Informe Favorable con Modificaciones al · 3.- Importancia para la República Dominicana 5...

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CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA Dpto. Coordinación de Comisiones VERSIÓN 1.0 FECHA: 30/01/2013 Comisión Permanente de Asuntos Municipales Informe Favorable con Modificaciones al Proyecto de ley mediante el cual se eleva la sección de Hatillo del municipio de San Cristóbal a la categoría de distrito municipal y dicta otras disposiciones. A: Vía: Preparado por: Presidida por: Licenciado Abel Martínez Duran Presidente de la Cámara de Diputados Secretaría General Comisión Permanente de Asuntos Municipales ose Altagracia González S(.-:.owimwnouit RECIBIDO CENTRO DE LOS HÉROES. SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL. Teléfonos: 809-535-2626 extensiones 3165,3166,3167, 3168,3169 y 3170 Página 1de ^9 Iniciativa No.03406-2010-2016-CD www.camaradediputados.gov.do e-mail: comisionpermanentedetrabaio@camaradediputados. gov.do

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CÁMARA DE DIPUTADOSREPÚBLICA DOMINICANA

Dpto. Coordinación de Comisiones

VERSIÓN 1.0

FECHA: 30/01/2013

Comisión Permanente de Asuntos Municipales

Informe Favorable con Modificaciones al

Proyecto de ley mediante el cual se eleva la sección de Hatillo delmunicipio de San Cristóbal a la categoría de distrito municipal ydicta otras disposiciones.

A:

Vía:

Preparado por:

Presidida por:

Licenciado

Abel Martínez Duran

Presidente de la Cámara de Diputados

Secretaría General

Comisión Permanente de Asuntos Municipales

ose Altagracia González S(.-:.owimwnouitRECIBIDO

CENTRO DE LOS HÉROES. SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL.Teléfonos: 809-535-2626 extensiones 3165,3166,3167, 3168,3169 y 3170

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03406-2010-2016-CD.

1.0

Comisión Permanente de Asuntos Municipales

Español.

Proyecto de ley mediante el cual se eleva la sección deHatillo del municipio de San Cristóbal a la categoría dedistrito municipal, y dicta otras disposiciones

30 de enero de 2013.

Pendiente de aprobación o rechazo por el Pleno de losEstado del Informe: Diputados.

Localización: http://www.camaradediputados.gov.do

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índice de Contenido

1. Antecedentes 4

2.Contenido 4

3.- Importancia para la República Dominicana 5

4.- Recomendación o Conclusión de la Comisión 8

5.- Anexos:

a) Acta No. 01-PLE-2013; _b) Informe de la Oficina^Fécnica de Revisión Legislativa (OFITREL) No.02/2013, del 09 de enero de 2013;

c) Asistencia del 17 de enero de 2013.

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Exposición de Motivos

Antecedentes

El proyecto de ley mediante el cual se eleva la sección Hatillo del municipio de San Cristóbala la categoría de Distrito Municipal; y dicta otras disposiciones, es una iniciativa, propuestapor los diputados Josefina Tamarez, Manuel Orlando Espinosa Medina, Ana MiledyCuevas, Evelin Andújar Matos, Catalina Paredes Piñales. Depositado el 21 deseptiembre de 2012, según la Ref.01970-2010-2016-CD. Este proyecto figura en el orden deldía del 20 de noviembre de 2012 y Tomado en consideración y enviado a la ComisiónPermanente de Asuntos Municipales en la Sesión No. 26 del 20 de noviembre de 2012.

Contenido

En lo concerniente a su estructura este proyecto está conformado por diez (10)considerandos, tres (03) vistas y ocho (08) artículos y en su contenido procura crear una leya través de la cual se propone elevar la sección Hatillo del municipio de San Cristóbal a lacategoría de distrito municipal, a la vez que dicta otras disposiciones.

Importancia para la República Dominicana

El desarrollo productivo, económico y sociocultural alcanzado por la sección de Hatillo en laprovincia de San Cristóbal en los últimos años constituye el aval suficiente como para que setome en cuenta en el marco de la normativa que establece la Ley No. 5220 del 21 deseptiembre de 1959, sobre División Territorial, para que se le conceda el beneficio de serelevada a la categoría de Distrito Municipal. Lo que, a su vez, encuentra razones más quesuficientes en lo relativo al crecimiento experimentado en toda su esfera social, en suentorno geográfico, además de los rasgos socioeconómicos, productivos y culturales que lohacen propicio de tal elevación, acción que a su vez coadyuvará con el logro de unasustancial mejora en la eficacia y avance del gobierno local y contribuir al progreso de laprovincia de San Cristóbal y por ende ayuda al desarrollo del país.

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La sección de Hatillo cuenta con unos 19 mil habitantes, los cuales realizan considerablesaportes a la economía de la provincia de San Cristóbal; por tanto, vista su capacidadagrícola e industrial convierte esta demarcación en un espacio merecedor del beneficio de laelevación de categoría pasando a ser un distrito municipal. En la actualidad cuenta con unaconsiderable cantidad de industrias, estaciones de combustibles, centros educativospúblicos y privados, fundaciones, juntas de vecinos, iglesias, centros de salud, entre otros,que convierten esta comunidad en una demarcación idónea para que reciba el beneficio deser elevada de sección a distrito municipal.

Recomendación o Conclusión de la Comisión

La Comisión Permanente de Asuntos Municipales, apoderada para el estudio del proyectode ley mediante el cual se eleva la sección Hatillo del municipio de San Cristóbal a lacategoría de distrito municipal, y dicta otras disposiciones, luego de reunirse y revisar elinforme No. 02/2013, del 9 de enero de 2013 emitido por la Oficina Técnica de RevisiónLegislativa (OFITREL), decidió recomendar al Pleno de los Diputados un informe favorable,con las modificaciones siguientes:

1. Modificar el título del proyecto, para que se lea:

Proyecto de ley mediante el cual se eleva la sección Hatillo del municipio de SanCristóbal, provincia San Cristóbal, a la categoría de distrito municipal, y dictaotras disposiciones.

2. Numerar los considerandos del proyecto de forma que al hacerreferencia de los mismos se pueda precisar su ubicación, y se modificanpara que se lean de la manera siguiente:

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la sección de Hatillo del municipio de San Cristóbal haexperimentado un notable desarrollo económico, lo que se refleja en el mejoramiento delnivel de vida de sus pobladores y que la habilita para tener una administración propia quele permita atender mejor y eficazmente la gestión de los asuntos y problemas locales;

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CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la comunidad de Hatillo tiene una población quesupera los diecinueve (19,000) mil habitantes de conformidad con los resultados arrojadospor el censo estadístico del año 2002;

CONSIDERANDO TERCERO: Que el territorio de la comunidad de Hatillo tiene unaevidente identidad natural, geográfica, social, económica y cultural que le proporciona launidad necesaria para ser administrado desde una misma organización jurídicaadministrativa.

CONSIDERANDO CUARTO: Que en la sección Hatillo cuenta con minas areneras,empresas productoras de pisos de granito, así como también productos avícolas, nueveestaciones de combustible, cuatro hoteles, cinco agencias de vehículos, cuatro ferreterías,entre otras. Lo que indica que dicho territorio cuenta con un soporte que le permitirágenerar por sí mismo, ingresos propios equivalentes un mínimo de un diez por ciento(10%) de los recursos que le serán transferidos por la Ley No. 166-03, del 6 de octubre de2003, para atender los servicios que deban prestar a la comunidad;

CONSIDERANDO QUINTO: Que el nivel educacional que posee la comunidad referida esconsiderable, pues cuenta con una cantidad de trece centros de educación básica, entrepúblicos y privados, tres centros de nivel medio, un centro de informática, además de quese encuentra aquí la única escuela de seguridad ciudadana con que cuenta la policíanacional a nivel nacional;

CONSIDERANDO SEXTO: Que la organización comunitaria existente en la secciónHatillo, aparece expresada a través de un bloque de once juntas de vecinos, dosfundaciones sin fines de lucro, varias ligas deportivas, once asociaciones de padres,madres y amigos de la escuela, entre otros;

CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que en !a sección Hatillo existe un centro de salud deatención primaria, también cuenta con tres farmacias, lo que facilita que sus munícipestengan garantizados los servicios médicos básicos;

CONSIDERANDO OCTAVO: Que en el territorio en cuestión, existen diferentes tipos dereligiones, a través de las cuales, los habitantes profesan su fe, los cuales se congreganen las siete iglesias católicas y quince pentecostales;

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CONSIDERANDO NOVENO: Que la creación de un distrito municipal tiene por objetopermitir la administración desconcentrada de áreas del territorio perfectamentediferenciadas y que comparten condiciones socioeconómicas similares.

CONSIDERANDO DÉCIMO: Que son justas las aspiraciones de los moradores deSantamaría, Mata Naranjo, La Sabana, Hojas Anchas y demás; los cuales han manifestadosu interés de que sus demarcaciones sean tomadas en cuenta por las autoridades, a fin deque las mismas estén acorde con el nivel de progreso que exhiben.

3. Modificar las vistas del proyecto para que se lean:

Vista: La Constitución de la República, proclamada el 26 de enero del 2010;

Vista: La Ley No.5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la

República Dominicana, y sus modificaciones;

Vista: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios.

4. Se modifican los artículos del proyecto, para que se lean así:

Artículo 1.-La sección Hatillo, perteneciente al municipio y provincia San Cristóbal, quedaelevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre de distrito municipal Hatillo.

Artículo 2.-. El paraje La Sabana, queda elevado a la categoría de sección, con elnombre sección La Sabana, el cual queda integrado por los parajes: San Miguel, LosAlgarrobos, Doña Chucha, El Coco, Calle Bonita y La Florida.

Artículo 3.- El paraje Hojas Anchas queda elevado a la categoría de Sección con e!nombre de Sección Hojas Anchas, la cual queda integrados por los parajes: Los Cantines,Curva del Turco, San Rafael, Estebanía y Los Plátanos.

Artículo 4.- El paraje Mata Naranjo queda elevado a la categoría de sección, con elnombre de sección Mata Naranjo, el cual queda integrada por los parajes: Vendaño, VillaEncanto, Los Mameyes, El Corte, Mata Paloma y Los Chivos.

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Artículo 5.- El distrito municipal Hatillo queda integrado por las secciones: La Sabana,Hojas Anchas y Mata Naranjo, con sus respectivos parajes.

Artículo 6.- Los límites territoriales del distrito municipal Hatillo, son los siguientes:

1. Al Norte: río Haina, y la sección Santa María perteneciente almunicipio de San Cristóbal;

2. Al Sur: río Nigua y Cañada Madre Vieja;3. Al Este: arroyo ITABO;4. Al Oeste: arroyo Madre Vieja.

5. Eliminar el artículo 7 con sus párrafos, y se crea un nuevo artículo 7para que se lea:

Artículo 7.- Esta ley entrará en vigencia a partir de las elecciones del año 2016, que escuando se elegirán las nuevas autoridades del próximo periodo constitucional.

6. Modificar el artículo 8 del proyecto para que se lea:

Artículo 8.- La presente ley deroga y sustituye cualquier otra disposición legal o parte deella que le sea contraria. _ \ r /)

'erez

Vicepresidente

José AltagPresidente

M

Secretaria

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a Sánchez

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Bárbara Yvelice Abreu

Miembro

Pedro Billilo Mota

Miembro

Tulio Jiménez

Miembro

EugMiembro

amirez

Francisco Bautista Medina

Miembro /

Miriam Altagracia CabralMiembro

Elias Rafael Serrulle

Miembro

Pedro Alejandro AguirreMiembro

José Isidro Rosario VásquezMiembro

Máximo Castro Silverio

Miembro

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@ Cámara de DiputadosRepública Dominicana

Comisión Acta No.Ol-PLE-2013Permanente Fecha de reunión: 17 de enero de 2 013

de Hora de convocatoria: 10:00 a.m.

Asuntos

Municipales

Hora de inicio: 10:20 a.m.

Hora de cierre: 11:25 a.m.

Lugar: Salón Abraham Bautista

Diputados 1. - José Altagracia González - Presidenteparticipantes: 2. - Francisco Bautista Medina

3. - Miriam Altagracia Cabral Pérez4. - Juan Suazo

5. - José Isidro Rosario

6.- Altagracia Herrera Brito7 . - Eugenio María Méndez8. - Máximo Castro Silverio

Diputados (as) 1. - Plutarco Pérez, - Vicepresidente

sin excusa: 2. - Tulio Jiménez

3.- Elias Rafael Serrulle

Diputados (as) 1.- María Cándida Sánchez - Secretaria

con excusa: 2.- Pedro Alejandro Aguirre3. - Bárbara Yvelice Abréu Grullón

4 . - Pedro Billilo Mota

Invitados (as) : 1. - Héctor Darío Feliz Feliz

2 . - Roberto Pérez Lebrón

3 . - Fabio Vargas

4 . - Ramón Duran

5 . - Virgilio González2 . - Severina Gil

3. - Pedro Carrera

Personal de apoyed técnico y logístico1. Nancy Villar Secretaria Técnica Legislativa Asignada2. Mariano de la Rosa Corrector de Estilo

3 . Clemencia Ven1:ura P. Ene. de las Secretarias de Comisiones

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Temas tratados

ESTUDIO DE LAS SIGUIENTES INICIATIVAS:

1) NO.01602-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se elevael sector Villa Cerro, del municipio de Higüey, provincia LaAltagracia, a la categoría de distrito municipal;

2) No.01624-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se elevaa la categoría de distrito municipal la sección Santana,municipio de Higüey, provincia La Altagracia;

3) No.01969-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se eleva

la sección de Borbón del municipio de San Cristóbal a lacategoría de distrito municipal y dicta otras disposiciones;

4) No.01960-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual el

distrito municipal de La Caleta, perteneciente al municipio deBoca Chica, queda elevado a la categoría de municipio;

5) No.02134-2010-2016-CD. Proyecto de ley que eleva de categoría lasección de Los Blancos a distrito municipal y los parajesCaletón y Las Merceditas a la categoría de sección, todospertenecientes al municipio Enriquillo de la provinciaBarahona;

6) No.01977-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se

modifican las Leyes Nos. 19-04, de fecha 20 de enero del 2004,y la 374-06, para modificar los límites territoriales entre el jmunicipio de Bonao y los distritos municipales de Juma-Bejucaly La Salvia-Los Quemados, para garantizar la interpretacióncorrecta y sin ambigüedad de la división territorial delmunicipio de Bonao;

7) No.03465-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se elevaa la categoría de municipio el distrito municipal de Matanzas,del municipio Baní, provincia Peravia;

8) No.03106-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se

designa con el nombre de Manuel Arsenio Ureña la carretera queune al municipio de Santiago con el municipio de San José deLas Matas, de la provincia Santiago;

9) NO.03388-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se crea

el municipio de Santiago Oeste;

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10) No.03406-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual seeleva la sección Hatillo del municipio de San Cristóbal a lacategoría de distrito municipal y dicta otras disposiciones;

11) No.03477-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual lasección Doña Ana del municipio de Yaguate, provincia SanCristóbal, queda elevado a la categoría de distrito municipal;

12) No.03607-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual la

sección Santa María, perteneciente a la provincia deMontecristi, queda elevada a la categoría de distritomunicipal;

13) No.01960-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual seeleva a la categoría de municipio, el Distrito Municipal deMatanzas del municipio Baní, provincia Peravia.

Intervenciones sustentadas

01 Comprobado el quorum, siendo las 11:20 a. m. , el Presidente dela Comisión, diputado José Altagracia González dio apertura a lareunión expresando de inmediato que había dicho en otra ocasiónque tenían muchos proyectos en carpeta. Agregó que le hubieragustado trabajarlos en los momentos libres; pero ya ustedesvieron que otra vez hemos sido convocados. Acto seguido, agregó:creo que debemos aprovechar de alguna manera ver todos losproyectos que tenemos en carpeta porque hay muchos colegas

diputados proponentes de estos proyectos que quieren quenosotros visitemos esos lugares.

Más adelante dijo: voy a dar lectura a todos los proyectos que

tenemos pendientes en esta comisión, para ver si en la próximasemana nosotros podemos hacer algunos descensos; acto seguido \dio lectura a la agenda del día, la cual contiene los proyectos ipreviamente citados, a lo que de inmediato cedió la palabra alDiputado Fabio Vargas.

Diputado Fabio Vargas. Doy gracias a todos los miembros de estaComisión por esta invitación; en principio veo todas lasresponsabilidades que tienen para el desarrollo y el progresodel país, creo que con esa gran cantidad de trabajo que ustedestienen lo cual apoyamos y sustentamos de manera correcta para

continuar con el desarrollo y el progreso de la Nación. De ahí

que, nosotros insistimos en la elevación de categoría de laprovincia Enriquillo, específicamente en la sección de LosBlancos, es uno de los proyectos más viejos.

Es una comunidad que tiene un gran potencial para el desarrollo

02

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turístico, debido a la gran cantidad de población y produccióncon que cuenta. Es un ejemplo poder elevarla a distritomunicipal, la comunidad está en espera de esta Comisión para suelevación de categoría.

03 Retomó la palabra el Diputado José Altagracia González, fíjensede los proyectos que tenemos ahí; ya se llevaron a cabo variosdescenso, específicamente, el de San Cristóbal y el de Matanzas,Baní. Me gustaría escuchar algunos de los colegas que fueron aesos eventos. Recuerdo que fue don Máximo Castro, FranciscoBautista, entre otros. Ya Sabemos que algunos de estos proyectos

califican, pero verifiquemos las demás iniciativas para ver yponer en agenda otros descensos; ya que los colegas estáninsistiendo en que la Comisión vaya y los visite. Luego cedió lapalabra al diputado Francisco Bautista.

04 Diputado Francisco Bautista: nosotros visitamos la sección deHatillo; es la sección por donde pasa casi toda la gente delsur; esa comunidad posee todas las condiciones para unaelevación, tiene mucha población, muchos talleres, iglesias,fábricas, buena producción agrícola. Por eso, le pido alpresidente que sea elevada de categoría la sección de Hatillo.El otro descenso que hicimos a Matanzas que fue en el 2010,Matanzas es una de las poblaciones más desarrollada de esacomunidad de Baní, la cual también tiene las condiciones paraser elevada.

05 El siguiente turno fue agotado por el Diputado Máximo Castro

para señalar que esas comunidades cumplen con todas lasexigencias y requisitos para recibir el beneficio de laelevación de categoría.

06 Sostuvo el Diputado Juan Suazo: estoy de acuerdo.

07 Intervino el Presidente de la Comisión, el diputado JoséAltagracia González y precisó que para proseguir con la agenda,él entiende que sí, Hatillo tiene todas las condiciones para serdistrito municipal y Matanzas municipio, por consiguiente, pidoque levanten las manos los que estén de acuerdo. APROBADO.

Más adelante, dijo: la próxima semana visitaremos a Barahona yluego a Higüey; manifestó que antes hacían descensos los finesde semana pero muchos colegas no podían ir, pero como es muydifícil que se convoque a sesión los jueves por eso esconveniente convocar e ir a un descenso el próximo jueves parael municipio Enriquillo, provincia Barahona; eso es bien lejos.Tenemos que irnos bien temprano de aquí. A continuación procedió

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con la agenda, y cedió la palabra al diputado Héctor Feliz, paracontinuar con la iniciativa 02134-2010-2016-CD.

Asumió la palabra el Diputado Héctor Darío Feliz Feliz y dijo:hay que revisar el otro censo porque lo que se ve en este último Icenso es que Enriquillo, bajó de población; si hay un campotrabajador se llama Los Blancos del municipio Enriquillo de laprovincia Barahona. En esa comunidad son muy organizados; sucomercio es altamente productivo. Por eso pido que por favor, sehaga una excepción y que el descenso se haga un sábado.

Intervino el Diputado Fabio Vargas y propuso que con tiempo sele invite a la gente y que se haga el jueves.

Para concluir, intervino el Diputado José Altagracia González yexhortó a los presentes con las siguientes palabras: a mí meencanta hacer los descensos los fines de semana, pero a los

demás miembros de la Comisión se le complica un poco. Para ponerun ejemplo, Don Máximo regresa a su provincia los jueves, y lamayoría de los colegas no pueden ir porque se van a susprovincias. Pero podemos ir a Enriquillo el jueves y poner enagenda el de la ciudad Higüey para el primer viernes de febrero.Para esto, se le podría enviar una comunicación a cada uno delos proponentes de la provincia Barahona, al igual que a los dela provincia La Altagracia, si ustedes están de acuerdo levantenlas manos Aprobado.

Bueno, podemos seguir desarrollando los demás proyectos de laagenda en la próxima reunión y así podríamos convocar para elpróximo miércoles 23 de enero y de una vez organizamos el viajey nos ponemos de acuerdo a qué hora saldríamos a realizar eldescenso a Barahona.

Decisiones tomadas1. Elaborar los informes positivos con modificaciones a las

siguientes iniciativas:

a) No.03465-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se

eleva a la categoría de municipio el distrito municipal deMatanzas, del municipio Baní, provincia Peravia;

b) No.03406-2010-2016-CD. Proyecto de ley mediante el cual se

eleva la sección Hatillo del municipio de San Cristóbal ala categoría de distrito municipal, y dicta otrasdisposiciones;

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2. Realizar los descensos en la provincia de Barahona, para el

próximo jueves 24 de enero 2013 y en la ciudad de Higüey, el

primer viernes de febrero de 2013.

3. Convocar la próxima reunión para el miércoles 23 de enero delcorriente año, para continuar con los estudios de las demásiniciativas de la agenda: Nos.01969-2010-2016-CD, 01960-2010-

2016-CD, 01977-2010-2016-CD, 03106-2010-2016-CD, 03388-2010-

2016-CD, 03477-2010-2016-CD, 03607-2010-2016-CD y 01960-2010-

2016- CD.

José Altagracia/ GónzJSlezPresidente

Nos, Clemencia Ventura Paulino, Encargada de las SecretariasParlamentarias del Departamento de Coordinación de Comisiones yNancy Villar, Secretaria Parlamentaria, CERTIFICAMOS que la presente

acta, No.l, de la Primera Legislatura Extraordinaria de 2013, es unatrascripción fiel y conforme a lo acontecido en el curso de lareunión celebrada el día jueves diecisiete (17) del mes de enero del

año dos mil trece (2013) .

Acta elaborada por Nancy Villar

Secretaria Técnica Legislativa Asignada

Corrector de estilo Mariano de la Rosa

Acta revisada por

Hora de cierre

Clemencia Ventura Paulino

Encargada de las Secretarias de Comisiones

11:25 a. m.

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Cámara de Diputados de la República Dominicana

Departamento de Coordinación de Comisiones

Comisión Permanente de Asuntos Municipales

Fecha y Hora Diputados (as) Cargo Asis^nciá17/01/2013 10:12 José Altagracia González Presidente P Ijltíffflfa

Plutarco Pérez Vicepresidente A/ / /María Cándida Sánchez Mora Secretaria E

Pedro Alejandro Aguirre Hernández Miembro E

Bárbara Yvelice Abreu Grullón Miembro E

17/01/2013 10:20 Francisco Arturo Bautista Medina Miembro P

Pedro Billilo Mota Miembro E

17/01/2013 10:10 Minan Altagracia Cabral Pérez Miembro P

Tulio Jiménez Díaz Miembro A

Elias Rafael Semille Tavárez Miembro A

17/01/2013 10:14 Juan Suazo Marte Miembro P

17/01/2013 10:14 José Isidro Rosario Vásquez Miembro P

17/01/2013 10:34 Altagracia Herrera de Brito Miembro P

17/01/2013 10:28 Eugenio María Méndez Ramírez Miembro P

17/01/2013 10:51 Máximo Castro Miembro P

17/01/2013 10:22 Héctor Feliz Invitado P

17/01/2013 10:21 Roberto Pérez Lebrón Invitado P

17/01/2013 10:26 Mirian Cabral Invitado P

17/01/2013 10:31 Fabio Vargas Invitado P

17/01/2013 10:32 Ramón Duran Invitado P

17/01/2013 10:36 Virgilio González Invitado P

17/01/2013 10:29 Severina Gil Invitado P

17/01/2013 10:36 Pedro Carrera Invitado P

17/01/2013 11:25 Cierre P

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CS75RÁ DE DIPUTADOS ir>epto coofnifv'ACí'.»^

||| T/7/^AnREPÚBLICA DOMINICANA

CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANAOFICINA TÉCNICA DE REVISIÓN LEGISLATIVA

(OFITREL)

"Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte"

Santo Domingo, D. N., 9 de enero de 2013.-

OFITREL/No• ÍYLÍll3_.

Al

Vía

Asunto

Referencia

Proponente/s

: Diputado José Altagracia González SánchezPresidente y demás miembros que integran laComisión Permanente de Asuntos Municipales.

: Dirección del Departamento Coordinador deComisiones.

: Reporte de revisión técnica sobre el proyecto de leyque eleva de categoría la sección de Hatillo, a distritomunicipal del municipio de San Cristóbal(sic).

Iniciativa No. 03406-2010-2016-CD

: Josefina Tamárez y otros

Remitimos nuestras observaciones y recomendaciones sobre el proyecto de/leydescrito en el asunto, el cual fue enviado a la Comisión Permanente de AsuntosMunicipales en la sesión No.26 del 20 de noviembre de 2012, y remitido a estaOficina para realizar la revisión técnica formal, constitucional, legal y lingüística alamparo del artículo 165, numeral 1.2) del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Repone OFITREL sobrePágina 1 de 7

iativa NO.03406-2010-2016-CQ,gaáa asignada:Taina Agramonte H-

ipectqra de estilo:GriselJaimeÁlvarezÍW/TSg

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1. Objeto y motivaciones

El proyecto de ley persigue elevar a la categoría de distrito municipal la secciónHatillo, del municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal.

En la propuesta se argumenta que la sección Hatillo ha experimentado un desarrolloeconómico considerable; que cuenta con una población de 19,000 habitantes;-quedispone de servicios públicos, empresas areneras, estaciones de combustible, hoteles,ferreterías, escuelas, un centro de salud, iglesias, entre otros.

2. Revisión constitucional

El artículo 93, numeral 1), literal d) de la Constitución, establece que es atribucióndel Congreso Nacional crear, modificar o suprimir regiones, provincias, municipios,distritos municipales, secciones y parajes y determinar todo lo concerniente a suslímites y organización [...] previo estudio que demuestre la conveniencia política,social y económica justificativa de la modificación.

Queremos, llamar la atención a la Comisión en cuanto al mandato contenido en laparte final del artículo 93 antes citado, ya que en el expediente de la iniciativa no hayconstancia de la realización de un estudio que demuestre la conveniencia social,política y económica que justifique la elevación de categoría política.

Al reflexionar acerca de las condiciones necesarias para realizar cambios en ladivisión territorial debemos tener en cuenta los efectos que la misma puede producirdesde la óptica de la implementación de las políticas públicas del Estado, lasestrategias para el desarrollo local, el estado de la división política actual y la que sepropone, así como las implicaciones en ténnino de organización administrativa yburocrática estatal.

Por otro lado, queremos resaltar que este proyecto es de naturaleza orgánica envirtud de lo que establece el artículo 112 de la Constitución de la República, queexpresa que son leyes orgánicas las que regulan la organización territorial, por lo quepara su aprobación se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de lospresentes en ambas cámaras.

/

3. Revisión legal

La ley No. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio de 2007 ensus artículos 7 al 83 establece lo relativo a la organización de los distritosmunicipales. De esas disposiciones, resaltamos las siguientes:

Reporte OFITREPágina 2 de 7

\ofre la Iniciativa No.03406-2010-2016-CD..Abofeada asignada: Taina Agramóme H-

rOrrettora deestilo: Qrisel JaimeÁlvarez

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Art.77.- Definición. Mediante ley podrán crearse distritos municipales en losmunicipios para la administración desconcentrada de áreas del territorio perfectamentediferenciadas yque comparten derechos ocondiciones socioeconómicas similares. EstoDajo lacoordinación superior del municipio aque pertenece (...).

Art.78.- Condiciones yRequisitos de Creación. La creación de distritos municipalessólo se realizara en aquellos territorios en los que se den las condiciones yel conjuntode los requisitos siguientes: J

Párrafo I.- El núcleo urbano yla zona suburbana del territorio donde radique elayuntamiento no podrá consensuarse en distrito municipal.

Párrafo II.- Cualquier creación, modificación, supresión y fusión de distritomunicipal, requiere que, con carácter previo, se realice un estudio de factibilidadpor parte del Congreso Nacional o una de sus cámaras, o quien el mismodelegue, justificativo del cambio, en la que se compruebe su convenienciasocial, política, económica y administrativa.

A pesar de que esta Oficina no puede suplir la falta del estudio de factibilidadque exige la Constitución Dominicana donde se justifique la elevaciónpropuesta, presentamos para la consideración de la Comisión, el cuadro decumplimiento de los requisitos exigidos anivel legal, según los datos obtenidosde diferentes fuentes oficiales:

iniciativa: 02517-2010-1016-CDObjeto:

1. Elevar a distrito municipal la actual secciónHatillo.

2. Elevar a sección los parajes La Sabana, HojasAnchas y Mata Naranjo

Modificación política del territorio:Creación de un nuevo distrito municipal y tressecciones en el municipio San Cristóbal, provinciaSan Cristóbal.

Kequisitos de la Ley No.176-07para elevar a Distrito Municipal

Dato en el proyecto ComprobaciónCumple No cumple

Población mínima de diez mil(10,000) habitantes (Artículo 78.a). 19,000

Considerando segundo l

y

Territorio con identidad natural,social, económica y cultural(Artículo 78.b).

Relación de varias entidadesreligiosas, comerciales, y otrasque existen en la provincia.

No hayconstancia

documental

2

/

Generación de ingresos propiosequivalentes al menos del 10% delos recursos queje serán transferidospor ley para atender los serviciosque debe prestar (Artículo 78.c).

Considerando cuarto

No hayconstancia

documental

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y

Reporte OFITREI/s

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Página 3 de 7e la I; íciativa No.03406-2010-2016-CD

K^aa asienada: Taina Agramóme H-rdrreororSr-de estilo: Grisel Jaime Álvarez

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Estudio de factibilidad del CongresoNacional, una de sus cámaras, oquien el mismo delegue,justificativo del cambio, en la que secompruebe su conveniencia social,política, económica y administrativa(Artículo 78. Párrafo II).

Sin depositar

Leyenda1.-Datos registrados en la Oficina Nacional de Estadística a la fecha delpresente reporte.2.-Relación de personas morales domiciliadas en el municipio y el Padrón de la Junta CentralElectoral (JCE).3.-Dirección Generalde Impuestos Internos (DGII).4.-No realizado hasta el momento del presente reporte.

En las motivaciones de la iniciativa no hay reseña de las comunidades La Sabana,Hojas Anchas y Mata Naranjo, las cuales se propone elevar de categoría.Consideramos que es conveniente que en las motivaciones del proyecto se hagareferencia argumental de dichos lugares.

Vistas las situaciones anteriores, en especial, la falta del estudio de factibilidad, elproyecto no cumple con los requisitos establecidos por la Constitución y la LeyNo. 176-07, sobre el Distrito Nacional y los municipios.

4. Revisión formal, gramatical y lingüística

La iniciativa propuesta presenta necesidades de mejora en aspectos formales,gramaticales y lingüísticos, las cuales se presentan en las correcciones que sedestacan en el acápite de conclusión y recomendaciones.

5. Conclusiones y recomendaciones

Los requisitos establecidos en la Carta Magna y en la ley No.176-07 no estánreunidos en la iniciativa estudiada, por lo que sugerimos que se realicen los estudiosrequeridos para elevar a la categoría política de distrito municipal, sección o paraje,según corresponda, a fin de hacer viable el proyecto, de conformidad con lo queestablece la Constitución y la legislación vigente.

En tal sentido, el Congreso Nacional está llamado a darle cumplimiento estrictoa la Constitución y la Ley Orgánica que rige la materia. De manera particular,esta Cámara debe procurar que antes de la aprobación de iniciativas de estanaturaleza se le dé cumplimiento a dichos requisitos constitucionales y legales.

No obstante las observaciones realizadas en términos constitucionales y legales, sepresenta, a continuación las correcciones a los aspectos formales, gramaticales y /Ta^L oe mL^Íw

Página 4 de7 ,'/Reporte OFITREL/orJre |a IniJíativa No.03406-2010-2016-CD J

iasignada: Taina Agramonte H- i i

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lingüísticos que atañen a la iniciativa objeto del presente reporte, y se señalan losaspectos de fondo que deben ser legalmente sustentados.

Texto Alterno

[PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE ELEVA LA SECCIÓNHATILLO DEL MUNICD7IO SAN CRISTÓBAL, PROVINCIA SANCRISTÓBAL, A LA CATEGORÍA DE DISTRITO MUNICIPAL, Y DICTAOTRAS DISPOSICIONES.!

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la sección de Hatillo, del municipio de San Cristóbal haexperimentado un notable desarrollo económico, lo cual que se refleja en el mejoramiento delnivel de vida de sus pobladores, nos hace entender que se le debe dotar de jy que la habilitapara tener una administración propia que le permita atender mejor y más eficazmente lagestión delos asuntos y problemas locales; desus comunidades!

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la comunidad de Hatillo tiene una población que superalos diecinueve (19,000) mil habitantes, que fue de conformidad con el resultado que arrojó elcenso estadístico del año 2002;

CONSIDERANDO TERCERO: Que el territorio de la comunidad de Hatillo tiene unaevidente identidad natural, geográfica, social, económica y cultural que le proporciona launidad necesaria para ser administrado desde una misma organización jurídica administrativa;

CONSIDERANDO CUARTO: Que la indicada sección—meneionada tiene un desarrolloeconómico, el cual queda expresado, por una cantidad de cuenta con minas areneras, empresasproductoras de pisos de granito, así como también productos avícolas, plástico, nueve (9)estaciones de combustible, cuatro (4) instalaciones hoteles, cinco (5) agencias de vehículos,cuatro (4) centros ferreterías, entre otras. Lo que indica que dicho territorio cuenta con unsoporte que le permitirá generar por sí mismo, ingresos propios equivalentes al menos, de undiez por ciento (10%) de los recursos que le serán transferidos por la Ley No. 166-03, paraatender los servicios que deban prestar a la comunidad;

CONSIDERANDO QUINTO: Que el nivel educacional que posee la comunidad referida esconsiderable, pues cuenta con una cantidad de trece (13) centros de educación básica, entrepúblicos y privados, tres (3) centros de nivel medio, un (1) centro de informática, además deque se encuentra aquí la única escuela de seguridad ciudadana de la policía nacional a nivelnacional;

CONSIDERANDO SEXTO: Que la organización comunitaria existente en la sección deHatillo, aparece expresada a través de un bloque de once (11) juntas de vecinos, dos (2)fundaciones sin fines de lucro, varias ligas deportivas, once (11) asociaciones de padres,madres y amigos de la escuela, entre otros;

CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que en la sección de Hatillo existe un (1) centro de salud deatención primaria, también cuenta con tres (3) farmacias, lo que facilita^que sus munícipestengan garantizados los servicios médicos básicos;

Reporte OFITREPágina 5 de 7

jbre la In ciativa No.03406-2010-2016-CQ^Abogaba asignada: Taina Agramóme H-

Zorrect/ira de estilo: Grisel JaimeÁlvarez

Comentario [TAH1]: Tituloreformulado.

Comentario [TAH2]: Esta parte puedeser suprimida porque está contenida en eltercer considerando.

¡(omRELM

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CONSIDERANDO OCTAVO: Que en el territorio en cuestión, se-profesan,existen diferentestipos de religiones, a través de las cuales, los habitantes profesan su fe, como son siete (7)iglesias católicas y quince (15) pentecostales;

CONSIDERANDO NOVENO: Que la creación de un distrito municipal tiene por objeto,permitir la administración desconcentrada de áreas del territorio perfectamente diferenciadas yque comparten condiciones socioeconómicas similares;

CONSIDERANDO DÉCIMO: Que son justas las aspiraciones de los moradores deSantamaría, Mata Naranjo, La Sabana, Hojas Anchas y demás; los cuales han manifestado suinterés de que sus demarcaciones sean tomadas en cuenta por las autoridades, a fin de que lasmismas estén acorde con el nivel de progreso que exhiben.

Vista: La Constitución de la República, proclamada el 26 de enero de 2010;

Vista: La Ley No.5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de laRepública Dominicana y sus modificaciones;

Vista: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los municipios.

DADA LA SIGUIENTE LEY:

Artículo 1. La sección de Hatillo, perteneciente al municipio de San Cristóbal, queda elevada ala categoría de distrito municipal, con el nombre de distrito municipal Hatilloserá el pueblo de Hatillo.

Artículo 2. El paraje de La Sabana queda elevado a la categoría de sección con el nombresección La Sabana, cuya cabecera será el poblado de La Sabana, quedando el cual quedaintegrado por los parajes: San Miguel, Los Algarrobos, Doña Chucha, El Coco, Calle Bonita yLa Florida.

Artículo 3. El paraje Hojas Anchas queda elevado a la categoría de sección con el nombre desección Hojas Anchas, cuya cabecera será el poblado de Hojas Anchas, quedando el cualqueda integrados por los parajes: Los Canfines, Curva del Turco, San Rafael, Estebanía y LosPlátanos.

Artículo 4. El paraje Mata Naranjo queda elevado a la categoría de sección, con el nombre deSección Mata Naranjo, cuya cabecera es el poblado de Mata Nuranjo, quedando el cual quedaintegrado por los parajes: Vendaño, Villa Encanto, Los Mameyes, El Corte, Mata Paloma yLos Chivos.

Artículo 5. El distrito municipal Hatillo queda integrado por las secciones: La Sabana, HojasAnchas y Mata Naranjo, con sus respectivos parajes.

Artículo 6. Los límites territoriales del distrito municipal Hatillo son los siguientes:a) Al Norte: río Haina, Loma Porquero, sección Santa María.b) Al Sur: río Nigua y Cañada.c)' Al Este: arroyo ITABO.

Reporte OFIPágina 6 de 7

a Iniciativa No.03406-2010-2016-CDogada asignada: Taina Agramonte H- \\ «

rectorade estilo:GriselJaime Álvarez V\

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d) Al Oeste: arroyo Madre Vieja.

Artículo 7 (Transitorio). En el plazo de treinta (30) días de haberse promulgado la presenteLey, el Ayuntamiento de San Cristóbal procederá a designar al Director del Distrito MunicipalHatillo y los tres miembros de la Junta Municipal (vocales), quienes serán posicionados en suspuestos, el día primero del mes siguiente a su designación.

Párrafo I. Corresponde al Consejo Municipal la designación del Director del DistritoMunicipal.

Párrafo II. Igualmente, le corresponde designar la Junta Municipal entre los candidatospropuestos, los bloques municipales. A tal fin, se deberá mantener la misma proporción derepresentación partidaria en el Consejo Municipal, como resultado de las elecciones ordinariasmunicipales del año 2010.

Párrafo III: Los designados permanecerán en su puesto hasta la instalación de las autoridadesque resulten de las elecciones municipales de mayo de 2016.

Artículo 8. La presente Ley entra en vigencia a partir de la fecha de la promulgación.

Atenta

Textos consultados

a) Constitución Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010;b) Ley No.5220 del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana y

sus modificaciones.

Página 7 de 7Reporte OFITREL sobre la Iniciativa No.03406-2010-2016-CQ

Abogada asignada: Taina Agramóme H-Correctora de estilo: Grisel Jaime Álvarez

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