Ley de Inclusion 2015

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LEY DE INCLUSION (2015) PROFESORA: MARÍA BELÉN SEPÚLVEDA R

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breve descripción de la reciente ley publicada en mayo del 2015 en Chile

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LEY DE INCLUSION (2015)

LEY DE INCLUSION(2015)PROFESORA: MARA BELN SEPLVEDA RLey de Inclusin: Los principales cambios que trae la nueva normaEl 29 de mayo del 2015 fue promulgada la ley de inclusin.Entra en vigencia desde el 1 de marzo del 2015.La Ley de Inclusin modifica varioscuerpos legales: La Ley General de Educacin, la Ley de Subvenciones, la Ley de Aseguramiento de la Calidad y la Ley de Subvencin Escolar Preferencial.

Cambios a la Ley General de EducacinLa iniciativa promueve elprincipio de no discriminacin arbitraria e inclusiny el principio de gratuidad progresivaen los establecimientos subvencionados que reciben aportes permanentes del Estado.En este sentido se establecen derechos de los estudiantes respecto a su permanencia en establecimientos educacionales.Los procesos de admisin deben ser transparentes yse prohbe la peticin de antecedentessocieconmicos a la familia del postulante yel nivel de escolaridad, estado civil y situacin patrimonial de los padres o apoderados.

Modificacin a la Ley de SubvencionesLa Ley de Inclusin seala quetodos los recursos que reciba un sostenedor deben destinarse nicamente para fines educativos(descritos en la ley), impidiendo las operaciones entre partes relacionadas.Adems se establecennuevos requisitos para recibir lasubvencin escolar, como que el sostenedor debe estar constituido como persona jurdica sin fines de lucro, debe ser propietario del inmueble donde funcione el establecimiento educacional y se deben establecer programas de apoyo para los estudiantes con un bajo rendimiento acadmico y programas de apoyo a la inclusin con el fin de fomentar una buena convivencia escolar.La normativa tambin instala un nuevo proceso de admisin por el cual los padres, madres o apoderados sern quienes decidan el establecimiento donde estudien sus hijos o pupilos y no al revs.Propuestas para la admisinPostulacin ciega: Por medio del registro del MINEDUC, donde se postula a los colegios sealando el orden de prioridad. Se prohbe que los establecimientos soliciten entrevistas, pruebas o antecedentes como condicin de la postulacin, sin embargo, padres s pueden solicitar entrevistas.

Luego el establecimiento debe aplicar un procedimiento de admisin provisto por el Ministerio de Educacin, entregando una lista con los postulantes ordenados segn los lugares obtenidos en el proceso. Las listas finales se entregan por el MINEDUC a los establecimientos y estos informan a los postulantes. Tendrn preferencia los hermanos de alumnos que ya estudian en el establecimiento y los hijos de trabajadores del colegio.

Establecimientos de alta exigenciatendrn autorizacin para que el 30% de sus vacantes sean para estudiantes del 20% de mejor desempeo escolar. Los establecimientos que desarrollen aptitudes podrn realizar pruebas (no acadmicas) para medir dichas aptitudes para el 30% de sus vacantes.Las escuelas especiales o que tengan cupos paraestudiantes con necesidades educativas especialespodrn seguir desarrollando sus propios procesos de admisin.

Cambios a la Ley de Aseguramiento de la CalidadLa nueva normaampla las atribuciones de la Superintendencia de Educacin Escolar, por ejemplo, deber mantener un registro de todas las cuentas bancarias en el que consten los ingresos que se destinen al cumplimiento de los fines en los establecimientoseducacionales.Cambios a la Ley de Subvencin Escolar PreferencialLa ley crea lasubvencin preferencial para alumnos preferentes, siendo estos los pertenecientes al tercer y cuarto quintil, cuyo monto equivale a la mitad de la que corresponde a los alumnos prioritarios (SEP actual). Adems se aumenta el valor de la subvencin y aportes que reciben los alumnos de la Ley de Subvencin Escolar Preferente en un 20%.Proceso de implementacin de la Ley de InclusinLa implementacin de la norma tiene uncarcter gradual, lo que permitir avanzar de manera responsable con los reglamentos que la componen.Estos reglamentos irn entrando envigencia de maneraescalonada: 180 das tras ser publicada la ley, 1 de enero de 2016, 1 de marzo de 2016 y fines de 2016.Otros datosLa Ley de Inclusin obliga constituir unequipo de apoyo a sostenedores. Este equipo se ha reunido a la fecha con 1.650 sostenedores en gran parte de las regiones del pas.15 comisiones de MINEDUC estn trabajando en torno a las 26 normativas que implica la puesta en marcha de la nueva legislacin.La Ley de Inclusin permite que los sostenedores- constituidos como personas jurdicas sin fines de lucro y propietarias del inmueble donde funciona el establecimiento- puedan acceder alFondo de Garanta para Pequeos Empresarios, con el objeto de garantizar crditos o mutuos para financiar mejoras tiles o necesarias de dicho inmueble.

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