Análisis Costo-Beneficio de la Ley Antimonopolio y la Promoción de la Justa Competencia
LA PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA COMO ALIADA …
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LA PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA
COMO ALIADA INDISPENSABLE PARA SU MEJOR
DEFENSA
Jurado de Defensa de la Competencia de Extremadura
17 de noviembre de 2009
Begoña Barrantes Díaz
Jurado de Defensa de la Competencia de Extremadura - 17 de noviembre de 2009 2
Índice ¿Por qué es importante? Riesgos Beneficios Instrumentos de promoción de la competencia
en las empresas ¿Preguntas?
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¿Por qué es importante?
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¿Por qué es importante?
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¿Por qué es importante? Las normas de competencia pueden aplicarse a
todos y cada uno de estos aspectos de la vida diaria de las empresas
Ciertos comportamientos bilaterales están prohibidos: acuerdos restrictivos de la competencia
– Artículos 81 TCE y 1 Ley 15/2007, de 3 de julio, de defensa de la competencia (LDC) -
Ciertos comportamientos unilaterales están prohibidos: abusos de posición de dominio
– Artículo 82 TCE y 2 LDC - Algunas integraciones entre empresas están sujetas a una
autorización previa– Reglamento 139/2004 y art. 7 y ss LDC - Control de concentraciones
económicas Las ayudas públicas están sujetas al control de la Comisión
Europea– Art. 87 y ss. TCE
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Riesgos
El incumplimiento de las normas de competencia genera riesgos significativos
Multas de hasta un 10% del volumen de ventas anual de una compañía
– Los representantes legales o directivos también pueden ser multados (60.000 euros)
Posibles reclamaciones por daños y perjuiciosGrave afectación a la reputación de la empresaNo identificar a tiempo de riesgos de Derecho de la
competencia puede dar lugar a retrasos significativos en determinadas operaciones
Riesgo de devolución de ayudas incompatibles
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Riesgos – prácticas restrictivas
Aumento de los “focos” de detecciónCompetencia de las CCAA
– Promoción:– Informes sobre ayudas públicas en su ámbito territorial– Impugnación de actos administrativos o disposiciones generales de
rango inferior a Ley autonómicos o locales susceptibles de obstaculizar la competencia
– Informes y recomendaciones
– Aplicación:– Prácticas restrictivas: competencias ejecutivas con respecto a
prácticas que, “sin afectar a un ámbito superior al de una CA o al conjunto del mercado nacional, alteren o puedan alterar la libre competencia en el ámbito de la respectiva CA”
– Informes preceptivos en expedientes sancionadores con efecto supraautonómico y operaciones de concentración en segunda fase que incidan significativamente en el territorio de la CA
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Riesgos – prácticas restrictivas
Aumento de los “focos” de detección (II)Mayores poderes de investigación
– Dawn raids
Política de clemencia – Posibilidad de obtener inmunidad de multas o
reducciones significativas si se denuncia un cártel
Mayor conciencia fomenta denuncias ante autoridades de defensa de la competencia o demandas ante tribunales civiles
Contagio internacional
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Multas impuestas por la Comisión Europea 2008-2009Expediente
Multa (euros)
2009 Varias empresas productoras de aditivos plásticos 173.000.000 39.129 Transformador de Corriente 67.600.000 37.956 Redondo para cemento armado 83250000 39.396 Reactivos a base de carburo de calcio y de magnesio 61.120.000 39.401 E.ON/GDF
1.106.000.000
37.990 Intel1.060.000.00
0 39.406 Mangueras marinas 131.510.000
2008 39.125 Vidrio de Automóviles
1.383.896.000
39.188 Plátanos 60.300.000 39.181 Productores de cera 676.011.400 39.180 Fluoruro de aluminio 4.970.000 38.695 Clorato de sodio, blanqueador de papel 79.070.000 38.543 Servicios de mudanzas internacionales 32.755.500 37.792 Microsoft 899.000.000 39.326 E.ON Energie (obstaculización de la inspección) 38.000.000 38.628 Caucho nitrilo-butadieno 34.230.000
Riesgos – prácticas restrictivas. Sanciones
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Riesgos – prácticas restrictivas. Sanciones
Multas impuestas por la CNC 2008-2009Expediente Multa (euros)
2009 S/0037/08 Compañías Seguro Decenal 120.728.000 S/0053/08 FIAB y ASOCIADOS y CEOPAN 1.306.000 S/0044/08 PROPOLLO 200.000 S/0045/08 Subidas precios cesta de la compra 100.000 S/0046/08 PAN DE ASTURIAS 22.500 2805/07 EMPRESAS ESTIBADORAS 1.076.418 651/08 AIE/T5 770.000 652/08 REPSOL/CEPSA/BP 7.900.000 648/08 Hormigones Cantábricos 2.816.384 2779/07 Consejo Regulador de Denominación de Origen Vinos de Jerez y Manzanilla de Sanlúcar 400.000 646/08 AXION/ABERTIS 22.658.863 641/08 CENTRICA/ENDESA 15.300.000 642/08 CENTRICA/UNION FENOSA 5.000.000 643/08 Centrica/Electra de Viesgo 500.000 644/08 CENTRICA/IBERDROLA 15.000.000 645/08 CENTRICA/HIDROCANTÁBRICO 833.000 639/08 Colegio Farmacéuticos Castilla-La Mancha no impone sanción 649/08 Productos Farmacéuticos Genéricos 1.000.000 638/08 GAS NATURAL 2 492.000
2008 636/07 FONOGRAMAS 1.430.000 625/07 GAS NATURAL 1.500.000
632/07 Feriantes Ayuntamiento de Peralta 7.000 623/07 Transportes Barcelona 14.940.000 627/07 Estación Sur de Autobuses 464.781 624/07 IBERDROLA 15.400.000 626/07 Canarias de Explosivos 473.000
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Multas impuestas por Comunidades Autonómicas 2008-2009
Castilla y León2008
Expediente Multa (euros) TDC/SAN/3/2008 Necrópolis y La Asociación de Marmolistas de Valladolid 190.760
Cataluña2008
Expediente Multa (euros) 24/07 CALDENSE / EDESLU 260.000 28/08 Asociación de Funerarios de Lérida 288.000 21/07 SOREA 400.000 17/07 ARC/Representaciones artísticas 60.000 18/07 Endesa/Fecapce-Rucallon 82.000
País Vasco2009
Expediente Multa (euros) 01/2009 HIRU 25.000
2008 03/2008 Asfaltos 116.000 01/2007 Igualatorio Médico Quirúrgico 300.507
Riesgos – prácticas restrictivas. Sanciones
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Riesgos – prácticas restrictivas. Sanciones
Multas a Directivos y Representantes
Expediente Multa
322/92 FACONAUTO (Presidente) 100.000 ptas
337/93 Zontur (Presidente) 100.000 ptas
611/06 Excursiones Puerto de Sóller (Presidente)
6.000 euros
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Riesgos – prácticas restrictivas
Todo “operador económico” está sujeto a la normativa de competencia
También asociaciones, Colegios Profesionales, sindicatos y a Administraciones Públicas y organismos y empresas públicas cuando actúan como operador económico, excediendo del ámbito del uso de su ius imperii
– 2779/07, Consejo Regulador Vinos de Jerez y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda– 2805/07, Empresas estibadoras– 637/08, Peritos/Arquitectos de la Comunidad Valenciana– S/0083/08, Comunidad Autónoma de Aragón– S/0043/08, Confederación Nacional de Autoescuelas
Terceros que colaboran activa e intencionalmente con un cártel, facilitándolo, también pueden ser responsables
– AC Treuhand (STPI de 8.07.2009, T-99/04): el consultor que organizó reuniones y ocultó pruebas de la infracción, contribuyendo activamente a la puesta en práctica del cártel en el mercado de peróxidos orgánicos es responsable aunque no esté activo en dicho mercado
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Riesgos – prácticas restrictivas
Los acuerdos tácitos, las recomendaciones colectivas y las prácticas concertadas susceptibles de obstaculizar la competencia también están prohibidos
¡Ojo con las declaraciones en prensa de representantes de empresas y de asociaciones empresariales!
– “Para compensar el incremento del precio de la harina, la barra de pan tendrá que ponerse en torno a los 90 céntimos antes de que acabe el año“; "te dicen [los supermercados] que van a subir el precio, pero nada de nada. La solución pasaría por que la diferencia no pasase de cinco céntimos” (S/0046/08, Pan de Asturias)
– "Ante esta situación [el incremento del 20 del coste de producción del huevo] los productores se están viendo obligados a trasladar este aumento de costes de producción a sus clientes, lo que repercutirá en el precio al consumidor“ (S/0055/08, Inprovo)
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Riesgos – prácticas restrictivas ¡Ojo con las declaraciones en prensa de representantes de
empresas y de asociaciones empresariales!– “El precio del pollo podría subir entre los 18 y los 20 céntimos kilo debido a los
fuertes incrementos del precio de los cereales"; "En un sector que produce a la semana diez millones de pollos y en el que el coste del pienso que comen nuestras aves representan prácticamente el 70% de nuestros costes de producción, la no repercusión en nuestros precios de los fuertes incrementos padecidos en el último año en la cebada, el trigo y el maíz nos han llevado a una situación de gran recorte de márgenes, de ahí que nos veamos obligados a subir los precios de manera inmediata“ (S/0044,08, Propollo)
– “Un permanente aumento del coste de las materias primas y otros inputs (…) deberá trasladarse al precio del producto final. Si todo el sector alimentación está afectado por el mismo problema,…, el impacto en la inflación puede llegar a ser considerable” (S/0053/08, FIAB y Asociados y Ceopan)
– “El grupo Koipe ha lanzado un órdago a la distribución. Desde el pasado mes de abril, la empresa ha fijado un precio de venta único en toda España para sus aceites, rechazando el suministro de sus productos a quienes no cumplan sus exigencias, añadiendo en el siguiente párrafo que el grupo Koipe ha decidido que su aceite de oliva Carbonell 0,4º se venda en toda España a 2,70 euros litro, 450 pesetas”. (612/06, Aceites 2)
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Riesgos – prácticas restrictivas
Daños y perjuicios Acor (SAP Valladolid de 9.10.2009)
– daños por 1.101.053,13 euros a nueve sociedades del sector de la alimentación por concertación en el precio de venta del azúcar para usos industriales
Conduit/Telefónica (SJM n 5 Madrid de 11.11.2005)– daños por 639.000 euros por obstaculización en el acceso a la base de
datos de abonado necesaria para prestar servicios de información telefónica
A3 TV/Liga de Fútbol Profesional (SJPI n 4 Madrid de 7.06.2005)
– daños por 25.500.000 euros a Antena 3 TV por prácticas exclusionarias en la retransmisión de partidos de fútbol. La AP anuló la Sentencia por falta de prueba del daño
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Otros riesgos
Control de concentraciones Las concentraciones pueden ser prohibidas o condicionadas
– Unión Fenosa / Hidrocantábrico (2000) - prohibición– Gas Natural / Endesa (2006) – autorización condicionada
La infracción del deber de notificación y suspensión puede dar lugar a sanciones
– ACS/Dragados (2002): 1 millón de euros
Las ayudas públicas declaradas incompatibles han de ser devueltas
Amortización del fondo de comercio por adquisición de participaciones en empresas no nacionales: devolución de ayudas respecto de adquisiciones europeas a partir del 17 de diciembre de 2007 (Decisión de la CE de 28.10.2009)
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Beneficios
La promoción de la competencia en las empresas reduce los riesgos derivados de su desconocimiento (prevención)
Y
La promoción de la competencia es un instrumento para la defensa de los intereses de las empresas
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Beneficios
No todos los acuerdos están prohibidos: los acuerdos que mejoran la producción, comercialización, distribución de bienes y servicios y cumplan determinados requisitos son lícitos y beneficiosos para las empresas (producción, compra y comercialización conjunta, I+D, etc)
Un “arma de doble filo”Denuncias ante las autoridades de competenciaReclamaciones de daños y perjuicios ante los jueces
de lo mercantilOposición a operaciones de concentraciónDenuncias de ayudas de Estado ilegales
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Instrumentos de promoción de la competencia en las empresas
FORMACIÓN: Programas de cumplimiento de la normativa de la
competencia
PREVENCIÓN: Investigaciones internas: auditoría legal (due
diligence) de Derecho de la competenciaMonitorizaciónLíneas efectivas de comunicación internas
CONCIENCIACIÓN:Procedimientos y códigos de conducta internos
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¿PREGUNTAS?
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¡GRACIAS!
LA PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA COMO ALIADA INDISPENSABLE PARA SU MEJOR DEFENSA
Begoña Barrantes Díaz
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