Intro ley 16.744

50
LEGISLACION APLICADA A LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Felipe Otárola Rojas

description

Introducción a ley 16.744

Transcript of Intro ley 16.744

Page 1: Intro ley 16.744

LEGISLACION APLICADA A LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Felipe Otárola Rojas

Page 2: Intro ley 16.744

Competencias

DISEÑAR PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO, SEGÚN POLÍTICA DE LA ORGANIZACIÓN Y NORMATIVA VIGENTE.

Page 3: Intro ley 16.744

Unidades de Aprendizaje

(1) TRABAJO SEGURO DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN:

Describe la normativa legal sobre el Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en una organización.

Define los fundamentos y objetivos de la legislación que regula la prevención de riesgos en una organización.

Resuelve casos de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional, en una organización, de acuerdo a la normativa vigente.

Page 4: Intro ley 16.744

EVALUACIÓN DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE

Evidencia 1.1 (20%): Conocimientos fundamentales. (semana 6)

Evidencia 1.2 l(20%): Producto.

El estudiante deberá analizar un caso relacionado sobre la Prevención de Riesgo y Salud Ocupacional en una organización, en el cual deberá aplicar las normativas legales vigentes para estos efectos. Es así que, el estudiante, deberá evidenciar los siguientes puntos:

Resolución de problemas de interpretación de las leyes de la Seguridad Social.

Argumentar su posición frente al caso presentado, según la jerarquía de las normas y su relación sistémica.

Analizar según el enfoque de Responsabilidad Patronal y el enfoque actual de la Inversión en Prevención, el cómo se ha de resolver la problemática presentada.

Page 5: Intro ley 16.744

Unidades de Aprendizaje

(2) PROTOCOLOS DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Reconoce condiciones sanitarias básicas en los lugares de trabajo dentro de la organización según normativa vigente.

Propone protocolos de procedimientos de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional, en una organización, según la normativa vigente

Page 6: Intro ley 16.744

EVALUACIÓN DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE

Evidencia 2.1 (30%): Prueba Escrita, en donde los estudiantes deberán evidenciar el conocimiento sobre el marco legal y regulatorio abordado en la unidad, en ítems de desarrollo y selección múltiple.

Evidencia 2.2 (30%): Producto por encargo, en el cual el estudiante deberá evidenciar el manejo a cabalidad de la normativa legal vigente, aplicada a la Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional en una organización, según un caso específico. Para esto deberá desarrollar los siguientes aspectos:

Construcción de parámetros de acción según el Código Sanitario, Ley 16.744°, D.S. 54°, D.S. 594°, D.S. 76° y D.S. 67°.

Control sobre los usos de límites permisibles en los ambientes de trabajo de la organización.

Análisis cualitativo y cuantitativo sobre las estadísticas emanadas desde la información levantada desde la empresa y la interpretación en relación con las consecuencias legales fijadas por ley sobre rebaja, exención y alza de cotización adicional diferenciada.

Page 7: Intro ley 16.744

EVALUACIÓN FINAL DE LA ASIGNATURA

1.1. Entrega de encargo sin presentación: ESTUDIO DE CASO.

Fase 1: En la semana 7 el docente entregará el caso de la Unidad 1 a los estudiantes, en la semana 10 los estudiantes entregarán el encargo al docente y este retroalimentará a los alumnos en la semana 12.

Fase 2: En la segunda unidad, el docente entregará durante la semana 12 las indicaciones de la segunda fase del análisis del caso en estudio, luego los estudiantes entregarán el encargo durante la semana 14 y serán retroalimentados por el docente en la semana 16.

Fase 3: En la semana 17 se realizará la entrega final del estudio de caso, con las mejoras incorporadas respecto a la retroalimentación del docente.

El trabajo deberá ser entregado al docente en formato impreso y con respaldo digital, según las fechas estipuladas anteriormente.

Page 8: Intro ley 16.744

Unidad 1 LEY N° 16.744

Page 9: Intro ley 16.744

OBJETIVOS GENERALES

Conocer las bases legales de la protección,contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Page 10: Intro ley 16.744

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Conocer qué es el Seguro Social, contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Ley Nº16.744.

Saber qué riesgos cubre y a quiénes beneficia el seguro.

Conocer las prestaciones que otorga la ley.

Conocer la administración del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Promover, a través de preguntas, el análisis y aplicación de la ley en casos específicos.

Page 11: Intro ley 16.744

Introducción a la ley

Descripción del Seguro Social de la Ley Nº 16.744.

Síntesis de la evolución histórica, de la protección contra riesgos laborales en Chile.

Características del Seguro Social de la Ley Nº 16.744.

Page 12: Intro ley 16.744

SÍNTESIS DE LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS LABORALES EN CHILE TEORÍA DEL RIESGO PROFESIONAL (ANTES DE 1968)

Page 13: Intro ley 16.744

Al principio, primaba la Teoría del Riesgo Profesional, según la cual los empleadores eran responsables de los riesgos profesionales por el sólo hecho de haberlos generado, al crear una empresa o actividad.

Cumplían esta obligación:

Respondiendo directamente.

Pagando prima en la Caja de Accidentes del Trabajo o en compañías de seguros privados.

Page 14: Intro ley 16.744

OAL Nacen con la finalidad de colaborar, en la prevención

de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y la recuperación de los trabajadores, víctimas de un siniestro laboral.

Page 15: Intro ley 16.744

ACHS 1958.- Nace la Asociación Chilena de Seguridad,

corporación de Derecho Privado sin fines de lucro, fundada con el patrocinio de empresarios privados, agrupados en la Sociedad de Fomento Fabril y la Asociación de Industriales Metalúrgicos.

Page 16: Intro ley 16.744

IST Con la misma intención, también en 1958, con el

patrocinio de la Asociación de Industriales de Valparaíso y Aconcagua, se creó el Instituto de Seguridad del Trabajo.

Page 17: Intro ley 16.744

MUTUAL Cchc

1963: Por iniciativa de los empresarios de la construcción, se creó la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción.

Page 18: Intro ley 16.744

TEORÍA DEL RIESGO SOCIAL

1968.- A contar del 1º de mayo de 1968 entra en vigencia, la Ley Nº 16.744, de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Page 19: Intro ley 16.744

La Ley Nº 16.744 constituye un pilar fundamental, en la normativa de seguridad social porque garantiza la obtención de una serie de prestaciones económicas y médicas, que persiguen su rehabilitación física y le aseguran sustento material, en la eventualidad de sufrir un accidente laboral o verse afectado por una enfermedad profesional.

Page 20: Intro ley 16.744

Esta ley asume la Teoría del Riesgo Social, en virtud de la cual los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, se consideran riesgos sociales, es decir, quedan inmersas en la Seguridad Social, la que debe entregar las prestaciones necesarias para cubrir los estados de necesidad causados por los siniestros laborales.

Page 21: Intro ley 16.744

Ya no es el empleador, que en forma directa ni a través de una compañía de seguros, quien debe responder por estos riesgos, sino que en definitiva es toda la comunidad por medio del Sistema de Seguridad Social.

Page 22: Intro ley 16.744

CARACTERÍSTICAS DEL SEGURO SOCIAL DE LA LEY Nº 16.744

Page 23: Intro ley 16.744

CARACTERÍSTICAS DEL SEGURO SOCIAL DE LA LEY Nº 16.744

Page 24: Intro ley 16.744

Es obligatorio, e irrenunciable para el trabajador.

La afiliación es automática, es decir, opera desde que el trabajador empieza a trabajar.

Cubre todos los riesgos laborales.

Entrega cobertura integral, ya que es preventivo, curativo y rehabilitador.

Se aplica el principio de automaticidad de las prestaciones, pues se otorgan aunque el empleador adeude cotizaciones.

Page 25: Intro ley 16.744

En cuanto a la administración de este seguro social, la Ley Nº16.744 autoriza la coexistencia de una gestión operativa por entidades fiscales y privadas.

Si el empleador no está afiliado a una Mutualidad, se entiende que adscribe al sistema de gestión pública, debiendo pagar las cotizaciones en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

Page 26: Intro ley 16.744

¿EL SEGURO SOCIAL DE LA LEY Nº16.744, TIENE UN PERIODO DE CARENCIA, ES DECIR, EN QUE EL TRABAJADOR QUEDE SIN COBERTURA?

Page 27: Intro ley 16.744

No, los trabajadores quedan cubiertos por este Seguro Social desde el momento en que se inicia la vigencia de su contrato de trabajo, y esto aunque su empleador no pague las cotizaciones respectivas o las pague con retraso.

Page 28: Intro ley 16.744

ORGANISMOS ADMINISTRADORES

La gestión operativa de este Seguro Social está entregada al Estado y a entidades del sector privado.

Page 29: Intro ley 16.744

OBJETIVOS DE LA LEY

Page 30: Intro ley 16.744

PERSONAS PROTEGIDAS

Page 31: Intro ley 16.744

Todos los trabajadores dependientes o por cuenta ajena, tanto del sector privado como los del sector público.

Estos últimos fueron incorporados a la cobertura del Seguro Social en el año 1995, por la Ley Nº19.345, ya que antes tenían un régimen especial, regulado por el Estatuto Administrativo.

Page 32: Intro ley 16.744

Los dirigentes sindicales, por los accidentes que sufran a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.

Los estudiantes que ejecuten trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel (D.S. N° 313)

Los trabajadores independientes y familiares.

Page 33: Intro ley 16.744

¿Cuál es la diferencia entre un trabajador dependiente y uno independiente?

Page 34: Intro ley 16.744

Los trabajadores por cuenta ajena o dependientes son aquellos que prestan servicios bajo un vínculo de subordinación y dependencia, y en virtud de un contrato de trabajo.

Los trabajadores independientes, en cambio, son aquellos que en el ejercicio de la actividad de que se trate no dependen de empleador alguno.

Page 35: Intro ley 16.744

¿Qué pasa con los estudiantes que NO ejecutan trabajos que significan un ingreso para el plantel? ¿Quedan desprotegidos?

Page 36: Intro ley 16.744

Respecto de los estudiantes se da una situación especial, ya que como se señaló, quedan protegidos por el Seguro Social de la Ley Nº16.744 sólo aquellos estudiantes que deban ejecutar trabajos que significan un ingreso para el plantel

Page 37: Intro ley 16.744

Los estudiantes de establecimientos reconocidos por el Estado, quedan protegidos de los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o de la realización de su práctica profesional, por el seguro escolar regulado por el D.S. Nº313, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 12 de mayo de 1973, debiendo requerir las prestaciones médicas del caso en los hospitales públicos.

Page 38: Intro ley 16.744

Sin embargo, conforme a lo dispuesto por el artículo 1º del D.S. Nº313, los accidentes que sufran los estudiantes que tengan al mismo tiempo la calidad de trabajadores por cuenta ajena, se considerarán como accidentes del trabajo, en cuyo caso el organismo administrador de la Ley Nº16.744 al que se encuentre afiliado, deberá otorgarle las prestaciones de este seguro social.

Page 39: Intro ley 16.744

ADMINISTRADORES DE LA LEY (AOL)

Mutualidades de Empleadores.

I.S.L.

Administración Delegada.

Page 40: Intro ley 16.744

PRESTACIONES

Preventivas.

Médicas.

Económicas.

Page 41: Intro ley 16.744

PRESTACIONES PREVENTIVAS

Inspecciones.

Evaluaciones.

Auditorías.

Programas de Prevención.

Asesorías Específicas.

Page 42: Intro ley 16.744

PRESTACIONES MEDICAS

Atenciones Médicas, Quirúrgica y Dental.

Hospitalización.

Medicamentos y Productos Farmacéuticos.

Rehabilitación Física.

Reeducación Profesional.

Traslados.

Page 43: Intro ley 16.744

PRESTACIONES ECONOMICAS

Por Incapacidad Temporal.

Por Incapacidad Permanente.

Por Muerte.

Pensiones por Supervivencia.

Page 44: Intro ley 16.744

CONTINGENCIAS

Accidentes del Trabajo.

Accidente del Trayecto.

Enfermedad Profesional.

Page 45: Intro ley 16.744

ACCIDENTE DEL TRABAJO

Toda Lesión que una persona sufra a Causa o con Ocasión del Trabajo y que le produzca Incapacidad o Muerte.

También los sucedidos en el Trayecto Directo de ida o regreso, entre la Habitación y el Lugar de Trabajo.

Page 46: Intro ley 16.744

ENFERMEDAD PROFESIONAL

Es aquella causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

Page 47: Intro ley 16.744
Page 48: Intro ley 16.744
Page 49: Intro ley 16.744
Page 50: Intro ley 16.744