Ley Contrataciones Publicas Venezuela Red.pdf2010

download Ley Contrataciones Publicas Venezuela Red.pdf2010

of 47

Transcript of Ley Contrataciones Publicas Venezuela Red.pdf2010

Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.165 - 24 de Abril de 2009

Reforma: Gaceta 39.503 del 6-09-2010 6-09-

Reglamento d l L d R l t de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181

Ing. MSC. Leonardo Mata

1

XXI Congreso del CICE C d l Colegio de Ingenieros Civiles del Ecuador Colegio de Ingenieros Civiles de Azuay Cuenca 15 de Octubre de 2010

Ley de Contrataciones Pblicas yGaceta 39.165 - 24 de Abril de 2009

Reforma: Gaceta 39 503 del 6-09-2010 39.503 6-09-

Reglamento d l L d R l t de la Ley de Contrataciones Pblicas Pblicas Decreto 6.708Gaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Relevante en el Ejercicio Profesional.

Aspectos relativos al Contratante Contratante, Ingeniero Inspector, Residente y g p , Contratista de Obras Derivadas de la nueva Ley de Contrataciones y de su respectivo Reglamento

Se amplia el objeto de aplicacinDeroga la Anterior Ley de Licitaciones(Gaceta Oficial N 5.556 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2001)

Artculo 1. El Decreto Ley, tiene por objeto regular los procedimientos de seleccin de contratistas .Ley de Contrataciones Pblicas:

Articulo 1: ..tiene como objeto regular la actividad del Estado para la adquisicin de p q bienes, prestacin de servicios y ejecucin de obrasLey de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Montos para Procedimientos- LCP- VenezuelaArtculo Ley de Cont. Art. 56 Concurso Abierto Art. 62 Concurso C Cerrado Art. 73 Consulta de preciosArt. 75 Consulta de precios: i Expediente

Obras(U.T)

Obras($)

Bienes(U.T)

Bienes($)

Ms de

Ms de

50.000 50 000 UT 756 000 $ 756.000Entre

Ms de Ms de 20.000 20 000 UT 302 500 $ 302.500 Entre 5.000 5 000 y 20.000 UTEntre ($)

Entre ($)

20.000 20 000 y 50.000 UT Hasta 20.000 UTMs de 10.000 y hasta 19.999

302.500 y 756.000 $Hasta $

75.600 75 600 y 302.500 $ Hasta

302.500 $Desde $

Hasta 5.000 UT Ms de 2.500 y hasta 4.999 4 999

75.600 $ Ms de

151.200 $ A 302.499 $

1 U.T = 65 BsF. (15,12 $ - 2010) BsF. 2010)

37.800 37 800 $ y 75.599 $

Reglamento de la Ley de Reglamento Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Deroga el Decreto N 1.417 g Condiciones Generales de Contratacin C t t i para la Ejecucin d l Ej i de Obras (De los aos 1991 y 1996)

Artculo 51 Contratacin conjunta de proyecto y Obra No se podr iniciar la modalidad de seleccin si no e iste el existe respectivo proyecto. Solo se podr contratar conjuntamente obra y proyecto, en casos especiales autorizados i l t i d por el contratanteLey de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

En el Reglamento se establece el Compromiso de g p Responsabilidad Social Art. 34. El compromiso es obligatorio para obras q que superen las 2.500 UT p Art. 35.- Se fija Entre el 1 % y el 5% del monto del j Contrato, debe ejecutarse en un plazo menor al del Contrato (Art. 36), a fin de asegurar su terminacin ( ), g y entrega a satisfaccin de la comunidad beneficiada.

TTULO V. DE LA CONTRATACIN V(Reemplaza a las Condiciones Generales de Contratacin para Ejecucin de Obras)

Captulo I. Aspectos Generales de la Contratacin. Artculo 93 Documentos que forman parte del Contrato 93. Contrato. Acta o Documento donde se seale la fecha de inicio. Solvencias y Garantas requeridas. El pliego de condiciones y la oferta. Cronograma de desembolso. Documentacin legal . Certificados que establezcan las garantas respectivas y sus condiciones. condiciones

Artculo 94. Firma del Contrato.Ocho (8) das hbiles para la firma a partir de la adjudicacin. adjudicacin

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo I. Aspectos Generales de la Contratacin. Artculo 95. Control del Contrato. Fecha de Inicio. F h d I i i Anticipo. Compromiso de Responsabilidad Social Social. Supervisiones e inspecciones. Modificaciones en el alcance original y prrrogas. Fecha de terminacin. Finiquitos. Pagos parciales o fi l P i l final. Evaluacin del Contratista.

Artculo 96 Mantenimiento de las Condiciones 96. Condiciones.Debe mantenerse lo contemplado en el pliego de condiciones y en la oferta.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

La buena comunicacin es la mejor herramienta de Fiscalizacin..

Para empujar la Obra en la direccin correcta..

Captulo I. Aspectos Generales de la Contratacin. p p A l 98. Nulidad de los C Artculo 98 N lid d d l Contratos. Otorgado indebidamente o en forma irregular. No se hayan aplicado los mecanismos de adjudicacin correspondientes. p Cuando se aparten o difieran de las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y de las p g ofertas.

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Captulo I. Aspectos Generales de la Contratacin. Artculo 131. Modificaciones del Documento Principal.Se reglamentan las modificaciones que puedan hacerse al Contrato Contrato. ..

A t l 134 R Artculo 134. Responsabilidad Laboral. bilid d L b lEstablece al Contratista como nico Patrono del personal.

Captulo II. Garantas. Artculo 99. Fianza de Anticipo.Fianza por el 100% del Anticipo otorgado.

Artculo 100 Garanta de Fiel Cumplimiento. 100. Cumplimiento Fianza del 15% del monto del Contrato. Retencin del 10% de los pagos realizados.

Artculo 101. Garanta Laboral. Fianza del 10% del costo de la mano de obra, vigente hasta seis (6) meses despus de la Recepcin Definitiva. R t Retencin d un porcentaje de l pagos. i de t j d los

Pliza de Responsabilidad Civil.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo II. Garantas. Artculo 136. Porcentaje de retencin Laboral.Cinco por ciento (5%) de los pagos (De no constituir fianza)

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Captulo III. Inicio de Obra . Artculo 103. Inicio.Dentro d l l D t del plazo sealado en el C t t l d l Contrato.

Artculo 104. Anticipo. El pago del Anticipo no ser condicin indispensable para el inicio de los trabajos. D b ser pagado en un mximo d quince (15) d Deber d i de i das. El anticipo no ser mayor del 50%.

Artculo 105. Anticipo Especial. Se aplicarn las mismas normas en cuanto a la Fianza de Anticipo. El otorgamiento del Anticipo Especial no ser mayor del 20%. La suma de los anticipos no podr ser mayor al 70%.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Captulo III. Inicio de la Ejecucin del Contrato. Artculo 138. Indemnizacin por retraso en inicio.Se establece penalizacin por cada da hbil de retraso en el inicio inicio, contemplndose inclusive la rescisin del Contrato.

Artculo 139 Formularios 139. Formularios.Formularios a utilizarse en la realizacin de la obra.

Captulo IV. Modificaciones del Contrato. Artculo 106. Modificaciones.El Ente Contratante podr h E t C t t t d hacer l modificaciones que estime las difi i ti necesarias y/o el Contratista podr solicitar las modificaciones que considere convenientes. Debern serle autorizadas por escrito .

Artculo 107. Modificaciones del contrato sin autorizacin.El Contratante podr obligar a demoler y/o reconstruir lo que se hubiese ejecutado sin autorizacin .

Artculo 108. Causas de modificacin del Contrato. Aumentos o Disminuciones de las partidas contratadas. p Nuevas partidas. Variaciones en los montos establecidos en el presupuesto.

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo IV. Modificaciones del Contrato. Artculo 109. Variaciones del Presupuesto. Aumentos, Disminuciones, Obras adicionales di i l Artculo 110. Variaciones de Precios.Todas las variaciones de precios q hayan afectado realmente el p que y valor de la obra contratada, debidamente aprobadas por el Ente Contratante, se reconocern y pagarn al Contratista de acuerdo a los mecanismos establecidos en los Contratos aplicables segn su Contratos, naturaleza y fines, entre los cuales se sealan el calculado con base en las variaciones de ndices incluidos en frmulas polinmicas o el de comprobacin directa. directaLey de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo IV. Variaciones del Contrato. Artculo 140. Incremento de salario.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

El Contratante deber pagar las variaciones que se generen como consecuencia directa de la promulgacin de Leyes, Decretos o Contratos Colectivos de Trabajo posteriormente a la presentacin del presupuesto de obra obra. Nota: se infiere que la variacin se calcula por reclculo de los Anlisis de Precios Unitarios.

Artculo 141. Variacin de Precios...cuando el precio de los insumos vare como consecuencia de cuando medidas arancelarias o regulacin adoptadas por el Ejecutivo Nacional. De manera similar, cuando ocurran cambios en la tasa cambiaria oficial tambin variarn el precio de las partidas En caso partidas. de ocurrir variaciones, y en el Contrato est prevista la utilizacin de Frmulas Polinmicas, solamente se har en las partidas que varen.

Captulo IV. Variaciones del Contrato. Artculo 142. Sin utilizar frmula Polinmica.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

El Contratista debe presentar una solicitud acompaada de los documentos probatorios. Esta documentacin debe presentarse dentro de los tres (3) meses de la ocurrencia del evento que motiv la variacin variacin.

Artculo 143. Aumentos y Disminuciones de Obra.Se S contempla l existencia d A t l la i t i de Aumentos y Di i t Disminuciones en l i las cantidades de obra de las partidas previstas, por errores en los cmputos. Antes de ejecutar los aumentos, se debe prever la disponibilidad presupuestaria. El Contratante debe prever en la elaboracin de los presupuestos anuales los recursos que a su juicio sean requeridos para pagar los incrementos del monto del Contrato, a fin de garantizar que con estos recursos se logre la puesta en servicio de la obra.

Captulo IV. Variaciones del Contrato. Artculo 144. Obras Adicionales.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Se prev la existencia de Obras Adicionales, aquellas cuyos precios unitarios no hubiesen sido previstos en el presupuesto original.

Artculo 145. Disponibilidad Presupuestaria. p pPara la ejecucin de cualquier Obra Adicional, se deber contar con la disponibilidad presupuestaria requerida. De no contarse con esta disponibilidad, se podr h di ibilid d d hacer contra di i t disminuciones d obra, con l i de b la consiguiente reduccin de la meta fsica prevista.

Artculo 146 Lmite para variacin por partida 146. partida.Cuando las cantidades de obra de una o ms partidas tengan una variacin de ms del 30% , cualquiera de las partes podr solicitar la reconsideracin de los precios unitarios. Esta reconsideracin se aplicar a las cantidades que sobrepasen el lmite establecido.

Captulo IV. Variaciones del Contrato. Artculo 147. Modificaciones superiores al 10%. pDebern ser consideradas por el Contratante.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 148 Autorizaciones para modificacin 148. modificacin.El Ingeniero Inspector o Supervisor no podr modificar, alterar o disminuir los requerimientos de la obra contratada ni dar q instrucciones contrarias a las establecidas en los planos, a menos que est autorizado expresamente, por escrito, para ello. ello

Artculo 149. Cambios por parte del Contratante.El Contratante podr introducir los cambios que considere C t t t di t d i l bi id convenientes en la obra, debiendo notificar los cambios a los garantes.

Captulo V. Control y Fiscalizacin en el Contrato. p Artculo 112. Supervisin e Inspeccin.El Ente Contratante asignar el o los Supervisores o Ingenieros Inspectores, de acuerdo a la naturaleza del Contrato.

Artculo 114 Ingeniero Residente 114. Residente.El Contratista deber mantener al frente de la obra un Ingeniero Residente, Residente debiendo participarlo por escrito al Ente Contratante.

El Inspector debe permanecer siempre en la obra?Ley de Contrataciones Pblicas -

El Residente debe permanecer siempre en la obra?

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo V. Control y Fiscalizacin en el Contrato. Artculo 115. Atribuciones y obligaciones del Ingeniero Inspector de Obras.1. Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los trabajos, conjuntamente con el Ingeniero residente y el Contratista. 2. Supervisar la Calidad d l M t i l 2 S i l C lid d de los Materiales, l equipos y l los i la tecnologa que el contratista utilizar en la obra. 3. 3 Rechazar y hacer retirar de a obra los materiales y equipos que no renan las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra. 4. Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras concluidas o en proceso de ejecucin y su adecuacin a los planos, a las especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus modificaciones, a la instrucciones del rgano o Ente contratante y a todas las caractersticas exigibles para los trabajos que ejecute el contratista contratista.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo V. Control y Fiscalizacin en el Contrato.5. Suspender la ejecucin de partes de la obra cuando estas no se estn ejecutando conforme a los documentos y normas tcnicas, planos y especificaciones de la misma. p p 6. Recibir las observaciones y solicitudes que formule por escrito el contratista en relacin con la ejecucin de la obra, e indicarle las instrucciones, acciones o soluciones que estime conveniente, l i t i i l i ti i t dentro de los plazos previstos en el contrato o con la celeridad que demande la naturaleza de la peticin. 7. Informar, al menos mensualmente, el avance tcnico y administrativo de la obra y notificar de inmediato, por escrito, al rgano o ente contratante cualquier paralizacin o anormalidad que observe durante su ejecucin. p y g 8. Coordinar con el proyectista y con el rgano o ente contratante para prever, con la debida anticipacin, las modificaciones que pudieren surgir durante su ejecucin. Artculo 115. Atribucionesdel Ingeniero InspectorLey de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo V. Control y Fiscalizacin en el Contrato.9. Dar estricto cumplimiento al trmite, control y pago de las valuaciones de obra ejecutada. 10. 10 Conocer cabalmente el contrato que rija la obra a inspeccionar o inspeccionada. p p 11. Elaborar y firmar el acta de terminacin y recepcin provisional o definitiva de la obra conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista. 12. Velar 12 V l por el estricto cumplimiento de las normas laborales, d l ti t li i t d l l b l de seguridad industrial y de condiciones en el medio ambiente de trabajo. 13. Elaborar, firmar y tramitar las actas de paralizacin y reinicio de los trabajos y las que deban levantarse en los supuestos de prrroga, prrroga conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista. 14. Cualquier otra que se derive de las obligaciones propias de la ejecucin del contrato.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo V. Ejecucin de Obras.Suministro de planos y especificaciones al Contratista.

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 150. Documentacin Tcnica para Obras.

Artculo 151. Aplicacin de Normas Tcnicas en la p ejecucin de la Obra.Aplicacin de Normas Tcnicas y especificaciones vigentes.

Artculo 152. Inicio de trabajos en obras.El Contratista deber notificar con dos (2) das de anticipacin al Ingeniero Inspector la ejecucin de cualquier trabajo en la obra.

Artculo 153. Atencin de los trabajos. jObligacin de mantener en el sitio los equipos y maquinarias requeridos.

Captulo V. Ejecucin de Obras. Artculo 155. Materiales y Equipos.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

El Contratista suministrar los insumos requeridos requeridos.

Artculo 156. Suministro de Materiales o Equipos p por el Ente Contratante: El Ente podr suministrarinsumos para la ejecucin de la obra.

Captulo V. Ejecucin de Obras.

Artculo 157. Pruebas de calidad.Divergencias en las pruebas de calidad del material.

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

33

Captulo V. Ejecucin de Obras.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 158. Explosivos.Obligacin de cumplir con las leyes que rigen la materia.

A l 159. Emergencias en l obra. Artculo 159 E i la bEl Contratista deber actuar de inmediato .34

Captulo V. Ejecucin de Obras. Artculo 160. Derechos de Paso.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

El Ente Contratante tramitar y obtendr los permisos permisos, servidumbres y derechos de pasos requeridos.

A t l 161 P Artculo 161. Permisos. iEl Contratista deber contar con los permisos correspondientes para la ejecucin de obras que afecten a terceros.

Artculo 162. Previsiones a favor de terceros. Artculo 163. Apoyo del Contratista a 163 representantes del rgano o Ente Contratante.

Artculo 164. Libro de Obra. El Contratista est obligado a llevar un Libro de Obra, debidamente foliado, firmado por el Ingeniero Inspector, el Ingeniero Residente y el representante de la Contratista.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

36

Captulo V. Ejecucin de Obras.

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 165. Procedencia de la paralizacin.El Ingeniero Inspector podr solicitar la paralizacin total de la obra cuando el Contratista incumpla las normas tcnicas o especificaciones de la misma misma.

Artculo 166. Orden del Ingeniero Inspector. g p Artculo 167. Observaciones del Contratista. Artculo 168. Conocimiento del sitio de la obra por el Contratista Contratista.

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 169. Responsabilidad de la buena ejecucin de la obra: El Contratistaser el nico responsable de la buena ejecucin de la obra.

Artculo 170. Responsabilidad p daos en la p por ejecucin de la obra: Vigilancia de la obra, tomade precauciones necesarias.

Captulo V. Ejecucin de Obras. p j Artculo 171. Avisos y Sealamientos 171 Sealamientos. Artculo 172. Colocacin de vallas.

Reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

El Contratista debe colocar a sus expensas la valla de la obra en un plazo de diez (10) das hbiles. Si no se cumple, deber cancelar una multa diaria.

Artculo 173. Seguridad de los trabajadores. g j Artculo 174. Monto del Contrato de Inspeccin.Debe D b ser i f i al 5% d l monto d l C inferior l del del Contrato d l de la obra. .

Captulo VI. Pagos.

Artculo 117. Conformacin y validacin de los formularios: Inspector, Residente, Contratista y p Contratante Artculo 118. Condiciones para entregar y conformar las 118valuaciones.El lapso entre valuaciones no ser menor de cinco (5) das ni mayor de cuarenta y cinco (45) das. g p p ( ) p El Ingeniero Inspector tendr un plazo de ocho (8) das para la revisin.

Artculo 119. Pago de pequeos y medianosproductores.El pago deber ser de inmediato.Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010 Ley de Contrataciones Pblicas -

Captulo VI. Pagos. p g

Reglamento de la Ley de Contrataciones PblicasGaceta 39.181 - 19 de Mayo de 2009

Artculo 176. Deduccin de Anticipos 176 Anticipos.Se deducirn de cada facturacin o valuacin en la misma proporcin que fueron otorgados otorgados.

Artculo 177. Pagos en servicios y obras.Una vez conformada la valuacin por el Supervisor o Ingeniero Inspector, el funcionario responsable autorizar el pago en un plazo no mayor de ocho (8) das hbiles. Una vez otorgada la autorizacin, el pago se realizar en un plazo no mayor de ocho ( ) das hbiles. p y (8)

Captulo VII. Terminacin de la obra. Artculo 121. Terminacin en caso de obra.Se d b S debe notificar con 10 das de anticipacin l t tifi d d ti i i la terminacin d l i i de la obra. Se deber elaborar el Acta correspondiente.

Artculo 122 Solicitud de prrrogas. 122. prrrogas1.Haber ordenado el Contratante la suspensin temporal de los trabajos por causas no imputables al contratista o modificacin de stos. 2.Haber determinado diferencias entre lo establecido en el Contrato y la obra a ejecutar, siempre que estas diferencias supongan una variacin significativa. 3.Fuerza 3 Fuerza mayor o situaciones imprevistas debidamente comprobadas. q que 4.Cualquier otra q el Contratante as lo considere.Ley de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo VII. Terminacin de la obra. Artculo 123. Aceptacin Provisional.Se debe solicitar dentro del plazo de sesenta (60) das contados a partir del Acta de Terminacin. Valuacin de cierre cierre. Planos definitivos. E i Equipos explosivos. l i Planos y documentacin de los equipos. G Garantas de los equipos e instalaciones. t d l i i t l i

Artculo 124. Garanta de Funcionamiento.En el Documento Principal se establecer el lapso de Garanta, el cual comenzar a contarse a partir del Acta de Terminacin.

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Captulo VII. Terminacin de la obra. Artculo 125. Recepcin Definitiva.Concluido el lapso de garanta, se debe solicitar la Recepcin Definitiva en un lapso de treinta (30) das.

Artculo 126 Pagos y Liberacin Garantas. 126. GarantasUna vez efectuada la Recepcin Definitiva se debern realizar los pagos restantes y se liberarn las Fianzas presentadas.

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Artculo 127. Causales de 127. Rescisin Unilateral del Contrato.Se S sealan las causales de rescisin.

Ley de Contrataciones Pblicas -

Gaceta 39.503- 06-09-2010

En el mes de Septiembre de 2010 se reform una vez mas la Ley de Contrataciones S introducen medidas d P t Se i t d did de Proteccin para i asegurar terminar la obra- Articulo 131 al 137 Permite ocupar la obra que presente retraso o posibilidades de no terminar en la fecha Implica comiso y aseguramiento de bienes e insumos Implica un procedimiento administrativo complejoLey de Contrataciones Pblicas Gaceta 39.503- 06 de Septiembre de 2010

Gracias por su atencin