La organización administrativa como herramienta de la función pública

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Prof. Francisco A. de Jongh Sarmiento

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Prof. Francisco A. de Jongh Sarmiento

Organización administrativa Se trata de determinar que recurso y que actividades se

requieren para alcanzar los objetivos de la organización. Luego se debe de diseñar la forma de combinarla en grupo operativo, es decir, crear la estructura departamental de la empresa.

Es crear una estructura; es diseñar el tipo de institución que se desea; es agrupar, dividir el trabajo, especializar, asignar tareas y recursos a personas específicas, jerarquizar, normar la conducta mediante códigos y reglamentos, que estipulan lo lícito o ilícito. Es también establecer los conceptos de orden, clasificación, simbolización, mnemotecnias y el análisis, valuación y descripción de puestos.

CaracterísticasEs de carácter continuo, jamás se puede decir que ha

terminado, dado que la empresa y sus recursos están sujetos a cambios constantes (Expansión, contracción, nuevos productos).

Es un medio a través del cual se establece la mejor manera de lograr los objetivos del grupo social.

Suministra los métodos para que se puedan desempeñar las actividades eficientemente, con un mínimo de esfuerzo.

Evita la lentitud e ineficiencia en las actividades, reduciendo los costos e incrementando la productividad.

Reduce o elimina la duplicidad de esfuerzo, al delimitar las funciones y responsabilidades.

La Teoría de la OrganizaciónUna buena teoría es muy útil y práctica. La definimos como una serie de conceptos y principios que describen y explican el fenómeno de las organizaciones. Por ello, han de ser aplicables a cualquier situación y momento.

Se desarrollan de dos formas:

1. Mediante la experiencia: observando los fenómenos, reflexionando sobre ellos, y construyendo un marco. 2. Mediante la investigación: se analizan, planteando una serie de hipótesis, contándolas y mejorándolas.

La Distribución del Poder en las OrganizacionesPoder y liderazgo.

Desde el punto vista organizacional, el poder ha sido considerado como un factor de importancia central. Hoy se le reconoce una naturaleza intrínsecamente relacional.

Para Weber es la posibilidad de conseguir que otra persona haga lo que uno desea, incluso en contra de su voluntad.

Para Buckley es el control o la influencia sobre las acciones de otros para promover nuestras metas, sin el consentimiento de aquéllos, contra su voluntad o sin su comprensión.Crozier dice que surge en una relación de intercambio y negociación mutua en que hay que superar una resistencia.

Poder y autoridad

Para Weber la autoridad es el poder legitimado, o sea, es el poder socialmente reconocido como legítimo. La legitimación de la autoridad sólo significa aceptación social de la base que sustenta ese poder y no necesariamente agrado. Tampoco hay una relación necesaria entre legitimación del poder y la justicia con que éste es utilizado.

Formas de legitimación de la autoridad, según Weber:• Carismática: se basa en alguna cualidad sobrenatural de su

poseedor. Esta autoridad es profundamente afectiva, se encuentra ligada a la persona que la encarna. Es indelegable.

• Tradicional: Se basa en el "siempre ha sido así", propio de la tradición. Se acepta que una persona -tradicional- ejerza la autoridad. Se puede delegar bajo las estrictas condiciones establecidas por la costumbre.

• Racional-legal:Racional-legal: se basa en un conjunto de reglas aceptadas. La forma de legitimidad más corriente hoy es la creencia en la legalidad. Es delegable dentro de los marcos del procedimiento correspondiente.

El MunicipioArtículo 168 (CRBV). Los Municipios constituyen la

unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende:

La elección de sus autoridades.La gestión de las materias de su competencia.La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

El Municipio en la Ordenación del Territorio¿Qué es el Municipio?

Es la unidad político-administrativa primaria y socioterritorial básica de la organización de la nación que posee autonomía de gestión en el desarrollo económico y social del país, cuya finalidad es procurar el bienestar social de la población, mejorar la calidad de vida ambiental del entorno, promover proyectos económicos para generar riqueza con redistribución social y organizar de manera eficiente el territorio.

El Municipio es primario porque:Se encuentra cerca de los

ciudadanos.Atiende directamente las

necesidades de las comunidades.Asume el desarrollo en múltiples

dimensiones.

El Municipio es autónomo porque:Elige sus autoridades.Tiene mecanismos democráticos.Posee un ordenamiento jurídico.Establece sus propios tributos.Administra recursos financieros e invierte.Presta servicios básicos.Promueve proyectos de desarrollo.Controla el uso de la tierra.

Al ser expresión de la soberanía popular, el Municipio rige los supremos intereses vecinales y comunitarios y considera la

participación social.

Mecanismos de Participación Ciudadana

¿Quién ejerce el poder local?El AlcaldeEl Concejo MunicipalLos Consejos ComunalesLas organizaciones socialesLas asambleas de ciudadanosLos ciudadanos

Funciones del MunicipioPlanificaciónDirecciónOrganizaciónEjecuciónControlCoordinaciónEl cumplimiento de estas funciones implica capacidad diligencial y

técnica, compromiso con los intereses de la vida local, la participación social, procesos de coordinación interinstitucional, disponer de recursos financieros de planes de desarrollo socioeconómicos y planes de ordenación del territorio y gestión ambiental.

Competencias del MunicipioArtículo 178 (CRBV). Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:

Ordenación territorial y urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social; turismo local; parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación; arquitectura civil, nomenclatura y ornato público.

Vialidad urbana; circulación y ordenación del tránsito de vehículos y personas en las vías municipales; servicios de transporte público urbano de pasajeros y pasajeras.

Espectáculos públicos y publicidad comercial, en cuanto concierne a los intereses y fines específicos municipales.

Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y protección civil.

Salubridad y atención primaria en salud, servicios de protección a la primera y segunda infancia, a la adolescencia y a la tercera edad; educación preescolar, servicios de integración familiar de la persona con discapacidad al desarrollo comunitario, actividades e instalaciones culturales y deportivas; servicios de prevención y protección, vigilancia y control de los bienes y las actividades relativas a las materias de la competencia municipal.

Servicio de agua potable, electricidad y gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas; cementerios y servicios funerarios.

Justicia de paz, prevención y protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable.

Artículo 56 (LOPPM). Son competencias propias del Municipio las siguientes:

1. El gobierno y administración de los intereses propios de la vida local.

2. La gestión de las materias que la Constitución de la República y las leyes nacionales les confieran en todo lo relativo a la vida local, en especial, la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria, la promoción de la participación ciudadana y, en general, el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad en las áreas siguientes:

a. La ordenación territorial y urbanística; el servicio de catastro; el patrimonio histórico; la vivienda de interés social; el turismo local; las plazas, parques y jardines; los balnearios y demás sitios de recreación; la arquitectura civil; la nomenclatura y el ornato público. b. La vialidad urbana, la circulación y ordenación del tránsito de vehículos y personas en las vías municipales y los servicios de transporte público urbano. c. Los espectáculos públicos y la publicidad comercial en lo relacionado con los intereses y fines específicos del Municipio. d. La protección del ambiente y la cooperación en el saneamiento ambiental; la protección civil y de bomberos; y el aseo urbano y domiciliario, incluidos los servicios de limpieza, recolección y tratamiento de residuos.

e. La salubridad y la atención primaria en salud; los servicios de protección a la primera y segunda infancia, a la adolescencia y a la tercera edad; la educación preescolar; los servicios de integración familiar de las personas con discapacidad al desarrollo comunitario; las actividades e instalaciones culturales y deportivas; los servicios de prevención y protección, vigilancia y control de los bienes; y otras actividades relacionadas. f. Los servicios de agua potable, electricidad y gas doméstico; de alumbrado público, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas; de mataderos, cementerios, servicios funerarios, de abastecimiento y mercados.

g. La justicia de paz; la atención social sobre la violencia contra la mujer y la familia, la prevención y protección vecinal y los servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable. h. La organización y funcionamiento de la administración pública municipal y el estatuto de la función pública municipal. i. Las demás relativas a la vida local y las que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes nacionales y estadales.

En la Ordenación del TerritorioAsignación de usos de la tierra en ámbitos urbanos y

rurales.Promoción y localización de actividades económicas

claves.Cobertura de equipamiento de servicios e

infraestructuras.

En la Gestión AmbientalParticipa en la administración de recursos naturales.Prevención de riesgos naturales.Garantizar la permanencia de las áreas protegidas.Proveer servicios ambientales.Estimular procesos de educación ambiental y

participación ciudadana.