José Antonio Neyra Flores1 Técnicas de Litigación Oral Técnicas de Litigación Oral PROFESOR...

374
José Antonio Neyra Flores 1 Técnicas de Técnicas de Litigación Litigación Oral Oral PROFESOR José Antonio Neyra Flores PROFESOR José Antonio Neyra Flores LITIGACIÓN ORAL

Transcript of José Antonio Neyra Flores1 Técnicas de Litigación Oral Técnicas de Litigación Oral PROFESOR...

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Tcnicas de Litigacin Oral PROFESOR Jos Antonio Neyra Flores

    LITIGACIN ORAL

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*TEORA DEL CASO

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El nuevo CPP y el modelo acusatorio adversarial

    Es ACUSATORIO porque existe una distribucin de roles.- Fiscal: Ejerce la potestad persecutoria- Defensor: Se opone a la pretensin punitiva del Fiscal- Juez: Decide

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores* Es ADVERSARIAL porque la investigacin y juzgamiento discurre bajo el principio de contradiccin entre el Fiscal y el defensor.

    Las partes deben disear su teora del caso, desarrollar un conjunto de destrezas, aportar pruebas y realizar interrogatorios

    El Juez tiene un rol relativamente pasivo, interviene para impedir que las alegaciones se desven hacia aspectos impertinentes e inadmisibles, sin coartar el razonable ejercicio de la acusacin y la defensa (Art. 363.1)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El juicio: una cuestin estratgicaRespecto del delito y sus circunstancias, lo mejor que tenemos es un conjunto de versiones acerca de lo que realmente ocurri;El juicio es profundamente estratgico en un sentido especfico: la prueba no habla por s sola. Debe ser presentada y puesta al servicio de nuestro relato.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El juicio: una cuestin estratgicaEl litigante, en el juicio oral, debe narrar y persuadir y, para ello, debe preparar su caso;El abogado es un mensajero de cierta informacin. Y no importa qu tan bueno o significativo sea el mensaje: si el mensajero es malo, el mensaje no llega

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Teora del caso como visin estratgica

    Hay que tener una visin estratgica del proceso

    Cmo vamos a afrontar el caso?Una visin estratgica del caso permite Tomar las decisiones pertinentes dentro del procesoAdvertir nuestras debilidades y las de la otra parte

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Qu es la teora del caso?Es, por sobre todas las cosas, un punto de vista. MI punto de vista es MI teora del caso;Una vez que tengo mi teora del caso, la regla es casi absoluta: mi teora del caso domina todo lo que hago dentro del proceso y nunca hago nada inconsistente con mi teora del caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La teora del casoDepende en primer trmino del conocimiento que el abogado tenga acerca de los hechos de la causa.Por lo general, slo podremos defender una y nada ms que una.Una teora del caso servir mejor a nuestra causa en la medida en que sea ms creble

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La teora del casoEl paso siguiente para una teora del caso eficaz, es hacerla simple; debe ser capaz de explicar con comodidad toda la informacin que produzca el juicio.Es, en definitiva, nuestra simple, lgica y persuasiva historia acerca de lo que realmente ocurri

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Entonces la teora del caso es:La brjula del litiganteUn mapa sobre el que se ha diseado el transcurso del procesoEl planteamiento que el Fiscal o el abogado hace sobre los hechos penalmente relevantes, los fundamentos jurdicos que lo apoyan y las pruebas que lo sustentan.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CARACTERSTICASSe disea desde el momento de asumir el casoSe orienta al juicio oralEs mutable durante la investigacinDespus de la acusacin tiene que ser nicaDebe ser autosuficiente

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*... Caractersticas

    Tiene que ser clara y sencillaDebe ser coherenteEs verazTiene suficiencia jurdica

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*IMPORTANCIALa TEORIA DEL CASO nos permite:Realizar un anlisis estratgico del casoOrdenar y clasificar la informacinAdecuar los hechos al tipo penalSeleccionar la evidencia relevanteDetectar debilidades propias y de la otra parteTener los argumentos bsicos para tomar decisiones importantes

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*UTILIDAD EN EL JUICIO ORALEvita inconsistencias e incongruenciasPermite disear el alegato de apertura y de cierreOrganiza la presentacin de las pruebasNos orienta en el interrogatorio y contrainterrogatorioNos ayuda a identificar las preguntas que deben objetarse y cuando hacerlo

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La narracin de historias en juicioEl litigante trabajar con hechos y con teoras jurdicas. Y debe saber distinguir qu encaja en cul parte del juicio oral hechos o derecho.Cuando queremos pedirle al tribunal que considere una especfica teora jurdica, le deberemos estar diciendo que todos los elementos de la misma deben darse por satisfechos

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La narracin de historias en juicioLas teoras jurdicas, por ser abstractas y generales, no se refieren a una historia concreta sino que pueden superponerse a un nmero infinito de historias de la vida real.Hay entonces una distancia: de un lado estn los relatos, desprovistos de conclusiones jurdicas; de otro, las teoras y sus elementos, desprovistas en principio de contenido fctico especfico

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La narracin de historias en juicioCmo superar esa distancia? Presentndole al tribunal proposiciones fcticas para cada uno de los elementos de nuestras teoras jurdicasReconocer precisamente los elementos constitutivos de nuestra teora jurdica ser fundamental para determinar cules son las proposiciones fcticas que deben constituir nuestra teora del caso

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La narracin de historias en juicioUna proposicin fctica es una afirmacin de hecho, respecto de mi caso concreto, que si el juez la cree, tiende a satisfacer un elemento de la teora jurdica (es un elemento legal reformulado en un lenguaje corriente).

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*COMPONENTESFctico: Identificacin de los hechos relevantes

    Jurdico: Encuadramiento de los hechos al tipo penal

    Probatorio: Permite establecer cules son las pruebas pertinentes

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CUANDO SE CONSTRUYE?Desde el momento que tenemos conocimiento de los hechosSe plantea como hiptesis de lo que pudo haber ocurridoEsta hiptesis debe estar sujeta a comprobacin durante la investigacinLa hiptesis se convierte en teora al finalizar la investigacin

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CONSTRUCCIN DE LA TEORA DEL CASO

    El conocimiento ntegro del caso como presupuesto bsico indispensable

    Hay que conocer los hechos y el derecho a aplicar

    El que no conoce el caso nada tiene que hacer en el proceso

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 1: Relato de los hechos

    Fiscal: A partir del documento policial, la declaracin de la vctima o de algn testigo.

    Defensa: A partir de la declaracin del imputado y testigos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 2: Determinacin de la teora jurdica

    Identificar el tipo penal y sus elementosAnalizar las circunstancias modificatorias de la responsabilidadDeterminar supuestos de dogmtica penal. Ej. Error de prohibicin,

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 3: Construccin de proposiciones fcticas

    Permiten unir el relato de hechos con la teora jurdicaSon afirmaciones de hechos que pueden ser reproducidos en juicio y que dan cuenta de un elemento de la teora jurdica

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Algunas observaciones sobre las proposiciones fcticasEs sobre ellas que recae la prueba;Se puede contar con mltiples proposiciones fcticas para cada elemento o slo con una;Las proposiciones fcticas pueden ser fuertes (ms satisfacen el elemento legal para el que son ofrecidas) o dbiles (menos lo satisfacen)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La fortaleza o debilidad de una proposicin fctica no tiene que ver con que tengamos prueba para acreditarla;El test de la superposicin: mientras ms est mi contraparte en condiciones de superponer a esa misma proposicin fctica otra versin al menos igualmente razonable y creble de esos hechos, ms dbil sera ella.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La fortaleza o debilidad de una proposicin fctica no puede evaluarse respecto de cada una de ellas individualmente considerada, sino de todas ellas sopesadas unas con otras, tanto en relacin con las propias como con las de la contraparte.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Teora del Caso: Elaboracin

    Proposiciones fcticas

    La Narracin de hechos relevantes responden a las siguientes preguntas que satisface los elementos jurdicos necesarios:

    Quin hizo (Sujeto activo)A quien se lo hizo (Sujeto pasivo)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Que hizo (Conducta tpica)Como (Circunstancia) Dnde, (Elemento de localizacin)Cual fue el resultado (Resultado tpico)Cundo (Circunstancia de tiempo) Por qu (Mvil)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 4: Determinacin de las evidencias

    Las proposiciones fcticas deben estar acreditadas con pruebas declaradas admisibles y pertinentes.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La construccin precisa y clara de la proposicin fctica determina completamente la prueba que vamos a necesitar;Tambin la prueba puede ser fuerte o dbil (test de la credibilidad)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 5: Clasificacin de la evidencia con miras al juicio oralAntes de ingresar al juicio oral debemos saber qu es lo que vamos a emplear, en qu orden y cmo lo vamos a formular.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La pregunta que debemos hacernos: qu pruebas necesito, para acreditar cules proposiciones fcticas, que satisfagan qu elementos, de cules teoras jurdicas?La respuesta a esta pregunta nos da nuestra teora del caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 6: Identificacin de debilidades del caso

    Debemos saber cules son aquellos aspectos que podran ser utilizados por la otra parte, ello nos servir para cubrir oportunamente nuestras debilidades

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Paso 7: Se debe generar un tema o una frase

    Se debe buscar una frase a manera de titular de diario,

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Caso DalElementos constitutivos del tipo de estafa:una representacinque dicha representacin engae o induzca al error de la vctimaque a consecuencia de dicho engao o error la vctima haga una disposicin patrimonialdolo

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Herramienta posible

    Teora JurdicaTeora FcticaTeora ProbatoriaErrorRepresentacinDisposicin patrimonial

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ALEGATO DE APERTURA

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ALEGATO DE APERTURAEs la primera oportunidad que tienen las partes para comunicar su Teora del Caso ante el Juzgador. En el alegato de apertura se presenta el caso, en forma de relato. Al hacer la exposicin de la teora se debe captar la atencin y el inters de los jueces al exponerle un resumen objetivo de los hechos y la prueba con que cuentan.En el alegato de apertura se har una promesa de lo que se presentara en el juicio

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*EsEl guin resumido de una obra de teatro que le es entregada al espectador para que pueda de modo ms sencillo, entender las distintas escenas que componen la obra.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Los No del alegato de aperturaa) El alegato de apertura no es un puro ejercicio de retrica u oratoriaExiste una cierta tendencia de los litigantes a sobre utilizar palabras y transformar el alegato en una suerte de declamacin de poesa o retrica. Las palabras, imgenes retricas u otras equivalentes pueden ser tiles, pero si no estn al servicio de una teora del caso slida y consistente, por s mismas no tienen ningn valor en el alegato de apertura y deben ser evitadas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*b) El alegato de apertura no es un alegato poltico ni menos emocional El alegato debe fijar una cierta versin de los hechos, no debemos convertir, no convertirlo en una instancia de opiniones polticas o emotivas (hacer llorar al Tribunal)

    c) El alegato de apertura no es un ejercicio argumentativoTener en cuenta que la prueba an no ha sido presentada, el alegato no es la oportunidad para sacar conclusiones acerca de la calidad de las pruebas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*d) El alegato de apertura no es una instancia para dar mis opiniones

    La informacin central que el tribunal debe considerar para decidir un caso es la prueba presentada en el juicio. Se debe evitar la tentacin de transformar esta etapa de litigacin en una oportunidad de emitir opiniones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*e) Los jueces no conocen el casoPara ellos esta es la primera actividad sistemtica en la que se impondrn del contenido del caso y, particularmente, de nuestra teora del caso; debemos explicarles a los jueces, en la versin ms sencilla posible, en qu consiste el caso y cul es la hoja de ruta para la prueba. f) La credibilidad de la teora del caso y del abogado litigante se construye a partir de los momentos iniciales del juicio

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*g) Presentacin de hechos y no de conclusionesCorresponde realizar en el desarrollo del alegato de apertura es la presentacin de los elementos fcticos del caso y su vinculacin con las normas aplicables, pero no extraer conclusiones de la prueba que aun no se han presentado al juicio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ASPECTOS ESPECFICOS PARA LA ESTRUCTURACIN DE UN ALEGATO DE APERTURAInicie su alegato refirindose al lema del caso.- Esto es a aquella frase que resume la cuestin que ser conocida por el Tribunal.Vuelva a utilizarlo durante el desarrollo de su argumentacin y termine su alegato con dicha frase.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Conectar las primeras ideas con el nombre de la vctima o del acusado.- para generar un relato en torno a su posicin en la teora del caso.Mostrar una persona u objeto que genere impresin en el Tribunal; por ejemplo el arma de fuego o una foto de la vctima o indicarla al tribunal presentndosela al mismo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Utilizar alguna referencia a un tema metajurdicoBuscar en otras disciplinas apoyos para justificar o explicar alguna accin, reaccin de secuencia de hechos.Sealar estadsticas sobre el delito que se presentar.Incorporar datos de perfiles psicolgicos .

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*d) La importancia de personalizar (humanizar) el conflicto: el tema

    Desde el alegato de apertura el abogado debe intentar personalizar el conflicto, no discutir solo en abstracto, sino que dar cuenta de que en el caso se juegan cuestiones muy concretas para personas reales.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*e) La extensin del alegatoSi es posible concentrar los elementos del alegato en un tiempo menor y ello no perjudica su claridad ni su estructura, es conveniente realizarlo tan breve como sea posible.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*f) Sin opiniones personalesEl alegato de apertura no debe contaminarse con opiniones personales del litigante; la introduccin de las opiniones del abogado le quita credibilidad y fuerza al planteamiento, porque suelen argumentar precisamente aquello que estn llamadas a probar.

    g) Cuidado con exagerar la pruebaTodo aquello que anunciemos en el alegato de apertura y que no podamos cumplir luego con evidencia deteriorar la credibilidad del abogado y de la teora del caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*h) Anticipar las propias debilidades y explicarlas razonablementeResulta indispensable plantear nuestra teora en la forma ms transparente posible desde el inicio del juicio. Se debe tratar de evitar que la informacin que constituya una debilidad de nuestro teora del caso o de nuestra prueba, sea ofrecida por nuestra contraparte en el tono y la versin que ella escoja.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*i) Cuidado con los detallesEncargar la explicacin de los detalles a los testigos y no desarrollarlos en los alegatos de apertura, ya que eso puede generar que nuestro alegato sea poco atractivo para los jueces, perdida de atencin

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Terminar:Adems de las peticiones y conclusiones clsicas, debe dejarse para el final, algunas ideas que refuercen lo central del caso desde la perspectiva del litigante:Terminar refirindose nuevamente al lema del caso.Colocar una idea nueva vinculada a una mxima de la experiencia a la que se puede asociar el caso.Mencionar un aspecto particular sobre la vctima o acusado.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ALGUNOS COMPONENTES DEL ALEGATO DE APERTURAa) IntroduccinQue contenga la informacin esencial que nos interesa sea conocida y comprendida por los jueces; esta informacin esencial est constituida en general por la presentacin de nuestra teora del caso de manera clara, as como los temas que este involucra.

    b) Identificacin de los principales intervinientes en el casoLa identificacin de los intervinientes resulta muy til porque permite a los abogados personalizar y humanizar un conflicto

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*c) Escena Tener una descripcin clara del lugar donde ocurrieron los hechos es clave para sustentar nuestra teora del caso y para tener una adecuada comprensin de cmo ellos ocurrierond) Bases para la absolucin o la condena: el derechoMuchos alegatos de apertura incluyen en su parte final una suerte de resultados de los elementos que luego servirn a los jueces para establecer la responsabilidad del acusado en el respectivo delito imputado. Si se desea hacer esto hay que procurar ponerle a estos anuncios valor agregado respecto del caso concreto.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*RECOMENDACIN EN LA ESTRUCTURACIN ALEGATO DE APERTURA INTRODUCCIN PRESENTACIN DE LOS FUNDAMENTOS JURDICOSPRESENTACIN DE LOS HECHOS CONCLUSIONES Panorama general acerca de los hechos Tener en cuenta que nose puede argumentar sobre las pruebas Enunciar las disposiciones Sustantivas y procesales que fundamentan su teora Peticin concreta de lo que ser el juicio

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ALEGATO DE CLAUSURA

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ALEGATO DE CLAUSURA

    Concepto: es la ltima oportunidad que tienen las partes litigantes para dirigirse al Tribunal. Es la ltima informacin que recibir el Juzgador

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*En esencia el alegato de clausura es un ejercicio argumentativo, responde a la pregunta

    por qu debe prevalecer mi caso?

    El abogado sugiere que conclusiones se deben extraer de lo que ocurri durante el debate.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Es el primer y nico ejercicio argumentativo en todo el juicio. No solo permite al abogado sugerir conclusiones al tribunal acerca de la prueba presentada, sino que lo urge a hacerlo.En el los abogados le darn unidad y coherencia al relato que han venido construyendo y harn su lectura ntegra y de corrido por primera y nica vez.Es un ejercicio argumentativo por excelencia.El Alegato Final

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Para que el Alegato Final cumpla con efectividad su funcin argumentativa respecto de la prueba, se requiere mucha claridad del litigante acerca de en qu consiste el alegato final, as como destrezas muy concretas. El alegato final comienza y termina con la prueba efectivamente producida en juicio.El litigante investig el caso, present la prueba, planific las lneas de examen y contraexamen, sabe lo que quizo decir en cada parte del juicio, de manera que ste mejor que nadie, puede darle al Juez lo que necesita con urgencia.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El alegato final es un ejercicio tremendamente especfico y concreto en relacin con la prueba. En un ejercicio concreto en el sentido de que debe hacerse cargo de la prueba tal y como ella de hecho se produjo en el juicio.

    El alegato final debe hacerse de manera especfica y concreto ya que si no se tornara en pura formalidad.

    Es el alegato final lo que el abogado debe tener en mente cuando planea y ejecuta cada una de las etapas anteriores.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El alegato final comienza a prepararse desde el ms temprano momento, y los exmenes de testigos y dems presentaciones de evidencia estn siempre al servicio de ponernos en condiciones de construir en l estas argumentaciones especficas y concretas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Objetivos:Convencer a los Jueces que nuestras proposiciones fcticas que han sido acreditadas son, adems exactas. Slo se pueden mencionar las pruebas que han sido incorporadas y registradas en la audiencia.Jams debemos exagerar la prueba

    Los Jueces han estado presentes en la Audiencia y no les podemos mentir.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*No basta, con consideraciones legales, deben tenerse en consideracin elementos que guardan relacin con la razonabilidad, proporcionalidad y coherencia de la peticin que realiza.

    Se trata de poner de manifiesto que la decisin es legal, moral y justa

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CONTENIDO DEL ALEGATO FINAL

    El alegato final depende completamente de la muy diversa informacin que, de manera especfica y concreta, el juicio de hecho presenta.a) Teora del casoEl alegato final debe comunicar muestra teora del caso y debe ser capaz de dar cuenta cmoda y creblemente de la teora del caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El alegato final es el nico debate explcito de los litigantes por la credibilidad de sus respectivas teoras del caso.El alegato final es un escenario esencialmente argumentativo. b) Credibilidad y argumentatividad

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El alegato final es la etapa genuinamente discusional: la primera y ltima oportunidad para hacerse cargo del anlisis de credibilidad de cada prueba de manera especfica y concreta. La credibilidad de mi teora del caso se expresa y depende del ejercicio argumentativo del alegato final

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Elementos de la credibilidad y argumentatividad:ConclusionesEl alegato final no solo permite sacar conclusiones de la prueba, sino que ese es todo su sentido. Estas conclusiones deben ser especficas y concretas. A eso se agrega el trabajo de ofrecer razones acerca de por qu las conclusiones sugeridas son las correctas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Coherencia lgicaLa primera cuestin que da credibilidad a un relato es su coherencia lgica. Una teora del caso debe ser lgicamente coherente, en el sentido de que las proposiciones fcticas que la componen

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Respecto a la prueba directa no tenemos que sugerir al Juzgador ningn razonamiento para que legue a la conclusin. La prueba directa, no es necesariamente por ser directa ms fuerte que la prueba indiciaria o VICEVERSA Prueba indiciaria y Prueba directa

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*En la prueba indiciaria se requiere la mediacin del razonamiento judicial, por o general bajo la formula de una inferencia lgica, por lo tanto el carcter persuasivo de la prueba indiciaria no solo depende de su credibilidad, sino tambin de la fuerza de la inferencia.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La cuestin de la prueba indiciaria no es una cuestin a nivel de prueba, si no de proposiciones fcticas.En el alegato final cmo es que cada prueba debe estimarse acreditada? Nos lleva al tema del peso o valor probatorio.Valor probatorio

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Aristas del Valor Probatorioi) Cobertura, la proposicin fctica que se propone acreditada este cubierta por la prueba ii) Idoneidad, de la prueba para acreditar nuestra proposicin fctica. iii) Credibilidad, el alegato final debe ir sobre el anlisis concreto y especfico de los factores de credibilidad, respecto de cada una de las pruebas

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*No hay informacin ms confiable, ni fidedigna que la producida por la contraparte, la cual debe ser aprovechada en el marco de nuestra teora del caso, toda la informacin introducida por la contraparte pude ser explotada como una concesin.Concesiones

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Hechos no controvertidos

    Hechos que no han sido admitidos directamente por la contraparte y tampoco han sido desmentidos por la prueba que la contraparte ha presentado, estos son tiles.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Consistencia con de hechos conocidos Mximas de la experiencia y sentido comn Consecuencia internaDetalles

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Nuestra teora del caso aparte de ser creble y coherente, adems satisfacer las teoras jurdicas que estamos invocando: Argumentar la idoneidad de las proposiciones fcticas acreditadas para satisfacer cada elemento de las teoras jurdicas, Hacernos cargo del derecho de fondo que determina nuestras teoras jurdicas sin llegara dogmatismos. Suficiencia Jurdica y Derecho

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El objeto del alegato de clausura es reestructurar la prueba que se ha odo durante el Juicio de manera de conformar el relato que subyace a nuestra teora del caso El alegato de apertura es un acto de comunicacin, es persuasivo, puede ser estructurado de diversas maneras:

    Estructura

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*- Estructura Temtica La resolucin de unas pocas cuestiones a las que el caso ha quedado reducido, es eficaz con frecuencia para organizar el alegato de apertura.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Estructura cronolgicaRecrear mentalmente de manera secuencial, las circunstancias y sucesos que motivan nuestra pretensinProblema de la cronologa: con demasiada frecuencia fracasa en resaltar los hechos que resultan en verdad esenciales para el caso. con demasiada frecuencia fracasa en resaltar los hechos que resultan en verdad esenciales para el caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Le debemos ofrecer al Tribunal una argumentacin acerca de lo que la prueba, pruebaAlegato como Sentencia

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Recomendacin en la estructura del alegato de clausura a)Introduccin donde se haga referencia a la teora del caso. b)Breve descripcin de los hechos para colocar al juzgador en posicin de recordar los ya discutidos.c)Anlisis de la prueba incorporada durante el proceso, que apoye sus alegaciones y aquellas que desacredite las de la parte adversa. d) Finalmente una discusin de las normas jurdicas aplicables al caso y como estas favorecen al caso

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Recomendaciones en la produccin del alegato de clausura e) Claro y directo, en el alegato final se emiten conclusiones acerca de la prueba actuada en el Juicio oral f) Coherencia lgica, ser coherente con nuestra teora del caso g) Captar la atencin del juzgador. Una forma de captar su atencin es comenzando la argumentacin con una pregunta o premisa impactante.h) No leer los alegatos de clausura

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Estructura de Leonardo MorenoRepasar la prueba rendida: Se sugiere iniciar el alegato de clausura repasando la prueba rendida. Puede realizarse de 2 maneras: i. Prueba por prueba. ii. Refirindose cronologicamente a los hechos

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Prueba por pruebaSe sugiere fijar la atencin del tribunal en aquellos testigos precisos que declararon sobre los hechos esencialmente controvertidos.Ejm: escuchamos en esta audiencia como es que la administradora del establecimiento comercial, nos indic que luego de entrar los acusados al local comercial, se percat del momento preciso en que ellos tomaban las especies y las introducan

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CronolgicamenteEs til para llevar al tribunal a mirar los hechos desde la perspectiva de la historia general, obviando algunos detalles que aparecen dbiles en el testimonio de algunos de los testigos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores* Analizar las normas jurdicas y el derecho aplicable.

    Explicar al Tribunal que los elementos de la teora jurdica presentada estn vinculados con las pruebas rendidas en juicio.

    La defensa procurar poner en cuestin cual es el elemento ms dbil de la teora jurdica de la Fiscala.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Agrupar la prueba que tiende a demostrar cada una de las proposiciones fcticas.

    Se trata de efectuar una labor ardua, pero fundamental, de ligar las pruebas introducidas en el Juicio, de manera que cada uno de los trozos de verdad que se contienen en ellas vayan dando argumentos al Tribunal para concluir en torno a la acreditacin de las proposiciones fcticas y que sirven para estimar satisfechos diversos elementos de nuestra teora jurdica.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Extraer inferencias o deducciones.Se debe trabajar lo que aporta la prueba y de all comenzar la formulacin de inferencias, lo cual implica pedirle al tribunal que vaya razonando conjuntamente

    Desarrollar el proceso de Razonamiento JudicialProcurar llevar al tribunal de la mano en el proceso de razonamiento que conduce a las conclusiones que se le exponen argumentativamente.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Refutar al adversario.Debemos estar atentos a lo que la contraparte ha realizado a fin de formular las razones por las cuales deben ser desechadas sus peticiones.Esto se puede hacer: i. Indicarle directamente al Tribunal que no puede acoger la tesis de la contraparte por que se ha distorsionado la prueba o los argumentos son incongruentes.ii. Acogiendo la evidencia, solicitar al Tribunal que debe llegar a otras conclusiones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Argumentar en funcin de la credibilidad.Distinguiendo entre testigo o perito que:Miente.Se equivocaQue no es de confiar.

    As atacaremos los focos especficos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Indicar a los Jueces cual es el resultado esperado.El tribunal debe tener absoluta claridad sobre la pretensin concreta que le han formulado las partes durante el juicio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Indicar a los Jueces la sentencia esperada.En la clausura debemos entregarle al Juez los argumentos que permitan acoger o desechas las pretensiones de las partes, poniendo enfsis en las siguientes materias:Hechos Probados.Hechos no probados.Participacin Aceptada.Participacin No aceptada.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Interrogatorio Directo

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Introduccin:

    En los sistemas acusatorios de naturaleza oral y adversativa se depende fundamentalmente de la prueba testifical para establecer todas las alegaciones en el caso.El mecanismo es el interrogatorio directo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Concepto:Es el que efecta el Fiscal o Abogado que representa al testigo-Protagonista.

    El Fiscal o Abogado sern los Directores de Pelcula procurando que el interrogatorio de sus testigos deje impresiones favorables ante el Juzgador.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preparacin del Examen Directo:

    El examen directo de testigos posee distintas fases de aproximacin sucesiva.

    Examinaremos cada una de ellas, realizando un breve anlisis sobre las ideas y estrategias que debieran tenerse en cuenta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Objetivos Fundamentales:1. Establecer todos los elementos de lo que se quiere probar.2. Ser creble.3. Debe ser escuchado.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Fase de Seleccin de Testigos:Para enfrentar esta fase debemos tener claridad en la teora del caso.

    Slo teniendo esta teora podemos definir si el testigo que tenemos al frente es til para acreditar nuestra versin y es, por lo tanto, necesario de llevar al juicio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Recomendaciones para la evaluacin del testigo:El testigo debe ser evaluado, en trminos generales, y aceptado conforme a la declaracin realizada en la fase de investigacin.

    Los testigos que aparezcan nerviosos, lentos y asustados no mejoraran con el tiempo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Seleccionar un testigo como idneo para ser considerado como prueba en el juicio debe ser realizada teniendo en cuenta que toda la prueba de un juicio tiende a deteriorarse con el paso del tiempo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El testigo debe ser analizado asimismo en trminos de la coherencia que posee su versin con las versiones de otros testigos que consideramos tiles para el juicio.El testigo debe resultar creble ante terceros imparciales.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La credibilidad:Esta asociada a mltiples factores que dicen relacin con sus antecedentes personales, forma de mirar o de vestirse, etc.El litigante debe ser muy responsable en averiguar lo que podramos denominar debilidades de credibilidad.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Metodologa para aproximarse a la seleccin de un testigo

    De que forma el litigante debe aproximarse al testigo para extraer informacin valiosa en una entrevista?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Recomendaciones:La entrevista a un testigo debe realizarse en un lugar que resulte cmodo y amigable para l.El primer aspecto de la entrevista es la presentacin del litigante y la explicacin del rol que el litigante posee en el caso.Se le debe explicar al testigo la forma en que funciona el sistema penal y la etapa procesal en la que se encuentran en el caso, as como sus derechos y obligaciones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El litigante debe realizar preguntas directas y sencillas para escuchar del testigo la informacin que posee, sin forzar conclusiones y terminar frases.

    El litigante debe evitar colocar ideas o frases armadas en boca del testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El interrogador puede comenzar la entrevista preguntando al testigo aspectos que se refieran a su vida personal y profesional, as tendr informacin para legitimarlo ante el tribunal.Se debe incidir en saber que relaciones tena con la vctima, imputado y otros testigos.As como saber aquellos aspectos que por la probabilidad de ser difundidos puedan afectar su credibilidad.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Luego de la fase de conocimiento personal del testigo, se debe comenzar la entrevista sobre los hechos propiamente tales, con nfasis en el conocimiento y relacin que posee de los mismos. Aqu debemos de recabar la mayor cantidad de informacin

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*DIEZ MANDAMIENTOSINTERROGATORIO DIRECTO

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Primer mandamiento:

    ACREDITAR AL TESTIGO

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*1. EL Juez debe conocer al testigo, Humanizarlo.Examen directo a agraviada: delito contra la Libertad sexual.

    Fiscal: Testigo su nombre.Agraviada: Juana Ros PrezFiscal: Sra. Juana A qu se dedica?Agraviada: Secretaria.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Fiscal: Su Estado civil.Agraviada: Divorciada.Fiscal: Dnde trabaja?Agraviada: Trabajo en el Estudio Arias Arias.Fiscal: Qu labor realiza?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Agraviada: Preparo cartas, saco fotocopias, archivo documentos y toda labor auxiliar.Fiscal: Desde cundo labora ah?Agraviada: Hace 5 aos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal: Trabaj antes?Agraviada: S a medio tiempo, pues simultneamente estudiaba secretariado jurdico y requera dinero para pagar mis estudios y mantener a mis hijos y madre.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Recomendacin: No se puede presentar prueba del buen carcter del declarante.Ejemplo:

    Fiscal: Sra. Tiene antecedentes penales?Agraviada: No, ningn delito.Fiscal: Tiene Ud buena reputacin?Agraviada: S, de persona respetuosa, honrada, trabajadora y catlica. Asistente todos los domingos a misa.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Esta pregunta:

    Ser objetable por impertinente. Slo se acepta cuando cuestiona la otra parte su buen carcter.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Segundo Mandamiento:

    SENCILLO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*SENCILLO es

    Que preguntas y respuestas se entiendan.

    Destacar lo indispensable claramente sin utilizar lenguaje tcnico, que afecte la interpretacin que se de.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Excepcin: testigo experto

    El perito, para impresionar significativamente al Juez y abogado.

    Simplificar su contestacin con nueva pregunta es decir que el testigo explique en trminos sencillos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo:

    Abogado : Seor Miranda (Perito) pudo evaluar al acusado.Perito : S.Abogado : Con que finalidad.Perito : Para determinar si era inimputable.Abogado: A qu resultado lleg?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Perito : Que es inimputable, tiene esquizofrenia paranoide, esto hizo que no pudiera conocer el carcter delictivo de sus actos.Abogado : Seor Miranda Qu efectos produce la esquizofrenia paranoide a quien la padece?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Perito : esta persona tiene alucinaciones, se siente perseguido todo el tiempo, altera la realidad de los hechos, se aisla y reacciona agresivamente para con los dems.Abogado : Estas caractersticas las tena el imputado?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Perito : Si, por esto no contaba con los controles y recursos para dirigir sus acciones conforme a la ley.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Tercer Mandamiento:

    TESTIGO COMN UTILIZA JERGA.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo:Fiscal : Sr. Linares Qu hizo Juan Peralta?Testigo : Le entrego pastel, cloro y marimba a Julio Daz.Fiscal : Sr. Linares qu quiere decir con pastel?Testigo : Pasta Bsica de Cocana.Fiscal : Y con cloro?Testigo : Clorhidrato de cocana.Fiscal : Y con marimba?Testigo : Marihuana.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Cuarto Mandamiento:

    DESCRIPTIVO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*DESCRIPTIVOEl Fiscal o Abogado debe ubicar al Juez en el lugar mas importante de los hechos para que entiendan mejor lo acontecido.La descripcin que el testigo haga debe comprender:1. Iluminacin.2. Personas presentes.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    3. Sonidos.4. Distancias.5. Tiempo.6. Conocimiento previo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo:Fiscal : Sr. Juan (agraviado) podra describir el lugar donde fue asaltado?Testigo : S. Fue en la tarde en la calle haba mucha luz, y me encontraba con los vecinos Jos Ramrez y Henry Medina. Al golpearme con la cacha del revlver en la cabeza grite fuertemente.Mis citados vecinos se encontraban a 4 metros de mi persona. El asalto dur 30 segundos y yo conozco el lugar pues vivo hace 20 aos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Quinto Mandamiento:

    CONTROLAR EL RITMO DEL DIRECTO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*RitmoEl testimonio ameno e interesante ser escuchado con detenimiento por el Juez.Ritmo: con que detenimiento el testigo abarca reas de su declaracin.En el rea importante se baja el ritmo y el testigo expone y profundiza con lujo de detalles. Narracin con Cmara Lenta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Por el contrario:En las reas no importantes el ritmo del testimonio es acelerado.Es obligacin del Fiscal o Abogado: lograr un ritmo adecuado durante el examen directo sin quitarle el protagonismo al testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo:Fiscal : Podra decirnos qu dijo el acusado antes de hacer los disparos?.Testigo : Dijo : No te escondas que de esta no te salva nadie.Fiscal : Qu hizo el acusado inmediatamente despus?Testigo : Lo persegua porque la vctima se esconda detrs de las mesas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Fiscal : Qu pas despus?Testigo: El acusado le gritaba, No te escondas mientras que se segua acercando a la vctima. Entonces lleg donde estaba la vctima agarro la mesa donde se esconda y la tir quedando este al descubierto.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Fiscal : Qu paso entonces?Testigo : yo no poda creer lo que pasaba Fiscal, ah vino ese seor, mir con odio a la vctima y le apunto con el arma de fuego.Fiscal : A qu distancia se encontraban?Testigo : Estaban prcticamente uno encima del otro.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Porque la vctima estaba sentado en el piso y el acusado estaba de pie apuntandole.Fiscal : A qu parte del cuerpo le apuntaba?Testigo : A la cabeza.Fiscal : Qu paso luego de que le apuntara con el arma?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Testigo : le dispar varias veces.

    Fiscal : especficamente Cuntas veces?

    Testigo : Yo escuch 5 detonaciones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Cmo fueron las detonaciones?

    Testigo : No fueron seguidas, las primeras 2 una detrs de la otra, luego l se acerc, mir a la vctima como unos 15 segundos y le hizo otros 3 disparos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Sexto Mandamiento:

    NO HACER PREGUNTAS SUGESTIVAS.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Pregunta Sugestiva?Es la que sugiere la contestacin.El Testigo debe hacer aseveraciones y conclusiones.

    Negativo!!!: Con este tipo de preguntas se crean interrogantes sobre capacidad de percepcin o recordar del testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Negativo!!!No permite que se evale su expresin corporal, gestos, maneras, miradas.Demuestra mala preparacin del Fiscal o Abogado, un testigo que hay que sugerirle contestaciones.Lo ms importante: Le restan protagonismo al testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Utilizar preguntas abiertas, iniciando con Qu? Cmo? Cundo? Dnde? Por qu? Explique? Describa?

    En la investigacin del caso, Fiscal y Abogado le explicaron al testigo la importancia de su testimonio y anticipado las preguntas a hacer.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El testigo har ajustes necesarios, cuando se olvide de parte del testimonio o el Fiscal o el Abogado cambie las preguntas.

    Excepcin: La sugestividad es aceptada por razn de edad (nio de 5 aos), pobre educacin, dificultad de expresin y pudor.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Testigos hostiles e identificados con la parte adversa (Fiscal inicia interrogatorio a acusado como si fuera su testigo, no va aceptar los cargos).

    Prctica permite sugestividad, aspectos preliminares como preguntas introductorias, acreditacin, presentacin de evidencia tangible.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Stimo Mandamiento:

    ANUNCIAR DEBILIDADES?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Debemos presentar a travs del testigo informacin perjudicial al caso?S, para restarle impacto cuando la presente la otra parte.Juez lo percibir favorablemente.Ejemplo: Alegato.Nuestro testigo tiene antecedentes penales, pero est arrepentido y vino a colaborar con la verdad"

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Se minimiza efecto adverso le resta impacto, evita que se siga repitiendo pero podra proveerla un dato beneficioso a la otra parte que no lo conoca.Cundo presentar la evidencia adversa de un testigo durante su interrogatorio directo?Cuando sepamos que la otra parte la presentar durante su contra interrogatorio o en su turno de prueba.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Criterios:

    1.- Naturaleza del dato.

    Cuando es informacin de conocimiento general, antecedentes penales. Importante que testigo justifique su conducta anterior y que no tiene que ver con el presente caso!

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Criterios:

    2.- Conocer al abogado de la otra parte.

    Si es diligente.Si investiga cabalmente su caso.Si es riguroso en procedimientos de descubrimiento de prueba.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Si contestamos afirmativamente alguno de los criterios establecemos que conoce o tiene acceso al hecho adverso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*OCTAVO MANDAMIENTO: ESCUCHAR LA CONTESTACIN DEL TESTIGO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*8. ESCUCHAR LA CONTESTACIN DEL TESTIGO.Debemos escuchar prestando atencin.Testigo declara segn Teora del Caso, evita omitir algn aspecto esencial de nuestro caso.

    Identificar:a) Si tono de voz permite escuchar al Juez.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*b) Si testigo habla muy rpido o sin claridad.

    Estar atento a objeciones de Parte contraria que interrumpirn respuestas.Si se declara NO HA LUGAR objecin se repite la pregunta, pues testigo se olvid.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo:

    Fiscal : Seor Jos Qu le dijo la vctima antes de morir?Testigo : Que su vecino Luis Arbul le disparo.Abogado : Objecin, prueba de referencia.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Juez : no ha lugar. Se permite como excepcin a la prueba de referencia.Abogado : Seor Jos nuevamente, Qu le dijo la vctima antes de morir?Testigo : Que su vecino Luis Arbul le dispar y que se haba ido corriendo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal o Abogado no debe leer todas o gran parte de las preguntas pues afectar el grado de atencin que el testigo requiere.

    Le quita espontaneidad e inters al testimonio del declarante.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal o Abogado debe utilizar todos sus sentidos.Si lee notas o preguntas no podr evaluar, ni ver como el testigo contesta las mismas.Importante percibir expresin corporal del testigo durante sus declaraciones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*NOVENO MANDAMIENTO:

    POSICIN DEL FISCAL O ABOGADO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*9. POSICIN DEL FISCAL O ABOGADO.

    Es el Director de la pelcula no puede quitarle la atencin al testigo.Interrogatorio Directo detrs de un podio.Elaborar formulario o bosquejo de lo que se va a preguntar al testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Ejemplo:

    Delito de robo, donde se interrogue a la vctima, se utiliza el siguiente formulario.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    AcreditacinEstado Civil.Ocupacin.Ncleo familiarSegn el caso.

    Hechos o datosa serestablecidosFecha de los hechos.Elementos del delito.Vinculacin del acusado con los hechos.

    Segn el caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Identificacindel AcusadoTotalidad de las circunstancias de la identificacin.Rueda de detenidosFotografas.

    Segn el casoEvidenciaTangible a serpresentadaArma utilizada.Bienes muebles apropiados.Segn el caso.SealamientoAcusado.Segn el caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Por excepcin el Abogado sale del podio y se mueve con los siguientes propsitos:

    1.- Para el manejo de las identificaciones.Presentacin de evidencia tangible algunos Jueces instruyen que Fiscal o abogado la lleven al secretario para ser marcada como identificacin o para mostrrsela al testigo y a la representacin legal de la otra parte.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    2.- Para enfatizar parte del testimonio.Ejemplo: vctima lesiones graves es interrogada sobre el momento en que sufri la agresin, o que tuvo que defenderse por legtima defensa.Momento emotivo y dramtico.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Se realza si Fiscal o Abogado salen del podio y se acercan al testigo como muestra de solidaridad, logrando toda la atencin del juzgador, luego regresa al podio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*DCIMO MANDAMIENTO: ORGANIZACIN.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*10. ORGANIZACIN.Seguir un orden cronolgico, comenzarse desde inicio de los hechos.

    Ejemplo: Robo en centro comercialFiscal : Seora Juana Qu paso el 19 de marzo del 2005 a las 5:30 de la tarde?Testigo : Sal de mi casa y me dirig al centro comercial San Miguel, llegando en 5 minutos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Qu paso al llegar al Centro Comercial San Miguel?

    Testigo : Estacion mi vehculo, baj y vino una persona y me dijo: esto es un asalto, no se mueva, deme la cartera!

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Maximizar el principio y final del interrogatorio destacando lo mas importante del testimonio.

    Juez recuerda con mayor facilidad lo que escucha al principio y final del testimonio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Formato de interrogatorio directo.

    a) Preguntas de acreditacin.b) Preguntas introductorias.c) Narracin principal.d) Preguntas descriptivas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    e) Presentacin de evidencia.f) Corroboracin.g) Final climtico.

    Ejemplo: Secuestro de menor.INTERROGATORIO DIRECTO : Juana Salas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*ACREDITACIN:

    Permiso para comenzarFiscal : Testigo, por favor diga su nombre.Testigo : Mi nombre es Juana Salas.Fiscal : Sra. Juana, cul es su estado civil?Testigo : soy casada

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Con quin?Testigo : Con Luis Prez.Fiscal : Tiene hijos?Testigo : Dos.Fiscal : Cmo se llaman?Testigo : Pedrito y Juanito.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Qu edades tienen?Testigo : cinco aos y dos meses respectivamente.Fiscal : A qu se dedica Ud?Testigo : soy ama de casa.Fiscal : Y su esposo?Testigo : Carpintero.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*PREGUNTAS INTRODUCTORIAS A LOS HECHOS.

    Abogado : Sra. Juana Salas, dnde se encontraba Ud. el 20 de agosto de 1998? (PREGUNTA DE TRANSICIN)

    Testigo : Me encontraba en el Hospital Hermanos Pintados.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Por razn de qu?Testigo : Haba dado a luz hace unos das y me haban dado de alta. Estaba esperando por mi esposo que fue a buscar las maletas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Cul de sus dos hijos, Ud haba dado a luz esos das?Testigo : Juanito.Abogado : Dnde est localizado dicho hospital?Testigo : En la provincia de Chepen.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*NARRACIN PRINCIPAL:Abogado : Y qu pas mientras se encontraba Ud esperando por su esposo?Testigo : Apareci esta seora vestida de enfermera, quien me inform que quera tomarle una foto a Juanito para una promocin y que me dara varias cajas de paales por ello. Me indic que todo tardara unos pocos minutos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Qu hizo Ud?Testigo : pensando que no haba nada raro, le entregu a Juanito en lo que esperaba por mi esposo.Abogado : Y qu paso despus?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Testigo : A los diez minutos empec a preocuparme y comenc a preguntar sobre esta persona en el Hospital.Abogado : Y qu respuesta tuvo Ud.?Testigo : Que nadie la conoca, comenc a llorar y a gritar.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Cmo se senta Ud en ese momento? (VARIACIN EN EL TIEMPO)

    Testigo : Me sent engaada por esta persona que me haba robado a mi hijo, y me sent totalmente desesperada, toda vez que pensaba que no lo volvera a ver.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Qu paso despus?

    Testigo : A los pocos minutos se person la polica, as como las personas encargadas de seguridad del hospital.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Qu hicieron estas personas?

    Testigo : Comenzaron a buscar por los alrededores y despus me entrevistaron sobre lo acontecido, particularmente sobre la descripcin de esta persona.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*NARRACIN RESTANTE

    Abogado : Podra Ud. describir a la persona la cual Ud. dijo que le haba robado su hijo? (PREGUNTA DESCRIPTIVA) (PREGUNTA DE TRANSICIN).

    Testigo : Era una mujer de 1. 60 cm. triguea clara, tena el pelo largo, era como tipo andina.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Cunto tiempo pudo Ud. observarla?Testigo : Como tres minutos.Abogado : A qu distancia estuvo Ud. durante esos tres minutos?Testigo : como a 1 metro.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Qu haca Ud. mientras conversaba con ella?Testigo : tena el beb entre mis brazos, pero siempre estuve mirndole a la cara.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Despus de ese da, qu si algo pas en relacin con este asunto? (PREGUNTA DE TRANSICIN)

    Testigo : Como a los cinco meses me llaman del cuartel de la polica y me dicen que me tenan buenas noticias.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Cmo reaccion ud a esto?

    Testigo : Pues imagnese, yo presenta que era que el nene haba aparecido y me aperson de inmediato al cuartel de la polica.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Y qu pas en el cuartel de la polica?Testigo : Tan pronto entr, me entregaron a mi beb.Abogado : cmo se sinti?Testigo : Con una tranquilidad espiritual. Tan pronto lo vi saba que era mi nene.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Luego de que le entregaron al nio, qu pas?

    Testigo : Los policas me pidieron que entrara en un cuarto oscuro donde a travs de un cristal poda ver a cinco mujeres con un nmero.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Y qu hizo Ud. all?

    Testigo : Tan pronto la mir, inmediatamente y sin ninguna duda identifiqu a la nmero tres como la persona que me haba robado al beb.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Cmo comparaba esta persona con la que le haba robado a su hijo?

    Testigo : Era esa misma, nunca olvidar esa cara. (CORROBORACIN)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    FINALAbogado : Sra. Juana ha vuelto ud a ver a la persona que le robo el nio?Testigo : S.Abogado : En dnde?Testigo : Aqu en la sala.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Podra Ud. sealarla?

    Testigo : S como no, es la acusada, la que est sentada al lado del Abogado. (CORROBORACIN Y FINAL CLIMTICO)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Sr. Juez queremos consignar para el registro que la Sra. Juana ha sealado a la acusada. No tenemos ms preguntas.

    En aquellos casos en que desee presentar evidencia tangible, esta deber ser presentada, luego de la narracin principal y antes de la etapa final del interrogatorio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CONTRA INTERROGATORIO

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CONTRAINTERROGATORIOExposicin por la contraparte a testigo, sin nmero de preguntas para impugnar su credibilidad.

    Testigo fcilmente puede memorizar o regresar una narracin durante interrogatorio directo independiente que sea veraz.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Contrainterrogatorio lo har salir del libreto ya memorizado.Es muy difcil que un testimonio inventado o adornado sea inmune a un contrainterrogatorio efectivo.Es el motor mas efectivo para la bsqueda de a verdad.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Esta limitado a las reas cubiertas en el interrogatorio directo y las relacionadas a la credibilidad del declarante.Contrainerrogatorio impugna credibilidad del testigo de la parte contraria. Pero tambin 3 propsitos ms:

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    1.- Aportar aspectos positivos a nuestro caso.2.- destacar aspectos negativos del caso de la parte contraria.3.- Impugnar la credibilidad del testigo de la parte contraria.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Aspectos positivos es que de las pruebas o de las contestaciones del testigo surgirn datos o hechos que harn ms probables nuestras alegaciones o teora del caso.

    Ejemplo: Teora de defensa acusado inimputable, contrainterrogatorio a polica.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Oficial, lo cierto es que Ud. fue la persona que arresto al acusado.Testigo : S, yo lo arreste.Abogado : Es cierto que Ud. lo arresto el mismo da que se alega se cometi el delito.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Testigo : Es cierto. Abogado : Especficamente Ud. lo arresto minutos despus de haberse cometido el delito.Testigo : lo arreste 30 minutos despus.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Al momento del arresto mi cliente se encontraba perdido, no ubicado en tiempo y espacio.

    Testigo : Ese es mi recuerdo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Y as Ud. lo describi en el parte de arresto.Testigo : As lo describ.Si el polica-testigo no aportaba esa prueba se le confrontaba con el parte de arresto.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*10 MANDAMIENTOSCONTRAINTERROGATORIO

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*PRIMER MANDAMIENTO: SER BREVE.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*1. SER BREVE.Testigo identificado con la parte contraria.

    Identificar e interrogar sobre reas beneficiosas a nuestra teora.Fiscal o Abogado investig y estudio a cabalidad su caso, en el juicio oral es muy tarde.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Todo lo que le beneficie debe ser trado a consideracin del Juez.

    Desarrollar puntos sueltos, que en conjunto afectan la credibilidad del testigo. Utilizar muchas preguntas generando datos para el informe final.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Cuando se presenta a declarar a varios testigos sobre el mismo hecho con un contrainterrogatorio extenso a cada uno surgirn discrepancias, impugnndose la credibilidad de los declarantes.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*SEGUNDO MANDAMIENTO: PREGUNTAS SENCILLAS

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*2. PREGUNTAS SENCILLASEl juzgador debe entender todas las preguntas.No preguntas compuestas, que contienen varias a la vez y la respuesta con un monoslabo no establece con certeza a cual se refiere.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo: Interrogante Confusa:Abogado : Y el auto con el que le robaron era marca honda y de color azul?Testigo : Eso es correcto Abogado.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Interrogante Correcta:Abogado : Pudo ver el vehculo de la persona que lo asalt?Testigo : sAbogado : el auto era marca Honda.Testigo : S.Abogado : el vehculo era azul.Testigo : S.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Al contestarse existe incertidumbre qu quiso expresar el testigo.

    Ejemplo:Abogado : Testigo usted no puede identificar el tipo de vehculo que conduca el asaltante?Testigo : S AbogadoNo preguntas en negativa

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*TERCER MANDAMIENTO: SOLO PREGUNTAS SUGESTIVAS

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*SOLO PREGUNTAS SUGESTIVASEl abogado es el protagonista.Hacer aseveraciones al testigo, que debe afirmar o negar las mismas permiten tener el control del testigo NO se le provee la oportunidad que explique su contestacin.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Nos permite cumplir con el 1er mandamiento (la brevedad). La sugestividad facilita dirigirnos directamente a las reas que queremos contrainterrogar al testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Importante! Por que el abogado puede incorporar su lenguaje o vocabulario a la contestacin del testigo:

    1. Lo cierto es (expresar la aseveracin) punto muy importante.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*2. Dgame si es o no es cierto (expresar la aseveracin)

    3. (expresar la aseveracin) es eso correctoTener cuidado que el testigo no se sienta tentado a explicar su contestacin.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    4. No es un hecho (expresar la aseveracin) si o no. NO RECOMENDABLE. Por ser negativa.

    5. (Expresar la Aseveracin) si o no. Punto muy importante.

    6. (expresar la aseveracin solamente)

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Existe excepciones de slo hacer preguntas sugestivas ( por cacofona) ejemplo: testigo lo cierto es... Testigo lo cierto es...Pueden hacerse preguntas abiertas para pasar de un tema a otro.El riesgo que el testigo empiece a explicar es mnimo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*El testigo podr ser confrontado con aquella evidencia extrnseca que permitir establecer el hecho o dato en controversia.

    Ejemplo:Fiscal: Dnde trabaja ud?Testigo : en la compaa Mar y tierra.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Dnde trabaja el acusado?Testigo : En la misma compaa.Fiscal : Qu funciones lleva a cabo el acusado en dicha compaa?Testigo : Es mi jefe inmediato.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Si testigo lo niega, el Fiscal presenta la prueba pertinente que acredita que el acusado era jefe inmediato del testigo, por lo que incluso poda hacer pregunta abierta, pues tiene como refutarlo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*CUARTO MANDAMIENTO: SLO PREGUNTAR LO QUE SE SABE LA CONTESTACIN.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*4. SLO PREGUNTAR LO QUE SE SABE LA CONTESTACIN.Terminada la Investigacin Preparatoria debemos saber lo que cada testigo de la parte contraria puede aportar en beneficio nuestro. Aunque no se debe esperar su cooperacin.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La norma general es que no se pueden hacer preguntas que no se sepa respuestas por el riesgo de perjudicar la teora del caso.

    Se puede hacer excepcin evaluando:

    1.- Identidad del testigo.Experiencia testifical, menos recomendable preguntar sin saber respuesta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    2.- Naturaleza del testimonio durante el interrogatorio de testigo, si surge dato importante aparentemente favorable a intereses del caso del abogado del contrainterrogatorio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Si es tema investigado por el abogado exhaustivamente, puede pronosticar razonablemente si hay perjuicio o beneficio y decidir si pregunta o no.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*3.- Novedad del testimonio: si surge durante el contrainterrogatorio y a pesar de haberlo investigado es totalmente nuevo.

    Se infiere que es favorable a nuestro caso pues si fuera adversa la otra parte la hubiera presentado.Surge por descuido o inadvertencia del testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*QUINTO MANDAMIENTO:ESCUCHAR LA CONTESTACIN

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*5.ESCUCHAR LA CONTESTACIN.Prestar la atencin debida y escuchar atentamente la contestacin del testigo.

    Puede surgir informacin que no se contemplaba y obtener otra.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*No distraerse mirando sus notas o pensando en la prxima pregunta.

    Las preguntas y respuestas deben presentarse ininterrumpidamente, si hay objecin, se repite la pregunta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*SEXTO MADAMIENTO: NO PELEAR CON EL TESTIGO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*6. NO PELEAR CON EL TESTIGO.Conducta respetuosa y decorosa del Fiscal y abogado hacia testigos.

    Salvo ataques del testigo, donde se solicita auxilio del Juez o se reacciona directamente con moderacin.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Ejemplo: RECURRIR AL JUEZ.

    Abogado: Testigo, lo cierto es que Ud. nicamente pudo ver al acusado de espalda.Testigo: Yo lo pude ver bien Abogado.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado : Testigo, la pregunta es sencilla, lo cierto es que Ud. nicamente pudo ver al acusado de espalda.

    Testigo : Abogado le estoy diciendo que lo muy bien.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado: Testigo por favor conteste la pregunta.

    Testigo: Abogado lo que pasa es que Ud. no quiere escuchar la verdad, Ud. quiere que yo conteste lo que Ud. le de la gana.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado: Sr. Juez, solicito el auxilio del tribunal a los fines que se instruya al testigo a no dirigirse a nuestra a nuestra persona en esa forma no manera.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Tribunal: El tribunal instruye al testigo que tiene que contestar la pregunta del abogado y que tiene que modificar su comportamiento o de lo contrario el tribunal tendr que tomar medidas para asegurarse que el testigo recuerde que est en un Tribunal de Justicia.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo: REACCIONAR DIRECTAMENTE.

    Abogado: Testigo, lo cierto es que Ud. nicamente pudo ver al acusado de espalda.Testigo: Yo lo pude ver bien Abogado.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado: Testigo, la pregunta sencilla, lo cierto es que Ud. nicamente pudo ver al acusado de espalda.

    Testigo: Abogado le estoy diciendo que lo vi muy bien.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado: Testigo por favor conteste la pregunta.

    Testigo: Abogado lo que pasa es que Ud. no quiere escuchar la verdad, Ud. quiere que yo conteste lo que Ud. le de le gana.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado: aqu la nica persona que no quiere decir la verdad es Ud. conteste la pregunta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*STIMO MANDAMIENTO: NO PERMITIR QUE EL TESTIGO EXPLIQUE

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*7. NO PERMITIR QUE EL TESTIGO EXPLIQUE

    El abogado es el protagonista.Interrogatorio con aseveraciones que requieren rechazo o aceptacin por testigo pues testigo es hostil, es de la parte contraria, tiene pocas cosas favorables para aportar a nuestro caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Limitar interrogatorio a esas pocas cosas favorables a travs de lo siguiente :

    1.- Hacer preguntas sugestivas que por su estructura no propician ni permiten explicaciones.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*2.- Solicitar el auxilio del Tribunal si testigo insiste en explicar.

    Solicitar al Juez dar instrucciones al testigo, que debe limitarse a responder. Cualquier explicacin se le permitir por la otra parte en el re-directo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*3.- Hacer otra pregunta.

    Tan pronto testigo comience a responder hacer otra pregunta instintivamente terminar con su explicacin y escuchar nueva pregunta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*4.- Interrumpir al testigo.Cuando explicacin es muy nociva es la ltima alternativa.

    5.- Repetir la pregunta.Si el testigo no quiere contestar la pregunta, se le puede repetir y repetir, hasta que se vea obligado a contestarla.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*OCTAVO MANDAMIENTO: NO REPETIR EL DIRECTO.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*8. NO REPETIR EL DIRECTO.

    Demuestra falta de preparacin, de un plan desarrollado durante el contrainterrogatorio e inexperiencia.No se puede improvisar, repitiendo el directo se vuelve a traer evidencia adversa al Juez.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Salvo que interrogatorio Directo aporte evidencia favorable a nuestro caso o adversa a la otra parte y conviene que testigo la repita como parte del contrainterrogatorio.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Tambin como introduccin a un tema favorable, como impugnacin de testigo

    Ejemplo:Abogado: Testigo durante el interrogatorio directo Ud. testifico que los hechos acontecieron a las seis de la tarde.Testigo: Eso es correcto.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Abogado: Mire a ver si en la Investigacin Preparatoria Ud. testific que los hechos acontecieron a las siete de la noche cuando ya la visibilidad no era la misma.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*NOVENO MANDAMIENTO: SABER CUANDO PREGUNTAR

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*9. SABER CUANDO PREGUNTAR.Slo cundo vamos a obtener dato favorable a nuestro caso o desfavorable para la otra parte o podamos impugnar a testigo.

    En ocasiones el mejor contrainterrogatorio es el que no se hace.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Ejemplo:

    La parte que presenta nico testigo no logra establecer aquel dato o elemento esencial para su caso, no podr establecerlo con ningn otro medio de prueba.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Fiscal : Ha vuelto a ver a la persona que lo asalt?Testigo : S, en varias ocasiones.Fiscal : Durante el da de hoy lo ha vuelto a ver?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Testigo : No lo he visto durante el da de hoy.Fiscal : Estas seguro?Testigo : Muy seguro.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*DCIMO MANDAMIENTO: SABER CUANDO TERMINA.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*10. SABER CUANDO TERMINA.

    Identificar informacin que realistamente podamos obtener.Testigo identificado con la otra parte.Informacin debe desarrollarse durante argumentaciones o informe final.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Inconsistencia del testigo frente a declaraciones previas, confrontarlo, impugnar su credibilidad.

    Concluir contrainterrogatorio de insistir podra justificar razonable y creblemente la inconsistencia.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Testigo no aceptar ser un mentiroso y que invent todo.

    No buscar la yugular del testigo!

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplo :

    Abogado : Testigo a preguntas del Fiscal Ud. mencion que la persona que lo haba asaltado era de pelo negro.Testigo : S, Doctor

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Abogado : Ud. describi en esa declaracin al asaltante de cabello canoso.Testigo : Doctor, reconozco que dije eso en tal declaracin.

    NO MAS PREGUNTAS!Contradiccin importante para el Alegato final.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*LAS OBJECIONES

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*LAS OBJECIONESProcedimiento utilizado para oponerse a la presentacin de evidencia inadmisible, como para objetar un comportamiento indebido durante el juicio.

    Objecin requiere mas que conocimiento, derecho de la prueba.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    Identificar que la pregunta o contestacin es objetable identificando los fundamentos correctos y evaluar si es deseable objetar.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas Objetables:SugestivasCapciosasRepetitivasDe opinionesQue tergiversan la pruebaFormuladas en trminos pocos claros.Coactivas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*SugestivasUna pregunta sugestiva es cuando ella misma sugiere, orienta o induce el contenido de la respuesta, como ya lo habamos expresado, este tipo de preguntas solo deberan ser prohibidas durante el examen directo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Pueden ser:Directamente sugestivas o bien ser sugestivas en conformidad al contexto en que son formuladas, as como las preguntas que sin ser directamente sugestiva, cierra las opciones de forma a inducir en determinado sentido al testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejm:Directamente sugestivas:Abogado: Logr usted observar a un sujeto que portaba un arma de fuego, no es cierto?Testigo: S. Sugestivas conforme al contexto:Fiscal: Qu sabe usted de este caso?Testigo: Que atacaron a un hombre y lo mataron Fiscal: Cuntas armas de fuego haba en el suceso?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Sugestiva que cierra las opciones:Fiscal: Usted ha sealado haber encontrado armas de fuego? Dos o tres armas de fuego?Testigo Tres.Sin embargo existen situaciones en las que la sugestividad de las preguntas en el examen directo resulta irrelevante. Ejemplo: El imputado es su padre?.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas CapciosasSon aquellas que inducen a error al sujeto que responde, y de esta manera la parte que pregunta se ve favorecida, la prohibicin de este tipo de preguntas se fundamenta en que el sistema desea que la informacin que se extraiga del testigo sea confiable, de alta calidad y no se distorsione con este tipo de preguntas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas RepetitivasPueden asimilarse a las capciosas en la medida que intentan inducir a error al testigo, preguntando sobre un mismo aspecto en diversos momentos del interrogatorio. Si un testigo ya ha contestado una pregunta de manera directa y clara, no resulta aceptable que se permita formularla nuevamente.No basta la mera repeticin para que proceda la objecin, la pregunta tiene que haber sido adecuadamente respondida por el testigo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas de OpinionesLas preguntas que persiguen de un testigo una conclusin o una opinin son en principio inadmisibles por considerarse irrelevantes para el caso.

    La excepcin es el testigo tcnico.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas que tergiversan la prueba.

    Estas preguntas tienden a confundir al testigo, pues contraran la forma, el sentido, el contexto o los detalles relevantes con arreglo a los cuales el testigo ha ido reproduciendo los hechos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Sucede en dos supuestos:

    Cuando una pregunta asume hechos sobre los cuales no hubo prueba en el juicio; o

    Habiendo prueba esta no se ajusta a la informacin contenida en la pregunta, existiendo una capciosidad potencial.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas Formuladas en trminos pocos clarosUna manera de debilitar el conocimiento integro del testigo es afectando la capacidad de comprensin mediante preguntas que no resultan claras en su enunciado, formulacin, contenido, orientacin, significado u otro aspecto que la torna oscura o derechamente inentendible.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Dentro de este tipo de preguntas tenemos:a. Pregunta compuesta. Requiere ms de dos contestaciones, puede ser materia de objeciones pues introducen un factor de confusin al testigo, al incluir dos o ms temas al mismo tiempo y por tanto pueden provocar potencialmente un descontrol lgico en la capacidad de comprensin de la persona que contesta.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*b.Preguntas confusas, ambiguas o vagas. Poseen como nota caracterstica su escasa o nula claridad, pues no resulta comprensible para el que la recibe en atencin a que su enunciado resulta inentendible, de una amplitud que la torna imposible de comprender en su genuino sentido, o bien por que se formula de tal manera que pueden entenderse dos o ms cosas que incluso se contradicen entre s.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Preguntas Coactivas:El juicio oral al representar un escenario de necesaria competitividad de relatos alternativos, permite que existan situaciones especiales en las cuales haya presin sobre la persona del testigo, el caso paradigmtico es el contraexamen. Por lo que se pretende evitar que el litigante ejerza presin abusiva sobre la persona del testigo en su atribucin de formular preguntas.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La coaccin puede adquirir diversas formas, pudiendo estar referida al tono de la pregunta, a la gesticulacin del interrogador, a la cercana fsica del mismo respecto del declarante, o bien a la velocidad con la que se realizan las preguntas.Estn presentes en el contraexamen.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*10 MANDAMIENTOS

    1.- Actuar rpidamente.2.- Ser Corts.3.- Conocer al Juez.4.-Objetar nicamente cuando sea necesario.5.- Conocer el derecho de la Prueba.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    6.- Prever los incidentes Objetables.7.- Discutir las objeciones sin la presencia del testigo.8.- Conocer parte contraria.9.- Utilizar guas:a) En el directo

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*

    b) Contrainterrogatorio.c) Presentacin de pruebas yd) Por materia.10.- Utilizar y maximizar las instituciones y remedios.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*RecomendacionesLas Objeciones representan un dispositivo entregado a las partes para controlarse recprocamente y una herramienta para que el tribunal pueda dar curso correctamente al debate.La excesiva incidentalizacin del juicio termina agotando a los sujetos que en l intervienen.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Presentacin de Prueba Material en el Juicio

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*IntroduccinUna Imagen vale ms que mil palabrasLa observacin visual de ciertos objetos representa una evidente ventaja al momento de relatar una historia, pues puede llegar a ser mucho ms esclarecedora que la sola declaracin de testigos y peritos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*En el Juicio OralLa informacin puede provenir tambin de otras fuentes probatorias, constituidas fundamentalmente por:

    Objetos

    Documentos

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Tales como:El arma homicida.La ropa ensangrentada del occiso.El contrato a travs del cual se consumo la estafa.El video de seguridad del centro comercial.La fotografa que tomo un pesquisa.La grabadora que contiene la conversacin anterior a la muerte de la victima.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Pero:Cmo interactan los objetos y documentos en el juicio oral?

    Qu tienen en comn todas esas pruebas como para que merezcan ser agrupadas en una misma categora?

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Fundamentalmente 2 cosas:Son producidas sin inmediacin: los jueces no estaban all.

    Ninguna de estas pruebas est sujeta a contradictoriedad, es decir ninguna de estas pruebas puede responder las preguntas de un contraexaminador.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Estas caractersticas traen como consecuencia:

    Que el mero objeto o documento NO SEA, en s mismo, informacin de calidad suficiente, porque NO PODEMOS ESTAR SEGUROS que sean lo que efectivamente la parte que los presenta dice que son.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Por ello:La produccin de la prueba en juicio, se rige por dos lgicas en tensin.

    La lgica de la desconfianza.La lgica del sentido comn.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Lgica de la desconfianza:Nadie tiene por qu creer que esto es lo que la parte que lo presenta dice que es, simplemente porque ella lo diga

    En consecuencia, los objetos y documentos deben en general ser acreditados.Es decir, que alguien declare que efectivamente aquel objeto corresponde a aquello que la parte pretende que es.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Esto significa:Que los objetos y documentos deben ser ingresados por lo general a travs de testimonio.Esta exigencia de acreditacin proviene de las:

    Reglas de la prueba.Consideraciones de Litigacin

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La exigencia de acreditacin:AcreditacinReglas de la PruebaExigencia de AdmisibilidadLa Prueba no habla por s mismaRelevanciaConsideraciones de LitigacinTodo entra ms no todo pesaBajo que supuesto vamos a permitir que la parte ingrese al debate este objeto o documento pretendiendo que es ese el objeto o documento?Los objetos y documentos constituyen prueba de proposiciones fcticasque los testigos afirman.Respondea la pregunta

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Reglas de la Prueba:La acreditacin es una exigencia de admisibilidad.En un sistema de libre valoracin todo entra, ms no todo pesa.Las cuestiones relativas a la prueba sern cuestiones de credibilidad, no cuestiones de admisibilidad.Esta exigencia vendr traducida en la relevancia de la prueba.Pues, an en un sistema de libre valoracin la prueba irrelevante no es admisible.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Consideraciones estratgicas de litigacin

    La prueba material se debe acreditar no slo por las exigencias desde el punto de vista de las reglas de la prueba, sino tambin por consideraciones estratgicas de litigacin.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La prueba no habla por s mismaLa primera de estas consideraciones esta en relacin a que muy rara vez la prueba habla por s misma, por ello hay que insertarla en un relato.

    Los cuadernos contables de la empresa me sirven para acreditar el fraude en la administracin de la persona jurdica.

    Los objetos y documentos son poderosos porque se insertan en el relato de nuestra teora del caso.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Es decir:Constituyen prueba de proposiciones fcticas que los testigos y peritos afirman. Para insertarlos en nuestra teora del caso y explotarlos debemos de hacerlo a travs del testimonio de nuestros testigos o peritos.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Debemos de evitar los defectos de credibilidad que vienen aparejados con la falta de acreditacin

    La falta de acreditacin siempre es causal de una legtima objecin por la contraparte.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*La acreditacin de la prueba material se traduce:

    En la necesidad que alguien un testigo est en condiciones de declarar acerca de la procedencia del objeto y su fidelidad .As: la vctima podr reconocer el arma con la cual el acusado le disparo en la pierna para lesionarlo.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Lgica del sentido comn:En virtud de ella hay objetos y documentos cuya naturaleza o autenticidad es tan evidente que sus exigencias de acreditacin disminuyen ostensiblemente o desaparecen.

    Se trata de casos en los que por criterios obvios se traslada la carga de la discusin ms bien hacia la parte que desea controvertir su autenticidad.

    Jos Antonio Neyra Flores

  • Jos Antonio Neyra Flores*Ejemplos:La abogada defensora desea insertar una pgina del diario El Peruano donde se fotografa al imputado siendo golpeado por 4 Polcias que lo sindican como autor del delito de lesiones.Siendo El Peruano el diario oficial del pas y la mayora