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Informe Preventivo Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo C O N T E N I D O I. Sustento legal para la presentación del informe preventivo II. Síntesis del informe preventivo III. Datos generales III.1. Datos de identificación del proyecto III.2. Datos generales del promovente III.3. Datos generales del responsable de la elaboración del informe preventivo IV. Referencia legal. V. Descripción general de la obra y/o actividad V.1. Descripción de las acciones a desarrollar en cada una de las etapas de desarrollo V.2 Programa general de trabajo V.3. Insumos (Materiales y/o sustancias) V.4. Efluentes (emisiones, residuos) V.5. Conclusiones VI. Descripción del medio VI.1. Delimitación y justificación del área de estudio y de influencia VI.2. Medio abiótico VI.3. Medio biótico VI.4. Medio socioeconómico VI.5. Conclusiones sobre el diagnóstico ambiental de las áreas seleccionadas para la instalación del gasoducto VII. Identificación y evaluación de los impactos ambientales. VII.1. Identificación de impactos ambientales VII.2. Evaluación de impactos ambientales VII.3. Selección y descripción de los impactos ambientales. VIII. Determinación de las acciones y/o medidas para la prevención y mitigación de impactos ambientales VIII.1. Especificaciones de protección ambiental. IX. Anexos IX.1. Planos IX.2. Fotográfico IX.3. Glosario de términos X. Bibliografía

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Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la

zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

C O N T E N I D O I. Sustento legal para la presentación del informe preventivo II. Síntesis del informe preventivo III. Datos generales

III.1. Datos de identificación del proyecto III.2. Datos generales del promovente III.3. Datos generales del responsable de la elaboración del informe preventivo

IV. Referencia legal. V. Descripción general de la obra y/o actividad

V.1. Descripción de las acciones a desarrollar en cada una de las etapas de desarrollo V.2 Programa general de trabajo V.3. Insumos (Materiales y/o sustancias) V.4. Efluentes (emisiones, residuos) V.5. Conclusiones

VI. Descripción del medio VI.1. Delimitación y justificación del área de estudio y de influencia VI.2. Medio abiótico VI.3. Medio biótico VI.4. Medio socioeconómico VI.5. Conclusiones sobre el diagnóstico ambiental de las áreas seleccionadas para la instalación del

gasoducto VII. Identificación y evaluación de los impactos ambientales.

VII.1. Identificación de impactos ambientales VII.2. Evaluación de impactos ambientales VII.3. Selección y descripción de los impactos ambientales.

VIII. Determinación de las acciones y/o medidas para la prevención y mitigación de impactos ambientales VIII.1. Especificaciones de protección ambiental.

IX. Anexos

IX.1. Planos IX.2. Fotográfico IX.3. Glosario de términos

X. Bibliografía

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I. SUSTENTO LEGAL PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME PREVENTIVO La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), señala en su Artículo 28 que “La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente.” Asimismo, en este artículo se listan también las actividades que son de competencia federal y que requieren previa autorización en materia de impacto ambiental. Por otra parte, la LGEEPA señala en su Artículo 31 que las obras y actividades requerirán la presentación de un informe preventivo y no de una manifestación de impacto ambiental cuando:

a) Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, descargas, aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades;

b) Las obras o actividades de que se trate estén expresamente previstas por un plan parcial de

desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en los términos del artículo 32 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; o,

c) Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos de la citada ley.

Para el caso de la construcción y operación del ducto para distribución de gas L.P. en la zona hotelera de Cancún, específicamente en los derechos de vía existentes de vías de acceso existentes en los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, el mismo está regulado por la Norma Oficial Mexicana NOM-117-SEMARNAT-2006, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DE PROTECCION AMBIENTAL DURANTE LA INSTALACION, MANTENIMIENTO MAYOR Y ABANDONO, DE SISTEMAS DE CONDUCCION DE HIDROCARBUROS Y PETROQUIMICOS EN ESTADO LIQUIDO Y GASEOSO POR DUCTO, QUE SE REALICEN EN DERECHOS DE VIA EXISTENTES, UBICADOS EN ZONAS AGRICOLAS, GANADERAS Y ERIALES, considerando que los sitios en donde se instalará el gasoducto son derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, no se requiere la remoción de vegetación forestal, no se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica y tampoco se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. Lo anterior conforme a lo señalado en el objetivo y campo de aplicación, así como, las definiciones 3.1, 3.2, 3.3 y 3.10 de la NOM-117-SEMARNAT-2006 las cuales citan lo siguiente:

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“1. Objetivo y campo de aplicación. La presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de instalación y mantenimiento mayor de los sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido y gaseoso, que se realicen en derechos de vía terrestres existentes, ubicados en zonas agrícolas, ganaderas y eriales, y es de observancia obligatoria para los responsables de las empresas que se dediquen a estas actividades. 3.1 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos líquidos

Son las tuberías, equipos de bombeo, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos para el transporte de petróleo crudo, condensados, gasolina natural, gases licuados,

amoníaco anhidro y productos petroquímicos y derivados de las actividades petroleras.

3.2 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos gaseosos Son las tuberías, equipos de compresión, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos que se destinan para el transporte y distribución de productos en estado gaseoso

, gas natural derivado de la extracción, o gases obtenidos a partir del tratamiento destilación de petróleo.

3.3 Instalación Son las obras realizadas para la construcción de nuevos sistemas de transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido o gaseoso, en derechos de vía existentes. 3.10 Zonas eriales Son terrenos despoblados de flora y fauna original, que han perdido la mayor parte del suelo fértil y han dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico.”

Lo anterior considerando que el gas L.P. es un derivado del petróleo, compuesto principalmente por Propano, Butano, Propilenos y otros compuestos, pero es único entre los combustibles comúnmente usados, debido a que bajo presiones moderadas y a temperatura ordinaria, puede ser transportado y almacenado en forma líquida, pero cuando se libera a presión atmosférica y a temperatura relativamente baja se evapora y puede ser utilizado como gas.

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II. SÍNTESIS DEL INFORME PREVENTIVO 1.- Nombre del Proyecto Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. 2.- Ubicación del proyecto El proyecto será instalado en los derechos de vía de la carretera federal 307, Avenida de las Torres, Avenida Bonampak y el Boulevard Kukulcán de la zona hotelera, urbana y suburbana de Cancún, específicamente en los derechos de vía existentes de los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo. 3.- Coordenadas geográficas (aproximadas) El ducto tendrá las siguientes coordenadas geográficas:

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4.- Señalar a qué supuesto del artículo 31 de la LGEEPA y 29 de su REIA se ajustan sus obras y actividades del proyecto que pretende realizar. Marcar con una X el supuesto en el que considera que su proyecto se ajusta:

Fracción Supuesto

Las obras y/o actividades se

ajustan a:

X I Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades.

-- II

Las obras o actividades de que se trate estén expresamente previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado y autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en los términos del artículo 32 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

-- III Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Para el caso de la construcción y operación del ducto para distribución de gas L.P. en la zona hotelera de Cancún, el mismo está regulado por la Norma Oficial Mexicana NOM-117-SEMARNAT-2006, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DE PROTECCION AMBIENTAL DURANTE LA INSTALACION, MANTENIMIENTO MAYOR Y ABANDONO, DE SISTEMAS DE CONDUCCION DE HIDROCARBUROS Y PETROQUIMICOS EN ESTADO LIQUIDO Y GASEOSO POR DUCTO, QUE SE REALICEN EN DERECHOS DE VIA EXISTENTES, UBICADOS EN ZONAS AGRICOLAS, GANADERAS Y ERIALES

, considerando que los sitios en donde se instalará el gasoducto son derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, no se requiere la remoción de vegetación forestal, no se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica y tampoco se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001.

Lo anterior conforme a lo señalado en el objetivo y campo de aplicación, así como, las definiciones 3.1, 3.2, 3.3 y 3.10 de la NOM-117-SEMARNAT-2006 las cuales citan lo siguiente:

“1. Objetivo y campo de aplicación. La presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de instalación y mantenimiento mayor de los sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido y gaseoso, que se realicen en derechos de vía terrestres existentes, ubicados en zonas agrícolas, ganaderas y eriales, y es de observancia obligatoria para los responsables de las empresas que se dediquen a estas actividades.

3.1 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos líquidos Son las tuberías, equipos de bombeo, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos para el transporte de petróleo crudo, condensados, gasolina natural, gases licuados,

amoníaco anhidro y productos petroquímicos y derivados de las actividades petroleras.

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3.2 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos gaseosos Son las tuberías, equipos de compresión, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos que se destinan para el transporte y distribución de productos en estado gaseoso

, gas natural derivado de la extracción, o gases obtenidos a partir del tratamiento destilación de petróleo.

3.3 Instalación Son las obras realizadas para la construcción de nuevos sistemas de transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido o gaseoso, en derechos de vía existentes. 3.10 Zonas eriales Son terrenos despoblados de flora y fauna original, que han perdido la mayor parte dl suelo fértil y han dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico.”

Lo anterior considerando que el gas L.P. es un derivado del petróleo, compuesto principalmente por Propano, Butano, Propilenos y otros compuestos, pero es único entre los combustibles comúnmente usados, debido a que bajo presiones moderadas y a temperatura ordinaria, puede ser transportado y almacenado en forma líquida, pero cuando se libera a presión atmosférica y a temperatura relativamente baja se evapora y puede ser utilizado como gas. 5.- Consideraciones previas

• Los sitios en donde se ubicará el gasoducto son áreas consideradas como zonas eriales. • Se ubicará en derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas. • No se requiere la remoción de vegetación forestal. • No se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica. • No se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial

mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. • El proyecto no se ubicará en alguna área natural protegida. • El proyecto cumplirá con los requisitos señalados en la NOM-117-SEMARNAT-2006. • Dicho gasoducto, será diseñado, construido y operado de acuerdo a los requisitos de la NOM-003-SECRE-

2002 “Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos”. 6.- Principales medidas de prevención y/o mitigación propuestas El proyecto por su ubicación, dimensiones, características o alcances no producirá impactos ambientales significativos, no causará desequilibrios ecológicos, ni rebasará los límites y condiciones establecidas en la NOM-117-SEMARNAT-2006, por lo que, durante la Construcción y Operación del Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, específicamente en los derechos de vía existentes de vías de acceso existentes en los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, se cumplirá con todas y cada una de las especificaciones señaladas en el apartado número 4 de dicha norma oficial mexicana.

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Quintana Roo

Componente

ambiental Acción que puede

causar impacto Tipo de Impacto

Medida de prevención y/o mitigación Norma y/o disposición de la cual deriva

la medida propuesta Preparación del sitio y construcción

Suelo

Limpieza de áreas seleccionadas. Apertura de zanjas. Relleno y compactación.

Contaminación poco probable del suelo (impacto no significativo, temporal y puntual).

Minimizar superficies de afectación. Se realizará la compactación conforme a los estándares de calidad de construcción para evitar la contaminación del suelo. Manejo y control de los residuos que se generen durante esta etapa, conforme a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos y su Reglamento.

Las especificaciones 4.1.1; 4.1.2; 4.1.3; 4.1.6 y 4.1.7 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el suelo.

Agua

Perforación direccional.

Contaminación poco probable del los cuerpos de agua (impacto ambiental no significativo, local y temporal.)

Se realizará la técnica de perforación direccional para el cruzamiento de cauces de agua y con ello evitar la contaminación del agua.

Las especificaciones 4.1.8 y 4.1.9 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el agua.

Flora y Fauna

Limpieza de áreas seleccionadas.

No se prevén impactos ambientales sobre esta componente ambiental, debido a que las condiciones ambientales de las áreas en donde se instalará el gasoducto son derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, los cuales carecen de vegetación ecólogica

Aún y cuando en las áreas seleccionadas para la realización del proyecto no se identificaron especies de flora, de todas maneras se consideraran las medidas preventivas propuestas en la NOM-117-SEMARNAT-1998. No se identificaron especies de flora y fauna en algún estatus de protección

Las especificaciones 4.1.4 y 4.1.5 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre la flora y la fauna.

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Componente ambiental

Acción que puede causar impacto

Tipo de Impacto

Medida de prevención y/o mitigación Norma y/o disposición de la cual deriva la medida propuesta

importante, solamente se identificaron pastos o herbáceas que no representan ningún valor ecológico importante en el ecosistema involucrado, (impacto ambiental no significativo, local y temporal).

legal conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2001

Operación y Mantenimiento En esta etapa no se identificaron impactos ambientales significativos hacia el ecosistema, ya que los sitios seleccionados para la instalación del gasoducto se restablecerán a sus condiciones ambientales que originalmente presentaban (derechos de vía existentes), asimismo, se cumplirá con las especificaciones 4.2.1; 4.2.2; 4.2.3; 4.2.4 y 4.2.5 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998.

Abandono del sitio Suelo

Desmantelamiento de infraestructura. Limpieza de sitio.

Contaminación poco probable del suelo por el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos, (impacto ambiental no significativo, temporal y puntual).

Manejo y control de los residuos que se generen durante esta etapa, conforme a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos y su Reglamento.

Las especificaciones 4.3.1; 4.3.2; 4.3.3 y 4.3.4 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el suelo.

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7.- Estudio de Riesgo Ambiental El informe preventivo del proyecto incluye el estudio de riesgo modalidad ductos terrestres.

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III. DATOS GENERALES III.1. Datos de identificación del proyecto Nombre del proyecto Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Ubicación del proyecto La distribución geográfica de las actividades económicas y turísticas de la zona hotelera de Cancún, la cual se considera actualmente densa y considerando que el impacto ecológico es favorable respecto a la conservación de la zona marítima asi como también la zona de la laguna Nuchipte, mas aun estas condiciones ofrecen elementos técnicos favorables para poder realizar el tendido de un ducto de conducción subterráneo a sobre la vía de comunicación que corre a través de la zona hotelera, tal es el caso del boulevard Kukulkan, lo anterior es determinante para elegir dicha trayectoria como arteria principal del sistema de distribución, cuyo trazo se realiza paralelo al boulevard, considerando lógicamente la coordinación y anuencia de los municipios de Benito Juarez e Isla Mujeres para poder utilizar racionalmente los derechos de vía de esta importante vía de comunicación. De este ducto principal que recorrerá el boulevard Kukulkan se desprenderán ramales para alimentación de los diferentes puntos de consumo a ambos lados, los cuales en su mayoría son hoteles, áreas comerciales y poblacionales. La alimentación del sistema se realizará desde dos puntos: Planta almacenadora de gas LP en el área del areopuerto municipio de Benito Juarez y centro de distribución de gas L.p. en el área de Playa Mujeres Municipio de Isla Mujeres. Tanto en uno como el otro de los puntos de abasto se aprovechará la existencia actual de plantas de almacenamiento de gas L.P. propiedad de la empresa.

Not

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Tipo de proyecto: Lineal

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Longitud total 48,400 metros Diámetro de la Tubería 12 Pulgadas Ancho derecho de vía afectación permanente

1.0 metros

Ancho derecho de vía afectación temporal:

1.5 metros para hacer las trincheras, las cuales se realizarán con el método de extracción a cielo abierto compactándose cuando sea posible con material de la misma excavación).

Infraestructura de apoyo Bodega de materiales, oficina contratista, sanitarios portátiles.

Desmonte No es necesario, por tratarse de derechos de vía existentes en zonas turísticas, urbanas y semiurbanas, en los cuales no se requiere de la remoción de vegetación forestal en los términos previstos de la Ley.

Superficie total requerida para el proyecto

72,600 m2 (temporal) y 48,400 m2 (permanente)

III.2. Datos del promovente Nombre o razón social: Gas del Caribe, S. A. de C. V

III.3. Datos del responsable de la elaboración del informe preventivo

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Lic. Karen García Sánchez Coordinadora General de Estudios Ambientales de IKOVA

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LOS ABAJO FIRMANTES, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTAN QUE LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTE INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL, BAJO SU LEAL SABER Y ENTENDER, ES REAL Y FIDEDIGNA Y QUE SABEN DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURREN LOS QUE DECLARAN CON FALSEDAD ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DISTINTA DE LA JUDICIAL TAL Y COMO LO ESTABLECE EL ARTICULO 247 DEL CODIGO PENAL. ASI MISMO, CUALQUIER POSIBLE OMISION, SERA EN TODO CASO DE CARACTER INVOLUNTARIO.

PROMOVENTE O REPRESENTANTE. NOMBRE: Efrén Rodríguez Reyes

EMPRESA: Gas del Caribe, S.A. de C.V. FIRMA:

RESPONSABLE DE LA INFORMACION NOMBRE: Lic. Karen García Sánchez

EMPRESA: IKOVA FIRMA:

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IV. REFERENCIA LEGAL

Fundamento Técnico - Jurídico El proyecto se ajusta a lo que establecen los artículos 28, fracción I, con relación al penúltimo párrafo de dicho precepto, 29 y 31, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Ley), así como, lo señalado en los artículos 5, inciso c) y 29 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental (Reglamento), con base en las siguientes consideraciones: El artículo 28 de la Ley establece, en su segundo párrafo, que el Reglamento determinará las obras o actividades que no deban someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, ya sea por que por su ubicación, dimensiones, características o alcances i) no produzcan impactos ambientales significativos, ii) no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, iii) ni rebasen límites y condiciones establecidas en disposiciones jurídicas de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente.

“ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos;… …El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento

…”

Bajo esta consideración, se manifiesta que aunque los gasoductos en general están sujetos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental (artículo 28, primer párrafo, fracción I, de la Ley), de la misma manera dichos gasoductos se encuentren excluidos del mismo, siempre y cuando así lo prevea el Reglamento (artículo 28, segundo párrafo, de la Ley), en este sentido, el artículo 5 del Reglamento, además de detallar las obras o actividades de competencia federal sujetas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, también señala las excepciones a dicho trámite, tal como ocourre en lo previsto en el inciso C), Oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos, en donde independientemente de señalar las obras que deben sujetarse al procedimiento de impacto ambiental establecido en la Ley, también prevé sus excepciones1

.

En este sentido, consideramos que el propio Reglamento exceptúa la presentación de una manifestación de impacto ambiental si la construcción de gasoductos para la conducción de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas 1 El artículo 5, inciso C), cita lo siguiente: Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas pelilgrosas conforme a la regulación correspondiinte, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales.

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peligrosas conforme a la regulación correspondiente, se realicen en derechos de vía existentes en zonas eriales, no obstante, el hecho de que el Reglamento exceptúe del procedimiento de evaluación a ciertas obras o actividades, no significa que la federación renuncie de forma alguna a la competencia que sobre ellas ejerce en términos del artículo 28 de la Ley, o que exista un vacío competencial que pueda ser llenado por los estados en términos del artículo 124 Constitucional2. Así, los estados no podrían regular actividades excluidas del procedimiento de evaluación en términos del Reglamento, sino sólo aquellas actividades no listadas en el artículo 28, primer párrafo, de la Ley en consecuencia, resulta importante destacar que el texto del artículo 29 de la Ley confirma esta conclusión,: las actividades exceptuadas por el Reglamento serán reguladas por la federación, a través de otros instrumentos de control3

, como es el caso de las normas oficiales mexicanas en materia ambiental.

Lo anterior, es fundamental ya que como lo menciona la Ley, las normas oficiales mexicanas sirven para garantizar la sustentabilidad de la actividad económica, son de cumplimiento obligatorio en el territorio nacional, que constituyen ordenamientos jurídicos-administrativos auxiliares en la administración de justicia en materia ambiental y tienen según lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ley por objeto:

“ARTICULO 36.- Para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la Secretaría emitirá normas oficiales mexicanas en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, que tengan por el objeto: I. Establecer los requisitos, espedificaciones, condiciones, procedimientos, metas, parámetros y

límites permisibles que deberán observarse en regiones, zonas cuencas o ecosistemas, en aprovechamiento de recursos naturales, en el desarrollo de actividades económicas, en el uso y destino de bienes, en insumos y en procesos;

II. Considerar las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la preservación o

restauración de los recursos naturales yla protección al ambiente;

III. Estimular o inducir a los agentes económicos para reorientar sus procesos y tecnologías a la protección del ambiente y al desarrollo sustentable;

IV. Otorgar certidumbre a largo plazo a la inversión e inducir a los agentes económicos a asumir los

costos de la afectación ambiental que ocasionen, y

V. Fomentar actividades productivas en un marco de eficiencia y sustentabilidad.” En este contexto, para el caso de la construcción y operación del ducto para distribución de gas L.P. en la zona hotelera de Cancún, específicamente en los derechos de vía de acceso localizados en los municipios de Benito Juárez e Isla 2 Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados”, Art. 124, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 3 “Los efectos negativos que sobre el ambiente, los recursos naturales, la flora, la fauna silvestre y demás recursos a que se refiere esta Ley, pudieran causar las obras o actividades de competencia federal que no requieran someterse al [PEIA] a que se refiere la presente sección, estarán sujetas en lo conducente a las disposiciones de la misma, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas en materia ambiental, la legislación sobre recursos naturales que resulte aplicable, así como a través de permisos, licencias, autorizaciones y concesiones que conforme a dicha normatividad se requiera.” LGEEPA, Art. 29.

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Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la

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Mujeres, Quintana Roo, existe una Norma Oficial Mexicana4 NOM-117-SEMARNAT-2006, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DE PROTECCION AMBIENTAL DURANTE LA INSTALACION, MANTENIMIENTO MAYOR Y ABANDONO, DE SISTEMAS DE CONDUCCION DE HIDROCARBUROS Y PETROQUIMICOS EN ESTADO LIQUIDO Y GASEOSO POR DUCTO, QUE SE REALICEN EN DERECHOS DE VIA EXISTENTES, UBICADOS EN ZONAS AGRICOLAS, GANADERAS Y ERIALES

, razón por el cual el proyecto Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

Lo anterior, considerando lo indicado en el objetivo y campo de aplicación, así como, las definiciones 3.1, 3.2, 3.3 y 3.10 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-2006 las cuales citan lo siguiente:

“1. Objetivo y campo de aplicación. La presente Norma Oficial Mexicana establece la esestablece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de instalación y mantenimiento mayor de los sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquido y gaseoso, que se realicen en derechos de vía terrestres existentes, ubicados en zonas agrícolas, ganaderas y eriales, y es de observancia obligatoria para los responsables de las empresas que se dediquen a estas actividades. 3.1 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos líquidos Son las tuberías, equipos de bombeo, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos para el transporte de petróleo crudo, condensados, gasolina natural, gases licuados,

amoníaco anhidro y productos petroquímicos y derivados de las actividades petroleras.

3.2 Sistemas para el transporte y distribución de hidrocarburos gaseosos Son las tuberías, equipos de compresión, sistema de control, válvulas de seccionamiento, trampas de diablos y demás mecanismos o instrumentos que se destinan para el transporte y distribución de productos en estado gaseoso

, gas natural derivado de la extracción, o gases obtenidos a partir del tratamiento destilación de petróleo.

3.3 Instalación Son las obras realizadas para la construcción de nuevos sistemas de transporte y distribución de hidrocarburos y petroquímicos en estado líquidos o gaseoso, en derechos de vía existentes.

4 Norma Oficial Mexicana.- el conjunto de reglas científicas o tecnológicas emitidas por la Secretaria, que establecen los requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, parámetros y límites permisibles que deberán observarse en el desarrollo de actividades o uso y destino de bienes, que causan o puedan cusar desequilibrio ecológico o daño al ambiente.

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3.10 Zonas eriales Son terrenos despoblados de flora y fauna original, que han perdido la mayor parte del suelo fértil y han dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico.”

En consecuencia, el proyecto es motivo de la presentación de un informe preventivo y no de una manifestación de impacto ambiental ya que se ajusta a lo dispuesto en la fracción I, del Artículo 31 de la Ley, lo anterior considerando que:

• Los sitios en donde se ubicará el gasoducto son áreas consideradas como zonas eriales. • Se ubicará en derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas. • No se requiere la remoción de vegetación forestal. • No se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica. • No se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial

mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001). • El proyecto no se ubicará en alguna área natural protegida. • El proyecto cumplirá con los requisitos señalados en la NOM-117-SEMARNAT-2006.

En adición, resulta fundamental señalar que en el gasoducto no solamente se consideran los aspectos ambientales o de regulación ambiental sino también los criterios de diseño, construcción, operación y mantenimiento que establecen otros instrumentos normativos, como es el caso de lo dispuesto en la NOM-003-SECRE-2002 “Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos”, así como, el cumplimiento de otras normas oficiales mexicanas que son expedidas por otras instancias gubernamentales, las cuales son de especial relevancia para la correcta operación y seguridad del proyecto. Por lo antes expuesto, y considerando que el gas L.P. es un derivado del petróleo, compuesto principalmente por Propano, Butano, Propilenos y otros compuestos, pero es único entre los combustibles comúnmente usados, debido a que bajo presiones moderadas y a temperatura ordinaria, puede ser transportado y almacenado en forma líquida, pero cuando se libera a presión atmosférica y a temperatura relativamente baja se evapora y puede ser utilizado como gas, queda de manifiesto que la Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, específicamente en los de rechos de vía de acceso localizados en los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, no solamente confirma lo dispuesto en la excepción expresamente establecida en los artículos 28, segundo párrafo, de la Ley y 5 inciso C) de su Reglamento, sino también lo señalado en los artículos 29 y 31, fracción I de dicha Ley, por su ubicación, dimensiones y características que prevén los preceptos antes citados.

Fundamento Administrativo

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El contenido del infrome preventivo cumple con las formalidades previstas en el Artículo 30 del Reglamento, el cual señala que el mismo deberá contener:

“Artículo 30.- El informe preventivo deberá contener: I. Datos de Identificación, en los que se mencione: a) El nombre y la ubicación del proyecto; b) Los datos generales del promovente, y c) Los datos generales del responsable de la elaboración del informe; II. Referencia, según corresponda: a) A las normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas o el aprovechamiento de recursos naturales, aplicables a la obra o actividad

;

b) Al plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico en el cual queda incluida la obra o actividad, o c) A la autorización de la Secretaría del parque industrial, en el que se ubique la obra o actividad, y III. La siguiente información: a) La descripción general de la obra o actividad proyectada

;

b) La identificación de las sustancias o productos que vayan a emplearse y que puedan impactar el ambiente, así como sus características físicas y químicas

;

c) La identificación y estimación de las emisiones, descargas y residuos cuya generación se prevea, así como lasmedidas de control que se pretendan llevar a cabo

;

d) La descripción del ambiente y, en su caso, la identificación de otras fuentes de emisión de contaminantes existentes en el área de influencia del proyecto

;

e) La identificación de los impactos ambientales significativos o relevantes y la determinación de las acciones y medidas para su prevención y mitigación

;

f) Los planos de localización del área en la que se pretende realizar el proyecto

, y

g) En su caso, las condiciones adicionales que se propongan en los términos del artículo siguiente

.

ARTICULO 31. El promovente podrá someter a la consideración de la Secretaría condiciones adicionales a las que se sujetará la realización de la obra o actividad con el fin de evitar, atenuar o compensar los impactos ambientales adversos que pudieran ocasionarse. Las condiciones adicionales formarán parte del informe preventivo.”

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En virtud de lo anterior, y con base en lo disupuesto en los Artículos 8 y 14 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 15, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria a la Ley se concluye que el contenido de la información se ubica y cumple con los supuestos referidos en los lineamientos que deben considerarse en la elaboración y presentación del informe preventivo.

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V. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA Y/O ACTIVIDAD V.I. Descripción de las acciones a desarrollar en cada una de las etapas de desarrollo El proyecto de línea principal de tubería de Gas L.P. para la zona hotelera de Cancún, es parte de un conjunto de proyectos que tiene como propósito abastecer un consumo inicial calculado en 2,855 m3/mes de Gas L.P. y será capaz de satisfacer una demanda adicional superior al 100 % (cercano al 125%). La línea principal de 48.4 Km de longitud será abastecida como ya se mencionó, desde la planta Caribe II con equipos de almacenamiento y vaporización ya instalados. El diámetro de la tubería de la línea principal es de 12 pulgadas y se seleccionó como material el polietileno de mediana densidad, enterrado a profundidades que varían entre 0.90 y 150 cm. Asimismo, cabe señalar que el Boulevard Kukulcán cruza 2 cuerpos de agua, por medio de dos puentes Nizuc y Caleta. En ambos puentes para la construcción e instalación de la trayectoria del gasoducto se empleará el procedimiento constructivo denominado como “perforación direccional”, por lo que, el ducto se ubicará a 3 metros de profundidad, por debajo del lecho de los cuerpos de agua, sin que existan afectaciones a los cuerpos de agua presentes en ambos puentes. El gasoducto tendrá las siguientes especificaciones:

• Longitud Total: 48.4 km • Diámetro de la Tubería: 12 Pulgadas • Ancho derecho de vía afectación permanente: 1.0 metros • Ancho derecho de vía afectación temporal: 1.5 metros para hacer las trincheras, las cuales se realizarán con el

método de extracción a cielo abierto compactándose cuando sea posible con material de la misma excavación) • Presión de diseño máximo de la tubería: 1204 Kpa • Presión de Operación máxima: 448.17 Kpa • Presión de Operación mínima: 68.95 Kpa • Flujo Calculado: 2,677.22 GPH • Estado de conducción del gas: VAPOR • Temperatura calculada en la línea: 23 grados centigrados • Las estaciones de regulación y medición se colocarán en el lugar que convenga al propietario del inmueble a

suministrar y en el número que se necesite. • Se tiene un cálculo de 132 clientes potenciales con una estación de regulación y medición. • La estación de regulación y medición tipo lleva un cuadro de regulación de acero de 2pulgadas con un medidor

industrial cuyo modelo y capacidad dependerá del consumo de cada establecimiento. • Las medidas tipo de una estación de medición y regulación son de 200 cm x 100 cm x 60 cm • Las condiciones de operación de la estación de regulación y medición son por norma a temperatura ambiente,

sobre el nivel del suelo, en un área segura, vigilada, de fácil acceso, con ventilación natural ó al aire libre. • Las válvulas de seccionamiento de la línea de gas se ubicarán a lo largo de la trayectoria cada 5 km.

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• En el caso de los ramales, se partirá inmediatamente con una válvula de seccionamiento que desconecte

dicho ramal en caso necesario y terminando en una transición de acero a polietileno donde se colocará una válvula de bloqueo.

• El distanciamiento de las válvulas de disparo a la propiedad planeada a suministrar en un futuro dependerá de lo que resulte de la distancia medida de la trayectoria de la línea de gas a el límite de la propiedad con un rango de 4.0 a 65.0 metros.

• Se utilizarán en total 2 vaporizadores. Uno para la planta de almacenamiento en la zona del aeropuerto de

Cancún en el municipio Benito Juárez, y otro para la planta de almacenamiento de Rancho Viejo en el municipio de Playa Mujeres, ambas plantas actualmente en operación.

• Tomando en cuenta la demanda de consumo de gas se planea instalar los vaporizadores del siguiente modelo para ambas plantas:

- Marca: Ransome - Modelo: ID2000 - Capacidad: 2,000.00 GPH - Medidas: 168 cm x 168 cm x 549 cm - Operación: Utiliza la técnica de inmersión, en la que el tubo se calienta y en un proceso conocido

como Baño María. Trazo de la trayectoria del gasoducto La cuadrilla de apertura realizará el trazo y nivelación mínima para facilitar el acceso de los vehículos empleados para transportar el personal, el combustible y los equipos a la obra. El personal de inspección revisará que se haya despejado una zona lo suficientemente amplia para asegurar que los escombros no se mezclen con los del material de excavación de la zanja o de la nivelación, y que éstos no se coloquen sobre tierra que no haya sido limpiada. Excavación de zanjas. Las operaciones de excavación de la zanja para alojar al gasoducto y la Estación de medición, se realizarán después de que se haya terminado la actividad anterior. Se utilizará una zanjadora marca Vermeer modelo T755, para llevar a cabo los trabajos de excavación de la zanja. Para esta actividad no se requerirá de obras complementarias o de servicios de apoyo. Únicamente se requerirá de sanitarios portátiles tipo sanirent y una bodega temporal de aproximadamente 20 x 20 metros para almacenar materiales y equipo. Durante todo el proceso y para todas las áreas del proyecto será establecida la limpieza, acarreo de material sobrante y desmantelamiento de las obras de apoyo, de forma continua para no generar molestias o que los residuos sean motivo de riesgo de accidentes. Carga, acarreo, descarga y tendido de tubería. Es importante mencionar que aunque la topografía del terreno es prácticamente plana, se realizará la nivelación de algunas partes del terreno cuando así se requiera para la instalación del gasoducto.

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El área de trabajo será acondicionada a fin de proveer una superficie a nivel con un ancho suficiente para las cuadrillas de tendido de la tubería. La superficie nivelada constará de las siguientes zonas: • Almacenaje de la capa superficial del suelo; • Almacenaje de los desechos de la zanja; • Zanja; • Tubería; • Equipos de tendido de tubería • Paso de vehículos y los equipos. Además, todo el ducto estará enterrado a una profundidad entre 0.90 a 1.50 metros, para cumplir una profundidad de cubierta mínima, con excepción de los cruces en los cuerpos de agua en los que la profundidad será de 3 metros, de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SECRE-2002. En el caso de los tramos que serán construidos mediante túneles direccionales, a continuación se muestran esquemas sobre el procedimiento constructivo.

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Vale mencionar que los túneles direccionales serán utilizados para cruzar entradas de vehículos y peatones a los hoteles; para hacer cruces tanto en el derecho de vía de la carretera 307 como de un lado a otro del Boulevard; para atravesar cuerpos de agua y en todos aquellos casos en los que, con este método se eviten molestias o afectaciones ambientales, a los usuarios del área y a la infraestructura existente. Relleno y compactación El relleno de la zanja consistirá en colocar nuevamente el material excavado. Se realizará inmediatamente después de la bajada de la tubería, a fin de anclar la tubería al piso y no exponerla a temperaturas excesivas o inclemencias del tiempo. El relleno deberá ser compactado de acuerdo con las especificaciones de diseño, construcción y seguridad que establece la normatividad vigente aplicable al caso. El relleno de la zanja y nivelado del Derecho de Vía se harán de tal manera que se restablezca las condiciones de desarrollo urbano que presentan las áreas seleccionadas para la instalación del gasoducto. Señalización Se contempla la colocación de señalamientos en el campo y avisos de tipo informativo, restrictivo y preventivo durante todas las etapas del proyecto, con el fin de garantizar que el equipo e infraestructura en general no sea dañado debido a carencias de información al público en general cumpliendo con los requisitos que establece la NOM-003-SECRE-2002. Vaporización y Regulación La instalación del equipo de vaporización, así como de la caseta de regulación y medición a la salida de la red se hará tomando como base el esquema que se muestra, vigilando que las especificaciones de las tuberías, accesorios, equipo de regulación y medición, cumplan con las exigidas por la normatividad aplicable en cada caso y apegándose a las especificaciones internacionales cuando aplique.

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Caseta de regulación La caseta de regulación dispondrá de un regulador de trabajo instalado a la salida del vaporizador, en el cual se realizarán los ajustes para que se fije la presión de salida de la misma que variará desde la mínima presión requerida de acuerdo a las condiciones de demanda, hasta la máxima presión de operación, según el clima de la región, para que no exista condensación en las líneas. Además, los recipientes de almacenamiento tendrán una línea de conexión hacia la salida de la red desde su zona de vapor, en la cual se intercalarán válvulas para controlar dicho suministro y un regulador que se encontrará ajustado al mismo valor que el de la salida del vaporizador. Se tendrán también medidores de flujo de gas que registrarán el consumo volumétrico de la red, pudiendo trabajar ambos o uno a la vez cuando el otro requiera mantenimiento y/o calibración. De igual forma, se contará a la salida de la red en la misma caseta de regulación con un manógrafo que registre permanentemente el valor de la presión de salida del gas a la red. Limpieza final y rehabilitación del trazo Se retirarán todos los elementos sobrantes en la servidumbre de tendido de tubos (escombros, desechos metálicos y de tubería, estructuras auxiliares, etc.). La limpieza incluirá la rehabilitación de la franja de afectación, de los espacios de trabajo temporales y de las rutas de acceso provisionales a su estado final, para la operación del gasoducto. Operación y mantenimiento La operación del ducto consiste en la conducción del gas hacia las instalaciones de los usuarios contratantes del servicio, Será la Comisión Reguladora de Energía (C.R.E.) la responsable de supervisar y autorizar las actividades de transporte, operación y mantenimiento del gasoducto, actividades que están reguladas a través de la NOM-003-SECRE-2002. En el diseño, se tiene contemplado que en condiciones normales, el gasoducto opere en forma automática, por lo que solamente se requiere de un supervisor especialista para recorrer el ducto y verificar las lecturas de los equipos de medición en las casetas de regulación.

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El ducto y la red trabajarán a una presión operativa que se indicó en el presente informe preventivo. La línea de interconexión entre la planta CARIBE II y el gasoducto de polietileno tendrá medición electrónica de flujo con telemetría (dentro de las instalaciones de GAS CARIBE) y una estación reguladora de presión, en este sentido se contará con un Programa de mantenimeinto predictivo y preventivo y un Plan de Emergencia (Anexo 1) Abandono y Planes de uso del área al concluir la vida útil del proyecto. Como se señala en párrafos anteriores, el gasoducto puede funcionar indefinidamente según las condiciones de operación y mantenimiento actuales. La vida útil mínima del ducto considerada para efectos de diseño es de 30 años; sin embargo, en la práctica se estima que puede ser mayor, tomando en cuenta el mantenimiento de los componentes del gasoducto y a la operación del mismo, garantizando la seguridad de los trabajadores y de la comunidad, además del adecuado funcionamiento de los procesos en las plantas donde será suministrado el gas L. P. Los materiales están garantizados por 99 años y en la operación pueden ser remplazados paulatinamente conforme se establezca en el programa de mantenimiento en acciones de largo plazo. V.2. Programa general de trabajo El programa general de trabajo para el proyecto se muestra en el siguiente diagrama de Gantt.

Programa general de trabajo

Obra o actividad Meses (etapa de preparación y construcción) Años (etapa de operación y mantenimiento) 4 8 12 16 20 24 28 32 5 10 15 20 25 30 35

Licitación

- Bases de licitación - Licitación y fallo

Preparación y construcción - Limpieza y trazo - Excavación de zanjas - Tendido de tubería

- Relleno, compactación y nivelación Operación y mantenimiento Planeación y/o Abandono del sitio No obstante, cabe aclarar que el presente programa calendarizado es una propuesta sobre los tiempos que se requieren para la realización del proyecto, sin embargo, existen factores externos (trámites, permisos, gestiones o autorizaciones ante otras autoridades federales, estatales y/o municipales) que pueden ocasionar retrasos para la realización del proyecto. En este sentido, considerando lo antes expuesto, independientemente de que exista un programa de obra calendarizado, y de ser factible contar con la autorización en materia de impacto ambiental se requiere de un plazo de cinco (5) años para las etapas de preparación del sitio y construcción, bajo la consideración de los factores externos, y de treinta y cinco años (35) más para la etapa de operación y mantenimiento; lo anterior de acuerdo con lo indicado en el artículo 49 del Reglamento.

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Urbanización del área y servicios requeridos. Las áreas seleccionadas para la instalación del gasoducto son superficies de terreno despoblado de flora y fauna original, que ha perdido la mayor parte de suelo fértil y ha dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico, esto considerando que el mismo se instalará en su totalidad en derechos de vía existentes de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, en los cuales no se requiere la remoción de vegetación forestal, tal y como lo prevé la Ley y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, tampoco se afectarán áreas con riqueza natural o biológica y especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal, conforme a la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. Vías de Acceso La mayor parte del proyecto Gasoducto será tendido a lo largo del Boulevard Kukulcán, mismo que funciona como vía de acceso al mismo, al igual que la carretera federal No. 307 Puerto Juárez-Chetumal y el tramo de caminos de terracería que conducen a la Planta de Almacenamiento y Suministro de Gas L.P. localizada en Rancho Viejo, así como las avenidas de Bonampak, Portillo y Las Torres, siendo estas las principales vías de comunicación de Cancún y los accesos a los tramos del ducto. V.3 Insumos (materiales y/o sustancias) Debido a las características del proyecto no se emplearán recursos naturales para la construcción y operación del gasoducto. Materiales Los materiales a utilizar en la construcción del gasoducto se enlistan a continuación:

Materiales Cantidad

Cilindros de acetileno 150 unidades Cilindros de oxígeno 300 unidades

Cilindros de Ar/Co2 (en caso de que utilice soldadura automática) 150 unidades Aceite lubricante 60 litros

Resina y endurecedor epóxico 2,000 kilogramos Pintura 100 litros Diesel 54,000 litros

Gasolina 25,200 litros Gas L.P. 15,000 litros

Equipo requerido El equipo que se utilizará es el siguiente:

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Herramientas Cantidad Carretillas Variable

Palas Variable Picos Variable

Marros y Macetas Variable Botes de 19 Y 200 Lts Variable

Garruchas Variable Cucharas Variable Cinceles Variable Martillos Variable

Obras y servicios de apoyo Durante la construcción no será necesario construir provisionalmente instalaciones para el almacenamiento de materiales, herramienta y objetos personales de los obreros y personal técnico de supervisión. Se construirá de ser necesario, una caseta de madera desmontable, la que también se usará para el resguardo de los vigilantes por los materiales que sean requeridos a través del avance de la colocación del ducto, su ubicación será definida durante la obra y posteriormente a que sea notificado a las autoridades. Se requerirán sanitarios portátiles tipo Sanirent para el personal de la compañía contratista en los trabajos del tendido e instalación del ducto, un área de almacenamiento fuera del predio de la empresa contratante y agua potable para trabajadores. Dado que el trazo del gasoducto objeto del presente estudio se encuentra dentro de la zona urbana de la ciudad de Cancún, no se requerirá instalar campamentos ni dormitorios provisionales. El personal a participar en estas fases se transportará diariamente por su cuenta. Requerimientos de agua Para la etapa de preparación del sitio y construcción del proyecto se requerirá agua para el control de polvos, que será obtenida de los sitios que disponga la autoridad municipal y se transportará por medio de pipas. Los requerimientos de agua cruda en las obras de preparación del terreno y construcción serán del orden de los 600 m³, y se utilizará para riego de superficies para evitar la generación de polvos durante los trabajos de limpieza y preparación del terreno en el tendido del ducto. En ocasiones en que sea posible y previa autorización, se tomará el agua de la red municipal conectada a los hoteles. Requerimientos de Energía y combustibles

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Para los trabajos de construcción, en términos generales, no se requerirá de energía eléctrica, no obstante, en cuanto al suministro de energía eléctrica para los trabajos de instalación y soldadura del ducto en campo, ésta será a través de un generador de corriente a diesel de 25 Kw, con capacidad para abastecer a seis soldadoras o máquinas de termofusión. Personal que será utilizado El personal a utilizar es variado y se encontrará dividido en equipos, estos serán utilizados de acuerdo al avance de la obra y en las diferentes etapas. Cabe mencionar que la mayoría del personal que se ocupara en la obra es local. Se contratará una cuadrilla de 20 personas para llevar la ejecución del proyecto, además un operador de la zanjadora, un operador del camión de volteo y uno de la retroexcavadora. Para las actividades de preparación del terreno y construcción, se utilizarán los servicios de personal especializado para la instalación del ducto y de sus sistemas de control y seguridad, y de personal calificado para las obras civiles necesarias. Por lo tanto, el personal que desarrollará esta etapa no tendrá ninguna relación laboral con la empresa, ya que serán dependientes directamente de la compañía contratista. En la etapa de operación sólo se utilizará gas L. P. (que es una mezcla de butano y propano). Asimismo, cabe señalar que otros insumos que se utilizan indirectamente en la operación y mantenimiento son: • Lubricantes, grasas, etc. • Materiales para mantenimiento preventivo y correctivo del gasoducto como, válvulas, empaques, pintura y piezas

especiales. V.4. Efluentes (emisiones, residuos) Emisiones a la atmósfera Durante las etapas de preparación del sitio y perforación se prevén emisiones a la atmósfera provenientes de los vehículos automotores y maquinaria que será utilizada para las obras civiles y por la combustión interna de los equipos de perforación; así mismo, se prevén emisiones fugitivas de polvos por el transporte de materiales para la construcción del gasoducto. Para reducir dichas emisiones se cumplirá con lo indicado en las normas oficiales mexicanas correspondientes, v.g.; la NOM-041-SEMARNAT-1999 y la NOM-045-SEMARNAT-1996; que establecen los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina y diesel como combustible o mezclas que incluyan diesel como combustible, respectivamente, entre otras disposiciones normativas. Para reducir las emisiones fugitivas, todos los camiones deberán cubrir el material transportado con una lona de protección. Generación de residuos Durante la etapa de preparación y construcción del gasoducto se generarán diversos tipos de residuos; la cantidad y disposición final de éstos se muestra en la siguiente tabla:

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Residuos no peligrosos que se generarán durante las etapas de preparación del sitio y perforación Nombre del residuo Cantidad generada Sitio de disposición final

Residuos de la construcción ND Se almacenarán en montículos y se considerarán como residuos de manejo especial. Se manejarán conforme a lo que establezca la LGPGIR, las disposiciones emitidas por las legislaturas de las entidades federativas y demás disposiciones aplicables.

Residuos provenientes de la limpieza y preparación de las áreas seleccionadas para la instalación del gasoducto

1 000 m3 Se almacenarán en montículos para ser utilizados posteriormente en la rehabilitación de las áreas que resulten afectadas.

Residuos sanitarios ND Se contratará a una empresa especializada para la colecta y traslado de los residuos provenientes de las letrinas portátiles.

Basura doméstica ND Será puesta en tambos cerrados y etiquetados, para su transporte fuera del campo geotérmico hasta los sitios autorizados por el municipio.

Reciclables: Cartón, Madera, Metal ND Se clasificarán y enviarán a centros de acopio autorizados por el municipio.

Así mismo, los residuos peligrosos que se generen en la etapa de perforación (grasas y aceites, básicamente), así como, los residuos sólidos urbanos y los residuos de manejo especial se manejarán conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 95 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). V.5. Conclusiones • La Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de

Cancún, específicamente en los de rechos de vía de acceso localizados en los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo, no solamente confirma lo dispuesto en la excepción expresamente establecida en los artículos 28, segundo párrafo, de la Ley y 5 inciso C) de su Reglamento, sino también lo señalado en los artículos 29 y 31, fracción I, de dicha Ley, así como lo dispuesto en la NOM-117-SEMARNAT-2006.

• Los sitios en donde se ubicará el gasoducto que se pretende construir son considerados como zonas eriales. • El gasoducto se ubicará en derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas localizados en

los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo. • No se requiere la remoción de vegetación forestal. • No se afectaran áreas con riqueza natural o biólogica. • No se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial

mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. • El proyecto no se ubicará en alguna área natural protegida. • El gasoducto se diseñará, construirá y operará de acuerdo a los requisitos que establece la NOM-003-SECRE-

2002 “Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos”.

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Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

VI. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO VI.1. Delimitación y justificación del área de estudio y de influencia Para la delimitación del área de estudio y de influencia del proyecto se consideraron dos criterios (uno jurídico y otro técnico), los cuales consisten en lo siguiente: Criterio jurídico 1. Para la delimitación del área de estudio se empleó tanto la regionalización definida en el Programa de

Ordenamiento Ecológico del Municipio de Benito Juárez (POEMBJ), publicado en el periódico oficial del Gobierto del Estado de Quintana Roo el 20 de julio del 2005, como el Programa de Ordenamiento Ecologico Local del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, México (POEMIM), publicado en el periódico oficial del Gobierto del Estado de Quintana Roo el 9 de abril del 2008.

Criterio técnico 2. Para la delimitación del área de influencia se emplearon los radios de afectación que se obtuvieron mediante el modelo

de “ALOHA”, considerando la zona de amortiguamiento que se presentaría en caso de un evento no deseado determinándose un franja de 75 metros (37.5 metros a cada lado de la línea del centro de la trayectoria del gasoducto), esto en virtud de que las posibles afectaciones que se presentarían en el ecosistema urbano tendría una influencia dentro de esa franja señalada.

Bajo estos dos criterios se identificó que, de acuerdo con el POEMBJ, el diagnóstico ambiental identificado para el área de estudio esta considerado como el más importante Destino Turístico de México y junto con la Riviera Maya, en el más importante de la Cuenca del Caribe. Además, las áreas seleccionadas para el proyecto están tipificadas como Aprovechamiento urbano y no restringe o limita el desarrollo de actividades relacionadas con el proyecto, en virtud del alto crecimiento, económico, turítico y urbano que existe en el área de estudio ya que a 30 años de la creación de Cancún, el Municipio Benito Juárez aloja alrededor de 570,000 personas, que es casi la mitad de la población del Estado de Quintana Roo; tiene una oferta hotelera cercana a los 28,000 cuartos de hotel y recibe unos 3 millones de turistas al año, manteniendo porcentajes medios de ocupación superiores a 70 % anual. A la par del éxito económico han surgido problemas ambientales, urbanos y sociales que requieren atenderse para continuar con el sostenimiento de la actividad turística y por ende la economía local y regional, con posibles impactos macroeconómicos al nivel nacional. Entre los factores desencadenadores de los problemas que han surgido pueden destacarse la combinación del crecimiento demográfico explosivo y el rezago en la dotación de infraestructura y servicios

, que sumados a otros factores, derivaron en asentamientos humanos irregulares, cinturones de pobreza, el crecimiento desordenado de la ciudad de Cancún, insuficiencia de áreas verdes, contaminación del suelo, subsuelo y acuífero, afectación del paisaje, entre otros.

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Modelo de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, Plano de Políticas de Ordenamiento

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Por otro lado, la situación geográfica del área de estudio lo hace propenso al embate de ciclones y tormentas tropicales, que por efecto de la marea de tormenta, han contribuido a la pérdida en la amplitud de la playa. Esto ha comenzado a traducirse en pérdida de competitividad frente a otros destinos turísticos y sin la remediación adecuada, podría generar una grave crisis económica. Los ciclones están relacionados también con los incendios forestales. Tal es el caso de los acaecidos en 1989, al año siguiente del Huracán Gilberto (1988) y que afectaron en la entonces zona continental de Cozumel, hoy Solidaridad, en Benito Juárez y en la zona continental de Isla Mujeres alrededor de 75,513 hectáreas de Selva Mediana, 35,506 de Selva Baja y 1,560 de Sabana, correspondiendo al Municipio Benito Juárez un total de 45,340 hectáreas siniestradas, equivalentes a 40.27 % del total afectado. Además, existe un desarrollo económico polarizado en el territorio municipal, ya que sus zonas rurales presentan grandes rezagos en infraestructura, equipamiento, vivienda, servicios y oportunidades de empleo. Estas carencias, sin duda en combinación con otros factores, hacen urgente efectuar un aprovechamiento adecuado de los recursos con que cuenta el territorio, particularmente del ejidal, que conforma poco más de 60 % del territorio de Benito Juárez. De estas condiciones surge la necesidad de regular e inducir el uso adecuado del suelo en el territorio municipal, así como de propiciar que las actividades turísticas –motor del desarrollo municipal-, se consoliden sin menoscabo del entorno social y natural que les da soporte con la finalidad de lograr el bienestar social y la protección del ambiente a través del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Con respecto al POEMIM se identificó que el municipio de Isla Mujeres es el menos poblado del Estado de Quintana Roo, ya que representa 1.2% de los habitantes que existen en la entidad. Su población actual es de 13,3 15 habitantes, de los cuales 6,450 habitantes (48.4%) son mujeres y 6,865 (5 1.6%) son hombres. Las actividades económicas de la población se desarrollan en todos los sectores, desde el primario (Agricultura, Ganadería, Silvicultura, Caza y Pesca), secundario (Minería, Extracción Pétrea, Manufactura, Construcción), hasta el terciario (Comercio, Transporte y Comunicaciones). De estos sectores el más representativo es el sector terciario mientras que el menor lo es el sector primario pues su producción se destina principalmente al autoconsumo. El sector terciario se desarrolla principalmente alrededor del turismo por su estrecha vinculación con la ciudad de Cancún en el municipio de Benito Juárez, sin embargo, la infraestructura turística con la que cuenta el municipio de Isla Mujeres es muy incipiente, no obstante, que las actividades y la ocupación de los sectores en el territorio municipal representa el 6% del mismo, concentrándose principalmente en la zona insular del municipio. El estado que guardan los recursos naturales en el territorio municipal, en los últimos años se han realizado diversas afectaciones por causas naturales, fundamentalmente por los huracanes que se han registrado en la región, así como, por los incendios por actividades antropogénicas. Los huracanes afectaron casi la totalidad de los ecosistemas presentes como la duna costera, humedal costero (manglar de franja), sabana y selva baja, a través de inundaciones, derribo de árboles, desgajamiento de ramas e intrusión de agua salina; la afectación por este tipo de eventos se estima en el 52% de la superficie territorial con respecto del estado original de sus ecosistemas. El manglar de franja y la selva baja son los ecosistemas que más resintieron los efectos de estos huracanes. Las afectaciones ambientales derivadas de las actividades humanas que se realizan en el municipio de Isla Mujeres se concentran en la zona insular y al suroeste.de la zona continental, a través de los pocos kilómetros de caminos y brechas existentes, expresándose en deforestación y contaminación, particularmente

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en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

la generada por los tiraderos a cielo abierto. Estas afectaciones se asocian al crecimiento de los asentamientos humanos y al avance de la frontera agrícola. En la porción continental el crecimiento poblacional ha propiciado la existencia de asentamientos irregulares y un crecimiento anárquico, carente de servicios. Este crecimiento se ha dado por la cesión y venta de derechos del ejidatario para su venta y uso habitacional. Esta actividad se observa principalmente en las proximidades de la ciudad de Cancún, en la zona conocida como Rancho Viejo y representa uno de los principales conflictos ambientales que de no atenderse se agravarán debido a la demanda de espacios para vivir. El H. Ayuntamiento de Isla Mujeres reconoce que su futuro ambiental y socioeconómico depende de realizar una adecuada planeación de su territorio que permita una complementariedad de actividades bajo una perspectiva de desarrollo integral, a través de instrumentos de política ambiental y urbana que sean vinculatorios y congruentes. En este sentido, se identificó que las obras y/o actividades que incidirán en el POEMIM se localizan dentro de la Unidad de Gestión Ambiental denominada “Centro de Población Rancho Viejo”,el cual presenta una política de Aprovechamiento sustentable y sin que en los criterios establecidos para dicha política limiten o prohíban el desarrollo de actividades relacionadas con el proyecto. En este contexto, observamos que la caracterización ambiental tanto del área de estudio como el área de influencia se identificó que Cancún es el principal polo inductor del desarrollo regional, centro de captación de divisas y fuente de empleo en el Sureste Mexicano que ha tenido éxito sin precedente, y a rebasado las expectativas más altas de los gestores del primer centro de población integralmente planeado de México, en consecuencia, las áreas delimitadas para el proyecto son terrenos despoblados de flora y fauna original, que han perdido la mayor parte del suelo fértil y han dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico.

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Mapa Base del Municipio Benito Juárez construido a partir de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado

de Quintana Roo el 15 de mayo de 2003.

VI.2. Medio abiótico a) Clima Tanto el Municipio Benito Juárez como el de Isla Mujeres está localizado en el Trópico de Cáncer, por debajo de los 23° de Latitud Norte, en la zona térmica denominada Zona Tropical Norte. Debido al mayor calentamiento que ocurre en el ecuador por la incidencia de los rayos solares, la superficie donde se localizan los municipios tienen elevadas temperaturas y bajas presiones atmosféricas (García, 1988). Geología El subsuelo de los municipios involucrados es muy permeable y permite la infiltración de agua de lluvia que en combinación con los ácidos orgánicos producidos por la vegetación disuelve los componentes de la roca caliza, dando origen a cenotes, grutas, cavernas y sumideros. Desde hace unos pocos años existe un proyecto turístico denominado “La ruta de los Cenotes” que pretende incorporarlos al desarrollo del ecoturismo y contribuir a la diversificación turística del estado. Sin embargo, es un proyecto que no se ha concretado debido a diferencias en los modelos de aprovechamiento entre los empresarios y los propietarios de los predios, así como a la ausencia de infraestructura para la dotación de servicios que permitan introducir un mínimo de instalaciones para combinar la comodidad con las condiciones naturales de los parajes.

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Algunos cenotes son utilizados para el abasto de agua para consumo humano y también para riego de parcelas, existiendo el riesgo de contaminación, así como, el abatimiento de su grosor y afectación por aumento de la salinidad. Algunos cenotes ubicados al interior de los asentamientos humanos han sido utilizados como reservorios de aguas residuales y están seriamente contaminados y presentan alteraciones en la calidad de la vegetación circundante, por lo que, es necesario su rescate. Debido a la condición del karst estos impactos ambientales se difunden a otras áreas aguas abajo y producen impactos sinérgicos que afectan no sólo al agua sino a la flora y fauna asociada y aún al hombre. Desafortunadamente no se han cuantificado los efectos ni se conocen todas las fuentes de contaminación. Edafología Los municipios involucrados presentan suelos poco profundos y poco evolucionados en toda su superficie. La delgada capa fértil, rica en materia orgánica es fácilmente degradable. Son suelos pedregosos que hacen prácticamente imposible la mecanización. El suelo de los municipios es de tipo Litosol con Redzina sobre el cual se desarrolla la selva mediana subperennifolia. Se ha considerado que una medida de protección al suelo sería la de favorecer la vocación forestal del mismo, dada la alta cobertura de selva en el territorio, no obstante, la actividad agrícola está muy pobremente desarrollada, una alternativa viable es la tecnificación de los procesos y el uso intensivo del suelo. En las zonas agrícolas debe prestarse especial interés a los productos químicos que se emplean, tanto fertilizantes como pesticidas e insecticidas, ya que su empleo inadecuado podría ocasionar severos daños ambientales. Igualmente debe tenerse en cuenta el caudal de extracción para no afectar la interfase salina y generar un problema por incremento de la cuña salina. Geohidrología Debido a la gran capacidad de infiltración y a la poca pendiente topográfica del terreno, alrededor del 80 % de la precipitación pluvial llega directamente al manto freático y su elevada transmisividad propicia que los volúmenes de agua que recibe el acuífero por recarga, sean desalojados rápidamente. El nivel freático se encuentra a menos de 5 metros del nivel del piso promedio, que es la condición que prevalece en una franja de 50 Km a partir de la costa en toda la zona Norte de Quintana Roo, aunque esta varía desde 0.30 hasta 25 m dependiendo de la cercanía que se tome de referencia hacia la costa. Esta situación repercute fuertemente en la calidad del ambiente y en la agudización de los problemas ambientales del municipio derivados de una insuficiente infraestructura de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. Las recargas de los acuíferos tienen lugar durante los meses de mayo a octubre y es originada principalmente por las lluvias de mayor intensidad. Las principales zonas de recarga al acuífero se ubican en Nuevo X-can y Héroes de Nacozari-Leona Vicario-Central Vallarta-Puerto Morelos y Santa Teresita. Hidrología superficial En el Municipio Benito Juárez únicamente existen dos cuerpos de agua superficiales, la parte Sur del Sistema Lagunar Chacmochuk y el Sistema Lagunar Nichupté. El primero se localiza al Noreste de la ciudad de Cancún en su mayor parte dentro del territorio del municipio Isla Mujeres, en tanto que el segundo está al Este de la ciudad bordeado por la zona hotelera de Cancún y el Boulevard Luis Donaldo Colosio. VI.3. Medio biótico Vegetación Vegetación dominante

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En los municipios involucrados hay tres ecosistemas o tipos forestales, así como, ocho subtipos de vegetación. El ecosistema selvático es el de mayor extensión ya que ocupa el 88.86 % de la superficie que comprenden ambos municipios, siendo el subtipo Selva Mediana Subperennifolia el que tiene la mayor cobertura con el 81.92 %. El humedal es el segundo ecosistema en extensión con 10,362.13 ha, equivalente al 5.27 % de las superficies municipales. De este ecosistema, la mayor parte corresponde al subtipo de vegetación denominado pantano de zacates. Por último, el ecosistema de vegetación halófita es el que ocupa la menor superficie territorial, con apenas 326.85 ha, equivalentes al 0.17 % de la superficie territorial. Grado de afectación En la actualidad es casi imposible encontrar ecosistemas en condiciones prístinas no alteradas, pues eventos naturales, como el paso de ciclones y los grandes incendios forestales, así como diversas actividades antropogénicas, entre las que destacan la forestal, turística, agropecuaria y los asentamientos humanos, han dado como resultado que los ecosistemas presentes en el municipio estén conformados por un mosaico en diversos estados de sucesión o alteración. Causas de afectación La principal causa de afectación en el ecosistema selvático tiene su origen en los incendios forestales cuya presencia se debe tanto a fenómenos naturales como acciones humanas directas (roza, tumba y quema de parcelas) e indirectas (disposición inadecuada de basura y materiales pirogénicos). Otra causa de alteración deriva de los aprovechamientos forestales y agropecuarios regulares y de las actividades irregulares durante las que se extrae madera dura tropical, hojas, troncos, suelo y piedra, así como de la apertura de bancos de explotación de sascab. Se estima que tales actividades han alterado totalmente 7,780.84 ha de la selva, y afectado ligeramente una superficie de 142,684.99 ha. El motivo de tales extracciones es la demanda constante de materiales regionales para la construcción y diversas obras de ingeniería derivada de la industria hotelera. El establecimiento de los centros urbanos es otro agente causal de afectación en los ecosistemas naturales, principalmente de la Selva Mediana Subperennifolia (SMS), en la que se han transformado alrededor de 12,000 ha para el desarrollo de Cancún, Leona Vicario, el casco urbano del ejido Alfredo V. Bonfil y la colonia Cetina Gazca de Puerto Morelos. De 1974 a la fecha, Cancún ha crecido 14.5 veces su superficie original. La realización de desmontes para el desarrollo urbano en Cancún, ha propiciado cambios importantes a nivel urbano, ya que las selvas son sustituidas en un 96 % para el desplante de los proyectos de vivienda. Si bien en la normatividad urbana se considera la dotación de un 15 % de la superficie neta (sin considerar vialidades) de cada fraccionamiento como área de donación, esta sólo representa un 9 % del área total la cual se divide en usos públicos para equipamiento urbano y sólo una pequeña porción del 4 ó 3 % como áreas verdes. Adicionalmente, por motivos económicos, la falta de conciencia de los desarrolladores, así como, la baja capacidad de seguimiento por parte de las autoridades competentes, el salvamento y conservación de la vegetación original se encuentra en situación precaria. Basta observar que en las zonas urbanas, suburbanas y a lo largo de los ejes carreteros se puede apreciar una fuerte invasión de especies exóticas, entre las que destacan el flamboyán, almendro, casuarina, tulipán africano y lluvia de oro, entre otras, que han sido introducidas con fines ornamentales pero que no favorecen los procesos normales de sucesión ecológica en los ecosistemas regionales y compiten por espacios con las especies nativas. La vegetación de humedal, en particular la ubicada en el margen oriental del Sistema Lagunar Nichupté y de manera incipiente la de la franja entre el aeropuerto de Cancún y Puerto Morelos, ha sido afectada principalmente por el establecimiento de infraestructura turística.

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En congruencia con lo anterior, se concluye que tanto el área de estudio como el área de influencia de proyecto han sido fuertemente alterados por actividades antropogénicas (turísticas, de desarrollo urbano, equipamiento y servicios, comercios, entre otros), tan es así que las áreas seleccionadas para el proyecto corresponden a los derechos de vía existentes que sirven de comunicación y transporte en ambos municipios, sin que, además, se detectaran especies de flora en algún estatus de protección legal conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001. Fauna La fauna silvestre presente en los municipios involucrados es abundante y diversa ya que bibliográficamente se han reportado 1,068 especies distribuidas en 13 grupos principales de fauna terrestre y acuática. Se enlistan 74 especies y subespecies de fauna silvestre incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001, que representan el 6.92 % de la fauna citada para el municipio. Su distribución abarca todos los ecosistemas y tipos vegetales presentes en el territorio municipal. Entre los vertebrados, el grupo que mayor porcentaje de registros tiene incluidos en la Norma es el de los reptiles con 44.28 % seguido por los mamíferos con 27.03 %. Noobstante lo anterior, y debido a que tanto el área de estudio como el área de influencia de proyecto han sido fuertemente alterados por actividades antropogénicas (turísticas, de desarrollo urbano, equipamiento y servicios, comercios, entre otros), no se idnetificaron especies de fauna en algún estatus de protección legal conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001 Paisaje El deterioro del paisaje tiene que ver con el cambio en el uso del suelo, la urbanización inadecuada, la falta de una imagen urbana acorde al sitio, la inadecuada disposición de los desperdicios y la introducción de especies exóticas, entre otros. Es un problema ambiental cuyo origen es la anteposición de los intereses económicos inmediatos a las necesidades de sostenibilidad. Al nivel regional se identifican algunos elementos del medio que han sido alterados y en consecuencia han deteriorado el paisaje. Tal es el caso de los bancos de préstamo de material ubicados en la vecindad de los ejes carreteros o cercanos al aeropuerto internacional; la alteración de la línea de costa y la pérdida de playa derivada de procesos erosivos intensificados por la afectación a la duna costera; la introducción de especies vegetales exóticas en el margen lagunar del Sistema Lagunar Nichupté; los tiraderos de basura a cielo abierto y aún el relleno sanitario; y los cinturones de miseria en los márgenes urbanos de Cancún. VI.4. Medio socioeconómico El turismo es la actividad económica más importante en el municipio Benito Juárez ya que emplea al 76.91% de la Población Económicamente Activa (PEA) y genera la mayor cantidad de recursos. Por el contrario el sector agropecuario está sumamente retrasado y en términos prácticos, actualmente carece de importancia, pese a su potencial. Las actividades turísticas del Norte de Quintana Roo (corredor Cancún-Tulum), generan el 40 % de las divisas turísticas del total nacional, aportan el 10.5 % del PIB turístico del país y el 90 % del Estado, y es el principal receptor de turismo extranjero en el país. Sin

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embargo, debido a que la región continúa orientándose de manera importante al turismo extranjero, el cual representa el 72 % de la afluencia anual, y en particular al mercado norteamericano que contribuye con el 73 % del total de visitantes extranjeros, se trata de una actividad vulnerable a las condiciones internas de aquel país, como lo delatan las crisis del sector durante la guerra del Golfo Pérsico (1991-1992), o luego de los atentados del 11 de septiembre de 2001. Actividades agropecuarias Estas actividades producen impactos directos como la pérdida de vegetación, desplazamiento de la fauna y afectación a especies protegidas por la normatividad vigente, sus efectos en algunos casos resultan temporales y con posibilidad de ser reversibles. El impacto ambiental indirecto más significativo consiste en la realización de quemas agrícolas, mismas que forman parte del cultivo tradicional maya (roza, tumba y quema), y son responsables de la afectación de amplias superficies de selva. Los impactos generados son devastadores, ya que eliminan por completo la estructura ecológica existente, producen la segmentación del ecosistema y propician la propagación de especies oportunistas, que en muchos de los casos no permiten la colonización y sucesión ecológica, como en el caso del helecho cilantrillo, que ocupa de manera casi exclusiva algunas de las porciones de terreno que se quemaron durante los incendios de 1989 y 1995. Aprovechamiento forestal En el aprovechamiento de recursos maderables y no maderables, la extracción de éstos se realiza en zonas cercanas a caminos o brechas generalmente ajenas a las zonas autorizadas, además se realiza el aprovechamiento selectivo de unas pocas especies que merma de alguna manera los procesos naturales de recuperación de las selvas. Un impacto adicional relativo a la extracción selectiva de especies corresponde al caso del chicozapote, árbol de madera dura de alta resistencia a la intemperie, que resulta uno de los pilares ecológicos, junto con el ramón de las selvas del municipio. En múltiples áreas, el aprovechamiento de esta especie se realiza sobre individuos con diámetros menores a 25 cm cuando el diámetro autorizado es de 35 cm. Aparentemente este impacto no es de consideración en función de la amplia distribución que presenta este especie, sin embargo su efecto continuo y acumulativo propicia cambios ecológicos cada vez mayores en función de la disminución de las especies dominantes. Disposición final de los desechos La superficie de los tiraderos de basura a cielo abierto y de los rellenos sanitarios en el municipio Benito Juárez es de 4 y 41 ha respectivamente, con un volumen de recolección de basura anual de 221 mil toneladas. El único relleno sanitario del municipio se localiza fuera de los límites municipales, en el territorio del municipio Isla Mujeres y da servicio a la ciudad de Cancún, Isla Mujeres y a los poblados Alfredo V. Bonfil, Leona Vicario, Puerto Morelos y la Colonia Cetina Gasca. Actualmente cuenta con 4 celdas completas. La quinta celda se realizó en la parte media del relleno actual y cuenta con un tiempo estimado de vida de 12 meses. El rezago en materia de manejo de residuos sólidos es grave en los municipios involucrados, pues existe la disposición a cielo abierto, tanto en las localidades con recolección como en las localidades pequeñas en las que no hay recolección. Es común la presencia de basura en lotes baldíos, en caminos vecinales o terciarios, así como su disposición inadecuada mediante quema. Para atender esta problemática se requieren esfuerzos importantes de saneamiento ambiental pero éstos deben acompañarse de programas de educación ambiental ya que la falta de educación y compromiso de la ciudadanía reducen la eficiencia de los programas implementados por los gobiernos municipales. Cobertura de servicios básicos

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La cobertura de servicios básicos en el municipio Benito Juárez es superior respecto de las medias estatal y nacional. Sin embargo, el número de viviendas que dispone de drenaje conectado a la red pública es sólo del 36.7 %, todas ellas ubicadas en la ciudad de Cancún. Las fosas sépticas no siempre operan adecuadamente y pueden generar derrames de aguas residuales que afectan la calidad del manto freático. Al respecto, los estudios de la Comisión Nacional del Agua sobre calidad del agua de los sistemas lagunares Nichupté y Chacmochuk, con excepción de la laguna Bojórquez, no muestran evidencia de contaminación por aguas residuales. Sin embargo, un estudio conjunto de CAPA y CNA en la zona de pozos de captación indica que el crecimiento de los asentamientos humanos ha incrementado los aportes de materia orgánica, así como la contaminación bacteriológica en la zona de captación 4 (al Sur de Leona Vicario) y en la zona de captación 2 (al Sur de la carretera federal No. 180, Cancún-Mérida). Agua potable y alcantarillado En las zonas rurales y en algunos asentamientos humanos irregulares existen pozos de los que se extrae agua del subsuelo mediante bombas, sin embargo, no existe un censo en cuanto al número de pozos en funcionamiento ni sobre el volumen de extracción. El volumen mensual promedio de extracción de agua es de 4.502,293 m3, sin embargo, se debe considerar que existen pérdidas en el sistema del orden del 42 %, por lo que, el volumen real de agua que llega a los usuarios es de aproximadamente 2.611,330 m3. Por otra parte, el volumen mensual promedio de aguas residuales tratadas es de 1.930,771 m3, de lo que se deduce que alrededor del 26 % de aguas residuales no tienen tratamiento secundario o superior y no se conoce su destino final, pero que evidencia la necesidad de incrementar las plantas de tratamiento de aguas residuales en el municipio, particularmente en las zonas rurales donde son inexistentes. VI.5. Conclusiones sobre el diagnóstico ambiental de las áreas seleccionadas para la instalación del gasoducto El estado general de conservación actual del subsistema natural es satisfactorio y aunque está sometido a enormes presiones sólo presenta algunas áreas muy localizadas realmente degradadas, principalmente en la franja costera y alrededor de los núcleos urbanos. Sin embargo, dado que estas áreas están a la vista de la población en general, la percepción colectiva sobre el deterioro ambiental señala una urgente necesidad por atender los problemas ambientales y esto se refleja en los considerandos tanto del POEMBJ como del POEMIM. En este sentido, y conociendo el grado de deterioro ambiental que se presenta en los municiois involucrados, el proyecto no representa un incremento en el nivel de impacto ambiental que actualmente existe, esto debido a que la caracterización ambiental tanto del área de estudio como el área de influencia se identificó que Cancún es el principal polo inductor del desarrollo regional, centro de captación de divisas y fuente de empleo en el Sureste Mexicano que ha tenido éxito sin precedente, y a rebasado las expectativas más altas de los gestores del primer centro de población integralmente planeado de México, en consecuencia, las áreas delimitadas para el proyecto son terrenos despoblados de flora y fauna original, que han perdido la mayor parte del suelo fértil y han dejado de cumplir su función reguladora del régimen hídrico, ya que actualmente son utilizadas como derechos de vía existentes de vías de acceso localizadas en el municipio de Benito Juárez y de Isla Mujeres, de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, además de las siguientes consideraciones técncias y jurídicas:

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• Los sitios en donde se ubicará el gasoducto son áreas consideradas como zonas eriales. • No se requiere la remoción de vegetación forestal. • No se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica.

• No se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001).

• El proyecto no se ubicará en alguna área natural protegida. • El proyecto cumplirá con los requisitos señalados en la NOM-117-SEMARNAT-2006. • El gasoducto será diseñado, construido y operado de acuerdo a los requisitos de la NOM-003-SECRE-2002

“Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos”.

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VII. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES VII.1. Identificación de impactos ambientales En primera instancia, se empleó la técnica de la matriz de Leopold para identificar las posibles interacciones de impacto ambiental de las obras y actividades del proyecto con los componentes ambientales del medio; y como una segunda parte, se realiza la evaluación de las interacciones previamente identificadas. En tal sentido, se elaboró una lista de verificación, ordenándose de acuerdo con las etapas del proyecto, conforme a lo siguiente:

Actividades principales del proyecto que puedan ocasionar impactos en el ambiente

Etapa del proyecto Obra y/o Actividad Preparación y construcción

• Limpieza y trazo del gasoducto • Excavación de zanjas. • Carga, acarreo, descarga y tendido de tubería. • Perforación direccional • Relleno y compactación • Construcción de Caseta de regulación • Limpieza final y rehabilitación del trazo • Señalización

Operación y mantenimiento

• Vaporización y Regulación • Inspección y vigilancia • Actividades de mantenimiento

Abandono del sitio

• Desmantelamiento de infraestructura • Acciones de reacondicionamiento de las áreas alteradas aus condiciones ambiental previas

al desarrollo del proyecto (derechos de vía existentes)

Indicadores de impacto Cabe señalar que las componentes ambientales relacionados con la flora y fauna no fueron considerados en la identificación de impactos ambientales, en virtud de que las condiciones ambientales de las áreas en donde se realizará el gasoducto, carecen de hábitats o vegetación que ecológicamente sean importantes y que ofrezcan algún servicio ambiental para la sobrevivencia de especies faunísticas, toda vez que dichas áreas actualmente son utilizadas como derechos de vía de zonas turísticas, urbanas o semiurbanas, por lo que, tampoco se identificaron especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2001, por lo tanto, las únicas componentes ambientales en las cuales podrían presentarse impactos ambientales por la realización del proyecto son las siguientes:

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Principales componentes ambientales e indicadores de impacto ambiental para el proyecto Factor ambiental Componente ambiental

Medi

o Na

tura

l

Aire • Composición (calidad el aire) • Nivel de ruido

Hidrología • Características fisicoquímicas (calidad del agua)

Suelo • Características físicas (compactación, permeabilidad) • Características químicas (contaminación del suelo)

Identificación de interacciones ambientales Para identificar los impactos, se elaboró una matriz de interacciones entre las actividades del proyecto y los componentes ambientales ordenándose sobre las columnas las actividades del proyecto que fueron listadas anteriormente, y sobre los renglones se incluyeron los componentes ambientales susceptibles de afectación por la ejecución del proyecto. Asignación de categorías de impacto Posterior a la identificación de las interacciones de impacto entre las actividades y componentes ambientales para las diferentes etapas del proyecto, se procedió a evaluar su impacto considerando dos características principales, la magnitud del impacto y la importancia del factor o componente afectado. La magnitud del impacto fue determinada como una función de los siguientes criterios: • Extensión del efecto (E): tamaño de la superficie afectada por una determinada acción. • Duración de la acción (D): lapso de tiempo durante el cual se estará llevando a cabo una acción particular. • Continuidad del efecto (Co): frecuencia con la cual se produce determinado efecto o presencia del mismo en relación

con el período de tiempo que abarca la acción que lo provoca. • Reversibilidad del impacto (R): posibilidad de que el factor afectado pueda volver naturalmente a su estado original,

una vez producido el impacto y suspendida la acción tensionante. • Certidumbre (C): grado de probabilidad de que ocurra el impacto. • Susceptibilidad de medidas de mitigación (M): capacidad que existe para aplicar medidas correctivas a un

determinado impacto. • Intensidad del impacto (I): nivel de aproximación a los límites permisibles en las Normas Oficiales Mexicanas cuando

esto aplique, o en su defecto, la proporción de las existencias del componente ambiental afectado en el área de estudio que son afectadas por el impacto.

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Los criterios mencionados anteriormente fueron valorados de acuerdo a lo siguiente:

Criterios considerados para determinar la magnitud de impacto

Criterios Escala 1 2 3

Extensión del efecto (E) Puntual, afectación directa en el sitio donde se ejecuta la acción, hasta una distancia de 50 m

Local, si el efecto ocurre a una distancia entre los 50 m y los límites del área de estudio..

Regional, el efecto se manifiesta fuera del área de estudio propuesta.

Duración de la acción (D) Corta, cuando la actividad dura menos de 1 mes.

Mediana, la acción dura más de 1 mes y menos de 1 año.

Larga, la actividad dura más de 1 año.

Continuidad del efecto (Co)

Ocasional, el efecto puede ocurrir incidentalmente en los ciclos de tiempo que dura una acción intermitente, y existen medidas para evitar que la interacción suceda; ocurre una sola vez.

Temporal, el efecto se produce de vez en cuando (incidentalmente) en los ciclos de tiempo que dura una acción intermitente.

Permanente, el efecto se produce al mismo tiempo que ocurre la acción, pero ésta se lleva a cabo de forma continua, intermitente y/o frecuente.

Reversibilidad del impacto (R)

A corto plazo, la tensión puede ser revertida natural-mente por las actuales condiciones del sistema en un período de tiempo relativamente corto, menos de un año.

A mediano plazo, el impacto puede ser revertido naturalmente por las condiciones del sistema, pero el efecto permanece de 1 a 2 años.

A largo plazo, el impacto podrá ser revertido naturalmente por un tiempo mayor de dos años, o el impacto es irreversible.

Certidumbre (C)

Poco probable, la probabilidad de ocurrencia de determinada afectación puede ocurrir bajo condiciones extraordinarias o imprevistas.

Probable, la actividad implica riesgos potenciales, aunque el efecto podría variar dependiendo de las condiciones del proyecto o del ambiente.

Muy probable, la probabilidad de ocurrencia del impacto es casi segura, determinada por la experiencia en otros proyectos del mismo giro.

Susceptibilidad de medidas de mitigación (M)

Factibilidad alta, remediable mediante la aplicación de ciertas actividades para contrarrestar en gran medida el impacto identificado (más del 50%).

Factibilidad media, implica la ejecución de determinadas actividades para remediar el impacto, con cierta incertidumbre de éxito (entre 25-50%)

Factibilidad baja, La potencialidad de remediar el impacto ambiental es de nula a baja. (menor del 25% de la afectación)

Intensidad del impacto (I)

Mínima, si los valores de la afectación son menores al 50% del límite permisible, o si las existencias afectadas son menores al 24% del total disponible en el área de estudio.

Moderada, cuando la afectación alcanza valores equivalentes a más de 50% respecto al límite permisible, o si son afectadas entre 25-49% de las existencias.

Alta, cuando la afectación rebasa los valores permisibles indicados en la NOM, o si la afectación es superior a 50% de las existencias de la región.

Considerando los valores asignados a los siete criterios de cada una de las interacciones identificadas, y aplicando la siguiente ecuación, se obtuvo la magnitud del impacto (MI) para cada interacción.

MI = 1/21 ( E + D + Co + R + C + M + I )

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A los valores resultantes de esta ecuación se les asignó la categoría de magnitud del impacto, de acuerdo con la siguiente clasificación:

Bajo 0,333 a 0,555 Moderado 0,556 a 0.777

Alto mayor a 0,778 El origen de la escala de valoración es 0,333 debido a que es el valor más bajo que puede tener este índice. Para calcular la importancia del componente ambiental afectado (IC) se consideraron nueve criterios de importancia, los cuales se indican a continuación

Criterios considerados para determinar la importancia de los componentes ambientales afectados

1 Valor económico o comercial 2 Valor biológico (biodiversidad, conservación, naturalidad, endemismo, rareza) 3 Importancia para el funcionamiento del ecosistema regional 4 Valor estético, paisajístico o cultural 5 Porcentaje de afectación sobre la abundancia o disponibilidad del componente ambiental en el área de

estudio 6 Valor para la calidad de vida de los pobladores locales 7 Calidad e integridad del componente ambiental 8 Valor recreacional o de esparcimiento 9 Valor de autoconsumo para los habitantes de la región

Para estimar la importancia del componente (IC) se dividió el número de aspectos en los que el componente se calificó como relevante, entre los nueve criterios de importancia valorados. Con base en los valores obtenidos se realizó la asignación de categorías de importancia de componente ambiental:

Poco relevante menor a 0,334 Relevante 0,334 a 0.666

Muy relevante mayor a 0,666 Una vez obtenida la magnitud del impacto (Mi), así como la importancia del componente afectado (IC), se procedió a obtener la significancia del impacto (SI) de cada interacción mediante la siguiente ecuación:

SI = MI (1-IC)

Donde:

SI = Significancia del impacto MI = Magnitud del impacto IC = Importancia del componente ambiental

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Con base en los valores obtenidos para la significancia del impacto (SI) se asignaron las siguientes categorías:

Impacto no significativo (ns) 0,333 a 0,499 Impacto poco significativo (ps) 0,500 a 0,666 Impacto significativo (S) 0,667 a 0,833 Impacto muy significativo (MS) 0,834 a 1,000

El origen de la escala de valoración es de 0,333 debido a que es el valor más bajo que puede tener este índice. VII.2. Evaluación de impactos ambientales

Evaluar la importancia o significancia de los impactos ambientales identificados utilizando metodologías al respecto.

Hacer referencia a los criterios de evaluación: intensidad, extensión, duración, momento, persistencia, reversibilidad, sinergia, periodicidad, etc.

Una vez identificadas las interacciones ambientales para las diferentes etapas del proyecto, se procedió a evaluar la significancia del impacto, utilizando los siete criterios de magnitud considerados, así como el valor estimado de la importancia del componente ambiental afectado, obteniéndose lo siguiente:

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Componente

ambiental Acción que puede

causar impacto Tipo de Impacto

Suelo

Limpieza de áreas seleccionadas. Apertura de zanjas. Relleno y compactación. Desmantelamiento de infraestructura. Limpieza de sitio.

Contaminación poco probable del suelo (impacto no significativo, temporal y puntual). Contaminación poco probable del suelo por el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos, (impacto ambiental no significativo, temporal y puntual).

Agua Perforación direccional.

Contaminación poco probable del los cuerpos de agua (impacto ambiental no significativo, local y temporal.)

Aire Uso de la maquinaria y equipo de construcción.

Incremento de la emisión de ruido (impacto no significativo, temporal y puntual). Afectación poco probable de la calidad del aire (impacto no relevante, temporal y puntual.

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VII.3. Selección y descripción de los impactos ambientales y propuesta de las medidas de prevención y mitigación Descripción de los impactos ambientales potenciales identificados por etapa del proyecto En esta fase de la metodología se elaboraron fichas técnicas donde se describen los impactos ambientales indicados en la tabla anterior, señalando la magnitud de la interacción, la importancia del componente ambiental afectado y la significancia del impacto potencial identificado; así como las medidas de mitigación propuestas para contrarrestar o mitigar el impacto ambiental descrito:

Factor / componente ambiental Aire / composición (calidad del aire) Etapa / actividad del proyecto Etapas de preparación y construcción del sitio Descripción de la interacción o impacto Emisiones producidas por vehículos automotores y maquinaria que será

utilizada para las obras civiles y por la combustión interna de los equipos de perforación e incremento de ruido

Extensión del efecto (E) Local Duración de la acción (D) Corto Continuidad del efecto (Co) Temporal Reversibilidad del impacto (R) A corto plazo Certidumbre de ocurrencia (C) Muy probable Susceptibilidad de medidas de mitigación (M)

Factibilidad alta

Intensidad del impacto (I) Mínima Magnitud del impacto (MI) Bajo Importancia del componente (IC) Poco relevante Significancia del impacto (SI) Impacto no significativo Medida de prevención propuesta Mantenimiento preventivo a los equipos de perforación.

Instalación de equipos de control para reducir las descargas de vapor o gases a la atmósfera, así como las emisiones de ruido.

Factor / componente ambiental Suelo / Características físico químicas

Etapa / actividad del proyecto Etapas de Preparación del sitio y construcción, y Terminación de Actividades y Abandono del sitio

Descripción de la interacción o impacto

Limpieza de áreas seleccionadas. Compactación y nivelación de las áreas seleccionadas. Instalación de áreas de almacenamiento para maquinaria, equipo, materiales y residuos peligrosos y no peligrosos Desmantelamiento de infraestructura. Limpieza de sitio.

Extensión del efecto (E) Local Duración de la acción (D) Corta Continuidad del efecto (Co) Temporal Reversibilidad del impacto (R) A corto plazo Certidumbre de ocurrencia (C) Poco probable Susceptibilidad de medidas de mitigación (M) Factibilidad alta Intensidad del impacto (I) Mínimo Magnitud del impacto (MI) Bajo

Importancia del componente (IC) Poco relevante Significancia del impacto (SI) Impacto no significativo Minimizar superficies de afectación.

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Factor / componente ambiental Suelo / Características físico químicas

Etapa / actividad del proyecto Etapas de Preparación del sitio y construcción, y Terminación de Actividades y Abandono del sitio

Medidas de mitigación propuestas Se realizará la compactación conforme a los estándares de calidad de construcción para evitar la contaminación del suelo. Manejo y control de los residuos que se generen durante esta etapa, conforme a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos y su Reglamento.

Factor / componente ambiental Hidrología / calidad de agua Etapa / actividad del proyecto Perforación direccional Descripción de la interacción o impacto Contaminación poco probable de la calidad del agua Extensión del efecto (E) Puntual Duración de la acción (D) Corta Continuidad del efecto (Co) Ocasional Reversibilidad del impacto (R) A corto plazo Certidumbre de ocurrencia (C) Poco probable Susceptibilidad de medidas de mitigación (M)

Factibilidad alta

Intensidad del impacto (I) Mínima Magnitud del impacto (MI) Bajo Importancia del componente (IC) irrelevante Significancia del impacto (SI) Impacto no significativo Medidas de mitigación propuestas Se realizará la perfiración direcional conforme al procedimiento constructivo y

medidas de seguridad señaladas en el presente informe preventivo.

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VIII. DETERMINACIÓN DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS PARA SU PREVENCIÓN Y

MITIGACIÓN VIII.1. Especificaciones de protección ambiental específicas Una vez que se identificaron los posibles impactos que se presentarían por la realización del proyecto se realizó un análisis integral de sus efectos sobre las diversas componentes ambientales, incluyendo los componentes ambientales de flora y fauna, con el objeto de realizar un enfoque holístico del proyecto y del ecosistema que se verá afectado, concluyéndose: 1. Que por la realización del proyecto no existirá un incremento en el nivel de impacto ambiental que

actualmente existe en la zona hotelera de Cancún, en el Municipio de Benito Juárez, considerando que los sitios en donde se instalará el gasoducto son derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, no se requiere la remoción de vegetación forestal, no se afectarán áreas con riqueza natural o biólogica y tampoco se afectarán especies de flora y fauna en algún estatus de protección legal conforme a la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001.

2. Que el proyecto por su ubicación, dimensiones, características o alcances no producirá impactos

ambientales significativos, no causará desequilibrios ecológicos, ni rebasará los límites y condiciones establecidas en la NOM-117-SEMARNAT-2006, por lo que, durante la Construcción y Operación del Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se cumplirá con todas y cada una de las especificaciones señaladas en el apartado número 4 de dicha norma oficial mexicana, misma que se sustenta tanto técnica como jurídicamente en la siguiente tabla:

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Componente

ambiental Acción que puede

causar impacto Tipo de Impacto

Medida de prevención y/o

mitigación Norma y/o disposición de la cual deriva

la medida propuesta Preparación del sitio y construcción

Suelo

Limpieza de áreas seleccionadas. Apertura de zanjas. Relleno y compactación.

Contaminación poco probable del suelo (impacto no significativo, temporal y puntual).

Minimizar superficies de afectación. Se realizará la compactación conforme a los estándares de calidad de construcción para evitar la contaminación del suelo. Manejo y control de los residuos que se generen durante esta etapa, conforme a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos y su Reglamento.

Las especificaciones 4.1.1; 4.1.2; 4.1.3; 4.1.6 y 4.1.7 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el suelo.

Agua

Perforación direccional.

Contaminación poco probable del los cuerpos de agua (impacto ambiental no significativo, local y temporal.)

Se realizará la técnica de perforación direccional para el cruzamiento de cauces de agua y con ello evitar la contaminación del agua.

Las especificaciones 4.1.8 y 4.1.9 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el agua.

Flora y Fauna

Limpieza de áreas seleccionadas.

No se prevén impactos ambientales sobre esta componente ambiental, debido a que las condiciones ambientales de las áreas en donde se instalará el gasoducto son derechos de vía existente de áreas turísticas, urbanas y suburbanas, los cuales carecen de vegetación ecólogica importante, solamente se

Aún y cuando en las áreas seleccionadas para la realización del proyecto no se identificaron especies de flora, de todas maneras se consideraran las medidas preventivas propuestas en la NOM-117-SEMARNAT-1998. No se identificaron especies de flora y fauna en algún estatus de

Las especificaciones 4.1.4 y 4.1.5 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre la flora y la fauna.

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Componente ambiental

Acción que puede causar impacto

Tipo de Impacto

Medida de prevención y/o mitigación

Norma y/o disposición de la cual deriva la medida propuesta

identificaron pastos o herbáceas que no representan ningún valor ecológico importante en el ecosistema involucrado, (impacto ambiental no significativo, local y temporal).

protección legal conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2001

Operación y Mantenimiento En esta etapa no se identificaron impactos ambientales significativos hacia el ecosistema, ya que los sitios seleccionados para la instalación del gasoducto se restablecerán a sus condiciones ambientales que originalmente presentaban (derechos de vía existentes), asimismo, se cumplirá con las especificaciones 4.2.1; 4.2.2; 4.2.3; 4.2.4 y 4.2.5 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998.

Abandono del sitio Suelo

Desmantelamiento de infraestructura. Limpieza de sitio.

Contaminación poco probable del suelo por el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos, (impacto ambiental no significativo, temporal y puntual).

Manejo y control de los residuos que se generen durante esta etapa, conforme a lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos y su Reglamento.

Las especificaciones 4.3.1; 4.3.2; 4.3.3 y 4.3.4 incluidas en la NOM-117-SEMARNAT-1998 regulan los impactos ambientales que se presentarán sobre el suelo.

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IX. ANEXOS IX.1. Planos IX.2. Fotográfico (Anexo 2) IX.3. Glosario de términos Área de influencia del proyecto: El área geográfica cuyos límites están definidos por el alcance máximo de

los impactos al ambiente, significativos o relevantes, más un área de amortiguamiento. Asentamiento humano.- el establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus sistemas de

convivencia, en un área físicamente localizada, considerando dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lo integran, Artículo 2, fracción II de la Ley General de Asentamiento Humanos, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 1993.

Componente ambiental.- Elemento del medio ambiente o del ecosistema que agrupa a un conjunto de variables (factor abiótico) o a poblaciones diversas (factor biótico).

Contaminación ambiental.- La presencia en el ambiente de cualquier agente (físico, químico o biológico) o bien de una combinación de varios agentes en lugares, formas y concentraciones tales que sean o puedan ser nocivos para la salud, la seguridad o para el bienestar de la población, o que puedan ser perjudiciales para la vida vegetal o animal, o impidan el uso normal de las propiedades y lugares de recreación y goce de los mismos. La contaminación ambiental es también la incorporación a los cuerpos receptores de sustancias sólidas, liquidas o gaseosas, o mezclas de ellas, siempre que alteren desfavorablemente las condiciones naturales del mismo, o que puedan afectar la salud, la higiene o el bienestar del público.

Contaminante.- Se definen y relacionan los contaminantes físicos, químicos y biológicos que interfieren desfavorablemente en el factor, degradando la calidad ambiental del mismo.

Efecto.- Es el resultado positivo o negativo sobre los componentes ambientales como consecuencia de la acción.

Equipamiento urbano.- el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario utilizado para prestar a la población los servicios urbanos y desarrollar las actividades económicas, Artículo 2, fracción X de la Ley General de Asentamiento Humanos.

Factor ambiental.- característica o atributo que define la condición de un componente ambiental (calidad, cantidad, etc.).

Impacto Ambiental significativo o relevante.- aquel impacto ambiental que, una vez ponderado en términos de su magnitud, cobertura e importancia, se estima que pudiera rebasar: la tasa de renovación (para los recursos naturales renovables), la capacidad de recepción de un espacio dado del territorio o la capacidad de asimilación del la zona de influencia del proyecto.

Infraestructura urbana.- Los sistemas y redes de organización y distribución de bienes y servicios en los centros de población, Artículo 2, fracción XII de la Ley General de Asentamiento Humanos

Medidas de mitigación.- conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para atenuar los impactos y restablecer las condiciones ambientales antes de la perturbación que se causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas.

Medidas de prevención.- conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente.

Sistema ambiental.- Sistema ambiental: unidad territorial que forma parte de un ecosistema y cuyas características de extensión, uniformidad y funcionamiento, son establecidas en razón de factores bióticos y abióticos.

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Zona erial.- área despoblada de flora y fauna original, que ha perdido la mayor parte del suelo fértil y ha dejado de

cumplir con su función reguladora del régimen hídrico, Definición 3 y 3.10 de la NOM-117-SEMARNAT-2006. X. BIBLIOGRAFÍA Arriaga, V., V. Cervantes y A. Vargas MENA. 1994. Manual de reforestación con especies nativas. Instituto

Nacional de Ecología, Secretaría de Desarrollo Social – Universidad Autónoma de México. México. 219 pp.

Bojorquez-Tapia, L.A. 1989. Methodology for prediction of ecological impacts Ander real conditions in Mexico. Environmental Management. 13:545-551.

Canter, L.W. 1998. Manual de evaluación de impacto ambiental: técnicas para la elaboración de los estudios de

impacto. Ed. McGraw Hill. 841 pp. Coneza Fernández, V. 2000. Guía metodológica para la evaluación del impacto ambiental. Ediciones Mundi-Prensa.

3ª. Edición. Madrid, Esp. 412 pp.

García, E.(+). 2004. Modificaciones al sistema de clasificación climática de Köppen. Serie Libros No. 6. Instituto de Geografía, Universidad Nacional Autónoma de México. Quinta edición. 90 pp.

Gómez-Orea, D. 1999. Evaluación del impacto ambiental: un instrumento preventivo para la gestión ambiental.

Ediciones Mundi-Prensa, Editorial Agrícola Española, SA. España. 701 pp.

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PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREDICTIVO Y PREVENTIVO

Inspección y mantenimiento del trazo.

Patrullaje del gasoducto.

El gasoducto será patrullado periódicamente con el fin de observar las condiciones de la superficie sobre la zanja y túneles direccionales y en las zonas adyacentes, para determinar si hay indicios de fugas, o actividades de construcción iniciadas por terceros, o cualquier otra condición que afecte la seguridad y la operación del gasoducto, de tal manera que se puedan iniciar medidas correctivas de forma inmediata. En las tareas de patrullaje se dará especial atención a los siguientes aspectos: • Áreas donde se realicen actividades de construcción; • Operaciones de drenaje cerca al gasoducto; • Cruces con cuerpo de agua. La frecuencia del patrullaje de inspección se determinará considerando los factores siguientes: • Presión de operación; • Densidad de la población; • Terreno; y • Aspectos climáticos Las inspecciones de fugas serán realizadas dos veces al año en todos los sistemas del gasoducto. Las inspecciones emplearán uno o más de los siguientes procedimientos para identificar fugas subterráneas:

1. Inspección con Detector de gas 2. Inspección de vegetación 3. Prueba de jabón en tubos y conexiones expuestas

Vigilancia en el Gasoducto

El Derecho de Vía de la tubería deberá ser inspeccionado detalladamente al menos mensualmente para la detección de fugas y de cualquier actividad cercana al sistema que pudiera crear una operación insegura, tomando las medidas necesarias en cada caso. El programa de patrullaje se lleva a cabo para buscar indicios de fugas, condiciones inseguras del ducto, actividades de construcción, excavaciones, sustracción de dispositivos de protección catódica, tomas clandestinas de producto, perforaciones en los ductos y cualquier otro factor que pueda afectar la seguridad y operación del sistema. La reparación de ductos en condiciones de plena presión no siempre resulta segura y depende de cada situación específica. Se darán procedimientos e instrucciones que induzcan al personal a realizar una evaluación crítica de ingeniería, considerando todos los factores necesarios, antes de tomar una decisión.

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En caso de que se presenten defectos tales como abolladuras, grietas etc., se utilizarán técnicas de reparación que dependerán del defecto y su magnitud, así como del entorno en el cual se presenten. Se darán instrucciones estrictas en el sentido de mantener el sitio de trabajo libre de gas y en condiciones de seguridad.

Plan general de emergencias

Los Planes para Emergencia son necesarios para reducir al mínimo los riesgos y limitar los peligros y consecuencias resultantes de una eventualidad en instalaciones industriales del transporte de gas; y establecer los pasos a seguir en caso que ocurra un incidente; • Estar preparado en cualquier momento para actuar rápida y adecuadamente ante cualquier accidente/incidente que

se presente; • Responder con acciones expeditas y coordinadas para mantener el control del sistema; • Asegurar que toda persona lesionada, en su caso, reciba la adecuada atención médica; y • Determinar las causas del accidente/incidente y aprender de las mismas cómo reducir al mínimo la posibilidad de

una repetición.

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Construcción y Operación de un Ducto para distribución de Gas Licuado de Petróleo en la

zona hotelera de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

EL PRESENTE ANEXO FOTOGRÁFICO ES UNA EVIDENCIA DE LAS ÁREAS SELECCIONADAS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO, EN LA ZONA HOTELERA DE CANCÚN, ESPECÍFICAMENTE EN LOS DERECHOS DE VÍA EXISTENTES DE VÍAS DE ACCESO EXISTENTES EN LOS MUNICIPIOS DE BENITO JUÁREZ E ISLA MUJERES, QUINTANA ROO, (ÁREAS TURÍSTICAS, URBANAS Y SUBURBANAS), NO SE REQUIERE LA REMOCIÓN DE VEGETACIÓN FORESTAL, NO SE AFECTARÁN ÁREAS CON RIQUEZA NATURAL O BIÓLOGICA, ESTO ES IMPORTANTE DESTACARLO YA QUE AUNQUE NO SE CUENTAN CON PIE DE FOTO, LAS MISMAS SOLAMENTE SON INDICATIVAS SOBRE LAS CONDICIONES AMBINETALES EXISTENTES EN EL BOULEVARD KUKULCÁN, LA CARRETERA FEDERAL NO. 307 PUERTO JUÁREZ-CHETUMAL Y EL TRAMO DE CAMINOS DE TERRACERÍA QUE CONDUCEN A LA PLANTA DE ALMACENAMIENTO Y SUMINISTRO DE GAS L.P. LOCALIZADA EN RANCHO VIEJO, ASÍ COMO LAS AVENIDAS DE BONAMPAK, PORTILLO Y LAS TORRES.