La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del ...¡g 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126...

28
AÑO CXXII Nº 126 28 Páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del 2016 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL PRIMERA PUBLICACIÓN El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez y jueza: En la convocatoria general, día en que se asignarán las fechas para examen, NO se admitirán aspirantes que se presenten después de la hora señalada en el comunicado que hará la Sección Administrativa de la Carrera Judicial. I. Requisitos: Generales: Estar incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico). Si no es funcionario del Poder Judicial, aportar la cuenta cliente del Banco de su elección. Específicos: Además de los requisitos generales, las personas que oferten deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente: Concurso CJ-17-16 Juez(a) 3 Agrario Contar con al menos 25 años de edad. Con no menos de cinco años de ejercicio profesional. Concurso CJ-19-16 de Juez(a) Conciliador Haber aprobado cursos formales en materia de Mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos, con duración de 80 horas o en su defecto el certificado que le acredite como mediador(a). Concurso CJ-21-16 Juez(a) 3 Notarial Requisitos establecidos en la Ley 7764 del 17 de abril de 1998, publicada en La Gaceta Nº 98 del 22 de mayo de 1998, artículo 3 y transitorios VII y XI: [...] c) Ser licenciado en Derecho, con el postgrado en Derecho Notarial y Registral, graduado de una universidad reconocida por las autoridades educativas competentes; además, haber estado incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica al menos durante dos años y, con la misma antelación, haber solicitado la habilitación para ejercer el cargo. [...] Concursos CJ-24-16 de Juez(a) 4 Civil, CJ-25-16 Juez(a) 4 Contencioso Administrativo, CJ-26-2016 Juez(a) 4 Familia, CJ-27-2016 Juez(a) 4 Laboral y CJ-28-2016 juez(a) 4 Penal. Debe contar con al menos 30 años de edad. II. Fases que constituyen los concursos 1. Inscripción electrónica en el concurso. 2. Quienes cumplan con los requisitos establecidos, deberán realizar exámenes orales o según lo determine el Consejo de la Judicatura para cada categoría y materia. 3. Entrevista por parte de los y las integrantes del Consejo de la Judicatura. 4. Valoraciones por parte de los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina y trabajo social. 5. Cierre del concurso por parte del Consejo de la Judicatura. 6. Ingreso de promedios de las personas que resulten elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso. III. Uso de la información: De conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ-14-2016, celebrada el 12 de abril de 2016, artículo IX, se establece: Al momento de completar la oferta de servicios, las personas oferentes deberán de firmar un consentimiento informado en el cual se estipula que si durante los procesos de investigación propios del reclutamiento, se tiene conocimiento de alguna conducta que pueda ser reprochable ante el ordenamiento jurídico, dicha información podrá hacerse de conocimiento a las autoridades penales, disciplinarias, administrativas o de otra naturaleza, sea el caso. Utilizar la información que se suministre así como la obtenida a partir de los diversos estudios realizados para su verificación (incluido el eventual acceso a expedientes administrativos o judiciales en los que la persona sea parte y que sea de interés para la investigación). Hacer uso de las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga (archivos digitales, correo electrónico, bases de datos, internet u otros), para validar y ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al “Protocolo para el acceso, uso y consulta a la Plataforma de Información Policial y demás autoridades”, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial Nº 49 del 11 de marzo de 2015. Que se soliciten o se recaben datos adicionales según se estime necesario durante el proceso.

Transcript of La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del ...¡g 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126...

AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 126 — 28 PáginasLa Uruca, San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANADEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓNEl Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana

del Poder Judicial abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez y jueza:

En la convocatoria general, día en que se asignarán las fechas para examen, NO se admitirán aspirantes que se presenten después de la hora señalada en el comunicado que hará la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

I. Requisitos:Generales:

Estar incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica(Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).

Si no es funcionario del Poder Judicial, aportar la cuenta cliente del Banco de su elección.Específicos:Además de los requisitos generales, las personas que oferten

deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

Concurso CJ-17-16 Juez(a) 3 Agrario• Contar con al menos 25 años de edad.• Con no menos de cinco años de ejercicio profesional.Concurso CJ-19-16 de Juez(a) Conciliador• Haber aprobado cursos formales en materia de Mecanismos de

Resolución Alterna de Conflictos, con duración de 80 horas o en su defecto el certificado que le acredite como mediador(a).

Concurso CJ-21-16 Juez(a) 3 Notarial• Requisitos establecidos en la Ley 7764 del 17 de abril de

1998, publicada en La Gaceta Nº 98 del 22 de mayo de 1998, artículo 3 y transitorios VII y XI:

• [...] c) Ser licenciado en Derecho, con el postgrado en Derecho Notarial y Registral, graduado de una universidad reconocida por las autoridades educativas competentes; además, haber estado incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica al menos durante dos años y, con la misma antelación, haber solicitado la habilitación para ejercer el cargo. [...]

Concursos CJ-24-16 de Juez(a) 4 Civil, CJ-25-16 Juez(a) 4 Contencioso Administrativo, CJ-26-2016 Juez(a) 4 Familia, CJ-27-2016 Juez(a) 4 Laboral y CJ-28-2016 juez(a) 4 Penal.Debe contar con al menos 30 años de edad.II. Fases que constituyen los concursos1. Inscripción electrónica en el concurso.2. Quienes cumplan con los requisitos establecidos, deberán

realizar exámenes orales o según lo determine el Consejo de la Judicatura para cada categoría y materia.

3. Entrevista por parte de los y las integrantes del Consejo de la Judicatura.

4. Valoraciones por parte de los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina y trabajo social.

5. Cierre del concurso por parte del Consejo de la Judicatura.6. Ingreso de promedios de las personas que resulten

elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso.

III. Uso de la información:De conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la

Judicatura en la sesión CJ-14-2016, celebrada el 12 de abril de 2016, artículo IX, se establece:

• Al momento de completar la oferta de servicios, las personas oferentes deberán de firmar un consentimiento informado en el cual se estipula que si durante los procesos de investigación propios del reclutamiento, se tiene conocimiento de alguna conducta que pueda ser reprochable ante el ordenamiento jurídico, dicha información podrá hacerse de conocimiento a las autoridades penales, disciplinarias, administrativas o de otra naturaleza, sea el caso.

• Utilizar la información que se suministre así como la obtenida a partir de los diversos estudios realizados para su verificación (incluido el eventual acceso a expedientes administrativos o judiciales en los que la persona sea parte y que sea de interés para la investigación).

• Hacer uso de las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga (archivos digitales, correo electrónico, bases de datos, internet u otros), para validar y ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al “Protocolo para el acceso, uso y consulta a la Plataforma de Información Policial y demás autoridades”, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial Nº 49 del 11 de marzo de 2015.

• Que se soliciten o se recaben datos adicionales según se estime necesario durante el proceso.

Jueves 30 de junio del 2016Pág 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura, realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial (entre otros Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales) y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

Las personas oferentes que participan en los concursos de juez(a) 1, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores(as) Judiciales, como parte de sus funciones regulares.

Tener experiencia en supervisión de personal (deseable).Experiencia en la tramitación y la resolución de asuntos

judiciales (deseable).VI. Procedimiento para remitir los atestados en formato

electrónico.1. Escanear documentos y crear un archivo digital el cual se

requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo tres megas.

Ingresar a la dirección electrónica: https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales: http://sjoaplcon03/ghenlinea2/

2. Seguir los pasos 2. señalados anteriormente en relación con la contraseña.

3. En el menú de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.

4. En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.5. En “archivo a adjuntar “, elegir “examinar”, debe buscar

el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

6. En la barra superior, presionar “subir atestados”.7. Los documentos quedan agregados en forma automática en

un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

VII. De los componentes por valorar:Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba

sobre la materia específica ante un Tribunal Examinador, la cual será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.La nota del examen se multiplicar á por el valor indicado: 75 para el grado I, categorías de juez-jueza 1, 2 y 3; 70 para el grado II, categorías de juez-jueza 4 y 5. El resultado se dividirá entre 100 para obtener el porcentaje correspondiente.El examen no representa el promedio de elegibilidad, por cuanto el porcentaje de la prueba deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.

Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.

Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.Si como profesional en Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar en formato electrónico (ver punto V), lo siguiente:

• La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

IV. Acerca de la inscripción:Inscripción electrónica: Es imprescindible que las personas

oferentes se inscriban a través del Sistema GH en Línea, mediante la oferta electrónica de Servicios en la dirección electrónica: https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales: http://sjoaplcon03/ghenlinea2/

La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea automáticamente. Se habilitan las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.Los Temarios de las pruebas están disponibles en la dirección

electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm verificar esta dirección por lo que no se suministrarán por otro medio.

Procedimiento para ingresar al Sistema GH-EN LINEAIntranet: http://sjoaplcon03/ghenlinea2/Internet: https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/

1. Seleccione el ícono Sistema GH-EN LINEA2. Si ya registró una contraseña en un concurso anterior,

únicamente digite el número de cédula en formato de diez caracteres, la contraseña y proceda con la inscripción.

3. Si es primera vez que ingresa al sistema GH-EN LINEA, debe seleccionar la opción “cambiar contraseña” indicar el número de cédula en formato de diez dígitos, llenar el espacio que dice “nueva contraseña” confirmarla y presionar inmediatamente cambiar. En el menú del sistema, seleccionar la opción “Trámites” y luego “Oferta única del Poder Judicial”

4. Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.

5. De acuerdo con el procedimiento que se señala a continuación, los atestados deberán remitirse en formato electrónico, a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial al cierre del concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez o hayan presentado los atestados en un período mayor a dos años.V. Documentos a presentarBachiller de secundaria. (Deberá remitirse en formato

electrónico, ver punto V)Licenciatura en Derecho. (Deberá remitirse en formato

electrónico, ver punto V)Incorporación al Colegio de Abogados. (Deberá remitirse

en formato electrónico, ver punto V)Si no es funcionario del Poder Judicial, aportar la cuenta

cliente del Banco de su elección.Otros:Fotografía. (Indispensable presentarla al momento en que

se le efectúe la valoración médica)Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de

Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 3

Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

Promedio final de elegibilidad: Se hará en el mismo momento a todas las personas participantes de un mismo concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y las participantes. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota. Salvo disposición contraria por el Consejo de la Judicatura.Si el promedio final es inferior a 70, no procederá en el futuro la modificación del promedio obtenido mediante la recalificación de los distintos factores.Consejo de la Judicatura, sesión CJ-36-2001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.

Convalidación del promedio de elegibilidad: Procede convalidar el promedio obtenido en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso donde está participando.Para ello, deberá haber obtenido un promedio igual a 70 o superior. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota.

VII. Sobre la convocatoria para asignar fechas de examen, exclusión, reprogramación y sanción.

Los oferentes que se inscriban y no continúen con el proceso, serán descalificados en ese acto con la aplicaci ón de la norma establecida en el artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial, así como los que no se presenten a la convocatoria general o se presenten a esta después de la hora indicada.

Convocatoria para asignar fechas de examen: Todas las personas debidamente inscritas en estos concursos serán convocados en una misma fecha y hora. De acuerdo con la asistencia se les asignará en forma discrecional la fecha, hora y el lugar del examen, en el entendido de que las evaluaciones inician ese día con al menos seis participantes y al resto de oferentes se les establecerá a partir del día hábil siguiente, de modo que la fecha definitiva se definirá de acuerdo con la cantidad de asistentes, por lo tanto, deberán de tomarse las medidas correspondientes para que puedan asistir a ésta y en caso de que no les corresponda efectuar la prueba ese mismo día, puedan asistir en la fecha que se determine y que, se reitera, continuarán a partir del día siguiente. Asimismo, se les informa que no se aceptarán correos solicitando fecha de examen el mismo día de la convocatoria.

Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso una vez inscrito, excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.

Reprogramación: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato electrónico(escaneado) la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.No se aceptarán solicitudes de reprogramación o exclusión por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador o el Consejo de la Judicatura, respectivamente.En los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor que serán valorados por el Consejo de la Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.

Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como abogado(a) o notario(a) y comprobante de Tributación Directa, que indique que se desempeña en el área del derecho, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:1. El o los puestos desempeñados.2. Requisitos y especialidad del o de los puestos

profesionales.3. La fecha de rige y vence de los períodos laborados.4. Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin

goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

5. El motivo de salida.6. Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso

afirmativo, con cuál ley.En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del

Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerar á la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico (ver punto V) la certificación de notas de la carrera universitaria.

Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

Docencia: Únicamente se reconocerá la docencia universitaria. La persona interesada debe remitir en formato electrónico, ver punto V, la constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió.

Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato electrónico, ver punto V.

Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el o los certificados deberán remitirse en formato electrónico, ver punto V.Deben tratarse de certificados que cumplan los siguientes elementos:a) Que provengan de la Escuela Judicial o cualquier órgano

auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta.

b) Que provengan de un centro de educación b) superior público o privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.

c) Que provenga de un centro encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional.

d) En el ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el país de origen.

e) Cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.

Jueves 30 de junio del 2016Pág 4 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

• De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso anterior de la misma categoría y materia, cuya descalificación ya le haya sido comunicada por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial. Si no se le hubiera comunicado si podrá participar.Asimismo, todas las personas que se inscriban en los concursos y no continúen con el proceso, o no se presenten a la convocatoria en la fecha indicada o habiéndose presentado y asignado cita de examen no realice la prueba, serán descalificadas de forma inmediata en este acto, por lo que no podrán participar en el concurso siguiente.Quienes obtengan en el examen específico nota superior al 70, pero si sumados los componentes evaluables no logran alcanzar en el concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”, no quedarán elegibles. Por lo tanto, se les aplicará la sanción estipulada en el numeral 75 de la Ley de Carrera Judicial.

CJ-15-16 Juez (a) 1 GenéricoNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas de los concursos CJ-

14-15 y CJ-01-16 de jueza y juez 1 genérico, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-16-16 Juez (a) 2 Ejecución de la PenaNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-18-14 de

jueza y juez 2 ejecución de la pena, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación, y las que se inscribieron en el concurso CJ-15-15 jueza y juez 2 ejecución de la pena y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-17-16 Juez (a) 3 AgrarioNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-03-16

de jueza y juez 3 agrario, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-18-16 Juez (a) 3 CivilNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-16-15 de

jueza y juez 3 civil, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-04-16 de jueza y juez 3 civil, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-19-16 Juez (a) ConciliadorNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-02-14 de

jueza y juez conciliador, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-17-15 de jueza y juez conciliador, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-20-16 Juez (a) 3 Contencioso AdministrativoNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-18-15 de

jueza y juez 3 contencioso administrativo, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-18-15 de jueza y juez 3 contencioso administrativo, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-21-16 Juez (a) 3 NotarialNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-21-15

de jueza y juez 3 notarial, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-22-16 Juez (a 3 PenalNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-06-15 de

jueza y juez 3 penal, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-07-16 de jueza y juez penal, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-23-15 de jueza y juez penal, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-23-16 Juez (a) 3 Penal JuvenilNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas de los concursos CJ-26-

14 y CJ-22-2015 de jueza y juez 3 penal juvenil, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-22-15 de jueza y juez 3 penal juvenil, que se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-24-16 Juez(a) 4 CivilNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-25-15 de

jueza y juez 4 civil, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-09-16 de jueza y juez 4 civil, que se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 5

Las plazas de juez(a) supernumerario(a) pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo requiera.

Cualquier nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano competente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Estatuto de Servicio Judicial, incisos a) y c) los nombramientos en plazas vacantes quedarán sujetos a que la persona a quien se sustituye, cumpla con el período de prueba establecido.

El período de prueba se rige de conformidad con los artículos 33 y 34 del Estatuto del Servicio Judicial, el cual se contará a partir de la fecha en que se asuma el puesto.

Consultas:Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el

cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al correo electrónico [email protected]

Este concurso vence el 01 de julio de 2016Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción

por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.María Lucrecia Chaves Torres.—Exonerado.—( IN2016038736 ).

JUZGADO NOTARIALHACE SABER:

Que en el proceso disciplinario notarial N° 06-000867-0627-NO, de Asociación de Agricultores Las Vegas de Pacuare contra Blanca Iris Navarro Miranda (cédula de identidad Nº 2-0362-0020), este Juzgado mediante resolución N° 273-2015, de las once horas y dieciséis minutos del veintisiete de julio de dos mil quince, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura número veinte del tomo dieciocho de la notaria denunciada. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 14 de marzo de 2016. Licda. Derling Edith Talavera, Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040032 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000736-0627-NO, de Registro Civil contra Ricardo Badilla Reyes, cédula de identidad 1-1013-0424, este juzgado mediante resolución N° 310-2012 de las quince horas del doce de junio del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Sentencia confirmada mediante voto del Tribunal Notarial N° 121-2015 de las trece horas treinta minutos del tres de julio del 2015. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 14 de marzo del 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040033 ).

A Marcial Rolando Aguiluz Barboza, mayor, notario público, cédula de identidad N° 106040440, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial N° 12-000266-0627-NO, establecido en su contra por Jaime Enrique Salinas Bernal, se ha dictado la sentencia N° 134-2016 que en lo conducente dice: “Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., IV.—...; Considerando: Hechos probados I.—..., I...; Sobre fondo I.—..., II.—..., III.—..., IV.—...; Por tanto:” Se declara con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por Jaime Enrique Salinas Bernal contra el notario público Marcial Rolando Aguiluz Barboza, imponiéndole la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación

CJ-25-16 Juez (a) 4 Contencioso Administrativo• Las personas descalificadas del concurso CJ-26-15 de

jueza y juez 4 contencioso administrativo, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación, y las que se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-26-16 Juez (a) 4 FamiliaNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas de los concursos CJ-27-14 y

CJ-08-2015 de jueza y juez 4 familia, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación y las personas descalificadas del concurso CJ-08-15 de jueza y juez 4 familia, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-27-16 Juez (a) 4 LaboralNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas del concurso CJ-09-15

de jueza y juez 4 laboral, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

CJ-28-16 Juez (a) 4 PenalNo podrán participar en éste concurso por su condición, las

siguientes personas:• Las personas descalificadas de los concursos CJ-11-15 y

CJ-27-2015 de jueza y juez 4 penal, que obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

• Las personas descalificadas del concurso CJ-27-15 de jueza y juez 4 penal, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la convocatoria o no se presentaron a la prueba, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación

VIII. De las notificacionesLa Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizar á

el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico [email protected]

Información adicionalTodas las personas que aspiran laborar o laboren para el

Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página web.

Por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo.

Jueves 30 de junio del 2016Pág 6 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

Que en el proceso disciplinario notarial N° 14-000737-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Danilo Villanueva Villalobos, cédula de identidad 6-0232-0740), este Juzgado mediante resolución N° 362-2015 de las dieciocho horas y trece minutos del treinta y uno de agosto de dos mil quince, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 14 de marzo del 2016 Licda. Derling Edith Talavera Polanco Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040038 ).

A: Carlos Morales Fallas, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-0866-0915, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 15-000516-0627-NO establecido en su contra por Alexander Rodríguez Porras, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: y “Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Alexander Rodríguez Porras contra Juan Antonio Madriz Arce y Carlos Morales Fallas, a quienes se les confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo deben informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su

en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, deberá comunicarse al Archivo Notarial, el Registro Civil, el Registro Nacional y la Dirección Nacional de Notariado. Publíquese el edicto respectivo, Jueza, y la providencia que dice: “Juzgado Notarial. A las diez horas y siete minutos del siete de junio del dos mil dieciséis. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Marcial Rolando Aguiluz Barboza, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia N° 134-2016, dictada a las ocho horas y cuarenta y ocho minutos del seis de abril de dos mil dieciséis, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. Licenciada Derling Edith Talavera Polanco, Jueza. APC”. Juzgado Notarial.

San José, 7 de junio de 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040034 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 12-000367-0627-NO, de Jingwei Huang contra Nelson Jiménez Benavidez, (cédula de identidad Nº 6-0266-0365), el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto Nº 200-2015, de las diez horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil quince, modifica la sentencia Nº 583-2013 de las diez horas del día primero de octubre del año dos mil trece disponiendo imponerle ahora al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 14 de marzo del 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040035 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000537-0627-NO, de José Ángel Miranda Solano contra Nelson Jiménez Benavides (cédula de identidad 602660365), este Juzgado mediante resolución de las dieciséis horas y cuarenta y siete minutos del siete de junio de dos mil dieciséis.-, dispuso lo siguiente: Se corrige error material que se aprecia en la publicación del edicto número 200 del 15 de octubre del 2015, en el sentido de que erróneamente se indicó que la sanción disciplinaria impuesta al notario Nelson Jiménez Benavides, se mantendría vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Siendo lo correcto que, este Juzgado mediante Sentencia N° 552-2014 de las quince horas cincuenta minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce y confirmada mediante el voto N° 0051-2015 de las quince horas veinticinco minutos del lunes seis de abril del dos mil quince dictada por el Tribunal Disciplinario Notarial, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de SEIS MESES de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Se dispone la publicación del presente pronunciamiento, mediante edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.

San José, 7 de junio del 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exento.—( IN2016040036 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000807-0627-NO, de Jennyfer Vanessa Araya Camacho contra Douglas Ricardo Avendaño Chaverri (cédula de identidad Nº 4-0129-0290), este Juzgado mediante resolución N° 328-2015 de las diez horas y dieciocho minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un año de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 14 de marzo del 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exonerado.—( IN2016040037 ).

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 7

TRIBUNALES DE TRABAJO

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes; a las trece horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de un millón seiscientos ochenta mil colones (¢1.680.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: una pantalla plana marca Panasonic de 50 pulgadas plasma, modelo TC-P50C2X, serie MB00780917, una pantalla plana de 26 pulgadas LG LCD, modelo RM-26LZ50, serie 505MXKD1489, tres pantallas planas de 42 pulgadas, marca Panasonic plasma, modelos tc-p4x1x, serie le92600012, tcp42x1x, serie mg92600933, tc-p42x1x, serie mg92600918, MP3 marca L.G. modelo LX-M340A, serie 506HJWROO1009, sin parlantes, Un Reloy despertador con MP3 con reproductor de música Home, serie 01M1S1, diez Pantallas Planas marca Samsung de 32 pulgadas, con los siguientes modelos y series: modelo LN32C350D1V serie Z2F53CNB1006561, modelo LN32C350D1V serie Z2F53CNB100659K, modelo LN32C350D1V serie z2f53cnb100662f, modelo L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 6 3 2 B , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 6 3 8 D , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V, s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 6 5 2 J , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V, s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 6 5 8 B , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V, s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 7 5 1 H , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V, s e r i e Z 2 F 5 3 C N B 1 0 0 6 0 8 H , m o d e l o L N 3 2 C 3 5 0 D 1 V, serie Z2F53CNB100637P, un espejo de aumento marca Conair, dos lámparas de mimbre de 35 centímetros de alto, un juego de sala con sofá grande de dos plazas, dos sillones, dos sillas y mesa rectangular, tres mesas rectangulares con sombrilla de cuatro sillas cada una, color verde con rayas, cuatro sillas color verde con dos mesitas, cinco sillas, tipo playeras de piscina color verde, una mesa rectangular con seis sillas de madera pino, tela color verde de rayas, dos mesas rectangulares con 4 sillas cada una de madera pino, tela de rayas color verde, cuatro mesas de hierro con sobre de mármol, cada una con tres sillas con cojines verde, cuatro sillas de mimbre color caoba, cuatro mesas pequeñas de hierro con sobre imitación granito, color naranja, seis sillas altas de bar de madera con tela color beige, un DVD marca Pioneer, modelo DV-270-S, serie DJTE245311CC, un DVD L.G, modelo DVK-9913N, serie 506SHPT010880. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con una base de un millón doscientos sesenta mil colones (¢1.260.000,00). De no apersonarse postores, para a cabo el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil dieciséis, con una base de cuatrocientos veinte mil colones (¢420.000,00). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso otros ord. sector privado de Bernadette Allemann y otro contra Inmobiliaria Hotel Casa Turire Sociedad Anónima. Expediente: 09-000015-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de enero del 2016.—Lic. Mario Rojas Soro, Juez.—( IN2016041809 ).

A las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando las citas al tomo 800 y asientos 109573, 178715, 153105, 152283 y 162713, y con la base de siete millones novecientos sesenta mil colones exactos (¢7.960.000,00), en el mejor postor remataré el vehículo placa EE-028757, marca Same, estilo Explorer 85DT, color rojo, tracción 4x4 del año 2009. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones novecientos setenta mil colones exactos (¢5.970.000.00, rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del dos de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos noventa mil colones exactos (¢1.990.000,00, un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario sector privado de Isidro Alcedes Valle contra Mundo Nuevo Sociedad de Responsabilidad Limitada.

casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle al notario Juan Antonio Madriz Arce en la dirección reportada en la Dirección Nacional de Notariado en San José, calle 27 y 29, avenida central N° 2773, en su defecto por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago, quienes podrán notificarle en la dirección reportada en el Registro Civil en Cartago Aguacaliente, Urbanización Palo Alto, casa 23, por otro lado se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, quienes podrán notificarle al notario Carlos Josué Morales Fallas, en la dirección reportada en la Dirección Nacional de Notariado en San José, avenida central, calles 27 y 29, oficina N° 2737, en su defecto por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, quienes podrán notificarle en la dirección reportada en el Registro Civil en San José, San Pedro de la Escuela Roosevelt 15 metros sur y 75 metros oeste. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Así mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: San Pedro, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma 5° piso. Debe tenerse en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado la podrá recibir cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o el mismo denunciado, y que si la notificación es en el lugar de trabajo, debe ser entregada únicamente al notario y nunca a otra persona, de conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Direccion Nacional de Notariado y Registro Civil. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste .Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza Tramitadora. APC.” y “Juzgado Notarial. A las nueve horas y cincuenta y siete minutos del cuatro de marzo de dos mil dieciséis. Siendo fallidos los intentos por notificarle al licenciado Carlos Morales Fallas, la resolución dictada a las nueve horas y veintidós minutos del seis de agosto de dos mil quince en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 6 y 6 vuelto), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 18), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son: La supuesta falta de inscripción de la escritura número 67, autorizada por dichos notarios en fecha seis de febrero del dos mil quince. Así como la existencia de gravámenes que pesan sobre el bien y una eventual falta de unidad del acto. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Carlos Morales Fallas, cédula de identidad 1-0866-0915. Notifíquese.

San José, 4 de marzo del 2016. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exento.—( IN2016040039 ).

Jueves 30 de junio del 2016Pág 8 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

el Atardecer, cédula de identidad 3-0312-0008 y falleció el 11 de febrero del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el número 16-000310-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000310-1023-LA, promovido por Kattia Bonilla Campos, cédula de identidad 0303250112.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 05 de abril del 2016.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039051 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roy Gerardo Gómez Gómez, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, con último domicilio en Cartago, Tierra Blanca, 300 metros norte y 50 metros oeste de la iglesia católica, cédula de identidad 3-423-691 y falleció el 17 de marzo de 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación De Prestación Sector Privado bajo el Número 16-000337-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000337-1023-LA, promovido Sailyn Montenegro Bustos, cédula de identidad 0113490255.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 13 de abril del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039052 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Quenett Brenes Brenes, quien fue mayor, casado, Inspector de Tránsito, con último domicilio en Cartago, Caballo Blanco, con cédula de identidad 9-0012-0918 y falleció el 05 de octubre de 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones tramitada bajo el expediente número 16-000409-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 16 de mayo del 2016. Expediente N° 16-000409-1023-LA promovido por María de los Ángeles Granados Quirós, cédula de identidad número 3-0226-0814.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039053 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Daniela Barrantes Sánchez, quien fue mayor, divorciada, vecina de Tres Ríos, portadora de la cédula de identidad 1-1052-372, se les hace saber que: Marlene Sánchez Garita, cédula de identidad 3-190-356 y Jorge Enrique Barrantes Sánchez, cédula de identidad 1-888-991, ambos de domicilio Tres Ríos, se apersonaron en este Despacho en calidades de madre y hermano de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de Prestaciones de la Trabajadora fallecida Daniela Barrantes Sánchez. Expediente número 16-000428-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 09 de junio del 2016.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039054 ).

Con el término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes del fallecido “Sergio Loría Quirós” quien fue mayor, divorciado, costarricense, con cédula de identidad N° 2-0176-0679, vecino de Alajuela, cercanías del estadio y del instituto, al lado de pinturas sur, casa color blanco, para que se apersonen en Diligencias de Devolución de Ahorros de Trabajador, Fondo de Capitalización Laboral del fallecido, “Sergio Loría Quirós”, promovidas por Fidelia Ramírez Gutiérrez, bajo apercibimiento de que si así no lo

Exp. N° 11-000183-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 14 de junio del 2016.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—Exonerado.—( IN2016041810 ).

CausahabientesSe cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador

José Álvaro Rojas Gómez, quien fue mayor de edad, divorciado, costarricense, nativo de Lepanto Central Puntarenas, que nació el día once de octubre de mil novecientos setenta y uno, vecino de Guararí de Heredia, Urbanización Árbol de plata, portó la cédula de identidad número seis-cero doscientos cuarenta y uno-cero seiscientos veintitrés (6-0241-0623), persona con liquidación de prestaciones laborales, que se encuentran en la empresa Bimbo de Costa Rica Sociedad Anónima, y falleció el dieciséis de enero del dos mil dieciséis, para que comparezcan ante este Despacho, dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hiciere, los dineros que se depositaren, pasarán a quien legalmente corresponda. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-300006-0435-LA-9. Diligencias de devolución de trabajador fallecido José Álvaro Rojas Gómez, promovido por María del Carmen Rojas Gómez, para ser publicado una sola vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 16 de febrero del 2016.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN20160 39032 ).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 16-300012-240-LA (12-2016), que es Reclamo de Devolución de Fondo de Capitalización del trabajador Fallecido: Jéssica de los Ángeles Solís Morales, quien en vida fue mayor, de 25 años de edad, soltera, cajera, vecina de Ciudad Colón, costarricense, cuya cédula de identidad fue la número 1-1407-0889; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Alice Solís Morales en su condición de madre y en representación de la menor Valeria de los Ángeles Jiménez Solís.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Mora, San José, 15 de marzo del 2016.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039033 ).

Se cita y emplaza a los causahabientes de quien fue en vida Enrique Chinchilla Acuña, quien fue mayor, casado, cédula 1-364-193, quien falleció el 21/01/2016, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp.: 16-300017-0250-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 10 de junio del 2016.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039035 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Doris Calderón Arguedas, cédula de identidad 1-679-732, quien fue mayor, soltera, operaria industrial, con último domicilio en Cartago, Tejar del Guarco, 700 metros al este de la Basílica de Tejar y falleció el 23 de enero de 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación del Pago Prestaciones Sector Privado bajo el número 16-000300-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000300-1023-LA, promovido por William Miguel Calderón Arguedas, cédula de identidad 1-0610-0110.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 13 de junio del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039050 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Gabriel Antonio Jiménez Quesada, quien fue mayor, casado, pistero, con último domicilio en Cartago, San Nicolás, Urbanización

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 9

Jafet Quiñones Solís respectivamente, ambos menores hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Mauricio Quiñones Castellón. Expediente número 16-000184-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 3 de mayo del 2016.—Licda. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza Coordinadora.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039424 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó William Aguilar Mora, quien fue mayor, vecino de Taras de Cartago, con cédula de identidad número 0302910032, se les hace saber que Antonieta Mora Loría; con cédula de identidad 0301760515, en calidad de madre del fallecido, Erika Méndez Rodríguez con cédula de identidad 0108570737, en calidad de madre en el ejercicio de la patria potestad de los menores Marlin de Jesús Aguilar Méndez y Génesis Aguilar Méndez, hijos de fallecido y Marlen Yesenia Calderón Rodríguez con cédula de identidad 0303330511, en calidad de madre en el ejercicio de la patria potestad de los menores Breytan Steven Aguilar Calderón y Dariana Priscilla Aguilar Calderón, hijos de fallecido se apersonaron en este Despacho, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus Derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 16-000298-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 18 de mayo del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016039427 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Antonio Aguilar Sánchez, quien fue mayor, vecino de Ipís de Guadalupe, Zetillal, con cédula de identidad número 1-0639-0079, se les hace saber que Flor De María Sánchez Astúa, cédula de identidad número 1-0246-0711 y Jeannette Aguilar Sánchez, cédula de identidad número 1-0443-0129, vecinas de Ipís de Guadalupe, Zetillal, se apersonaron en este Despacho en calidad de madre y hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Antonio Aguilar Sánchez. Expediente N° 16-000414-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de mayo del 2016.—Licda. Silvia Elena Vagas Soto, Jueza.—1 vez.—( IN2016039428 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Ángel Guevara Espinoza, quien fue mayor, casado, domicilio El Carmen de Guadalupe, cédula de identidad número 5-0289-0177, se les hace saber que Francisca Elena Ramírez Ordoñez, cédula de identidad número 8-0080-0555, domicilio El Carmen de Guadalupe, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a

hicieren las sumas que ingresen por este concepto, será entregados a quien derecho tenga de ellos. Expediente 16-300025-0399-LA-1.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 24 de mayo del 2016.—Lic. Ricardo Medina Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039409 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Armando de Jesús Solís Figueroa, quien fue mayor, viudo, domicilio Curridabat, cédula de residencia número 155804562706, se les hace saber que: Jean Carlo Solís Ponce, cédula de identidad de identidad número 1-1566-0666, domicilio Curridabat, se apersonó en este Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 16-000128-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039420 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Lilliana María Vizcaíno Sánchez, quien fue mayor, vecina de Guadalupe, Goicoechea, con cédula de identidad número 1-1472- 0900, quien falleció el día cinco de enero del dos mil dieciséis, se les hace saber que Lógica Digital de Oriente S. A., se apersonó en este despacho en calidad de patrono de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Lilliana María Vizcaíno Sánchez. Expediente número 16-000139-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 18 de mayo del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039422 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Jimmy Artavia Herrera, cédula de identidad 1-0831-0613, quien fue mayor, casado, vecino de Coronado, cédula de identidad número, se les hace saber que: Adela Díaz Moraga, cédula de identidad o documento de identidad número 1-0831-0613, vecina de Coronado, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de los menores Carlomagno y Mauricio Antonio ambos de apellidos Artavia Díaz; hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido. Expediente número 16-000157-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 04 de mayo del 2016.—M.Sc. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039423 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Mauricio Quiñones Castellón, quien fue mayor, soltero, domicilio San Sebastián, cédula de identidad número 01-0741-0625, se les hace saber que María de los Ángeles Robles Ramírez, cédula de identidad número 04-0169-0519 y Dunia Margarita Solís Montoya, cédula de identidad de identidad número 01-0904-0085, se apersonaron en este despacho en calidad de madre en el ejercicio de la patria potestad de los menores Sahyd Alberto Quiñones Robles y Steven

Jueves 30 de junio del 2016Pág 10 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

domiciliada en Las Delicias de Aguas Zarcas; 150 metros al norte, de la escuela, se apersonó en este Despacho, en calidad de madre de los hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 16-000088-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 26 de mayo del 2016.—Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016039441 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, Jinnette Muñoz Aragón, quien fue mayor, soltera, domicilio Ipís de Guadalupe, cédula de identidad número 1-0651-0193, se les hace saber que: Eliécer Flores Segura, cédula de identidad o documento de identidad número 6-0228-0148, domicilio Ipís de Guadalupe, se apersonó en este Despacho en calidad de compañero sentimental y padre en el ejercicio de la patria potestad de las menores Dorothy Flores Muñoz y Rebeca Flores Muñoz de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jinnette Muñoz Aragón. Expediente número 16-000114-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039445 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Didier Irias Solórzano, quien fue mayor, divorciado, cédula de identidad número 6-0275-0370, fallecido el 3 de julio del 2015, se les hace saber que: Transportes H Y H S. A., se apersonó en este despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el boletín judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 15-001561-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 10 de marzo del 2016.—Licda. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016039465 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, Maureen Ramírez Tapia, quien fue mayor, divorciada, domicilio Moravia, cédula de identidad número 1-0748-0762, fallecida el 06 de octubre del año 2015, se les hace saber que: José Alfonso Ramírez Bonilla, cédula de identidad o documento de identidad número 3-0180-0908, domicilio Moravia, se apersonó en este Despacho en calidad de padre de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Maureen Ramírez Tapia. Expediente número 15-001595-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de abril del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039466 ).

hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 16-000007-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 4 de febrero del 2016.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Juez.—1 vez.—( IN2016039436 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Rodrigo Alberto Chavarría Sánchez, quien fue mayor, casado, domicilio Alajuelita, cédula de identidad número 1-0762-0987, se les hace saber que Ronald James Dennison Dennison, cédula de identidad o documento de identidad número 1-0380-0757, domicilio paso ancho, se apersonó en este Despacho, en calidad de representante de la Empresa Rojade S. A., quien fue patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rodrigo Alberto Chavarría Sánchez. Expediente número 16-000019-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 4 de febrero del 2016.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016039437 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Javier Villalón Ruiz, quien fue mayor, divorciado, domicilio Limón, cédula de identidad número 1-0669-0219, se les hace saber que Flor De María Ruiz Fernández, portadora de la cédula de identidad N° 1-0269-0718, mayor de edad, casada, ama de casa, vecina de San José y Eduardo Villalón González, mayor de edad, casado, con cédula de identidad 1-0212-0268, vecino de San José, se apersonaron en este Despacho en calidad de padres del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Javier Villalón Ruiz. Expediente N° 16-000022-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—( IN2016039438 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, quien fue Ronal Solís Arrieta, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia; 200 metros al norte, del salón comunal, cédula de identidad número 0207600631, se les hace saber que: Aurelio Solís Rodríguez, cédula de identidad o documento de identidad número 0204770595, domicilio La Tabla de Río Cuarto de Grecia; 800 metros al norte, del salón comunal, se apersonó en este Despacho, en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 16-000039-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 23 de febrero del 2016.—Lic. Helio José Campos López, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039440 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, Adrián Arias Rodríguez, domicilio Pital de San Carlos, cédula de identidad número 06-0332-0889, se les hace saber que Karol Viviana Carrillo Campos, documento de identidad número 06-0332-0889,

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 11

fallecido Eduardo Martín Bruno Cerdas. Expediente N° 15-001686-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Primera), 27 de enero del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016039470 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó María Eugenia Leiva Acuña, quien fue mayor, soltera, domicilio Curridabat, cédula de identidad número 1-0802-0158, se les hace saber que: Rebeca Eugenia Leiva Acuña, cédula de identidad o documento de identidad número 1-0951-0125, domicilio San Francisco de Dos Ríos, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido María Eugenia Leiva Acuña, expediente número 15-001726-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de enero del 2016.—Licda. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039471 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco de La Trinidad Monestel Jiménez, mayor, cédula N° 0203470247, casado, chofer, vecino de Grecia, quien falleció el veintiséis de febrero del dos mil dieciséis, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el N° 16-000117-1118-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000117-1118-LA. José Francisco de La Trinidad Monestel Jiménez a favor de María Isabel Araya Espinoza.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Laboral), 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Francisco Salguero Serrano, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039885 ).

Se emplaza a todos los causahabientes de Ramón Enrique Barrientos Cerdas, quien en vida fue mayor, soltero, costarricense, domiciliado en Limón, y titular de la cédula de identidad N° 7-0226-0974, y habría fallecido el 9 de marzo de 2016, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, en reclamo de sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85, del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de reclamo de extremos laborales del fallecido Ramón Enrique Barrientos Cerdas, promovidas por Dunia Cerdas Durán y Enrique Ramón Barrientos Arias. Expediente judicial N° 16-000121-1025-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 17 de mayo del 2016.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039886 ).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Christian Alberto Delgado Araya, mayor, soltero, agente de ventas, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0135-0323 y fallecido el 31 de enero del 2016, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Christian Alberto Delgado Araya, interpuestas por Eugenia Vanessa Morales. Exp. N° 16-000173-1025-LA-E.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Limón, 9 de junio del 2016.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039887 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Roy Francisco Acuña Prado, quien fue mayor de edad, casado, vecino de Curridabat, cédula de identidad número 1-0418-0101, fallecido el 18 de octubre del 2015, se les hace saber que: Maribel Jiménez Pasquier, cédula de identidad o documento de identidad 9-0057-0282, domicilio Curridabat, se apersonó en este Despacho, en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el boletín judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Roy Francisco Acuña Prado. Expediente número 15-001610-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2016.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016039467 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Pablo Vindas Pérez, quien fue mayor, vecino de Concepción Debajo de Alajuelita, con cédula de identidad número 1-1237-0871 y falleció el 19/06/2015, se les hace saber que Servicio Terrestre Aéreo y Rampa S. A., se apersonó en este despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Pablo Vindas Pérez. Expediente N° 15-001656-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de mayo del 2016.—Licda, Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—( IN2016039468 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Manuel Gerardo González Carranza, quien fue mayor, divorciado, domicilio San José, cédula de identidad número 6-0115-0080, se les hace saber que: Marseneth Jiménez Sierra, cédula de identidad número 1-0589-0084, domicilio San José, se apersonó en este Despacho, en calidad de madre en el ejercicio de la patria potestad de la menor Mariel Josette González Jiménez, hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 15-001667-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 27 de enero del 2016.—Lic. Sammy Moncada Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039469 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Eduardo Martín Bruno Cerdas, quien fue mayor, domicilio Pavas, cédula de identidad N° 1-0500-0641, se les hace saber que Mario Alberto de los Ángeles Bruno Cerdas, cédula de identidad número 1-0657-0858, domicilio Pavas, se apersonó en este despacho en calidad de hermano del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador

Jueves 30 de junio del 2016Pág 12 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

de derechos. Exp. N° 16-300026-0319-LA-8. Promovido por Ana Victoria Méndez Rojas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares, 11 de mayo del 2016.—Licda. Ivannia Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(I N2016039896 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Lidier Campos Segura, quien fue empleado del ICE, portaba la cédula de identidad número cinco-cero doscientos cincuenta y tres-cero ochocientos ochenta (5-0253-0880), tenía cuarenta y seis años de edad, fue vecino de Tronadora de Tilarán, Guanacaste, era soltero, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 16-300057-0927-LA (65-4-2016)-A, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de Lidier Campos Segura, promovida por Flory Segura González.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, Cañas, 24 de mayo del 2016.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039897 ).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Ziannette Adriana Brenes Arguedas, quien fuera mayor, casada, costarricense, comerciante, vecina de Desamparados, San Rafael Abajo, de McDonald, 100 sur, 300 oeste, casa esquinera, N° 33, cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y cinco-cero cincuenta y seis, quien falleció el dieciocho de agosto del dos mil quince, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo De Capitalización Laboral, expediente N° 16-300119-0237-LA (124-4-14), gestionada por: Margarita Euice Arguedas Fonseca conocida como Maggy Arguedas Fonseca contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital S. A, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 26 de mayo del 2016.—MSC. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039898 ).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Walter Mora Chaves, quien fuera mayor, casado, cédula número tres-doscientos tres-setecientos cincuenta y uno, vecino de Desamparados, Dos Cercas, alameda 9, casa número 297, quien falleció el treinta de enero del dos mil dieciséis, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral del fallecido Walter Mora Chaves. Expediente Nº 16-300120-0237-LA (125-1-16). Gestiona: María Eugenia Bejarano Solano, contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de mayo del 2016.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039899 ).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones del trabajador fallecido Didier Murillo Rojas, quién fue mayor, costarricense, con cédula de identidad N° 6-317-117 y vecino de Aranjuez, Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-300245-1024-LA (3).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de junio del 2016.—Lic. Allan Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039900 ).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Alberto de la Trinidad Granados Sáenz, mayor, divorciado, electricista, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad Nº 3-0256-0282 y fallecido el 06 de mayo del 2016, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo . Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Alberto de la Trinidad Granados Sáenz, interpuestas por Melisa Granados Rivas. Expediente Nº 16-000197-1025-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 08 de junio del 2016.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039888 ).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Alainyireisi Pablo Montoya Narváez, mayor, soltero, jefe de cobro de la Municipalidad de Limón, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0207-0355 y fallecido el 10 de mayo del 2016, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Alainyireisi Pablo Montoya Narváez, interpuestas por Francisca Eva Narváez Cascante. Exp. N° 16-000212-1025-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 8 de junio del 2016.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039893 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Antonio Zamora Calvo, quien fue mayor, casado, vecino de Heredia, cédula Nº 9-059-691 y falleció el 09 de abril del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº 16-000630-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000630-1021-LA. Por Elieth María Barquero Cascante a favor de Sergio Antonio Zamora Calvo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 15 de junio del 2016.—Msc. Elena Alfaro Ulate, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039894 ).

Con el término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes del fallecido Carlos Giovanni Duartes Álvarez, quien fue mayor, soltero, costarricense, con cédula de identidad N° 5-0286-0562, vecino de Bagaces, Ciudadela 5 de Junio, casa N° 78, color amarilla, para que se apersonen en diligencias de devolución de ahorros de trabajador, fondo de capitalización laboral del fallecido, Carlos Giovanni Duartes Álvarez, promovidas por Santana Pastora Álvarez Duartes, bajo apercibimiento, de que si así no, lo hicieren las sumas que ingresen por este concepto, será entregados a quien derecho tenga de ellos. Expediente N° 16-300005-0399-LA-4.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 08 de febrero del 2016.—Lic. Ricardo Medina Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039895 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Méndez Rojas, quien fue mayor, estado civil soltero, profesión peón, vecino de Palmares, La Granja, con cédula de identidad N° 900650094, y falleció el 30 de diciembre del 2008 , se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones N° 16-300026-0319-LA-8, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 13

trescientos ochenta metros con cero decímetros. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiocho millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Escuela de Gourment Arcam S. A., Guillermo Argüello Rodríguez. Expediente: 15-031765-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2016.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2016041814 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley de aguas y ley de caminos públicos citas 574-91390-01-0004- 001; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil noventa y uno-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Honorio Rojas Alfaro; al sur, Iván Villanueva Servidumbre agrícola de por medio de 9 mts ancho y 147.09 mts frente; al este, carreteara interamericana frente 21.23 metros lineales y al oeste, Yorleny Solís Pomares y Jenny Achio Soto. Mide: mil cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. Plano: P-1671819-2013. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis, con la base de trece millones ochocientos cuarenta y tres mil trescientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones seiscientos catorce mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Guesey Achio Alvarado. Exp: 13-000352-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 05 de mayo del año 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016041849 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones ochocientos setenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 903614 . Marca Toyota, estilo Fortuner SRV, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2012, color plateado, Vin MR0YZ59G301111272, cilindrada 2982 cc, combustible diesel, motor Nº 1KD5432552, marca Toyota. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de catorce millones ciento cincuenta y siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones setecientos diecinueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Samuel Cordero Rodríguez. Exp.: 15-005543-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 13 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN201641869 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

Primer remate: A las nueve horas del primero de agosto de dos mil dieciséis, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Cartago, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 367-07613-01- 0801-001; y con la base de ciento cincuenta mil dólares, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Cartago, número ciento dieciséis mil seiscientos treinta y dos - cero cero cero (116632-000). El cual es terreno de montaña con café, ubicado en distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Sus linderos son: norte: Río Grande de Orosi y otro; al sur: camino público, Río Blanco y otros; este: calle pública; oeste: Río Grande de Orosi. Mide: setenta y tres mil ciento setenta y cinco metros con trece decímetros cuadrados. Pertenece a la Sociedad Valle Caliente S. A. segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, con la base de ciento doce mil quinientos mil dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del siete de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 16-000008-0699-AG, de Cafetalera Internacional Cafinter Sociedad Anónima contra Valle Caliente Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario de Cartago, 02 de junio del 2016.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—( IN2016041811 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de traslado citas: 0350-00015604-01-0944-001; a las quince horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y nueve millones trescientos treinta mil ciento sesenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00325195-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 10-B; al sur, lote 12-B; al este, avenida marginal y al oeste, lotes 19-B y 18-B. Mide: ciento diecisiete metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de veintinueve millones cuatrocientos noventa y siete mil seiscientos veintiséis colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de nueve millones ochocientos treinta y dos mil quinientos cuarenta y dos colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Orlando de Jesús Cubero Blanco. Exp. N° 16-013393-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2016.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2016041813 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación, tomo 2009, asiento 238219; a las diez horas y treinta minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis y con la base de treinta y siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 160603-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte Guillermo Argüello González y Arabela Gamboa Medina; al sur calle pública Santa Rosa de Moravia con 14.36 mts; al este calle pública con 26.95 mts y al oeste Melva Porras y parte Manuel Sanabria. Mide:

Jueves 30 de junio del 2016Pág 14 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos dos colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Ricardo Adolfo Sanabria Ramírez contra Miguel Alfonso Sanabria Ramírez. Exp: 11-000417-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de mayo del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Jueza.—( IN2016041874 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés millones novecientos catorce mil novecientos sesenta colones con veinticuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque A lote 6 con una casa. Situada: en el distrito 05 Agua Caliente (San Francisco), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, lote 5 A; al sur, lote 7 A; al este, calle pública, y al oeste, Raúl Cerdas Abarca. Mide: Doscientos cuarenta y un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones novecientos treinta y seis mil doscientos veinte colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones novecientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Amelia Maricel Mora Gamboa contra German Guerrero Esquivel. Expediente Nº 15-013161-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de junio del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016041882 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 350-13695-01-0902-001, a las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cinco millones quinientos cuatro mil trescientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil novecientos cuarenta y cinco (143945-000), la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas. Situada: En el distrito 02-Granadilla, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Jorge Ramírez Coto; al sur, Claudio Solís Maroto; al este, Mario Rafaela Cordero Díaz, y al oeste, calle pública con 8 m 36 cm de frente. Mide: Ciento cincuenta y seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintiséis millones seiscientos veintiocho mil doscientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones ochocientos setenta y seis mil ochenta y cinco colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos(2:00pm) del veintisiete de julio de dos mil dieciséis y con la base de veinticinco mil seiscientos noventa y seis dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: CL 279515, marca: JMC, estilo: S350, categoria: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: LEFEDDE18EHP00488, año: 2014, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, color: blanco, chasis: LEFEDDE18EHP00488, vin: LEFEDDE18EHP00488, cabina: sencilla, N. motor: JX4D24A4LD7P16938. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos(2:00pm) del doce de agosto de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil doscientos setenta y dos dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos(2:00pm) del treinta de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis mil cuatrocientos veinticuatro dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Nidia María Mora Sandi. Exp: 16-001843-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016041871 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones setecientos cincuenta mil seiscientos treinta y tres colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote ya segregado de finca madre; al sur, finca madre de Miguel Ángel Rodríguez Morera; al este, servidumbre de paso con un frente de 23,05 decímetros y al oeste, Cinthia María Jiménez Varela. Mide: Mil cincuenta y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ochocientos doce mil novecientos setenta y cinco colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de un millón novecientos treinta y siete mil seiscientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopesanramón RL contra María Alejandra Amores Cubero. Exp.:16-000190-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 30 de mayo del 2016.—Licda. Paola Rodríguez Godínez, Jueza.—( IN2016041872 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria 11-000207-0640-CI, inscrita al tomo 800 asiento 69247;; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de once millones ciento setenta mil ochocientos nueve colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 33551-011 la cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada en el distrito 02 Cot cantón 07 Oreamuno, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte, Gregorio y Mardoqueo Pérez; al sur, Jacobo Sojo Ramírez; al este, Juan Quesada y al oeste, calle medio Rodolfo Méndez 12m. Mide: cuatrocientos treinta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de ocho millones trescientos setenta y ocho mil ciento seis colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 15

y Bonos S. A. contra Luis Armando Román Sánchez. Expediente Nº 16-000815-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 23 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016041957 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas del doce de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 27441-000, la cual es terreno de solar con una casa y un local construido. Situada: en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ovidio Pérez Pérez; al sur, calle pública con 17 metros 61 centímetros; al este, Dora Luz Montero Parajeles, y al oeste, Dora Luz Montero Parajeles. Mide: seiscientos noventa y dos metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, y para la tercera subasta, se señalan las quince horas del catorce de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Lucrecia Alfaro Murillo contra José Alberto Murillo Salas. Expediente Nº 16-002463-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 09 de mayo del 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016041960 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del tres de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de un millón diecisiete mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Mot-279753, marca: Freedom, estilo: ZS 150 GY, año: 2009, color: negro, serie/chasis/vin: L2SJCKL0795001602, cilindrada: 150 C.C, combustible: gasolina. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de setecientos sesenta y tres mil trescientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Ángel Rosales Avilés. Expediente Nº 13-008262-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2016.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2016041964 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho y quince horas del tres de agosto del dos mil dieciséis y con la base de dos millones setenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 313993, marca: Toyota, estilo: Four Runner, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas, año: 1999, carrocería: Station Wagon o familiar, color: Blanco, tracción: 4x4, uso: Particular, cilindrada: 3378 c.c., cilindros: 06, combustible: Gasolina, chasis: VNZ1850197160. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas con quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas con quince minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de quinientos dieciocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Karla Marcela Zúñiga Alvarado. Expediente Nº 12-024182-1170-CJ.—

de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Eliécer Vargas Chavarría, José Eliecer Vargas Hill. Expediente Nº 15-006452-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016041910 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohib. limit., reservas y restricciones, a las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 43125-001 y 002, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: En el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, lote 14; al sur, lote 12; al este, calle pública con 20 m, y al oeste, Ester Vega Ramírez. Mide: Setecientos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Fanny Jiménez Solís, Harold Francisco Jiménez Rodríguez. Expediente Nº 16-000885-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 23 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016041951 ).

En la puerta exterior de este Despacho, ambas fincas libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las trece horas y quince minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, y con la base de cinco mil setecientos setenta y seis dólares con cincuenta centavos (correspondiente a cada una de las fincas a rematar), en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y ocho mil trescientos cero cero cero, la cual es terreno lote cuatro terreno para uso agrícola. Situada: En el distrito 06 Alegría, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, Manuel Madrigal Flores y Jorge Dandi Ulloa; al sur, servidumbre agrícola; al este, lote cinco, y al oeste, Propiedades y Bonos S. A. Mide: Cinco mil sesenta y siete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y ocho mil trescientos tres-cero cero cero, la cual es terreno lote cinco terreno para uso agrícola. Situada: En el distrito 06 Alegría, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, Jorge Ulloa Dondi; al sur, servidumbre agrícola; al este, Propiedades y Bonos S. A., y al oeste, lote cuatro de Luis Roma Sánchez. Mide: cinco mil noventa y un metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y quince minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil trescientos treinta y dos dólares con treinta y ocho céntimos (correspondiente a cada una de las fincas a rematar) (rebajadas en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y quince minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con trece centavos (correspondiente a cada una de las fincas a rematar) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades

Jueves 30 de junio del 2016Pág 16 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón doscientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número MOT-trescientos noventa mil novecientos ochenta y nueve, marca Yamaha, estilo XTZ125E, categoría motocicleta, capacidad dos personas, año dos mil catorce, color negro, cilindrada ciento veinticinco c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de novecientos cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis con la base de trescientos quince mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johnny Manuel Gómez Medina. Exp. N° 15-006243-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de mayo del 2016.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2016041969 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis y con la base de treinta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa y siete mil novecientos setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno con café con una bodega. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste Ricardo Rodríguez Arroyo; al noroeste Miguel Ángel Aguilar y calle pública; al sureste Teresa Rodríguez Cascante y al suroeste Olga Ramírez, Rosa Villalobos, Mauricio Valverde, María Chavarría, Rogoberto González, Esperanza Soto. Mide: diez mil ciento veintitrés metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Distribuidora de Productos Químicos Natura S. A. Expediente: 16-000155-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Cobro), 25 de mayo del 2016.—Licda. Paola Rodríguez Godínez, Jueza.—( IN2016041972 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 307-17914-01-0901- 011; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de noventa y nueve mil cuatrocientos veintitrés dólares con un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y dos mil seiscientos dieciocho cero cero cero la cual es terreno de bosques y potrero. Situada en el distrito 4 Ángeles, cantón 5 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 41; al sur lote 43; al este lote 43 y al oeste, calle con 24M 31cm. Mide: dos mil trescientos trece metros con veintinueve decímetros cuadrados plano H 0039096-1977. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setenta y cuatro mil quinientos sesenta y siete dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis con la base de veinticuatro mil ochocientos cincuenta y

Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de marzo del 2016.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2016041965 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de un millón setecientos catorce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 572774, Nisan Sentra, automóvil, cinco puertas, motor número ga16913356, tracciones 4x2, serie 1N4EB32A2NC820325. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos ochenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos veintiocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Doris Patricia Sanabria Villarreal. Exp. N° 09-010465-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2016.—Msc. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2016041966 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de un millón seiscientos noventa y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número MOT-398835. Marca Yamaha. Estilo FZ16. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2014. Color rojo. Vin ME1KG044XE2071298. Cilindrada 160 CC. Combustible gasolina. Motor Nº 1ES3036552. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Christopher Alberto Rojas Cortes Exp: 15-041666-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016041967 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión según boleta 2014245300284 sumaria 14-007187-0489-TR del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón trescientos setenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT 397632, marca Keeway, estilo TX200SM, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2014, color anaranjado, cilindrada 200 cc, combustible gasolina, motor KW164FML3212238. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, con la base de un millón treinta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis con la base de trescientos cuarenta y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Manuel Alejandro Marenco Chupin. Exp.:15-009971-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del 2016.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2016041968).

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 17

cinco dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Con la base de ciento un mil trescientos treinta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 307-17914-01-0903-011: sáquese a remate el bien dado en garantía sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y dos mil seiscientos veinte cero cero cero la cual es terreno de bosques y potrero. Situada en el distrito 04 Ángeles cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 42; al sur, lote 44; al este, lote 44 y al oeste, calle con 27 m 35cm. Mide: dos mil trescientos dieciocho metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados plano H 0039097-1977. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setenta y seis mil un dólar con veinticuatro centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de veinticinco MIL trescientos treinta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un 25% de la base original) Con la base de setenta mil setecientos cuarenta y tres dólares con veintinueve centavos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 330-12778-01-0966-001; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y ocho mil ochocientos ochenta y cinco cero cero cero la cual es terreno bosques potreros lote 41 C. Situada en el distrito 4 Ángeles cantón 5 San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote E 41 B; al sur, lote E 42; al este, lote E 41 D y al oeste, calle pública. Mide: mil trescientos ochenta y dos metros con treinta y tres decímetros cuadrados plano H 0478818-1982- Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y tres mil cincuenta y siete dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de diecisiete mil seiscientos ochenta y cinco dólares con ochenta y dos centavos (un 25% de la base original). Con la base de setenta y ocho mil trescientos noventa y un dólares con veintitrés centavos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 330-12778-01-0968-001; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de propiedad, bajo el Sistema de folio real, matrícula número noventa y ocho mil ochocientos ochenta y cinco cero cero cero la cual es terreno bosques potreros lote E 41 O. Situada en el distrito 4 Ángeles cantón 5 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Inmobiliaria del Monte S. A.; al sur, lote E 42; al este Inmobiliaria del Monte S. A. Y al oeste, en parte lotes E 41 A E 41 B E 41 C. Mide: mil quinientos noventa metros con tres decímetros cuadrados plano H 0478817-1982. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y ocho mil setecientos noventa y tres dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil quinientos noventa y siete dólares con ochenta y un centavos (un 25% de la base original) Con la base de ciento veintiocho mil ciento dos dólares con setenta y tres centavos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y tres mil quinientos cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con 1 casa.

Situada en el distrito 6 San Francisco de dos Ríos cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Álvaro Soto Villalta; al sur, Gilberto Soto Villalta; al este Graciela Delgado y otro y al oeste calle pública con 15.00. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados plano SJ 0009037-1969. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de noventa y seis mil setenta y siete dólares con cinco centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y dos mil veinticinco dólares con sesenta y ocho centavos (un 25% de la base original). nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S. A. contra Adieu S. A. Exp: 14-015197-1170-CJ Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. 13 de junio del año 2016. Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016041973 ).

A las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho; libres de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de diez millones doscientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y cuatro colones con setenta y ocho céntimos la finca del partido de Alajuela, matrícula número 272.945- 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Douglas Gerardo Bolaños Vargas; sur, Octavio Miranda Chaves; este, Octavio Miranda Chaves; oeste, calle pública con un frente a ella de diez metros. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0593831-1985. 2) Con la base de cuatro millones trece mil novecientos sesenta y tres colones con cuarenta y seis céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 273024-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Douglas Bolaños Vargas; sur, Douglas Bolaños Vargas; este, Octavio Miranda Chaves; oeste, calle pública con un frente 10 metros lineales. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0593830-1985. 3) Con la base de doce millones cuatrocientos sesenta y seis mil trescientos veintiún colones con ochenta y nueve céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 273.025-001-002-003, la cual es terreno con un negocio comercial y un galerón. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Douglas Bolaños Vargas; sur, Douglas Bolaños Vargas; este, Ocyavio Miranda Chavez; oeste, calle pública con un frente de 10 metros. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0593829-1985. 4) Con la base de cuatro millones trece mil novecientos sesenta y tres colones con cuarenta y seis céntimos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 273.026-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Octavio Miranda Chaves; sur, Douglas Bolaños Vargas; este, Octavio Miranda Chaves; oeste, calle pública con 10 metros. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0593828-1985. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de siete millones setecientos veinticuatro mil novecientos setenta y tres colones con cincuenta y nueve céntimos por la finca número 272.945-000; con la base de tres millones diez mil cuatrocientos setenta y dos colones con sesenta céntimos por la finca número 273.024-000; con la base nueve millones trescientos cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta y un colones con cuarenta y dos céntimos por la finca número 273.025-001-002-003; con la base de tres millones diez mil cuatrocientos setenta y dos colones con sesenta céntimos por la finca número 273.026-000. para el

Jueves 30 de junio del 2016Pág 18 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos setenta y cuatro mil novecientos noventa y un colones con veinte céntimos por la finca número 272.945-000; con la base de un millón tres mil cuatrocientos noventa colones con ochenta y siete céntimos por la finca número 273.024-000; con la base tres millones ciento dieciséis mil quinientos ochenta colones con cuarenta y siete céntimos por la finca número 273.025-001-002-003; con la base de un millón tres mil cuatrocientos noventa colones con ochenta y siete céntimos por la finca número 273.026-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anabelle Solís Ramírez, Boca de Naranjo Sociedad Anónima, Douglas Gerardo Bolaños Vargas. Exp. N° 16- 000237-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 31 de mayo del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016041993 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones con citas 0408-2132-01-0954-001 y 0408-2132-01-0955-001; a las diez horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil setecientos dos-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito San José, cantón San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: Al norte, Análisis e Inversiones Sociedad Anónima; al sur, calle pública; al este, Manfred Huebner Hernández y al oeste, María Elena Zamora López. Mide: Siete mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y un mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis con la base de veinte mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Centroamericano de Integración Económica contra Eurotecnología de Guatemala Sociedad Anónima. Exp.: 13-005487-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 06 de mayo del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016041995 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de cincuenta y tres mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° CL-263530, marca Dodge, estilo RAM 2500, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2012, color vino, vin 3C6UD5FL2CG214547, cilindrada 6700 cc, combustible diésel, motor no indica. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de octubre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil trescientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Mario Humberto De La Trinidad Castillo Núñez. Expediente: 15-004537-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 14 de junio del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016041999 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando plazo de convalidación (Art.15 ley 7599) citas 0450-00000273-01-0003-001, prohibiciones artículo 16 ley 7599 citas 0450-00000273-01-0004-001; a las quince horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento tres mil ciento noventa y siete cero cero cero la cual es terreno para la vivienda, lote 90679 Proyecto de Titulación Coto Brus. Situada en el distrito 01-Buenos Aires, cantón 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eduardo Chavarría Mora; al sur, Ronald Camacho Núñez y Luis Villanueva Bermúdez; al este, Eladio Picado Cascante y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinticinco metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana María Murillo Salazar contra Eladio Picado Cascante. Exp. N° 16-000210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 2 de marzo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016042000 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, con las citas 0573-00089862-01-0005-001, limitaciones del artículo 292 Código Civil, con las citas 2016-00068291-01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticuatro mil doscientos treinta y nueve cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte Douglas Murillo Barrera; al sur Eval Zúñiga Vargas y Abel Delcit Beita; al este ICE y al oeste Eval Zuñiga Vargas y calle pública con 4 mts lineales. Mide: Cuatrocientos sesenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: P-0580721-1999 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Guadalupe Zúñiga Vargas y otra. Expediente: 16-001952-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 31 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016042003 ).

Se venderá al mejor postor en primera venta judicial a las ocho horas treinta minutos (ocho y media de la mañana) del primero de agosto de dos mil dieciséis, con una base de veintiún millones cuatrocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones (¢21.471.250), eventualmente en venta judicial a las ocho horas treinta minutos (ocho y media de la mañana) del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, con la misma base y en caso de ser necesario

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 19

Guanacaste. Colinda: Al norte Yadira Vásquez Achío; al sur María Lorenza Navarrete Angulo; al este calle pública y al oeste María Lorenza Navarrete Angulo. Mide: Ciento setenta y nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: G-0918979-1990. 2) Con la base de diez millones doscientos noventa y nueve mil setecientos cuarenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (¢10.299.749,89), finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiún mil novecientos dieciocho-cero cero cero (5-121918-000), la cual es terreno lote primero, terreno para construir y árboles frutales. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte Socorro Vivas Angulo y José Joaquín Ortiz; al sur Gerardo Mendoza Ruiz; al este calle pública, con 18.19 metros de frente y José Joaquín Ortiz y al oeste Albin Antonio Ortiz Navarrete y María Lorenza Navarrete Angulo. Mide: Mil ciento cincuenta y dos metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: G-0924540-1990. Para el de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base 1) Para la finca número 5-76567-000, la suma de dos millones seiscientos ochenta mil ciento cuatro colones con cuarenta y un céntimos (¢2.680.104,41) (rebajada en un 25%) y 2) Para la finca número 5-121918-000, la suma de siete millones setecientos veinticuatro mil ochocientos doce colones con cuarenta y dos céntimos (¢7.724.812,42) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de 1) Para la finca número 5-76567-000, la suma de ochocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y ocho colones con catorce céntimos (¢893.368,14) (un 25% de la base original) y 2) Para la finca número 5-121918-000, la suma de dos millones quinientos setenta y cuatro mil novecientos treinta y siete colones con cuarenta y siete céntimos (¢2.574.937,47) (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gladys Jiménez Vega. Expediente: 14-002996-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez.—( IN2016042036 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones trescientos trece mil setecientos sesenta y cuatro colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cinco mil trescientos ochenta cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 8-1, Proyecto Colonia Agrícola Astua Pirie. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Agustín Zúñiga; al sur, Rafael Badilla; al este, Agustín Zúñiga y al oeste, calle pública. Mide: quinientos ochenta y tres metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, con la base de catorce millones cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos veintitrés colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones ochocientos veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y un colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hilda María Gerarda Núñez Cruz. Exp.: 15-001600-1209-

en venta judicial a las ocho horas treinta minutos (ocho y media de la mañana) del treinta de agosto de dos mil dieciséis, con la misma base desde la puerta exterior de este Despacho Judicial, el siguiente bien inmueble: Del Partido de San José, matrícula de folio real 00078768-003 con naturaleza: Terreno con un casa, situada en distrito 04 San Rafael, cantón 03, Desamparados de la provincia de San José, cuyos linderos son: norte, Rafael Aguilar, sur, Luis Mata y otro; este, calle pública a Desamparados, oeste, Máximo Díaz, según informe pericial: visible a folio 351-355: en el proceso de Ejecución de Sentencia “el terreno es de forma rectangular, topografía plana, un área total de 120,15 metros cuadrados según el plano catastrado bajo el número SJ-889053-1990. El inmueble corresponde a un derecho a 1/4 en la finca indicada que se encuentra debidamente localizado físicamente de hecho según el plano catastrado supracitado” (p. 352), continua información registral: antecedentes debe de consultarse en el folio microfilmado de la provincia de San José número 00078768 y además proviene de 2153 204 017. Propietaria: María Teresa Villar Monge, documento de identidad 1-0251-0534, estado civil: soltero, estimación o precio: cuatro millones cuatrocientos ochenta y un mil colones, dueño de un cuarto en la finca, presentación 2012-00328179-01, causa adquisitiva compra, fecha de inscripción 29-10-2012. Anotaciones sobre la finca: No hay. Gravámenes o Afectaciones: No hay. Se hace saber a los postores que afectos de participar en la venta, podrán depositar en la cuenta 014003880637-0, del Banco de Costa Rica, el cincuenta por ciento (50%) de la base, deberán presentarse el día de la venta judicial con el comprobante bancario correspondiente. Si en el acto del remate, el(la) comprador(a) no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar, dentro del tercer día la diferencia del total de su oferta; de no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. Déjese sin efecto las publicaciones de este asunto enunciadas en el Boletín Judicial número 115 y 116 de fechas respectivamente quince de junio y dieciséis de junio del año en curso. Lo anterior por haber sido ordenado en el proceso de Ejecución de Sentencia, expediente número 01-400388-0637-FA, de Maribel Méndez Monge contra Rodoldo Morúa Villar, María Teresa Villar Monge, Marta Morúa Villar.—Juzgado de Familia de Desamparados, a las catorce horas quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.—Licda. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—( IN2016042022 ).

A las ocho horas del día veintitrés de agosto del dos mil dieciséis y en la puerta exterior de este Despacho, con la base de ciento cuarenta millones veinticuatro mil cuatrocientos tres colones con sesenta céntimos, ante el mejor postor se subastará libre de gravámenes y anotaciones la finca de Alajuela matrícula de folio real trescientos treinta y seis mil cuatrocientos catorce, derechos cero cero uno y cero cero dos, que es terreno de arboleda de frutales, situado en el distrito tercero, San José, del cantón también tercero, Grecia, de la provincia de Alajuela; que linda al norte, con calle pública con un frente de nueve metros y veintiocho decímetros y con la Asociación de Desarrollo de Calle Rodríguez; al sur, con Ovidio Alfaro Alfaro; al este, con Leonel Quesada Morera y José Fabio Quesada Morera, como al oeste, con Mario Jiménez Salas y Ovidio Alfaro Alfaro; que mide mil seiscientos diez metros con nueve decímetros cuadrados según plano catastral número A-cero tres ocho tres seis uno nueve-mil novecientos noventa y siete. Lo anterior al haberse así ordenado en el proceso de ejecución de sentencia instado por la señora María Eugenia Quesada Quesada en contra del señor Francisco Cruz Lizano, que se tramita bajo el expediente número 09-400186-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 10 de junio del 2016.—Mario Murillo Chaves, Juez.—Exento.—( IN2016042023 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré lo siguiente 1) Con la base de tres millones quinientos setenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y seis mil quinientos sesenta y siete-cero cero cero (5-76567-000), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo de la provincia de

Jueves 30 de junio del 2016Pág 20 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

área común libre y área común construida destinada a escalera principal; sur, Finca filial veinte; este, área común construida destinada a ductos y circulación, oeste, área común libre. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, valor porcentual: 1.859, valor medida: 0.01859, plano: no se indica. Con la base de:

I REMATE II REMATE(rebajada en un 25%)

III REMATE(un 25% de la base original)

¢98.250.892,09 ¢73.688.169,07 ¢24.562.723,02

2) Finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 77857-F-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 356-02096-01-0902-001. La cual es naturaleza: Finca filial número cincuenta ubicada en el primer subnivel destinada a bodega en proceso de construcción, situada en el distrito 3-Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, fincas filiales noventa y uno y cincuenta y uno y área común construida destinada a circulación; sur, finca filial cuarenta y nueve, este, área común construida destinada a circulación vehicular, oeste, finca filial cincuenta y uno. Mide: cinco metros con noventa decímetros cuadrados, valor porcentual: 0.074, Valor medida: 0.00074, Plano: No se indica. Con la base de:

I REMATE II REMATE(rebajada en un 25%)

III REMATE(un 25% de la base original)

¢740.000,00 ¢555.000,00 ¢185.000,00

3) Finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 77877-F-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Y Restricciones Citas: 356-02096-01-0902-001. La cual es Naturaleza: Finca filial número setenta ubicada en el primer subnivel destinada a parqueo en proceso de construcción situada en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial sesenta y nueve; sur, área común construida destinada a muro de retención planta de tratamiento; este, Finca filial sesenta y nueve y área común construida destinada a muro de retención, oeste, área común construida destinada a circulación vehicular planta de tratamiento, Mide: trece metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, Valor porcentual: 0.167, Valor medida: 0.00167, Plano: No se indica. Con la base de:

I REMATEII REMATE

(rebajada en un 25%)

III REMATE(un 25% de la base

original)¢2.250.240,00 ¢1.687.680,00 ¢562.560,00

Señalamientos: Para tal efecto se señalan para el Primer remate las nueve horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis. De no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial y Comercial Pacific Park contra Pacific Park Sardina R Diecinueve S. A. Exp.: 14-002402-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 06 de junio del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016042141 ).

A las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Con la base de dieciséis millones ciento cincuenta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 461.725-000, la cual es terreno lote 2 terreno para construir lote 75-2. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: bloque 75-1; sur: lote 75-2; este: 3101508718 S.

CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 11 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016042081 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las quince horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de diez millones cuatrocientos tres mil ochocientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y un mil novecientos ochenta y siete cero cero cero, la cual es terreno lote 7-288 con una casa en el construida. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Seguridad Rago S. A.; al sur calle pública con un frente de 7.50 mts de frente; al este Seguridad Rago S. A. y al oeste Seguridad Rago S. A. Mide: ciento sesenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de siete millones ochocientos dos mil ochocientos ochenta y seis colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos mil novecientos sesenta y dos colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Elsie De Los Ángeles Duarte Martínez. Expediente: 15-001104- 1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016042082 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil novecientos treinta y tres-cero cero cero la cual es terreno para construir marcado como lote 10-C, hoy día con una casa de habitación. Situada en el distrito tercero El Carmen, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, alameda; al sur, lote tres C; al este, Asociación para la Promoción de Proyecto Habitacional y de Desarrollo Social Productivo y al oeste, lote nueve C. Mide: Ciento nueve metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cuatro mil cincuenta y un dólares con dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de catorce mil seiscientos ochenta y tres dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Xenia María Rivera González. Exp. N° 16-000002-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 13 de junio del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016042134 ).

En la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 1) Finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 77826-F000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 356-02096-01-0902-001. La cual es naturaleza: Finca filial numero diecinueve ubicada en el tercer nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción situada en el distrito 3-Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 21

A.; oeste: calle pública. Mide: setecientos metros cuadrados. Plano: A-1385673-2009. 2) Con la base de ocho millones trescientos diecisiete mil setecientos cinco colones, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 466.793-000, la cual es terreno para construir lote 65-4. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: 3-101-508718 S. A.; sur: 3-101-508718 S. A.; este: calle pública; oeste: 3-101-508718 S. A. Mide: seiscientos ochenta metros cuadrados. Plano: A-1374688-2009. 3) Con la base de nueve millones doscientos treinta mil ochocientos nueve colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 466.794-000, la cual es terreno para construir lote 65-2. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: 3-101-508718 S. A.; sur: 3-101-508718 S. A.; este: calle pública; oeste: 3-101-508718 S. A. Mide: ochocientos nueve metros cuadrados. Plano: A-1375014-2009. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de doce millones ciento trece mil seiscientos trece colones con sesenta céntimos (rebajada en un 25%) para la finca número 461.725-000; con la base de seis millones doscientos treinta y ocho mil doscientos setenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos para la finca número 466.793-000 y con la base de seis millones novecientos veintitrés mil ciento siete colones con veinte céntimos para la finca número 466.794-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones treinta y siete mil ochocientos setenta y un colones con veinte céntimos (un 25% de la base original) para la finca número 461.725-000; con la base de dos millones setenta y nueve mil cuatrocientos veintiséis colones con veinticinco céntimos para la finca número 466.793-000; y con la base de dos millones trescientos siete mil setecientos dos colones con cuarenta céntimos para la finca número 466.794-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Marjorie Castro Ramírez. Expediente: 16-000298-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 10 de junio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016042186 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis y con la base de dieciocho mil doscientos noventa y un dólares con doce centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número FVC 102, marca Daihatsu, estilo Terios, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color negro, Vin JDAJ210G003002001, cilindrada 1497 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de trece mil setecientos dieciocho dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil quinientos setenta y dos dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Federico Vargas Chen Apuy. Expediente: 15-043458-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2016.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2016042197 ).

A las nueve horas del primero de agosto del dos mil dieciséis (09:00 a. m. del 1° de agosto del 2016), en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, estilo Elantra GLS, cero cuatro cilindros, combustible gasolina, cubicaje mil quinientos centímetros cúbicos, chasis número KMHJF31JPMU014611, motor G4DJM926977, color blanco, tracción sencilla, capacidad cinco pasajeros, placas número cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento cuatro. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,

en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de JP Morgan S. A. contra Jonees Yovannie Hudson Austin. Expediente: 02-001476-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 2 de mayo del 2016.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—( IN2016042208 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis y con la base de tres millones doscientos uno mil setecientos treinta y cuatro colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 578092, marca Peugeot, estilo Berlina, categoría automóvil, año 2005, color gris, cilindrada 1997 CC., combustible gasolina, motor Nº 10LH1M1106853. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos uno mil trescientos colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de ochocientos mil cuatrocientos treinta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eminent Technology S. A. contra Arley Gerardo Miranda González. Exp. N° 16-002165-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1° de junio del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016042212 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción boleta 2014250800051 Exp. N° 14-600254-0607-TC del Juzgado de Tránsito de Puntarenas; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos setenta y un colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 678572, marca Hyundai, estilo Elantra GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2004, color azul, cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina, chasis KMHDN46D64U895265, motor G4CG4923367. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y ocho colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de quinientos noventa y seis mil noventa y dos colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eminent Technology S. A. contra José Pablo Vargas Azofeifa. Exp. N° 16-002163-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de mayo del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016042213 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento quince mil veinticuatro dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos setenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa, jardín, área techada y patio. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor María Valerio Solís; al sur,

Jueves 30 de junio del 2016Pág 22 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

Marvin Valerio Solís; al este, calle pública y al oeste, Nelly Zúñiga Méndez. Mide: dos mil noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ochenta y seis mil doscientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de veintiocho mil setecientos cincuenta y seis dólares con catorce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank Costa Rica contra 3-102-684642 S.R.L, Jeilyn Vanessa Morales Barahona. Exp: 16-001336-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016042238 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y tres mil ciento setenta y dos dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta mil ciento setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 9 metros y 50 centímetros de frente; al sur, Jaime Sandoval; al este, Bienvenido Peñaranda Bonilla, y al oeste, Jorge Luis Víquez. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve mil ochocientos setenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil doscientos noventa y tres dólares con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jorge Manuel Agustín de Jesús Vindas Peñaranda. Expediente Nº 16-000080-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—( IN2016042239 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-17826-01-0002-001, a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochenta mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 474694-000 cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública a San José; al sur, Roxana Alvarado Quirós y otros; al este, Miriam Alvarado Quirós, y al oeste, José Francisco Alvarado Quirós. Mide: setecientos veintiún metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de sesenta mil trescientos setenta y cuatro dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil ciento veinticuatro dólares con setenta y cuatro centavos (un veinticinco

por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Pedro Pablo Ventura Valladares, Rodrigo Jaikel Gazel. Expediente Nº 16-001348-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2016042240 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de seis mil quinientos ochenta y dos dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 805846, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, año 2009, color blanco, Vin JTDBT933901319093, motor Nº 1NZD317625. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil novecientos treinta y seis dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil dieciséis con la base de mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Carlos Luis Gómez Rojas. Exp.: 16-000727-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 14 de junio del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016042241 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; pero soportando infracciones/colisiones sumarias: 14-001204-0804-TR y 15- 000992-0804-TR a las once horas y quince minutos del doce de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco mil seiscientos catorce dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL-276959. Marca Isuzu. Estilo D Max LS. Categoría carga liviana. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color verde. Vin MPATFS86JET004737. Cilindrada 2500 C.C. Combustible diesel. Motor Nº 4JK1LS2439. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil doscientos once dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis con la base de seis mil cuatrocientos tres dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Franklin de Jesús Bolívar Araya Exp: 16-000315-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016042242 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis: 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 287-08527-01-0921-001, citas: 287-08527-01-0922-001, prohibiciones ref.: 1974-167-002; con la base de cien mil doscientos diecinueve dólares con once centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintiún mil cuatrocientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 03 Puerto Carrillo, cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: camino y Quesalpiquero Sociedad Anónima; al sur José Everardo Quesada Quesada; al este Quesalpiquero S. A. y al oeste camino público. Mide: doscientos ochenta mil sesenta y un

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 23

cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis con la base de ochocientos treinta y cinco mil ciento noventa y seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Ana María Ledezma García contra Rogelio Gerardo Dennis Dennis. Exp: 15-033796-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de diciembre del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016042332 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones setecientos veinticuatro mil trescientos colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil doscientos ochenta y siete-cero cero cero (93287-000), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quebrada Alconoque; al sur, calle pública con un frente de 10,06 metros; al este, Miriam García Gutiérrez y al oeste, Octavia Espinoza Contreras. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con nueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones doscientos noventa y tres mil doscientos veinticinco colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis con la base de siete millones cuatrocientos treinta y un mil setenta y cinco colones con catorce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). NOTA: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian Rodrigo Campos Castro. Exp.: 15-007321-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 27 de mayo del 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016042335 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando Colisiones Sumaria 14-000055-0370-CI y 15-007878-0174-TR; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón setecientos uno mil ochocientos treinta colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placa BCT 399, marca: Hyundai, estilo Accent, Año 1999, Vin: KMHCG41FPXU011133, color azul, tracción 4X2. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos setenta y seis mil trescientos setenta y tres colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Klapeida Maris K M S. A. contra Daniel Carrillo Ali. Exp: 16-002138-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de junio del 2016.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2016042377 ).

metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Plano G-1157242-2007. 2) libre de gravámenes hipotecarios, con la base de veintiún mil treinta y siete dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta mil ciento uno-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Hojancha, cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Gerardo Quesada Duran; al sur Ruth María Quesada Quesada; al este Quesalpiquero S. A. en medio servidumbre agrícola y al oeste Justina Pérez López. Mide nueve mil doscientos treinta y ocho metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano G-1162814-2007. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, con la base de veintiún mil treinta y siete dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil setecientos diez-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Hojancha, cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Irene Quesada; al sur: Quesalpiquero S. A.; al este calle pública con un frente 32,35 mts y al oeste Quesalpiquero S. A. Mide: novecientos setenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano G-1162809-2007. 4) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 287-08527-01-0951-001, citas: 287-08527-01-0952-001, prohibiciones ref.: 1974-193-002; con la base de veinticinco mil setenta y un dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintiún mil cuatrocientos setenta y seis cero cero cero, la cual es terreno de bosque, lote-95. Situada en el distrito 03 Puerto Carrillo, cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte José Everardo Quesada Quesada; al sur C-Annd-M-Investmen-Group Limitda; al este Quesalpiquero Sociedad Anónima y al oeste calle pública con 150,66 metros de frente. Mide: sesenta y tres mil seiscientos setenta y dos metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano G-0831140-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil dieciséis 1) con la base de setenta y cinco mil ciento sesenta y cuatro dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) 2) y 3) con la base de quince mil setecientos setenta y ocho dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un 25%). 4) con la base de dieciocho mil ochocientos tres dólares con sesenta y tres centavos(rebajada en un 25%). Para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis 1) con la base de veinticinco mil cincuenta y cuatro dólares con setenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) y 3) con la base de cinco mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base original) y 4) con la base de seis mil doscientos sesenta y siete dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anabella Quesada Quesada. Expdiente: 14-002654-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 10 de junio del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2016042248 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones trescientos cuarenta mil setecientos ochenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: BBZ780, marca: Hyundai, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, chasis: KM8SC13D42U249803, estilo: Santa Fe LX, capacidad: 5 personas, año: 2002, color: dorado, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos cinco mil quinientos ochenta y nueve colones con

Jueves 30 de junio del 2016Pág 24 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

medida), bajo citas: 556-10820-01-0003-001; demanda ordinaria, bajo citas: 2013-13503-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de ocho millones ochocientos veintisiete mil cuarenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil setecientos dieciocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con un local comercial. Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón 05 OSA de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Calzado Álvarez de Ciudad Cortes Sociedad Anónima; al sur calle pública; al este Calzado Álvarez de Ciudad Cortes Sociedad Anónima y al oeste Manuel Porras Quesada. Mide: noventa y nueve metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos veinte mil doscientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos seis mil setecientos sesenta y dos colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Jessica Hernández Sanarrusia. Expediente: 15-002194-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 15 de junio del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2016042392).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 9 condiciones y restricciones; a las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, -4:00 p.m. 27/07/2016-, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 251.158-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Pejibaye, cantón 04 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ana Vindas Alfaro y Luis Retes Gómez; al sur, Ana Vindas Alfaro y Luis Retes Gómez; al este, Ana Vindas Alfaro y Luis Retes Gómez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis -4:00 p.m. 12/08/2016-, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis -4:00 p.m. 30/08/2016- con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el banco de costa rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Josué Juárez Rosales, Xinia Retes Rosales. Exp. N° 16-002254-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de mayo del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016042406 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis -14:30 p.m. 08/08/2016-, y con la base de cuarenta y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177940-000 cero cero cero la cual es terreno naturaleza bloque D lote 16 terreno para construir. Situada en el

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones cuatrocientos ocho mil doscientos setenta y seis colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número: BBG681, marca: Chevrolet, estilo: Spark, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2002, color: verde, VIN: KLY4A11BD2C836385, cilindrada 800 cc. combustible gasolina. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos seis mil doscientos siete colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil dieciséis con la base de seiscientos dos mil sesenta y nueve colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibrothers S. A., contra Mariela Venegas Salas. Exp.: 16-001144-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de junio del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016042382 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis, , y con la base de tres millones un mil quinientos veintiséis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BCQ 565, marca: Hyunday, categoría: automóvil, estilo, Accent, capacidad: 5 personas, año: 2011, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4X2, VIN: KMHCG41BP1U249393, motor: no legible, combustible: gasolina, color: dorado, cilindrada: 1500 cc. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil trescientos ochenta y un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Klapeida Maris KM S. A., contra Alexis Artavia González, Magali de los Ángeles Arroyo Barquero. Exp.: 16-002713-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de junio del 2016.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—( IN2016042386 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del veintiséis de julio del año dos mil dieciséis y con la base de trece mil setecientos ochenta y cinco dólares con sesenta y cinco centavos moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número setecientos veintitrés mil seiscientos quince . Marca Hyundai. Estilo elantra GLS. categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color azul. Cilindrada 1600 CC. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas del once de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de diez mil trescientos treinta y nueve dólares con veinticuatro centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con cuarenta y un centavos moneda estadounidense (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Yesenia Venegas Hernández contra Didier Enrique Cid Abarca. Exp: 13-002854-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de mayo del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016042390 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo citas: 331-06907-01-0002-001; reservas y restricciones, bajo citas: 331-06907-01-0900-001; plazo de convalidación (rectificación de

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 25

16-002236-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2016042409 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciséis y con la base de ciento tres millones noventa y cinco mil setecientos veinticinco colones con cincuenta y un céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 358149-000, dicha finca pertenece a la sociedad La Vejez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-495722, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Piedades Norte cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Claudio Badilla Rodríguez al noroeste, Sergio Badilla Pérez y Judith María Méndez Fallas al sureste, Claudio Badilla Rodríguez y al suroeste, calle pública 65.99 m. Mide: siete mil metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de agosto del año dos mil dieciséis con la base de setenta y siete millones trescientos veintiún mil setecientos noventa y cuatro colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis con la base de veinticinco millones setecientos setenta y tres mil novecientos treinta y un colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Enrique Monge Córdoba. Exp.: 16-012962-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2016.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—( IN2016042413 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos (antes meridiano) a las ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de trescientos sesenta y un mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y tres mil ciento ochenta y seis cero cero uno y cero cero dos la cual es naturaleza: Terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Cámara Ganaderos de Orotina S. A., este, Juvenal Molina Miranda; oeste, José Colombari Geragatti. Mide: seis mil novecientos ochenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano catastrado N° A-0014811-1976. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de doscientos setenta y un mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano) del ocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de noventa mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Freddy Martín Acuña Rodríguez. Exp. N° 16-002806-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 2 de junio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016042414 ).

A las diez horas cero minutos del veintinueve de julio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de dieciocho millones trescientos sesenta mil colones (avalúo folio 196), libre de gravámenes, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 121141 derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás de la provincia de San José. Colinda: al norte María

distrito San Rafael, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente de 10,00 metros; al sur, zona de protección quebrada Carpintera; al este, lote 17 y al oeste, lote 15. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis -14:30PM 24/08/2016-, con la base de treinta y un mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis -14:30pm 08/09/2016- con la base de diez mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). “Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica”. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Hoteleras Santiago Sociedad Anónima contra Consorcio Fuentes y Sarmiento Inc Sociedad Anónima. Exp.: 15-002639-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de junio del 2016.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016042407 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis y con la base de un millón setecientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CL-199641, marca Peugeot, estilo Partner, categoría carga liviana, capacidad 2 personas, serie VF3GBWJYB3J580500, color blanco, año 2005, carrocería panel, número de motor 10DXFR6049047, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón trescientos dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Fracemo S. A. contra Corporacion NSL Graphics S. A., representado por Natalia González Castro. Exp. N° 15-045633-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de mayo del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016042408 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento ochenta y ocho mil trescientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00076082-F-000 la cual es terreno finca filial numero treinta y dos ubicada en el nivel dos (el apartamento) y sótano (El estacionamiento) del edificio uno destinada A uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial veinticuatro; al sur, vacío; al este vacío y al oeste, finca filial treinta y uno y pasillo que es área común construida y vacío. Mide: ciento cuarenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de ciento cuarenta y un mil doscientos veinticinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de cuarenta y siete mil setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3101609360 S.A, María Fernanda Rivera Fuentes Exp:

Jueves 30 de junio del 2016Pág 26 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

Loaiza Chaves; al sur calle pública 5 m 37 cm; al este Rosa Mejía Namayuro y al oeste Elizabeth Mora Arroyo. Mide: ciento dieciséis metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano SJ-0000800-1971. Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio de Ulderico Vargas Rojas, cédula 1-0153-0677. Expediente: 10-000049-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de mayo del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—( IN2016042422 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para agricultura lote 336 39 19. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, línea férrea; al sur, carretera nacional; al este, Manuel Núñez, y al oeste, Carlos Luis Mata. Mide: seiscientos cuarenta y seis metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidor de Combustible Rohe S. A. contra Vanessa Núñez Salazar. Expediente Nº 15-000109-0678-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 07 de junio del 2016.—Lic. Francis Porras León, Juez.—( IN2016042537 ).

ConvocatoriasLic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez del Juzgado Civil del

Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), hace saber a todos los interesados que en este Despacho se interpuso un proceso convenio preventivo de Costeña S. A., bajo el expediente Nº 11-000298-0390-CI, donde se dispuso para llevar a cabo la junta de acreedores, a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis (08:30 16/08/2016). Lo anterior se ordena así en proceso convenio preventivo promovido por Costeña S. A., donde figuran como legalizantes CJE Consultoría y Fiduciaria S. A. y otros. Expediente Nº 11-000298-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 16 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—1 vez.—( IN2016041875 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de, Enriqueta Isabel Barquero Campos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce horas del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.: N° 14-000091-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de junio del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016042343 ).

Títulos SupletoriosSe hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente

N° 14-000114-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Carlos Ortega Araya, quien es mayor, casado en primeras nupcias, agricultor, vecino de San Cristóbal Norte de Desamparados, San José, del cementerio quinientos metros este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 3-408-865, a fin de inscribir a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad, el inmueble ubicado en San Cristóbal Norte del cantón de Desamparados, de la provincia de San José, cuyo terreno es de potrero y una servidumbre agrícola. Sus colindancias actuales son: Al norte, con Javier Ortega Camacho,

Jeison, Carmen y Juan Carlos, todos de apellidos Ortega Araya; al sur, con Luis Alberto y Juan Carlos, ambos de apellidos Camacho Camacho; al este, con Bernardita Ortega Camacho y al oeste, con Luis Alberto y Juan Carlos, ambos de apellidos Camacho Camacho. Mide: Dos mil treinta y un metros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado SJ-1771225-2014. Se indica que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Se estiman las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones, mientras que el terreno a titular en la suma de tres millones de colones. Se indica que el inmueble ha sido poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de dueño, por un período de setenta años. Se indica que el inmueble fue adquirido por medio de donación de parte de su padre, señor Javier Ortega Camacho. Se indica que los actos de posesión han consistido en la construcción de un fundo agrario, la asistencia y mantenimiento del mismo, así como la construcción de dos viviendas. Se menciona que no existen condueños y tampoco se ha inscrito a nombre del titulante, mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos. Proceso no contencioso de información posesoria, promovido por Juan Carlos Ortega Araya. Expediente N° 14-000114-0689-AG del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 09 de mayo del 2016.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016038856 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-160047-1143-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mayra Cecilia Ramírez López, quien es mayor, soltera, vecino de Quepos de Puntarenas, 200 metros al noroeste de Marisquería Judas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 2-0399-0948, docente, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno sin inscribir. Situada: en el distrito Katira, cantón: Guatuso, de la provincia de Alajuela, Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de doscientos ochenta y cuatro metros con veintiún centímetros; al sur, con Domingo Ramírez Jiménez; al este, con Alberto Ramírez López, y al oeste, con Maritza López López. Mide: dieciocho mil ochocientos once metros cuadrados, con plano catastrado número A-1686576-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, continua y como dueño exclusivo. Que los actos de posesión han consistido mantenimiento sembrar árboles frutales, aprovechar sus cosechas, conservar el bosque, mantenerlo limpio y cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mayra Cecilia Ramírez López. Expediente N° 16-160047-1143-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 11 de mayo del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039031 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente. Exp 12-160107-0642-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Amabilia Carranza Arias quien es mayor, estado viuda, vecina de San José, Goicoechea, Purral, Urbanización Kurú, casa número 376, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-uno cuatro cero-siete nueve tres (6-140-793), profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que

Jueves 30 de junio del 2016 BOLETÍN JUDICIAL Nº 126 — Pág 27

se describe así: finca cuya naturaleza es destinado a la agricultura y ganadería. Situada en Bajo Caliente el distrito segundo La Unión, cantón cuarto Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con, Germán Carranza Arias; al sur con: Germán Carranza Arias; al este con, Gerardo Cambronero Molina y al oeste con: Gerardo Cambronero Molina y servidumbre de paso. Mide: Diez hectáreas dos mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis- uno cinco uno seis cero cuatro ocho-dos cero uno uno (P-1516048-2011). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo Aníbal Carranza Sancho, quien fuera su padre y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en el cuido, mantenimiento y conservación de la finca, levantamiento y mantenimiento de la cercas existente, chapea del terreno, siembra de frijoles y para ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Amabilia Carranza Arias. Exp: 12-160107-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039065 ).

CitacionesSe cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión

de Osvaldo Aurelio Villegas Zúñiga, quien fue mayor, soltero, comerciante, vecino de Heredia, Puerto Viejo, La Virgen, 50 metros norte del súper el Dólar, con cédula de identidad número 2-362-060, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 001-2016. Notaría del licenciado Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, ubicada en San José, Barrio Lujan 100 metros este y cien metros norte del Banco de Costa Rica de Vasconia, casa 1651.—San José 15 de junio del 2016.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016038858 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luis Ángel Varela Hernández, mayor, comerciante, viudo, vecino de Curridabat, cédula de identidad número cuatro-cero ciento treinta y ocho-cero quinientos siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-2016. Notaría de la Licda. María A. Castillo Gutiérrez, Alajuela, notaria pública.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—( IN2016038859 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de quien en vida fue María Candelaria Obando Silva, mayor de edad, soltera, ama de casa, con cédula de identidad N° 5-0066-0768, vecina de San José, Montes de Oca, Sabanilla, urbanización Carmiol, de la entrada 100 metros sur, 700 metros este y 50 metros sur, casa N° 907, fallecida en San José, Montes de Oca el 12 de julio del 2015 para que dentro del plazo de 30 contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 01-2016. Notaría del licenciado José Fernando Fernández Alvarado, ubicada en San José, Mercedes de Montes de Oca, Barrio Dent, avenida quince, calle treinta y nueve, número treinta y nueve).—San José, 15 de junio del 2016.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016038861 ).

AvisosMsc. Lianna Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia

del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Evelyn Víquez Castro, mayor, soltera, desempleada, vecina de Alajuela, cédula de identidad Nº 2-586-983 y Luis Alberto Núñez Arce, mayor, soltero, taxista, vecino de Heredia, cédula de identidad Nº 2-577-918, en su carácter de madre y padre registral de la persona menor de edad Justin Alberto Núñez Víquez, se le hace saber que en proceso depósito judicial, expediente N° 15-002021-0292-FA, establecido por María Laura Víquez Castro, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia N° 100422-2016. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las nueve horas y treinta y cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil dieciséis. Proceso actividad judicial no contenciosa -depósito judicial de menor- promovido María Laura Víquez Castro, mayor, costarricense, pensionada, cédula de identidad Nº 2-523-997, vecina de Monserrat de Alajuela. Al Patronato Nacional de la Infancia se le confirió la audiencia de ley, no obstante no se apersonaron a los autos. (Folio 19). Resultando: 1..., 2..., 3..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo: ..., III.—Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Por tanto: en mérito de lo expuesto y normas citadas, se declara con lugar las presentes diligencias de depósito judicial de menor. Se deposita judicialmente al menor Justin Alberto Núñez Víquez el hogar de su tía materna María Laura Víquez Castro, quien representará al menor en todo lo que corresponda y seguirá velando por el bienestar integral del mismo como lo ha venido haciendo hasta la fecha. Deberá la señora depositaria comparecer dentro del tercer día a aceptar el cargo conferido. Mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud de parte, inscríbase en el Registro Civil lo resuelto en las citas de nacimiento del menor Justin Alberto Núñez Víquez, sean tomo: mil ochocientos cuarenta y nueve (1849), página o folio: doscientos diecisiete (217), asiento: cuatrocientos treinta y tres (433); de la provincia de San José. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza. Lo anterior por haberse ordenado en expediente Nº 15-002021-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de junio del 2016.—Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016038623 ). 3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores: Alicia López González, hija de Luis Gerardo López Quesada y Mónica Isabel González Lizano; Álvaro Saúl Rodríguez Gonzalez e Isabella Rodríguez González ambos hijos de Enmanuel Rodríguez Mora y Mónica Isabel González Lizano, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden, se avisa al señor Luis Gerardo López Quesada, mayor, costarricense, cédula de identidad Nº 02-0614-0512, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 16-000422-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovido por el Lic. Luis Ernesto Romero Obando, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de los menores: Alicia López González, Álvaro Saúl Rodríguez González e Isabella Rodríguez González. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente Nº 16-000422-1302-FA. Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016038661 ). 3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Taly Valezka Guerrero Polanco, hija de Erika Guerrero Polanco, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000419-1302-FA. Depósito judicial de menor.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del 2016.—MSc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—( IN201638663 ) 3 v. 2

Jueves 30 de junio del 2016Pág 28 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 126

Se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Karen Martínez Espinoza, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A su vez, se comunica la señora Petrona Martínez Espinoza, mayor, nicaragüense, demás datos desconocidos, quien es la madre de la citada menor, que dicho proceso se tramita en este Juzgado bajo el expediente Nº 16-000562-1302-FA, promovido por el licenciado Ernesto Romero Obando, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de los citados menores; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la última publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Expediente N° 16-000562-1302-FA. Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del 2016.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—( IN2016039026 ). 3 v. 1

Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Irbin José Badilla Castañeda, se hace saber que en Proceso de depósito judicial de menor, expediente número 16-000202-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y un minuto del uno de marzo de dos mil dieciséis.- Se tiene por establecido el presente proceso de depósito judicial de menor, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor de la menor de edad Génesis Denisha Badilla Quesada, del cual se confiere audiencia por el plazo de tres días hábiles al padre registral Irbin José Badilla Castañeda, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca las pruebas de descargo. (...) De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de la menor de edad Génesis Denisha Badilla Quesada, en el hogar de la señora Miriam Elizabeth Vargas González, se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido. Se le recuerda a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°16-000202-1302-FA. Clase de Asunto depósito judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y un minuto del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016039936 ). 3 v. 1

Se convoca por medio del presente edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho o les correspondiera la tutela de la persona menor de edad Justin Bleak Díaz Arroyo por haber sido nombradas en testamento o bien por corresponderles de forma legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 16-000317-0292-FA. Proceso tutela legítima dativa. Promovente: Lanny Gail Bleak Díaz.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de mayo del 2016.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Exonerado.—( IN2016041936 ). 3 v. 1

Edictos MatrimonialesHan comparecido ante esta notaría a solicitar contraer

matrimonio civil los señores: Melissa Segura Castro, soltera, de 33 años, Ingeniera en Sistemas Computacionales, cédula 1-1154-0766, hija de Marco Vinicio Segura Brenes y Rosita Inés Castro Chaves, costarricenses; y Santiago Antonio Hernández Arce, de 34 años, asistente de ventas, cédula 4-175-752, hijo de Elvio Hernández Cortés (de gratos recuerdos) y Xinia Arce Bonilla, costarricense; ambos solteros y vecinos de Heredia, Se publica este edicto para efectos del capítulo IV del Código de Familia. Para terceros las oposiciones bien podrán hacerlo al correo electrónico: [email protected].—San José, 14 de junio del 2.016.—Lic. Mario Alberto Venegas Barrenechea, Notario.—1 vez.—( IN2016038844 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer presentes en este Despacho Edwin Ignacio Badilla Guevara, mayor, planillero, cédula de identidad Nº 0304600117, vecino de Cachí, de la Clínica un kilómetro al suroeste, hijo de Edwin Badilla Sandoval y Yolanda Guevara González, nacido en Cartago, el 24 de enero de 1992, con 24 años de edad y Kyara Victoria Picado Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 0304500773, vecina de frente al súper Pepe, río Regado de Paraíso, hija de Alexander Picado Araya y Kattya Morales Monge, nacida en Cartago el 27 de enero de 1991, actualmente con 25 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Karina Picado Morales y Kattia Morales Monge. Es todo leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-001433-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de junio del 2016.—Licda. Karina María Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039028 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Jorge Arturo Gerardo Vega Hernández, mayor, divorciado una vez, profesión chofer de vagoneta, cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y siete-quinientos treinta y nueve, hijo de Patrocinio Vega Brenes y Josefa Hernández Barquero, nacido en Centro Turrialba Cartago, el catorce de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, con 52 años de edad, y Carmen Lucía Salas Solís, mayor, divorciada una vez, profesión ama de casa cédula de identidad número tres-trescientos cuarenta-cero sesenta y seis, hija de Alfredo Salas Venegas y Ana Isabel Solís Venegas, nacida en Tuis Turrialba Cartago, el diecisiete de enero de mil novecientos sesenta y nueve, actualmente con 47 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp.: 16-000245-0675-FA-I.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 13 de junio del 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016039049 ).

Edictos en lo PenalMandamiento de edicto. Fiscalía Adjunta del Primer Circuito

de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Penal), al ser las nueve horas y treinta y cinco minutos del seis de junio del año dos mil dieciséis. Dentro del expediente Nº 14-001476-0219-PE, contra Luis Fernando Gamboa Gómez y otro, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de Carlos Andrés Navarrate Soto, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte de la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas en representación del ofendido Carlos Andrés Navarrate Soto por lo que se ordena dar traslado de la misma al tercero civilmente Responsable, la señora Mariana Ávila Acuña, cédula de identidad Nº 155811926903, y se le comunica el contenido de la presente ampliación de la acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Penal).—Licda. Maricela Bolaños Madriz, Fiscala Auxiliar.—Exonerado.—( IN2016038641 ). 3 v. 2