Introducción al derecho tributario

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INTRODUCCIÓN AL DERECHO TRIBUTARIO

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INTRODUCCIÓN AL INTRODUCCIÓN AL

DERECHO TRIBUTARIODERECHO TRIBUTARIO

Page 2: Introducción al derecho tributario

ESTADO Y TRIBUTOESTADO Y TRIBUTO► El Estado Moderno

Definimos al Estado como “la persona jurídica de

derecho público contituída por la comunidad de

habitantes de un territorio determinado

organizado con arreglo a su Constitución para el

cumplimiento de sus fines específicos”. Por ello, el

Estado tiene que cumplir con un preciso tipo de

funciones que le resultan ineludibles, estas funciones

públicas tienen tal grado de importancia que se

identifican con la razón de ser el Estado.

Page 3: Introducción al derecho tributario

Función Pública

La Función Publica se caracteriza por:

► Tener una naturaleza de carácter exclusivo e indelegable; solo

puede ser cumplida por el Estado.

► Tiende a satisfacer el interés público, lo cual se entiende como

el conjunto de todos aquellos intereses comunes y

fundamentales a todos lo miembros de la comunidad

jurídicamente organizada.

► Cuando el Estado cumple con su cometido, generalmente se

dice que está prestando servicios públicos esenciales, que viene

a ser lo mismo que función pública.

Page 4: Introducción al derecho tributario

Finanzas PúblicasFinanzas Públicas

Las Finanzas Públicas tienen por objeto examinar como el

Estado y los demás entes públicos obtienen sus ingresos y

como se efectúan o realizan concretamente sus gastos.

CONTENIDO:

El contenido de la definición anterior se refleja en el

Presupuesto Público de la República; es decir, cada año el

Gobierno debe planificar su actividad económica y financiera y

ser plasmada en el Presupuesto Público.

Page 5: Introducción al derecho tributario

El Presupuesto Público debe cubrir las

necesidades públicas de toda la población del

país.

Existen 3 tipos de necesidades:

1. Necesidades individuales o privadas .

2. Necesidades de grupo o colectivas..

3. Necesidades públicas secundarias

Las Finanzas Públicas y la Actividad Financiera se

aboca a los estudios y a la implementación de

ejecución del presupuesto para satisfacer éstas

necesidades.

([1]) Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario de Héctor Villegas, Editorial Depalma, Pág. 4, 5 y 6.

Page 6: Introducción al derecho tributario

NECESIDADES PÚBLICAS

Aquellos que nacen de la vida colectiva, es

decir, ordenada y disciplinada por el Estado y

por las entidades sometidas a él,

representados por las acciones de los

Ministerios en tanto estén dirigidas a

satisfacer las necesidades colectivas

(educación, salud, transporte, etc).

► Las necesidades públicas primarias

► Las necesidades públicas secundarias

Page 7: Introducción al derecho tributario

MODELOS ECONÓMICOSMODELOS ECONÓMICOS

El Estado frente al Presupuesto General de la República debe

tener un modelo o sistema económico, que represente

un manejo racional de la economía del país para lograr

proporcionar a los contribuyentes (persona natural o jurídica)

rentas, patrimonios y consumo para obtener los ingresos que

cubran el Presupuesto General de la República que, a su vez,

sirvan para cubrir también las necesidades públicas

representadas por todos los egresos del Presupuesto de la

República.

Page 8: Introducción al derecho tributario

A nivel mundial existen los siguientes modelos A nivel mundial existen los siguientes modelos

económicoseconómicos::ECONOMÍA DE

MERCADOECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO

ECONOMÍA SOCIALISTA

1.

El mercado asigna los recursos

El mercado y el Estado asignan los recursos.

El Estado asigna los Recursos

2.

Propiedad Privada Propiedad Privada y Pública

Propiedad Pública

3.

Apertura al exterior (globalización)

Protección Protección y Autarquía (la fuerza)

4.

Estado limitado Estado Social Estado Absoluto

5.

Igualdad ante la Ley Igualdad de Oportunidades

Igualdad de Resultados

Page 9: Introducción al derecho tributario

ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO MODERNO

Es toda actividad que desarrolla el Estado y los demás entes públicos

para la realización de los gastos inherentes a las funciones que les

están encomendadas, así como la obtención de los ingresos necesarios

para hacer frente a dichos gastos. Se caracteriza por ser:

Una actividad pública, el sujeto es el estado con el objeto de

satisfacer necesidades colectivas.

Una actividad medial, tiene por objeto la utilización de los medios

financieros o dinerarios para desarrollo de la función publica.

Una actividad jurídica, al estar sometida a normas o principios

jurídicos.

Page 10: Introducción al derecho tributario

NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD

FINANCIERA DEL ESTADOFINANCIERA DEL ESTADO

► El Estado para la realización de sus fines debe ejecutar

las funciones cuyos lineamientos generales se hace

teniendo en consideración un plan económico de

ingresos y de gastos.

► El Estado es el único y exclusivo sujeto de la actividad

financiera, el Estado dirige esta actividad hacia la

provisión de los recursos necesarios para el logros de los

fines propios.

Page 11: Introducción al derecho tributario

ESCUELAS Y TEORÍAS SOBRE LA NATURALEZA DE LA ESCUELAS Y TEORÍAS SOBRE LA NATURALEZA DE LA

ACTIVIDAD FINANCIERAACTIVIDAD FINANCIERA :

Consideramos importante señalar algunas de las escuelas más

importantes en materia de actividad financiera:

1. La Escuela Económica.- Definen la actividad financiera sobre la

base de conceptos económicos, ciertos conceptos de la economía de

la escuela clásica, Adam Smith, David Ricardo, John Stwart Mill y

algunos autores franceses como Juan Sebastián Sai tienden a

considerar a la actividad financiera pertenecientes a la etapa

económica de consumo. La otra teoría económica es la de Saks

sobre la utilidad marginal, cuando sostienen que la riqueza de los

contribuyentes debe ser gravada por el impuesto sólo cuando su

erogación sea mas ventajosa para los gastos públicos que para el

empleo que el contribuyente podría hacer de ella.

Page 12: Introducción al derecho tributario

2. La Escuela Sociológica.- Su inspirador es Wilfredo Pareto,

quien insertó el estudio de la economía política y amplió

más en la sociología criticando a los estudios financieros.

Dentro de esta teoría podemos ubicar al profesor Amilcare

Ubiane, quien sostiene la teoría de la ilusión financiera,

explica el comportamiento de la clase gobernante: esta

minoría dominante buscando mejor la línea de la menor

resistencia opuesta por la clase dominada, mediante la

creación de ilusiones financieras trata de ocultar a los

ciudadanos la verdadera carga tributaria que sobre ellos

recae, y al mismo tiempo, de exagerar los beneficios que

ofrece mediante la prestación de servicios públicos.

Page 13: Introducción al derecho tributario

3. La Escuela Política.- Sustentada por Griziotti, quien

tratando de contraponer a las escuelas anteriores y orienta

sus enseñanzas hacia un concepto integral de las finanzas,

pero con un neto predominio del elemento político.

La Ciencia de las Finanzas:

Para algunos las Finanzas es y debe ser una ciencia de

medios que se concrete a estudiar esos medios. Según su

esencia es de contenido económico, si por el contrario la

investigación debe ir más allá e incluir del estudio de los

fines que son de naturaleza política.

Page 14: Introducción al derecho tributario

INGRESO INGRESO RECURSOS AL TESORO PÚBLICO RECURSOS AL TESORO PÚBLICO

► Los ingresos del Tesoro Público representan todos los ingresos por

tributos y son de naturaleza pública.

► Los Recursos Propios: bienes de las propiedades del Estado: empresas,

negocios o utilidades, estos van a ser parte de los recursos propios que

ingresan al Tesoro Público.

Recursos por Endeudamiento: son originados por préstamos del

exterior, llámese Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, etc, y

también por endeudamiento de los bonos de empresas financieras o por

emisión de bonos del Tesoro Público con cargo a pagar en plazos

determinados.

► Recursos por Transferencia: son los que le sobra como ingresos de

cada institución, las transferencias finales se compensan con los egresos..

Page 15: Introducción al derecho tributario

Presupuesto Público 2008Presupuesto Público 2008

Page 16: Introducción al derecho tributario

Presupuesto Público 2009Presupuesto Público 2009

Page 17: Introducción al derecho tributario

EGRESOEGRESO GASTOS DEL ESTADO GASTOS DEL ESTADO ► Gastos corrientes, son gastos de la burocracia estatal de

mayor o igual monto en relación con años anteriores.

► Gastos de capital, están relacionadas con la inversión que

haga el Estado. Ejm. escuelas, carreteras, puentes,

caminos, etc.

► Amortización de la deuda, si el Estado no cumple con sus

compromisos u obligaciones pierde prestigio, por ello debe

cumplirse con el pago de la deuda externa.

► Transferencias, amortización de cualquier rubro y gasto.

Page 18: Introducción al derecho tributario

ELEMENTOS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA ELEMENTOS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA

DEL ESTADODEL ESTADO

GASTO PÚBLICO.- Son aquellos gastos realizados por e Estado y que

son necesarios para satisfacer las necesidades públicas y

comprende:

►Las erogaciones públicas, que abarca todos los gastos derivados

de los servicios públicos y del servicio de la deuda pública.

►Las inversiones públicas, que incluye la totalidad de los gastos

relacionados con los incrementos patrimoniales del Estado.

Toda erogación o inversión pública supone la satisfacción de un

determinado tipo de necesidades públicas y que ellas se

materialicen en atención al interés público.

Page 19: Introducción al derecho tributario

Elementos constitutivos del gasto

público:

Según José María Martín (1), podemos caracterizar de manera

precisa al gasto público como “el empleo de riqueza realizado

por la autoridad competente del Estado, en virtud de una

autorización legal previa, destinado a la satisfacción de

necesidades públicas y, en términos generales, a la atención

del interés público.”

El gasto publico esta constituido a través de los egresos

señalados en el presupuesto publico y cada uno de ellos tiene

una estructura que representa la consolidación de los gastos

que hace el gobierno en un periodo determinado.

([1]) MARTÍN José María: Introducción a las Finanzas Públicas, Editorial Depalma, Buenos Aires, 1985.

Page 20: Introducción al derecho tributario

LOS RECURSOS DEL ESTADO Ó INGRESOS LOS RECURSOS DEL ESTADO Ó INGRESOS

PÚBLICOSPÚBLICOS

Los recursos públicos son las entradas de dinero a la Tesorería

del Estado, cualquiera que sea su naturaleza económica y

jurídica particularmente los conceptos que figuran en los

ingresos del presupuesto publico.(2)

Duberger demuestra como en algunos casos el recurso puede estar

totalmente desvinculado de la idea del gasto cuando se le asignan

finalidades intervencionistas.

El concepto de recursos públicos ha tenido una evolución histórica,

desde su origen de necesidades financieras eran cubiertas mediante

prestación de los súbditos y de los pueblos vencidos, con rentas

patrimoniales y a través de monopolios estatales.

(2) (2) Curso de Derecho Tributario, Ramón Valdés Costa, Editora Depalma - 1996Curso de Derecho Tributario, Ramón Valdés Costa, Editora Depalma - 1996

Page 21: Introducción al derecho tributario

La clasificación de los recursos públicos ha preocupado

siempre por haber diversos puntos de vista. La clasificación más

conocida sería de recursos originarios y recursos derivados,

según Giulliani Fonrouge.

► Recursos originarios

► Recursos derivados

► Ingresos ordinarios

► Ingresos extraordinarios

► Recursos patrimoniales

Los recursos de las empresas estatales, son de las empresas

públicas como una unidad económica de producción

perteneciente al Estado.

Page 22: Introducción al derecho tributario

EL RÉGIMEN ECONÓMICOEL RÉGIMEN ECONÓMICO CONTENIDO EN LA

CONSTITUCION POLITICA DEL PAIS EN SUS ARTICULOS 58º

al 65°(1).

Artículo 58°.- Economía Social de Mercado

La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de

mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y

actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud,

educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

Artículo 59°.- Libertad de trabajo, empresa, comercio e industria.

El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo

y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas

libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad

pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que

sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas

empresas en todas sus modalidades.

([1]) Constitución Política del Perú de 1993, Edición Oficial del Ministerio de Justicia, Pág. 43 al 46.

Page 23: Introducción al derecho tributario

Artículo 60°.- Pluralismo económico

El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público de manifiesta conveniencia nacional

La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.

Artículo 61°.- Libre Competencia – Prohibición de monopolios

El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios.

La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

Page 24: Introducción al derecho tributario

Artículo 62°.- Libertad de Contratar – Contratos Ley

La libertad de contratar garantiza que las partes pueden

pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del

contrato. Los términos contractuales no pueden ser

modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier

clase. Los conflictos de la relación contractual sólo se

solucionan en la vía arbitral o en la vía judicial, según los

mecanismos de protección previstos en el contrato o

contemplados en la ley.

Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer

garantías y otorgar seguridades. No pueden ser modificados

legislativamente, sin perjuicio de la protección a que se

refiere el párrafo precedente.

Page 25: Introducción al derecho tributario

Artículo 63°.- Igualdad de tato entre inversión extranjera nacional

La inversión nacional y extranjera se sujetan a las mismas condiciones.

La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si

otro país o países adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias

que perjudiquen el interés nacional, el Estado puede, en defensa de

éste, adoptar medidas análogas.

En todo contrato del Estado y de las personas de derecho público con

extranjeros domiciliados consta el sometimiento de éstos a las leyes y

órganos jurisdiccionales de la República y su renuncia a toda

reclamación diplomática. Pueden ser exceptuados de la jurisdicción

nacional los contratos de carácter financiero.

El Estado y las demás personas de derecho público pueden someter las

controversias derivadas de relación contractual a tribunales constituidos

en virtud de tratados en vigor. Pueden también someterlas a arbitraje

nacional o internacional, en la forma en que lo disponga la ley.

Page 26: Introducción al derecho tributario

Artículo 64°.- Tenencia o disposición de moneda

extranjera.

El Estado garantiza la libre tenencia y disposición de

moneda extranjera.

Artículo 65°.- Defensa del Consumidor

El Estado defiende el interés de los consumidores y

usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la

información sobre los bienes y servicios que se

encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo

vela, en particular, por la salud y la seguridad de la

población.

Page 27: Introducción al derecho tributario

OBJETIVOS DE LA ACCIÓN DEL ESTADO EN EL CAMPO OBJETIVOS DE LA ACCIÓN DEL ESTADO EN EL CAMPO

ECONÓMICOECONÓMICO Política Económica: Consiste en la aplicación de un grupo de

instrumentos para lograr determinados objetivos, en este caso

diseñar y aplicar el modelo económico.

Instrumentos

para diseñar

una Política

Económica:

Política Monetaria

Política Fiscal

Política Cambiaria

Política Comercial

Política de Ingreso

Page 28: Introducción al derecho tributario

Objetivos de la política económica y Objetivos de la política económica y

fiscalfiscal

► Estabilidad de precios

► Equilibrio fiscal

► Eficiencia en el manejo

económico, y

► Equilibrio en la balanza de pagos

► Adecuada distribución del ingreso.

Para cubrir

las

necesidades

públicas

Page 29: Introducción al derecho tributario

► Estabilidad de precios.- destinada a que los precios

no suban abruptamente y se asegure confianza en la

economía.

► El crecimiento económico.- se va dar en tanto la

ciudadanía baje sus ingresos y el Estado intervenga.

► Equilibrio en la balanza de pagos.- el control de las

exportaciones e importaciones

► Equilibrio fiscal,- esta en la política tributaria o fiscal,

su efecto debe ser neutral.

► Eficiencia en el manejo económico.- debe haber una

adecuada distribución de los ingresos.

Page 30: Introducción al derecho tributario

Los objetivos e instrumentosLos objetivos e instrumentos funcionan en sus funcionan en sus

efectos principales en tres mercados:efectos principales en tres mercados: 1. Mercado de Bienes y Servicios

2. Mercado de Capitales

3. Mercado Laboral

El Estado debe de alguna forma regular

estos mercados para que no se abuse en el

manejo económico y se emita los monopolios

que son perjudiciales para el País.

Page 31: Introducción al derecho tributario

OBJETIVOS DE LA ACCIÓN DEL ESTADO EN EL OBJETIVOS DE LA ACCIÓN DEL ESTADO EN EL

CAMPO TRIBUTARIOCAMPO TRIBUTARIO

El objetivo de la acción del Estado es la obtención de

recursos y la adecuada planificación de los gastos a cuyos

fines debe tenderse mediante la aplicación de un ordenado

Sistema Tributario.

Un sistema tributario es un conjunto de normas y principios

de carácter tributario organizados, metódicos, coherentes y

definidos en el tiempo y da seguridad jurídica. El régimen

tributario; es un conjunto de normas que tiene un objetivo

temporal y definido. Ej. La Recaudación.

Page 32: Introducción al derecho tributario

ORIGEN DE LOS TRIBUTOS CONSIDERANDO LOS MODELOS

ECONÓMICOS Y LA POLÍTICA FISCAL

Impuesto a la Renta- Persona Natural- Persona Jurídica

- Impuesto al Valor de la Propiedad Predial

- Impuesto Automotriz (bienes tangibles: muebles e inmuebles)

ORIGEN DE LOS TRIBUTOS

MODELO ECONÓMICOPOLITICA ECONOMICA

POLITICA FISCAL

RENTA PATRIMONIO CONSUMO

Impuesto General a las Ventas

Impuesto Selectivo al Consumo

Page 33: Introducción al derecho tributario

RENTAS/. 100

DISPONIBLES/. 70

CONSUMO(S/. 35)

DISPONIBLES/. 70

IMPUESTO30%

INVERSION(S/.20)

AHORRO(S/. 15)

RENTAS/. 100

DISPONIBLES/. 90

CONSUMO(S/. 50)

DISPONIBLES/. 90

IMPUESTO10%

INVERSION(S/. 25)

AHORRO(S/. 15)

Consumo Personal

R E N T A

POLITICA ECONÓMICA

POLÍTICA FISCAL

RENTA

S/. 100

APLICACIÓN DEL IMPUESTO

Page 34: Introducción al derecho tributario

La tasa progresiva mide la capacidad

contributiva.

La tasa proporcional siempre es una tasa fija.

El tributo instrumento de inducción para el

comportamiento de los contribuyentes

Patrimonios: inmuebles, departamentos propios o

alquilados, etc., estos bienes poseen las Personas

Naturales y Personas Jurídicas, están en su activo

originado por un capital inicial y con el tiempo

puede venderse o desaparecer, éstos bienes

también están afectos a tributos y van al igual al

Tesoro Público.

Page 35: Introducción al derecho tributario

EL MODELO ECONÓMICO, SISTEMA ECONÓMICO Y LA POLÍTICA

ECONÓMICA EN NUESTRO PAÍS

EL MODELO ECONÓMICO, SISTEMA ECONÓMICO Y LA POLÍTICA

ECONÓMICA EN NUESTRO PAÍS

PERSONAS JURÍDICAS

PATRIMONIO

PERSONAS NATURALES

PERSONAS JURÍDICAS

AFECTOS A TRIBUTOS

TASA IMPUESTO

RENTAS

PERSONAS NATURALES

CONSUMOS

PERSONAS NATURALES

PERSONAS JURÍDICAS

AFECTOS A TRIBUTO

AFECTOS A TRIBUTO

TASA IMPUESTO TASA IMPUESTO

TESORO PÚBLICO

Page 36: Introducción al derecho tributario

Leyes previas al Presupuesto Público:

AÑO FISCAL 2008 2009

Presupuesto Público:Fecha de Publicación:

Ley Nº 2914210/12/2007

Ley Nº 2928911/12/2008

Ley de Endeudamiento:Fecha de Publicación:

Ley Nº 2814310/12/2007

Ley Nº 2929011/12/2008

Equilibrio Financiero:Fecha de Publicación:

Ley Nº 2914410/12/2007

Ley Nº 2929111/12/2008

Page 37: Introducción al derecho tributario

► Ley del Equilibrio Financiero, establece los ingresos considerados

en cada fuente de financiamiento para atender los gastos financieros y

no financieros contenidos en la ley del Presupuesto Público del Sector

Público. Establece una serie de normas referidas a ingresos de cada

fuente para atender los gastos.

► Ley de Endeudamiento del Sector Público, determina los montos

y límites de endeudamiento interno y externo; así como regular los

aportes, contribuciones y pagos a los organismos financieros

internacionales a los cuales pertenece el Perú.

► Ley del Presupuesto del Sector Público, establece los montos de

gastos corrientes, gastos de capital y servicio de la deuda, los créditos

presupuestarios correspondientes a los pliegos que constituyen los

límites para ejecutar gastos durante el año fiscal. Planificación de la

actividad financiera del Estado. Establece las normas de los ingresos y

gastos en concordancia con la Ley Marco de la Administración

Económico-Financiera

Page 38: Introducción al derecho tributario

LÍMITES CONSTITUCIONALES DEL PODER TRIBUTARIO:LÍMITES CONSTITUCIONALES DEL PODER TRIBUTARIO:

El Poder Fiscal.- Es una manifestación de poder de

imperio del Estado. Ej. crea a la Administración Tributaria.

El Poder de Imperio del Estado.- Es la potestad en

virtud de la cual el Estado impone tributos, es la

manifestación de fuerza del Estado. Impone tributos

El Poder Estatal.- Se agota en el momento en que el

Poder Legislativo, dicta las normas sustantivas que se le

atribuyen, dictan las normas sustantivas que establecen

los supuestos objetivos y subjetivos de la obligación

tributaria.

El Poder Fiscal Originario.- Es el poder fiscal que nace

de la propia constitución y de sus principios

constitucionales. Constitución Política del Perú (Art. 74°)

Page 39: Introducción al derecho tributario

El Poder Fiscal Derivado.- Es aquello que no están

otorgados por la Constitución; sino por las Leyes dictadas por

las entidades en virtud de su propio poder fiscal originario.

Ley (rango de la Ley)

Principios tributarios:

-- Principio de Legalidad

- Principio de reserva de la Ley

- Principio de Igualdad

- Principio de no Confiscatoriedad

- Principio de defensa de los derechos fundamentales

de la persona humana .

Último párrafo del art. 74 de la Constitución.

Page 40: Introducción al derecho tributario

EE L L TT RR II BB UU TT OO

Page 41: Introducción al derecho tributario

Es un instrumento de desarrollo Es un instrumento de desarrollo del País, necesario para que el del País, necesario para que el Gobierno pueda cumplir sus Gobierno pueda cumplir sus objetivos de corto, mediano y objetivos de corto, mediano y largo plazo a través de una largo plazo a través de una política presupuestaria coherente política presupuestaria coherente y transparente.y transparente.

EE L L TT RR II BB UU TT OO

Page 42: Introducción al derecho tributario

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL

TRIBUTOTRIBUTO En las etapas más antiguas de la humanidad, no se

conocían los tributos tal como se conocen en la actualidad.

No se distinguía el patrimonio del Estado, con el

patrimonio particular del soberano o gobernante.

Los tributos que aparecieron en la antigüedad

responden a las necesidades de los Estados causados

por las guerras, obras públicas, fiestas, y otros;

mediante prestaciones de los súbditos y de los pueblos

vencidos, con rentas patrimoniales y por medio de

monopolios estatales.

Page 43: Introducción al derecho tributario

EN EL MUNDOEN EL MUNDO::

a) Edad Antigua

Es difícil determinar desde

cuándo existen los tributos

pero de los documentos

antiguos se suele tener una

base para conocer las etapas

de civilización y estilo de vida

de cada época.

b) Cultura Romana

Se inicia la diferenciación entre el

patrimonio de los gobernantes y

del Estado. Los diferentes

tributos cargados han servido

incluso como antecedente de

formas impositivas actuales.

c) Edad Media

Presencia de dos instituciones

predominantes: los señores

feudales y la Iglesia. Se distinguen

3 períodos que conforman diferentes

sistemas tributarios:

Inicio de la Edad Media: época

del feudalismo

Apogeo de la Edad Media:

economía monetaria

determinada por la afluencia de

metales preciosos.

Decadencia de la Edad

Media: fortalecimiento del

poder de las ciudades y

aparición de modernas técnicas

impositivas.

Page 44: Introducción al derecho tributario

d) Edad Moderna

En esta época predominó el

mundo rural, durante el siglo XIII

se inició una emigración del

campo a la ciudad comenzando

de esta manera la “revolución

urbana” que sería el germen de

la posterior “revolución

industrial”.

Una de las principales

conquistas de la edad moderna

fue que la creación de nuevos

impuestos requieren de la

aprobación del país, vía

Parlamento, Consejos de Estado

u otras instituciones y ya no

dependía de la voluntad

absoluta del Rey.

e) Edad contemporánea

En la actualidad subsisten los

impuestos aduaneros, los

impuestos que gravaban el

consumo, impuestos sobre la

propiedad inmueble y el

impuesto a la renta.

Page 45: Introducción al derecho tributario

EN EL PERÚEN EL PERÚ::

a) Incanato

No es posible hablar de tributo sino de trabajo. Todos tenían

obligación de trabajar de acuerdo a sus posibilidades. No estaban

obligados a realizar trabajos los enfermos, impedidos y ancianos.

b) El Virreinato

Desde un inicio se aplicaron impuestos como por ejemplo el

“quinto real”; ; el “almojarifazgo” que afectó a las importaciones.

Para sostener a la Armada del Mar del Sur, se estableció la

“alcabala” (impuesto a la venta), el “quinto real” fue impuesto

que afectaba a la minería y el “diezmo”, era un impuesto que

consistía en entregar la décima parte de los productos de la tierra

o de cualquier otro ingreso para el sostenimiento de la Iglesia.

Page 46: Introducción al derecho tributario

c) La República

Luego de la declaración de la independencia se otorgan al General San Martín facultades de imponer cargas tributarias, con el objeto de generar ingresos para el Estado que se encontraba falto de recursos,..

El principio de legalidad fue integrado al nuevo sistema tributario a partir de la Constitución Política de 1822. Se consideró facultad exclusiva del Congreso para imponer tributos.

La “época del guano” constituyó una etapa trascendental para el Estado, los cuantiosos ingresos que generaba la importación del guano trajo como consecuencia que el sistema tributario decayera hasta suprimirse las contribuciones, ya que los ingresos por imposición contributiva resultaron ínfimos. Se suprimió la “contribución del indígena”, los “diezmos eclesiásticos” y diversos impuestos de aduanas.

La República a inicios del siglo XX no contaba con un sistema coherente de tributación, por lo que es necesario resaltar la vigencia de la Ley N° 7904 que rigió hasta 1968.

El Impuesto a la Renta y los Timbres Fiscales constituyeron a los largo de 35 años la principal fuente de ingresos tributarios del país.

Page 47: Introducción al derecho tributario

CONCEPTO DE TRIBUTO

Es un recurso que el Estado obtiene por medio de su creación que nace de su poder de imperio.

En los estados modernos democráticos y de derecho, el poder tributario o estatal se ejerce a través de la Ley como expresión del poder legislativo y como norma jurídica que define exhaustivamente los supuestos objetivos y subjetivos de la pretensión del Estado y de la obligación correlativa del contribuyente.

Page 48: Introducción al derecho tributario

ELEMENTOS DEL TRIBUTO

a) Hipótesis de la Incidencia Tributaria

La hipótesis de la incidencia es una e indivisible. Es un todo

unitario que da configuración al tributo.

La hipótesis de incidencia (Geraldo Ataliba) contiene la

descripción hipotética y abstracta de un hecho. Es parte de la

norma tributaria. Es el medio por el cual se instituye un tributo.

Está creando un tributo, desde que la ley describe su hipótesis de

incidencia, asociandole a ella el mandato “pague”.

Es importante los conceptos y alcances del autor porque

establece un enfoque diferente al del autor siguiente, es decir a

Dino Jarach.

Page 49: Introducción al derecho tributario

b) Hecho Imponible Sostenida por Dino Jarach

El hecho imponible es el hecho concreto, localizado en tiempo y

espacio, que, por corresponder rigurosamente a la descripción

previa, hipotéticamente formulada por la hipótesis de incidencia,

da nacimiento a la obligación tributaria.

La hipótesis de incidencia, como una descripción legal

hipotética de los hechos aptos para determinar el nacimiento de

las obligaciones tributarias se diferencia del hecho imponible

en la concretización efectiva de los hechos descritos.

Jarach, es uno de los autores contemporáneos más notables, con

él se define el Derecho Tributario y alcanza la configuración de la

ciencia jurídica tributaria.

Page 50: Introducción al derecho tributario

DeudorTributario

SujetoPasivo - Contribuyente

Responsable Representante Sustituto

Agente de Retención

TRIBUTO

ObligaciónTributaria

NacimientoHecho Imponible

Fecha de vencimiento de la obligación tributaria

Otras Administraciones

SujetoActivo - Estado

AcreedorTributario

Fecha de exigibilidad de obligación tributaria Declaración de Pago

Fecha de Pago de la Obligación Tributaria

RELACIÓN

Declaración Jurada

Relación Jurídica establecida por el Tributo

Page 51: Introducción al derecho tributario

HECHO

IMPONIBL

E

1. Obligación

Tributaria

2. No puede

nacer

la obligación

tributaria

PAGA IMPUESTOS

EXONERACIÓN

(Cuando no pagan el

impuesto)

Inafectaciones No Sujeto al

impuesto

Page 52: Introducción al derecho tributario

Impuesto de Alcabala se cobra cuando se realiza una venta por documento privado o público.

La exoneración se da cuando nace el hecho imponible.

Con inafectación no nace el hecho imponible.

El Impuesto a la Renta el 1era. Categoría es renta de alquileres y nace la afectación tributaria cuando se alquila un inmueble, la ley dice que debe retenerse el 15% de la renta neta o el 12% de la renta bruta.

El Impuesto a la Renta en 2da. Categoría, yo recibo intereses del 7% u 8% mensual y la empresa paga y retiene el impuesto en el 15% de la renta neta.

El Impuesto a la Renta en 4ta. Categoría por un servicio es el 10% de la renta bruta

Page 53: Introducción al derecho tributario

SUJETOS OBLIGADOS

SUJETO ACTIVOEstado

SUJETO PASIVOContribuyente

Relación Tributaria

Page 54: Introducción al derecho tributario

MATERIA IMPONIBLEMATERIA IMPONIBLE

La materia imponible, son aquellos recursos

económicos a los que se aplica el impuesto y es la base

a cuyo valor se aplica la alícuota Correspondiente.

Base imponible, es el valor de la materia imponible

que sirve para determinar el impuesto resultante.

Los conceptos de materia imponible, Base Imponible y

Renta Imponible son conceptos en su significación

iguales, la utilización, es creencias diferentes.

Page 55: Introducción al derecho tributario

ALÍCUOTA O MONTO DE LA TASA DE

IMPUESTO La alícuota no integra la base imponible.

Es un término del mandamiento de la norma

tributaria, que implica la aplicación de un

porcentaje determinado por la ley.

Corrientemente, se llama tasa que es

aplicada a los conceptos antes indicados; con

esos elementos se comienza a determinar la

“deuda tributaria”.

Page 56: Introducción al derecho tributario

CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS SEGÚN EL CÓDIGO TRIBUTARIO

Está contenida en la Norma II del Título Preliminar del Código Tributario,

Decreto Legislativo N° 816.

NORMA II: AMBITO DE APLICACIÓN

Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Para estos

efectos, el término genérico tributo comprende:

►Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación

directa a favor del contribuyente por parte del Estado.

►Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador

beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades

estatales.

►Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación

efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.

No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.

Page 57: Introducción al derecho tributario

Las Tasas, entre otras, pueden ser:

Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o

mantenimiento de un servicio público.

Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un

servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de

bienes públicos.

Licencias: son tasas que gravan la obtención de

autorizaciones específicas para la realización de actividades

de provecho particular sujetas a control o fiscalización.”

Page 58: Introducción al derecho tributario

CLASIFICACIÓN TRIPARTITA

Existen diferentes clasificaciones de los tributos, la clasificación predominante

es la tripartita (impuestos, tasas y contribuciones especiales).

Impuesto.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una

situación independiente de toda actividad estatal relativa al

contribuyente. Su cumplimiento no origina una contraprestación directa a

favor del contribuyente por parte del Estado.

Contribución.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador

beneficios derivados de la realización de obras públicas, prestaciones

sociales y demás actividades del Estado.

Tasa.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador de la

prestación efectiva o potencial de un servicio en régimen de derecho

público, individualizado en el contribuyente.

Page 59: Introducción al derecho tributario

Otras clasificaciones

DIRECTOS E INDIRECTOS: Directos, son aquellos que no pueden

trasladarse, cuando se extrae el tributo en forma inmediata del patrimonio o rédito, tomado como expresión de la capacidad contributiva.

Indirectos, son aquellos que pueden trasladarse, gravan el gasto o el consumo no gravan la riqueza en si, sino en cuanto a su utilización que hace presumir capacidad contributiva.

REALES Y PERSONALES: Personales: Son aquellos que tienen en

cuenta la situación especial del contribuyente, valorando todos los elementos que integran el concepto de su capacidad contributiva.

Reales: consideran exclusivamente la riqueza gravada con prescindencia de la situación personal del contribuyente.

Page 60: Introducción al derecho tributario

Derecho Derecho TributarioTributario

Como herramienta e instrumento Como herramienta e instrumento de política del Estado es de política del Estado es

importante una adecuada importante una adecuada aplicación para lograr el desarrollo aplicación para lograr el desarrollo

económico del país.económico del país.

Page 61: Introducción al derecho tributario

DEFINICIÓNDEFINICIÓN

El Derecho Tributario estudia el conjunto de normas

y principios que abarca toda la actividad

financiera del Estado referida a los tributos.

Los tributos se generan por la actividad financiera del

Estado, es decir, por las Finanzas Públicas; por eso es

que, surge el Derecho Tributario como el conjunto de

normas y principios que abarca todas estas actividades.

En conclusión el Derecho tributario es sólo una parte del

Derecho Financiero.

Page 62: Introducción al derecho tributario

*El origen de los tributos son: las Rentas, los

Patrimonios y los Consumos.

Se debe tener en cuenta el Sistema Económico o

Modelo Económico de un País y de acuerdo a ello se

generarán los tributos existentes en el país.

Es importante que exista el Modelo Económico, la

Política Económica definida y la Política Fiscal, que

sea duradera y no cambiante, así dará seguridad

jurídica al Sistema.

Page 63: Introducción al derecho tributario

AUTONOMÍA DEL DERECHO TRIBUTARIOAUTONOMÍA DEL DERECHO TRIBUTARIO

El Poder Fiscal es una manifestación de poder de

imperio del Estado.

El Estado impone tributos como manifestación de

fuerza del mismo; sin embargo, en la actualidad la

Constitución coloca limitaciones a dicho poder

sujetándolo al ordenamiento jurídico; es por ello

que, la Constitución contiene los principios

fundamentales en materia tributaria.

Page 64: Introducción al derecho tributario

El poder del Estado, o la autonomía del mismo,

termina en el momento que el Poder Legislativo

legisla, de acuerdo con los principios constitucionales

que se le atribuyen dicta las normas sustantivas que

establecen los diversos objetivos y subjetivos de la

obligación tributaria.

Es en ese momento, que no existe más relación de

poder, sino más bien una relación jurídica de carácter

obligacional, y relaciones administrativas y

procesales, reafirmando la voluntad de la Ley.

Page 65: Introducción al derecho tributario

El Derecho Tributario Constitucional, es el

conjunto de normas y principios

constitucionales que delimitan el poder fiscal

del Estado, distribuyendo las facultades y

estableciendo los diferentes niveles de

organización estatal y los límites a su ejercicio,

sea en forma directa o indirecta, respetando los

principios y garantías de derechos que la

Constitución protege.

RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO

Page 66: Introducción al derecho tributario

*El Derecho Tributario Constitucional, no solamente

delimita el poder estatal sino que distribuye las facultades que

emanan de la Constitución en la organización estatal, hoy en

los tres niveles de tributación constitucional: la estatal, la

regional y la local; el conjunto de éstas normas fundamentales

se denomina Derecho Tributario Constitucional.

El Derecho Tributario Constitucional hoy aparte de lo indicado

no sólo sirve como guía o norma a respetar; sino que sus

sentencias son vinculantes con el Derecho positivo y en

muchos casos, establece las normas en forma directa.

Page 67: Introducción al derecho tributario

*Derecho Tributario Sustantivo o Material

Es el conjunto de normas que define las obligaciones tributarias

cuyo objeto es la prestación del tributo y las obligaciones

Está referido al Derecho de las obligaciones tributarias

enmarcado dentro de las obligaciones del Derecho Privado

*El Derecho Tributario Formal o Administrativo

Es el conjunto de normas y principios que rigen la actividad de

la administración pública con referencia a los tributos. Su

objetivo es la recaudación, ello abarca el cobrar o percibir

tributos y la de hacer valer la pretensión tributaria que surge

del Derecho Tributario.

Page 68: Introducción al derecho tributario

*El Derecho Tributario Penal

Es el conjunto de normas que rigen las infracciones y las

violaciones de las obligaciones, tanto del Derecho Sustantivo

como del Derecho Tributario Administrativo.

El Derecho Tributario Procesal

Es el conjunto de normas y principios que gobierna los procesos

entre los sujetos activos y pasivos de las relaciones jurídico-

tributarias. El Derecho Tributario Procesal pertenece como rama

científica al Derecho Procesal.

El Derecho Tributario Ínter-estadual

Va surgir en la medida en que se promueva la descentralización

regional y la existencia de tributos a nivel de las regiones y de

los gobiernos locales.

Page 69: Introducción al derecho tributario

*El Derecho Tributario Internacional

Se da a través de los tratados y acuerdos concertados entre

estados soberanos, con el objetivo de combatir la evasión fiscal

a nivel internacional.

En el proceso de Globalización de la Economía el Derecho

Tributario Internacional regula jurídicamente las relaciones

económicas a nivel sectorial, latinoamericano y a nivel mundial.

Page 70: Introducción al derecho tributario

EL DERECHO TRIBUTARIO Y EL DERECHO FINANCIERO

El estudio del fenómeno tributario en el fondo es el

objeto de la Ciencia de las Finanzas y enfoca,

especialmente el aspecto político-económico del tributo

y, de otro lado, el fenómeno financiero.

En el debate doctrinario si es el Derecho Tributario o el

Derecho Financiero primero, considero que son los dos

elementos sustanciales que se conjugan y dan como

consecuencia la obligación tributaria partiendo del

hecho económico o transacción económica.

Page 71: Introducción al derecho tributario

RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHORELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO

De lo expuesto anteriormente con relación a las distintas

ramas del derecho tributario se observa de por sí las

vinculaciones de esta materia con el derecho; tal es así

con el derecho tributario constitucional; el derecho

tributario administrativo referido al derecho

administrativo; en consecuencia, cada una de estas

ramas se vinculan con los principios e instituciones de la

materia jurídica a la cual pertenecen.

Las relaciones vinculantes en el Derecho es a los efectos

de contribuir en una mejor aplicación del Derecho

Tributario.

Page 72: Introducción al derecho tributario

El derecho privado tiene, igualmente, la obligación con el

derecho de las obligaciones tributarias o el derecho tributario

sustancial o material por las siguientes razones:

1. La estructura de las obligaciones del derecho tributario es similar a la estructura de las obligaciones del derecho privado. Conceptos jurídicos de divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones, principales o accesorias, modos de extinción de las obligaciones son comunes al derecho privado o al derecho tributario.

2. De otro lado, el derecho tributario considera como supuestos de

hecho que dan origen a las obligaciones fiscales, a los fenómenos

de la vida económica-social que están regidos por el derecho

privado, originando problemas jurídicos difíciles como las

significaciones de las normas y conceptos del derecho privado

para la determinación de los conceptos de la materia tributaria.

Page 73: Introducción al derecho tributario

CODIFICACIÓN DEL DERECHO TRIBUTARIO

La codificación del derecho tributario está dirigida a establecer normas de

principios generales aplicables a todos los tributos de modo que en ella se

pueda considerar parte del derecho tributario sustantivo y material.

En el caso del Perú, el Código Tributario que tenemos se tiene su origen

en el Código Tributario dictado en 1966, a inspiración del Código Modelo

para América Latina elaborado por OEA/BID, el mismo que ha perdurado

durante 30 años, con algunas modificaciones no estructurales hasta 1996.

Fue un código técnico y debidamente estructurado; sin embargo, el

Decreto Legislativo N° 816, dictado en 1996, rompió la estructura técnica

del referido código y estableció un nuevo código con carácter

eminentemente recaudatorio.

Page 74: Introducción al derecho tributario

DERECHO TRIBUTARIO SUSTANCIAL DERECHO TRIBUTARIO SUSTANCIAL O MATERIALO MATERIAL

El Derecho Tributario Material o Sustantivo es el

derecho de las obligaciones tributarias, entendiendo

por obligaciones tanto la relación jurídica cuyo objeto

es la prestación del tributo, como las demás relaciones

cuyo contenido consiste en prestaciones accesorias,

como asimismo la relación contraria a la obligación

tributaria, que surge del pago indebido, en el cual el

Estado es el sujeto pasivo y el particular el sujeto

activo.

Page 75: Introducción al derecho tributario

ALCANCES:ALCANCES:

Estudia la doctrina jurisprudencia en

concordancia con las normas positivas de

carácter tributario..

Establece todas las normas de orden legal Establece todas las normas de orden legal

emanadas del Poder Legislativo y en ocasiones emanadas del Poder Legislativo y en ocasiones

mediante Decreto Legislativo cuando el Poder mediante Decreto Legislativo cuando el Poder

Legislativo le concede facultades al Poder Legislativo le concede facultades al Poder

Ejecutivo para emitir normas tributarias.Ejecutivo para emitir normas tributarias.

Page 76: Introducción al derecho tributario

NATURALEZA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS

Las Normas Tributarias son de naturaleza económica

– jurídica y pertenecen al derecho de las obligaciones

derivadas del Derecho Privado; concretándose con la

realización de las transacciones económicas y su

correspondiente incidencia tributaria, es decir, en la

determinación de las obligaciones jurídicas tributarias

y la determinación de la renta imponible de cada

tributo.

Page 77: Introducción al derecho tributario

VIGENCIA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS

La vigencia de las normas tributarias en el espacio

implica, en principio, la Retroactividad Fiscal. Es decir,

la determinación del tiempo a partir del cual son

obligatorias las normas tributarias; no ofrece, en

principio, mayor problema por que cada ley expresa la

fecha de su entrada en vigencia. Si se omite la fecha

de entrada en vigencia el Código Tributario establece

que será vigente a partir del día siguiente de su

publicación oficial.

Page 78: Introducción al derecho tributario

La realización del hecho imponible definitivamente

crea un derecho adquirido en el contribuyente, el

derecho de estar sometido al régimen tributario

vigente al momento en que se realizó ese hecho

imponible. El hecho imponible puede ser:

a) De verificación instantánea.- en este caso la

aplicación de la ley tributaria no presenta problemas.

b) De verificación periódica.- cuando el hecho

imponible es la resultante de un conjunto de actos

jurídicos o económicos que se desarrollan en el tiempo..

Page 79: Introducción al derecho tributario

LA APLICACIÓN DE LA LEY TRIBUTARIA EN EL ESPACIO

Está relacionada con el principio de

soberanía, en tanto que cada Estado tiene

facultades para gravar todas las situaciones

imponibles situadas bajo su poder de imperio,

es decir, el poder de imperio se ejerce dentro

de los límites territoriales sometidos a la

soberanía del Estado.

Page 80: Introducción al derecho tributario

El modelo del Código Tributario para América Latina

establece que:

*Las normas tributarias tienen vigencia en el ámbito

espacial sometida a la potestad del órgano

competente para crearlas.

Este principio puede ser modificado mediante:

convenios relacionados con el hecho de evitar la

doble imposición y, de otro lado, aplicar el principio

de soberanía por el Estado al gravar a sus nacionales,

residentes o domiciliados por las riquezas fuera del

territorio del país.

Page 81: Introducción al derecho tributario

ALCANCES DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS EN

EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

El Tributo es la prestación que el Estado exige unilateralmente a sus súbditos para cubrir sus gastos generales.

Los tributos; son aquellos perennes en el tiempo que le dan una base de seguridad jurídica al derecho. Los tributos en su acepción general son aquellos creados en uso de la potestad tributaria del Estado, es elemento fundamental en todo sistema tributario. La clasificación de los tributos son: impuestos, contribuciones, tasas, licencias, derechos.

Impuestos; es la imposición de parte del Estado en uso de su poder de imperio o potestad tributaria del cobro de determinados impuesto sin mayor explicación o aparente contraprestación. El impuesto responde a la potestad tributaria. Es un tributo de no contraprestación directa.

Page 82: Introducción al derecho tributario

Contribución, se establece cuando existe una

contraprestación determinada y de carácter general

para la realización de una obra pública o actividad

estatal.

Tasa, es un tributo con una contraprestación

individualizada, beneficia solo al individuo que recibe

esta tasa (derechos, licencias, arbitrios).

Aportaciones, siempre ha tenido una ley especial el

llamado ESSALUD, ONP. Desde el punto de vista

jurídico estos aportes son impuestos tributarios en

tanto yo gane un sueldo me van a descontar ya ser

por salud o pensiones, no es un tributo sino una

aportación de naturaleza especial.

Page 83: Introducción al derecho tributario

La ley en materia tributaria debe ser simple para que los

contribuyentes cumplan voluntariamente con pagar sus tributos.

Es Estados Unidos quien ha avanzado en el desarrollo los

sistemas tributarios tratándolos de uniformizar para

compatibilizar una relación estrecha entre las economías

latinoamericanas y la de EE.UU. a fin de llegar a formular un

sistema tributario armónico y uniforme para América Latina.

Fue un peruano, Dr. Enrique Vidal Cárdenas, quien en

1965 participó en la comisión del Código Tributario modelo

OEA/BID para América Latina.

El Código Tributario Peruano fue creado en 1966 y duró

hasta 1992, fue bien inspirado técnicamente.

Page 84: Introducción al derecho tributario

Sólo se modificaba el Libro IV “Infracciones y

Sanciones”, con porcentaje de tasas moratorias que subían y

bajaban las multas, pero en su contenido total no hubo

cambios, se decía que fue un Código bien estructurado

técnicamente.

En 1992 se dicta el Decreto Ley N° 25859, el cual modificó

la estructura del Código introduciéndose la discrecionalidad, las

presunciones y otras modificaciones que distorsionaron la

Estructura original y técnica que tenia el Código Tributario,

convirtiéndolo en un instrumento de recaudación

fundamentalmente.

Page 85: Introducción al derecho tributario

El Código Tributario tiene 4 discrecionalidades que le

hacen perder seriedad. Son:

► Discrecionalidad en al manejo de las retenciones de impuestos.

► Discrecionalidad en la fiscalización.

► Discrecionalidad en la aplicación de sanciones.

► Discrecionalidad en las denuncias por delitos tributarios.

La discrecionalidad es cuando la Administración Tributaria fiscaliza a un

contribuyente y tiene la libertad para cualquier actitud, esto ha hecho

que se comentan abusos en las llamadas retenciones, fiscalizaciones,

sanciones y en las denuncias por delito tributario, esto es lo más negativo

que existe en el Código Tributario.

Page 86: Introducción al derecho tributario

LEY TRIBUTARIA

Se ubica en el ámbito de las atribuciones financieras

del Estado; en base a su poder de estado o soberanía

fiscal y dentro de las condiciones fijadas por la

Constitución Política del Estado.

La Ley tributaria como norma positiva debe respetar

los principios constitucionales en dación del Poder

Ejecutivo o Legislativo a fin de evitar su inaplicación

al violar los principios.

Page 87: Introducción al derecho tributario

Características.-

a) Materialidad, porque tiene un contenido y alcance determinado

que coincide con el interés del Estado y del contribuyente.

b) Formalidad, porque al igual que la dación de cualquier otra Ley

tiene que ser expedida por un órgano competente y de acuerdo

con las formalidades preestablecidas.

c) Contiene una condición hipotética, porque prevé una

circunstancia fáctica, esto es una hipótesis de realización por parte

del sujeto pasivo que va generar el nacimiento de la obligación.

d) Contiene una condición suspensiva, hasta que la hipótesis

prevista en la ley no se verifique en el plano real, sus efectos se

mantendrán en suspenso.

Page 88: Introducción al derecho tributario

e) Mantiene una estructura, la norma jurídico-tributaria se

encuentra siempre estructurada de la siguiente manera:

Hipótesis de Incidencia

Tributaria o Hecho

Imponible

Hecho Económico ó

Hecho Generador

Nacimiento de la Obligación

Tributaria

Page 89: Introducción al derecho tributario

Características especiales:

a) Pertenece al Derecho Público, porque siendo el Derecho Tributario una rama del Derecho Público resulta obvio que la ley tributaria pertenezca a este sector del derecho, porque es el Estado el único organismo facultado para crear tributos.

b) Tiene una penalidad específica, la ley tributaria tiene como característica importante su obligatoriedad pues si el sujeto pasivo incumple con su obligación tributaria, el Estado mediante su organismo competente podrá accionar coactivamente contra el obligado con el objeto de hacer efectiva la deuda tributaria.

Page 90: Introducción al derecho tributario

a) Elementos de carácter declarativo

Son elementos de carácter declarativo

los que se refieren a elementos

esenciales del tributo que deberán

determinar como elementos

constitucionales de la obligación

señalando objeto, sujeto pasivo y

circunstancia en que se manifiesta el

hecho jurídico al cual la ley condiciona el

nacimiento del vínculo tributario.

b) Elementos de carácter ejecutivo

Según Rodríguez Lobato son aquellos

elementos que impelen al contribuyente

a actuar en determinado sentido,

impulsan la voluntad de los causantes

para que obren en determinado sentido,

si se resisten reciben perjuicio.

ELEMENTOS DE LA

LEY TRIBUTARIA

Page 91: Introducción al derecho tributario

INTERPRETACIÓN DE LA LEY TRIBUTARIAClases de interpretación:

Interpretación oficial o particular.- es lo que

efectúa una autoridad competente como acto

jurídico. Estas la efectúan los juristas académicos y

abogados litigantes.

Interpretación doctrinal y jurisprudencial

(científica).- la que hacen los juristas particulares

antes de obrar.

►Doctrinal, juristas particulares.

►Jurisprudencial, decisiones de actividades

públicas (tribunales).

Page 92: Introducción al derecho tributario

Interpretación auténtica, doctrinal y usual: La auténtica.- es la que hace la propia autoridad que

emitió la norma o el alto objeto de interpretación.

La doctrinal.- es la de dos jurisconsultos particulares.

La usual.- la de los tribunales de justicia al dividir casos

especiales.

La interpretación textual, restrictiva y extensiva:

La textual.- se ciñe a la letra o norma.

La restrictiva.- se entiende la norma en su sentido más

restringido y limitativo (el intérprete)

La extensiva.- es cuando se aplica la norma en sentido

amplio (mas allá de lo que la norma puede estar

diciendo).

Page 93: Introducción al derecho tributario

LA HERMENÉUTICA Y LA INTERPRETACIÓN

Hermenéutica.- significa interpretar, explicar.

Hermenéutica jurídica, es una disciplina cuyo objeto es el estudio y la

sistematización de los principios y los métodos de interpretación.

La interpretación.- disuelve y fija los principios que rija la interpretación

La interpretación de acuerdo con el “espíritu” en oposición con la

interpretación literal de palabras, ninguno de estos métodos puede

pretender preferencia a menos que la propia ley haya precisado uno u otro.

Interpretación económica; es una operación económica y jurídica del

tratamiento tributario de pago S/. XX de un tributo.

Page 94: Introducción al derecho tributario

SISTEMA TRIBUTARIO NACIONALSISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

El Sistema Tributario nacional está conformado por:

I. Constitución Política del Perú

II. Ley Marco del Sistema Tributario Nacional D.L. N° 771

III. El Código Tributario

IV. Leyes tributarias sustantivos de aplicación a todos los tributos

internos, externos y otras contribuciones, las disposiciones

municipales.

V. Ley Penal Tributaria – D.L. N° 813

VI. Ley de Reducción y Exclusión de Penas – D.L. N° 815

VII. Ley de Lavados y Activos Nº 27765.

Page 95: Introducción al derecho tributario

I. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

a) Normas Legales vinculadas en la Constitución Política del Perú en materia

tributaria

b) Facultades de delegación y los decretos legislativos.

c) Niveles de la Tributación :

- Gobierno Central

- Congreso de la República

- Gobiernos Regionales

- Gobierno Locales – Municipales

d) Los Principios Constitucionales en materia tributaria

- Principio de Legalidad

- Principio de Igualdad “Nacimiento del hecho imponible”

- Principio de no Confiscatoriedad “Impuesto”

- Respeto a los derechos fundamentales de la persona humana

e) Último párrafo del art. 74º de la Constitución.

Page 96: Introducción al derecho tributario

II.II. LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL D.L. N° 771NACIONAL D.L. N° 771

El Decreto Legislativo N° 771 (31.12.1993), estableció el

marco legal del Sistema Tributario Nacional vigente que

se encuentra comprendido por:

Código Tributario

Leyes tributarias

Normas sobre el contrato de Estabilidad Tributaria

La Ley Marco nunca fue modificada hasta la fecha, ni

creando impuestos, ni derogando, se quedó sólo

como Ley Marco.

Page 97: Introducción al derecho tributario

III.CÓDIGO TRIBUTARIO:

Título Preliminar:

Libro Primero : La Obligación Tributaria

Libro Segundo : La Administración Tributaria

y los Administrados

Libro Tercero : Procedimientos Tributarios

Libro Cuarto : Infracciones, Sanciones y

Delitos

Page 98: Introducción al derecho tributario

IV. LEYES TRIBUTARIAS:

TRIBUTOS PARA EL GOBIERNO CENTRAL:

a. Impuesto a la Renta: Es aquél que se aplica a las rentas que

provienen del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta

de ambos.

b. Impuesto General a las Ventas: Es el impuesto que se aplica

en las operaciones de venta e importación de bienes, así

como en la prestación de distintos servicios comerciales, en

los contratos de construcción o en la primera venta de

inmuebles.

c. Impuesto Selectivo al Consumo: Es el impuesto que se aplica

sólo a la producción o importación de determinados productos

como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles,

etc.

Page 99: Introducción al derecho tributario

d. Impuesto a las Transacciones Financieras: Es un impuesto que

grava las operaciones en moneda nacional o extranjera y sirve para

que la Administración Tributaria obtenga información respecto de

las operaciones económicas realizadas por los contribuyentes.

e. Derechos Arancelarios o Ad Valorem: Son los derechos aplicados al

valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el

arancel de aduanas.

f. Nuevo Régimen Único Simplificado: Es un régimen simple que

establece un pago único por el Impuesto a la Renta y el Impuesto

General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promoción

Municipal). A él pueden acogerse únicamente las personas

naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen

actividades generadoras de rentas de tercera categoría (bodegas,

ferreterías, bazares, puestos de mercado, etc.) y cumplan los

requisitos y condiciones establecidas.

Page 100: Introducción al derecho tributario

g. Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez

Desamparada: Son sujetos de este impuesto las personas

que soliciten la expedición o revalidación de pasaportes.

h. Impuesto Temporal a los Activos Netos: Grava los activos

netos de los sujetos generadores de renta de tercera

categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la

Renta.

i. Tasas por la Prestación de Servicios Públicos: entre las

cuales de consideran los derechos por tramitación de

procedimientos administrativos.

Page 101: Introducción al derecho tributario

TRIBUTOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES: (Ley de

Tributación Municipal D.L. 776 (31.12.1993) 1. Impuestos administrados por Gobiernos Locales:

a. Impuesto Predial; D.Leg. 776,

b. Impuesto de Alcabala: D. Leg. 776

c. Impuesto al Patrimonio Vehicular: D.L. 776, D.S. N° 22-

94-EF

d. Impuesto a las Apuestas: D.L. 776, D.S. N° 21-94-EF

e. Impuestos a los Juegos: D.L. 812 (20.04.1996)

f. Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos:

D.L. 776. Ley 27675

Page 102: Introducción al derecho tributario

2. Tributos creados por Municipios: D.Leg. 776, Ley N° 26725

a. Contribución Especial por obras públicas

b. Tasas.

3. Tributos Nacionales creados en favor de las Municipalidades

a. Impuesto de Promoción Municipal. D.Leg. 776

b. Impuesto a la Gasolina y al Rodaje. D.Leg. 776, D. Leg.

N° 8 y D.S. N° 009-92-EF

c. Participación en Rentas de Aduanas. D.Leg. 776

d. Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. D.Leg. 776 y

D.S. N° 001-96-EF.

e. Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas

Tragamonedas. Ley N° 27153, D.S. N° 009-2002-MINCETUR

Page 103: Introducción al derecho tributario

4. Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN constituido

por:

a. Rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal.

b. Rendimiento del Impuesto al Rodaje.

c. Impuesto a las Embarcaciones de Recreo.

TRIBUTOS PARA OTROS FINES:

1. Contribución al Seguro Social – ESSALUD:

2. Contribución al Sistema Nacional de Pensiones

3. Aporte al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

4. Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Trabajo

Industrial – SENATI:

5. Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la

Industria de la Construcción – SENCICO

6. Contribución CONAFOVICER

Page 104: Introducción al derecho tributario

3. CONTRATOS DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA::

Son Contratos Ley a través de los cuales el Estado se compromete a respetar las garantías señaladas en dichos convenios absteniéndose de utilizar su “jus imperium”.

Los convenios de estabilidad son utilizados por el Estado para fomentar la inversión privada;

Permite gozar por un tiempo determinado (generalmente 10 años) de la estabilidad en las normas tributarias ya que el efecto de la estabilidad comienza a operar desde el momento en que se modifiquen las normas estabilizadas

Se aplica a los tributos vigentes al momento de firmar el contrato Las empresas deben cumplir con el plan de inversión en la propia

empresa como exigencia del Estado. PROINVERSIÓN (antes CONITE) es la encargada de registrar las

empresas que cuentan con convenios de estabilidad jurídica.

Page 105: Introducción al derecho tributario

III.III. LEY PENAL TRIBUTARIA – D. LEG. N° 813LEY PENAL TRIBUTARIA – D. LEG. N° 813 *Modificado por Ley N° 27038 y D. Leg. N° 957.

Cuando el contribuyente (persona natural o jurídica) engaña,

comete dolo premeditadamente o no cumple con su obligación

tributaria.

IV. LEY DE REDUCCIÓN Y EXCLUSIÓN DE PENAS – D.LEG. IV. LEY DE REDUCCIÓN Y EXCLUSIÓN DE PENAS – D.LEG.

N° 815N° 815::

*Modificado por Ley N° 27038.

V. LEY DE LAVADO DE ACTIVOS FIJOS Nº 27765.V. LEY DE LAVADO DE ACTIVOS FIJOS Nº 27765.

*Modificado por Decreto Legislativo N° 986.