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INPI - Instituto Nacional de la Propiedad Industrial - Argentina http://www.inpi.gov.ar/templates/index.asp[09/09/2010 8:16:20] El Inpi Patentes Marcas Modelos Información Tecnológica Transferencia de Tecnología Legales Biblioteca Links Agentes Normativas internas Mantenimiento "Otras actividades" bases registradas en: resumen de la “1º Encuesta de Satisfacción al Usuario” GUIAS PARA SU REGISTRO - Modelos y Diseños Industriales - Marcas - Sumario de Gestión (INPI) EXAMEN DE SUFICIENCIA ANUAL PARA ASPIRANTES A LA MATRÍCULA DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Disposición TT 014/2010 - Transferencia de Tecnología Disposicion Nro 1129-10 Subsanación de boletines de notificación CIRCULAR 1 /2010 - Administración Nacional de Patentes Biblioteca ha certificado Biblioteca ha certificado su Sistema de Gestión de Calidad con la norma ISO 9001:2008 en relación a “Gestión de la Información referida a la Propiedad Industrial (Desarrollo de la Colección Bibliográfica, Procesamiento Técnico, Suministro y Difusión de la Información)” DISPOSICION N° M-827/10 (Subsana boletines notificación) REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL TALLER DE INICIACIÓN A LOS TRAMITES DE PATENTAMIENTO Y RONDA DE CONSULTAS -VER TODO- El próximo jueves 16 de Septiembre se reiniciara el 7º ciclo anual de Talleres para Inventores y Aspirantes a Inventores, que venimos desarrollando en el INPI en forma bimestral. Estos talleres de corta duración (medio día durante la mañana, de 09:30 a 12:30 hs.), han sido planeados para llegar a aquellos inventores o aspirantes a inventores que, por distintos motivos no están en condiciones de redactar por si mismos una solicitud de patente de invención (o modelo de utilidad), de forma de darles una sólida formación inicial en la materia, así como orientarlos en la búsqueda de mayor información sobre el particular. VER TODAS Los Modelos y Diseños Industriales incluirán todas las formas incorporadas o aspectos aplicados a un producto industrial que le confiera un carácter ornamental. Ver más Vea lo Instructivos y Recomendaciones para la Presentación del Trámite. Ver más ¿Cómo puedo saber si mi invento ya está registrado? ¿Qué datos necesito para solicitar una búsqueda de antecedentes? Ver más Conozca las ventajas de registrar transferencias de tecnología entre compañías locales y extranjeras. Ver más Familiarícese con las instrucciones para Iniciar Trámites de Inscripción y conozca los Requisitos para la emisión del Certificado de Ley de Impuestos a las Ganancias. Ver más Proteja sus invenciones y derechos de propiedad Si usted es autor de alguna invención en cualquier género o rama de la producción o le interesa la tecnología o se desenvuelve dentro de ella, estamos seguros de que podemos ayudarlo. Ver más Clasificación Internacional de Patentes (CIP) Es una clasificación por área técnica, que posee un ordenamiento en cascada que va de lo general hacia lo particular. Ver más Benefíciese registrando su marca comercial El registro de la marca comercial que identifica a su compañía le dará el derecho exclusivo de usar la marca comercial para identificar todos los productos y servicios ofrecidos por la compañía. Ver más Sepa que puede registrarse como marca y que no Una o más palabras, dibujos, emblemas, monogramas, grabados, estampados, sellos, imágenes, etc. Ver más

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"Otras actividades"

bases registradas en:

resumen de la “1º Encuesta de Satisfacción al Usuario”

GUIAS PARA SU REGISTRO

- Modelos y Diseños Industriales

- Marcas

- Sumario de Gestión (INPI)

EXAMEN DE SUFICIENCIA ANUAL PARA ASPIRANTES A LA MATRÍCULA DEAGENTES DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Disposición TT 014/2010 - Transferencia de Tecnología

Disposicion Nro 1129-10Subsanación de boletines de notificación

CIRCULAR 1 /2010 - Administración Nacional de Patentes

Biblioteca ha certificadoBiblioteca ha certificado su Sistema de Gestión de Calidad con la norma ISO9001:2008 en relación a “Gestión de la Información referida a la Propiedad Industrial(Desarrollo de la Colección Bibliográfica, Procesamiento Técnico, Suministro yDifusión de la Información)”

DISPOSICION N° M-827/10 (Subsana boletines notificación)

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE AGENTE DE LAPROPIEDAD INDUSTRIAL

TALLER DE INICIACIÓN A LOS TRAMITES DE PATENTAMIENTO Y RONDA DECONSULTAS -VER TODO-El próximo jueves 16 de Septiembre se reiniciara el 7º ciclo anual de Talleres paraInventores y Aspirantes a Inventores, que venimos desarrollando en el INPI en formabimestral. Estos talleres de corta duración (medio día durante la mañana, de 09:30 a12:30 hs.), han sido planeados para llegar a aquellos inventores o aspirantes ainventores que, por distintos motivos no están en condiciones de redactar por simismos una solicitud de patente de invención (o modelo de utilidad), de forma dedarles una sólida formación inicial en la materia, así como orientarlos en la búsquedade mayor información sobre el particular.

VER TODAS

Los Modelos y Diseños Industriales incluirán todas las formasincorporadas o aspectos aplicados a un producto industrialque le confiera un carácter ornamental.Ver más

Vea lo Instructivos y Recomendaciones para la Presentacióndel Trámite.Ver más

¿Cómo puedo saber si mi invento ya está registrado? ¿Quédatos necesito para solicitar una búsqueda de antecedentes?Ver más

Conozca las ventajas de registrar transferencias de tecnologíaentre compañías locales y extranjeras.Ver más

Familiarícese con las instrucciones para Iniciar Trámites deInscripción y conozca los Requisitos para la emisión delCertificado de Ley de Impuestos a las Ganancias.Ver más

Proteja sus invenciones y derechos depropiedad

Si usted es autor de alguna invención en cualquier género orama de la producción o le interesa la tecnología o sedesenvuelve dentro de ella, estamos seguros de quepodemos ayudarlo.Ver más

Clasificación Internacional de Patentes (CIP)

Es una clasificación por área técnica, que posee unordenamiento en cascada que va de lo general hacia loparticular.Ver más

Benefíciese registrando su marca comercial

El registro de la marca comercial que identifica a su compañíale dará el derecho exclusivo de usar la marca comercial paraidentificar todos los productos y servicios ofrecidos por lacompañía.Ver más

Sepa que puede registrarse como marca y que no

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PatentesPreguntas Frecuentes

Ley de Patentes

Directrices

Clasificación Internacional

Patentabilidad y Exclusiones

Ejemplos de Patentes

Presentación de la Solicitud

Instructivos y Recomendaciones

Formularios

Aranceles

Boletines

Resoluciones y Circulares

Patentes Concedidas

Contacto Directo

Patentes Abiertas aLicenciamiento Voluntario

Administración Nacional de Patentes

Administración Nacional de Patentes

Si usted es autor de alguna invención en cualquier género o rama de la producción o le interesa latecnología o se desenvuelve dentro de ella; es decir, si resulta ser una persona comprometida con:

Nuestro desarrollo.Nuestra economía.Nuestra sociedad.

Estamos seguros de que podemos ayudarlo.

Le proponemos introducirlo dentro de la innovación tecnológica, de la creación humana orientada hacia elancho mundo de la industria.

Taller de Iniciación a los Trámites de Patentamiento y Ronda de Preguntas

La Administración Nacional de Patentes está a su disposición para brindarle una serie de servicios quese orientan al resguardo del derecho de propiedad sobre el producto de su inventiva.

Las actividades que desarrollamos en nuestra oficina pueden resumirse en:La concesión de los Títulos de Propiedad Industrial a través de su tramitación, examen, resolución ypublicación.La aplicación de los Convenios Internacionales a los cuales nuestro País se encuentra adherido enmateria de Patentes de Invención.El asesoramiento oportuno para la tramitación, a cargo de profesionales adecuadamente capacitadospara ello.

Nuestros objetivos primordiales son:Proteger.Difundir.Fomentar...

... la Innovación Industrial del País.

Por está razón, nuestra tarea principal es el otorgamiento de Títulos de Propiedad Industrial, como únicaAutoridad de Aplicación de la Ley NÛ 24481 (T.O. 1996) y su Decreto Reglamentario NÛ 260/96.

Protegemos el Derecho de los Inventores a través del otorgamiento de Títulos de Propiedad Industrial:

Patentes de de Invención yCertificados de Modelo de Utilidad.

La Patente de Invención es un Título de Propiedad que protege a toda Invención que sea nueva,producto de una actividad incentiva y posea aplicación industrial . La patente permite al autor de unproducto o procedimiento su explotación por el término imporroglable de 20 años a partir de lapresentación de la solicitud.

El Modelo de Utilidad es también un título de propiedad, destinado a proteger las innovacionesintroducidas en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que sepresten a un trabajo práctico.

En este caso, además de las condiciones de novedad y carácter industrial , el invento debe determinaruna mejor utilización en la función a que está destinada la herramienta o instrumento que modifica.

El modelo de utilidad confiere a su creador derechos exclusivos de explatación del mismo por el términoimprorroglable de 10 años, a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

¿Quién puede tramitar una Patente de Invención o un Modelo de Utilidad?Lo puede hacer el propio inventor, que puede ser una persona física o jurídica, nacional o extranjera,que tuviera domicilio real o constituya domicilio especial en la República Argentina, en los términos ycon los alcances previstos por las Leyes NÛ 17011, 24425 y 24481;Un representante; oUn Agente de la Propiedad Industrial.

¿Qué documentación necesita para tramitar un título de PropiedadIndustrial?

Para obtener cualquiera de estos Títulos, el interesado deberá presentar dentro de los plazosestipulados por la legislación vigente la siguiente documentación:

El Formulario de Presentación de la Solicitud de Patente o Modelo de Utilidad firmado;

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La Carátula introductoria del Objeto de la Invención; (Archivo PDF, 216KB)La Memoria Descriptiva o Descripción Técnica de la Invención;El Pliego Reivindicatorio con una o más Reivindicaciones;Dibujos Técnicos para la comprensión de la Invención;El Resumen de la Descripción de la Invención;La Hoja Técnica con los datos bibliográficos;Documentación anexa (Documentos de Prioridad, de Cesión de Derechos, traducciones, poderesetc.)

La importancia de la difusión y el fomento

La Administración Nacional de Patentes (A.N.P.) otorga los Derechos de Propiedad a cambio de lapublicación de las Invenciones, a partir de lo cual el público en general dispone de un material rico eninformación técnico-jurídica que sirve de base para nuevos desarrollos.

De esta manera la (A.N.P.) contribuye al fomento del desarrollo científico y tecnológico en la sociedad.Y recuerde, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial es el único organismo que puede garantizarlela protección de su derecho de propiedad sobre el producto de su inventiva. Asesórese correctamente.

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PatentesPreguntas Frecuentes

Ley de Patentes

Directrices

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Patentabilidad y Exclusiones

Ejemplos de Patentes

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Patentes - Preguntas Frecuentes

¿Qué es una patente?Una patente de invención es un derecho exclusivo que el Estado otorga al inventor, a cambio de queéste brinde a la sociedad el fruto de su investigación. La solicitud de patente se publica a los 18 meses,dejando de ser secreta para pasar al estado de público conocimiento.

Las enseñanzas técnicas derivadas de esa solicitud, pueden servir de base para que terceros desarrollenperfeccionamientos sucesivos, contribuyendo a un mayor avance en el estado de la técnica. El derechoexclusivo tiene una duración de 20 años, durante los cuales el titular puede justamente, impedir queterceros exploten su invención.

Pasado ese lapso, la patente pasa a ser de dominio público, ello significa que cualquier persona puedehacer uso de la misma sin tener que abonar regalías al titular de la patente.

¿Para qué sirve?Para ejercer el derecho de exclusividad sobre su invento por el término que le acuerda la Ley pudiendoimpedir que terceros sin su consentimiento realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, ventao importación del producto o procedimiento patentado.

La patente de invención es un bien intangible. Al igual que un título de propiedad sobre un inmueble o unautomóvil, la patente se puede transferir siendo vendida, heredada o incluso regalada a través de unacesión de derechos (a título gratuito en éste último caso).

Todos los titulares de patentes deben, a cambio de la protección de la patente, publicar informaciónsobre su invención, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo. Este crecientevolumen de conocimiento público promueve una mayor creatividad e innovación en otras personas.

Así pues, las patentes proporcionan no sólo protección para el titular sino asimismo información einspiración valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.

¿Qué tipo de invenciones pueden ser protegidas?Una invención debe, por lo general, satisfacer las siguientes condiciones para ser protegida por unapatente: debe tener uso práctico; debe presentar asimismo un elemento de novedad; es decir, algunacaracterística nueva que no se conozca en el cuerpo de conocimiento existente en su ámbito técnico.

Este cuerpo de conocimiento existente se llama "estado de la técnica". La invención debe presentar unpaso inventivo que no podría ser deducido por una persona con un conocimiento medio del ámbitotécnico.

Finalmente, su materia debe ser aceptada como "patentable" de conformidad a derecho. En numerosospaíses, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las obtenciones vegetales o animales, losdescubrimientos de sustancias naturales, los métodos comerciales o métodos para el tratamiento médico(en oposición a productos médicos) por lo general, no son patentables.

¿Cómo se concede una patente?El primer paso para obtener una patente consiste en presentar una solicitud de patente en el InstitutoNacional de la Propiedad Industrial, ubicado en Paseo Colón 717, Ciudad de Buenos Aires.

¿Qué costo tiene presentar una solicitud de patente?Hay dos aranceles básicos durante la tramitación, además de otros que puedan surgir de acuerdo a laparticularidad de cada trámite (ver decreto 260/96, anexo III): el arancel de presentación y la tasa deexamen de fondo.

Patente Modelo de Utilidad Particular o PyMEPresentación de solicitud: $500.- $250.- 50 % del arancel.Pago de examen de fondo: $500.- $250.- 50 % del arancel.

¿Es posible realizar el trámite en forma personal?Sí se puede realizar tanto en forma personal, como a través de un agente de la Propiedad Industrial.

¿Cuál es el requisito mínimo que debe cumplir para obtener una fecha depresentación?Se deberá presentar en el correspondiente formulario, una declaración por la que se solicita la patente, laidentificación del solicitante, una descripción y una o varias reivindicaciones, aunque las mismas nocumplan con los requisitos formales.

¿Cuáles son las distintas instancias del trámite?Pasados los 90 días de la fecha de presentación, se realizará un examen preliminar a los efectos desolucionar posibles defectos formales de la solicitud, en vistas a su publicación. Una vez aprobado elexamen preliminar se publica la solicitud dentro de los 18 meses de la fecha de presentación y luego

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previo pago de la tasa correspondiente, se realiza un examen de fondo, a efectos de determinar lanovedad de lo propuesto.

¿Cuánto dura el trámite?De acuerdo al atraso existente, el trámite hasta la concesión de una patente o de modelo de utilidadtiene una duración de aproximadamente 5 años en promedio, dependiendo del área técnica a que serefiera el invento.

A los efector de acelerar el trámite ¿se puede publicar antes de los 18 mesesla solicitud?Sí, la ley prevé la posibilidad de solicitar la publicación anticipada de la solicitud, previo pago de la tasacorrespondiente.

¿Una vez que presento la solicitud, ya tengo el derecho?No. Lo que posee el solicitante es un derecho en expectativa. ¿Porqué? Porque dicho derecho recién seotorga cuando la patente se concede. Cualquier conflicto que pudiera surgir entre un solicitante al que sela ha concedido su patente y un posible infractor que tuviera el producto del solicitante en el mercado,deberá ser dirimido en el ámbito judicial.

¿Una vez que presento la solicitud, ya puedo comercializarlo?Si, pero corriendo el riesgo de ser demandado. Esto es así, ya que la ANP no puede verificar al momentode la presentación, que el invento en cuestión sea novedoso, sino que ese dictamen se efectúa en lainstancia del examen de fondo.

Al presentar una solicitud, el solicitante supone que la misma es novedosa, puesto que surgió del fruto desu imaginación y posterior desarrollo, lo cuál no implica que un tercero pueda haber arribado a la mismaconclusión un tiempo antes y que tenga una solicitud en trámite o incluso una patente concedida por elmismo objeto de invención. En este caso, ignorando de buena fe el solicitante que el invento quepretende patentar no es novedoso, al lanzarlo al mercado antes de obtener la patente o al menos elresultado del examen de fondo, corre el riesgo de que quien ya pudiera tener el derecho, ejerza accioneslegales contra él.

¿Qué sucede cuando dos personas presentan el mismo invento?La fecha de presentación que se otorga a una solicitud de patente cuando se efectúa el primer depósito,le da prioridad al solicitante frente a un tercero que de buena o mala fe mediante, pudiera presentar lamisma solicitud un tiempo después. Cuando se dan estos casos, la segunda solicitud se reserva hastaque se resuelva la primera.

¿Existe forma de saber de antemano cuál es el estado de la técnica?Sí, a través del Departamento de Información Tecnológica. Dicha dependencia realiza búsqueda deantecedentes para particulares y empresas que deseen saber si el desarrollo que están llevando a caboya existe en el país o en el mundo. Para ello, deberán presentar una descripción del objeto de invencióny abonar el arancel correspondiente, según la base de datos en la que se requiera la búsqueda.

El tiempo que demandan estas búsquedas externas es de aproximadamente 2 meses y el hecho que nosurjan antecedentes, no implica que la solicitud a presentar sea novedosa.

¿Una vez concedida la patente, debe abonar alguna tasa?

Una vez concedida la patente, deben pagarse anualidades para su mantenimiento:1er al 3er año, por año: $ 100.-4to al 6to año, por año: $ 250.-7mo año en adelante, por año: $ 500.-

Para las anualidades, también vale el 50 % establecido para particulares y pymes.

¿Qué sucede si una vez concedida la patente no se abona la anualidadcorrespondiente?La ley de patentes estipula que opera la caducidad de pleno derecho, es decir caduca la patente.

¿Una vez concedida la patente se publica?Sí, la Administración Nacional de Patentes procede a la publicación de la patente concedida en el boletínde marcas y patentes que edita el INPI a los efectos que la sociedad tome conocimiento de la innovaciónen el estado de la técnica.

¿La protección es mundial?No. Tanto en Argentina como en el resto del mundo, la protección es nacional. Esto significa que elsolicitante debe presentar la solicitud de patente en cada país donde le interese protegerla, de acuerdo alas distintas legislaciones nacionales en vigencia. Para ello, puede utilizar las ventajas ofrecidas por elConvenio de París (Ley 17.011).

¿Qué es el Convenio de París?El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial es un tratado firmado por nuestro país,ratificado por la ley 17.011 y según su artículo 1° los países a los cuales se aplica el Convenio seconstituyen en Unión para la protección de la propiedad industrial.

Entre sus beneficios más notorios, establece que quien hubiere depositado en algún país miembro unasolicitud de patente o modelo de utilidad y estuviera interesado en presentar la misma solicitud en algúnotro país miembro, tiene derecho a pedir un certificado de prioridad. Dicha prioridad será expedida por laOficina receptora de dicha primer solicitud (en este caso la Argentina) y con ella el solicitante podrápresentar la solicitud en cualquier país miembro, invocando dicha prioridad argentina.

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Esto significa en términos concretos, que cuando se evalúe la novedad de lo propuesto en los paísesdonde se invocó la prioridad, la fecha que tendrán en cuenta será la de la presentación original ennuestro país y no la de la presentación en esos países, siempre y cuando dicha segunda presentación sehubiere realizado dentro de 1 año a partir de la presentación original en nuestro país.

¿La novedad de la patente debe ser mundial?Sí. La ley de patentes en vigencia establece en su art. 4° los tres requisitos básicos que debe reunir unainvención para ser patentable: novedad absoluta, actividad inventiva y aplicación industrial.Novedad absoluta: significa que el objeto de invención a patentar no debe estar comprendido dentro delestado de la técnica conocido, entendiendo por estado de la técnica al conjunto de conocimientostécnicos que se han hecho públicos tanto en el país como en el resto del mundo, antes de la fecha depresentación de la solicitud en cuestión.

Actividad inventiva: Existe actividad inventiva cuando el proceso creativo o sus resultados no sededuzcan del estado de la técnica en forma evidente para una persona normalmente versada en lamateria técnica correspondiente. Esto significa que si la invención es una combinación de elementosconocidos con resultado predecible, la misma carece de actividad inventiva puesto que el resultado finalal que se accede partiendo de lo conocido es obvio para cualquier persona del oficio de nivel medio.

Aplicación industrial: Habrá aplicación industrial cuando el objeto de la invención conduzca a la obtenciónde un resultado o de un producto industrial, entendiendo como industria todo aquello susceptible de serfabricado o aplicado en serie o a escala industrial, en contraposición a una obra de arte por ejemplo, quees única e irrepetible.

¿Cuál es la diferencia entre patente y modelo de utilidad?Toda invención por lo general, parte del estado de la técnica conocido, detecta un problema a resolver ypropone una solución técnica para ese problema, valiéndose en la mayoría de los casos de elementosconocidos que, combinados de una manera especial, dan origen a un nuevo objeto desconocido hastaese momento. Existen casos de invenciones que no parten de algo conocido, sino que definen de cerouna nueva tecnología que reemplaza a la anterior, como fue el rayo láser en su momento o la tecnologíadigital versus la analógica. Este tipo de invenciones son esporádicas y por lo general marcan hitosculturales que definen una época, por lo cuál no son un ejemplo representativo de lo que se considerauna invención “tipo”.

Una patente de invención puede ser un objeto, un procedimiento, un aparato para fabricar el objeto, uncompuesto químico, un uso de un compuesto químico, un microorganismo, etc. En todos los casos, unapatente de invención debe cumplir con los tres requisitos de patentabilidad: novedad, actividad inventivay aplicación industrial.

Un modelo de utilidad se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida enherramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a untrabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados. En todoslos casos, un modelo de utilidad debe cumplir con dos requisitos de patentabilidad: novedad y aplicaciónindustrial, pero puede no tener actividad inventiva, ya que este requisito no es obligatorio. Esto significaque se evaluará que el objeto sea novedoso y que realmente le sea conferida una mejor “utilidad” pormedio de alguna modificación en su estructura, no importando que dicha modificación sea obvia parauna persona del oficio de nivel medio.

Otras diferencias entre patentes y modelos de utilidad es la duración y los costos de las mismas.Mientras que las patentes se conceden por 20 años a partir de la fecha de presentación, los modelos deutilidad de otorgan por 10 años y todos los aranceles del trámite corresponden al 50 % de los depatentes.

¿Cuál es la diferencia entre patente y modelo industrial?La figura del modelo y diseño industrial está regulada en nuestro país por el decreto ley 6673/63, queestablece que se considera modelo o diseño industrial a las formas o el aspecto incorporados oaplicados a un producto industrial que le confieren carácter ornamental.

Es el caso de objetos cuyo diseño responde a fines meramente estéticos, sin que necesariamente debaresolver problema alguno. El modelo industrial es un objeto de tres dimensiones, mientras que el diseñoindustrial tiene dos dimensiones y debe ser aplicado a un objeto tridimensional, por ejemplo el entramadode una camisa o la cuadrícula de un pañuelo o mantel.

A diferencia de las patentes y modelos de utilidad que conllevan una obligatoria búsqueda deantecedentes y que se otorgan por única vez por 20 y 10 años respectivamente, los modelo y diseñosindustriales son un registro (no se realiza búsqueda) y se conceden por 5 años, pudiendo renovarse pordos períodos consecutivos de la misma duración.

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Clasificación Internacional de Patentes (CIP)

La Clasificación Internacional de Patentes (CIP) es una clasificación por área técnica, que posee unordenamiento en cascada que va de lo general hacia lo particular.

Está conformada por 8 secciones, 118 clases, 624 subclases y más de 70.000 subgrupos.

Sección: A Clase: A63 Subclase: A63H Grupo: A63H 3/00 Subgrupo: A63H 3/40

Ejemplo

A63H 3/00: Muñecos. A63H 3/36: Detalles o Accesorios. A63H 3/38: Ojos para Muñecos. A63H 3/40: Móviles El Subgrupo A63H 3/40 se titularía: "Ojos Móviles de Muñecos como Detalles de Muñecos"

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Patentes - Patentabilidad y Exclusiones

Patentabilidad

Para las Patentes de Invención

Se consideran patentables las invenciones de productos o procedimientos, que sean nuevas, entrañenuna actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial .

Se considera invención a toda creación humana que permita transformar materia o energía para suaprovechamiento por el hombre.Se considera nueva a toda invención que no esté comprendida en el estado de la técnica.Por estado de la técnica debe entenderse el conjunto de conocimientos técnicos que se han hechopúblicos antes de la fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, de la prioridad reconocida,mediante una descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio de difusión oinformación, en el país o en el extranjero.Habrá actividad inventiva cuando el proceso creativo o sus resultados no se deduzcan del estado dela técnica en forma evidente para una persona normalmente versada en la materia técnicacorrespondiente.Habrá aplicación industrial cuando el objeto de la invención conduzca a la obtención de un resultadoo de un producto industrial, entendiendo al término industria como comprensivo de la agricultura, laindustria forestal, la ganadería, la pesca, la minería, las industrias de transformación propiamentedichas y los servicios.

Para los Modelos de Utilidad

A los Modelos de Utilidad se los define como toda disposición o forma nueva obtenida o introducida enherramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a untrabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados.

Este derecho se concede solamente a la nueva forma o disposición tal como se la define.

Son requisitos esenciales para que proceda la expedición de estos certificados que los inventoscontemplados en este título sean nuevos y tengan carácter industrial ; pero no constituye impedimento elque carezcan de actividad inventiva, sean conocidos o hayan sido divulgados en el exterior.

Exclusiones de Patentabilidad

Para las Patentes

No se consideran invenciones a:

Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.Las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas.Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o paraactividades económico-comerciales, así como los programas de computación.Las formas de presentación de información.Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humano ylos relativos a animales.La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación deforma, de dimensiones o de materiales, salvo que se trate de su combinación o fusión de tal maneraque no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de lasmismas sean modificadas para obtener un resultado industrial no obvio para un técnico en la materiaToda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la naturaleza.

En tanto, se consideran como no patentables a:

Las invenciones cuya explotación en el territorio de la República Argentina deba impedirse paraproteger el orden público o la moralidad, la salud o la vida de las personas o de los animales o parapreservar los vegetales o evitar daños graves al medio ambiente.La totalidad del material biológico y genético existente en la naturaleza o su réplica, en los procesosbiológicos implícitos en la reproducción animal, vegetal y humana, incluidos los procesos genéticosrelativos al material capaz de conducir su propia duplicación en condiciones normales y libres talcomo ocurre en la naturaleza.

Para los Modelos

Para los Modelos de Utilidad, son aplicables las disposiciones sobre Patentes de Invención que no lesean incompatibles.

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