del proceso en general: 14, 194 No impide caducidad dela instancia: 133

Inhibicin general de disponer Efectos como medida cautelar: 439 Requisitos solicitud: 439 Sustituto del embargo preventivo: 439

Inmediacin procesal: En las audiencias: 200 Exigible al dictar sentencia el juez: 213 Objetiva: ineficacia detestigo de referencia: 357 Principio del proceso: 10

Inters: * De la deuda: Comunicacin a titulares de derechosanteriores preferentes: 668 Comunicacin a titulares de derechosposteriores inscritos: 669 Consignacin de stos y del capital: interrumpe la ejecucin provisional: 600 Demanda de ejecucin: 570, 604 Despacho de ejecucin: 608 Devolucin si se revoca la sentenciaprovisionalmente ejecutada: 602 Embargo para asegurar ejecucin Sustitutoria de obligaciones de hacer: 676, 681 Embargo de los generados en activos del deudor: 627, 628 Liquidacin definitiva: 615, 661 Orden de pago a acreedores: 664 Pendientes: exigibles en proceso ejecutivo: 459, 460 Tercer poseedor: pago junto a principal y costas: 671

* Como ttulo de legitimacin: Acceso a expedientes: 165, 167 Actuacin de tercero en la ejecucin: 567 Directo y legtimo: ttulo del coadyuvante: 81 Jurdicamente protegido: acceso alexpediente: 9 Legalmente reconocido: ttulo de legitimacin directa: 66 Legtimo: certificacin de expediente: 166 Legtimo: del demandado en continuarel proceso: 291, 425 Legtimo: para pedir medida cautelar deintervencin y administracin judicial: 440 Legtimo: principio dispositivo: 6 Legtimo, privacin por hechos nuevos: finalizacin del proceso: 128 Interesados: notificacin de lasresoluciones judiciales: 169, 172 Interesados: propietarios de cosas inseparables del terreno: compensacin: 694 Intereses colectivos de los consumidores y usuarios: diligencia preliminar: 256 Intereses de futuro: condena en sentencia: 417 Intereses generales, colectivos y difusos de consumidores y usuarios: dispensa de caucin en medida cautelar: 448

* Como hecho con relevancia procesal: En el asunto litigioso: causa de abstencin y recusacin de jueces y magistrados: 52 En el asunto litigioso: afecta a lacredibilidad del testigo: 356 Conflicto del menor y su representante: designacin de representante: 60 Econmico del asunto: criterio para fijar elprocedimiento aplicable: 240, 242 General: impide los medios de autocomposicin procesal: 126, 131 General: impide suspensin pactadadel proceso: 199 Pblico: impide una transaccin: 294, 523

Intervencin provocada: A instancia del demandante: 83 A instancia del demandado: 84

Inventario de bienes: Como medida cautelar: 436 En secuestro de bienes: 442

J

Jueces y Magistrados: Abstencin de Magistrados de la Corte Suprema: 53 Cumplimiento de la inmediacin al dictar sentencia: 213 Deber de abstencin si se comprometesu imparcialidad: 52 Deber de inaplicar norma inconstitucional: 2 Direccin de las audiencias por el juez oMagistrado presidente: 204 Direccin de la audiencia de conciliacin: 252 Exclusin del Pleno para casacin, del Magistrado de la Sala de lo Civil que resolvi el asunto en apelacin: 27 Intento de conciliacin de las partes: 293, 427 Magistrados: firma de la sentencia: 197 Magistrados: votacin en las Cmaras de Segunda Instancia y en la Corte Suprema: 219, 220 Magistrados disidentes o discrepantes: 197, 220 Magistrado presidente: funciones: 195, 196 Nombramiento en ciertas circunscripciones: 704 Obligacin de resolver los asuntos: 15 Prohibicin de apreciar la prueba ilcita: 316 Recusacin de Magistrados de la Corte Suprema: 54 Sealamiento de audiencias: 201 Solicitud de aclaraciones a quien es interrogado: 350, 369, 387, 400 Solicitud de aclaraciones en alegatos finales: 412 Vinculacin a la Constitucin y el conjunto de la legalidad que sea conforme con aqulla: 2

Jurisdiccin:* Control: A instancia de parte: 24 De oficio: 23 Efectos de la denuncia: 25

* Exclusin: De los tribunales civiles y mercantiles: 23

* Por razn del territorio: Fueros exclusivos: 21 Fueros electivos: 22

Jurisdiccin voluntaria o no contenciosa: Aplicacin supletoria del CPCM: 17 No cabe recurso de casacin contra sus resoluciones: 520

Justicia gratuita: Derecho del necesitado: 16 Representacin procesal: 75

Juzgados: De Paz: competencias: 32 De Paz: para conciliacin: 246 De Primera Instancia: competencias: 30 De Primera Instancia: competencia enprocesos de inquilinato: 478 De Primera Instancia: competencia enprocesos monitorios: 490 De Primera Instancia: competencia enprocesos posesorios: 472 De Primera instancia: para ejecutar loacordado en conciliacin: 254 De Primera Instancia de menor cuanta:competencias: 31

L

Ley de Casacin: Derogada por CPCM: 705

Ley de Procedimientos Mercantiles: Derogada por CPCM: 705

Litisconsorcio: Activo necesario:76 Control e integracin: 77, 79, 301 Pasivo necesario:76, 78 Voluntario o facultativo: 80

Litispendencia: Comienzo: 92, 281 Control en audiencia preparatoria: 302 Perpetuacin de la jurisdiccin: 93, 94

M

Magistrados: Ver: Jueces y Magistrados

Medidas cautelares: Aplicable a cualquier proceso: 431 Catlogo de medidas determinadas: 436 Caucin del solicitante. Exenciones: 448 Caucin del solicitante. Finalidad: 446 Caucin del solicitante. Forma y cuanta: 447 Caucin del solicitante. Modificacinjudicial: 447, 456 Competencia: 449, 450 Como diligencia preliminar: 434 Efectividad de las medidas: 445 Efecto no suspensivo del proceso principal: 451 Ejecucin: 454 Finalizacin natural: 452 A instancia de parte: 432 Fumus boni iuris: 433 Levantamiento (revocacin): 456 Mantenimiento tras sentenciaabsolutoria: 456 Medidas indeterminadas: 437 Modificacin posterior: 455 Necesidad de la medida: 433 Periculum in mora: 433 Plazo de solicitud: 434 Proporcionalidad: 445 Procesos arbitrales y extranjeros: 435 Recurso frente a su adopcin: 453 Resolucin: 453 Solicitud: 451 Ver: Administracin e intervencin judicial de bienes Ver: Anotacin de demanda Ver: Embargo preventivo Ver: Inhibicin general de disponer Ver: Prohibicin de innovar y de contratar Ver: Secuestro de bienes muebles

Medios de impugnacin: Ver: Recurso de apelacin, Recurso de casacin, Recurso de revocatoria, Recursos. Ver: Revisin de Sentencias firmes.

Multas: A partes y terceros: 701 Al apelante por abuso de derecho: 513 A funcionario: 701 Al juez o magistrados por retraso en dictar sentencia: 417, 515, 533 A la parte que oculta el domiciliodel contrario: 186 Causas: 701Defensa: 701 Por falta de colaboracin con laJusticia: 12 Por falta de colaboracin endeterminar bienes del deudor: 613 Por incumplimiento de obligacinde no hacer: 689 Por no aportarse documento requeridoen diligencia preliminar: 261 Por no comparecer el perito a laaudiencia probatoria: 388 Por no comparecer el testigo a laaudiencia probatoria: 362 Por no exhibir la parte el documentoque le ha sido requerido: 336 Ttulo ejecutivo: 701

N

Normas procesales: Integracin: 19 Interpretacin: 18 Interpretacin de las de casacin: 524 Naturaleza de las que determinan el proceso declarativo aplicable: 244 Para determinar la clase deproceso declarativo: 239 Notificaciones:- Ver: Actos de comunicacin

Nulidad de los actos procesales: Causas (principio de especificidad): 232 Principio de conservacin: 234 Convalidacin acto viciado: 236 Declaracin en va de recurso: 238 Denuncia: 235, 237 Lmite: actos que han alcanzado su fin(principio de trascendencia): 233

O

Objeto del proceso:

* Acumulacin de objetos. Finalidad: 95 * Acumulacin de ejecuciones: 97, 573

* Acumulacin de pretensiones: Alcance: 98 En ampliacin de la demanda:280 Competencia territorial: 36 Control: 102,103 Cuanta de la demanda: 243 Eventual: 99 Necesaria: 101 Requisitos: 100 De sujetos y objetos: 104

* Acumulacin de procesos: Causas: 106 Competencia: 110 Efectos solicitud: 112 Inadmisin solicitud: 111 Legitimacin: 105 Lmites: 108, 109, 125 Relacin con prejudicialidad civil y mercantil: 51 De procesos de nulidad con relaciones de litisconsorcio: 78 Requisitos: 107

* Acumulacin de procesos pendientesante el mismo tribunal: Alegaciones orales (p. abreviado): 114 Audiencia para alegaciones: 114 Efectos del auto: 115 Resolucin: 114 Solicitud escrita: 113 Solicitud verbal (p. abreviado): 113

* Acumulacin de procesos pendientesante distintos tribunales: Audiencia inicial para alegaciones: 117 Audiencia ante el requerido: 119 Aplicacin supletoria de las reglas paraacumulacin ante el mismo tribunal: 116 Efectos de la aceptacin del requerimiento: 121 Efectos del rechazo del requerimiento: 122 No acumulacin solicitudes: 125 Resolucin inicial del competente: 117 Resolucin del requerido: 120 Resolucin de la discrepancia por la Corte Suprema de Justicia: 123, 124 Requerimiento de remisin de autos: 118 Solicitud: 117

* Acumulacin de recursos: 96

* Cambios de la pretensin: Por ampliacin de la demanda: 280 Por hechos nuevos o de nuevo conocimiento: 307 Por rectificacin de defectosde la demanda: 304

* Clases de Pretensiones: 90

* Cuanta de la pretensin: En acumulacin de pretensiones: 243 Reglas generales: 242 Impugnacin: 245, 303

Oralidad: Principio del proceso: 8

P

Peritos: Aceptacin del cargo: 385 Capacidad: 383 De consenso: 378 De cada parte: 377 Designado por el juez: 380 Dictamen. Contenido: 376 Dictamen. Delimitacin: 382 Dictamen. Entrega: 386 Gastos de la prueba: 379 Incomparecencia: 388 Interrogatorio: 387 Nombramiento: 385 Nmero: 384 Objeto de la prueba: 375 Proposicin: 381 Recusacin: 385 Valoracin: 389

Perpetuacin de la jurisdiccin:- Ver Litispendencia

Plazos procesales: Cmputo: 145 Das y horas hbiles:142 Improrrogabilidad: 143 Notificacin: 144 En recursos: 501 Sin plazo cierto: 144 Suspensin: 146

Poder:- Ver: Postulacin procesal

Postulacin procesal: Aceptacin del poder: 70 Cese del procurador: 73 Clases de poderes: 69 Deberes del procurador: 71, 75 Modos de otorgar el poder: 68 Postulacin en procesos con acumulacin de partes: 85 Procuracin oficiosa o sin poder: 74 Prohibicin para ejercer de procurador: 67 Sustitucin y delegacin del procurador: 72

Preclusin: De la aportacin de documentos: 289 De los plazos procesales otorgados: dacin de cuenta al tribunal: 193 De solicitud de medidas cautelares: 451

Prejudicialidad: De cuestin civil o mercantil: 51 De cuestin penal: 48, 49, 50

Presunciones: Judiciales: 415 Legales: 414

Pretensiones del proceso: Ver Objeto del proceso

Principios del proceso: Derecho a la proteccin jurisdiccional: 1 De aportacin de parte: 7 De colaboracin con el proceso: 12 De concentracin: 11 De vinculacin a la Constitucin, leyesy dems normas: 2 De defensa y contradiccin: 4 De direccin y ordenacin (impulso) del proceso: 14 Dispositivo: 6 De gratuidad de la justicia: 16 De igualdad procesal: 5 De inmediacin: 10 De legalidad procesal: 3 De obligacin del juez de resolver: 15 De oralidad: 8 Prohibicin de prueba ilcita: 2 De publicidad: 9 De veracidad, lealtad, buena fe y probidad procesal: 13

Proceso Abreviado: Acumulacin de acciones: 420 Audiencia. Alegaciones: 427 Audiencia. Alegatos finales: 429 Audiencia. Incomparecencia delas partes: 425 Audiencia: Prctica de la prueba: 428 Demanda. Admisin: 421 Demanda. Subsanacin: 422 Demanda simplificada. Contenido: 418 Proposicin de la prueba parapracticar antes de la audiencia: 419 Reconvencin: 424 Sealamiento de la audiencia: 423 Sentencia: 430

Procesos declarativos: Impugnacin de la clase de proceso: 245, 303 Por razn de materia o cuanta: 239 Proceso abreviado. mbito: 241 Proceso comn. mbito: 240 Remisin: Ver: Expedientes Ver: Normas procesales Ver: Objeto del proceso Ver: Proceso abreviado

Procesos ejecutivos: mbito: 458 Demanda. Admisin: 460 Demanda. Contenido: 459 Emplazamiento del deudor: 462 Oposicin del deudor. Audienciade prueba: 467 Oposicin del deudor. Causas: 464 Oposicin del deudor. Escrito: 465 Oposicin del deudor. Incidente: 466 Oposicin del deudor. Resolucin: 466, 467 Recursos en fase de admisin: 461 Recursos contra sentencia: 469 Sentencia (estimativa). Contenido: 468 Sentencia. No produce cosa juzgadasalvo excepcin: 470 Ttulos ejecutivos: 457 Terminacin por extinguirsela obligacin: 463

Procesos de inquilinato: mbito: 477 Accin de desocupacin pormora: defensas del inquilino: 485 Accin de desocupacin pormora: enervacin por pago: 480 Accin de desocupacin porobras: requisitos y documentos: 481 Acumulacin de acciones: 479

Aplicacin del proceso abreviadocon especialidades: 478 Citacin para audiencia: 483 Competencia: 478 Incomparecencia del inquilino a audienciaen procesos por desocupacin: 482 Sentencia y recursos en accin dede desocupacin por mora: 486 Sentencia y recursos en accin dedesocupacin por ruina o insalubridad: 488 Sentencia y recursos en otros procesos de inquilinato:487 Subarrendatarios. Citacin a audiencia: 483 Subarrendatarios. Intervencin comocoadyuvantes: 484 Subarrendatarios. Notificacin demanda: 483

Procesos monitorios:* Por deudas de dinero: Admisin solicitud: 493 mbito: 489 Competencia: 490 Continuacin como procesoabreviado: 496 Cosa juzgada:496 Documento de la obligacin: 489 Finalizacin por pago: 494 Inactividad del deudor. Efectos: 495 Inadmisin solicitud: 492 Oposicin del deudor: 496 Oposicin por pluspeticin: 496 Requerimiento de pago: 493 Sentencia: 496 Solicitud: 491

* Para obligaciones de hacer, no hacer o dar: mbito: 497 Aplicacin proceso monitorio deudas dedinero con especialidades: 500 Competencia: 499 Documento de la obligacin: 497 Ejecucin de condenas de dar: 500 Ejecucin de condenas de hacer y no hacer: 500 Inactividad del deudor. Efectos: 500 Pretensin: contenido: 498 Otros soportes mecnicos o electrnicos donde conste la obligacin: 497 Requerimiento al deudor: 500

Procesos posesorios: mbito: 471 Aplicacin del proceso abreviadocon especialidades: 472 Caducidad de la accin:473 Emplazamiento del demandado: 475 Recursos: 476 Sentencia: 476 Suspensin cautelar de obra nueva: 474

Procurador:- Ver: Postulacin procesal

Prohibicin de innovar y de contratar: Cesacin de efectos: 444 Efectos: 444 Son dos medidas cautelares distintas: 444 Procedencia: 444

Prueba:* Admisin: En audiencia preparatoria: 310 Inadmisin y recurso: 320

* Anticipo: Finalidad: 326 Medios de prueba concernidos: 327 Forma de proposicin y prctica: 329 Repeticin de la practicada: 329 Resultado de la practicada: 329 Solicitud: 328

* Aseguramiento: Caucin para constituirla: 323 Caucin para evitarla: 323 Finalidad: 323 Requisitos: 323 Solicitud antes del proceso: 323 Tramitacin y decisin: 323

* Cadena de custodia: Acreditacin por proponente: 322 Finalidad: 322 Impugnacin por interrupcin: 322

* Carga: Corresponde a las partes: 321 Iniciativa oficial (alcance): 321

* Derecho a probar: 312

* Licitud: Control en audiencia probatoria: 407 Exigencia: 316 Prohibicin de la ilcita: 2, 316

* Medios: No previstos en el Cdigo Procesal u otras leyes: 330 Previstos en el Cdigo Procesal: 330 Ver: Declaracin de parte Ver: Documentos Ver: Peritos Ver: Reconocimiento judicial Reproduccin del sonido, voz, imageny almacenamiento de informacin Ver: Testigos

* Objeto: Afirmaciones de hecho: 313 Costumbre: 313, 314 Derecho extranjero: 313, 315 No en hechos admitidos o estipulados: 314 No en hechos evidentes: 314 No en hechos notorios: 314

* Pertinencia: Concepto: 318

* Proposicin: En audiencia preparatoria: 310, 317 En proceso abreviado: 317

* Prueba material o tangible: Aportacin a audiencia probatoria: 325 Control judicial: 325 Garantas de quien la propone: 325 Objecin por la parte contraria: 325

* Utilidad: Concepto: 319

* Valoracin: De la declaracin de parte: 353 De los documento privado: 341 De la prueba de peritos: 389 De la prueba de testigos: 358 Norma general: 416 Reglas de la sana crtica: 416

Prueba pericial Ver: Peritos

Prueba testifical: Ver: Testigos

Publicidad del proceso: Principio del proceso: 9

R

Realizacin y subasta de bienes: Adjudicacin por el ejecutante: 654 Administracin por el ejecutante: 655 Audiencia para mejor realizacin: 649 Convenio de realizacin: 651 Delegacin a persona designada: 653 Ejecutante como postor: 658 Enajenacin pactada con tercero: 648 Inmediata: 646 Pago de sumas obtenida en subasta: 654 Por el propio ejecutado: 652 Urgente por riesgo de depreciacin: 650 Subasta: adjudicacin al ejecutante a faltade posturas: 663 Subasta: adjudicacin al postor que paga: 662 Subasta: celebracin: 660 Subasta: condiciones: 658 Subasta: convocatoria: 656 Subasta: postura a plazos con garantas: 662 Subasta: remate (aprobacin): 661 Subasta: requisitos del postor: 657, 658 Subasta: revocacin del auto si no hay pago: 661 Subasta de bienes inmuebles: condiciones: 659 Valo de bienes: 647

Realizacin y subasta de bienes inmuebles(especialidades): Adjudicatario: derecho de posesindel bien: 674 Arrendatarios y ocupantes de hecho:comunicacin del proceso: 670 Cancelacin de cargas: 673 Certificacin de dominio y cargas: 665 Enajenacin por convenio o realizacin Delegada: aprobacin judicial: 667 Inscripcin del derecho adquirido: 672 Tercer poseedor: legitimacin: 671 Tercer poseedor: derechos trasadjudicacin del bien: 674 Titularidad de derechos anteriorespreferentes: 668 Titularidad de derechos posterioresInscritos; 669 Valo de bienes: 666

Rebelda: Declaracin: 287 Efectos: 287 Notificacin: 287 Impugnacin sentencia: 287

Reconocimiento judicial: Acta: 395 Conjunto con pericial y testifical: 394 Delegacin a otro juez: 393 Lugar de prctica: 392, 393 Objeto: 390 Prctica: 392, 393 Proposicin: 391

Reconvencin: Aclaraciones en audienciapreparatoria: 305

Aportacin de documentose informes periciales: 288, 289 Contenido: 285 Contestacin a ella: 286 Lmites: 285 Formalizacin: 285 En proceso abreviado: 324

Recurso de apelacin: Admisin a trmite. Efectos: 513 Audiencia de segunda instancia: 514 Competencia funcional del a quo: 512 Desercin del apelante: 518 Documentos en segunda instancia: 514 Efecto suspensivo: 509 Inadmisin a trmite: 513 Interposicin: escrito y documentos: 511 Interposicin: juez competente:511 Interposicin: plazo: 511 Infracciones revisables: 510 Prueba en segunda instancia: 514 Responsabilidad de los magistradospor retraso de la sentencia: 515 Resoluciones recurribles: 508 Sentencia. Congruencia y plazo: 515 Sentencia estimatoria en vicios procesales: 516 Sentencia estimatoria en errores de fondo: 517

Recurso de casacin: Admisin por la Corte Suprema: 530 Desistimiento del recurrente: 531 Escrito de interposicin. Contenido: 525 Escrito de interposicin. Plazo: 526 Firmeza de la sentencia por inadmisin: 531 Inadmisin por la Corte Suprema: 530, 531 Interposicin: tribunal competente: 528 Interpretacin de las normas del recurso: 524 Legitimacin activa: 527 Motivos (del recurso): clases: 521 Motivos de fondo: 522 Motivos de forma (vicios procesales): 523 Remisin de expediente a Corte Suprema: 529 Resoluciones contra las que no cabe: 520 Resoluciones recurribles: 519 Responsabilidad de los magistrados porretraso de la sentencia: 533 Sentencia: congruencia y exhaustividad: 534 Sentencia desestimatoria por meros defectos de motivacin sin trascendencia: 538 Sentencia desestimatoria: condena en costas: 539 Sentencia estimatoria: efectos: 537 Sentencia: iura novit curia: 536 Sentencia: orden de los pronunciamientos: 535 Sentencia. Plazo: 533

Recurso de revocatoria: Competencia: 503 Escrito interposicin: 504 Inadmisin a trmite: 504 Irrecurribilidad del auto: 505 Plazo interposicin: 504 Resolucin: 505 Resoluciones recurribles: 503, 507 Resolucin oral: 507 Tramitacin: 505

Recursos: Desistimiento: 501 Gravamen de la resolucin: 501 Legitimacin activa: 501 Plazos procesales: 501 Prohibicin de reformatio in peius: 502

Recusacin (de jueces y magistrados): Ver: Abstencin (de jueces y magistrados) Causas: 52 Competencia: 54 Efectos de su denuncia: 56 Efectos de su estimacin: 57 Tramitacin: 52, 55

Renuncia a la accin o al derecho: Ver: Finalizacin anticipada del proceso

Reproduccin del sonido, voz, imagen yalmacenamiento de informacin: Auxilio pericial en la prctica: 400 Deteriorados: 401 Procedencia como prueba: 396, 397 Proposicin: 398 Reproduccin en audiencia: 399

Residencia: Del demandado en El Salvador: fuero subsidiario de competencia territorial: 33 Del demandado en El Salvador: fuerode jurisdiccin de los tribunales nacionales: 22

De los sucesores de la parte que fallece:comunicacin del proceso: 86 Lugar de emplazamiento del demandado: 181, 183

Resoluciones judiciales: Autora: 213 Autos: clases: 212 Contenido de toda resolucin: 215 Decretos: 212 Eficacia de autos simples: 228 Eficacia de los decretos: 227 Imposibilidad de dictarlas: 214 Libro de Autos y Sentencias: 223 Motivacin de resoluciones: 216 Rectificacin y aclaracin deAutos y Sentencias: 225 Rectificacin y ampliacin deDecretos: 227 Subsanacin de omisinde pronunciamientos: 225 Voto discordante o disidente: 197 Voto de magistrado imposibilitado: 221 Voto particular: 223 Votos: por mayora: 220Voto por unanimidad: 220 Ver: Cosa juzgada Ver: Sentencia

Responsabilidad: Civil. Diligencia preliminar deexhibicin de pliza: 256 Civil por mala praxis. Levantamientodel secreto mdico: 371 Civil. Del perito por no contestar alser interrogado: 388 Civil. Seguro. De no tenerlo procedemedida cautelar de embargo: 438 De jueces y magistrados en dictar lasresoluciones judiciales: 213 Del bien en su afectacin: liberacin portercer poseedor: 671 Del funcionario por incumplimiento desentencia de condena al Estado: 590 Del solicitante de ejecucin provisionalde sentencia: 594 Del solicitante de una medida cautelar, por los efectos que cause: 432 Del tercero delegado para la realizacinforzosa de los bienes: 653 Del tercero obligado con una de las partes(intervencin provocada): 83, 84 Y solvencia. Atributos del depositario: 630

Revisin de sentencias firmes: Admisin: 547 Alegaciones contrarias: 547 Competencia: 540 Demanda: 547 Legitimacin activa: 543 Motivos generales: 541 Motivos para la sentencia dictadaen rebelda: 542 Plazo especial en motivo de prueba falsa, cohecho, violencia o fraude: 545 Plazo especial para el condenado rebelde: 546 Plazo general de interposicin: 544 Posible prejudicialidad penal: 548 Resoluciones recurribles: 540 Tramitacin por proceso abreviado: 548 Sentencia de la Sala de lo Civil: 549 Suspensin de la sentencia impugnada por admisin de la demanda: 560

S

Salarios, sueldos, pensiones y otrasRetribuciones: Embargabilidad, lmites: 622 Embargo, ejecucin: 626 Embargo, por oficio: 618 Salario mnimo, ms alto vigente:baremo de multa: 12, 186, 261, 336, 362, 388,417, 513, 515, 533, 613.

Secretario judicial: Autorizacin de voto disidente: 197 Calendario de audiencias: 201 Certificacin total o parcial de expedientes: 166 Control de consultas de un expediente: 165 Copia de un expediente para surtir efecto en otro proceso: 167 Dacin de cuenta al juez: 193 Documentacin acta de una audiencia: 205

Secreto: Del Abogado: 370 Del mdico: 371 Del sacerdote o ministro religioso: 372 Exime del deber de declarar: 351 Ineficacia de la prueba obtenida con suQuebrantamiento: 374 Comercial y de propiedad intelectual: 372

Secuestro de bienes muebles: Efectos: 442 Procedencia: 442Sentencia: Condena a futuro: 417 Congruencia: 218, 417 Deliberacin en la Sala de lo Civil de la Corte Suprema y en las Cmaras de Segunda Instancia: 219 Firma por los magistrados: 197 Notificacin en proceso comn: 417 Forma y contenido: 217 Oral: 222 En proceso abreviado: 430 Plazo para dictarla en proceso comn: 417 Publicidad: 224 Voto en rganos colegiados:197, 220, 221 Ver: Resoluciones judiciales

Sucesin procesal: Por disolucin de personas jurdicas: 89 Por fallecimiento de una de las partes: 86, 87 Por transmisin del objeto del proceso: 88

Suspensin del proceso: A instancia de parte: 199 De oficio: 198 Ver: Caducidad de la instancia

T

Terceras:* Tercera de dominio: Acumulacin: lmites: 638 Admisin de demanda: efectos: 639 Caucin por daos: 639 Competencia: 637 Derechos protegidos: 636 Demanda: 636, 637 Inadmisin de demanda: 637 Legitimacin activa: 636 Legitimacin pasiva: 640 Mejora del embargo: 639 Principio de prueba: 637 Procedimiento: 640 Resolucin desestimatoria: 641 Resolucin estimatoria: 642

* Tercera de preferencia de pago: Admisin de demanda: efectos: 643 Allanamiento a la tercera: 645 Competencia:643 Derechos protegidos: 643 Demanda: 644 Desistimiento del ejecutante: efectos: 645 Inadmisin de demanda: 644 Legitimacin activa: 643 Legitimacin pasiva: 643, 644 Objeto del proceso: 644 Principio de prueba: 644 Procedimiento: 643 Realizacin de bienes y depsito: 643 Resolucin: 644

Testigos: Admisin de preguntas: 368 Capacidad del testigo: 355 Conocimiento del testigo: 357 Contrainterrogatorio: 367 Control del juez del interrogatorio: 368 Derechos: 363 Exencin del deber: 370, 371, 372 Exclusin de la obtenida violandoel secreto profesional: 374 Identificacin en juicio: 364 Nmero: 361 Objeto de la prueba: 354 Obligaciones:362 Orden de declarar varios: 365 Preguntas: 366 Preguntas aclaratorias: 369 Prctica fuera del tribunal: 373 Presentacin en juicio: 360 Proposicin: 359 Respuestas: 366 Secreto profesional: 370, 371, 372 Testigo-perito: 358 Testigo de referencia:357 Valoracin: 356

V

Vigencia del CPCM: 707

Votos de magistrados: Ver: resoluciones judiciales

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ABREVIATURAS

AA.VV. autores variosart./arts. artculo/artculosB.O.E. Espaa .. Boletn Oficial del Estado (Espaa)c./cs. . caso/casoscc. .. concordante/concordantesC.C. .......................... Cdigo Civil C.Com. ..................... Cdigo de ComercioCfe. ........................... conformeC.G.P. ... Cdigo General del Proceso (Uruguay)C.A.D.H. .. Convencin Americana sobre Derechos HumanosC.I.D.H. ... Comisin Interamericana de Derechos HumanosCorte I.D.H. . Corte Interamericana de Derchos HumanosC.I.D.I.P. .. Convencin Interamericana de Derecho Internacional Privadocit./cits. citado/citadosC.M.P.C.I. Cdigo Modelo de Procesos Colectivos para IberoamricaC.N. .. Constitucin de la RepblicaC.P. ... Cdigo PenalC.P.P. Cdigo Procesal PenalC.P.C. Cdigo de Procedimiento Civil (por derogarse)C.P.C.M. .. Cdigo Procesal Civil y Mercantil (nuevo)C.P.C. Italia . Codice di Procedura Civile (Italia)C.P.C. La Pampa .Cdigo Procesal Civil de La Pampa (Argentina)C.P.C. Per . Cdigo Procesal Civil (Per)C.P.C.C.N.A. .. Cdigo Procesal Civil y Comercial de la Nacin ArgentinaC.P.C.M.I. .. Cdigo Procesal Civil Modelo para IberoamricaC.P.P. ................Cdigo Procesal PenalC.S.J. .Corte Suprema de JusticiaC.N.J. .Consejo Nacional de la JudicaturaCTCdigo de TrabajoCTri.Cdigo Tributarioed. . edicinEd. .EditorialE.J.E.A. .Editorial Jurdica Europa-Amricaesp. ......................especialmentef./fs. foja/fojasinc./incs. inciso/incisosI.I.D.P. .. Instituto Iberoamericano de Derecho ProcesalJ.C. . Juzgado de lo CivilJ.M. Juzgado de lo MercantilLBHES...Ley del Banco Hipotecario de El SalvadorL.E.C. Ley de Enjuiciamiento Civil (Espaa)L.E.N.J.V.D. . Ley del ejercicio notarial de la jurisdiccin voluntaria y de otras diligenciasLFNVyAAP.Ley de la Financiera Nacional de la Vivienda y de las Asociaciones de Ahorro y PrstamoLGP...Ley General de Publicidad (Espaa)L.I. .Ley de InquilinatoLITBMyPS.Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestacin de Servicios

LMCA...Ley de Mediacin, Conciliacin y ArbitrajeL.O.P.J. . Ley Orgnica del Poder JudicialLOFGR..Ley Orgnica de la Fiscala General de la RepblicaLPC ..Ley de Proteccin al ConsumidorLPEAT.Ley de Procedimientos Especiales sobre Accidentes de TrnsitoL.P.F.. Ley Procesal de FamiliaLPIPA.Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y ApartamientosLPI..Ley de Propiedad IntelectualLPI-Es.Ley de Propiedad Intelectual - EspaaLSA....Ley de Simplificacin Aduaneranum./nums. ...numeral/numerales ob. cit. ...obra citadap./pp. .pgina/pginasp. ej. ..por ejemploP.G.R. ..................Procuradura General de la RepblicaR.D.P.I. .Revista de Derecho Procesal IberoamericanaR.E. Puerto Rico ..Reglas de Evidencia (Puerto Rico)R.P.C. Puerto Rico ..Reglas de Procedimiento Civil (Puerto Rico)R.U.D.P. ..Revista Uruguaya de Derecho ProcesalS. ..sentenciaS.C. ..Sala de lo Civil, Corte Suprema de JusticiaS.Const. ...Sala de lo Constitucional, Corte Suprema de JusticiaS.S.C. ...Sentencia de la Sala de lo CivilS.S. Const. ...Sentencia de la Sala de lo Constitucionals/f. ....sin fechass. .....siguientest. ...tomotrad. ..traduccinT.E.D.H. ..Tribunal Europeo de Derechos HumanosT.C.E. ..Tribunal Constitucional de Espaalt. ob. cit. ...ltima obra citadav.g. ...verbigraciavol. ...volumenvta. ...vueltaZ.P.O. ..Ordenanza Procesal Civil (Alemania o Austria)

PRESENTACIN DE LA OBRA:

El 18 de septiembre de 2008, la Asamblea Legislativa de El Salvador ha dado un paso histrico con el decreto del Cdigo Procesal Civil y Mercantil, poniendo de este modo el cierre con broche de oro, a ms de cien aos de vigencia del Cdigo de Procedimientos Civiles de 31 de diciembre de 1881, y ms de treinta aos de la Ley de Procedimientos Mercantiles de junio de 1973. Se ha abierto as de manera determinante una nueva etapa en el sistema de Administracin de justicia salvadoreo, imbuido de la ola modernizadora de la legislacin procesal civil que recorre Iberoamrica, bajo el influjo del Cdigo Procesal Civil Modelo cuyas Bases datan de 1970 (as, desde la aprobacin en 1981 del Cdigo Procesal Civil y Comercial de la Nacin Argentina; hasta la ms reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico, en septiembre de 2009 sobre las nuevas Reglas de Procedimiento Civil). Algunas de esas experiencias de derecho comparado han sido tenidas en cuenta como referencia til para la gestacin del actual Cdigo (especialmente, las relativas al Cdigo General del Proceso de Uruguay, de 1989, y la Ley de Enjuiciamiento Civil espaola 1/2000); as como tambin los postulados de la jurisprudencia de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema en relacin con la anterior normativa procesal, y por supuesto el aporte de diversos expertos que han colaborado en las distintas fases del iter legislativo. No han pasado desapercibidos tampoco, desde luego, los frutos cosechados con la aplicacin de la Ley Procesal de Familia de octubre de 1994, primer banco de pruebas del moderno proceso salvadoreo. Muchas y relevantes, son sin duda las virtudes que rodean al Cdigo Procesal Civil y Mercantil cuya puesta en funcionamiento est fijada para el 1 de julio de 2010 (D.L. 220, de 11/12/2009). Aparte de la evidente unificacin que ha trado consigo en las reglas y procedimientos para la tutela de las relaciones civiles y mercantiles, cabe en esta apretada sntesis sealar, entre otras: la traslacin al plano legal del derecho constitucional al debido proceso (art. 11 CN) y las manifestaciones de ste que ha ido reconociendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia para este mbito jurisdiccional; la positivacin de los principios procesales ms importantes, con el fin de hacerlos exigibles por los ciudadanos; el sometimiento del juez y las partes al principio de legalidad sin perjuicio de ciertos controles frente al dictado de la norma; la potenciacin de la inmediacin y la oralidad en los procesos declarativos, no slo en la fase de prctica de la prueba especialmente con los interrogatorios en los medios de carcter personal-, sino mediante la introduccin de una audiencia preparatoria con fines de conciliacin, saneamiento procesal y fijacin de los elementos de debate en su caso; as como la articulacin del juicio abreviado, concentrado y casi todo oral. En el mbito de la prueba, se aprecia un cierto afn legislativo, siempre loable, de bsqueda de la verdad real facilitando diligencias de aseguramiento de las fuentes disponibles y la prctica anticipada de medios, la admisin de distintos instrumentos tecnolgicos de captacin de hechos, y la primaca del sistema de valoracin libre sobre el tasado, sin olvidar el importante papel que se le otorga ahora a la pericia extrajudicial y su aportacin con los escritos de alegaciones. Tambin en el catlogo de novedades debe desatacarse la introduccin de un mecanismo de rescisin de sentencias firmes, que procediendo slo por motivos extraordinarios y dentro de plazos rigurosos, conjuga con el equilibrio necesario los valores de la seguridad jurdica y la justicia.Por su amplitud y detalle, particular atencin presta el nuevo Cdigo a la regulacin de los presupuestos del proceso, con especficos criterios de determinacin de la jurisdiccin y competencia de los tribunales salvadoreos y los mecanismos para su control; el estatuto jurdico de las partes, distinguiendo las modalidades de capacidad, legitimacin, pluralidad y sucesin de litigantes; las compatibilidades y prohibiciones para deducir pretensiones acumuladas, en el mismo o diversos procesos; as como una no menos completa regulacin de los distintos motivos de finalizacin anticipada del proceso. Cuidado se antoja tambin el bloque de ordenacin de las actuaciones judiciales, los actos de comunicacin de las partes (concretndose el deber del tribunal para intentar localizar al demandado, en orden a su debido emplazamiento) y las disposiciones sobre celebracin y suspensin de las audiencias; y formacin de la voluntad judicial colegida. Destaca asimismo la conformacin de un conjunto armnico de los medios de impugnacin de resoluciones judiciales, consolidando el modelo de doble instancia ms casacin; el mejoramiento de los presupuestos, fases y ejercicio de la defensa dentro del proceso de ejecucin forzosa, tanto de obligaciones dinerarias como de otra especie; y una mayor confianza y facilitacin de la ejecucin provisional y del sistema de medidas cautelares. Todo ello, sin prescindir de la existencia de algunos procesos especiales cuya eficiencia ha revelado la prctica forense, y a cuya lista se suma de manera descollante el proceso monitorio como instrumento rpido y expedito de tutela judicial en los casos de no oposicin del deudor a la cantidad reclamada. Proceso ste cuya efectividad ha quedado contrastada en el derecho comparado y cuyo xito tambin aqu, requerir como en otros tantos aspectos del nuevo sistema de justicia civil y mercantil que ahora comienza, de un cierto cambio de mentalidad de los profesionales para adecuarse a los nuevos tiempos. Estamos hablando en todo caso de una ley procesal muy extensa y compleja, dotada de 707 artculos, que a pesar de los recientes retoques de estilo introducidos por el D.L. 319, de 15/4/2010, dar lugar inevitablemente a dudas y problemas de interpretacin a sus destinatarios (jueces, abogados, funcionarios judiciales e instituciones), sobre todo durante sus primeros tiempos de aplicacin. El papel que desempee la Corte Suprema -y en su medida tambin, las Cmaras de Segunda Instancia- en la tarea hermenutica que se le confa, junto con las contribuciones de la doctrina cientfica, se adivina de especial relevancia para allanar la adaptacin de los operadores jurdicos al nuevo sistema de Justicia. Para ello, el primer paso sin duda consiste en asegurar la divulgacin y conocimiento por parte de estos ltimos, de los distintos aspectos contenidos en el nuevo instrumento procesal. Con este propsito, la Unidad Tcnica Ejecutiva del Sector de la Justicia (UTE), en coordinacin permanente con el Consejo Nacional de la Judicatura y la Corte Suprema de Justicia, encarg al presente equipo de autores la elaboracin de un Cdigo Procesal Civil y Mercantil comentado de El Salvador, cuyos resultados aqu se exponen. Se ha entendido conveniente por los organismos competentes, as, que este trabajo contara con el aporte de dos consultores extranjeros, familiarizados no obstante ya con la realidad judicial salvadorea a travs de la participacin en diversos cursos organizados por la Escuela de Capacitacin Judicial y dirigidos a Magistrados sobre temas del nuevo Cdigo, y con un consultor nacional, que adems de su experiencia en la materia pudiera supervisar in situ la evolucin de esta fase previa de adaptacin de instituciones y colectivos a la nueva ley. Cada uno de nosotros, al aceptar honrados el encargo que se nos confiaba, hemos intentado desde nuestra particular formacin y trayectoria vital y profesional, pero unidos y coordinados en un fin comn, contribuir a la obtencin de un producto coherente y til, si bien a la vez enriquecido con esa pluralidad cientfica de origen a la que se hace referencia. En ese sentido, se ha seguido en la confeccin del libro una misma pauta metodolgica, optando por estructurarlo no con la frmula ms exegtica de comentarios artculo por artculo, sino ms bien primando el tratamiento sistemtico y de conjunto, a fin de establecer las debidas interrelaciones de las distintas disposiciones del Cdigo entre s. De all que se haya optado por una exposicin por temas, al modo de una obra general de estudio de las instituciones del proceso civil y mercantil previstas en el Cdigo, siguiendo para facilitar su lectura el mismo orden empleado por este ltimo, y sin perjuicio de las consiguientes remisiones entre autores a otros bloques de comentarios, en los casos en que ello se hace preciso. Cada uno de los temas viene presidido por un ndice sumario, y en su desarrollo cada autor ha dedicado la extensin que ha considerado necesaria, para efectuar un tratamiento de todas las cuestiones importantes que suscita el conjunto de preceptos en examen. El objetivo es claro: argumentaciones sencillas, didcticas y razonadas, tanto al plantear los diversos problemas como en desentraar sus respectivas soluciones. Porque este libro, ante todo, lo que pretende es precisamente eso, guiar al lector jurdico en el entendimiento del nuevo marco legal y suministrarle herramientas dialcticas vlidas para su mejor manejo y aplicacin. Por ello mismo tambin, la obra se acompaa al final con una tabla analtica, para la bsqueda de los preceptos por voces; y otra comparativa entre el nuevo Cdigo y la derogada Ley de Procedimientos Civiles; permitiendo as moverse con agilidad dentro del actual articulado.Si a la consecucin de esta empresa, como esperamos, coadyuvan de manera provechosa las pginas que siguen, el inters legtimo fijado por quienes hemos intervenido en su elaboracin y difusin, habr quedado ms que satisfecho. Los Autores 30 de junio de 2010

LIBRO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

TTULO PRELIMINARPRINCIPIOS DEL PROCESO Y APLICACIN DE LAS NORMAS PROCESALES.

CAPTULO PRIMEROPRINCIPIOS PROCESALESJuan Carlos Cabaas Garca

SUMARIO:Previo: el Ttulo Preliminar. Contenido y finalidad.- I.- Derechos bsicos de los justiciables.- II.- Principios que garantizan el carcter rogado del orden jurisdiccional civil y mercantil.- III.- Principios relativos a las obligaciones de los sujetos.- IV.- Principios del procedimiento.

Previo: el Ttulo Preliminar. Contenido y finalidad:El nuevo Cdigo Procesal Civil y Mercantil, aprobado por Decreto Legislativo n 712 de 18 de septiembre de 2008 (Diario Oficial n 224, del 27 de noviembre de 2008), y cuya entrada en vigor ha de producirse el 1 de julio de 2010, tras extenderse su vacatio legis por Decreto Legislativo n 220, de 11 de diciembre de 2009 (Diario Oficial n 241, de 23 de diciembre de 2009), siguiendo una sistemtica moderna se estructura en cinco Libros que abarcan los distintos mbitos de la actividad procesal, desde los aspectos comunes hasta las instituciones ms especficas, guardando la debida homogeneidad de tratamiento dentro de cada uno. Aparecen as, en orden secuencial, los articulados sobre disposiciones generales; los procesos declarativos ordinarios; los procesos especiales; los medios de impugnacin (recursos y revisin de sentencia firme) y la ejecucin forzosa. Se abre a su vez el Libro Primero (Disposiciones Generales) con el Ttulo Preliminar que ahora analizaremos, en el que se contiene el marco de referencia para la ordenacin de la actividad jurisdiccional a travs de la identificacin de ciertos principios del proceso, y de las pautas de interpretacin y aplicacin de las normas del propio Cdigo.

En cuanto a los principios, ha considerado conveniente el legislador situar en el prtico de sus disposiciones una serie de postulados fundamentales sobre los que se asienta la imparticin de justicia civil y mercantil, sin perjuicio de que estos principios encuentran luego su materializacin en normas posteriores dispersas tanto en los restantes Ttulos de las disposiciones generales, como en los distintos procedimientos. A efectos metodolgicos, resulta posible sistematizar dichos principios en cuatro grandes reas: a) derechos bsicos de los justiciables; b) carcter rogado del proceso y mrgenes de configuracin y disposicin del objeto litigioso; c) pautas exigibles de actuacin a los sujetos que actan en l, y d) ordenacin formal de la actividad procedimental.Importa tener presente que todos estos principios se articulan como preceptos jurdicos perfectos y vinculantes, de aplicacin directa e inmediata. No se tratan, por tanto, de meras directrices, normas programticas o admonitivas carentes de eficacia jurdica. Por el contrario, comportan mandatos vinculantes para jueces y en su medida tambin para los ciudadanos que intervienen en el proceso (ver arts. 12 y 13), productores de efectos jurdicos tanto en cuanto a su cumplimiento como a su eventual infraccin, frente a la que podr reclamar la parte afectada a travs de los medios de impugnacin y defensa puestos a su favor por el ordenamiento. En lo que importa a los fines introductorios de esta obra de comentarios al Cdigo, procede una identificacin de los principios incluidos en este Ttulo Preliminar, con una resea sobre el significado esencial de cada uno, el cual, insistimos, adquiere en cada caso su plenitud con el desarrollo que luego presenta en los distintos procesos regulados en los ulteriores Libros de la ley:

I.- Derechos bsicos de los justiciables:A.- Alcance del derecho a la tutela judicial:Se contiene en los siguientes preceptos:

1) Derecho a la proteccin jurisdiccional (art. 1): Enunciado:Todo sujeto tiene derecho a plantear su pretensin ante los tribunales, oponerse a la ya incoada, ejercer todos los actos procesales que estime convenientes para la defensa de su posicin y a que el proceso se tramite y decida conforme a la normativa constitucional y a las disposiciones legales.

Aplicacin:Se recoge en este primer artculo la definicin del derecho a la proteccin o tutela jurisdiccional, por el que el ciudadano solicita de los tribunales de justicia la composicin de un conflicto de intereses irresuelto que tiene con una o ms personas. Este derecho guarda cierta similitud en su enunciado con el derecho a la tutela judicial que reconoce por ejemplo el inciso primero del art. 24 de la Costituzione italiana de 1947 (Todos pueden actuar en juicio para la tutela de sus propios derechos e intereses legtimos) y el apartado primero del art. 24 de la Constitucin Espaola de 1978, a propsito del llamado derecho a la tutela judicial efectiva (Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legtimos sin que, en ningn caso, pueda producirse indefensin) . Pero adems bien puede decirse que este derecho a la proteccin jurisdiccional viene a concretar en el plano de la legislacin procesal civil, el derecho constitucional al debido proceso recogido en el art. 11 de la Carta Magna salvadorea. La Sentencia de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia de 15 de mayo de 2001, dictada a las 10.10 horas (ref 635-2000) manifiesta por ejemplo que cuando una demanda llega al Juzgador, ste tiene la obligacin de seguir el procedimiento establecido en la ley, para salvaguardar el debido proceso legal.; y la Sentencia de la misma Sala de 30 de abril de 2004, dictada a las 10.30 horas (ref. 1730 SS), seala que el derecho al debido proceso es un derecho instrumentado para la defensa de los derechos y libertades pblicas, al servicio de la tutela de los dems derechos fundamentales y debe garantizar instrumentos procesales de proteccin de los mismos, tal como lo establecen los Arts. 11 y 2 Cn.

Este derecho a la tutela jurisdiccional no garantiza en ningn caso un resultado concreto en trminos de una sentencia estimatoria, pero s garantiza que la actividad judicial tendr necesariamente un resultado, jurdicamente fundado. Ese resultado en principio revestir la forma de una sentencia de fondo que se pronunciar sobre la totalidad de las pretensiones deducidas, ya fueren stas de ndole declarativa, ejecutiva y cautelar, tras la admisin y sustanciacin en todas sus fases del procedimiento previsto, a menos que la existencia de un defecto u bice procesal lleve a dictar una resolucin interlocutoria poniendo fin anticipadamente las actuaciones, lo que tambin deber motivarse en derecho. Ver ltimamente, las SSTC espaol 17/2008, de 31 de enero, FJ 3; 186/2008, de 26 de diciembre, FJ 2; 5/2009, de 12 de enero, FJ 4; y 196/2009, de 28 de septiembre, FJ 2; todas ellas en cuanto a su aplicacin al proceso civil, y las anteriores sentencias que ah se citan.As tambin lo entiende la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de El Salvador, al proclamar por ejemplo en su Sentencia de 22 de diciembre de 2004, dictada a las 15 horas (ref. apelacin 1703 SS) que: la figura del rechazo in limine litis [de la demanda], se ha diseado a fin de no prorrogar el trmite de un proceso que, fatalmente, devendr en una sentencia desestimatoria, por evidentes vicios insubsanables y que, por su naturaleza, no admiten correccin. Ello, en modo alguno, viola el derecho de accin, ni representa un obstculo al acceso a la justicia y al debido proceso.La tutela jurisdiccional se predica conforme a este art. 1 CPCM de ambas partes del proceso y para todas las instancias y grados de jurisdiccin, construyndose en tres etapas, cuya consecucin, a su vez, depende estrictamente del cumplimiento de los requisitos legales establecidos por la ley: a) acceso a los tribunales (y que no se produzca, por tanto, la inadmisin a trmite de la demanda o solicitud presentada por el justiciable de manera arbitraria ni inmotivada); b) tramitacin del procedimiento respectivo en todas sus fases, y c) dictado de una decisin de fondo (a menos, insistimos, que concurra una circunstancia procesal que lo impida).

2) Obligacin de resolver (art. 15): Enunciado:El juez no podr, bajo ningn pretexto, dejar de resolver, ni aplazar, dilatar o negar la decisin de las cuestiones debatidas en el proceso. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Cdigo ser sancionado de conformidad a lo establecido en la Ley Orgnica Judicial.

Aplicacin:Como un correlato del derecho a la tutela jurisdiccional del justiciable ya mencionado, el Cdigo sanciona en este otro precepto la conocida prohibicin del non liquet, a cuya virtud y dando por supuesto que no existen circunstancias de orden procesal que lo impidan, el juez debe proveer siempre a una respuesta de fondo respecto de la pretensin que se le plantea. No puede el juzgador en consecuencia,