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1 Universidad Dr. José Matías Delgado Facultad de Posgrados y Educación Continua INVESTIGACIONES DE POSGRADOS JULIO – DICIEMBRE 2009 ISSN 2079-5041 San Salvador, El Salvador, abril de 2010

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Universidad Dr. José Matías Delgado

Facultad de Posgrados y Educación Continua

INVESTIGACIONES DE POSGRADOS

JULIO – DICIEMBRE 2009

ISSN 2079-5041

San Salvador, El Salvador, abril de 2010

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Esta publicación es propiedad de la Facultad de Posgrados y Educación Continua de la Universidad Dr. José Matías Delgado. Las investigaciones publicadas en Investigaciones de Posgrados expresan exclusivamente la opinión de sus autores. La reproducción de las investigaciones es permitida siempre que se indique la fuente y para usos estrictamente académicos.

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MISIÓN

Formar, por medio de la docencia, la proyección social y la investigación, profesionales capaces de integrarse y desarrollarse en un entorno nacional e internacional,

con alta competencia, espíritu de investigación e innovación, sólida moralidad, profunda sensibilidad

humana y clara visión del futuro.

VISIÓN

Tener consolidada y proyectada su excelencia académica, dentro de un proceso de acreditación

permanente, nacional e internacional, manteniendo su liderazgo institucional y asegurando que sus

graduados compitan exitosamente en un mundo globalizado.

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SUMARIO

CRECIMIENTO ECONÓMICO Y SECTOR INFORMAL EN EL SALVADOR: ANÁLISIS Y RECOMENDACIONES DE POLÍTICA PÚBLICA PARA MEJORAR EL BIENESTAR DE LA POBLACIÓN 5 LA POLÍTICA DE DEFENSA NACIONAL DE EL SALVADOR: ¿POLÍTICA PÚBLICA O POLÍTICA DE ESTADO? 51 ANÁLISIS DE LA PROPUESTA DE POLÍTICA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD DE EL SALVADOR 92 IMPACTO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y EL SALVADOR, EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS LABORALES SALVADOREÑOS. 2005-2008 160 LAS BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA EN LA PRODUCCIÓN RELACIONADAS AL ENVASADO DE PRODUCTOS ORGÁNICOS. CASO DE ÉXITO: CAFÉ PIPIL 233 IMPORTANCIA DE LA PROMULGACIÓN DE UNA LEY QUE REGULE EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL SALVADOR PARA GARANTIZAR SU DESARROL 311 EL MICROCRÉDITO COMO INSTRUMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA LAS FAMILIAS EN EXTREMA POBREZA EN EL SALVADOR 381

TITULARIZACION DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN 428

RIESGO CREDITICIO Y LAS PROVISIONES ANTICICLICAS 487

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IMPACTO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y EL SALVADOR, EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS LABORALES SALVADOREÑOS. 2005-200838

Georgina Elizabeth Portillo de Serrano39

38 Investigación presentada en septiembre de 2009 en el marco del proceso de graduación de la Maestría en Negocios Internacionales. 39 Maestra en Negocios Internacionales de la Universidad Dr. José Matías Delgado de El Salvador.

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CONTENIDO

Introducción 162

1. Generalidades 164

2. Antecedentes históricos del trabajo 165

3. Relación de los derechos laborales con los tratados de libre comercio 167

4. La dimensión laboral en Centroamérica y la república dominicana construyendo sobre el progreso: reforzando el cumplimiento y potenciando las capacidades, conocido por “Libro Blanco”

170

5. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en el cumplimiento de la libertad de asociación, sindicatos y relaciones laborales 2005-2008 185

6. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en el funcionamiento del ministerio de trabajo y previsión social, 2005-2008 191

7. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en la administración de la justicia laboral, 2005-2008 205

8. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en género y discriminación, 2005-2008 209

9. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en la erradicación de trabajo infantil, 2005-2008 210

10. Impacto de la suscripción del CAFTA-DR en el fomento de una cultura de cumplimiento, 2005- 2008 216

Conclusiones 225

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INTRODUCCIÓN

A través de los años, el significado del trabajo ha tomado diversas acepciones de acuerdo al contexto histórico que esté atravesando la humanidad. Etimológicamente Trabajo viene del latín “Tripaliare” la que a su vez deviene de la palabra Tripalium (tres palos). Tripalium era un yugo hecho con tres palos en los cuales amarraban a los esclavos para azotarlos. (En griego moderno la palabra dulia significa trabajo en general, griego antiguo duleia=esclavitud)40. Por lo que desde su primera acepción Trabajo se ha considerado como un castigo, relacionado al trabajo que los esclavos estaban obligados a hacer para sus “dueños”. En italiano hoy se dice “laborare” para otorgar al trabajo el sentido virtuoso de labor, algo muy diferente. Actualmente, de acuerdo al Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española; la palabra TRABAJO significa: Esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza, en contraposición a capital. De acuerdo a estas fuentes consultadas, se puede concluir que el trabajar en sus comienzos, estaba asociado al trabajo esclavo o forzado, y de ahí pasó al trabajo asalariado. En la presente monografía especializada “Impacto del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y El Salvador, en el cumplimiento de los Derechos Laborales Salvadoreños, 2005-2008”, se aborda en primer lugar cómo a través de la historia el Derecho del Trabajo ha ido cambiando de acuerdo a cada escenario histórico que atraviese la humanidad y cómo en la actualidad, con la globalización los derechos laborales han venido a constituirse en uno de los más importantes dentro de la esfera jurídica, al grado de relacionarse con una de las actividades más importantes de la economía: El Comercio. Al finalizar los antecedentes de los derechos laborales, se exponen los argumentos de la relación entre los Derechos Laborales y los Tratados de Libre Comercio, y en específico cómo el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, ha sido hasta la fecha, un instrumento básico en la mejora en el cumplimiento de los derechos laborales en El Salvador. Siendo este último argumento el eje principal del presente ensayo, debido al impulso positivo que la suscripción de este Tratado ha dado a la eficacia de la aplicación y respeto a los derechos de la clase trabajadora y deberá ser el punto de partida para nuevas negociaciones de Acuerdos Comerciales. El principal garante en el cumplimiento de los derechos de los trabajadores salvadoreños, es el Gobierno, derecho reconocido constitucionalmente41. El

40 El Salvador, Constitución de la República Vigente, artículo 2.- Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se establece la indemnización, conforme a la ley, por daños de carácter moral. 41 El Salvador, Constitución de la República, Artículo 9

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Gobierno de El Salvador debe garantizar que nadie sea obligado a realizar trabajos o prestar servicios personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo algunas excepciones42. Por lo que el trabajo es una función social, goza de la protección del Estado, y no se considera artículo de comercio. El Estado debe emplear todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y a su familia las condiciones económicas de una existencia digna. De igual forma promoverá el trabajo y empleo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas, mentales o sociales. Esta importante misión es la que tiene el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS)43, por muchos años esta Cartera de Estado había sido relegada en la distribución del presupuesto estatal, tal y como se refleja en el capítulo siguiente no es sino a partir de la entrada en vigencia del TLC CAFTA-DR, en el año 2005 que se incrementa en un porcentaje el presupuesto operacional del MTPS para el ejercicio fiscal del año 2006. Presupuesto que permitió la contratación de nuevo personal para poder ampliar la cobertura de trabajadores en cada uno de los servicios del Ministerio. Una de las partes principales de la presente monografía, es donde se trata el impacto del CAFTA-DR en los derechos laborales, a la luz de los tres informes de Verificación del Cumplimiento de “La Dimensión Laboral en Centroamérica y República Dominicana, construyendo sobre el progreso; reforzando el cumplimiento y potenciando las capacidades” , conocido por Libro Blanco. El libro blanco ha servido para dar a conocer la temática laboral para el público en general y en la toma de decisiones para los Gobiernos, para delimitar las políticas laborales que era necesario impulsar a fin de poder dar seguimiento al Capítulo 16 del CAFTA-DR. Y es así como en los siguientes capítulos, se detalla el resultado del análisis comparado de los tres primeros Informes de Verificación que ha elaborado la Organización Internacional del Trabajo; para finalmente concluir en los logros que se han realizado a la fecha, y poder determinar si el impacto ha sido positivo o negativo en los derechos laborales la suscripción del CAFTA-DR. 42 El Salvador, Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, Art. 5.-El Ministerio de Trabajo y Previsión Social es la Secretaría de Estado rectora de la administración pública del trabajo y le corresponde formular, ejecutar y supervisar la política sociolaboral del país; y coordinar con las instituciones autónomas que la Ley señala. 43 (Copenhague, 1995), Declaración que fue posibilitada por el apoyo dado a la OIT en la promoción de las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas por los Estados participantes en la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio celebrada en Singapur en 1996. Apoyo ratificado en la Conferencia de Doha en 2001” (véase Informe del Director General de la OIT, XV Reunión Regional Americana, Lima, diciembre de 2002, OIT, Ginebra, 2002, p. 34).

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1. GENERALIDADES 1.1. Planteamiento del Tema Mucho se ha discutido sobre lo novedoso del Tratado de Libre Comercio entre El Salvador y Estados Unidos. Una de las tantas novedades es la incorporación de temas que no se acostumbraba a regular en los Tratados de Libre Comercio, tales como regulaciones sobre medio ambiente, propiedad intelectual y sobre derechos laborales. Algunos de los detractores de los TLC´s consideran, que no existe ningún beneficio para los trabajadores en la suscripción de un tratado de este tipo, ya que no conciben que el comercio esté estrechamente ligado al derecho de los trabajadores. Es por este motivo, que este trabajo se orienta a remarcar los puntos comunes entre los TLC´s y el Derecho Laboral, por lo que la presente investigación se ha denominado: “IMPACTO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE ESTADOS UNIDOS Y EL SALVADOR EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS LABORALES DE EL SALVADOR PARA EL PERÍODO DE 2007-2008.” 1.2 Objetivo General Establecer un parámetro para identificar las áreas que en materia laboral, han mejorado con la suscripción del TLC CAFTA-DR, para medir la estrecha relación que existe entre el ambiente laboral y el ambiente comercial en El Salvador. 1.3 Objetivos Específicos

Establecer la relación inherente entre el comercio y el derecho laboral, a través de los lineamientos de la Organización Mundial del Comercio en comunión con la Organización Internacional del Trabajo.

Medir el impacto del CAFTA-DR en los temas laborales identificados como

prioritarios en el documento. La Dimensión Laboral en Centroamérica y República Dominicana Construyendo sobre el Progreso: Reforzando el cumplimiento y Potenciando las Capacidades (“Libro Blanco”).

Evaluar la situación laboral salvadoreña antes y después del CAFTA-DR

Conocer el rol del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador en el

cumplimiento del Capítulo XVI del CAFTA-DR. 1.4 Marco Teórico Para la realización de esta investigación, se ha tomado como marco teórico una diversidad de documentación legal y doctrinaria sobre el tema comercial y laboral; entre las principales se puede nombrar: el Capitulo XVI del CAFTA-DR, el documento

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La Dimensión Laboral en Centroamérica y República Dominicana Construyendo sobre el Progreso: Reforzando el cumplimiento y Potenciando las Capacidades (“Libro Blanco”), el Plan de Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco, etc.1 1.5 Hipótesis La ratificación del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y El Salvador ha mejorado las condiciones laborales de los y las trabajadoras salvadoreñas, por medio del reconocimiento y cumplimiento efectivo de sus derechos. 1.6 Justificación Los derechos laborales en El Salvador antes de la suscripción del CAFTA-DR, no eran considerados como uno de los temas prioritarios dentro de la vida socioeconómica del país. No es sino, a partir del nacimiento de este nuevo compromiso internacional, que el Gobierno de El Salvador decide poner la atención debida al cumplimiento de estos derechos y a las respectivas sanciones en caso de alguna contravención. Por lo que se considera de suma importancia analizar de una forma objetiva las mejoras que han tenido las condiciones laborales en El Salvador, como uno de los cambios positivos que se está experimentando a partir de este momento, a fin de que proporcione una base para futuros estudios de acuerdo a los avances que se vayan dando en esta materia tan importante como lo son los derechos laborales. 2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL TRABAJO Al estudiar la historia de la humanidad en la diversidad de textos físicos y virtuales que existen actualmente, se puede vislumbrar que en un primer instante no existía el concepto de trabajo como se conoce en estos días. Ya que las actividades se realizaban de acuerdo a las necesidades que fueran surgiendo en cada momento. Constituyéndose en sociedades cazadoras y recolectoras, todo lo que necesitaban en su momento lo tomaban de la naturaleza. De acuerdo a lo anterior, el trabajo no era un fin en si mismo, sino que las personas al sentir sus necesidades básicas simplemente se alimentaban, cazaban o construían su casa. Es decir, que el esfuerzo constituido en trabajo, se realizaba exclusivamente para cubrir las necesidades básica, y cuando éstas eran cubiertas se dejaba de trabajar. No existía el comercio, los grandes imperios como Egipto, Mesopotamia estaban basados exclusivamente en economías domésticas. El gobierno en general, no intervenía en los medios de producción. La concepción de trabajo en la Antigua Grecia toma un matiz diferente. El trabajo era

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destinado a las actividades agrícolas y lo realizaban los esclavos, ya que para los hombres libres era indigno dedicarse a actividades que los distrajeran de las actividades del conocimiento. Lo deshonroso del trabajo procedía del hecho que la mayoría de las familias se sustentaban de sus propias tierras y herramientas. Un primer paso, importante, en lo que concierne al proceso del trabajo, es el que lleva a la producción para el intercambio. El campesino pasa a producir cada vez una mayor parte de la cosecha para ser vendida o intercambiada. Aparece, paralelamente, la figura del artesano, que elabora uno o más productos de forma especializada. Las personas dejan de abastecerse a si mismos en buena parte y surge el comerciante. En la mayoría de los casos los comerciantes acababan controlando el proceso de intercambio de los productos, ya sea porque traían las materias primas necesarias de lejos, porque controlaban los precios de venta de los productos o porque tenían la capacidad de almacenar la producción a la espera de mejores precios. Como consecuencia de que las personas producían más productos de los que ocupaban para subsistir, se origina la fábrica, la cual no es inicialmente más que la suma, bajo un mismo techo, de gran número de artesanos. Las herramientas y máquinas continúan siendo muy sencillas, y se requiere de la pericia del artesano para elaborar el producto. De esta manera el artesano aún controla los ritmos de trabajo e incluso el como se hacen las cosas. Sin embargo, ya no trabaja el tiempo que necesita para cubrir sus necesidades básicas, sino que trabaja de acuerdo al tiempo requerido para poder terminar con la producción. Es en este momento, que nacen corrientes como el Taylorismo y el Ford ismo. Taylor empieza a dividir las tareas de la fábrica en pasos, y ha calcular el tiempo necesario para cada uno de ellos. A continuación manipula el proceso para hacerlo más rápido y eficiente. Por su parte, Ford inventa la cadena de montaje, al dividir el proceso productivo en un número de tareas independientes y consecutivas. La gran ventaja para el empresario de estos 2 métodos de trabajo radica en poder sustituir a los artesanos, bien pagados y organizados, por mujeres, niños y en general mano de obra poco calificada y fácil de disciplinar. Con el pensamiento moderno nace una concepción muy diferente del trabajo. En primer lugar, aparece como una actividad abstracta, indiferenciada. En la literatura sobre el desarrollo del capitalismo encontramos dos explicaciones, ambas convincentes, de esta transformación de la actividad diferenciada en trabajo neutro. Según Marx, la mudanza tiene lugar cuando se produce predominantemente para el mercado y el trabajo se convierte en valor de cambio. Según Weber, desde la perspectiva luterana del trabajo se juzgaba que todas las profesiones merecían la misma consideración, independientemente de su modalidad y de sus efectos sociales. Lo decisivo para cada persona era el cumplimiento de sus propios deberes. Esto se ajustaba a la voluntad de Dios. Desde esta perspectiva, los niveles más altos de la escala correspondían al trabajo productor de plusvalía, denominado trabajo

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productivo; al que se intercambiaba por dinero a través del comercio o del salario y al trabajo identificado con la creación de productos artificiales. En segundo lugar el pensamiento moderno mitificó la idea del trabajo. La literatura de los grandes pensadores de la época contribuyó a esta mutación proporcionando argumentos en favor de su fundamentación. Para John Locke el trabajo era la fuente de propiedad. Según él, Dios ofreció el mundo a los seres humanos y cada hombre era libre de apropiarse de aquello que fuera capaz de transformar con sus manos. Para Adam Smith el trabajo era la fuente de toda riqueza. Las teorías del valor de Adam Smith y de David Ricardo tenían su base en la idea de que el trabajo incorporado al producto constituía la fuente de propiedad y de valor. Karl Marx criticó el trabajo en la sociedad capitalista como actividad enajenada y señaló los efectos perniciosos de la división del trabajo en la Ideología alemana. Consideró que la supresión del trabajo debía ser uno de los objetivos fundamentales del comunismo. El enaltecimiento del trabajo llevó consigo el menosprecio por otro tipo de actividades y una nueva concepción del tiempo. Se juzgaba que el tiempo era valioso desde el momento en el que estaba dedicado a la producción y al trabajo. Con los inicios de la ciencia y la industria, el hombre asume gradualmente un papel central en la creación de riqueza. Ya no es la naturaleza, o Dios la que crea las cosas, como pensaría un agricultor mientras espera que crezca la cosecha, sino el hombre. Esta es la mentalidad propia y lógica del industrial u obrero, la riqueza emana de la manipulación de la naturaleza mediante el trabajo. Las materias primas pierden el protagonismo frente a los productos manufacturados. 3. RELACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Como el derecho en general, el derecho laboral es dinámico y se adecúa de acuerdo a los cambios que vayan gestándose en la humanidad; teniendo que evolucionar rápidamente para poder responder a la internacionalización del comercio y por ende, de uno de los factores más importantes: los trabajadores y el cumplimiento de sus derechos. De cara a todo el embate que ha sufrido el Derecho Laboral en el proceso de globalización, se han elaborado diferentes mecanismos para la protección de esta rama jurídica tan importante, una de ellas es la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo, relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento, adoptada en 1998; esta Declaración, de acuerdo a palabras textuales de el director general de la OIT, “es un corolario de los compromisos y del Plan de Acción, asumidos por los Jefes de Estado y de Gobierno

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asistentes a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. 44 Como reacción a todos estos procesos de globalización, y asegurar su cumplimiento; se ha elevado a la categoría de Derechos Humanos a los Derechos Laborales. Estudios de renombrados economistas, consideran que para poder llevar a cabo una efectiva vigilancia de los derechos laborales dentro de un mundo globalizado, es necesario que la protección a éstos deba estar consagrada en los Tratados de Libre Comercio que firman entre naciones. La relación que tiene el derecho laboral con el comercio, ha sido producto de diversas discusiones. A pesar de los detractores, el derecho laboral está entrelazado a la vida comercial de la humanidad. Se sostiene esta idea, ya que una buena relación entre el trabajador y su empleador se traducirá en procesos de producción eficientes, permitiendo el intercambio comercial entre los países. Otra estimación que abona a la presente teoría, es que el progreso obtenido a costa de la opresión de la clase trabajadora, es progreso rechazado internacionalmente. Todas estas ideas de protección a los trabajadores en el marco de la actividad comercial, se ha visto fortalecida en los textos de los Tratados de Libre Comercio, suscritos y ratificados por los países. Ejemplo de esto, es el Tratado de Libre Comercio (TLC’s) firmado por nuestro país con Estados Unidos CAFTA-DR, y con los demás países de la subregión. Pero anterior a los TLC’s, esta discusión tuvo lugar en el seno de la Organización Internacional del Comercio, en Marrakech (1994). Siendo que el propio Acuerdo de Marrakech establece en el Preámbulo que las: “relaciones en la esfera de la actividad comercial y económica deben tender a elevar los niveles de vida (y) a lograr el pleno empleo…”. Bajo la visión de ampliar oportunidades y promover un crecimiento económico sostenible, El Salvador, en mayo de 1995, se constituyó miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Paralelamente, dio inicio a la puesta en marcha de una estrategia orientada a consolidar relaciones comerciales con socios estratégicos de economías complementarias a la nuestra. A pesar del interés de algunos países desarrollados miembros de la OMC, no se ha logrado alcanzar un acuerdo para incorporar el tema laboral dentro de la agenda de ducha institución, lo que representa temor para los miembros que están a favor de dicha incorporación, ya que consideran que muchas de las clausulas laborales, podrían ser utilizadas como barreras proteccionistas que los países desarrollados para cerrar sus mercados de forma arbitraria, a los países en vías de desarrollo. Otro argumento que ha sido muy fuerte para no incorporar el tema laboral en la agenda de la OMC, es que para la vigilancia de la normativa laboral internacional ya se cuenta con la Organización Internacional del Trabajo. Lo cual se dejó plasmado en la 44 Normas contenidas en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales y los ocho convenios fundamentales.

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Primera Conferencia Ministerial (1996), en la cual el tema laboral se incluyó dentro de la agenda a discutir, plasmándose en la “Declaración Ministerial” que los países miembros reconocieron y renovaron su compromiso de respetar las normas fundamentales trabajo internacionalmente reconocidas, y reafirmaban que la OIT es el órgano competente para establecer y ocuparse de las normas laborales, no obstante, reafirmaron su apoyo a la labor de promoción de las mismas. A continuación se presenta el segmento de la declaración de dicha Conferencia Ministerial: ...“Renovamos nuestro compromiso de respetar las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el órgano competente para establecer esas normas y ocuparse de ellas, y afirmamos nuestro apoyo a su labor de promoción de las mismas. Consideramos que el crecimiento y el desarrollo económicos impulsados por el incremento del comercio y la mayor liberalización comercial contribuirán a la promoción de esas normas. Rechazamos la utilización de las normas del trabajo con fines proteccionistas y convenimos en que no debe cuestionarse en absoluto la ventaja comparativa de los países, en particular de los países en desarrollo de bajos salarios. A este respecto, tomamos nota de que las Secretarías de la OMC y la OIT proseguirán su actual colaboración.”... Todos estos esfuerzos tienen su origen en la adopción por la OIT en 1998 de la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, en la que los gobiernos miembros de la OIT manifiestan su respaldo a ciertos principios básicos enunciados en los convenios fundamentales de la OIT. (Dichos convenios establecen los derechos fundamentales en el lugar de trabajo, en particular la libertad de asociación y el reconocimiento del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso; la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.) Los gobiernos miembros de la OIT han acordado respetar y promover todos esos convenios fundamentales, independientemente de que los haya o no ratificado. La OIT publica memorias anuales para las cuales los funcionarios de la OIT obtienen de gobiernos que no han ratificado todos los convenios, información acerca de los posibles cambios introducidos en sus propias leyes o reglamentos que puedan tener una incidencia en los derechos fundamentales del trabajo. En 1999 los gobiernos miembros de la OIT acordaron además prohibir y eliminar las modalidades más repudiables del trabajo infantil, definidas como todas las formas de esclavitud, prostitución y pornografía infantil, el recurso a niños para el tráfico de estupefacientes y cualquier trabajo que pueda ir en perjuicio de la salud, la seguridad o la moralidad de los niños. Los gobiernos miembros de la OIT han dicho que reconocen que el trabajo infantil se debe en gran parte a la pobreza y que la solución a largo plazo para la eliminación de la explotación nociva del trabajo infantil radica en un crecimiento económico sostenido. Actualmente las normas del trabajo no están sujetas a ninguna norma o disciplina de la OMC, pero es importante la inclusión de las normas del trabajo en el programa de

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trabajos futuros de la OMC, en temas de libertad de negociación colectiva y la libertad de asociación, la eliminación de la discriminación y los abusos en el lugar de trabajo (en particular, el trabajo forzoso y determinados tipos de trabajo infantil). Pese a ello, algunos países desarrollados, como los que conforman la Unión Europea, establecen en sus sistemas comerciales apartados referentes a la protección de los derechos laborales en la actividad comercial. Prueba de ello es, que el 1 de enero de 2006, entró en vigor el nuevo sistema de preferencias de la UE, régimen bajo el cual los países latinoamericanos pueden acceder al SGP Plus que abarca aproximadamente 7,200 productos. El SGP Plus, como principio general, es otorgado solamente a aquellos países que muestren un compromiso serio con el buen gobierno y el desarrollo sostenible, para lo cual se hace necesario aplicar convenios internacionales en materia de derechos humanos, relaciones laborales, cuidado del medio ambiente y gobernabilidad (tráfico de drogas y lucha contra la corrupción). En este mismo sentido, la Unión Europea se ha caracterizado por negociar acuerdos comerciales bajo el nombre de “acuerdos de asociación”, los cuales son considerados tratados de cuarta generación, debido a las implicaciones de índole social que contienen, además de las económicas y comerciales que generalmente se estipulan en los tratados de libre comercio. 4. LA DIMENSIÓN LABORAL EN CENTROAMÉRICA Y LA REPÚBLICA DOMINICANA CONSTRUYENDO SOBRE EL PROGRESO: REFORZANDO EL CUMPLIMIENTO Y POTENCIANDO LAS CAPACIDADES, CONOCIDO POR “LIBRO BLANCO” A raíz de las negociaciones para la suscripción del Tratado de Libre Comercio entre El Salvador y Estados Unidos, se reconoció por parte de El Salvador en conjunto con los demás países firmantes del CAFTA-DR, que si bien cierto los marcos legales existentes ofrecen importantes garantías constitucionales de protección a las normas fundamentales del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo45, siempre está presente la necesidad de mejorar la aplicación y el cumplimiento de los derechos laborales, así como el fortalecimiento de las instituciones laborales en los países de la región. 4.1 Generalidades del Capítulo XVI del CAFTA-DR Entre los compromisos más importantes adoptados por El Salvador en materia laboral, en el Capítulo 16, del CAFTA-DR, está el reconocimiento de sus obligaciones como miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)46 y sus compromisos asumidos en virtud de la Declaración de la OIT relativa a los Principios

45 Las Partes reconocen que el párrafo 5 de la Declaración de la OIT establece que los estándares laborales no deben ser utilizados para fines comerciales proteccionistas. 46 El Salvador, Código de Trabajo, Artículo 244.

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y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento (1998) (Declaración de la OIT). Una de las principales obligaciones como miembros de la OIT, es la de garantizar que lo derechos laborales internacionalmente reconocidos sean cumplidos en el país. Todo esto basándose en la legislación nacional existente, la Constitución de la República como base de estos derechos, y demás normativa laboral vigente. El Salvador, no puede dejar de aplicar efectivamente su legislación laboral, por medio de un curso de acción o inacción sostenido o recurrente, de una manera que afecte el comercio, ya que ha considerado de común acuerdo que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o reducción de la protección contemplada en su legislación laboral interna. A fin de poder garantizar las mejoras en los aspectos delimitados en el párrafo anterior, se le solicitó a la Organización Internacional del Trabajo que preparara cada seis meses una evaluación del progreso realizado en la implementación del plan a nivel nacional y regional. Lo que se conoce como Informes de Verificación de las Recomendaciones del Libro Blanco. 4.2 Libro Blanco Este documento tiene su origen en la declaración conjunta que los Ministros de Comercio y Trabajo de los países de Centroamérica y República Dominicana de julio de 2004, en la cual le encomiendan la misión a sus Viceministros de formar un grupo de trabajo para emitir un informe con recomendaciones orientadas a mejorar la aplicación y cumplimiento de los derechos laborales, y a fortalecer las entidades laborales en la región. Como resultado del trabajo posterior realizado por los Viceministros, con apoyo de Banco Interamericano de Desarrollo (BID), surgió el documento denominado “La Dimensión Laboral en Centroamérica y la República Dominicana. Construyendo sobre el Progreso: Reforzando el Cumplimiento y Potenciando las Capacidades” (Abril 2005), conocido como el “Libro Blanco”. Dicho informe contiene compromisos adoptados en forma voluntaria por los países signatarios para mejorar la legislación laboral y su aplicación. Se le conoce como Libro Blanco, siendo ésta una expresión propia de la vida política de los Estados Unidos, que hace referencia a un informe que generalmente da las guías para resolver un problema. Este informe, generalmente es utilizado para educar a los que lo consultan y ayudar a los interesados a tomar decisiones. En el Libro Blanco, cada país identificó retos y recomendaciones para las áreas prioritarias:

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4.3 Recomendaciones Contenidas en el Libro Blanco 4.3.1. Legislación Laboral y su aplicación

Tabla 1: Recomendaciones sobre Legislación Laboral y su aplicación

Fuente: Elaboración propia con datos del Libro Blanco

Antes de la elaboración del Libro Blanco, la legislación laboral sufrió diversas reformas en cuanto a la libertad de asociación, sindicatos y relaciones laborales, producto de la ratificación de catorce convenios de la OIT. Estas reformas estuvieron enfocadas específicamente en temas como las relaciones colectivas de trabajo, incorporando disposiciones que ampliaron el espacio para las relaciones colectivas autónomas. Suprimiendo los artículos del Código que imposibilitaban la sindicación rural, facilitó la conformación de sindicatos, restringió la injerencia de las autoridades públicas en la vida interna de estas organizaciones y amplió las facultades de las federaciones y confederaciones de trabajadores. En materia de derecho de huelga, redujo las mayorías exigidas para su declaración y dispuso de manera explícita que se presume que es legal mientras su ilegalidad no haya sido expresamente declarada, lo que debe ser materia de decisión judicial a pedido de la parte interesada. El estudio elaborado por la Organización Internacional del Trabajo, “Principios y derechos fundamentales en el trabajo: un estudio sobre la legislación laboral. Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua”, en el año del 2003; muestra el estado de la legislación nacional de cada uno de esos países incluido el nuestro, a la luz de los convenios fundamentales, así como indicar el modo en que la legislación interna desarrollaba o reglamentaba los principios y disposiciones más relevantes de

RECOMENDACIONES

Procedimientos de Registro:

LEG

ISLA

CIÓ

N L

ABO

RAL

Y SU

AP

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CIÓ

N

Garantías sindicales: Despidos y Discriminación Sindical

1. Difundir información sobre circulares existentes2. Establecer un grupo especial responsable del cumplimiento de las circulares3. Aplicar multas ante despidos ilegales1. Evaluar los procedimientos de registros de los sindicatos2. Reformar los artículos 211 y 248 del Código de Trabajo

Normas Laborales en el Sector Público:

1. Establecer la Comisión Especial para analizar posibles reformas legales

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cada uno de dichos convenios. Si bien es cierto, el documento señaló algunos avances en materia de protección laboral, también hizo mención e identifico algunas áreas en las que el Gobierno debía prestar mayor atención y cuidado para garantizar el goce y respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Uno de los principales obstáculos que el estudio señaló, era la limitación constitucional existente en materia de conformación de sindicatos en el sector público. Por lo que en el mes de abril del año 2005, se creó la Comisión Nacional de Modernización Laboral (CONAMOL), con la principal función de la revisión del ordenamiento jurídico que facilitara la ratificación por parte de la Asamblea Legislativa de instrumentos internacionales originados por la OIT, particularmente los referidos a la libertad de asociación y la negociación colectiva en el sector público. Con este esfuerzo, se logró la adhesión a dichos instrumentos internacionales, el 24 de agosto de 2006, y la misma permite garantizar el goce y respeto de los derechos de asociación y libre sindicación de los trabajadores del sector público en el país, derecho que la Carta Magna reconocía únicamente para los trabajadores privados y los empleados de las instituciones oficiales autónomas (empresas estatales). Paralelamente a la ratificación de los convenios de la OIT, el Órgano Legislativo avaló un paquete de reformas que incluían la modificación de los artículos 47 y 48 de la Constitución de la República, así como de la mayoría de disposiciones contenidas en la Ley de Servicio Civil, consideraciones que la CONAMOL había elaborado y entregado en octubre de 2005 al Órgano Ejecutivo. A lo largo de este proceso, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social participó en las reuniones de la CONAMOL, y en consecuencia, en la elaboración de las propuestas de reforma a la legislación interna que posibilitarían la ratificación de los Convenios de la OIT. Actualmente, esta entidad pública ha realizado labores de difusión y asesoría entre los usuarios que así lo solicitan, sobre la aplicación y correcta interpretación de las reformas en la Ley de Servicio Civil. En el tema de registro de sindicatos, la Dirección General de Trabajo ha adoptado una serie de medidas para reducir los plazos de contestación que el Código de Trabajo establece para el Ministerio de Trabajo, a fin de proveer un sistema de inscripción más ágil, a través del cual se garantice a la clase trabajadora del país el goce y ejercicio pleno del derecho a la sindicación. De esta forma, en la práctica, actualmente, el plazo de 10 días hábiles que opera para que el Ministerio de Trabajo evalúe los estatutos de los sindicatos y determine si éstos cumplen con los requisitos que la Ley establece, se ha reducido a 5 o a 6 días hábiles.

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De igual forma, el término que fija el Código de Trabajo para que el Ministerio libre los oficios a los empleadores13, con el objeto de que certifiquen la condición de asalariados de los miembros fundadores del sindicato, se haya acortado de 5 días hábiles a 3 días hábiles. Es importante mencionar que, con el objeto de armonizar el marco legal existente con la normativa internacional en materia de registro de sindicatos, el Ministerio ya se encuentra trabajando en la conformación de una comisión especial que se encargará de la elaboración de la propuesta de reforma a los artículos 211 y 248 del Código de Trabajo, para reducir tanto el número mínimo de trabajadores/as requeridos/as para constituir un sindicato, como el período de meses que la ley establece para volver a solicitar el registro de un sindicato ante el Ministerio de Trabajo, si la solicitud inicial ha sido rechazada. Asimismo, el Ministerio de Trabajo, con el propósito de facilitar el proceso de registro de sindicatos, con el apoyo técnico y financiero del proyecto “Cumple y Gana”, ha estado elaborando la “Guía para la constitución y obtención de personalidad jurídica y de procedimientos de trámites diversos del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales”, el cual se encuentra ahora en su fase de diagramación y diseño gráfico. En este instrumento se explica en forma detallada las etapas del procedimiento, las diligencias que deben realizarse, así como la documentación que debe presentarse ante el Ministerio de Trabajo para obtener la legalización de una organización profesional. En el área de resolución alterna de conflictos, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social ha procurado generar y fortalecer las capacidades institucionales ya existentes, con la formación continua del personal de la Dirección General de Trabajo y de las Oficinas Regionales y Departamentales de Trabajo, que realizan funciones de conciliación laboral. De esta forma, se han realizado 51 jornadas de capacitación que han tenido como propósito la unificación de criterios, así como la divulgación del conocimiento de los aspectos técnicos y cualitativos que rigen la conciliación y la mediación en materia laboral, para ofrecer la posibilidad, tanto a los trabajadores como a los empleadores, de solucionar sus conflictos de manera pacífica, ágil y económica. De igual modo, se han reformulado los pasos del procedimiento de la conciliación laboral, eliminando aquellos que resultaban burocráticos y que desnaturalizaban el proceso. Asimismo, se le ha dado continuidad al convenio de cooperación técnica, suscrito entre el Ministerio de Trabajo y la Procuraduría General de la República, cuyo objetivo principal consiste en garantizar la asistencia y asesoría legal a los trabajadores en el procedimiento de la conciliación laboral. En el 2007, con el apoyo del proyecto “Cumple y Gana”, el Ministerio de Trabajo espera contar con salas de

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negociación colectiva e individual totalmente equipadas, para brindar un mejor servicio a los usuarios. Como labor de prevención de los conflictos laborales, el Ministerio de Trabajo se ha dado a la tarea de promover la creación de “Comités de Diálogo” dentro de las empresas, y en el marco de esta función, ha visitado entre junio de 2005 y mayo de 2006, un total de 241 empresas, teniendo como resultado de esta actividad, la instauración de 16 comités de este tipo y un total de 2,533 trabajadores líderes capacitados en derechos y obligaciones laborales y diálogo social. 4.3.2. Administración de la Justicia Laboral

Tabla 2: Recomendaciones sobre Administración de la Justicia Laboral

Fuente: Elaboración propia con datos del Libro Blanco

RECOMENDACIONES

ADM

INIS

TRAC

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A JU

STIC

IA L

ABO

RAL

Recursos

1. Establecer un programa permanente de creación de capacidades para agentes involucrados en la administración de la justicia laboral2. Realizar un diagnóstico para evaluar la posibilidad de crear un mecanismo unificado de resolución alterna de conflictos3. Evaluar la necesidad de crear más cortes laborales en las áreas de mayor concentración de trabajo

Capacitación en recursos de la legislación laboral

1. Establecer campañas de sensibilización sobre las opciones legales para reinvidar derechos laborales2. Evaluar el procedimiento para la ejecución de sentencias para lograr un proceso más expedito y establecer un programa de capacitación para garantizar el cumplimiento de las sentencias3. Unificar la jurisprudencia emitida por diferentes autoridades sobre los derechos y obligaciones laborales y publicar una edición comentada del Código de Trabajo citando dichas desiciones.

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La jurisdicción laboral en El Salvador, actualmente, está bajo la responsabilidad de 9 juzgados laborales de los cuales, 5 están ubicados en la ciudad de San Salvador, 1 en Santa Ana, 1 en Sonsonate, 1 en Nueva San Salvador y 1 en San Miguel. Todas estas cortes laborales se encuentran integradas por un/a juez/a titular y un/a jueza/a suplente. Las ciudades donde no hay instaurados juzgados laborales, la ley ha facultado a juzgados civiles para conocer en primera instancia los conflictos de trabajo que determine la ley. Así pues, además de los 9 tribunales especializados, hay 20 juzgados de primera instancia y 12 juzgados civiles con competencia en materia laboral, con lo cual suman 41 las instancias judiciales a nivel nacional, responsables de juzgar e impartir justicia en materia laboral. La competencia de estos tribunales se limita, según la ley, a conocer las acciones, excepciones y recursos que se ejercitan en juicios o conflictos individuales y en los conflictos colectivos de trabajo de carácter jurídico, que se susciten con base en leyes, decretos, contratos y reglamentos de trabajo y demás normas de carácter laboral. Además, existen dos cámaras de lo laboral, que son los tribunales facultados para conocer en segunda instancia los asuntos que fueren de su respectiva competencia, y en primera instancia los juicios individuales de trabajo contra el Estado. Estas cámaras están compuestas, cada una, por dos magistrados/as titulares y dos magistrados/as suplentes. La labor jurisdiccional realizada por los juzgados y cámaras en materia laboral, durante los años 2005 y 2006 se puede resumir en la siguiente tabla: A inicios de 2005, existía un total de 10,929 casos laborales que estaban siendo tramitados en las instancias judiciales con competencia en materia laboral. La mora judicial en 2006 descendió a 8,990 casos, lo que representó una reducción de un 18%. A inicios del año 2007, los procesos laborales activos eran 5,975, lo que representa una disminución de un 34% de la mora judicial existente. Por otro lado, durante los años 2005 y 2006, en El Salvador también se realizaron acciones encaminadas a la elaboración de reformas legales, creación de nuevas normas para mejorar la aplicación de las leyes laborales y la ratificación de convenios internacionales en materia laboral. En este sentido, el aporte de la Corte Suprema de Justicia en estos últimos años ha consistido en generar jurisprudencia tendiente a garantizar la debida interpretación de la legislación laboral en el país, en aras de que los principios fundamentales sobre los que se erige el derecho laboral, sean respetados y aplicados. Algunas de las valoraciones que podemos encontrar entre las sentencias generadas por el máximo tribunal de justicia en el país, son las siguientes: • “En materia laboral el legislador ha previsto una serie de situaciones que el juzgador debe valorar en forma amplia y con un grado de sensibilidad especial, dada

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la naturaleza de los intereses que en ella se discuten. En materia civil o mercantil lo que se ventilan son intereses netamente patrimoniales y no se exige que el juzgador valore en forma amplia y con un grado de sensibilidad que le es propia al derecho social”. • “Tratándose de derechos sociales, como el de trabajo, el Juzgador debe procurar por una interpretación finalista de las normas, en armonía con los principios generales del derecho, en la forma que mejor garanticen la eficacia de los derechos establecidos en la Constitución de la República”. En otras acciones, en agosto de 2006, la Corte Suprema de Justicia, con el fin de fortalecer el sistema de relaciones laborales, consideró necesario difundir entre los/as magistrados/as y jueces/zas la normativa internacional laboral, para promover su correcta aplicación y con ello coadyuvar a disminuir las situaciones de conflictividad en las relaciones obrero patronales. 4.3.3. Género y Discriminación

Tabla 3: Recomendaciones sobre Género y Discriminación

Fuente: Elaboración propia con datos del Libro Blanco

A raíz de la suscripción del Libro Blanco, y para lograr la consecución del compromiso en él adquirido sobre el establecimiento de “ un grupo especial

RECOMENDACIONES

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ISCR

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ACIÓ

N

Pruebas de Embarazo

1. Difundir las circulares que prohíben el uso de pruebas de embarazo en la contratación y despido de mujeres trabajadoras2. Implementar un programa especializado de formación y cumplimiento de asuntos de género que incluye: 1) una oficina dentro del MINTRAB para cuestiones de género y disciminación en el empleo, 2)el desarrollo de un módulo formación especial para inspectores de trabajo sobre género, embarazo y otras causas de discriminación en el trabajo, 3) un programa público de sensibilización con participación de diversos actores sociales.

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encargado del cumplimiento relacionado con” el tema de género y discriminación laboral por motivos de portación de VIH, estado de gravidez, afiliación sindical y otras formas de discriminación prohibidas por la ley, en julio de 2005 se creó en el Ministerio de Trabajo, a través de un acuerdo ejecutivo, la “Unidad Especial de Género y Prevención de Otros Actos Laborales Discriminatorios”, adscrita a la Dirección General de Inspección de Trabajo. La Unidad, debe vigilar el cumplimiento de las circulares N° 001/05, referente a la prohibición de solicitar la prueba de VIH y embarazo; la N° 002/05, que aborda la prohibición de discriminar en la contratación de trabajadores por cuestiones sindicales; y la N° 003/05, que establece la recomendación de reinstalo de Directivos sindicales despedidos injustificadamente. La directriz administrativa que ha adoptado el Ministerio de Trabajo, a través de la emisión de las 3 circulares anteriormente citadas, ha sido la de establecer como eje transversal en el área de inspección el tema de género y discriminación en el empleo. Finalmente, uno de los cambios que se verificó en el país relacionado con el tema de la discriminación fue la reforma que sufrió, en febrero de 2005, el artículo 30 del Código de Trabajo, que tuvo como propósito prevenir conductas que conllevaran a la discriminación, restricción o impedimento del acceso al empleo a quienes padecen el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. 4.3.4. Trabajo Infantil

Tabla 4: Recomendaciones sobre Peores Formas de Trabajo Infantil

Fuente Elaboración propia con datos del Libro Blanco Uno de los principales logros de este período ha sido la elaboración y publicación del “Plan Nacional para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil en El

RECOMENDACIONES

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RM

AS

DE

TRAB

AJO

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Recursos Adicionales

1. Incrementar los recursos de las instituciones que trabajan para erradicar el trabajo infantil y mejorar la coordinación interinstitucional.2. Formular un plan nacional integral para lograr que El Salvador sea “libre de trabajo infantil”3. Reorganizar y acelerar el programa de duración determinada y dotarlos de claros indicadores de resultados4. Diseñar un nuevo plan nacional de prevención y eliminación del trabajo infantil que contemple las metas y actividades hasta el año 2010.

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Salvador 2006-2009”, en septiembre de 2006. El Plan contribuye a cumplir, conforme se implemente, con los compromisos adquiridos por el país en el marco de los contenidos del Libro Blanco, sobre la garantía de que los bienes y servicios de producción nacional están libres de mano de obra infantil. En tal sentido, el plan se constituye en una herramienta de política pública de Estado, para guiar el esfuerzo de todas las instituciones que conforman el Comité Nacional para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil, en el combate de este fenómeno en el país. Los programas desarrollados tienen como ejes principales de intervención promover la inclusión de los/as niños/ as trabajadores/as en el sistema educativo, sensibilizar y movilizar a los actores sociales en apoyo a la estrategia de erradicación del trabajo infantil; promover las acciones para mejorar la salud y crear los espacios para su recreación; y acercamiento de oportunidades para mejorar las capacidades productivas de las familias de los/as niños/as trabajadores/a. En el tema específico de la explotación sexual comercial, el Ministerio de Trabajo participa activamente en la Mesa Permanente sobre explotación sexual comercial. 4.3.5 Fomento de una cultura de cumplimiento

Tabla 5: Recomendaciones sobre Fomento de una cultura de cumplimiento

Fuente: Elaboración propia con datos del Libro Blanco

El Ministerio de Trabajo ha impartido durante los años 2005 y 2006 una serie de

RECOMENDACIONES

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DE

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Zonas Francas:

1. Divulgar la circular que enfatiza los derechos y prohibiciones contenidas en el Código de Trabajo, así como las multas a que están sujetos quienes violen dichas normas

Consejo Superior del Trabajo

1. Fortalecer el papel de ésta entidad incluyendo la ampliación de la base de participación en el Consejo

Información y capacitación sobre derechos laborales fundamentales

1. Institucionalizar un programa permanente y continuo de educación pública y sensibilización sobre la materia con participación tripartita

Responsabilidad Social Empresarial

1. Implementar el programa de responsabilidad social empresarial desarrollado por el Banco Mundial y “Business for Social Responsability”

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capacitaciones dirigidas tanto a empleadores como a trabajadores, en temas relacionados con leyes laborales, obligaciones y derechos laborales, mediación y conciliación laboral, diálogo social y resolución alterna de conflictos. Por otro lado, el Ministerio de Trabajo ha dado continuidad al Convenio de Cooperación con algunas administraciones de zonas francas, con el objeto de acercar los servicios de conciliación, mediación y solicitud de inspección a los trabajadores y empleadores. En el tema de seguridad e higiene ocupacional, el Ministerio de Trabajo impulsó, a través de su participación en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional (CONASSO) del Consejo Superior del Trabajo, la creación de la política nacional de seguridad y salud ocupacional. El objetivo principal de dicha normativa es la de sentar las directrices tendientes a prevenir accidentes y enfermedades que sean consecuencia del trabajo, promoviendo la seguridad y salud ocupacional como valores integrales en la población salvadoreña. Otra acción relevante en el tema ha sido el desarrollo de programas de entrenamiento en empresas de diferentes sectores productivos sobre la “Guía para la elaboración de programas de Seguridad y Salud Ocupacional”, a efecto de fortalecer la planificación preventiva al interior de las empresas. En el tema de educación, el Ministerio de Trabajo celebró un convenio con el INSAFORP y FUNDACERSSO para la incorporación de la Seguridad y Salud Ocupacional a los programas de formación profesional técnica que se imparte en el país. De igual forma, en coordinación con la Universidad Politécnica de El Salvador y la Universidad Politécnica de Madrid, se desarrolló la segunda maestría en materia de prevención de riesgos laborales, la cual permitirá contar con profesionales especializados. Pese a todos los esfuerzos y avances expresados en los párrafos anteriores para cada una de las áreas prioritarias establecidas en el Libro Blanco, el Ministerio de Trabajo reconocía en ese entonces, que todavía es necesario adoptar una serie de medidas y mecanismos que garanticen la adecuada aplicación de la normativa laboral, así como la creación de capacidades que coadyuven a superar los obstáculos y las deficiencias que aún subsisten al momento de intentar traducir en acciones concretas lo que la ley establece en materia laboral, y lograr así garantizar el goce pleno de los derechos fundamentales del trabajo. En este sentido, se estima que el “Plan de Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco 2007-2010”, constituye una herramienta básica, a través de la cual se ha ido solventando poco a poco, la serie de limitantes que se han identificado en la agenda laboral de Centroamérica y la República Dominicana, y con ello promover una mayor cultura de cumplimiento de las normas de trabajo.

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4.3.6. Ministerio de Trabajo y Previsión Social

Tabla 6: Recomendaciones sobre los Ministerios de Trabajo

Fuente: elaboración propia con datos del Libro Blanco

El Ministerio de Trabajo a esa fecha todavía tenía serias limitaciones de recursos y de personal que era prioritario atender. En 2003 se aprobó un suplemento presupuestario para reforzar la capacidad de aplicación de la legislación laboral del Ministerio y un suplemento adicional fue proveído para el año 2004. Como reflejo del compromiso del Gobierno de modernizar y mejorar las operaciones del Ministerio de Trabajo, se realizó una evaluación de reorganización con asistencia de la OIT, y varias recomendaciones para reajustar la estructura operativa del Ministerio, racionalizar los servicios que presta y reformular el régimen de personal del Ministerio. 4.4 Plan de Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco, 2007-2010 Para acelerar el proceso de fortalecimiento de las instituciones laborales de la región y fomentar una cultura de cumplimiento de los derechos fundamentales del trabajo, cada país desarrolló planes de implementación para el período 2007-2010, y en los cuales se irán especificando los resultados, indicadores y responsables de la implementación de cada una de las recomendaciones. Estos planes que se encuentran bajo la coordinación general de los Ministerios de Trabajo, se han convertido en herramientas para facilitar la comunicación interinstitucional e intersectorial necesaria para concretar los compromisos del Libro Blanco. Asimismo, en la región se ha fomentado el funcionamiento de los Comités de Seguimiento de las Recomendaciones del Libro Blanco, los cuales tienen el propósito principal de monitorear los avances que los países van realizando en la implementación de dichos compromisos. Estos espacios cuentan con la participación

RECOMENDACIONES

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Modernización y Recursos

1. Incrementar el Presupuesto base del Ministerio de Trabajo2.Establecer oficinas de trabajo regionales adicionales y foros tripartitos locales3. Implementar los resultados de la evaluación de reorganización realizada por la OIT

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de diversas entidades gubernamentales, así como de organizaciones de trabajadores y de empleadores. Se cuenta con diferentes iniciativas nacionales e internacionales que apoyan técnica y financieramente a los países para implementar las Recomendaciones del Libro Blanco, entre los cuales se encuentra el Proyecto Verificación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta iniciativa tiene el objetivo de “contribuir a los esfuerzos que se están realizando en Centro América y la República Dominicana para el desarrollo de capacidades institucionales relacionadas con la implementación de la legislación laboral y la creación de una cultura de cumplimiento de las normas laborales nacionales e internacionales”. A solicitud de los mismos gobiernos que suscribieron el “Libro Blanco”, el Proyecto de Verificación elaborará “una evaluación cada seis meses para presentarla ante los Ministerios en la que se verifica el progreso del plan de implementación, tanto a nivel nacional como regional”.

Figura 1: Portada del Plan de Implementación de las Recomendaciones del LIBRO BLANCO, Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Fuente: Ministerio de Trabajo y Previsión Social

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador, en conjunto con la Organización Internacional del Trabajo, elaboró el Plan de Implementación que el país desarrollará durante el período 2007 – 2010 a fin de cumplir con los compromisos adquiridos en materia de mejoramiento de la legislación laboral, fortalecimiento de las capacidades institucionales y promoción de una cultura de cumplimiento de las normas laborales. Para la elaboración de éste Plan se tomaron en forma literal el texto de los Retos y

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Recomendaciones del Libro Blanco, que ha sido el punto de partida para operacionalizar estos mismos compromisos. Este plan es el resultado de un proceso que implicó la participación de diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo en reuniones técnicas, así como de los Viceministros de la subregión para la definición de los compromisos regionales. Se ha invitado a representantes del Poder Judicial y de las organizaciones de empleadores y trabajadores a brindar insumos y comentarios sobre el Plan de Implementación. Este proceso se ha desarrollado con la cooperación técnica de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) y con el apoyo financiero del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL). 4.4.1 Estructura del Plan de Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco El documento está estructurado de la siguiente manera: I. La sección de “Antecedentes” incluye información general sobre el Ministerio de Trabajo y un resumen de los avances realizados hasta abril del 2005 en materia de fortalecimiento de capacidades para la aplicación de la legislación laboral. En donde se reconoce en primer lugar la facultad legal que posee el Ministerio de Trabajo como entidad rectora de la administración pública del trabajo “a quién le corresponde formular, ejecutar y supervisar la política socio-laboral del país y coordinar con las instituciones autónomas que la ley señale.” II. La sección de “Acontecimientos Recientes” recopila las acciones y avances que ha tenido el país en materia de cumplimiento de la normativa laboral, en el período Abril 2005 a la actualidad. III. El “Resumen del Plan de Implementación” presenta un panorama general de los Objetivos, Resultados Esperados y Actividades de acuerdo con cada Reto y Recomendaciones del Libro Blanco. IV. La sección “Matriz de Objetivos, Resultados Esperados, Actividades e Indicadores del Plan de Implementación” proporciona los detalles de la operacionalización de cada una de las Recomendaciones del Libro Blanco. Actualmente, la labor del Ministerio de Trabajo se encuentra encaminada a trabajar en la consolidación de una cultura de cumplimiento en beneficio de los trabajadores y empleadores; en el fomento del diálogo social, en el posicionamiento y liderazgo internacional, en el fortalecimiento de los servicios públicos de empleo, la seguridad y la salud ocupacional, la erradicación de la peores formas de trabajo infantil y el apoyo a la inserción laboral de las personas con discapacidad. En armonía con su Misión: “garantizar el cumplimiento de la Normativa Laboral promoviendo el diálogo social, la

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intermediación laboral, la seguridad y salud ocupacional y el bienestar social; procurando un desarrollo digno y sostenible de los trabajadores y empleadores, consolidando una cultura laboral en el marco del nuevo contexto socio económico mundial”. Hasta abril del 2005, El Salvador había adoptado las siguientes medidas para mejorar la aplicación de la legislación laboral: • El Ministerio de Trabajo publicó y divulgó nuevas circulares sobre el cumplimiento de la legislación en lo que respecta a despidos ilegales de líderes sindicales y actos de discriminación laboral antisindical (“listas negras”) y las sanciones aplicables a estas violaciones. (2005) • El Ministerio de Trabajo ha elaborado instrucciones administrativas para los inspectores laborales sobre la aplicación efectiva de las obligaciones legales a las que se hace referencia en las circulares y ha exigido la presentación de informes regulares a los inspectores. (2005) • El Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Pensiones y el Instituto Salvadoreño de la Seguridad Social han emprendido una iniciativa de inspección integrada para proteger la seguridad social y las contribuciones a las pensiones de los trabajadores de la malversación de los empleadores. (2004) • El Ministerio de Trabajo y la Oficina del Defensor Público han concluido un Memorándum de Entendimiento para garantizar que los trabajadores dispongan de asistencia legal gratuita cuando presenten un reclamo laboral. (2004) • El número de miembros del personal del Ministerio involucrados en el cumplimiento de las normas del trabajo aumentó de 73 a 122 personas. (2002– 2004) • El Ejecutivo aprobó un presupuesto adicional de $2 millones para 2005 que permite la contratación de 154 empleados adicionales para el cumplimiento de las normas del trabajo, lo cual representa más del doble de la capacidad existente. (2005) • Se ha modificado la legislación laboral para prohibir las pruebas de embarazo o los certificados médicos de estas pruebas como condición para obtener un empleo. (2004) • El Ministerio de Trabajo publicó y divulgó una nueva circular pública explicando que las pruebas de embarazo representan una violación de la ley sujeta a sanciones y que la aplicación de esta disposición constituye una prioridad del Ministerio. (2005) • El Ministerio de Trabajo, en cooperación con la asociación de la industria azucarera, Fundazúcar, y la OIT, han establecido un programa para garantizar que no exista

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trabajo infantil ilegal en la industria azucarera del país. Con este programa se ha matriculado a niños en las escuelas y se ha apoyado a las familias mediante otros servicios. (2002–2005) • El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía han firmado un Memorándum de Entendimiento que establece directrices y procedimientos sobre la utilización de la legislación de Zona Franca para garantizar el cumplimiento de las normas fundamentales del trabajo. El Ministerio de Trabajo también ha publicado una circular para su distribución entre los administradores y usuarios de las zonas francas sobre los requisitos y obligaciones del cumplimiento de las leyes laborales, en la cual se les notifica sobre los procedimientos establecidos en el Memorándum entre los dos ministerios. (2005) • El Gobierno lanzó el Programa “Armonía Laboral-Progreso para Todos” con el objetivo de fortalecer el diálogo social en materia laboral, especialmente con relación a la libertad de asociación y la negociación colectiva en el sector público. (2005). 5. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN EL CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN, SINDICATOS Y RELACIONES LABORALES 2005-2008 5.1 Garantías sindicales Una de las principales preocupaciones que se planteó en el Libro Blanco con respecto a este tema, fue que existía un buen número de casos de despidos ilegales de dirigentes sindicales y prácticas antisindicales en la contratación o discriminación sindical. Para lo que se recomendó que fuera importante realizar programas de divulgación de los derechos de la libertad de asociación tanto para los empleadores como los trabajadores. A fin de contrarrestar este hecho, el MINTRAB como primera acción ha divulgado circulares en las cuales se recomendaba la reinstalación o reintegro de los directivos sindicales previa calificación de ilegalidad en el acto. Lo que se tradujo a que en el 2006 se recibieran 75 solicitudes de inspección en la recién creada Unidad Especial de Género y prevención de Actos Laborales Discriminatorios (UEGP), de las cuales como resultado de la inspecciones o reinspecciones el 41% recibieron multas administrativas. Para el período de agosto 2007 a enero del 2008, se realizaron 19 capacitaciones dirigidas a 305 empleadores y trabajadores, los cuales tuvieron lugar durante las acciones regulares realizadas por los inspectores de trabajo al visitar las empresas. El contenido de dichas jornadas tuvo como objetivo la promoción y difusión de derechos y obligaciones laborales en general. Posteriormente de Febrero a Julio de 2008, se realizaron 5 foros públicos más, para

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capacitar a los asistentes sobre el tema, y sobre los compromisos del Libro Blanco. Otro de los temas claves en relación a la protección de los derechos sindicales, en el reflejado en las denuncias recibidas por la UEGP en el caso de cuestiones sindicales, despidos de fundadores, despidos de directivos sindicales y en la imposición de multas. Para el período 2005-2008 de 257 casos denunciados ante el MINTRAB, 80 fueron sancionados, correspondiendo en un 31.13% de multas impuestas. Del año 2005 al 2006, se incrementó el número de denuncias recibidas de 55 aumentó a 109. El comportamiento de estas denuncias es el siguiente:

Gráfico 1: Número de denuncias por cuestiones sindicales atendidos por la UEGP, período de 2005-2008

Fuente: Elaboración propia con datos del III Informe de Verificación OIT/MINTRAB al 06.14.08.

En el gráfico anterior, cuando se refiere a “denuncias por cuestiones sindicales”, son aquellas denuncias que se producen cuando algún trabajador considera que se le han sido violentados alguno de los derechos derivados del Derecho de Libertad de Asociación; a manera de ejemplo, es cuando un trabajador es objeto de discriminación en razón de su pertenencia a un sindicato, esta discriminación no hace referencia al caso de los directivos sindicales porque ese es producto de un análisis aparte. Hecha que se hubo esta aclaración, se puede ver en la gráfica anterior podemos ver que el año 2005 se atendieron 26 denuncias relativas a este tema, para el año 2006 se incrementaron estas denuncias a 43, el año 2007 cerraba con dos denuncias más que el año anterior con 45. Para el cierre del III Informe de Verificación el 14 de julio del año 2008 ya se contabilizaban 27 denuncias sobre el tema.

2005 2006 2007 20080

5

10

15

20

25

30

35

40

45

Denuncias por cuestiones Sindicales

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Gráfico 2: Número de denuncias por despidos de fundadores

atendidos por la UEGP, período de 2005-2008

Fuente: Elaboración propia con datos del III Informe de Verificación OIT/MINTRAB al 06.14.08.

Los fundadores de los sindicatos, al igual que los miembros de las Juntas Directivas no pueden ser despedidos, trasladados ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni suspendidos disciplinariamente. La protección a que se refiere el inciso anterior comenzará a partir de la fecha en que los fundadores se presentaren ante la autoridad administrativa con el objeto de registrar el sindicato47. Muchas veces los empleadores para evitar en cierta medida que el sindicato se forme, despedían a los fundadores o a los que estaban organizando la constitución; por lo que la protección es extensiva hacia ellos para que puedan gozar de la libertad de asociación a la que tienen derecho. De las 44 denuncias recibidas en el año 2005, por el Unidad Especial de Género y Prevención de Actos Laborales Discriminatorios, 3 se constituyeron debido al despido de fundadores de los sindicatos en una empresa. En el año de 2006 se reflejó una leve disminución a 2 denuncias recibidas. A 11 se elevó el número de denuncias por despido de fundadores en el año 2007, y al cierre de la elaboración del III Informe se llegaba a la cifra de 4 denuncias recibidas.

47 El Salvador, Ley de Organización Y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social , Artículo 58.

Despido de fundadores0

2

4

6

8

10

12

2005200620072008

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Gráfico 3: Número de denuncias por despidos a directivos sindicales atendidos por la UEGP, período 2005-2008

Fuente: Elaboración propia con datos del III Informe de Verificación OIT/MINTRAB al 06.14.08.

Los directivos sindicales, gozan del llamado fuero sindical; el cual consiste en que ninguno de los miembros de las Juntas Directivas con personalidad jurídica o en vías de obtenerla, no pueden ser despedidos, trasladados ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni suspendidos disciplinariamente durante el período de su elección y mandato; y hasta después de transcurrido un año de haber cesado en sus funciones, sino por justa causa calificada previamente por autoridad competente. Y es a las denuncias recibidas sobre este derecho, que se refleja el comportamiento en la gráfica anterior. Según los datos del año 2005, se recibieron en el MINTRAB 15 denuncias, para el año 2006 se recibieron 37 denuncias por despidos de directivos sindicales, 21 denuncias recibidas para el año 2007, y al 14 de julio del 2008 se contabilizaban 23. En todas las gráficas anteriores, se muestran los datos de las denuncias recibidas en el MINTRAB para un período de 2005 al 2008; pero ese dato es en relación a la entrada en trámite en el ministerio, en la siguiente gráfica podemos ver cuál ha sido la solución a este tipo de conflicto laboral presentado; ya que no todas las denuncias recibidas terminan en una imposición de multa para el empleador, o no todas las denuncias finalizan con la restitución del trabajador despedido. La imposición de multas por alguna violación a los derechos laborales, corresponde por ley a los Jefes de los Departamentos de Inspección Industria y Comercio y

2005

2006

2007

2008

0 5 10 15 20 25 30 35 40

Despido de directivos sindicales

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Agropecuaria, así como los Jefes de las Oficinas Regionales de Trabajo, aplicando en lo pertinente el procedimiento establecido en los Arts. 628 al 631 del Código de Trabajo, en segunda instancia conocerá el Director General de Inspección de Trabajo.48

Gráfico 4: Porcentaje de multas interpuestas como resultado de las denuncias por

incidentes sindicales recibidas por el MTPS, 2005-2008

Fuente: Elaboración propia con datos del III Informe de Verificación OIT/MINTRAB al 06.14.08.

En el gráfico 4, claramente se vislumbra que la imposición de multas representa un porcentaje menor del 50% en cuánto a salidas a las denuncias interpuestas en el MINTRAB. Ya que de las denuncias recibidas únicamente el 31% finalizó con la imposición de una multa, restando un 69% de denuncias que han finalizado por diversas soluciones legales tales como una conciliación, el reinstalo del fundador sindical o directivo sindical despedido, e incluso dentro de éstos datos están contabilizados los casos en los cuales, al recibir la denuncia se ha ido a verificar la situación planteada al centro de trabajo por medio de una inspección, y no se han verificado los hechos denunciados; lo que da término al trámite a la denuncia interpuesta. Los datos reflejados en los Informes de Verificación no detallan qué ha pasado con éstas otras situaciones. 5.2 Procedimientos de Registro Para el registro de los sindicatos, un indicador muy importante que se encuentra plasmado en la Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco, es la de realizar cambios que favorezcan a la inscripción de los sindicatos en el Departamento de Organizaciones Sociales del MINTRAB, lo cual a la fecha no ha sido posible llevar a cabo, ya que éstos términos en cuanto a los requisitos y a los plazos, se 48 Osorio Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Editorial Heliasta S.R.L, Buenos Aires, Argentina; Página 605.

31%

69%

MULTASOTRAS SOLUCIONES

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encuentran estipulado por ley, y para modificarlos se debe impulsar reformas al Código de Trabajo vigente. Por lo que, para demostrando interés en mejorar el conocimiento y el ejercicio de la Libertad Sindical en El Salvador, el MINTRAB ha elaborado la “Guía para la constitución y obtención de personalidad jurídica y procedimientos de trámites diversos del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales.” De acuerdo a los únicos datos obtenidos, la mayor cantidad de sindicatos se reporta en la industria manufacturera, sus afiliados conforman alrededor del 15% de la población sindicalizada. El 73% de los trabajadores sindicalizados pertenece al ramo de la Construcción y están agremiados en 12 sindicatos. Un 87% total del sindicalizados, pertenece a sindicatos de industria, frente a los sindicatos de gremio, de empresa y de trabajadores independientes. 5.3 Normas Laborales en el Sector Público La ratificación por parte de El Salvador de los convenios 87, 98, 135 y 151 de la OIT relativos a la libre sindicalización, negociación colectiva y relaciones de trabajo en la administración pública, tuvo lugar el 24 de agosto de 2006. Así, la entrada en vigor de los mismos se dio el 6 de septiembre de 2007. Sin embargo, una vez vigentes dichos instrumentos internacionales, la Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 16 de octubre de 2007, declaró que “la expresión sin ninguna distinción utilizada por el Art. 2 del Convenio Internacional Nº 87 sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, es inconstitucional porque contraviene el artículo 47 inciso. 1º de la Constitución, en tanto que esa fórmula del Convenio extiende el derecho a la libertad sindical hacia los empleados públicos, quienes no están comprendidos en la determinación constitucional de los titulares de ese derecho”. A tal respecto, se elaboró un acuerdo de reforma constitucional para modificar el artículo 47 de la Constitución Política que fue aprobado el 24 de agosto del 2006 y publicado en el Diario Oficial el 1 de septiembre de 2006, siendo ratificada en la actual legislatura. Por lo que, a las organizaciones sindicales del sector público que les fueron denegadas la inscripción en su momento en virtud del artículo 10 de la Ley de Procedimientos Constitucionales, nuevamente están siguiendo el trámite de ley para su posterior inscripción. Entre las cuales se encuentre: el Sindicato de Empleados Judiciales Salvadoreños (SINEJUS) y el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores del Órgano Judicial (SITTOJ).

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6. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN EL FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, 2005-2008 6.1 Modernización y Recursos Presupuesto: Para el presente estudio una definición comprensible es la elaborada por Bach: el presupuesto general de gastos y recursos, o simplemente el presupuesto, es un documento que contiene el cálculo de ingresos y gastos previstos para cada período fiscal y que, sistemáticamente, debe confeccionar el Poder Ejecutivo de acuerdo con las leyes y prácticas que rigen su preparación, para someterlo después al Congreso, con cuya aprobación se contará con un instrumento de Gobierno de importancia básica para el manejo del patrimonio público del país.49 En El Salvador, el Presupuesto General del Estado comprende, la estimación de los ingresos que recibirá el gobierno en concepto de impuestos, multas, arrendamientos de activos, préstamos internos y externos, etc. Asimismo, se establecen los gastos necesarios para la producción de bienes y la prestación de los servicios públicos. Ambas estimaciones se hacen para un ejercicio fiscal y que en el país transcurre entre el 1° de enero al 31 de diciembre. La legalidad y obligatoriedad de tener un presupuesto para cada año, y la forma en que éste se formula, ejecuta y controla, está reglamentado en diversas disposiciones legales como la Constitución de la República (Arts. 167 y 227 al 229 ), la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y su respectivo Reglamento. El artículo 167 de la Constitución de la República, en su ordinal tercero, faculta al Consejo de Ministros para la elaboración del proyecto de presupuesto de ingresos y egresos, el cual debe ser presentado a la Asamblea Legislativa por lo menos con tres meses de anticipación al inicio del nuevo ejercicio fiscal. En el Capítulo II del Título VII de nuestra Constitución, se desarrolla el tema de la “Hacienda Pública” contenido en los artículos 223 al 234 y por el tema tratado nos interesan los artículos siguientes: el 227 menciona la estimación de ingresos que deberá contener el presupuesto anual, la autorización de las erogaciones que se crean convenientes para cumplir con los fines del Estado, entre otros; el 228 se refiere a que ninguna asignación presupuestaria podrá comprometerse si no es dentro de las limitaciones de un crédito presupuestario; en otras palabras solamente podrán utilizarse aquellos dineros incluidos o previstos en el presupuesto. El artículo 229 trata sobre la posibilidad de efectuar transferencias de fondos entre diferentes partidas presupuestarias de un mismo ministerio.

49 Asamblea Legislativa de la República de El Salvador. Decreto No. 682.

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Elaboración del Presupuesto: Figura 2

Fuente: Guía del Presupuesto General del Estado para el Ciudadano La formulación del Presupuesto Gubernamental se realiza bajo el enfoque de Presupuesto por Áreas de Gestión e implica la participación de diferentes entidades. Técnicamente el inicio del proceso de formular el presupuesto gubernamental inicia con la elaboración de la Política Presupuestaria, la cual es competencia del Ministro de Hacienda, siendo sometida a consideración del Presidente de la República y Consejo de Ministros, quienes en conjunto aprueban dicho instrumento. La Política Presupuestaria es un documento que esta conformado por diferentes aspectos entre los que tenemos: el análisis de la situación macroeconómica del país, los objetivos y prioridades nacionales e institucionales a los cuales se dará cobertura en el presupuesto, las estimaciones globales de ingresos y gastos, e incluye un conjunto de lineamientos mediante los cuales cada una de las instituciones que conforman la administración pública elaboran el Proyecto de Presupuesto respectivo. Le corresponde al Ministerio de Hacienda dar a conocer la Política Presupuestaria, asesorar y asistir técnicamente a las instituciones para la formulación de su respectivo presupuesto. Cuando las instituciones terminan la elaboración de su proyecto de presupuesto y este cuenta con el aval de las autoridades de las mismas, lo envían al Ministerio de Hacienda para su análisis, efectuar ajustes si son necesarios, para luego integrarlo en un sólo documento, labor que desarrolla la Dirección General del Presupuesto de conformidad a la política presupuestaria previamente establecida. Posteriormente, el Ministro de Hacienda lo presenta al

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señor Presidente de la República, quien lo somete a consideración del Consejo de Ministros; luego, con iniciativa de ley de conformidad a la Constitución de la República, el Proyecto de Presupuesto es enviado a la Asamblea Legislativa, donde se analiza e incorporan los últimos ajustes, para ser aprobado y convertirse en la Ley de Presupuesto de la República.

Tabla 7 Instituciones Incluidas en la Sección A – Presupuesto General del Estado

Órgano Legislativo Ministerio de la Defensa Nacional Ministerio de Educación

Corte de Cuentas de la República

Consejo Nacional de la Judicatura Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Tribunal Supremo Electoral Órgano Judicial Ministerio de Trabajo y Previsión Social

Tribunal del Servicio Civil Fiscalía General de la República Ministerio de Economía

Presidencia de la República Procuraduría General de la República

Ministerio de Agricultura y Ganadería

Ministerio de Hacienda Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos

Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Vivienda y

Desarrollo Urbano

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Gobernación Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fuente: Guía del Presupuesto General del Estado para el Ciudadano Como se puede ver en la tabla anterior, de las tres secciones que comprenden el documento de la Ley General del Presupuesto, el ramo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social se encuentra contenido en la “Sección A” denominada “Presupuesto General del Estado” e incluye diez Sumarios, el Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos de las veintiún instituciones que integran el Gobierno Central. De lo dicho anteriormente, se establece claramente que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social está sujeto a las disposiciones presupuestarias que el Ministerio de Hacienda tenga a bien asignarle. Antes de la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, el tema laboral no estaba posicionado como punto relevante en la agenda nacional como lo está en la actualidad; lo que se traducía en un escaso presupuesto para la vigilancia al cumplimiento de las leyes laborales.

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Tabla 8: Porcentaje equivalente al presupuesto del MTPS con el presupuesto general de la nación.

Fuente: Elaboración propia con datos del Ministerio de Hacienda de El Salvador En la tabla 8, se agrupa la totalidad del presupuesto desde el año 2005 al año 2008, en donde se puede apreciar de una mejor manera que el presupuesto asignado para el Ministerio de Trabajo y Previsión Social representa únicamente un bajo porcentaje dentro de todo el presupuesto general del Gobierno. Si bien es cierto el Presupuesto otorgado al Ministerio de Trabajo es poco, se puede hablar de un leve pero sensible aumento, a raíz de la suscripción y ratificación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. Al realizarse una comparación del año 2005 (antes de la ratificación del CAFTA-DR), con el año 2008 se puede registrar un incremento de 4% en el presupuesto asignado a la Secretaría de Trabajo, en relación a la totalidad del Presupuesto General GOES para cada año fiscal.

Gráfico 5: Porcentaje de incremento de presupuesto MTPS en el año 2008 en

relación al año 2005

Fuente: Elaboración propia con datos del Ministerio de Hacienda de El Salvador.

Si bien es cierto el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, es la institución rectora de la administración pública del trabajo y le corresponde formular, ejecutar y supervisar la política sociolaboral del país; y coordinar con las instituciones

PORCENTAJE21%

22%

23%

24%

25%

26%

27%

28%

20052008

AÑO

POR

CEN

TAJE

SO

BRE

EL P

RES

UPU

ESTO

TO

TAL

GO

ES

4%

AÑO PORCENTAJE2005 $2,992,046,255.00 23%2006 $3,337,959,885.00 26%2007 $2,943,997,970.00 30%2008 $3,342,734,350.00 27%

TOTAL PRESUPUESTO EL SALVADOR

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autónomas que la Ley señala; también cumple con funciones administrativas de acuerdo a la facultad dada por la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social50, en la que se le otorga la facultad de establecer las estructuras que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines y para la organización y coordinación de las actividades internas y externas de sus órganos, así como los mecanismos de consulta y participación de los trabajadores y empleadores y de sus respectivas organizaciones. Por lo que el presupuesto del mencionado Ministerio, debe ser dividido para cumplir con todas estas funciones. Es así como el presupuesto contiene tres partidas:

1. 01 Dirección y Administración Institucional 2. 02 Servicios Laborales 3. 03 Apoyo a Instituciones Adscritas51 y otras Entidades

A continuación se detalla, cómo ha sido distribuido el presupuesto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, de acuerdo a cada una de las partidas y por cada año fiscal, tomando como rango desde el año 2005 al año 2008.

Tabla 9: En millones US$

Fuente: Elaboración propia con datos del Ministerio de Hacienda de El Salvador. La parte del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que de debe prestar atención es la partida 02 Servicios Laborales. Ya que en dicha partida se encuentra contenido el presupuesto que sirve de apoyo para poder brindar una efectiva vigilancia en el cumplimiento de las leyes laborales, para dar cumplimiento con la Misión de esta Cartera de Estado: “Armonía Laboral, Progreso para Todos”. Para el año 2005, los Servicios Laborales contaban con una pequeña parte del Presupuesto, haciendo que no se contara con los medios necesarios para hacer 50 Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social 51 Día 13 de julio de 2005, Decreto Ejecutivo N°.169.

PRESUPUESTO MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 2005.CÓDIGO UNIDAD PRESUPUESTARIA RESPONSABLE FONDO GENERAL DONACIONES TOTAL

01 Ministro $1,912,350 $1,912,35002 Servicios Laborales Ministro $2,098,065 $2,098,065

03 Ministro $2,074,830 $940,000 $3,014,830Total $6,085,245 $940,000 $7,025,245

Dirección y Administración Institucional

Apoyo a Instituciones Adscritas y otras Entidades

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efectiva la vigilancia de los derechos laborales, por lo que esto resultaba en innumerables violaciones a los derechos de los trabajadores.

Gráfico 6: Porcentaje del presupuesto del MTPS destinado a la partida de servicios laborales para el año 2005

Fuente: Elaboración propia con datos del Ministerio de Hacienda de El Salvador.

En el anterior gráfico se demuestra, cómo únicamente el 23% del presupuesto de la institución, es destinado a la asistencia directa de los usuarios: llámense estos trabajadores y/o empleadores. Por lo que se considera, que existe una limitante muy grande en recursos debido a que de igual manera para la administración institucional es necesario.

Tabla 10: En millones US$

Fuente: Elaboración propia con datos del Ministerio de Hacienda de El Salvador

Para el año 2006, se detecta el incremento sustancial en el presupuesto del MTPS, producto de la elaboración del informe “La Dimensión Laboral en Centroamérica y la República Dominicana Construyendo sobre el Progreso: Reforzando el Cumplimiento y Potenciando las Capacidades. Otro detalle, es que para el presupuesto del 2006, no se contó con donaciones para

Servicios Laborales 23%

Presupuesto Total 77%

Servicios LaboralesPresupuesto Total

PRESUPUESTO MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 2006.CÓDIGO UNIDAD PRESUPUESTARIA RESPONSABLE FONDO GENERAL DONACIONES TOTAL

01 Ministro $4,131,325 $4,131,32502 Servicios Laborales Ministro $2,379,090 $2,379,090

03 Ministro $2,074,830 $2,074,830Total $8,585,245 $8,585,245

Dirección y Administración Institucional

Apoyo a Instituciones Adscritas y otras Entidades

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la partida 03 de Apoyo a Instituciones Adscritas y otras Entidades. El aumento al presupuesto del MINTRAB del 2005 al 2006, fue de $1, 560,000 dólares. El cual fue ocupado para diferentes actividades propias de la administración institucional.

Gráfico 7: Incremento en el Presupuesto del año 2006 en relación al año 2005

En millones de US$ Elaboración Propia con datos del Ministerio de Hacienda, El Salvador.

A finales del año 2005, se suscribe el Libro Blanco por los Ministros de Economía y Trabajo de la Subregión, en dónde se establece grandemente el compromiso de los Gobiernos, en asegurar a su contraparte (Estados Unidos), que el capítulo 16 que contiene el tema laboral del CAFTA-DR se iba a cumplir. Todo esto abonó para que dicho el mencionado Tratado de Libre Comercio haya sido, ratificado por el Congreso de los Estados Unidos. Es por este motivo, que El Salvador con el firme propósito de cumplir los requerimientos acordados en las negociaciones y en el documento final, otorga un aumento de alrededor 18% al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; ya que es dicha Cartera de Estado la que está encargada de incorporar a la vida laboral salvadoreña, las disposiciones del Capítulo 16, del CAFTA-DR. Después de este aumento, el presupuesto se mantiene con aumentos paulatinos, pero no tan evidentes como el realizado del año fiscal 2005 al año 2006. Este informe contiene los temas prioritarios en las siguientes áreas:

Aplicación de la legislación laboral Necesidades presupuestarias y de personal de los Ministerios de Trabajo

81.83%

TOTAL PRESUPUESTO$0

$1,000,000

$2,000,000

$3,000,000

$4,000,000

$5,000,000

$6,000,000

$7,000,000

$8,000,000

$9,000,000

20052006

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El funcionamiento de los Tribunales Laborales y los mecanismos alternativos de resolución de conflictos

Los problemas de género y discriminación La eliminación de las peores formas de trabajo infantil Las iniciativas para promover una mayor cultura de cumplimiento

Gráfico 8: Incrementos en el presupuesto del MTPS, por cada año fiscal a partir del

año 2005 al 2008 en millones us$

Elaboración Propia con Datos del Ministerio de Hacienda, El Salvador

En el gráfico 8 se demuestra la tendencia de los incrementos posteriores al del 2006, ya que no son tan considerables como el de 81.83% de 2005 al 2006. Ya que en el presupuesto del año 2006-2007 presenta únicamente un incremento de 9.6% en la asignación presupuestaria; para que en el año fiscal 2008 únicamente se haya incrementado el presupuesto en un 10% en relación al presupuesto del 2007. En el año 2007 ocurre otro fenómeno que es necesario analizarlo; es que se da un aumento considerable en el número de plazas dentro del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Esto como un impacto directo de la ratificación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, y el cumplimiento de las Recomendaciones estipuladas en el “Libro Blanco”. Específicamente, en el tema prioritario de solventar las necesidades presupuestarias y de personal de los Ministerios de Trabajo.

2005 2006 2007 2008$0

$1,000,000

$2,000,000

$3,000,000

$4,000,000

$5,000,000

$6,000,000

$7,000,000

$8,000,000

$9,000,000

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Gráfico 9: Incremento del número de plazas en el MTPS, período 2006-2007.

Elaboración Propia con Datos del Ministerio de Hacienda, El Salvador La importancia de este incremento en el número de plazas, radica en que la mayoría fueron contrataciones de personal para trabajar como inspectores y delegados de trabajo, lo cual tiene un impacto positivo directo, ya que son los inspectores y delegados los encargados directamente de proporcionar los servicios laborales a los usuarios del MINTRAB, sean estos empleadores, trabajadores. Gráfico 10: Porcentaje del presupuesto del MTPS destinado a la partida de servicios

laborales, año 2006

Elaboración Propia con Datos del Ministerio de Hacienda, El Salvador

2006 20070

100

200

300

400

500

600

700

800

Número de plazas

+281 plazas

Servicios Laborales 22%

Total Presupuesto 78%

Servicios LaboralesTotal Presupuesto

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200

Gráfico 11: Porcentaje del presupuesto del MTPS destinado a la partida de servicios laborales, año 2007

Elaboración Propia con Datos del Ministerio de Hacienda, El Salvador Al comparar los gráficos 10 y 11, se presenta claramente lo dicho anteriormente. Ya que la contratación de nuevo personal en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, tuvo un impacto en la prestación de los servicios a los usuarios del mencionado Ministerio. Los servicios que prestan el personal contratado son:

1. Propiciar el mantenimiento de la armonía en las relaciones entre empleadores y trabajadores;

2. Facilitar la constitución de organizaciones sindicales y cumplir con las

funciones que el Código de Trabajo y demás Leyes le señalan en cuanto a su régimen y registro;

3. Facilitar la negociación y contratación colectiva en orden a la determinación de

condiciones equitativas de trabajo; 4. Aplicar los procedimientos de conciliación, y promover la mediación y el

arbitraje, para la atención de los conflictos colectivos de carácter económico o de intereses de conformidad con las normas y procedimientos establecidos;

5. Aplicar los procedimientos administrativos de conciliación, y promover la

mediación y el arbitraje, en los conflictos individuales y diferencias colectivas de trabajo que se susciten entre trabajadores y empleadores;

6. Registrar los contratos y convenciones colectivas de trabajo y llevar archivo de

los mismos;

Servicios Laborales 32%

Total Presupuesto 68%

Servicios LaboralesTotal Presupuesto

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201

7. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales de trabajo y las normas básicas de higiene y seguridad ocupacionales, como medio de prevenir los conflictos laborales y velar por la seguridad en el centro de trabajo.

6.2 Ampliación de la cobertura de los servicios del MTPS mediante oficinas regionales y foros tripartitos. En la actualidad, de acuerdo a información proporcionada por la Unidad Financiera Institucional (UFI) del Ministerio de Trabajo, el número de oficinas regionales se mantiene en 3, las cuales se encuentran ubicadas en los Departamentos de Santa Ana y San Miguel y en el Municipio de Zacatecoluca. Asimismo, el número de oficinas departamentales continúan siendo 3 ubicadas en Sonsonate, Usulután y La Unión. Durante este período, el Ministerio de Trabajo ha realizado modificaciones y reparaciones en las siguientes oficinas: Oficina de Sonsonate: Se invirtió un total de US $11,974.20, para remodelación de la infraestructura. Oficina de Zacatecoluca: Se está invirtiendo un total de US $14,449.37 en la remodelación de la oficina. Sede Central: Se realizó una inversión de US $156,533.06 para equipamiento de la nueva sede. De acuerdo con el MINTRAB, durante el período de verificación se realizó una inversión de al menos US $261.000 en la compra de equipos de cómputo y mobiliario. Además de las inversiones realizadas por el MINTRAB, el Programa Regional de Modernización Laboral CAFTA-DR (Proyecto Laboral XXI) donó al menos 48 equipos de cómputo y otros accesorios tecnológicos para diversas unidades del MINTRAB. De la misma forma, el Proyecto Cumple y Gana donó a la inspección del trabajo 53 computadoras que fueron distribuidas en las diferentes oficinas regionales de la institución. Con base en la evaluación de reorganización institucional, desarrollada por OIT en el año 2003, que tenía como objetivo señalar los cambios y ajustes necesarios, para que el MINTRAB mejorara sus operaciones, reajustara la estructura operativa de dicha cartera de Estado, racionalizara los servicios que presta y reformulara el régimen de personal; el MINTRAB ha realizado una serie de acciones, con el propósito de implementar las recomendaciones emanadas del ejercicio anteriormente descrito, entre las cuales cabe destacar: De conformidad con el Decreto No. 179, referente al Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Especificas del MINTRAB, hasta la fecha se han elaborado los siguientes documentos:

1. Manual del Inspector, Manual del Delegado, Manual de puestos del MINTRAB

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2. Manual de organizaciones y funciones del MINTRAB. 6.3 Número de Inspecciones y número de casos sancionados Un dato muy importante es que de acuerdo a la información obtenida en el III Informe de Verificación, es el número de trabajadores que han sido favorecidos con la prestación del servicio de inspección del MINTRAB, para el año 2005 el rango de actuación era de 66.29 puntos de trabajadores cubiertos, dándose un incremento progresivo en los años siguientes, siendo para el año 2006, 97.51 puntos y cerrando el 2007 en 111.272 puntos. En cuanto a los tipos de inspecciones que encontramos en el MINTRAB, se puede mencionar a las inspecciones programadas, las cuales tiene como objetivo propio de verificar de oficio que la normativa laboral se esté cumpliendo en cada una de las empresas que se tienen registradas en la base de datos de la mencionada Cartera de Estado.

Tabla 11: Número de inspecciones realizadas para el período de 2005 al 2008.

Fuente: III Informe de Verificación OIT/MINTRAB

En la tabla anterior, a forma de consolidado se puede ver reflejado el comportamiento de las inspecciones para un período del 2005 a julio 2008, es importante tomar en cuenta, que a la fecha de la presentación del III Informe de verificación de la implementación de las recomendaciones del libro blanco, el año no había terminado. El comportamiento que es interesante analizar es el aumento de las inspecciones entre el período de Junio 05/ Mayo 06 al período de Junio 06/ mayo 07, el cual ha sido a la alza del año 2005 al año 2006, fenómeno que se explica, con la contratación de nuevo personal del MINTRAB, la cual en su mayoría fueron con la plaza de inspectores de trabajo. Por lo que se analizara este período en especial, ya que es el que demarca el punto de partida para el comportamiento de los demás períodos.

Tipo de InspecciónTotal de Inspecciones 6408 17235 18525 405

6408

13577 15057 372

3658 3468 33Reinspecciones 3838 8270 9521 281

10246 25505 28046 686

Junio 05- Mayo 06

Junio 06- Mayo 07

Junio 07- Mayo 08

Junio 08- Julio 08

Inspecciones ProgramadasInspecciones No Programadas

Total visitas (inspecciones y reinspecciones)

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Gráfico 12: Comportamiento en puntos porcentuales de las inspecciones programadas para el período de 2005, 2006 y 2007.

Fuente Elaboración Propia con datos de Estadísticas Laborales 2005,2006 Y 2007 MTPS

Gráfico 13: Comportamiento en puntos porcentuales de las inspecciones no programadas para el período de 2005, 2006 y 2007

Fuente Elaboración Propia con datos de Estadísticas Laborales 2005,2006 Y 2007 MINTRAB

Del texto del artículo 43 de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, la inspección especial o no programada es aquella que se lleva a cabo para verificar hechos expresamente determinados, vinculados a la relación laboral, que requieran de una inmediata y urgente comprobación. Por lo que al ver esta gráfica, claramente se puede observar que en el año 2005 no se realizaron inspecciones no programadas, pero a raíz de la ratificación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, beneficioso en este aspecto, ya que por los requerimientos y estándares laborales contemplado en el Capítulo 16 y la posterior elaboración del llamado “Libro Blanco”; es que el MINTRAB ha procurado dar un mejor servicio a los usuarios que han sido vulnerados en sus derechos laborales,

2005

2006

2007

0.000 5.000 10.000 15.000

INSPECCIONES PROGRAMADAS

2005 2006 20070123456789

10

INSPECCIONES NO PROGRAMADAS

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claramente esta situación se refleja del 2005 al 2006, ya que para finalizar el año 2006 se contaba con 3.65 inspecciones no programadas, para que del 2006 al 2007 se eleven las inspecciones no programadas en 6.31 puntos porcentuales. En resumen, en el período comprendido de 2005 a julio de 2008, se ha realizado 4,2573 inspecciones en total, lo que se traduce en una cobertura de 325,205 trabajadores y trabajadoras salvadoreños a los cuales a los que se les ha ayudado en la violación de sus derechos laborales. 6.3.1. Número de solicitudes de conciliación individual y colectiva y número de casos resueltos:

Tabla 12: Número de Conflictos o diferencias laborales individuales para el período de 2005 al 2008

Fuente: Elaboración propia con datos del III Informe de Verificación OIT/MINTRAB El total de cancelación por concepto de prestaciones laborales, ha ido en aumento en cada uno de los períodos reflejados en la tabla anterior, al finalizar el mes de mayo del 2008 se había recuperado para los trabajadores afectados $3,312,074.00 en concepto de prestaciones laborales adeudadas. Otro dato que es de suma importancia analizar, es que de el número de solicitudes recibidas en la Dirección General de Trabajo sobre conflictos individuales de trabajo, el porcentaje de esas solicitudes que han finalizado con una conciliación ha ido en aumento ya que la efectividad para el período de junio 05 – mayo 06 de 33%, para junio 06 a mayo 07 de 35%, y para junio 07 a mayo 08 de 30%. 6.3.2. Número y tipo de acciones para mejorar los procedimientos de aplicación de la legislación laboral La publicación, en marzo de 2008, del Manual del Delegado de la DGT, el cual constituye una herramienta básica para los funcionarios de esta dependencia; además en dicha fecha se publicó el estudio jurídico sobre los elementos de validez y eficacia de los acuerdos de conciliación ante el MINTRAB.

Junio 05-Mayo 06 Junio 06– mayo 07 Junio 07- Mayo 08Solicitudes Recibidas 2,967 3,325 3,715Conciliadas 980 1,158 1,098Porcentaje de Efectividad* 33% 35% 30%Sin conciliar 1,103 1,340 1,049Otras Causas 7 0 379

725,669 796,251 1,790,154

Conflicto o diferencias laborales individuales

Cancelación por concepto de prestaciones laborales (US$)

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La DGIT elaboró un protocolo de buenas prácticas de inspección, en el cual se establecieron las actuaciones y obligaciones de los inspectores, previas, durante y después de visitar los centros de trabajo. La DGIT elaboró durante este período un documento denominado “Listado de Verificación de El Salvador” en el cual se unificó los criterios legales sobre casos sometidos al conocimiento de la inspección de trabajo. Lo anterior, con la finalidad de estandarizar los procedimientos y brindar mejores servicios a los sujetos de la relación laboral en el país. La promulgación del Reglamento Interno de Trabajo del MTPS, el 17 de marzo de 2008, en el cual se establecieron disposiciones de índole laboral que regirán las relaciones entre ese organismo y sus empleados. Se está trabajando en la redacción de un apartado que se denominará “discriminación y el acoso sexual en el ámbito laboral”, el cual se incluirá en dicho reglamento. 7. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA LABORAL, 2005-2008 Siendo uno de las metas del Libro Blanco, el asegurar el correcto cumplimiento de las leyes laborales en el país como en los demás países suscriptores del CAFTA-DR, una de las medidas para poder alcanzar este fin es la del fortalecimiento del sistema judicial en materia laboral. Es deber del Estado salvadoreño garantizar a toda la ciudadanía una administración de la justicia laboral efectiva, lo cual implica la implementación de procedimientos que garanticen la celeridad en los procesos, el acceso, la asistencia legal a las partes que lo requieren, así como la idoneidad de los funcionarios responsables de impartir justicia. En este sentido, los Poderes Judiciales deben impulsar acciones, en coordinación con la administración financiera competente y el Poder Legislativo, para contar con tribunales laborales especializados en todo el territorio nacional, un modelo de gestión eficiente. Se ha determinado importante este fortalecimiento, ya que al igual que en el MINTRAB, existen limitaciones en los recursos de los tribunales laborales. Esta escasez de recursos incluye escasez de jueces, personal de apoyo y equipo, lo que trae como consecuencia que la mora judicial en materia laboral vaya cada vez más en aumento. Como respuesta a las recomendaciones tendientes a los Tribunales Laborales, se elaboró un acuerdo en donde se comprometieron a realizar acciones conjuntas entre la Corta Suprema de Justicia, el Consejo Nacional de la Judicatura, el MINTRAB, la PGR para poder dar cumplimiento de acuerdo a sus funciones legales. En virtud de

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este acuerdo, se creó la Comisión Interinstitucional de Coordinación (CIC) con el fin de “facilitar la coordinación y ejecución de las actividades programadas en el Proyecto Subregional: Fortalecimiento de la Justicia Laboral en América Central y República Dominicana, ejecutado por la OIT. 7.1 Número de expedientes activos en trámite y ejecución en las diferentes instancias A continuación en la Tabla 13, se muestra el comportamiento de los procesos laborales en sede Judicial, ya que una de las mayores observaciones era la de la mora judicial, es importante estudiar y analizar estas cifras para determinar si las acciones que se han llevado a acabo durante este período 2005-2008, han alcanzado los objetivos esperados., se muestra el comportamiento de los procesos laborales en los Juzgados especializados en dicha materia. Para analizar la siguiente información se debe tomar en cuenta que la información para los Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de lo Civil es parcial, ya que los datos de juicios activos no contemplan todo el período. Tampoco incluye la información de todos los juzgados.

Tabla 13: Total de Número de Expedientes activos, ingresos y egresos 2005-2008

Fuente Elaboración propia con datos de los 3 informes de Verificación de la OIT/MINTRAB

Para inicios del 2007, la cantidad de procesos activos 7,627. Es importante señalar que las demandas laborales tienen un tiempo promedio de resolución en primera instancia de 2 a 6 meses, mientras que en la segunda instancia puede demorar 2 meses. Sin embargo, los procesos se pueden demorar hasta 32 meses si existen apelaciones que se elevan a la Sala de lo Civil, o bien por recursos de casación que se elevan a la Corte Plena. La reducción de la mora judicial en el 2005 se explica en gran parte, según funcionarios del Poder Judicial, en la alta cantidad de casos que son desistidos. Por ejemplo, en los 5 juzgados de lo laboral de San Salvador, de los 3.164 casos egresados, el 49% fueron desistidos (1.558), mientras que el 8% fueron conciliados,

Actividad/Año 2005 2006 2007 2008

1029 12000 7627 5950Ingresos 7595 5828 5707 2709Egresos 9534 11735 7093 2483

8990 6102 6241 6176

Procesos Activos al incio del período

Procesos Activos al f inal del período

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de modo que solamente un 43% recibió una sentencia judicial. Además, también se menciona como posible explicación a la reducción de la mora judicial, el apoyo que reciben los jueces por parte de auxiliares y la mayor capacitación que se está proporcionando a los operadores de justicia en materia laboral. También es importante anotar que entre el 2005 y el 2006 se dio una reducción del 35% en la cantidad de casos que ingresaron a los tribunales, por lo que se podría pensar que existen otros mecanismos extrajudiciales para resolver los diferendos entre trabajadores y empleadores. La Corte Suprema de Justicia y la Procuración General de la República refieren que sigue existiendo mora judicial en la ejecución de las sentencias, con especial incidencia en las ejecuciones contra órganos públicos, por la dificultad de que se presupuesten las cantidades económicas necesarias para hacer frente a los fallos judiciales. De los 8,990 procesos activos con los que se finalizaba el año 2005, para el año 2008 se finalizó el período con 6,176 procesos activos, lo que se traduce en una reducción de 2814 procesos activos. A inicios del año 2007, la cantidad de procesos activos era de 7,627, de los cuales el 98% está pendiente de resolución por parte de los juzgados de primera instancia y el 2% pertenece a los juzgados de segunda instancia. Los ingresos en las cámaras de segunda instancia, juzgados que por lo general se encargan de resolver los recursos interpuestos por cualquiera de las partes contra la sentencia impuesta por los juzgados de primera instancia, aumentaron de 2005 a 2006 en un 14%. En cuanto a la capacidad de un Tribunal de concluir procesos respecto al total de casos activos al final del período, la siguiente tabla muestra el porcentaje respectivo de cada uno del año 2005 al año 2007, no se presenta de 2008 ya que al término del III Informe de Verificación no se había finalizado ese año:

Tabla 14: Tasa de Resolución Global de los Tribunales en puntos porcentuales, 2005-2007

Fuente: III Informe de Verificación del Libro Blanco OIT/MINTRAB

TIPO DE TRIBUNALES TASA DE RESOLUCIÓN GLOBAL

2005 2006 200753.92 75.3 55.75

31.03 30.56 48.65

Juzgados de lo Civil 30.46 36.2 33.89Cámaras de los Laboral 96.9 88.17 79.81

75.56 66.67 65.33

Juzgados de los LaboralJuzgados de 1° Instancia

Cámaras de 2° instancia

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Los juzgados de lo Laboral, como se muestra en la tabla anterior, tuvieron un aumento en el porcentaje de resolución global de 53.92 puntos para el 2005, siendo que para el 2006 los casos resueltos aumentaron a 75.3 puntos porcentuales disminuyendo la conclusión de procesos activos en el 2007 a 55.75 puntos. En cuanto a los Juzgados de Primera Instancia el comportamiento ha sido a la inversa de los Juzgados de lo Laboral, ya que de 2005 a 2006 hubo un leve descaso de 4.53 puntos, pero para el año 2007 aumentaron las resoluciones a 48.65 puntos porcentuales. 7.2 Porcentaje de Sentencias Laborales Apeladas

Gráfico 14: Porcentaje de Sentencias Laborales Apeladas. 2005-2007

Fuente: Elaboración propia con datos del II Informe de Verificación del Libro Blanco OIT/MINTRAB

En el año 2007 se ha dado un incremento de 6% de sentencias apeladas en relación al año 2005. En el año 2006 el 38.85% de sentencias fueron sometidas al recurso de apelación. 7.3 Unificación de Jurisprudencia Se elaboró el estudio “Sistematización de la Jurisprudencia Laboral Judicial de El Salvador (1996-2008)”, con apoyo del Proyecto Justicia Laboral de la OIT. Desde octubre de 2007, la Sala de lo Civil está implementando un sistema automatizado de expedientes jurídicos. A partir de enero de 2008 se implementó este sistema para el manejo de expedientes de casación, civil, mercantil, familia y laboral. Actualmente, existen aproximadamente 300 expedientes que pueden ser consultados en línea.

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Este sistema permitirá, entre otros aspectos, sistematizar la jurisprudencia en las áreas de competencia de la Sala de lo Civil, entre ellas la laboral. Asimismo, habilitará la consulta pública del estado de los casos sometidos a conocimientos de la Sala. 8. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN GÉNERO Y DISCRIMINACIÓN, 2005-2008 8.1 Creación de una oficina dentro del MTPS para cuestiones de género y empleo Uno de los compromisos adquiridos en la suscripción del Libro Blanco, fue el de establecer un grupo especial que se encargara del cumplimiento de la legislación relacionada con el tema de género y discriminación laboral por motivos de portación de VIH, estado de gravidez, afiliación sindical y otras formas de discriminación prohibidas por la ley, por lo que en julio de 2005 se creó en el MINTRAB la Unidad Especial de Género y Prevención de Otros Actos Laborales Discriminatorios, adscrita a la Dirección General de Inspección de Trabajo52. En el año 2005, a inicios de su funcionamiento la Unidad Especial de Género y Prevención de otros Actos Laborales Discriminatorios, contaba con 5 funcionarios, pero con el refuerzo presupuestario de 2006 se fortaleció con la contratación de 8 inspectores más, contando al año 2008 finalmente con 1 Jefe de Unidad, 2 Supervisores, 12 Inspectores de Trabajo y 1 Secretaria, lo que se traduce en un incremento de 31.25% en fuerza de trabajo para poder dar respuesta a las denuncias y demandas que se recibe de las y los trabajadores salvadoreños. 8.2 Realización de foros públicos En respuesta a la Recomendación anterior, el Ministerio de Trabajo ha realizado diversas acciones a fin de poder llevar a cabo tal cometido. Una de estas acciones es la activa participación y apoyo que se brinda por parte de esta cartera de estado al Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) en la aplicación de la Política Nacional de la Mujer. Entre las actividades que esta institución gubernamental ha desarrollado, como entidad rectora de la ejecución de dicha política, en el área laboral se puede mencionar: la elaboración de una propuesta técnica para la incorporación del enfoque de género en el anteproyecto de Ley General de prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo; la revisión técnica de la guía didáctica “Acciones afirmativas para la equidad de género en la intermediación laboral”; y el apoyo técnico en la formulación del Plan de Acción de la Red Nacional de Oportunidades de Empleo.

52 http://www.ilo.org/ipec/facts/lang--es/index.htm

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El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, realizó en el año de 2008, 5 foros públicos, en los cuales se abordaron temas sobre discriminación sindical, así como la prohibición sobre la exigencia por parte de los patronos, de la prueba de embarazo para efectos de contratar o despedir a una mujer. De igual manera de abordaron temas como: Diálogo Social, derechos y obligaciones laborales, los compromisos del Libro Blanco y la Convención sobre derechos de personas con discapacidad. Entre lo participantes se contó con la presencia de funcionarios públicos, trabajadores, empleadores y representantes de organizaciones no gubernamentales.

Tabla 15: Listado de Foros realizados en el 2008

Fuente: Libro Blanco

9. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN LA ERRADICACIÓN DE TRABAJO INFANTIL, 2005-2008 Este capítulo en particular, contiene información de diversas instituciones que tienen recopiladas la información sobre el Trabajo Infantil en El Salvador, una de las principales es la Organización Internacional del Trabajo que con su Programa Internacional para la Erradicación de Trabajo Infantil, ha impulsado una diversidad de actividades en algunos países de Latinoamérica como El Salvador, pueda enfrentar ésta problemática. Para la Organización Internacional del Trabajo, se entiende por Trabajo Infantil “como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Así pues, se alude al trabajo que: es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño; e

Foro Público Participantes Fecha Lugar22 29/04/08

88 27/05/08

96 20/06/08

64 27/06/08

23 09/07/08Total 293 5

Fomento de Una cultura de cumplimiento Zona Franca Internacional

Departamento de La Paz

Fomento de Una cultura de cumplimiento. San Salvador

Departamento de San Salvador

Fomento de Una cultura de cumplimiento. San Miguel

Departamento de San Miguel

Fomento de Una cultura de cumplimiento. Santa Ana

Departamento de Santa Ana

Fomento de Una cultura de cumplimiento. Zona Franca El Pedregal

Departamento de La Paz

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interfiere con su escolarización puesto que les priva de la posibilidad de asistir a clases; les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo.” 53 Dentro de las causas del Trabajo Infantil en El Salvador, hay diversas entre las principales oficialmente reconocida están:

Pobreza Violencia Intrafamiliar Patrones Culturales Permisividad Social

9.1 Peores Formas de Trabajo Infantil en El Salvador Nuestro país, fue uno de los primero países miembros de la OIT que ratificó el Convenio 182 de la OIT, quedando plasmado el compromiso de iniciar acciones inmediatas para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil. Debido a que los Convenios de la OIT son generalizados, muchas veces se necesitan acciones extras de los Gobiernos para asegurar su aplicabilidad. Tal ha sido el caso con este Convenio, El Salvador definió cuáles serían consideradas como las peores formas de trabajo infantil:

Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes Hablar de explotación sexual comercial es referirse a una situación que se adueña de manera violenta de la vida de las niñas, niños y adolescentes, alterando su normal desarrollo a partir del uso de su cuerpo y del abuso de su situación de indefensión. Lejos de ser una opción de vida, es un callejón sin salida al que muchas niñas y niños son vinculados por proxenetas, clientes-explotadores, que se aprovechan de su vulnerabilidad, causada por una infancia traumática caracterizada por la violencia en sus familias, el abuso sexual y la insatisfacción de sus necesidades más básicas. La explotación sexual comercial es considerada por la OIT como una de las peores formas de trabajo infantil que responde a múltiples causas y su dinámica trasciende el ámbito de un contexto social particular, de una clase socioeconómica determinada o de un grupo social específico. No es un fenómeno nuevo ni local, ni exclusivo de uno u otro país. Las niñas, niños y adolescentes víctimas de la explotación sexual sufren un fuerte rechazo social, son estigmatizados y padecen daños psicológicos muchas veces irreversibles. Tienen muy bajos niveles de autoestima y viven un desencuentro con su propio cuerpo, pues han sido tratados como objeto sexual, mercancía y bien de intercambio.

53 Estudio “Situación de los derechos humanos en las maquilas en América Central” de la Federación Internacional de los Derechos Humanos (Octubre 2005).

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Trabajo Infantil en la Corta de Caña de Azúcar

Según la OIT, nueve de cada diez niños que trabajan en el campo lo hacen en la agricultura, actividad que concentra cerca del 70% de la niñez trabajadora. En la agricultura de subsistencia los niños y niñas trabajan durante muchas horas, se exponen a cambios climáticos, realizan trabajos pesados, manipulan herramientas filosas, operan maquinarias sin preparación ni protección, y están expuestos a envenenamiento en la preparación y aplicación de pesticidas, por lo general, sin contar con protección. Las largas jornadas en el campo les impiden acudir a la escuela o les afecta seriamente su rendimiento educativo.

Trabajo Infantil en los Botaderos de Basura El trabajo en los botaderos de basura es una labor muy extendida, generalmente realizada por familias en situación de extrema pobreza, en las que los adultos no tienen una ocupación fija e incorporan a los niños, niñas y adolescentes en esta actividad. La segregación de basura consiste en la recuperación de una gama de materiales que luego son comercializados para su reutilización o reciclaje a través de empresas en su mayoría clandestinas. Algunos de los niños y niñas son llevados por sus propios padres, vecinos y en algunos casos por amigos. Muchas veces se ven involucrados en la recolección y segregación de basura sin mayor consulta o a partir de la incorporación de la madre o del padre en la actividad. Los riesgos del trabajo infantil en los basurales son muchos, y más si se toma en cuenta que la mayoría de las veces estos niños y niñas viven con sus familias en esos entornos, en condiciones infrahumanas, siendo víctimas de infecciones, enfermedades digestivas, malnutrición, cortes con vidrios, contacto con jeringas y desechos hospitalarios, mordeduras de animales, picaduras de insectos, atropellos y acoso.

Trabajo Infantil en Actividades Relativas a la Pesca y Extracción de Moluscos

La extracción de moluscos es una actividad que se realiza en los humedales de las zonas costeras (Manglares). Las personas menores de edad que desempeñan este trabajo permanecen durante horas dentro del fango poniendo en peligro su integridad física y psicológica, ya que están mucho tiempo sumergidos en los manglares; sufren de picaduras de insectos, subdesarrollo físico y malnutrición. Además, muchas veces ingieren estimulantes para soportar el ritmo de trabajo y en

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algunos casos se observa que fuman puros o ingieren ansiolíticos para disminuir su sensibilidad a las picaduras y para ahuyentar a los insectos. Trabajo Infantil en la Industria Pirotécnica El trabajo en la fabricación de fuegos artificiales es muy peligroso debido a la manipulación de pólvora y a las precarias condiciones técnicas y de seguridad del proceso. Está considerada como una de las peores formas de trabajo infantil ya que la pólvora utilizada en la producción de cohetillos es altamente explosiva, tóxica e inflamable, y la producción se lleva a cabo en hogares o talleres carentes de medidas de seguridad e higiene que ponen en grave riesgo la integridad de los niños. Entre los riesgos más frecuentes están las quemaduras y amputaciones a causa de las explosiones y el abandono escolar de los niños, niñas y adolescentes que participan en esta actividad. 9.2 Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil El mandato del Programa IPEC en El Salvador se orienta en dos niveles: a) A nivel nacional, donde se promueve el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la sensibilización de la población en general para hacer visible el problema del trabajo infantil y sus causas. b) A nivel Local, se identifican grupos poblacionales cuyos niños se ven involucrados en actividades peligrosas de las cuales deben ser retirados y estos reciben atención directa por parte del Programa. Este último tiene 3 componentes fundamentales, los cuales se adaptan a las condiciones del entorno en el que van a ser desplegados, para atender niños y sus padres y madres. El primer componente se denomina "componente de atención social " y promueve el acceso de los niños a la educación, incluyendo el apoyo con educación no formal, la salud y otros servicios que se consideran básicos para mejorar la calidad de vida de estos niños y asegurar un ambiente propicio para incorporarlos a la escuela o mantenerlos en ella. Un segundo componente es la "sensibilización y movilización social" que tiene por objeto hacer que los padres de familia, la comunidad y las autoridades locales, comprendan los riesgos a los cuales se ven sometidos los niños, y las consecuencias negativas de estas actividades en el desarrollo físico, mental y social de estos. Como tercer componente, el "apoyo a las capacidades productivas de los padres" pasa por la promoción de empresas, la formación profesional y el apoyo a las municipalidades para definir planes de desarrollo local que involucren a la mayor cantidad de personas posibles especialmente en la construcción de obras de infraestructura u otras actividades que requieran mano de obra de la comunidad. A fin de poder darle el seguimiento al Programa de IPEC/OIT en El Salvador, nace la Unidad de Monitoreo para la Erradicación del Trabajo Infantil en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que entre sus principales funciones verificar si existen

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niños, niñas y adolescentes en actividades identificadas como peores formas de trabajo infantil. De verificarse la existencia de los menores, está Unidad da inmediatamente aviso al Departamento de Inspección con el objeto de seguir los trámites correspondientes y evitar de esta manera la reincidencia de nuestros niños en dichas actividades. El 16 de junio del 2005, mediante el Decreto Ejecutivo No. 66, se estableció la Comisión Nacional para la Erradicación de las Peores formas de Trabajo Infantil, coordinada por el MINTRAB, como organismo adscrito al MINTRAB, entre cuyas funciones se encuentran proponer las directrices y lineamientos para la elaboración de planes, programas, proyectos y actividades dirigidas a la eliminación del trabajo infantil; integrar y coordinar esfuerzos desarrollados por Organismos Nacionales e Internacionales en la materia; establecer las áreas prioritarias a las que deberá encaminar los esfuerzos para erradicar el trabajo infantil, entre otros Para el año 2005, los resultados de la labor en conjunto del MINTRAB y OIT reflejaban los siguientes progresos:

Tabla 16 Fuente: Unidad de Erradicación de Trabajo Infantil/ MTPS

Tabla 17

Fuente: Unidad de Erradicación de Trabajo Infantil/ MTPS

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La Unidad de Erradicación de Trabajo Infantil cuenta con su propio Presupuesto de operaciones dentro del MINTRAB, para poder salir adelante con todos los compromisos que entrañen esta situación.

Tabla 18: Presupuesto de la UETI período 2005 a 2008

Fuente: Elaboración propia con datos de la UETI

En la tabla 18, se muestra como el presupuesto asignado a la Unidad de Erradicación de Trabajo Infantil ha experimentado un aumento de $14,279 USD. Aunque cabe recalcar que este aumento de presupuesto, ha sido destinado a la contratación de personal técnico que apoye con las diferentes actividades de erradicación de trabajo infantil. Al estudiar el presupuesto de la UETI en relación con la totalidad del MINTRAB al año 2008 de $8, 950,585, representa únicamente el 5% de todo el presupuesto. Gráfico 15: Niños prevenidos y Niños Retirados de Trabajo Infantil, entre 2005

y el 2008

Fuente: elaboración propia con datos de la UETI/MTPS

En la gráfica anterior, se resume a grandes rasgos los resultados obtenidos durante éste período por la UETI. Es importante tomar en consideración estos datos cruzados, ya que darán un mejor panorama del siguiente análisis. Para el año 2005 se retiraron 8,768 NNA, pero para el año se retiraron únicamente 1,860 producto de la prevención de 23,699 NNA. Logrando prevenir al año 2008 3,356. Lo que de igual manera es consecuencia, del retiro masivo y prevención masiva del año 2005.

2005 2006 2007 2008$30,342.86 $41,291.80 $41,184.00 $44,621.85

Total Presupuesto

Niños retirados

Niños prevenidos

0 5000 10000 15000 20000 25000

20052008

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10. IMPACTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CAFTA-DR EN EL FOMENTO DE UNA CULTURA DE CUMPLIMIENTO, 2005- 2008 Entre los hallazgos de las recomendaciones del Libro Blanco, se encuentra la falta de una cultura de cumplimiento en los derechos laborales de El Salvador. Entendiéndose como una cultura de cumplimiento, aquella en que la que no es necesario utilizar ningún medio coercitivo para que exista una observancia a las leyes laborales, en este caso. Por lo que al existir esta, la relación laboral se desarrollaría en completa armonía, ya que tanto las y los empleadores como los y las trabajadoras gozan efectivamente de sus derechos y cumplen sus obligaciones reciprocas. Una de las mayores preocupaciones, ha sido la efectiva aplicación de la legislación laboral en las zonas francas. Lo que representa una gran parte del sector salvadoreño como lo podemos ver en el siguiente mapa:

Mapa 1: Distribución de las zonas francas en el territorio de El Salvador, 2009.

Fuente: Elaboración propia con datos de www.aduanas.sv,

Mapa de www.cnr.gob.sv

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Aproximadamente, las maquilas ofrecen 90.000 empleos directos, lo que significa el 16% del empleo total del país y entre el 49,5% y el 51% del empleo industrial54. Lo que representa un alto numero de trabajadores, a los que se debe verificar el efectivo goce de los derechos laborales. Históricamente la relación entre patrono-trabajador ha sido una relación de desventaja, y aun en nuestros días el mayor porcentaje de obligaciones laborales incumplidas las cometen los patronos, tal y como se demuestra en la siguiente grafica:

Gráfico 16: Percepciones sobre el incumplimiento de las obligaciones laborales

Fuente: Informe sobre Desarrollo Humano El Salvador 2007-2008. "El empleo en uno de los pueblos

más trabajadores del mundo”

Tal y como se enuncia en el titulo de la grafica anterior, esta es únicamente la percepción que se tiene, ya que no se puede hablar que esto sea al cien por ciento verdad. Ya que existe de igual manera, una diversidad de empleadores modelos en el cumplimiento de los derechos laborales. 10.1 Cooperación en el marco del CAFTA-DR Durante la elaboración del Acta de Implementación del CAFTA-DR, el Congreso comprendió las necesidades de cooperación en los esfuerzos de creación de las capacidades que se habían identificado en las recomendaciones del Libro Blanco. Como resultado se destino del ano fiscal 2005 al 2007, $57.34 millones al USDOL y a la USAID, con un incremento de $15 millones en el ano fiscal del 2008, y hasta el momento no se cuenta con una cifra final sobre el monto del ano fiscal del 2009. Un grupo interinstitucional comprometido del Departamento de Estado, DOL, USTR, USAID, fue establecido para identificar proyectos para apoyar las áreas prioritarias establecidas en el libro blanco y distribución de fondos para los proyectos. Estas 54 www.fundemas.org

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agencias identificaron proyectos apropiados en consulta con los gobiernos del CAFTA-DR. Reconociendo que el cumplimiento de las leyes laborales requiere de una gran capacidad por parte de los ministerios de trabajo, los sistemas de justicia, las primeras tres metas del libro blanco, fueron integradas en dos categorías diseñadas para fortalecer cada uno de estas dos instituciones y mejorar su capacidad de cumplir las leyes laborales. No obstante, las áreas identificadas fueron consistentes con las necesidades identificadas en el libro blanco, y hasta la fecha, la distribución de fondos a través de las agencias del gobierno de los Estados Unidos, ha sido distribuida de la siguiente forma:

1. Fortalecimiento de la capacidad de los ministerios en el cumplimiento de las leyes laborales, inspecciones programadas y resolución de conflictos, $17.53 millones.

2. Fortalecimiento y Modernización de los sistemas de justicia $11.74 millones

3. Reducción de la discriminación en contra de las mujeres y acoso en las

maquilas, $4.45 millones,

4. Eliminación de las peores formas de trabajo infantil $21.39 millones y

5. Promoción de una cultura de cumplimiento, $19.61 millones En la reunión de Viceministros de trabajo realizada en enero de 2006, y en las reuniones siguientes, los estados unidos y los países miembros del CAFTA-DR acordaron que las actividades dentro de cada área proporcionaría una base para el fortalecimiento de las capacidades en la región. Está claro, que las actividades variaran de acuerdo a las necesidades de la región, y a los requerimientos de cada país y cada país tiene iniciativas propias de desarrollo establecido en las reuniones bilaterales con los estados unidos y las negociaciones con el proyecto La Dimensión laboral en Centroamérica y la República Dominicana, de abril 2005. Fue destinado al estudio comparativo, verificaciones y monitoreo de proyectos $8.98 millones, adicionalmente se destinaron $26.36 millones directamente al departamento de trabajo para proyectos de trabajo infantil. En el 21 de noviembre del 2008, en la reunión del consejo de asuntos laborales, los ministros y viceministros de los países del CAFTA-DR y los Estados Unidos

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acordaron facilitar una cooperación más cercana para poder mejorar las capacidades de los ministerios y el cumplimiento de las leyes laborales. De una u otra manera, es necesario lograr una disminución considerable de violaciones a los derechos laborales por medio de la divulgación de los mismos, pero como se ha mencionado el MINTRAB como ente rector al igual que los otros ministerios de trabajo de la subregión, no cuenta con el presupuesto adecuado para sumársele a las acciones operativas, actividades macro de divulgación de derechos. Es por tal motivo, que en el marco del CAFTA-DR se ha contado con Ayuda en materia de Cooperación Técnica Internacional, que han beneficiado a El Salvador con una diversidad de proyectos financiados por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL por sus siglas en ingles). Se explicara a continuación, sobre dos proyectos que han tenido un gran impacto en el funcionamiento del MINTRAB, resultando beneficiados los y las trabajadoras salvadoreñas en el fomento de una cultura de cumplimiento. 10.1.1 Programa Regional de Modernización Laboral Este proyecto ascendió regionalmente a $2 millones de dólares para ejecución en plazo de dos anos. Este proyecto se llevo a cabo, debido a que los Ministerios de Trabajo de la Subregión carecían de la capacidad de utilización de las Tecnologías de la Información para acercar los servicios a los trabajadores, empleadores, y servidores públicos, en el 2006 la USAID busco integrar un desarrollo en el manejo de sistemas que sirviera mejor a tanto a los usuarios de los ministerios como a sus empleados. Dentro de la primera fase del proyecto se elaboro un diagnostico sobre las Tecnologías de la Información de los Ministerios de Trabajo, que abarcaba la utilización del portal web, quejas en línea, y el calculo de las prestaciones. Siendo los siguientes los resultados en el MINTRAB:

1. Reestructuración de la red informática y donación de servidores para tal efecto

2. Construcción del Centro de Capacitaciones Laborales

3. Donación de equipo de multimedia de punta, para la elaboración de

materiales informativos 10.1.2. Proyecto Cumple y Gana El “PROYECTO CUMPLE Y GANA”: Fortalecimiento de los derechos laborales, es ejecutado por FUNPADEM y Abr Associates Inc. Se ha desarrollado en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana. Es auspiciado y financiado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos

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(USDOL), sus oficinas centrales están en San José, Costa Rica, cuenta con un facilitador en cada país. Objetivos: Su principal objetivo es incrementar el cumplimiento de los derechos laborales en Centroamérica, Panamá y República Dominicana, mediante los siguientes objetivos específicos: 1) Proveer de mayor información a las personas trabajadoras y empleadores sobre leyes y normas laborales en sus respectivos países. 2) Aumentar la eficacia y confiabilidad de los sistemas de inspección de los Ministerios de Trabajo en el cumplimiento de las leyes y normas laborales nacionales 3) Fortalecer los mecanismos de promoción y protección de los derechos laborales de las mujeres, con enfoque de género. Componentes:

Disminución de la discriminación laboral femenina por razones de Genero: Promueve la protección de los derechos laborales de las mujeres, mediante el desarrollo de capacidades institucionales públicas y de la sociedad civil, dirigidas a la reducción de las diversas formas de discriminación y acoso sexual contra las mujeres vinculadas a la fuerza laboral.

Difusión: Promueve el mayor conocimiento entre las personas trabajadoras y empleadores / as mediante la capacitación y materiales informativos (directos y masivos) con información sobre las leyes y normas laborales de cada país, incluye la construcción, mantenimiento y actualización de la pagina web www.leylaboral.com, que es un espacio para efectuar consultas sobre derechos y deberes laborales

Inspección y cumplimiento: Buscar fortalecer los sistemas de inspección laboral de cada país de manera que sean más eficaces y confiables, con el propósito de incrementar el cumplimiento, no solo forzoso sino también voluntario, de los derechos labores.

Resolución alterna de conflictos: Consiste en fortalecer los servicios de conciliación y mediación de conflictos jurídicos individuales con el propósito de incrementar el cumplimiento de los derechos labores. También desarrolla experiencias demostrativas de solución de conflictos dentro de las organizaciones, para que empleados y empleadores pueden resolver sus diferencias de forma directa. El proyecto Cumple y Gana inició sus operaciones en El Salvador el día 24 de Julio de 2004. En el lapso de 3 años, se desarrollaron diversas acciones tendientes a fortalecer al Ministerio de Trabajo y Previsión Social y mantienen en ejecución

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conjunta una campaña de los derechos y obligaciones laborales. Resultados del componente de Difusión: a) Sensibilización, información y capacitación sobre las leyes y normas laborales nacionales a través de la participación en Ferias de Trabajo, distribución de 350,000 volantes conteniendo algunos de los derechos de los trabajadores; habiendo sido distribuidos a través de formación de redes entre los sindicatos, Federaciones y Confederaciones de trabajadores; y llegando al sector empleador a través de la distribución de volantes dentro de las planillas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social. b) Se distribuyeron 5,000 Manuales de Derechos y Obligaciones Laborales, 2,000 calendarios, 3,000 desplegables y 500 afiches en los cuales hay definiciones de derechos y obligaciones laborales; y se llevaron a cabo talleres de “Derechos y Obligaciones Laborales” dirigido a los 3 sectores. c) Cuñas radiales diarias en la YSKL cuyos contenidos se trataban sobre la protección a la mujer embarazada, el contrato individual de trabajo, el despido, y prestaciones laborales. d) Call Center: que cuenta con el personal capacitado en los temas de derechos y obligaciones laborales; sobre los servicios que presta cada una de las direcciones, y servicio al cliente entre otros. e) Guía de trámites del Departamento Nacionales de Organizaciones Sociales, el cual contiene todos los pasos a seguir para la inscripción de un sindicato. Con el apoyo del proyecto se reproducirán 1000 guías, la cual cuenta con un CD que contiene el formato de las actas. Resultados del componente de Inspección y Cumplimiento: a) Instalación del Sistema Electrónico de Casos, con el propósito de agilizar el trabajo de los inspectores y al mismo tiempo brindar un instrumento de planeación de la gestión administrativa. b) Diseño e implementación de un modelo de autoinspección para buscar el cumplimiento voluntario de la legislación laboral por parte de los empleadores. La Guía de Auto evaluación de Estándares Laborales, fue presentada a la comunidad nacional en octubre del 2006. Se publicó en uno de los periódicos de más circulación en el país, y se reprodujeron 40,000 ejemplares a efecto de ser repartidos en las planillas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social. La Guía ha tenido gran aceptación por parte del sector empleador, que viene solicitando reiteradamente capacitación respecto al uso de esta herramienta.

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c) Elaboración del Manual del Inspector, el cual recopila insumos y materiales de frecuente consulta por parte de los inspectores. Resultados del Componente de Resolución Alterna De Conflictos (RAC). a) Realización de un taller de Diseño de Plan de Mejoramiento de Oficinas de Mediación /Conciliación del MTPS, junto con los funcionarios encargados y delegados; además se realizó un estudio de necesidades de los servicios de mediación y conciliación de conflictos jurídicos individuales. Resultados del Componente de discriminación laboral femenina por razones de genero. a) Este componente inició en septiembre del 2006, con el desarrollo v del estudio de discriminación laboral femenina por razones de género en escala nacional con énfasis en las empresas textiles o de maquila que permitirá definir las acciones en función de sus resultados. Resultados del Componente de Equipamiento. a) Equipamiento de las oficinas regionales del MTPS de Santa Ana y San Miguel; así como las departamentales de Ahuachapán, Sonsonate, Zacatecoluca, San Vicente, Usulután y La Unión. El proyecto ha beneficiado aproximadamente a tres millones de trabajadores en los países del CAFTA-DR con información acerca de sus derechos laborales por medio de 52 spots a una tasa de 1,800 por mes, distribuido cerca de 3.3. Millones de materiales, e instalando un innovador sitio web con información de las leyes laborales para trabajadores y empleadores, (www.leylaboral.com). Para septiembre del 2008, el sitio web había sido consultado 2.7 millones de veces.

Figura 3: Portal Ley Laboral.com

Fuente: www.leylaboral.com

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Adicionalmente, cerca de 10,000 empleados de los ministerios, empleadores y trabajadores fueron capacitados en las leyes nacionales laborales, y los procedimientos. Los manuales de inspecciones laborales y el sistema electrónico de casos lo utilizan el 90% de inspectores laborales, resultando en un incremente de 13% de inspecciones programadas de 4 países. El Proyecto "Cumple y Gana.- fortalecimiento de la Inspección del Trabajo en Centroamérica y República Dominicana", inició el 1 de octubre del 2008 y terminará el 30 de setiembre del 2012. El Proyecto tiene por objetivo incrementar el cumplimiento de los derechos laborales en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, por medio del fortalecimiento de los sistemas de inspección laboral de los Ministerios y Secretarías de Trabajo de los seis países. Cumple y Gana favorece un enfoque del cumplimiento de los derechos y obligaciones laborales que no solo emana del respeto de las leyes, sino del convencimiento de quienes deben acatarlas y de que la aplicación voluntaria de las leyes aumenta la competitividad al tiempo que fortalece la paz social de sus países. Centroamérica y República Dominicana "cumplen y ganan" cuando los sectores productivos y el Estado aumentan sus niveles de confianza y credibilidad mutuas. Se busca fortalecer el cumplimiento de los derechos laborales por medio de cuatro objetivos: 1. Mejorar las capacidades de los procesos internos de los Ministerios de Trabajo para administrar y manejar mejor las funciones de Inspección y Mediación; 2. Mejorar la capacidad de los Ministerios de Trabajo para enfocar mejor las inspecciones por medio de la planificación, monitoreo y evaluación (Planificación Estratégica); 3. Mejorar la capacidad técnica para llevar a cabo inspecciones y otras acciones en sectores especiales; 4. Mejorar las capacidades de comunicación estratégica y diálogo social con actores sociales con respecto a la función de inspección. La administración del proyecto estará a cargo de la organización no gubernamental Fundación para la Paz y la Democracia (FUNPADEM) y la empresa ABT Associates Inc. con un facilitador ubicado en los ministerios de trabajo de cada país. “Cumple y Gana para Inspección “tiene sede en San José, Costa Rica y concentra en sus oficinas la mayor parte del personal técnico del proyecto, así como aquellos

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encargados de las finanzas y contabilidad. Creada en 1988, FUNPADEM es una organización no gubernamental, sin fines cuya misión “es la construcción conjunta de sociedades más libres, justas y solidarias, sustentadas sólidamente en la paz y la democracia”. Abt Associates es una empresa consultora basada en Cambridge, Massachussetts (Estados Unidos) fundada en 1966. 10.2 Responsabilidad Social Empresarial En El Salvador el concepto de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), hasta el momento ha sido una iniciativa privada de un grupo de empresarios que se agremiaron y formaron FUNDEMAS. Esta organización entiende como Responsabilidad Social Empresarial al imperativo estratégico que fomenta en las empresas la incorporación de políticas y practicas que contribuyen a relaciones con los accionistas, los empleados, la comunidad y el medio ambiente, a través de un marco de principios y valores éticos.55 La RSE comprende diversas áreas y grupos de interés, como se desliga del concepto anterior, pero la que compete a este estudio es la dirigida al llamad “cliente interno”; es decir todo el recurso humano que integra una empresa y que contribuye al desarrollo de la misma. FUNDEMAS, tiene a disposición del publico en general diversas publicaciones para aquellos que se interesen en el inicio de estas buenas practicas, tal es el caso de la “Guía del Buen Empleador” En esta guía, una de las reflexiones principales es la que hace referencia a que las condiciones de trabajo adecuadas, que implican los aspectos físicos, psicológicos y las relacionadas con los sistemas legales y administrativos, en los cuales los empleados están inmersos, son fundamentales para asegurar un ambiente laboral saludable. Las prácticas de responsabilidad social empresarial asociadas a este componente son fundamentales, en primer lugar porque responden a las obligaciones legales -como el sistema de remuneraciones y prestaciones, la seguridad social, la previsión y seguridad industrial- y, en segundo lugar, porque son factores satisfactorios que tienen efectos en la motivación, la salud, el bienestar y, al mismo tiempo, impactan en la productividad del negocio. La RSE en el trabajo, es aquella en la cual la empresa toma en cuenta al tomar una decisión el impacto que esta tendrá tanto en sus accionistas, en los trabajadores, en las comunidades y en el medio ambiente. Pero no es solo analizar el impacto, sino tener el discernimiento adecuado para poder incorporar todos estos intereses en beneficios de todos los posibles afectados o beneficiados en la toma de tal decisión. Por lo tanto, la responsabilidad social empresarial orienta una nueva forma de hacer empresa, que se articula en su desarrollo reciente al proceso de globalización de la economía mundial; surge de la convicción de que es necesario hacer transformaciones internas y externas en el contexto empresarial para hacer más competitivo y sustentable el negocio. Esto significa trascender lo estrictamente tecnológico para situarse 55 www.fundemas.org

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definitivamente en el ámbito de la gestión y de la relación de la empresa con su entorno social y medioambiental, particularmente, en el espacio de lo laboral.56 CONCLUSIONES Es innegable la relación existente entre la actividad comercial y los derechos de los trabajadores, ya que una buena relación entre el empleador y el trabajador se traducirá en procesos de producción más eficientes, permitiendo la existencia de bienes para el intercambio entre los países. Los Derechos Laborales son mundialmente reconocidos como Derechos Humanos, por lo que el progreso de una economía en detrimento de éstos es rechazado por toda la comunidad internacional; provocando la exclusión de actividad comercial con el país trasgresor. La inclusión del Capítulo 16 del CAFTA-DR, referente a el tema laboral; abrió la puerta hacia el reconocimiento de los derechos de los trabajadores frente a la expansión de la globalización de los pueblos. La elaboración del Documento denominado La Dimensión Laboral en Centroamérica y República Dominicana Construyendo sobre el Progreso: Reforzando el cumplimiento y Potenciando las Capacidades (“Libro Blanco”), permitió al Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador establecer para los temas prioritarios identificados una estrategia a mediano plazo, a fin de poder verificar que los derechos laborales en El Salvador se cumplan eficazmente. En relación a la Libertad de Sindicalización en El Salvador, si bien es cierto no se ha avanzado como se desea es importante tomar en cuenta los aspectos positivos en los cuales si han habido progresos. Una de ellas es ratificación de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, y sus consecuentes reformas constitucionales a fin de garantizar la libertad de sindicalización a todos los trabajadores y trabajadoras salvadoreñas sin distinción alguna de públicos o privados. El avance del respeto a la libertad de sindicalización en el país se puede ver reflejado en el aumento del número de sindicatos conformados desde el 2004 a la fecha, como se muestra en la siguiente gráfica:

56 Guía del Buen Empleador, Artes Gráficas publicitarias, El Salvador, 2007.

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Gráfico 17: Número de Sindicatos Constituidos para el período 2004-2007

Fuente: Elaboración propia con datos de Estadísticas del MTPS 2004 al 2007

En la gráfica anterior, se muestra como desde el año 2004 el número de sindicatos constituidos ha venido en aumento, ya que en el 2004 había 147 y al cierre del 2007 ya se contabilizaba con 203. Si bien es cierto, no se ha alcanzado los máximos niveles de libertad en materia sindical, se considera que se ha empezado con un buen pie. Por otro lado, desde su creación el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, por Decreto Legislativo número 134 de fecha 14 de octubre de 1946, ha tenido encomendada la misión de mediar las relaciones laborales entre el patrono y los trabajadores, pero muchas veces se imposibilitó el cumplimiento de esta función tan importante por la falta de presupuesto. Tal y cómo se demuestra en los datos presentados, es por este motivo que se considera que la ratificación del CAFTA-DR ha generado un impacto positivo en la vida del MTPS, al ubicar en los temas prioritarios el cumplimiento de los derechos laborales en El Salvador. Como resultado de éste incremento, se aumentó el número de personal clave en el cumplimiento de las funciones, como por ejemplo en el número de inspectores permitiendo que la vigilancia del cumplimiento de los derechos laborales sea más efectiva y que llegue a más personas. Lo que se traduce, en una mayor efectividad en la prestación de los servicios laborales. En resumen, en el período comprendido de 2005 a julio de 2008, se ha realizado 42,573 inspecciones en total, lo que se traduce en una cobertura de 325,205 trabajadores y trabajadoras salvadoreños a los que se les ha ayudado en la violación de sus derechos laborales. Otro de los servicios principales que presta el MTPS, es la resolución de los conflictos individuales de trabajo, y de acuerdo a los datos presentados el número de solicitudes recibidas y que han finalizado con una conciliación ha rondado del 30 al 35% de efectividad. En el tema de la Administración de la Justicia Laboral, el primer dato que nos

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50

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muestra una mejoría sustancial es que de los 8,990 procesos activos con los que se finalizaba el año 2005, para el año 2008 se finalizó el período con 6,176 procesos activos, lo que se traduce en una reducción de 2814 procesos activos. Por lo que las personas que acuden a los Tribunales de Justicia Laboral, se han visto beneficiados en que se les ha dado una pronta y cumplida justicia. El tema de género y discriminación en el país, era un secreto a voces. Ya que muchos conocían de la existencia de las llamadas “listas negras” las cuales eran utilizadas por las empresas para clasificar a los trabajadores que pertenecían a un sindicato a fin de no contratarlos o actuar indirectamente para desfavorecer su actividad sindical. No fue sino, hasta la ratificación del CAFTA-DR y posterior elaboración de las Recomendaciones del Libro Blanco; que se tomó esta situación como un tema muy delicado de discriminación al trabajador por su pertenencia a una organización de éste tipo. Por lo que el impacto se mide de acuerdo al compromiso adquirido por parte de los sectores tripartitos para erradicar estos listados, lo cual valga aclarar que nunca ha sido reconocido abiertamente por el sector de empleadores y el sector gubernamental. Otra de las consecuencias positivas, ha sido la prohibición expresa por parte del Código de Trabajo de solicitar la prueba de embarazo a las mujeres en el momento de aplicar a un trabajo. Ya que esto constituye una grave discriminación para la mujer en el ámbito laboral, el mismo lineamiento se siguió para la prohibición de solicitar las pruebas de VIH a los trabajadores, para poder optar a un trabajo. Situación alarmante era la que vivían las mujeres trabajadoras del sector maquila, sector que ha sido identificado como los más renuentes en el cumplimiento de las leyes laborales. Por lo que, desde la ratificación del CAFTA-DR se le ha prestado especial atención a esta situación, para lo cual se han realizado una diversidad de foros y capacitaciones a fin de poder divulgar los derechos laborales de las mujeres, hacer de su conocimiento cuáles son las instancias del MTPS a las cuales pueden acudir en caso de una violación a los derechos laborales, cuáles son los mecanismos que deben de seguirse a fin de poder obtener una resolución favorable, etc. En base a toda la información anteriormente analizada, se concluye que la hipótesis de investigación se confirma, ya que a partir de la suscripción del CAFTA-DR se ha incluido en agenda nacional el tema de los derechos laborales. Lo que se traduce en un impacto positivo en los actores sociales de El Salvador: empleadores, trabajadores y el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

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REFERENCIAS Etimología del Trabajo, http://etimologias.dechile.net/?trabajo El Salvador, Constitución de la República Vigente, artículo 2.- Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se establece la indemnización, conforme a la ley, por daños de carácter moral. El Salvador, Constitución de la República, Artículo 9 El Salvador, Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, Art. 5.-El Ministerio de Trabajo y Previsión Social es la Secretaría de Estado rectora de la administración pública del trabajo y le corresponde formular, ejecutar y supervisar la política socio laboral del país; y coordinar con las instituciones autónomas que la Ley señala. (Copenhague, 1995), Declaración que fue posibilitada por el apoyo dado a la OIT en la promoción de las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas por los Estados participantes en la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio celebrada en Singapur en 1996. Apoyo ratificado en la Conferencia de Doha en 2001” (véase Informe del Director General de la OIT, XV Reunión Regional Americana, Lima, diciembre de 2002, OIT, Ginebra, 2002, p. 34). Normas contenidas en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales y los ocho convenios fundamentales. Las Partes reconocen que el párrafo 5 de la Declaración de la OIT establece que los estándares laborales no deben ser utilizados para fines comerciales proteccionistas. El Salvador, Código de Trabajo, Artículo 244. El Salvador, Ley de Organización Y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social, Artículo 58. Osorio Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Editorial Heliasta S.R.L, Buenos Aires, Argentina; Página 605. Asamblea Legislativa de la República de El Salvador. Decreto No. 682. Instituto Salvadoreño de Formación Profesional, Instituto Salvadoreño de Fomento

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Cooperativo y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social 13 de julio de 2005, Decreto Ejecutivo N°.169. http://www.ilo.org/ipec/facts/lang--es/index.htm Estudio “Situación de los derechos humanos en las maquilas en América Central” de la Federación Internacional de los Derechos Humanos (Octubre 2005). www.fundemas.org Guía del Buen Empleador, Artes Gráficas publicitarias, El Salvador, 2007.

BIBLIOGRAFIA La dimensión laboral en Centroamérica y la República Dominicana construyendo sobre el progreso: reforzando el cumplimiento y potenciando las capacidades. OIT, Informe de Verificación de la Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco Período: a Octubre 2007 OIT, Informe de Verificación de la Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco Período: Agosto 2007 – Enero 2008 OIT, Informe de Verificación de la Implementación de las Recomendaciones del Libro Blanco Período: Febrero 2008 – Junio 2008 FUSADES, Boletín N°93, 2008. Progress in Implementing Capacity-Building Provisions under the Labor Chapter of the Dominican Republic –Central America –United States Free Trade Agreement (Documento Controlado) Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social OIT/MTPS, Plan de Implementación de las recomendaciones del Libro Blanco 2007 – 2010 MTPS, Boletín de Estadísticas Laborales 2005 MTPS, Boletín de Estadísticas Laborales 2006 MTPS, Boletín de Estadísticas Laborales 2007

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MTPS, Presupuesto 2005 MTPS, Presupuesto 2006 MTPS, Presupuesto 2007 MTPS, Presupuesto 2008 CAFTA-DR, Capítulo XVI Fernando Bolaños Céspedes, Tratados de libre comercio e internacionalización del derecho laboral

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GLOSARIO Y ABREVIATURAS CAFTA-DR: (por sus siglas en inglés) Tratado de Libre Comercio, entre El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Costa Rica, Nicaragua, Honduras y República Dominicana. Comercio: Intercambio de mercancías, capitales y servicios entre diversas personas o países para proceder, generalmente, a su reventa. Si el intercambio se verifica dentro de un Estado se denomina comercio interior; si se efectúa entre varios estados, comercio internacional. Las relaciones de cambio de un país con los demás reciben el nombre de comercio exterior. Derechos Humanos: Los Derechos Humanos (abreviado como DD.HH.) son, de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros. Derechos Laborales: El Derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del Trabajo se encarga de normar la actividad humana, lícita, prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador (persona física o jurídica) a cambio de una contraprestación dineraria. Globalización: Proceso de interdependencia económica entre los estados del mundo, debido al aumento de la libertad y rapidez de los intercambios y la extensión de los mercados internacionales. GOES: Abreviatura utilizada para definirse al Gobierno Central de El Salvador. Libro Blanco: (White paper): Es un reporte elaborado por las autoridades en el que se señalan problemas y la manera de resolverlos. Los Libros Blancos generalmente son utilizados para términos educativos y para ayudar a las personas a la toma de decisiones. Generalmente se utilizan en los negocios y en la política. MTPS: Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador Organización Internacional del Comercio (OMC): La Organización Mundial del Comercio conocida como OMC o, por sus siglas en inglés, WTO fue establecida en

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1995. La OMC administra los acuerdos comerciales negociados por sus miembros (denominados Acuerdos Abarcados). Además de esta función principal, la OMC es un foro de negociaciones comerciales multilaterales; administra los procedimientos de solución de diferencias comerciales (disputas entre países); supervisa las políticas comerciales y coopera con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional con el objetivo de lograr una mayor coherencia entre la política económica y comercial a escala mundial. Organización Internacional del Trabajo: (OIT) La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es la agencia tripartita de la ONU y convoca a gobiernos, empleadores y trabajadores de sus estados miembros con el fin de emprender acciones conjuntas destinadas a promover el trabajo decente en el mundo. Retribución: Cantidad de dinero o cosa con que se paga un trabajo. SGP Plus: Sistema de la Unión Europea por medio del cual, se incentiva a través de las preferencias arancelarias el comercio con los países en desarrollo para poder aumentar sus ingresos de exportación, estimular la industrialización y contribuir al crecimiento económico. Subregión: término utilizado para referirse a los países signatarios del CAFTA-DR a excepción de Estados Unidos. (El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y República Dominicana). Trabajo: Esfuerzo humano para la producción de riqueza. Según la doctrina clásica, es, con la naturaleza y el capital, uno de los factores de la producción. Marx y sus seguidores lo consideran más bien fuente esencial del valor. Factor importante en la creación de riqueza es el principio de división del trabajo, que permite un aumento de la productividad mediante la racionalización en la distribución de las tareas. (V. taylorismo.) Tratado de Libre Comercio: tratado de libre comercio. Nombre dado a diversos tratados bilaterales o multilaterales entre países, para regular su comercio con un mínimo de trabas. Su sigla es TLC. UE: Unión Europea UEGP: Unidad Especial de Género y prevención de Actos Laborales Discriminatorios.