INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y … · Profesor Adjunto Ordinario de Derecho...

234
Edición: Rita Marcela Gajate Coordinador: Carlos Marucci Autores: Vicente Santos Atela – Rita Marcela Gajate Carlos Marucci SebasƟán López Calendino Marơn Leonardo Cabrera Carlos Enrique PeƩoruƟ Universidad Nacional de La Plata Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES Curso de Adaptación Universitaria 2012

Transcript of INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y … · Profesor Adjunto Ordinario de Derecho...

  • Edicin: Rita Marcela GajateCoordinador: Carlos MarucciAutores:Vicente Santos Atela Rita Marcela GajateCarlos MarucciSebas n Lpez CalendinoMar n Leonardo CabreraCarlos Enrique Pe oru

    Universidad Nacional de La PlataFacultad de Ciencias Jurdicas y Sociales

    INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Curso de Adaptacin Universitaria 2012

  • Secretara de Asuntos AcadmicosGajate, Rita Marcela

    Introduccin al Estudio de las Ciencias Jurdicas y Sociales: Curso de Adaptacin Universitaria 2012. - 1a ed. - La Plata, 2012.

    240 p il. ; 22x15 cm.

    1. Derecho . 2. Enseanza Superior. I. Ttulo

    CDD 340.7

    Fecha de catalogacin: 28/12/2011

    2011, FACULTAD DE CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES SECRETARA DE ASUNTOS ACADMICOS 48 N 582 2 piso La Plata Provincia de Buenos Aires Argen na [email protected] / www.jursoc.unlp.edu.ar

    Fotocopiar libros est penado por ley

    Prohibida su reproduccin total o parcial por cualquier medio de impresin en forma idn ca sin la autorizacin expresa de quienes han editado la obra.

    Impreso en Argen naHecho el depsito que marca la ley 11.723

  • ndice

    PRESENTACIN ................................................................................... 5

    CAPTULO I

    De profesin: AbogadoVicente Santos Atela Rita Marcela Gajate ........................................ 7

    CAPTULO II

    El pas de los argen nos. Desde el descubrimiento hasta la independencia.Carlos Marucci .................................................................................. 45

    CAPTULO III

    Un estudio preliminar a la Ciencia Pol ca, Estado y Nacin. Nociones bsicas sobre la legislacin electoral en la RepblicaArgen na del siglo XXI.Sebas n Lpez Calendino .............................................................. 87

    CAPTULO IV

    Sociologa: qu es, y por qu se estudia?Mar n Leonardo Cabrera .................................................................. 133

    CAPTULO V

    De qu hablamos cuando hablamos de Derecho?Carlos Enrique Pe oru .................................................................. 157

    DOCUMENTOS

    Cons tucin de la Nacin Argen na .................................................. 197

  • AUTORIDADES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    DecanoAbog. Hernn Rodolfo Gmez

    VicedecanoAbog. Vicente Santos Atela

    Secretaria de Asuntos AcadmicosAbog. Rita Marcela Gajate

    Coordinador del Curso de Adaptacin UniversitariaAbog. Carlos Marucci

    Secretario de Asuntos Estudian lesAbog. Pablo Ais

    Secretario de PostgradoAbog. Fabin Salvioli

    Secretario de Inves gacin Cien fi caDr. Ricardo Sebas n Piana

    Secretario de Extensin UniversitariaAbog. Adolfo Brook

    AUTORIDADES DEL CENTRO DE ESTUDIANTESJoaqun Eliseche

    CLAUSTRO DE ESTUDIANTESTitulares

    Sr. Gerardo CAMPIDOGLIO Sr. Ma as BALSAMELLO

    Sr. Joaqun MUELE SOLER Sr. Joaqun ELISECHE Sr. Damin BRUMER

    SuplentesSrta. Nadina LAPRIDA

    Srta. Yanina MICHELENASr. Federico CHIRAQUIAN

    Sta. Eugenia RAMIREZSr. Nicols MESCHIANY

    Srta. Florencia MONTIEL

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 5

    PRESENTACIN

    CURSO DE ADAPTACIN UNIVERSITARIA

    I. El presente Curso de Adaptacin Universitaria -CAU-, prioriza la estructuracin del proceso de adaptacin a la vida universitaria a travs de ac vidades tendientes a propiciar la introduccin en la tem ca propia de las ciencias jurdicas y sociales. Razones por las cuales se ha preferido brindar al estudiante, herramientas des nadas a reforzar y mejorar sus tcnicas de estudio e introducir -a travs de textos confeccionados por profesores de esta Casa de Altos Estudios- a los contenidos iniciales de la carrera para despejar obstculos en su enseanza.

    Asimismo, se ofrecer a lo largo del mismo, informacin ins tucional de la Universidad y de la Facultad, como de los dis ntos aspectos profesionales de la carrera por la que han optado y del desarrollo profesional del abogado.

    II. El CAU ene como meta ampliar y profundizar la informacin sobre el perfi l de la carrera elegida y su insercin social, contribuyendo a la construccin por parte del estudiante de su propio imaginario sobre el mundo del Derecho. Con este propsito se trabajar sobre algunos conceptos previos para iniciar el proceso de formacin en el campo disciplinar.

    Se lo ha concebido asimismo- como una instancia intermedia de ar culacin, entre los estudios de educacin media y la formacin universitaria. En virtud de ello, se propone desarrollar las siguientes habilidades:

    Iden fi car conceptos previos y ap tudes necesarias en los estudiantes para el estudio de las Ciencias Sociales y Jurdicas.

    Conocer y valorar las funciones de la Universidad en general y las par cularidades de la carrera elegida.

    III. Los obje vos del CAU son los siguientes:

    Obtener y analizar informacin l para reafi rmar la eleccin vocacional.

    Identificar los elementos necesarios para adquirir conocimientos, habilidades y ap tudes les para el estudio de las ciencias jurdicas y sociales.

  • 6 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Acercar al estudiante a la vida universitaria.

    Introducirlo en los conocimientos previos a las primeras materias de la currcula.

    IV. Los profesores introducirn a los estudiantes en el conocimiento de herramientas de estudio, con el fi n de procesar efi cientemente la informacin objeto de su anlisis, como as tambin tcnicas para interpretar textos acadmicos.

    El CAU, estar des nado a iniciar al estudiante en el conocimiento de dis ntos enfoques de pensamiento sobre lo jurdico.

    Por tanto se trabajar en la toma de conciencia de la gravitante importancia de este aprendizaje y en la necesidad de incorporar herramientas u lizables para todas las prc cas jurdicas.

    Se brindar informacin relevante y bsica sobre los estudios que realizar el estudiante en esta facultad y sobre las incumbencias que sern competencia de quienes obtengan la tulacin de abogado. Asimismo se explicar el plan de estudios de la carrera y, se brindar informacin especial de las materias de primer ao. Las autoridades de la Facultad expondrn sobre las competencias de las reas a su cargo.

    Se considera de fundamental importancia, para el buen desempeo de todos los componentes de la sociedad universitaria, el acercamiento de los ingresantes, a las estructuras, reglas de funcionamiento, fi nes acadmicos y sociales de nuestra Facultad inserta en la Universidad Nacional de La Plata.

    Finalmente, confiamos en que toda la comunidad educativa estar a disposicin de los alumnos que, desde ahora inician este fascinante camino de conocimiento del Derecho.

    La Plata, 1 de febrero de 2012

    Carlos MarucciCoordinador

    Curso de Adaptacin Universitaria

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 7

    Captulo I

    De profesin: Abogado

    Vicente Santos Atela1Rita Marcela Gajate2

    Despus de tantos aos estudiando la ca, he llegado a la conclusin de que toda ella se resume en tres virtudes: coraje para vivir, generosidad para convivir, y prudencia para sobrevivir.

    Fernando Savater3

    SUMARIO:

    1. Introduccin 2. La profesin universitaria. Aportes sobre el origen y la evolucin de la Universidad Pblica rioplatense 2.1. Nuestra Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales. 2.2. La Reforma Universitaria. 3. Formacin universitaria del abogado. 4. Incumbencia profesional del abogado 5. Ejercicio profesional y la ley provincial 5.177 6. Abogados ilustres 7. ca profesional 8. Apndice documental

    1Abogado. Profesor Adjunto Ordinario de Derecho Pblico, Provincial y Municipal de la carrera de Abogaca de la FCJ y S -Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales- de la Universidad de La Plata. Profesor Adjunto Ordinario de la materia Derecho Cons tucional II de la Escuela de Derecho de la UNNOBA Universidad del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires-. Vicedecano de la FCJ y S perodos: 2007-2010 y 2010 2014. E-mail: [email protected] Abogada. Especialista en Integracin La noamericana. Mediadora. Profesora Adjunta Ordinaria de Economa Pol ca de la carrera de Abogaca de la FCJ y S -Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales- de la Universidad de La Plata. Profesora Adjunta Ordinaria de la materia Economa Pol ca de la Escuela de Derecho de la UNNOBA Universidad del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires-. Secretaria de Asuntos Acadmicos de la FCJ y S perodos: 2007-2010 y 20102014.E-mail: [email protected] 3 Barnatn Marcos Ricardo. Savater contra el todo. Entrevista. Pg. 32. Disponible en: h p//es.wikiquote.org/wiki/Fernando_savater

  • 8 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    1. Introduccin Presentaremos en este captulo una aproximacin a la concepcin de la Abogaca como profesin universitaria. Abordaremos algunos aspectos claves para dar respuesta a preguntas centrales como: Qu es ser abogado?, Cmo se forma y se transforma una persona en abogado?, y De qu se trata ser de profesin abogado?

    Acercndonos al concepto que nos ocupa consultamos la defi nicin que nos trae el diccionario de la lengua espaola: Del la n advocatus. Persona legalmente autorizada para defender en juicio los derechos de los li gantes, y para dar dictamen sobre las cues ones legales que se le consultan.4 En el mismo sen do el diccionario jurdico de Jos Alberto Garrone lo defi ne como: Del la n advocatus, derivado del verbo advocare: llamar cerca de. Precisamente se denomina as a la persona licenciada en derecho, que luego de prestar juramento ante el tribunal que corresponda y de inscribirse en la matrcula, ejerce la profesin de defender ante los dis ntos rganos competentes del Poder Judicial, por escrito u oralmente, los intereses de las personas que han requerido sus servicios.

    Los abogados son profesionales del Derecho, o para mayor claridad, profesionales de las Ciencias Jurdicas, cuya misin esencial es la defensa de los derechos de las personas, ya sea que lo hagan judicialmente (patrocinio ante los tribunales), o extrajudicialmente (asesoramiento privado, como asesor experto en Derecho de personas que lo requieran). Los abogados son tambin llamados cien fi cos del derecho, letrados, profesionales del derecho.5

    Como ha quedado expresado los abogados se encargan de defender los intereses de una de las partes en una controversia de intereses o derechos, sea en un mbito extrajudicial o judicial. Los abogados son profesionales universitarios especfi camente preparados y especializados en cues ones jurdicas. Son los profesionales habilitados para ofrecer un enfoque legal adecuado del problema que ene un individuo.

    Debe destacarse que adems de su intervencin en los juicios (pleitos que se desarrollan en los tribunales), una funcin bsica y principal del abogado es la social preven va. Con su asesoramiento y una correcta redaccin de los contratos y documentos, pueden evitarse confl ictos sociales, de forma que el abogado, ms que para los pleitos o juicios, ha de trabajar para no llegar a ellos, sirviendo en muchos casos como componedor extrajudicial. Tanto es as que en la mayora de los procedimientos judiciales es obligatorio comparecer

    4 Diccionario Larousse. Edicin 19975 Garrone Jos Alberto. Diccionario Jurdico. Abeledo Perrot. 1986.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 9

    ante los tribunales asis do o defendido por un abogado en calidad de director jurdico. Es decir, todo escrito o presentacin judicial debe ir fi rmado por el cliente (o su representante legal, el procurador/a) y por su abogado, lo cual le garan za el debido ejercicio del derecho a la defensa durante el proceso.

    En nuestros das, la realidad social de la modernidad, posiciona a los abogados como verdaderos agentes para la promocin de la paz social, ya sea asis endo al cliente en los estrados judiciales, sea mediando extrajudicialmente frente a un confl icto de derechos, sea asesorando a los individuos, sea inves gando al derecho como fenmeno social y humano, sea ejerciendo la docencia en los establecimientos educa vos secundarios o universitarios, sea ejerciendo la funcin judicial como miembro del ministerio pblico o magistratura, entre otras muchas funciones que puede asumir un abogado.

    El abogado debe velar por la vigencia del Estado de Derecho, la defensa de los derechos humanos y las libertades individuales, la bsqueda de la igualdad real de derechos y oportunidades, as como la recomposicin del valor jus cia frente al confl icto social de un individuo en par cular o de la sociedad como colec vo social.

    La actuacin profesional del abogado se construye sobre la base de ciertos principios rectores como son: libertad, independencia, confi anza, buena fe, secreto profesional, entre otros.

    La conducta del abogado como se desarrollar ms adelante- debe estar fundamentada en los principios cos que cons tuyen la esencia del buen abogado. No se es buen abogado porque se ganen pleitos o se pudiere tener fama en el comn de la gente; sino que el buen abogado ser aquel que sea justo, responsable, puntual, discreto, prudente, equilibrado, racional, y su obrar resulte con apego a la cons tucin y a la ley. Cuanto ms valores posi vos incorpore a su conducta profesional, el ejercicio lo transformar en un misionero para la vigencia de la ley y la concordia social.

    El abogado se debe a su cliente, en primer lugar. Debe li gar de manera consciente respecto a la responsabilidad social que le cabe. Su actuar ha de ser cr co y equilibrado al servicio de la paz social. Es un colaborador de los juzgados y tribunales dentro del sistema judicial de cada pas. Por ello se dice que el abogado es un auxiliar de la jus cia.

    En nuestros das, la fi gura del abogado como profesional universitario, posee una dimensin social que excede la mera formacin tcnica y el conocimiento de las reglas jurdicas, por cuanto los fenmenos humanos complejos no siempre se encuentran normados en las leyes, debiendo el abogado transitar por los caminos de la confi guracin creadora. El desa o entonces ser romper con el simple molde de abogado li gante.

  • 10 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Abogado ingls de principio del Siglo XX

    Abogado francs de principios del siglo XX

    Abogados del Siglo XXI

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 11

    2. La profesin universitaria. Apuntes sobre el origen y evolucin de la Universidad Pblica rioplatenseLa Abogaca es de las profesiones que desde ms an gua data se estudia en universidades. Para conocer los orgenes de la facultad a la cual estamos ingresando, revisemos brevemente cmo se han institucionalizado las universidades en Amrica La na.

    Las universidades coloniales, instaladas en Amrica bajo la tutela eclesis ca y de las rdenes religiosas, quedaron relegadas de la zona costera del Plata. Antes de la independencia no las tuvieron ninguna de las ciudades portuarias.

    Es que a Amrica, conforme lo seala Rodrguez Cruz (1973), la universidad lleg con los conquistadores espaoles, cuando en el viejo mundo ya exis an varias decenas. No obstante, seala Bruner (1991) la universidad americana no preexis pues a su consagracin formal. Naci, en realidad, de un acto de decisin de la autoridad quedando estrechamente ligada a los poderes pblicos.

    An lo dicho, puede afi rmarse que a travs de la universidad colonial -real o pon fi cia, calcada de Salamanca o de Alcal, entregada a los jesuitas o de la orden de Santo Domingo- en el nuevo mundo se hizo parte de una de las tradiciones culturales e intelectuales ms duraderas de occidente, que eventualmente se extendera en todo el con nente.

    La universidad jug un papel crucial en las luchas por la hegemona social, pol ca y cultural, formando a un sector de las lites superiores y -a la vez- a un nmero signifi ca vo de intelectuales intermedios e inferiores, al empo que -por la propia estructura de la sociedad- ella se mantena rela vamente alejada del mundo de la produccin y de la difusin de tcnicas.

    El modelo de universidad del siglo XIX que prospera y an se man ene en nuestros das -segn Hanns Steger (1974)- es el de la clsica universidad de abogados. An as, se desarrolla un nuevo modelo entendido como una prolongacin del estado de la cual se espera una estrecha relacin con el gobierno.

    Al decir de Scherz (1968): Las universidades latinoamericanas de tipo profesionalizantes han surgido como ins tuciones ofi ciales o pertenecientes al Estado y some das a un Ministerio de Educacin. Se verifi ca un momento de notoria dependencia que coincide con su papel de administradora y

  • 12 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    controladora del sistema educa vo desempeado por ella especialmente hasta los primeros decenios de este siglo.

    Esta idea de Steger ene su fundamentacin en los perfi les que adoptan las Universidades de Chile, de Uruguay y an las de Buenos Aires y La Plata, en las que los primeros egresados -y en un importante porcentaje- son abogados6.

    Se ha sealado -asimismo- que durante el siglo XIX, la educacin superior americana atraviesa por una prolongada crisis de renacimiento ins tucional. Es una fase de disolucin de la universidad colonial o de prolongacin inercial de la misma, dentro de un contexto que, sin embargo, organizaba su funcionamiento y la conver a en forma progresiva en un bas n del pasado. Simultneamente se desarrolla una fase de creacin de un nuevo po de universidad: la incipiente universidad nacional, que pretende echar las

    bases disciplinarias acadmicas y formar los cuadros para la administracin republicana.

    Se ha califi cado este modelo de origen como universidad napolenica. Bruner (op.cit.) determina que en verdad, ms que universidades que seguan un modelo cualquiera cabra, quizs, hablar de gesto napolenico que estaba por detrs de la fundacin de las universidades nacionales.

    Es en el siglo XIX donde se echan las bases ins tucionales de las universidades de la regin. As nacen la Universidad de Buenos Aires (1821), San ago de Chile (1842), de la Repblica -Uruguay- (1833), la Universidad de Asuncin (1889) y, durante la l ma dcada del siglo XIX, las provinciales argen nas de Santa Fe y La Plata.

    No obstante, la diversidad de funciones que la universidad americana asume revela el modo en que ellas se establecieron superando una idea o modelo de universidad importado de Europa. Ya desde sus orgenes, la universidad latinoamericana efecta un proceso de transferencia dependiente de modelos o ideas desde el centro a la periferia. Como lo seala Ribeiro (1969) el original de la copia.

    Sin ser un invento local, la universidad que se insta y desarrolla en nuestro con nente no es una imitacin. Es una copia original producida por la historia. Es en el siglo XX donde han de producirse los cambios que determinan los modelos actuales de las universidades pblicas en Argen na.

    A principios del siglo pasado exis an tres universidades nacionales: Crdoba (creada en 1613), Buenos Aires (1821) y La Plata (cons tuida en 1897 y

    6 Seala Brunner (1991) que en Chile de los 1359 licenciados que se registran entre 1844 y 1879 el 75% corresponden a egresados de la Facultad de Leyes y Ciencias Pol cas.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 13

    nacionalizada en 1905). Coexis an con dos universidades provinciales: Santa Fe (1889) y Tucumn (1912).

    2.1. Nuestra Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales

    Las primeras ins tuciones acadmicas que funcionaron en la ciudad de La Plata dependan del Gobierno Provincial, entre ellas la Escuela de Derecho creada en 1889. En el ao 1905, mientras era presidente de la Repblica Argen na el Dr. Manuel Quintana, el Dr. Joaqun V. Gonzlez, por entonces Ministro de Jus cia e Instruccin Pblica, present la idea de la creacin en la ciudad de La Plata de una universidad nacional sobre las bases de las ins tuciones cien fi cas all establecidas.

    El 25 de sep embre de 1905 el presidente Quintana sancion una ley por la cual el Gobierno de la Nacin tomaba a su cargo la fundacin en la ciudad de La Plata de un ins tuto universitario que se denominara Universidad Nacional de La Plata. El 24 de enero de 1906 se expidi el decreto de organizacin de la Universidad y el 17 de marzo fue designado su fundador, Joaqun V. Gonzlez, como presidente.7

    Dentro de este contexto, la Escuela de Derecho se convir en la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales de la fl amante Universidad Nacional de La Plata, con sede en la ciudad de La Plata.

    La ley de creacin de la Universidad fi j las bases orgnicas de sta Facultad en los ar culos 20 y 21, al establecer lo que sigue:

    Ar culo 20: La Facultad de Derecho de la actual Universidad de la Plata, ser organizada de manera que corresponde a la denominacin de `Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales, y se dividir en dos ciclos: uno de cuatro aos des nado principalmente a los estudios profesionales, en los que se otorgar el tulo de abogado de la Nacin y de la Provincia de Buenos Aires, y otro de dos aos, des nado a estudios de Ciencias Jurdicas y Sociales ms intensas, y de los que se otorgar tulo de Doctor en las referidas ciencias. No se podr obtener el primer tulo sin un examen fi nal completo de todas las materias codifi cadas de fondo y de forma, y el segundo, sin escribir una monogra a sobre un tema de los comprendidos en el curso, y un debate pblico sobre cuatro proposiciones que fi jar el mismo alumno, con la aprobacin del cuerpo acadmico y el decano. La Facultad determinar, adems, las materias que deban cursar los aspirantes al tulo de Procurador, y al de notario o escribano pblico, no debiendo exceder, ambos cursos de tres aos de estudios.

    7 SECRETARIA DE ASUNTOS ACADMICOS (2010). Informe sobre Autoevaluacin Ins tucional. 2010. Ed. Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata

  • 14 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Ar culo 21: Funcionarn bajo la dependencia de la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales dos secciones de estudios una de pedagoga y otra de fi loso a y lenguas la na y griega.

    A par r de la creacin de la UNLP, la Facultad comenz a estar dirigida por el Consejo como por su Decano, Dr. Rodolfo Rivarola, quienes la condujeron conforme a los ideales de Joaqun V. Gonzlez, al establecer como fi nalidad de la misma: procurar una organizacin de la enseanza en forma que, sin quebrantar la tradicin en lo que ene de respetable y de l, le permita orientarse en los rumbos cien fi cos de la poca8.

    En este sen do trabajaron para que la Facultad sea pionera del avance cien fi co. Conforme a este espritu expresaron: penetrados de la necesidad de no retardar por ms tiempo el empleo e influjo del espritu de la inves gacin y de los mtodos induc vos en los estudios del derecho, a fi n de que esta rama de los conocimientos pueda adquirir, en nuestro pas, el carcter de posi vo que explica el progreso de las ciencias sicas y naturales, hemos dado a los hechos histricos la mayor importancia, des nado a su estudio ms empo del acostumbrado en las universidades argen nas. [] De este modo puede aspirarse a que la Universidad contribuya a mejorar el conocimiento y aplicacin de las leyes y a preparar sus reformas oportunas9.

    Las aspiraciones de los fundadores fueron ambiciosas: Todo esto no quiere decir que no considerramos prudente ni provechoso para el pas que la nueva Facultad de Derecho de La Plata se contentara con ser una buena escuela de abogados. Ella no debe proveer tan solo la clase profesional, que asesora a los li gantes u lizando para el buen xito de sus pretensiones los mritos y defectos de las leyes vigentes; la Facultad debe proponerse ms altos obje vos: preparar jueces ilustrados; legisladores hbiles y jurisconsultos capaces de perfeccionar las ciencias del derecho10.

    De los ideales de los funcionarios de la nueva Universidad y de la Facultad de aquel entonces, tuvo origen el primer plan de estudios de la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales que regir la formacin de los alumnos hasta el ao 1912, el cual cons tuir la base de futuras modifi caciones.

    2.2. La Reforma Universitaria

    Las universidades de Buenos Aires y La Plata rompern su modelo de origen a par r de los hechos producidos en Crdoba a principios de siglo XX. Los 8 Memorias del Dr. Rodolfo Rivarola (1906) La Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales en el ao 1906. Ed. Buenos Aires. Pg. 149 Ibdem. 10 dem. Pg. 15.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 15

    cambios de raz se generan a par r del movimiento denominado Reforma de 1918. Este proceso se inicia con los reclamos estudian les derivados en la huelga de 1903 que se extendieron por tres aos. El posi vismo haba determinado el modo de su fundacin y ahora se pona en crisis.

    Varios hechos determinan este movimiento: en Buenos Aires se crean los Centros de Estudiantes de Ingeniera y de Derecho, y el 11 de sep embre de 1908 la Federacin Universitaria de Buenos Aires.

    En 1917 se plantea en Crdoba un confl icto en el internado del Hospital de Clnicas a causa de una resolucin de la Academia de Medicina de la Universidad por la cual se lo suprimi invocando razones de economa y moralidad. Al mismo empo el centro de Estudiantes de Ingeniera llam a la huelga en protesta contra una ordenanza del Decano que era ms estricta en relacin a la exigencia de asistencia a clases.

    El 31 de marzo de 1918 un Comit Estudian l pro reforma universitaria con delegados de tres facultades declar huelga general en un acto realizado en el teatro Riviera. Este fue el comienzo del proceso que desembocara en la Reforma Universitaria de 1918, su Manifi esto Liminar del 18 de junio y las Diez Bases para el Futuro Gobierno Universitario11.

    No describiremos los hechos histricos posteriores pues exceden el propsito de este trabajo. Solo puntualizaremos seguidamente los principios que se cristalizaron introduciendo -de este modo- un cambio de paradigma en la vida universitaria y que marcara una profunda transformacin del modelo de universidad infl uyendo directamente en el resto de las universidades pblicas argen nas.

    De modo que el reformismo es invocado por casi todos quienes par cipan en la vida de las universidades pblicas. Sus principios basales son:

    - El espritu universitario- El compromiso pol co- Centralidad en lo universitario- Autonoma universitaria- Cogobierno universitario- Acceso a las ctedras por concurso- Docencia y asistencia libre- Publicidad de los actos universitarios- Gratuidad- Libertad de ingreso- Ayuda social para los estudiantes- Extensin universitaria11 Aprobados el 30 de julio por el Congreso Nacional de Estudiantes que organiz la FUA.

  • 16 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    En la dcada del 20 la reforma se haba extendido por toda Amrica La na. Asimismo, sus postulados llegaron a las universidades europeas lo que permite afi rmar que ha sido un movimiento de alcances mundiales. La concepcin americanista de la educacin universitaria se encuentra en el texto del Manifi esto Liminar cuando expresa: La juventud universitaria de Crdoba, por intermedio de su Federacin, saluda a sus compaeros de Amrica toda y les incita a colaborar en la obra de libertad que se inicia.

    Luego de Per y Chile el reformismo se extendi a Cuba, Colombia, Guatemala y Uruguay. En la dcada del 30 lleg a Brasil, Paraguay, Bolivia, Ecuador y Venezuela.

    El anlisis de los efectos de transformacin que la Reforma ha provocado ha sido efectuado ya por numerosos autores y con fi nes diferentes al objeto de nuestro trabajo. Solo hemos querido signifi car a travs de este sealamiento la existencia de una corriente de infl uencia nacida en Argen na y que ha impactado decididamente en las universidades pblicas la noamericanas y especialmente en la subregin.

    3. Formacin universitaria del AbogadoAbogaca es la carrera universitaria que se estudia en la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales cuyo perfi l del tulo es el siguiente:

    Habilita para intervenir en juicios, asistiendo a las partes interesadas mediante el patrocinio o representndolas directamente en los casos en los que se otorgue poder sufi ciente. Igualmente, el Abogado puede desarrollar las mismas tareas de patrocinio y representacin en expedientes y actuaciones en la Administracin Pblica. Otras incumbencias contemplan: el asesoramiento en todo asunto que requiera opinin jurdica (por ejemplo: en el mbito de ins tuciones civiles, en empresas comerciales, etc.). Permite desempear cargos en la funcin judicial (jueces, fi scales, defensores pblicos y otras magistraturas), la docencia universitaria y la inves gacin cien fi ca. Habilita para actuar como mediador o conciliador12.

    No obstante, en los l mos aos se ha evolucionado hacia la defi nicin de un perfi l de tulo comprensivo de mayores incumbencias. Este posicionamiento implica un mayor desafo en el logro de habilidades y competencias profesionales que impliquen:

    12 www.jursoc.unlp.edu.ar Ver carreras que se dictan en la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 17

    1. La comprensin de las responsabilidades pol cas, jurdicas, sociales y cas referidas a la actuacin como profesionales, que debe posibilitar a la ciudadana el acceso a la jus cia, a un modo de resolucin de los confl ictos en un estado democr co de derecho, ya sea que los profesionales se desempeen como representantes de sus clientes, como jueces o funcionarios auxiliares del tribunal, como funcionarios de la administracin pblica, como mediadores, negociadores, rbitros de confl ictos; como asesores, consultores de organismos gubernamentales o no gubernamentales, empresas, sindicatos; como docentes e inves gadores;

    2. La obtencin de una formacin acadmica rigurosa, sobre la base de un currculum que promueva:

    a. la comprensin de la teora, de la fi loso a y de las diversas reas del derecho y sus ins tuciones;

    b. las tcnicas de anlisis jurdico; tcnicas de resolucin de problemas, de negociacin y resolucin de confl ictos; tcnicas de comunicacin oral y escrita; tcnicas de interpretacin y argumentacin; tcnicas de inves gacin social como as tambin otras habilidades fundamentales que son necesarias para trabajar efi cazmente en la profesin jurdica;

    c. el anlisis cr co de los principios bsicos del derecho pblico y privado;

    d. la adquisicin de conocimientos y habilidades propias del campo de las ciencias sociales, como marco integrador de la formacin para el ejercicio de las diversas prc cas implicadas en la profesin;

    3. la comprensin de la abogaca como una profesin que implica:

    a. obligaciones referidas a la traduccin de demandas sociales colec vas o individuales en reclamos jurdicos;

    b. la inclusin de sectores excluidos del acceso a la jus cia a travs de la presentacin de servicios jurdicos gratuitos; ya sea a travs de la informacin, la promocin o la defensa de sus derechos;

    4. la construccin y la comunicacin de conocimientos socialmente signifi ca vos en el mbito disciplinar e interdisciplinar, y el fomento de la formacin con nua para la comprensin de adelantos cien fi cos futuros, en el ambiente de la libertad, jus cia e igualdad de oportunidades entre todos los habitantes.

  • 18 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    En consecuencia, la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales debe desarrollar una pol ca ins tucional integradora de las funciones de enseanza, con especial nfasis en la docencia y de inves gacin cien fi ca y extensin universitaria. Debe encuadrarse en una definicin de currculum de la carrera de Abogaca que establezca con precisin fundamentos, obje vos, contenidos mnimos, rgimen sobre correla vidades y sistema de evaluacin de los aprendizajes, as como de los perfi les del estudiante, del egresado y del cuerpo docente. En este sen do, se considera al currculum de una carrera de grado universitario como el proyecto educa vo de la Facultad de Derecho, por lo que comprende no solo la informacin, los procedimientos asociados con esto y las estrategias cogni vas desarrolladas y a desarrollar por medio de la interaccin de los alumnos con los saberes, con los docentes y con sus pares, sino que tambin involucra las ac tudes y los valores fomentados y los hbitos y destrezas enseados y aprendidos, explcita o implcitamente.

    El proyecto curricular supone slidos vnculos entre las funciones de docencia, inves gacin y extensin, por ello se considera como criterios generales para su diseo y cons tucin los siguientes:

    La promocin de la formacin integral para la autonoma, la versa lidad y el desarrollo de un espritu cr co;

    El desarrollo de una ca acadmica, integralidad y coherencia, rigurosidad en la formacin, la enseanza y el aprendizaje, solidaridad y responsabilidad social;

    El contexto actual de cambios sociales y sus implicancias en trminos de las demandas efectuadas a la profesin jurdica teniendo en cuenta el surgimiento de nuevos campos disciplinares, nuevos problemas cientficos, nuevas formas organiza vas del mundo del trabajo y la redefi nicin de habilidades y competencias profesionales de los egresados de la carrera de abogaca;

    Las modifi caciones en el mercado de trabajo que implican nuevas formas de empleo, algunas coyunturales y otras estructurales con incidencias para el caso de la abogaca.

    El perfi l profesional derivado de las consideraciones precedentes se debe enmarcar en un proceso de formacin que asegure el pluralismo terico y una perspec va mul disciplinaria. La necesidad de profundizacin y actualizacin determina la apertura a las ac vidades de especializacin en un momento posterior de la formacin profesional. Asimismo, el ejercicio profesional en todas y cada una de las reas del derecho requiere de la formacin ca, la

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 19

    responsabilidad social y ciudadana y la capacitacin profesional en el marco de una formacin con nua.13

    Dichas competencias han de lograrse por el estudio sistem co del Derecho en sus reas Civil, Penal, Comercial, Financiero, Pol co, Cons tucional, Administrativo, Procesal y Laboral y de la Seguridad Social, Derecho Internacional Pblico y Privado y de los Recursos Naturales y Notarial. Nuestro plan de estudios se enriquece por el estudio de varias Ciencias Sociales que aportan al estudiante y futuro profesional ricas visiones. Razn por la cual se incluyen las materias de Introduccin al Derecho, Historia Cons tucional, Derecho Pol co, Economa Pol ca, Sociologa Jurdica, Derecho Romano y Filoso a Jurdica.

    El modo en que est organizado el plan de estudios permite al alumno estructurar sus estudios primeramente en una introduccin a las Ciencias Sociales para luego introducirse en la Ciencia Jurdica propiamente dicha, la que se disea a par r de dos grandes campos: Derecho Pblico y Derecho Privado.

    Nuestro programa de estudios organiza los contenidos de la siguiente manera:

    Plan de Estudios para alumnos inscriptos a par r del ao 1984

    Primer

    Ao

    Asignatura Correla vas

    Introduccin al Derecho -

    Historia Cons tucional -

    Introduccin a la Sociologa -

    Economa Pol ca Introduccin a la Sociologa

    Derecho Pol co Introduccin a la Sociologa/ Historia

    Cons tucional

    Segundo

    Ao

    Derecho Romano -

    Derecho Civil I Derecho Romano/ introduccin al

    derecho.

    Derecho Cons tucional Derecho Pol co

    Derecho Civil II Derecho Civil I

    Derecho Penal I Derecho Civil I

    13 Consejo Permanente de Decanos de Facultades de Derecho de Universidades Pblicas. (2005 y 2009). Estndares para la autoevaluacin ins tucional y las funciones de enseanza docencia. Ed UNLZ Facultad de Derecho y Documento fi nal aprobado. MdP 14/05/10

  • 20 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Tercer

    Ao

    Derecho Civil III Derecho Civil II

    Derecho Penal II Derecho Penal I

    Derecho Publico, Provincial y

    Municipal

    Derecho Cons tucional

    Derecho Comercial I Derecho Civil III

    Derecho Procesal I Derecho Penal II / Derecho

    Cons tucional

    Derecho Internacional Pblico Derecho Cons tucional

    Cuarto

    Ao

    Derecho Civil IV Derecho Civil III

    Derecho Procesal II Derecho Procesal I

    Derecho Administra vo I Derecho Civil IV / Derecho Procesal I

    Derecho Social (del Trabajo y de la

    Previsin)

    Derecho Cons tucional / Derecho

    Procesal II

    Derecho Agrario Derecho Administra vo I

    Derecho Comercial II Derecho Comercial I/ Derecho Procesal II

    Filoso a del Derecho Derecho Procesal I

    Quinto

    Ao

    Derecho Civil V Derecho Civil IV

    Derecho de la Navegacin Derecho Comercial II

    Derecho Administra vo II Derecho Administra vo I / Derecho

    Procesal II

    Derecho de la Minera y de la Energa Derecho Administra vo I

    Sociologa Jurdica Filoso a del derecho

    Derecho Internacional Privado Derecho Civil V / Derecho de la

    Navegacin

    Derecho Notarial y Registral Derecho Civil V / Derecho Comercial II

    Finanzas y Derecho Financiero Economa Pol ca /Derecho

    Administra vo II

    El presente Plan de Estudios consta de treinta y un (31) asignaturas tericas y de dos prc cas:

    Adaptacin Profesional de Procedimientos Penales y Adaptacin de Procedimientos Civiles y

    Comerciales, y un trabajo de inves gacin aprobado por Resolucin del H.C. Acadmico de

    fecha 10/3/89.

    4. Incumbencia profesional del abogado Cuando nos preguntamos: Cul es la incumbencia profesional del abogado? nos estamos preguntando de qu se ocupa un abogado o para qu asuntos fue preparado un abogado universitario.

    Esto nos lleva a refl exionar cules son las misiones y funciones del abogado. El abogado: es slo un conocedor del derecho (regla jurdica)? o es un li gante

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 21

    que toma toda con enda como una batalla al servicio de los intereses del cliente? o el abogado adems de velar por el cumplimiento de las leyes debe resguardar que en cada caso se haga jus cia?

    Segn la p ca con que consideremos al abogado ser un mero li gante o un agente que contribuya a la paz social.

    La profesin de abogado habilita al desempeo de roles mul fac cos y que permiten su desarrollo en la vida pblica o privada. Si nos preguntasen: qu roles o perfi les podramos ejercer cuando nos graduemos de abogados?, diversas podra ser las respuestas.

    Podemos iden fi car al abogado en la ac vidad pblica o en la ac vidad privada.

    Se en ende por ac vidad pblica el desempeo profesional de la abogaca en un marco de ejercicio en la estructura pblica del Estado, ya sea Nacional o Provincial o Municipal.

    En cambio en la ac vidad privada el abogado desarrolla su profesin en forma independiente, aunque -asimismo- el profesional que posee su estudio puede trabajar tambin en relacin de dependencia evacuando consultas de personas sicas o jurdicas privadas (empresas, comercios, sociedades, etc.).

    Precisando conforme el marco jurdico vigente, podemos concluir que un abogado puede desempearse en las siguientes funciones:

    Ac vidad pblica:

    Como funcionarios pblicos para lo cual la Cons tucin o las leyes establecen como requisito general la profesin de abogado. As podemos citar:

    - Juez de la Corte Suprema (art. 111 CN) y dems instancias inferiores (art. 108 CN),

    - Miembro del Consejo de la Magistratura Federal (art. 114 CN), miembro del Jurado de Enjuiciamiento de la Nacin (art. 115 CN),

    - Defensor Adjunto del Pueblo de la Nacin (art. 13 Ley Nacional 24.284),

    - Fiscal de Estado de la Provincia (art. 155 CPBA),

    - Presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia (art. 159 CPBA),

    - Ministro de la Suprema Corte de Jus cia Provincial (art. 177 CPBA) y dems instancias inferiores (arts. 178 CPBA),

  • 22 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    -Docente en la Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (Ordenanza General 179 UNLP)

    Ac vidad privada:

    - Como li gante, asesor o consultor privado. Debe estar matriculado conforme el art. 1 de la Ley Provincial 5.177.

    - Docente e inves gador en establecimientos privados

    - Tambin puede resultar mediador judicial o voluntario (art. 26 y cc. Ley Provincial 13.951).-

    Como se observa, el abogado como profesional universitario posee una amplitud de incumbencias profesionales que hoy en da lo habilitan a desempear variadas funciones en el sector pblico o privado, aunque quizs el comn de los ciudadanos consideren que lo nico para lo que est preparado el abogado es para el confl icto judicial.

    5. Ejercicio profesional y la ley provincial 5.177 La abogaca como carrera universitaria en nuestro pas, importa el estudio de una disciplina perteneciente al sistema de educacin superior y que puede estudiarse en cualquiera de las universidades pblicas o privadas del pas autorizadas por el Ministerio de Educacin de la Nacin.

    As observamos que en la actualidad diversas universidades nacionales con sede en el territorio de la Provincia de Buenos Aires poseen facultad o escuelas de derecho como ser: Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, Departamento de Ciencias Econmicas y Jurdicas de la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Matanza, Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Centro, y sta Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata.

    Las nicas que expiden tulo de abogado, y cer fi can que se ha cumplido con la formacin y aprendizaje, son las Universidades. Ocurre que an siendo as, el ejercicio profesional no se logra si cada graduado no solicita la habilitacin

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 23

    de su matrcula profesional que debe expedir el colegio profesional -en nuestro caso el Colegio de Abogados-.

    La Universidad expide los tulos y los Colegios Profesionales gobiernan la matrcula.

    En el sistema jurdico de la Argentina cada Provincia posee sus leyes creadoras de colegios profesionales. Cada ley especfi ca regula la creacin y funcionamiento de cada colegio profesional. A manera ejemplifi ca va diremos que en la Provincia de Buenos Aires se encuentran regulados el Colegio de Mdicos, Colegio de Farmace cos, Colegio de Veterinarios, Colegio de Psiclogos, Colegio de Ingenieros, etc.. Cada colegio desempea la potestad disciplinaria acerca del ejercicio de la profesin de que se trate.

    Y es tal la trascendencia de los colegios profesionales que la propia cons tucin bonaerense los ha reconocido como en dades intermedias:

    Ar culo 41: La Provincia reconoce a las en dades intermedias expresivas de las ac vidades culturales, gremiales, sociales y econmicas, y garan za el derecho a la cons tucin y desenvolvimiento de colegios o consejos profesionales.

    Los colegios profesionales resultan en su naturaleza jurdica personas jurdicas de derecho pblico no estatal, por cuanto no resultan parte del Estado en sen do propio, sino que ejercen una funcin delegada de ste.

    En el caso par cular de los abogados, la ley provincial 517714, con mbito de aplicacin en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, en su ar culo 1 dispone:

    Para ejercer la profesin de abogado en el territorio de la Provincia de Buenos Aires se requiere: 1.- Tener tulo de abogado expedido por Universidad Nacional o privada reconocida, o por universidad extranjera cuando las leyes nacionales le otorguen validez o estuviese revalidado por Universidad Nacional.

    2.- Estar inscripto en la matrcula de uno de los Colegios de Abogados departamentales creados por la presente Ley.

    Nadie que no posea tulo universitario ni se encuentre inscripto en el colegio profesional podr ejercer la profesin, salvo las excepciones previstas norma vamente. Por ejemplo para ser Juez hay que ser abogado, pero ste

    14 Promulgada por el Poder Ejecu vo el 6 de noviembre de 1947.

  • 24 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    debi matricularse primero y luego suspender su matrcula por cuanto el ejercicio simultneo resulta incompa ble.

    Esta Ley Provincial regula la cons tucin y funcionamiento del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, atribuyndole el gobierno y administracin de la matrcula profesional, as como la potestad disciplinaria del regular ejercicio profesional, los derechos y deberes de los abogados, y todo lo a nente al ejercicio profesional de la abogaca.

    6. Abogados IlustresDesde antao en la historia argen na hemos conocido numerosos prceres que han sido abogados, pudiendo citar entre ellos a Mariano Moreno (1778-1811), Juan Jos Castelli (1764-1812), Juan Jos Paso (1758-1833), Manuel Belgrano (1770-1820), Juan Bau sta Alberdi (1810-1884), Jos Benjamn Goros aga (1829-1891), San ago Derqui (1809-1867), Dalmacio Vlez Sarfi eld (1800-1875). Ms cerca de nuestros das hemos de decir que los l mos Presidentes de la Repblica desde el retorno de la democracia en el ao 1983 han sido abogados: Ral Ricardo Alfonsn, Carlos Sal Menem, Fernando De La Ra, Adolfo Rodriguez Saa, Eduardo Duhalde, Nstor Kirchner y Cris na Fernndez.

    En homenaje al publicista y abogado que ha infl uenciado decididamente en el ideario cons tucional argen no, se celebra el 29 de agosto el Da del Abogado en toda la nacin, con mo vo del aniversario del nacimiento del gran jurista Juan Bau sta Alberdi15. Del ilustre tucumano podemos destacar que realiz sus estudios primarios en su ciudad natal, para luego trasladarse a Buenos Aires e ingresar al Colegio de Ciencias Morales. En 1831 hace su ingreso a la Universidad de Buenos Aires para estudiar leyes.

    Integr el grupo de intelectuales que asis an a la librera de Marcos Sastre y que luego, el 23 de agosto de 1835 fundaran el saln literario junto a Juan Mara Gu rrez y Esteban Echeverra. Ms tarde, en junio de 1938 funda la Asociacin de la Joven Generacin Argen na, la que pas a la historia como la generacin del 37.

    Alberdi es escritor de literatura fecunda. Uno de sus mayores aportes ha sido la obra Bases y puntos de par da para la organizacin de la confederacin argen na que ha sido uno de los antecedentes directos de la primera cons tucin de la Nacin Argen na de 1853.

    15 Juan Bau sta Alberdi naci en Tucumn en 1810 y falleci en Noelli sur Seine en 1884.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 25

    7. tica profesionalLa ca en general es entendida como la parte de la fi loso a que trata de la moral y de las obligaciones - deberes del hombre. Conforme la defi ne Singer (2009) La ca es una rama de la fi loso a que abarca el estudio de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.

    La ca estudia qu es lo moral, cmo se jus fi ca racionalmente un sistema moral, y cmo se ha de aplicar sta posteriormente a los dis ntos mbitos de la vida social.

    En la vida co diana cons tuye una refl exin sobre el hecho moral. Busca las razones que jus fi can la u lizacin de un sistema moral u otro.

    El primer objeto de la tica es la relacin de una persona con otra, estableciendo un mbito de realidad que se refi ere a lo que bsicamente es cada uno como persona: su manera de ser con el otro (en la convivencia). Por eso la jus cia es un valor arquitectnico y debe estar presente en cualquier modelo de realizacin humana. Pues cuando el hombre se pregunta qu es bueno en el sen do co, se pregunta por su propio ideal.

    Una doctrina ca elabora y verifi ca afi rmaciones o juicios determinados. Esta sentencia ca, juicio moral o declaracin norma va es una afi rmacin que contendr trminos tales como bueno, malo, correcto, incorrecto, obligatorio, permi do, etc, referido a una accin o decisin.

    Cuando se emplean sentencias ticas se est valorando moralmente a personas, situaciones, cosas o acciones. Se estn estableciendo juicios morales cuando, por ejemplo, se dice: ese pol co es corrupto, ese hombre es impresentable, su presencia es loable, etc.

    Desde una perspec va kan ana lo co corresponde a lo interno, a las razones y mo vaciones personales que tenga el individuo para actuar de un determinado modo, en cambio al derecho le corresponde regular su comportamiento en tanto que ene una expresin externa.

    La ca posi va consiste en el conjunto de principios escritos a la manera de reglas, en las que se pifi ca o describen las conductas.

    Ser co es una forma de ser y tambin de hacer al servicio de las conductas ideales o aceptables.

  • 26 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    El estudio de la ca se remonta a los orgenes mismos de la fi loso a en la An gua Grecia. La ca aplicada al ejercicio del derecho se denomina Deontologa Jurdica. La palabra deontologa es de origen griego y signifi ca tratado o estudio del deber. En la actualidad se u liza para dis nguir uno de los enfoques de la moral moderna en contraposicin al enfoque teleolgico.

    La deontologa es la teora norma va segn la cual existen ciertas acciones que deben ser realizadas, y otras que no deben ser realizadas, ms all de las consecuencias posi vas o nega vas que puedan traer. (Alexander Larry).

    Por ello, tratndose la abogaca de una ac vidad del hombre, y vinculada a la interaccin inter individuos en sociedad, es importante la ca para el recto ejercicio de la profesin.

    La ca profesional del abogado no analiza nicamente la conducta en su relacin profesional, sino que busca que la conducta del abogado -en un sen do amplio- se encuentre dis nguida por su rec tud, decoro, honorabilidad, obrar caracterizado por el buen proceder en el mbito profesional como en su obrar privado.

    El Derecho como manifestacin de regulacin de conductas impone un sen do co para su cumplimiento. Si cada estudiante ejercitara la lectura de un diario del da de la fecha y observara cada una de las no cias, adver ra la estrecha vinculacin existente entre el Derecho, el Ejercicio Profesional de la abogaca y la ca, pudiendo repasar hechos de la vida real como: robos, estafas, actos de corrupcin, homicidios, etc.

    La tica profesional est vinculada a la conducta deseable del profesional, por eso es que a menudo hacemos juicios de valor sobre la conducta de las personas, y concluimos que tal persona ha tenido una conducta ca o tal otra no ha sido co en su obrar.

    El abogado como profesional universitario tiene mandamientos cos de la profesin, siendo que en el plano general de esta disciplina, existe una rama especfica destinada a la tica de las profesiones

    jurdicas que abraza las diversas funciones que puede desempean un abogado. Dentro de la tica de las profesiones jurdicas encontramos las siguientes especifi caciones: ca del abogado, ca del notario, ca del magistrado, ca del funcionario pblico, etc.

    Y si refl exionramos acerca de cules son los valores cos que hacen al mejor abogado, o si existen profesiones morales y otras profesiones que son inmorales,

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 27

    podramos preguntarnos -como lo hace ngel Osorio y Gallardo- Alguien teme que existan profesiones caracterizadas por una inmoralidad intrnseca e inevitable? Suele sostenerse que la condicin predominante de la Abogaca es el ingenio. El muchacho listo es la ms comn simiente de Abogado, porque se presume que su misin es defender con igual desenfado el pro que el contra y, a fuerza de agilidad mental, hacer ver lo blanco negro. Si la Abogaca fuera eso, no habra menester que pudiese igualarla en vileza. Incendiar, falsifi car, robar y asesinar seran pecadillos veniales si se les compara con aqul encanallamiento; la pros tucin pblica sera sublimada en el parangn, pues al cabo, la mujer que vende su cuerpo puede ampararse en la protesta de su alma, mientras que el Abogado vendera el alma para nutrir el cuerpo. Por fortuna ocurre todo lo contrario. La Abogaca no se cimienta en la lucidez de ingenio, sino en la rec tud de conciencia. Esa es la piedra angular; lo dems, con ser muy interesante, ene caracteres adje vos y secundarios.16

    El abogado en todas sus conductas debe tener un sen do co, siendo respetuoso de los altos valores que le impone la sociedad en el ejercicio profesional. Si la regla jurdica ordena, regula y promueve la existencia de derechos y obligaciones propios de las personas en su vida en sociedad, el abogado ene un rol privilegiado en la existencia de la vida en sociedad. El abogado con sen do co transforma con su conducta el sen do de la conducta de los otros (abogados y los que no lo son), siendo un ejemplo de rec tud para los ciudadanos.

    Qu ejemplo de conducta irradia un abogado que no es co? Qu valores sern esperables del ciudadano comn cuando un abogado no es co? Cul es el des no de la sociedad cuando el abogado no ene un sen do co? La respuesta es simple. Si no se comprende el sen do co de las normas y de los abogados, ninguna sociedad tendr un des no humanista con valores de libertad, jus cia, igualdad, solidaridad, y respeto mutuo.

    En el mbito del ejercicio profesional de la Abogaca, son los propios colegios profesionales quienes dictan sus propias reglas cas17 que se encuentran sistema zadas en lo que se denomina Cdigo de ca del Abogado.

    En el citado cuerpo norma vo se sistema zan todas las reglas relacionadas. Pueden ser agrupadas del siguiente modo:

    Principios generales: honor profesional, veracidad, independencia, desinters, respeto a la ley, buena fe, secreto profesional, responsabilidad, es lo, puntualidad, publicidad profesional, etc.;

    16 Ossorio y Gallardo ngel. El alma de la toga. Ed. Lex17 La ley provincial 5177 en su ar culo 25 inc. 7 dispone que el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires deber dictar un Cdigo de E ca

  • 28 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Relaciones del abogado con los Tribunales y dems Autoridades: respeto, infl uencia en el Juez, recusaciones, etc.;

    Relaciones del abogado con su cliente: entrega a la defensa de los intereses del cliente, confl icto de intereses, deber de informacin, conducta incorrecta del cliente, honorarios profesionales, bienes del cliente, etc;

    Relaciones del abogado con sus colegas y la contraparte: fraternidad, auxilio profesional al joven abogado, lealtad e hidalgua, sus tucin y reemplazo, etc.;

    Relaciones del abogado con el Colegio Profesional: deberes impuestos al profesional en relacin a la ins tucin colegial.18

    Ahora que conoce de la ca profesional del abogado, lo invitamos a que haga un ejercicio individual, pensando y refl exionando acerca de qu valores dispondra usted para establecer algunas reglas que lo hagan considerarse un ciudadano co.

    8. Apndice documentalEn el presente anexo documental se agrega la Biogra a de Juan Bau sta Alberdi, Joaqun Vctor Gonzlez y algunos de los ms conocidos declogos (a la manera de diez reglas o mandamientos) que deben respetar los abogados en el desempeo profesional.

    Se recomienda al cuerpo docente que realice ac vidades prc cas con los alumnos, tendientes a analizar y comprender la importancia de los valores cos que asumi el inspirador de la Cons tucin Nacional y que se expresan claramente en cada una de la reglas de los declogos. Nuestro propsito es suscitar la interaccin con los alumnos. Ellos son quienes han de desarrollar el sen do de los valores y apropirselos conforme con el compromiso que se ha de incen var con la carrera que emprenden. El docente actuar como facilitador y orientador del proceso de anlisis y comprensin.

    18 Se puede consultar el Cdigo de ca Profesional del Abogado en el si o ofi cial del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires www.colproba.org.ar

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 29

    BIOGRAFA DE JUAN BAUTISTA ALBERDI

    Juan Bautista Alberdi, ha sido un inspirador notable de la Constitucin Nacional y uno de los ms grandes pensadores argen nos. Naci en Tucumn el 29 de agosto de 1810. Su madre, Doa Josefa Rosa de Aroz, muri en el parto y el nio qued al cuidado de su padre, Don Salvador Alberdi. En 1816, mientras comenzaba a sesionar el Congreso de Tucumn, Alberdi ingresaba a la escuela primaria que haba fundado Manuel Belgrano. A los once aos perdi a su padre, y sus hermanos Felipe y Trnsita se hacen cargo de l y ges onan una beca para que con ne sus estudios en Buenos Aires.

    En 1824, con 14 aos, lleg a Buenos Aires e ingres en el Colegio de Ciencias Morales. Tena como compaeros a Vicente Fidel Lpez, Antonio Wilde y Miguel Can -el padre del autor de Juvenilia- con quien comenzar una profunda amistad. Alberdi no soportaba el rgimen disciplinario del colegio, que inclua encierros y cas gos corporales, y le pidi a su hermano Felipe que lo sacara de all. Dej momentneamente los estudios formales, pero no la lectura de pensadores europeos. Mientras trabaja como empleado en una enda, lea apasionadamente a Rousseau, estudiaba msica, compona y

    daba conciertos de guitarra, fl auta y piano para sus amigos. En 1831, retom sus estudios, ingres a la Universidad de Buenos Aires en la carrera de Leyes, pero no abandon sus gustos musicales. En 1832, escribi su primer libro: El espritu de la msica. Buscando escapar un poco a la pesada atmsfera que imprima el rgimen rosista al ambiente intelectual de Buenos Aires, decidi con nuar sus estudios en Crdoba, donde se grada de Bachiller en Leyes.

    En 1834, regres a su provincia y escribi Memoria descrip va de Tucumn. Su hermano Felipe se haba conver do en un colaborador cercano del gobernador tucumano Alejandro Heredia y le solicit una carta de recomendacin para que Juan Bau sta pudiera presentarla a alguna personalidad infl uyente de Buenos Aires. A poco de llegar a Buenos Aires, Alberdi se dirigi a la direccin indicada y all lo esperaba el amigo de Heredia a quien le entreg la carta. Juan Facundo Quiroga ley el escrito y le dijo al joven tucumano que le convendra estudiar en los Estados Unidos ms que en Buenos Aires y que l estaba dispuesto a pagar todos los gastos. Alberdi se entusiasm con la idea pero desis cuando estaba a punto de zarpar. Pocos da despus, en febrero de 1835, Facundo Quiroga mora asesinado en Barranca Yaco, Crdoba, y Rosas asuma por segunda vez la gobernacin de Buenos Aires, esta vez con la suma del poder pblico.

    Desde 1832, un grupo de jvenes intelectuales vena reunindose en la librera de Marcos Sastre. Alberdi se incorporar a este grupo, compuesto, entre otros, por Juan Mara Gu rrez y Esteban Echeverra, que fundar el

  • 30 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    23 de agosto de 1835 el Saln Literario, un verdadero centro cultural y de difusin de las nuevas ideas pol cas, vinculadas al roman cismo europeo.

    En 1837, Alberdi public una de sus obras ms importantes Fragmento Preliminar al estudio del Derecho, donde haca un diagns co de la situacin nacional y sus posibles soluciones. El texto fue duramente cri cado por los an rrosistas exiliados en Montevideo porque, si bien atacaba duramente al despo smo, no haca ninguna referencia a Rosas.

    Por entonces, Alberdi alquilaba una habitacin junto a Juan Mara Gu rrez en la casa de Mariquita Snchez de Thopmson. All, en el mismo piano en el que se interpret por primera vez el himno, Alberdi compona sus Minus Argen nos.

    Durante ese mismo ao, se inici en el periodismo con la publicacin de La Moda, gacetn semanal de msica, poesa, literatura y costumbres. Aparecieron 23 nmeros y en sus ar culos, Alberdi, que fi rmaba bajo el seudnimo de Figarillo intentaba burlar a la censura del rosismo y dejaba deslizar frases como esta: los clamores co dianos de la rana no podrn contra los progresos fatales de la libertad.

    En junio de 1838 junto a Esteban Echeverra y Juan Mara Gu rrez funda la Asociacin de la Joven Generacin Argen na, siguiendo el modelo de las asociaciones romn cas y revolucionarias de Europa. Este grupo de intelectuales pasar a la historia como la Generacin del 37.

    La mazorca, la polica secreta de Rosas, comenz a vigilar de cerca las ac vidades de la Asociacin y comenz la persecucin. Alberdi opt por exiliarse en Uruguay dejando en Buenos Aires un hijo recin nacido y varios amores inconclusos.

    Lleg a Montevideo en noviembre de 1838. All se dedicar al periodismo pol co colaborando en diversas publicaciones an rrositas como El Grito Argen no y Muera Rosas. De ese perodo son tambin sus dos obras de teatro: La Revolucin de Mayo y El Gigante Amapolas, una s ra sobre Rosas y los caudillos de la guerra civil.

    En mayo de 1843, par con Juan Mara Gu rrez hacia Gnova pero con des no fi nal Pars, la meca de todos los romn cos de la poca. Lleg a Pars en sep embre y visit al General San Mar n con quien mantuvo dos prolongadas entrevistas. Qued muy impresionado por la sencillez y la vitalidad del viejo general, que lo abrum con preguntas sobre la patria.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 31

    A fi nes de 1843, decidi regresar a Amrica para radicarse, como Sarmiento, en Chile. A su paso por Ro de Janeiro, intent infructuosamente entrevistar a Rivadavia.

    Alberdi vivir durante 17 aos en Chile, la mayor parte del tiempo en Valparaso, donde trabajar como abogado y ejercer el periodismo. En uno de sus ar culos publicado en El Comercio de Valparaso dir: Los Estados Unidos no pelean por glorias ni laureles, pelean por ventajas, buscan mercados y quieren espacio en el Sur. El principio pol co de los Estados Unidos es expansivo y conquistador.

    Al enterarse del triunfo de Urquiza sobre Rosas en la batalla de Caseros, el 3 de febrero de 1852, escribi en pocas semanas de trabajo afi ebrado una de sus obras ms importantes: Bases y puntos de par da para la organizacin pol ca de la Repblica Argen na, que public en mayo de ese ao en Chile y reedit en julio acompandola de un proyecto de Cons tucin. Se lo envi a Urquiza, quien le agradeci su aporte en estos trminos: Su bien pensado libro es, a mi juicio, un medio de cooperacin importan simo. No ha podido ser escrito en una mejor oportunidad. La obra ser uno de las fuentes de nuestra Cons tucin Nacional sancionada el 1 de mayo de 1853.

    Mientras que Sarmiento haba abandonado Chile para sumarse al Ejrcito Grande de Urquiza, Alberdi permaneci en Valparaso, atento a los problemas argen nos. Sarmiento regres al poco empo desilusionado con Urquiza y acusando a Alberdi de ser su agente en Chile. Alberdi lo califi c de caudillo de la pluma y producto pico de la Amrica despoblada y se decidi a colaborar con el proyecto de la Confederacin de Urquiza. El gobierno de Paran lo nombr Encargado de negocios de la Confederacin Argen na ante los gobiernos de Francia, Inglaterra, el Va cano y Espaa. Antes de par r hacia su misin diplom ca escribi: Sistema econmico y ren s co de la Confederacin Argen na y De la integridad argen na bajo todos los gobiernos. En ambos ensayos defenda las teoras liberales de Adam Smith y David Ricardo y se opona al monopolio, al trabajo parasitario, abogando por un orden que garan zara al productor el fruto de sus esfuerzos y elevara el nivel de vida en general.

    El 15 de abril de 1855, par fi nalmente hacia Europa. Pas primero por los Estados Unidos donde se entrevist con el presidente Franklin Pierce. Luego pas a Londres, donde conoci a la reina Victoria y, fi nalmente, a Pars, donde se radicara por 24 aos.

    En 1858, se entrevist en Espaa con la reina Isabel II y consigui el reconocimiento de la Confederacin.

  • 32 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    El 17 de sep embre de 1861, Mitre derrotaba en Pavn a Urquiza y pona fi n al proyecto de la Confederacin. Alberdi fue despedido por Mitre de su cargo y reemplazado por Mariano Balcarce.

    La situacin de Alberdi no poda ser peor. Se le adeudaban dos aos de sueldos como embajador y el nuevo gobierno se negaba a pagrselos y mucho menos a pagar su viaje de regreso. Coment entonces: el mitrismo es el rosismo cambiado de traje.

    Tuvo que quedarse en Pars. Sus nicos y escasos ingresos provenan del alquiler de una propiedad en Chile.

    Al producirse la Guerra del Paraguay, propiciada y conducida por Mitre con el apoyo del capital ingls, Alberdi, como Jos Hernndez y Guido Spano, apoy decididamente la causa paraguaya y acus a Mitre de llevar adelante una Guerra de la Triple Infamia contra un pueblo progresista y moderno. Escribir entonces: Si es verdad que la civilizacin de este siglo ene por emblemas las lneas de navegacin por vapor, los telgrafos elctricos, las fundiciones de metales, los as lleros y arsenales, los ferrocarriles , etc., los nuevos misioneros de civilizacin salidos de San ago del Estero, Catamarca, La Rioja, San Juan, etc., etc., no slo no enen en su hogar esas piezas de civilizacin para llevar al Paraguay, sino que iran a conocerlas de vista por la primera vez en su vida en el pas salvaje de su cruzada civilizadora.

    En 1872, bajo la profunda impresin que le produjo la derrota paraguaya en el confl icto y sus secuelas en la poblacin del pas hermano, escribi El Crimen de la Guerra donde dice: De la guerra es nacido el gobierno militar que es gobierno de la fuerza sus tuida a la jus cia y al derecho como principio de autoridad. No pudiendo hacer que lo que es justo sea fuerte se ha hecho que lo que es fuerte sea justo.

    Al concluir el mandato Mitre, en 1868, asumi Sarmiento y las cosas no mejoraron para Alberdi, que debi seguir postergando su regreso. No podr hacerlo hasta 1879 cuando una alianza entre Roca y Avellaneda lanz la candidatura de Alberdi a diputado nacional. Lleg a Buenos Aires el 16 de sep embre de ese ao. A poco de arribar se le brind una recepcin de honor en la Universidad en la que fue aclamado por los estudiantes. Por esos das, se entrevist con el presidente Avellaneda y con el ministro del Interior: Domingo Faus no Sarmiento. Todo parece indicar que el encuentro fue cordial en un clima de reconciliacin. El diario El Nacional coment: sus luchas tenaces y ardientes polmicas eran las de dos enamorados de una misma dama, nada menos que la patria.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 33

    Pero ms all de estas grandes sa sfacciones, Alberdi se haba ganado en estos aos enemigos poderosos como el General Mitre, que no le perdonaba su campaa a favor del Paraguay y sus acusaciones de falsear la historia y de compararse con San Mar n y Belgrano, lanzadas en su obra Grandes y Pequeos Hombres del Plata.

    Tuvo una par cipacin decisiva en los debates parlamentarios sobre la Ley de Federalizacin de Buenos Aires, que le dio fi nalmente una Capital Federal a la Repblica.

    Cuando el nuevo presidente electo en 1880, Julio A. Roca quiso que el Estado argen no publicase las obras completas de Alberdi, Mitre lanz, desde las pginas de La Nacin, una feroz campaa en contra del proyecto que termin por ser rechazado por los senadores que tambin rechazaron su nombramiento como embajador en Francia. Cansado y un tanto humillado decidi alejarse defi ni vamente del pas. Par rumbo a Francia el 3 de agosto de 1881 confesndole a un amigo: lo que me afl ige es la soledad. Muri en Nueilly-Sur-Seine, cerca de Pars, el 19 de junio de 1884. Sus restos fueron repatriados en 1889 y descansan en el cementerio de la Recoleta.

    BIOGRAFIA DE JOAQUIN V. GONZALEZFuente: www.elhistoriador.com.ar

    DECLOGO DE SAN IVO

    Abogado. Patrono de la Abogaca (1253-1303)El Abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Jus ciaNingn Abogado aceptar la defensa de los casos injustos, porque son perniciosos para la conciencia y el decoro profesionalEl Abogado no debe cargar al cliente con cargos excesivosNingn Abogado debe u lizar, en el patrocinio de los casos que le sean confi ados, medios ilcitos o injustosDebe tratar el caso de su cliente como si fuera suyo propioNo debe evitar trabajo ni empo para obtener la victoria del caso que tenga encargadoNingn Abogado debe aceptar ms causas de las que el empo disponible le permiteEl Abogado debe amar la Jus cia y la honradez tanto como la pupila de sus ojosLa demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarloPara hacer una buena defensa el Abogado debe ser verdico, sincero y lgico

  • 34 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    DECLOGO DE ANGEL OSSORIO Y GALLARDO

    Abogado (1897-1946). Decano ilustre del Colegio de Abogados de Madrid durante 1930-1933 I. No pases por encima de un estado de tu concienciaII. No aceptes una conviccin que no tengasIII. No te rindas ante la popularidad ni adules la ranaIV. Piensa siempre que t eres para el cliente y no el cliente para V. No procures nunca en los Tribunales ser ms que los magistrados, pero no consientas ser menosVI. Ten fe en la razn que lo que en general prevaleceVII. Pon la moral por encima de las leyesVIII. Aprecia como el mejor de los textos el sen do comnIX. Procura la paz como el mayor de los triunfos X. Busca siempre la jus cia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que las de tu saber

    DECLOGO DE EDUARDO J. COUTURE

    Catedr co de Derecho Procesal de la Universidad de Montevideo

    (1904-1957)

    ESTUDIA. El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos sers cada da un poco menos Abogado

    PIENSA. El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando

    TRABAJA. La Abogaca es una ardua fa ga puesta al servicio de la Jus cia

    LUCHA. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el da que encuentres en confl icto el Derecho con la Jus cia, lucha por la Jus cia

    SE LEAL. Leal con tu cliente al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de . Leal para con el adversario, an cuando l sea desleal con go. Leal para con el juez que ignora los hechos, y debe confi ar en lo que t le dices y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confi ar en el que t le invocas

    TOLERA. Tolera la verdad ajena en la medida en que quieres que sea tolerada la tuya

    TEN PACIENCIA. El empo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboracin

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 35

    TEN FE. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz como sus tu vo bondadoso de la Jus cia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Jus cia, ni Paz

    OLVIDA. La Abogaca es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor llegara el da en que la vida sera imposible para . Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota

    AMA TU PROFESIN. Trata de considerar la Abogaca de tal manera, que el da que tu hijo te pida un consejo sobre su des no, consideres un honor para proponerle que sea Abogado

  • 36 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Bibliogra a

    ALTBACH, Philip (2001). Educacin Superior Comparada. El conocimiento, la universidad y el desarrollo. Ctedra UNESCO/ Universidad de Palermo. Espaa.

    ALTERINI A lio (2006). La Universidad Pblica en un Proyecto de Nacin. Ed. La Ley. Buenos Aires. Argen na.

    ATELA Vicente Santos (2008). Reforma Universitaria de 1918.

    BETANCUR DAZ Arturo (2006). Historia de la Universidad de la Repblica. Ed. Universidad de la Repblica del Uruguay. Coleccin del Rectorado. 2006

    BRUNER Joaqun (1991). La Educacin Superior en Amrica La na. Cambios y desa os. Ed. Fondo de Cultura Econmica.

    GAJATE Rita RAMREZ Lautaro (2010). Informe sobre Autoevaluacin Ins tucional. 2010. Ed. Facultad de Ciencias Jurdicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata (En imprenta)

    GARRONE Jos Alberto (1986). Diccionario Jurdico. Abeledo Perrot.

    KROTOCH Pedro SUASNBAR Claudio (2002). Los estudios sobre la educacin superior: una refl exin en torno de la existencia y posibilidades de construccin de un campo. En: Pensamiento Universitario. N 10. Buenos Aires.

    LARRY Alexander (2008). Deontological Ethics. En, en Edward N. Zalta, Stanford Encyclopedia of Philosophy (Fall 2008 Edi on).En: h p://plato.stanford.edu/archives/fall2008/entries/ethics-deontological/

    OCAMPO LOPEZ Javier (2006). Darcy Ribeiro: sus ideas educa vas sobre la universidad y progreso de Amrica La na. En: Revista Historia de la Educacin Latinoamericana. Universidad Pedaggica y Tecnolgica de Colombia. p. 137-160

    REFORMA UNIVERSITARIA DE 1918. Manifi esto Liminar del 18 de junio y Diez Bases para el Futuro Gobierno Universitario

    RIBEIRO Darcy (1969). Las Amricas y la civilizacin. T. I. La civilizacin occidental y nosotros. Ed: Centro Editor de Amrica La na.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 37

    RODRGUEZ AVILA Nuria (2001) Los Abogados ante el Siglo XXI. Tesis doctoral. Universidad de Barcelona.

    RODRIGUEZ CRUZ gueda Mara (1973). Historia de las Universidades Hispanoamericanas. Ed. Imprenta del Ins tuto Caro y Cuervo. Bogot. En: BRUNER Joaqun (1990). La Educacin Superior en Amrica La na. Cambios y desa os. Ed. Fondo de Cultura Econmica, p. 15.

    SCHERZ Luis (1968). El camino de la Revolucin Universitaria. Ed: Del Pacfi co. San ago de Chile, p. 46. En: BRUNER Joaqun (1990). La Educacin Superior en Amrica La na. Cambios y desa os. Ed. Fondo de Cultura Econmica, p. 25.

    SINGER Peter (2009). Ethics. p. 1.En: h p://search.eb.com.central.ezproxy.cuny.edu:2048/eb/ar cle-9106054 (consultado el 15 de junio de 2009)

    STEGER Hanns Albert (1974). Las universidades en el desarrollo social de Amrica La na. Fondo de Cultura Econmica. Mxico. En: BRUNER Joaqun (1990). La Educacin Superior en Amrica La na. Cambios y desa os. Ed. Fondo de Cultura Econmica, p. 18.

    UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA. Historia de la Universidad [pgina Web]Disponible en: h p://www.rau.edu.uy/universidad/uni_hist.htm

  • 38 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Ac vidades prc cas

    1. Lea detenidamente el siguiente texto:

    RODRGUEZ AVILA Nuria (2001) Los Abogados ante el Siglo XXI. Tesis doctoral. Universidad de Barcelona.

    Entrevista N 6, pginas 387 390

    2. Relacione el contenido de la entrevista con lo estudiado en el Captulo 1 De profesin: Abogado, Nmeros 4 y 5.

    3. Responda por escrito a las siguientes preguntas:

    3.1. Qu diversas formas existen actualmente de ejercer la profesin de Abogado?

    3.2. Cules modalidades iden fi ca como las ms frecuentes?

    3.3. Conoce algn abogado? Cul es su experiencia en el desempeo profesional?

    3.4. Qu perfi l de Abogado en ende preponderante hoy?

    3.5. Qu po de Abogado le resulta ms exitoso? El li gante, el negociador, el conciliador / mediador?

    3.6. Cul es lo de Abogado cree Usted que necesita y demanda la sociedad actual?

    4. Proyctese Usted como Abogado/a

    Qu perfi l le interesara adoptar?

    5. Compar mos lo escrito en la clase y extraemos conclusiones generales.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 39

    Los abogados ante el siglo XXI

    Tesis doctoral deNuria RODRGUEZ AVILA (2001)

    Universidad de BarcelonaEntrevista N 6, pginas 387 390

    Algunas aclaraciones de contexto que debern ser tenidas en cuenta, previas a la lectura que se propone.

    El siguiente texto es la transcripcin literal de una entrevista efectuada a un abogado espaol. Forma parte del trabajo de campo desarrollado por la autora de la tesis doctoral que referenciamos. El estudio se centra en las transformaciones sociales y cambios operados en la estructura profesional de los abogados a fi nes del siglo XX, principios del siglo XXI.

    Hay varios aspectos a tener en cuenta para la comprensin del texto. Lo expresado es tes monio de una vivencia profesional en un sistema jurdico que presenta diferencias con el argen no. Su organizacin cons tucional es diversa a nuestra estructura. No obstante tambin se requiere para el ejercicio profesional tulo habilitante y matriculacin en el colegio de abogados correspondiente y en el Consejo General de la Abogaca de Espaa.

    Proponemos esta lectura en atencin a su alto valor vivencial que permite establecer comparaciones y conclusiones generales de la configuracin profesional de nuestro universo jurdico.

    Ficha tcnica

    Da: 21 de mayo de 1996Hora: 18:30 hasta 20:00Gnero: VarnEstado civil: CasadoEstudio: Universidad de Barcelona. Diplomatura de Trabajo Social. Licenciatura de Derecho. 1986Colegio de abogados: BarcelonaProfesin: Abogado en ejercicio 10 aos.

  • 40 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Observaciones

    El entrevistado es un abogado que lleva ejerciendo desde el ao 1986. Viene de otra Diplomatura como es la de Graduado Social que fi naliz en 1976.

    Su familia se dedicaba al sector de la agricultura y en un momento determinado de su vida se traslada a la ciudad de Barcelona. Trabaj en el sector de la Hotelera mientras estudiaba y asis a a clases nocturnas hasta que consigui terminar la diplomatura de Trabajador Social. Con nu estudiando la licenciatura de Derecho, fi nalizando en 1985. Asimismo, realiz cursos de tenedura de libros, y cursos de cataln en la escuela Ofi cial de Idiomas.

    Nadie de su familia ha ejercido ninguna de las profesiones jurdicas. l se considera en la mayor parte de su formacin como autodidacta. Actualmente, est haciendo el doctorado, y est vinculado con el Ins tuto de Psicologa y Sociologa Jurdica del Colegio de Abogados de Barcelona.

    Protocolo

    1. Formas de ejercicio profesional (individual o colec va)

    Cul ha sido su evolucin?

    Para mi existen dos grupos de abogados: los generalistas y los otros los especializados. Yo ejerzo de forma independiente. En los bufetes suele haber muchas personas que llevan asuntos de carcter general (extra-procesos, negociaciones transnacionales). Suele haber alguien que se especialice en alguna parte del proceso.

    Los casos de Derecho Civil los suele hacer el procurador. Los de Derecho Administra vo no se asiste al juzgado. Las especialidades de Derecho Penal y Laboral requieren preparacin para juicios.

    Yo me considero como generalista, ya que trato casos de muy diversas tem cas. Los temas relacionados con el derecho de la empresa suelen ser casos no procesales y no es habitual ir al juzgado, vendra a ser un asesoramiento en la elaboracin de contratos, estatutos, etc., es decir, como un staff de asesoramiento jurdico de la ac vidad de la empresa. Puede darse de llevar algn caso de manera procesal, pero que suelen ser los mnimos, un ejemplo: seran las faltas de pagos, los incumplimientos.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 41

    Yo inicie mi ac vidad como abogado en un despacho colec vo en que cada uno llevaba un rea, ramos 12 abogados, y un solo dueo en la fi nca. Ahora este se dedica a la ac vidad inmobiliaria. Mi caso es un caso a pico ya que empec de forma especialista y poco a poco he ido adquiriendo experiencia en otras reas. En mi despacho tengo acceso a los servicios y pago por ello de manera que puedo mantener mi propia empresa.

    A lo largo de mi experiencia nunca ejerc como pasante, sino que entr como asalariado. Yo fui un funcionario de la Seguridad Social, y me plantearon la posibilidad de trabajar en la empresa privada. Me lo cues on durante un empo, pero me ofrecan muy buenas posibilidades as que decid tomar el

    reto y pedir una excedencia de dos aos. El primer contrato como abogado tena un carcter fi jo, aunque en esa situacin estuve unos cuatro meses y transforme el contrato de forma de comisin. Poco despus empezaron a aparecer problemas en el despacho, y muchos de los que all trabajaban se marcharon, el espacio disponible era de 500 metros cuadrados, unos 12 despachos y salas para visitas. Era un bufete informal funcionaba con la fi gura mercan l de Sociedad Annima. Cuando llevaba trabajando un ao y medio decid pagar los servicios y quedarme con el 100% de los casos.

    Tambin trabajaba en una Gestora Administrativa, y en este tipo de oficinas hay una parte del Derecho Procesal que no pueden asumirla y lo delegan a los abogados. Yo trabaj con personas que me conocan y que confiaban en m. Empec en la especialidad de laboral, pensiones e invalidez. La gente me conoca desde todos los frentes, desde la administracin y desde la parte privada.

    En cuanto al entorno de trabajo me gustara destacar la situacin del lugar en que est ubicado el despacho es muy importante de cara al cliente, ya que ste descon a si ests muy alejado del centro de la ciudad. Por otra parte, enes un desajuste de papeles puedes pasar por el despacho y recogerlos.

    Por regla general, la gente no discute la minuta si ests situado en el centro. Tengo otros compaeros que se la ven y las desean para cobrar. La clientela se comporta como una bola de nieve, la facilidad de comunicacin es muy importante para que el despacho funcione de manera efi ciente. Yo tuve la oportunidad de trabajar fuera de Barcelona durante una temporada y puede comprobar las difi cultades que el entorno supona.

    En cuanto a la imagen que se da a los clientes es importante tener un buen ambiente ya que contribuye a la seriedad y personalidad del Abogado. Por otro lado, el cliente demanda que se le trate con dignidad, educacin y se necesita tener un entorno apropiado que facilite todas estas cosas.

  • 42 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    Este po de trabajo es muy estresante y con el empo se aprende a dominarlo. He intentado en muchas ocasiones recuperar el empo perdido.

    2. Est de acuerdo con las siguientes afirmaciones realizadas por el Excelentsimo Sr. Eugenio Gay, Presidente del Consejo General de la Abogaca?

    De los 13.303 abogados del colegio de Barcelona, slo 5.000 aproximadamente se dedican al ejercicio de la abogaca a empo completo

    Opina que dentro de la ac vidad que realizan los abogados actualmente, el nmero de abogados que van a los Juzgados es menor.

    Cree que han aumentado las funciones de asesoramiento y negociacin? En su opinin cul es el papel de los Tribunales de arbitraje y mediacin? Qu opina de la colegiacin nica?

    Creo que es acertado, el mercado no da tanto como para que todos se dediquen a empo completo a la ac vidad de la abogaca, y solo unos privilegiados pueden vivir de la abogaca. Hay muchos que estn dados de alta en ejercicio y estn trabajando en la Administracin de Pblica (ya sea en la Comunidad Autnoma, o en otras Ins tuciones). El abogado de empresa cumple el papel de asesoramiento en contratos, pero no en los casos que surgen confl ictos con posibilidad de ir a pleito en el juzgado. Lo normal ante estas situaciones es encargarla a algn abogado con experiencia en el proceso. Hay muchos abogados que solamente ven a sus clientes a los juzgados. Yo intento preparar las preguntas personalmente con el cliente. Los procesalistas se especializan en Derecho Penal y Laboral. Los abogados jvenes para poder acceder al ejercicio profesional la forma de tener una clientela es a travs del Turno de Ofi cio, ya que al no tener nombre necesitan que se les vaya conociendo.

    3. Qu pos de clientes existen? Siempre desde su experiencia profesional.

    Yo los clasifi cara en la Seguridad Social suele ser de baja formacin, y se piensan que los abogados son muy caros y les suele dar apuro ir a ellos porque piensan que no enen posibilidades de defender sus derechos. Algunos se pasan tomando confi anza. En cuanto a temas de invalidez me toca actuar como psiclogo, decirles lo que les va a pasar. En temas civiles el nivel de formacin del cliente es ms elevado y suele conocer sus derechos y va al abogado para que los termine de perfi lar.

  • Curso de Adaptacin Universitaria 2012 - 43

    El cliente cuando acude al abogado es porque ha agotado todas las otras vas posibles. Y lo primero que te pregunta es cunto va a costar todo el proceso y el empo que va a durar. Se hace la provisin de fondos. Yo tambin contacto con otros profesionales como mdicos, en temas relacionados con la medicina del trabajo, psiquiatra, inves gadores privados, procuradores.

    Yo suelo u lizar tres procuradores, uno para la empresa que es ms caro y otro para el despacho de la tarde. No cobro comisin en las actuaciones de ningn profesional.

    4. Dentro de las dis ntas especialidades que existe, Cules dira usted que son ms valoradas por los abogados? Cul ha sido la evolucin seguida por las especialidades?

    Pienso que son los propios compaeros los que te dan importancia. El pres gio a veces no coincide con los abogados ms conocidos. Seguro que no ejemplo Pique Vidal, como Derecho Penal. Algo muy importante es el cumplimiento del pacto, discrecin, preparacin, dominio en las tablas ante un tribunal, pero sobre todo, la calidad humana. Por otro lado el abogado agresivo mezcla los sentimientos, y eso no es profesional, aunque en determinadas ocasiones las inclinaciones son fuertes y llegan a ser inevitables. El vlido que el profesional asume todo el problema y lleve todo el proceso.

    5. En ocasiones son los i nerarios curriculares o salidas profesionales posibles de un licenciado en Derecho?

    Tiene muchas salidas la carrera de Derecho como: Judicatura, Abogado Independiente, Procurador, Registro, Fiscal, Abogado del Estado, Opositar a cualquier cargo, Secretario de Ayuntamiento, Empresas. Pienso que hay una gran diferencia entre Licenciado en Derecho y Abogado. El Abogado une a la propia carrera del ejercicio diario de la profesin que es muy diferente de lo que se ensea en la Universidad. Supone una formacin con nua de todas las leyes, ya que son las que determinan el trabajo y cada cliente es un examen. El Licenciado ene unos conocimientos de la humanidad y de los derecho sociales.

    6. Opina que existe un sistema de colaboracin en el ejercicio de la profesin? A quienes se suele delegar?

    Son muy necesarias para el trabajo diario. Slo suelo delegar el caso cuando es muy complicado y veo que excede de mis posibilidades, sino lo asumo lo llevo hasta el fi nal.

  • 44 - INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    7. En sus relaciones personales Se encuentran profesionales de su misma especialidad?

    Algunos son de cuando estudiaba la carrera y tienen las siguientes profesiones, jueces, abogados, empresarios. No soy selec vo a la hora de elegir mis amigos.

    8. Se suele reunir con miembros de su misma promocin?

    Cada ao nos reunimos unos 20 o 30 amigos de la promocin, un 50% ejerce como profesionales, de nuestra promocin hay dos o tres jueces, dos notarios.

    9. Cmo ve el futuro de la profesin? Cules son los retos a los que se enfrenta la profesin actualmente?

    Los veo bien. El mundo en el que vivimos es especialmente confl ic vo a todos los niveles. Convivir en la sociedad actual resulta di cil pensar que esto vaya a cambiar. Se ende a la especializacin. Aunque yo soy individualista, yo intento buscar las soluciones a los problemas o plantearme todos los caminos posibles. Opino que en los despachos colec vos se generan muchas tensiones. Creo que soy u litarista, trato siempre de buscar el sen do l de las cosas y que estas sirvan para algo. Pienso que el empo es muy importante. Creo que el pres gio puede ir unido al dinero. Ya que estamos en una sociedad mercan lista. Llevar clientes signifi ca tener pres gio social.

    Los mercan listas estn cercanos al poder y son los aristcratas del derecho. As como, los grupos fi nancieros son los que enen el poder. Eso no signifi ca que sean los ms respetados.

    El prestigio social cuando resuelve un problema, el mismo cliente te recomienda a otras personas, es como la bola de nieve. Valoran todo y no habiendo un resultado sa sfactorio el cliente valora dedicacin, entrega y a pesar de un resultado nega vo cuentan con tu confi anza y te recomiendan a otras personas.