INSTRUCTIVO CARGUE
date post
16-Apr-2017Category
Technology
view
488download
1
Embed Size (px)
Transcript of INSTRUCTIVO CARGUE
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
Proceso Gestin de Tecnologas de Informacin Cdigo TI-I-001 Versin 6
MAYO DE 2016
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 2 | 39
1. OBJETIVO
El presente instructivo tiene como objetivo servir de gua a los Prestadores de Servicios
Pblicos Domiciliarios, en adelante PSPD, para surtir de manera exitosa los procesos
de preparacin, validacin y certificacin de la informacin financiera elaborada de
conformidad con los criterios de reconocimiento, medicin, presentacin y revelacin
establecidos en los nuevos marcos normativos, los cuales sern certificados a travs
del Sistema nico de Informacin, en adelante SUI, en lenguaje XBRL (eXtensible
Business Reporting Language)
2. ALCANCE
Aplica a los PSPD para el cargue de informacin financiera en formato XBRL, preparada
de conformidad con lo establecido en la Ley 1314 de 2009 y dems normas
reglamentarias.
El presente instructivo detalla los temas que encontrar en las siguientes secciones:
4.1 Clasificacin de Prestadores
4.2 Habilitacin Taxonoma XBRL
4.3 Descarga de taxonoma y formatos en Excel
4.4 Recomendaciones para el diligenciamiento
4.5 Diligenciamiento de formatos en Excel
4.6 Conversin a XBRL
4.7 Validacin y Certificacin
3. GLOSARIO DE TRMINOS
Superservicios: Superintendencia de Servicios Pblicos Domiciliarios.
SUI: Sistema nico de Informacin
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 3 | 39
XBRL: Extensible Business Reporting Language. NIF: Normas de Informacin Financiera. PSPD: Prestadores de Servicios Pblicos Domiciliarios
CGN: Contadura General de la Nacin
Voluntariedad: Cuando se opta por aplicar el marco normativo de un grupo diferente al cual
pertenece el PSPD al cumplir las caractersticas y requisitos establecidos en la Ley.
Taxonoma: Clasificacin u ordenacin en grupos de cosas que tienen caractersticas comunes.
Asincrnico: Realizacin de dos o ms procesos simultneos que no tienen relacin entre s.
4. PROCESO DE REPORTE DE INFORMACIN
4.1 CLASIFICACIN DE PRESTADORES
Para efectos de determinar el grupo en el cual se clasifica el prestador, se deben tener en cuenta
los requisitos establecidos en los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, tal como se
muestra a continuacin:
Imagen 1. Clasificacin Sector Privado
Grupo 3
Grupo 2
Valores ao 2012
a. Emisores de Valores - RNVE
b. Entidades de Inters Pblico
c. >200 Trabajadores o
Activos totales >30.000 SMMLV = 17.001 Millones y
Sucursal, subordinada, Matriz NIIF Plenas o
Importaciones y Exportaciones > 50% Total Compras o Ventas.
Valores ao 2013
Las empresas que no se clasifiquen en el Grupo 1 ni en el Grupo 3
Valores ao 2012
a. < 10 Trabajadores
b. Activos totales < 500 SMMLV = 283.350.000
c. Ingresos Brutos anuales < 6.000 SMMLV = 3.400 Millones
Secto
r Priv
ad
o
Grupo 1
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 4 | 39
Imagen 2: Clasificacin Sector Pblico
Voluntariedad: Un PSPD puede optar por esta alternativa, como se explica a continuacin:
Sector privado: Los PSPD de naturaleza jurdica privada pueden aplicar un marco
normativo superior al que les corresponde segn sus caractersticas, cumpliendo los
requisitos establecidos en la Ley, por lo tanto quienes hayan informado tal decisin,
debern clasificarse en el grupo del marco normativo seleccionado de forma voluntaria.
Sector Pblico: De igual manera los vigilados de naturaleza jurdica pblica que se
encuentran bajo el mbito de aplicacin de la Resolucin 414 de 2014 emitida por la
Contadura General de la Nacin, pueden optar por aplicar el marco normativo para
Grupo 2 - PYMES previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el pargrafo 2
del artculo 2 de la mencionada resolucin, quienes debern clasificarse para tal efecto
ante la Superservicios en el Grupo 2.
La clasificacin para habilitacin ante la Superservicios, debi certificarse de conformidad con lo requerido en los siguientes actos administrativos:
Resolucin 533/15
(Gobierno)
Resolucin 414/14
(Empresas)
Resolucin 743/13
(NIF Plenas)
a. Emisores de Valores RNVE o
b. Del grupo de una Matriz Emisora de valores
c. Sociedades Fiduciarias
d. Negocios fiduciarios suyo fideicomitente sea empresa pblica
e. Negocios fiduciarios inscritos en RNVE
f. Establecimientos bancarios y entidades aseguradoras
g. Fondos de Garantas y entidades financieras con regmenes
especiales
h. Banco de la Repblica
a. Empresas que no cotizan en mercado de valores.
b. Que no captan ni administran ahorro del pblico.
c. Que sean clasificadas como empresas por comit
interinstitucional
Entidades de Gobierno ya sean de nivel nacional o territorial.
Sec
tor P
b
lico
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 5 | 39
Tabla 1. Clasificacin para habilitacin
En caso de no haber realizado la clasificacin correspondiente, debe efectuarla de forma inmediata, en razn a que la misma es requisito para la habilitacin automtica de las taxonomas.
4.2 HABILITACIN TAXONOMA XBRL
El proceso de habilitacin de la taxonoma se realiza de forma automtica tal como se detalla en el Anexo Tcnico de la Resolucin.
4.3 DESCARGA DE TAXONOMA Y FORMATOS EN EXCEL
El PSPD que no cuente con una herramienta tecnolgica para generar los archivos en formato XBRL, puede hacer uso de los archivos en Excel junto con la macro suministrada por la Superservicios de forma temporal y voluntaria, ya que esta herramienta permite la conversin de la informacin a XBRL. Se recomienda al PSPD que prepare sus sistemas de informacin para poder generar la informacin en formato XBRL, y as no se presenten inconvenientes al momento que la superintendencia decida retirar dicha herramienta. Para descargar la taxonoma en formato .xsd y los archivos en Excel que incluyen la macro, el PSPD puede ingresar a la pgina Web del SUI url http://www.sui.gov.co/SUIAuth/logon.jsp y realizar el procedimiento que se detalla a continuacin:
Fecha de inicio de operaciones
Aprobada - RUPSGrupo Formulario Resolucin SSPD N Descripcin
1 Informacin General 20141300033795 Requerimiento de ESFA Grupos 1 y 3
2 Informacin General 20151300020385Requerimiento de ESFA Grupos 2, Vol. Grupo 1 y Res.
414/14 - CGN
3 Informacin General 20141300033795 Requerimiento de ESFA Grupos 1 y 3
Voluntarios Grupo 1 Informacin General 20151300020385Requerimiento de ESFA Grupos 2, Vol. Grupo 1 y Res.
414/14 - CGN
Res. 414/14 - CGN Informacin General 20151300020385Requerimiento de ESFA Grupos 2, Vol. Grupo 1 y Res.
414/14 - CGN
1
2
3
Voluntarios Grupo 1
Res. 414/14 - CGN
Antes del 1 de Enero de 2014
Formulario nico de
Clasificacin20161300013475
Requerimientos de informacin financiera en
cumplimiento de la Ley 1314 de 2009Despus del 31 de Diciembre de 2013
http://www.sui.gov.co/SUIAuth/logon.jsp
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 6 | 39
Imagen 3. Pgina principal SUI
Si el PSPD posee herramientas informticas propias, con las cuales pueda diligenciar los reportes XBRL, se provee el archivo .zip o .rar que contiene los esquemas con la definicin de las taxonomas. Los puntos de entrada para las taxonomas XBRL son: Taxonoma Grupo 1 - Individual:
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo1ind/co-sspd-niif-ef-ind-2016-01-01.xsd
Taxonoma Grupo 1 - Consolidado:
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo1con/co-sspd-niif-ef-con-2016-01-01.xsd
Taxonoma Grupo 2 Individual
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo2ind/co-sspd-niif-ef-ind-2016-01-01.xsd
Taxonoma Grupo 2 Consolidado
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo2con/co-sspd-niif-ef-con-2016-01-01.xsd
En este sitio se
encuentra la
Resolucin, el Anexo
Tcnico, el Instructivo
y las taxonomas
ilustradas de Grupos
1 y 2
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo1con/co-sspd-niif-ef-con-2016-01-01.xsdhttp://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo2ind/co-sspd-niif-ef-ind-2016-01-01.xsdhttp://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo2con/co-sspd-niif-ef-con-2016-01-01.xsd
INSTRUCTIVO PARA EL CARGUE DE INFORMACIN FINANCIERA PREPARADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1314 DE 2009 Y PRESENTADA EN FORMATO XBRL
TI-I-001 V. 6 7 | 39
Taxonoma - Grupo 3:
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/grupo3/co-sspd-niif-ef-2016-01-01.xsd
Taxonoma Resolucin 414 - Individual:
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/res414ind/co-sspd-niif-ef-ind-2016-01-01.xsd
Taxonoma Resolucin 414 - Consolidado:
http://www.sui.gov.co/xbrl/ifrs/2016/res414con/co-sspd-niif-ef-con-2016-01-01.xsd