Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente...

18
63

Transcript of Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente...

Page 1: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

63

Page 2: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

64

Tema 3

Conceptos Plan metodológico de

preliminares investigación

En primer lugar, precisemos algunos importantes conceptos.

El presente tema será abordado partiendo de

los conceptos preliminares del plan

metodológico de investigación.

Page 3: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

65

3.1 Conceptos preliminares

3.1.1 La investigación científica (Art. 321°. 3) El fiscal, mediante una disposición, y con arreglo a las directivas emanadas de la Fiscalía de la Nación, podrá contar con la asesoría de expertos de entidades públicas y privadas para formar un equipo interdisciplinario de investigación científica para casos específicos, el cual actuará bajo su dirección. La criminalidad organizada ha adquirido en nuestro tiempo una alarmante dimensión, tanto por su importancia como por el modus operandi con que actúa, lo que exige también al órgano persecutor adoptar las medidas necesarias para una eficaz lucha contra dicho flagelo, pero esta siempre debe estar enmarcada en el respeto de los derechos y garantías que establece la ley.

Asimismo, la persecución penal de los fenómenos relacionados con la delincuencia organizada y su vinculación con los delitos de tráfico ilegal de drogas, terrorismo, tráfico de armas, lavado de activos, contra la humanidad, entre otros, es motivo de preocupación para todas las naciones, pues, en los últimos años, esta materia ha sido de urgente atención y absoluta prioridad, como viene a demostrarse con la elaboración de distintos instrumentos jurídicos internacionales, en donde se insta a las partes firmantes a adoptar las medidas necesarias, incluidas las de orden legislativo y administrativo, que, de conformidad con las disposiciones fundamentales de sus respectivos ordenamientos jurídicos internos, sean necesarias para hacer frente con la mayor eficacia a los diversos aspectos de estos delitos.

Frente a este nuevo reto, con un mundo globalizado, los sucesivos gobiernos han implementado instrumentos de todo orden en manos de quienes tienen la misión de perseguir y reprimir dichas conductas, si bien existen todavía algunos de los que puede dotarse legítimamente un Estado en su lucha contra esas formas de criminalidad que no han tenido acogida en nuestro sistema jurídico nacional.

Page 4: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

66

Tenga en cuenta

Se trata de introducir en el ordenamiento jurídico medidas legales especiales que permitan a los efectivos policiales, en coordinación estrecha con el Ministerio Público, lograr:

Indudablemente, estas modificaciones deben introducirse respetando el fin del proceso penal, que no es otro que el descubrimiento de la verdad real y la aplicación de la ley penal al caso concreto, teniendo siempre en cuenta que los límites de las técnicas propuestas de investigación se encuentran en el sistema de derechos y garantías que la Constitución reconoce a todo imputado. En este sentido, por más abyectas que sean las formas de delincuencia que se traten de combatir, ello no justifica la utilización de medios investigadores que puedan violentar garantías constitucionales.

Idea importante

En consecuencia, la búsqueda de medios jurídicos eficaces para luchar contra la criminalidad organizada no debe comportar un detrimento de la plena vigencia de los principios, derechos y garantías constitucionales y su preservación.

• Participar sin complicaciones en el entramado organizativo.

• Detectar la comisión de delitos.

• Informar sobre sus actividades con el fin de obtener elementos de pruebas.

• Proceder a la intervención como detención de sus autores y partícipes.

Es necesario que se incorporen mecanismos suficientes para hacer frente a esta lacra social, de manera que no haya insuficiencia de las técnicas de investigación tradicionales en la lucha contra este tipo de criminalidad organizada, que, generalmente, actúa en ámbitos transnacionales y con abundancia de medios conducentes a la perpetración de los delitos.

Page 5: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

67

Recordemos que el nuevo Código Procesal Penal garantiza la obtención de la prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba no sería aceptada ni valorada como cargo de imputación. De modo que, en este aspecto, debe tenerse mucho cuidado en la operativización de los actos de investigación. Para asumir este reto con responsabilidad y enfrentar la criminalidad organizada, debemos de estar preparados no solo con los conocimientos teóricos y prácticos de la criminalística y la medicina legal, sino también contar con la logística adecuada, pues se tiene que manejar bastante información respecto a estos temas y apuntar a una investigación más científica. La información es la base sobre la que se estructuran las investigaciones. Es la corriente sanguínea del proceso de investigación. Sin este elemento vital, todos los recursos de pericia investigadora y tecnología son inútiles. Debido a esta completa dependencia en la información para que proporcione pistas de investigación o evidencia, el oficial debe encontrar, desarrollar y mantener fuentes que aporten información.34

3.1.2 La psicología forense

Es un hecho innegable que los posibles desórdenes de la personalidad o sus anomalías influyen en la conducta y en la acción del individuo. Por lo tanto, la conducta delictiva, en muchos aspectos, posee relaciones muy estrechas con los desórdenes de la personalidad.

Ejemplo

Un ejemplo nos servirá para poner en evidencia la relación entre desórdenes de personalidad y conducta delictiva. Supongamos que tenemos al frente a un individuo con una personalidad de pronunciados rasgos paranoides, es decir, caracterizada por ser marcadamente susceptible a las posibles acciones de los demás en su contra o con las intenciones de hacerle algún daño o perjuicio más o menos serio. Los individuos con este tipo de personalidad se sienten, con frecuencia, perseguidos, acosados o aludidos, pero sin ser psicóticos, es decir, alienados. Todo esto va a influir de muchas maneras en su perfomance vital y en su conducta, especialmente en la forma como toman las cosas. Supongamos ahora que este individuo ingresa en un ambiente donde alguien lo mira en forma un poco extraña e inquisitorial. A partir de este momento, puede manifestar una reacción casi violenta e increpar al otro su actitud, insultarlo e inclusive agredirlo de obra. Para los demás concurrentes, esta actitud puede resultar absurda e insólita. En una síntesis de lo señalado, podemos ver en forma muy clara cómo, a través de la conducta, un rasgo paranoide de la personalidad puede llevar a un individuo hasta la agresión y el delito.35

34 VANDERBOSCH, Charles G. Investigación de delitos. México D. F.: Limusa, 1980, p. 21. 35 GUTIERREZ FERREIRA, Carlos V. Psicología criminal. Trujillo: Marsol, 1995, p. 94.

Page 6: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

68

La importancia de las desviaciones y de las enfermedades mentales en la génesis de la predisposición a la criminalidad es, sin duda, notable, cualquiera sea el presupuesto teórico del cual se comienza el estudio del problema. Debe advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción en los delitos, en cuanto a que solo algunas clases de ellos nos parecen influenciados de manera notable por el empuje criminógeno provocado por las enfermedades mentales y psíquicas.36

Idea importante

Constituye un aporte de la psicología al derecho y a la solución de los problemas psicosociales que se deriva de los procesos jurídicos al establecer las bases psicológicas de la imputabilidad y del mecanismo de la intención legal.37 La psicología forense se basa en premisas clínicas y estudios científicos de la personalidad para deducir el grado de capacidad psíquica o conductual de la persona en estudio y justamente en el pretérito momento de autos. Se busca esclarecer si el individuo que delinquió lo hizo en plena claridad de conciencia, o se trata de un alterado comportamental, que no quiso hacer mal ni supo evitarlo, y solo guarda recuerdos vagos que pueden ser expresados con imaginadas fabulaciones.

Es preciso, por medio de la psicología, deducir la imputabilidad como capacidad de comprender y de querer, de inteligencia y voluntad, para que el magistrado pueda inculpar o el policía orientarse, señalando la responsabilidad o morbosidad de la persona que cometió el delito. Similarmente, conocer si existe en el autor inimputabilidad plena o parcial por alteraciones sufridas en aquel instante del hecho acaecido, pudiendo alcanzar el derecho al concepto jurídico de irresponsabilidad o de responsabilidad atenuada.38

36 PARENTI, Francesco y Pier Luigi PAGANI. Psicología y delincuencia. Bases para una nueva criminología. Buenos Aires: Beta, 1970. 37 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. Ob. Cit., p. 93. 38 POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ. Ob. Cit., vol. III, p. 339.

Se le conceptúa a la psicología forense como una rama de la psicología que busca esclarecer, mediante diversos procedimientos metodológicos propios, la conducta y el estado psíquico de las personas implicadas en un hecho presuntamente delictuoso, con la finalidad de contribuir con la administración de justicia.

Page 7: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

69

3.1.3 La criminalística Esta materia fue conocida como “policía científica y técnica policial”, “ciencia de la policía judicial”, “arte de la policía judicial”, “policía judicial científica”, entre otras, y todas estas denominaciones quedaron reducidas a “policía científica” y “técnica policial”, hasta adoptarse, en forma definitiva, el vocablo de criminalística, cuyo nombre fue dado en 1982 por el juez austriaco HANSS CROSS (el padre de la criminalística), en Graz, Austria, quien la dio a conocer mediante su obra: Handbuch Fur Untersuchun. Gsricher als system Der Kriminalistik (Manual del juez. Todos los sistemas de criminalística). Ahora bien, la criminalística es la ciencia auxiliar del derecho (penal, civil, laboral, administrativo, etc.) que utiliza o emplea los recursos técnico-científicos en la búsqueda y análisis de los elementos materiales de prueba con el fin de establecer si hubo un delito, para lo cual otorga a los investigadores y al criminalista bases científicas sobre el análisis del lugar de los hechos y la determinación de las posibles causas o móviles de lo sucedido. La criminalística, como ciencia, debe conocer todos los avances de tecnología de punta en los distintos campos del saber. El criminalista se distingue del perito porque, además de reunir la información suministrada por estos técnicos, la analiza y la integra a partir del informe con base al resultado del dictamen pericial al funcionario que ejerce actividades de investigación criminal.39 Resulta necesario resaltar que el perito en criminalística y la ciencia de la criminalística son de vital importancia para el esclarecimiento de la verdad histórica. De hecho, una de las más grandes diferencias de términos la constituyen las palabras indicio y evidencia. A reserva de que se apliquen en diversos sistemas judiciales, como el anglosajón, en nuestro sistema pragmático consideraremos indicios a todos los objetos que se encuentran en la escena del presunto hecho delictivo, y los consideraremos como evidencia cuando esta información sea ya confrontada con los métodos de investigación en el laboratorio y se puedan utilizar como prueba científica en contra de un individuo.

39 LÓPEZ CALVO, Pedro y Pedro GÓMEZ SILVA. Ob. Cit., p. 149.

Page 8: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

70

Idea importante

Por su parte, el profesor Pedro RUIZ CHUNGA dice que la criminalística estudia un hecho sometido a investigación criminal con el objetivo de descubrir o comprobar científicamente el delito y al delincuente, y tiene como finalidad, ademñas, convertir los indicios y evidencias estudiados en pruebas (o, más específicamente, en las llamadas pruebas periciales). Dicho objetivo y finalidad se cumplen con el concurso de las ciencias puras y aplicadas del orden de las matemáticas, física, química, biología, medicina, psicología, etc. Su acción se convierte en ciencia, arte y técnica en una investigación criminal que requiera del apoyo criminalístico.40 Agrega que la criminalística en la investigación criminal cumple un rol de apoyo al contribuir de manera determinante a verificar o comprobar el hecho: ♦ Acopiando indicios o evidencias en la escena del hecho durante la etapa

preliminar de la investigación criminal. ♦ Analizando lo acopiado y procesándolo criminalísticamente para convertir

los indicios o evidencias en las pruebas necesarias, en el recaudo de pruebas de la etapa ejecutiva de la investigación criminal. Así las pruebas periciales, sumadas a otros medios de pruebas como las testimoniales, los documentales, el reconocimiento de personas, la inspección de materialidades útiles para la reconstrucción conceptual del hecho, la revisión de huellas y otros efectos materiales dejados, servirán para la mejor determinación del ilícito penal, con lo cual contribuirán a llegar a conclusiones mejor sustentadas en la investigación criminal.

40 RUIZ CHUNGA, Pedro. La criminalística en la investigación criminal. Curso de criminalística. Lima: Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Ministerio Público, 2008, p. 15.

Es importante también lo referido al embalaje de las cosas. El perito en criminalística debe tener una gran experiencia en embalaje y no debe, por ningún motivo, dejar que un error de novatos se apodere de los indicios que se presentan. Al respecto, recordemos la frase célebre de EDMON LOCARD: “el tiempo que pasa es la verdad que huye”. De esta manera, el perito en criminalística debe estar siempre dispuesto a pedir auxilio en lo que desconozca.

Page 9: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

71

Además, para llegar a su cometido, la criminalística se nutre de la biología, ciencias jurídicas, farmacología, física, química, medicina, psicología, informática, antropometría, grafotecnia, audiometría, microscopía, psicometría, dibujo lineal, diseño gráfico, fotografía, etc.

Las diferentes definiciones de criminalística tienden a resumir la necesidad de establecer, dentro del proceso investigatorio, una correlación entre la identificación del autor o autores de un hecho delictuoso y la producción de la prueba de la culpabilidad, buscando la verdad como único sustento de la utilización de las ciencias auxiliares del derecho penal. Es decir, su esencia es descubrir y comprobar todos los aspectos relacionados con un delito. La importancia de la ciencia criminalística radica en el hecho de contribuir al esclarecimiento de la verdad en la investigación del delito. Esta calidad de la criminalística hace de ella un instrumento valioso e inobjetable de cuantos la utilizan, por lo que no debemos descuidar los progresos tecnológicos y avances de los conocimientos sobre la materia.41

3.2 Plan metodológico de investigación: fases y metodología

Artículo 65° del CPP

1. El Ministerio Público, en la investigación del delito, deberá obtener los elementos de convicción necesarios para la acreditación de los hechos delictivos, así como para identificar a los autores o partícipes en su comisión.

2. El fiscal, en cuanto tenga noticia del delito, realizará, si correspondiere, las primeras diligencias preliminares o dispondrá que las realice la Policía Nacional.

41 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. Ob. Cit., p. 2.

En consecuencia, la criminalística tiene un vínculo estrecho con el derecho

procesal penal, y responde a lo que se conoce como las seis interrogantes de

oro:

- ¿Qué? - ¿Dónde?

- ¿Cómo? - ¿Cuándo?

- ¿Quién (es)? - ¿Con qué?

Page 10: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

72

3. Cuando el fiscal ordene la intervención policial, entre otras indicaciones, precisará su objeto y, de ser el caso, las formalidades específicas que deberán reunir los actos de investigación para garantizar su validez. La función de investigación de la Policía Nacional estará sujeta a la conducción del fiscal.

4. Corresponde al fiscal decidir la estrategia de investigación adecuada al caso. Programará y coordinará con quienes corresponda sobre el empleo de pautas, técnicas y medios indispensables para la eficacia de esta. Garantizará el derecho de defensa del imputado y sus demás derechos fundamentales, así como la regularidad de las diligencias correspondientes.

El profesor colombiano Pablo Elías González Mongui define al programa metodológico de investigación como aquella herramienta para la planeación, desarrollo, control y ejecución de las actividades operativas y técnico-científicas de la investigación, construida de manera conjunta por el fiscal y los investigadores con objetivos determinados frente a una conducta punible para llegar a la verdad. 42 Es interesante que la Policía Nacional del Perú, en la publicación Introducción a la investigación policial y manual de procedimientos operativos de investigación criminal, señala que así como la ciencia tiene un método general de investigación científica, la ciencia policial tiene un método general de investigación policial.43 Las fases del método general de la investigación policial son las siguientes:

42 GONZÁLEZ MONGUI, Pablo Elías. “La policía judicial: conceptos, órganos y procedimientos”. En el sistema penal acusatorio en el contexto colombiano. Colombia: Alvi, 2009, pp.176 y ss. 43 POLICÍA DE INVESTIGACIONES DEL PERÚ. Ob. Cit., vol. I, pp. 21 y ss.

Page 11: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

73

1. Conocimiento del hecho: es la información, versión, noticia, manifestación,

exposición o la simple referencia o idea que llega por cualquier medio o circunstancia a conocimiento de la autoridad policial sobre la comisión u omisión de un acto delictuoso o infracción punible o supuestamente delictual para su posterior esclarecimiento.

2. Comprobación del hecho: es la diligencia policial que consiste en la verificación

objetiva del hecho o la consumación del acto delictuoso denunciado.

3. Diligencias investigatorias preliminares en la escena del delito: es un conjunto de acciones que realiza el pesquisa, paralelas y/o simultáneas a la comprobación de la existencia del delito, con la finalidad de reunir una serie de informaciones (técnicas, testimoniales, entrevistas, etc.) relativas al acto criminal que se ha suscitado para lograr llegar a la verdad de lo ocurrido.

4. Planeamiento de la investigación policial: es la etapa del método general de la

investigación policial que consiste en la previsión y la racionalización oportuna de las actividades policiales por ejecutar para alcanzar un fin específico o esclarecer un delito. Normalmente, el planeamiento se origina al decepcionarse una misión o conocimiento de la perpetración de un hecho delictivo, y se concreta con la formulación de planes, directivas u otros documentos. El objeto de esta etapa es planear las diferentes actividades que deberá realizar un pesquisa para esclarecer un hecho delictuoso, actividades que deberán enmarcarse bajo los principios de la

Page 12: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

74

racionalidad, el orden y la lógica. Las fases del proceso de planeamiento de la investigación policial son:

♦ Definir el problema a investigar. ♦ Formulación de hipótesis. ♦ Búsqueda y obtención de informaciones. ♦ Análisis de las informaciones y verificaciones de las hipótesis. ♦ Conclusiones y elaboración del informe.

El plan: es el documento que contiene, en forma clara y precisa, el proceso de planeamiento. Expresa la misión, las hipótesis de trabajo, las actividades específicas a realizar, las responsabilidades que competen a los integrantes del grupo encargado de la investigación y los resultados que se espera obtener. El plan, según las circunstancias y la situación predominante, podrá ser expresado por escrito o verbalmente.

5. Manejo de informantes y confidentes: informantes y confidentes son personas que

proporcionan información de importancia e interés sobre el delito, delincuente o mundo circundante para el esclarecimiento de un hecho delictuoso. La policía no puede funcionar sin información, por lo que es necesario desarrollar una serie de acciones para despertar en el público un espíritu cívico policial que los anime a proporcionar información. Un buen investigador policial, aparte de otras habilidades, debe saber captar informantes o confidentes porque ellos serán los “ojos” y “oídos” que le permitirán aclarar muchos casos policiales y que, por falta de otros medios, hubieran corrido el riesgo de quedar en el anonimato.

6. Vigilancias: es una etapa del método general de investigación policial que consiste

en mantener bajo observación a personas, objetos o lugares para obtener información con un propósito policial determinado. La vigilancia es una técnica y un arte, porque, para realizar un seguimiento, sobre todo a una o más personas, sin que se percaten de ello, se requiere de habilidad y mucha imaginación creativa; por eso, no existen reglas fijas y las que se van a exponer orientan doctrinariamente el accionar práctico del policía.

7. Detenciones y capturas: es el procedimiento policial orientado a lograr la

aprehensión física de una persona involucrada en un proceso investigatorio. En la detención, la acción se efectúa sin emplear violencia sobre la persona; en cambio, en la captura, sí se ejerce violencia, mayor o menor, de acuerdo a la resistencia que oponga el intervenido. El objeto de la detención o captura es poner bajo custodia a la persona involucrada en un acto delictuoso; tiene por finalidad determinar su grado de responsabilidad luego de practicarse todas las diligencias necesarias.

8. Incursiones: es el procedimiento policial, en el cual, mediante una acción sorpresiva,

se irrumpe en un lugar o inmueble para aprehender a los presuntos autores de un acto delictuoso y/o descubrir y recoger las evidencias probatorias de su comisión.

9. Registros: es un procedimiento mediante el cual la policía realiza la inspección

minuciosa y detallada en personas, sitios o lugares, domicilios y vehículos, en cumplimiento de sus funciones, y con un propósito determinado.

Page 13: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

75

10. Interrogatorios y entrevistas: son en definitiva un arte, una técnica y también un

método de los que se vale la policía para obtener información de una o más personas sobre la base de preguntas planeadas y hábilmente planteadas para el esclarecimiento de un hecho delictuoso.

11. Sustentación de la prueba (elementos de prueba): durante el proceso investigatorio

policial, son de diversa índole los elementos de pruebas que el pesquisa debe recaudar con el fin de determinar la participación del o los autores de la comisión de un delito y consignarla en el informe policial.

12. Informe de la investigación policial: las diligencias policiales practicadas durante el

proceso investigatorio tienen un propósito primordial, a saber, conocer la verdad acerca de un hecho delictuoso; a ella solo es posible llegar mediante la sustentación de los elementos de prueba, los cuales se van a explicitar en el documento policial.

Es de mencionar que, en abril de 1994, el Ministerio Público elaboró y aprobó el Manual operativo de diligencias especiales del Código Procesal Penal, en el que se establece una metodología de la investigación criminal a seguir después de la recepción de una denuncia. En el manual en mención, se definió a la investigación como el conjunto de actos que tiene por objeto determinar si la conducta incriminada es delictuosa, si el imputado es el autor o cómplice, las circunstancias y móviles de su perpetración, la identidad de su autor o partícipe, y, en algunos casos, de la víctima, así como la existencia del daño causado. Este manual señala, entre otras, la metodología que, a saber, es:

Metodología de la investigación policial

1. Conocimiento del hecho.

2. Formas de conocimiento del hecho.

3. Actos preparatorios de la investigación.

4. Acciones que el fiscal debe tener en cuenta en los actos preparatorios de la investigación.

5. Inspección técnico-criminal.

6. Comprobación del hecho.

7. Planteamiento de la investigación.

8. Las fases del planteamiento de la investigación.

a) Definir el problema a investigar, es decir, se define el tipo de delito que se va a investigar y que debe estar tipificado en el Código Penal.

b) Formulación de la hipótesis: se hace sobre la base de las evidencias encontradas e investigaciones preliminares realizadas, o sea, se supone la

Page 14: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

76

forma y circunstancias en que se cometió el hecho denunciado, cómo es la identidad de la víctima y de los autores de la modalidad empleada, ubicación de los implicados, testigos, etc.

c) Búsqueda y obtención de informaciones: una vez que se formula la hipótesis, se procede a efectuar un planteamiento específico para orientar la búsqueda y obtención de datos e informaciones que permitan posteriormente confirmar, rechazar o reformular la hipótesis.

d) Análisis de los datos e informaciones obtenidas y verificación de las hipótesis: con lo obtenido, se hace un proceso de análisis y síntesis (deducción-inducción). Se contrasta la información obtenida con las evidencias encontradas y con la versión del agraviado y testigos, y se verifican las hipótesis cuando estas son verdaderas o se reformulan para continuar con el proceso investigatorio de búsqueda de nuevas informaciones hasta establecer la verdad de los hechos. Una vez que las hipótesis han sido verificadas, se procede a la obtención de las pruebas que serán presentadas ante la autoridad judicial competente.

e) Conclusiones y elaboración del documento de acusación: después de verificadas las hipótesis, se establecen conclusiones respecto a cada una de ellas y se proceda a formular el documento correspondiente.

9. Inicio de la Investigación.

10. Vigilancias.

11. Detenciones y capturas.

12. Allanamiento.

13. Clases de registro.

14. Interrogatorios y entrevistas.

15. Sustentación de la prueba.

16. Conclusión de la investigación.

17. Formulación de la investigación.

18. Plazo de la investigación.

Es pertinente anotar que dicho manual fue trabajado por un grupo de fiscales de Lima, cuyo marco de referencia fue el Código Procesal Penal de 1991. Asimismo, debemos señalar que uno de los pasos importantes es el planteamiento de la investigación, que consiste, conforme así lo menciona el manual, en la previsión y la racionalización oportuna de las actividades por ejecutar con el fin de alcanzar el esclarecimiento del hecho denunciado. Normalmente, este se origina al recibir una misión o al tomar conocimiento de la perpetración de un hecho ilícito, y se concreta con la formulación de planes, directivas u otros documentos.

Page 15: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

77

El objeto es planificar las diferentes actividades que se deberán realizar para esclarecer el hecho ilícito, actividades que deberán enmarcarse bajo los principios de la racionalidad, el orden y la lógica.

Idea importante

En la actualidad, la Escuela del Ministerio Público, por encargo de la Fiscalía de la Nación, viene preparando un plan estratégico de investigación, cuyos avances vamos a reproducir seguidamente.

Las fases del ciclo investigativo

El plan estratégico de investigación requiere, para su elaboración, de una información básica que deberá ser obtenida mediante los llamados actos preliminares de investigación o investigación preliminar; por ello, podemos afirmar que solo si existe la posibilidad de formalizar la investigación preparatoria estaremos en condiciones de elaborar un plan de investigación para el caso.

La elaboración del plan estratégico de investigación recorrerá, en este sentido, diversas etapas, las que involucran una serie de actividades en cada una de ellas, a saber:

a) Actividades previas a la elaboración del plan estratégico de investigación

1. Conocimiento del hecho: viene a ser la noticia criminal, la cual consiste en la información que, por medio de denuncia, flagrancia, hallazgo o manifestación de cualquier medio, obtiene la autoridad encargada de la persecución del delito.

2. Comprobación del hecho: es la verificación que realiza el fiscal o la policía, de manera directa, en el mismo lugar de ocurrencia del hecho o mediante actos urgentes y básicos de investigación. La investigación preliminar debe

La finalidad es dotar a las actividades a realizarse del sustento doctrinario científico, de modo que el resultado de esto constituya de por sí pruebas irrefutables de incriminación ante el hecho denunciado, además de conducir al investigador al esclarecimiento de los hechos, o sea, al buen término o éxito de la actividad realizada asignada. Esta etapa es importante porque, en ella, se planifican los pasos a seguir en secuencia.

Page 16: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

78

establecer si realmente está en presencia de un hecho tipificado como delito por la legislación penal vigente.

3. Diligencias preliminares y posteriores al hecho: es el conjunto de acciones que realiza el investigador paralelas o simultáneas a la comprobación del delito con el objeto de reunir información complementaria, relativa al hecho criminal en investigación, mediante el uso de métodos, técnicas y procedimientos técnicos-científicos, buscando la preservación de las pruebas, adoptando todas las precauciones para preservar la evidencia en su estado original hasta su disposición, respetando la cadena de custodia y remitiéndolas a los peritos especialistas, de ser el caso, o solicitando las medidas respectivas sobre los bienes.

b) Actividades propias del plan estratégico de investigación

4. Formulación de hipótesis: las hipótesis surgen de la información recopilada durante la investigación preliminar; la hipótesis que se formula busca subsumir el hecho denunciado dentro del tipo penal previsto para la conducta.

La formulación de hipótesis debe estar libre de cualquier suposición que tenga origen en prejuicios, sentimientos o intereses personales del fiscal o los policías investigadores. Formuladas las hipótesis, se ordenan de acuerdo con el grado de complejidad, es decir, la que ofrezca mayor cantidad de información comprobable. Aquí se determinan cuáles requieren actividad de investigación específica y cuáles se pueden descartar.

Esta etapa de la planificación es de suma importancia, puesto que señalará el derrotero de nuestra actividad investigativa; por ello, sería de mucha utilidad que pueda ser realizada de manera conjunta entre el fiscal y el policía investigador.

5. Planeación de la investigación: a partir de la hipótesis que el equipo de trabajo ha escogido como la mejor, se desarrolla el plan de investigación en el que se establecen cuáles son las actividades de investigación que se necesitan, con qué recursos contamos y cuáles nos son necesarios, así como los responsables de las actividades y el plazo para llevarla a cabo.

Para ello, se revisará el conjunto de información con la que se cuenta, se identifican los vacíos que existen y la manera en que se tratará de obtener los datos que la complementan, así como a quiénes recurriremos como apoyo a nuestra labor (laboratorios, medicina legal, archivos, especialistas, etc.).

Page 17: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

79

Es importante tener presente, en la planeación, que la investigación preparatoria está sujeta al cumplimiento de plazos.

6. Recopilación y obtención de la información: se trata propiamente de la ejecución de la investigación; esta fase estará bajo la dirección y control del fiscal, por lo que, siendo un proceso continuo, el fiscal está en la obligación de ir evaluando de manera permanente la información que se va recopilando, pues esto le permitirá verificar si las hipótesis de trabajo se vienen confirmando o descartando, si es necesario un reajuste en nuestro plan de investigación o si eventualmente debemos dar por terminada la investigación.

Fuentes de información: son consideradas como fuentes de información las personas, cosas o lugares.

Personas: figuran las víctimas, testigos, sospechosos y los informantes en general.

Documentos: videos, fotografías, libros, publicaciones oficiales, periódicos y revistas, boletines, facturas, comprobantes, panfletos y demás documentos públicos o privados de interés para el esclarecimiento del hecho y los medios de comunicación (cartas, correos electrónicos, fax, etc.).

Otros medios de prueba: comprende el reconocimiento (Artículos 189° al 191° CPP), la Inspección judicial y la reconstrucción (Artículos 192° al 194° CPP), y las pruebas especiales (Artículos 195° al 201° CPP).

c) Actividades posteriores a la ejecución del plan estratégico de investigación

7. Análisis de la información: el fiscal encargado de la investigación deberá realizar un profundo análisis de la información que se ha recolectado durante el desarrollo del proceso investigativo para determinar si se han verificado o no las hipótesis formuladas; si es posible plantear una teoría para que el caso pueda ser llevado a juicio o ser sometido a un mecanismo de salida alternativa; o, de lo contrario, si es necesario solicitar el sobreseimiento de la investigación.

8. Preparación de la acusación y del juicio: cuando el fiscal encargado de la investigación considera que el caso debe ser sometido a juicio, utilizará toda la información obtenida para formular su teoría del caso. Esta contendrá tres tipo de proposiciones:

a) Sobre los hechos o teoría fáctica: es el planteamiento sobre el hecho, las personas que han participado en él, los instrumentos u objetos que han

Page 18: Índice - mpfn.gob.pe · prueba por medios lícitos; de lo contrario, la adquisición de una fuente de prueba ... advertirse, en este campo, de la necesidad de realizar una distinción

80

sido utilizados y las circunstancias de modo, tiempo y lugar en forma cronológica.

b) Norma aplicable o teoría jurídica: que no viene a ser otra cosa que el ejercicio de subsunción de los hechos a lo establecido por la norma penal. Determinar que el hecho específico de mi teoría fáctica satisface cada uno de los elementos de la teoría jurídica del delito.

c) Elementos de convicción o teoría probatoria: que no viene a ser otra cosa que los medios objetivos que aportaré al juicio para demostrar mi proposición sobre los hechos.

Idea importante

En este sentido, desterrar el desorden, así como “ir de caza”, toda vez que con una debida planificación, nos llevará a obtener resultados concretos y eficaces.

Lo importante de este plan metodológico de investigación o estratégico de investigación es que tiene como finalidad que el fiscal y el policía formen un binomio y diseñen, para cada caso, un plan que finalmente les va a señalar un rumbo y sea como una brújula de orientación para esclarecer o aclarar un hecho de relevancia penal.