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Julio 2017 INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

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  • Julio 2017

    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    ÍNDICE DE CAPÍTULOS, TABLAS Y GRÁFICOS

    CAPÍTULO I. Introducción ................................................................... 4

    CAPÍTULO II. Número de cesiones e importes cedidos ................ 6Tabla 1: Número total de comunicaciones por tipo de cesión y Comunidad Autónoma ........7

    Tabla 2: Importe total cedido por tipo de cesión aceptada y Comunidad Autónoma ............8

    Gráfico nº 1. Nº total comunicaciones por comunidad autónoma (en % sobre el total) ...... 10

    Gráfico nº 2. Importe total cedido por comunidad autónoma ................................................ 10

    Gráfico nº 3. Nº total comunicaciones por tipo de cesión (% del total) ................................ 12

    Gráfico nº 4. Importe total cedido por tipo de cesión ............................................................ 12

    CAPÍTULO III. Número de derechos que han cambiado de titularidad............................................................................................. 13Tabla 3: Número de derechos cedidos de asignación inicial ................................................ 13

    Tabla 4: Número de derechos cedidos de reserva nacional .................................................. 14

    CAPÍTULO IV. Número de titulares y receptores para cada tipo de cesión .................................................................. 15Tabla 5: Número de titulares/cedentes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma ........... 16

    Tabla 6: Número de receptores/cesionarios por tipo de cesión y Comunidad Autónoma .... 17

    Gráfico Nº 5. Número de cedentes por Comunidad Autónoma ............................................. 18

    Gráfico Nº 6. Número de cesionarios por Comunidad Autónoma ......................................... 18

    CAPÍTULO V. Nutrición de la Reserva Nacional. .......................... 19Tabla 7: Nutrición de la Reserva Nacional por tipo de cesión y comunidad autónoma ...... 20

    Gráfico 7. Nutrición de la reserva nacional por tipo de cesión ...................................... 21

    Gráfico 8. Nutrición de la reserva nacional por Comunidad Autónoma ................................ 21

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    CAPÍTULO I. IntroducciónEl Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 637/2008 y (CE) nº 73/2009 del Consejo, crea un nuevo régimen de pagos directos, basados en el régimen de pago básico y otros regímenes de ayuda.

    En el ámbito del pago básico, el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en su artículo 23, establece que los Estados miembros pueden decidir aplicar este nuevo régimen de ayuda de forma regionalizada. Así ha sido en el caso de España, donde partiendo de la base administrativa de la comarca agraria, y atendiendo al criterio agronómico según las orientaciones productivas que presentaban en la campaña de referencia 2013 (tierras de cultivo, de secano o de regadío, cultivos perma-nentes y pastos permanentes), así como el potencial agrario regional, basado en los rendi-mientos y capacidad productiva de las comarcas agrarias en la campaña 2013, y teniendo en cuenta el criterio socioeconómico para ponderar la importancia de determinados cultivos y producciones en algunas comarcas agrarias, ha resultado un modelo con 50 regiones, cuyos importes unitarios de ayudas son diferentes para cada una de ellas.

    En España, con la publicación del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asigna-ción de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, se establece la normativa básica reguladora de la asignación de derechos del régimen de pago básico. Este Real Decreto se complementa con el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

    Los requisitos para ser asignatario de derechos de pago básico en aplicación del artículo 24.1 del Reglamento 1307/2013 son: ser agricultor activo en 2015, según el artículo 9 del mismo Reglamento, haber tenido derecho a recibir los pagos, antes de toda reducción o exclusión respecto de una solicitud de ayuda de pagos directos de conformidad con el Reglamento (CE)

    nº 73/2009 en 2013, y solicitar su asignación a través de la Solicitud Única en 2015 con hec-táreas admisibles. En este sentido, en aplicación del artículo 24.8 del Reglamento 1307/2013 las compraventas o arrendamientos de derechos de pago único con tierras transfieren el cumplimiento del art. 24.1, donde se exige el requisito de haber sido “perceptor de ayudas directas en 2013”.

    Los derechos de pago básico, una vez se han establecido como definitivos, es decir, una vez han sido asignados y comunicados a sus titulares, pueden ser cedidos a otro agricultor que pasará a ser el nuevo titular. La transferencia o cesión de los derechos puede ser el resultado de una compraventa, un arrendamiento, o tener lugar por cambios de titularidad en la explo-tación derivados de herencias, fusiones, escisiones, cambios de denominación, etc.

    Debido al elevado número de beneficiarios y derechos, y a la complejidad del sistema de ges-tión y control, ha sido necesario desarrollar bases de datos nacionales que permitan aplicar coherentemente la legislación sobre pago básico en todo el territorio nacional. Tanto para la asignación inicial de los derechos de pago básico como para el caso concreto de la gestión de las transferencias de los derechos de pago básico, se ha constituido la base de datos de gestión de derechos de pago básico (GPB).

    Las condiciones generales que rigen el funcionamiento de estas transferencias de derechos son las siguientes:

    • Los derechos de pago básico sólo podrán ser cedidos dentro de la misma región del régimen de pago básico donde dichos derechos hayan sido asignados, bien en venta, arrendamiento o mediante cualquier otra forma admitida en derecho.

    • Los derechos de pago sólo podrán transferirse a un agricultor considerado activo, salvo en las herencias, que no será exigible al heredero en caso de que éste ceda definitiva-mente los derechos a un tercero que sí lo sea. En este caso, la cesión de derechos con tierras se considera tanto si se venden las tierras como si se arriendan, siempre que los derechos se cedan mediante compraventa.

    • Las cesiones pueden efectuarse en cualquier momento del año, si bien el cedente dispo-ne de un plazo de notificación de dicha cesión a la administración, que en 2016 ha coin-

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    cidido con el plazo para la presentación de la solicitud única 2016, por elección de todas las comunidades autónomas según la redacción del apartado 1 del artículo 30 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre introducida por el Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganade-ría y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, y el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de informa-ción geográfica de parcelas agrícolas. No obstante, las comunicaciones de las cesiones de derechos de ayuda presentadas desde el 1 de noviembre de 2015 hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, se considerarán como válida-mente presentadas a efectos de su tramitación y resolución correspondiente, en base a lo dispuesto por la Disposición transitoria única de dicho Real Decreto.

    • La cesión de derechos de ayuda puede realizarse con o sin tierras, restituyéndose en este último caso a la reserva nacional el 20% del valor de cada derecho, excepto si se trata de:

    - Cesiones por la totalidad de los derechos realizadas por productores cuyo importe total de derechos de pago básico sea inferior a los 300 €

    - Cesión definitiva de los derechos de ayuda a un agricultor que inicia la actividad agraria.

    Tampoco están sometidas a peajes, por considerarse cesiones asimiladas a una compraventa con tierras:- La cesión definitiva de derechos mediante contrato tripartito entre dos arrenda-

    tarios que se suceden en la utilización y administración de la explotación y el propietario de las tierras.

    - La cesión definitiva de derechos en las que el cedente tuviese una explotación ganadera con una concesión de pastos comunales en la campaña anterior que finalizara en la campaña de que se trate, mientras que el cesionario tuviera, en la campaña de que se trate, una nueva concesión de pastos comunales por parte de

    la misma entidad gestora para su explotación ganadera por, al menos, el mismo número de hectáreas.

    - La finalización de un arrendamiento de tierras, anticipada o no, con devolución al propietario de las tierras y cesión definitiva de los derechos al mismo.

    Una vez recibida la comunicación de cada cesión presentada por los cedentes, las comunida-des autónomas, tras estudiar la documentación anexa a cada expediente y comprobar que se ajustan al tipo de cesión comunicado, proporcionan a la base de datos GPB, coordinada por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), la información relativa a dicha comunica-ción, quedando registrada la cesión y consolidados los derechos a nombre del cesionario. En la base de datos GPB, cada caso se trata como una comunicación independiente, y por tanto es posible enviar varias “comunicaciones” para un mismo beneficiario, reflejando para cada una de ellas todos los derechos que se traspasarán del titular al receptor.

    Con objeto de establecer los criterios para la gestión armonizada de las comunicaciones de cesión de derechos de pago básico, y para la aplicación homogénea en todo el territorio nacional de las retenciones a las cesiones sin tierra, cuando correspondan, el FEGA publica Circulares de coordinación que precisan las características de los distintos tipos de cesiones de derechos, los requisitos que han de cumplir dichas comunicaciones y los documentos a presentar por los interesados en cada uno de los casos, así como las validaciones básicas que se aplican a las cesiones de derechos al ser comunicadas a la base de datos GPB. De esta forma, se establecen criterios homogéneos que permiten, sistemáticamente, decidir si una comunicación se puede aceptar o no, y qué “peaje”, (retención de una parte de los derechos para su incorporación a la reserva nacional), en su caso, hay que aplicarle. En la campaña de cesiones 2016, ha sido de aplicación la Circular 3/2016, modificada por la Cir-cular 9/2016.

    La Circular 3/2016 establece por primera vez los criterios para la cesión de derechos de pago básico, una vez asignados estos de forma definitiva en la campaña de asignación inicial.

    El presente informe pretende resumir las principales estadísticas relativas a los movimientos de derechos de pago básico en España, desglosando en tablas y gráficos los principales pa-rámetros de la campaña de cesiones 2016, que han sido obtenidos de la base de datos GPB.

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    CAPÍTULO II. Número de cesiones e importes cedidosLos distintos tipos de cesiones, así como sus peajes correspondientes, vigentes para esta campaña, que tienen por objeto nutrir la Reserva Nacional de Derechos de Pago Básico, son los siguientes:

    • V.1. Compraventa o cesión definitiva de derechos sin tierra (20% de peaje).

    • V.2. Compraventa o cesión definitiva de derechos sin tierra de la totalidad de los derechos de un productor que percibe menos de 300€ (0% de peaje).

    • V.3. Compraventa o cesión definitiva de derechos sin tierra a un agricultor que inicia la actividad agraria (0% de peaje).

    • V.4. Compraventa o cesión definitiva con tierra o cesiones asimiladas, hectáreas admisi-bles (0% de peaje).

    Cesiones asimiladas:- Acuerdo tripartito entre dos arrendatarios y el propietario de las tierras.- Cesión entre concesionarios de pasto comunal.- Finalización de arrendamiento de tierras, donde el arrendatario cede definitiva-

    mente sus derechos al propietario de las tierras.- Cesión definitiva de derechos de un heredero a un tercero, acompañada de arren-

    damiento de tierras.

    • AS. Arrendamiento de derechos sin tierra (20% de peaje).

    • AR. Arrendamiento de derechos con tierra, hectáreas admisibles (0% de peaje).

    • AF. Finalización de un arrendamiento de derechos con o sin tierra (0% de peaje).

    • AA. Finalización anticipada de un arrendamiento de derechos con o sin tierra (0% de peaje).

    • HE. Herencias, legados y usufructos (0% de peaje).

    • HA. Transmisiones ínter-vivos de derechos de pago básico: Jubilaciones de la actividad agraria en las que el cesionario de los derechos sea familiares de primer grado del ce-dente y programas aprobados de cese anticipado o incapacidad laboral permanente del cedente (0 % de peaje).

    • CD. Cambios de personalidad jurídica (0% de peaje). Se incluyen aquí las cesiones de de-rechos de pago básico entre cónyuges en régimen de bienes gananciales así como aque-llas resultantes de la declaración de titularidad compartida de las explotaciones agrarias.

    • CC. Cambio de CIF (0% de peaje).

    • FU. Fusiones o agrupaciones en personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica (0% de peaje).

    • ES. Escisiones parciales o totales de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas (0% de peaje).

    • RV. Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional (100% de peaje).En la tabla nº 1 se muestra el número total de comunicaciones, incluidas las rechazadas, de cesiones registradas en la base de datos durante la campaña de cesiones 2016 clasificadas por tipo de cesión y desglosadas por comunidad autónoma de presentación de la comunica-ción de cesión.

    Por otro lado, en la tabla nº 2 se muestran los importes implicados en las cesiones que final-mente han sido aceptadas, de nuevo con los mismos criterios de clasificación (tipo de cesión y comunidad autónoma).

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    Tabla 1: Número total de comunicaciones por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS AR AA AF HE HA FU ES CD CC RV TOTAL

    CA “Nº SOLICITUDES”

    ANDALUCÍA 2.311 2.901 57 7.888 28 4.948 43 99 3.905 54 197 402 1.089 - 2 23.825

    ARAGÓN 405 88 22 1.205 30 938 16 11 452 91 124 136 153 1 - 3.661

    P. ASTURIAS 77 7 17 65 - 2 - - 14 87 2 2 34 1 - 308

    ISLAS BALEARES 80 49 30 53 - 41 - 1 54 12 2 1 8 - - 330

    CANTABRIA 75 2 17 5 3 1 - - 8 50 1 8 41 1 - 212

    CASTILLA - LA MANCHA 1.074 1.120 57 6.145 28 3.689 85 50 1.532 35 94 79 970 - 1 14.909

    CASTILLA Y LEÓN 2.602 202 295 2.425 146 2.130 23 1 585 524 213 90 276 - - 9.511

    CATALUÑA 497 241 106 1.257 61 1.302 16 14 462 70 17 15 80 1 - 4.125

    EXTREMADURA 932 557 41 973 29 801 11 - 677 30 15 59 153 2 1 4.281

    GALICIA 331 24 57 29 20 212 2 8 52 271 7 13 136 13 - 1.167

    MADRID 124 61 4 50 9 50 - - 57 8 6 12 16 - - 397

    R. DE MURCIA 151 117 6 119 3 182 - - 103 22 9 6 45 - - 763

    C.F. NAVARRA 364 326 52 380 23 231 4 - 243 8 108 30 60 - - 1.829

    P. VASCO 220 46 26 164 - 138 - - 65 25 2 4 44 - - 734

    LA RIOJA 127 83 34 127 7 104 - - 48 13 5 13 11 1 1 574

    C. VALENCIANA 85 180 1 922 6 1.333 - - 610 15 65 26 575 - - 3.818

    TOTAL 9.455 6.004 822 21.807 393 16.102 200 184 8.867 1.315 867 896 3.691 20 5 70.444

    (*) En el total de solicitudes no se incluyen los AF

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    Tabla 2: Importe total cedido por tipo de cesión aceptada y Comunidad Autónoma Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS AR AA AF HE HA FU ES CD CC RV TOTAL

    CA IMPORTE TRANSFERIDO

    ANDALUCÍA 2.766.275 350.803 538.844 12.946.291 157.257 11.231.665 104.633 422.748 7.703.296 296.631 3.848.760 2.743.811 3.280.537 - 158 46.391.711

    ARAGÓN 475.533 11.596 61.989 2.450.204 39.407 2.508.296 55.074 26.188 1.172.394 781.485 1.466.300 905.240 1.177.836 20.338 - 11.151.880

    P. ASTURIAS 97.647 1.330 19.179 128.080 - 2.137 - - 16.167 271.329 4.322 6.412 135.426 14.661 - 696.690

    ISLAS BALEARES 131.772 6.359 80.740 113.469 - 38.222 - 2.431 60.981 42.328 4.395 1.479 33.650 - - 515.826

    CANTABRIA 182.535 369 40.777 12.338 2.473 1.805 - - 39.149 127.788 8.487 43.763 162.363 10.534 - 632.381

    CASTILLA - LA MANCHA 905.332 124.796 229.159 5.897.130 54.026 5.097.170 221.590 78.356 2.289.603 179.963 798.984 698.705 1.431.573 - 184 18.006.571

    CASTILLA Y LEÓN 3.718.994 26.192 1.116.249 4.418.531 159.034 4.644.623 53.608 930 1.519.849 2.870.602 2.249.667 477.341 1.818.474 - - 23.074.094

    CATALUÑA 591.868 32.890 463.562 1.948.778 33.532 2.122.569 24.059 28.870 820.811 268.657 117.230 83.038 811.464 - - 7.347.327

    EXTREMADURA 1.844.393 67.350 288.000 2.857.853 76.033 2.564.018 24.810 - 1.531.189 180.444 189.423 538.542 732.124 31.630 1.983 10.927.794

    GALICIA 458.692 3.782 221.818 86.592 17.137 340.033 2.694 13.045 90.051 655.448 49.953 57.069 580.475 53.424 - 2.630.213

    MADRID 227.370 7.400 32.889 82.596 12.698 129.136 - - 98.966 61.040 27.279 70.455 52.674 - - 802.503

    R. DE MURCIA 558.660 13.838 14.159 230.534 25.425 516.236 - - 123.638 66.389 41.549 38.129 185.074 - - 1.813.629

    C.F. NAVARRA 403.448 40.238 231.776 396.976 9.710 375.620 3.531 - 343.977 96.116 632.698 226.317 138.898 - - 2.899.304

    P. VASCO 232.793 7.191 91.175 188.694 - 176.352 - - 72.006 103.991 34.427 36.136 221.456 - - 1.164.222

    LA RIOJA 123.735 9.997 79.117 115.147 5.291 119.276 - - 100.778 51.845 30.650 51.352 8.240 16.125 3.416 714.969

    C. VALENCIANA 80.687 19.076 29.595 437.437 6.662 690.717 - - 389.501 53.004 114.252 18.035 233.894 - - 2.072.861

    TOTAL 16.129.148 734.771 3.599.693 35.416.163 354.103 14.421.539 489.999 572.567 9.041.648 4.289.831 9.618.377 5.995.823 11.004.156 146.711 5.742 130.841.975

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    También se incluyen los gráficos nº 1, 2, 3 y 4, que describen para la campaña 2016, la im-portancia porcentual, bien por comunidad autónoma, bien por tipo de cesión, del número de comunicaciones presentadas, así como del importe finalmente transferido.

    El gráfico nº 1 muestra que tres comunidades autónomas, Andalucía, Castilla - La Mancha y Castilla y León, se acercan al 59% del total de cesiones comunicadas en esta campaña, algo que viene siendo habitual campaña tras campaña por ser las tres comunidades autó-nomas con mayor número de beneficiarios. A continuación, Aragón, Cataluña, Extremadura y C. Valenciana suponen algo menos del 23%. Finalmente, la suma de las restantes nueve comunidades autónomas ronda el 9% del total de cesiones.

    Con respecto a los importes realmente cedidos (gráfico nº 2), han representado un total de más de 130,8 millones de euros transferidos en la campaña 2016.

    Andalucía es la comunidad autónoma con los valores más elevados (46,39 millones) seguida de Castilla y León (23,07 millones) y Castilla - La Mancha (18 millones).

    Comparando las comunicaciones presentadas por comunidad autónoma con los importes realmente cedidos (comparar gráficos nº 1 y 2), se observa que no siempre se mantiene una relación directa entre los importes transferidos y el número de comunicaciones por comuni-dad, como se puede ver en los casos de Castilla – La Mancha y Castilla y León, que invierten su lugar como segunda comunidad con mayor número de cesiones comunicadas o con mayor importe cedido respectivamente.

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Gráfico nº 1. Nº total comunicaciones por comunidad autónoma (en % sobre el total)

    Andalucía

    33,82%

    Cantabria

    0,30%

    Extremadura

    6,08%

    Asturias

    0,44%

    C. y León

    13,50%

    Madrid

    0,56%

    Aragón

    5,20%

    C.-La Mancha

    21,16%

    Galicia

    1,66%

    Baleares

    0,47%

    Cataluña

    5,86%

    Murcia

    1,08%

    Navarra

    2,60%País Vasco

    1,04%La Rioja

    0,81%C. Valenciana

    5,42%

    Gráfico nº 2. Importe total cedido por comunidad autónoma

    Andalucía

    46.391.711 €

    Cantabria

    632.381 €

    Extremadura

    10.927.794 €

    Asturias

    696.690 €

    C. y León

    23.074.094 €

    Madrid

    802.503 €

    Aragón

    11.151.880 €

    C.-La Mancha

    18.006.571 €

    Galicia

    2.630.213 €

    Baleares

    515.826 €

    Cataluña

    7.347.327 €

    Murcia

    1.813.629 €

    Navarra

    2.899.304 €

    País Vasco

    1.164.222 € La Rioja714.969 €

    C. Valenciana

    2.072.861 €

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  • 11

    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    En el gráfico nº 3 se constata que los tipos de cesiones sobre las cuales se presentan más comunicaciones son las compraventas de derechos con tierras (V4), debido a la amplia ca-suística que se engloba bajo este tipo de cesión. Los arrendamientos de derechos con tierra (AR) pasan a ser el segundo tipo más común, cuando venía siendo el primero en el anterior régimen de pago único. Ambas superan con holgura el 50% del total. Ya lejos se sitúan las cesiones definitivas de derechos sin tierra (V1) y las herencias (HE). Y destacan a continua-ción las compraventas de derechos sin tierras de cedentes con menos de 300 EUR (V2), debido a que el umbral mínimo para percibir pagos directos a partir de 2017 se sitúa en esa cifra de 300 EUR.

    El gráfico nº 4 refleja los importes totales transferidos por tipo de cesión. Se puede apreciar que si bien los mayores valores corresponden a las compraventas con tierras (V4) y los arren-damientos de derechos con tierra (AR), que eran también por ese orden los tipos de comu-nicación de cesión más numerosos, los importes cedidos por compraventas supera el doble

    de los importes cedidos por arrendamientos, cuando esta correlación no era así en el caso de las comunicaciones de cesiones presentadas. Asimismo, las compraventas de derechos sin tierras (V1) ceden unos importes superiores a los arrendamientos con tierras, a pesar del menor número de comunicaciones presentadas. Como era de esperar, las compraventas de derechos sin tierras de cedentes con menos de 300 EUR (V2) ceden unos importes muy por debajo de otro tipo de cesiones en comparación con el número de comunicaciones presen-tadas, debido al bajo valor de los lotes de derechos cedidos. También destacan fusiones y escisiones, que transmiten respectivamente 9,6 millones y casi 6 millones de euros respecti-vamente, a pesar de no representar ni siquiera un 1,3% de las comunicaciones presentadas en ninguno de los dos casos.

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  • 12

    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Gráfico nº 3. Nº total comunicaciones por tipo de cesión (% del total)

    V113,39%

    V1

    16.129.148 €

    V28,50%

    V2

    734.771€

    V31,15%

    V3

    3.599.693 €

    AR22,80%

    AR

    14.421.539 €

    AA0,28%

    AA

    489.999 €

    AF0,26%

    AF

    572.567 €

    HE12,55%

    HE

    9.041.648 €

    HA1,86%

    HA

    4.289.831 €

    FU1,23%

    FU

    9.618.377 €

    ES1,27%

    ES

    5.995.823 €

    CD5,23% CD

    11.004.156 €

    CC0,03%

    CC

    146.711 € RV

    0,01%RV

    5.742 €

    V430,88%

    V4

    35.416.163 €

    AS0,56% AS

    354.103 €

    Gráfico nº 4. Importe total cedido por tipo de cesión

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    CAPÍTULO III. Número de derechos que han cambiado de titularidad

    En las tablas 3 y 4 aparecen los derechos transferidos clasificados según el origen de su asignación: asignación inicial o reserva nacional, por tipo de cesión y comunidad autónoma.

    En ambas tablas, la existencia de números decimales se corresponde con derechos que no se asignaron completos o bien se han cedido fraccionados.

    Como puede observarse, el número de derechos cedidos procedentes de reserva nacional es testimonial, comparado con los derechos cedidos procedentes de asignación inicial.

    Tabla 3: Número de derechos cedidos de asignación inicial Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS AR AA AF HE HA FU ES CD CC RV TOTAL

    CA Nº DERECHOS

    ANDALUCÍA 15.384,13 1.845,77 2.143,36 53.414,89 553,19 41.806,36 486,73 1.530,84 32.883,05 1.611,84 15.250,48 10.896,28 14.029,02 0,00 0,53 191.836

    ARAGÓN 3.398,62 130,57 493,32 16.793,23 394,16 18.677,99 253,70 134,87 8.440,30 5.417,97 9.215,09 5.153,32 7.553,58 296,24 0,00 76.353

    P. ASTURIAS 861,04 18,77 323,06 1.135,95 0,00 15,54 0,00 0,00 110,85 2.141,51 40,06 18,42 834,07 183,38 0,00 5.683

    ISLAS BALEARES 1.126,19 84,07 697,74 883,09 0,00 354,38 0,00 17,26 540,23 314,38 51,47 23,52 357,83 0,00 0,00 4.450

    CANTABRIA 995,88 2,96 388,70 116,38 27,64 10,37 0,00 0,00 297,28 1.097,76 32,95 114,01 1.193,95 14,03 0,00 4.292 CASTILLA - LA

    MANCHA 8.366,01 1.272,87 2.174,24 54.902,22 454,28 47.750,89 2.235,67 475,60 21.841,23 1.838,43 8.029,65 6.925,67 12.810,23 0,00 1,99 169.079

    CASTILLA Y LEÓN 31.610,82 334,45 9.299,80 39.158,35 1.214,47 40.438,58 509,80 3,43 14.925,70 25.640,71 19.255,81 3.458,07 16.421,53 0,00 0,00 202.272

    CATALUÑA 3.317,97 297,27 2.926,80 9.254,15 269,74 10.436,88 103,27 98,94 4.142,25 2.157,45 577,96 256,20 3.774,89 0,00 0,00 37.614

    EXTREMADURA 13.816,98 531,44 1.987,52 22.639,05 968,33 13.249,75 148,84 0,00 13.297,33 1.191,20 718,33 5.188,42 5.877,79 530,34 4,97 80.150

    GALICIA 2.198,15 34,63 1.034,33 302,91 76,88 1.902,22 20,52 80,36 528,75 3.817,80 167,13 181,74 2.807,58 237,70 0,00 13.391

    MADRID 2.825,32 64,94 293,75 839,50 105,52 1.469,41 0,00 0,00 1.103,46 689,93 340,80 869,83 455,05 0,00 0,00 9.058

    R. DE MURCIA 2.508,67 133,99 93,49 1.863,06 112,82 3.904,61 0,00 0,00 1.302,12 502,62 540,01 150,49 1.172,35 0,00 0,00 12.284

    C.F. NAVARRA 2.551,48 319,60 1.841,18 2.935,71 51,88 2.466,91 25,04 0,00 2.487,97 668,38 3.656,06 895,82 1.073,85 0,00 0,00 18.974

    P. VASCO 1.481,88 76,31 558,22 1.238,02 0,00 1.078,77 0,00 0,00 386,47 591,43 207,55 208,31 1.288,64 0,00 0,00 7.116

    LA RIOJA 1.244,65 136,83 642,93 1.310,43 46,28 805,68 0,00 0,00 733,28 329,76 200,48 430,12 49,11 80,42 65,38 6.075

    C. VALENCIANA 551,48 143,35 59,80 2.877,95 29,96 3.816,71 0,00 0,00 2.213,02 356,40 380,15 144,76 1.581,09 0,00 0,00 12.155

    TOTAL 92.239 5.428 24.958 209.665 4.305 88.590 3.784 2.341 105.233 48.368 58.664 34.915 71.281 1.342 73 850.781

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Tabla 4: Número de derechos cedidos de reserva nacional Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS AR AA AF HE HA FU ES CD CC RV TOTAL

    CA Nº DERECHOS

    ANDALUCÍA - - - - - - - - - - - - - - - -

    ARAGÓN 66,27 - - 21,30 - - - - - - 43,69 - 59,66 - - 191

    P. ASTURIAS - - - - - - - - - - - - - - - -

    ISLAS BALEARES 75,71 - - - - - - - - - - - - - - 76

    CANTABRIA - - - - - - - - - - - - 5,37 - - 5

    CASTILLA - LA MANCHA 1,17 - - 2,30 - - - - - - - - - - - 3

    CASTILLA Y LEÓN 21,41 - - 3,59 - - - - - - 71,02 - 112,38 - - 208

    CATALUÑA 0,83 - 2,35 18,15 - - - - - - - - - - - 21

    EXTREMADURA 0,32 - - 0,53 - - - - - - - - - - - 1

    GALICIA - - - - - - - - - - - - 3,26 - - 3

    MADRID - - - - - - - - - - - - - - - -

    R. DE MURCIA - - - - - - - - - - - - - - - -

    C.F. NAVARRA - - - - - - - - - - - - - - - -

    P. VASCO 0,87 - 0,07 0,06 - - - - - - - - 12,06 - - 13

    LA RIOJA - - - - - - - - - - - - - - - -

    C. VALENCIANA - - - 15,65 - - - - - - - - - - - 16

    TOTAL 166,58 0,00 2,42 61,58 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 114,71 0,00 192,73 0,00 0,00 538,02

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    CAPÍTULO IV. Número de titulares y receptores para cada tipo de cesión

    Para cada tipo de cesión y por comunidad autónoma, resulta interesante conocer cuántos son los agricultores implicados en dichas transacciones. Si se comparan las tablas nº 5, nú-mero de titulares que actúan como cedentes, y la tabla nº 6, número de receptores de dichas cesiones podemos conocer si los derechos se están concentrando en un pequeño número de productores o si, por el contrario, está aumentando el número de titulares de derechos de pago único en España.

    Por otro lado comparando ambas tablas con la tabla nº 1, se puede observar si existe un elevado número de agricultores implicados en dos o más cesiones para cada tipo de cesión, al comparar el número de solicitudes con el número de cedentes y cesionarios.

    Del análisis de las tablas 5 y 6 se deduce que dos comunidades autónomas, Andalucía y Castilla - La Mancha, concentran más del 55% del total de titulares/cedentes (gráfico nº 5), así como de los receptores/cesionarios (gráfico nº 6). Y se aprecia una reducción destacable de cesionarios respecto a cedentes en Castilla – La Mancha, Castilla y León, Cataluña y Comunidad Valenciana. Mientras que destaca el incremento de cesionarios respecto a ce-dentes en Andalucía.

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Tabla 5: Número de titulares/cedentes por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS HE HA FU ES CD CC RV TOTAL

    CA Nº CEDENTES

    ANDALUCÍA 1.942 2.899 53 6.484 27 2.800 53 197 184 1.089 - 2 18.876

    ARAGÓN 344 88 22 1.018 29 409 85 124 86 153 1 - 2.833

    P. ASTURIAS 69 7 17 65 - 14 87 2 2 34 1 - 298

    ISLAS BALEARES 75 49 30 47 - 51 12 2 1 8 - - 278

    CANTABRIA 69 2 17 5 3 8 49 1 8 41 1 - 203

    CASTILLA - LA MANCHA 879 1.112 57 4.757 26 1.261 31 94 45 970 - 1 11.694

    CASTILLA Y LEÓN 2.090 202 294 2.061 138 506 490 213 58 276 - - 6.664

    CATALUÑA 449 241 106 1.154 59 403 70 17 10 80 1 - 3.377

    EXTREMADURA 754 553 40 798 27 568 28 15 32 153 2 1 3.394

    GALICIA 284 24 57 28 20 52 271 7 9 136 13 - 1.059

    MADRID 101 61 4 42 9 52 8 6 7 16 - - 324

    R. DE MURCIA 137 117 6 113 3 90 20 9 4 45 - - 676

    C.F. NAVARRA 307 326 50 305 21 201 8 108 20 60 - - 1.427

    P. VASCO 164 45 26 78 - 65 25 2 3 44 - - 445

    LA RIOJA 110 83 34 104 6 45 13 5 11 11 1 1 427

    C. VALENCIANA 74 179 1 785 4 555 15 65 19 575 - - 3.471

    TOTAL 7.848 5.988 814 17.844 372 7.080 1.265 867 499 3.691 20 5 55.446

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Tabla 6: Número de receptores/cesionarios por tipo de cesión y Comunidad Autónoma Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 V2 V3 V4 AS AR AA HE HA FU ES CD CC TOTAL(distintos)

    CA Nº CESIONARIOS

    ANDALUCÍA 2.021 2.553 43 6.605 24 4.219 43 3.889 53 111 392 1.089 - 19.421

    ARAGÓN 353 85 20 1.066 29 824 16 445 91 90 126 152 1 2.835

    P. ASTURIAS 70 7 17 65 - 2 - 14 87 2 2 33 1 294

    ISLAS BALEARES 69 47 25 49 - 37 - 54 12 2 1 8 - 261

    CANTABRIA 57 2 16 5 3 1 - 8 50 1 8 41 1 189

    CASTILLA - LA MANCHA 945 984 44 4.797 25 3.072 83 1.523 35 65 79 969 - 11.315

    CASTILLA Y LEÓN 2.099 172 230 2.078 129 1.738 22 582 508 148 86 276 - 6.323

    CATALUÑA 451 213 94 1.103 58 1.110 16 446 70 12 15 75 1 3.175

    EXTREMADURA 739 496 36 835 26 719 11 673 30 8 57 153 2 3.418

    GALICIA 285 24 49 28 19 207 2 52 271 5 13 134 13 1.035

    MADRID 112 53 4 43 8 44 - 57 8 5 12 16 - 328

    R. DE MURCIA 128 94 5 109 3 170 - 103 22 5 4 45 - 640

    C.F. NAVARRA 292 251 30 300 18 193 4 242 8 53 30 60 - 1.197

    P. VASCO 191 45 17 87 - 97 - 65 25 1 4 44 - 476

    LA RIOJA 111 74 27 111 6 87 - 48 13 5 13 11 1 408

    C. VALENCIANA 78 131 1 780 6 1.077 - 604 15 31 26 575 - 3.166

    TOTAL 8.001 5.231 658 18.061 354 13.597 197 8.805 1.298 544 868 3.681 20 54.481

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Gráfico Nº 5. Número de cedentes por Comunidad Autónoma Gráfico Nº 6. Número de cesionarios por Comunidad Autónoma

    Andalucía

    34,04%Andalucía

    35,65%

    Cantabria

    0,37%Cantabria

    0,35%

    Extremadura

    6,12%Extremadura

    6,27%

    Asturias

    0,54%Asturias

    0,54%

    C. y León

    12,02%C. y León

    11,61%

    Madrid

    0,58%Madrid

    0,60%

    Aragón

    5,11%Aragón

    5,20%

    C.-La Mancha

    21,09%C.-La Mancha

    20,77%

    Galicia

    1,91%Galicia

    1,90%

    Baleares

    0,50%Baleares

    0,48%

    Cataluña

    6,09%Cataluña

    5,83%

    Murcia

    1,22%Murcia

    1,17%

    Navarra

    2,57%Navarra

    2,20%País Vasco0,80%

    País Vasco

    0,87%

    La Rioja

    0,77%La Rioja

    0,75%

    C. Valenciana

    6,26%C. Valenciana

    5,81%

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    CAPÍTULO V. Nutrición de la reserva nacionalEl establecimiento de una reserva nacional de derechos de pago básico, tal y como se indica en el artículo 30 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Conse-jo, de 17 de diciembre de 2013, tiene como objetivo la adjudicación de nuevos derechos, distintos de aquellos procedentes de asignación inicial, a determinados agricultores, así como el incremento de valor de derechos ya asignados, si corresponde. Y se nutre a partir de varias fuentes según el artículo 31 del citado Reglamento. Entre ellas, cada campaña, la reserva nacional incorpora los importes retenidos por aplicación de los “peajes” que cada Estado Miembro establece para algunos tipos de cesión, dentro del marco de la legislación comunitaria. También pasan a formar parte de la reserva nacional los derechos que se cedan voluntariamente a favor de la misma.

    En la tabla Nº 7 se muestran las cesiones sujetas a un peaje en España, que en el régimen de pago básico supone un porcentaje único del 20%. En esta tabla figura el número de cesiones con peaje por comunidad autónoma y a nivel nacional, y los importes que, como consecuen-cia de estas transferencias, han pasado a formar parte de la reserva nacional en la campaña 2016. También se incluyen las renuncias voluntarias a la reserva nacional.

    A continuación, se puede observar en el gráfico 7 que los tipos de cesiones que aportan un mayor volumen de ingresos a la reserva nacional son las compraventas sin tierra (V1), su-perando el 95% del total, debido por un lado a su número de cesiones muy superior al resto de cesiones sometidas a peaje, y por otro al volumen de importes cedidos con este tipo de cesión.

    En cuanto al gráfico 8, tres comunidades autónomas, Andalucía, Castilla y León y Extrema-dura, suman el 65% del total de importes cedidos a la reserva nacional por aplicación de los porcentajes deducidos como consecuencia de las cesiones de derechos.

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Tabla 7: Nutrición de la Reserva Nacional por tipo de cesión y comunidad autónoma Campaña 2016: 01/02/2016 – 15/06/2016

    V1 AS RV TOTAL

    CA Nº SOLICITUDES IMPORTE (€) Nº SOLICITUDES IMPORTE (€) Nº SOLICITUDES IMPORTE (€) Nº SOLICITUDES IMPORTE (€)

    ANDALUCÍA 2.299 553.236,89 28 31.456,60 2 158,21 2.329 584.851,70

    ARAGÓN 403 95.068,48 30 7.881,84 - 0,00 433 102.950,32

    P. ASTURIAS 77 19.533,55 - 0,00 - 0,00 77 19.533,55

    ISLAS BALEARES 80 26.351,29 - 0,00 - 0,00 80 26.351,29

    CANTABRIA 75 36.511,34 3 495,30 - 0,00 78 37.006,64

    CASTILLA - LA MANCHA 1.067 181.058,59 28 10.805,14 1 184,17 1.096 192.047,90

    CASTILLA Y LEÓN 2.601 743.823,70 146 31.801,57 - 0,00 2.747 775.625,27

    CATALUÑA 496 118.352,98 61 6.703,29 - 0,00 557 125.056,27

    EXTREMADURA 930 368.829,96 29 15.218,56 1 1.983,18 960 386.031,70

    GALICIA 331 91.708,13 20 3.436,25 - 0,00 351 95.144,38

    MADRID 124 45.482,93 9 2.539,05 - 0,00 133 48.021,98

    R. DE MURCIA 151 111.632,92 3 5.088,02 - 0,00 154 116.720,94

    C.F. NAVARRA 364 80.714,35 23 1.941,68 - 0,00 387 82.656,03

    P. VASCO 220 46.563,24 - 0,00 - 0,00 220 46.563,24

    LA RIOJA 127 24.748,30 7 1.060,70 1 3.416,19 135 29.225,19

    C. VALENCIANA 85 16.129,26 6 1.335,03 - 0,00 91 17.464,29

    TOTAL 9.430 2.559.745,91 393 119.763,03 5 5.741,75 9.828 2.685.250,69

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    INFORME SOBRE LAS CESIONES DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO EN ESPAÑA - CAMPAÑA 2016

    Gráfico 7. Nutrición de la reserva nacional por tipo de cesión Gráfico 8. Nutrición de la reserva nacional por Comunidad Autónoma

    Andalucía

    22%

    Cantabria

    1%

    Extremadura

    14%Asturias

    1%

    C. y León

    29%

    Madrid

    2%

    Aragón

    4%

    C.-La Mancha

    7%

    Galicia

    4%

    Baleares

    1%

    Cataluña

    5%

    Murcia

    4%

    Navarra

    3%

    País Vasco

    2%

    AS

    4,46%RV

    0,21%

    V1

    95,33%

    La Rioja

    1%

    C. Valenciana

    1%

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