III. Otras Resoluciones - Gobierno de Canarias · Consejería de Empleo, Industria y Comercio 1123...

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III. Otras Resoluciones Consejería de Empleo, Industria y Comercio 1123 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación profe- sional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2011. La presente convocatoria tiene por objeto conce- der subvenciones a entidades e instituciones sin áni- mo de lucro para la realización de acciones de orien- tación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autó- noma de Canarias. El artículo 3 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, ha atribuido a este Or- ganismo Autónomo las competencias de gestión de las políticas activas de empleo asumidas por la Co- munidad Autónoma de Canarias. Como instrumento idóneo para el desarrollo de las políticas de formación y empleo figuran los servicios de intermediación, colocación y orientación, como medio para mejorar la posición de los demandantes de empleo en el mercado de trabajo. Tales servicios son prestados por el Servicio Canario de Empleo tanto con medios propios, a través de su red de Ofi- cinas de Empleo, como a través de la implicación de entidades colaboradoras que, por afinidad o coinci- dencia de intereses, conocen y actúan cerca de los de- mandantes de empleo, a los que se subvenciona la rea- lización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, constitu- yendo un objetivo estratégico del Servicio Canario de Empleo la reestructuración del sistema de orien- tación, a fin de integrar esos servicios bajo la coor- dinación del Servicio con el objetivo de diseñar el iti- nerario laboral individual de cada desempleado o empleado con necesidad de mejora de empleo, rea- lizando un diagnóstico lo más preciso posible de las necesidades individuales de los demandantes de em- pleo y un estrecho seguimiento a lo largo del perío- do en que están inscritos en sus servicios. Las bases reguladoras para la concesión de sub- venciones para la realización de acciones de orien- tación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, cuya gestión fue transferida a la Ad- ministración de la Comunidad Autónoma de Cana- rias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOE de 17 de febrero), modificado por el Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (BOE de 25 de junio), han sido establecidas en la Orden del Ministerio de Tra- bajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998 (BOE de 23 de enero), modificada por la de 4 de fe- brero de 2000 (BOE de 11 de febrero). Asimismo a esta convocatoria le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 10 de noviembre), el Decreto 887/2006, por el que se aprueba del Reglamento de la Ley 38/2003, antes citada (BOE de 25 de julio). Por otra parte, la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, ha adecuado al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la mencionada normativa y estable- ce en su artículo 4 que el procedimiento de conce- sión de las subvenciones recogidas en el artículo 2 de dicha Orden, en el que se incluye en su letra b) el mencionado Programa de Orientación Profesional para el Empleo, se tramitarán en régimen de concu- rrencia competitiva, en los términos establecidos en el Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; mientras que su Disposi- ción adicional segunda establece que “las Comuni- dades Autónomas que hayan asumido el traspaso de la gestión realizada por el Servicio Público de Em- pleo Estatal en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación adecuarán lo establecido en esta Orden a las peculiaridades derivadas de su propia organiza- ción y la normativa aplicable en su ámbito territorial”. De conformidad con lo establecido en el Acuer- do de Gobierno de 6 de octubre de 2009, en desarro- llo de las medidas de choque para la simplificación y reducción de cargas en la tramitación administra- tiva y mejora de la regulación, aprobadas por Reso- lución de 26 de septiembre de 2008 (BOC de 30.9.08), el presente programa de subvenciones se encuentra sometido al sistema de control basado en la modali- dad de control financiero permanente. Por todo ello, y en ejercicio de las competencias que atribuye a la Presidencia del Servicio Canario de Empleo el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), procede dictar resolución de convoca- toria de subvenciones en el ámbito exclusivo de ges- tión del Servicio Canario de Empleo, con entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. En su virtud, R E S U E L V O: Primero.- Objeto y regulación. 1. La presente Resolución tiene por objeto apro- bar la convocatoria para el ejercicio 2011, de subven- ciones a entidades e instituciones sin ánimo de lucro para realizar, en colaboración con el Servicio Cana- rio de Empleo, acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4629 Viernes 4 de marzo de 2011

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III. Otras Resoluciones

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1123 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de23 de febrero de 2011, de la Presidenta, porla que se aprueba la convocatoria para laconcesión de subvenciones destinadas a larealización de acciones de orientación profe-sional para el empleo y asistencia para elautoempleo, a entidades colaboradoras sinánimo de lucro, en el ejercicio 2011.

La presente convocatoria tiene por objeto conce-der subvenciones a entidades e instituciones sin áni-mo de lucro para la realización de acciones de orien-tación profesional para el empleo y asistencia parael autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autó-noma de Canarias.

El artículo 3 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, delServicio Canario de Empleo, ha atribuido a este Or-ganismo Autónomo las competencias de gestión delas políticas activas de empleo asumidas por la Co-munidad Autónoma de Canarias.

Como instrumento idóneo para el desarrollo de laspolíticas de formación y empleo figuran los serviciosde intermediación, colocación y orientación, comomedio para mejorar la posición de los demandantesde empleo en el mercado de trabajo. Tales serviciosson prestados por el Servicio Canario de Empleotanto con medios propios, a través de su red de Ofi-cinas de Empleo, como a través de la implicación deentidades colaboradoras que, por afinidad o coinci-dencia de intereses, conocen y actúan cerca de los de-mandantes de empleo, a los que se subvenciona la rea-lización de acciones de orientación profesional parael empleo y asistencia para el autoempleo, constitu-yendo un objetivo estratégico del Servicio Canariode Empleo la reestructuración del sistema de orien-tación, a fin de integrar esos servicios bajo la coor-dinación del Servicio con el objetivo de diseñar el iti-nerario laboral individual de cada desempleado oempleado con necesidad de mejora de empleo, rea-lizando un diagnóstico lo más preciso posible de lasnecesidades individuales de los demandantes de em-pleo y un estrecho seguimiento a lo largo del perío-do en que están inscritos en sus servicios.

Las bases reguladoras para la concesión de sub-venciones para la realización de acciones de orien-tación profesional para el empleo y asistencia parael autoempleo, cuya gestión fue transferida a la Ad-ministración de la Comunidad Autónoma de Cana-rias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOEde 17 de febrero), modificado por el Real Decreto939/1999, de 4 de junio (BOE de 25 de junio), hansido establecidas en la Orden del Ministerio de Tra-bajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998

(BOE de 23 de enero), modificada por la de 4 de fe-brero de 2000 (BOE de 11 de febrero). Asimismo aesta convocatoria le es de aplicación la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOEde 10 de noviembre), el Decreto 887/2006, por el quese aprueba del Reglamento de la Ley 38/2003, antescitada (BOE de 25 de julio).

Por otra parte, la Orden TAS/816/2005, de 21 demarzo, ha adecuado al régimen jurídico establecidoen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, la mencionada normativa y estable-ce en su artículo 4 que el procedimiento de conce-sión de las subvenciones recogidas en el artículo 2de dicha Orden, en el que se incluye en su letra b) elmencionado Programa de Orientación Profesionalpara el Empleo, se tramitarán en régimen de concu-rrencia competitiva, en los términos establecidos enel Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones; mientras que su Disposi-ción adicional segunda establece que “las Comuni-dades Autónomas que hayan asumido el traspaso dela gestión realizada por el Servicio Público de Em-pleo Estatal en el ámbito del trabajo, el empleo y laformación adecuarán lo establecido en esta Orden alas peculiaridades derivadas de su propia organiza-ción y la normativa aplicable en su ámbito territorial”.

De conformidad con lo establecido en el Acuer-do de Gobierno de 6 de octubre de 2009, en desarro-llo de las medidas de choque para la simplificacióny reducción de cargas en la tramitación administra-tiva y mejora de la regulación, aprobadas por Reso-lución de 26 de septiembre de 2008 (BOC de 30.9.08),el presente programa de subvenciones se encuentrasometido al sistema de control basado en la modali-dad de control financiero permanente.

Por todo ello, y en ejercicio de las competenciasque atribuye a la Presidencia del Servicio Canario deEmpleo el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 deabril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80,de 28.4.03), procede dictar resolución de convoca-toria de subvenciones en el ámbito exclusivo de ges-tión del Servicio Canario de Empleo, con entidadescolaboradoras sin ánimo de lucro, para la realizaciónde acciones de orientación profesional para el empleoy asistencia para el autoempleo.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Objeto y regulación.

1. La presente Resolución tiene por objeto apro-bar la convocatoria para el ejercicio 2011, de subven-ciones a entidades e instituciones sin ánimo de lucropara realizar, en colaboración con el Servicio Cana-rio de Empleo, acciones de orientación profesionalpara el empleo y asistencia para el autoempleo.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4629 Viernes 4 de marzo de 2011

2. Las subvenciones son otorgadas por el Servi-cio Canario de Empleo, en régimen de concurrenciacompetitiva.

3. La convocatoria se efectúa de acuerdo con lasbases reguladoras contenidas en la Orden del Minis-terio de Trabajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de1998, por la que se establecen las bases reguladoraspara la concesión de subvenciones para la realizaciónde acciones de orientación profesional para el empleoy asistencia para el autoempleo, la Orden de 4 de fe-brero de 2000 (BOE de 23 de enero), la OrdenTAS/816/2005, de 21 de marzo, que adecua al régi-men jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, las normas re-guladoras de subvenciones que se conceden por elServicio Público de Empleo Estatal-INEM, y más enconcreto, las referidas para la realización de accionesde orientación profesional para el empleo y asisten-cia para el autoempleo, y con lo previsto en la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOEde 18 de noviembre) y en el Real Decreto 887/2006,de 21 de julio, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge-neral de Subvenciones (BOE de 25.7.06).

Segundo.- Dotación presupuestaria.

Las subvenciones previstas en la presente convo-catoria se financiarán con cargo al crédito consigna-do en la siguiente aplicación del Estado de Gastos delPresupuesto del Servicio Canario de Empleo para elaño 2011: Aplicación Presupuestaria 50.01.241H.480.00;proyecto 50400005 “Acciones de información, orien-tación, búsqueda de empleo y autoempleo”, por unimporte estimado de un millón trescientos cuarentay un mil trescientos noventa (1.341.390) euros.

El volumen total de las subvenciones a concederdentro del ejercicio presupuestario no superará la ci-tada consignación o la que resulte de su actualización,en el caso de que se aprueben modificaciones presu-puestarias de conformidad con la legislación vigen-te, en cuyo caso, y de conformidad con lo estableci-do en el artículo 58, punto 2, apartado 4º del Real Decreto887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Re-glamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ge-neral de Subvenciones, no será necesaria nuevaconvocatoria.

Tercero.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones ob-jeto de esta convocatoria las Entidades e institucio-nes que, teniendo personalidad jurídica propia y ca-reciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito deactuación dentro de la Comunidad Autónoma de Ca-narias y deseen colaborar con el Servicio Canario deEmpleo en la realización de cualquiera de las accio-nes de orientación profesional para el empleo y asis-tencia al autoempleo en la citada Comunidad.

Cuarto.- Requisitos.

Las entidades beneficiarias han de reunir los re-quisitos consignados con carácter general en la Or-den Ministerial de 20 de enero de 1998, así como losestablecidos en el resto de la normativa de pertinen-te aplicación. El Servicio Canario de Empleo verifi-cará que la Entidad reúne las características exigidaspara resultar beneficiaria de la subvención.

Quinto.- Acciones, cumplimiento y desarrollo.

1. Las acciones objeto de subvención incluyen:

a) Realización de una “Entrevista Inicial”, consis-tente en un diagnóstico individualizado en la que sevalorarán los servicios que requiere la persona en si-tuación de desempleo para mejorar su empleabilidad.

b) Realización de una “Tutoría Individualizada”en la que se realizará el “Itinerario Personalizado deInserción” que recogerá las acciones y servicios a rea-lizar por el desempleado para mejorar su posición decara al empleo y que incluirá alguna de las siguien-tes actuaciones:

b.1) Aquellas que, mediante información, orien-tación, acompañamiento u otros procedimientos, fa-ciliten la mejora de la posición en el mercado de tra-bajo de los demandantes de empleo y la búsqueda deempleo por cuenta ajena.

b.2) Aquellas que, mediante información, motiva-ción u otros procedimientos, faciliten la detección deiniciativas de autoempleo en demandantes de empleo.

b.3) En el caso que en el Itinerario Personalizadode Inserción se contemplen acciones formativas queno puedan ser prestadas por la misma entidad, las per-sonas desempleadas en esta situación tendrán prefe-rencia en el acceso a las acciones formativas reali-zadas por otras entidades colaboradoras del SCE.

2. En el anexo I se contemplan las especificacio-nes técnicas de las acciones que se pueden desarro-llar a lo largo del proyecto.

3. En el anexo II de la presente convocatoria serecoge el período máximo de duración del proyec-to, municipios de actuación y número de orientado-res y personal de apoyo a contratar. En los siguien-tes casos el SCE podrá reasignar, aumentar o disminuirel número de contrataciones:

- Si no se solicitaran uno o más ámbitos de actua-ción, las contrataciones previstas se podrán redistri-buir por los otros ámbitos, bien de esa isla, bien de otra.

- Si las concesiones de subvención (en función delas entidades presentadas y convenio de aplicación)sobrepasaran el global del presupuesto.

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- Si la fecha de inicio del Programa sufriera retraso.

En todos los casos, el SCE comunicará a las en-tidades implicadas la nueva distribución y presu-puesto, debiendo éstas presentar escrito de aceptación.

4. Los orientadores atenderán a demandantes deempleo de estos municipios, pertenecientes, preferen-temente, a los colectivos de jóvenes y mayores de 45años en situación de desempleo de larga duración, y,en todo caso, a los que se contemplan en el artículo3.1 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero,de medidas urgentes para promover la transición alempleo estable y la recualificación profesional de laspersonas desempleadas (BOE nº 37, de 12.2.11) con-siderándose como demandantes atendidos aquellosque inicien las correspondientes acciones, aun cuan-do no las finalicen por causas no imputables a la en-tidad colaboradora. Se considera tiempo de atenciónel correspondiente a las sesiones de una acción, efec-tivamente realizadas, más el de la primera no reali-zada por incomparecencia de los demandantes pre-viamente citados. Se podrá emplear hasta un 25% delas horas dedicadas al proyecto como horas de pre-paración técnica.

Los usuarios del servicio serán derivados median-te cita previa desde las oficinas de empleo de refe-rencia en cada ámbito territorial, debiendo las enti-dades beneficiarias utilizar la aplicación “AgendaSCE” para la correcta gestión de las citas. En casonecesario, podrán realizar sondeos informáticos pa-ra cubrir las horas vacantes no cubiertas a través dela cita previa.

5. La coordinación y dirección de las actuacio-nes se realizará desde las Secciones de Intermedia-ción y Colocación del Servicio Canario de Empleoy las entidades beneficiarias deberán mantener unaestrecha colaboración y cooperación con los Res-ponsables de las Oficinas Comarcales de Empleo,los Técnicos de Empleo y Tutores del Servicio Ca-nario de Empleo.

6. Desde el Servicio Canario de Empleo se podrásolicitar que los Orientadores de las entidades bene-ficiarias de la subvención realicen actuaciones deorientación e información laboral en las OficinasComarcales del Servicio Canario de Empleo.

Sexto.- Gastos subvencionables.

1. El Servicio Canario de Empleo subvencionarálas retribuciones totales, incluida la cotización em-presarial a la Seguridad Social, por todos los concep-tos del personal necesario para la ejecución de las ac-ciones en función de las normas legales y reglamentariasdel Convenio Colectivo aplicable, o de acuerdo conla Normativa de aplicación en las AdministracionesPúblicas para funcionarios. Según lo previsto en elartículo único, uno.1.c) de la Orden de 4 de febrero

de 2000: “... Las cuantías máximas señaladas en losapartados a) y b) se actualizarán cada año natural, deacuerdo con la evolución que experimente el índicede precios al consumo publicado anualmente por elMinisterio de Economía y Hacienda ...”, por lo que,aplicando el incremento de este índice del año 2010,3%, las cuantías máximas a subvencionar por cate-goría serían las siguientes:

- Por cada técnico, las cuantías establecidas en larespectiva normativa de aplicación para cada cate-goría, nivel o grupo profesional, hasta un máximo de34.153,84 euros por año.

- Para el personal de apoyo, las retribuciones es-tablecidas en la respectiva normativa de aplicaciónpara cada categoría, nivel o grupo profesional, has-ta un máximo de 23.907,68 euros por año.

Las retribuciones descritas se refieren a la pres-tación de servicios a jornada completa. Las cuantíasmáximas subvencionables para el proyecto actual, se-gún período de actuación, categoría y tipo de contra-to, se contemplan en el anexo II.

2. Asimismo, se subvencionará un 25% más de lacuantía que resulte de la subvención por retribucio-nes del personal técnico y de apoyo, distribuidos enlos siguientes conceptos:

a) Gastos generales, materiales y técnicos, que segeneren en la ejecución de las acciones:

a.1) Gastos generales:

Arrendamientos (excluido “leasing”): edificios, mo-biliario, enseres y equipos del arrendamiento.

Mantenimiento (si no está incluido en elarrendamiento).

Suministro de energía eléctrica, agua (si no estáincluido en el arrendamiento).

Comunicaciones (teléfono, correos ...).

Gastos gestión de personal (la cantidad a subven-cionar por este concepto no podrá superar el 7% de lacantidad subvencionada en este apartado de gastos ge-nerales, materiales, técnicos, dietas y desplazamientos).

Limpieza.

Seguridad, vigilancia.

Seguros de responsabilidad civil.

Publicidad exigida por esta Resolución.

Contratación coordinador/a del proyecto (según Con-venio Colectivo aplicable, coste de las retribuciones

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percibidas y de la cotización empresarial a la Segu-ridad Social proporcional al tiempo imputable dededicación).

a.2) Gastos materiales: impresos y material deoficina.

a.3) Gastos técnicos:

Guías técnicas (incluidas transparencias).

Documentación para los participantes.

Material psicotécnico.

Gastos de formación del personal técnico rela-cionado con la materia.

b) Gastos que se originen por dietas y desplaza-mientos necesarios para el desarrollo de las acciones,hasta el máximo establecido para ambos conceptosen la Administración General del Estado, o en las nor-mas legales y reglamentarias, en los correspondien-tes Convenios Colectivos de aplicación o contrato detrabajo, en caso de que éstos establezcan cuantíasinferiores.

Séptimo.- Régimen de presentación de solicitudes.

1. Las entidades interesadas en la obtención de sub-venciones de las convocadas por la presente Reso-lución han de presentar la solicitud ajustada al mo-delo que se adjunta como anexo III. Dicho modeloestará a disposición de los interesados en la páginaweb del Servicio Canario de Empleo,

http://www.gobiernodecanarias.org/empleo.

Las entidades solicitantes deberán figurar inscri-tas en el Registro de solicitantes de subvenciones delServicio Canario de Empleo creado por la Orden de21 de julio de 2008 (BOC nº 153, de 31.7.08).

2. A la solicitud se ha de acompañar la siguientedocumentación:

a) Fotocopia de la resolución de inscripción enel Registro de solicitantes de subvenciones delServicio Canario de Empleo o de la solicitud deinscripción.

b) Declaración responsable que otorga el represen-tante de la Entidad, solicitante de subvención públi-ca, en relación a no estar incurso en algunas de lasprohibiciones para obtener la condición de entidadbeneficiaria, efectuada ante funcionario público (ane-xo IV).

c) Proyecto-Memoria de las acciones a realizar, se-gún modelo que está a disposición de los interesa-dos en las Secciones de Intermediación y Colocacióndel Servicio Canario de Empleo (anexo V).

d) Documento Presupuesto máximo a subvencio-nar, adjuntando convenio colectivo de aplicación,tablas salariales, escrito del representante legal so-bre las “tarifas para la cotización por accidentes detrabajo y enfermedades profesionales” del personala contratar (anexo VI).

e) Aquellas entidades que estén exentas del pagodel I.G.I.C., tendrán que aportar “Declaración respon-sable de exención del I.G.I.C.” efectuada ante fun-cionario público (anexo VII).

3. Respecto de la acreditación del cumplimientode las obligaciones tributarias y con la SeguridadSocial, la presentación de la solicitud a que se refie-re el presente dispositivo conllevará la autorizaciónde la entidad al Servicio Canario de Empleo para re-querir directamente esa información respecto de laAgencia Estatal de Administración Tributaria, de laAdministración Tributaria Canaria y de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social.

4. El plazo de presentación de solicitudes será deun mes, que comenzará a computarse a partir del díasiguiente al de la publicación de la presente convo-catoria en el Boletín Oficial de Canarias.

5. Las solicitudes, junto con el resto de la docu-mentación preceptiva, se presentarán en cualquierade las sedes del Servicio Canario de Empleo, sitas enla Avenida Príncipes de España, s/n, Edificio de Se-guridad e Higiene, 38010-Santa Cruz de Tenerife oen la calle Crucita Arbelo Cruz, s/n, 35014-Las Pal-mas de Gran Canaria. También podrán presentarseen los registros de cualquier órgano de la Adminis-tración Pública de la Comunidad Autónoma de Ca-narias, de la Administración del Estado o de los Ca-bildos Insulares de Canarias, o en los demás registrosy oficinas que señala el artículo 3.1 del Decreto164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan losprocedimientos administrativos de la ComunidadAutónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de ene-ro (BOE nº 285, de 27.11.92, y BOE nº 12, de14.1.99).

Octavo.- Instrucción.

El órgano competente para la instrucción del pro-cedimiento será la Subdirección de Empleo del Ser-vicio Canario de Empleo, la cual recibida la solici-tud, examinará si reúne los requisitos exigidos y sise acompaña a la misma la preceptiva documentación,requiriéndose en caso contrario al interesado para que,en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a par-tir del siguiente al de la notificación, que no será sus-ceptible de prórroga, subsane, y/o complete los do-cumentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndosede que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido

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de su petición, previa resolución que deberá ser dic-tada en los términos previstos en el artículo 42, deconformidad con lo establecido en el artículo 71.1 am-bos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

Con anterioridad a la propuesta de Resolución deconcesión, el órgano instructor incorporará de oficioa cada expediente copia del alta de la entidad en elSistema de Gestión Económico-Financiero de la Co-munidad Autónoma de Canarias (SEFCAN), anterior-mente Programa Informático y Contable de la Comu-nidad Autónoma de Canarias (PICCAC), y loscertificados acreditativos del cumplimiento por lamisma de sus obligaciones tributarias y con la Segu-ridad Social.

La notificación de los mencionados requerimien-tos se realizará, conforme a lo dispuesto en el artícu-lo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, porcualquier medio que permita tener constancia de larecepción por el interesado o su representante, así co-mo de la fecha, la identidad y el contenido del actonotificado.

Noveno.- Valoración de los proyectos.

1. Una vez instruido el procedimiento y forma-dos los respectivos expedientes, por la Subdirec-ción de Empleo del Servicio Canario de Empleose dará traslado de los mismos a la Comisión deEvaluación, que ajustará su funcionamiento a lo pre-visto en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre ya citada, y que estará inte-grada por el Subdirector de Empleo del ServicioCanario de Empleo, o persona en quien delegue,quien la presidirá, y dos técnicos de la Subdirec-ción de Empleo designados al efecto por el Direc-tor del Servicio Canario de Empleo, actuando co-mo Secretario un funcionario de la Subdirecciónde Empleo designado también por el Director delServicio Canario de Empleo.

2. La Comisión de Evaluación valorará las soli-citudes presentadas teniendo en cuenta, de acuerdocon los criterios objetivos de otorgamiento de lassubvenciones previstos en el artículo 5.b) de la Or-den TAS/816/2005, de 21 de marzo, los siguientescriterios objetivos:

2.1. Coordinación e integración de las acciones deorientación profesional para el empleo y autoem-pleo con otras de cualificación profesional, forma-ción ocupacional, Escuelas Taller y Casas de Oficios,Talleres de Empleo, fomento de la contratación o deiniciativas de actividad u otras que faciliten al deman-dante seguir un itinerario personal de inserción labo-ral (hasta 20 puntos).

Para ello se tendrá en cuenta la implementaciónde sistemas de coordinación y comunicación entre laentidad solicitante, las oficinas de empleo y demásentidades colaboradoras participantes en la gestiónde las políticas activas de empleo.

Además, la Entidad solicitante deberá comprome-terse a la atención de beneficiarios de otros progra-mas a propuesta del Servicio Canario de Empleo (jó-venes de difícil inserción que han sido participantesde programas de formación ocupacional, personas per-tenecientes a otros colectivos de difícil inserción yque han sido beneficiarias de algún programa de for-mación o inserción ocupacional, etc.).

2.2. Cobertura territorial de las necesidades, es-pecialmente en aquellas zonas donde los medios pro-pios del Servicio Canario de Empleo resultan insu-ficientes para atender las necesidades de actuación(hasta 10 puntos).

2.3. Experiencia de la institución o entidad en eldesarrollo de las acciones solicitadas (valorándose enpositivo la buena ejecución y en negativo la deficien-te; entendiéndose la buena ejecución tanto el cum-plimiento de objetivos como entrega de documenta-ción en plazo según requerimiento (desde -10 puntoshasta +10 puntos) o en el desarrollo de acciones re-lacionadas con orientación (en este caso, deberánaportar documentación que acredite las acciones rea-lizadas y período de realización, desde 0 a 4 puntos).

2.4. Recursos técnicos, humanos y materiales quesuperen los mínimos exigidos en las especificacio-nes técnicas aprobadas por el Servicio Canario de Em-pleo para la presente convocatoria (hasta 20 puntos,distribuyéndose éstos: recursos humanos hasta 2 p;recursos técnicos hasta 3 p; locales hasta 12 p; recur-sos materiales: hasta 3 p).

2.5. Procedimientos de gestión y seguimiento delas acciones que aseguren un flujo adecuado de par-ticipantes, garanticen la puntualidad y exactitud dela información y que no impliquen un aumento de car-gas de trabajo para el Servicio Canario de Empleo(hasta 12 puntos).

2.6. Reducción en el coste por eficiencia o con-currencia de otras subvenciones (hasta 4 puntos).

2.7. Sistemas de evaluación de los servicios a losdemandantes de empleo, que pongan de manifiestola calidad de los mismos (hasta 5 puntos).

3. La Entidad solicitante obtendrá puntuaciónindividualizada por cada municipio de actuaciónsolicitado, siendo motivo de denegación el nocontar con locales suficientes para el desarrollode las acciones. Se valorará en positivo el que laEntidad cuente con locales en el/los municipio/ssolicitado/s.

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En aquellas actuaciones donde los orientadores aten-derán a demandantes de dos municipios (Arucas/Fir-gas; San Bartolomé/Tías; Puerto del Rosario/La Oli-va; Pájara/Tuineje; Los Realejos/La Orotava); Los Llanosde Aridane/El Paso/Tazacorte) se valorará en positi-vo, que, al mínimo, cuente con local en el primer mu-nicipio transcrito (Arucas, San Bartolomé, Puertodel Rosario, Pájara, Los Realejos y Los Llanos de Ari-dane), obteniendo más puntuación si cuenta con lo-cal en todos.

En caso de empate en la puntuación, se dará prio-ridad a las entidades que obtengan mayor puntuaciónen el criterio “1”, de producirse un nuevo empate, seseguirá el mismo procedimiento con los demás cri-terios descendentes hasta el criterio “7”.

4. Con los resultados de la baremación obtenidaen los diferentes municipios solicitados se conforma-rá la lista de entidades a las que se les concederá lasubvención. Se adjudicará a la entidad que mayor pun-tuación obtenga en cada uno de los municipiossolicitados.

Serán desestimados los proyectos que no alcan-cen una valoración igual o mayor a 20 puntos.

Con el resto de las solicitudes que no obtengan sub-vención por no haber obtenido la mayor puntuaciónen el ámbito/s solicitado/s se conformará una lista dereserva por cada municipio solicitado.

Décimo.- Actualización de historiales de demandantes.

Las Entidades Colaboradoras vienen obligadasa actualizar los historiales de los demandantes aten-didos, incorporando los resultados de los serviciosprestados, utilizando, a tal fin, el personal cuyacontratación se subvenciona. Se podrá contratar alpersonal de apoyo por un período no superior a unmes del tiempo previsto para la realización de lasacciones.

Decimoprimero.- Resolución.

1. La Subdirección de Empleo del Servicio Cana-rio de Empleo, a la vista del expediente y del infor-me del órgano colegiado de valoración, formulará laoportuna Propuesta de Resolución que será elevadaa la Dirección del Servicio Canario de Empleo, queadoptará una única resolución con la relación de so-licitantes a los que se concede la subvención y, en sucaso, la relación de solicitudes que no han podido seratendidas por falta de crédito presupuestario, así co-mo las denegadas, motivando su causa.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos25.4 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, el plazo para dictar y no-tificar la correspondiente Resolución de concesión se-rá de cuatro meses; superada dicha fecha sin haber-

se notificado resolución expresa, podrán entendersedesestimadas por silencio administrativo las solici-tudes presentadas. Ello no obstante, atendiendo a laacumulación de tareas en el Servicio Canario de Em-pleo, el Director del mismo podrá ampliar el plazopara resolver, a solicitud del Subdirector de Empleo.

La notificación de las resoluciones de concesiónse realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

2. Contra la citada Resolución, que no pondrá fina la vía administrativa de conformidad con el artícu-lo 18.4 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servi-cio Canario de Empleo, se podrá interponer recursode alzada ante el Consejero de Empleo, Industria yComercio, en el plazo de un mes a partir del día si-guiente al de su notificación, en los términos reco-gidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Decimosegundo.- Pago anticipado de la subvención.

Previa certificación del inicio de las acciones, po-drá adelantarse a las entidades beneficiarias, en con-cepto de anticipo, hasta el 100 por 100 del total dela subvención aprobada, previa la acreditación feha-ciente de estar al corriente de sus obligaciones tribu-tarias y con la Seguridad Social.

En cuanto al régimen de garantías para el abo-no anticipado, resultará de aplicación lo estableci-do en el artículo 42 del Decreto 887/2006, por elque se aprueba del Reglamento de la Ley 38/2003,antes citada (BOE de 25 de julio), en concordan-cia con el artículo 19.j) y k) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones (BOEde 10 de noviembre).

Junto a la documentación de inicio, las entidadesdeberán presentar escrito indicando la ubicación delcartel, paneles o placas según lo establecido en el re-suelvo decimocuarto, relativo a la información y pu-blicidad, y fotos de los mismos según proceda.

Decimotercero.- Régimen de ejecución, justifi-cación, reintegro.

Respecto del régimen de ejecución, justificacióny reintegro de las subvenciones concedidas, se esta-rá a lo dispuesto en la normativa de general y perti-nente aplicación de acuerdo con lo expuesto en el dis-pongo primero, punto 2, de la presente convocatoriay en la demás normativa que resulte de preceptiva apli-cación, así como de aquellos requerimientos que seprevean en la Resolución administrativa de conce-sión que se dicte.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4634 Viernes 4 de marzo de 2011

Darán lugar a la obligación de reintegrar, total o par-cialmente, las cantidades percibidas, así como la exigen-cia del interés de demora desde la fecha del pago de lasubvención hasta que se acuerde la procedencia del rein-tegro de la misma, los casos contemplados en el artículo37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, y de conformidad con lo establecido en losartículos 91, 92 y 93 del Reglamento de la citada Ley, apro-bado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Lo dispuesto en los párrafos precedentes será de apli-cación sin perjuicio de la posible calificación de loshechos como infracción administrativa e incoacióndel correspondiente procedimiento sancionador, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 52 y si-guientes de la citada Ley General de Subvenciones yel Título IV del Reglamento de la misma.

Decimocuarto.- Información y publicidad.

Las Entidades beneficiarias están obligadas a darinformación y publicidad del Programa mediantecarteles, paneles, vallas o placas que, en lugar visi-ble, identifiquen la financiación del Servicio Cana-rio de Empleo. En la página web del Servicio Cana-rio de Empleo

http://www.gobiernodecanarias.org/empleose encuen-tra ficha del cartel anunciador a utilizar (anexo VIII).

Decimoquinto.- Coordinación de las Acciones deOrientación Profesional para el Empleo y Asistenciapara el Autoempleo.

A fin de lograr la eficiencia en el empleo de losrecursos públicos, el Servicio Canario de Empleopodrá dictar las instrucciones necesarias para coor-dinar las actuaciones de Orientación Profesional pa-ra el Empleo y Asistencia para el Autoempleo. Asi-mismo, mantendrá reuniones periódicas con elpersonal encargado de la realización de tales accio-nes, siendo obligatoria para éstos la asistencia a lasmismas.

Disposición Final Primera.- Habilitación normativa.

Se faculta al Director del Servicio Canario de Em-pleo para adoptar las medidas que considere oportu-nas para la aplicación y ejecución de lo dispuesto enesta Resolución.

Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Boletín Oficial deCanarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2011.-La Presidenta, María del Mar Julios Reyes.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4635 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO I: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

A) Proceso de Orientación Profesional para el Empleo

Descripción general de las acciones:

1. Entrevista Inicial (EI): Es el proceso individualizado de diagnóstico y evaluación de las características personales del demandante

2-A. Itinerario Personalizado de Inserción (IPI): Es el proceso individualizado de orientación profesional, donde técnico y usuario acuerdan los pasos a seguir para conseguir un óptimo desarrollo del itinerario de inserción profesional. Su objetivo es facilitar el desarrollo de los recursos y competencias del usuario que le permitan identificar opciones, elegir entre las mismas, tomar decisiones para planificar actuaciones y evaluar sus resultados de forma autónoma. Los contenidos de las acciones se diseñarán en función del perfil profesional y requerimientos del demandante de empleo y consistirán en los servicios de información profesional para el empleo, plan personal de empleo y formación, búsqueda activa de empleo y desarrollo de los aspectos personales para la ocupación.

2-B. Itinerario Personalizado de Inserción-Renta Activa de Inserción (IPI-RAI): Se estará a lo dispuesto en la Normativa de regulación del Programa de Renta Activa de Inserción.

3. Desarrollo de los Aspectos Personales para la Ocupación (DAPO).- Acción colectiva, encaminada a incidir sobre los aspectos personales que facilitan la puesta en marcha y mantenimiento de actividades en un proceso de inserción profesional. Su objetivo es desarrollar y adquirir habilidades y recursos que permitan al demandante de empleo superar barreras personales y asumir responsabilidades en el desarrollo y ajuste de su proyecto personal de inserción laboral. Los contenidos se desarrollarán en tres fases: Cohesión y activación grupal. Contraste y retroinformación. Apoyo a la autonomía.

4. Grupo de Búsqueda de Empleo (BAE-G): Acción colectiva encaminada a que el usuario adquiera y/o desarrolle técnicas y habilidades que le faciliten la búsqueda activa de empleo. Su objetivo es que el demandante de empleo conozca los instrumentos y adquiera las habilidades necesarias que le posibiliten realizar una búsqueda de empleo de forma activa, organizada y planificada. Los contenidos de la acción se desarrollan mediante los siguientes módulos: Sitúate. Dónde y cómo encontrar trabajo. El circuito de selección. Información laboral y autoempleo.

5. Taller de Entrevista (TE): Acción colectiva dirigida a incrementar los conocimientos teórico-prácticos básicos y los recursos personales de los demandantes de empleo para que afronten la entrevista de trabajo con más posibilidades de éxito. Su objetivo es ejercitar de forma práctica, mediante entrenamiento en grupo las habilidades y conductas necesarias en una entrevista de selección para un puesto de trabajo. Los contenidos versarán sobre: Definición y fases de la entrevista. Modelo del proceso de aprendizaje de la entrevista. Tipos y objetivos de la entrevista. Preguntas en la entrevista. Preparación de la entrevista, conductas y habilidades básicas. Estilos de afrontar la entrevista

6. Información Profesional para el Empleo-SCE (IPE-SCE): Acción colectiva encaminada a informar y motivar a los usuarios hacia la Búsqueda de Empleo.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4636 Viernes 4 de marzo de 2011

Su objetivo es que el demandante conozca los servicios que proporciona el Servicio Canario de Empleo (SCE) para facilitar su acceso al mercado laboral.

El contenido de esta acción versará, entre otros temas, sobre: nueva estructura organizativa del SCE. Servicios que se derivan de la misma. Información del servicio BAE, Búsqueda Activa de Empleo.

7. Los orientadores podrán derivar a acciones formativas teniendo los usuarios derivados preferencia en las mismas.

B) Tablas resumen de las especificaciones técnicas

Acción Métodos/instrumentos

Requisitos personal técnico

Instalaciones material

Tiempo de atención al

usuario

Entrevista Inicial (EI)

Licenciados, preferentemente, en Psicología, Pedagogía o similar, con formación y/o experiencia en: Realización de entrevista personal, orientación profesional y utilización de técnicas de motivación y comunicación. Otras Licenciaturas y/o Diplomaturas con formación y experiencia en realización de entrevista personal, orientación profesional y utilización de técnicas de motivación y comunicación.

Despacho (recomendable de 10m2). Documentación del usuario: Material de las Guías Técnicas de las Acciones IPE, PPEF, BAE y DAPO.

Sesiones: de 1 a 2 horas

Duración máxima 2 horas

Itinerario personalizado de Inserción (IPI)

Acción individual. Guía técnica de Tutoría Individualizada y Guías Técnicas de las Acciones: TI, BAE y DAPO (INEM)

Documentación SCE

Sesiones: de 1 a 2 horas

Duración máxima 12 horas

Itinerario Personalizado de Inserción-Renta Activa de Inserción (IPI-RAI)

Se estará a lo dispuesto en la Normativa que regule el Programa de Renta Activa de Inserción

Desarrollo de Aspectos Personales Para la Ocupación (DAPO).

Acción Grupal (recomendable 8-12 usuarios). 1ªfase: 2 sesiones.2ªfase: 2 ó 3 sesiones. 3ªfase: 1 sesión. Guía técnica DAPO (INEM)

Documentación SCE

Licenciados en Psicología y/o Pedagogía, preferentemente con experiencia en: Técnicas de entrevistas de dirección y animación de reuniones, técnicas de motivación y comunicación.

Sala (recomendable de 42m2). Documentación del usuario DAPO.

1ªfase: max. 6 horas (2 ó 3h/sesión). 2ªfase: max. 9 horas (2 ó 3h/sesión). 3ªfase: max. 3 horas (2 ó 3 h/sesión)

At. usuario: 10 a 18 horas.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4637 Viernes 4 de marzo de 2011

Grupo de Búsqueda de Empleo (BAE-G).

Acción Grupal (recomendable 8-12 usuarios). Guía Técnica BAE-Grupo de Búsqueda (INEM)

Documentación SCE

Licenciados o Diplomados universitarios, con experiencia en orientación profesional, comunicación y trabajo con grupos.

Sala (recomendable de 42m2). Documentación del Usuario BAE-Grupo de Búsqueda.

De 12 a 24 horas ( 4 a 6 sesiones de 3 a 4 h de duración cada una).

Búsqueda Activa de Empleo- Taller de Entrevistas (BAE-TE)

Acción Grupal (recomendable 10-15 usuarios). Guía Técnica BAE-Taller de Entrevista (INEM)

Documentación SCE

Técnico Superior: Preferentemente licenciados en Psicología, Pedagogía o en Sociología. Técnico Medio: Diplomados en Trabajo Social, Magisterio, Educador Social, o cualquier otra titulación con las habilidades y conocimientos requeridos.

Sala (recomendable de 45m2). Documentación del Usuario BAE_Taller de Entrevista.

De 12 a 24 horas (4 a 8 sesiones de 3 h. de duración cada una).

Información Profesional para el Empleo-SCE (IPE-SCE)

Acción Grupal (recomendable 15-20 usuarios).

Documentación SCE

Licenciados o Diplomados universitarios, con experiencia en orientación profesional, comunicación y trabajo con grupos.

Sala (recomendable de 45m2 para acciones grupales).

1 sesión de 1 a 4 horas.

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4638 Viernes 4 de marzo de 2011

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4639 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO III: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA PARA EL AUTOEMPLEO

D/Doña

cargo o función:

como Representante legal de la entidad o institución

CIF/NIF: Calle/plaza:

número:

Localidad: Código postal:

Provincia: Teléfono:

DATOS DE NOTIFICACIÓN/COMUNICACIÓN

Calle/plaza número:

Localidad: Código postal: Provincia:

Teléfono: Fax:

Correo Electrónico:

De conformidad con lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de

20 de enero de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones

para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el

autoempleo, la Orden de 4 de febrero de 2000, por la que se modifican determinados artículos de

aquella, la Orden TAS/816/2005 de 21 de marzo que adecuan, al régimen jurídico establecido en la Ley

38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que

se conceden por el Servicio Público de Empleo Estatal-INEM, y en la Resolución del Presidente del

Servicio Canario de Empleo de convocatoria para la concesión de subvenciones para las mismas.

SOLICITA: La concesión de subvención para contratar al personal necesario para la atención de

usuarios en acciones de orientación profesional para el empleo de los municipios especificados, según

figura en el proyecto memoria, durante el ejercicio correspondiente al año 2011

1.- DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que reúne los siguientes requisitos:

! Que no se halla incurso en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartado 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

! Que no ha recibido ayudas y subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente Público (en caso contrario, se hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas)

2.- AUTORIZACIÓN DEL SOLICITANTE:

Respecto a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el art. 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con la presentación de la presente solicitud AUTORIZO expresamente al Servicio

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4640 Viernes 4 de marzo de 2011

Canario de Empleo para requerir directamente esa información respecto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Administración Tributaria Canaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social.

En caso contrario, márquese con una X la siguiente casilla !

3.- DATOS BANCARIOS Los datos bancarios para percibir la subvención, en caso de ser aprobada la solicitud, son los siguientes (debe coincidir con los datos existentes en el sistema contable de la Cdad. Autónoma de Canarias, SEFCAN):

Titular de la cuenta: Nombre de la entidad bancaria: Nº de cuenta: Nº de sucursal: DC: Entidad: Calle/plaza: Número: Municipio: Provincia: Código postal:

4.- DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A ESTA SOLICITUD

! Resolución o solicitud de inscripción en el Registro de solicitantes de subvenciones del SCE ! Declaración responsable que otorga el representante de la Entidad en relación a no estar incurso

en algunas de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria, ante funcionario público

! Proyecto-memoria de las acciones a realizar, junto con convenio colectivo a aplicar, tablas salariales, escrito del representante legal sobre las �tarifas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales� del personal a contratar� (administrativos y orientadores)

! Presupuesto máximo a subvencionar ! Para aquellas entidades que estén exentas del pago del IGIC, �Declaración responsable de

exención del IGIC� efectuada ante funcionario público

En , a de de

FIRMA SOLICITANTE Y SELLO ENTIDAD

PROTECCIÓN DE DATOS: Los datos consignados en el presente modelo tendrán la protección derivada de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (BOE de 14 de diciembre)

SRA. PRESIDENTA DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4641 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE QUE OTORGA EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE DE SUBVENCIÓN PÚBLICA, EN RELACIÓN A NO ESTAR INCURSO EN ALGUNA DE LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE LA MISMA.

El artículo 13.7 de la vigente Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la

posibilidad de que la acreditación de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la

condición de beneficiario de una subvención pública, contenidas en los apartados 2 y 3 del mismo

artículo, pueda efectuarse por medio del otorgamiento de una declaración responsable, efectuada ante

una autoridad administrativa o notario público.

Por todo ello, y con motivo de la solicitud de subvención presentada de conformidad con la Convocatoria

aprobada por Resolución del Presidente del SCE de fecha1 �� de ������.. de 2011, (BOC de

fecha �../..�/2011), efectúo la presente

DECLARACIÓN RESPONSABLE

A tenor de la cual yo, D./Dña. ���������������������., provisto/a de D.N.I. nº

��������������, actuando en representación de la Entidad

������������������..�, provista de CIF nº ��������, declaro no estar

incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvención

pública, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones.

Y en prueba de lo cual, firmo la presente, en el lugar y fecha indicados al pié.

En �����������., a �.. de �������, de 2011.

A través de la presente diligencia, el funcionario que suscribe da fe del otorgamiento, en este acto, de la declaración responsable contenida en el cuerpo del presente escrito. Y en prueba de ello, firma la misma El���.de������de 2011

Fdo. 2:

(1) Se deberá consignar la fecha y el BOC de la Resolución por la que se aprueba la Convocatoria de Subvención. (2) Se identificará perfectamente al firmante de la diligencia con nombre, apellidos y departamento y Organismo al que pertenece

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4642 Viernes 4 de marzo de 2011

ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA PARA EL AUTOEMPLEO 2011

ANEXO V: PROYECTO-MEMORIA

"" ENTIDAD:

"" ÁMBITO TERRITORIAL SOLICITADO

ISLA/S MUNICIPIO/S DE ACTUACIÓN

"" PERSONA DE CONTACTO

Dirección:

Localidad: Provincia: C.P.:

Telefóno: Fax:

Correo electrónico:

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4643 Viernes 4 de marzo de 2011

1. COORDINACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL Y AUTOEMPLEO CON OTRAS QUE FACILITEN AL DEMANDANTE DE EMPLEO SEGUIR UN ITINERARIO PERSONAL E INSERCIÓN.

NOTA: ! Se deberá cumplimentar un cuadro por cada isla ! Para puntuar deberán cumplimentar todos los apartados

ISLA:

ACCIONES/PROYECTO PROGRAMA

ENTIDADES FECHAS DE DESARROLLO

COLECTIVO AL QUE SE DIRIGE

BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS

ACCIONES/PROYECTO

"" DESCRIPCIÓN DE SISTEMAS DE COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN ENTRE LA ENTIDAD SOLICITANTE, LAS OFICINAS DE EMPLEO Y DEMÁS ENTIDADES COLABORADORAS PARTICIPANTES EN LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO.

ENTIDADES INFORMACIÓN FACILITADA/REQUERIDA

SISTEMA DE COORDINACIÓN/COMUNICACIÓN PERIODICIDAD ACCESO A LA

INFORMACIÓN

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4644 Viernes 4 de marzo de 2011

2. COBERTURA TERRITORIAL DE LAS NECESIDADES

ISLA: (Se cumplimentará un cuadro por cada isla)

MUNICIPIO ACTUACIÓN

Nº ORIENTADORES PROPUESTO POR

ENTIDAD PARA CONTRATAR

PERSONAL DE APOYO Nº PROPUESTO POR

ENTIDAD PARA CONTRATAR

MODALIDAD CONTRATACIÓN

3. EXPERIENCIA DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD EN EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES SOLICITADAS

3.1.EXPERIENCIA EN EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES SOLICITADAS (SIPE, IOBE, OPEA)

ORGANISMO QUE LE CONCEDIÓ LA SUBVENCIÓN

DENOMINACIÓN ACCIONES

REALIZADAS

LUGAR REALIZACIÓN

FECHA INICIO (DD/MM/AA)

FECHA FINALIZACIÓN

(DD/MM/AA)

Nº PERSONAS ATENDIDAS

NOTA: En caso de poseer experiencia en este Programa en otra Comunidad Autónoma deberán acreditarlo documentalmente (Resolución de Concesión)

3.2. EXPERIENCIA EN EL DESARROLLO DE OTROS PROYECTOS DE ORIENTACIÓN (NO INCLUIDOS EN EL APARTADO ANTERIOR)

ORGANISMO QUE LE CONCEDIÓ LA SUBVENCIÓN

BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

LUGAR REALIZACIÓN

FECHA INICIO (DD/MM/AA)

FECHA FINALIZACIÓN

(DD/MM/AA)

Nº PERSONAS ATENDIDAS

NOTA: Deberán acreditarlo documentalmente (Resolución de Concesión)

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4645 Viernes 4 de marzo de 2011

4. RECURSOS TÉCNICOS, HUMANOS Y MATERIALES

4.1. RECURSOS HUMANOS:

*Recursos humanos que tiene que contratar antes del inicio de las acciones:

COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

La entidad se compromete a la contratación de técnicos para la realización de las acciones de

Orientación Profesional y Autoempleo, de acuerdo a sus especificaciones técnicas.

ISLA Nº de técnicos a contratar Perfil a contratar

4.2. RECURSOS TÉCNICOS:

# INSTRUMENTOS TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES:

-Guías Metodológicas:

! INEM ! Especificar otras�

# DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL DE APOYO A ENTREGAR A LOS USUARIOS EN EL TRANSCURSO DE LAS ACCIONES: (carpetas, material impreso, etc,...)

4.3. LOCALES Y RECURSOS MATERIALES

NOTA: La información solicitada (local y recursos materiales) vendrá referida a cada uno de los locales en donde se desarrollarán las acciones (por lo tanto, se cumplimentará una ficha por local)

# LOCALES (sólo se especificará la superficie destinada para el desarrollo de las acciones): RELACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE CADA UNO DE LOS LOCALES:

# RECURSOS MATERIALES (por cada uno de los locales a utilizar para el desarrollo de las acciones): Descripción y cantidad de los recursos materiales de apoyo para el personal contratado y para utilización de los usuarios (fotocopiadora, teléfono, fax, ordenadores, etc...)

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4646 Viernes 4 de marzo de 2011

LOCAL Y RECURSOS MATERIALES(cumplimentar un cuadro por local)

DIRECCIÓN COMPLETA (incluyendo Municipio y Código Postal)

FACILIDAD DE ACCESO Y/O COMUNICACIÓN

BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

Nº AULAS TAMAÑO DE CADA UNA DE LAS AULAS EN M2

Nº DESPACHOS TAMAÑO DE CADA UNO DE LOS DESPACHOS EN M2

ILUMINACIÓN

VENTILACIÓN

RECURSOS MATERIALES A UTILIZAR POR EL PERSONAL CONTRATADO (Descripción y cantidad)

RECURSOS MATERIALES A UTILIZAR POR LOS USUARIOS (Descripción y cantidad)

NOTA: DEBERÁ INCLUIRSE EN LA MEMORIA IMÁGENES DEL LOCAL

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4647 Viernes 4 de marzo de 2011

5. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES

(Describir el procedimiento de gestión y seguimiento que se llevarán a cabo con las acciones de forma que aseguren un flujo adecuado de participantes, que garantice la puntualidad, exactitud de la información y que no impliquen aumento de cargas de trabajo para el Servicio Canario de Empleo).

Quién Dónde Cuándo

(especificar tiempo de antelación y mecanización)

Registro oferta/sondeos

Citaciones

Actualización datos: demanda y servicios

6. REDUCCIÓN EN EL COSTE POR EFICIENCIA O CONCURRENCIA DE OTRAS SUBVENCIONES

NOTA: En caso de reducción de costes, deberán adaptar el documento �PRESUPUESTO MÁXIMO A SUBVENCIONAR� (Anexo VI de la Resolución de convocatoria)

7. SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

(Se describirán los sistemas de evaluación que tiene previsto realizar la entidad a los usuarios sobre los servicios recibidos, que pongan de manifiesto la calidad de los mismos. Los datos de los diferentes tipos de evaluación que se describa se tendrán a disposición del SCE en las visitas que se realicen a lo largo del proyecto)

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4648 Viernes 4 de marzo de 2011

Para cualquier duda en su cumplimentación, podrán ponerse en contacto con las Secciones de

Intermediación y Colocación del SCE, teléfonos: 922-474618; 928-455980

______________________________________________________________________

EL REPRESENTANTE LEGAL SE COMPROMETE: ! A atender a beneficiarios de otros programas a propuesta del Servicio Canario de Empleo

! A la contratación de técnicos para la realización de las acciones de Orientación Profesional y

Autoempleo, de acuerdo a sus especificaciones técnicas

! A disponer de los locales y recursos materiales en las condiciones que se especifican en

este Proyecto-Memoria.

En ..............................de ................. de................. de 2011 EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD

Sello de la Entidad Fdo:

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4649 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO VI: PRESUPUESTO MÁXIMO A SUBVENCIONAR

ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA PARA EL AUTOEMPLEO

NOTA: En el caso de solicitar subvención para actuar en municipios de varias islas, SE CUMPLIMENTARÁ UN DOCUMENTO POR ISLA (SEGÚN MUNICIPIOS SOLICITADOS)

ENTIDAD COLABORADORA:

ISLA ACTUACIÓN:

MUNICIPIO/S SOLICITADO/S:

CONVENIO COLECTIVO DE APLICACIÓN:

JORNADA SEMANAL (Nº HORAS) SEGÚN CONVENIO:

CATEGORÍA LABORAL CONTRATACIÓN TÉCNICOS/ORIENTADORES SEGÚN CONVENIO:

CATEGORÍA LABORAL CONTRATACIÓN PERSONAL APOYO SEGÚN CONVENIO:

ISLA MUNICIPIO DE ACTUACIÓN

Nº ORIENTA DORES A SUBVEN CIONAR

Nº PERSONAL APOYO A SUBVENCIONAR

A TIEMPO COMPLETO

CONTRATO AL 75% DE

LA JORNADA

CONTRATO AL 50% DE

LA JORNADA

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4650 Viernes 4 de marzo de 2011

ESTIMACIÓN DEL COSTE MÁXIMO IMPUTABLE

CONCEPTOS JORNADA

Nº PERSONAS

A CONTRATAR

COSTE UNITARIO (1) COSTE MÁXIMO IMPUTABLE

RETRIBUCIÓN DE TÉCNICOS COMPLETA

RETRIBUCIÓN PERS. APOYO

COMPLETA

PARCIAL (75%)

PARCIAL (50%)

GASTOS GRALES., MATERIALES, TÉCNICOS, DIETAS Y DESPLAZAM. (2)

(1) Coste por orientador según convenio aplicación y meses duración (7 m); Coste por personal de apoyo según convenio aplicación, meses duración (8) y tipo de contrato TOTAL

(2) 25% del coste del personal contratado (técnicos y de apoyo)

NOTA: Si las tablas salariales para el año 2011, del Convenio a aplicar, no se hubieran publicado, se calculará el coste del personal según tablas del año 2010 con el incremento del índice de precios al consumo (IPC) del año 2010, 3%

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4651 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO VII: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EXENCIÓN DE IGIC

D./Dña. ���������������������., provisto/a de D.N.I. nº

��������������, actuando en representación de la Entidad

������������������..�, provista de CIF nº ��������, y con

motivo de la solicitud de subvención presentada de conformidad con la Convocatoria aprobada

por Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de fecha3 �� de

������.. de 2011, (BOC de fecha �../..�/2011, efectúo la presente:

DECLARACIÓN RESPONSABLE Que la Entidad a la que representa se encuentra exenta de tributar al IGIC, por lo que

no tiene pendiente ninguna liquidación.

En �����������., a �.. de �������, de 2011

A través de la presente diligencia, el funcionario que suscribe da fe del otorgamiento, en este acto, de la declaración responsable contenida en el cuerpo del presente escrito. Y en prueba de ello, firma la misma El���.de������de 2011

Fdo.: 4

3 Se deberá consignar la fecha y el BOC de la Resolución por la que se aprueba la Convocatoria de Subvención. 4 Se identificará perfectamente al firmante de la diligencia con nombre, apellidos y departamento y Organismo al que pertenece

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4652 Viernes 4 de marzo de 2011

ANEXO VIII: MODELO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA PARA EL AUTOEMPLEO

Los colores de fondo del cartel, de izquierda a derecha, son: - Gris (Pantone 7538) - Blanco. - Azul (Pantone Process Cyan). - Amarillo (Pantone 109)

El texto sobre la franja izquierda (gris) deberá ir en blanco y sobre la franja blanca, en negro. Los colores de cada logotipo, según normativa.

El tamaño recomendado como mínimo: ! En el caso de los carteles, las dimensiones de éste serán: ancho 120 cm. Y alto 90 cm. ! En el caso de placas informativas, las dimensiones serán: ancho 24 cm. Y alto 18 cm.

Año de concesión: 2011

12

9

6 4 1 1

Boletín Oficial de Canarias núm. 46 4653 Viernes 4 de marzo de 2011