La Reforma Previsional post primer trámite en la Cámara de Diputados Guillermo Larraín Ríos...
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La Reforma Previsional post primer trámite en la Cámara de Diputados
Guillermo Larraín RíosSuperintendente de Valores y Seguros
Seminario ”Avance de la Reforma Previsional, ¿Qué aprobó la Cámara de Diputados?” organizado por el Colegio de Corredores
de Seguros
Apreciación general Reforma importante que marcará un antes y un
después Importante mejora en cobertura para trabajadores
de baja densidad de cotizaciones Mejora en cobertura para clase media: APVC Importante mejora en las condiciones de
competencia en la industria AFP: licitación (esencial). Cuidado con conflicto de interés con nuevos actores.
Mejora en las condiciones de manejo de inversiones Cambio importante en la institucionalidad Mejora en condiciones para la asesoría previsional
Rol de la SVS en la Nueva Institucionalidad
Facultades SVS -SUPEN
El proyecto fortalece la coordinación entre la SVS y la SUPEN:
Para actualizar las tablas de mortalidad, ambas Superintendencias deberán intercambiar anualmente las bases de datos sobre los pensionados acogidos a retiro programado y rentas vitalicia.
Para efecto de estudios, la SVS deberá proporcionar a la SUPEN la información sobre los pensionados por la modalidad de renta vitalicia.
Facultades SVS -SUPEN
Las Superintendencias de Pensiones y de Valores y Seguros establecerán, mediante Resolución conjunta, los procedimientos de fiscalización respecto de los siguientes temas:
SCOMP,
Pago de beneficios y pensiones que efectúen las Compañías de Seguros de Vida y
Pago de las contingencias del SIS
Contratación de Rentas Vitalicias
Selección de Modalidad de Pensión
Enero a Agosto 2007
Rentas Vitalicias
64,4%
Retiros Programados
35,6%
Distribución de Solicitudes de Ofertas de Pensión según Canal de Ingreso a SCOMP
Enero a Agosto 2007
AFP30,4%
Corredor PN30,1%
Cía Agente27,0%
Cía Directo1,2%
Corredor Filial Bancaria
7,0%
Corredor Grandes Tiendas
0,1%Otros
Corredores PJ4,3%
Contratación de Rentas Vitalicias:Principales cambios proyecto de ley
Sólo podrán contratar renta vitalicia inmediata aquellos afiliados que puedan contratar una renta que sea igual o mayor que la PBS de vejez (actualmente el mínimo es la pensión mínima).
Retiro de ELD: los afiliados que contraten una renta vitalicia mayor o igual que:
al 100% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (actualmente el límite es 150% de la Pensión mínima), y
al 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 años (sin cambios).
Los cambios en la modalidad de pensión de Renta Temporal con renta Vitalicia Diferida son:
El mínimo monto de pensión para contratar renta vitalicia pasa a ser la Pensión Básica Solidaria (antes pensión mínima).
El requisito para retirar ELD pasa a ser 100% de la Máxima Pensión con Aporte Solidario y el 70% de la renta promedio de los últimos 10 años. (antes 150% de la pensión mínima).
Contratación de Rentas Vitalicias:Principales cambios proyecto de ley
Modificaciones a rentas vitalicias
En resumen:
El mínimo monto de pensión para contratar renta vitalicia pasa a ser la Pensión Básica Solidaria (($75.000$75.000 al al 1° de julio de 20091° de julio de 2009)).
El requisito para retirar Excedente de Libre Disposición pasa a ser 100% de la Máxima Pensión con Aporte Solidario (en lugar de 150% de la pensión mínima).
El requisito para jubilación por vejez anticipada pasa a ser 100% de la PMAS (en lugar de 150% de la pensión mínima).
Los retiros programados con Aporte Previsional Solidario tendrán un piso igual a la pensión básica solidaria.
Cambios a SCOMP
Solicitudde Ofertas
AFP o CSV oCorredor RV
SCOMPCertificadoElectrónico
Saldo
Montos RP,Bono, Proyección
Ofertas
Formulario Solicitud de Ofertas
AFPorigen
InicioTrámite
Certificado Saldo
Certificado de Ofertas
ConsultanteSolicitud de Ofertas
+Certificado de Saldo
CSVn
AFPn
7
4
56
1 2
22
3
OPERACIÓN DE SCOMP ACTUAL
8Oferta Externa de RV
9Remate
Solicitudde Ofertas
AFP o CSV oCorredor RV
SCOMPCertificadoElectrónico
Saldo
Montos RP,Bono, Proyección
Ofertas
Formulario Solicitud de Ofertas
AFPorigen
InicioTrámite
Certificado Saldo
Certificado de Ofertas
ConsultanteSolicitud de Ofertas
+Certificado de Saldo
CSVn
AFPn
7
4
56
1 2
22
3
OPERACIÓN DE SCOMP REFORMA
8Oferta Externa de RV
9Remate
Asesor Previsional
CAPRI+ +
Asesores Previsionales
CORREDORES DE SEGUROS DE RENTAS VITALICIAS EN SCOMP
Desde el 19/08/2004 al 31/08/2007 han operado en SCOMP 1.076 corredores de seguros de rentas vitalicias:
979 corredores personas naturales
97 corredores personas jurídicas
6 corredoras filiales bancarias
1 corredora grandes tiendas
90 otros corredores PJ
Corredores personas naturales
91%
Corredores personas jurídicas
9%
CORREDORES DE SEGUROS DE RENTAS VITALICIAS EN SCOMP
Los 1.076 corredores de seguros de rentas vitalicias han ingresado 51.634 Solicitudes de Oferta:
41.078 corredores PN 10.556 corredores PJ
5.453 corredoras filiales bancarias
70 corredoras grandes tiendas
5.033 otros corredores PJ
Corredores PN
80%
Corredores PJ
20%
Asesoría Previsional
En el DL 3.500, se crea la figura del asesor previsional.
Los asesores previsionales deben registrarse en la SUPEN y para ello deben cumplir ciertos requisitos de idoneidad y probidad.
Los corredores de rentas vitalicias pueden también optar a ser asesores previsionales.
Al momento de pensionarse, los afiliados pueden pagar los honorarios del asesor con cargo al saldo de la cuenta individual con un tope de 2,5% de éste, independientemente de la modalidad de pensión elegida.
Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Marco legal APV
El 1° de marzo de 2002 entró en vigencia la normativa que creó el APV. Los principales elementos de este esquema de ahorro son:
Autorización para que el APV -que con anterioridad a la Ley N° 19.768 sólo podía ser ofrecido por las AFP -se pueda contratar también en las Administradoras de Fondos de Inversión, Fondos Mutuos, de Fondos para la Vivienda, Compañías de Seguros de Vida, Bancos, Corredoras de Bolsa y otras entidades que autorice la SVS.
Autorización para que las cotizaciones libremente enteradas por un trabajador a través de este producto, puedan retirarse en cualquier momento de su vida laboral, bajo las condiciones tributarias que la Ley señala.
Ampliación del beneficio tributario a trabajadores independientes e imponentes del Instituto de Normalización Previsional (INP)
Cuentas APV y Recursos Acumulados
-
100.000
200.000
300.000
400.000
500.000
600.000m
ar-0
2
may
-02
jul-0
2
sep-
02
nov-
02
ene-
03
mar
-03
may
-03
jul-0
3
sep-
03
nov-
03
ene-
04
mar
-04
may
-04
jul-0
4
sep-
04
nov-
04
ene-
05
mar
-05
may
-05
jul-0
5
sep-
05
nov-
05
ene-
06
mar
-06
may
-06
jul-0
6
sep-
06
nov-
06
ene-
07
mar
-07
may
-07
Trimestres
Nú
mer
o d
e C
uen
tas
0
500
1.000
1.500
2.000
2.500
3.000
3.500
4.000
Mil
lon
es d
e U
S$
Número de cuentas Saldo acumulado (MM$)
Distribución de los Saldos Acumulados en APV por Industria
Diciembre 2002
Junio2007
Bancos0,2%
Fondos Mutuos2,2%
Compañías de Seguros
2,4% Corredores de Bolsa0,1%
AFP94,9%
AFP70,8%
Fondos Mutuos18,9%
Bancos0,1%
Compañías de Seguros
8,9%
Corredores de Bolsa1,1%
Fondos para la Vivienda
0,1%
Distribución del los Ahorrantes APV según Remuneración Imponible
Junio2007
0,0%
5,0%
10,0%
15,0%
20,0%
25,0%
30,0%
35,0%
0 a 20 60 a 100 200 a250
350 a400
500 a550
650 a700
800 a850
950 a1000
1100 a1150
Ingreso Imponible de los Ahorrantes en miles de pesos
Po
rcen
taje
de
los
Ah
orr
ante
s
El proyecto de ley propone crear un marco legal que fomente el desarrollo de planes de APV, basado en aportes de trabajadores y empleadores.
Los aportes conjuntos de trabajadores y empleadores van a una cuenta individual del trabajador.
Los aportes del trabajador tienen beneficios tributarios equivalentes a aquellos que aplican al APV.
Los aportes de los empleadores se consideran gasto necesario para producir renta.
Las empresas podrán ofrecer a todos y cada uno de sus trabajadores adherir a uno o más contratos de APVC.
Los términos y condiciones de cada uno de los contratos serán convenidos entre el empleador y la AFP o Institución Autorizada los que deberán ser igualitarios para todos sus trabajadores.
Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC)
Estímulo al ahorro para las personas de bajo ingreso
Agregación de demanda: menores precios – mejor servicio
Cambios en la contratación del SIS
Nuevo Marco para la Contratación del SIS
El nuevo esquema tiene los siguientes objetivos:
Que las AFP no asuman riesgo invalidez y fallecimiento y que éstos sean traspasados a las aseguradoras.
Que el seguro tenga una tasa de prima única para todos los asegurados, admitiéndose sólo diferencias entre hombres y mujeres.
Para lograr estos objetivos se propone licitar, a nivel de industria, un seguro para todos los afiliados, estableciendo como única diferencia el género de éstos.
La Reforma Previsional post primer trámite en la Cámara de Diputados
Guillermo Larraín RíosSuperintendente de Valores y Seguros
Seminario ”Avance de la Reforma Previsional, ¿Qué aprobó la Cámara de Diputados?” organizado por el Colegio de Corredores
de Seguros