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RR\1062784ES.doc PE546.892v02-00

ES Unida en la diversidad ES

PARLAMENTO EUROPEO 2014 - 2019

Documento de sesión

A8-0173/2015

27.5.2015

INFORMEsobre inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

Comisión de Desarrollo Regional

Ponente: Tamás Deutsch

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PR_INI

ÍNDICE

Página

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO ....................................3

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS .................................................................................................21

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTOS............................................................26

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES..............................31

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, INVESTIGACIÓN Y ENERGÍA ............37

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN..........................................42

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO ..................................................................................................................................47

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN ................................................54

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

El Parlamento Europeo,

– Visto el sexto informe de la Comisión sobre la cohesión económica, social y territorial, titulado «Inversión para el empleo y el crecimiento: promoción del desarrollo y la buena gobernanza en las regiones y ciudades de la UE», de 23 de julio de 2014 (en lo sucesivo «el sexto informe de cohesión»),

– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y, en particular, sus artículos 4, 162, 174 a 178 y 349,

– Visto el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, (en lo sucesivo «el Reglamento sobre disposiciones comunes»)1,

– Visto el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1080/20062,

– Visto el Reglamento (CE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/20063,

– Visto el Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea,4

– Visto el Reglamento (UE) nº 1302/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1082/2006 sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) en lo que se refiere a la clarificación, a la simplificación y a la mejora de la creación y el funcionamiento de

1 DO L 347 de 20.12.2013, p. 320.2 DO L 347 de 20.12.2013, p. 289.3 DO L 347 de 20.12.2013, p. 470.4 DO L 347 de 20.12.2013, p. 259.

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tales agrupaciones1,

– Visto el Reglamento (CE) nº 1300/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1084/20062,

– Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-20203,

– Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo4,

– Vista la «Agenda territorial de la Unión Europea 2020: Hacia una Europa integradora, inteligente y sostenible de regiones diversas», aprobada en la reunión ministerial informal de los ministros responsables de ordenación del territorio y desarrollo territorial celebrada en Gödöllő (Hungría) el 19 de mayo de 2011,

– Visto el octavo informe de situación de la Comisión sobre la cohesión económica, social y territorial, titulado «La dimensión urbana y regional de la crisis», de 26 de junio de 2013,

– Vista su Resolución, de 14 de enero de 2014, sobre la especialización inteligente: interconexión de centros de excelencia para una política de cohesión eficiente5,

– Vista su Resolución, de 14 de enero de 2014, sobre el grado de preparación de los Estados miembros de la UE para un comienzo efectivo y oportuno del nuevo período de programación de la política de cohesión6,

– Vista su Resolución, de 26 de febrero de 2014, sobre el séptimo y octavo informes de situación de la Comisión Europea sobre la política de cohesión y el Informe estratégico de 2013 sobre la aplicación del programa en el período 2007-20137,

– Vista su Resolución, de 26 de febrero de 2014, sobre la optimización del desarrollo del potencial de las regiones ultraperiféricas mediante la creación de sinergias entre los Fondos estructurales y los demás programas de la Unión Europea8.

– Vista su Resolución, de 27 de noviembre de 2014, sobre las demoras en el arranque de la política de cohesión para el período 2014-20209,

1 DO L 347 de 20.12.2013, p. 303.2 DO L 347 de 20.12.2013, p. 281.3 DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.4 DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.5 Textos Aprobados, P7_TA(2014)0002.6 Textos Aprobados, P7_TA(2014)0015.7 Textos Aprobados, P7_TA(2014)0132.8 Textos Aprobados, P7_TA(2014)0133.9 Textos Aprobados, P8_TA(2014)0068.

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ES

– Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2011, titulada «Marco para la próxima generación de instrumentos financieros innovadores - Plataformas de instrumentos de capital y de deuda de la UE» (COM(2011)0662),

– Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de noviembre de 2014, titulada «Un Plan de Inversiones para Europa» (COM(2014)0903),

– Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de enero de 2015, titulada «Aprovechar al máximo la flexibilidad que ofrecen las actuales disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento» (COM(2015)0012),

– Visto el Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo titulado «Instrumentos financieros en beneficio de las PYME cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional» (Informe Especial nº 2/2012),

– Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales (Cohesión) de 19 de noviembre de 2014 sobre el sexto informe sobre la cohesión económica, social y territorial, titulado «Inversión para el empleo y el crecimiento»,

– Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 3 de diciembre de 2014, relativo al sexto informe sobre cohesión económica, social y territorial,1

– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 21 de enero de 2015, sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Sexto informe sobre la cohesión económica, social y territorial: inversión para el empleo y el crecimiento»2,

– Vista la Comunicación de la Comisión, de 9 de marzo de 2015, sobre los Indicadores de Justicia en la UE 2015 (COM(2015)0116 final),

– Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de enero de 2015, titulada «Proyecto de presupuesto rectificativo nº 2 al presupuesto general de 2015» (COM(2015)0016 final),

– Visto el Informe anual 2013 relativo a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea − Lucha contra el fraude,

– Visto el artículo 52 de su Reglamento,

– Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Cultura y Educación y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0173/2015),

A. Considerando que es incontestable el decisivo papel que desempeña la política de cohesión de la UE en la reducción de las desigualdades regionales, la promoción de la cohesión económica, social y territorial entre las regiones de los Estados miembros y el apoyo a la creación de empleo; que la política de cohesión constituye la principal

1 DO C 19 de 21.1.2015, p. 9.2 Pendiente de publicación en el Diario Oficial.

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política de inversión en la economía real a escala de la UE y una herramienta arraigada de crecimiento y empleo en la UE, con un presupuesto de más de 350 000 millones de euros hasta 2020; que, durante la crisis económica, la política de cohesión se está revelando como un instrumento fundamental para mantener el nivel de inversiones en los distintos Estados miembros, y que en algunos de ellos representa la principal fuente de inversión pública; que se ha confirmado el carácter concreto y visible de los resultados de la política de cohesión mediante diferentes métodos de evaluación;

B. Considerando que las últimas cifras de 2013 reflejan un máximo histórico de desempleo de larga duración en la Unión Europea del 5,1 % de la población activa; que el desempleo de larga duración tiene consecuencias determinantes para las personas a lo largo de toda su vida y puede convertirse en estructural, en particular en las regiones periféricas;

C. Considerando que en los últimos tiempos se ha producido una caída de la inversión pública en la UE de un 15 % en términos reales y que muchas regiones, especialmente las que se enfrentan a retos demográficos, no han podido contribuir adecuadamente a los objetivos de Europa 2020, especialmente al objetivo principal de lograr un índice de empleo del 75 % de aquí a 2020, al objetivo de sacar de la pobreza a 20 millones de personas y al objetivo de limitar el abandono escolar;

D. Considerando que está justificado que los objetivos de la política de cohesión evolucionen a lo largo del tiempo, dando respuesta a los nuevos desafíos y amenazas a los que se enfrenta la Unión, y que la política en sí misma está ahora más estrechamente vinculada a la agenda política general de la UE; considerando, sin embargo, que es preciso reafirmar la función original de la política de cohesión, esto es, el fortalecimiento de la cohesión económica, social y territorial en todas las regiones de la UE, y especialmente de las regiones menos desarrolladas y menos favorecidas; que la política de cohesión no debe considerarse simplemente como un instrumento para alcanzar los objetivos de la estrategia Europa 2020 y de otras estrategias de desarrollo de la UE, sino también como una política de inversión en los territorios;

E. Considerando que, según el sexto informe de cohesión, la crisis económica ha afectado negativamente a la tendencia a largo plazo hacia la reducción de las disparidades regionales y que, a pesar de algunas tendencias positivas, al comienzo del nuevo período de programación siguen existiendo grandes diferencias de muy diversos tipos entre las regiones;

F. Considerando que, por medio de la concentración temática, los recursos de la política de cohesión se destinan a un número limitado de objetivos estratégicos con potencial en lo relativo al estímulo del crecimiento, la creación de empleo, la inclusión social, el medio ambiente y el cambio climático;

G. Considerando que en ausencia de una buena gobernanza no pueden obtenerse altos índices de crecimiento y de convergencia económica regional, dado que es necesario un mayor compromiso por parte de todos los socios a nivel nacional, regional y local, en consonancia con los principios de la gobernanza multinivel y con la participación de los interlocutores sociales y de las organizaciones de la sociedad civil;

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H. Considerando que los acuerdos de asociación y los programas operativos son herramientas estratégicas destinadas a orientar las inversiones realizadas en los Estados miembros y en las regiones, tal como se prevé en los artículos 14, 16 y 29 del Reglamento sobre disposiciones comunes, y que, con arreglo al calendario establecido para su presentación y aprobación, los acuerdos de asociación deberían haberse adoptado antes de finales de agosto de 2014 y los programas operativos antes de finales de enero de 2015 a más tardar;

I. Considerando que en el Consejo informal celebrado en Gödöllő (Hungría) en 2011 se pidió a las sucesivas Presidencias del Consejo de 2015 y 2016 que evaluaran y examinaran si convenía revisar la Agenda Territorial 2020 de la UE teniendo en cuenta su funcionamiento en la práctica y que, en su caso, lideraran posteriormente dicha revisión;

J. Considerando que, de conformidad con el artículo 175 del TFUE, los Estados miembros deben conducir su política económica y coordinarla con miras a alcanzar los objetivos de un desarrollo general armonioso y de refuerzo de la cohesión económica, social y territorial, y que el nuevo Plan de Inversiones para Europa también debe contribuir por tanto a esos objetivos;

Logros y retos de la política de cohesión en el contexto de la crisis económica y financiera (período de programación 20017-2013)

1. Hace hincapié en que la política de cohesión es el principal instrumento de la Unión Europea destinado a reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales entre las regiones europeas fomentando su competitividad, haciendo frente al cambio climático y a la dependencia energética y contribuyendo al mismo tiempo al logro de los objetivos de la Estrategia Europa 2020; destaca que, pese a las dificultades de algunos Estados miembros y regiones para cofinanciarlas, las inversiones de la política de cohesión han amortiguado significativamente los efectos negativos de la crisis económica y financiera y han aportado estabilidad a las regiones al garantizar los flujos de financiación cuando se desplomaron las inversiones de alcance nacional y regional, tanto públicas como privadas; destaca que la financiación de la política de cohesión representó el 21 % de la inversión pública en toda la UE y el 57 % en los países de la cohesión en su conjunto;

2. Pone de relieve que la política de cohesión ha demostrado su capacidad para reaccionar rápidamente, mediante medidas flexibles destinadas a hacer frente al déficit de inversión de los Estados miembros y de las regiones, tales como la reducción de la cofinanciación nacional y la concesión de anticipos adicionales, así como la reasignación del 13 % de la financiación total (45 000 millones de euros) al apoyo a la actividad económica y al empleo con efectos directos; considera fundamental, por consiguiente, que se lleve a cabo una revisión intermedia sustancial y exhaustiva de los objetivos y los porcentajes de cofinanciación en caso de que se produzcan cambios en la situación socioeconómica de los Estados miembros o de algunas de sus regiones;

3. Destaca que el Tratado de la Unión Europea incluye el objetivo de fomentar la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros (artículo 3 del TUE);

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4. Acoge favorablemente la reciente reforma de la política de cohesión destinada a hacer frente a estos retos, basada en un marco estratégico coherente para el período 2014-2020 con objetivos e incentivos claros para todos los programas operativos; pide a todos los agentes implicados, y especialmente a las principales autoridades, que velen por la eficacia y eficiencia en la aplicación del nuevo marco legislativo para la política de cohesión centrándose firmemente en lograr un mayor rendimiento y mejores resultados; pide a todos los agentes implicados que establezcan mecanismos de gobernanza y coordinación a varios niveles que funcionen adecuadamente, con el fin de garantizar la coherencia entre los programas y de apoyar la estrategia Europa 2020 y las recomendaciones específicas por país;

5. Insiste en que un entorno estable en los aspectos fiscal y económico —así como en los aspectos normativo, administrativo e institucional— es decisivo para la eficacia de la política de cohesión, pero no debe socavar el logro de sus objetivos y metas; recuerda, en este sentido, que la suspensión de los pagos contemplada en el artículo 23 del Reglamento sobre disposiciones comunes podría menoscabar la capacidad de las autoridades nacionales, regionales y locales para planificar con eficacia y para utilizar en la práctica los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) a lo largo del período 2014-2020; subraya que, para alcanzar tanto los objetivos de la política de cohesión como los de la estrategia Europa 2020, esta política ha de mantener una estrecha alineación con las políticas sectoriales y deben lograrse sinergias con otros programas de inversión de la UE; recuerda, no obstante, que el artículo 175 del TFUE prevé que todas las políticas económicas deben perseguir el logro de los objetivos de la cohesión económica, social y territorial;

6. Destaca que el refuerzo de la capacidad administrativa para la programación, la aplicación y la evaluación en los Estados miembros es fundamental para garantizar una ejecución oportuna y satisfactoria de la política de cohesión;

7. Señala que, si bien la política de cohesión ha suavizado el impacto de la crisis, las disparidades regionales siguen siendo significativas, y que aún no se ha alcanzado en todas partes el objetivo de la política de cohesión de reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales ofreciendo apoyo especial a las regiones menos desarrolladas;

8. Señala que, a pesar de la crisis y del hecho de que las finanzas locales se han visto sometidas a importantes presiones, las autoridades locales y regionales han tenido que seguir atendiendo las peticiones de los ciudadanos de servicios públicos más accesibles y de mayor calidad;

9. Hace hincapié en la importancia de reindustrializar la Unión para garantizar que la producción industrial represente un porcentaje de al menos el 20 % del PIB de los Estados miembros para 2020; recuerda, por consiguiente, la importancia de apoyar y reforzar de forma proactiva los principios de competitividad, sostenibilidad y fiabilidad normativa con el fin de promover el empleo y el crecimiento en Europa;

Problemas de ejecución y de pago

10. Manifiesta su profunda preocupación por los importantes retrasos estructurales

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acumulados al comienzo de los períodos de programación de la política de cohesión, provocados por los retrasos en la aprobación de los programas operativos, incluidos los aprobados mediante el procedimiento de prórroga; observa que esos retrasos pueden acentuar la presión sobre los pagos, especialmente en 2017 y 2018, y agravar así la preocupación por la lamentable acumulación de pagos pendientes, que representaban aproximadamente 25 000 millones de euros para el período de programación 2007-2013; observa que, pese a que la situación en el ámbito de la cohesión, considerada en un contexto amplio, es mejor que la del desarrollo rural o las pesquerías, esta preocupación sigue vigente, dado que en algunos Estados miembros aún se tiene que aprobar un número significativo de programas; hace hincapié en que esos retrasos pueden menoscabar la credibilidad, eficacia y sostenibilidad del presupuesto de la UE y de la política de cohesión y ponen a prueba la capacidad de las autoridades nacionales, regionales y locales para finalizar la aplicación del período 2007-2013 y planificar con eficacia y utilizar en la práctica los Fondos EIE a lo largo del período 2014-2020; acoge con satisfacción los recientes esfuerzos de los Estados miembros y la Comisión a este respecto, pero pide a la Comisión que haga todo lo posible para asegurarse de que se aprueben sin más demoras todos los programas operativos restantes, dado que la revisión del marco financiero plurianual (MFP) necesaria para utilizar los recursos de 2014 no asignados, así como el proyecto de presupuesto rectificativo adjunto, ya han sido aprobados por el Parlamento;

11. Recuerda que la cuestión de los retrasos persistentes en los pagos afecta a la política de cohesión más que a ningún otro ámbito político de la UE, puesto que la cantidad de facturas pendientes de pago a finales de 2014 para el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Cohesión para los programas del período 2007-2013 ascendía a 24 800 millones de euros, lo que representa un aumento del 5,6 % en comparación con 2013; anima a la Comisión a que utilice todos los medios disponibles para pagar esas facturas pendientes; destaca que esta situación afecta en primer lugar y en mayor grado a los beneficiarios más pequeños y vulnerables de la política de cohesión, como las pymes, las ONG y las asociaciones, puesto que su capacidad de prefinanciación del gasto es limitada;

12. Celebra que el Consejo, la Comisión y el Parlamento hayan llegado a un acuerdo para reducir el nivel de facturas pendientes de pago al final del ejercicio, especialmente en la política de cohesión, hasta su nivel estructural durante el MFP actual, tal y como se prevé en la declaración conjunta que acompaña al acuerdo presupuestario para 2015, y toma nota del documento de la Comisión relativo a los elementos de un plan de pagos para volver a situar el presupuesto de la UE en una senda sostenible («Elements for a payment plan to bring the EU budget back onto a sustainable track»), recibido el 23 de marzo de 2015; recuerda a la Comisión su compromiso de presentar un plan de pagos lo antes posible, y en cualquier caso antes de la presentación del proyecto de presupuesto para 2016; recuerda asimismo a todas las instituciones su compromiso de llegar a un acuerdo sobre este plan y aplicarlo a partir de 2015 y antes de la revisión intermedia del MFP actual;

13. Destaca que la revisión propuesta de los límites máximos del MFP1, por la que se

1 Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, COM(2015)0015 de 21.1.2015.

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transfieren créditos de compromiso por importe de 11 200 millones de euros para la subrúbrica 1b en virtud del artículo 19, apartado 2, del Reglamento sobre el MFP, así como la prórroga1 de 2014 a 2015 de créditos de compromiso por importe de 8 500 millones de euros en virtud del artículo 13, apartado 2, letra a), del Reglamento Financiero, evitan la cancelación de estos créditos en la subrúbrica 1b, pero no afrontan realmente el problema subyacente de los retrasos en la programación ni alteran el hecho de que el retraso crónico en la ejecución y los pagos tardíos sistemáticos pueden conllevar importantes dificultades para los beneficiarios finales;

14. Subraya que dichos retrasos, correspondientes a la subrúbrica 1b del presupuesto de la UE, constituyen de hecho el principal factor inmediato que pone en peligro la ejecución de la política de cohesión, tanto en el período de programación anterior como, previsiblemente, en el actual período de programación 2014-2020; reitera que las consecuencias de los retrasos afectan seriamente a los agentes de la política de cohesión sobre el terreno, llevándolos en ocasiones a situaciones extremas; pide, por consiguiente, a la Comisión a que elabore una hoja de ruta que contemple un calendario específico de acciones políticas concretas, detalladas paso a paso y respaldadas por recursos presupuestarios diferenciados, con el fin de reducir primero, y eliminar después, la acumulación de pagos pendientes; espera que el Consejo por fin se dé cuenta de la gravedad y la insostenibilidad de la situación y esté dispuesto a contribuir de forma activa a encontrar una solución estable para el problema; expresa su convencimiento de que el primer objetivo de estas acciones debería consistir en hacer de 2015 el año en que la reducción de los retrasos se perciba de manera tangible;

15. Insiste en que es indispensable iniciar la ejecución de los programas operativos tan pronto como se aprueben, con objeto de maximizar los resultados de las inversiones, potenciar la creación de empleo, impulsar el incremento de la productividad y contribuir a los objetivos de la Unión en materia de clima y energía, y en que la Comisión y los Estados miembros deben hacer todo lo posible para acelerar dicha aprobación sin que ello merme su calidad; pide que la Comisión —sin dejar de prestar una atención especial a la necesidad de continuar luchando contra el fraude— analice todos los métodos posibles para simplificar sus procedimientos internos, con objeto de acelerar los procedimientos basados en los dos supuestos previstos para la aprobación de los programas operativos y evitar así nuevas demoras en el inicio de la ejecución;

16. Pide a la Comisión, a la vista de cuanto antecede, que presente al Parlamento las medidas que tiene previsto adoptar para facilitar lo antes posible la ejecución de los programas operativos, especialmente para evitar la liberación de fondos en 2017, junto con el calendario correspondiente, que explique las repercusiones de los retrasos en los pagos sobre el arranque de la ejecución de los nuevos programas operativos, y que proponga soluciones para contener al máximo los daños; pide, por otro lado, que la Comisión, en el contexto del informe sobre el resultado de las negociaciones contemplado en el artículo 16, apartado 3, del Reglamento sobre disposiciones comunes, analice el posible impacto sobre el crecimiento y el empleo del aplazamiento del inicio de la política de cohesión del período 2014-2020, y que formule recomendaciones basadas en las lecciones aprendidas;

1 Decisión de la Comisión sobre la prórroga no automática de 2014 a 2015 y sobre los créditos de compromiso que deberán estar de nuevo disponibles en 2015, C(2015)0827 de 11.2.2015.

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17. Considera que el MFP 2014-2020 resultante de la propuesta de modificación del Reglamento del MFP presentada por la Comisión, que transfiere a un solo año, 2015, los créditos no asignados en 2014, aumenta considerablemente el riesgo de liberación de créditos en 2018 para los programas no aprobados en 2014, por lo que no favorece la plena absorción de los recursos de la UE ni un apoyo efectivo de las inversiones de la UE en favor del crecimiento y el empleo; pide a la Comisión que, en el marco de la preparación del informe estratégico 2017 contemplado en el artículo 53 del Reglamento sobre disposiciones comunes, proponga con la antelación suficiente medidas adecuadas, legislativas y de otro tipo, a fin de evitar ese riesgo de liberación de créditos;

18. Muestra su preocupación por el bajo nivel de absorción de fondos durante el período de programación 2007-2013 en algunos Estados miembros, y advierte de que deben abordarse los motivos subyacentes con el fin de evitar la repetición de los mismos problemas en el próximo período; destaca que la capacidad administrativa resulta fundamental para una ejecución efectiva y eficiente de la política de cohesión; hace hincapié en que la inestabilidad de la función pública, combinada con una coordinación política débil, puede minar la aplicación satisfactoria de los Fondos EIE y suponer una amenaza para una gestión general efectiva de las políticas;

19. Sugiere que, para la preparación del próximo período de programación, se estudie la inclusión de disposiciones normativas sobre la programación de manera independiente y antes de las propuestas presupuestarias, disociando así los debates sobre el contenido y sobre el dinero y concediendo suficiente tiempo para una preparación exhaustiva de los programas; recuerda que, a pesar de que las disposiciones normativas son muy amplias, ello no aporta una garantía total para los Estados miembros y las regiones y puede generar interpretaciones divergentes; observa que sigue habiendo margen para simplificar las disposiciones normativas;

20. Pide a la Comisión que examine con atención, teniendo en cuenta las posibles repercusiones sobre el empleo y el crecimiento, la posibilidad de aplicar correcciones financieras o suspensiones de los pagos;

La política de cohesión como núcleo esencial de unas inversiones inteligentes, sostenibles e integradoras para 2014-2020

21. Reitera que la función original de la política de cohesión consiste en promover la cohesión económica, social y territorial y en reducir las desigualdades regionales, ofreciendo apoyo especial a las regiones menos desarrolladas; subraya que, por su carácter y su estructura original, estipulados en el Tratado, esta política contribuye intrínsecamente a los objetivos de la Unión, y especialmente a los objetivos de la estrategia Europa 2020 en materia de crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como al objetivo fundamental del Tratado de reforzar la cohesión territorial;

22. Acoge con satisfacción el nuevo Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) y su potencial efecto de apalancamiento; hace hincapié en que el objetivo principal del FEIE debe ser garantizar la cohesión económica, social y territorial, por lo que debe beneficiar a todas las regiones de la UE; destaca la necesidad de garantizar la adicionalidad de los recursos del FEIE —y, por ende, la complementariedad y la sinergia entre este Fondo y los Fondos EIE, aunque manteniendo la independencia

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financiera de ambos instrumentos—, y recomienda a las partes implicadas, en esta misma línea, que aprovechen las experiencias adquiridas durante la ejecución del Plan Europeo de Recuperación Económica de 2008, en particular en lo relativo a las inversiones inteligentes;

23. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen una mayor coordinación y coherencia entre todas las políticas de inversión y desarrollo de la UE, y en particular la política de cohesión, así como entre los Fondos EIE, los otros fondos de la UE y los instrumentos de financiación nacionales y regionales, con el fin de garantizar la complementariedad y el refuerzo de las sinergias, evitar solapamientos y la duplicación del apoyo y garantizar que la financiación de la UE aporte un elevado valor añadido europeo; pide a la Comisión que informe sobre las sinergias en los próximos informes sobre la cohesión; propone que la ejecución del nuevo Plan de Inversiones de la UE se base en las experiencias de las tres iniciativas conjuntas JEREMIE, JESSICA y JASMINE, en virtud de las cuales la inversión de los Fondos Estructurales pasó de 1 200 millones de euros en el período 2000-2006 a 8 400 millones de euros en el período 2007-2012; pide que se efectúe un análisis amplio y detallado en consulta con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI);

24. Insiste en que la legislación relativa a la política de cohesión permite ampliar el ámbito de aplicación de los instrumentos financieros para duplicar su contribución hasta llegar a unos 25 000-30 000 millones de euros en el período 2014-2020, al ampliar su cobertura temática y ofrecer una mayor flexibilidad a los Estados miembros y a las regiones; hace hincapié en el papel que desempeñan los instrumentos financieros en la movilización de inversiones conjuntas adicionales, ya sean públicas o privadas, con el fin de colmar los fallos del mercado en consonancia con la Estrategia Europa 2020 y las prioridades de la política de cohesión; apoya, en particular, la «iniciativa para las pymes» de reparto del riesgo, y pide a la Comisión que ponga todo su empeño en que los instrumentos financieros sean fáciles de usar y resulten atractivos para los Estados miembros y las regiones, garantizando así la duplicación de las aportaciones a los instrumentos financieros sin necesidad de otras intervenciones y una implicación sólida de los interesados; hace hincapié en la necesidad de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el control de los instrumentos financieros que utilizan fondos de la UE;

25. Advierte, sin embargo, de que el FEIE no debe perjudicar a la coherencia estratégica y las perspectivas a largo plazo de la programación de la política de cohesión; insiste en que una reasignación de los Fondos Estructurales sería contraproducente y que, por lo tanto, es inaceptable, puesto que pondría en peligro su eficacia, así como el desarrollo de las regiones; señala que las dotaciones financieras para los Estados miembros acordadas en la subrúbrica 1b del MFP para 2014-2020 no pueden modificarse para los fines del FEIE; pone de relieve que, pese a que presenta algunas ventajas, la sustitución de las subvenciones por préstamos, capital o avales debe llevarse a cabo con cautela, tomando en consideración las desigualdades regionales y la diversidad de prácticas y experiencias entre las regiones en lo relativo a la utilización de instrumentos financieros; recuerda que las regiones que más necesitan de estímulos inversores son las que suelen disponer de menos capacidades administrativas y de absorción;

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26. Advierte de que la flexibilidad que se permite en la selección de los proyectos que pueden beneficiarse de financiación con cargo al FEIE conlleva el riesgo de minar la cohesión económica, social y territorial al canalizar la inversión hacia Estados miembros más desarrollados; pide a la Comisión que vigile atentamente la relación entre el FEIE y los Fondos EIE;

Eficacia, eficiencia y orientación a los resultados de la política de cohesión 2014-2020

27. Subraya la importancia de todas las medidas dirigidas a aumentar la eficacia, la simplificación, la eficiencia y la orientación a los resultados y al rendimiento de la política de cohesión, lo que debe garantizar una transición desde criterios de absorción de fondos hacia la calidad del gasto y el valor añadido de las operaciones cofinanciadas; sugiere, en este sentido, que se presenten ajustes técnicos para la normativa sobre los Fondos EIE aplicable;

28. Acoge con satisfacción la concentración temática en favor de inversiones en crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo destinadas a generar crecimiento y empleo, hacer frente al cambio climático y a la dependencia energética y reducir la pobreza y la exclusión social, y se felicita por la mayor atención a los resultados y la mensurabilidad en los programas del período 2014-2020, lo que debe contribuir a seguir aumentando la eficiencia y la efectividad de la política de cohesión; defiende, al mismo tiempo, la exigencia de una mayor flexibilidad para las regiones, en función de las especificidades locales y regionales, principalmente en un contexto de grave crisis, con el fin de reducir los desfases de desarrollo entre las diferentes regiones de la Unión; aboga por un enfoque auténticamente integrado y territorial con el fin de concentrarse en los programas y proyectos que mejor aborden las necesidades sobre el terreno;

29. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que garanticen la coherencia entre los programas nacionales de reformas y los programas operativos, con el fin de abordar de manera adecuada las recomendaciones específicas por país y ofrecer una adaptación plena a los procedimientos de gobernanza económica, limitando así el riesgo de reprogramación temprana;

30. Recuerda, en este contexto, su oposición inicial, y resalta su responsabilidad en materia de participación plena, control y vigilancia; pide a la Comisión y al Consejo que ofrezcan información completa, transparente y puntual sobre los criterios que pueden llevar a la reprogramación o a la suspensión de los compromisos o los pagos de los Fondos EIE, así como sobre todo el procedimiento correspondiente, en virtud del artículo 23, apartado 15, del Reglamento sobre disposiciones comunes; señala que la decisión de suspender los compromisos o los pagos debe tomarse como último recurso, cuando se hayan agotado el resto de las opciones y se hayan evaluado las posibles consecuencias para el crecimiento y el empleo, puesto que la suspensión de los compromisos o de los pagos puede tener consecuencias graves para las autoridades nacionales, regionales y locales, así como para la consecución de los objetivos de la política de cohesión en su conjunto; considera que la condicionalidad macroeconómica debe tener como objetivo hacer una política de cohesión más sostenible y eficiente, y rechaza la idea de que las regiones, las localidades o los ciudadanos puedan verse

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penalizados por decisiones macroeconómicas adoptadas por los gobiernos nacionales; llama la atención sobre la considerable carga administrativa que puede traer consigo una reprogramación de fondos; recuerda que una propuesta de reprogramación presentada de conformidad con el artículo 23, apartado 4, del Reglamento requiere la consulta previa al comité de seguimiento competente, tal como se prevé en el artículo 49, apartado 3, del mismo Reglamento;

31. Señala que las irregularidades se deben en gran medida a la complejidad de los requisitos y las normativas; subraya que el número de irregularidades en la ejecución de los programas de cohesión podría reducirse mediante la simplificación de la administración y los procedimientos, la rápida transposición de las directivas recientemente adoptadas en este campo y el refuerzo de la capacidad administrativa en las regiones menos desarrolladas; subraya, por consiguiente, la necesidad de reducir al mínimo las cargas administrativas para los beneficiarios al efectuar los controles necesarios para garantizar el uso adecuado de los créditos procedentes de los Fondos EIE, así como la necesidad de realizar esfuerzos para optimizar y mejorar la flexibilidad de los sistemas de gestión y de control, acordar una mayor atención a la evaluación de los riesgos y corregir el reparto de las responsabilidades entre todas las autoridades, sin perjudicar al mismo tiempo los procedimientos de control reforzados establecidos, a fin de prevenir más eficazmente las irregularidades y, por consiguiente, evitar las correcciones financieras y las interrupciones y suspensiones de los pagos; manifiesta su preocupación por los bajos porcentajes de desembolso de los instrumentos financieros a los beneficiarios, en particular teniendo en cuenta el objetivo de aumentar el uso de tales instrumentos; pide, en este sentido, a los Estados miembros, a las autoridades de gestión y a otras partes interesadas pertinentes que trabajan con estos instrumentos financieros que utilicen plenamente la asistencia técnica ofrecida a través de la plataforma de asesoramiento técnico para instrumentos financieros (FI-TAP) y de la plataforma FI-Compass;

Empleo, pymes, jóvenes y educación

32. Subraya que los Fondos EIE pueden contribuir de forma significativa a paliar las consecuencias negativas de la crisis y que, para ello, es preciso facilitar y simplificar el enfoque integrado que ofrecen los programas financiados con diversos fondos, mejorando la coordinación y aumentando la flexibilidad de estos últimos, de tal modo que puedan aprovecharse mejor las sinergias, especialmente entre el FSE y el FEDER; hace hincapié en que las inversiones financiadas por el FSE no podrán producir resultados óptimos si no se dispone de la infraestructura y de las instituciones adecuadas; llama la atención sobre el hecho de que los Fondos EIE pueden promover eficazmente la inclusión social, por lo que deberían movilizarse para apoyar la integración de los grupos desfavorecidos y vulnerables, como los romaníes y las personas con discapacidad, así como para apoyar la transición desde servicios institucionales a los servicios a escala de la comunidad para niños y adultos;

33. Pide a la Comisión que preste especial atención a la situación de los grupos minoritarios en toda la Unión, ya que sufren todo tipo de exclusión social y, por tanto, son más vulnerables al desempleo estructural; considera que en la planificación de políticas orientadas a la cohesión social en la Unión se debe tener en cuenta la integración de las

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minorías;

34. Subraya el papel protagonista de las pymes en la creación de empleo y su potencial para promover el crecimiento inteligente y la economía digital con bajas emisiones de carbono; aboga por un marco normativo favorable que fomente la creación y el funcionamiento de tales empresas, en particular de las que crean los jóvenes y de las que están situadas en zonas rurales; subraya la importancia de reducir la carga de trabajo burocrático impuesta a las pymes y de facilitar su acceso a la financiación, así como la necesidad de apoyar programas y formación que promuevan el desarrollo de las capacidades empresariales;

35. Destaca que las pymes representan el 99 % del tejido empresarial de la UE y el 80 % de los empleos de la Unión;

36. Manifiesta su preocupación por el límite demasiado bajo fijado por la Comisión (5 000 000 de euros) al apoyo del FEDER destinado a infraestructuras culturales a pequeña escala y de turismo sostenible, definido, además, como costes totales en lugar de como costes subvencionables, y hace hincapié en el fuerte impacto positivo que pueden tener estos proyectos para el desarrollo regional, en términos de efectos socioeconómicos, inclusión social y atractivo;

37. Se muestra de acuerdo con el análisis de la Comisión según el cual en algunos Estados miembros pueden equilibrarse mejor las prioridades económicas y sociales, especialmente por lo que respecta al crecimiento económico, por una parte, y a la inclusión social, la educación y el desarrollo sostenible, por otra, con el respaldo de un diálogo significativo con los socios y las partes interesadas; hace hincapié en que una estrategia clara para mejorar el marco institucional de los Estados miembros en cuanto a capacidad administrativa y calidad de la justicia constituye un factor determinante clave para lograr la realización de estas prioridades;

38. Subraya la importancia del FSE, como la Garantía Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil, que debe respaldar el máximo número de proyectos viables de creación de empleo, por ejemplo en forma de iniciativas empresariales;

39. Advierte de que las alarmantes tasas de desempleo juvenil amenazan con provocar la pérdida de toda una generación, en especial en las regiones menos desarrolladas y en las regiones más golpeadas por la crisis y el desempleo; insiste en que la integración de los jóvenes en el mercado laboral debe seguir recibiendo la máxima prioridad, y en que, para su consecución, es indispensable la contribución activa de la UE, y que el uso integrado del FSE, del FEDER, del Fondo de Cohesión y de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil puede suponer una importante contribución; estima que convendría adoptar, a este respecto, una estrategia más orientada a los resultados, con el fin de garantizar una mayor eficacia en el uso de los recursos disponibles e impulsar así el empleo y la competitividad de la Unión Europea, generar mayores ingresos y beneficiar a toda la economía de la UE; hace hincapié, en este contexto, en el papel esencial que desempeña la Garantía Juvenil a la hora de ayudar a los jóvenes menores de veinticinco años bien a encontrar un trabajo de calidad o a adquirir la educación, las competencias y la experiencia necesarias para encontrar empleo; hace hincapié en que deben facilitar todos los recursos necesarios para poner en práctica la Garantía Juvenil y el resto de

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medidas contempladas en la Iniciativa de Empleo Juvenil; considera que deben utilizarse indicadores de impacto claros y fácilmente comprensibles para determinar adecuadamente la contribución de los fondos de la UE al crecimiento y el empleo;

40. Insiste en la necesidad de seguir haciendo esfuerzos para encontrar nuevos modos de mejorar el rendimiento obtenido en relación con el empleo juvenil, dado que, a pesar de la adopción del Reglamento del FSE y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, los resultados no han sido buenos; subraya el compromiso político de la UE de prestar un apoyo inmediato a la integración de los jóvenes en el mercado de trabajo;

41. Hace hincapié en que, debido a los cambios en los modelos de producción y al envejecimiento de la población, la función del FSE y de las inversiones para adaptar las competencias de los trabajadores ha cobrado una importancia considerable; cree firmemente que, a este respecto, el FSE debe desempeñar un papel complementario a los enfoques nacionales en los Estados miembros; pide a los Estados miembros y a la Comisión que velen por que los recursos disponibles se utilicen de la forma más eficaz y eficiente posible, con vistas a garantizar la capacidad de inserción profesional de los trabajadores, la inclusión social y la igualdad de género; destaca asimismo que los programas formativos financiados con cargo al FSE deben adaptarse también a las necesidades de los empresarios y el personal directivo, a fin de garantizar el desarrollo sostenible de las empresas, en particular las pymes, que generan la mayoría de las oportunidades de empleo en la Unión;

42. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que sigan trabajando, en especial para mejorar y ampliar la plataforma EURES como herramienta eficaz para favorecer la movilidad de los trabajadores en Europa, en particular la movilidad transfronteriza, mejorando los conocimientos de los trabajadores respecto al mercado de trabajo europeo, informándolos de las oportunidades de empleo y ayudándolos en sus gestiones; alienta a los Estados miembros a que desarrollen y apoyen las redes EURES, ya que los trabajadores transfronterizos son los primeros en sufrir los problemas de adaptación y las dificultades para conseguir el reconocimiento de las cualificaciones profesionales; observa que estas redes facilitan y apoyan la movilidad transfronteriza, gracias a que reúnen a servicios públicos de empleo, interlocutores sociales, autoridades locales y regionales y otros agentes privados;

43. Destaca la necesidad de dirigir la creación de empleo de calidad con la ayuda de nuevas tecnologías; opina que la Comisión debe vincular la reducción del desempleo a las herramientas de la Agenda Digital y Horizonte 2020;

44. Señala que el nivel de abandono escolar precoz en la Unión sigue siendo muy alto y que ello repercute en la tasa de desempleo juvenil; subraya que es imperativo resolver este problema recurriendo al FSE para modernizar los sistemas educativos y los programas de enseñanza;

45. Señala que no será posible corregir la alta tasa de desempleo entre los jóvenes titulados de la UE sin una cooperación eficaz entre los centros de enseñanza y los agentes del mercado de trabajo; subraya, en particular, que, mediante la enseñanza de los conocimientos y las capacidades que demanda el mercado laboral, se ha incrementado la tasa de empleo entre los jóvenes y se han reducido las disparidades sociales;

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46. Destaca la importancia de la dimensión de género en la creación de empleo; pide a la Comisión que asigne la financiación suficiente para abordar la cuestión del desempleo femenino; considera que las mujeres podrían beneficiarse de los avances tecnológicos para disfrutar de un horario laboral más flexible, y pide a la Comisión que invierta en este campo;

47. Reafirma la necesidad de crear servicios de guardería para niños de corta edad a fin de impulsar la presencia de las mujeres en el mercado laboral, y pide, por lo tanto, a la Comisión que respalde proyectos innovadores en este sentido; señala que la inversión en infraestructuras públicas, como las guarderías, aumenta las oportunidades de las mujeres de participar activamente en la economía y en el mercado laboral;

48. Pide a las instituciones de la UE y a los Estados miembros que, para alcanzar los objetivos de empleo e inclusión social, tengan en cuenta las necesidades de las mujeres que se incorporan al trabajo tras la baja de maternidad, motiven a los empresarios para que contraten a mujeres tras la baja de maternidad, faciliten una organización flexible del trabajo y fomenten la formación adicional (aprendizaje permanente) para que estas mujeres puedan retomar sin problemas sus carreras profesionales;

Gobernanza de la política

49. Hace hincapié en que la política de cohesión debe estar dirigida por el espíritu de una gobernanza multinivel que funcione correctamente, en combinación con una estructura adecuada para responder a las exigencias de los ciudadanos y de las empresas y con una contratación pública transparente e innovadora, todo lo cual resulta esencial para potenciar los efectos de la política; insiste, a este respecto, en que, sin perjuicio de la importancia de las decisiones adoptadas a nivel de la UE y de los Estados miembros, las autoridades locales y regionales suelen tener competencias administrativas básicas en materia de la inversión pública, por lo que la política de cohesión representa un mecanismo esencial para que dichas autoridades puedan desempeñar un papel protagonista en la UE; reitera, por consiguiente, la necesidad de una aplicación generalizada del principio de asociación tal y como se detalla en el Reglamento sobre disposiciones comunes y en el Código de Conducta sobre Asociaciones;

50. Recomienda que se utilicen los recursos y conocimientos de la política de cohesión para reforzar de forma significativa las capacidades administrativas de los organismos públicos, especialmente a nivel local y regional, entre otros mediante una mayor utilización de las nuevas tecnologías y la introducción de unos procedimientos más ágiles, con vistas a mejorar la calidad de sus servicios dirigidos a los ciudadanos; pide a la Comisión que defina modalidades de asistencia administrativa en temas fundamentales como el establecimiento de los objetivos de las iniciativas, la valoración de los resultados mediante los oportunos indicadores y la definición de los pasos que deberán darse seguidamente, con el fin de crear una cultura administrativa basada en la supervisión y la evaluación a escala de la UE; considera importante garantizar que se preste asesoramiento a las administraciones locales y regionales en relación con los instrumentos financieros innovadores, que son decisivos para aumentar los recursos y las inversiones, y en relación con la contratación pública, que debería utilizarse cada vez más como herramienta importante de la administración pública para estimular la innovación y la creatividad;

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51. Lamenta que el sexto informe de cohesión no incluya una evaluación detallada de los logros del instrumento de asistencia técnica Jaspers, que, entre 2007 y 2013, ofreció a los Estados miembros la pericia técnica necesaria para preparar proyectos importantes de gran calidad cofinanciados con fondos de la UE; acoge con satisfacción la creación en 2013 de la plataforma de creación de redes Jaspers para actividades de creación de capacidades, y el establecimiento en 2014 del centro de creación de redes y de competencias, que ofrece conocimientos especializados sobre preparación de proyectos para el período de programación 2014-2020; acoge con satisfacción el establecimiento de un centro de competencias para la creación de capacidades en relación con los Fondos EIE, que debe contribuir a fomentar la capacidad de todas las autoridades de los Estados miembros que participan en la gestión y la aplicación de los Fondos EIE;

52. Acoge con satisfacción que la Comisión preste cada vez más atención al papel de la gobernanza, y se muestra de acuerdo en que una buena gobernanza y unos servicios públicos de gran calidad, junto con la ausencia de corrupción, son fundamentales para un entorno de inversión estable; pide que se fijen objetivos ambiciosos para hacer que el gasto de la política de cohesión sea menos propenso al uso fraudulento, así como para conseguir una aplicación estricta de las medidas antifraude;

53. Manifiesta su convicción de que el Código de Conducta sobre Asociaciones reforzará la participación en las regiones en todas las fases, tanto en el fondo como en la forma, y de que debe aplicarse plenamente, puesto que desempeña un papel fundamental a la hora de potenciar los efectos de la política de cohesión y de consolidar sus efectos sobre el terreno; felicita a los Estados miembros y las regiones que han conseguido que sus socios participen en la preparación de los acuerdos de asociación y en los programas operativos de conformidad con el Código de Conducta sobre Asociaciones; expresa serias preocupaciones, no obstante, por los numerosos casos de aplicación deficiente del principio de asociación, y pide a la Comisión que no apruebe programas para los que no haya habido suficiente participación de las partes implicadas; hace hincapié en la importancia de difundir ejemplos de buenas prácticas en la organización de asociaciones, según se detalla en el Código de Conducta; pide, asimismo, a la Comisión que presente periódicamente al Parlamento un informe de evaluación del estado de la aplicación del principio de asociación;

Dimensión territorial

54. Observa con preocupación la ausencia relativa de referencias al enfoque territorial y, particularmente, a la cooperación transfronteriza en el sexto informe de cohesión, a pesar de que se trata de una herramienta esencial para reforzar la cohesión económica, social y territorial; señala que la inclusión de todos los aspectos transfronterizos y macrorregionales habría tenido un efecto enriquecedor en lo que respecta, por ejemplo, a las infraestructuras, el mercado de trabajo y la movilidad laboral, el medio ambiente (incluido un plan común de emergencia), el uso del agua y las aguas residuales, la gestión de residuos, la asistencia sanitaria, la investigación y el desarrollo, el turismo, los servicios públicos y la gobernanza, ya que todos estos ámbitos tienen un potencial y unos elementos transfronterizos notables; opina que, durante el período de programación 2014-2020, mejorará considerablemente el desempeño de las regiones fronterizas y transfronterizas de Europa en el proceso de superación de la crisis,

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mediante un crecimiento más inteligente, más integrador y más sostenible;

55. Insiste en que el enfoque integrado y territorial es fundamental, principalmente en materia de medio ambiente y energía;

56. Acoge con satisfacción la introducción de nuevos mecanismos dirigidos a coordinar a las partes interesadas e integrar las políticas de la UE, y a concentrar las inversiones en las necesidades reales sobre el terreno, como es el caso de las inversiones territoriales integradas y de los instrumentos de la estrategia local comunitaria, que buscan un desarrollo territorial equilibrado; señala la importancia de adoptar instrumentos para evaluar el impacto territorial de las políticas, cuyo principal objetivo consiste en calibrar el impacto territorial de las políticas de la UE sobre las administraciones locales y regionales, y en prestar una mayor atención a dicho impacto durante el proceso legislativo, señalando al mismo tiempo los retos existentes para la aplicación de enfoques territoriales integrados, habida cuenta de las diferencias normativas que siguen existiendo entre los fondos de la UE y del grado sumamente variable de capacitación de comunidades regionales y locales que existe entre Estados miembros y autoridades de gestión; propugna una estrategia de inversión de la UE integrada y global y el fortalecimiento de la Agenda Territorial 2020 de la UE, adoptada por la Presidencia húngara en 2011 y que deberán evaluar las Presidencias de 2015, y que incluye la Agenda Urbana de la UE; considera que debería dedicarse una especial atención al refuerzo del papel de las zonas urbanas de pequeño y mediano tamaño;

57. Observa con preocupación que no se hace referencia a la forma en la que se han tenido en cuenta los principios y las prioridades de la Agenda Territorial 2020 de la UE durante la ejecución de los programas de la política de cohesión 2007-2013; pide que se establezcan mecanismos de evaluación apropiados durante el período 2014-2020 con el fin de poder evaluar la dimensión territorial de la política de cohesión;

58. Aplaude, no obstante, que en el informe se pongan de relieve los problemas urbanos, dada la importancia de las ciudades dentro de la economía globalizada y sus potenciales efectos en términos de sostenibilidad; constata el compromiso de las regiones y ciudades europeas con la transición a un crecimiento más ecológico, tal como se refleja en el Pacto entre Alcaldes; propone que se aborden también debidamente las principales desigualdades en el desarrollo entre las zonas rurales y las urbanas, así como la problemática en las regiones metropolitanas, que demuestran tener capacidad de resistencia pero siguen siendo vulnerables;

59. Lamenta que el sexto informe de cohesión no se refiera al desarrollo territorial policéntrico como un elemento clave para lograr la cohesión territorial y la competitividad territorial en virtud de la Agenda Territorial 2020 de la UE y del informe del programa ESPON de 2013 titulado «Making Europe Open and Polycentric»; hace hincapié en el papel de las ciudades pequeñas y medianas y en la importancia de fomentar los vínculos funcionales entre los centros urbanos y las zonas que los rodean para lograr un desarrollo territorial equilibrado;

60. Pide un mayor respeto del artículo 174 del TFUE sobre cohesión territorial, particularmente en las zonas rurales, prestando la debida atención a la importante relación existente entre la política de cohesión y el desarrollo rural, especialmente en las

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zonas afectadas por una transición industrial y en las regiones que presentan desventajas graves y permanentes de tipo natural o demográfico, como es el caso de las regiones ultraperiféricas, las regiones más septentrionales de baja densidad poblacional y las regiones insulares, transfronterizas y montañosas; recomienda que se tengan también en cuenta los demás desafíos demográficos que tienen efectos importantes sobre las regiones, como la despoblación, el envejecimiento de la población y la dispersión poblacional elevada; pide a la Comisión que dedique una atención especial a las zonas más desfavorecidas desde el punto de vista geográfico y demográfico a la hora de aplicar la política de cohesión;

61. Considera que el sexto informe de cohesión no presta suficiente atención a la Cooperación Territorial Europea, a pesar de haber sido uno de los principales objetivos de la política de cohesión a partir del período de programación 2007-2013; recuerda el potencial de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial, no solo como instrumento para gestionar la gobernanza transfronteriza, sino también como medio de contribuir al desarrollo territorial integrado de amplio alcance;

62. Pide una coordinación más estrecha entre la política de cohesión, el Instrumento de Ayuda de Preadhesión y la política de vecindad de la UE, así como una evaluación y difusión mejores de los resultados de los proyectos;

Política de cohesión en una perspectiva a largo plazo

63. Reitera, a la vista de cuanto antecede, la necesidad de imprimir un nuevo dinamismo al debate sobre la política de cohesión de la UE; afirma que el año 2019, durante el cual se celebrarán elecciones al Parlamento Europeo, será decisivo, ya que el Parlamento recién elegido y la nueva Comisión tendrán que afrontar la conclusión de la Estrategia Europa 2020 y la elaboración del próximo MFP, garantizar el futuro de la política de cohesión después de 2020 con un presupuesto adecuado y elaborar nueva legislación para la política de cohesión; observa que el debate sobre la política de cohesión debe tener en cuenta las graves restricciones temporales y los retrasos sufridos al inicio del actual período de programación;

64. Insiste en la importancia crucial de las capacidades administrativas; pide a los responsables políticos, en todos los niveles de gobernanza, que faciliten, con carácter general, asistencia técnica para la ejecución de las políticas de cohesión, y en particular que hagan un mayor uso de los instrumentos financieros combinados con los Fondos EIE;

65. Considera que las medidas de la política de cohesión pueden desempeñar un papel esencial en la reducción de las diferencias de competitividad interna y de los desequilibrios estructurales en las regiones que más lo necesitan; pide a la Comisión que considere la posibilidad de una prefinanciación para facilitar el pleno uso de los fondos por parte de los Estados miembros afectados en el período 2014-2020, garantizándose al mismo tiempo la defensa del principio de responsabilidad presupuestaria;

66. Pide a los Estados miembros que celebren periódicamente en los Parlamentos nacionales debates políticos de alto nivel sobre la eficiencia, la eficacia y la aplicación oportuna de los Fondos EIE y sobre la contribución de la política de cohesión al

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cumplimiento de los objetivos macroeconómicos;

67. Pide la celebración de reuniones periódicas del Consejo con los ministros responsables de la política de cohesión, con el fin de supervisar los constantes desafíos a que se enfrenta la cohesión de la UE en el ámbito económico, social y territorial y de responder a ellos;

°

° °

68. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Antecedentes

De acuerdo con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea presentará cada tres años un informe de cohesión «sobre los avances realizados en la consecución de la cohesión económica, social y territorial...». La publicación del sexto informe de cohesión se retrasó a causa de la adopción del nuevo marco legislativo de la política de cohesión para 2014-2020, cuya estructura tradicional ha sido modificada para reflejar la estrategia Europa 2020.

Logros y retos de la política de cohesión en el contexto de la crisis económica y financiera

Respecto al pasado, el sexto informe de cohesión pone de manifiesto que durante el período de programación 2007-2013 la política de cohesión ha mitigado los efectos del brusco declive de la inversión pública, que ha alcanzado el 60 % en algunos Estados miembros y que representa el 20 % de media a escala de la UE. Las inversiones de la política de cohesión han aportado estabilidad a las regiones, al garantizar el flujo de financiación cuando las inversiones públicas y privadas de los países han decaído o incluso cesado. Sin embargo, últimamente las desigualdades regionales han aumentado y se han perdido los aumentos de empleo y de competitividad registrados desde 2000, especialmente en los Estados miembros del Sur.

De cara al futuro, el informe señala los principales objetivos de las inversiones en cohesión durante el período 2014-2020: eficiencia energética, empleo y pymes, ámbitos en los que el potencial de creación de empleo sostenible parece prometedor. El ponente considera importante subrayar que la función original de la política de cohesión y de sus instrumentos, tal como la define el Tratado, la convierte por derecho propio en la principal política de inversión para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador a escala de la UE. Así pues, la política de cohesión no puede contemplarse como un mero instrumento de otras estrategias sectoriales. Antes al contrario, su enfoque a largo plazo de integración y gobernanza multinivel confiere un valor añadido esencial a la ejecución y al sentido de propiedad de las medidas de la UE que un enfoque meramente sectorial de las políticas no sería capaz de conseguir.

Con estos antecedentes, el ponente acoge con satisfacción el nuevo Plan de Inversiones para Europa, como complemento de las inversiones estructurales y de cohesión. Las experiencias derivadas de las iniciativas conjuntas de la política de cohesión que incluyen instrumentos financieros, como es el caso de JEREMIE, pueden ser valiosas, ya que el núcleo esencial de este nuevo plan de inversiones lo constituye el mayor uso de los instrumentos financieros. Al mismo tiempo, procede afirmar claramente que ni el presupuesto ni la programación estratégica a largo plazo de la política de cohesión pueden verse afectados negativamente, en

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modo alguno, por esta nueva iniciativa de inversión, ya que ello pondría en peligro no solo el desarrollo de las regiones, sino también la eficacia de las inversiones de la política de cohesión que, por importe de 350 000 millones de euros, se destinarán al desarrollo regional durante el período 2014-2020. En efecto, hay que tener presente que las regiones que más necesitan el estímulo inversor suelen ser las mismas que disponen de menos capacidades administrativas y de absorción, y que no reúnen los requisitos para beneficiarse del nuevo plan de inversiones.

Eficacia, eficiencia y orientación a los resultados de la política de cohesión

Las nuevas medidas dirigidas al incremento de la eficacia y orientadas a los resultados incorporan la concentración temática, sobre todo en materia de innovación y la economía digital y con bajas emisiones de carbono, educación y apoyo a las pymes. El ponente aboga por un cierto grado de flexibilidad para las regiones en función de su situación local, especialmente en el contexto de la grave crisis. Es preciso realizar esfuerzos continuados para simplificar los procedimientos y reducir la burocracia con el fin de mejorar la accesibilidad y la absorción de fondos y mantener las tasas de error –debidas frecuentemente a la complejidad de las normas sobre contratación pública y sobre ayudas estatales, y no a los reglamentos aplicables a la cohesión– en el nivel más bajo posible.

La vinculación con el Semestre Europeo y las recomendaciones específicas para cada país pueden contribuir también a la mayor eficacia de las inversiones de la cohesión. En este contexto, conviene destacar la función esencial del Parlamento Europeo en la supervisión de todo el procedimiento que pudiera desembocar en una suspensión de los compromisos o de los pagos de los Fondos Estructurales y de Inversión. El ponente exige el pleno respeto del artículo 23, apartado 15, del Reglamento sobre disposiciones comunes, que impone la transparencia y la información puntual al Parlamento por parte de la Comisión y del Consejo.

Empleo, pymes, jóvenes y educación

El artículo 3 del Tratado de la Unión Europea establece que el pleno empleo y el progreso social forman parte de los objetivos de la UE, y la estrategia Europa 2020 se pone como meta conseguir que el 75 % de las personas de edad comprendida entre 20-64 años consigan trabajo antes de 2020. Sin embargo, con la aparición de la crisis esta meta parece más difícil de alcanzar, ya que desde los primeros meses de 2010 la tasa de desempleo de la UE se mantiene por encima del 9,5 % y en 2014 se situaba por encima del 15 % en muchos Estados miembros.

La situación del empleo es especialmente preocupante en el caso de los jóvenes: en el segundo trimestre de 2014, la tasa de desempleo juvenil de la UE era del 21,7 %, más del doble de la correspondiente al desempleo entre los adultos (9,0 %), lo que significa que en los países de la EU-28 más de cinco millones de jóvenes menores de 25 años se encontraban sin trabajo durante este período. El número de jóvenes europeos (de entre 15 y 24 años) que no estudian ni trabajan (los denominados «nini») ha alcanzado un nivel inaceptablemente elevado.

El apoyo que la política de cohesión presta a las pymes es también muy importante, ya que estas empresas constituyen la columna vertebral del crecimiento y el empleo de la UE,

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habiendo creado el 85 % del incremento neto del empleo durante el período 2002-2010. A la vista de lo expuesto, las sinergias entre los Fondos Estructurales, el programa para la competitividad de las empresas y pymes («COSME») y el programa marco Horizonte 2020 aumentarán a lo largo del período 2014-2020 por medio de estrategias de especialización inteligente al nivel regional.

Problemas de ejecución y de pagos

El ponente desea recordar que, conforme al Reglamento sobre disposiciones comunes, los acuerdos de asociación deberían haberse aprobado antes de finales de agosto del 2014, y los programas operativos antes de finales de enero de 2015. Sin embargo, se ha producido un evidente retraso en el proceso de programación, ya que a finales de 2014 solamente se habían aprobado poco más de 100 programas operativos. Son dos los supuestos previstos para la adopción de los programas operativos, y ambos implican nuevos retrasos en el inicio de la ejecución, a saber: i) el procedimiento de prórroga para los programas considerados «listos para adopción» al 31 de diciembre de 2014 y ii) la nueva presupuestación de la asignación de 2014 no utilizada para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, lo que implica una revisión técnica del marco financiero plurianual (MFP), para los programas considerados «no listos para adopción» a finales de 2014.

Con arreglo al calendario presentado por la Comisión, los programas operativos podrían adoptarse en el marco del procedimiento de prórroga entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2015 y, en el marco del procedimiento de nueva presupuestación, después del 1 de mayo de 2015. El Parlamento ha manifestado su profunda preocupación por estos notables retrasos en la ejecución de la política de cohesión del período 2014-2020 y ha insistido en que están afectando gravemente a la capacidad de las administraciones regionales y locales para planificar y ejecutar de manera eficaz los Fondos Estructurales y de Inversión durante el período de programación 2014-2020. El ponente comparte esta preocupación y solicita, por tanto, a la Comisión que presente al Parlamento medidas encaminadas a facilitar lo antes posible la ejecución de los programas operativos, junto con el calendario previsto.

Además del retraso en la ejecución correspondiente al período de programación 2014-2020, la política de cohesión se enfrenta a una acumulación de pagos pendientes, por un importe aproximado de 25 000 millones de euros procedentes del período de programación 2007-2013. Por consiguiente, se pide a la Comisión que explique las repercusiones que esta demora en los pagos tiene sobre el arranque de la ejecución de los nuevos programas operativos, y que proponga soluciones para limitar los daños en la medida de lo posible.

La política de cohesión debe contribuir a la creación de crecimiento y empleo sostenibles, por lo que no resulta aceptable el problema recurrente de la acumulación de trabajo, que provoca retrasos en los pagos, está obstaculizando la ejecución de los programas e impone una carga adicional sobre los presupuestos de los beneficiarios y de los Estados miembros. La disciplina presupuestaria exige que no se despilfarre el dinero público, pero también implica pagar las facturas a tiempo. Por lo tanto, el ponente considera que dicho aspecto del problema es el más difícil y urgente.

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Aspectos de gobernanza

Los recursos y conocimientos de la política de cohesión deben utilizarse para reforzar significativamente la capacidad administrativa de los organismos públicos, especialmente en el nivel local y regional, de forma que se mejore su oferta de servicios de calidad a los ciudadanos, incluyendo un mayor uso de las nuevas tecnologías y una evolución hacia procedimientos más simplificados. Es importante garantizar que las administraciones locales y regionales reciben asesoramiento sobre los instrumentos financieros innovadores, que son fundamentales para incrementar los recursos y las inversiones, y sobre la contratación pública, que debería figurar cada vez más entre las herramientas de trabajo de la administración pública para estimular la innovación y la creatividad.

El ponente desea insistir en que el Código de Conducta sobre Asociaciones permitirá reforzar la participación, tanto en el fondo como en la forma, en la programación destinada a las regiones, y que deberá desempeñar una función fundamental a la hora de potenciar los efectos de la política de cohesión y de consolidar sus efectos.

La dimensión territorial

El sexto informe de cohesión no aprovecha la oportunidad para explicar los problemas y potencialidades existentes, en particular los relacionados con la cooperación transfronteriza, apenas bosquejados, y cuyos resultados se omiten por entero. Por otro lado, con raras excepciones, los aspectos cualitativos están completamente ausentes, a pesar de que el texto ofrece suficientes ocasiones para tratarlos (véanse los recuadros específicos relativos a temas y ámbitos individuales, como las ciudades o las regiones marítimas y ultraperiféricas). Además, desde el punto de vista temático y cualitativo, la inclusión de los aspectos transfronterizos habría ejercido una influencia enriquecedora sobre el contenido de diversos apartados, como por ejemplo los dedicados a las infraestructuras, al mercado de trabajo y a la movilidad laboral, al medio ambiente, al uso del agua y a las aguas residuales, a la gestión de residuos, a la asistencia sanitaria, a la investigación y desarrollo, al turismo, a los servicios públicos y a la gobernanza. Todos estos temas incluyen notables elementos y potencialidades de carácter transfronterizo. A juicio del ponente, la cooperación territorial europea puede representar una contribución importante a la integración europea.

Por último, aunque no por ello menos importante, estas consideraciones están vinculadas con las cuestiones relativas a la cooperación territorial europea y con la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT). En particular, el componente transfronterizo de la cooperación territorial influye sobre la cohesión de las regiones de este tipo. Por consiguiente, el ponente propone que, en el futuro, en el informe de cohesión se incluya una evaluación de la cohesión alcanzada en las regiones transfronterizas europeas, y en particular un análisis de sus principales problemas, junto con una estimación de los efectos de los programas operativos sobre la cooperación transfronteriza. Este instrumento debería recibir una mayor atención, entre otras razones porque promueve la cooperación y permite poner en común las experiencias de las diversas administraciones de los Estados miembros, y porque representa un avance hacia un sistema administrativo basado, cada vez más, en valores y métodos de trabajo comunes. En este contexto, procede asimismo someter a consideración la dimensión exterior de la política de cohesión.

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La política de cohesión en una perspectiva a largo plazo

El ponente desearía dedicar una mención especial al futuro de la política de cohesión más allá de 2020. Aun siendo plenamente consciente de que la ejecución de la política de cohesión para 2014-2020 apenas ha comenzado, y de que ya están surgiendo problemas derivados de los retrasos en la aprobación de los programas, la ejecución adecuada de la política de cohesión durante este período merece un examen detallado. En cualquier caso, conviene no perder de vista el hecho de que en el año 2019 habrá que abordar simultáneamente muchos temas importantes, y que un Parlamento y una Comisión renovados tendrán que plantearse la finalización de la estrategia Europa 2020, el próximo MFP, la elaboración de nueva legislación para la política de cohesión posterior a 2020, por citar algunos de estos temas. Teniendo en cuenta las graves limitaciones de tiempo, el ponente hace un llamamiento urgente para que desde ahora mismo se inicie la reflexión sobre la política de cohesión posterior a 2020, en aras de un bien común basado en el bienestar de los individuos.

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16.4.2015

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTOS

para la Comisión de Desarrollo Regional

sobre la inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

Ponente de opinión: Jean-Paul Denanot

SUGERENCIAS

La Comisión de Presupuestos pide a la Comisión de Desarrollo Regional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1. Celebra el hecho de que, a lo largo de los últimos años, la política de cohesión ha demostrado su capacidad para mitigar el impacto negativo de la crisis económica y financiera sobre los niveles de inversión pública en los Estados miembros, entre otros mediante la reducción de los requisitos nacionales de cofinanciación y mediante el desvío de una parte significativa de los fondos de cohesión hacia medidas con efectos directos e inmediatos para el crecimiento y la creación de empleo; hace hincapié en la contribución positiva que ofrecen otras políticas e instrumentos ajenos al ámbito de la cohesión para el logro de los objetivos de la Estrategia Europa 2020; manifiesta su seguridad sobre el hecho de que, debido al desfase temporal que suele haber entre la acción y el impacto y a que los fondos para el período 2007-2013 podrán seguir utilizándose hasta finales de 2016, estos efectos positivos seguirán aumentando en estos próximos años;

2. Subraya la importancia del plan de inversiones elaborado por la Comisión, dado que es el primer paso para equilibrar la falta de inversión pública y privada en la Unión, que supone un riesgo importante para el logro de los objetivos fijados en la Estrategia Europa 2020; hace hincapié en que la caída de la inversión derivada de la crisis económica ha sido especialmente fuerte en las regiones más pobres; recuerda, sin embargo, que el Plan Juncker únicamente representa 315 000 000 000 EUR de posibles inversiones a lo largo de tres años, mientras que, según la Comisión, la Unión Europea sufre un déficit de inversión de al menos 300 000 000 000 EUR anuales; insiste, por lo tanto, en la necesidad de restablecer un margen de maniobra adicional para la inversión en el presupuesto de la

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Unión, así como en los presupuestos de los Estados miembros; destaca que los proyectos asegurados por el Fondo Europeo de Inversiones Estratégicas (FEIE) deben contribuir a la consecución de los objetivos de la política de la UE, cumplir los objetivos de la política de cohesión previstos en el artículo 174 del TFUE y respetar los principios de adicionalidad, viabilidad económica y buena gestión financiera; recuerda, en este sentido, que las contribuciones financieras en forma de medidas puntuales de los Estados miembros al FEIE a favor de las plataformas de inversión especializadas y de los bancos nacionales de fomento y que se benefician de la garantía de la UE están reguladas por el conjunto de normas vigentes del Pacto de Estabilidad y Crecimiento;

3. Señala que, a pesar de la crisis y del hecho de que las finanzas locales se encontraban bajo una gran presión, las autoridades locales y regionales han tenido que seguir respondiendo a la demanda por los ciudadanos de servicios públicos más accesibles y de más calidad;

4. Hace hincapié en la importancia de reindustrializar Europa garantizando que la producción industrial represente un porcentaje de al menos el 20 % del PIB de los Estados miembros para 2020; recuerda, por consiguiente, la gran importancia de apoyar y reforzar proactivamente los principios de competitividad, sostenibilidad y fiabilidad reglamentaria con el fin de promover el empleo y el crecimiento en Europa;

5. Recuerda que la cuestión de los retrasos persistentes en los pagos afecta a la política de cohesión más que a cualquier otro ámbito político de la UE, puesto que la cantidad de facturas pendientes de pago a finales de 2014 para el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Cohesión (FC) para los programas de 2007-2013 ascendía a 24 800 000 000 EUR, lo que representa un aumento del 5,6 % en comparación con 2013; anima a la Comisión a que utilice todos los medios disponibles para atender esas facturas pendientes; destaca que esta situación afecta primero y en mayor grado a los beneficiarios más pequeños y vulnerables de la política de cohesión, como las pymes, las ONG y las asociaciones, puesto que tienen una capacidad limitada para prefinanciar el gasto;

6. Celebra el hecho de que el Consejo, la Comisión y el Parlamento hayan llegado a un acuerdo para reducir el nivel de facturas pendientes de pago al final del ejercicio, especialmente en la política de cohesión, hasta su nivel estructural durante el MFP actual, tal y como se prevé en la declaración conjunta que acompaña al acuerdo presupuestario para 2015, y toma nota del documento de la Comisión titulado «Elements for a payment plan to bring the EU budget back onto a sustainable track» (Elementos de un plan de pagos para devolver al presupuesto de la UE a una senda sostenible), recibido el 23 de marzo de 2015; recuerda a la Comisión su compromiso de presentar un plan de pagos lo antes posible, y en cualquier caso antes de la presentación del proyecto de presupuesto para 2016; recuerda asimismo a todas las instituciones su compromiso de llegar a un acuerdo sobre este plan y aplicarlo a partir de 2015 para la revisión intermedia del MFP actual;

7. Muestra su preocupación por los graves retrasos sufridos en este ámbito a principios de 2015 en el proceso de programación para el período 2014-2020; destaca el hecho de que la revisión propuesta de los límites máximos del MFP1, por la que transfieren compromisos

1 Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 por

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por importe de 11 200 000 000 EUR para la rúbrica subtotal 1b en virtud del artículo 19, apartado 2, del Reglamento sobre el MFP, y la prórroga1 de 2014 a 2015 de compromisos por importe de 8 500 000 000 EUR en virtud del artículo 13, apartado 2, letra a), del Reglamento Financiero evitan la cancelación de estos créditos en la rúbrica 1b, pero no afrontan realmente el problema subyacente de los retrasos en la programación ni cambian el hecho de que la aplicación crónicamente retrasada y los pagos tardíos sistemáticos pueden plantear riesgos significativos para los beneficiarios finales;

8. Acoge con satisfacción el uso generalizado en la política de cohesión de instrumentos financieros, como préstamos y garantías, para apoyar y movilizar las inversiones y crear nuevos puestos de trabajo, con el fin de fomentar el crecimiento sostenible a escala de la Unión y aumentar la eficiencia de la financiación pública; anima a los Estados miembros y a las autoridades regionales a que utilicen plenamente estas oportunidades adicionales de financiación, como la posibilidad de utilizar garantías en el marco de la nueva Iniciativa para pymes con el fin de cubrir los proyectos de mayor riesgo; hace hincapié en la necesidad de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el control de tales instrumentos financieros;

9. Toma nota de una mayor concentración temática de recursos en un número reducido de prioridades, con el potencial de generar crecimiento y empleo, hacer frente al cambio climático y a la dependencia energética y reducir la pobreza y la exclusión social, así como de una mayor atención a los resultados y la mensurabilidad en los programas del período 2014-2020, lo que debe contribuir a seguir aumentando la eficiencia y la efectividad de la política de cohesión; subraya, no obstante, la necesidad de aplicar este principio de forma flexible, respetando plenamente las particularidades territoriales, económicas y sociales, con el fin de reducir los desfases de desarrollo entre las diferentes regiones de la Unión;

10. Se muestra de acuerdo con el análisis de la Comisión de que en algunos Estados miembros pueden equilibrarse mejor las prioridades económicas y sociales, especialmente la orientación hacia el crecimiento económico, por una parte, y la inclusión social, la educación y el desarrollo sostenible, por otra, con el respaldo de un diálogo significativo con los socios y partes interesadas; hace hincapié en que una estrategia clara para mejorar el marco institucional de los Estados miembros en cuanto a capacidad administrativa y calidad de la justicia constituye un factor determinante clave para lograr con éxito estas prioridades;

11. Acoge con satisfacción la Iniciativa sobre Empleo Juvenil (IEJ), destinada a ofrecer financiación específica para contribuir a aplicar la Garantía Juvenil, y pide a los Estados miembros que presten mayor atención a la aplicación de proyectos que tengan como finalidad reducir el desempleo en este grupo de edad en regiones con tasas de desempleo juvenil particularmente elevadas; pide a la Comisión que respete su compromiso de supervisión continua, informando a través de informes y evaluaciones anuales que valoren la efectividad, la eficacia y el impacto del apoyo conjunto del FSE y la asignación

el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, COM(2015)15 final, de 21 de enero de 2015.

1 Decisión de la Comisión sobre la prórroga no automática de 2014 a 2015 y sobre los créditos de compromiso que deberán estar de nuevo disponibles en 2015, C(2015)827 final, de 11 de febrero de 2015.

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específica para la IEJ, también respecto de la aplicación de la Garantía Juvenil (artículo 19 del Reglamento del FSE y anexo II del mismo, y artículos 47 a 59 del Reglamento sobre disposiciones comunes);

12. Pide, por lo que respecta a las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) a una buena gobernanza económica, que la Comisión tenga en cuenta las diferentes condiciones de base de cada Estado miembro y los diferentes grados de esfuerzo necesarios para cumplir los requisitos previos, y que se preste especial atención para no perjudicar a las regiones más necesitadas ni castigar a determinadas autoridades locales y regionales por los retos específicos afrontados a nivel nacional;

13. Reitera su firme convicción de que una verdadera y profunda revisión intermedia del Reglamento (UE, Euratom) n° 1311/2013 del Consejo sobre el MFP que deberá presentar la Comisión para finales de 2016, a más tardar, constituiría la oportunidad ideal para asegurarse de que refleja con precisión las prioridades de la Unión, abordando en particular las consecuencias presupuestarias de los retrasos en la ejecución de los fondos estructurales, el problema del desempleo juvenil en Europa, la financiación del FEIE y nuevas propuestas en materia de recursos propios de la Unión, y de que aborda las necesidades más urgentes en los Estados miembros y regiones en los años restantes del MFP, así como el problema persistente de la insuficiencia de créditos de pago surgido hacia el final del MFP y el posible efecto sobre los pagos del retraso en la ejecución de los programas operativos en el ámbito de la política de cohesión;

14. Acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión para garantizar una buena gobernanza, y hace hincapié en que deben mantenerse las grandes aspiraciones para hacer que el gasto de la política de cohesión sea menos propenso a un uso fraudulento y para lograr una aplicación estricta de las medidas de lucha contra el fraude;

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 16.4.2015

Resultado de la votación final +:–:0:

2345

Miembros presentes en la votación final Jean Arthuis, Reimer Böge, Lefteris Christoforou, Jean-Paul Denanot, Gérard Deprez, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazabal Rubial, Ingeborg Gräßle, Iris Hoffmann, Monika Hohlmeier, Zbigniew Kuźmiuk, Vladimír Maňka, Ernest Maragall, Sophie Montel, Siegfried Mureșan, Younous Omarjee, Pina Picierno, Paul Rübig, Patricija Šulin, Eleftherios Synadinos, Indrek Tarand, Isabelle Thomas, Inese Vaidere, Marco Valli, Daniele Viotti, Marco Zanni

Suplentes presentes en la votación final Bernd Kölmel, Andrey Novakov, Ivan Štefanec, Nils Torvalds, Derek Vaughan, Tomáš Zdechovský

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20.4.2015

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

para la Comisión de Desarrollo Regional

sobre la inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

Ponente de opinión: Danuta Jazłowiecka

SUGERENCIAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Desarrollo Regional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

A. Considerando que, en ciertos Estados miembros, la crisis financiera ha repercutido en la política de cohesión y ha generado índices de desempleo aún más elevados, mayor pobreza y exclusión social, y ha aumentado la divergencia entre las regiones de la Unión;

B. Considerando que las últimas cifras de 2013 reflejan un máximo histórico de desempleo de larga duración en la Unión Europea del 5,1 % de la población activa; que el desempleo de larga duración tiene una incidencia crucial en las personas a lo largo de toda la vida y que puede convertirse en estructural, en particular en las regiones periféricas;

C. Considerando que en los últimos tiempos se ha producido una caída de la inversión pública en la UE de un 15 % en términos reales y que muchas regiones, especialmente las que se enfrentan a retos demográficos, no han podido contribuir adecuadamente a los objetivos de Europa 2020 y menos aún al objetivo principal de lograr un índice de empleo del 75 % de aquí a 2020, al objetivo de sacar de la pobreza a 20 millones de personas ni tampoco al objetivo de limitar el abandono escolar;

D. Considerando que las regiones que sufren desventajas naturales o demográficas graves o permanentes por lo general presentan tasas de desempleo más altas, menor crecimiento económico y una falta de inversión significativa, lo que se traduce en una divergencia estructural en la Unión; que, en estas regiones, los índices de empleo presentan un promedio de unos 10 puntos porcentuales por debajo del objetivo nacional, a diferencia de las regiones más desarrolladas, donde se registran solo 3 puntos porcentuales por debajo del objetivo nacional;

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E. Considerando que los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) siguen siendo uno de los principales instrumentos de inversión de la Unión, que, si se usan eficazmente, pueden llegar a reducir desigualdades y desequilibrios estructurales entre regiones, mitigar tendencias negativas derivadas de la crisis económica y crear puestos de trabajo de calidad y duraderos, así como un crecimiento sostenible, especialmente en las regiones que más lo necesitan; que el Fondo Social Europeo (FSE) es el instrumento principal para invertir en capital humano, promover la inserción en el mercado laboral y combatir la pobreza y la exclusión social;

F. Considerando que los desequilibrios socioeconómicos entre los Estados miembros se han agudizado aún más, mientras que el efecto es el contrario por lo que se refiere al objetivo de convergencia regional; que la brecha en materia de desempleo entre el centro y la periferia ha aumentado pasando del 3,5 % en 2000 al 10 % en 2013; que esta divergencia aumenta el riesgo de fragmentación y amenaza la estabilidad económica y la cohesión social de la Unión; que el sexto informe sobre la cohesión destaca el papel que desempeñan los Fondos EIE en la superación de la desigualdad, especialmente durante la crisis;

1. Considera lamentable que el potencial de creación de empleo de los fondos de la Unión siga siendo insuficiente y señala que debe reforzarse mediante una elaboración y aplicación de políticas más eficaces y orientadas a los resultados; expresa, en este contexto, su preocupación por los retrasos experimentados en la adopción y la implantación de los programas operativos para el periodo de programación 2014-2020 e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que agilicen el proceso; pide a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el acceso a la financiación para todos los beneficiarios, en especial para las pymes, responsables del 80 % de la reciente creación de empleo en la Unión;

2. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que diseñen políticas a medida para respaldar la creación de empleo de calidad para los desempleados de larga duración, los desempleados de mayor edad, las mujeres y otros grupos prioritarios a los que la crisis ha afectado con especial virulencia;

3. Considera lamentable que el índice de desempleo entre los jóvenes siga siendo demasiado elevado, en particular en aquellos Estados miembros más afectados por la crisis económica; pide a los Estados miembros que utilicen rápidamente y de la mejor manera posible los fondos disponibles en el marco de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil, en especial los mil millones de euros de prefinanciación, una vez que se hayan liberado, a fin de facilitar el acceso de los jóvenes al empleo; insta a los Estados miembros a que usen los fondos disponibles de la Unión para complementar y mejorar los programas nacionales destinados a impulsar la cohesión, la competitividad regional y el empleo, y a fomentar el espíritu emprendedor, en particular entre los jóvenes; pide también, en este sentido, que los centros europeos de enseñanza superior se esfuercen más por adaptar sus programas a las necesidades del mercado laboral y de la sociedad en general, y que desarrollen programas de orientación individual y asesoramiento que puedan ayudar a combatir el desempleo juvenil a gran escala;

4. Señala que el nivel de abandono escolar precoz en la Unión sigue siendo muy alto y que

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ello repercute en la tasa de desempleo juvenil; subraya que es imperativo resolver este problema recurriendo al FSE para modernizar los sistemas educativos y los programas de enseñanza;

5. Destaca la importancia de la dimensión de género en la creación de empleo; pide a la Comisión que asigne la financiación suficiente para abordar la cuestión del desempleo entre las mujeres; considera que las mujeres podrían beneficiarse de los avances tecnológicos para disfrutar de un horario laboral más flexible y pide a la Comisión que invierta en este ámbito;

6. Pide a la Comisión que preste especial atención a la situación de los grupos minoritarios en toda la Unión, ya que sufren de todo tipo de exclusión social y, por tanto, son más vulnerables al desempleo estructural; considera que en la planificación de políticas orientadas a la cohesión social en la Unión se debe tener en cuenta la integración de las minorías;

7. Hace hincapié en que, debido a los cambios en los modelos de producción y al envejecimiento de la población, la función del FSE y de la inversión para adaptar las competencias de los trabajadores ha cobrado una importancia considerable; cree firmemente que, a este respecto, el FSE debe desempeñar un papel complementario a los enfoques nacionales en los Estados miembros; pide a los Estados miembros y a la Comisión que velen por que los recursos disponibles se utilicen de la forma más eficaz y eficiente posible, con vistas a garantizar la capacidad de inserción profesional de los trabajadores, la inclusión social y la igualdad de género; destaca asimismo que los programas formativos financiados con cargo al FSE deben adaptarse también a las necesidades de los empresarios y el personal directivo, a fin de garantizar el desarrollo sostenible de las empresas, en particular las pymes, que generan la mayoría de las oportunidades de trabajo en la Unión;

8. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que sigan trabajando en especial para mejorar y ampliar la plataforma EURES como herramienta eficaz para favorecer la movilidad de los trabajadores en Europa, en particular la movilidad transfronteriza, al mejorar los conocimientos de los trabajadores respecto al mercado de trabajo europeo, informarlos de las oportunidades de empleo y ayudarlos en sus gestiones; alienta a los Estados miembros a que desarrollen y apoyen las redes EURES, ya que los trabajadores fronterizos son los primeros en sufrir los problemas de adaptación y las dificultades para conseguir el reconocimiento de las cualificaciones profesionales; observa que, al reunir a servicios públicos de empleo, los interlocutores sociales y las autoridades locales y regionales, así como a otros agentes privados, estas redes facilitan y apoyan la movilidad transfronteriza;

9. Destaca la necesidad de dirigir la creación de puestos de trabajo de calidad con la ayuda de nuevas tecnologías; opina que la Comisión debe vincular la reducción del desempleo a las herramientas de la Agenda Digital y Horizonte 2020;

10. Subraya que la Unión debe invertir en las empresas y respaldar la creación de las mismas, prestando una atención especial a las pymes y las microempresas, que representan el 99 % del conjunto de empresas en la Unión y son responsables del 80 % de la reciente creación de empleo, facilitándoles el acceso a la financiación, reduciendo su carga

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burocrática, simplificando la legislación en el marco del programa REFIT y generando un entorno favorable y un marco normativo adecuado, también para las empresas emergentes; destaca que dichas medidas no deben ir en detrimento de los derechos laborales y sociales en la UE; acoge con satisfacción, por lo tanto, la intención de crear un nuevo Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas como instrumento complementario a la política de cohesión, con potencial para crear 1,3 millones de puestos de trabajo adicionales en el plazo de tres años;

11. Hace hincapié en que la política de cohesión debe utilizarse para generar crecimiento inteligente y sostenible en aquellas regiones que más lo necesitan mediante el apoyo de la puesta en marcha y el desarrollo de microempresas y pymes con una serie de medidas e instrumentos financieros;

12. Pide a los Estados miembros que, con vistas a conseguir la convergencia socieconómica, garanticen que también las regiones remotas y pequeñas disponen de la capacidad necesaria, como recursos humanos, para absorber los fondos disponibles;

13. Pide a los Estados miembros, habida cuenta de los efectos negativos que el envejecimiento de la población y otros desafíos demográficos tienen en los mercados laborales, que desarrollen proyectos que aborden el descenso de la población y respalden la movilidad;

14. Pide a la Comisión que se asegure de que las inversiones se centran en las regiones económicamente más débiles que sufren una alta tasa de desempleo y en las pymes de dichas regiones, habida cuenta de su limitado acceso a la financiación, a fin de garantizar que estos esfuerzos tengan un impacto significativo donde son más necesarios y que la selección se realice teniendo debidamente en cuenta las características económicas de las inversiones; comparte el punto de vista de la Comisión en cuanto a la necesidad de mano de obra cualificada en sectores pujantes como la economía digital, los sectores ecológicos y la atención sanitaria;

15. Recuerda que hacer que los salarios sean acordes a la productividad es importante no solo para la cohesión social, sino también para mantener una economía fuerte y una mano de obra productiva;

16. Destaca la función de la cohesión territorial y, en este sentido, hace hincapié en la importancia de las inversiones en la infraestructura transfronteriza, como las vías navegables, en reconocimiento de su papel para impulsar el desarrollo socieconómico de las regiones;

17. Considera que las medidas de la política de cohesión pueden desempeñar un papel esencial en la reducción de las diferencias de competitividad interna y de los desequilibrios estructurales en las regiones que más lo necesitan; pide a la Comisión que considere la prefinanciación para facilitar el pleno uso de los fondos por parte de los Estados miembros afectados en el período 2014-2020, garantizándose siempre la defensa del principio de responsabilidad presupuestaria;

18. Considera que la disciplina presupuestaria es de vital importancia para conseguir un crecimiento y una creación de empleo que sea inteligente y sostenible; pide la adopción

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de un enfoque renovado en relación con la mejora del gasto y la lucha contra el fraude;

19. Destaca que las políticas de crecimiento y empleo tienen efectos territoriales diferentes, dependiendo de la situación específica de cada región, y que las disparidades regionales se han ampliado desde el inicio de la crisis; subraya que las recomendaciones específicas por país deben tener en cuenta las diferencias territoriales dentro de los Estados miembros para impulsar el crecimiento y el empleo y preservar al mismo tiempo la cohesión social.

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 16.4.2015

Resultado de la votación final +:–:0:

39132

Miembros presentes en la votación final Laura Agea, Guillaume Balas, Tiziana Beghin, Brando Benifei, Mara Bizzotto, Vilija Blinkevičiūtė, Enrique Calvet Chambon, David Casa, Ole Christensen, Martina Dlabajová, Lampros Fountoulis, Elena Gentile, Arne Gericke, Danuta Jazłowiecka, Rina Ronja Kari, Jan Keller, Ádám Kósa, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Jean Lambert, Jérôme Lavrilleux, Patrick Le Hyaric, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Javi López, Thomas Mann, Dominique Martin, Anthea McIntyre, Joëlle Mélin, Elisabeth Morin-Chartier, Georgi Pirinski, Marek Plura, Terry Reintke, Maria João Rodrigues, Claude Rolin, Anne Sander, Sven Schulze, Siôn Simon, Jutta Steinruck, Romana Tomc, Ulrike Trebesius, Ulla Tørnæs, Marita Ulvskog, Renate Weber, Tatjana Ždanoka, Jana Žitňanská, Inês Cristina Zuber

Suplentes presentes en la votación final Amjad Bashir, Elmar Brok, Tania González Peñas, Eva Kaili, Neoklis Sylikiotis, Ivo Vajgl

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Maria Grapini, Ivan Jakovčić

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25.3.2015

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, INVESTIGACIÓN Y ENERGÍA

para la Comisión de Desarrollo Regional

sobre la inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

Ponente de opinión: Neoklis Sylikiotis

SUGERENCIAS

La Comisión de Industria, Investigación y Energía pide a la Comisión de Desarrollo Regional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1. Subraya que la crisis económica ha supuesto un reto para la cohesión económica, social y territorial de la UE y ha creado diferencias adicionales entre Estados miembros y regiones; recuerda que, desde el inicio de la crisis, se han perdido más de 3,8 millones de puestos de trabajo en el sector manufacturero de la UE1; hace hincapié en la necesidad de reforzar la política de cohesión de la UE con una declaración de prioridades clara, destacando la necesidad de reducir las disparidades regionales y de lograr los objetivos generales de la UE de crecimiento y empleo;

2. Hace hincapié en que se requieren esfuerzos sustanciales para que la UE recupere el rumbo que le permita lograr el objetivo de reindustrialización del 20 % para 2020; pide que se refuerce y se renueve la estructura industrial de la Unión con el fin de estimular la competitividad, el crecimiento y el empleo; hace hincapié en que, para lograrlo, es necesario invertir en infraestructuras digitales, de energía y de transporte, así como, en una perspectiva más a largo plazo, aunque no por ello menos urgente, en educación, en investigación y en el incremento de las capacidades de los trabajadores;

3. Reconoce que las inversiones en política de cohesión han contribuido a mitigar los efectos negativos de la crisis económica y financiera y se han convertido en una parte significativa del presupuesto de inversión de determinados países europeos; reconoce los

1 Cuadro de indicadores industriales 2013 - Documento de trabajo de la Comisión (SWD(2013)0346, 20 de septiembre de 2013), p. 6.

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esfuerzos que ha realizado la Comisión para redirigir la inversión de la política de cohesión hacia las áreas más afectadas por la crisis;

4. Destaca que el Tratado de la Unión Europea incluye el objetivo de promover la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre Estados miembros (artículo 3 del TUE);

5. Hace hincapié en que la política de cohesión debe tener plenamente en cuenta los objetivos fijados en la Estrategia Europa 2020; destaca que las inversiones de la política de cohesión deben destinarse al crecimiento, al aumento de la innovación, a las pymes, a la economía digital y a una bioeconomía hipocarbónica; destaca, en particular, el potencial de las inversiones en estos sectores, no solo para asegurar los puestos de trabajo actuales sino también para generar crecimiento y crear nuevos puestos de trabajo;

6. Destaca el papel esencial desempeñado por el sector industrial, y en especial el manufacturero, en la economía europea, ya que a él corresponden el 80 % de las exportaciones y el 80 % de los gastos de I+D; señala, no obstante, que entre 2007 y 2012 se crearon unos 594 000 nuevos puestos de trabajo solamente a través de la política regional de la UE1;

7. Recomienda que se modernice la política de cohesión; recomienda que la renovación de la industria y las estructuras y el apoyo a la innovación ocupen un papel central en la política de cohesión, con el fin de fomentar el empleo en toda la Unión;

8. Hace hincapié en la importancia de simplificar la gestión y los procedimientos de los programas de la política de cohesión; destaca que la carga administrativa derivada de los diferentes procedimientos de gestión y de seguimiento debe ser razonable en comparación con el importe de la financiación recibida de los programas de la política de cohesión;

9. Destaca que las pymes representan el 99 % del tejido empresarial de la UE y el 80 % de los empleos de la Unión;

10. Considera que son necesarios nuevos esfuerzos para reforzar el sector industrial en varios Estados miembros, facilitar el acceso a la inversión y al crédito para los fabricantes y abordar el desempleo; resalta la necesidad de un enfoque centrado en los puntos fuertes de las regiones para lograr la recuperación económica;

11. Considera que todos los nuevos proyectos e inversiones en el ámbito de la política de cohesión están orientados hacia unos resultados y un impacto máximos y respetan el nuevo marco de funcionamiento destinado a fomentar un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo; destaca asimismo que los proyectos e inversiones promovidos por los fondos de la UE deben estar destinados a crear nuevos puestos de trabajo; destaca, por consiguiente, que los Estados miembros deberán centrarse en la creación de puestos de trabajo de calidad y sostenibles al aplicar sus programas operativos para el período de financiación actual, con el fin de tomar medidas contra las elevadas tasas de desempleo juvenil y permitir que las regiones desarrollen economías sanas y sostenibles; recuerda

1 «Hacer que las regiones y ciudades europeas sean más competitivas, fomentar el crecimiento y crear empleo». http://europa.eu/pol/pdf/flipbook/en/regional_policy_en.pdf - p. 6.

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que las inversiones y los proyectos deben tener en cuenta la protección medioambiental, en especial para promover las fuentes de energía renovables y las medidas de eficiencia energética; recuerda que, según las previsiones, el mercado mundial de productos y servicios respetuosos con el medio ambiente prácticamente se duplicará de aquí a 2020, lo que representa aproximadamente 2 billones de euros anuales;

12. Acoge con satisfacción la propuesta de la Unión de los Mercados de Capitales, y considera que se trata de una herramienta importante para complementar el Plan de Inversiones para Europa y para mejorar el acceso de las pymes al crédito mediante la creación y el desarrollo de fuentes de financiación alternativas a los préstamos bancarios a través de la mejora de las ofertas públicas iniciales;

13. Pide la rápida aplicación y utilización de la Unión de los Mercados de Capitales para apoyar el trabajo impulsado por la industria a fin de desarrollar mercados europeos de colocación privada y respaldar la aceptación de fondos de inversión a largo plazo; considera que una Unión de los Mercados de Capitales satisfactoria reducirá la fragmentación de los mercados financieros de la UE, por lo que ayudará a reducir el coste de la financiación;

14. Hace hincapié en que las inversiones deben centrarse en áreas que puedan generar efectos multiplicadores para el empleo y el crecimiento, como la innovación o la educación;

15. Destaca la importancia de la financiación regional para las pequeñas y medianas empresas, que funcionan como motor regional para la creación de empleo, el crecimiento inteligente y la transición a economías digitales e hipocarbónicas;

16. Subraya la importancia de la financiación de la política de cohesión para la transición hacia una economía hipocarbónica y hacia el logro de los objetivos para 2020 y 2030 de reducción del CO2, eficiencia energética y fuentes de energía renovables;

17. Señala que los informes presentados sobre proyectos financiados por fondos de la UE suelen centrarse en el propio gasto y en el cumplimiento de las normas administrativas y no en la consecución de resultados tangibles, lo que da lugar a una falta de conocimientos sobre la efectividad de las subvenciones de la UE; destaca, en este sentido, la importancia de recabar sistemáticamente información sobre el impacto de los fondos de la UE con el fin de determinar las medidas que resultarían más efectivas para fomentar el desarrollo económico de las regiones de la UE;

18. Pide una mayor coordinación de la inversión pública por parte de los Estados miembros y las autoridades locales y regionales, así como un entorno económico y normativo más estable en la UE con el fin de aumentar el atractivo de esta para las inversiones privadas, ya que sin ellas será imposible alcanzar el objetivo de incrementar la contribución de la industria al PIB en hasta un 20 % de aquí a 2020; hace hincapié en la importancia de concentrar las inversiones de la UE en sectores innovadores y prioridades temáticas, como la investigación y la innovación, el apoyo a las pymes y la economía hipocarbónica, con el fin de maximizar el impacto de las inversiones en el crecimiento económico sostenible y la creación de puestos de trabajo; apoya firmemente el enfoque sobre I+D que tiene por objeto reducir la brecha de innovación dentro de la Unión permitiendo a las regiones menos avanzadas adoptar, mejorar y adaptar soluciones innovadoras desarrolladas en las

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regiones más avanzadas; pide asimismo una mayor clarificación y la rápida aplicación del concepto de «especialización inteligente», que dispone de potencial para fomentar el crecimiento sostenible de las regiones de la UE;

19. Aboga por una estrategia industrial inclusiva que tenga en cuenta las regiones afectadas por procesos de despoblación y envejecimiento; considera que el objetivo último debe ser hacer frente al desempleo, garantizar la competitividad, el desarrollo sostenible y el crecimiento y crear empleo.

20. Hace hincapié en que, para permitir que se lleven a cabo actividades de investigación innovadoras y productivas, resulta necesario aumentar la financiación para investigación y desarrollo; pide, por consiguiente, una mayor armonización de las medidas de financiación existentes, es decir, de la financiación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y de la Iniciativa Horizonte 2020, según lo fijado en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo;

21. Pide a los Estados miembros que aceleren el programa de la Garantía Juvenil, dado que la crisis ha impedido encontrar trabajo a un número desmesurado de jóvenes que se encontraban en el comienzo de sus carreras profesionales, y que el desempleo juvenil ha alcanzado niveles alarmantes en la mitad de las regiones;

22. Pide que, con el fin de mejorar la situación del empleo, se tengan en cuenta las necesidades de las pymes en la elaboración de las leyes y las normativas y que se ofrezca un acceso simplificado al crédito para las empresas que creen empleo, con independencia de su tamaño.

23. Pide la realización del mercado interior digital con el fin de mejorar la situación de la innovación, del intercambio de conocimientos e ideas y de la competitividad y capacidad de innovación de las empresas europeas.

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 24.3.2015

Resultado de la votación final +:–:0:

4779

Miembros presentes en la votación final Bendt Bendtsen, Reinhard Bütikofer, Pilar del Castillo Vera, Christian Ehler, Fredrick Federley, Ashley Fox, Adam Gierek, Juan Carlos Girauta Vidal, Theresa Griffin, Marek Józef Gróbarczyk, András Gyürk, Roger Helmer, Dawid Bohdan Jackiewicz, Eva Kaili, Barbara Kappel, Krišjānis Kariņš, Seán Kelly, Jeppe Kofod, Miapetra Kumpula-Natri, Janusz Lewandowski, Ernest Maragall, Edouard Martin, Nadine Morano, Dan Nica, Angelika Niebler, Miroslav Poche, Miloslav Ransdorf, Michel Reimon, Herbert Reul, Paul Rübig, Algirdas Saudargas, Jean-Luc Schaffhauser, Neoklis Sylikiotis, Dario Tamburrano, Evžen Tošenovský, Claude Turmes, Miguel Urbán Crespo, Vladimir Urutchev, Adina-Ioana Vălean, Kathleen Van Brempt, Henna Virkkunen, Martina Werner, Hermann Winkler, Flavio Zanonato, Carlos Zorrinho

Suplentes presentes en la votación final Pervenche Berès, Simona Bonafè, Cornelia Ernst, Yannick Jadot, Werner Langen, Morten Messerschmidt, Clare Moody, Dominique Riquet, Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández, Anne Sander, Maria Spyraki, Paul Tang, Pavel Telička, Anneleen Van Bossuyt, Cora van Nieuwenhuizen

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Isabella Adinolfi, Ignazio Corrao, Antanas Guoga

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26.3.2015

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN

para la Comisión de Desarrollo Regional

sobre «Inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión»(2014/2245(INI))

Ponente: Silvia Costa

SUGERENCIAS

La Comisión de Cultura y Educación pide a la Comisión de Desarrollo, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1. Recuerda que, para contribuir de manera eficiente a la lucha contra los elevados niveles de desempleo juvenil, la política de cohesión de la UE debe estar plenamente en consonancia con la Estrategia Europa 2020 y, en particular, con los objetivos principales en materia de educación consistentes en reducir los índices de abandono escolar por debajo del 10 % y en aumentar el porcentaje de jóvenes con estudios superiores completos o títulos de formación profesional equivalentes hasta al menos el 40 %, con un índice de referencia de al menos un 15 % de adultos, de media, que participen en el aprendizaje a lo largo de la vida, y con al menos un 95 % de niños que reciban educación infantil, reconociendo así la validación de las competencias y de la experiencia adquirida;

2. Cabe señalar que, con el fin de alcanzar los objetivos fijados en la Estrategia Europa 2020, en particular los objetivos en materia de educación y reducción de los niveles de abandono escolar, se deben mejorar el acceso a la infraestructura educativa y la calidad de las instalaciones socioculturales en las regiones de la UE, especialmente en aquellas que sufran un estancamiento económico; reitera la importancia de la educación para lograr una mayor cohesión social y regional, y para reforzar la conciencia y participación democráticas entre los jóvenes;

3. Pone de relieve que el 12 % de la población de entre 18 y 24 años abandona los estudios de forma prematura; pide a la UE que identifique los principales factores que conducen al abandono escolar prematuro y que analice las características de dicha situación a escala local, regional y nacional como base para establecer políticas específicas y eficaces basadas en datos concretos; considera que las políticas para reducir el abandono escolar

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prematuro deben abordar una serie de factores, entre ellos los retos educativos y sociales que podrían estar conduciendo a dicha situación;

4. Señala que no será posible corregir la alta tasa de desempleo entre los jóvenes titulados de la UE sin una cooperación eficaz entre los centros de enseñanza y los agentes del mercado de trabajo; subraya, en particular, que, mediante la enseñanza de los conocimientos y las capacidades que demanda el mercado laboral, se ha incrementado la tasa de empleo entre los jóvenes y se han reducido las disparidades sociales;

5. Lamenta que, en la actualidad, no se destinen suficientes recursos a la educación y subraya la necesidad de mayores inversiones para modernizar los sistemas educativos en los ámbitos de la formación profesional y la educación formal e informal; recuerda que esto también se aplica a la renovación de los edificios escolares y al empleo de nuevas tecnologías para la educación y la investigación (acceso a bases de datos de investigación, formación informática, aprendizaje en línea);

6. Subraya la importancia de fortalecer los vínculos entre educación, investigación y comercio a nivel regional, local, nacional y supranacional; pide a los Estados miembros que apliquen lo antes posible las recomendaciones específicas por país en materia de educación formuladas en el marco del Semestre Europeo, así como otras recomendaciones de la Comisión;

7. Destaca la importancia, en tanto que factores clave para el crecimiento económico, del aprendizaje permanente, así como, para atraer y conservar al personal docente cualificado, de unas mejores condiciones de trabajo y formación para investigadores y profesores; señala la importancia de que los jóvenes adquieran competencias digitales y de que se forme a los docentes en esas técnicas, pues se trata de competencias cada vez más relevantes en el mercado de trabajo europeo;

8. Pone de relieve que las necesidades del mercado laboral están cambiando con rapidez y que los jóvenes afrontan cada vez más dificultades en su transición de la enseñanza al trabajo, por lo que normalmente son más vulnerables al desempleo; reitera la importancia de invertir en capital humano y en las personas, en concreto en la juventud europea, para mejorar su empleabilidad y su trayectoria de cualificación profesional; pide que se mejore el actual Panorama de cualificaciones de la UE que identifica los puestos de trabajo y las capacidades necesarias, y que, en función de ello, se reformen los sistemas de educación y formación de los Estados miembros para proporcionar a las personas las competencias apropiadas para el trabajo adecuado;

9. Destaca la necesidad de promover asociaciones entre el mundo educativo y las políticas de empleo haciendo partícipes a todas las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, las autoridades decisorias, los proveedores de formación y los empleadores;

10. Acoge con satisfacción la Iniciativa sobre Empleo Juvenil destinada a reforzar el sistema de Garantía Juvenil, en particular en las regiones en las que el desempleo de los jóvenes supera el 25 %, y señala que este es un medio eficaz para reducir el empleo juvenil, que constituirá una reforma estructural fundamental a medio y largo plazo; pide a los Estados miembros que establezcan una cooperación estrecha con las partes interesadas, en particular los empleadores y las pymes, y que hagan pleno uso del Fondo Social Europeo,

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de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil y de otros fondos estructurales cuando ejecuten el sistema y creen una infraestructura para él;

11. Pide a la Comisión que contribuya a garantizar que el sistema de Garantía Juvenil se ejecuta de forma eficaz mediante el intercambio de ejemplos de buenas prácticas; señala que los fondos presupuestados para el sistema de Garantía Juvenil llegan a su término el 31 de diciembre de 2015; pide a la Comisión que tome las medidas necesarias para que dicho programa pueda tener continuidad;

12. Pone de relieve la necesidad de desarrollar capacidades empresariales en el marco de los sistemas de Garantía Juvenil; considera, no obstante, que son necesarias una intervención y una activación tempranas y, en muchos casos, también reformas, como la mejora de los sistemas de educación y formación profesional, y opina que el intercambio de las mejores prácticas relacionadas con el sistema de educación dual podría contribuir a introducir cambios estructurales en el mercado laboral y conducir a niveles de empleo mayores;

13. Acoge con satisfacción el nuevo Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas; espera que la educación y la formación se consideren inversiones estratégicas y, por lo tanto, formen parte de una de las líneas prioritarias de actuación;

14. Insta a la Comisión a que reconozca el pleno potencial de la cultura para contribuir al desarrollo económico sostenible y a la competitividad de las regiones, y para mejorar la cohesión social; subraya, en particular, el papel de las industrias culturales y creativas y de la digitalización del patrimonio cultural como motores estratégicos de la recuperación económica y el crecimiento en la UE, así como del desarrollo regional, ya que actualmente generan, directa o indirectamente, más de siete millones de puestos de trabajo;

15. Hace hincapié en la importancia del sector cultural para luchar contra el desempleo juvenil, ya que resulta muy atractivo para los jóvenes y les ofrece más oportunidades de empleo; recuerda asimismo el papel de la cultura a la hora de generar más y mejores puestos de trabajo a través de la educación, el desarrollo de capacidades, la formación y el aprendizaje informal; aboga por que los instrumentos de la política de cohesión se orienten a mejorar y aumentar el número de puestos de trabajo en los sectores cultural y creativo;

16. Pide a la Comisión que evalúe en qué medida se emplean los recursos de los fondos sociales y de desarrollo regional de la UE para promover actividades culturales en los Estados miembros, en particular para promover el sector creativo; pide a la Comisión que presente al Parlamento un informe sobre los resultados de esta evaluación, como muy tarde junto con el informe intermedio del programa «Europa Creativa», es decir, antes del 31 de diciembre de 2017;

17. Recuerda que la cultura y el patrimonio cultural, ya sea material o inmaterial, son elementos clave para la regeneración urbana y rural sostenible, para la capacidad de atracción de las ciudades y regiones, y para el desarrollo económico a través del turismo cultural y las pymes creativas; pide que se creen centros culturales regionales en los que colaboren las ciudades y las regiones para promover su patrimonio cultural, preservarlo y convertirlo en una baza económica;

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18. Pide a la Comisión que se comprometa a adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente los bienes materiales e inmateriales que constituyen el patrimonio cultural europeo y que tienen una importancia fundamental para impulsar el desarrollo cultural y socioeconómico que explota y promueve la identidad común europea y la especificidad cultural de los países, las regiones y las ciudades de Europa; pide a las ciudades y regiones de la Unión Europea que utilicen los instrumentos de la política de cohesión a este fin;

19. Considera que el límite máximo de cinco millones de euros (o de diez millones de los costes totales cuando se trata de lugares inscritos en la lista de la UNESCO) adoptado por la Comisión sobre la base de los costes totales de los proyectos es demasiado rígido y se traducirá en un menor apoyo al patrimonio cultural, entre otros motivos porque no prevé la deducción de los costes de documentación y gestión ni de los gastos no reducibles (por ejemplo, el IVA), y porque restringe las posibilidades de crear asociaciones públicas y privadas y de invertir en cultura, lo que resulta de vital importancia para el desarrollo social y económico en la UE;

20. Subraya que no hay ninguna base jurídica en la legislación de la UE en la que sustentar este enfoque, y pide en este sentido a la Comisión que revise su decisión y aclare en las guías temáticas la interpretación del artículo 3, letra e), del Reglamento (UE) nº 1301/2013 (FEDER) por lo que respecta a la inversión en el desarrollo del potencial endógeno a través de la inversión fija en bienes de equipo e infraestructuras de pequeña envergadura para la cultura y el turismo sostenible;

21. Pide a los Estados miembros que asignen un mayor porcentaje de sus presupuestos y de los fondos de desarrollo regional a la cultura y al patrimonio cultural, con vistas a dotar de mayor atractivo a las regiones, fomentar su desarrollo eficaz y global, y aprovechar su potencial;

22. Recuerda la importancia de la simplificación y recomienda que la Comisión y los Estados miembros sigan esforzándose por simplificar la aplicación de la política de cohesión, con objeto de mejorar la orientación de los resultados de esta política y de reducir las cargas burocráticas a todos los niveles; destaca la importancia de las plataformas para compartir buenas prácticas en los distintos ámbitos de aplicación.

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 24.3.2015

Resultado de la votación final +:–:0

2332

Miembros presentes en la votación final Isabella Adinolfi, Dominique Bilde, Andrea Bocskor, Silvia Costa, Mircea Diaconu, Damian Drăghici, Angel Dzhambazki, Jill Evans, Emmanouil Glezos, Giorgos Grammatikakis, Petra Kammerevert, Andrew Lewer, Svetoslav Hristov Malinov, Fernando Maura Barandiarán, Luigi Morgano, Momchil Nekov, Michaela Šojdrová, Helga Trüpel, Sabine Verheyen, Julie Ward, Bogdan Brunon Wenta, Theodoros Zagorakis, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver, Krystyna Łybacka

Suplentes presentes en la votación final Sylvie Guillaume, György Hölvényi, Dietmar Köster, Ilhan Kyuchyuk, Ernest Maragall, Emma McClarkin, Martina Michels

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1.4.2015

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO

para la Comisión de Desarrollo Regional

sobre la inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión(2014/2245(INI))

Ponente de opinión: Julie Girling

SUGERENCIAS

La Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género pide a la Comisión de Desarrollo Regional, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

A. Considerando que, históricamente, el desempleo afecta más a las mujeres que a los hombres, pese a que hoy día ellas representan el 59 % de los nuevos graduados1, lo que es, además, incoherente con el bajo número de mujeres en puestos de responsabilidad; que el porcentaje de ocupación femenina ha aumentado ligeramente —del 60 % al 63 % durante los últimos cinco años—, y que el desempleo femenino se sitúa en el 10 % en el conjunto de la UE, con importantes diferencias regionales (aunque estas han disminuido de forma significativa)2; que incluso en el caso de las mujeres con empleo, sus cualificaciones profesionales, niveles salariales y contribuciones al régimen de pensiones no son proporcionados en cuanto a los grados académicos obtenidos;

B. Considerando que solo un 29 % de las mujeres tiene un título universitario de TIC y que solo el 4 % encuentra empleo directo en el sector de las TIC3; que, según datos de la Comisión, hay más mujeres que hombres en educación superior; considerando, no obstante, que las mujeres aún están infrarrepresentadas en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, lo que limita sus oportunidades económicas, a pesar de que no existen pruebas científicas que demuestren que los hombres tengan más talento que las mujeres en los ámbitos mencionados;

1 Informe sobre la igualdad entre hombres y mujeres relativo a 2014.2 Cifras de Eurostat relativas a 2008 y 2013.3 Informe de la Comisión relativo a 2013 titulado «Mujeres activas en el sector de las TIC».

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C. Considerando que los bajos salarios afectan más a las mujeres (21,2 % frente al 13,3 % de hombres en 2010), en particular las asalariadas con bajo nivel de estudios y las que tienen contratos de duración determinada1;

D. Considerando que la disparidad de género en las pensiones revela que en la UE las pensiones de las mujeres son, de media, un 39 % más bajas que las de los hombres;

E. Considerando que las mujeres están más expuestas a la pobreza y a la exclusión social que los hombres, y que esta situación se agrava cuando tienen más de 60 años (22,2 % frente a 17,3 % para los hombres en 2010)2;

F. Considerando que la igualdad entre hombres y mujeres constituye un importante instrumento de desarrollo económico y cohesión social;

G. Considerando que la política de cohesión es la principal herramienta para aplicar medidas contra el desempleo y la exclusión social, y que depende de las inversiones en educación y de la ampliación de las capacidades educativas;

H. Considerando que en las zonas rurales se ha puesto de manifiesto con el tiempo una serie de problemas de orden económico y social, como una cultura empresarial poco desarrollada, una escasa participación de los adultos en la educación y la formación permanentes, la falta de oferta de formación complementaria en las zonas rurales y un elevado porcentaje de personas que trabajan en la agricultura de subsistencia;

I. Considerando que el índice de empleo de las mujeres es aún bajo con respecto a los objetivos fijados por la Estrategia Europa 2020 (un 11,5 % menos que el objetivo del 75 %)3;

J. Considerando que, según las estimaciones de la OCDE, la igualdad de participación de las mujeres y los hombres en el mercado de trabajo se traduciría en un incremento del PIB per cápita del 12,4 % de aquí a 2030;

K. Considerando que las mujeres están insuficientemente representadas en los puestos de gestión, y que solo el 30 % de las nuevas empresas emergentes de Europa están creadas por mujeres4;

L. Considerando que más de dos tercios de los europeos viven en ciudades que son centros productivos e innovadores, pero que, al mismo tiempo, generan una concentración de personas socialmente excluidas y, por lo tanto, son fundamentales para hacer frente al reto de la exclusión social;

M. Considerando que el hecho de ser madre soltera o familia monoparental sigue constituyendo un problema en el mercado laboral;

N. Considerando que la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y el principio de

1 Ibid.2 http://www.europarl.europa.eu/eplibrary/Pauvrete-dans-l-Union-europeenne.pdf 3 Eurostat, Encuesta de Población Activa, 2014 (segundo trimestre).4 Plan de Acción sobre Emprendimiento 2020 - Relanzar el espíritu emprendedor en Europa (COM(2012)0795).

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integración de la perspectiva de género están consagrados de forma expresa en los reglamentos relativos a los Fondos Estructurales como elementos transversales de su programación y aplicación política;

O. Considerando que las empresas familiares ofrecen a las mujeres mejores salarios que las pymes, además de la posibilidad de acceder a sectores donde predominan los hombres; que las mujeres que trabajan en empresas familiares tienen más probabilidades de llegar a puestos directivos; que se debe alentar a la UE y a los Estados miembros a que promuevan este tipo de actividad y animen a las mujeres a trabajar en mayor medida en empresas familiares;

P. Considerando que la apuesta por la igualdad es, además de una cuestión de justicia y derechos fundamentales, un factor de competitividad, ya que la marginación laboral de las mujeres implica desaprovechar el talento de todas las mujeres que sufren esta marginación, una situación incoherente con la apuesta por la economía del conocimiento;

1. Lamenta el hecho de que los Estados miembros no hayan puesto más empeño en abordar la disparidad salarial entre hombres y mujeres; expresa su preocupación por el hecho de que las mujeres en la UE ganen de media un 16,4 % menos que los hombres haciendo un trabajo de igual valor y trabajen gratis el equivalente a 59 días por año, lo que las sitúa en una posición económica inferior y, en algunos casos, de dependencia con respecto a su pareja; subraya la importancia de adoptar medidas para combatir la disparidad salarial entre hombres y mujeres, que también ha dado lugar a una desigualdad del 39 % en las pensiones dentro de la UE; destaca que en nueve Estados miembros la diferencia ha aumentado en los últimos cinco años; observa que, según la evaluación del valor añadido europeo, si se redujera la disparidad salarial entre hombres y mujeres en un 1 %, se conseguiría un aumento de alrededor del 0,1 % del crecimiento económico; señala que el acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad puede contribuir a aumentar la competitividad de las organizaciones; pide a los Estados miembros que mejoren y actualicen las estadísticas sobre la disparidad salarial entre hombres y mujeres;

2. Pide a la Comisión que exija transparencia en materia de remuneraciones por lo que respecta a los puestos de trabajo que esta crea o financia mediante la política de cohesión, y que rechace, por consiguiente, cualquier desigualdad salarial injustificada;

3. Observa que, en todas las fases de la ejecución de los Fondos EIE, la Unión debe aspirar a eliminar las desigualdades y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, además de integrar la perspectiva de género y luchar contra la discriminación por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual;

4. Defiende el reconocimiento de los múltiples tipos de discriminación, es decir, no solo la desigualdad basada en el sexo sino también en la religión o las convicciones, el origen social, la orientación sexual, la edad, el origen étnico o la minusvalía, a fin de poner en marcha una política de inclusión social pertinente y eficaz;

5. Señala que la crisis económica ha dado lugar a un retroceso en materia de igualdad en varios ámbitos; destaca la importancia de garantizar que la crisis económica no se utilice como argumento para perpetuar la desigualdad entre hombres y mujeres, así como de proseguir el trabajo en favor de la igualdad, incluso durante dicha crisis;

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6. Pide a los Estados miembros que cambien esta dinámica liderando políticas que fomenten activamente la igualdad con programas y presupuestos centrados en incrementar el PIB per cápita por esta vía;

7. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que utilicen activamente los Fondos Estructurales europeos como herramientas para mejorar la igualdad de género; solicita a los Estados miembros y a la Comisión que lleven a cabo un análisis de género e integren la dimensión de género en los presupuestos, con el fin de distribuir los recursos financieros de forma igualitaria desde el punto de vista del género;

8. Pide a la Comisión que incorpore en Eurostat indicadores estadísticos nacionales que sirvan para medir la incidencia de la igualdad en el progreso económico, tanto en términos de participación efectiva de las mujeres en el mercado laboral como de su incorporación a puestos de responsabilidad y alta dirección;

9. Reconoce que las pymes contribuyen de manera significativa a la economía europea, en particular, mediante la creación de empleo; se muestra decepcionado por el hecho de que al frente de las pymes se encuentren muchas menos mujeres que hombres; señala que solo el 5 % de los presidentes de los consejos de administración en la UE son mujeres, y que el porcentaje de mujeres miembros de dichos consejos solo alcanza el 18,6 %; lamenta que en el período 2003-2012 la tasa de mujeres emprendedoras haya aumentado solo ligeramente, del 10 % al 10,4 %;

10. Pide a los Estados miembros que intercambien buenas prácticas para alentar a las mujeres a crear pymes, elaboren estrategias para fomentar el emprendimiento femenino y faciliten el acceso de las mujeres emprendedoras al apoyo financiero; se congratula de que el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDR) preste apoyo a pymes dirigidas por mujeres y anime a apoyar acciones centradas en la formación y el acceso a la financiación; pide al Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) que dé prioridad a la recopilación de información sobre el emprendimiento femenino, en especial sobre el acceso a la financiación y a las redes económicas;

11. Condena el hecho de que se ponga tan poco empeño en promover la participación de las mujeres en los órganos de toma de decisiones o en animarlas a crear sus propias empresas; señala que la discriminación por razón de embarazo, por ejemplo, se utiliza profusamente para excluir a las mujeres del mercado laboral, tanto público como privado;

12. Observa que la infrarrepresentación de las mujeres en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas tiene su origen en los estereotipos de género; insta a los Estados miembros y a la Comisión a fomentar el acceso de las mujeres a sectores considerados tradicionalmente masculinos, especialmente las ciencias y las tecnologías, sobre todo mediante campañas de información y sensibilización, con el fin de aprovechar al máximo el capital humano que representan las mujeres europeas;

13. Señala que las mujeres trabajan más a tiempo parcial, en empleos de baja remuneración o en trabajos precarios, lo que puede resultar beneficioso para las mujeres que se hayan incorporado tras la baja por maternidad, pero también se puede traducir en una situación de pobreza en personas con empleo y una disparidad de género en las pensiones; observa que, en Europa, las mujeres con empleo tienen aún cuatro veces más probabilidades de

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trabajar a tiempo parcial que los hombres con empleo1; expresa su preocupación por las diferencias entre los Estados miembros en lo que se refiere a las cifras de trabajo a tiempo parcial; pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis actualizado y exhaustivo de los diferentes tipos de empleo que incluya comparaciones dentro de los Estados miembros y entre ellos, con el fin de determinar las desigualdades por razón de género en los distintos tipos de empleo, con particular referencia al trabajo a tiempo parcial;

14. Reafirma la necesidad de crear estructuras de acogida dirigidas a los niños de corta edad a fin de reforzar la presencia de las mujeres en el mercado laboral; invita, por lo tanto, a la Comisión a que respalde los proyectos innovadores en este sentido; señala que la inversión en infraestructuras públicas, como guarderías, aumenta las oportunidades de las mujeres de participar activamente en la economía y el mercado laboral;

15. Recomienda a la Comisión que, en el ámbito de la política de cohesión, dedique una parte más importante de los fondos FEDER y FSE a proyectos que permitan a las mujeres acceder a formación y empleo de calidad;

16. Observa la existencia de una fuerte tendencia a la migración de la población femenina del campo a la ciudad en busca de oportunidades de empleo, lo que genera así un desequilibrio de género en el empleo en las zonas rurales; subraya el impacto que esto tiene en la economía y la demografía, y la importancia de desarrollar la economía rural de forma que se aproveche el potencial de los hombres y las mujeres y se permita a los sectores dominados normalmente por mujeres gozar del mismo estatus que los sectores dominados por hombres, y de contribuir a ello mediante programas que apoyen el emprendimiento femenino y estructuras en el medio rural que favorezcan la conciliación, como guarderías, centros de asistencia a la tercera edad, sanitarios y educativos; insta asimismo a trabajar a largo plazo para luchar contra los factores que colocan a las mujeres y los hombres en diferentes sectores, con el fin de lograr la igualdad en el mercado de trabajo; insta a los Estados miembros y a la Comisión a fomentar el espíritu emprendedor de las mujeres en las zonas rurales;

17. Subraya que es fundamental empezar a aplicar programas centrados en el desarrollo de la habilidades empresariales y de dirección de las mujeres, a fin de incrementar el número de empresas, tanto en las zonas rurales como urbanas; subraya la importancia de fomentar la igualdad de oportunidades en el empleo, implicando a las mujeres, en especial a las de las zonas rurales, para que creen sus propios negocios;

18. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que estudien la posibilidad de incluir cláusulas de género en los anuncios de contratación pública, con el fin de animar a las empresas a esforzarse para conseguir la igualdad de género dentro de ellas, cumpliendo, al mismo tiempo, la legislación de la UE en la materia de competencia;

19. Señala que existe una importante brecha digital de género que es necesario abordar facilitando y promoviendo el acceso de las mujeres a los programas de formación en nuevas tecnologías;

1 Informe sobre la igualdad entre mujeres y hombres relativo a 2014, Comisión Europea, DG de Justicia y Consumidores.

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20. Pide a los Estados miembros que den prioridad a la agenda de la economía digital, y hace hincapié en que el pleno acceso a la banda ancha es un elemento fundamental a la hora de ofrecer opciones a las mujeres, los hombres y las empresas en relación con la organización flexible del trabajo y con el trabajo desde casa; pide a los Estados miembros, la Comisión y las autoridades locales y regionales que apoyen las inversiones para la formación de las mujeres en el sector de las TIC, de modo que se propicie la conciliación familiar y laboral;

21. Pide a las instituciones de la UE y a los Estados miembros que, con el fin de alcanzar los objetivos de empleo e inclusión social, tengan en cuenta las necesidades de las mujeres que se incorporan al trabajo tras la baja de maternidad, motiven a los empresarios para que contraten a mujeres tras la baja de maternidad, faciliten una organización flexible del trabajo y fomenten la formación adicional (aprendizaje continuo) para que estas mujeres puedan retomar sin problemas sus carreras profesionales;

22. Pide a la Comisión, los Estados miembros y las autoridades locales y regionales que, en los programas de inversión, tengan en cuenta las políticas de protección de las mujeres y garanticen que el uso de los fondos se destine a un crecimiento efectivo del empleo y profesional y no se haga un uso inadecuado de ellos;

23. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que fomenten de forma sistemática la perspectiva de uso de las plataformas de aprendizaje en línea para el desarrollo de las habilidades empresariales de las mujeres, así como el emprendimiento en las zonas transfronterizas; hace especial hincapié en la necesidad de crear una red de asociación transfronteriza basada en el diálogo y la comunicación entre las instituciones asociadas, a fin de organizar debates públicos sobre el emprendimiento de las mujeres y transfronterizo;

24. Pide a las instituciones de la UE y a los Estados miembros que, con objeto de alcanzar las metas relacionadas con el aumento de la capacidad de las guarderías, utilicen mejor los indicadores cuantitativos y cualitativos, con el fin de garantizar la igualdad de acceso de todos los niños a la asistencia y la educación de calidad;

25. Insta a los Estados miembros a que promuevan inversiones en programas de formación que faciliten la incorporación de la mujer al mercado laboral, especialmente después de haberse dedicado en exclusiva al cuidado de sus hijos o de otras personas dependientes, así como en servicios de atención a niños, ancianos y otras personas dependientes, y considera que dichos programas deber ser accesibles y asequibles y tener horarios compatibles con las jornadas laborales a tiempo completo, con el fin de garantizar la conciliación de la vida laboral y familiar y luchar contra el desempleo y la exclusión social;

26. Pide a los Estados miembros que establezcan medidas presupuestarias que tengan en cuenta la dimensión de género en la programación de la política de cohesión, con el fin de analizar no solo los programas que estén especialmente dirigidos a las mujeres, sino también todos los programas y las políticas gubernamentales, sus efectos en la asignación de recursos y su contribución a la igualdad entre hombres y mujeres;

27. Pide a los Estados miembros que apliquen y refuercen la integración de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos, y pide a la Comisión que fomente el

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intercambio de buenas prácticas al respecto.

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 31.3.2015

Resultado de la votación final +:–:0:

3200

Miembros presentes en la votación final Daniela Aiuto, Maria Arena, Catherine Bearder, Beatriz Becerra Basterrechea, Malin Björk, Vilija Blinkevičiūtė, Anna Maria Corazza Bildt, Viorica Dăncilă, Iratxe García Pérez, Anna Hedh, Elisabeth Köstinger, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Angelika Mlinar, Krisztina Morvai, Maria Noichl, Marijana Petir, Terry Reintke, Michaela Šojdrová, Ernest Urtasun, Ángela Vallina, Elissavet Vozemberg, Jadwiga Wiśniewska, Anna Záborská, Jana Žitňanská, Inês Cristina Zuber

Suplentes presentes en la votación final Rosa Estaràs Ferragut, Julie Girling, Constance Le Grip, Marc Tarabella, Julie Ward, Marco Zullo

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Bart Staes

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RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación 5.5.2015

Resultado de la votación final +:–:0:

3216

Miembros presentes en la votación final Pascal Arimont, José Blanco López, Franc Bogovič, Victor Boştinaru, Mercedes Bresso, Andrea Cozzolino, Rosa D’Amato, Tamás Deutsch, Michela Giuffrida, Anna Hedh, Krzysztof Hetman, Ivan Jakovčić, Marc Joulaud, Constanze Krehl, Martina Michels, Iskra Mihaylova, Andrey Novakov, Mirosław Piotrowski, Stanislav Polčák, Terry Reintke, Liliana Rodrigues, Fernando Ruas, Monika Smolková, Maria Spyraki, Olaf Stuger, Ruža Tomašić, Ramón Luis Valcárcel Siso, Ángela Vallina, Matthijs van Miltenburg, Lambert van Nistelrooij, Derek Vaughan, Joachim Zeller

Suplentes presentes en la votación final Isabella Adinolfi, Enrique Calvet Chambon, Josu Juaristi Abaunz, Ivana Maletić, Miroslav Mikolášik, Bronis Ropė, Marco Zullo

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Ulrike Trebesius