Ley de Decreto Supremo 055

download Ley de Decreto Supremo 055

of 12

Transcript of Ley de Decreto Supremo 055

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    1/12

    LEY DE DECRETO SUPREMO 055 2010 EM

    OBJETIVO

    Tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentesaccidentes y enfermedades enfermedades ocupacionales, promoviendo unacultura de prevencin de riesgos laborales en la actividad minera. para ellocuenta con la participacin de los trabajadores, empleadores y el Estado,quienes velarn por su p , romocin, difusin y cumplimiento.

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo ! "#$%&'%E( se aprob el Te)to *nico+rdenado de la ey -eneral de (inera, en cuyo Ttulo D/cimo 0uarto seregula el bienestar y seguridad que deben ser otorgados por los titularesmineros a sus trabajadores1

    Que, por Decreto Supremo ! "2%&$%E( se aprob el 3eglamento deDiversos Ttulos del Te)to *nico +rdenado de la ey -eneral de (inera y atrav/s de sus Ttulos D/cimo 4rimero, D/cimo Segundo, D/cimo Tercero,D/cimo 0uarto y D/cimo Quinto, se dict disposiciones relativas albienestar, las escuelas, las instalaciones adecuadas para la recreacin, losservicios de asistencia social y la salud1

    Que, por Decreto Supremo ! "$5%'""#%E(, y sus modi6catorias, se aprobel 3eglamento de Seguridad e 7igiene (inera1

    Que, con la 6nalidad de enmarcar adecuadamente los aspectos referidos abienestar, escuelas, recreacin, servicios de asistencia social y de salud, noconsiderados en el 3eglamento de Seguridad e 7igiene (inera aprobado porDecreto Supremo ! "$5%'""#%E( y 8abi/ndose considerado, asimismo,incorporar nuevos conceptos t/cnicos, resulta necesario aprobar el nuevo3eglamento de Seguridad y Salud +cupacional1

    Que, el proyecto de 3eglamento de Seguridad y Salud +cupacional 8a sidoprepublicado en la pgina 9eb del (inisterio de Energa y (inas,recibi/ndose importantes aportes que lo complementan1

    Que, seg:n lo establecido en el ;rtculo $ del Decreto Supremo ! "#$%&'%E(, T

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    2/12

    ALCANCES

    Artcul 1!" El presente reglamento tiene como objetivo prevenir laocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales,promoviendo una cultura de prevencin de riesgos laborales en la actividadminera 4ara ello cuenta con la participacin de los trabajadores,empleadores y el Estado, quienes velarn por su promocin, difusin ycumplimiento.

    Artcul 2!" as actividades a las que alcan=a el presente reglamento sonlas siguientes@

    aA as actividades mineras siguientes, desarrolladas en los empla=amientosen super6cie o subterrneos@

    #. E)ploracin, desarrollo, preparacin y e)plotacin en minera subterrneay a cielo abierto de minerales metlicos y no metlicos.

    '. 4reparacin mecnica, incluido la trituracin y molienda.

    2. 0lasi6cacin de minerales metlicos y no metlicos.

    $. 0oncentracin.

    B. Depsitos de relaves, desmonte y escorias.5. i)iviacin o lavado metal:rgico del material e)trado.

    C. undicin.

    . 3e6nacin.

    &. abor general.

    #". Transporte minero.

    ##. Depsitos de almacenamiento de concentrados de minerales, re6nadosy minerales no metlicos.

    bA os trabajos siguientes, cone)os a la actividad minera@

    0onstrucciones civiles, instalaciones ane)as o complementarias, tanques dealmacenamiento, tuberas en general, generadores, sistemas de transporteque no son concesionados, uso de maquinaria, equipo y accesorios,mantenimiento mecnico, el/ctrico, comedores, 8oteles, campamentos,servicios m/dicos, vigilancia, construcciones y otros tipos de prestacin deservicios.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    3/12

    Artcul #!" El alcance de este reglamento es de aplicacin a toda personanatural o jurdica, p:blica o privada, que realice actividades mineras yactividades cone)as con personal propio o de terceros1 las que estnobligadas a dar cumplimiento a todas sus disposiciones.

    Artcul $!" El presente reglamento establece las normas mnimas para laprevencin de los riesgos laborales, pudiendo los titulares mineros ytrabajadores establecer libremente niveles de proteccin que mejoren loprevisto en la presente norma.

    Artcul 5!"Toda mencin que se 8aga a la palabra FeyG en estereglamento, debe entenderse referida al Te)to *nico +rdenado de la ey-eneral de (inera aprobado por el Decreto Supremo ! "#$%&'%E(.

    Artcul %!" El presente reglamento tiene por 6nalidad 6jar normas para@

    aA El desarrollo de una cultura preventiva de seguridad y saludcombinando el comportamiento 8umano con la preparacin terico prcticade sistemas y m/todos de trabajo.

    bA 4racticar la e)plotacin racional de los recursos minerales, cuidando lavida y la salud de los trabajadores y el ambiente.

    cA omentar el lidera=go, compromiso, participacin y trabajo en equipode toda la empresa en la seguridad.

    dA omentar entre los trabajadores una cultura de seguridad y salud que

    permita comprometerse con sus compa>eros, el trabajo y la propiaempresa.

    eA 4romover el conocimiento y fcil entendimiento de los estndares,procedimientos y prcticas para reali=ar trabajos bien 8ec8os mediante lacapacitacin.

    fA 4romover el cumplimiento de las normas de seguridad y saludocupacional aplicando las disposiciones vigentes y los conocimientost/cnicos profesionales de la prevencin.

    gA a adecuada 6scali=acin integral de la seguridad y salud en lasoperaciones mineras.

    Artcul &!" ;ccidentes comunes las cuales aplican en este reglamento.

    D'r(cc')* +(*(r,l -( M'*(r,

    Artcul .!" El (inisterio de Energa y (inas es la autoridad mineracompetente en materia de poltica y normativa de seguridad y saludocupacional.

    Ejerce su competencia a trav/s de la Direccin -eneral de (inera cuyas

    atribuciones son, entre otras@

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    4/12

    aA 4roponer las normas y polticas de Seguridad y Salud +cupacionalpara las actividades mineras.

    bA Hncentivar la implementacin de sistemas de gestin preventiva quetienda a mejorar las condiciones de trabajo en la actividad minera, de

    acuerdo con los avances t/cnicos y cient6cos.

    cA ;utori=ar a las instituciones o titulares mineros para certi6car lacali6cacin de las competencias de los trabajadores del Sector (inero.

    dA Difundir, a trav/s de su pgina Ieb, las estadsticas de incidentes,accidentes incapacitantes y accidentes mortales ocurridos a nivel nacional.

    eA Elaborar el informe t/cnico econmico para 6jar el ;rancel deiscali=acin (inera, el que ser establecido anualmente medianteresolucin del (inisterio de Energa y (inas.

    fA Jeri6car la implementacin de los requisitos para otorgarautori=aciones especiales, uso de anfo sobre laboreo de mina subterrnea ycondiciones de operacin distintas a las 6jadas en los permisos vigentes, asolicitud y por cuenta del titular minero.

    gA Elaborar y?o actuali=ar las guas para el mejor cumplimiento delpresente reglamento, mediante resolucin directoral de la Direccin -eneralde (inera.

    8A +tras que se le encarguen.

    Su/c,tul II

    OSINER+MIN

    Artcul !" El +rganismo Supervisor de la Hnversin en Energa y(inera %+SHE3-(H es la autoridad minera competente para veri6car elcumplimiento del presente reglamento para la (ediana y -ran (inera,conforme a las facultades y atribuciones contenidas en las normas vigentes.

    0on 6nes de evaluar la gestin de Seguridad y Salud +cupacional a nivelnacional, +SHE3-(H deber informar semestralmente al (inisterio de

    Energa y (inas los resultados de las acciones de 6scali=acin.

    +OBIERNOS RE+IONALES

    Artcul 10!" os -obiernos 3egionales son la autoridad mineracompetente para veri6car el cumplimiento del presente reglamento para la4eque>a (inera y (inera ;rtesanal, en los siguientes aspectos@

    aA iscali=ar las actividades mineras en lo que respecta al cumplimientode las normas de Seguridad y Salud +cupacional.

    bA Disponer la investigacin de accidentes mortales y casos deemergencia.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    5/12

    cA +rdenar la parali=acin temporal de actividades en cualquier rea detrabajo de la unidad minera, cuando e)istan indicios de peligro inminente,con la 6nalidad de proteger la vida y salud de los trabajadores, equipos,maquinarias y ambiente de trabajo, y la reanudacin de las actividadescuando considere que la situacin de peligro 8a sido remediada o

    solucionada.

    dA 3esolver las denuncias presentadas contra los titulares mineros enmateria de Seguridad y Salud +cupacional.

    eA +tras que se se>ale en disposiciones sobre la materia.

    0on 6nes de evaluar la gestin de Seguridad y Salud +cupacional a nivelnacional, los -obiernos 3egionales debern informar semestralmente al(inisterio de Energa y (inas los resultados de las acciones de 6scali=acin.

    ISCALI3ACI4N Artcul 11!" os funcionarios de la autoridad minera competente, ascomo los 6scali=adores autori=ados, estn facultados para inspeccionar latotalidad de los trabajos e instalaciones que formen parte de lasoperaciones mineras, para lo cual el titular minero les dar las facilidadesrequeridas.

    Artcul 12!" as observaciones y medidas anotadas en el ibro deSeguridad y Salud +cupacional debern ser implementadas en los pla=os6jados para el efecto, informando a la autoridad minera inmediatamente

    despu/s de su cumplimiento.

    Artcul 1#!" Durante la 6scali=acin se veri6car el cumplimiento de lapoltica, estndares, procedimientos, prcticas y reglamentos internosdesarrollados, de acuerdo al presente reglamento, as como las obligacionesde carcter particular, recomendaciones, mandatos, medidas de seguridad,correctivas, cautelares y recomendaciones impuestas por la autoridadminera.

    Artcul 1$!" El 6scali=ador, como persona natural o jurdica, y losfuncionarios de la autoridad minera tendrn facilidades para@

    aA Hngresar libremente en cualquier tiempo a las labores de actividadminera regidas por la ey y sus reglamentos.

    bA 3eali=ar la toma de muestras y mediciones que consideren necesarias,e)aminar libros, registros y solicitar informacin relacionada con laseguridad y salud ocupacional de los trabajadores en la actividad minera.

    Artcul 15!" ; solicitud del titular minero y por cuenta de /ste, laautoridad minera podr dar curso a la reali=acin de 6scali=aciones noprogramadas, con el objeto de otorgar autori=aciones especiales sobre

    laboreo de mina y condiciones de operacin distintas a las 6jadas en lospermisos vigentes.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    6/12

    Artcul 1%!" a autoridad minera podr tambi/n dar curso a la quejapresentada de acuerdo al inciso aA del artculo $".

    Artcul 1&!" El costo que demande las inspecciones y supervisiones enmateria de seguridad y salud ocupacional, ser cubierto por el titular

    minero.

    Artcul 1.!" 4ara de6nir el cumplimiento del presente reglamento, losfuncionarios y 6scali=adores e)ternos de +SHE3-(H %en el caso de(ediana y -ran (inera% y los funcionarios de los -obiernos 3egionales %enel caso de 4eque>a (inera y (inera ;rtesanal%, deben@

    aA Jeri6car en forma sistemtica y objetiva el cumplimiento de@

    #. as disposiciones del presente reglamento y los reglamentos internos.

    '. a e)istencia y funcionamiento de los equipos e instrumentos con losque cuente la -erencia de Seguridad y Salud +cupacional.

    2. El 4rograma ;nual de Seguridad y Salud +cupacional, para lo cual eltitular minero deber ponerlo a disposicin del 6scali=ador en cada unidadde produccin.

    $. as observaciones y recomendaciones contenidas en el Fibro deSeguridad y Salud +cupacionalG.

    B. a constitucin y funcionamiento del 0omit/ de Seguridad y Salud+cupacional.

    5. os parmetros de dise>o establecidos en los estudios t/cnicos deoperacin minera.

    C. as disposiciones emitidas por la autoridad minera en lassupervisiones anteriores.

    bA 0onstituirse en el lugar del accidente mortal, previa designacin por laautoridad minera en el t/rmino de la distancia de producido aqu/l, a 6n deinvestigar la ocurrencia del mismo de acuerdo a ley.

    cA Ejecutar las 6scali=aciones de o6cio en las fec8as se>aladas por laautoridad minera.

    dA ;notar las observaciones y recomendaciones como resultado de la6scali=acin en el ibro de Seguridad y Salud +cupacional respectivo, conlas 6rmas de los participantes, las que formarn parte del respectivoinforme de 6scali=acin.

    eA Sustentar el informe de cada 6scali=acin con fotografas y?o6lmaciones tomadas, mostrando las condiciones observadas en el lugar delos 8ec8os.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    7/12

    fA 4resentar el informe de cada 6scali=acin dentro de los quince K#BAdas :tiles de reali=ada la inspeccin.

    gA Disponer la parali=acin temporal o de6nitiva del mbito de trabajo encaso que, durante la 6scali=acin, se detectara peligro inminente de un

    accidente y?o se veri6que actividades mineras sin las autori=acionescorrespondientes.

    8A 4untuali=ar en el acta de cierre de 6scali=acin, entre otras, que lasobservaciones, las recomendaciones, los responsables y el pla=o decumplimiento, quedaron anotados en el Fibro de Seguridad y Salud+cupacionalG.

    iA En los informes de 6scali=acin de los programas regulares, los6scali=adores debern pronunciarse de manera espec6ca sobre la gestinde la seguridad minera de la unidad minera correspondiente, de acuerdo a

    la siguientes opciones@

    #. -estin de seguridad@ satisfactoria.

    '. -estin de seguridad@ requiere programa preventivo inmediato ytalleres a nivel de las operaciones, tanto a nivel del titular minero como delas empresas contratistas mineras y de las empresas contratistas deactividades cone)as.

    2. -estin de seguridad@ requiere parali=acin de las operaciones yprogramacin de talleres dirigidos tanto a los trabajadores como a los

    supervisores y representantes del titular minero, de las empresascontratistas mineras y de las empresas contratistas de actividades cone)asen lo que corresponda.

    jA Jeri6car las dems normas de prevencin.

    Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios y supervisores de+SHE3-(H %en el caso de empresas de la (ediana y -ran (inera%debern cumplir con los procedimientos dispuestos por el +SHE3-(H.

    SANCIONES

    Artcul 1!" as multas y sanciones 6jadas se imponen sin perjuicio dela responsabilidad civil y penal que corresponda.

    Artcul 20!" 0uando las investigaciones, estudios o informes acreditenla inobservancia por parte del titular minero de una o varias normas legales,reglamentarias o resoluciones directorales como causa de un siniestro,accidente o da>o a la propiedad o a terceros ocurrido en unidades minerasde (ediana y -ran (inera, la autoridad minera sancionar esainobservancia conforme a la Escala de (ultas y Sanciones aprobada por+SHE3-(H.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    8/12

    En el caso de infracciones cometidas en el desarrollo de actividades de la4eque>a (inera y (inera ;rtesanal, se sancionar con una multa impuestapor el -obierno 3egional a trav/s de la Direccin 3egional de Energa y(inas o quien 8aga sus veces en el mbito en el que el titular desarrolle laactividad minera, de acuerdo a la normatividad vigente.

    Artcul 21!" os funcionarios y los 6scali=adores autori=ados podrndisponer la parali=acin temporal o de6nitiva del rea de trabajo en la quee)ista un inminente peligro de ocurrencia de accidentes. a autoridadminera podr modi6car o dejar sin efecto las parali=aciones de laboresmineras ordenadas por terceros, una ve= eliminado el peligro.

    Artcul 22!" El titular minero de la (ediana y -ran (inera que infrinjalas disposiciones del presente reglamento y dems disposiciones legalesvigentes aplicables en materia de Seguridad y Salud +cupacional y?o lasresoluciones emitidas por la autoridad minera, y?o retarde la presentacinde los reportes a los que est obligado y?o informe o proporcione datosfalsos, incompletos o ine)actos, ser sancionado por +SHE3-(H, deacuerdo a la normativa vigente.

    Artcul 2#!" El titular minero de la 4eque>a (inera y (inera ;rtesanalque infrinja las disposiciones del presente reglamento y demsdisposiciones legales vigentes aplicables en materia de Seguridad y Salud+cupacional y?o las resoluciones emitidas por la autoridad minera, y?oretarde la presentacin de los reportes a los que est obligado y?o informe oproporcione datos falsos, incompletos o ine)actos, ser sancionado por los

    -obiernos 3egionales, de acuerdo a la normativa vigente, seg:n lagravedad de la falta, sobre la base de la evaluacin de los informes de losfuncionarios y?o 6scali=adores, las visitas o inspecciones que se ordene y elresultado de las mismas.

    LEY DE SE+URIDAD Y SALUD DE TRABAJO 2&.#

    OBJETIVO DE LA LEY

    a ey de Seguridad y Salud en el Trabajo fue creada teniendo comoobjetivo principal promover una cultura de prevencin de riesgos laboralesen todo el pas. 4ara lograr esa meta, esta ley cuenta con el deber deprevencin de los empleadores, asi como el rol de 6scali=acin y control delEstado y la participacin de los trabajadores y sus organi=aciones sindicales,quienes a trav/s del dilogo social continuo, velan por la promocin,

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    9/12

    difusin y cumplimiento de la normativa sobre la materia. 0abe destacarque el ente 6scali=ador es el (inisterio de Trabajo y promocin del empleo.

    ALCANCE DE LA LEY

    Esta ey es aplicable a todos los sectores econmicos y de servicios1comprende a todos los empleadores y los trabajadores bajo el r/gimenlaboral de la actividad privada dentro del territorio nacional, asi comotrabajadores y funcionarios del sector estatal o p:blico, incluyendotrabajadores de las uer=as ;rmadas y de la 4olica acional del 4er:, ytrabajadores por cuenta propia, freelance.

    NORMAS MNIMAS

    Esta ey establece dentro sus e)igencia las normas mnimas para laprevencin de todo tipo de riesgos laborales, pudiendo los empleadores y

    los trabajadores establecer libremente los niveles de proteccin aestablecerse, de modo que mejoren lo previsto en la presente norma.

    PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE +ESTI4N DE LA SE+URIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO

    El Sistema de -estin de la Seguridad y Salud en el Trabajo se rige por lossiguientes principios@

    Se debe asegurar un compromiso visible del empleador con la salud yseguridad de los trabajadores.

    ;si mismo se debe lograr co8erencia entre lo que se plani6ca y lo que sereali=a.

    Hncentivar de modo preciso y efectivo al mejoramiento continuo, a trav/s deuna metodologa que lo garantice.

    (ejorar de modo signi6cativo la autoestima y fomentar el trabajo en equipoa 6n de incentivar la cooperacin de los trabajadores.

    Se debe promover y fomentar mediante campa>as de sensibili=acion lacultura de la prevencin de los riesgos laborales para que toda laorgani=acin interiorice los conceptos de prevencin y proactividad,promoviendo comportamientos seguros en el personal.

    4romover las circunstancias para alentar una empata del empleador 8acialos trabajadores y viceversa.

    ;segurar la e)istencia de medios de retroalimentacin desde lostrabajadores al empleador en seguridad y salud en el trabajo.

    Establecer mecanismos efectivos de reconocimiento al personal proactivointeresado en el mejoramiento continuo de la seguridad y salud laboral.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    10/12

    Evaluar los principales riesgos que puedan ocasionar los mayores perjuiciosa la salud y seguridad de los trabajadores, al empleador y otros.

    omentar y respetar la participacin de las organi=aciones sindicales %o, endefecto de estas, la de los representantes de los trabajadores% en las

    decisiones sobre la seguridad y salud en el trabajo.

    SOBRE LOS COMIT6S DE SE+URIDAD

    a ley se>ala que los empleadores con veinte o ms trabajadores a su cargodeben constituyen un comit/ de seguridad y salud en el trabajo, cuyasfunciones son de6nidas en el reglamento, dic8o comit/ est conformado enforma paritaria por igual n:mero de representantes de la parte empleadoray de la parte trabajadora. os empleadores que cuenten con sindicatosmayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato en calidad deobservador.

    SOBRE EL SUPERVISOR DE SE+URIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Se establece que en los centros laborales con menos de veinte trabajadoresson directamente los mismos trabajadores quienes nombran al supervisorde seguridad y salud en el trabajo.

    ELECCI4N DE LOS REPRESENTANTES Y SUPERVISORES

    ;qu se considera que son los trabajadores quienes tienen la labor de elegira sus representantes ante el comit/ de seguridad y salud en el trabajo o sussupervisores de seguridad y salud en el trabajo. ;si mismo en los centros detrabajo en donde e)isten organi=aciones sindicales, la organi=acin msrepresentativa convoca a las elecciones del comit/ paritario, que pordefecto es la empresa u organi=acin la responsable de dic8a convocatoria.

    0on la 6nalidad de reglamentar adecuadamente los aspectos referidos abienestar, escuelas, recreacin, servicios de asistencia social y de salud noconsid d era os en el reglamento de Salud y Seguridad e 7igiene (inera ascomo incorporar nuevos conceptos t/cnicos. El (inisterio de Energa y (inas

    public el Decreto Supremo ! "BB%'"#"%E(, decreto a trav/s de la cual 8aaprobado el 3eglamento de Seguridad y Salud +cupacional y otras medidascomplementarias en minera. a presente norma se encuentra conformadapor 2&5 artculos, 2# ane)os y 2 guas. Entre los aspectos relevantes seencuentra el referido a las obligaciones que deben cumplir los trabajadoresmineros dentro de las instalaciones as como las condiciones de seguridadque /stas deben reunir para efectos de la proteccin de dic8os trabajadores,entre otros aspectos de inter/s.

    MODIICACIONES Y ADICIONES A LA LEY +ENERAL DEINSPECCIONES

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    11/12

    a reciente legislacin sobre seguridad y salud en el trabajo establececambios en la ey ! '"5 L ey -eneral de Hnspeccin de Trabajo en lossiguientes t/rminos@ (odi6ca el artculo 2$M precisando que constituyeninfracciones administrativas en materia de seguridad y salud en el trabajolos incumplimientos de las disposiciones legales de carcter general

    aplicables a todos los centros de trabajo, as como los aplicables al sectorindustria, construccin y energa y minas mediante accin u omisin de lossujetos responsables y que el (T4E es el encargado de velar por elcumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes de la materia yconvenios colectivos, determinar la comisin de infracciones de carctergeneral en materia de seguridad y salud en el trabajo aplicables a todos loscentros de trabajo, as como las infracciones de seguridad y salud en eltrabajo para la industria, la construccin y energa y minas1 se modi6can losprrafos tercero y s/timo del artculo #2M en lo relativo a los tramites de lasactuaciones inspectivas en tal sentido la nueva redaccin implica que las

    actuaciones de investigacin o comprobatorias se llevan a cabo 8asta suconclusin por los mismos inspectores o equipos designados que las8ubieren iniciado, sin que puedan encomendarse a otros actuantes y lasactuaciones de investigacin o comprobatorias deben reali=arse en el pla=oque se se>ale en cada caso concreto, sin que, con carcter general, puedadilatarse ms de 2" das 8biles, salvo que la dilacin sea por causaimputable al sujeto inspeccionado. 0uando sea necesario o lascircunstancias as lo aconsejen puede autori=arse la prolongacin de lasactuaciones comprobatorias por el tiempo necesario 8asta su 6nali=acin,e)cepto en los casos cuya materia sea seguridad y salud en el trabajo y

    6nalmente que se adiciones el iteral A al artculo $BM en lo quecorresponde al tramite del procedimiento sancionador en el sentido de quela resolucin correspondiente debe ser noti6cada al denunciante, alrepresentante de la organi=acin sindical, as como a toda persona conlegitimo inter/s para el procedimiento.

    DEREC7OS Y OBLI+ACIONES DE LOS TRABAJADORES

    Dentro de las innovaciones de la reciente ey de Seguridad y Salud en elTrabajo se puede citar el 8ec8o de que si bien rati6ca que todo trabajadortiene derec8o a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto

    puede producirse a:n sin la presencia del empleador, situacin que no 8abasido prevista en el 3eglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo1 de otrolado agrega como novedad que cuando se produ=ca la transferencia de untrabajador motivada por ra=ones de seguridad y salud en el trabajo, estadebe producirse sin menoscabo de sus derec8os remunerativos y decategora y 6nalmente se agrega como obligacin del trabajador respondere informar con veracidad a las instancias p:blicas que se lo requieran, casocontrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penalcorrespondiente.

  • 7/23/2019 Ley de Decreto Supremo 055

    12/12

    INCORPORACI4N DE LA I+URA PENAL DEL DELITO DE ATENTADOCONTRA LAS CONDICIONES DE SE+URIDAD E 7I+IENEINDUSTRIALES

    en su actividad, poniendo en riesgo su vida,salud o integridad fsica, ser reprimido con pena privativa de la libertad nomenos de dos a>os ni mayor de cinco a>os. S como consecuencia de unainobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre unaccidente de trabajo con consecuencia de muerte o lesiones graves, para

    los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad, ser no menos decinco a>os ni mayor de die= a>os. Derogndose el numeral 2 del artculo#5M del 0digo 4enal.

    ORI+EN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y RE8UERIMIENTO ENCASO DE INRACCI4N

    De conformidad con el nuevo marco legal de seguridad y salud en el trabajolas actuaciones inspectivas sobre esta materia se originan por orden de lasautoridades competentes del (T4E, a solicitud fundamentada de otrorgano del sector p:blico o de cualquier rgano jurisdiccional en cuyo caso

    deben determinarse las actuaciones que le interesan y su 6nalidad y pordenuncia del trabajador1 de otro lado en las actuaciones de inspeccin quederiven en la aplicacin de medidas de recomendacin y asesoramientot/cnico, de comprobarse la e)istencia de una infraccin en materia deseguridad y salud en el trabajo, se sugiere al sujeto responsable de sucomisin la adopcin, en un pla=o determinado, de las medidas necesariaspara garanti=ar el cumplimiento de sus disposiciones vulneradas y de lasmodi6caciones necesarias en sus instalaciones, equipos y m/todos detrabajo.