Ley del donante universal

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Ley del Donante Universal: todos somos donantes de órganos 13 de enero 2010 Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que en vida haya manifestado su voluntad de no serlo en alguna de las formas establecidas en esta ley” dice en uno de sus párrafos el boletín 4999-11 . En los días siguientes a su promulgación será publicada en el Diario Oficial, con lo que empezará a ser válida en todo el territorio nacional, modificando la actual ley N° 19.451 (este link se actualizará automáticamente con los cambios al día siguiente de la publicación). ¿Cuáles son los otros puntos importantes de la nueva ley de donación de órganos? Por Rodrigo Mazzo Iturriaga Gastos Establece que los trasplantes deben realizarse a título gratuito (no se puede vender un órgano por ejemplo) y los gastos en que se incurran serán “imputables al sistema de salud del receptor, de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y contractuales que correspondan”. No a la venta de órganos Quienes traten vender sus órganos, recibirán sanciones (artículo 13 de la Ley), las que aumentarán de ser un tercero el que trate de hacerlo. Secreto En esta modificación a la ley de Trasplantes, ni el receptor ni su familia podrán conocer la identidad del donante, mientras que los familiares del donante no podrán conocer quién es el receptor (excepto que la donación de haya hecho entre personas vivas). Además la información referente a donantes y receptores se considerará un dato sensible, y por lo tanto, estará bajo la protección que otorga la Ley N° 19.628, que trata de la protección de la vida privada. Los senadores que impulsaron la Ley del Donante Universal, y que modifica la Ley Nº 19451 , fueron: - Evelyn Matthei Fornet (UDI) - Guido Girardi Lavín (PPD) - Carlos Ignacio Kuschel (RN) - Carlos Ominami Pascual (PS) - Mariano Ruiz-Esquide Jara (DC)

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Ley del Donante Universal: todos somos

donantes de órganos

13 de enero 2010

“Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley,

donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que en vida haya manifestado su voluntad de

no serlo en alguna de las formas establecidas en esta ley” dice en uno de sus párrafos el boletín

4999-11.

En los días siguientes a su promulgación será publicada en el Diario Oficial, con lo que empezará a

ser válida en todo el territorio nacional, modificando la actual ley N° 19.451 (este link se

actualizará automáticamente con los cambios al día siguiente de la publicación).

¿Cuáles son los otros puntos importantes de la nueva ley

de donación de órganos?

Por Rodrigo Mazzo Iturriaga

Gastos

Establece que los trasplantes deben realizarse a título gratuito

(no se puede vender un órgano por ejemplo) y los gastos en que

se incurran serán “imputables al sistema de salud del receptor,

de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y contractuales

que correspondan”.

No a la venta de órganos

Quienes traten vender sus órganos, recibirán sanciones (artículo 13 de la Ley), las que

aumentarán de ser un tercero el que trate de hacerlo.

Secreto

En esta modificación a la ley de Trasplantes, ni el receptor ni su familia podrán conocer la

identidad del donante, mientras que los familiares del donante no podrán conocer quién es el

receptor (excepto que la donación de haya hecho entre personas vivas).

Además la información referente a donantes y receptores se considerará un dato sensible, y por lo

tanto, estará bajo la protección que otorga la Ley N° 19.628, que trata de la protección de la vida

privada.

Los senadores que impulsaron

la Ley del Donante Universal, y

que modifica la Ley Nº 19451,

fueron:

- Evelyn Matthei Fornet(UDI)

- Guido Girardi Lavín (PPD)

- Carlos Ignacio Kuschel (RN)

- Carlos Ominami Pascual(PS)

- Mariano Ruiz-Esquide

Jara(DC)

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Lo que sí es público es el listado de los no donantes, el que estará disponible en el Servicio de

Registro Civil.

Donaciones en vida

Sólo podrán realizarse donaciones en vida entre personas mayores de edad y que estén

relacionadas entre sí (consanguíneamente o por adopción hasta el cuarto grado, cónyuge o

conviviente).

Revocación del consentimiento de donaciones en vida

El donante puede revocar su consentimiento hasta el instante mismo de la intervención

quirúrgica.

El consentimiento del donante deberá quedar en un acta de registro firmada ante el director del

establecimiento donde se realizará la operación, en la que habrá información respecto a los riegos

y secuelas.

¿Cómo dejar de ser donante de órganos?

Si bien cada persona mayor de 18 años es automáticamente donante de órganos para fines

terapéuticos, la decisión de dejar de serlo debe ser manifestada en el Registro Civil, al obtener la

cédula de identidad o la licencia de conducir (donde las municipalidades informarán al organismo)

o incluso hasta el último momento de vida del donante ante las personas autorizadas del centro

asistencial en el que esté internado.

¿Y si hay dudas?

En caso de dudas, la ley establece una lista de personas, en orden de prioridad, a las que se les

puede preguntar sobre la última voluntad del posible donante. En esta lista están el cónyuge,

hijos, entre otros (artículo 9).

Menores de edad

En el caso de menores de edad, sólo sus padres o representantes legales podrán autorizar

expresamente la donación de órganos.

Rol del ministerio de Salud

El ministerio de Salud “deberá garantizar la existencia de una coordinación nacional de

trasplantes”, que establecerá un marco para ser aplicado tanto dentro de la Red Asistencial del

Sistema Nacional de Servicios de Salud como con otros prestadores de salud públicos y privados

que no estén dentro de esa red.

Si bien cada persona mayor de 18 años es automáticamente donante de órganos para fines

terapéuticos, la decisión de dejar de serlo debe ser manifestada en el Registro Civil, al obtener la

cédula de identidad o la licencia de conducir (donde las municipalidades informarán al organismo)

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o incluso hasta el último momento de vida del donante ante las personas autorizadas del centro

asistencial en el que esté internado.

Opiniones sobre la Ley de Donante Universal

Lo que realmente se necesita, según la Corporación del Trasplante, es mejorar la gestión e

infraestructura para detectar rápidamente posibles donantes y poder mantener los tejidos y

órganos sin deterioro mientras empieza a funcionar el protocolo establecido.

En esta carrera contra el tiempo, que implica conseguir las autorizaciones y comenzar los

procedimientos de extracción, conservación y en fin, mover todo un aparataje que conlleva la

donación de órganos, “sería absolutamente necesaria la presencia de un neurólogo de turno

permanente en los hospitales para certificar de forma rápida y eficiente la muerte cerebral”

según comenta en entrevista a la BCN, María Julia Muñoz, encargada de comunicaciones de la

Corporación.

La posición de la institución es que no se debe dejar de lado a la familia cuando se decide si

alguien es o no un donante de órganos.

“Es lo que sucedió en la legislación argentina, donde ya tuvieron que deshacer lo que pretenden

hacer acá”. Explica que si no se toma en cuenta a los familiares, éstos se sentirán poco

informados y probablemente se generarán objeciones y desconfianzas.

En el caso del país trasandino “hubo tantos reclamos familiares y tantas denuncias de

irregularidades que tuvieron que dar marcha atrás”, comenta.

La Corporación del Trasplante, institución privada sin fines de lucro, es reconocida por

el Ministerio de Salud como contraparte válida en materia de órganos y tejidos para trasplante,

incluyendo la gestión de la cadena de procuramiento.

Estadísticas de trasplantes de órganos 2009 - 2008

Trasplantes necesitados Número

Riñón 1.582

Hígado 210

Corazón 10

Pulmón 16

Cifras en espera de trasplante al 31 de diciembre de 2009.

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Transplante de órganos sólidos

2008 2009

Riñones 207 209

Hígado 72 68

Corazón 19 18

Pulmón 9 11

Intestino 0 1

Páncreas 0 1

Se agrega 1 riñón-páncreas y un corazón-pulmón para el 2009.

Transplante de tejidos

2008 2009

Válvulas Cardiácas 4 10

Injerto Córneas 52 32

Injerto Piel 12 8

Injerto Huesos 9 6

Islotes Pancreáticos 0 0

Fuente: Corporación del Trasplante.