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A continuación encontrará EJEMPLOS de la publicación Las Estidades sin Ánimo de Lucro, con el fin de conocer más la estructura de la obra. De igula manera, en la parte final encontrará el índice general y el índice normativo Si desea conocer un capítulo diferente a estos o la totalidad de la obra, por favor comunicarse al correo electronico [email protected] Nota: LAS ESTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO CAPÍTULO II ENUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS. 1. TIPO DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ................................................... 3 1.1. Sector cooperativo. .............................................................................. 3 1.2. Otras formas asociativas. ..................................................................... 3 1.3. Las organizaciones de la economía solidaria que mediante acto de carácter general determine el Gobierno Nacional. .................. 3 2. CLASIFICACIÓN DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ............................. 4 2.1. Según su objeto: .................................................................................... 4 2.2. Según el criterio de identidad: ............................................................... 4 2.3. En consideración a si ejercen o no la actividad financiera en los términos del artículo 39 de la Ley 454 de 1998: ......................... 5 2.4. Según su grado de integración: ............................................................. 5 A continuación encontrará ejemplos de la publicación Las EstidadEs sin Ánimo dE Lucro con el fin de conocer más la estructura de la obra. Esta es una publicación integral ya que incorpora las concordancias correspondientes en cada uno de los capítulos; tales como: decretos reglamentarios, leyes, resoluciones, circulares, doctrina y jurisprudencia, y lo más importante, nuestros suscriptores la pueden consultar en nuestra página web. Si desea conocer un artículo diferente a estos o la totalidad de la obra, por favor comunicarse al correo electrónico [email protected] nota:

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A continuación encontrará EJEMPLOS de la

publicación Las Estidades sin Ánimo de Lucro,

con el fin de conocer más la estructura de la obra.

De igula manera, en la parte final encontrará el

índice general y el índice normativo

Si desea conocer un capítulo diferente a estos o

la totalidad de la obra, por favor comunicarse al

correo electronico [email protected]

Nota:

LAS ESTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

CAPÍTULO IIENUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN

DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. TIPO DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ................................................... 3

1.1. Sector cooperativo. .............................................................................. 3

1.2. Otras formas asociativas. ..................................................................... 3

1.3. Las organizaciones de la economía solidaria que medianteacto de carácter general determine el Gobierno Nacional. .................. 3

2. CLASIFICACIÓN DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ............................. 4

2.1. Según su objeto: .................................................................................... 4

2.2. Según el criterio de identidad: ............................................................... 4

2.3. En consideración a si ejercen o no la actividad financieraen los términos del artículo 39 de la Ley 454 de 1998: ......................... 5

2.4. Según su grado de integración: ............................................................. 5

A continuación encontrará ejemplos de la publicación Las EstidadEs sin Ánimo dE Lucro con el fin de conocer más la estructura de la obra.

Esta es una publicación integral ya que incorpora las concordancias correspondientes en cada uno de los capítulos; tales como: decretos reglamentarios, leyes, resoluciones, circulares, doctrina y jurisprudencia, y lo más importante, nuestros suscriptores la pueden consultar en nuestra página web.

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CAPÍTULO IIICARACTERÍSTICAS DE

LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. PRINCIPIOS Y FINES .................................................................................. 15

2. PRINCIPIOS ECONÓMICOS ...................................................................... 16

INDICE GENERAL. .......................................................................................... 19

ÍNDICE NORMATIVO. ................................................................................... 53

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 3

CAPÍTULO IIENUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN

DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. TIPO DE ENTIDADES SUPERVISADAS.

De conformidad con las leyes 79 de 1988 y 454 de 1998 y los decretos 1333, 1480,1481 y 1482 de 1989 y 4588 de 2006, las siguientes entidades se encuentran bajo lasupervisión de esta Superintendencia:

1.1. Sector cooperativo.

1.1.1. Las cooperativas de base o de primer grado.

1.1.2. Los organismos cooperativos de segundo y tercer grado.

1.1.3. Las instituciones auxiliares de la economía solidaria.

1.1.4. Las precooperativas.

1.1.5 Las empresas de servicios en las formas de administraciones públicascooperativas.

1.2. Otras formas asociativas.

1.2.1. Fondos de empleados.

1.2.2. Asociaciones mutuales.

1.2.3. Instituciones auxiliares de la economía solidaria.

1.2.4. Organismos de integración de la economía solidaria.

1.2.5. Otras formas asociativas solidarias innominadas que cumplan con los requisitosprevistos en el Capítulo Segundo del Título Primero de la Ley 454 de 1998.

1.3. Las organizaciones de la economía solidaria que mediante acto de caráctergeneral determine el Gobierno Nacional.

Las anteriores entidades son objeto de supervisión por parte de la Superintendenciade la Economía Solidaria, siempre y cuando no se encuentren sometidas a la supervisión

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especializada de otro organismo del Estado, de conformidad con el artículo 34 de laLey 454 de 1998. Es decir, esta Superintendencia tiene una competencia *residual yexcluyente, de conformidad con los artículos 34 y 63 de la Ley 454 de 1998.

2. CLASIFICACIÓN DE ENTIDADES SUPERVISADAS.

Existen varias clasificaciones dentro de las cuales pueden encuadrarse lasorganizaciones de economía solidaria supervisadas, así:

2.1. Según su objeto:

a. Cooperativas especializadas, multiactivas o integrales. (Artículos 62, 63 y64 de la Ley 79 de 1988)

b. Cooperativas especializadas: Son las que se organizan para atender unanecesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica,social, cultural o ambiental.

c. Cooperativas integrales: son aquellas que en desarrollo de su objeto social,realizan dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción,distribución, consumo y prestación de servicios.

d. Cooperativas multiactivas: Son las que se organizan para atender variasnecesidades, mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica.

2.2. Según el criterio de identidad:

Cooperativas de usuarios o de servicios a los asociados y cooperativas de trabajoasociado (artículos 4 y 59 de la Ley 79 de 1988).

a. Cooperativas de usuarios o de servicios a los asociados: Son empresasasociativas sin ánimo de lucro compuestas por personas naturales y/o jurídicas.Se constituyen para prestar servicios a sus asociados.

En estas cooperativas, el principio o criterio de identidad se da en el sentido deque los asociados son los dueños y gestores de la empresa que les presta losservicios y, simultáneamente, son usuarios o consumidores de tales servicios.

Sus asociados no deben necesariamente trabajar en ellas (como en las cooperativasde trabajo asociado) y si lo hacen sus relaciones se rigen por el Código Sustantivodel Trabajo. Por lo tanto, se debe tener presente que el régimen laboral ordinario

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se aplica totalmente a los trabajadores dependientes y a los trabajadores que a lavez sean asociados de estas cooperativas.

b. Cooperativas de trabajo asociado: Son organizaciones sin ánimo de lucropertenecientes al sector solidario de la economía, que asocian personas naturalesquienes simultáneamente son gestoras, contribuyen económicamente a lacooperativa y son aportantes directos de su capacidad de trabajo para el desarrollode actividades económicas, profesionales o intelectuales, con el fin de produciren común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidadesde sus asociados y de la comunidad en general

En estas entidades las relaciones de trabajo no se regulan por el Código Sustantivodel Trabajo sino por los estatutos y regímenes de trabajo asociado ycompensaciones. La afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral esobligatoria.

Sólo en los casos excepcionales previstos en el Decreto 4588 de 2006, se puedencontratar trabajadores no asociados, quienes se rigen por el Código Sustantivodel Trabajo.

2.3. En consideración a si ejercen o no la actividad financiera en los términosdel artículo 39 de la Ley 454 de 1998:

a. Cooperativas que ejercen actividad financiera: Especializadas de ahorro y crédito,multiactivas con sección de ahorro y crédito e integrales con sección de ahorro ycrédito.

b. Cooperativas del sector real de la economía, es decir, que no ejercen actividadfinanciera.

2.4. Según su grado de integración:

Conforme al los artículos 92 y 93 de la Ley 79 de 1988, se clasifican así:

a. Cooperativas de primer grado.b. Cooperativas de segundo.c. Cooperativas de tercer grado.

CONCORDANCIAS: ( • Para su consulta ver CD).• Decreto Reglamentario 4588 de 2006: Por el cual se reglamenta la organización y

funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

CONCORDANCIAS:
Ley 454 de 1998: ARTICULO 6. CARACTERÍSTICAS DE LAS ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA. Son sujetos de la presente ley las personas jurídicas organizadas para realizar actividades sin ánimo de lucro, en las cuales los trabajadores o los usuarios según el caso, son simultáneamente sus aportantes y gestores, creadas con el objeto de producir, distribuir y consumir conjunta y eficientemente, bienes y servicios para satisfacer las necesidades de sus miembros y al desarrollo de obras de servicio a la comunidad en general, observando en su funcionamiento las siguientes características: 1. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario. Nota: Numeral 1 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-779 de 25 de julio de 2001, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería. Ver Jurisprudencia. 2. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la presente ley. 3. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario. 4. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes. 5. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados, durante su existencia. 6. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano. (…) PARÁGRAFO 2. Tienen el carácter de organizaciones solidarias entre otras: cooperativas, los organismos de segundo y tercer grado que agrupen cooperativas u otras formas asociativas y solidarias de propiedad, las instituciones auxiliares de la Economía solidaria, las empresas comunitarias, las empresas solidarias de salud, las precooperativas, los fondos de empleados, las asociaciones mutualistas, las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas, las empresas asociativas de trabajo y todas aquellas formas asociativas solidarias que cumplan con las características mencionadas en el presente capítulo. ARTICULO 34. ENTIDADES SUJETAS A SU ACCIÓN. (Artículo modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003). El Presidente de la República ejercerá por conducto de la Superintendencia de la Economía Solidaria la inspección, vigilancia y control de las cooperativas y de las organizaciones de la Economía Solidaria que determine mediante acto general, que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, las funciones serán asumidas por esta Superintendencia, mediante el establecimiento de una delegatura especializada en supervisión financiera, la cual recibirá asistencia tecnológica, asesoría técnica y formación del recurso humano de la Superintendencia Bancaria. Para el efectivo ejercicio de sus funciones, así como de los objetivos de la supervisión, el control y la vigilancia asignados por la Constitución Política y las leyes, el Superintendente de la Economía Solidaria contará con las facultades previstas para el Superintendente Bancario, en lo que resulte aplicable a las entidades sujetas de su vigilancia. En consecuencia, el régimen de toma de posesión previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero se aplica a las entidades sujetas a la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia de Economía Solidaria en lo que resulte pertinente de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional. Nota: Artículo 98 de la Ley 795 de 2003 que modificó el artículo 34, fue declarado EXEQUIBLE por el cargo analizado, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-188 de 15 de marzo de 2006, Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Escobar Gil. Ver Jurisprudencia. (Continúa en la siguiente nota)
CONCORDANCIAS:
(Viene de la nota anterior) Ley 454 de 1998: ARTICULO 39. ACTIVIDAD FINANCIERA Y ASEGURADORA. El artículo 99 de la Ley 79 de 1988 quedará así: “La actividad financiera del cooperativismo se ejercerá siempre en forma especializada por las instituciones financieras de naturaleza cooperativa, las cooperativas financieras, y las cooperativas de ahorro y crédito, con sujeción a las normas que regulan dicha actividad para cada uno de estos tipos de entidades, previa autorización del organismo encargado de su control. Las cooperativas multiactivas o integrales podrán adelantar la actividad financiera, exclusivamente con sus asociados mediante secciones especializadas, bajo circunstancias especiales y cuando las condiciones sociales y económicas lo justifiquen, previa autorización del organismo encargado de su control. La actividad aseguradora del cooperativismo se ejercerá siempre en forma especializada por las cooperativas de seguros y los organismos cooperativos de segundo grado e instituciones auxiliares del cooperativismo de seguros. Nota: Inciso 3 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-779 de 25 de julio de 2001, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería. Ver jurisprudencia. Para efectos de la presente ley se entenderá como actividad financiera la captación de depósitos, a la vista o a término de asociados o de terceros para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados o de terceros. Solamente las cooperativas financieras podrán prestar sus servicios a terceros no asociados. Nota: Apartes subrayados declarados EXEQUIBLES por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-948 de 5 de septiembre de 2001, Magistrado Ponente Dr. Clara Inés Vargas Hernández. Ver jurisprudencia. PARÁGRAFO 1. (Parágrafo modificado por el artículo 100 de la Ley 795 de 2003). En concordancia con las previsiones del artículo 335 de la Constitución Política, la Superintendencia encargada de la vigilancia de la entidad infractora, adelantará las medidas cautelares establecidas en el numeral 1 del artículo 108 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero respecto de las entidades que adelanten actividad financiera sin haber recibido la autorización pertinente, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 314 de la Ley 599 de 2000, o la norma que lo modifique o adicione”. PARÁGRAFO 2. (Parágrafo adicionado por el artículo 101 de la Ley 795 de 2003). Las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas con sección de ahorro y crédito, deberán constituir y mantener un fondo de liquidez cuyo monto, características y demás elementos necesarios para su funcionamiento serán determinados por el Gobierno Nacional. Nota: Parágrafos modificados por los artículos 100 y 101 de la Ley 795 de 2003 declarados EXEQUIBLES por el cargo analizado, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-188 de 15 de marzo de 2006, Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Escobar Gil. Ver jurisprudencia.
CONCORDANCIAS:
Ley 79 de 1988: ARTICULO 4. Es cooperativa la empresa asociativa sin ánimo de lucro; en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general. Se presume que una empresa asociativa no tiene ánimo de lucro, cuando cumpla los siguientes requisitos: 1. Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. 2. Que destine sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real. Nota: Artículo 4, declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-589 del 7 de diciembre de 1995, Magistrado Ponente Dr. Fabio Morón Díaz. Ver jurisprudencia. ARTICULO 7. Serán actos cooperativos los realizados entre sí por las cooperativas, o entre éstas y sus propios asociados, en desarrollo de su objeto social. ARTICULO 59. En las cooperativas de trabajo asociado en que los aportantes de capital son al mismo tiempo los trabajadores y gestores de la empresa, el régimen de trabajo, de previsión, seguridad social y compensación, será establecido en los estatutos y reglamentos en razón a que se originan en el acuerdo cooperativo y, por consiguiente, no estará sujeto a la legislación laboral aplicable a los trabajadores dependientes y las diferencias que surjan, se someterán al procedimiento arbitral previsto en el Título XXXIII del Código de Procedimiento Civil o a la justicia laboral ordinaria. En ambos casos, se deberán tener en cuenta las normas estatutarias, como fuente de derecho. Las compensaciones por el trabajo aportado y el retorno de los excedentes previstos en el artículo 54 numeral 3 de la presente ley se hará teniendo en cuenta la función del trabajo, la especialidad, el rendimiento y la cantidad de trabajo aportado. Sólo en forma excepcional y debidamente justificada, las cooperativas de trabajo asociado, podrán vincular trabajadores ocasionales o permanentes no asociados, en tales casos, estas relaciones se rigen por las normas de la legislación la obra vigente. En las cooperativas que no sean de trabajo asociado, el régimen laboral ordinario se aplicará totalmente a los trabajadores dependientes y a laos trabajadores que al a vez sean asociado. Nota: Artículo 59 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-211 del 1 de marzo de 2000, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz. Ver Jurisprudencia. ARTICULO 62. Serán cooperativas especializadas las que se organizan para atender una necesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural. Estas cooperativas podrán ofrecer servicios diferentes a los establecidos en su objeto social, mediante la suscripción de convenios con otras entidades cooperativas. ARTICULO 63. Serán cooperativas multiactivas las que se organizan para atender varias necesidades, mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica. Los servicios deberán ser organizados en secciones independientes, de acuerdo con las características de cada tipo especializado de cooperativa. ARTICULO 64. Serán cooperativas integrales aquellas que en desarrollo de su objeto social, realicen dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios. ARTICULO 92. Las cooperativas podrán asociarse entre sí para el mejor cumplimiento de sus fines económicos o sociales en organismos de segundo grado de carácter nacional o regional. Aquellos de índole económica serán especializados en determinado ramo o actividad. En los organismos de segundo grado podrán participar además, fondos de empleados, asociaciones mutualistas, denominadas sociedades muturarias por la ley 24 de 1981 y demás instituciones sin ánimo de lucro que puedan contribuir o beneficiarse de las actividades que desarrollen estos organismos. Los organismos de segundo grado de carácter nacional, requieren para constituirse un número mínimo de diez cooperativas. Los de carácter regional se constituirán con no menos de cinco cooperativas. (Continúa en la siguiente nota)
CONCORDANCIAS:
(Viene de la nota anterior) Ley 79 de 1988: PARÁGRAFO. El *Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, excepcionalmente y cuando las condiciones socio-económicas lo justifiquen, podrá autorizar la participación en los organismos de segundo grado de carácter económico, en calidad de asociados, a personas naturales, con derecho a participar hasta en una tercera parte en los órganos de administración y vigilancia, para garantizar la representación mayorista de las cooperativas. *Nota de Interpretación: Para la interpretación de éste precepto, consulte los artículos 29 al 31 de la Ley 454 de 1998. Los derechos de votación de las personas naturales asociadas se regirán de acuerdo con el artículo 33 de la presente ley, sin admitir la excepción consagrada en el artículo 96 de esta ley. ARTICULO 93. Los organismos cooperativos de segundo grado y las instituciones auxiliares del cooperativismo, podrán crear organismos de tercer grado de carácter asociativo, con el fin de unificar la acción de defensa y representación del movimiento nacional e internacional. Un organismo de tercer grado sólo podrá constituirse con un número no inferior a doce entidades y en sus estatutos determinará la participación de las entidades del sector cooperativo y la forma de su integración. ARTICULO 151. Las cooperativas estarán sujetas a la inspección y vigilancia permanente del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, de conformidad con la ley, con la finalidad de asegurar que los actos atinentes a su constitución, funcionamiento, cumplimiento del objeto social y disolución y liquidación, se ajusten a las normas legales y estatutarias. Además de las facultades de inspección y vigilancia que corresponden al Departamento Administrativo de Cooperativas, los organismos cooperativos se someterán a la inspección y vigilancia concurrente de otras entidades del Estado, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. (Viene de la nota anterior) Las funciones de inspección y vigilancia no implican por ningún motivo facultad de cogestión o intervención en la autonomía judicial y democrática de las cooperativas.
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• Decreto Reglamentario 4030 de 2006: Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo

291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero respecto de Cooperativas en Liquidación.• Decreto Reglamentario 1798 de 1998: Por el cual se reglamentan los artículos 31, 36

numeral 10 y 63 de la Ley 454 de 1998.

Decreto Reglamentario 427 de 1996:ARTÍCULO 1. REGISTRO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS SIN ANIMO DELUCRO. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro de que tratan los artículos 40, 41, 42,43, 44, 45, 143, 144, 145, 146, 147 y 148 del Decreto 2150 de 1995 se inscribirán en las

respectivas Cámaras de Comercio en los mismos términos, con las mismas tarifas ycondiciones previstas para el registro mercantil de los actos de las sociedades comerciales.

Para el efecto, el documento de constitución deberá expresar cuando menos, los requisitosestablecidos por el artículo 40 del citado Decreto y nombre de la persona o entidad que

desempeña la función de fiscalización, si es del caso. Así mismo, al momento del registrose suministrará a las Cámaras de Comercio la dirección, teléfono y fax de la persona

jurídica.

PARÁGRAFO 1. Para los efectos del numeral 8 del artículo 40 del Decreto 2150 de 1995,las entidades de naturaleza cooperativa, los fondos de empleados, las asociaciones mutuales

y las fundaciones deberán estipular que su duración es indefinida.

PARÁGRAFO 2. Las entidades de naturaleza cooperativa, los fondos de empleados y lasasociaciones mutuales, así como sus organismos de integración y las instituciones auxiliares

del cooperativismo, para su registro presentarán, además de los requisitos generales,constancia suscrita por quien ejerza o vaya a ejercer las funciones de representante legal,según el caso, donde manifieste haberse dado acatamiento a las normas especiales legales

y reglamentarias que regulan a la entidad constituida.

ARTÍCULO 2. PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DEBENREGISTRARSE EN LAS CÁMARAS DE COMERCIO. Conforme a lo dispuesto por

los artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 143, 144, 145, 146, 147 y 148 del Decreto 2150 de 1995se registrarán en las Cámaras de Comercio las siguientes personas jurídicas sin ánimo de

lucro:

1. Juntas de Acción Comunal.

2. Entidades de naturaleza cooperativa.

3. Fondos de Empleados.

4. Asociaciones mutuales, así como sus organismos de integración.

5. Instituciones auxiliares del cooperativismo.

6. Entidades ambientalistas.

7. Entidades científicas, tecnológicas, culturales e investigativas.

8. Asociaciones de copropietarios coarrendatarios, arrendatarios de vivienda compartida

y vecinos, diferentes a las consagradas en el numeral 5. del artículo siguiente.

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9. (Numeral derogado por el artículo 1 del Decreto 1422 de 1996).

10. Asociaciones agropecuarias y campesinas nacionales y no nacionales.

11. Corporaciones, asociaciones y fundaciones creadas para adelantar actividades en

comunidades indígenas.

12. Gremiales.

13. De beneficencia.

14. Profesionales.

15. Juveniles.

16. Sociales.

17. De planes y programas de vivienda.

18. Democráticas, participativas, cívicas y comunitarias.

19. Promotoras de bienestar social.

20. De egresados.

21. De rehabilitación social y ayuda a indigentes, drogadictos e incapacitados, excepto las

del numeral 1. del artículo siguiente.

22. Asociaciones de padres de familia de cualquier grado.

23. Las demás organizaciones civiles, corporaciones, fundaciones y entidades privadas

sin ánimo de lucro no sujetas a excepción.

ARTÍCULO 3. EXCEPCIONES. Se exceptúan de este registro, además de las personas

jurídicas contempladas en el artículo 45 del Decreto 2150 de 1995, las siguientes:

1. Las entidades privadas del sector salud de que trata la Ley 100 de 1993.

2. Las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos de que

trata la Ley 44 de 1993.

3. Las personas jurídicas extranjeras de derecho privado sin ánimo de lucro, con domicilio

en el exterior y que establezcan negocios permanentes en Colombia.

4. Establecimientos de beneficencia de instrucción pública de carácter oficial y corporaciones

y fundaciones creadas por leyes, ordenanzas, acuerdos y decretos regulados por el

Decreto 3130 de 1968 y demás disposiciones pertinentes.

5. Las propiedades regidas por las leyes de propiedad horizontal, reguladas por las

Leyes 182 de 1948 y 16 de 1985.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro8

6. Cajas de compensación familiar reguladas por la Ley 21 de 1982.

7. Cabildos indígenas regulados por la Ley 89 de 1890.

8. Entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte de los niveles nacional,

departamental y municipal regulados por la Ley 181 de 1995 y Decreto ley 1228 de

1995.

9. Organizaciones gremiales de pensionados de que trata la Ley 43 de 1984.

10. Las casas cárcel de que trata la Ley 65 de 1993.

ARTÍCULO 4. ABSTENCIÓN DE REGISTRO. Las Cámaras de Comercio se

abstendrán de inscribir a una persona jurídica sin ánimo de lucro, con el mismo nombre

de otra entidad ya inscrita, mientras este registro no sea cancelado por orden de autoridad

competente o a solicitud del representante legal de la última.

PARÁGRAFO. En cuanto fuere acorde con su naturaleza, las personas jurídicas a que se

refiere este decreto deberán observar en lo relacionado con su nombre y sigla, o razón

social, según el caso, las regias previstas para el nombre comercial de las sociedades. Las

cooperativas que prestan servicios de ahorro y crédito observarán, igualmente, lo previsto

para instituciones financieras.

ARTÍCULO 5. PUBLICIDAD DEL REGISTRO. El registro de las personas jurídicas

de que tratan los artículos 40 y 143 del Decreto 2150 de 1995 es público. Cualquier

persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de

sus asientos o actos y obtener copias o certificaciones de los mismos.

ARTÍCULO 6. SOLICITUDES EN TRÁMITE. Las autoridades que venían conociendo

solicitudes para el otorgamiento de personarías jurídicas de las entidades de que trata el

artículo 2, que no se encuentren resueltas a la vigencia del presente decreto, devolverán a

los interesados los documentos allegados para tal efecto, con el fin de que éstos procedan

a registrarse ante las Cámaras de Comercio en los términos previstos en este decreto.

ARTÍCULO 7. INSCRIPCIONES DE LAS PERSONAS JURÍDICASACTUALMENTE RECONOCIDAS. (Inciso 1 modificado por el artículo 1 del Decreto2376 de 1996). Inscripción de las personas jurídicas actualmente reconocidas. La inscripción

de las personas jurídicas actualmente reconocidas a que se refieren el parágrafo del

artículo 40 y el artículo 148 del Decreto 2150 de 1995, deberá hacerse a partir del 2 de

enero de 1997, en los libros que para el efecto llevarán las cámaras de comercio. La

inscripción de las Juntas de Acción Comunal reconocidas como personas jurídicas de

derecho privado, se realizará en el registro que lleven las Cámaras de Comercio, a partir

del 31 de diciembre de 1998.

Para la inscripción, el representante legal de cada persona jurídica entregará a la Cámara

de Comercio respectiva un certificado de existencia y representación, especialmente expedido

para el efecto por la entidad competente para tal función hasta antes de esa fecha. Dicho

certificado deberá contener los datos establecidos en el art. 1 del presente decreto y el

nombre de la persona o entidad que desempeña la función de fiscalización.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 9

En el evento de faltar la información señalada en el inciso anterior, las Cámaras de

Comercio deberán abstenerse de efectuar la inscripción, en cuyo caso, a solicitud del

particular interesado, la autoridad que expide el certificado de que trata el inciso precedente

deberá complementarla o aclararla.

PARÁGRAFO. Los representantes legales de las personas jurídicas actualmente

reconocidas a que se refiere el presente decreto deberán, al momento de solicitar el registro

en la Cámara de Comercio respectiva, informar la dirección, teléfono, fax y demás datos

que permitan la ubicación exacta de la misma.

ARTÍCULO 8. CERTIFICACIÓN Y ARCHIVO. A partir del registro correspondiente,

las Cámaras de Comercio certificarán sobre la existencia y representación de las entidades

de que trata el presente decreto, así como la inscripción de todos los actos, libros o

documentos respecto de los cuales la ley exija dicha formalidad.

A partir del 2 de enero de 1997, las entidades que certificaban sobre la existencia y

representación de las personas jurídicas de que trata este decreto, solamente podrán

expedir el certificado especial que se indica en el artículo anterior y con destino exclusivo

a la Cámara de Comercio respectiva. Sin embargo, dichas autoridades conservarán los

archivos con el fin de expedir, a petición de cualquier interesado, certificaciones históricas

sobre las reformas de estatutos u otros eventos que consten en los mismos, ocurridos con

anterioridad al 2 de enero de 1997.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. Las autoridades que a la fecha de expedición del presente

decreto certifican la existencia y representación legal de las entidades sin ánimo de lucro

continuarán expidiendo dicho certificado hasta el 2 de enero de 1997.

ARTÍCULO 9. LUGAR DE INSCRIPCIÓN. La inscripción deberá efectuarse únicamente

ante la Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en el domicilio principal de la persona

jurídica.

ARTÍCULO 10. VERIFICACIÓN FORMAL DE LOS REQUISITOS. Para la

inscripción del documento de constitución de las entidades de que trata este decreto las

Cámaras de Comercio verificarán el cumplimiento formal de los requisitos en el art. 1. del

presente decreto.

Para efecto de la inscripción de los demás actos y documentos de las entidades sin ánimo

de lucro, las Cámaras de Comercio deberán constatar el cumplimiento de los requisitos

formales para su procedencia, en la misma forma establecida en el Código de Comercio

para las sociedades comerciales.

Las entidades de naturaleza cooperativa, los fondos de empleados y las asociaciones

mutuales, inscribirán en las Cámaras de Comercio sus demás actos de acuerdo con las

normas especiales que las regulan.

ARTÍCULO 11. PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS. El trámite de la inscripción se

realizará siguiendo el procedimiento previsto para las actuaciones iniciadas como derecho

de petición en interés particular, en el Código Contencioso Administrativo.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro10

Las notificaciones de los actos de inscripción se surtirán de conformidad con lo establecido

en el inciso 4 del artículo 44 del Código Contencioso Administrativo y la de los demás actos

en la forma general establecida en dicho Código.

Contra los actos administrativos relacionados con el registro de las personas jurídicas de

que trata este decreto, procederán los recursos previstos en el Código Contencioso

Administrativo.

La Superintendencia de industria y Comercio conocerá de las apelaciones interpuestas

contra los actos de las Cámaras de Comercio. Surtido dicho recurso, quedará agotada la

vía gubernativa.

ARTÍCULO 12. VIGILANCIA Y CONTROL. Las personas jurídicas a que se refiere el

presente decreto continuarán sujetas a la inspección, vigilancia y control de las autoridades

que venían cumpliendo tal función.

PARÁGRAFO. Para efectos de lo previsto en el presente artículo y en el artículo 18 de este

decreto, las personas jurídicas sin ánimo de lucro deberán presentar ante la autoridad que

le competa la inspección, vigilancia y control, el certificado de registro respectivo expedido

por la correspondiente Cámara de Comercio, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la

fecha de la inscripción, más el término de la distancia cuando el domicilio de la persona

jurídica sin ánimo de lucro que se registra es diferente al de la Cámara de Comercio que

le corresponde. En el caso de reformas estatutarias además se allegará copia de los

estatutos. Las entidades de vigilancia y control desarrollaron mecanismos para que las

obligaciones se puedan cumplir por correo.

ARTÍCULO 13. LICENCIA O PERMISO DE FUNCIONAMIENTO. Toda autorización,

licencia o reconocimiento de carácter oficial se tramitará con posterioridad a la inscripción

de las personas jurídicas sin ánimo de lucro en las Cámaras de Comercio, conforme a lo

dispuesto por los artículos 40 y 41 del Decreto 2150 de 1995.

ARTÍCULO 14. ENTIDAD ENCARGADA DE SUPERVISAR EL REGISTRO. La

Superintendencia de Industria y Comercio impartirá las instrucciones dirigidas a que el

registro de las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que se realiza en las Cámaras de

Comercio, se lleve de acuerdo con la ley y los reglamentos que lo regulen, adoptando para

ello, las medidas necesarias para su correcto funcionamiento.

ARTÍCULO 15. INFORMES. Sin perjuicio de la obligación de las entidades registradas

de presentar a la correspondiente entidad de vigilancia y control los informes y documentos

que ésta solicite en cualquier momento, las Cámaras de Comercio suministrarán cada 3

meses a las autoridades que ejercen la vigilancia y control sobre las personas jurídicas a

que se refiere este decreto, una lista de las reformas de estatutos y entidades inscritas

durante este período. Esta lista sólo mencionará las inscripciones realizadas, sin alusión

a su contenido. Además, se podrá remitir por medio magnético, si lo acuerda la Cámara

de Comercio con la respectiva entidad de vigilancia y control.

Para efectos de agilidad en la elaboración de la lista, al momento de la inscripción, el

solicitante indicará a las Cámaras de Comercio la entidad de vigilancia y control a las que

se informará sobre sus inscripciones.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 11

Los trámites de registro ante las Cámaras de Comercio, que regula este decreto, norequieren la presencia del representante legal, ni de los miembros de la persona jurídicasin ánimo de lucro.

ARTÍCULO 16. CORREO, PAGOS Y CORRESPONSALÍAS. Las Cámaras de Comercioestudiarán mecanismos para implementar inscripciones, solicitud de certificaciones y demástrámites, de registro por correo; hacer pagos de los derechos de registro a través deentidades financieras, especialmente las ubicadas en municipios alejados de sus sedes,mediante acuerdos con dichas entidades; y establecer corresponsalías en donde no tengansedes.

CAPITULO II.NORMAS ESPECIALES REFERENTES A PERSONAS JURÍDICAS VIGILADASPOR EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE COOPERATIVAS.

ARTÍCULO 17. FACULTADES DE SUPERVISIÓN DEL DEPARTAMENTOADMINISTRATIVO NACIONAL DE COOPERATIVAS. Corresponde al DepartamentoAdministrativo Nacional de Cooperativas ejercer el control y la vigilancia sobre las entidadesde naturaleza cooperativa, de los fondos de empleados y asociaciones mutuales, para quesu funcionamiento se ajuste a las disposiciones legales sobre el particular y a los interesesde los asociados. Cuando una entidad esté sujeta al control de una Superintendencia, lasacciones de salvaguarda de la naturaleza jurídica de las vigiladas se adelantarán porintermedio de esta última.

PARÁGRAFO. Para efectos de lo previsto en el presente artículo el DepartamentoAdministrativo Nacional de Cooperativas acordará con cada Superintendencia las accionesque, enmarcadas en el artículo 209 de la Constitución Política, permitan a cada organismocumplir sus funciones y ejercer sus competencias. En desarrollo de lo anterior, elDepartamento Administrativo Nacional de Cooperativas podrá prestar colaboración deorden técnico a las Superintendencias.

ARTÍCULO 18. REFORMAS ESTATUTARIAS. Corresponde a las cooperativas yorganismos vigilados por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativasinformar a ese Departamento la reforma de estatutos.

ARTÍCULO 19. VIGENCIA. El Presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

• Ley 1266 de 2008: Art. 17.• Ley 795 de 2003: Art. 110.• Ley 454 de 1998: Arts. 6 Par. 2, 34, 39 y 63.• Ley 79 de 1988: Arts. 4, 7, 59, 62 al 64, 92, 93 y 151.• Decreto 1727 de 2009: Por el cual se determina la forma en la cual los operadores de los

bancos de datos de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la provenientede terceros países, deben presentar la información de los titulares de la información.

• Decreto 2996 de 2004: Por el cual señalan algunos requisitos que deben contener losestatutos y reglamentos de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

• Decreto 2211 de 2004: Por medio del cual se determina el procedimiento aplicable a lasentidades financieras sujetas a toma de posesión y liquidación forzosa administrativa.

• Decreto 790 de 2003: Por medio del cual se dictan normas sobre la gestión y administración

de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y crédito, las secciones de ahorro y

crédito de las cooperativas multiactivas e integrales, los fondos de empleados y las

asociaciones mutualistas.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro12

• Decreto 756 de 2000: Por el cual se determinan reglas especiales para el procedimiento

aplicable a la toma de posesión de las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y

crédito y cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito.

• Decreto 2263 de 1991: Por el cual se aprueba el acuerdo número 00017 del 6 de agosto de

1991, expedido por la junta directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a

través del cual se reglamenta el otorgamiento de licencias de funcionamiento de las

instituciones que desarrollan programas de adopción y la supervisión y asesoría por parte

del ICBF, a dichas instituciones.

• Decreto 1482 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución,

regímenes interno, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de

las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas.

• Decreto 1481 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución,

regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de

los fondos de empleados.

• Decreto 1480 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, constitución, regímenes

interno, de responsabilidad sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las

asociaciones mutualistas.

• Decreto 1333 de 1989: Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento

y funcionamiento de las precooperativas.

Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Arts. 46, 48, Arts. 51, 114, 116, 117, 291, 293

al 295 (no aplica el num. 4 y el lit. o del num. 9), Art. 296 num. 1 lits. a) y b) y num. 2, Arts.

325, 297, 299 nums. 1 y 2 lits. a) al d) y j), Art. 300 nums. 3, 4 y 6, Arts. 301 y 302.

• Circular Externa Supersolidaria No. 1 de 1999: Actividad financiera de las entidades

sometidas a la supervisión de la superintendencia de la economía solidaria.

*Nota de Interpretación: Las subrayas son originales del emisor de la presente Circular.

COMENTARIOS: *Una cooperativa de primer grado o cooperativa de base es una entidad

asociativa de carácter cooperativo, que agrupa a un colectivo de personas dispuestas a

promocionar su desarrollo humano, económico y social y el de su entorno, mediante el

ejercicio de una actividad empresarial. En la cooperativa de primer grado o cooperativa de

base, los asociados tienen igual derecho de voto: 1 miembro = 1 voto, mientras que las

cooperativa de grado superior (Federación o Confederación), como las cooperativas de

segundo grado, se organizan con procedimientos democráticos.

Una cooperativa de segundo grado es una cooperativa donde sus asociados son cooperativas

de primer grado y forman federaciones, cuyo propósito puede ser la representación gremial

o sectorial, ó complementar e integrar las actividades de sus asociados. Mientras en las

cooperativas de primer grado los socios son personas físicas o jurídicas, en las cooperativas

de segundo grado, los asociados son sólo personas jurídicas, siguiendo el principio federativo.

En las cooperativas de segundo grado el número mínimo de socios es 2 y ningún socio podrá

poseer más del 45%.

*Tomado del Portal de Confecoop Antioquia. Coopedia. Internet: (http://www.confecoopant

ioquia.coop/cooperativismo/coopedia/cooperativa-de-primer-grado.html).

**ASPECTOS GENERALES SOBRE LOS FONDOS DE EMPLEADOS. Los fondos de

empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas

por trabajadores dependientes y subordinados, con un mínimo de 10 trabajadores.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 13

La constitución se puede hacer mediante documento privado, esto es que no se requiere

escritura pública ante notaria. Basta para la constitución un acta firmada por todos los

trabajadores asociados fundadores.

La personería jurídica de los fondos de empleados será reconocida por la inscripción en la

cámara de comercio de su domicilio.

Los fondos de empleados deben registrar en la cámara de comercio de comercio los libros de

contabilidad, de actas y demás exigidos por normas específicas.

Los asociados de los fondos de empleados, deben hacer aportes periódicos y ahorrar de

forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos del fondo. De la suma periódica

obligatoria que deba entregar cada asociado, se destinará como mínimo, una décima parte

para aportes sociales.

La cuota obligatoria que debe aportar cada asociado no puede exceder del 10% del ingreso

del asociado.

Los aportes y los ahorros quedarán afectados desde su origen a favor de fondo de empleados

como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga con éste, para lo cual el fondo

podrá efectuar las respectivas compensaciones. Tales sumas son inembargables y no podrán

ser gravadas ni transferirse a otros asociados o a terceros.

Los aportes, solo pueden ser devueltos cuando se retira el asociado, cuando se liquide el

fondo o cuando algún asociado supere el porcentaje máximo de aportes que puede tener un

miembro del fondo.

Los Fondos de Empleados responderán ante terceros con la totalidad de su patrimonio y,

suplementariamente, con el monto de los ahorros permanentes de los asociados.

Los asociados responderán, en primer término, con el monto de sus aportes, y, en forma

suplementaria, hasta el valor de sus ahorros permanentes.

Los fondos de empleados, al ser una entidad sin ánimo de lucro, están sometidos a la

vigilancia de la Superintendencia de Economía solidaria.

Los órganos de control interno de los fondos de empleados, están constituidos por:

• Asamblea general

• Junta directiva

• Gerente

• Comité de control social

• Revisor fiscal

Es importante anotar, que para ser socio de un fondo de empleados, se debe ser dependiente,

asalariado, se debe estar vinculado con alguna empresa, aunque sea con el mismo fondo.

**Tomado del Portal “Gerencie.com”. Boletín Gratuito. Artículo: “Aspectos generales sobre

los fondos de empleados”. Internet: (http://www.gerencie.com/aspectos-generales-sobre-los-

fondos-de-empleados.html)-

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro14

DOCTRINA: (Para su conuslta ver CD).• CONCEPTO TRIBUTARIO 010375 DE 9 DE FEBRERO DE 2009. DIAN. Las

actividades realizadas por los fondos de empleados se encuentran reguladas por la Ley 79

de 1988, articulo 131 que concede facultades extraordinarias al ejecutivo para regular la

creación y funcionamiento de los Fondos de Empleados; el Decreto 1481 de 1989 que

determina la, naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de

responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados;

y la Ley 454 de 1998 que determina el marco conceptual que regula la economía solidaria..

• CONCEPTO 2008045666-001 DE 17 DE JULIO DE 2008. SUPERFINANCIERA.Fondos de empleados, transformación a fondos mutuos de inversión.

• OFICIO TRIBUTARIO 108390 DE 28 DE DICIEMBRE DE 2006. DIAN. Cooperativas

de Trabajo Asociado.

• CONCEPTO 1660 DE 16 DE AGOSTO DE 2005. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR.FLAVIO AUGUSTO RODRÍGUEZ ARCE. Cooperativas especializadas en la prestación

de servicios de asistencia y solidaridad para ofrecer servicios que requieran una base

técnica que los asimile a seguros.

• CONCEPTO 02115625 DE 25 DE FEBRERO DE 2003. SUPERINDUSTRIA YCOMERCIO. Inscripción en el registro de las oficinas de una cooperativa.

• CONCEPTO 02041868 DE 24 DE MAYO DE 2002. SUPERINDUSTRIA YCOMERCIO. Deber de las cooperativas que tengan la calidad de comerciantes de

inscribirse en el registro mercantil de la cámara de comercio de su jurisdicción.

• CONCEPTO TRIBUTARIO 029509 DE 20 DE MAYO DE 2002. DIAN. Cooperativas

de Asociación.

• CONCEPTO 0037 DE 21 DE ENERO DE 2002. SUPERSOLIDARIA. Afiliación de

personas que no tienen la calidad de asociados, a una cooperativa de transporte.

JURISPRUDENCIA: ( • Para su consulta ver CD).• EXPEDIENTE 15214 DE 12 DE OCTUBRE DE 2006. CONSEJO DE ESTADO. C.

P. DRA. LIGIA LÓPEZ DÍAZ. Naturaleza de las CTA.

• SENTENCIA C-589 DE 7 DE DICIEMBRE DE 1995. CORTE CONSTITUCIONAL.M. P. DR. FABIO MORÓN DÍAZ. Las cooperativas, como personas jurídicas de derecho

privado, realizan, en cumplimiento de su objeto social, multiplicidad de actos jurídicos; sin

embargo, no todos esos actos pueden calificarse como actos cooperativos.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 15

CAPÍTULO IIICARACTERÍSTICAS DE

LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

Las entidades solidarias son de dos clases: Asistencialistas y mutualistas.

Asistencialistas: Son aquellas entidades que desarrollan actividades orientadas porla solidaridad con terceras personas, como es el caso de las fundaciones debeneficencia y las asociaciones para ayuda a terceros.

Mutualistas: Son las que se constituyen para la búsqueda del beneficio de sus propiosasociados.

Como se desprende de las características señaladas, las entidades de la economíasolidaria supervisadas por esta Superintendencia son empresas asociativas sin ánimode lucro de carácter mutualista.

Las organizaciones de la economía solidaria deben cumplir con los principios y finesprevistos en los artículos 4 y 5 de la Ley 454 de 1998 y, especialmente, con lascaracterísticas y principios económicos contemplados en el artículo 6 de la citada ley,los cuales son:

1. PRINCIPIOS Y FINES

a. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio deuna actividad socioeconómica, cultural o ambiental tendiente a satisfacernecesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.

b. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y finescontemplados en la mencionada ley.

c. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia deánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario.

d. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sinconsideración a sus aportes, excepto cuando la organización de economía solidariasea el resultado de la escisión impropia prevista en el artículo 104 de la Ley 795de 2003, reglamentado por el Decreto 867 de 2003.

e. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles,debidamente pagados, durante su existencia. Este requisito no aplica para las

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro16

asociaciones mutuales, toda vez que su patrimonio se conforma fundamentalmentecon las contribuciones de sus asociados y no con aportes.

f. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otrasentidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integraldel ser humano.

2. PRINCIPIOS ECONÓMICOS

Además de los principios y fines de la economía solidaria, las organizaciones de laeconomía solidaria deben cumplir con los siguientes principios económicos:

a. Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, ladel remanente patrimonial.

b. Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, alcrecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de losmismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo dela empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

CONCORDANCIAS: ( • Para su consulta ver CD).Decreto Reglamentario 867 de 2003:ARTÍCULO 1. La creación de la cooperativa de ahorro y crédito o cooperativa financieraque surja de la escisión prevista en el artículo 104 de la Ley 795 de 2003, requerirá deprevia autorización de la Superintendencia de la Economía Solidaria o la SuperintendenciaBancaria, según corresponda, entidades que la impartirán cuando se acredite elcumplimiento de los requisitos previstos para el ejercicio de la actividad financiera.

La autorización que imparta la entidad de vigilancia y control respectiva, podrá estarsujeta al cumplimiento de un plan de ajuste acordado con la cooperativa, cuyo término nopodrá ser superior a un (1) año, prorrogable por una sola vez hasta por un término igual,a juicio de la entidad de vigilancia y control. Sólo podrá formalizarse la escisión cuando laentidad de vigilancia y control imparta la correspondiente autorización.

En todo caso, sin perjuicio de los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 454 de 1998,las cooperativas multiactivas obligadas a especializarse, deberán completar el proceso deespecialización dentro de los plazos que señale la entidad de vigilancia y control, so penade las sanciones administrativas y demás medidas que adopte la respectiva Superintendenciaen uso de sus facultades legales.

PARÁGRAFO. Para efectos del trámite de posesión de directivos la Superintendencia antela cual se esté tramitando la escisión, podrá por cualquier medio que considere pertinente,cerciorarse de la idoneidad de los administradores y miembros de la Junta de Vigilancia.La experiencia y conocimientos relacionados con el sector financiero y áreas afines, seráun factor para calificar la idoneidad de los directivos y miembros de la Junta de Vigilancia

de la cooperativa financiera o de ahorro y crédito que se cree.

CONCORDANCIAS:
Ley 454 de 1998: ARTICULO 4. PRINCIPIOS DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. Son principios de la Economía Solidaria: 1. El ser bueno, su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre los medios de producción. 2. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua. 3. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora. 4. Adhesión voluntaria, responsable y abierta. 5. Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción. 6. Participación económica de los asociados, en justicia y equidad. 7. Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna y progresiva. 8. Autonomía, autodeterminación y autogobierno. 9. Servicio a la comunidad. 10. Integración con otras organizaciones del mismo sector. 11. Promoción de la cultura ecológica. ARTICULO 5. FINES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. La Economía solidaria tiene como fines principales: 1. Promover el desarrollo integral del ser humano. 2. Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos. 3. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. 4. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social. 5. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna. ARTICULO 6. CARACTERÍSTICAS DE LAS ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA. Son sujetos de la presente ley las personas jurídicas organizadas para realizar actividades sin ánimo de lucro, en las cuales los trabajadores o los usuarios según el caso, son simultáneamente sus aportantes y gestores, creadas con el objeto de producir, distribuir y consumir conjunta y eficientemente, bienes y servicios para satisfacer las necesidades de sus miembros y al desarrollo de obras de servicio a la comunidad en general, observando en su funcionamiento las siguientes características: 1. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario. Nota: Numeral 1 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-779 de 25 de julio de 2001, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería. Ver Jurisprudencia. 2. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la presente ley. 3. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario. 4. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes. 5. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados, durante su existencia. 6. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano. PARÁGRAFO 1. En todo caso, las organizaciones de la economía solidaria deberán cumplir con los siguientes principios económicos: 1. Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. 2. Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real. PARÁGRAFO 2. Tienen el carácter de organizaciones solidarias entre otras: cooperativas, los organismos de segundo y tercer grado que agrupen cooperativas u otras formas asociativas y solidarias de propiedad, las instituciones auxiliares de la Economía solidaria, las empresas comunitarias, las empresas solidarias de salud, las precooperativas, los fondos de empleados, las asociaciones mutualistas, las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas, las empresas asociativas de trabajo y todas aquellas formas asociativas solidarias que cumplan con las características mencionadas en el presente capítulo. ARTICULO 39. ACTIVIDAD FINANCIERA Y ASEGURADORA. El artículo 99 de la Ley 79 de 1988 quedará así: (…) (Continúa en la siguiente nota)
CONCORDANCIAS:
(Viene de la nota anterior) Ley 454 de 1998: PARÁGRAFO 2. (Parágrafo adicionado por el artículo 101 de la Ley 795 de 2003). Las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas con sección de ahorro y crédito, deberán constituir y mantener un fondo de liquidez cuyo monto, características y demás elementos necesarios para su funcionamiento serán determinados por el Gobierno Nacional. Nota: Parágrafos modificados por el artículo 101 de la Ley 795 de 2003 declarado EXEQUIBLE por el cargo analizado, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-188 de 15 de marzo de 2006, Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Escobar Gil. Ver jurisprudencia. ARTICULO 45. ALTERNATIVAS PARA LA ESPECIALIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS MULTIACTIVAS O INTEGRALES CON SECCIÓN DE AHORRO Y CRÉDITO. Las cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito podrán especializarse para el ejercicio de la actividad financiera mediante una de las siguientes modalidades: 1. Escisión, preferentemente para conformar otra entidad de naturaleza solidaria, en la forma y condiciones previstas para las sociedades comerciales. 2. Transferencia, mediante cesión, de la totalidad de activos y pasivos de la correspondiente sección de ahorro y crédito a una cooperativa de ahorro y crédito o a un establecimiento de crédito. 3. Creación de una o varias instituciones auxiliares del cooperativismo, la(s) cual(es) tendrá(n) como objetivo la prestación de los servicios no financieros de la cooperativa multiactiva o integral, quedando ésta, en adelante, especializada en la actividad financiera. Nota: Artículo 45 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-779 de 25 de julio de 2001, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería, 'únicamente por los cargos analizados'. Ver jurisprudencia. (…) PARÁGRAFO. (Parágrafo adicionado por el artículo 37 de la Ley 1328 de 2009). Las cooperativas financieras resultantes de un proceso de especialización, podrán utilizar el logo y los símbolos de la cooperativa que les dio origen, de acuerdo con las instrucciones que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia. ARTICULO 46. (Artículo modificado por el artículo 105 de la Ley 795 de 2003). No estarán obligadas a especializarse las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito que estén integradas únicamente por asociados que se encuentren o hayan estado vinculados laboralmente a una misma entidad pública o privada.
CONCORDANCIAS:
Ley 79 de 1988: ARTICULO 3. Es acuerdo cooperativo el contrato que se celebra por un número determinado de personas, con el objetivo de crear y organizar una persona jurídica de derecho privado denominada cooperativa, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y sin ánimo de lucro. Toda actividad económica, social o cultural puede organizarse con base en el acuerdo cooperativo. ARTICULO 5. Toda cooperativa deberá reunir las siguientes características: 1. Que tanto el ingreso de los asociados como su retiro sean voluntarios. 2. Que el número de asociados sea variable e ilimitado. 3. Que funcione de conformidad con el principio de la participación democrática. 4. Que realice de modo permanente actividades de educación cooperativa. 5. Que se integre económica y socialmente a: sector cooperativo. 6. Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideración a sus aportes. 7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado; no obstante, los estatutos establecerán un monto mínimo de aportes sociales no reducibles durante la existencia de la cooperativa. 8. Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente. 9. que tenga una duración indefinida en los estatutos, y 10. Que se promueva la integración con otras organizaciones de carácter popular que tengan por fin promover el desarrollo integral del hombre. ARTICULO 56. Las cooperativas podrán crear por decisión de la asamblea general otras reservas y fondos con fines determinados. Igualmente podrán prever en sus presupuestos y registrar en su contabilidad, incrementos progresivos de las reservas y fondos con cargo al ejercicio anual. ARTICULO 65. En todo caso, las cooperativas podrán comprender en su objeto social a la prestación de servicios de previsión, asistencia y solidaridad para sus miembros. ARTICULO 72. Los organismos de carácter cooperativo que presten servicios de seguros deberán ser especializados y cumplirán la actividad aseguradora principalmente en interés de sus propios asociados y de la comunidad vinculada a ellos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56 de la presente ley, cuando los servicios de previsión y solidaridad a que se refiera el artículo 65 de la presente ley requieran de una base técnica que los asimile a seguros, deberán ser contratos con organismos cooperativos especializados en este ramo, o con otras entidades aseguradoras legalmente establecidas, las entidades que actualmente los presten podrán continuar haciéndolo a menos que, requeridas por el organismo correspondiente del Estado, no demuestren su competencia técnica y económica para hacerlo. ARTICULO 131. A los fondos de empleados, asociaciones mutualistas, denominadas sociedades mutuarias por la ley 24 de 1981, y a las entidades de que trata el Artículo anterior, les serán aplicables, en subsidio de disposiciones legales y normas estatutarias, las disposiciones de la presente ley mientras el Gobierno expide los estatutos correspondientes. De conformidad con el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución Nacional (sic), revístese al Presidente de la República de facultades extraordinarias, por el término de seis (6) meses, contados a partir de la vigencia de la presente ley, para expedir las normas reguladoras de las entidades previstas en este artículo, en concordancia con las siguientes materias: Naturaleza jurídica de estas entidades y sus características básicas; constitución de las respectivas formas asociativas; requisitos y trámites para el reconocimiento de personerías jurídicas; contenido básico de los correspondientes estatutos sociales; calidad de asociados, adquisición y pérdida de tal calidad, sus derecho y deberes, el régimen económico y financiero de estas entidades; reglas especiales sobre servicios, órganos de representación, dirección, administración sobre servicios; órganos de representación, dirección, administración y control, fusión, incorporación y transformación; integración, normas de funcionamiento, medidas de promoción, fomento y estímulo para las referidas entidades, causales de disolución y procedimientos de liquidación, regímenes de responsabilidades y sanciones para los asociados, directivos y administradores.
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Las Estidades sin Ánimo de Lucro 17

ARTÍCULO 2. En virtud de lo previsto en los numerales 2, 5 y 10 del artículo 5 y el

numeral 1 del artículo 6 de la Ley 79 de 1988, la cooperativa que haya dado origen a la

cooperativa financiera o de ahorro y crédito resultado de la escisión de que trata el artículo

104 de la Ley 795 de 2003, podrá participar tanto directamente como a través de sus

entidades relacionadas, hasta en un noventa y cinco por ciento (95%) en el patrimonio de

la nueva cooperativa.

ARTÍCULO 3. La nueva cooperativa podrá tener la naturaleza de Organismo Cooperativo

de Segundo Grado y constituirse con un número mínimo de tres (3) entidades de las

permitidas por el artículo 92 de la Ley 79 de 1998, incluyendo la cooperativa multiactiva

o integral con sección de ahorro y crédito que le dio origen.

ARTÍCULO 4. En las asambleas generales de las cooperativas de ahorro y crédito y

cooperativas financieras cuya creación sea el resultado de la escisión prevista en el artículo

104 de la Ley 795 de 2003, las decisiones se adoptarán en los términos del artículo 96 de

la Ley 79 de 1988.

ARTÍCULO 5. Para que resulte procedente la escisión prevista en el artículo 104 de la Ley

795 de 2003, y las cooperativas que surjan de este proceso puedan exceptuarse de las

previsiones de los artículos 33 inciso primero, 50 y 92 inciso segundo de la Ley 79 de 1988,

deberá darse cumplimiento, además de aquellas reglas que rigen la actividad de las

entidades y demás normas aplicables, a las siguientes:

1. La cooperativa multiactiva que solicite la escisión de que trata el artículo 104 de la Ley

795 de 2003, deberá contar con una experiencia en la actividad financiera no menor de

cinco (5) años, la cual deberá haber ejercido en forma normal y ajustada a las pautas

legales y estatutarias.

2. La cooperativa con actividad financiera resultante no podrá participar en el patrimonio

de la cooperativa que le dio origen y en las entidades vinculadas a esta última.

3. La nueva cooperativa deberá cumplir con los montos de aportes sociales mínimos

previstos en el artículo 42 de la Ley 454 de 1998, sin que puedan aplicarse las excepciones

previstas en el inciso tercero de la misma disposición.

4. La relación entre los flujos de caja de los activos y pasivos que se pretenda trasladar a

la cooperativa de ahorro y crédito o financiera que se cree, deberá ser suficiente para

respaldar las operaciones de la nueva entidad.

5. (Numeral modificado por el artículo 1 del Decreto 2036 de 2009). El Representante

Legal de la cooperativa multiactiva original o escindente, podrá ser miembro del

Consejo de Administración de la nueva cooperativa de ahorro y crédito o financiera.

Los empleados y miembros de la Junta de Vigilancia y del Consejo de Administración de

la cooperativa original o escindente, no podrán participar en forma alguna en las

actividades de la nueva entidad, tales como administración, gestión y vigilancia.

6. Podrán participar en el patrimonio de la nueva entidad, las personas naturales y

jurídicas que se encuentren en los supuestos del artículo 21 de la Ley 79 de 1988.

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Las Estidades sin Ánimo de Lucro18

7. De acuerdo con lo previsto en el numeral 3 del artículo 6 de la Ley 79 de 1988, enningún caso podrá existir tratamiento diferenciado para los asociados de la cooperativaoriginal y las personas que se asocien con posterioridad a la escisión, tales como tasasde interés preferenciales, garantías o condiciones de otorgamiento de crédito diferentes,entre otros.

8. Las operaciones que celebre la cooperativa de ahorro y crédito o financiera que seconforme con la cooperativa original, no podrá tener por objeto la adquisición de másactivos que aquellos relacionados directamente con el objeto de la cooperativa conactividad financiera. En todo caso, las transacciones deberán ser realizadas consultandola protección de la actividad financiera, y de los depositantes y ahorradores.

9. Los contratos y operaciones con asociados, miembros de Consejo de Administración,de la Junta de Vigilancia y los cónyuges, compañeros permanentes, y quienes seencuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad y primero civil delos anteriores, se sujetarán a las normas sobre incompatibilidades, límites o cuposindividuales de crédito y demás disposiciones aplicables.

PARÁGRAFO. Las reglas previstas en el presente artículo deberán ser incorporadas enlos estatutos de la nueva entidad y no podrán ser modificados en los aspectos antesseñalados.

ARTÍCULO 6. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposicionesque le sean contrarias.

• Ley 795 de 2003: Art. 110.• Ley 454 de 1998: Arts. 4 al 6, 39 Par 2, Art. 45 Par 2, Art. 96.• Ley 79 de 1988: Arts. 5, 3, 56, 65, 72 y 131.• Decreto 2150 de 1995: Art. 40• Decreto 1480 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución,

regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento delas Asociaciones Mutualistas.Código Civil: Art. 633, 634 y 1020.Código de Comercio: Art. 98.Constitución Política de Colombia: Art. 38.

DOCTRINA: ( • Para su consulta ver CD).• OFICIO TRIBUTARIO 004244 DE 21 DE ENERO DE 2009. DIAN. Excedentes de

Cooperativas aplicadas a compensar pérdidas de ejercicios anteriores.

• CONCEPTO 1660 DE 16 DE AGOSTO DE 2005. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR.FLAVIO AUGUSTO RODRÍGUEZ ARCE. Cooperativas especializadas en la prestaciónde servicios de asistencia y solidaridad para ofrecer servicios que requieran una basetécnica que los asimile a seguros

• CONCEPTO 0369 DE 30 DE MARZO DE 2002. SUPERSOLIDARIA. Fondos mutuales.

JURISPRUDENCIA: ( • Para su consulta ver CD).• SENTENCIA C-272 DE 9 DE JUNIO DE 1994. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P.

DR. CARLOS GAVIRIA DÍAZ. Reconocimiento de naturaleza jurídica y características

básicas de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas.

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Preguntas y Respuestas 19

Índice General

1. ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO

1.1. ¿Qué es un Entidad sin ánimo de lucro? ............................................... 1

1.1.1. ¿Qué son Corporaciones o Asociaciones? ........................................... 1

1.1.2. ¿Cuál es el domicilio de las Corporaciones? ........................................ 2

1.1.3. ¿Cuál es el patrimonio de las Corporaciones?...................................... 2

1.2. FUNDACIONES................................................................................. 2

1.2.1. ¿Qué son Fundaciones? ....................................................................... 2

1.2.2. ¿Qué personas Jurídicas no se consideran fundaciones? ..................... 3

1.2.3. ¿Cuál es la reglamentación normativa de las fundaciones debeneficencia? ....................................................................................... 3

1.2.4. ¿Cómo se entiende terminada tácitamente una fundación? ................. 3

1.3. JUNTAS DE ACCION COMUNAL.................................................. 3

1.3.1. ¿Qué son las Juntas de Acción Comunal? ........................................... 3

1.3.2. ¿Qué documentación requieren las juntas de accióncomunal para que se les reconozca personería jurídica? ..................... 4

1.4. ENTIDADES DE NATURALEZA COOPERATIVA ....................... 5

1.4.1. ¿Qué son entidades de naturaleza Cooperativa? ................................. 5

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro20

1.4.2. ¿Cuáles son las características de una Cooperativa? .......................... 5

1.4.3. ¿Qué son las Organizaciones de trabajo asociado? ............................. 6

1.4.4. ¿Cuál es el objeto social de la Cooperativas de trabajo asociado? ...... 6

1.4.5. ¿Qué es el trabajo asociado corporativo? ............................................ 7

1.4.6. ¿Qué entidad ejerce la función de registro y certificación de lasorganizaciones de economía solidaria? ................................................. 7

1.4.7. ¿Qué es una precooperativa? ............................................................... 7

1.4.8. ¿Cuáles son los objetivos de una precooperativa? ............................... 8

1.4.9. ¿Qué es una entidad promotora? ......................................................... 8

1.5. FONDOS DE EMPLEADOS: ............................................................ 9

1.5.1. ¿Qué son los fondos de empleados? .................................................... 9

1.5.2. ¿Cómo se constituye un Fondo de Empleados? .................................. 9

1.5.3. ¿Qué deben contener los Estatutos de un Fondo de Empleados? ...... 10

1.5.4. ¿Quiénes pueden formar parte de un Fondo de Empleados? ............. 10

1.5.5. ¿Cuáles son los Derechos de los Asociados de un Fondo deEmpleados? .........................................................................................11

1.5.6. ¿Cuáles son los Deberes de los Asociadosde un Fondo de Empleados?................................................................11

1.5.7. ¿En qué momento se pierde el carácter de Asociadode un Fondo de Empleados?............................................................... 12

1.5.8. ¿Cómo está conformado el Patrimoniode los Fondos de Empleados? ............................................................ 12

1.5.9. ¿En qué casos se Sancionan a los Fondos de Empleados? ................ 12

1.6. ASOCIACIONES MUTUALES ...................................................... 13

1.6.1. ¿Qué es una Asociación Mutual? ....................................................... 13

1.6.2. ¿Cuáles son las características de las Asociaciones Mutuales? ........ 13

1.6.3. ¿Cuáles son las prohibiciones de las Asociaciones Mutuales? ........... 14

1.6.4. ¿Cómo se constituyen las Asociaciones Mutuales? ........................... 14

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Preguntas y Respuestas 21

1.6.5. ¿Qué deben contener los estatutosde las Asociaciones Mutuales? .......................................................... 14

1.6.6. ¿Quiénes pueden formar parte de una Asociación Mutual? .............. 15

1.6.7. ¿Cuáles son los derechos de los asociadosmutualistas? ........................................................................................ 15

1.6.8. ¿Cuáles son los deberes de los asociadosmutualistas? ........................................................................................ 16

1.6.9. ¿En qué momento se pierde el carácter de Asociado? ...................... 16

1.6.10. ¿Cómo está conformado el Patrimoniode las Asociaciones Mutuales? .......................................................... 17

1.6.11. ¿En qué casos se sancionaran a las Asociaciones Mutuales? ........... 17

1.7. ENTIDADES AMBIENTALISTAS ................................................. 18

1.7.1. ¿Cuáles son las funciones del D.A.M.A frentea las entidades sin ánimo de lucro ambientalistas? ............................. 18

1.8. ENTIDADES CON FINES CIENTÍFICOS, TECNOLÓGICOS,CULTURALES, INVESTIGATIVOS Y DE RECREACIÓN. ........ 19

1.8.1. ¿A quién podrá delegar el Presidente de la Republicalas funciones de inspección y vigilancia sobre lasentidades con fines científicos, tecnológicos, culturales,investigativos y de recreación? .......................................................... 19

1.8.2. ¿Quiénes tienen derecho de reunión y asociacióncon fines sociales, culturales, deportivos, recreativos,religiosos, políticos o de cualquier otra índole? ................................... 19

1.9. ASOCIACIONES DE COPROPIETARIOS,COARRENDATARIOS, ARRENDATARIOSDE VIVIENDA COMPARTIDA Y VECINOS,DIFERENTES A LAS DE PROPIEDAD HORIZONTAL............. 20

1.9.1. ¿Cuál es el reglamento que rige a las asociacionesde copropietarios, coarrendatarios, arrendatarios de viviendacompartida y vecinos, diferentes a las de propiedad horizontal? ........ 20

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro22

1.10. ASOCIACIONES AGROPECUARIAS CAMPESIANASNACIONALES Y NO NACIONALES. .......................................... 21

1.10.1. ¿Qué es una asociación agropecuarianacional y no nacional? ...................................................................... 21

1.10.2. ¿Cuáles son las características deuna asociación agropecuaria? ............................................................ 21

1.10.3. ¿Cuáles son los requisitos para el reconocimiento dela personería jurídica de las asociaciones agropecuarias?.................. 22

1.10.4. ¿Cuál es el contenido de los estatutosde Asociaciones agropecuarias? ........................................................ 22

1.10.5. ¿Qué personas pueden hacer partede una asociación agropecuaria? ....................................................... 23

1.10.6. ¿Quién tendrá la vigilancia y control de lasAsociaciones agropecuarias nacionales y no nacionales?.................. 23

1.11. CORPORACIONES, ASOCIACIONESY FUNDACIONES CREADAS PARAADELANTAR ACTIVIDADES ENCOMUNIDADES INDIGENAS. ..................................................... 24

1.11.1. ¿Cuáles son los requisitos para obtener el reconocimientode Corporaciones, asociaciones y fundaciones creadaspara adelantar actividades en comunidades indígenas? ..................... 24

1.12. ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES ...................... 25

1.12.1. ¿Qué es un Organización No Gubernamental? .................................. 25

1.12.2. ¿Cuál es el domicilio delas Organizaciones No Gubernamentales? ......................................... 27

1.12.3. ¿Cuál es el patrimonio deuna Organización No Gubernamental? .............................................. 27

1.12.4. ¿Cuál es la normatividad de lasOrganizaciones No Gubernamentalessociales con carácter de beneficencia? .............................................. 27

1.12.5. ¿Qué es el Tercer Sector? ................................................................. 27

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Preguntas y Respuestas 23

1.13. ENTIDADES DEL RÉGIMEN COMÚNO GENERAL DE LA COMPETENCIA. ......................................... 29

1.13.1. ¿Cuáles son los requisitos para el reconocimiento dela personería jurídica de las entidades de Régimen común? .............. 29

1.13.2. ¿Qué son las instituciones de utilidad común?.................................... 30

1.14. INSTITUCIONES DE UTILIDAD COMÚN QUEPRESTAN SERVICIOS DE BIENESTAR FAMILIAR. ................ 31

1.15. ASOCIACIONES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS. ............ 31

1.16. ASOCIACIONES DE PADRESDE FAMILIA Y EDUCADORES .................................................... 32

1.16.1. ¿Qué es una asociación de padres de familia? .................................. 32

1.16.2. ¿Cuáles son las finalidades de la asociaciónde padres de familia? ......................................................................... 32

1.16.3. ¿Cuál es el manejo que se les da a los recursosde la asociación de padres de familia? ............................................... 33

1.16.4. ¿Cuáles son las prohibiciones para las asociacionesde padres de familia? ......................................................................... 34

1.16.5. ¿Qué actividades puede desarrollar la asociación,además de las estipuladas en su reglamento? .................................... 34

1.17. CORPORACIONES, ASOCIACIONES Y FUNDACIONESDE PLANES Y PROGRAMAS DE VIVIENDA............................ 35

1.17.1. ¿Qué son las Corporaciones, Asociaciones y Fundaciones? .............. 35

1.17.2. ¿Qué son Organizaciones Populares de Vivienda? ............................ 36

1.18. ENTIDADES PRIVADAS DEL SECTOR SALUD. ...................... 37

1.18.1. ¿Qué son las entidades privadas del sector salud? ............................ 37

1.18.2. ¿Cuál es la estructura administrativa de las entidades de salud? ....... 37

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro24

1.18.3. ¿Cómo se solicita el reconocimiento de la personeríajurídica de las entidades privadas del sector salud? ........................... 39

1.19. SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVADE DERECHOS DE AUTORY DERECHOS CONEXOS. ............................................................. 40

1.19.1. ¿Qué son las sociedades de gestión colectivade derechos de autor y derechos conexos? ....................................... 40

1.19.2. ¿Cuál es la finalidad de las asociaciones de gestióncolectiva de derechos de autor y derechos conexos? ........................ 40

1.19.3. ¿Cuántos miembros debe tener las sociedadesde gestión colectiva de derechos de autory derechos conexos? .......................................................................... 40

1.19.4. ¿Cuáles son las atribuciones de las sociedadesde gestión colectiva de derechos de autory derechos conexos? .......................................................................... 41

1.20. ENTIDADES REGIDAS POR LAS LEYESDE PROPIEDAD HORIZONTAL. ................................................. 42

1.20.1. ¿Cómo adquieren la personería jurídica las entidadesregidas por las leyes de propiedad horizontal? ................................... 42

1.20.2. ¿Cuál es el contenido del reglamento interno delas entidades regidas por las leyes de propiedad horizontal? .............. 42

1.20.3. ¿Cuáles son las causales de la extinciónde la propiedad horizontal? ................................................................. 44

1.21. CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR .................................. 44

1.21.1. ¿Qué son las cajas de compensación familiar? .................................. 44

1.22. CABILDOS INDIGENAS ................................................................ 45

1.22.1. ¿Qué son los cabildos indígenas? ....................................................... 45

1.22.2. ¿Cuáles son las funciones de los cabildos indígenas? ........................ 45

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Preguntas y Respuestas 25

1.22.3. ¿Quién dirime los conflictos ente cabildoso resguardos indígenas? ..................................................................... 46

1.22.4. ¿Cuál es el contenido de los estatutosde cabildos indígenas? ........................................................................ 46

1.22.5. ¿Quién es la máxima autoridaden los cabildos indígenas? ................................................................... 47

1.23. ENTIDADES QUE CONFORMAN ELSISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE.LIGAS Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS.FEDERACIONES. ............................................................................ 47

1.23.1. ¿Qué son clubes promotoresen el sistema nacional de deporte? ..................................................... 47

1.23.2. ¿Cuáles son los requisitos para el funcionamientode clubes promotores del sistema nacional de deporte?..................... 48

1.23.3. ¿Qué son las federaciones deportivas? .............................................. 49

1.23.4. ¿Cuáles son los requisitos para el funcionamientode las federaciones deportivas? ......................................................... 50

1.23.5. ¿Qué son los clubes profesionales? .................................................... 51

1.24. ORGANIZACIONES GREMIALESDE PENSIONADOS. ....................................................................... 51

1.24.1 ¿Cómo se clasifican las OrganizacionesGremiales de Pensionados? ................................................................ 51

1.24.2 ¿Qué requisitos se deben tener para el reconocimientode Personería Jurídica del gremio pensional? ..................................... 52

1.24.3 ¿Cuál es la entidad encargada de lainspección y vigilancia de las entidadesde pensionados con Personería Jurídica? ........................................... 52

1.25. CASAS CÁRCELES. ........................................................................ 52

1.25.1 ¿Qué es una casa cárcel? .................................................................. 52

1.25.2 ¿Quién es el encargado de la Administración de las casas cárceles? .... 53

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro26

1.26. INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR. ....................... 53

1.26.1. ¿Cuáles son los objetivos de la EducaciónSuperior y de sus Instituciones? ......................................................... 53

1.26.2. ¿Qué tipos de Instituciones de Educación Superior hay? ................... 54

1.26.3. ¿Qué son instituciones técnicas profesionales? .................................. 54

1.26.4. ¿Qué son instituciones universitarias? ................................................ 54

1.26.5. ¿Qué es una Universidad? ................................................................. 55

1.26.6. ¿Cómo se clasifican las Institucionesde Educación Superior? ...................................................................... 55

1.26.7. ¿En qué casos se pueden disolver las institucionesprivadas de Educación Superior? ....................................................... 55

1.27. INSTITUCIONES DE EDUCACIÓNFORMAL Y NO FORMAL .............................................................. 56

1.27.1. ¿Qué es la Educación Formal? .......................................................... 56

1.27.2. ¿Cuáles son los niveles de la Educación Formal? .............................. 56

1.27.3. ¿Qué es la educación no formal? ....................................................... 56

1.27.4. ¿Cuál es la Finalidad de la educación no formal? .............................. 57

1.27.5. ¿Qué programas ofrecen las institucionesde educación no formal? .................................................................... 57

1.27.6. ¿Qué tipo de certificados expidenlas instituciones de educación no formal? .......................................... 57

1.27.7. ¿Cuáles son los certificados de aptitud ocupacionalque expiden las instituciones de educación no formal? ...................... 58

1.27.8. ¿Qué debe hacer una institución para quele den la autorización oficial para prestarel servicio educativo no formal? ......................................................... 59

1.27.9. ¿Qué aspectos debe contener el reglamentode una institución no formal? .............................................................. 59

1.27.10. ¿Qué es la educación informal?........................................................ 60

1.27.11. ¿Quién puede sancionar las instituciones de educación formaly no formal y qué tipo de sanción pueden recibir? ............................. 60

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Preguntas y Respuestas 27

1.28. VIGILANCIA PRIVADA. ................................................................ 62

1.28.1. ¿Qué son servicios de vigilancia y seguridad privada? ...................... 62

1.28.2. ¿Qué medios pueden utilizar para la prestaciónde servicios de vigilancia y seguridad privada? .................................. 62

1.28.3. ¿Cuáles son las modalidades para la prestaciónde servicios de vigilancia y seguridad privada? .................................. 62

1.28.4. ¿Cuál es la entidad encargada de controlary vigilar a las entidades prestadoras de serviciosde vigilancia y seguridad privada? ...................................................... 63

1.28.5. ¿Qué es una empresa de vigilanciay seguridad privada?........................................................................... 63

1.28.6. ¿Cuáles son los requisitos para constituir una empresade vigilancia y seguridad privada? ...................................................... 64

1.28.7. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar lalicencia de funcionamiento de una empresade vigilancia y seguridad privada? ...................................................... 64

1.28.8. ¿Qué es una cooperativade vigilancia y seguridad privada? ...................................................... 65

1.29. IGLESIAS, CONFESIONES YDENOMINACIONES RELIGIOSAS,SUS FEDERACIONES Y CONFEDERACIONESY ASOCIACIONES DE MINISTROS. ........................................... 66

1.29.1. ¿Qué requisitos deben tener las iglesias, confesionesy denominaciones religiosas, sus federaciones yconfederaciones y asociaciones de ministros,para la obtención de su personería jurídica especial? ......................... 66

1.30. SINDICATOS, ASOCIACIONES DETRABAJADORES Y DE EMPLEADORES. .................................. 67

1.30.1. ¿Quiénes tienen derecho a constituirsindicatos o asociaciones? .................................................................. 67

1.30.2. ¿Qué competencia tiene el jefe de la Divisiónde Reglamentación y Registro Sindical? ............................................ 68

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro28

1.31. PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLITICOS. ............................... 68

1.31.1. ¿Cómo se obtiene y se pierde la personería jurídicade los partidos y movimientos políticos? ............................................. 68

1.31.2. ¿Cuáles son los requisitos para el reconocimiento dela personería jurídica de los partidos y movimientos políticos? ........... 70

1.32. CLUBES DE TIRO Y CAZA.ASOCIACIONES DE COLECCIONISTA DE ARMAS. ............... 70

1.32.1. ¿Quiénes podrán ser afiliados de la FederaciónColombiana de tiro y caza? ................................................................ 70

1.32.2. ¿Qué son las asociaciones de coleccionista de armas? ..................... 71

1.33. ASOCIACIONES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS. ................. 71

1.33.1. ¿Qué son las asociaciones entre entidades públicas? ........................ 71

1.34. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS DEDERECHO PRIVADO SIN ÁNIMO DE LUCRO, CONDOMICILIO EN EL EXTERIOR Y QUE ESTABLEZCANNEGOCIOS PERMANENTES EN COLOMBIA ........................... 72

1.34.1. ¿Qué formalidades debe tener en cuenta las personasjurídicas extranjeras de derecho privado sin ánimode lucro, con domicilio en el exterior y que establecennegocios permanentes en Colombia? ................................................. 72

2. ¿QUÉ ES EL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL?

2.1. ¿Cuáles son las entidades amparadas por el Régimen TributarioEspecial? ............................................................................................ 72

2.2. ¿Cuál es la tarifa especial del impuesto de renta? ............................. 73

2.3 ¿Cómo se determina la renta liquidad o utilidad fiscal? ...................... 73

2.4. ¿Qué es la exención del beneficio fiscal? .......................................... 74

2.5 ¿Qué es el objeto o cometido social? ................................................. 75

2.6. ¿Cuáles son los beneficios tributarios del régimen especial? ............. 76

CUADRO 1.Entidades sin ánimo de lucro registrables en la Cámara de Comercio. ................. 79

CUADRO 2.Entidades sin ánimo de lucro que no se registran en las Cámaras de Comercio. .. 83

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De las entidades supervisadas y los niveles de supervisión 29

CIRCULAR BÁSICA JURÍDICA

1. Presentación. ................................................................................................... 87

2. Vigencia y derogatorias. .................................................................................. 88

CIRCULAR EXTERNA 007 DE 2008

(21 de octubre)

SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA SOLIDARIA

TÍTULO I.DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS

Y LOS NIVELES DE SUPERVISIÓN

CAPÍTULO I

1. CONCEPTO DE SUPERVISIÓN: VIGILANCIA, INSPECCIÓN YCONTROL. .................................................................................................... 93

1.1. Vigilancia ............................................................................................ 94

1.2. Inspección .......................................................................................... 94

1.3. Control ................................................................................................ 94

CAPÍTULO IIENUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN

DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. TIPO DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ............................................... 100

1.1. Sector cooperativo. .......................................................................... 100

1.2. Otras formas asociativas. ................................................................. 101

1.3. Las organizaciones de la economía solidaria que medianteacto de carácter general determine el Gobierno Nacional. .............. 101

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro30

2. CLASIFICACIÓN DE ENTIDADES SUPERVISADAS. ......................... 101

2.1. Según su objeto: ................................................................................ 101

2.2. Según el criterio de identidad: ........................................................... 102

2.3. En consideración a si ejercen o no la actividad financieraen los términos del artículo 39 de la Ley 454 de 1998: ..................... 103

2.4. Según su grado de integración: ......................................................... 103

CAPÍTULO IIICARACTERÍSTICAS DE

LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. PRINCIPIOS Y FINES ................................................................................. 113

2. PRINCIPIOS ECONÓMICOS ..................................................................... 113

CAPÍTULO IV.NIVELES DE SUPERVISIÓN

1. CLASIFICACIÓN SEGÚN LOS CRITERIOSDEL DECRETO 2159 DE 1999. ................................................................... 116

1.1. Primer nivel de supervisión ............................................................... 116

1.2. Segundo nivel de supervisión ............................................................. 117

1.3. Tercer nivel de supervisión ................................................................ 117

CAPÍTULO V.ENTIDADES NO SUPERVISADAS

TÍTULO IIDE LAS ENTIDADES COOPERATIVAS SUPERVISADAS

QUE EJERCEN LA ACTIVIDAD FINANCIERA.

CAPÍTULO IDE LA ACTIVIDAD FINANCIERA

1. AUTORIZACIÓN PREVIA. ....................................................................... 135

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De las entidades cooperativas supervisadas que ejercen la actividad financiera 31

2. DEFINICIÓN LEGAL. ................................................................................ 135

2.1. Operaciones activas: ........................................................................ 136

2.2. Operaciones pasivas: ........................................................................ 136

2.3. Operaciones de servicios o neutras: ................................................. 136

CAPÍTULO IICOOPERATIVAS QUE EJERCEN LA ACTIVIDAD FINANCIERA

DE ACUERDO CON LA LEY 454 DE 1998 Y ENTIDADES DELSECTOR SOLIDARIO QUE NO ESTÁN SUJETAS A LAS

NORMAS SOBRE TAL ACTIVIDAD

1. ENTIDADES QUE LA EJERCEN .............................................................. 145

2. OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR SOLIDARIOAUTORIZADAS POR NORMAS ESPECIALES PARACAPTAR AHORRO DE SUS ASOCIADOS. ............................................ 145

CAPÍTULO IIICONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS DE AHORRO

Y CRÉDITO Y MULTIACTIVAS E INTEGRALESCON SECCIÓN DE AHORRO Y CRÉDITO

1. CAPITAL MÍNIMO. .................................................................................... 148

2. AUTORIZACIÓN PREVIA ........................................................................ 148

2.1. Requisitos Generales: ....................................................................... 148

3. CONSTITUCIÓN, AUTORIZACIÓNY REGISTRO DE NUEVAS ENTIDADES ............................................... 149

3.1. Constitución. ..................................................................................... 149

3.2. Solicitud para obtener la autorización de constitución. ..................... 149

3.3. Publicidad y oposición de terceros ................................................... 150

3.4. Autorización para la constitución ..................................................... 151

3.5. Constitución y registro ...................................................................... 152

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro32

3.6. Autorización para el ejercicio de la actividad financiera . ................ 154

3.8. Autorización previa para cesión de activos, pasivos y contratos ..... 157

3.9. Registro ............................................................................................ 159

3.10. Normas supletorias ........................................................................... 159

CAPITULO IVESPECIALIZACIÓN

1. OBLIGATORIEDAD ................................................................................... 169

2. EXCEPCIÓN ................................................................................................ 170

CAPÍTULO VCONVERSIÓN

CAPÍTULO VIEXCEPCIÓN A LOS MONTOS MÍNIMOS LEGALES

1. MONTOS MÍNIMOS ................................................................................... 174

2. EXCEPCIÓN A MONTOS MÍNIMOS ....................................................... 174

2.1. Vínculo de asociación (requisito concurrente) ................................. 174

2.2. Condiciones socio-económicas (requisito excluyente) ..................... 175

2.3. Área geográfica de influencia (requisito excluyente) ....................... 175

3. DEFINICIÓN DE NIVELES INFERIORES DE MONTOS MÍNIMOS .. 176

4. REQUISITOS PARA AUTORIZAR LA EXCEPCIÓNA LOS MONTOS MÍNIMOS ...................................................................... 176

CAPÍTULO VIIDESMONTE DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA

1. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA EL DESMONTEDEL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA, PARACOOPERATIVAS CONSTITUIDAS ANTES DEL 4DE AGOSTO DE 1998. ................................................................................ 178

2. DISPOSICIONES GENERALES. ............................................................... 179

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De las entidades cooperativas supervisadas que ejercen la actividad financiera 33

CAPÍTULO VIIIPOSESIÓN DE ADMINISTRADORES, REVISORES FISCALES Y

OFICIALES DE CUMPLIMIENTO

1. PERSONAS QUE DEBEN POSESIONARSE ANTE LASUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA .................... 181

2. NO REQUIEREN POSESIONARSE ANTE LASUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. ................... 182

3. REQUISITOS PARA POSESIONARSE .................................................... 183

4. POSESIÓN DE REVISORES FISCALES .................................................. 185

4.1. Inhabilidad de los revisores fiscales ................................................. 185

5. TRÁMITE DE LA POSESIÓN ................................................................... 185

6. COMUNICACIÓN DE RENUNCIAS ....................................................... 186

7. COMUNICACIÓN DE REMOCIONES .................................................... 186

8. CASOS EN LOS QUE NO SE REQUIERE POSESIÓN .......................... 186

9. INFORMACIÓN SOBRE TERMINACIÓN DE RELACIONESLABORALES, EXCLUSIÓN Y SUSPENSIÓN DE DERECHOSDE ASOCIADOS. ........................................................................................ 187

CAPÍTULO IXRÉGIMEN DE HORARIOS

1. HORARIOS BÁSICOS. ............................................................................... 190

2. HORARIOS ADICIONALES O EXTENDIDOS. ...................................... 190

3. HORARIOS REDUCIDOS. ........................................................................ 191

4. CIERRES ESPECIALES. ............................................................................ 191

5. PUBLICIDAD. ............................................................................................. 191

6. SANCIONES. ............................................................................................... 191

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro34

CAPÍTULO XRÉGIMEN DE PUBLICIDAD

1. OBJETIVO DE LOS PROGRAMAS PUBLICITARIOS .......................... 192

2. CONDICIONES BÁSICAS DE LOS TEXTOS PUBLICITARIOS.......... 192

3. PRÁCTICAS PROHIBIDAS ...................................................................... 193

4. VERIFICACIÓN POSTERIOR................................................................... 194

CAPÍTULO XIINSTRUCCIONES PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROLDEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DELTERRORISMO EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y

CRÉDITO, Y MULTIACTIVAS E INTEGRALES CON SECCIÓNDE AHORRO Y CRÉDITO

CONSIDERACIONES GENERALES .............................................................. 195

ALCANCE .......................................................................................................... 196

1. SISTEMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROLDEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓNDEL TERRORISMO - SIPLAFT ................................................................ 196

1.1. Elementos del SIPLAFT .................................................................. 196

2. POLÍTICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓNY CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DELA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. .............................................. 197

3. PROCEDIMIENTOS PARA IMPLANTAR LOSMECANISMOS DE CONTROL DEL LAVADO DEACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. ................. 199

4. MECANISMOS PARA EL CONTROL DEL LAVADO DEACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. ................. 200

4.1. Conocimiento del cliente ................................................................... 200

4.2. Conocimiento del mercado ............................................................... 203

4.3. Identificación y análisis de operaciones inusuales ............................ 205

4.4. Determinación y reporte de operaciones sospechosas .................... 205

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De las entidades cooperativas supervisadas que ejercen la actividad financiera 35

5. INSTRUMENTOS PARA LA ADECUADA APLICACIÓNDE LOS MECANISMOS DE CONTROL DEL LAVADO DEACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO .................. 206

5.1. Señales de alerta .............................................................................. 206

5.2. Infraestructura tecnológica; monitoreoy consolidación de operaciones ........................................................ 206

5.3. Capacitación ..................................................................................... 207

6. ÓRGANOS CON FUNCIONES DE CONTROL ....................................... 207

6.1. Funciones y responsabilidades del consejo de administración .......... 208

6.2. Funciones y responsabilidades del representante legal .................... 208

6.3. Revisoría Fiscal ................................................................................ 209

6.4. Auditoría Interna .............................................................................. 209

6.5. Oficial de Cumplimiento ................................................................... 210

7. REPORTES ................................................................................................... 212

7.1.Reportes internos ........................................................................................... 212

7.2. Reportes externos ............................................................................ 213

8. DOCUMENTOS Y REGISTROS DEL SIPLAFT ...................................... 215

8.1. Manual de procedimientos................................................................ 216

8.2. Código de Conducta ........................................................................ 217

8.3. Reglas para la conservación de documentos ................................... 217

9. SANCIONES ................................................................................................ 219

10. PRÁCTICA INSEGURA ............................................................................. 219

11. DISPOSICIONES TRANSITORIAS .......................................................... 219

CAPÍTULO XII.RÉGIMEN DE OFICINAS.

1. APERTURA, TRASLADO, CONVERSIÓN Y CIERRE DE OFICINAS. .. 229

1.1. Políticas y criterios para la apertura, traslado,cierre y conversión de oficinas ......................................................... 229

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro36

1.3. Régimen de autorización individual .................................................. 230

1.4. Naturaleza de las oficinas ................................................................ 231

1.5. Conversión de oficinas ..................................................................... 232

1.6. Cierre de oficinas ............................................................................. 232

1.7. Punto de atención ............................................................................ 232

1.8. Extensión de caja ............................................................................. 233

1.9. Corresponsales no bancarios ............................................................ 233

CAPÍTULO XIII.

OBLIGATORIEDAD DE LA INSCRIPCIÓN EN FOGACOOP. ................... 241

CAPÍTULO XIV.

CONTROL DE LEGALIDAD DE REFORMASESTATUARIAS QUE NO REQUIEREN DEAUTORIZACIÓN PREVIA POR PARTE DE LASUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. ......................... 254

TÍTULO III.ENTIDADES SOLIDARIAS

QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD FINANCIERA.

CAPÍTULO I.

1. ENTIDADES SOLIDARIAS OBJETO DE SUPERVISIÓN. ................... 267

2. CONSTITUCIÓN. ........................................................................................ 267

2.1. Cooperativas de usuarios o servicios, fondosde empleados, asociaciones mutuales, organismosde segundo y tercer grados y precooperativas. ............................... 267

2.4. Cancelación del registro. .................................................................. 272

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Entidades solidarias que no desarrollan actividad financiera 37

CAPÍTULO II.CONTROL DE LEGALIDAD DE ASAMBLEAS,

NOMBRAMIENTOS Y REFORMAS ESTATUTARIASDE ENTIDADES QUE NO EJERCEN ACTIVIDAD FINANCIERA

SOMETIDAS A LA SUPERVISIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DELA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1. CONTROL DE LEGALIDAD DE ASAMBLEAS. .................................... 286

2. CONTROL DE LEGALIDAD DE NOMBRAMIENTOS. ........................ 287

3. CONTROL DE LEGALIDAD DE REFORMAS ESTATUTARIAS. ........ 289

4. DISPOSICIONES GENERALES. ............................................................... 289

CAPÍTULO III.PRÓRROGA PARA LA CONVERSIÓN

DE PRECOOPERATIVA A COOPERATIVA.

1. SOLICITUD DE PRÓRROGA. ................................................................ 290

2. REGISTRO. .................................................................................................. 291

3. NORMAS SUPLETORIAS. ........................................................................ 292

CAPÍTULO IV.AUTORIZACIÓN DE CONVERSIÓN

DE PRECOOPERATIVA A COOPERATIVA.

1. SOLICITUD. ................................................................................................ 303

2. REGISTRO. .................................................................................................. 305

3. NORMAS SUPLETORIAS. ...................................................................... 305

CAPÍTULO V.

RÉGIMEN DE INSOLVENCIA PATRIMONIAL. .......................................... 305

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro38

CAPÍTULO VI.AUTORIZACIÓN DE ASOCIACIÓN DE PERSONAS NATURALES EN

ORGANISMOS DE SEGUNDO GRADO DE CARÁCTERECONÓMICO.

1. SOLICITUD. ................................................................................................ 323

2. REGISTRO. .................................................................................................. 323

3. NORMAS SUPLETORIAS. ...................................................................... 323

CAPÍTULO VII.CONTROL DE LEGALIDAD Y REGISTRO DE ASAMBLEAS,

NOMBRAMIENTOS Y REFORMAS ESTATUTARIAS DECOOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS

DE TRABAJO ASOCIADO.

1. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE ASAMBLEAS. .................................... 334

2. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE LOS ÓRGANOS DEADMINISTRACIÓN Y CONTROL. .......................................................... 335

3. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE REFORMAS ESTATUTARIAS. ........ 335

4. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE ELECCIÓNDEL REPRESENTANTE LEGAL. ............................................................. 335

5. INSCRIPCIÓN DE LIBROS OFICIALES. ................................................ 336

6. EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE EXISTENCIA YREPRESENTACIÓN LEGAL. .................................................................... 336

CAPÍTULO VIII.INSCRIPCIÓN DE COOPERATIVAS Y ENTIDADES AUXILIARES DEL

COOPERATIVISMO QUE EJERCEN LA ACTIVIDAD DEEDUCACIÓN.

1. INSCRIPCIÓN. ............................................................................................ 351

2. REFORMAS ESTATUTARIAS. .................................................................. 351

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De las actuaciones ante la Supersolidaria 39

3. REGISTRO DE LOS ÓRGANOS DEADMINISTRACIÓN Y CONTROL. .......................................................... 352

4. REGISTRO DE LIBROS OFICIALES. ...................................................... 352

5. SOLICITUD DE CERTIFICADOS. ............................................................ 353

6. OTRAS CONSIDERACIONES. ................................................................. 353

CAPÍTULO IX.

EXONERACIÓN DE REVISOR FISCAL. ...................................................... 355

CAPÍTULO X.

NORMATIVIDAD APLICABLE A LA CONTRATACIÓNCELEBRADA POR LAS ADMINISTRACIONESPÚBLICAS COOPERATIVAS. ......................................................................... 356

TÍTULO IV.DE LAS ACTUACIONES ANTE LA SUPERSOLIDARIA.

CAPÍTULO I.DEL DERECHO DE PETICIÓN EN GENERAL.

1. PROCEDENCIA. ......................................................................................... 360

2. PETICIONES ESCRITAS. .......................................................................... 360

3. PETICIONES INCOMPLETAS. ................................................................. 361

4. SOLICITUD DE INFORMACIONESO DOCUMENTOS ADICIONALES. ......................................................... 362

4.1. Desistimiento .................................................................................... 362

4.2. Citación de terceros ......................................................................... 362

4.3. Pago del valor de las citaciones y publicaciones .............................. 363

4.4. Prohibición ...................................................................................... 363

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro40

5. TÉRMINOS PARA RESOLVERLAS PETICIONES ESCRITAS. .................................................................. 363

6. SUSPENSIÓN DE LOS TÉRMINOSPARA RESOLVER O CONTESTAR. ........................................................ 364

7. PETICIONES VERBALES. ........................................................................ 364

8. RECHAZO DE PETICIONES. ................................................................... 365

9. ACUMULACIÓN DE PETICIONES. ........................................................ 365

10. DESATENCIÓN DE LAS PETICIONES. .................................................. 365

11. TRASLADOS. .............................................................................................. 365

12. PRUEBAS. ................................................................................................... 366

13. PETICIÓN OFICIOSA DE INFORMACIÓNA OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS. ........................................................ 366

14. PETICIONES ANÓNIMAS. ....................................................................... 366

15. COPIAS INFORMATIVAS ALLEGADASA LA SUPERINTENDENCIA SOBRE SOLICITUDESEFECTUADAS A OTROS DESTINATARIOS. ......................................... 366

16. QUEJOSO TEMERARIO. ........................................................................... 367

17. QUEJOSO RECURRENTE. ........................................................................ 367

18. NOTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES. ................................................. 367

CAPÍTULO II.SOLICITUDES DE INFORMACIÓN.

1. PROCEDENCIA. ....................................................................................... 368

2. INFORMACIÓN GENERAL. ..................................................................... 368

3. INFORMACIÓN ESPECIAL Y PARTICULAR. ....................................... 368

4. PAGO DE FOTOCOPIAS. .......................................................................... 368

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De las actuaciones ante la Supersolidaria 41

5. PAGO DE OTROS SERVICIOS. ................................................................ 369

6. INFORMACIONES DE CARÁCTER RESERVADO. .............................. 369

7. CESACIÓN DE LA RESERVA LEGAL. .................................................... 370

8. NOTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES. ................................................. 370

CAPÍTULO III.CONSULTAS.

1. PROCEDENCIA. ......................................................................................... 371

2. TÉRMINOS PARA LA RESPUESTA. ....................................................... 372

CAPÍTULO IV.QUEJAS POR DEFICIENTE PRESTACIÓN

DE LOS SERVICIOS DE LAS ENTIDADES VIGILADASO POR VIOLACIÓN DE LAS NORMAS QUE RIGEN

SU ACTIVIDAD PRESENTADASANTE LA SUPERINTENDENCIA.

1. DEFINICIÓN. .............................................................................................. 373

2. PRESENTACIÓN DE QUEJAS. ................................................................ 373

3. PROCEDENCIA. ....................................................................................... 373

4. DESTINATARIOS. ...................................................................................... 374

5. REQUISITOS. .............................................................................................. 374

6. TRÁMITE DE LAS QUEJAS FORMULADASANTE LA SUPERINTENDENCIA. ........................................................... 375

7. TRÁMITE DE QUEJAS FORMULADASDIRECTAMENTE ANTE LAS ORGANIZACIONESDE ECONOMÍA SOLIDARIA. .................................................................. 376

8. TÉRMINOS. ................................................................................................. 379

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro42

CAPÍTULO V.QUEJAS Y RECLAMOS POR

LA DEFICIENTEPRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

LA SUPERINTENDENCIADE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1. TRÁMITE. .................................................................................................... 379

2. QUEJAS ANÓNIMAS. ............................................................................. 379

3. TÉRMINO PARA RESPONDER LAS QUEJAS YRECLAMOS QUE SE PRESENTEN POR ESCRITO. .......................... 380

CAPÍTULO VI.DISPOSICIONES VARIAS.

1. DEPENDENCIA ENCARGADADE EXPEDIR CERTIFICACIONES. .......................................................... 380

2. INSTRUMENTOS DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO. ......................... 380

3. VIGILANCIA DE LA GESTIÓNY PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ......................................................... 381

CAPÍTULO VII.SANCIONES PECUNIARIAS IMPUESTAS

POR LA SUPERINTENDENCIADE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

Cobro Coactivo .................................................................................................... 381

CAPÍTULO VIII.DE LOS RECURSOS

EN LA VÍA GUBERNATIVA.

1. PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS. .................................................... 383

2. OPORTUNIDAD Y PRESENTACIÓN. ..................................................... 383

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De las disposiciones comunes a las entidades supervisadas 43

TÍTULO V.DE LAS DISPOSICIONES COMUNESA LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

CAPÍTULO I.DE LAS OBLIGACIONES ESPECIALESDE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. REGISTRO DE LIBROS. ............................................................................ 384

2. FUNCIÓN DE REGISTRO. ........................................................................ 385

3. COLABORACIÓN CON LA JUSTICIA. .................................................. 385

4. REFORMAS ESTATUTARIAS. .................................................................. 386

4.1. Información sobre reformas estatutarias ......................................... 386

4.2. Solemnización de la reforma ............................................................ 387

4.3. Autorizaciones previas especiales .................................................... 387

CAPÍTULO II.CASOS EN LOS QUE SE REQUIERE

LA AUTORIZACIÓN PREVIA DELA SUPERINTENDENCIA DELA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1. TRANSFORMACIÓN. ................................................................................ 388

1.1. Documentos requeridos para solicitarla autorización para la transformación.............................................. 388

1.2. Registro ............................................................................................ 391

1.3. Normas supletorias ........................................................................... 391

2. INCORPORACIÓN Y FUSIÓN. ................................................................ 391

2.1. Documentos requeridos para solicitar la autorizaciónpara la incorporación y fusión por creación. .................................... 391

2.2. Registro ............................................................................................ 393

2.3. Normas supletorias ........................................................................... 394

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro44

3. ESCISIÓN. .................................................................................................... 394

3.1. Documentos requeridos para solicitar la autorizaciónde la escisión de entidades bajo la supervisión de laSuperintendencia de la Economía Solidaria. ..................................... 394

3.2. Registro ............................................................................................ 396

3.3. Normas supletorias ........................................................................... 396

CAPÍTULO III.PÓLIZAS DE MANEJO.

CAPÍTULO IV.ADMINISTRADORES.

1. QUIÉNES TIENEN ESTE CARÁCTER. ................................................... 398

2. DEBERES DE LOS ADMINISTRADORES. ............................................. 399

3. PROHIBICIONES. .................................................................................... 400

4. RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES. ......................... 402

4.1. Actuación y responsabilidad de los suplentes ................................... 402

4.2. Responsabilidad civil ......................................................................... 403

5. CONDUCTAS PUNIBLES. ........................................................................ 403

6. CONFLICTOS DE INTERÉS. .................................................................... 403

CAPÍTULO V.

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO. ................................................................... 406

CAPÍTULO VI.REVISORÍA FISCAL.

1. IMPORTANCIA DE LA REVISORÍA FISCAL. ........................................ 407

2. OBJETIVOS DE LA REVISORÍA FISCAL. .............................................. 408

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De las disposiciones comunes a las entidades supervisadas 45

3. CARACTERÍSTICAS DE LA REVISORÍA FISCAL. .............................. 409

4. IMPARTIR INSTRUCCIONES. ................................................................. 409

5. COLABORACIÓN. ..................................................................................... 410

6. VISITAS Y PAPELES DE TRABAJO. ....................................................... 410

7. REVISORÍA FISCAL Y AUDITORÍA EXTERNA. ................................... 410

8. DICTAMEN E INFORME DEL REVISOR FISCAL. ................................ 411

9. PRECISIONES RELATIVAS AL DICTAMEN. ......................................... 412

10. PLANEACIÓN DEL TRABAJO DE LA REVISORÍA FISCAL. ............. 413

11. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO. ........................................... 414

12. EVIDENCIA DEL TRABAJO. ................................................................... 415

13. NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS. ............ 415

14. CERTIFICACIÓN POR PARTE DEL REVISOR FISCAL

SOBRE INFORMACIÓN REMITIDA A LA SUPERINTENDENCIA

DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA. ............................................................ 416

15. NOMBRAMIENTO Y APROPIACIONES PARA

LA GESTIÓN DEL REVISOR FISCAL. .................................................... 417

16. OBLIGACIÓN DE LAS ENTIDADES SOLIDARIAS

DE ELEGIR REVISOR FISCAL PRINCIPAL Y SUPLENTE. ................. 418

17. EJERCICIO DEL SUPLENTE. ................................................................... 419

18. APLICACIÓN DE LOS ARTICULOS 42 Y 43 DE LA LEY 79

DE 1988 A LAS ENTIDADES SOLIDARIAS SUPERVISADAS. ........... 420

19. OTRAS CONSIDERACIONES. ................................................................. 420

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro46

CAPÍTULO VII.ASPECTOS GENERALES DEL “AUTOCONTROL” DE LAS

ENTIDADES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1. DEFINICIÓN DE CONTROL SOCIAL Y SUSCARACTERÍSTICAS DE INTERNO Y TÉCNICO. ................................. 423

1.1. Definición de control social .............................................................. 423

2. OBLIGATORIEDAD DEL CONTROL SOCIAL, INTERNO YTÉCNICO EN LAS ENTIDADES VIGILADAS Y ÓRGANOSA TRAVÉS DE LOS CUALES SE DEBE CUMPLIR. .............................. 425

3. INSTRUCCIONES SOBRE JUNTAS DE VIGILANCIAY DEMÁS ÓRGANOS DE CONTROL SOCIAL DELAS ENTIDADES SOLIDARIAS. ............................................................. 427

CAPÍTULO VIII.

MOMENTO A PARTIR DEL CUAL PUEDEN EJERCERSUS FUNCIONES LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOSDE ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIADE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS. ...................................................... 431

CAPÍTULO IX.

INSTRUCCIONES SOBRE ASAMBLEAS GENERALES. ............................ 435

CAPÍTULO X.RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. FUENTES. .................................................................................................... 441

1.1. Legales ............................................................................................. 441

1.2. Estatutarias ....................................................................................... 443

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De las disposiciones comunes a las entidades supervisadas 47

CAPÍTULO XI.TASA MÁXIMA DE INTERÉS QUE PUEDEN COBRAR LAS

ENTIDADES SUPERVISADAS.

1. AUTORIDAD COMPETENTE PARA CERTIFICAEL INTERÉS BANCARIO CORRIENTE. ................................................. 445

2. TASA MÁXIMA DE INTERÉS QUE PUEDENCOBRAR LEGALMENTE LAS ENTIDADESSUPERVISADAS. ...................................................................................... 445

3. AUTORIDADES COMPETENTES PARARELIQUIDAR CRÉDITOS Y DETERMINAREL DELITO DE USURA. ............................................................................ 446

4. DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS TRANSIGIBLES ENTRELAS ENTIDADES SUPERVISADAS Y SUS ASOCIADOSCON OCASIÓN DEL COBRO DE TASAS DE INTERÉS. ..................... 446

5. SUMAS QUE SE REPUTAN O NO INTERESES. ................................... 447

6. LÍMITES. ...................................................................................................... 449

7. REGLAMENTO DE CRÉDITO Y PLAN DE AMORTIZACIÓN. .......... 449

8. SANCIONES. ............................................................................................... 450

CAPÍTULO XII.

ILEGALIDAD DE LOS EMBARGOS DE PENSIONESPOR OBLIGACIONES ADQUIRIDAS POR DEUDORESDE COOPERATIVAS QUE NO SON ASOCIADOS. ..................................... 451

CAPÍTULO XIII.PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN LOS PROCESOS DE

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA.

1. CONSIDERACIONES GENERALES. ....................................................... 453

2. REQUISITOS PREVIOS PARA LAS COOPERATIVASQUE EJERCEN ACTIVIDAD FINANCIERA. ......................................... 453

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro48

3. DOCUMENTOS PARA INICIAR EL PROCESODE LIQUIDACIÓN DE LAS ORGANIZACIONESQUE NO EJERCEN ACTIVIDAD FINANCIERA YLAS QUE EJERCEN ACTIVIDAD FINANCIERA YHA SIDO AUTORIZADA SU LIQUIDACIÓN. ....................................... 454

4. SUPERVISIÓN DEL TRÁMITE DE LA LIQUIDACIÓN. ...................... 456

5. DE LAS GENERALIDADES DE LEY. ...................................................... 461

6. DE LOS REQUISITOS Y RESPONSABILIDADESDEL LIQUIDADOR. ................................................................................... 462

6.1. Calidad de los liquidadores o Consideraciones generales................ 462

6.2. Causas de remoción y cesación de funciones de los liquidadores.... 463

6.3. Responsabilidad de los liquidadores .................................................. 464

6.4. Deberes de los liquidadores .............................................................. 465

6.5. Honorarios. ....................................................................................... 466

6.6. Del pago de obligaciones .................................................................. 467

6.7. Pólizas .............................................................................................. 467

6.8. Sanciones ......................................................................................... 467

6.9. Otras disposiciones. .......................................................................... 467

CAPÍTULO XIV.

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN LOS PROCESOSDE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN OBLIGATORIA,DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 108DE LA LEY 79 DE 1988. ................................................................................... 471

CAPÍTULO XV.

COBRO Y AUTOLIQUIDACIÓNDE LA TASA DE CONTRIBUCIÓN. .............................................................. 472

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De las disposiciones comunespara las entidades en intervención forzosa administrativa 49

TÍTULO VI.DE LAS DISPOSICIONES COMUNES

PARA LAS ENTIDADES ENINTERVENCIÓN FORZOSA

ADMINISTRATIVA.

CAPÍTULO I.REQUISITOS PARA LA CONFORMACIÓNDE LA LISTA DE AGENTES ESPECIALES,

LIQUIDADORES, CONTRALORES Y REVISORES FISCALESPARA LAS ENTIDADES SUPERVISADAS

POR LA SUPERINTENDENCIADE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1. SELECCIÓN DE ASPIRANTES Y CONFORMACIÓN DELA LISTA DE AGENTES ESPECIALES, LIQUIDADORES,CONTRALORES Y REVISORES FISCALES. .......................................... 475

2. REQUISITOS PARA SOLICITAR INSCRIPCIÓN EN LISTA. .............. 476

2.1. Para las personas naturales .............................................................. 476

2.2. Para las personas jurídicas ............................................................... 476

3. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. .................................................... 477

4. INSCRIPCIÓN. .......................................................................................... 477

5. CONFORMACIÓN DE LA LISTA. ........................................................... 478

6. DESISTIMIENTO. ....................................................................................... 478

7. DESIGNACIÓN. .......................................................................................... 478

8. LÍMITE EN LA DESIGNACIÓN DE LIQUIDADORESY AGENTES ESPECIALES. ....................................................................... 478

9. DOCUMENTOS PARA LA POSESIÓN. ............................................... 478

9.1. Personas naturales ........................................................................... 479

9.2. Personas Jurídicas ............................................................................ 479

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro50

CAPÍTULO II.INFORMACIÓN BASE PARA EFECTUAR

SEGUIMIENTO A LOS PROCESOSDE LIQUIDACIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA.

1. RENDICIÓN DE INFORMES. ................................................................... 483

1.1. Informe de diagnóstico integral ........................................................ 483

1.2. Plan Operativo Anual ....................................................................... 485

1.3. Informe de ejecución trimestral ........................................................ 487

1.4. Informe jurídico ................................................................................ 488

1.5. Rendición de cuentas ....................................................................... 488

1.6. Informes adicionales ......................................................................... 488

1.7. Mecanismos de control y prevención de lavadode activos y financiación del terrorismo ........................................... 488

CAPÍTULO III.INFORMACIÓN BASE PARA EFECTUAR

SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE TOMADE POSESIÓN Y TOMA DE POSESIÓN

PARA ADMINISTRAR.

1. RENDICIÓN DE INFORMES. ................................................................... 489

1.1. Informe de diagnóstico integral ........................................................ 490

1.2. Plan de Reactivación y/o Recuperación........................................... 491

1.3. Informe de ejecución trimestral ........................................................ 492

1.4. Informe jurídico .............................................................................. 493

1.5. Rendición de cuentas ....................................................................... 494

1.6. Informes adicionales ......................................................................... 494

1.7. Mecanismos de control y prevención de lavado de activos yfinanciación del terrorismo ............................................................... 494

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De las disposiciones comunespara las entidades en intervención forzosa administrativa 51

CAPÍTULO IV.FISCALIZACIÓN DE LAS ENTIDADES

EN LIQUIDACIÓN FORZOSA.

1. CARACTERÍSTICAS PROPIAS DELA FUNCIÓN DE CONTRALORÍA. ........................................................ 496

2. INSTRUCCIONES Y REQUERIMIENTOS PARTICULARES. .............. 497

3. RENDICIÓN DE INFORMES. ................................................................. 498

3.1. Informe de diagnóstico integral ........................................................ 498

3.2. Informe sobre el plan operativo anual .............................................. 498

3.3. Informe trimestral ............................................................................. 499

3.4. Informe sobre la rendición de cuentas del liquidador ....................... 499

CAPÍTULO V.PROCEDIMIENTO APLICABLE A LOS PROCESOS DE

INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA.

1. VENTA DE ACTIVOS. ............................................................................... 501

1.1. Para entidades intervenidas que ejercen actividadfinanciera en los términos de la Ley 454 de 1998que no se encuentren inscritas en el Fondo deGarantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) ........................... 501

1.2. Organizaciones solidarias supervisadas por laDelegatura para la Supervisión del Ahorro y dela Forma Asociativa Solidaria (Decreto 455 de 2004) .................... 502

2. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DE LOS PROCESOSDE INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA. .......................... 503

3. JUNTA ASESORA. ...................................................................................... 505

3.1. Para entidades intervenidas que ejercen actividadfinanciera en los términos de la Ley 454 de 1998que no se encuentren inscritas en el Fondo deGarantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) ........................... 505

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro52

3.2. Organizaciones solidarias sometidas a la supervisiónde la Delegatura para la Supervisión del Ahorro y dela Forma Asociativa Solidaria – Decreto 455 de 2004 ..................... 506

4. ATENCIÓN A USUARIOS. ........................................................................ 507

5. PRÓRROGAS ANTE EL GOBIERNONACIONAL DE LOS PROCESOS DELIQUIDACIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA.. ................................... 508

TÍTULO VII.DE LAS CIRCULARES INTERPRETATIVAS VIGENTES,

ANEXOS Y NORMAS DEROGADAS.

ANEXO IFORMATOS LAVADO DE ACTIVOSY FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO CONSU INSTRUCTIVO CORRESPONDIENTE. ............................................. 511

ANEXO IIESTRUCTURACIÓN ESTUDIOSOLICITUD APERTURA DE OFICINA. ................................................... 511

ANEXO IIIREPORTES DE LAS ENTIDADESEN INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVACON SU INSTRUCTIVO CORRESPONDIENTE. ................................... 511

ANEXO IVCIRCULARES INTERPRETATIVAS VIGENTES. ................................... 512

NORMAS DEROGADAS. .............................................................................. 512

BIBLIOGRAFÍA. ............................................................................................. 513

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Índice Normativo 53

LEYES: (Para su consulta ver CD).

Ley 1328 de 2009: Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros,del mercado de valores y otras disposiciones.

Ley 1314 de 2009: Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad einformación financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia,se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y sedeterminan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.

Ley 1233 de 2008: Por medio de la cual se precisan los elementos estructurales delas contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales acargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino alServicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente yse dictan otras disposiciones.

Ley 1231 de 2008: Por la cual se unifica la factura como título valor como mecanismode financiación para el micro, pequeño y mediano empresario, y se dictan otrasdisposiciones.

Ley 1266 de 2008: Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas datay se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, enespecial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de tercerospaíses y se dictan otras disposiciones.

Ley 1219 de 2008: Por la cual se establece el Régimen de Contratación con cargoa gastos reservados.

Ley 1186 de 2008: Por medio de la cual se aprueba el “Memorando de Entendimientoentre los Gobiernos de los Estados del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica

Índice Normativo

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro54

contra el Lavado de Activos (Gafisud)”, firmado en Cartagena de Indias el 8 dediciembre de 2000, la “Modificación del memorando de entendimiento entre losgobiernos de los Estados del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra elLavado de Activos (Gafisud)”, firmada en Santiago de Chile el 6 de diciembre de2001, y la “Modificación al memorando de entendimiento entre los Gobiernos de losEstados del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra el Lavado de Activos(Gafisud)” firmada en Brasilia el 21 de julio de 2006.

Ley 1165 de 2007: Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de Cooperaciónpara la Prevención, Control y Represión del Lavado de Activos derivados de cualquieractividad ilícita entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de laRepública del Perú”, hecho en Bogotá, D. C., el veinte (20) de febrero de dos milcuatro (2004).

Ley 1150 de 2007: Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia yla transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobrela contratación con Recursos Públicos.

Ley 1133 de 2007: Por medio de la cual se crea e implementa el programa “Agro,Ingreso Seguro – AIS.

Ley 1121 de 2006: Por la cual se dictan normas para la prevención, detección,investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones.

Ley 1116 de 2006: Por la cual se establece el Régimen de Insolvencia Empresarialen la República de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Ley 1094 de 2006: Por la cual se modifica la Ley 16 de 1990 y se adoptan otrasdisposiciones.

Ley 970 de 2005: Por medio de la cual se aprueba la “Convención de las NacionesUnidas contra la Corrupción”, adoptada por la Asamblea General de las NacionesUnidas, en Nueva York, el 31 de octubre de 2003.

Ley 964 de 2005: Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas losobjetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular lasactividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del públicoque se efectúen mediante valores y se dictan otras disposiciones.

Ley 962 de 2005: Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámitesy procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de losparticulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.

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Índice Normativo 55

Ley 973 de 2005: Por la cual se modifica el Decreto-ley 353 del 11 de febrero de1994 y se dictan otras disposiciones.

Ley 920 de 2004: Por la cual se autoriza a las cajas de compensación familiaradelantar actividad financiera y se dictan otras disposiciones.

Ley 820 de 2003: Por la cual se expide el régimen de arrendamiento de viviendaurbana y se dictan otras disposiciones.

Ley 795 de 2003: Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Orgánico delSistema Financiero y se dictan otras disposiciones.

Ley 793 de 2002: Por la cual se deroga la Ley 333 de 1996 y se establecen lasreglas que gobiernan la extinción de dominio.

Ley 715 de 2001: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos ycompetencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizarla prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.

Ley 594 de 2000: Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y sedictan otras disposiciones.

Ley 590 de 2000: Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo delas micro, pequeñas y medianas empresa.

Ley 550 de 1999: Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite lareactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurarla función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y sedictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de estaley.

Ley 546 de 1999: Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalanlos objetivos y criterios generales a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacionalpara regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos deahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestosy otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expidenotras disposiciones.

Ley 526 de 1999: Por medio de la cual se crea la Unidad de Información y AnálisisFinanciero.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro56

Ley 517 de 1999: Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de cooperaciónpara la prevención, control y represión del lavado de activos derivado de cualquieractividad ilícita entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de laRepública del Paraguay”, hecho en Santa Fe de Bogotá, D. C., el treinta y uno (31)de julio de mil novecientos noventa y siete (1997).

Ley 510 de 1999: Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistemafinanciero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancariay de Valores y se conceden unas facultades.

Ley 489 de 1998: Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamientode las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglasgenerales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 delartículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

Ley 454 de 1998: Por la cual se determina el marco conceptual que regula laeconomía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional deCooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria,se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantíaspara las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre laactividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otrasdisposiciones.

Ley 446 de 1998: Por la cual se adoptan como legislación permanente algunasnormas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de ProcedimientoCivil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modificany expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposicionessobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia.

Ley 388 de 1997: Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 3 de 1991 y sedictan otras disposiciones.

Ley 365 de 1997: Por la cual se establecen normas tendientes a combatir ladelincuencia organizada y se dictan otras disposiciones.

Ley 298 de 1996: Por la cual se desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política,se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especialadscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposicionessobre la materia

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Índice Normativo 57

Ley 262 de 1996: Por la cual se autoriza a algunas cooperativas financieras paraacceder a los recursos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario -Finagro- y se dictan normas generales, objetivos y criterios a los cuales debe sujetarseel Gobierno Nacional para la intervención de estas entidades.

Ley 222 de 1995: Por la cual se modifica el Libro II del Código de Comercio, seexpide un nuevo régimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones.

Ley 190 de 1995: Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidaden la administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupciónadministrativa.

Ley 142 de 1994: Por la cual se establece el régimen de los servicios públicosdomiciliarios y se dictan otras disposiciones.

Ley 136 de 1994: Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organizacióny el funcionamiento de los municipios.

Ley 115 de 1994: Por la cual se expide la ley general de educación.

Ley 105 de 1993: Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, seredistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales,se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones.

Ley 101 de 1993: Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero

Ley 100 de 1993: Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y sedictan otras disposiciones.

Ley 80 de 1993: Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de laAdministración Pública.

Ley 6 de 1992: Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se otorganfacultades para emitir títulos de deuda pública interna, se dispone un ajuste de pensionesdel sector público nacional y se dictan otras disposiciones.

Ley 10 de 1991: Por la cual se regulan las empresas asociativas de trabajo.

Ley 9 de 1991: Por la cual se dictan normas generales a las que deberá sujetarse elGobierno Nacional para regular los cambios internacionales y se adoptan medidascomplementarias.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro58

Ley 45 de 1990: Por la cual se expiden normas en materia de intermediaciónfinanciera, se regula la actividad aseguradora, se conceden unas facultades y sedictan otras disposiciones.

Ley 43 de 1990: Por la cual se adiciona la Ley 145 de 1960, reglamentaria de laprofesión de Contador Público y se dictan otras disposiciones.

Ley 27 de 1990: Por la cual se dictan normas en relación con las bolsas de valores,el mercado público de valores, los depósitos centralizados de valores y las accionescon dividendo preferencial y sin derecho de voto.

Ley 16 de 1990: Por la cual se constituye el Sistema Nacional de CréditoAgropecuario, se crea el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario,Finagro, y se dictan otras disposiciones.

Ley 79 de 1988: Por la cual se actualiza la legislación cooperativa.

Ley 21 de 1982: Por la cual se modifica el régimen del Subsidio familiar y se dictanotras disposiciones.

Ley 22 de 1987: Por el cual se asigna una función.

Ley 57 de 1985: Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentosoficiales.

Ley 43 de 1984: Por la cual se clasifican las organizaciones de pensionados porservicios prestados en el sector privado y en todos los órdenes del poder público y sedictan otras disposiciones.

Ley 155 de 1959: Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre prácticascomerciales restrictivas

DECRETOS REGLAMENTARIOS: (Para su consulta ver CD).

Decreto Reglamentario 2058 de 2009: Por el cual se reglamenta el numeral 1 delartículo 49 de la Ley 454 de 1998.

Decreto Reglamentario 1925 de 2009: Por medio del cual se reglamentaparcialmente el artículo 23 de la Ley 222 de 1995, y demás normas concordantes, enlo relativo a conflicto de interés y competencia con la sociedad por parte de losadministradores de la sociedad.

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Índice Normativo 59

Decreto Reglamentario 1910 de 2009: Por medio del cual se reglamentaparcialmente el Decreto 4334 de 2008, la Ley 1116 de 2006, y el artículo 2 del Decreto4591 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 1730 de 2009: Por medio del cual se reglamentan losartículos 48, numeral 9, 57, 81 y 84 de la Ley 1116 de 2006 y se dictan otrasdisposiciones.

Decreto Reglamentario 1270 de 2009: Por el cual se reglamentan el parágrafo 1del artículo 34 y el artículo 38 de la Ley 1116 de 2006 y el artículo 39 de la Ley 1151de 2007.

Decreto Reglamentario 1038 de 2009: Por el cual se reglamentan los artículos 2,12, 17, 34, 55, 67, 74, 75, 76 y 78 de la Ley 1116 de 2006.

Decreto Reglamentario 962 de 2009: Por el cual se reglamentan los artículos 5,numeral 9, 67 y 122 parcial de la Ley 1116 de 2006, sobre promotores y liquidadores.

Decreto Reglamentario 4881 de 2008: Por el cual se reglamenta parcialmentela Ley 1150 de 2007 en relación con la verificación de las condiciones de los proponentesy su acreditación para el Registro Único de Proponentes a cargo de las Cámaras deComercio y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 4444 de 2008: Por medio del cual se reglamentaparcialmente el literal e) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.

Decreto Reglamentario 2474 de 2008: Por el cual se reglamentan parcialmentela Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 sobre las modalidades de selección, publicidad,selección objetiva, y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 3557 de 2008: Por el cual se reglamenta parcialmente elnumeral 42.8 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001.

Decreto Reglamentario 3553 de 2008: Por el cual se reglamenta la Ley 1233 de2008.

Decreto Reglamentario 2860 de 2008: Por el cual se reglamenta el Parágrafo 2odel artículo 40 de la Ley 1116 de 2006.

Decreto Reglamentario 2785 de 2008: Por el cual se reglamenta el artículo 123de la Ley 1116 de 2006, en cuanto a la inscripción en el registro mercantil de los

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro60

contratos de fiducia mercantil con fines de garantía que constan en documento privadoy se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 2555 de 2008: Por el cual se reglamenta el inciso 3 delartículo 22 de la Ley 964 de 2005.

Decreto Reglamentario 400 de 2008: Por el cual se reglamenta parcialmente elnumeral 3.3 del artículo 6 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 89 de 2008: Por el cual se reglamentan parcialmente elartículo 326 numeral 2 literal i) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,modificado por el artículo 76 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 22 de la Ley 964 de2005.

Decreto Reglamentario 3032 de 2007: Por el cual se reglamentan los serviciosfinancieros prestados por las sociedades comisionistas de bolsa de valores a travésde corresponsales.

Decreto Reglamentario 3530 de 2007: Por medio del cual se reglamenta el literalj) del numeral 2 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Decreto Reglamentario 2179 de 2007: Por el cual se reglamenta el parágrafo 3,del artículo 6 de la Ley 1116 de 2006.

Decreto Reglamentario 4588 de 2006: Por el cual se reglamenta la organizacióny funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

Decreto Reglamentario 4030 de 2006: Por el cual se reglamenta parcialmente elartículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero respecto de Cooperativasen Liquidación.

Decreto Reglamentario 3965 de 2006: Por el cual se reglamentan los serviciosfinancieros prestados por las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativasmultiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito a través de corresponsalesy se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 2233 de 2006: Por el cual se reglamentan los serviciosfinancieros prestados por los establecimientos de crédito a través de corresponsalesno bancarios.

Decreto Reglamentario 281 de 2006: Por el cual se reglamenta el literal e) delnumeral 2 del artículo 316 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificadopor el artículo 62 de la Ley 795 de 2003.

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Índice Normativo 61

Decreto Reglamentario 4709 de 2005: Por el cual se reglamenta parcialmente laLey 920 de 2004.

Decreto Reglamentario 2801 de 2005: Por el cual se reglamenta parcialmente laLey 920 de 2004.

Decreto Reglamentario 2588 de 2004: Por el cual se reglamenta la medida deexclusión de activos y pasivos de establecimientos de crédito.

Decreto Reglamentario 1914 de 2003: Por el cual se reglamenta parcialmente laLey 716 del 24 de diciembre de 2001, sobre el saneamiento contable en el sectorpúblico y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 867 de 2003: Por medio del cual se reglamentaparcialmente el artículo 104 de la Ley 795 de 2003 y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 1497 de 2002: Por el cual se reglamenta parcialmente laLey 526 de 1999 y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 941 de 2002: Por el cual se adoptan unas medidas deintervención y se reglamentan parcialmente el artículo 41 de la Ley 550 de 1999, elparágrafo 2 del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y el artículo 283 de la Ley 100 de1993.

Decreto Reglamentario 817 de 2002: Por el cual se reglamenta parcialmente elparágrafo del artículo 40 de la Ley 454 de 1998.

Decreto Reglamentario 393 de 2002: Por el cual se modifican parcialmente losDecretos 856 de 1994 y 92 de 1998, por medio de los cuales se reglamenta elfuncionamiento del registro de proponentes en las Cámaras de Comercio y se fijanlas relativas a los registros de proponentes y mercantil.

Decreto Reglamentario 172 de 2001: Por el cual se reglamenta el Servicio Públicode Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi.

Decreto Reglamentario 171 de 2001: Por el cual se reglamenta el Servicio Públicode Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera.

Decreto Reglamentario 170 de 2001: Por el cual se reglamenta el Servicio Públicode Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano, Distrital y Municipal dePasajeros.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro62

Decreto Reglamentario 1260 de 2000: Por el cual se adoptan unas medidas deintervención y se reglamenta parcialmente el artículo 41 de la Ley 550 de 1999, encuanto se refiere a la conmutación total y a mecanismos de normalización pensionalaplicables a las empresas en liquidación.

Decreto Reglamentario 2159 de 1999: Por el cual se reglamenta el artículo 36 dela Ley 454 de 1998, sobre niveles de supervisión a que están sometidas las entidadesbajo la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia de Economía Solidaria.

Decreto Reglamentario 1964 de 1998: Por el cual se reglamenta el ParágrafoPrimero del artículo 40 de la Ley 190 de 1995.

Decreto Reglamentario 1798 de 1998: Por el cual se reglamentan los artículos31, 36 numeral 10 y 63 de la Ley 454 de 1998.

Decreto Reglamentario 427 de 1996: Por el cual se reglamentan el Capítulo IIdel Título I y el Capítulo XV del Título II del Decreto 2150 de 1995.

Decreto Reglamentario 2649 de 1993: Por el cual se reglamenta la contabilidaden general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptadosen Colombia.

Decreto Reglamentario 2716 de 1994: Por el cual se reglamenta el parágrafo 1del artículo 30 del Decreto 1279 de 1994.

Decreto Reglamentario 1407 de 1991: Por el cual se reglamenta el reconocimiento,suspensión y cancelación de personerías jurídicas a las fundaciones y corporacionesde carácter nacional, regional y local que desarrollen actividades relacionadas con lascomunidades indígenas.

Decreto Reglamentario 1529 de 1990: Por el cual se reglamenta el reconocimientoy cancelación de personerías jurídicas de asociaciones o corporaciones y fundacioneso instituciones de utilidad común, en los departamentos.

DECRETOS-LEY: (Para su consulta ver CD).

Decreto-Ley 353 de 1994: Por el cual se modifica la Caja de vivienda militar y sedictan otras disposiciones.

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Índice Normativo 63

DECRETOS: (Para su consulta ver CD).

Decreto 3083 de 2009: Por el cual se modifica el régimen de transición para lainscripción en el Registro Único de Proponentes.

Decreto 2025 de 2009: Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2474 de2008, y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1727 de 2009: Por el cual se determina la forma en la cual los operadoresde los bancos de datos de información financiera, crediticia, comercial, de servicios yla proveniente de terceros países, deben presentar la información de los titulares de lainformación.

Decreto 2558 de 2008: Por el cual se expide el régimen de las oficinas derepresentación de instituciones financieras, reaseguradoras y del mercado de valoresdel exterior y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2894 de 2007: Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con laliquidación de negocios fiduciarios de las sociedades fiduciarias en liquidación.

Decreto 2893 de 2007: Por el cual se regulan las Cámaras de Riesgo Central deContraparte y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2175 de 2007: Por el cual se regula la administración y gestión de lascarteras colectivas.

Decreto 1456 de 2007: Por el cual se dictan disposiciones sobre los sistemas decompensación y liquidación de operaciones sobre valores.

Decreto 586 de 2007: Por el cual se modifica la estructura de la Unidad deInformación y Análisis Financiero, UIAF.

Decreto 4668 de 2006: Por el cual se establecen unas disposiciones relacionadascon el capital pagado o patrimonio líquido de las empresas asociativas del sectorsolidario o cooperativas de transporte terrestre automotor.

Decreto 2355 de 2006: Por el cual se modifica la estructura de la Superintendenciade Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro64

Decreto 770 de 2006: Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con laenajenación de activos de los establecimientos de crédito de naturaleza pública enproceso de liquidación.

Decreto 4327 de 2005: Por el cual se fusiona la Superintendencia Bancaria deColombia en la Superintendencia de Valores y se modifica su estructura.

Decreto 1286 de 2005: Por el cual se establecen normas sobre la participación delos padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de losestablecimientos oficiales y privados y se adoptan otras disposiciones.

Decreto 1400 de 2005: Por el cual se someten a inspección, vigilancia y control lasentidades que administran sistemas de pago de bajo valor y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2996 de 2004: Por el cual señalan algunos requisitos que deben contenerlos estatutos y reglamentos de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

Decreto 2211 de 2004: Por medio del cual se determina el procedimiento aplicablea las entidades financieras sujetas a toma de posesión y liquidación forzosaadministrativa.

Decreto 455 de 2004: Por el cual se establecen las normas sobre toma de posesióny liquidación aplicables a entidades solidarias vigiladas por la Superintendencia de laEconomía Solidaria que adelantan actividades diferentes a la financiera.

Decreto 186 de 2004: Por el cual se modifica la estructura de la Superintendenciade la Economía Solidaria.

Decreto 2230 de 2003: Por el cual se modifica la estructura del Ministerio deEducación Nacional, y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1335 de 2003: Por medio del cual se regula el Programa de DesmonteProgresivo de operaciones de entidades sometidas a vigilancia de la SuperintendenciaBancaria.

Decreto 790 de 2003: Por medio del cual se dictan normas sobre la gestión yadministración de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y crédito, lassecciones de ahorro y crédito de las cooperativas multiactivas e integrales, los fondosde empleados y las asociaciones mutualistas.

Decreto 756 de 2000: Por el cual se determinan reglas especiales para elprocedimiento aplicable a la toma de posesión de las cooperativas financieras,

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Índice Normativo 65

cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas o integrales con secciónde ahorro y crédito.

Decreto 2331 de 1998: Por el cual se dictan medidas tendientes a resolver lasituación de los sectores financiero y cooperativo, aliviar la situación de los deudorespor créditos de vivienda y de los ahorradores de las entidades cooperativas enliquidación, mediante la creación de mecanismos institucionales y de financiación yla adopción de disposiciones complementarias.

Decreto 2206 de 1998: Por el cual se ejercen las facultades extraordinariasestablecidas en el artículo 51 de la Ley 454 de 1998.

Decreto 1818 de 1998: Por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismosalternativos de solución de conflictos.

Decreto 1587 de 1998: Por el cual se dictan normas para cooperativas financieras,de ahorro y crédito, multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito.

Decreto 1359 de 1998: Por el cual se dictan disposiciones sobre Instituciones deEconomía Solidaria que prestan servicios públicos domiciliarios en forma especializadao como actividad principal.

Decreto 2323 de 1999: Por medio del cual se establecen los niveles de capitalmínimo para las instituciones financieras y entidades aseguradoras y se fijan unosplanes de ajuste.

Decreto 1840 de 1997: Por el cual se dictan normas prudenciales para lascooperativas especializadas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas ointegrales con sección de ahorro y crédito.

Decreto 1295 de 1994: Por el cual se determina la organización y administracióndel Sistema General de Riesgos Profesionales.

Decreto 2150 de 1995: Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

Decreto 1068 de 1994: Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1625 de1972.

Decreto 356 de 1994: Por el cual se expide el estatuto de vigilancia y de seguridadprivada.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro66

Decreto 2359 de 1993: Por el cual se establece la estructura y se determinan lasfunciones de la Superintendencia Bancaria.

Decreto 2016 de 1992: Por el cual se dictan normas sobre las entidades sometidasa la inspección y vigilancia de la superintendencia de valores.

Decreto 1872 de 1992: Por el cual se interviene la actividad de las institucionesvigiladas por las Superintendencias Bancaria y de Valores.

Decreto 2263 de 1991: Por el cual se aprueba el acuerdo número 00017 del 6 deagosto de 1991, expedido por la junta directiva del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar a través del cual se reglamenta el otorgamiento de licencias de funcionamientode las instituciones que desarrollan programas de adopción y la supervisión y asesoríapor parte del ICBF, a dichas instituciones.

Decreto Distrital 59 de 1991: Por el cual se dictan normas sobre trámites yactuaciones relacionados con la personería jurídica de entidades sin ánimo de lucro ycon el cumplimiento de las funciones de inspección y vigilancia sobre instituciones deutilidad común.

Decreto 1482 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, características,constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidaspara el fomento de las empresas de servicios en las formas de administracionespúblicas cooperativas.

Decreto 1481 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, características,constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidaspara el fomento de los fondos de empleados.

Decreto 1480 de 1989: Por el cual se determinan la naturaleza, constitución,regímenes interno, de responsabilidad sanciones, y se dictan medidas para el fomentode las asociaciones mutualistas.

Decreto 1333 de 1989: Por el cual se establece el régimen de constitución,reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas.

Decreto 1318 de 1988: Por el cual se ejerce la facultad conferida por el artículo 2de la Ley 22 de 1987, en relación con las Instituciones de Utilidad Común.

Decreto Distrital 866 de 1987: Por el cual se hace una Delegación.

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Índice Normativo 67

RESOLUCIONES: (Para su consulta ver CD).

Resolución Ministerio de Hacienda y Crédito Público No. 2815 de 2009: Porla cual se imparten las instrucciones relativas al procedimiento que deben adelantarlos establecimientos de crédito, las cooperativas autorizadas para el ejercicio de laactividad financiera y las entidades administradoras de sistemas de pago de bajovalor para acceder a los beneficios tributarios previstos en el Decreto 4591 de 2008.

Resolución Reglamentaria Fogacoop No. 17 de 2009: Por la cual se reglamentala inscripción de cooperativas.

Resolución Supersolidaria No. 6945 de 2008: Por la cual se fijan las tarifas parala expedición de certificados, constancias, registro, fotocopias, venta de servicios ydemás ingresos reconocidos por la ley para el año 2008.

Resolución Supersolidaria No. 5215 de 2008: Por la cual se modifica el términoseñalado en la Resolución No. 671 del 25 de julio de 2006.

Resolución Dansocial No. 426 de 2008: Por el cual se establecen los fundamentos,criterios, parámetros y requisitos para impartir cursos de inducción y educación enEconomía Solidaria y la expedición de certificados de acreditación sobre educaciónen teoría y práctica de la misma.

Resolución Minprotección Social No. 2684 de 2007: Procedimiento para laautorización de regímenes de las CTA de los Inspectores de Trabajo.

Resolución Supersolidaria No. 763 de 2007: Por medio de la cual se adopta elCódigo de Buen Gobierno para la Superintendencia de Economía Solidaria.

Resolución Dansocial No. 221 de 2007: Por la cual se regulan los fundamentos,criterios, parámetros y requisitos para otorgar aval al programa de educación solidariacon énfasis en trabajo asociado.

Resolución UIAF No. 285 de 2007: Por la cual se impone a los depósitos públicosy privados; sociedades de intermediación aduanera; sociedades Portuarias; usuariosde zona franca; empresas transportadoras; agentes de carga internacional; usuariosaduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, la obligación de reportarde manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro68

Resolución UIAF No. 33 de 2007: Por la cual se impone a los Notarios de todoslos Círculos del territorio nacional, la obligación de reportar de manera directa a laUnidad de Información y Análisis Financiero.

Resolución Supersalud No. 2025 de 2005: Por la cual se asignan funciones deinspección, vigilancia y control sobre organizaciones de economía solidaria que realicenfunciones de entidades promotoras de salud, administradoras de recursos del régimensubsidiado o instituciones prestadoras de servicios de salud.

Resolución Fogacoop No. 24 de 2005: Por la cual se determina el procedimientopara la designación de tres (3) miembros de la Junta Asesora de las entidades inscritasen el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas y que sean objeto de toma deposesión.

Resolución Junta Central de Contadores No. 229 de 2004: Por medio de lacual se dictan disposiciones sobre el ejercicio de las funciones de inspección y vigilanciaatribuidas a la Junta Central de Contadores.

Resolución Supersolidaria No. 1121 de 2003: Por la cual se establecen lascondiciones que deben cumplir los Fondos de Empleados en la constitución de lasCuentas de Ahorro Programado para acceder al Subsidio Familiar de Vivienda.

Resolución Supersolidaria No. 192 de 2003: Por medio de la cual se instruye alas entidades supervisadas sobre los procedimientos a seguir en los procesos dedisolución y liquidación voluntaria.

Resolución Supertransporte No. 488 de 2002: Por la cual se establecen términosy plazos para la presentación de Estados Financieros por parte de los entes sujetos ala vigilancia, inspección y control de la Superintendencia de Puertos y Transporte y serevoca la Resolución 125 del 6 de febrero de 2001.

Resolución Supersolidaria No. 1213 de 2001: Por la cual se reglamenta elprocedimiento para el desmonte de la actividad financiera de las cooperativas deahorro y crédito y de las multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito.

Resolución Supersolidaria No. 1455 de 2000: Por medio de la cual se establecenlas condiciones generales para la apertura, traslado, conversión y cierre de oficinasde las cooperativas de ahorro y crédito y las multiactivas e integrales con sección deahorro y crédito.

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Índice Normativo 69

Resolución Supersolidaria No. 142 de 2000: Por medio de la cual se modifica laResolución 0041 del 21 de febrero del 2000; en lo referente al procedimiento para laconstitución de pólizas de manejo.

Resolución Supersolidaria No. 41 de 2000: Por medio de la cual se fijan losrequisitos y se establece el procedimiento para el control de legalidad de los actos deregistro de los nombramientos de los órganos de Administración, Vigilancia y Controlde las entidades del Sector Real, sujetas a la acción de la Superintendencia de laEconomía Solidaria, así como los relacionados con la constitución de pólizas de manejoy la exoneración de la obligación de tener Revisor Fiscal.

Resolución Supersolidaria No. 1 de 2000: Por la cual se reglamenta el trámiteinterno del Derecho de petición, quejas y reclamos ante la Superintendencia de laEconomía Solidaria.

Resolución Junta Directiva del Banco de la República No. 19 de 1998: Por lacual se dictan medidas sobre operaciones para regular la liquidez de la economía.

Resolución Supervalores No. 1200 de 1995: Por la cual se actualizan y unificanlas normas expedidas por el Superintendente de Valores.

Resolución Dancoop No. 2248 de 1989: Por la cual se aclara la Resolución 1876de 4 de septiembre de 1989, delegatoria de una función a las dependencias regionalesdel Departamento Nacional de Cooperativas.

Resolución Dancoop No. 1876 de 1989: Por la cual se delega una función a lasdependencias regionales del Departamento Nacional de Cooperativas.

CIRCULARES: (Para su consulta ver CD).

Circular Externa Fogacoop No. 1 De 2010: Resolución número 017 del 22 dediciembre de 2009.

Circular Externa Supersolidaria No. 1 De 2010: Primera cuota tasa decontribución año 2010.

Circular Externa Supersolidaria No. 10 de 2009: Instrucciones sobre aplicaciónde la Ley 1233 de 2008 a Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado queno han registrado número de identificación tributaria – NIT.

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Circular Externa Supersolidaria No. 8 de 2009: Cumplimiento Decreto 4588 de2006 y Ley 1233 de 2008 / Cancelación de la personalidad jurídica para las cooperativasy precooperativas de trabajo asociado que no adecuaron sus regímenes y estatutosde acuerdo a la normatividad.

Circular Externa Supersolidaria No. 6 de 2009: Ampliación plazo actualizaciónmanual SIPLAFT, código de conducta y formulario de vinculación de asociado.

Circular Externa Supersolidaria No. 2 de 2009: Actualización de tarifas para laexpedición de certificados, registro, fotocopias, venta de servicios y demás ingresosreconocidos por la ley, para el año 2009.

Circular Externa Supersolidaria No. 1 de 2009: Modificación a la CircularContable y Financiera número 004 de 2008.

Circular Externa Fogacoop No. 1 de 2009: Reporte de la información contable yfinanciera de las cooperativas vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombiavía Internet.

Circular Externa Supersociedades No. 115-000011 de 2008: Revisoría Fiscal.

Circular Externa Supersociedades No. 100-006 de 2008: Régimen deadministradores (Código de Comercio y Ley 222 de 1995).

Circular Instituto Colombiano de Bienestar Familiar No. 74 de 2008: Aportesparafiscales Cooperativas de Trabajo Asociado.

Circular Externa Superpuertos y Transporte No. 12 de 2008: Requisitos parael reconocimiento o registro en esta Superintendencia.

Circular Externa Supertransporte No. 11 de 2008: Prácticas no autorizadas alas Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado en Operación Portuaria.

Circular Supersolidaria No. 5 de 2008: Aplicación Ley 1233 de 2008.

Circular Supersolidaria No. 4 de 2008: Circular Básica Contable y Financiera.

Circular Externa Supersolidaria No. 2 de 2008: Registro y reconocimiento delas Cooperativas y Precooperativas de trabajo asociado.

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Índice Normativo 71

Circular Externa Supersociedades No. 430-000002 de 2007: Competencia,Supuestos y Requisitos para solicitar la admisión ante la Superintendencia deSociedades, al Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia.

Circular Supervigilancia No. 46 de 2007: Aplicación del Decreto 4588 de 27 dediciembre de 2006. Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de lasCooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

Circular Minprotección Social No. 36 de 2007: Decreto 4588 de 27 de diciembrede 2006.

Circular Externa Superindustria y Comercio No. 10 de 2007: Adición de losnumerales 1.3.10, 1.3.11 y 1.3.12 al Capítulo Primero Título VIII de la CircularÚnica.

Circular Externa Supersolidaria No. 6 de 2007: Aclaración sobre instruccionesdadas en la circular 005 de 2007, en relación con los artículos 7 y 9 el Decreto 4588del 27 de diciembre de 2006.

Circular Externa Supersolidaria No. 5 de 2007: Instrucciones sobre el Decreto4588 del 27 de diciembre de 2006, mediante el cual se reglamenta la organización yfuncionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

Circular Externa Supersolidaria No. 4 de 2007: Presentación de los documentospara posesión y envío de estatutos actualizados de las cooperativas de ahorro y créditoy las multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito.

Circular Externa Fogafin No. 2 de 2007: Información base para efectuarseguimiento a los procesos de liquidación.

Circular Externa Fogacoop No. 1 de 2007: Adición a la Circular Externa No.002 del 7 de noviembre de 2001 - Directrices para el manejo de las liquidaciones.

Circular Externa Fogafin No. 1 de 2007: Código de conducta y Normas sobreLavado de Activos.

Circular Conjunta Supersolidaria – Procuraduría General de la Nación de 26de febrero de 2007: Decreto 4588 de 27 de diciembre de 2006, con el cual sereglamenta la organización y funcionamiento de las cooperativas de trabajo asociado.

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Las Entidades Sin Ánimo de Lucro72

Circular Externa Junta Central de Contadores No. 47 de 2006: ModificaciónCircular Externa No. 30 de 19 de junio de 1998, con el propósito de dar alcance a lacertificación de estados financieros.

Circular Externa Fogafin No. 2 de 2006: Información base para efectuarseguimiento a los procesos de liquidación voluntaria de instituciones financieras.

Circular Externa Supersociedades No. 002 de 2006: Estados financieros períodosintermedios.

Circular Externa Junta Central de Contadores No. 45 de 2005: Ejercicio deactividades relacionadas con la ciencia contable que están reservadas a losprofesionales de esta disciplina, cuyos servicios se contratan por entidades estatalesmediante el sistema de licitaciones públicas, concursos públicos, invitaciones publicasu otros sistemas.

Circular Externa Contaduría General de la Nación No. 56 de 2004:Procedimientos que deben ser aplicados en el proceso de saneamiento contable, encumplimiento de la Ley 716 de 2001, prorrogada por la Ley 863 de 2003, y los DecretosReglamentarios 1282 de 2002, 1914 y 1915 de 2003, y tratamiento contable de losvalores registrados como ajustes por inflación y de los saldos globales registrados enlas cuentas de Propiedad, Planta y Equipo

Circular Externa Fogafin No. 4 de 2004: Procedimiento para el análisis de larelación costo – beneficio en la enajenación de activos en las entidades en liquidaciónforzosa administrativa.

Circular Superindustria y Comercio No. 10 de 2001: Circular Única.

Circular Externa Supersolidaria No. 7 de 2001: Ilegalidad de los embargos depensiones por obligaciones adquiridas por deudores de cooperativas que no sonasociados a la mismas.

Circular Externa Supersolidaria No. 20 de 2000: Régimen de inhabilidades eincompatibilidades de las entidades supervisadas.

Circular Externa Supersolidaria No. 1 de 1999: Actividad financiera de lasentidades sometidas a la supervisión de la superintendencia de la economía solidaria.

Circular Externa Supersolidaria No. 15 de 1989: Criterios para la exoneraciónde revisor fiscal en las cooperativas, precooperativas, asociaciones mutualistas yfondos de empleados.

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Índice Normativo 73

Carta Circular Mineducación Nacional de 28 de junio de 2005: Orientacionesy procedimientos adicionales sobre inversiones de cooperativas y mutuales en proyectosde educación formal, adelantados conjuntamente con las Secretarías de Educación.

Carta Circular Supersolidaria 002 de 2006: Remisión de documentos paratrámites.

ACUERDOS: (Para su consulta ver CD).

Acuerdo del Consejo Superior de la Judicatura No. 1887 de 2003: Por el cualse establecen las tarifas de agencias en derecho.

Acuerdo Interbancario - Programa de Capacitación sobre el Control yPrevención del Lavado de Activos de 1996: Sigue las directrices del Comité deBasilea que establece como principio la capacitación suficiente y permanente de losempleados bancarios. Este acuerdo se aprobó de tal forma que las entidades financierasse comprometen a que todos sus funcionarios se capaciten de acuerdo a loslineamientos allí definidos.

Acuerdo Interbancario de Conocimiento del Cliente de 1996: Por medio delcual se definieron los requerimientos mínimos en información y anexos para lavinculación de clientes a través de la apertura de cuentas de ahorro y corrientes y laconstitución de certificados de depósito a término (CDT).

Acuerdo sobre el Papel del Sistema Financiero Colombiano en la Prevencióndel Movimiento Ilícito de Capitales de 1992: Consiste en la Convención deViena y la Declaración de Basilea, sobre los cuales cada entidad establecería supropio código de conducta.

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