LEGISLACION MEDICAMENTOS CONTROLADOS

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  Ministerio de la Protección Social FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES Unidad Administrativa Especial TRAMITES PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE MATERIAS PRIMAS Y MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL Manual de Trámites

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legislacion de medicamentos

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  • Ministerio de la Proteccin Social

    FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

    Unidad Administrativa Especial

    TRAMITES PARA

    EL CONTROL Y VIGILANCIA

    DE MATERIAS PRIMAS Y

    MEDICAMENTOS DE CONTROL

    ESPECIAL

    Manual de Trmites

  • REPUBLICA DE COLOMBIA

    ALVARO URIBE VELEZ

    DIEGO PALACIO BETANCOURT

    MARTHA EUGENIA BALLESTEROS PRIETO

    Documento compilado y adaptado por: ALMA PAOLA TIETBOHL URREGO Qumica Farmacutica Licenciada en Qumica

    Colaboradores: ERIKA AGURRE GUSTAVO MORAN Coordinadora Tcnica Asesor Tcnico Fondo Nacional de Estupefacientes Fondo Nacional de Estupefacientes

    LIBARDO CARDENAS GIRALDO Qumico Farmacutico Abogado

    Presidente de la Repblica

    Ministro de la Proteccin Social

    Directora Fondo Nacional de Estupefacientes

  • PRESENTACIN

    1. Normatividad Nacional ...

    2. Conceptos bsicos .

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    3. Definiciones para efectos de control .

    4. Generalidades de los trmites requeridos .

    5. Tramites para la Inscripcin .....

    De EPS, IPS, ARS .

    De Distribuidores .

    De Laboratorios Fabricantes .

    De personas naturales y/o jurdicas ...

    6. Distribucin .

    7. Importacin .. ..

    Previsiones .

    8. Exportacin .

    9. Compra local de materias primas importadas ..

    10. Fabricacin

    Pg.

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    41

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    C O N T E N I D O

  • 11. Prdida y destruccin ..

    12. Prescripcin y Despacho a pacientes .

    ANEXOS

    Anexo 1. Materias primas Monopolio del Estado y Medicamentos

    Franja violeta Monopolio del Estado ...

    Anexo 2. Medicamentos Franja Violeta ...

    Anexo 3. Materias primas de Control especial

    LISTADO DE FIGURAS

    Figura 1. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la U.A.E.

    Fondo Nacional de Estupefacientes de EPS, ARS, IPS...

    Figura 2. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la U.A.E.

    Fondo Nacional de Estupefacientes de Distribuidores ..

    Figura 3. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la U.A.E.

    Fondo Nacional de Estupefacientes de Laboratorios Fabricantes ..

    Pg.

    60

    64

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    26

    29

    C O N T E N I D O

  • Figura 4. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la U.A.E.

    Fondo Nacional de Estupefacientes de personas naturales

    o jurdicas .

    Figura 5. Diagrama de flujo de la importacin de materias primas

    de control especial y medicamentos que las contengan .

    Figura 6. Diagrama de flujo de la exportacin de materias primas

    de control especial ....

    Figura 7. Diagrama de flujo de la exportacin de medicamentos que

    contienen materias primas de control especial .

    Figura 8. Diagrama de flujo de la compra local de materias primas

    de control Especial

    Figura 9. Diagrama de flujo de la fabricacin de medicamentos

    que contienen materias primas de control Especial .

    Figura 10. Diagrama de flujo de la destruccin de materias primas o

    medicamentos de control especial .

    Pg.

    32 44 50 51

    53

    56

    61

    C O N T E N I D O

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Sustancias de Control Especial

    Este manual de Trmites para el control y vigilancia de materias primas y

    medicamentos de control especial representa un esfuerzo ms al interior de la

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes en cumplimiento de su misin,

    visin y objetivos, y tiene como intencionalidad principal, poner a disposicin

    de todas las personas, entidades, usuarios de los servicios del Fondo Nacional

    de Estupefacientes, y al pblico en general, las herramientas bsicas para los

    trmites en los procesos de inscripcin, distribucin, importacin, exportacin,

    compra local, fabricacin, destruccin, prescripcin y despacho a pacientes, en

    lo referente a materias primas de control especial y medicamentos que las

    contengan.

    La publicacin del manual Trmites para el control y vigilancia de materias

    primas y medicamentos de control especial, pretende efectuar un sealamiento

    a los conceptos bsicos y a la secuencia de pasos que hay que seguir al

    efectuarse un trmite ante esta institucin estatal acorde con la normatividad

    vigente. As mismo, busca que las personas o entidades que manipulan

    sustancias de control especial, puedan detectar situaciones irregulares que

    deban ser puestas en conocimiento de las autoridades competentes.

    La buena aplicacin de este manual por parte de los usuarios de la U.A.E.

    Fondo Nacional de Estupefacientes, ayudar a fortalecer la gestin de los

    funcionarios a cargo de la fiscalizacin, vigilancia y control de materias

    primas, estupefacientes, sustancias psicotrpicas y sus precursores qumicos.

    MARTHA EUGENIA BALLESTEROS PRIETO Directora U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    1

    Presentacin

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    Normatividad

    a siguiente resea normativa recordar al usuario las disposiciones nacionales e internacionales para el control y vigilancia de estupefacientes.

    AMBITO NACIONAL

    CONGRESO DE COLOMBIA. LEY 36 DE DICIEMBRE 4 DE 1939

    Por la cual se reglamenta el comercio de las drogas que forman habito

    pernicioso.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 257 DE 24 DE FEBRERO DE 1969

    Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Rotatorio de

    Estupefacientes del Ministerio de Salud Pblica.

    CONGRESO DE COLOMBIA. LEY 30 DE ENERO 31 DE 1986

    Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 3788 DE DICIEMBRE DE 1986

    Por el cual se reglamenta la ley 30 o Estatuto Nacional de Estupefacientes.

    1

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    MINISTERIO DE JUSTICIA. RESOLUCION 0009 DE 18 DE FEBRERO DE

    1987 Por la cual se reglamenta en el territorio Nacional la importacin, fabricacin,

    distribucin, transporte y uso de acetona, cloroformo, ter etlico, cido

    clorhdrico y dems sustancias a que hace referencia el literal F del artculo 20

    de la ley 30 de 1986.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 6980 DE 28 DE MAYO DE 1991

    Por la cual se expiden las normas de la importacin, exportacin, fabricacin,

    distribucin y venta de medicamentos, materias primas y precursores de control

    especial. Derogada por la Resolucin 0826 de abril de 2003.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 6375 DE 27 DE AGOSTO DE

    1993

    Por la cual se dictan las normas para la organizacin de los Fondos Rotatorios

    de Estupefacientes de las Direcciones Seccionales.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 677 DE 26 DE ABRIL DE 1995

    Por el cual se reglamenta parcialmente el rgimen de registros y licencias, el

    control de calidad, as como el rgimen de vigilancias sanitarias de

    medicamentos, cosmticos, preparaciones fermacuticas a base de recursos

    naturales, productos de aseo, higiene y limpieza y otros productos de uso

    domstico y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 3734 DE 16 DE OCTUBRE DE

    1996

    Por la cual se fijan las funciones, atribuciones y responsabilidades a los

    interventores.

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES. RESOLUCION 176 DE 12

    DE DICIEMBRE DE 1996

    Por la cual se establece provisionalmente el precio de venta de los

    medicamentos de control especial

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 1454 DE 13 DE MAYO DE 1997

    Por la cual se adiciona el artculo 4 de la resolucin 6980 de 28 de mayo de

    1991, en el sentido de incluir una sustancia psicotrpica

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 5108 DE 30 DE DICIEMBRE

    DE 1997

    Por la cual se crean grupos internos de trabajo y asignan funciones a los

    coordinadores del Fondo Nacional de Estupefacientes

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 2668 DE 9 DE JULIO DE 1998

    Por la cual se modifica la Resolucin 6980 de 1991, en el sentido de incluir las

    sustancias, las cuales corresponden al Cuadro I de la Convencin de las

    Naciones Unidas contra el trfico ilcito de estupefacientes y sustancias

    psicotrpicas 1988.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 1152 DE 29 DE JUNIO DE 1999

    Por el cual se reestructura el Ministerio de Salud como organismo de

    Direccin del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 2685 DE 28 DE DICIEMBRE DE

    1999 ESTATUTO ADUANERO

    Por el cual se modifica la Legislacin Aduanera

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 0679 DE 30 DE MARZO DE

    2000

    Por el cual se adopto el manual especfico de funciones y requisitos mnimos

    para los empleos de la planta de personal del Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 2776 DE 1 DE NOVIEMBRE DE

    2000

    Por la cual se fijan los procedimientos para establecer los costos sobre el valor

    del CIF de los medicamentos de control especial, las drogas, materias primas o

    precursores utilizados en su fabricacin y que son importados a travs del

    Fondo Nacional de Estupefacientes.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 092 DE 19 DE ENERO DE 2001

    Por la cual se modifica el manual de funciones y requisitos para los empleos

    de la planta de personal del Fondo Nacional de Estupefacientes.

    MINISTERIO DE SALUD. DECRETO 549 DE 29 DE MARZO DE 2001

    Por el cual se establece el procedimiento para la obtencin del certificado de

    cumplimiento de las Buenas Prcticas de Manufactura por parte de los

    laboratorios fabricantes de medicamentos que se importen o produzcan en el

    pas.

    MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR. CIRCULAR EXTERNA 041.

    DE 31 DE MAYO DE 2002

    Establece los productos que nicamente pueden ser importados por el Fondo

    Nacional de Estupefacientes o a travs del mismo.

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 1203 DE 16 DE SEPTIEMBRE

    DE 2002

    Por la cual se ordena al Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de

    Salud asumir la distribucin y control de un medicamento.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 1242 DE 26 DE SEPTIEMBRE

    DE 2002

    Por la cual se modifica y se amplia la resolucin 679 del 30 de marzo de 2000

    de la planta de personal del Fondo Nacional de Estupefacientes.

    MINISTERIO DE SALUD. RESOLUCION 01339 DE 15 DE OCTUBRE

    DE 2002

    Por la cual se designan funciones y se delega la ordenacin del gasto en la

    Direccin del Fondo Nacional de Estupefacientes.

    MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. DECRETO 205 DE 2003

    Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgnica y las funciones

    del Ministerio de la Proteccin Social y se dictan otras disposiciones.

    MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. RESOLUCION 00087 DE 21

    DE FEBRERO DE 2003

    Por la cual se delegan funciones al director de la UAE Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. RESOLUCION 000826 DE

    10 DE ABRIL DE 2003

    Por la cual se expiden normas para el control y vigilancia de la importacin,

    exportacin, procesamiento, sntesis, fabricacin, distribucin, dispensacin,

    compra, venta y destruccin de Materias Primas de Control Especial y

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    medicamentos que las contengan y sobre aquellas que son monopolio del

    Estado.

    AMBITO INTERNACIONAL

    CONVENCION NACIONES UNIDAS 1931

    Convencin sobre estupefacientes (Liga de Naciones).

    CONVENCION DE VIENA MARZO 30 DE 1961

    Convencin sobre estupefacientes, enmendada por el protocolo de 1972 NY,

    limita el uso de estupefacientes a fines mdicos y cientficos y establece una

    cooperacin y fiscalizacin efectiva.

    CONVENCION DE VIENA DE 1971

    Por medio de la cual se limita el uso de sustancias psicotrpicas a los fines

    mdicos y cientficos y se establezca una cooperacin entre Naciones en este

    sentido.

    CONVENIO RODRIGO LARA BONILLA- COMUNIDAD ANDINA- 1986

    Sobre cooperacin para la prevencin del uso indebido y la represin de trfico

    ilcito y sustancias psicotrpicas.

    CONVENCION DE VIENA DE 1988

    Por medio de la cual se promueve la cooperacin entre las partes a fin de hacer

    frente a los diversos aspectos a trfico ilcito de estupefacientes y sustancias

    psicotrpicas y el problema mundial de las drogas.

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  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Normatividad

    CONVENIO SOBRE COOPERACION ARGENTINA - 1988

    Por medio de la cual se previene el uso indebido de sustancias psicotrpicas y

    se plantea el intercambio de informacin sobre las acciones emprendidas por

    los dos estados para prestar la asistencia necesaria a los adictos.

    ACUERDO DE COOPERACION - BRASIL 1999

    Por medio del cual se previene y controla el desvo de precursores y sustancias

    qumicas esenciales para el procesamiento de estupefacientes y sustancias

    psicotrpicas.

    CONVENIO DE COOPERACION EN LA LUCHA CONTRA EL TRAFICO

    ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS

    BOLIVIA - 2001

    Por medio de el se establece cooperacin a fin de prevenir, reducir y reprimir las actividades de produccin y fabricacin, trfico, distribucin y venta ilcita

    y consumo indebido de estupefacientes y sustancias psicotrpicas naturales y

    sintticas, as como asistencia tcnica para programas de capacitacin para la

    prevencin y promocin de salud, tratamiento de drogo dependientes.

    8

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    Conceptos Bsicos

    continuacin se indican algunos conceptos bsicos acerca del control

    administrativo que se ejerce sobre las sustancias de control especial y

    medicamentos que las contengan, y las de monopolio del estado.

    El control est a cargo de las Autoridades Sanitarias y se lleva a cabo a travs

    de los siguientes mecanismos:

    1. Fijacin de una lista de sustancias (materias primas) y productos

    terminados (medicamentos) sometidos a control de fiscalizacin.

    2. Vigilancia y control sobre la importacin, exportacin, fabricacin,

    destruccin, distribucin, dispensacin y consumo de estas sustancias

    y productos.

    El procedimiento para el control comprende dos etapas:

    A. Control Internacional Lo ejercen la OEA y la ONU a travs de dos organismos: la Comisin

    Interamericana para el control y el abuso de drogas (CICAD) y la Junta

    Internacional de Fiscalizacin de Estupefacientes (JIFE), donde esta ltima

    acta como rgano fiscalizador dependiente, de las Naciones Unidas,

    encargada de aplicar las convenciones y el Convenio de la ONU relativos a las

    drogas. Sus funciones consisten en tratar, en cooperacin con los gobiernos,

    2

    9

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    de limitar el cultivo, la produccin, la fabricacin y el uso de estupefacientes a

    las cantidades requeridas para fines mdicos y cientficos, en velar por que se

    disponga de las cantidades de estupefacientes necesarias para fines lcitos y

    en impedir el cultivo, la produccin, la fabricacin, el trfico y el uso ilcito.

    B. Control Nacional El control nacional lo efecta la Unidad Administrativa Especial Fondo

    Nacional de Estupefacientes dependiente de el Ministerio de la Proteccin

    Social. El control se ejerce sobre las importaciones, exportaciones, fabricacin,

    destruccin y sobre la distribucin y dispensacin de materias primas de

    control especial y medicamentos que las contengan.

    Para el caso de las importaciones, cuando son de materias primas se vigila la

    transformacin de la sustancia precursora y los libros de registro, en caso de

    producto terminado se vigilan los libros de registro (entrada, salida, saldo).

    .

    Recuerde que el control efectuado en el

    departamento de Cundinamarca lo realiza la

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    ubicada en Bogot; el control efectuado fuera de

    ste departamento lo ejercen los Fondos

    Rotatorios de Estupefacientes ubicados en las

    Secretarias de Salud Departamentales o la

    dependencia que haga sus veces

    10

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    ESQUEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL TRFICO LCITO

    11

    MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL

    FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES SECCIONAL

    IMPORTADORES Productos Terminados

    VIGILANCIA TRANSFORMACION (ELABORACION PRODUCTO TERMINADO)

    MINORISTAS

    MAYORISTAS

    IMPORTADORES Materias Primas

    ALMACEN

    FARMACIA

    DESPACHO PACIENTES RETENCION RECETA

    JIFE CICAD

    ORGANIZACIN DE ESTADOS AMERICANOS

    OEA

    ORGANIZACIN DE NACIONES UNIDAS

    ONU

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    UAE Fondo Nacional de Estupefacientes Fue creado mediante la Ley 36 de 1939, organizado inicialmente como Fondo

    Rotatorio, dependiendo del Ministerio de Higiene; a partir de 1990 se cambia a

    Fondo Nacional de Estupefacientes dependiente del Ministerio de Salud.

    En la actualidad el Fondo Nacional de Estupefacientes es una Unidad

    Administrativa Especial, dependiente del Ministerio de la Proteccin Social.

    .

    MISION Garantizar la vigilancia de materias primas de control

    especial y medicamentos que las contengan,

    respondiendo por la disponibilidad de medicamentos

    monopolio del Estado, y apoyando los programas de

    farmacodependencia.

    VISION Ser una entidad de evolucin constante a nivel de

    polticas para la prevencin y control en el abuso de

    drogas en el mbito Nacional e Internacional.

    OBJETIVO GENERAL Ejercer la fiscalizacin, vigilancia y control sobre

    materias primas, estupefacientes, sustancias psicotrpicas

    y precursores qumicos en los procesos de importacin,

    exportacin, fabricacin, distribucin, consumo, venta y

    destruccin garantizando la disponibilidad de los

    medicamentos monopolio del Estado, y desarrollar

    acciones de prevencin, rehabilitacin y resocializacin

    en lo referente a la farmacodependencia.

    12

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    FUNCIONES GENERALES DE LA U.A.E. FONDO NACIONAL

    DE ESTUPEFACIENTES

    1.- Representar en reuniones bilaterales y multilaterales al Gobierno Nacional y

    formular, evaluar, y presentar proyectos tcnicos de cooperacin internacional

    y nacional.

    2.- Capacitar, y adelantar acciones de prevencin en el consumo de sustancias

    sometidas a fiscalizacin internacional y medicamentos que las contengan, y

    coordinar seminarios binacionales para fortalecer los controles y fiscalizacin

    de materias primas y medicamentos que las contengan.

    3.- Divulgar a travs de la pgina Web informacin de importancia en el

    mbito nacional e internacional sobre el uso y abuso de las sustancias

    psicoactivas.

    4.- Reglamentar y controlar estrictamente la importacin, exportacin,

    produccin distribucin y dispensacin de las materias primas de control

    especial y de los medicamentos que las contengan.

    5.- Adoptar medidas que permitan garantizar el destino adecuado y buen uso de

    las materias primas de control especial y de los medicamentos que las

    contengan.

    6.- Formular planes de seguimiento hacia los laboratorios en la distribucin y

    dispensacin de las materias primas de control especial y de los medicamentos

    que las contengan.

    7.- Garantizar la distribucin de los medicamentos Monopolio del Estado. En la

    poblacin Colombiana.

    8.- Liderar el trabajo de las secretarias de salud, los fondos rotatorios y

    entidades de salud con relacin a su intervencin en el manejo de las materias

    primas de control especial o los medicamentos que las contengan.

    9.- Adoptar convenios con entidades educativas especializadas con el fin de

    desarrollar estudios de preformulacin, formulacin y estabilizacin. 13

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Conceptos Bsicos

    10.- Desarrollar estudios multicntricos que permitan tener el control de la

    formulacin nacional de los medicamentos monopolio del Estado.

    11.- Desarrollar programas de prevencin, rehabilitacin y resocializacin del

    consumo de sustancias sicoactivas y apoyar las polticas gubernamentales

    encaminadas a la lucha contra l trafico ilcito de drogas.

    12.- Realizar estudios sobre sustancias que produzcan conductas adictivas para

    presentar a la JIFE (Junta Internacional de Fiscalizacin de Estupefacientes)

    para que sean incluidas en las listas de las convenciones vigentes.

    13.- Determinar las previsiones anuales.

    14.- Desarrollar normas para vigilancia y control del manejo de materias

    primas de control especial y medicamentos que las contengan o las de

    monopolio del estado.

    15.- Inspeccionar, vigilar y controlar las importaciones, exportaciones,

    fabricacin, distribucin, venta, consumo, destruccin de materias primas y

    medicamentos de control especial y/o monopolio del Estado.

    16.- Elaborar estudios tcnicos especializados que permitan conceptuar o

    decidir en aspectos relacionados con epidemiologa, importacin, exportacin,

    fabricacin, distribucin, venta y consumo de sustancias.

    17.- Efectuar los procesos de contratacin para la compra de materias primas y

    medicamentos de monopolio del estado.

    18.- Participar en la formulacin de polticas internacionales de regulacin y

    control de sustancias qumicas.

    19.- Atender los requerimientos de informacin de organismos internacionales

    en materia de lucha contra el trfico ilcito de estupefacientes y sustancia

    psicotrpicas.

    20.- Realizar interventoria a los contratos y programas de prevencin,

    rehabilitacin y resocializacin.

    21.- Brindar asistencia tcnica a las consultas formuladas por los sujetos de

    control del Fondo Nacional de Estupefacientes.

    14

  • ORGANIGRAMA U.A.E. FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

    SERVICIOS GENERALES

    SECRETARIAS

    CONDUCTORES

    CORRESPON_ DENCIA INSPECCIN

    ASESORIA TCNICA Y CIENTFICA

    ASESORIA ADMINISTRATIVA,

    FINANCIERA Y LEGAL

    DIRECCIN

    FARMACIA SISTEMAS TCNICA ADMINISTRACIN

    TESORERIA

    PRESUPUESTO

    CONTABILIDAD POLITICA

    Manual de trm

    ites C

    onceptos Bsicos

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    15

    ALMACEN

    TRANSFORMACION DESTRUCCION

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Definiciones

    Definiciones para efectos de control

    continuacin se encuentran descritas las definiciones para efectos

    del control que sern utilizadas en los requerimientos a los solicitantes que

    manipulen sustancias de Control Especial y medicamentos que las contengan.

    Toda persona natural o jurdica, que adquiera para si o para otro, una o varias

    sustancias de control especial.

    Adquisicin local de materias primas controladas previa autorizacin de la

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    Toda persona natural o jurdica, que comercialice una o ms sustancias de

    control especial.

    Son las sustancias utilizadas como patrones de comparacin en los test y

    ensayos oficiales de las farmacopeas.

    Estndar de Referencia

    3

    Comprador

    Distribuidor

    16

    Compra Local

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Definiciones

    Es la sustancia con alto potencial de dependencia y abuso.

    Toda persona natural o jurdica que distribuya fuera del pas una o varias

    materias primas y /o medicamentos de control especial

    Elaboracin de medicamentos transformando materias primas de control

    especial

    Toda persona natural o jurdica que ingrese al pas una o varias materias

    primas y /o medicamento de control especial.

    Trmite requerido ante la U.A.E. Fondo Nacional de estupefacientes para

    poder importar, exportar, procesar, sintetizar, fabricar, distribuir, vender,

    dispensar y comprar localmente materias primas de control especial y

    medicamentos que los contengan.

    Es un libro foliado en la U.A.E Fondo Nacional de estupefacientes, en el cual

    se registran, con sus respectivos soportes, los movimientos diarios de las

    materias primas o medicamentos de control especial. Este libro de control no

    debe presentar enmendaduras en ningn caso; si se presenta alguna

    Estupefaciente

    Importador

    Libro de Registro

    17

    Inscripcin

    Fabricacin

    Exportador

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Definiciones

    equivocacin, esta se debe corregir a regln seguido por medio de notas

    aclaratorias anulando los acientos donde se encuentra el error. Al diligenciar

    el libro no deben quedar filas vacas, y los datos estipulados deben quedar en

    las columnas respectivas, por ningn caso se permite abarcar el espacio de

    otras columnas. El libro de registro es revisado peridicamente por un

    representante de la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    Es el preparado farmacutico obtenido a partir de uno o ms principios activos

    de control especial, catalogados como tal en las convenciones de

    estupefacientes, precursores y psicotrpicos, o por el Gobierno Nacional, con

    o sin sustancias auxiliares presentado bajo forma farmacutica definida, que

    se utiliza para la prevencin, diagnstico, tratamiento, curacin o

    rehabilitacin de las enfermedades de los seres vivos.

    Derecho posedo de exclusividad.

    Nmero asignado por la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes al

    solicitar la compra de una materia prima de control especial. Debe ser

    referenciado en todos los documentos de comercializacin.

    Es la sustancia o mezcla de sustancias a partir de las cuales se producen,

    sintetizan u obtienen drogas o medicamentos ilcitos que pueden crean

    dependencia.

    Medicamento de Control Especial de uso Humano o Veterinario

    Monopolio

    Precursor qumico de control especial

    Nmero de pedido

    18

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Definiciones

    Conjunto de actividades encaminadas a informar, reducir y evitar el mal uso

    de sustancias que puedan causar dependencia.

    Cupo asignado al pas por la Junta Internacional de Fiscalizacin de

    Estupefacientes (JIFE), de materias primas o medicamentos de control

    especial para satisfacer las necesidades mdicas y cientficas.

    Es toda sustancia farmacolgicamente activa cualquiera que sea su origen que

    produce efectos mediatos e inmediatos de dependencia psquica o fsica en el

    ser humano; aquella que por su posibilidad de abuso, pueda tener algn grado

    de peligrosidad en su uso, o aquella que haya sido catalogada como tal, en los

    convenios internacionales y/o aceptada por la Comisin Revisora del

    INVIMA.

    Documento oficial, personal e intransferible entregado a los prescriptores en

    cada una de las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud, para la

    formulacin de los medicamentos de control especial.

    Toda persona natural o jurdica, que ofrezca y dispense materias primas o

    medicamentos de control especial.

    Prevencin

    Previsin

    Recetario Oficial

    19

    Principio Activo de Control Especial

    Vendedor

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Generalidades

    Generalidades de los Trmites requeridos ante La U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes

    enga en cuenta los siguientes criterios cuando se manipulan

    materias primas o medicamentos de control especial.

    9 Allegar documentacin requerida a la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes

    9 Inscripcin ante la U.A.E. Fondo Nacional de estupefacientes 9 Solicitar previsiones anuales 9 Solicitar autorizacin 9 Poseer libros de registro 9 Enviar informes de movimientos a la UAE Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    9 Inscripcin ante la U.A.E. Fondo Nacional de estupefacientes 9 Solicitar autorizacin 9 Poseer libros de registro 9 Enviar informes de movimientos a la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    4

    20

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Generalidades

    9 Inscripcin ante la U.A.E. Fondo Nacional de estupefacientes 9 Solicitar autorizacin 9 Referenciar el Nmero de pedido en todo documento de

    comercializacin

    9 Inscripcin ante la U.A.E. Fondo Nacional de estupefacientes 9 Solicitar autorizacin 9 Poseer libros de registro 9 Enviar informes de movimientos a la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    9 Inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de estupefacientes 9 Solicitar autorizacin 9 Poseer libros de registro 9 Cumplir con normatividad ambiental

    9 Inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de estupefacientes 9 Poseer libros de registro 9 Enviar informes de movimientos a la UAE Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    9 Prescripcin por parte del profesional idneo

    9 Frmula mdica con datos requeridos completos y documento de identidad.

    21

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Inscripcin

    Tramites para la Inscripcin, Renovacin,

    Ampliacin y Modificacin

    e acuerdo con el artculo 14 de la Resolucin 000826 de 2003, expedida por el Ministerio de la Proteccin Social, las personas naturales,

    jurdicas y/o entidades gubernamentales, interesadas en importar, exportar,

    procesar, sintetizar, fabricar, distribuir, vender, dispensar y comprar

    localmente materias primas de control especial y medicamentos que las

    contengan, para fines mdicos y cientficos deben inscribirse ante la U.A.E.

    Fondo Nacional de estupefacientes.

    LOS TRAMITES SE DESCRIBEN EN LAS FIGURAS 1, 2, 3 y 4.

    Recuerden que Todas las personas inscritas ante la UAE Fondo

    Nacional de Estupefacientes, deben enviar a esa

    entidad, un libro de contabilidad de tres columnas,

    foliado para darle apertura y sellarlo

    consecutivamente. En este libro se registran todos

    los movimientos en los que intervienen materias

    primas y/o medicamentos de control especial

    5

    22

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    INICIO 1. Solicitar la inscripcin segn modalidad. 2. Anexar documentacin requerida:

    1. Solicitud firmada por el representante legal

    2. Copia de la cdula de ciudadana del representante

    legal

    3. Listado de materias primas de control especial y medicamentos que las contengan. En el caso de los medicamentos se indica: Nombre genrico, marca comercial, forma farmacutica y concentracin.

    4. Acto administrativo de creacin de la entidad Si es pblica: ordenanza, resolucin o decreto

    y Acta de posesin y nombramiento del Representante Legal

    Si es privada: Cmara de comercio (fecha de expedicin NO inferior a seis (6) meses

    Figura 1. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de EPS, ARS, IPS Manual de trmites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    23

    21

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    5. Copia del acta de la ltima visita efectuada por la

    Secretara de Salud. 6. Copia del certificado de inscripcin ante el Registro

    especial de prestadores de servicio de salud emitido por la autoridad competente.

    7. Para IPS de II y III grado de complejidad, copia de

    la cdula de ciudadana, tarjeta profesional y contrato laboral del Qumico Farmacutico

    8. Para IPS de I grado de complejidad, copia de la

    cdula de ciudadana, diploma y contrato laboral del Regente de farmacia o auxiliar de enfermera con tres (3) aos de experiencia certificados

    9. Para EPS que prestan el servicio de traslado de

    pacientes a travs de ambulancias, nmero de ambulancias destinadas a prestar el servicio e identificacin de los vehculos.

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    Figura 1. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de EPS, ARS, IPS

    24

    1

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    1. Se rene la documentacin necesaria?

    2. No se recibe la solicitud

    3. Realizar estudios tcnicos

    4. Cumple con los requisitos tcnicos, segn visita de inspeccin?

    5. Se expide carta negando la solicitud

    6. Se expide resolucin aprobando la solicitud por tres

    (3) aos

    7. Se oficia a la sociedad para que se notifique ante el

    Fondo Nacional de Estupefacientes

    8. Notificacin de la Resolucin

    9. Apertura del libro de Registro

    FIN

    NO

    SI NO SI

    Figura 1. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de EPS, ARS, IPS Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    25

    2

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    INICIO 1. Solicitar la inscripcin segn modalidad.

    2. Anexar documentacin requerida: 1. Solicitud firmada por el representante legal

    2. Copia de la cdula de ciudadana del representante

    legal

    3. Listado de medicamentos de control especial indicando: Nombre genrico, marca comercial, forma farmacutica y concentracin.

    4. Cmara de comercio (fecha de expedicin NO

    inferior a seis (6) meses 5. Copia del acta de la ltima visita efectuada por la

    Secretara de Salud.

    6. Si existe convenio de distribucin con ARS, IPS, EPS y otros distribuidores, anexar el convenio de distribucin

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    26

    Figura 2. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Distribuidores

    2

    1

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    7. Si es un Minorista, cdula de ciudadana, credencial

    y contrato laboral del expendedor de drogas, director de droguera o auxiliar de farmacia ste ltimo con 3 aos de experiencia certificada.

    8. Si es un Mayorista, cdula de ciudadana, tarjeta

    profesional y contrato laboral del Qumico farmacutico.

    3. Se rene la documentacin necesaria? 4. No se recibe la solicitud

    5. Realizar estudios tcnicos

    6. Cumple con los requisitos tcnicos, segn visita de

    inspeccin?

    NO

    SI

    Figura 2. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Distribuidores Manual de trmites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    27

    1 2

    3

  • Recuerde que, por cada libro de registro se lleva el movimiento de mximo 10 medicamentos de control Especial.

    ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    7. Se expide carta negando la solicitud

    8. Se expide resolucin aprobando la solicitud por

    tres (3) aos

    9. Se oficia a la sociedad para que se notifique ante el Fondo Nacional de Estupefacientes

    10. Notificacin de la Resolucin

    11. Apertura del libro de Registro FIN

    NO

    SI

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    Figura 2. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Distribuidores

    28

    3

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    INICIO 1. Solicitar la inscripcin segn modalidad.

    2. Anexar documentacin requerida: 1. Solicitud firmada por el representante legal

    2. Copia de la cdula de ciudadana del representante

    legal

    3. Listado de materias primas de control especial indicando el medicamento a fabricar (Nombre genrico, marca comercial, forma farmacutica y concentracin)

    4. Cmara de comercio (fecha de expedicin NO

    inferior a seis (6) meses 5. Copia del acta de la ltima visita efectuada por la

    Secretara de Salud.

    6. Fotocopia legible del registro sanitario de cada medicamento

    Figura 3. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Laboratorios FabricantesManual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    29

    1

    2

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    7. Certificado de Buenas Prcticas de Manufactura

    8. Cdula de ciudadana, tarjeta profesional y contrato laboral del Qumico farmacutico.

    9. Cuando el laboratorio fabricante no sea el titular del

    registro sanitario, el titular debe anexar: a. Contrato de fabricacin b. Cmara de comercio del fabricante (No

    menos de un mes de vigencia) c. Constancia en la cual el laboratorio

    fabricante exprese el conocimiento de la resolucin 000826 y se comprometa a cumplir con las exigencias de esta en lo que le compete.

    3. Se rene la documentacin necesaria? 4. No se recibe la solicitud

    NO

    SI

    Figura 3. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Laboratorios Fabricantes

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    30

    2

    3

    1

  • Se debe llevar un libro de registro por cada materia prima y un libro de registro de distribucin (mximo 10 medicamentos por libro), en donde se indica la entrada de materia prima con N de pedido autorizado por el Fondo Nacional de Estupefacientes, muestras de retencin, control de calidad, Producto a fabricar con N de lote, N de orden de produccin y N de acta; as como ajustes por inventario.

    ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    5. Realizar estudios tcnicos

    6. Cumple con los requisitos tcnicos, segn visita de inspeccin? 7. Se expide carta negando la solicitud

    8. Se expide resolucin aprobando la solicitud

    9. Se oficia a la sociedad para que se notifique ante el Fondo Nacional de Estupefacientes 10. Notificacin de la Resolucin

    11. Apertura del libro de Registro FIN

    NO SI

    Figura 3. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de Laboratorios Fabricantes

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    31

    3

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    INSC

    RIPC

    ION

    INICIO 1. Solicitar la inscripcin segn modalidad.

    2. Anexar documentacin requerida: 1. Solicitud firmada por el representante legal

    2. Copia de la cdula de ciudadana del representante

    legal

    3. Listado de materias primas de control especial o medicamento indicando el Nombre genrico, marca comercial, forma farmacutica y concentracin 4. Cmara de comercio (fecha de expedicin NO inferior a seis (6) meses 5. Copia del acta de la ltima visita efectuada por la

    Secretara de Salud.

    6. Cdula de ciudadana, tarjeta profesional y contrato laboral del Director Tcnico.

    Figura 4. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de personas naturales o jurdicas

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    32

    1

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    3. Se rene la documentacin necesaria?

    4. No se recibe la solicitud

    5. Realizar estudios tcnicos

    6. Cumple con los requisitos tcnicos, segn visita de inspeccin?

    7. Se expide carta negando la solicitud

    8. Se expide resolucin aprobando la solicitud por tres

    (3) aos

    9. Se oficia a la sociedad para que se notifique ante el

    Fondo Nacional de Estupefacientes

    10. Notificacin de la Resolucin

    11. Apertura del libro de Registro

    FIN

    NO

    SI NO SI

    Figura 4. Diagrama de flujo de la inscripcin ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes de personas naturales o jurdicas

    Manual de trm

    ites Inscripcin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    33

    2

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Inscripcin

    RENOVACION DE LA INSCRIPCION ANTE LA UAE FONDO

    NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

    Solicitud

    a. Documentos requeridos: Se requiere la presentacin de los

    documentos exigidos para la inscripcin

    b. La Renovacin deber solicitarse con dos (2) meses de anticipacin a

    la fecha de su vencimiento

    Vigencia. La renovacin tiene una vigencia de tres (3) aos previo estudio y

    concepto tcnico de la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes

    AMPLIACION Y MODIFICACION DE LA INSCRIPCION

    ANTE LA UAE FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

    Para la ampliacin y modificacin de la Resolucin se requiere la

    presentacin de los documentos exigidos para la inscripcin y se sujetaran

    al trmite establecido.

    En el caso de solicitar la eliminacin de alguna materia prima de control

    especial, o medicamentos que las contengan debern anexar la

    correspondiente justificacin que la soporte.

    Cualquier modificacin se recibe dentro de los cinco (5) primeros das

    de cada mes.

    CANCELACION

    La inscripcin se cancela si la sociedad o entidad inscrita no presenta movimiento ante la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes durante un (1) ao.

    34

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Distribucin

    Distribucin

    a distribucin y venta de los Medicamentos de Control Especial

    Monopolio del Estado, se har a travs de la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes a los Fondos Rotatorios de las entidades territoriales y de

    estos a las entidades integrantes del Sistema General de Seguridad Social en

    Salud legalmente autorizadas y slo por prescripcin mdica a personas

    naturales, adems se han de tener en cuenta los siguientes aspectos:

    1. En Bogot, la venta se hace directamente en la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes

    2. Los Fondos Rotatorios de Estupefacientes de las entidades territoriales deben presentar por escrito sus solicitudes de adquisicin, con el visto bueno del Secretario de Salud las entidades integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud lo harn igualmente por escrito.

    3. No se pueden comercializar interdepartamentalmente ni ser enviado por correo.

    4. La venta para IPS, se hace para uso intrahospitalario

    Distribuidores mayoristas y minoristas de materias primas y

    medicamentos de control especial, NO incluye los medicamentos

    Monopolio del Estado.

    Para la distribucin, venta de este tipo de materias primas y medicamentos,

    las personas naturales o jurdicas deben cumplir con los siguientes requisitos:

    6

    35

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Distribucin

    1. Estar inscrito ante la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes como

    distribuidores

    2. Contar con reas independientes, seguras y que cumplan con lo establecido

    por las normas de Buenas Prcticas de Almacenamiento (BPA)

    3. Contar con el profesional responsable de la Direccin Tcnica del

    establecimiento farmacutico.

    4. Disponer de un listado de materias primas de control especial a manejar.

    5. Disponer de un Listado de los medicamentos de control especial a

    manejar, con los siguientes datos:

    a. Nombre genrico y de marca.

    b. Forma farmacutica y concentracin

    c. Presentacin comercial

    d. Categora farmacolgica

    Recuerde que: Los DISTRIBUIDORES MAYORISTAS y

    MINORISTAS de medicamentos que

    contienen materias primas de control

    especial deben rendir un informe mensual

    segn el anexo 9 y 11 de la resolucin 0826 de

    2003, respectivamente. Ambos distribuidores

    deben RENDIR UN INFORME

    TRIMESTRAL segn el anexo 8 de la

    resolucin 0826 de 2003 (ver pginas siguientes).

    Los laboratorios que distribuyen materia

    primas de control especial deben rendir un

    informe mensual segn el anexo 10 de la

    resolucin 0826 de 2003 (ver pginas siguientes).

    La comercializacin

    interdepartamental,

    requiere de la

    aprobacin de la

    direccin

    departamental de

    salud.

    36

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No 8 INFORME TRIMESTRAL DE DISTRIBUCION DE MEDICAMENTOS QUE CONTIENEN SUSTANCIAS DE

    CONTROL ESPECIAL NO CLASIFICADOS COMO MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL Informe del trimestre ________________ Ao__________

    Laboratorio: __________________ NIT: ___________ Direccin: ______________ Ciudad: _________ Fax: ________ Tel: __________ Responsable del Informe: ______________________________________ E-mail: ___________________________________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / Forma farmacutica / Concentracin __________________________________

    NOMBRE Y FIRMA DEL REPONSABLE

    SALIDA

    MEDICAMENTO

    INGRESOS

    EXPORTACION

    NOMBRE GENERI-

    CO (1)

    NOMBRE COMER-

    CIAL

    Registr

    o

    Sanita-rio

    UNIDAD

    FARMACEU-

    TICA

    Volum

    en Por U

    nidad para Lquidos

    SALDO

    ANTE-RIOR

    PR

    OD

    -N

    AC

    ION

    AL

    IM

    POR

    TA-

    CIO

    N

    CANTI-

    DAD NACIO-

    NAL PA

    IS

    C

    AN

    TIDA

    D

    NU

    EVO

    SALD

    O

    Manual de trm

    ites Distribucin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    37

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.9 INFORME MENSUAL DE DISTRIBUCION DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL

    Informe del mes ________________ Ao__________ Entidad: ________________________________ Ciudad: ____________ Direccin: _________________ Fax: ____________ Tel: ____________ Responsable del Informe: ______________________________________ E-mail: ___________________________________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / Forma farmacutica / Concentracin (2) Debe estar autorizado por la DIRECCION SECCIONAL DE SALUD O FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES (3) Realizar anexo de Total inicial por Medicamento Total Venta por Medicamento Nuevo Saldo de Medicamento (Departamentos) __________________________

    NOMBRE Y FIRMA DEL REPONSABLE

    SALIDAS

    MEDICAMENTO

    ESTABLECIMIENTO

    FARMACEUTICO COMPRADOR

    NACIONAL

    FAC-TURA

    EXPORTA-CION

    NOMBRE

    GENERICO(1)

    NOM-BRE

    COMER-CIAL

    Registro

    Sanitario

    UNIDAD

    FARMA-CEUTICA

    SALDO

    ANTE-RIOR

    ENTRA-

    DAS

    Razn

    Social

    Direccin

    C

    iudad

    D

    eparta-m

    ento

    N

    C

    AN

    TIDA

    D

    PAIS

    CA

    NTID

    AD

    NU

    EVO

    SALD

    O

    Manual de trm

    ites D

    istribucin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    38

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.10 INFORME MENSUAL DE DISTRIBUCION DE MATERIAS PRIMAS DE CONTROL ESPECIAL

    Informe del mes ________________ Ao__________ Razn Social: _______________________ Direccin: ___________________ Ciudad: ____________ Fax: ____________ Tel: ____________

    Responsable del Reporte: ______________________________________ E-mail: ___________________________________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / No. De Lote (2) Orden de compra generada por el laboratorio farmacutico sociedad compradora.

    ___________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPONSABLE

    PROVEEDOR

    ESTABLECIMIENTO

    FARMACEUTICO COMPRADOR

    MATE-

    RIA PRIMA

    (1)

    SALDO

    ANTERIOR (Kg)

    INGRESO

    (Kg)

    NOMBRE

    PAIS-CIUD

    CANTI-

    DAD VENDIDA

    (Kg)

    ORDEN

    DE COM-PRA

    N (2)

    FAC-TURA

    N Razn

    Social Direccin Ciudad Departamento

    NU

    EVO

    SA

    LDO

    (K

    g)

    Manual de trm

    ites Distribucin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    39

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.11 INFORME MENSUAL DE CONSUMO DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL

    DE LOS ESTABLECIMIENTOS MINORISTAS Informe del mes de: ________________ Ao__________

    Nombre o Razn Social: _________________ Ciudad: ___________ Direccin: ________________ Tel: ___________ Fax: ________ Responsable del Reporte: ______________________________________ E-mail: ___________________________________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / Forma Farmacutica/Concentracin. ______________________________________ ___________________________________ Propietario FIRMA DEL REPONSABLE

    MEDICAMENTO

    INGRESO

    SALIDAS

    NU

    EVO

    SA

    LDO

    NOMBRE GENERI-CO (1)

    NOMBRE COMER-

    CIAL

    UNIDAD

    FARMACEU-TICA

    SALDO ANTE-RIOR

    CANTI-

    DAD

    Lab.

    Farmacutico/Mayo-rista

    CANTI-

    DAD

    No. FORMU-

    LAS

    Manual de trm

    ites D

    istribucin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    40

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Importacin

    Importacin

    aterias primas de control especial y medicamentos que las contengan pueden ser importados por la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes y las personas naturales, jurdicas y/o entidades

    gubernamentales, a travs de la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes,

    previo otorgamiento de la autorizacin para importar y nmero de pedido por

    esa entidad, cumpliendo con los requisitos exigidos.

    Previsiones Los inscritos ante la U.A.E Fondo Nacional de Estupefacientes como

    importadores, deben presentar a ms tardar el quince (15) de Marzo de cada

    ao, el total de las previsiones requeridas para el ao siguiente segn el

    ANEXO 1 de la Resolucin 0826 de 2003 (Ver pgina 43), anexando:

    1. Estudios epidemiolgicos.

    2. Consumos histricos de los tres (3) ltimos aos

    3. Para el caso de Importador-Fabricante (importar materia prima de

    control especial), se anexa el estudio de factibilidad de la produccin

    anual y de ventas (en unidades farmacuticas y su equivalente en

    gramos).

    4. Para el caso de Importador-Comercializador, se anexa el estudio de

    factibilidad sobre ventas.

    7

    41

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Importacin

    5. Para el caso de Importar productos terminados que contengan

    materia prima de control especial, se anexa la proyeccin anual de

    ventas, en unidades farmacuticas y su equivalencia en gramos, con su

    debida justificacin.

    La asignacin o negacin de la previsin est sujeta a los estudios de los

    documentos presentados ante la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes y

    al cupo disponible para el pas asignado por la JIFE. Dicha asignacin o

    negacin se informa dentro de los tres (3) meses siguientes a la aprobacin de

    los mismos.

    Previsiones Suplementarias: Se presentan a ms tardar el 30 de septiembre del ao en vigencia anexando los requerimientos exigidos en los

    numerales 1, 3, 4, y 5 antes descritos. La asignacin o negacin est sujeta a

    evaluacin interna de la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes y se da

    respuesta en 15 das hbiles.

    Tramites Los trmites necesarios para la importacin se describen en la Figura 5 (pgina 44).

    La nica aduana autorizada para el

    ingreso de materias primas de control

    especial y medicamentos que las

    contengas es Bogot, y la mercanca se

    debe enviar por va area.

    No olvide que debe disponer de cupo segn las

    Previsiones y Presentar los Informes segn anexo 7 y 8 (ver paginas 48 y 37) de la resolucin 0826 de 2003

    dentro de los 10 primeros das de cada mes o trimestre.

    42

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.1 SOLICITUD DE PREVISIONES DE MEDICAMENTOS Y MATERIA PRIMA DE CONTROL ESPECIAL

    CORRESPONDIENTES AL AO DE ___________ NOMBRE O RAZON SOCIAL: _______________ NIT: _____________ CIUDAD: __________ FAX: _ _________ RESPONSABLE DEL REPORTE: __________________EMAIL: __________ DIR: _____________ TEL: _________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / Forma farmacutica / Concentracin Ordinaria: _______________ Suplementaria: _____________ ____________________________ ____________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Nombre y Firma del Director Tcnico

    MEDICAMENTO

    CANTIDAD

    PREVISTA CONSUMO NACIONAL

    CANTIDAD PREVISTA

    EXPORTAR

    CONSUMO

    3 ULTIMOS

    AOS NOMBRE

    GENERICO (1)

    NOMBRE COMERCIAL

    Registro Sanitario

    UNIDAD

    FARMACEU-TICA

    I

    m

    p

    .

    M

    a

    t

    e

    r

    .

    I

    m

    p

    .

    M

    e

    d

    i

    c

    .

    Unid. farmac. a

    Producir, Importar o consumir

    Kg

    g

    Producido Exportar

    Kg

    g

    Manual de trm

    ites Importacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    43

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE

    ENTIDADES EXTERNAS

    IMPO

    RTA

    CIO

    N

    INICIO 1. Estar inscrito ante el FNE

    2. Solicitar autorizacin de importacin al FNE, (teniendo en cuenta las previsiones), anexando los siguientes documentos:

    a. Fotocopia legible de los Registros Sanitarios b. Solicitud firmada por el Representante Legal, por cada una de las importaciones que se pretendan efectuar indicando:

    - Cantidad de Materia Prima de Control Especial o medicamentos que las contengan a importar

    - Nombre genrico y nombre comercial - Cuando se trate de materias primas de control

    especial, debern anexar los siguientes datos del medicamento a fabricar: nombre del medicamento (denominacin comn internacional o nombre genrico), forma farmacutica, concentracin, presentacin comercial y cantidad a fabricar.

    - Nombre del proveedor, ciudad, direccin, telfono, fax, E-mail

    Figura 5. Diagrama de flujo de la importacin de materias primas de control especial y medicamentos que las contengan

    Manual de trm

    ites Im

    portacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    44

    2 1

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE

    ENTIDADES EXTERNAS

    IMPO

    RTA

    CIO

    N

    - Nmero del Registro (s) Sanitario(s) o

    Licencia(s) y su vigencia, expedidas por la autoridad competente de los medicamentos a importar o fabricar.

    3. Recepcin de solicitud

    4. Se rene la documentacin necesaria?

    5. Rechazar solicitud 6. Analizar solicitud

    7. Se aprueba? 8. Negar autorizacin de importacin 9. Expedir autorizacin de importacin

    10. Allegar Registro de importacin al FNE

    11. Recepcin del Registro

    NO

    SI

    NO

    SI

    Figura 5. Diagrama de flujo de la importacin de materias primas de control especial y medicamentos que las contengan Manual de trm

    ites Importacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    45

    1 2

    3

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE

    ENTIDADES EXTERNAS

    IMPO

    RTA

    CIO

    N

    12. Revisin del Registro

    13. Aprobacin del Registro en Mincomex

    14. Recepcin del Registro aprobado

    15. Requiere certificado de importacin?

    16. Entregar Licencia de Importacin al solicitante

    17. Entregar Licencia y Certificado de

    importacin al solicitante. 18. Avisar al FNE del ingreso de la materia

    prima o medicamento solicitando la liberacin de transporte indicando Nro de pedido, Nro gua area y aerolnea transportadora

    19.Realizar Nacionalizacin con la DIAN

    NO

    SI

    Figura 5. Diagrama de flujo de la importacin de materias primas de control especial y medicamentos que las contengan

    Manual de trm

    ites Importacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    46

    3

    4

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE

    ENTIDADES EXTERNAS

    IMPO

    RTA

    CIO

    N

    20. Presentar la Nacionalizacin ante el FNE

    21. Liquidar los costos sobre el valor del CIF y presentar los siguientes documentos:

    a) Fotocopia de la Licencia de Importacin. b) Fotocopia de la Factura Comercial. c) Fotocopia de la Gua Area. d) Fotocopia de la Declaracin de Importacin con el respectivo levante otorgado por la autoridad competente e)Nmero de pedido asignado por el FNE f).Solicitud suscrita por el Representante Legal g) Lista de Empaque

    22. Avisar al FNE para realizar la inspeccin

    23. Inspeccionar la mercanca

    24. Elaborar acta de inspeccin. Debe suscribirla el intermediario aduanero y el representante del FNE FIN

    Figura 5. Diagrama de flujo de la importacin de materias primas de control especial y medicamentos que las contengan Manual de trm

    ites Importacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    47

    4

  • Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.7 INFORME MENSUAL CONSUMO DE MATERIA PRIMA DE CONTROL ESPECIAL

    Informe Mes___________ Ao Razn Social: ________________ Direccin: _______________ Ciudad: _____________Tel: __________ Fax: ____________ RESPONSABLE DEL REPORTE: ________________________________ E-mail: ______________________________

    (1) Bajo su Denominacin Comn Internacional (D.C.I.) / Forma farmacutica / Concentracin

    ____________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPONSABLE

    PROVEEDOR

    MATERIA PRIMA (1)

    MEDICAMENTO

    FABRICADO REGISTRO

    SANITARIO / ICA

    SALDO

    ANTERIOR (Kg)

    INGRESO

    (Kg) NOMBRE

    PAIS -CIU

    ORDEN

    DE COMPRA

    N

    FACTUR

    A N

    SALIDA

    (Kg)

    NUEVOSALDO

    (Kg)

    Manual de trm

    ites Im

    portacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde cont rol especial

    48

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Exportacin

    Exportacin

    aterias primas de control especial y medicamentos que las contengan pueden ser exportados por personas naturales, jurdicas y entidades

    gubernamentales, previa autorizacin de la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes, de acuerdo con los Convenios Internacionales sobre

    Estupefacientes y Sustancias Psicotrpicas

    Tramites para la exportacin.

    Los trmites para la exportacin de materias primas de control especial se describen en la Figura 6.

    Los trmites para la exportacin de medicamentos que contienen materias primas de control especial se describen en la Figura 7.

    8

    49

    Los exportadores, de medicamentos que contienen

    materias primas de control especial, deben

    presentar a la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes, una relacin semestral de las

    exportaciones indicando el Nombre genrico y

    marca comercial, Forma farmacutica, concentracin

    y presentacin comercial, Cantidad total exportada

    en gramos, Nmero de los Registros de Exportacin

    y Pas de destino.

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    EXPO

    RTA

    CIO

    N

    INICIO 1. Estar inscrito ante el FNE

    2. Solicitar autorizacin de exportacin, indicando la Cantidad de materia prima a exportar, el Pas de destino y nombre del importador, anexando el Certificado de importacin del otro pas. 3.Recepcin de solicitud con la documentacin completa 4. Realizar estudio

    5. Se aprueba? 6. Rechazar la solicitud

    7. Informar el nmero de autorizacin al solicitante

    8. Expedicin del Certificado de exportacin

    9. Realizar exportacin

    10. Allegar documentos de exportacin (DEX) al FNE FIN

    NO SI

    Figura 6. Diagrama de flujo de la exportacin de materias primas de control especial

    Manual de trm

    ites Exportacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    50

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    EXPO

    RTA

    CIO

    N

    INICIO 1. Estar inscrito ante el FNE

    2. Solicitar autorizacin de exportacin, indicando:

    a. Cantidad de medicamento a exportar. b. Nombre genrico, marca comercial, forma farmacutica, concentracin, cantidad en unidades farmacuticas y su equivalente en gramos. c. Nmero (s) de Registro Sanitario (s), su vigencia y modalidad. d. Pas de destino y nombre del importador. e. Certificado de importacin del otro pas 3. Recepcin de solicitud con documentacin completa 4 Realizar estudio 5. Se aprueba? 6. Rechazar la solicitud

    NO SI

    Figura 7. Diagrama de flujo de la exportacin de medicamentos que contienen materias primas de control especial

    Manual de trm

    ites Exportacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entos de control es pecial

    51

    1

  • ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL AREA TECNICA

    EXPO

    RTA

    CIO

    N

    7. Informar el numero de autorizacin al

    solicitante

    8. Expedicin del Certificado de importacin

    9. Realizar exportacin

    10. Allegar documentos de exportacin (DEX) al

    FNE

    11. Allegar al FNE relacin semestral de las exportaciones

    FIN

    Figura 7. Diagrama de flujo de la exportacin de medicamentos que contienen materias primas de control especial

    Manual de trm

    ites Exportacin

    Trmites para el C

    ontrol y Vigilancia

    de materias prim

    as y Medicam

    entosde control es pecial

    52

    1

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Compra Local

    Compra Local de materias primas

    ersonas natulares o jurdicas legalmente constituidas pueden efectuar compras y ventas locales de Materias Primas de Control Especial,

    siempre y cuando estn inscritas ante la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes.

    Los trmites requeridos para la compra se describen en la figura 8.

    ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE INICIO 1. Estar inscrito en el FNE 2. Solicitar autorizacin de compra, indicando: - Nombre genrico y cantidad - Sociedad proveedora

    9

    53

    1 2

    Figura 8. Diagrama de flujo de la compra local de materias primas de control Especial

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Compra Local

    ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE - Nombre genrico, forma farmacutica,concentracin, cantidad en gramos, relacin con los Registros sanitarios y vigencia. - Oficio de la sociedad proveedora, en donde respalde la venta informando las existencias que posee a la fecha.

    3. Recepcin de la solicitud 4. Se rene la documentacin requerida? 5. Rechazar solicitud 4. Realizar estudio

    5. Se aprueba?

    6. Rechazar solicitud

    7. Asignar Numero de pedido 8. Referenciar el nmero de pedido en todos los documentos de comercializacin FIN

    NO

    SI

    NO SI

    Figura 8. Diagrama de flujo de la compra local de materias primas de control Especial

    54

    1 2

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Fabricacin

    Fabricacin

    a fabricacin de medicamentos que contienen materias primas de control especial se debe realizar mediante estricta vigilancia por parte de la

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes, Fondos Rotatorios de

    Estupefacientes ubicados en las Secretarias de Salud de cada departamento, o

    la dependencia que haga sus veces. Los trmites necesarios para llevar a cabo

    este proceso se describen en la Figura 9.

    Segn el Decreto 677 de 1995 Los medicamentos de control

    especial, deben llevar en sus Etiquetas y Empaques una banda en

    sentido vertical, de color violeta, la cual debe incluir toda la extensin de la etiqueta o empaque y cuya anchura no podr ser inferior a la vigsima parte de la

    longitud mnima del empaque. El color de la banda deber destacarse del fondo.

    10

    55

    Las etiquetas y empaques deben llevar en caracteres visibles la leyenda

    medicamento de control especial - Usese bajo estricta vigilancia mdica,

    y si fuere el caso, medicamento susceptible de causar dependencia.

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Fabricacin

    * NOTA: Los anexos 2 y 3 de la resolucin 000826 de 2003 se encuentran descritos en las pginas 58 y 59 respectivamente

    ACTIVIDAD

    SOLICITANTE

    RECEPCIONISTA

    UAE FNE

    PROFESIONAL

    AREA FNE INICIO 1. Estar inscrito en el FNE

    2. Solicitar autorizacin firmada por el Director Tcnico segn Anexo 2 * 3.Recepcin de la solicitud 4. Asignar cita para la Transformacin 5. Realizar la transformacin 6. Elaborar acta segn Anexo 3 * , enviando copia al FNE 7. Llevar un libro de registro FIN

    Figura 9. Diagrama de flujo de la fabricacin de medicamentos que contienen materias primas de control Especial

    56

    MAQUILAS Al emplearse esta modalidad de trabajo, empleando materias primas de control especial, se deber informar al FNE al respecto anexando los documentos descritos en la inscripcin de fabricantes (pgina 29).

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Fabricacin

    1

    2

    3

    4

    5

    Recuerde que:

    57

    Los Laboratorios fabricantes deben enviar un informe mensual sobre la distribucin

    nacional y adquisicin de materias primas de control especial, as como un informe

    trimestral de la distribucin de medicamentos no controlados que tienen materias

    primas de control especial segn los anexos 7 y 8 de la resolucin 0826 de 2003 ( ver

    pginas 47 y 36 respectivamente)

    Los laboratorios que distribuyen materia primas de control especial deben rendir un

    informe mensual segn el anexo 10 de la resolucin 0826 de 2003

    ( ver pgina 38)

    Los Laboratorios fabricantes fuera de Bogot deben enviar a la U.A.E. Fondo

    Nacional de Estupefacientes copia del acta de transformacin debidamente

    diligenciada y firmada por el delegado del FNE o secretaria de salud, que hizo el

    acompaamiento.

    Los libros de registro deben estar debidamente foliados y registrados en la UAE

    Fondo Nacional de Estupefacientes o dependencia que haga sus veces en el pas, en

    ellos se registran todos los movimientos relacionados con la materia prima de control

    especial y sern firmados peridicamente por los Delegados de la UAE Fondo

    Nacional de Estupefacientes o dependencias que haga sus veces.

    Las IPS legalmente autorizadas, que procesen materias primas de control especial

    (medicamentos magistrales) deben llevar un libro de registro foliado y sellado por la

    U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes o dependencia que haga sus veces.

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Fabricacin

    Repblica de Colombia Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social

    Fondo Nacional de Estupefacientes ANEXO No.2

    SOLICITUD DE TRANSFORMACION DE

    MATERIA(S) PRIMA(S) DE CONTROL ESPECIAL No_________

    Fecha: ao_________ mes ________ da________ CIUDAD ________________ DEPARTAMENTO____________________ LABORATORIO FABRICANTE: ___________________________________DIRECCION: __________________________ TEL: ___________________ TITULAR DEL REGISTRO SANITARIO: ____________________________

    Atentamente solicitamos la presencia de un delegado para efectuar la siguiente transformacin, el da ______ Mes___________ Ao_________ de (los) siguiente(s) producto(s): Nombre del producto (genrico) Nombre del producto (marca) Registro Sanitario No. Vigencia del Registro Sanitario Ao______ mes _______ da ______ Forma Farmacutica y concentracin Materia prima a transformar Cantidad de materia prima a transformar

    Numero(s) de Lote(s) a fabricar Tamao de (los) Lote(s) a fabricar Orden de produccin No. NOMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR TECNICO: __________________IDENTIFICACION: ________________________ NOTA: este formato se debe enviar 10 das antes de la fecha informada para el proceso de transformacin.

    En el caso de otras transformaciones diligencie los cuadros de la informacin de (los) producto(s) tantas veces como sea necesario.

    58

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos de control especial

    Manual de trmites Fabricacin

    Repblica de Colombia

    Libertad y Orden Ministerio de la Proteccin Social Fondo Nacional de Estupefacientes

    ANEXO No.3

    ACTA DE TRANSFORMACION DE MATERIA(S) PRIMA(S) DE CONTROL ESPECIAL

    No. De Acta ________En la ciudad de _______________, a los ______ das del mes de ______ del ao ________ el funcionario del Fondo Nacional de Estupefacientes, se hizo presente en las instalaciones de ______________________ situado en ________________ con el fin de presenciar la transformacin de la(s) materia(s) prima(s) (*), ________________ para la elaboracin del producto ______________, cuyo titular del Registro Sanitario es ____________________

    (*) en los casos que el principio activo sea una sal, especificar claramente el tipo de sal. Observaciones: ___________________________ ____________________________

    Director Tcnico Funcionario autorizado F.N.E. Laboratorio Farmacutico

    Registro Sanitario No. Vigencia del Registro Sanitario Ao______ mes _______ da ______ Forma Farmacutica y concentracin Peso o volumen de la unidad farmaceutica Presentacion comercial Oden de produccin No. Numero(s) de Lote(s) a fabricar Tamao de (los) Lote(s) a fabricar Saldo anterior materia prima Cantidad de materia prima adquirida No. De Pedido FNE No. De Recibido de Caja FNE Muestra para anlisis Ajuste por inventario Saldo Total materia prima a la fecha Cantidad de materia prima transformada Nuevo saldo materia prima a la fecha

    59

  • Trmites para el Control y Vigilancia de materias primas y Medicamentos

    de control especial

    Manual de trmites Prdida y Destruccin

    Prdida y Destruccin

    n caso de prdida de Materias Primas o Medicamentos de Control Especial, se debe informar inmediatamente a la U.A.E. Fondo Nacional de

    Estupefacientes del Ministerio de la Proteccin Social anexando la copia del

    respectivo denuncio, los trmites para la destruccin de Materias Primas de

    control especial o Medicamentos que las contengan se explican en la figura

    10.

    Para realizar la destruccin de materias primas y/o medicamentos de control

    especial se requiere la presencia de un representante de la U.A.E. Fondo

    Nacional de Estupefacientes o dependencia que haga sus veces, y un

    delegado del solicitante.

    60

    11

    ACTAS Para cada una de las destrucciones se debe levantar un acta numerada

    consec