juicio ordinario civil

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MARÍA YOLANDA PÉREZ MENDOZA JUICIO ORDINARIO CIVIL RAÚL MONTIEL VÁZQUEZ VS ANA DOMÍNGUEZ RAMOS JUICIO ORDINARIO CIVIL DIVORCIO NECESARIO C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR EN TURNO P R E S E N T E. C. RAÚL MONTIEL VÁZQUEZ por propio derecho y con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en CALLE MANUEL OROZCO Y BERRA NUMERO 122 COLONIA PRADOS DEL MIRADOR de esta ciudad, y autorizando para recibirlas al LIC. SANTIAGO MENDOZA QUIROZ confiriéndoles mandato judicial en términos amplios de conformidad con el artículo 47 de la Ley Adjetiva Civil y del 2483 de la Ley Sustantiva vigentes en el Estado; ante Usted C. Juez de Primera Instancia Familiar con el debido respeto comparezco para exponer. Con la finalidad de dar cumplimiento en lo señalado por el numeral 259 de la Ley Adjetiva Civil vigente para el estado, manifiesto que los hechos referidos en la presente y conducirme durante el presente medio preparatorio, son BAJO LA PROTESTA DE DECIR VERDAD así como sabedora de las penas y sanciones penales que puedo incurrir por la declaración de falsedad ante Autoridad Judicial. Que por medio del presente escrito, vengo a demandar, en la VÍA ORDINARIA CIVIL, ocurro a demandar a la C.ANA DOMÍNGUEZ RAMOS, quien puede ser emplazada a juicio en el domicilio ubicado PRIMERA PRIVADA NUMERO # 15 COLONIA COMERCIANTES de esta ciudad y de quien reclamo las siguientes: PRESTACIONES a) La disolución del vínculo matrimonial que nos une, con fundamento en la causal XVIII del artículo 248 del código civil vigente del estado de Querétaro. b) El pago de gastos y costas judiciales que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio. Con base en los siguientes hechos y consideraciones de derecho. PRACTICA FORENSE 7MO SEMESTRE

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MARÍA YOLANDA PÉREZ MENDOZAJUICIO ORDINARIO CIVIL

RAÚL MONTIEL VÁZQUEZ VS

ANA DOMÍNGUEZ RAMOS JUICIO ORDINARIO CIVIL

DIVORCIO NECESARIO

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA FAMILIAR EN TURNOP R E S E N T E.

C. RAÚL MONTIEL VÁZQUEZ por propio derecho y con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en CALLE MANUEL OROZCO Y BERRA NUMERO 122 COLONIA PRADOS DEL MIRADOR de esta ciudad, y autorizando para recibirlas al LIC. SANTIAGO MENDOZA QUIROZ confiriéndoles mandato judicial en términos amplios de conformidad con el artículo 47 de la Ley Adjetiva Civil y del 2483 de la Ley Sustantiva vigentes en el Estado; ante Usted C. Juez de Primera Instancia Familiar con el debido respeto comparezco para exponer.

Con la finalidad de dar cumplimiento en lo señalado por el numeral 259 de la Ley Adjetiva Civil vigente para el estado, manifiesto que los hechos referidos en la presente y conducirme durante el presente medio preparatorio, son BAJO LA PROTESTA DE DECIR VERDAD así como sabedora de las penas y sanciones penales que puedo incurrir por la declaración de falsedad ante Autoridad Judicial.

Que por medio del presente escrito, vengo a demandar, en la VÍA ORDINARIA CIVIL, ocurro a demandar a la C.ANA DOMÍNGUEZ RAMOS, quien puede ser emplazada a juicio en el domicilio ubicado PRIMERA PRIVADA NUMERO # 15 COLONIA COMERCIANTES de esta ciudad y de quien reclamo las siguientes:

PRESTACIONES

a) La disolución del vínculo matrimonial que nos une, con fundamento en la causal XVIII del artículo 248 del código civil vigente del estado de Querétaro.

b) El pago de gastos y costas judiciales que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.

Con base en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

HECHOS

1. Con fecha 19 de Mayo de 1990 contraje matrimonio bajo régimen de separación de bienes con la C. ANA DOMÍNGUEZ RAMOS, ante la fe del C. oficial del registro civil de esta ciudad, lo que acredito con la copia cerificada del acta de matrimonio que anexo a la presente.

2. Durante nuestro matrimonio procreamos dos hijos, quienes llevan los nombres de ROBERTO MONTIEL DOMÍNGUEZ Y LAURA JESSICA MONTIEL DOMÍNGUEZ, lo cual acredito con las respectivas actas de nacimiento que anexo al presente escrito.

3. Nuestro domicilio conyugal lo establecimos en RÍO DE LA LOZA #78 SUR COLONIA CENTRO el cual por causas que desconozco fue abandonada por la C. ANA DOMÍNGUEZ RAMOS el día 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2010 , es decir, hace TRES MESES. Por este motivo, y en virtud de que además no existe voluntad de que ninguno de los dos de volver a llevar una vida en común como matrimonio, puesto que cada quien ha hecho la suya por separado, ocurro por esta vía a demandar a la C. ANA DOMÍNGUEZ RAMOS, el divorcio necesario a fin de que sea declarada la disolución del vinculo matrimonial que nos une.

DERECHO

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Es aplicable al asunto lo dispuesto en los artículos 247, 248 fracción XVIII y 263 de la ley Sustantiva civil y los artículos 249, 250, 251… y demás aplicables a la ley adjetiva civil vigente para el estado de Querétaro.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted C. Juez solicito:

ÚNICO: se me tenga mediante el presente escrito y documentos que se acompañan que demando en vía ordinaria civil el divorcio necesario a la C. ANA DOMÍNGUEZ RAMOS.

PROTESTAMOS HABERNOS CONDUCIDO CON VERDAD DURANTE EL PROCEDIMIENTO, HACIÉNDONOS SABEDORES DE LAS SANCIONES QUE SEÑALAN ESTE CÓDIGO Y EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PARA EL CASO DE HACERLO CON FALSEDAD.

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RAÚL MONTIEL VÁZQUEZ

SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO., A 10 DE DICIEMBRE DE 2010

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