Ilm el procedimiento de actuaciones inspectivas - 24.09.2014

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PROCEDIMIENTO DE

ACTUACIONES INSPECVTIVAS

Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites

Especialista Legal de la

Intendencia de Lima Metropolitana

SUNAFIL

• Actuaciones de Orientación:

• Son diligencias DE OFICIO O A PEDIDO DE PARTE (empleadores o trabajadores) para orientar o asesorartécnicamente sobre el mejor cumplimiento de las normas sociolaborales vigentes.

• Actuación de Inspectivas:

• Son diligencias DE OFICIO para comprobar si se cumplen las disposiciones vigentes en materiasociolaboral y poder adoptar las medidas inspectivas que en su caso procedan, para garantizar elcumplimiento de las normas sociolaborales.

• Al finalizar las actuaciones inspectivas:

• En caso de no advertirse infracciones o de haberse subsanado las mismas se emite el INFORMEcorrespondiente y se archiva.

• En caso de advertirse infracciones insubsanables no subsanadas se emite el ACTA DE INFRACCIÓN, enmérito a la cual se dará inicio de oficio al procedimiento sancionador.

Actuaciones del Sistema de Inspección del Trabajo

• 1. Verificación de cierre de centro de trabajo.

• 2. Verificación de despido arbitrario.

• 3. Verificación de la disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores.

• 4. Observación del trabajador a la liquidación de la compensación por tiempo de servicios, efectuada por el empleador.

• 5. Otorgamiento de la constancia de cese.

Procedimientos de actuaciones inspectivas

• 1. Legalidad

• 2. Primacía de la realidad

• 3. Imparcialidad y objetividad

• 4. Equidad

• 5. Autonomía técnica y funcional

• 6. Jerarquía

• 7. Eficacia

• 8. Unidad de función y de actuación

• 9. Confidencialidad

• 10. Lealtad a la Constitución

• 11. Probidad

• 12.Sigilo profesional

• 13 Honestidad

• 14. Celeridad

Principios del Sistema de Inspección del Trabajo

• 1. Personas naturales o jurídicas.

• 2. Públicas o privadas.

• 3. Incluyendo a empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado.

• Siempre que estén sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada.

• La inspección del trabajo no es competente para inspeccionar el cumplimiento de derechos y obligaciones del:

• - Régimen Laboral del Sector Público.

• - Contrato Administrativo de Servicios – CAS (excepto de obreros municipales).

Ámbito de actuación de la Inspección del Trabajo

• 1. Entrar libremente a cualquier hora del día o de la noche, y sin aviso previo, en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a permanecer en el mismo (salvo domicilio particular: consentimiento o autorización judicial).

• 2. Hacerse acompañar en las visitas de inspección por los trabajadores, sus representantes, por los peritos y técnicos a aquellos designados oficialmente, que estime necesario para el mejor desarrollo de la función inspectiva.

• 3. Procede practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que considere necesario para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente, y en particular, para:

• - Requerir información.

• - Exigir la presencia del empleador o sus representantes, del trabajador y cualquier sujeto incluido.

• - Examinar en el centro de trabajo documentación y libros de la empresa.

• Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales.

• 4. Recabar y obtener información.

• 5. Adoptar las siguientes medidas, finalizadas las diligencias inspectivas

• - Aconsejar, recomendar, advertir.

• - Requerir.

• Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos.

Facultades del personal inspectivo

Procedimiento de actuaciones inspectivas

• Origen : Orden de Inspección• a) Por orden de los órganos de la administración

pública.

• b) A solicitud de los órganos de la administración pública.

• b) Por denuncia.

• c) Por decisión interna del SIT.

• d) Iniciativa de los inspectores.

• e) A petición en las actuaciones de orientación.

• Responsable: Inspector / Auxiliar / Supervisor

• Culmina: Informe o Acta de infracción

Actuaciones Inspectivas

Denuncia, solicitud,

etc.

Orden de inspección:

• Concreta

• Genérica

Asignación a Inspector

(es)

Actuaciones inspectivas:

Visita

Comparecencia

Comprobación datos

Medidas inspectivas:

Requerimiento

Informe de Inspección

o Acta de

Infracción

De 1 a 10 días hábiles

Inicio: máximo 10 días hábiles

De 10 a 30, 60 o más días hábiles

En SST plazo máximo 30 días

Actuaciones Inspectivas

• A) Los hechos constatados que motivaron el acta.

• B) La calificación de la infracción que se impute, con la expresión de la norma vulnerada.

• C) Graduación de la infracción, la propuesta de sanción y su cuantificación.

• D) En los supuestos de existencia de responsable solidario, se hará constar tal circunstancia, lafundamentación jurídica de dicha responsabilidad y los mismos datos exigidos para elresponsable principal.

Los hechos constatados por los servidores de la inspección del trabajo que se formalicen en lasactas de inspección observando los requisitos establecidos, merecen fe, sin perjuicio de laspruebas que puedan aportar los sujetos responsables, en defensa de sus respectivos derechos eintereses.

Actas de Infracción

Subsanación de las infracciones advertidas

D.S. N° 019-2006-TR D.S. N° 012-2013-TR

REQUERIMIENTOINFRACCIONES SUBSANABLES

REQUERIMIENTOINFRACCIONES SUBSANABLES

CON SUBSANACIÓNSIN

SUBSANACIÓNCON SUBSANACIÓN

SINSUBSANACIÓN

INFORME -ARCHIVO

ACTA DE INFRACCIÓN

ACTA DE INFRACCIÓN

MULTA AL 10%

ACTADE INFRACCIÓN MULTA

AL 100%

Subsanación de las infracciones

La Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30222 (11.07.2014):En caso de subsanación se dará por concluido elprocedimiento (durante el plazo de tres años – del12.07.2014 – 12.07.2017).

Nueva escala de multas y topes máximos

TIPO DE INFRACCIONES

ANTERIOR ESCALA DE MULTAS

NUEVA ESCALA DE MULTAS

LEVES5 UIT

S/. 19,000.0050 UIT

S/. 190,000.00

GRAVES10 UIT

S/. 38,000.00100 UIT

S/. 380,000.00

MUY GRAVES20 UIT

S/. 76,000.00200 UIT

S/. 760,000.00

TOTAL DEINFRACCIONES

30 UITS/. 114,000.00

300 UITS/. 1’140,000.00

CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LA MULTA

• Leve

• Grave

• Muy Grave

GRAVEDAD DE LA FALTA

• Por cada infracción.

• Excepto en los casos en que se dispone un criterio de graduación especial.

NÚMERO DE TRABAJADORES

AFECTADOS

Base legal:

1. Último párrafo del artículo 40° de la Ley N° 28806.

2. Artículo 50° del Decreto Supremo N° 019-2006-TR.

Características:

1. Comisión de una infracción del mismo tipo y calificación a la ya sancionada previamente.

2. Debe existir una resolución de multa firme.

3. No se establece un periodo de tiempo que limite su aplicación.

4. Conlleva el incremento de hasta el 100% de la multa a imponer, sin que pueda excederse los

topes máximos.

Consecuencia jurídica:

El incremento de la multa en hasta el 100% para la infracción del mismo tipo y calificación ya

sancionada previamente.

Ámbito de aplicación:

A todos los procedimientos de inspección iniciados a partir de la entrada en vigencia de la Ley N°

28806.

Reiteración

CRITERIO ESPECIAL DE GRADUACIÓN DE LA MULTA

EN FUNCIÓN A LA TABLA NO PYME

La graduación de la multa por las infracciones tipificadas en losnumerales 48.1-B y 48.1-C del Reglamento se realiza en funcióna la TABLA NO MYPE incrementada en un 50% adicional.

En el caso de las Micro y Pequeñas Empresas registradas antesde la generación de la orden de inspección, se aplica la 50% delreducción al resultado obtenido.

BENEFICIOS PARA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

La Micro y Pequeña debe estar inscrita en el REMYPE: ANTES DE LA GENERACIÓN de la ORDEN DE INSPECCIÓN

Limite máximode multa

1% de Ingresos netos anuales del ejercicio anterior por procedimiento sancionador

¿Como se acredita o sustenta?

En la etapa de actuaciones inspectivasDescargos en procedimiento sancionador

¿En que casos no se aplica?

Por infracciones señaladas en 48.1-B, 48.1-C, 48.1-D

BENEFICIOS PARA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

En ningún caso las multas pueden ser menores a:

MICROEMPRESA

PEQUEÑAEMPRESA

MUY GRAVE - Por 1 trabajador (1,900)

GRAVE - Por 1 trabajador (950)

LEVE -Por 1 trabajador (380)

MUY GRAVE - De 1 a 5 trabajadores (6,460)

GRAVE - De 1 a 5 trabajadores (3,800)

LEVE - De 1 a 5 trabajadores (760)

AL (30%) DE LA MULTA originalmente propuesta o impuesta al acreditar la

subsanación de la infracción, desde la notificación del acta de infracción y

HASTA ANTES DEL PLAZO DE VENCIMIENTO PARA INTERPONER EL

RECURSO DE APELACIÓN.

AL (50%) DE LA MULTA

originalmente impuesta cuando, resuelto el recurso de apelación, se acredita la subsanación de infracción detectada

DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente

de la notificación.

NO PROCEDE la reducción de multas

sobre las infracciones insubsanables

REDUCCIÓN DE MULTAS

MUCHAS GRACIAS