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ORDINARIO TOMO CXIV Saltillo, Coahuila, viernes 30 de marzo de 2007 número 26 REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921. FUNDADO EN EL AÑO DE 1860 LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA LIC. HOMERO RAMOS GLORIA Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial LIC. CÉSAR AUGUSTO GUAJARDO VALDÉS Subdirector del Periódico Oficial PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS Gobernador del Estado de Coahuila I N D I C E PODER EJECUTIVO DEL ESTADO REGLAMENTO para la práctica del servicio social. 3 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES DISTRITO DE SALTILLO Exp. 761/2007 Sucesorio Intestamentario Mayra Edith Soria Villanueva (2ª Pub) 9 Exp 760/2007 Sucesorio Intestamentario Juan Francisco Flores Rocha (2ª Pub) 9 Exp. 430/2007 Sucesorio Intestamentario María de Jesús Echavarría López (2ª Pub) 9 Aviso Notarial Sucesorio Intestamentario Celia Dávila Sánchez (2ª Pub) 9 Aviso Notarial Sucesión Intestamentaria Arturo Ibarra Martínez (2ª Pub) 10 Exp. 1640/2004 Ejecutivo Mercantil Isidro Contreras Moreno (3ª Pub) 10 Exp. 587/2006 Ordinario Civil Luis Ramón Carvajal García (3ª Pub) 11 Exp. 1047/2003 Ordinario Civil Rogelio Felán Juárez (3ª Pub) 11 Exp. 1858/2003 Ordinario Mercantil Banca Serfín, S. A. (3ª Pub) 11 Exp. 110/2000 Ordinario Mercantil Banco del Atlántico, S. A. (3ª Pub) 12 Exp. 1571/2005 Ejecutivo Mercantil Valores Alimenticios, S. A. de C. V. (2ª Pub) 12 Exp. 291/2004 Ordinario Mercantil Banco Mercantil del Norte, S. A (2ª Pub) 12 Exp. 122/1995 Ejecutivo Mercantil Banco Mercantil del Norte, S. A. (2ª Pub) 13 Exp. 1753/2004 Ordinario Mercantil Ignacio Armando Velásquez Moyeda (2ª Pub) 13 Exp. 1771/2006 Ordinario Civil Salomón Martínez Martínez (2ª Pub) 13 Exp. 632/2006 Ordinario Civil Salomón Martínez Martínez (2ª Pub) 14 Exp. 1741/2004 Ordinario Mercantil Ignacio Armando Velásquez Moyeda (2ª Pub) 14 Exp. 1247/2005 Ejecutivo Mercantil Juan Carlos Valdéz Cordero (2ª Pub) 14 Exp. 229/2007 Sucesorio Intestamentario Omar Oscar Olviares Fuentes (1ª Pub) 15 Edicto Notarial Sucesión Intestamentaria Beatriz Irma Menchaca Elizondo (1ª Pub) 15 Exp. 191/2007 Rectificación de Acta María Amada Carvajal Alvarado (1ª Pub) 15 DISTRITO DE MONCLOVA Aviso Notarial Intestamentario Extrajudicial Aída Minerva Campa Morín (2ª Pub) 16 Exp. 228/2007 Sucesorio Intestamentario Jesús María Peña Villarreal (2ª Pub) 16

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ORDINARIO

TOMO CXIV Saltillo, Coahuila, viernes 30 de marzo de 2007 número 26

REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921. FUNDADO EN EL AÑO DE 1860

LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO

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ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE

ZARAGOZA

LIC. HOMERO RAMOS GLORIA Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial

LIC. CÉSAR AUGUSTO GUAJARDO VALDÉSSubdirector del Periódico Oficial

PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS Gobernador del Estado de Coahuila

I N D I C E

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

REGLAMENTO para la práctica del servicio social. 3

AVISOS JUDICIALES Y GENERALES

DISTRITO DE SALTILLO Exp. 761/2007 Sucesorio Intestamentario Mayra Edith Soria Villanueva (2ª Pub) 9Exp 760/2007 Sucesorio Intestamentario Juan Francisco Flores Rocha (2ª Pub) 9Exp. 430/2007 Sucesorio Intestamentario María de Jesús Echavarría López (2ª Pub) 9Aviso Notarial Sucesorio Intestamentario Celia Dávila Sánchez (2ª Pub) 9Aviso Notarial Sucesión Intestamentaria Arturo Ibarra Martínez (2ª Pub) 10Exp. 1640/2004 Ejecutivo Mercantil Isidro Contreras Moreno (3ª Pub) 10Exp. 587/2006 Ordinario Civil Luis Ramón Carvajal García (3ª Pub) 11Exp. 1047/2003 Ordinario Civil Rogelio Felán Juárez (3ª Pub) 11Exp. 1858/2003 Ordinario Mercantil Banca Serfín, S. A. (3ª Pub) 11Exp. 110/2000 Ordinario Mercantil Banco del Atlántico, S. A. (3ª Pub) 12Exp. 1571/2005 Ejecutivo Mercantil Valores Alimenticios, S. A. de C. V. (2ª Pub) 12Exp. 291/2004 Ordinario Mercantil Banco Mercantil del Norte, S. A (2ª Pub) 12Exp. 122/1995 Ejecutivo Mercantil Banco Mercantil del Norte, S. A. (2ª Pub) 13Exp. 1753/2004 Ordinario Mercantil Ignacio Armando Velásquez Moyeda (2ª Pub) 13Exp. 1771/2006 Ordinario Civil Salomón Martínez Martínez (2ª Pub) 13Exp. 632/2006 Ordinario Civil Salomón Martínez Martínez (2ª Pub) 14Exp. 1741/2004 Ordinario Mercantil Ignacio Armando Velásquez Moyeda (2ª Pub) 14Exp. 1247/2005 Ejecutivo Mercantil Juan Carlos Valdéz Cordero (2ª Pub) 14Exp. 229/2007 Sucesorio Intestamentario Omar Oscar Olviares Fuentes (1ª Pub) 15Edicto Notarial Sucesión Intestamentaria Beatriz Irma Menchaca Elizondo (1ª Pub) 15Exp. 191/2007 Rectificación de Acta María Amada Carvajal Alvarado (1ª Pub) 15

DISTRITO DE MONCLOVA Aviso Notarial Intestamentario Extrajudicial Aída Minerva Campa Morín (2ª Pub) 16Exp. 228/2007 Sucesorio Intestamentario Jesús María Peña Villarreal (2ª Pub) 16

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2 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

Exp. 346/2007 Sucesorio Intestamentario Herlinda Villasana Sandoval (2ª Pub) 16Exp. 213/2007 Sucesorio Intestamentario Rodolfo Cárdenas Durán (2ª Pub) 17Exp. 60/2007 Divorcio Necesario Norma Leticia Trinidad Colunga (2ª Pub) 17Exp. 43/2007 Divorcio Necesario Josefa García de la Cruz (2ª Pub) 17Exp. 1554/2006 Sucesorio Intestamentario Leandro Reyna Vargas (1ª Pub) 18Exp. 339/2007 Sucesorio Intestamentario Lidia Gutiérrez Martínez (1ª Pub) 18Exp. 317/2007 Sucesorio Testamentario Gaudiosa Elsa Jiménez Choffi (1ª Pub) 19Exp. 1191/2006 Rectificación de Acta Enrique García de la Fuente (1ª Pub) 19 DISTRITO DE SABINAS Exp. 140/2007 Declarativo de Propiedad Rogelio Pérez Loredo (1ª Pub) 19Exp. 93/2007 Sucesorio Intestamentario Yolanda Valdéz González (1ª Pub) 19 DISTRITO DE RÍO GRANDE Exp. 445/2004 Ejecutivo Mercantil Rafael R. Perales Méndez (3ª Pub) 20 ACUÑA Exp. 857/2003 Especial Hipotecario José Alfredo Galindo Galindo (2ª Pub) 20 DISTRITO DE VIESCA Exp. 137/2007 Sucesión Intestamentaria María Aurora del Pilar Luévano (2ª Pub) 21Exp. 114/2007 Sucesorio Intestamentario Silvia Márquez Figueroa (2ª Pub) 21Exp. 177/2007 Sucesión Intestamentario María del Rosario Goytia Aguiñaga (2ª Pub) 22Exp. 185/2007 Sucesorio Intestamentario Gabriel Alberto Ortíz Martínez (2ª Pub) 22Exp. 99/2007 Sin Testar Micaela Ceniceros Morales (2ª Pub) 22Exp. 235/2006 Tribunal Unitario Agrario Elva Arguijo Juárez (2ª Pub) 23Aviso Notarial Extrajudicial Intestamentario José Luis Hernández Coronado (2ª Pub) 23Aviso Notarial Sucesión Intestamentaria Jesús Hugo Reyes Borrego (2ª Pub) 23Edicto Extrajudicial Intestamentario Francisca Navarro Perales (2ª Pub) 24Exp. 330/2006 Ordinario Mercantil BBVA Bancomer, S. A. (3ª Pub) 24Exp. 880/2002 Ejecutivo Mercantil Arturo Carrillo Herrera (3ª Pub) 25Exp. 121/2006 Ordinario Civil Amsi Rosalía Jasso Vargas (3ª Pub) 25Exp. 1289/2006 Ordinario Civil Petra Patricia Silva Ortíz (3ª Pub) 26Exp. 897/2006 Ordinario Civil Carmen Reveles Prieto (3ª Pub) 26Exp. 938/2006 Divorcio Necesario José Luis Yáñez Padilla (3ª Pub) 27Exp. 201/2005 Especial Hipotecario Scotiabank Inverlat, S. A. (2ª Pub) 27Exp. 18/2000 Especial Hipotecario Scotiabank Inverlat, S. A. (2ª Pub) 27Exp. 266/2006 Derechos de Sucesión Luz Elena Salazar Lira (2ª Pub) 28Exp. 1314/2006 Ordinario Civil Victoria González Santos (2ª Pub) 28Exp. 217/2006 Divorcio Necesario María Azucena Buen Abad Pereyra (2ª Pub) 28Exp. 220/2007 Sucesión Intestamentaria Esther Gutiérrez Jiménez (1ª Pub) 29Exp. 188/2007 Sucesión Intestamentaria Pacual Cruz Guerrero (1ª Pub) 29Exp. 274/2007 Civil Sucesorio Eleazar Romero Ayala (1ª Pub) 29Edicto Notarial Sucesión Intestamentaria Ma. del Carmen Bermudes Gómez (1ª Pub) 30Edicto Notarial Sucesorio Testamentario María Blanca Escárcega Mijares (1ª Pub) 30Edicto Notarial Sucesorio Intestamentario Hugo Rangel Charles (1ª Pub) 30Edicto Notarial Sucesorio Testamentario María del Carmen Teresa Haro Martín (1ª Pub) 31Edicto Notarial Sucesorio Testamentario Gonzalo Ricardo Cadena Lozano (1ª Pub) 31Exp. 1211/2005 Especial Hipotecaria Rodolfo Montenegro Martínez (1ª Pub) 31Exp. 480/2005 Ordinario Civil Israel Barboza García (1ª Pub) 32 DISTRITO DE SAN PEDRO DE LAS COLONIAS Exp. 728/2006 Sucesorio Intestamentario Cleotilde Rojas Flores (2ª Pub) 32Exp. 137/2006 Ordinario Civil Vicenta Martínez Ortíz (1ª Pub) 33Exp. 755/2006 Ordinario Civil María del Carmen Borrego Piter (1ª Pub) 33Exp. 101/2007 Ordinario Civil Jesús Valles Aguirre (1ª Pub) 33Exp. 540/2006 Ordinario Civil Elida Trujillo Ramírez (1ª Pub) 34 DISTRITO DE PARRAS DE LA FUENTE Exp. 515/2006 Divorcio Necesario Ángel Fidel Espinosa Rodríguez (2ª Pub) 34Exp. 530/2006 Sucesorio Intestamentario Antonia Arévalo Escobar (1ª Pub) 34Exp. 75/2007 Sucesorio Intestamentario María Patricia Salazar Zamarrón (1ª Pub) 34Exp. 81/2007 Sucesorio Intestamentario María de la Rosa Ovalle (1ª Pub) 34Exp. 12/2007 Sucesorio Intestamentario Josefina Sakanassi Ramírez (1ª Pub) 34Exp. 53/2007 Sucesorio Testamentario Rosa María Parra Ramírez (1ª Pub) 34

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 3

PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 82, fracción XVIII, 85 párrafo tercero de la Constitución Política Local y 16 apartado “A” fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y

CONSIDERANDO

Según lo dispuesto por los artículos 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 de la Ley General de Educación y 100 bis de la Ley Estatal de Educación, una de las condiciones para la obtención del certificado, título o grado académico en el Estado de Coahuila, es la prestación del servicio social por parte de los estudiantes. La práctica de dicha actividad significa, sin embargo, más que un requisito para acceder al documento que acredita al estudiante como egresado del nivel que ha cursado; representa la manifestación expresa del estudiante coahuilense a contribuir con su entorno social y colaborar con los que menos tienen. El servicio social implica la convicción por parte del prestador de la utilidad que sus conocimientos aplicados representan para el destinatario de sus acciones, debe ser una fuente generadora de relaciones solidarias entre el estudiante y el beneficiario del servicio y por ende constituirse en el nexo más eficiente entre las oportunidades de que disfruta el aspirante a obtener un certificado, título o grado y las carencias del receptor del servicio. En este contexto, se advierte como indispensable modernizar y dinamizar la actividad que potencialmente permite al aspirante a obtener un certificado, título o grado académico, ofrecer a la comunidad sus conocimientos, habilidades y esfuerzos para contribuir a la movilidad social y al mejoramiento de la calidad de vida de todos los coahuilenses; esto mediante la sistematización de las disposiciones normativas referentes a la práctica del servicio social. Por lo antes expuesto y a efecto de facilitar al prestador del servicio social la elección de opciones, así como la comprensión de las bases y lineamientos para la realización del referido servicio, he tenido a bien emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA DEL SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. El presente reglamento fija las bases y establece los lineamientos generales para la prestación del servicio social de los estudiantes en los niveles medio superior y superior, así como de los profesionistas colegiados en el Estado de Coahuila. ARTÍCULO 2. Para efectos del presente reglamento, se entiende por servicio social la realización de actividades de tipo temporal y obligatorio por parte de los educandos de nivel medio superior y superior, las cuales redunden en beneficio de la sociedad coahuilense, tomando en consideración el perfil y/o profesión del prestador. ARTÍCULO 3. El servicio social tiene por objeto incidir favorablemente en la instrucción del prestador, en cuanto a su formación humanista, a fin de consolidar los conocimientos adquiridos a través de la prestación del Servicio Social; además de apoyar a la población en situaciones de desventaja económica y lograr con ello el bienestar común, lo que fomenta la conciencia de solidaridad para con su comunidad. ARTÍCULO 4. La prestación del servicio social por su propia naturaleza, no otorgará categoría de trabajador al prestador, ni generará condiciones de trabajo. ARTÍCULO 5. La prestación del servicio social deberá establecerse preferentemente en convenios, que podrá celebrar la Secretaría de Educación y Cultura a través de la Dirección de Servicio Social, con las dependencias de gobierno en las que se pueda prestar el servicio social; en los mismos se establecerán las condiciones administrativas, económicas y demás elementos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades tendientes al cumplimiento de los objetivos planteados. ARTÍCULO 6. Las instituciones educativas deberán nombrar a un responsable, quien se encargará de atender las tareas inherentes a la prestación del servicio social, además de proponer a las dependencias de la administración pública, al sector social y privado, así como a las organizaciones de la sociedad civil, los posibles candidatos a prestar el servicio social. Así mismo, vigilará que el prestador cumpla con los requisitos que se establecen en el presente reglamento y se ajuste al Plan Estatal de servicio social. ARTÍCULO 7. Todo servicio social que se realice sin cumplir las disposiciones del presente reglamento, será considerado nulo sin posibilidad de admitirse recurso alguno.

CAPÍTULO II

DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 8. El presente reglamento establece las obligaciones y prerrogativas para la prestación del servicio social de los alumnos, tanto de las universidades públicas, instituciones educativas federales, descentralizadas estatales, como de las escuelas particulares incorporadas a la Secretaría de Educación y Cultura, a la Secretaría de Educación Pública Federal y a las universidades públicas. Su cumplimiento es obligatorio y su violación se sancionará conforme a lo dispuesto en el capítulo respectivo.

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ARTÍCULO 9. El servicio social de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 de la Ley General de Educación y 100 bis de la Ley Estatal de Educación, es de carácter obligatorio y se podrá prestar en cualquiera de las modalidades que se describen en las siguientes fracciones: I. Los alumnos de educación media y profesional técnico deberán realizar su servicio social en las siguientes modalidades: a) Servicio Social Escolar: Se entiende por este servicio, aquél que realizan los prestadores en los planteles donde están inscritos u otras escuelas donde atienden preferentemente acciones que efectúan directamente con estudiantes o con los servicios que prestan estos mismos planteles a la comunidad escolar. b) Servicio Social Comunitario: Se entiende por servicio social comunitario, aquél que realizan los prestadores conforme a los requisitos de este reglamento e impacte directamente en favor de las comunidades marginadas de las áreas urbana y rural. c) Servicio Social Institucional: Se entiende por este servicio, aquél que realizan los prestadores directamente en instituciones públicas de los tres niveles de gobierno u organismos públicos descentralizados de la administración pública. II. Los alumnos de nivel superior deberán realizar su servicio social en las siguientes modalidades: a) Servicio Social Profesional: Se entiende por este servicio, aquél que están obligados a prestar, todos los profesionistas y los agremiados en colegios; en esta modalidad, la Secretaría de Educación y Cultura, por conducto de la Dirección de Servicio Social, determinará mediante documento escrito, las acciones que realizarán preferentemente los colegios de profesionistas, los profesionistas en general, así como las excepciones que marca la ley. b) Servicio Social Escolar: Se entiende por este servicio, aquél que realizan los prestadores en los planteles donde están inscritos u otras escuelas donde atienden preferentemente acciones que efectúan directamente con estudiantes o con los servicios que prestan estos mismos planteles a la comunidad escolar. ARTÍCULO 10. Los estudiantes y profesionistas con capacidades diferentes, desarrollarán sus actividades de servicio social en los términos adecuados a sus condiciones. ARTÍCULO 11. El servicio social institucional deberá cubrirse preferentemente en aquellos planes y programas que establezcan los tres niveles de gobierno, por conducto de la instancia correspondiente, la que mantendrá actualizados los registros de prioridades para la prestación del mismo. ARTÍCULO 12. Para establecer la duración del servicio social se estará a lo dispuesto en las siguientes fracciones: I. Para alumnos de educación media superior no podrá ser menor de100 horas, ni mayor de 240 horas, salvo que las disposiciones internas de las referidas instituciones establezcan mínimos superiores al señalado por el presente reglamento. II. Para alumnos de licenciatura y profesional, no podrá ser menor de 480 horas salvo que las disposiciones internas de las referidas instituciones establezcan mínimos superiores al señalado por el presente reglamento. En todos los casos, el servicio social se efectuará durante un período no menor de seis meses ni mayor de dos años y se desarrollará preferentemente en etapas en las que no se perjudique el plan de estudios correspondiente, para lo cual, los planteles deberán contar con disposiciones para la práctica del servicio social, a efecto de facilitar al prestador esta obligación. ARTÍCULO 13. Los prestadores que cursen carreras del área de la salud, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que les señalan el presente documento, observarán la normatividad específica que para el efecto emita la Secretaría de Salud. ARTÍCULO 14. Las instituciones receptoras de prestadores de servicio social, deberán impartir un curso de inducción a los alumnos prestadores sobre el programa o trabajo a desarrollar.

CAPÍTULO III SISTEMA ESTATAL DE SERVICIO SOCIAL

ARTÍCULO 15. El Sistema Estatal de Servicio Social tiene como objetivo la coordinación interinstitucional y se integra con los órganos rectores del servicio social de los planteles oficiales e instituciones educativas particulares incorporadas a la Secretaría de Educación y Cultura, así como los de aquéllas instituciones autónomas que adopten el reglamento para la práctica del servicio social. ARTÍCULO 16. El Sistema Estatal de Servicio Social, formará parte del Sistema Nacional de Servicio Social, sujetándose a los lineamientos legales establecidos por la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. ARTÍCULO 17. La Secretaría de Educación y Cultura, a través de la Dirección de Servicio Social, es la instancia reguladora del servicio social en la entidad, a la cual le corresponde normar, planear, coordinar, supervisar y evaluar las acciones, objetivos y actividades a desarrollar por los prestadores de servicio social en el Estado. ARTÍCULO 18. La Dirección de Servicio Social dependiente de la Secretaría de Educación y Cultura, ejercerá sus funciones con base en un plan Estatal de Servicio Social, que vincule sus acciones con los programas prioritarios de desarrollo social implementados por el Ejecutivo del Estado.

CAPÍTULO IV

DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO SOCIAL EN EL ESTADO

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ARTÍCULO 19. El Plan Estatal de Servicio Social, contendrá las acciones prioritarias y los programas de servicio social de las dependencias oficiales, sector social y privado, así como de las organizaciones de la sociedad civil que previamente soliciten la participación de prestadores de servicio social y suscriban los convenios respectivos. ARTÍCULO 20. Los convenios y acuerdos de colaboración en materia de servicio social, sólo tendrán fuerza legal cuando estén firmados por el titular de la dependencia solicitante de prestadores por una parte, y por la otra, la Secretaría de Educación y Cultura, a través de la Dirección de Servicio Social. ARTÍCULO 21. Para cumplir con lo establecido en el artículo anterior, la Secretaría de Educación y Cultura contará con una Dirección de Servicio Social con competencia y jurisdicción estatal en la materia. ARTÍCULO 22. La Dirección de Servicio Social, será una Unidad Administrativa, Normativa y Operativa en materia del servicio social que tendrá las siguientes atribuciones: I. Vigilar la aplicación del presente reglamento; II. Coordinar con los responsables de los subsistemas y/o planteles de educación media superior y superior, en los términos del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila, la prestación del servicio social de los estudiantes y profesionistas, de conformidad con los contenidos normativos y legales que para tal efecto existan; III. Elaborar y actualizar el Plan Estatal de Servicio Social; IV. Elaborar y promover programas de servicio social integral que se relacionen con los requerimientos de la población y las necesidades comunitarias; V. Consolidar las políticas del servicio social vinculadas con las acciones de los sectores públicos, sociales, privados y de la sociedad civil; VI. Seleccionar y promover los programas del sector público en los que se deba prestar prioritariamente el servicio social; VII. Participar en el proceso de programación y presupuestación de programas oficiales seleccionados; VIII. Seleccionar y proponer para su aprobación, los programas del sector público, privado y social, para su incorporación al Plan Estatal de Servicio Social; IX. Proponer las bases para la celebración de convenios de colaboración en materia de servicio social; X. Evaluar coordinadamente con las instituciones educativas que participen en los programas de prestación del servicio social, los objetivos y políticas establecidas en cada caso, en términos de los convenios respectivos; XI. Facilitar la prestación del servicio social a los estudiantes que así lo requieran, sobre la base de disponibilidad y aceptación de los sectores públicos, sociales, privados y de la sociedad civil; XII. Coordinar el registro de programas para la asignación de los prestadores de servicio social, con las dependencias del sector público, así como los poderes legislativo y judicial, los sectores social y privado y las organizaciones de la sociedad civil; XIII. Proponer al titular del despacho de la Secretaría de Educación y Cultura, las normas, políticas, procedimientos y reglamentos que mejoren la operación y prestación del servicio social; XIV. Llevar el registro de los programas y de la documentación que ampara la prestación del servicio social de todos los estudiantes de los niveles medio superior; además de emitir duplicados de constancias que sean requeridas, y XV. Las demás que le sean conferidas por él o la titular de la Secretaría de Educación y Cultura.

CAPÍTULO V

DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 23. Se considerarán candidatos a prestadores de servicio social, los alumnos regulares del nivel medio y superior, que hayan cubierto al menos el 50% del plan de estudios. ARTÍCULO 24. El prestador podrá iniciar la prestación del servicio social cuando su solicitud haya sido aprobada, previa entrega de carta de asignación de la institución educativa. ARTÍCULO 25. El prestador deberá cubrir los requisitos de identificación que le sean requeridos por el área de servicio social de la institución educativa de procedencia. ARTÍCULO 26. Los prestadores del servicio social podrán proponer programas de servicio social al consejo consultivo del servicio social del nivel correspondiente, para en su caso, aprobación e implementación. ARTÍCULO 27. Dentro de los programas que se ejecuten, el prestador de servicio social, según el nivel educativo al que pertenezca, podrá realizar actividades de: I. Educación Media Superior.

a) Desarrollo de la Comunidad; y b) Promoción social, cultural y deportiva, entre otros.

II. Licenciatura y Técnico Superior Universitaria. a) Investigación; b) Asistencia técnica; c) Administración;

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d) Planeación; y e) Organización.

ARTÍCULO 28. El servicio social para los niveles medio superior, licenciatura y superior se podrá prestar en:

a) La comunidad de una manera directa; b) Dependencias del sector social; c) Dependencias de Gobierno Federal, Estatal y Municipal; d) Empresas de participación estatal; e) Organismos públicos descentralizados o autónomos; f) Organizaciones e instituciones independientes, de beneficio comunitario; g) Sector privado en actividades enfocadas al beneficio comunitario; y h) Centros de investigación y desarrollo tecnológico.

ARTÍCULO 29. El prestador causará baja con la cancelación del tiempo acumulado, cuando sin justificación alguna incurra en una o más de las siguientes faltas de su reglamento específico:

I. Que durante la prestación del servicio social, el prestador no cumpla con el 90% de asistencia. II. Que no entregue sus informes en los períodos establecidos; III. Que no cumpla con lo establecido en este reglamento para la práctica del servicio social o las disposiciones

de la institución en donde presta su servicio social y en el reglamento interno de su institución educativa; IV. Que abandone injustificadamente, no cumpla, deje inconclusas o no asista a las actividades asignadas a un

determinado programa; V. Que durante la prestación del servicio social realice actos que vayan en detrimento de la imagen de la

institución donde realiza su servicio social. ARTÍCULO 30. Al prestador que le sea cancelado su servicio social conforme al artículo precedente, se le podrá autorizar nuevamente el inicio del mismo en el semestre siguiente, previa realización de los trámites correspondientes.

CAPÍTULO VI

DERECHOS DEL PRESTADOR DE SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 31. El prestador de servicio social tendrá los siguientes derechos:

I. Podrá solicitar su baja temporal o definitiva, únicamente dentro del primer mes de iniciado el programa en que esté participando, quedando a criterio del área de servicio social de la dependencia, si se le computa o no el tiempo acumulado.

II. Recibir un trato digno, respetuoso y profesional por parte del personal de la institución receptora. III. Recibir un curso de inducción obligatorio sobre servicio social, por parte de la instancia responsable de la institución

en la cual realiza sus estudios. IV. La prestación del servicio social podrá ser retribuida según las posibilidades y políticas de las instituciones o

dependencias donde se preste el servicio social. V. Ser atendido en forma inmediata por la institución educativa, en caso de cambios en las condiciones y actividades

dentro del programa que le fue asignado para la prestación del servicio social. VI. Recibir la acreditación del número de horas correspondientes, en el caso de que el servicio social se vea interrumpido

temporalmente por la institución receptora. VII. Las horas acumuladas hasta el momento de la baja sin suspensión, serán acumuladas para el nuevo programa en el

que se incorpore el alumno. VIII. El trámite de baja sin suspensión, es únicamente para aquéllos prestadores de servicio social que por alguna razón

personal no puedan continuar con su actividad de servicio social y deberán observar el siguiente procedimiento: a) El prestador debe presentar una carta solicitando su baja, en donde se expliquen los motivos; b) Se deberán adjuntar todos los documentos de inicio de la actividad; c) Deberá entregar el expediente correspondiente al responsable de servicio social de la institución educativa a la que

pertenece; d) El responsable de servicio social de la institución educativa a la que pertenece el prestador, tramitará la baja

correspondiente en la institución receptora. IX. El prestador tendrá derecho a recibir la carta de liberación del servicio social, siempre y cuando haya cumplido con

todos los requisitos que prevé el presente reglamento.

CAPÍTULO VII OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIO SOCIAL

ARTÍCULO 32. Los prestadores de servicio social tendrán las siguientes obligaciones:

I. Los prestadores que estudien el bachillerato general, podrán realizar su servicio social preferentemente en modalidades de apoyo comunitario;

II. Será obligación y compromiso de los prestadores, poner todo el empeño necesario, así como aplicar su ingenio y su creatividad en los programas en que participen;

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III. Los prestadores deberán cumplir con las disposiciones fijadas en los programas en que se encuentren realizando su servicio social;

IV. Es obligación del prestador, ya iniciado el servicio social, presentar informes mensuales de sus actividades, mismos que deberán ir sellados y firmados por el responsable del programa de la institución receptora y validados por el responsable de servicio social de la institución educativa a la que pertenece;

V. Asistir al curso de inducción obligatorio de la institución educativa a la que pertenece, como requisito para su inscripción definitiva al servicio social, y

VI. Tramitar su carta de liberación durante el período correspondiente. ARTÍCULO 33. Durante el período de servicio social, el alumno tendrá la obligación de observar los principios éticos que a continuación se mencionan:

I. Lealtad. Declara y acepta que todas las acciones desempeñadas por el prestador de servicio social, se realizarán siempre con el más estricto apego al reglamento, normas y demás principios jurídicos que rigen esta actividad;

II. Respeto. El prestador de servicio social deberá dirigirse con respeto a las personas con las cuales desarrolla su servicio social; además de observar las normas establecidas para este servicio;

III. Trabajo en Equipo. El prestador deberá efectuar el servicio, mediante la práctica de actividades en equipo, con los compañeros que le sean asignados;

IV. Responsabilidad. El prestador de servicio social deberá estar preparado para responder de todos los actos que realice en el desempeño de su servicio social y tendrá el compromiso de que los conocimientos adquiridos a través de su preparación académica, sean utilizados en beneficio de la población más desprotegida;

V. Eficiencia. Será compromiso del prestador de servicio social, aplicar los conocimientos y experiencias de la mejor manera posible para que los fines y propósitos de éste se cumplan con óptima calidad y oportunidad;

VI. Puntualidad. Las actividades del prestador de servicio social deberán de realizarse con puntualidad en tiempo y forma, acorde con los compromisos contraídos con la institución receptora;

VII. Solidaridad. El prestador de servicio social deberá de ser solidario con las personas más desprotegidas y con sus propios compañeros;

VIII. Honestidad. Es obligación del prestador de servicio social, cuidar que los recursos, documentos, bienes y cualquier otro material facilitado para el cumplimiento de sus actividades, sea utilizado con cuidado y diligencia;

IX. Perseverancia. El prestador deberá de tener constancia en el trabajo que se le asigne, para desarrollar el mismo poniendo todo su empeño en él.

ARTÍCULO 34. Será obligación del prestador al concluir su servicio social, presentar su informe final en atención a las indicaciones que establezca la institución a la que pertenece. ARTÍCULO 35. El informe final deberá presentarse por el prestador de servicio social a máquina o en computadora, letra de molde, en material de buena calidad, empastado o engargolado y se deberá entregar un original y dos copias del mismo a los responsables de servicio social del plantel educativo. ARTÍCULO 36. Cuando el prestador concluya su servicio social, solicitará al área donde lo realizó, la constancia de cumplimiento, avalada por el responsable del programa en el que participó a efecto de que la institución educativa expida constancia, ello para efectuar los trámites de certificación, validación, acreditación y expedición de la carta de liberación de su servicio social, ante la unidad correspondiente.

CAPÍTULO VIII DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 37. Los planteles de los niveles medio y superior, así como las instancias solicitantes de prestadores de servicio social que incumplan con el contenido del presente reglamento, se harán acreedores a las sanciones que la Dirección de Servicio Social imponga para cada caso. ARTÍCULO 38. El prestador de servicio social podrá ser sancionado cuando:

I. Realice acciones que contravengan lo señalado en el presente reglamento de funciones; II. Inicie su servicio social sin haber llevado a cabo los trámites correspondientes; III. Realice actividades que infrinjan el orden común y que constituyan un delito; IV. Acumule tres faltas consecutivas o cinco alternadas sin previa justificación en el transcurso de un mes.

ARTÍCULO 39. Según la gravedad de las faltas atribuibles en el artículo anterior, las sanciones a las que puede hacerse acreedor el prestador de servicio social son:

I. Amonestación verbal; II. Amonestación por escrito con la posibilidad de ampliación del tiempo de servicio social; III. Reubicación de plaza considerando el tiempo transcurrido; IV. Reubicación de plaza sin considerar el tiempo transcurrido; V. Invalidación del Servicio social.

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8 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

ARTÍCULO 40. Cuando el prestador de servicio social cometa faltas graves que ameriten una sanción mayor, ésta será establecida por el subsistema ya sea federal, autónomo o estatal o por la institución educativa al que se encuentre inscrito y podrá contemplarse incluso la baja del estudiante en la prestación del servicio social y la inhabilitación para reiniciarlo, hasta por un año. ARTÍCULO 41. Según la gravedad de las faltas que cometan, las instituciones receptoras de prestadores de servicio social, podrán hacerse acreedoras a la suspensión temporal o definitiva de convenios firmados, así como de la asignación de prestadores de servicio social. ARTÍCULO 42. La Dirección de Servicio Social evaluará las faltas, la gravedad de las mismas y la sanción a que se hacen acreedoras las instituciones que violen los derechos de los prestadores de servicio social. ARTÍCULO 43. Se considerará la nulidad de la prestación del servicio social en los términos del artículo séptimo del presente documento en los siguientes casos:

I. Realizar acciones que contravengan las disposiciones del presente reglamento. II. No utilizar los conocimientos, diligencia y probidad necesarios para el desarrollo del servicio encomendado. III. La alteración, modificación y falsificación de cualquier documento relativo a la prestación del servicio social. IV. Causar algún perjuicio grave a la institución donde sea realizada la prestación del servicio social. V. Obtener documentación relativa a la liberación del servicio social sin que se hayan realizado las acciones o trabajos de

la misma prestación del servicio social. VI. Cometer actos que afecten severamente el prestigio del plantel donde realizan sus estudios o donde presten su servicio

social. CAPÍTULO IX

DE LOS ESTÍMULOS PARA PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 44. Independientemente del control que tengan los planteles de educación media y superior en el estado de Coahuila sobre los alumnos, éstos son iguales ante la ley y tendrán derecho a recibir los estímulos, recompensas, premios o becas que para tal efecto destinen las instituciones receptoras del servicio social.

TRANSITORIOS PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. SEGUNDO. Lo no previsto en el presente reglamento, será resuelto por lo que determine la Dirección de Servicio Social de la Secretaría de Educación y Cultura, previo acuerdo con la Subsecretaría competente. TERCERO. Dentro del plazo de noventa días naturales, contados a partir de la publicación del presente Reglamento, las instituciones educativas de los niveles medio y superior del Estado de Coahuila, que no cuenten con normatividad para la prestación del servicio social; deberán en su caso, adecuar su reglamentación interna, acuerdos, circulares y demás disposiciones relativas al servicio social, conforme a lo dispuesto por este reglamento; además de registrarlos ante la Dirección de Servicio Social de la Secretaría de Educación y Cultura. CUARTO. Se derogan las disposiciones en contrario y en caso de controversia, se estará a lo dispuesto en el presente reglamento. QUINTO. El sector social, privado y las organizaciones de la sociedad civil, que a la fecha de publicación del presente reglamento de criterios rectores, tengan vigentes acuerdos o convenios con instituciones educativas para la prestación del servicio social, deberán de registrarlos dentro del término de 45 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación del presente reglamento de funciones, ante la Dirección de Servicio Social para que tengan validez hasta el término de los mismos. SEXTO. Los alumnos que cursen el bachillerato en la modalidad abierta quedan exentos de la prestación del servicio social, ya que por su propia naturaleza atiende la demanda educativa de sectores de la población que no pueden acceder a la modalidad escolarizada, por su ubicación geográfica, ocupaciones personales o cualquier circunstancia. D A D O en la residencia del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila, a los veintidós días del mes de Marzo del año dos mil siete.

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” EL GOBERNADOR DEL ESTADO

PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS

(RÚBRICA)

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

LIC. HOMERO RAMOS GLORIA (RÚBRICA)

EL SECRETARIO DE FINANZAS

LIC. JORGE JUAN TORRES LÓPEZ (RÚBRICA)

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 9

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

PROFR. MANUEL JAIME CASTILLO GARZA

(RÚBRICA)

EL SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

ING. ISMAEL EUGENIO RAMOS FLORES

(RÚBRICA)

DISTRITO DE SALTILLO

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente número 761/2007, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de DANIEL SORIA MADRIGAL, denunciado por MAYRA EDITH SORIA VILLANUEVA Y MARIA ELIZABETH SORIA ESCALONA, el Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ordenó con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publicar edictos en el periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad y en la tabla de avisos del Juzgado, por DOS VECES, con un intervalo de DIEZ DIAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten al local del juzgado a las NUEVE HORAS DEL DIA MARTES DIEZ DE ABRIL DE AÑO DOS MIL SIETE a hacer valer sus derechos.

Saltillo, Coahuila a 02 de Marzo de 2007 EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE. LIC. EDGAR ARTURO GARCIA ALMANZA.

(RÚBRICA) 13-Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente número 760/2007, relativo al JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de JUAN FRANCISCO FLORES ROCHA, el Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ordenó con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publicar edictos en el periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad y en la tabla de avisos del Juzgado, por DOS VECES, con un intervalo de DIEZ DIAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto.

Saltillo, Coahuila a seis de marzo de 2007 EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE. LIC. EDGAR ARTURO GARCIA ALMANZA.

(RÚBRICA) 13-Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente número 430/2007, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ANTONIO ALONSO GUARDIOLA, denunciado por MARIA DE JESÚS ECHAVARRIA LOPEZ, el Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ordenó con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publicar edictos en el periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad y en la tabla de avisos del Juzgado, por DOS VECES, con un intervalo de DIEZ DIAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten al local del juzgado a las DIEZ HORAS DEL DIA VIERNES NUEVE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO a hacer valer sus derechos.

Saltillo, Coahuila a 02 de Marzo de 2007 EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE. LIC. EDGAR ARTURO GARCIA ALMANZA.

(RÚBRICA) 13-Y 30 MAR

LIC. JUAN GERARDO NAVA MUÑOZ. NOTARIO PÚBLICO No. 61.- SALTILLO, COAHUILA.

AVISO NOTARIAL

EL C. LICENCIADO JUAN GERARDO NAVA MUÑOZ, Notario Público número 61, en ejercicio en el Distrito Notarial de Saltillo, con despacho en la Calle Ramón Corona 892 Poniente, Zona Centro, de esta ciudad; con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 1065 y 1127 del Código Procesal Civil vigente en el Estado, doy a conocer que mediante Acta Fuera de Protocolo de fecha 05 de Marzo del 2007, se inició el PROCEDIMIENTO SUCESORIO INTESTAMENTARIO EXTRAJUDICIAL, a bienes del señor SAMUEL FLORES MARQUEZ, solicitado por los CC. CELIA DÁVILA SÁNCHEZ, SAMUEL, SALVADOR,

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10 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

ROSA ELVIRA, JUANA MARIA ISABEL, esta última por sus propios derechos y en representación de la C. OLGA LYDIA, todos de apellidos FLORES DÁVILA, en su calidad de cónyuge supérstite y de descendientes del Autor de la Sucesión, y la C. ROSA ELVIRA FLORES DAVILA, también como Albacea de la Sucesión, quien tiene su domicilio en Quinta la Candelaria número 4074, en Los González, de esta ciudad; por lo que se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores del Autor de la Sucesión, para que se presenten a deducirlos según corresponda, señalándose las 18:00 (dieciocho horas) del día 16 de Abril de 2007, para que tenga verificativo la junta de herederos y recepción testimonial en el domicilio de la Notaría Pública a mi cargo. NOTA.- Se publicará por dos veces con un intervalo de 10 días.

LIC. JUAN GERARDO NAVA MUÑOZ NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 61

FIRMA Y SELLO NOTARIAL DE AUTORIZAR (RÚBRICA) 13-Y 30 MAR

LIC. HILDA ELENA SÁNCHEZ DE LEÓN NOTARIO PÚBLICO No. 51.- SALTILLO, COAHUILA.

AVISO NOTARIAL LA C. LICENCIADA HILDA ELENA SÁNCHEZ DE LEÓN, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CINCUENTA Y UNO, en ejercicio en el Distrito de Saltillo, con oficio en la Calle de Reynosa número 548, en la Colonia República Oriente, de esta Ciudad, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo mil sesenta y cinco 1065 del Código Procesal Civil de Coahuila, doy a conocer que acudió ante mí el señor ARTURO IBARRA MARTINEZ, por sus propios derechos y como Apoderado de los señores VICENTE, MARIA ESTHER, EVANGELINA, JOSE LUIS, MARGARITA, MARIA DE JESUS, FRANCISCO JAVIER, ALBERTO EPIFANIO, LETICIA, MARIA DE LOS ANGELES y JUANA MARIA MAYELA, todos de apellidos IBARRA MARTINEZ, a solicitar la tramitación extrajudicial de la Sucesión Intestamentaria a bienes de su madre la señora CONSTANCIA MARTINEZ MARTINEZ, exhibiéndome la partida de defunción, acta de matrimonio de la de-cujus y actas de nacimiento de VICENTE, MARIA ESTHER, EVANGELINA, JOSE LUIS, MARGARITA, MARIA DE JESUS, FRANCISCO JAVIER, ALBERTO EPIFANIO, LETICIA, ARTURO, MARIA DE LOS ANGELES y JUANA MARIA MAYELA, todos de apellidos IBARRA MARTINEZ, donde acreditan el entroncamiento con la autora de la sucesión, por lo que deberán publicarse los edictos correspondientes dos veces de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación de esta ciudad; a fin de que los que se crean con derecho a la herencia, comparezcan a deducirla ante esta Notaría a mi cargo.- DOY FE.- Saltillo, Coahuila, a 09 de Marzo del año dos mil siete.

LIC. HILDA ELENA SANCHEZ DE LEON NOTARIO PUBLICO NUMERO CINCUENTA Y UNO

(RÚBRICA) 13-Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE Dentro de los autos del expediente número 1640/2004, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por ISIDRO CONTRERAS MORENO en contra de JOSÉ NATALIO MEDINA CORTEZ, el Juez Tercero Civil de Este Distrito Judicial Licenciado GUADALUPE MARTÍNEZ CORTEZ, señaló las DIEZ HORAS DEL DÍA DIA DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA de los siguientes bienes inmuebles; 1.- Lote de terreno marcado con el número 26 de la manzana 031, de la colonia San José de esta ciudad, y casa habitación en él edificada; inscrita bajo la partida número 57888, libro 579, sección I, de fecha diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho; con una superficie de 385.53 metros cuadrados; con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 19.25 metros y colinda con lote 25; AL SUR en 19.40 metros y colinda con lote 27; AL ESTE en 20.00 metros y colinda con calle de su ubicación la denominada calle San José; y AL OESTE en 19.90 metros y colinda con colonia Postal Cerritos; en la cantidad de $195,000.00 (CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). 2.- Lote de terreno marcado con el número 10, de la manzana 22, de la colonia San José de esta ciudad, inscrito bajo la partida 57897, libro 579, sección I, de fecha dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho, con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE en 8.00 metros y colinda con el lote 09; AL SUR en 8.00 metros y colinda con calle de su ubicación, que lo es la calle San José de la Cruz; AL ORIENTE en 18.50 metros, colinda o da frente a la calle de su ubicación Prolongación San Pablo; Y AL PONIENTE en 18.00 metros, colinda con lote 11, en la cantidad de $85,000.00 (OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). 3.- Lote de terreno marcado con el número 29, de la manzana 031, de la colonia San José de esta ciudad y construcción en él edificada marcada con el número 1318 de la calle San José, inscrito bajo la partida número 62338, libro 624, sección I, de fecha diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y nueve, con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE en 20.10 metros y colinda con lote 28; AL SUR en 20.40 metros y colinda con lote 30; AL ORIENTE en 10.25 metros y colinda o da frente cono la calle de su ubicación denominada calle San José; Y AL PONIENTE en 9.90 metros y colinda con la colonia Postal Cerritos, en la cantidad de $540,000.00 (QUINIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidades fijadas por los peritos designados en autos, siendo postura legal aquélla que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero. ANUNCIANDO EL REMATE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS HÁBILES en el Periódico Oficial y en un periódico de circulación de esta ciudad, convocando postores los que deberán presentarse reuniendo los requisitos a que se refiere en el artículo 977 del Código Procesal Civil.- NOTIFÍQUESE..."

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 11

Saltillo, Coahuila; a 06 de Marzo de 2007 SECRETARIA DEL JUZGADO

Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, Coahuila, se esta tramitando el juicio ORDINARIO CIVIL, bajo el expediente número 587/2006, promovido por LUIS RAMON CARVAJAL GARCIA, en contra de JOSE GUADALUPE PADILLA VALDEZ, en su carácter de Apoderado de MARIA GUADALUPE ESCAMILLA PEREZ DE RIOS, y como se ignora el domicilio de JOSE GUADALUPE PADILLA VALDEZ, en su carácter de Apoderado Jurídico de MARIA GUADALUPE ESCAMILLA PEREZ DE RIOS se ordena emplazarlo por edictos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de información en el Estado, a efecto de hacerle saber que es demandado en la Vía Ordinaria Civil por los conceptos que se determinan en la demanda, a efecto de que comparezca en el término de QUINCE DIAS ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Saltillo a presentar contestación a la demanda, mismos que se computarán a partir de la fecha de publicación del último de los edictos. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, copias de traslado de la demanda.- CONSTE.-

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O Ante el C. Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, compareció la Licenciada BLANCA MARGARITA FARÍAS CABELLO, en su carácter de Subprocuradora de la Familia, demandando en Juicio ORDINARIO CIVIL DE PÉRDIDA DE PATRIA POTESTAD DE LA MENOR SAMANTHA DEYANIRA FELÁN TRUJILLO a los CC. MAYELA OFELIA FELÁN TRUJILLO, ROGELIO FELÁN JUÁREZ y SANJUANA TRUJILLO MARÍN, dentro de los autos del expediente 1047/2003, admitiéndose la demanda y en virtud de que no fueron localizados los domicilios actuales de los codemandados, de conformidad con el artículo 221 del Código Procesal Civil, se decretó el emplazamiento de ROGELIO FELÁN JUÁREZ y SANJUANA TRUJILLO MARÍN, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado, y otro de los de mayor circulación, haciéndole saber que en este juzgado se radicó el juicio ya mencionado, en el cual la actora invoca como fundamento de sus pretensiones lo dispuesto en el artículo 545, fracción IV, inciso B, del Código Civil del Estado; haciéndoles saber que deberán presentarse en este Juzgado dentro del término de VEINTE DÍAS a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, haciéndole saber que las copias de la demanda se encuentran a disposición de la secretaría de este juzgado para que se imponga de ellas.

Saltillo, Coahuila; a 07 de marzo de 2007

SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.

Licenciado OBED SANTIBÁÑEZ CABRALES. (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE El Juez Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Saltillo, en los autos del Juicio ORDINARIO MERCANTIL número 1858/2003 promovido por BANCA SERFIN, S.A., continuado por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. contra FRANCISCO JAVIER MOLGADO SANCHEZ, señaló las CATORCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo en el local del Juzgado la audiencia de remate en Primera Almoneda del siguiente bien inmueble: CASA CONSTRUIDA EN EL LOTE 17 DE LA MANZANA 6, MARCADA CON EL NÚMERO 157 DE LA CALLE "A" DE LA COLONIA AMPLIACION MORELOS DE ESTA CIUDAD Y QUE CUENTA CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 8.00 CON CALLE A; AL SUR EN 8.00 CON LOTE 24; AL ORIENTE EN 19.12 Y AL PONIENTE EN 19.12 CON LOTE 18, CON SUPERFICIE TOTAL DE 152.96 METROS CUADRADOS; INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO BAJO LA PARTIDA 6894 LIBRO 69, SECCION I DEL 7 DE OCTUBRE DE 1993, valuada en autos en la cantidad de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo esta cantidad la base del remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la misma. Publíquese un extracto de este auto en el Periódico Oficial del Estado así como en uno de circulación que se edite en esta ciudad y en la Tabla de Avisos del Juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, anunciando la venta y convocando postores; lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1411 del Código de Comercio.

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12 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ.

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE Dentro de los autos del expediente número 110/2000, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por BANCO DEL ATLÁNTICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE y seguido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de EMETERIO ESQUIVEL TORRES y ELSA EDITH DE HOYOS DE ESQUIVEL, el Juez Tercero Civil de Este Distrito Judicial Licenciado GUADALUPE MARTÍNEZ CORTEZ, señaló las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTE DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA del siguiente bien inmueble: Casa habitación marcada con el número 128 de la calle Juan Pablo Rodríguez de la Ampliación Real de Peña de esta ciudad, con una superficie de 386.16 metros cuadrados, inscrita bajo la partida número 13525, libro 136, sección I, de fecha veintidós de junio de mil novecientos noventa y cuatro, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 30.24 metros y colinda con lotes 10 y 9; AL SUR en 30.24 metros y colinda con lotes 1 y 2; AL ORIENTE en 12.00 metros y colinda con calle Juan Pablo Rodríguez Galindo; y AL PONIENTE en 13.54 metros y colinda con lotes 8 y 3; en la cantidad de $1'030,000.00 (UN MILLÓN TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad fijada por los peritos designados en autos, siendo postura legal aquélla que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero. ANUNCIANDO EL REMATE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS HÁBILES en el periódico oficial y en un periódico de circulación de esta ciudad, convocando postores los que deberán presentarse reuniendo los requisitos a que se refiere en el artículo 977 del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE..."

Saltillo, Coahuila; a 06 de Marzo de 2007 SECRETARIA DEL JUZGADO

Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE EL C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, EXPEDIENTE 1571/2005, promovido por VALORES ALIMENTICIOS, S.A. DE C.V., en contra de JULIO CESAR RAMIREZ CEPEDA, señaló las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local del Juzgado la audiencia de Remate en Primera Almoneda del siguiente bien inmueble: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 29 DE LA MANZANA 3, DE LA CALLE VEINTISIETE DE LA COLONIA VISTAHERMOSA DE ESTA CIUDAD; CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS AL NORTE 17.50 METROS COLINDA CON LOTE 21; AL SUR 17.50 METROS COLINDA CON CALLE VEINTISIETE; AL ORIENTE EN 25.00 METROS Y COLINDA CON LOTE 28 Y PONIENTE EN 25.00 METROS Y COLINDA CON LOTE 30; REGISTRADA BAJO LA PARTIDA NUMERO 79703, LIBRO 798, SECCION I, DE FECHA CATORCE DE JULIO DEL DOS MIL, valuado en autos en la cantidad de $1'100.000.00 (UN MILLON CIEN MIL PESOS 00/100 M.N. siendo esta cantidad la base del remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la misma. Publíquese un extracto de este auto en el Periódico Oficial del Estado así como en uno de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad y en la tabla de avisos del juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, anunciando la venta y convocando postores; CONSTE. -

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE EL C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, EXPEDIENTE 291/2004, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. en contra de ANTONIO RECIO AGUILAR, señaló las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local del Juzgado la audiencia de remate en Primera Almoneda del siguiente bien inmueble: CASA HABITACION MARCADA CON EL NÚMERO 1677 DE LA CALLE 17, DEL FRACCIONAMIENTO AMPLIACION MORELOS, EN ESTA CIUDAD, QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN 20.07 CON LOTE 12; AL SUR EN 20.09 CON LOTE 14; AL ORIENTE EN 7.00 CON VARIOS PROPIETARIOS Y AL PONIENTE EN 7.00 CON CALLE 17, CON SUPERFICIE TOTAL DE 140.56 METROS CUADRADOS; INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO BAJO LA PARTIDA 22905, LIBRO 230, SECCION I DE FECHA 10 DE FEBRERO DE 1995 valuada en autos en la cantidad de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 13

00/100 M.N.) siendo esta cantidad la base del remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la misma. Publíquese un extracto de este auto en el Periódico Oficial del Estado así como en uno de circulación que se edite en esta ciudad y en la Tabla de Avisos del Juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, anunciando la venta y convocando postores; CONSTE. -

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE EL C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO, COAHUILA, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, EXPEDIENTE 122/1995, promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., en contra de MARIA HORTENCIA VEGA RODRIGUEZ Y RAYMUNDO ZUÑIGA ACEVES, señaló las TRECE HORAS DEL DIA VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local del Juzgado la audiencia de Remate en Primera Almoneda del siguiente bien inmueble: CASA HABITACION MARCADA CON EL NUMERO 596, LOTE 12, MANZANA 17, DE LA CALLE SAN JUAN DE RAYAS, DEL FRACCIONAMIENTO VALLE SAN AGUSTIN, DE ESTA CIUDAD, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE 24.00 METROS Y COLINDA CON LOTE 14; AL SUR MIDE 24.00 METROS Y COLINDA CON LOTE 10; AL PONIENTE MIDE 15.00 METROS Y COLINDA CON LOTE 11; Y AL ORIENTE MIDE 15.00 METROS Y COLINDA CON CALLE SAN JUAN DE RAYAS,; INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD BAJO LA PARTIDA NUMERO 3349, LIBRO 34, SECCION I, DE FECHA 1 DE ABRIL DE 1993, valuado en autos en la cantidad de $1'050,000.00 (UN MILLON CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo esta cantidad la base del remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la misma. Publíquese un extracto de este auto en el Periódico Oficial del Estado así como en uno de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad y en la tabla de avisos del juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, anunciando la venta y convocando postores; CONSTE. -

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE Dentro de los autos del expediente número 1753/2004, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por el Licenciado IGNACIO ARMANDO VELÁSQUEZ MOYEDA, Apoderado General de HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, en contra de VÍCTOR HUGO VILLARREAL AGUILERA y CLAUDIA YADIRA FUENTES MENCHACA, el Juez Tercero Civil de Este Distrito Judicial Licenciado GUADALUPE MARTÍNEZ CORTEZ, señaló las NUEVE HORAS DEL DÍA VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA del siguiente bien inmueble: Casa habitación marcada con el número 542 de la calle Once, construida sobre el lote de terreno marcado con el número 1 de la manzana 27, del fraccionamiento Ciudad Mirasierra, Etapa 1 "A" de esta ciudad, con una superficie de 115.50 metros cuadrados, inscrita bajo la partida número 49127, libro 492, sección I, de fecha veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y siete, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 16.50 metros y colinda con calle 4; AL SUR en 16.50 metros y colinda con lote 3; AL ORIENTE en 7.00 metros y colinda con calle 11; y AL PONIENTE en 7.00 metros y colinda con pasillo de servicio; en la cantidad de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad fijada por el perito designado en autos, siendo postura legal aquélla que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero. ANUNCIANDO EL REMATE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS HÁBILES en el Periódico Oficial y en un periódico de circulación de esta ciudad, convocando postores los que deberán presentarse reuniendo los requisitos a que se refiere en el artículo 977 del Código Procesal Civil.- NOTIFÍQUESE…”

Saltillo, Coahuila; a 13 de Marzo de 2007 SECRETARIA DEL JUZGADO

Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O Dentro del expediente número 1771/2006, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por SALOMÓN MARTINEZ MARTINEZ en contra de SABINO MARTINEZ Y REGISTRO PUBLICO, el Juez Tercero Civil del Distrito Judicial de Saltillo, Licenciado GUADALUPE MARTINEZ CORTEZ, con fundamento en el artículo 221, fracción II, del Código Procesal Civil, se decreta el emplazamiento de SABINO MARTINEZ por medio de edictos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el periódico

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Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta Ciudad, haciéndole saber que deberá presentarse a este Juzgado dentro del término de VEINTE DÍAS a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, haciéndole saber que las copias de la demanda se encuentran a su disposición en la Secretaria de este Juzgado para que se impongan de ellas.

Saltillo, Coahuila a 7 de Marzo de 2007 LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA.

SECRETARIA DEL JUZGADO. (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente 632/2006, relativo al Juicio Ordinario Civil promovido por SALOMÓN MARTINEZ MARTINEZ, en contra de SABINO MARTINEZ, DIRECTORA REGISTRADORA DE LA OFICINA DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, el Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ordenó con fundamento en el artículo 221 del Código Procesal Civil del Estado, ordenó emplazar a SABINO MARTINEZ, por medio de edictos que se publicarán por TRES VECES, de TRES en TRES DÍAS, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad, haciéndoles saber que las copias de traslado de la demanda se encuentran a su disposición en el local de este Juzgado, haciéndole saber además que el plazo para contestar la demanda entablada en su contra es de NUEVE DÍAS y comenzará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del último de los edictos.- CONSTE.-

Saltillo, Coahuila, a 13 de Marzo de 2007 EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE LIC. EDGAR ARTURO GARCIA ALMANZA

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE Dentro de los autos del expediente número 1741/2004, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por el Licenciado IGNACIO ARMANDO VELÁSQUEZ MOYEDA, Apoderado General de HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, en contra de JOSÉ MARIO ASTORGA DE LOS SANTOS y BERTHA ALICIA SIGALA HERNÁNDEZ, el Juez Tercero Civil de Este Distrito Judicial Licenciado GUADALUPE MARTÍNEZ CORTEZ, señaló las NUEVE HORAS DEL DÍA VEINTITRÉS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate en PRIMERA ALMONEDA del siguiente bien inmueble: Casa habitación marcada con el número 1041 de la calle Quince, construida sobre el lote de terreno marcado con el número 26 de la manzana 67, del fraccionamiento Ciudad Mirasierra Etapa 1 "A" de esta ciudad, con una superficie de 115.50 metros cuadrados, inscrita bajo la partida número 78424, libro 785, sección I, de fecha primero de junio de dos mil, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 16.50 metros y colinda con lote 24; AL SUR en 16.50 metros y colinda con lote 28 AL ORIENTE en 7.00 metros y colinda pasillo de servicio; y AL PONIENTE en 7.00 metros y colinda con calle 15; en la cantidad de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad fijada por el perito designado en autos, siendo postura legal aquélla que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero. ANUNCIANDO EL REMATE POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS HÁBILES en el Periódico Oficial y en un periódico de circulación de esta ciudad, convocando postores los que deberán presentarse reuniendo los requisitos a que se refiere en el artículo 977 del Código Procesal Civil.- NOTIFÍQUESE…”

Saltillo, Coahuila; a 13 de Marzo de 2007 SECRETARIA DEL JUZGADO

Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO DE REMATE EL C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO, COAHUILA, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, EXPEDIENTE NÚMERO 1247/2005, PROMOVIDO POR JUAN CARLOS VALDEZ CORDERO, en contra de JUAN CHAVARRIA VILLARREAL Y ELVA VARA RIVERA, señaló las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local del Juzgado la audiencia de Remate en Primera Almoneda del siguiente bien Remate en Primera Almoneda del siguiente bien inmueble: LOTE DE TERRENO RUSTICO Y CONSTRUCCION LOCALIZADO A 5 KILOMETROS RUMBO AL EJIDO EL PORVENIR, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ALLENDE, COAHUILA Y QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:AL NORTE V.M. Y COLINDA CON FERNANDO FERNANDEZ Y MARIO RODRIGUEZ K.; AL SUR V.M. Y COLINDA CON EJIDO ALLENDE Y MARGIL GARZA RODRIGUEZ; AL PONIENTE V.M. Y COLINDA CON MARGIL GARZA RODRIGUEZ Y, AL ORIENTE V.M. CON FERNANDO

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FERNANDEZ F., INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO BAJO LA PARTIDA 20,117, FOJA 142, LIBRO 50, SECCION I, DE FECHA 10 DE JULIO DE 1995, valuada en autos en la cantidad de $4'060,000.00 (CUATRO MILLONES SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo esta cantidad la base del remate y postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la misma. Publíquese un extracto de este auto en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad y en la tabla de avisos del juzgado, por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DÍAS, anunciando la venta y convocando postores; lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1411 del Código de Comercio. Por otra parte y toda vez que el inmueble se encuentra ubicado fuera de este Distrito Judicial, gírese exhorto, con los insertos necesarios, al juez de igual categoría con residencia en la ciudad de Allende, Coahuila, a efecto de que en auxilio de las labores de este juzgado, se sirva dar la publicidad correspondiente al presente remate en la tabla de avisos de ese Juzgado a su cargo, ampliándose el término de los edictos un día más por cada cien kilómetros o fracción que exceda de la mitad. CONSTE. -

EL C. SECRETARIO LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ.

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SALTILLO, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente número 229/2007, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de OMAR OSCAR OLVIARES FUENTES, el Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, ordenó con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publicar edictos en el periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad y en la tabla de avisos del Juzgado, por DOS VECES, con un intervalo de DIEZ DIAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten al local del juzgado a las NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA MIÉRCOLES VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO a hacer valer sus derechos.

Saltillo, Coahuila a 26 de Marzo de 2007 EL SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE. LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA. (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

LIC. REBECA VILLARREAL GOMEZ. NOTARIA PUBLICA No. 68.- SALTILLO, COAHUILA.

EDICTO Con esta fecha y conforme al artículo 1127 fracción II y III del Código procesal Civil, se hace saber que en esta Notaria 68, titular, Licenciada REBECA VILLARREAL GOMEZ, en ejercicio en este Distrito Notarial de Saltillo, y con oficio en el domicilio de periférico Luis Echeverría 416, Colonia República. HAGO SABER: Que ante mí comparecieron los CC. BEATRIZ IRMA MENCHACA ELIZONDO VIUDA DE DAVILA , SARA OFELIA, JESÚS ARMANDO, ROSALINDA, LETICIA, LUIS ARTURO, JOSE ALBERTO Y ALFREDO JAVIER TODOS DE APELLIDOS DAVILA MENCHACA , quienes en su carácter la primera como cónyuge y los segundos respectivamente en su carácter de hijos del causante para denunciar y tramitar el procedimiento Extrajudicial Intestamentario a bienes de JESÚS DAVILA AGUIRRE; designando como albacea a BEATRIZ IRMA MENCHACA ELIZONDO. La Titular de la Notaria declaró la apertura de la sucesión Intestamentaria, asentando todo en el acta de protocolo a las diez horas del día ( 17) diecisiete de marzo del año (2007) dos mil siete; en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 1065 y 1127 fracción II y III del Código Procesal Civil, se publiquen edictos por DOS veces, con un intervalo de DIEZ días en el Periódico Oficial del Estado y en un Periódico EL DIARIO en esta ciudad, a efecto de convocar a todos los que se consideren con derecho a heredar y a los acreedores del difunto para que, si a su derecho conviniere, concurran a hacer sus derechos. Fijándose en la misma acta, como fecha (11:00) once horas del día sábado (19) diecinueve de mayo del año (2007) dos mil siete, para que tenga verificativo la INFORMACIÓN TESTIMONIAL Y JUNTA DE HEREDEROS DOY FE---

LIC. REBECA VILLARREAL GOMEZ TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NUMERO 68

(RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR. SALTILLO, COAHUILA.

EXTRACTO DE DEMANDA En los autos del Expediente número 191/2007, relativo al Juicio Ordinario de Rectificación de Acta del Registro Civil, la Licenciada MARIA EUGENIA GALINDO HERNANDEZ, Juez Primero de Primera Instancia en Materia Familiar, del Distrito Judicial de Saltillo, con residencia en esta ciudad, ordenó que se publicará el presente extracto de demanda, mediante el cual MARIA AMADA CARVAJAL ALVARADO, demanda a los CC. OFICIAL SEGUNDO DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD Y AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO, la Rectificación del Acta de nacimiento número 00725, Libro número 1, Tomo número 1, en la Foja número 167, de fecha 25-veinticinco de Septiembre de 1930-mil novecientos treinta, de la Oficialía Segunda del Registro Civil de esta ciudad, a efecto de que en donde se asentó como su nombre MARIA CARVAJAL

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16 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

ALVARADO, se asiente correctamente como lo MARIA AMADA CARVAJAL ALVARADO..... Igualmente se decreta la publicación de un extracto, por una sola vez de la demanda, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en el de mayor circulación que se edite en esta ciudad y en la Tabla de Avisos de la Oficialía demandada, mandando llamar a cualesquier interesado que desee oponerse a la demanda, lo cual deberá hacer dentro del término de TREINTA DIAS siguientes a la última publicación... NOTIFIQUESE.- Así, lo acordó y firma la ciudadana LICENCIADA ALMA LETICIA GOMEZ LOPEZ, Juez Primero de Primera Instancia en Materia Familiar, del Distrito Judicial de Saltillo, con residencia en esta ciudad, que actúa con la Secretaria LICENCIADA MARIA EUGENIA GALINDO HERNANDEZ, que autoriza y da fe. Dos firmas ilegibles. Rúbricas.

"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION"

Saltillo, Coahuila, a 26 de Marzo del 2007 SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO FAMILIAR LIC. MARIA DE LOURDES JIMÉNEZ MARTINEZ

(RÚBRICA) 30 MARZO

DISTRITO DE MONCLOVA

LIC. BENIGNO GIL DE LOS SANTOS. NOTARÍA PÚBLICA No. 6.- MONCLOVA, COAHUILA.

AVISO NOTARIAL Yo, Licenciado BENIGNO GIL DE LOS SANTOS, Titular de la Notaría Pública número Seis del Distrito Judicial de Monclova, HAGO CONSTAR: Que en esta Notaría a mi cargo, siendo las 16:00 (dieciséis horas) del día viernes (23) veintitrés de Febrero del año dos mil siete, se inició el Procedimiento Intestamentario Extrajudicial a bienes de los señores AGUSTÍN CAMPA COBOS y ORALIA MORIN SANDOVAL, a solicitud de los señores AÍDA MINERVA, REFUGIO y YOLANDA OFELIA de apellidos CAMPA MORIN, mayores de edad, con plena capacidad procesal y no existiendo entre ellos controversia alguna, exhibiendo copias certificadas de las actas de defunción de los autores de la herencia, copia certificada del acta de matrimonio y copias certificadas de las actas de nacimiento de los presuntos herederos de la sucesión que justifican su entroncamiento con aquel. Ofreciendo información testimonial que lo confirme y que no existen otras personas con igual o mejor derecho a la herencia. En el mismo acto los comparecientes se reconocieron recíprocamente su calidad de presuntos herederos, y propusieron albacea a la señora YOLANDA OFELIA CAMPA MORIN, con domicilio en Avenida Juárez número 823 de la Colonia el Pueblo de esta Ciudad de Monclova, Coahuila, habiéndose fijado el quinto día hábil siguiente al de la fecha de la última publicación de los edictos para que tenga lugar la junta de herederos y la información testimonial con citación del Ministerio Público, en el domicilio de la Notaría Pública número Seis del Distrito Notarial de Monclova, a mi cargo ubicada en Calle Tercera 1122 de la Colonia Cd. Deportiva de esta Ciudad. Se da a conocer lo anterior, mediante la publicación de dos avisos que se publicarán en un intervalo de diez días entre ambos, en el Periódico Oficial del Estado y en el Periódico El Tiempo de esta Ciudad. Se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del finado, para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda.

LIC. BENIGNO GIL DE LOS SANTOS. Titular de la Notaría Pública Nº. 6

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

EDICTO En el expediente numero 228/2007 relativo al juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES JESUS MARIA PEÑA VILLARREAL el JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA, decreto de conformidad con el articulo 1065 del Código Procesal Civil de Coahuila, mediante auto de fecha veinticuatro de enero del año en curso, publicar edictos por dos veces con un intervalo de diez días en el Periódico Oficial del Estado en uno de los de mayor circulación de esta ciudad y en la tabla de avisos de este Juzgado lo siguiente: Se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto JESUS MARIA PEÑA VILLARREAL, para que se presenten a deducirlos, haciéndose de su conocimiento que dentro de la denuncia del presente juicio aparece como heredera ORALIA VAZQUEZ AGUILERA, quien es esposa del autor de la sucesión.

Monclova, Coahuila a 12 de Febrero del 2007.

EL SECRETARIO LIC. JESUS MANUEL HERNANDEZ REYES

SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. (RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 17

EDICTO En el expediente número 346/2007, relativo a los juicios SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de HERLINDA VILLASANA SANDOVAL y SUCESORIO TESTAMENTARIO A BIENES DE BERNARDO CARRILLO ROMERO, el JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA, decretó de conformidad con el artículo 1065 del Código Procesal Civil de Coahuila, mediante auto de fecha Seis de Marzo del año en curso, publicar edictos por dos veces con un intervalo de diez días en el Periódico Oficial del Estado en uno de los de mayor circulación de esta ciudad y en la tabla de avisos de este Juzgado lo siguiente: Se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores de los difuntos HERLINDA VILLASANA SANDOVAL y BERNARDO CARRILLO ROMERO, para que se presenten a deducirlos, haciéndose de su conocimiento que dentro de la denuncia del presente juicio aparece como heredera ESTRELLA HERLINDA CARRILLO VILLASANA, quien es hija de los autores de la sucesión.

Monclova, Coahuila, a 06 de Marzo del 2007 El secretario

LIC. JESÚS MANUEL HERNANDEZ REYES SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL.

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

E D I C T O

Mediante escrito de fecha seis de febrero del año dos mil siete, se presentó el C. RODOLFO CARDENAS DURAN, a denunciar la muerte sin testar de DORA DELIA GOMEZ FERRIÑO, quien falleció el 01 de Noviembre de 2004, habiéndose radicado el Juicio Sucesorio Intestamentario bajo el Expediente 213/2007. Manifiesta el C. RODOLFO CARDENAS DURAN, que él y su hija son los presuntos herederos que le sobreviven a DORA DELIA GOMEZ FERRIÑO. Se hace un llamado a los que se crean con igual o mejor derecho a heredar y a los acreedores para que se presenten al Juzgado a deducir sus derechos según corresponda.

A T E N T A M E N T E. Monclova, Coah., a 26 de Febrero del 2007.

La C. Secretaria de Acuerdo y Trámite del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova.

LIC. GLADYS IVONNE ADAN BOONE. (RÚBRICA)

NOTA: Para su Publicación por dos veces con un intervalo de 10 días en la tabla de avisos de este juzgado, en el Periódico La Voz que se edita en esta ciudad y en el Periódico Oficial del Estado. 13 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR MONCLOVA, COAHUILA.

E D I C T O SEÑOR JESÚS RAÚL RIVAS COLUNGA. En el expediente número 60/2007, relativo al Juicio Ordinario de Divorcio Necesario, promovido por la ciudadana NORMA LETICIA TRINIDAD COLUNGA en contra del ciudadano JESÚS RAÚL RIVAS COLUNGA, de quien se ignora el domicilio, se ordenó emplazar a juicio a éste ultimo por medio de éste Edicto, haciéndole saber que su cónyuge le demanda la Disolución del vínculo matrimonial que los une y demás consecuencias legales; que se encuentran en éste juzgado a su disposición las copias de traslado, haciéndosele saber así que deberá de presentarse a contestar la demanda en un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de la última publicación que se haga del edicto o a oponer excepciones o defensas que tuviere y quisiere hacer valer; apercibido de que, de no hacerlo se le tendrán por negados los hechos de la demanda; se ordena publicar los edictos por tres veces de tres en tres días en el periódico Oficial del Estado y otro de mayor circulación de ésta ciudad.- Previniéndosele a la parte demandada para que designe Abogado Patrono que la asista en el presente juicio, apercibiéndole de que de no hacerlo, se le nombrará por éste Juzgado uno de oficio; así mismo, para que exhiba copia certificada de su Acta de Nacimiento, como lo dispone el artículo 213 del Código Civil y 119 del Código Procesal Civil vigentes en el Estado.-

Monclova, Coahuila, a 15 de marzo del 2007.

EL CIUDADANO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA.

LICENCIADO ELISEO HERNÁNDEZ SUÁREZ. (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR. MONCLOVA, COAHUILA.

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18 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. SEÑOR EDUARDO GARZA CABRERA. En el Expediente número 43/2007, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre Divorcio Necesario, promovido por la ciudadana JOSEFA GARCIA DE LA CRUZ en contra del ciudadano EDUARDO GARZA CABRERA, de quien se ignora el domicilio, se ordenó emplazar a juicio a ésta última por medio de éste edicto, haciéndole saber que se encuentran en éste Juzgado a su disposición las copias de traslado, haciéndole saber así que deberá presentarse a contestar la demanda en un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de la última publicación que se haga del edicto o a oponer excepciones o defensas que tuviere y quisiere hacer valer, apercibida de que, de no hacerlo se le tendrán por negados los hechos de la demanda; se ordena publicar los edictos por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado y otro de mayor circulación de ésta Ciudad. Así mismo, se previene a la parte demandada para que designe abogado patrono que la asista en el presente procedimiento, apercibiéndole de que de no hacerlo, se le nombrará por éste Juzgado uno de oficio, lo anterior con fundamento en el artículo 119 del Código Procesal Civil Vigente en el Estado.-

Monclova, Coahuila, a (28) veintiocho de febrero de (2007). EL CIUDADANO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA.- LICENCIADO ELISEO HERNÁNDEZ SUÁREZ.

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

EDICTO. En el expediente numero 1554/2006 relativo al juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de LEANDRO REYNA VARGAS, el JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA, decreto de conformidad con el articulo 1065 del Código Procesal Civil de Coahuila, mediante auto de fecha Quince de Marzo del año en curso, publicar edictos por dos veces con un intervalo de diez días en el Periódico Oficial del Estado en uno de los de mayor circulación de esta ciudad y en la tabla de avisos de este Juzgado lo siguiente: Se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto LEANDRO REYNA VARGAS, para que se presenten a deducirlos, haciéndose de su conocimiento que dentro de la denuncia del presente juicio aparece como herederos MARCELINA MATA LUNA VDA. DE REYNA, EVARISTA, MARIA VICTORIA, ROSA MARIA, MARIA DEL ROSARIO, MARIA ENCARNACIÓN, JOSE, LEANDRO, todos de Apellidos REYNA MATA y TRINIDAD DEL RIO MATA, quien son esposa e hijos del autor de la sucesión.

Monclova, Coahuila a 15 de Marzo del 2007. EL SECRETARIO.

LIC. JESUS MANUEL HERNANDEZ REYES SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL.

(RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

E D I C T O Mediante escrito de veintidós de febrero de dos mil siete, se presentó la ciudadana LIDIA GUTIÉRREZ MARTÍNEZ por sus propios derechos y en representación de NANCY AZUCENA, así como los ciudadanos NORMA ELIA, JUAN HÉCTOR, LIDIA y MARCO ANTONIO de apellidos MASCORRO GUTIÉRREZ, a denunciar la muerte sin testar del señor HÉCTOR MASCORRO RODRÍGUEZ, quien falleció el día veintiuno de agosto de dos mil seis, en la ciudad de Castaños, Coahuila, habiéndose radicado el Juicio Sucesorio Intestamentario bajo el expediente número 339/2007. Manifiestan los denunciantes antes mencionados que ellos son los únicos y universales herederos que le sobreviven al señor HÉCTOR MASCORRO RODRÍGUEZ, en calidad de esposa e hijos legítimos, respectivamente. SE HACE UN LLAMADO a los que se crean con igual o mejor derecho a heredar y a los acreedores para que se presenten al juzgado a deducir sus derechos según corresponda, así como también, a la junta de herederos que se celebrará a las ONCE HORAS DEL TRIGÉSIMO DÍA HÁBIL siguiente a la última publicación de los edictos, para que en ella justifiquen sus derechos a la sucesión legal, los que no lo hubieran hechos antes, se haga la declaratoria de herederos, se designe albacea o interventor en su caso.

A T E N T A M E N T E Monclova, Coahuila a 15 de marzo de 2007.

El C. Secretario de Acuerdo y Trámite del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil. LIC. JOSÉ LUIS LÓPEZ FLORES.

(RÚBRICA) NOTA: Para su publicación por dos veces con un intervalo de diez días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de esta ciudad y en la tabla de avisos de este juzgado. 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. MONCLOVA, COAHUILA.

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 19

E D I C T O Mediante escrito de nueve del mes y año en curso, se presentó la señora GAUDIOSA ELSA JIMÉNEZ CHOFFI, a promover Juicio Sucesorio Testamentario a bienes del señor JULIO JIMÉNEZ BUENTELLO, quien falleció el día catorce de enero de mil novecientos noventa y nueve, en esta ciudad de Monclova, Coahuila, habiéndose radicado el Juicio Sucesorio Testamentario bajo el expediente número 317/2007. El autor de la sucesión dejó testamento publico abierto instituyendo como únicos y universales herederos a sus hijos GAUIDOSA, JULIO, SOFÍA de apellidos JIMÉNEZ CHOFFI, a JULIO Y ABRAHAM de apellidos JIMÉNEZ GARZA y a su nieta ADRIANA ESQUIVEL JIMÉNEZ. SE HACE UN LLAMADO a los que se crean con igual o mejor derecho a heredar y a los acreedores para que se presenten al juzgado a deducir sus derechos según corresponda, convocándolos a una junta que se celebrará a las DIEZ HORAS DEL OCTAVO DÍA SIGUIENTE A LA ULTIMA PUBLICACIÓN de los edictos, a fin de dar a conocer el testamento y el albacea designado.

A T E N T A M E N T E Monclova, Coahuila a 14 de marzo de 2007.

La C. Secretaria de Acuerdo y Trámite del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil. LIC. DINORAH MALDONADO JIMÉNEZ

(RÚBRICA) NOTA: Para su publicación por dos veces con un intervalo de diez días en el Periódico Oficial del Estado, tabla de avisos de éste Juzgado y en uno de los periódicos de mayor circulación de ésta ciudad de Monclova, Coahuila. 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR MONCLOVA, COAHUILA.

E D I C T O Ante éste Juzgado se presentó el ciudadano Licenciado ENRIQUE GARCÍA DE LA FUENTE, en su carácter de Apoderado Jurídico Especial del ciudadano JOSÉ ISABEL GARCÍA DE LA ROSA a demandar al ciudadano OFICIAL PRIMERO DEL REGISTRO CIVIL DE FRONTERA, COAHUILA Y CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A LOS JUZGADOS CIVILES Y FAMILIARES, en el Juicio Ordinario Civil Sobre Rectificación del Acta de Nacimiento, expediente número 1191/2006, ya que en el acta de Nacimiento se asentó por error como el nombre del promovente el de YSABEL GARCÍA DE LA ROSA, siendo lo correcto el de JOSÉ ISABEL GARCÍA DE LA ROSA, con el cual se ha ostentado en todos los actos de su vida. Lo anterior se hace saber para que comparezca cualquier interesado dentro de un plazo que no exceda de treinta días contados a partir de la última publicación del presente edicto a contradecir la demanda.

Monclova, Coahuila, a 15 de Diciembre del 2006. EL CIUDADANO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MONCLOVA. LICENCIADO JOSÉ CRUZ MARTÍNEZ RAMOS.

(RÚBRICA) NOTA: Para su publicación por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en el Periódico de Mayor Circulación en el domicilio de la promovente, además se ordena fijar en un lugar visible de la Oficialía Primera del Registro Civil de Frontera, Coahuila. 30 MARZO

DISTRITO DE SABINAS

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SABINAS, COAHUILA.

E D I C T O Ante éste Juzgado compareció el C. ROGELIO PEREZ LOREDO, dentro del Expediente número 140/2007, formado con motivo de Procedimiento Especial relativo a Juicio Declarativo de Propiedad sobre Adquisición por Prescripción en procedimiento no contencioso, a fin de que se le declare propietario de lo siguiente:- “Un terreno ubicado en la calle 16 de Septiembre No. 6 del poblado de Minas de Barroterán, Municipio de Múzquiz, Coahuila con las siguientes medidas y colindancias: al norte mide 25.00 metros de frente y colinda con la calle 16 de Septiembre; al sur mide 25.00 metros y colinda con CIA. MINERA GUADALUPE; al oriente mide 33.00 metros y colinda con CIA MINERA GUADALUPE y al poniente mide 33.00 metros y colinda con CIA, MINERA GUADALUPE teniendo una superficie total de 825.00 metros cuadrados” Se expide éste Edicto convocando a las personas que puedan considerarse afectadas; publíquese para su publicación por TRES VECES consecutivas de SIETE EN SIETE DIAS, en el Periódico Oficial del Estado, en el Periódico EL FACTOR que circula en la región y en un lugar de fácil acceso al público en la oficina del Registro Público de la Propiedad de ésta ciudad.-

Sabinas, Coahuila a 14 de Marzo de 2007 EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y TRAMITE

LIC. SERVANDO RODRIGUEZ SUAREZ (RÚBRICA) 30 MAR-17 Y 27 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SABINAS, COAHUILA.

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20 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

E D I C T O EL C. LICENCIADO ALDO ELIO PEÑA SAENZ, Juez de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Sabinas, con residencia en ésta ciudad, en el Expediente Número 93/2007, formado con motivo del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARIA DEL SOCORRO GONZALEZ DAVILA Y GILDARDO VALDEZ RAMOS, denunciado por la C. YOLANDA VALDEZ GONZALEZ, ordenó se publiquen Edictos por DOS VECES con un intervalo de DIEZ DIAS, en las tablas de avisos de éste Juzgado, en el periódico oficial del Estado, en el periódico “LA VOZ DE COAHUILA” que circula en la región, convocando a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del de Cujus para que se presenten en el Juicio en el local de éste Juzgado, a deducirlos según corresponda, en la inteligencia de que se señalaron las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISÉIS DE MARZO DEL DOS MIL SIETE para que tenga verificativo en el local de este Juzgado la Junta de herederos.- Lo anterior con fundamento en el Artículo 1065 del Código Procesal Civil vigente en el Estado.

Sabinas, Coahuila, a 16 de Febrero del 2007. EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y TRAMITE.

LIC. JAVIER HERNANDEZ GAMBOA. (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

DISTRITO DE RÍO GRANDE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA.

E D I C T O D E R E M A T E. PRIMERA ALMONEDA.

En el expediente número 445/2004, formado con motivo del Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por RAFAEL R. PERALES MENDEZ en contra de ESTEBAN BARRON ZULAICA y MARIA DE LOURDES DELGADO DE BARRON, el Ciudadano Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial de Río Grande, ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble consistente en: “Casa habitación de dos plantas ubicada en las esquinas que forman las calles 16 de septiembre con calle Galeana con número oficial 416 oriente de la ciudad de Allende, Coahuila, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 10.95 metros lineales, y colinda con calle Galeana; AL SUR mide 10.95 metros lineales y colinda con propiedad del señor Sergio Gelacio Córdova; AL ORIENTE mide 33.90 metros lineales y colinda con la calle 16 de septiembre y al PONIENTE mide 33.90 metros lineales y colinda con la propiedad de la señora Norma Alicia Barrón viuda de Treviño, siendo una superficie total de terreno 371.20 metros cuadrados; mismo que se encuentra inscrito bajo la Partida número 17090, foja 5 vta., Libro 42, Sección I de fecha (13) trece de junio de (1990) mil novecientos noventa, a nombre de ESTEBAN BARRON ZULAICA Y MARIA DE LOURDES DELGADO DE BARRON.” Sirviendo de base para el remate la cantidad de $179,488.00 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), valor fijado pericialmente a dicho inmueble y es postura legal la que alcance a cubrir las dos terceras partes de dicha cantidad. Para la diligencia de remate en PRIMERA ALMONEDA, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA MARTES (10) DIEZ DE ABRIL DEL AÑO (2007) DOS MIL SIETE, misma que tendrá verificativo en el local de este Juzgado.- Se publica en esta forma en demanda de postores por tres veces dentro de nueve días, en la inteligencia de que en la Secretaría de este Juzgado se proporcionará a los interesados la información correspondiente.

A T E N T A M E N T E. SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION.

PIEDRAS NEGRAS, COAH., MARZO 09 DE 2007. LA C. SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO

JUDICIAL DE RIO GRANDE. LIC. SANDRA MARIA CAVAZOS BERLANGA.

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

DISTRITO DE ACUÑA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. ACUÑA, COAHUILA.

E D I C T O. SE LE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE NÚMERO 857/2003, FORMADO CON EL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR EL LICENCIADO JOSE ALFREDO GALINDO GALINDO, APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS DEL BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A EN CONTRA DE JOSE LUIS ANTU MARTINEZ Y GEORGINA RUIZ SALGADO DE ANTU, EN FECHA DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL SEIS, SE DICTO SENTENCIA DEFINITIVA QUE EN SUS PUNTOS RESOLUTIVOS DICE: - - -Por lo anteriormente expuesto, considerado y con fundamento en lo dispuesto por las disposiciones legales invocadas en el cuerpo de esta resolución y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 2103, 2090, 3401, 3403, 3440, 3441, 3442, y demás relativos del Código Civil, es de resolverse y se resuelve.- - - PRIMERO.- Procedió la vía especial hipotecaria intentada en este procedimiento, resultando competente este juzgado para conocer, tramitar y resolver este litigio.- - - SEGUNDO.- La parte actora justificó los hechos constitutivos de su acción ejercitada en contra de JOSÉ LUIS ANTU MARTÍNEZ y GEORGINA RUIZ SALGADO DE ANTU,

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 21

quienes no se excepcionaron, por lo tanto se les condena a pagar a la persona moral denominada BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S. A., por conducto de su Apoderado Jurídico General para Pleitos y Cobranzas Licenciado JOSÉ ALFREDO GALINDO GALINDO, dentro del término de cinco días computables en ejecución de sentencia la cantidad de $43,047.74 (CUARENTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE PESOS 74/100 M. N.); intereses vencidos $13,891.51 (TRECE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 51/100 M. N.); intereses moratorios $13,036.81 (TRECE MIL TREINTA Y SEIS PESOS 81/100 M. N.); más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo al tipo pactado en la cláusula octava del contrato base de la presente acción. Igualmente se condena a los demandados al pago de la cantidad de $1,789.22 (UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 22/100 M. N.) por concepto de seguros incumplidos; siendo el total de adeudo por la cantidad de $71,765.29 (SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 29/100 M. N.)- - - TERCERO.- De no verificarse el pago decretado hágase trance y remate del bien inmueble hipotecado y con el producto páguese al acreedor.- - - CUARTO.- Se condena a los demandados a pagar a la parte actora los gastos y costas que se justifiquen y se hayan causado en la instancia.- - - QUINTO.- Dése aviso a la superioridad lo resuelto en ésta sentencia remitiéndole el oficio de estilo, para los efectos de lo dispuesto por la fracción III del artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en vigor en el Estado de Coahuila.- - -SEXTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE, de conformidad con la fracción V del artículo 211 del Código Procesal Civil.- Así definitivamente juzgando lo resolvió y firmó el Licenciado VICTOR HUGO QUIROZ ZAPATA, Juez de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Acuña, quien actúa con el Licenciado ALVARO MORENO CARBAJAL, Secretario que autoriza y da fe.- DOY FE.- - -Debiéndose publicar los puntos resolutivos de la sentencia definitiva por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado, así mismo en el Periódico de mayor circulación de esta ciudad de Acuña, Coahuila. –

A T E N T A M E N T E CD. ACUÑA, COAH. A 16 DE FEBRERO DEL 2007

LA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ACUÑA.

LIC. SONIA CHUEY GONZALEZ. (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

DISTRITO DE VIESCA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O. Ante este Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Viesca con residencia en Torreón, Coahuila, mediante instancia de fecha VEINTISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SIETE, se presento la C. MARIA AURORA DEL PILAR Y VICTOR MANUEL todos de apellidos LUEVANO CASTAÑEDA Y JESUS ENRIQUE LOPEZ LUEVANO, se presentaron a denunciar el fallecimiento de los C. VICTOR MANUEL LUEVANO HERNANDEZ, quienes fallecieron el día 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 y por reunir los requisitos de ley se radicó el juicio Sucesión Testamentaria a bienes de dicha persona, bajo el número 137/2007, ordenándose integrar las secciones del presente juicio, manifestando los denunciantes que el lazo que los une con el de cujus es el de hijos y nieto, se ordenó la notificación a la presunta heredera para que justifique sus derechos a la herencia, así como al C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA ADSCRIPCION, para los efectos legales correspondientes y así mismo se ordenó publicar EDICTOS POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE DIEZ DIAS, en la tabla de avisos de este juzgado, en el periódico oficial del Estado, y en otro de los de mayor circulación en esta ciudad, mediante los cuales se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda y hecho lo anterior se citan para que comparezcan ante este juzgado a la junta de herederos a que se refieren los artículos 1122 fracción II del Código Procesal Civil, misma que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DIA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, los que se mandan publicar en los términos ordenados, para todos los efectos legales correspondientes.

A T E N T A M E N T E, Torreón, Coahuila a 28 de Febrero del 2007.

LA C. SECRETARIO "A" DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. LIC. JAIME ARTURO MIRAMONTES PERALES

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O:

En los autos del Expediente número 114/2007, que corresponde al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DEL C. MARÍA DEL SOCORRO FIGUEROA ROSALES, promovido por la C. SILVIA MÁRQUEZ FIGUEROA en su carácter de presunta heredera, radicado ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta Ciudad, lo que se notifica y se hace saber la muerte de la C. MARÍA DEL SOCORRO FIGUEROA ROSALES, a las personas que se crean con igual o mejor derecho para heredar a fin de que comparezcan ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta Ciudad, publicación que deberá de hacerse por DOS VECES, CON UN INTERVALO DE DIEZ DÍAS, en las tablas de avisos de este Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado, así como en un periódico de mayor circulación en el Estado y que se edite en esta Ciudad, a fin de que hagan las observaciones que

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22 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

estimen pertinentes y estén en posibilidad de hacer valer lo que a sus derechos pudiere corresponder, así como a los acreedores del difunto para que se presenten en el Juicio a deducirlos según corresponda.-

Torreón, Coahuila, a 22 de Febrero de 2007 LA C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE LICENCIADA DIANA ARELLANO FUENTES

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO Ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Viesca con residencia en Torreón, Coahuila, se ha presentado la C. MARIA DEL ROSARIO GOYTIA AGUIÑAGA, como descendiente del cujus por denunciado la SUCESIÓN INTESTAMENTARIO A BIENES DE LA C. SARA DOLORES OLAGUE GOYTIA. Haciendo del conocimiento que falleció el 14 Noviembre del 2006, en la ciudad de Torreón, Coahuila. Por lo que se ordena publicar edictos POR DOS VECES CON INTERVALO DE DIEZ DIAS, en las tablas de aviso de este Juzgado, en el Periódico Oficial del estado y en uno de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad mediante los cuales se convoca a tos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto DOLORES OLAGUE GOYTIA, para que se presente en el juicio a deducirlos, según corresponda, por lo que cítese a los herederos a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que justifiquen sus derechos a la herencia, se haga declaratoria de herederos y se designe albacea o interventor en su caso y para que el Representante Social manifieste lo que su representación corresponda.- Lo anterior de los autos del expediente número 177/2007.-

EL C. SECRETARIO “A” Torreón, Coahuila, a 04 de Marzo del 2007

LIC. JOSE G. ORTEGA ORTIZ (RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O ANTE ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VIESCA CON RESIDENCIA EN TORREON, COAHUILA., mediante instancia de fecha quince de febrero del año dos mil siete, se presentó el C. GABRIEL ALBERTO ORTIZ MARTINEZ a denunciar el fallecimiento de LA C. ALMA LUZ MARTINEZ DEL CASTILLO, quien falleció el día 1º, de NOVIEMBRE del año 2004, y por reunir los requisitos de ley se radico el juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO, a bien de dicha persona. Bajo el expediente número 185/2007, ordenándose integrar las secciones del presente juicio manifestando el denunciante que el lazo que lo une con el de cujus es la de HIJO se ordeno la notificación a los presuntos herederos para que justifiquen sus derechos a la herencia, así como al C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA ADSCRIPCIÓN, para los efectos legales correspondientes, y así mismo se ordeno publicar Edictos por dos veces, con un intervalo de diez días, en la tabla de avisos de este juzgado, en el periódico oficial del Estado, y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, mediante los cuales se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda y hecho lo anterior para que comparezcan ante este juzgado a la junta de herederos a que se refieren los artículos 1084 fracción IV y 1088 del Código Procesal Civil, misma que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DIA TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.- Lo que se manda publicar en los términos ordenados, para todos los efectos legales correspondientes.

A T E N T A M E N T E. Torreón, Coah., a de del 2007

EL C. SECRETARIO “B” DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. LIC. JORGE DEL RIO SANCHEZ.

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O: Ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta ciudad de Torreón, Coahuila, se han presentado los Ciudadanos MICAELA CENICEROS MORALES, MARTINA ARACELI, GRACIELA Y VÍCTOR todos de apellidos FLORES CENICEROS denunciando la muerte sin testar de JOSÉ ABUNDIO FLORES LERMA, haciéndose del conocimiento general que dicha persona falleció en esta ciudad de Torreón, Coahuila, el día 01 de Noviembre del año 2004, y que tuvo como ultimo domicilio el ubicado en C. RUMOROSA NÚMERO 905 DE LA COLONIA NUEVA CALIFORNIA DE ESTA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA, ordenando el ciudadano Juez de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1065 y 1084 del Código Procesal Civil de Coahuila publicar edictos mediante los cuales SE CONVOQUE A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LA HERENCIA Y A LOS ACREEDORES DEL DIFUNTO JOSÉ ABUNDIO FLORES LERMA, PARA QUE SE PRESENTEN A DEDUCIRLOS, SEGÚN CORRESPONDA (herederos, albacea, cónyuge supérstite, ascendientes, descendientes, Ministerio público) en el local que ocupa este juzgado, dentro de los autos del Expediente 99/2007.

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 23

Se manda publicar este edicto dos veces con un intervalo de diez días en las tablas de avisos del juzgado en el Periódico oficial del Estado y en un Periódico de Mayor Circulación en la región.

TORREON, COAHUILA A 06 DE FEBRERO DEL 2007. EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y TRAMITE DEL JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA

CIVIL. LIC. JOSÉ LUIS ALVARADO RODRÍGUEZ.

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 6o. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O CC. THOMAS MATHEW DE LA FUENTE Y DE CON: En el expediente 235/2006, del índice de este Tribunal promovido por ELVA ARGUIJO JUAREZ reclamando, entre otras cosas la nulidad del contrato de enajenación de derechos parcelarios que realizaron el seis de octubre de dos mil cuatro, respecto de la parcela número 123- Z-1 P1/1 ubicada en el ejido “EL CAMBIO”, municipio de Matamoros, Coahuila, entre otras cosas, por auto de diecinueve de febrero en curso, se ordenó llamarlo por edictos conforme al artículo 173 de la Ley Agraria; por lo que se les emplaza para que comparezca a la audiencia que tendrá verificativo a las DOCE HORAS DEL DIA NUEVE DE MAYO DE DOS MIL SIETE, en las oficinas de este Tribunal en avenida Morelos 81 Poniente, centro, Torreón, Coahuila. En la misma deberá contestar la demanda y se desahogarán las pruebas que se admitan y que su naturaleza lo permita, apercibido de que su injustificada inasistencia no interrumpirá sus etapas procesales, y se le tendrán perdidos los derechos que pudiera ejercitar. Se le requiere que señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que de no hacerlo las subsecuentes le serán hechas por estrados en este Tribunal. Publíquese dos veces dentro de un plazo de diez días en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, en uno de los diarios de mayor circulación en la región donde se encuentran localizados los bienes agrarios, en el tablero de avisos de la Presidencia Municipal correspondiente, y en los estrados de este órgano jurisdiccional.

Torreón, Coahuila a 19 de febrero de 2007. A T E N T A M E N T E

EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 6. LIC. RAFAEL VERDUGO LOPEZ.

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

LIC. ALEJANDRA CALDERÓN FLORES. NOTARÍA PÚBLICA No. 27.- TORREÓN, COAHUILA.

AVISO NOTARIAL La suscrita Licenciada ALEJANDRA CALDERÓN FLORES, Notaria Pública Titular Número (27) veintisiete, en ejercicio para este Distrito Notarial de Viesca, Estado de Coahuila de Zaragoza con domicilio en Calle Mónaco Número (130) ciento treinta, de la Colonia San Isidro, de esta Ciudad de Torreón, Coahuila, hago constar que con fecha (25) veinticinco de Enero del año en curso, ante mi han comparecido los CC. JOSÉ LUÍS, MARIA ISABEL, DORA ALICIA, RICARDO EVARISTO, FRANCISCO JAVIER Y JUAN ROBERTO, todos de apellidos HERNÁNDEZ CORONADO, así como la señora MARIA ESTELA CORONADO CARMONA, quien tuvo vida marital con el finado señor JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ RODELO, a fin de solicitarme la apertura del Procedimiento Extrajudicial Intestamentario Acumulado a bienes de su finado padre y concubino el señor JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ RODELO, quien falleció en esta Ciudad de Torreón, Coahuila, el día (31) treinta y uno de Mayo del año (2006) dos mil seis, radicándose en esta Notaría a mi cargo, en sustitución de Autoridad Judicial, los presuntos herederos antes citados se han reconocido recíprocamente sus derechos hereditarios, proponiendo desde este momento como ALBACEA de la Sucesión Intestamentaria al C. JOSÉ LUÍS HERNÁNDEZ CORONADO, quien aceptó el cargo protestando desempeñarlo fiel y legalmente.- Este Aviso se funda en el Artículo (1127) mil ciento veintisiete, del Código Procesal Civil vigente, para que surta sus efectos legales correspondientes, publicándose dos veces, de diez en diez días en un periódico de los de mayor circulación de esta Ciudad, así como en el Periódico Oficial del Estado y en los Juzgados Civiles de Primera Instancia de esta Ciudad de Torreón, Coahuila, Distrito Notarial de Viesca, Estado de Coahuila de Zaragoza.-

Torreón, Coahuila, a 2 de Marzo de 2007. LIC. ALEJANDRA CALDERÓN FLORES

NOTARIA PÚBLICA TITULAR No. 27 (RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

LIC. JUAN FRANCISCO WOO FAVELA. NOTARÍA PÚBLICA No. 61.- TORREÓN, COAHUILA.

AVISO NOTARIAL EL C. LIC. JUAN FRANCISCO WOO FAVELA, TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA 61, PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA, CON DOMICILIO EN AVENIDA MATAMOROS NO. 616 ORIENTE, C.P. 27000, HACE CONSTAR QUE ANTE MI SE PRESENTARON LOS SEÑORES JESÚS

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24 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

HUGO Y SERGIO ROGACIANO AMBOS DE APELLIDOS REYES BORREGO, POR SUS PROPIOS DERECHOS, Y EL SEÑOR HUGO EDUARDO LÓPEZ REYES, EN SU CALIDAD DE HEREDERO ALBACEA DE LA SEÑORA MARTHA REYES BORREGO, A DENUNCIAR LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DEL C. JORGE REYES BORREGO, QUIEN FALLECIÓ EN ESTA CIUDAD EL DÍA 04 DE AGOSTO DE 1937, RADICÁNDOSE DICHA SUCESIÓN EL DÍA 1º DE NOVIEMBRE DEL 2006, BAJO ACTA FUERA DE PROTOCOLO A MI CARGO, EN LA CUAL SE DESIGNÓ COMO ALBACEA DE LA SUCESIÓN A LA SEÑORA SERGIO ROGACIANO REYES BORREGO, CON DOMICILIO EN DOMICILIO EN CALLE NEWTON NÚMERO 649 COUNTRY LA SILLA, EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN, DE TRÁNSITO POR ESTA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA, Y QUIEN ACEPTÓ Y PROTESTÓ SU CARGO Y PROCEDERÁ A ELABORAR INVENTARIO Y AVALÚO DE LOS BIENES SUCESORIOS; PROCEDIENDO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 1127 FRACCIÓN II Y III EN RELACIÓN CON EL ARTICULO 1065 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, PUBLÍQUESE EDICTOS POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE 10 DÍAS PARA CONVOCAR A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LA HERENCIA Y A LOS ACREEDORES DEL DIFUNTO, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO Y EN UNO DE LOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DEL LUGAR DE RADICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. DOY FE. - - -

Torreón, Coahuila, a 06 de MARZO de 2007. LICENCIADO JUAN FRANCISCO WOO FAVELA TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NUMERO 61

(RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

LIC. JOSE MARIA IDUÑATE ACOSTA. NOTARÍA PÚBLICA No. 32.- TORREÓN, COAHUILA. EL C. LIC. JOSE MARIA IDUÑATE ACOSTA, TITULAR DE LA NOTARIA PUBLICA NUMERO 32, EN EJERCICIO PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON RESIDENCIA EN TORREON, COAHUILA, Y CON DOMICILIO EN ILDEFONSO FUENTES NUMERO 100 SUR ALTOS DE ESTA CIUDAD, HAGO CONSTAR: QUE ANTE MI PRESENCIA COMPARECIERON: LA SEÑORA FRANCISCA NAVARRO PERALES Y SUS HIJOS MANUEL DE JESUS MEZA NAVARRO, GABRIEL MEZA NAVARRO, RUBEN MEZA NAVARRO, MA. DEL ROSARIO MEZA NAVARRO Y SERGIO MEZA NAVARRO, PARA INICIAR Y TRAMITAR EL PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL INTESTAMENTARIO A BIENES DEL SEÑOR JOSE DE JESUS MEZA GUERRA. EL AUTOR DE LA HERENCIA FALLECIO EN FRANCISCO I. MADERO, COAHUILA, EL DIA 06 DE MARZO DEL 2002, SE PROPUSO COMO ALBACEA A LA SEÑORA FRANCISCA NAVARRO PERALES, QUIEN TIENE SU DOMICILIO EN PASEO LOS AZULEJOS NUMERO 1144, DE LA COLONIA CAMPESTRE LA ROSITA, DE TORREON, COAHUILA. EL NOTARIO DECLARO LA APERTURA DE LA SUCESIÓN, ASENTANDO TODO LO ANTERIOR EN ACTA FUERA DE PROTOCOLO LEVANTADA A LAS 12:00 HORAS DEL DIA 14 DE FEBRERO DEL 2007, LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO SE HACE CON EL PROPÓSITO DE CONVOCAR A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LA HERENCIA, ASI COMO A LOS ACREEDORES DEL DIFUNTO, PARA QUE SE PRESENTEN A DEDUCIRLOS, LO QUE SE HACE CON APOYO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 1127 FRACCION II Y 1065 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA. POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE 10 EN 10 DIAS EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE COAHUILA, DOY FE.

TORREON, COAHUILA, A 20 DE FEBRERO DEL 2007 LIC. JOSE MARIA IDUÑATE ACOSTA

NOTARIO PUBLICO NUMERO 32 (RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O En el expediente número 330/2006, que corresponde al JUICIO ORDINARIO MERCANTL, promovido por BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de JUAN FELIPE NAVARRO CASTRILLÓN, el Ciudadano Licenciado BENJAMÍN ESCAJEDA GALLEGOS, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en el Distrito Judicial de Viesca, con residencia en la Ciudad de Torreón, Estado de Coahuila de Zaragoza, ordenó se emplazara por medio de Edictos al demandado JUAN FELIPE NAVARRO CASTRILLÓN, en virtud de que se ignora el domicilio del mismo, dictándose unos autos que en su parte conducente dicen: "Torreón, Coahuila, a 07 (Siete) de Febrero de 2007 (Dos Mil Siete).- - -A sus antecedentes el escrito de cuenta del Apoderado Jurídico de la parte actora LICENCIADO JUAN IGNACIO HERNÁNDEZ GUERRA.- En cuanto a lo solicitado, por las razones que expone y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 221 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria en materia mercantil, EMPLACESE AL DEMANDADO JUAN FELIPE NAVARRO CASTRILLÓN, por medio de Edictos que deberán publicarse por TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS en el periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad, haciéndole saber al citado demandado, que la parte actora BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, le demanda en la VIA ORDINARIA MERCANTIL, las prestaciones a que se refiere en su escrito inicial de demanda, y que deberá concurrir ante este Juzgado a contestar la demanda o a oponer las excepciones en el término de CUARENTA DIAS, mismos que empezarán a correr al día siguiente de la última publicación y que las copias simples para correrle traslado, se encuentran a su disposición en la

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 25

Secretaría de este Juzgado.- NOTIFIQUESE.- Así lo acordó y firma el C. Licenciado BENJAMÍN ESCAJEDA GALLEGOS, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en el Distrito Judicial de Viesca y Secretaria de Acuerdo y Trámite "A" Licenciada CLAUDIA GARCÍA RAMÍREZ, que autoriza y dá fe.- - -Benjamín Escajeda Gallegos. Sria. de Acuerdo y Trámite "A". Rúbricas"" . - "Torreón, Coahuila, a 27 (Veintisiete) de Marzo del 2006 (dos mil seis).- - -Con el escrito de cuenta juntamente con Copia Certificada de Testimonio Notarial consistente en Poder General, Dos Escrituras Publicas Originales números 425 y 2202, Un Estado de Cuenta Original en Ocho fojas útiles y copias simples que se acompañan; fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno. Téngase al LICENCIADO JUAN IGNACIO HERNANDEZ GUERRA, en carácter de Apoderado Jurídico General para Pleitos y Cobranzas de la Institución de Crédito denominada BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, personalidad que acredita con la documental que acompañan y se le da la intervención que legalmente les corresponde de conformidad con el artículo 1057 del Código de Comercio y por presentado demandando en la vía ORDINARIA MERCANTIL POR LAS PRESTACIONES A QUE SE REFIERE EN EL OCURSO, a JUAN FELIPE NAVARRO CASTRILLON con domicilio en: CERRADA SARAJEVO NUMERO NUMERO 4850 DEL FRACCIONAMIENTO CASA BLANCA DE ESTA CIUDAD.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1377, 1378 del Código de Comercio, emplácese a la parte demandada y con las copias simples debidamente selladas y cotejadas por la secretaría, córrase traslado a la parte demandada para que dentro del término de NUEVE DIAS ocurra ante este Juzgado a contestar la demanda instaurada en su contra.-Se tiene al promovente por señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el que menciona en el que se proveé y autorizando para el efecto al Profesionista que menciona en el de cuenta. Notifíquese.- Así lo acordó y firma el C. LICENCIADO BENJAMIN ESCAJEDA GALLEGOS, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en el Distrito Judicial de Viesca y C. Secretaria de Acuerdo y Trámite "A" LICENCIADA CLAUDIA GARCIA RAMIREZ, que autoriza y da fe. - - -Benjamín Escajeda Gallegos. Claudia García Ramírez. Sria. de Acuerdo y trámite "A". - - -Publíquese el presente Edicto POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS, en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad.

Torreón, Coahuila, a 05 de Marzo de 2007 LA C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRAMITE "A"

LIC. CLAUDIA GARCÍA RAMÍREZ (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO En el expediente 880/2002, que corresponde al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. ARTURO CARRILLO HERRERA en contra de GERARDO BENITO GONZALEZ SAENZ Y AMALIA DE LA ROSA TORRES, el C. Licenciado FRANCISCO ANTONIO RIOS RODRIGUEZ, Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta Ciudad, señaló en auto de fecha veintisiete de febrero de dos mil siete las DOCE HORAS DEL DIA MARTES DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate del siguiente bien inmueble: - FINCA URBANA MARCADA CON EL NUMERO 234 DE LA PRIVADA EL CAMPESTRE DEL FRACCIONAMIENTO VALLE CAMPESTRE DE ESTA CIUDAD DE GOMEZ PALACIO, DURANGO, CON SUPERFICIE DE 510.00 METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE 17.00 METROS CON PROPIEDAD QUE ES O FUE DE ROBERTO WEBB Y OTROS, AL SUROESTE 17.00 METROS CON PRIVADA EL CAMPESTRE; AL SURESTE 30.00 METROS CON LOTE 18 Y AL NOROESTE 30.00 METROS CON LOTE 15, PROPIEDAD INSCRITA BAJO LA PARTIDA NUMERO 2838, DEL TOMO 69 B, LIBRO UNO DE LA PROPIEDAD DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 1995 A NOMBRE DE AMALIA DE LA ROSA TORRES.- Sirve de base para el remate la cantidad de $913,000.00 (NOVECIENTOS TRECE MIL PESOS 00/100 M.N.), valor fijado pericialmente.- En solicitud de postores publíquense edictos por tres veces dentro de nueve días en un Periódico de los de mayor circulación en el Estado, en el Periódico Oficial del Estado, así como en la tabla de avisos de éste Juzgado, tablas de avisos del Juzgado de la ubicación del inmueble a subastar y en la Oficina Fiscal de dicha municipalidad, haciéndole saber a los postores que para tomar parte de la subasta deberán consignar previamente y por conducto de la dependencia autorizada una cantidad equivalente a por lo menos el 10% del valor del bien que sirva de base para el remate en comento.-

SE CONVOCAN POSTORES Torreón, Coahuila, a 08 de Marzo de 2007

EL C. SECRETARIO LIC. JOSE LUIS ALVARADO RODRIGUEZ

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR. TORREÓN, COAHUILA.

“E D I C T O” En los autos del expediente número 121/2006, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL DE DIVORCIO NECESARIO, promovido por la C. AMSI ROSALÍA JASSO VARGAS en contra de OMAR STALIN ABREU MANZUETA, se dictó un auto que copiado en su parte conducente dice:-

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26 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

“Torreón, Coahuila a (28) Veintiocho de Febrero del Año (2007) Dos Mil Siete.- Visto el escrito de cuenta de la C. AMSI ROSALIA JASSO VARGAS, parte actora en el presente juicio, téngasele por haciendo las manifestaciones a que se refiere en el que se provee, y por las razones que expone, mismas que se justifican en autos a foja doce, en la actuación levantada por el C. Actuario de la Adscripción, así como lo ordenado por auto de fecha (25) veinticinco de agosto del año próximo pasado, se desprende que no fué posible localizar al señor OMAR STALIN ABREU MANZUETA, en consecuencia y de conformidad con lo establecido por el artículo 221 Fracción II del Código Procesal Civil, se ordena emplazar mediante los edictos correspondientes a OMAR STALIN ABREU MANZUETA, parte demandada en el presente juicio Ordinario Civil, edictos que se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el Periódico Oficial del Estado y otro periódico de los de mayor circulación de ésta ciudad, haciéndole saber al demandado que debe presentarse dentro del término de CUARENTA DIAS HÁBILES, a contestar la demanda instaurada en su contra por AMSI ROSALIA JASSO VARGAS, haciéndole saber que las copias de la demanda, se encuentran a su disposición en la Secretaría de éste Juzgado, y agréguese a los autos el de cuenta para los efectos legales correspondientes.- El auto se funda en lo establecido por los Artículos 155, 156 y 242 del Código Adjetivo.- NOTIFIQUESE Y LISTESE.- Así lo acordó y firmó la C. LICENCIADA MAYELA GUADALUPE GARZA GARCIA, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en ésta Ciudad, ante Secretaria de Acuerdo y Trámite, C. Licenciada GIOVANNA LETICIA ZORRILLA CARRIZALES, que autoriza y DA FE.-

Torreón, Coah., a 06 de Marzo del año 2006.

LA C. SECRETARIA LIC. GIOVANNA LETICIA ZORRILLA CARRIZALES

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O En el expediente número 1289/2006 que corresponde al Juicio ORDINARIO CIVIL promovido por: PETRA PATRICIA SILVA ORTIZ, en contra de: AMALIA VAZQUEZ MARTINEZ Y DIRECTOR REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE ESTA CIUDAD el ciudadano LICENCIADO BENJAMIN ESCAJEDA GALLEGOS, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en el Distrito Judicial de Viesca, con residencia en la ciudad de Torreón, Estado de Coahuila de Zaragoza, ordenó se emplazara por medio de EDICTOS a la diversa demandada AMALIA VAZQUEZ MARTíNEZ, en virtud de que se ignora el domicilio del mismo, haciéndole saber que PETRA PATRICIA SILVA ORTIZ, le demanda en la VIA ORDINARIA CIVIL y que el término para contestar es de cuarenta días, mismo que empezará a correr al día siguiente de la última publicación, así como que las copias simples para correrle traslado se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado. Publíquense el presente Edicto por TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS, en el periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad.

Torreón, Coahuila., a 2 de Marzo del 2007 LA C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRAMITE "B"

LIC. ENRIQUETA DEL CARMEN GARCIA BARAJAS (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO COMPAÑÍA FRACCIONADORA DE TERRENOS. Ante este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta Ciudad de Torreón, Coahuila, en el expediente numero 897/2006, que corresponde al Juicio Ordinario Civil, promovido por la C. CARMEN REVELES PRIETO en contra de COMPAÑÍA FRACCIONADORA DE TERRENOS Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, y visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se ordena emplazar a la diversa demandada persona moral denominada COMPAÑÍA FRACCIONADORA DE TERRENOS, por medio de edictos los cuales se publicarán por TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS en el Periódico Oficial del Estado y en un el Periódico de los de mayor circulación en esta ciudad y córraseles traslado para que dentro del término de CUARENTA DIAS contesten la demanda instaurada en su contra, haciéndose saber a la diversa parte demandada, persona moral denominada COMPAÑÍA FRACCIONADORA DE TERRENOS, que deberán presentarse a contestar la demanda dentro del término señalado, el cual empezará a correr al día siguiente de la última publicación, encontrándose las copias simples del traslado a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.-

Torreón, Coahuila, a 30 de Noviembre de 2006

EL C. SECRETARIO LIC. JOSE LUIS ALVARADO RODRIGUEZ

(RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR. TORREÓN, COAHUILA.

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 27

E D I C T O Se presentó en este Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta Ciudad, el C. JOSE LUIS YAÑEZ PADILLA, por sus propios derechos, demandando en la VIA ORDINARIA CIVIL EL DIVORCIO NECESARIO, Expediente Número 938/2006 a la C. IMELDA FLORINDA DIAZ TORRES, de quien se desconoce su domicilio, por las prestaciones a que se refiere en el que se provee con fundamento en los artículos 21, 63, 383, 384, 385, 395, 396, 399, 408 del Código Procesal Civil y demás relativos aplicables del Código Civil vigente en el Estado tramítese la misma en la vía y forma propuesta. En atención que se desconoce el domicilio de la parte demandada, lo anterior considerando los oficios que obran en autos, en tal virtud, se autoriza emplazar a la parte demandada POR EDICTOS, que deberán de publicarse por tres veces de tres en tres días en un periódico de mayor circulación en esta Ciudad, y en el periódico Oficial del Estado, haciéndose saber a la C. IMELDA FLORINDA DIAZ TORRES, parte demandada que deberá presentarse a este Juzgado dentro de un término de CUARENTA DÍAS, a contestar la demanda, haciéndole de su conocimiento que las copias para traslado se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que no se volverá a practicar diligencia alguna en su búsqueda, lo anterior de conformidad con lo preceptuado en el artículo 778 del código Procesal Civil. - EDICTO QUE SE EXTIENDE PARA LOS EFECTOS DEL AUTO INSERTO.-

Torreón, Coahuila; a 13 de febrero de 2007 LA C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRAMITE

LIC. MARIA MARISELA ALBA VALLES (RÚBRICA) 20-23 Y 30 MAR

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del Expediente número 201/2005, Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT en contra de SONIA ESTELA HERNÁNDEZ SALAZAR, el C. Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta ciudad de Torreón, Coahuila, señaló las (12:00) DOCE HORAS DEL DIA (10) DIEZ DE ABRIL DEL AÑO (2007) DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local de este juzgado en publica almoneda el remate del bien inmueble embargado en autos, consistente en: “LOTE 35 DE LA MANZANA 157 DEL FRACCIONAMIENTO PRADO DEL ORIENTE DE ESTA CIUDAD, CON UNA SUPERFICIE DE 115.50 METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORORIENTE EN 16.50 METROS CON LOTE 36; AL SURPONIENTE EN 16.50 METROS CON LOTE 34; AL SURORIENTE EN 7.00 METROS CON CALLE DEL REMATE Y AL NORPONIENTE EN 7.00 METROS CON LOTE 14.- INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, BAJO LA PARTIDA 6863, FOJA 133, LIBRO 29-A, SECCION I DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 1994, A NOMBRE DE SONIA ESTELA HERNÁNDEZ SALAZAR. - Se manda anunciar su venta por medio de EDICTOS que se publicarán por DOS VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, en un periódico de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad, en el periódico Oficial del Estado, así como en la tabla de avisos del juzgado. - SIRVIENDO DE BASE PARA EL REMATE LA CANTIDAD DE $134,900.00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N) y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha suma. Lo que se publica en solicitud de postores en la inteligencia de que la Secretaría proporcionará a los interesados los informes que le sean solicitados.-

Torreón, Coahuila, a 08 de MARZO del 2007

La C. Secretaria de Acuerdos Adscrito al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil en esta ciudad LIC. DIANA ARELLANO FUENTES (RÚBRICA) 20 Y 30 MAR

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O En los autos del expediente número 18/2000, que corresponde al juicio Especial Hipotecario, promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT en contra de FELICIANO GIL HERNANDEZ y CONSUELO NAVARRO RAMIREZ DE GIL, el C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en el Distrito Judicial de Viesca, con residencia en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza, SEÑALO LAS 12:00 (DOCE) HORAS DEL DIA 18 (DIECIOCHO) DE ABRIL DEL AÑO 2007 (DOS MIL SIETE), para que tenga verificativo en el Local de este Juzgado la diligencia de remate del siguiente bien inmueble: - ."LOTE DE TERRENO NUMERO 42 DE LA MANZANA 149 DEL FRACCIONAMIENTO PRADOS DEL ORIENTE, DE ESTA CIUDAD, CON SUPERFICIE TOTAL DE 115.50 METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORORIENTE MIDE 16.50 METROS Y COLINDA CON EL LOTE 43, AL SURPONIENTE MIDE 16.50 METROS Y COLINDA CON EL LOTE 41, AL SURORIENTE MIDE 7.00 METROS Y COLINDA CON CALLE DE LOS ABARROTES, AL NORPONIENTE MIDE 7.00 METROS Y COLINDA CON EL LOTE 7.- EL INMUEBLE DE REFERENCIA SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE ESTA CIUDAD, A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS FELICIANO GIL HERNÁNDEZ Y CONSUELO NAVARRO RAMÍREZ DE GIL, BAJO LA PARTIDA 5857, FOLIO 228, LIBRO 28-D, SECCIÓN I, DE FECHA 24 DE NOVIEMBRE DE 1994"-

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28 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

Sirve de base para el remate la cantidad de: $176,000.00 pesos, valor fijado por el perito y es postura legal la que alcance a cubrir las dos terceras partes de dicha cantidad. En solicitud de Postores, publíquense Edictos POR DOS VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, , en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación en el Estado que se edite en esta ciudad y en la Tabla de Avisos de este Juzgado.

SE CONVOCAN POSTORES Torreón Coahuila, a 08 de Febrero del 2007

LA C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRAMITE "A" LIC. CLAUDIA GARCIA RAMÍREZ (RÚBRICA) 20 Y 30 MAR

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 6º. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O C. LUIS MIGUEL o MANUEL SALAZAR LIRA: En el expediente 266/2006, del índice de este Tribunal, promovido por LUZ ELENA SALAZAR LIRA, reclamando derechos a la sucesión del finado JESUS SALAZAR CASTILLO, en el poblado “SOLIMA”, Matamoros, Coahuila, por auto de veintitrés de febrero de dos mil siete, se ordenó llamarlo por edictos conforme al artículo 173 de la Ley Agraria; por lo que se le emplaza para que comparezca a la audiencia que tendrá verificativo a las DOCE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE MAYO DE DOS MIL SIETE, en las oficinas de este Tribunal en avenida Morelos 81 Poniente, Centro, Torreón, Coahuila. En la misma deberá dar contestación a la demanda, apercibido de que su injustificada inasistencia no interrumpirá sus etapas procesales, y se le tendrán perdidos los derechos que pudiera ejercitar. Se le requiere que señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que de no hacerlo las subsecuentes le serán hechas por estrados en este Tribunal. Publíquese dos veces dentro de un plazo de diez días en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, en uno de los diarios de mayor circulación en la región donde se encuentran localizados los bienes agrarios en conflicto, en el tablero de avisos de la Presidencia Municipal de Matamoros, Coahuila, y en los estrados de este Tribunal.

Torreón, Coahuila a 28 de febrero de 2007. A T E N T A M E N T E

EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 6. LIC. RAFAEL VERDUGO LOPEZ. (RÚBRICA) 23 Y 30 MAR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO C. ESTEBAN JARDON HERRERA C. CAROLINA DIAZ DE JARDON Ante este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta Ciudad de Torreón, Coahuila, en el expediente numero 1314/2006, que corresponde al Juicio Ordinario Civil, promovido por la C. VICTORIA GONZALEZ SANTOS en contra de ESTEBAN JARDON HERRERA, CAROLINA DIAZ DE JARDON Y DIRECTOR REGISTRADOR DEL REGISTRO PUBLICO DE ESTA CIUDAD, y visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se ordena emplazar a los diversos demandados Ciudadanos ESTEBAN JARDON HERRERA Y CAROLINA DIAZ DE JARDON, por medio de edictos los cuales se publicarán por TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS en el Periódico Oficial del Estado y en un el Periódico de los de mayor circulación en esta ciudad y córraseles traslado para que dentro del término de CUARENTA DIAS contesten la demanda instaurada en su contra, haciéndose saber a los Ciudadanos ESTEBAN JARDON HERRERA Y CAROLINA DIAZ DE JARDON, que deberán presentarse a contestar la demanda dentro del término señalado, el cual empezará a correr al día siguiente de la última publicación, encontrándose las copias simples del traslado a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.-

Torreón, Coahuila, a 09 de Marzo de 2007 EL C. SECRETARIO

LIC. JOSE LUIS ALVARADO RODRIGUEZ (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR. TORREÓN, COAHUILA.

“E D I C T O” En el expediente No. 217/2006, relativo al Juicio Ordinario Civil de Divorcio Necesario, promovido por MARIA AZUCENA BUEN ABAD PEREYRA, en contra de EVER LIRA VALENCIA, la C. Jueza Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Viesca con residencia en esta Ciudad, dispuso que tomando en consideración que se ignora el domicilio del demandado EVER LIRA VALENCIA, se emplazara al demandado por EDICTOS, mismos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado y otro periódico de mayor circulación de esta ciudad, haciéndole saber al demandado que debe presentarse en este Juzgado dentro de un término de CUARENTA DÍAS HÁBILES, a contestar la demanda

Page 29: I N D I C E...Exp. 274/2007 Civil Sucesorio Eleazar Romero Ayala (1ª Pub) 29 Edicto Notarial Sucesión Intestamentaria Ma. del Carmen Bermudes Gómez (1ª Pub) 30 Edicto Notarial

viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 29

instaurada en su contra por MARIA AZUCENA BUEN ABAD PEREYRA, hágasele de su conocimiento que las copias para traslado se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que no volverá a practicarse diligencia alguna en su busca.-

Torreón, Coah., a 30 de Enero del 2007 LA C. SECRETARIA

LIC. GIOVANNA LETICIA ZORRILLA CARRIZALES (RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO Ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Viesca con Residencia en Torreón, Coahuila; se han presentado a la C. ESTHER GUTIERREZ JIMENEZ, como descendientes del de cujus por denunciado la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES del C. MANUEL RAMÍREZ ADAME. Haciendo del conocimiento que falleció el día 07 de DICIEMBRE del año 2005, en la Ciudad de Torreón, Coahuila. Por lo que se ordena publicar edictos POR DOS VECES CON INTERVALO DE DIEZ DÍAS, en las tablas de aviso de éste Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico que circula en ésta región mediante los cuales se convoca a los que se consideren con derecho a la herencia y los acreedores del difunto C. MANUEL RAMÍREZ ADAME, para que se presenten en el juicio a decirlos, según corresponda, por lo que cítese a los herederos a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL SIETE.- para que justifiquen sus derechos a la herencia, se haga declaratoria de herederos y se designe albacea o interventor en su caso, y para que el Representante Social manifieste lo que a su representación corresponda. Lo anterior en los autos del expediente número 220/2007.

EL. C. SECRETARIO “B” Torreón, Coahuila; a 12 de Febrero de 2007.

LIC. JOSÉ GERARDO ORTEGA ORTÍZ. (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O Ante éste Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta ciudad, se ha presentado el C. PACUAL CRUZ GUERRERO, por sus propios derechos, por denunciando la Sucesión INTESTAMENTARIA A BIENES DE ANA MARÍA GUERRERO REYES, haciendo de su conocimiento que la misma, falleció el día 01 de Marzo del 2003, en ésta ciudad. Por lo que se ordena publicar Edictos por dos veces con un intervalo de diez días, en la Tabla de Avisos de este Juzgado, en el Periodico Oficial del Estado y en el periodico de mayor circulación que se edite en la Región. EDICTOS MEDIANTE LOS CUALES SE CONVOCA A TODOS LO QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LA HERENCIA Y A LOS ACREEDORES DE ANA MARÍA GUERRERO REYES para que se presenten en el Juicio a deducirlos, según corresponda, por lo que cítese a los herederos a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL PRÓXIMO DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que se justifiquen sus derechos a la herencia, se haga la declaratoria de herederos y se designe albacea o interventor en su caso y para que el Representante Social manifieste lo que a su representación social corresponda. Lo anterior dentro de los autos del Expediente 188/2007.-

Torreón, Coah., a 07 de Marzo del 2007

LIC. JOSÉ GERARDO ESCOBEDO SANDOVAL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y TRAMITE "B"

(RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

EDICTO En el expediente 274/2007, que corresponde al Juicio Civil Sucesorio a bienes de la señora MARIA ELENA ORTIZ MUÑOZ, denunciado por ELEAZAR ROMERO AYALA, ALEJANDRO ROMERO ORTIZ Y JESUS MANUEL ROMERO ORTIZ, el C. Licenciado FRANCISCO ANTONIO RIOS RODRIGUEZ, Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta Ciudad, señaló en auto de fecha dieciséis de marzo de dos mil siete, las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA LUNES SIETE DE MAYO DE DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la Junta de Herederos, dentro del presente procedimiento, para lo cual cítese a los herederos y al Ministerio Público de la adscripción por cédula o correo certificado para que comparezcan el día y hora antes señalado para que justifiquen sus derechos a la herencia, se haga la declaratoria de herederos y se designe albacea o interventor en su caso para que el representante social manifieste lo que a su representación corresponda; Así mismo publíquense edictos por dos veces con un intérvalo de diez días en la tabla de avisos de este juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en esta región, mediante los cuales se convoque a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del finado para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda.----

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30 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

Torreón, Coahuila, a 21 de Marzo de 2007 EL C. SECRETARIO

LIC. JOSE LUIS ALVARADO RODRIGUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

LIC. LUIS EDUARDO MARTÍNEZ SALAS. NOTARÍA PÚBLICA No. 28.- TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O

Conforme el Artículo 1127 del Código Procesal Civil del Estado y para los efectos legales consiguientes, se hace saber que con fecha 23 de Febrero del año 2007, se radicó en la Notaría a mi cargo la tramitación extrajudicial de la Sucesión Intestamentaria a bienes de CARMEN GOMEZ HERRADA, quien falleció en esta ciudad el día 12 de marzo de 2002. Al acto concurrió su única hija señora MA. DEL CARMEN BERMUDES GOMEZ en su carácter de única y presunta heredera universal, habiéndose fijado las 17:00 horas del día 26 de Abril del año en curso, para la celebración de la junta de herederos. Este aviso se publicara por 2 veces, de 10 en 10 días, en el Periódico Oficial del Estado, en un diario de los de mayor circulación de la localidad, y en los estrados del Juzgado Civil en Turno, mediante los cuales se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda.

Torreón Coah., a 12 de marzo del 2007 LIC. LUIS EDUARDO MARTÍNEZ SALAS.

TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NUMERO 28 DEL DISTRITO DE VIESCA (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARÍA PÚBLICA No. 30.- TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O YO, LICENCIADO JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO 30, PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON DOMICILIO OFICIAL EN CALLE FALCON 175 SUR DE TORREON, COAHUILA, CERTIFICO Y HAGO CONSTAR QUE EL DIA 22 DE MARZO DEL 2007, COMPARECIERON ANTE MI PRESENCIA LOS SEÑORES MARIA BLANCA ESCARCEGA MIJARES, MARIA BLANCA, JOSE ANTONIO, MIGUEL, MARIA GLORIA Y VICTOR HUGO DE APELLIDOS MIJARES GARZA EN SU CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS Y PROCEDIERON A INICIAR LA PRIMERA SECCION DE LOS JUICIOS SUCESORIOS TESTAMENTARIO E INTESTAMENTARIO ANTE NOTARIO PUBLICO, MEDIANTE PROCESO NO CONTENCIOSO A BIENES DE SU SEÑORES PADRES MIGUEL MIJARES ALVAREZ Y TOMASA GARZA TELLEZ QUIENES FALLECIERON EN ESTA CIUDAD, SE NOMBRO ALBACEA PROVISIONAL A LA SEÑORA MARIA BLANCA MIJARES GARZA, ASI MISMO SE CONVOCA A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON MEJOR DERECHO A HEREDAR Y ACREEDORES DE LOS AUTORES DE LAS SUCESIONES DE ACUERDO A LOS ARTICULOS 1065 Y 1127 PARRAFO III DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO, DOY FE.-

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 30. (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARÍA PÚBLICA No. 30.- TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O YO, LICENCIADO JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO 30, PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON DOMICILIO OFICIAL EN CALLE FALCON 175 SUR DE TORREON, COAHUILA, CERTIFICO Y HAGO CONSTAR QUE EL DIA 22 DE MARZO DEL 2007, COMPARECIERON ANTE MI PRESENCIA EL SEÑOR HUGO RANGEL CHARLES EN SU CARÁCTER DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO Y PROCEDIO A INICIAR LA PRIMERA SECCION DEL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO ANTE NOTARIO PUBLICO, MEDIANTE PROCESO NO CONTENCIOSO A BIENES DE SU SEÑORA MADRE ANTONIA CHARLES ALVAREZ QUIEN FALLECIO EN ESTA CIUDAD, SE NOMBRO ALBACEA PROVISIONAL AL SEÑOROR HUGO RANGEL CHARLES, ASI MISMO SE CONVOCA A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON MEJOR DERECHO A HEREDAR Y ACREEDORES DE LA AUTORA DE LA SUCESION DE ACUERDO A LOS ARTICULOS 1065 Y 1127 PARRAFO III DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO, DOY FE.-

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ

NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 30. (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 31

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARÍA PÚBLICA No. 30.- TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O YO, LICENCIADO JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO 30, PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON DOMICILIO OFICIAL EN CALLE FALCON 175 SUR DE TORREON, COAHUILA, CERTIFICO Y HAGO CONSTAR QUE EL DIA 21 DE MARZO DEL 2007, COMPARECIERON ANTE MI PRESENCIA LOS SEÑORES MARIA DEL CARMEN TERESA, PEDRO ANGEL Y JESUS ENRIQUE DE APELLIDOS HARO MARTIN, EN SU CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS Y PROCEDIERON A INICIAR LA PRIMERA SECCION DEL JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO ANTE NOTARIO PUBLICO, MEDIANTE PROCESO NO CONTENCIOSO A BIENES DE LA SEÑORA CARMEN MARTIN BORQUE DE HARO QUIEN FALLECIO EN ESTA CIUDAD, SE NOMBRO ALBACEA PROVISIONAL AL SEÑOR JESUS ENRIQUE HARO MARTIN, ASI MISMO SE CONVOCA A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON MEJOR DERECHO A HEREDAR Y ACREEDORES DE LOS AUTORES DE LAS SUCESIONES DE ACUERDO A LOS ARTICULOS 1065 Y 1127 PARRAFO III DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO, DOY FE.-

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 30.

(RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARÍA PÚBLICA No. 30.- TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O YO, LICENCIADO JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ, NOTARIO PUBLICO NUMERO 30, PARA EL DISTRITO NOTARIAL DE VIESCA, CON DOMICILIO OFICIAL EN CALLE FALCON 175 SUR DE TORREON, COAHUILA, CERTIFICO Y HAGO CONSTAR QUE EL DIA 20 DE MARZO DEL 2007, COMPARECIERON ANTE MI PRESENCIA LOS SEÑORES GONZALO RICARDO, DORA ELIA, MARIA DEL CARMEN, ERNESTO Y JUAN ALBERTO DE APELLIDOS CADENA LOZANO, LAS SEÑORITAS MARIA DEL ROCIO, DORA ELIA Y ANA CRISTINA DE APELLIDOS CADENA ALZAS ESTA ULTIMA POR SER MENOR DE EDAD REPRESENTADA POR SU SEÑORA MADRE ANTONIA DEL ROCIO ALZAS MEDINA EN CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS Y PROCEDIERON A INICIAR LA PRIMERA SECCION DE LOS JUICIOS SUCESORIOS TESTAMENTARIOS ANTE NOTARIO PUBLICO, MEDIANTE PROCESO NO CONTENCIOSO A BIENES DE SUS SEÑORES PADRES DORA ELIA LOZANO GUTIERREZ DE CADENA Y GONZALO RICARDO CADENA URISTA QUIENES FALLECIERON EN ESTA CIUDAD, SE NOMBRO ALBACEA PROVISIONAL AL SEÑOR JUAN ALBERTO CADENA LOZANO, ASI MISMO SE CONVOCA A TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON MEJOR DERECHO A HEREDAR Y ACREEDORES DE LA AUTORA DE LA SUCESION DE ACUERDO A LOS ARTICULOS 1065 Y 1127 PARRAFO III DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO, DOY FE.-

LIC. JESUS ALFONSO ZAVALA CORTEZ NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 30.

(RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O En el expediente número 1211/2005, que corresponde al juicio Especial Hipotecaria, promovido por RODOLFO MONTENEGRO MARTÍNEZ en contra de HERMILA JARAMILLO LOPEZ y ALBERTO AGUSTIN CASAS JARAMILLO el C. Licenciado Francisco Antonio Ríos Rodríguez, Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil, de éste Distrito Judicial, señaló las DOCE HORAS DEL DIA LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que tenga verificativo en el local de éste Juzgado y en Pública almoneda el remate del siguiente bien inmueble. Lote 27 de la manzana N- 3 Supermanzana IX de la Colonia Francisco Villa de esta Ciudad con una superficie de 126.00 Mts. 2 con las siguientes medidas y colindancias: mide 9.00 Mts. por 14.00 Mts. Al noreste con lote 28, al suroeste con lote 26; al sureste con lote 16; al noroeste con Píramide del Sol dicha propiedad se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad bajo la partida 1269, foja 356, Libro 2-F Sección I de fecha 20 de enero de 1984 a favor y dominio de José Cuauhtemoc, Alberto Agustín y Julio Cesar Jaramillo. En solicitud de postores publíquense edictos por dos veces de siete en siete días, en la tabla de avisos de éste Juzgado en el Periódico Oficial del Estado así como en un Periódico de los de mayor circulación en el Estado. Sirve de base para el remate la cantidad de $ 150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), valor fijado por los peritos haciéndosele saber a los postores que para tomar parte de la subasta deberán consignar previamente por conducto de dependencia autorizada una cantidad equivalente por lo menos el 10% del valor del bien mueble antes señalado que sirve de base para el remate.

SE CONVOCAN POSTORES Torreón, Coahuila. a 22 de marzo del 2007

EL C. SECRETARIO LIC. JOSÉ LUIS ALVARADO RODRÍGUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 17 ABR

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32 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

Expediente No. 480/2005. E D I C T O

Ante éste Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en ésta ciudad y dentro de los autos del Expediente Número 480/2005, derivadas del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por ISRAEL BARBOZA GARCÍA, en contra de BERTHA PINCHUK DE MILLER Y JEFE DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DE ÉSTA CIUDAD se ha dictado sentencia definitiva, de la cual se ordena su publicación por una sola vez de los puntos resolutivos, así como del auto de fecha quince de Marzo del año en curso, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación del lugar del juicio, y en los cuales en su puntos resolutivos se señaló lo siguiente: - “Torreón, Coahuila, a (23) Veintitrés de Febrero del año (2007) dos mil siete.- V I S T O S para resolver en sentencia definitiva los autos del Juicio Ordinario Civil sobre otorgamiento de escritura, expediente número 480/2005, promovido por el C. ISRAEL BARBOZA GARCIA, en su carácter de parte actora en contra de la C. BERTHA PINCHUK DE MILLER y JEFE DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE ESTA CIUDAD ., y........Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido por los artículos 241 fracción IV, 242, 243, 244, 517, 518, 519, 520, 522 y demás relativos del Código Procesal Civil del Estado, es de resolverse y se resuelve: - - -PRIMERO: Procedió la Vía Ordinaria Civil intentada y tramitada.- - - SEGUNDO.- La parte actora ISRRAEL BARBOSA GARCIA, demostró los hechos constitutivos de su acción, y la parte demandada integrada por BERTA PINCHUK DE MILLER, no compareció a juicio a excepcionarse, en consecuencia:- - - TERCERO.- Se condena a la parte demandada BERTA PINCHUK DE MILLER, a otorgar y a firmar en favor del señor ISRRAEL BARBOSA GARCIA, la escritura pública de compra venta respecto a respecto del bien inmueble ubicado en Av. Quinta Numero 895 de la colonia Eduardo Guerra de esta Ciudad, y que corresponde al LOTE 34, de la manzana 59, inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Publico de la Propiedad con residencia en esta Ciudad a favor de la demandada, inscrita bajo la partida numero 367, folio 181, libro 3-C sección primera de fecha 22 de Febrero de 1977, y con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte 8.50 metros con lote 33; Al Sur 8.50 metros con Avenida Quinta; Al oriente 18.00 metros con Calle "I" y Al poniente 18.00 metros con lote 35.- - - CUARTO.- No se hace especial condenación en costas.- - - - QUINTO.- En virtud de que la parte demandada fue emplazada mediante edictos, conforme a lo dispuesto por el articulo 781 del Código Procesal Civil en el estado, publíquese por una sola vez los puntos resolutivos de la presente sentencia en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en el Estado. - - - SEXTO.- Se señala el término de CINCO DÍAS contados a partir del siguiente al en que cause ejecutoria esta resolución, para que la parte demandada cumpla con las prestaciones a que se le condena y en caso de no hacerlo, este Juzgado otorgará la escritura en su rebeldía, lo anterior de conformidad con el artículo 926 fracción III del Código Procesal Civil de la Entidad. - - - SEPTIMO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y LISTESE.- Artículo 211 fracción V del Código Procesal Civil de la Entidad.- Así definitivamente juzgando, lo resolvió y firma el Ciudadano Licenciado FRANCISCO ANTONIO RIOS RODRIGUEZ, Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil en el Distrito Judicial de Viesca, con residencia en esta ciudad, por ante el Ciudadano Licenciado JOSE LUIS ALVARADO RODRIGUEZ, Secretario de Acuerdo y Tramite, que autoriza y da fe. DOS FIRMAS ILEGIBLES.- RÚBRICAS””.- - - “Torreón, Coahuila, a ( 15 ) quince de Marzo del año 2007, dos mil siete. Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, y desprendiéndose del auto que antecede de fecha cinco de Marzo del año en curso, que ésta Autoridad omitió acordar la solicitud que hace el actor ISRRAEL BARBOZA GARCÍA, en su escrito de fecha dos de Marzo del año en curso, en el cual señala que su nombre correcto es el de ISRRAEL BARBOZA GARCÍA, lo anterior en virtud de que en la sentencia definitiva de fecha veintitrés de Febrero del año en curso, se asentó en diversas ocasiones el nombre del actor como el de ISRAEL BARBOSA GARCÍA, por lo que se hace la aclaración para todos los efectos legales correspondientes que el nombre correcto del actor lo es ISRRAEL BARBOZA GARCÍA, aclaracion que se tiene por hecha para los efectos legales correspondientes, debiéndose anexar el presente acuerdo al momento de elaborar los edictos ordenados en el resolutivo Quinto de la sentencia de referencia.- Artículo 172 del Código Procesal Civil de la Entidad.- NOTIFÍQUESE Y LISTESE.- Así lo acordó y firma el C. Licenciado FRANCISCO ANTONIO RÍOS RODRÍGUEZ, Juez Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Viesca, con residencia en ésta ciudad y Secretaria de acuerdo y trámite Licenciada ANGÉLICA CHAVARRÍA LÓPEZ, que autoriza y da fe.- EL C. JUEZ.- FIRMA.- LA C. SECRETARIA.- FIRMA””.

Torreón, Coah., a 16 de Marzo del 2007.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y TRAMITE DEL JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL.

LIC. JOSÉ LUIS ALVARADO RODRÍGUEZ. (RÚBRICA) 30 MARZO

DISTRITO DE SAN PEDRO DE LAS COLONIAS

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SAN PEDRO, COAHUILA.

E D I C T O Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en la misma ciudad, se presentaron los C.C. CLEOTILDE ROJAS FLORES Y BARTOLO ESPINOZA JUAREZ, a denunciar JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE RAUL ESPINOZA ROJAS, mismo que se radicó bajo el expediente número 728/2006, y en el cual se ordena publicar Edictos POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE DIEZ DIAS, convocando a todos lo que se consideren con derecho a la herencia y a los herederos del difunto, para que se presenten en el Juicio

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 33

a deducirlos según corresponda, publicación que deberá realizarse en la Tabla de Avisos del Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este lugar donde se está llevando a cabo el juicio.-

SAN PEDRO, COAHUILA, A 22 DE ENERO DE 2007. EL C. SECRETARIO.

LIC. PRIMITIVO DELGADO CHAVEZ. (RÚBRICA) 13 Y 30 MAR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SAN PEDRO, COAHUILA.

E D I C T O Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en esta misma ciudad, y mediante JUICIO ORDINARIO CIVIL DEL ORDEN FAMILIAR Y EN EJERCICIO DE LA ACCION DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, Expediente número 137/2006, se presentó la C. VICENTA MARTÍNEZ ORTIZ, por demandando a los CC. OFICIAL 05 DEL REGISTRO CIVIL DEL EJIDO LUCHANA MUNICIPIO DE ESTA CIUDAD Y AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A ESTE JUZGADO, la rectificación de su acta de nacimiento en lo que respecta al nombre ya que en la misma obra el de VICENTA, siendo lo correcto el de “OFELIA”, dicha acta se encuentra inscrita en la mencionada oficialía, bajo el Libro No. 1, Tomo 1, Foja número 87, acta número 382 de fecha 02 de Septiembre de 1947; se convoca a personas que se crean con derecho a contradecir estos hechos para que se presenten a deducirlo dentro de un término que no exceda de treinta días; Término que empezará a computarse a partir del día siguiente de la última publicación del edicto. Publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación del lugar en que se encuentre ubicado el domicilio de la promovente, asimismo fíjese este edicto en un lugar visible de la Oficialía que corresponda.-

SAN PEDRO, COAHUILA, A 09 DE MARZO DE 2006. EL C. SECRETARIO

LIC. NICOLÁS MORENO MARTÍNEZ (RÚBRICA) 30 MARZO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SAN PEDRO, COAHUILA.

E D I C T O Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en esta misma ciudad, y mediante JUICIO ORDINARIO CIVIL DEL ORDEN FAMILIAR Y EN EJERCICIO DE LA ACCION DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, Expediente número 755/2006, se presentó la C. MARIA DEL CARMEN BORREGO PITER, por demandando a los CC. OFICIAL 01 DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD Y AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A ESTE JUZGADO, la rectificación de su acta de nacimiento en lo que respecta a su nombre ya que obra el de “MA. DEL CARMEN PITER”, siendo lo correcto el de “MARIA DEL CARMEN BORREGO PITER”, dicha acta se encuentra inscrita en la mencionada oficialía, en el Acta No. 00476, del libro 1, Tomo 2, de la hoja 67 de fecha 16 de Mayo de 1949; se convoca a personas que se crean con derecho a contradecir estos hechos para que se presenten a deducirlo dentro de un término que no exceda de treinta días; Término que empezará a computarse a partir del día siguiente de la última publicación del edicto. Publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación del lugar en que se encuentre ubicado el domicilio de la promovente, asimismo fíjese este edicto en un lugar visible de la Oficialía que corresponda.-

SAN PEDRO, COAHUILA, A 12 DE MARZO DE 2007.

EL C. SECRETARIO LIC. PRIMITIVO DELGADO CHÁVEZ. (RÚBRICA) 30 MARZO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SAN PEDRO, COAHUILA.

E D I C T O Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en esta misma ciudad, y mediante JUICIO ORDINARIO CIVIL DEL ORDEN FAMILIAR Y EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, Expediente número 101/2007, se presentó el C. JESÚS VALLES AGUIRRE, por demandando a los CC. OFICIAL 05 DEL REGISTRO CIVIL DEL EJIDO LUCHANA DE ESTE MUNICIPIO Y AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A ESTE JUZGADO, la rectificación de su acta de nacimiento en lo que respecta a su fecha de nacimiento ya que obra como fecha de nacimiento la de “15 de Marzo de 1949”, siendo lo correcto la de “15 de Diciembre de 1949”, dicha acta se encuentra inscrita en la mencionada oficialía, en el Acta No. 125, del libro 1, Tomo Uno, a Foja No. 35 de fecha 03 de Abril de 1949 26 de Junio de 1940; se convoca a personas que se crean con derecho a contradecir estos hechos para que se presenten a deducirlo dentro de un término que no exceda de treinta días; Término que empezará a computarse a partir del día siguiente de la última publicación del edicto. Publíquese por una sola vez en el periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación del lugar en que se encuentre ubicado el domicilio del promovente, asimismo fíjese este edicto en un lugar visible de la Oficialía que corresponda.- - -

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34 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

SAN PEDRO, COAHUILA, A 08 DE MARZO DE 2007. EL C. SECRETARIO

LIC. PRIMITIVO DELGADO CHÁVEZ. (RÚBRICA) 30 MARZO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. SAN PEDRO, COAHUILA.

E D I C T O Ante este Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de San Pedro de las Colonias, Coahuila, con sede en esta misma ciudad, y mediante JUICIO ORDINARIO CIVIL DEL ORDEN FAMILIAR Y EN EJERCICIO DE LA ACCION DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, Expediente número 540/2006, se presentó la C. ELIDA TRUJILLO RAMIREZ, por demandando a los CC. OFICIAL 01 DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD Y AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A ESTE JUZGADO, la rectificación de su acta de nacimiento en lo que respecta a su nombre ya que obra el de “ELIDA TRUJILLO RAMIREZ,”, siendo lo correcto el de “MARIA LIDIA TRUJILLO RAMIREZ”, dicha acta se encuentra inscrita en la mencionada oficialía, en el Acta No. 00922, del libro 1, tomo 4, de la hoja 84 de fecha 16 de Agosto de 1950; se convoca a personas que se crean con derecho a contradecir estos hechos para que se presenten a deducirlo dentro de un término que no exceda de treinta días; Término que empezará a computarse a partir del día siguiente de la última publicación del edicto. Publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación del lugar en que se encuentre ubicado el domicilio de la promovente, asimismo fíjese este edicto en un lugar visible de la Oficialía que corresponda.

SAN PEDRO, COAHUILA, A 29 DE SEPTIEMBRE DE 2006 EL C. SECRETARIO

LIC. PRIMITIVO DELGADO CHÁVEZ. (RÚBRICA) 30 MARZO

DISTRITO DE PARRAS DE LA FUENTE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

E D I C T O ANGEL FIDEL ESPINOSA RODRÍGUEZ, compareció ante el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Parras de la Fuente, Coahuila, a promover PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO NECESARIO, en contra de la C. ERIKA MILAGROS RAMÍREZ LÓPEZ, el cual se radico bajo el Expediente número 515/2006, en el que se autorizo el Emplazamiento por Edictos a la demandada ERIKA MILAGROS RAMÍREZ LÓPEZ, ordenándose la Publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, los cuales deberán publicarse por Tres veces de Tres en Tres días, haciéndole saber a la demandada que debe presentarse a contestar la demanda interpuesta en su contra dentro de un término de TREINTA DÍAS, después de la Publicación del último Edicto.- - - DOY FE.- - -

Parras de la Fuente, Coah., a 26 de Febrero del 2007. EL SECRETARIO “B” DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO

JUDICIAL DE PARRAS. LIC. ELEAZAR GÓMEZ VÁZQUEZ.

(RÚBRICA) 27-30 MAR Y 13 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

E D I C T O. En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Paras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente Número 530/2006, relativo al JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE GREGORIO JUÁREZ PECINA, denunciado por ANTONIA AREVALO ESCOBAR, cónyuge supérstite del auto de la sucesión y citándose a los presuntos herederos ABEL, DALILA, DIANA, ESAU, NOEL, ELVA, AMOS, ORFA ELVIRA de apellidos JUÁREZ ARÉVALO en su calidad de hijos del autor de la sucesión y al C. Agente del Ministerio Público, y ordenándose la publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, así como en la tabla de avisos de este Juzgado por dos veces con intervalos de Diez Días, convocándose a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten a juicio a deducirlo según corresponda.- DOY FE.- - - - -

Parras de la Fuente, Coah., a 05 de Enero del 2007. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS.

LIC, ELEAZAR GOMEZ VAZQUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

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viernes 30 de marzo de 2007 PERIODICO OFICIAL 35

E D I C T O. En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Paras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente Número 75/2007, relativo al JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE AURORA MONTOYA SALAZAR, denunciado por MARIA PATRICIA SALAZAR ZAMARRON, en su carácter de madre de la autora de la sucesión a quien se le cita, así como al C. Agente del Ministerio Público, ordenándose la publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, así como en la tabla de avisos de este Juzgado por dos veces con intervalos de Diez Días, convocándose a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten a juicio a deducirlo según corresponda.- DOY FE.- - -

Parras de la Fuente, Coah., a 08 de Febrero del 2007. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS.

LIC, ELEAZAR GOMEZ VAZQUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

E D I C T O. En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Paras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente Número 81/2007, relativo al JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE MARIA DE LOS ANGELES OVALLE PEREZ, denunciado por MARIA, ANA MARIA Y MARIA DEL SOCORRO de apellidos DE LA ROSA OVALLE, en su calidad de hijas del autor de la sucesión y citándose a los presuntos herederos JOSE, ANGELA Y PORFIRIO de apellidos DE LA ROSA OVALLE, en su carácter de hijos del autor de la sucesión y al C. Agente del Ministerio Público, ordenándose la publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, así como en la tabla de avisos de este Juzgado por dos veces con intervalos de Diez Días, convocándose a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten a juicio a deducirlo según corresponda.- DOY FE.-

Parras de la Fuente, Coah., a 14 de Enero del 2007. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS.

LIC, ELEAZAR GOMEZ VAZQUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

E D I C T O. En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Paras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente Número 12/2007, relativo al JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE JAVIER OSCAR GONZALEZ ALEMAN, denunciado por JOSEFINA SAKANASSI RAMIREZ, Cónyuge supérstite del auto de la sucesión, y citándose a los presuntos herederos ROCIO ALEJANDRA, JAVIER OSCAR Y JOSE MIGUEL de apellidos GONZALEZ SAKANASSI, en su carácter de hijos del autor de la sucesión y al C. Agente del Ministerio Público, ordenándose la publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, así como en la tabla de avisos de este Juzgado por dos veces con intervalos de Diez Días, convocándose a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten a juicio a deducirlo según corresponda.- DOY FE.- - -

Parras de la Fuente, Coah., a 12 de Enero del 2007. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS.

LIC, ELEAZAR GOMEZ VAZQUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR. PARRAS, COAHUILA.

E D I C T O. En el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, con residencia en Paras de la Fuente, Coahuila, se radicó el Expediente Número 53/2007, relativo al JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO A BIENES DE JOSE PARRA RODRIGUEZ Y MARIA APOLONIA RAMIREZ DE PARRA denunciado por ROSA MARIA Y JUANA MARIA de apellidos PARRA RAMIREZ, en su calidad de hijas de los autores de la sucesión a quienes se les cita, así como al C. Agente del Ministerio Público, y ordenándose la publicación de Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en otro de Mayor Circulación en esta región, así como en la tabla de avisos de este Juzgado por dos veces con intervalos de Diez Días, convocándose a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten a juicio a deducirlo según corresponda.- DOY FE.-

Parras de la Fuente, Coah., a 09 de Marzo del 2007. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PARRAS.

LIC. ELEAZAR GOMEZ VAZQUEZ (RÚBRICA) 30 MAR Y 20 ABR

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36 PERIODICO OFICIAL viernes 30 de marzo de 2007

PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS Gobernador del Estado de Coahuila

LIC. HOMERO RAMOS GLORIA

Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial

LIC. CÉSAR AUGUSTO GUAJARDO VALDÉS Subdirector del Periódico Oficial

De acuerdo con el artículo 90 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los servicios prestados por el Periódico Oficial del Gobierno del Estado causarán derechos conforme a la siguiente tarifa:

PUBLICACIONES 1. Avisos Judiciales y administrativos:

a. Por cada palabra en primera ó única inserción, $ 1.00 (Un peso 00/100 M. N.) b. Por cada palabra en inserciones subsecuentes, $ 0.53 (Cincuenta y tres Centavos M. N.)

2. Por publicación de aviso de registro de fierro de herrar, arete o collar o cancelación de los mismos, señal de sangre o venta, $ 404.00 (Cuatrocientos cuatro pesos 00/100 M. N.)

3. Publicación de balances o estados financieros, $ 516.00 (Quinientos dieciséis pesos 00/100 M. N.) 4. Por costo de tipografía relativa a los fierros de registro, arete o collar por cada figura, $ 404.00

(Cuatrocientos cuatro pesos 00/100 M. N.)

SUSCRIPCIONES 1. Por un año, $ 1,410.00 (Mil cuatrocientos diez pesos 00/100 M. N.) 2. Por seis meses, $ 705.00 (Setecientos cinco pesos 00/100 M. N.) 3. Por tres meses, $ 370.00 (Trescientos setenta pesos 00/100 M. N.)

VENTA DE PERIÓDICOS

1. Número del día, $ 15.00 (Quince pesos 00/100 M. N.) 2. Números atrasados hasta seis años, $ 53.00 (Cincuenta y tres pesos 00/100 M. N.) 3. Números atrasados de más de seis años, $ 101.00 (Ciento un pesos 00/100 M. N.) 4. Códigos, Leyes, Reglamentos, suplementos o ediciones de más de 24 páginas, $ 130.00 (Ciento

treinta pesos 00/100 M. N.) Tarifas vigentes a partir del 01 de Enero de 2007.

El Periódico Oficial se publica ordinariamente los martes y viernes, pudiéndose hacer las ediciones extraordinarias cuando el trabajo así lo amerite. Periférico Luis Echeverría Álvarez Nº 350, Col. República Oriente, Código Postal 25280, Saltillo, Coahuila. Teléfono y Fax 01 (844) 4308240 Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas. Página de Internet del Gobierno de Coahuila: www.coahuila.gob.mx Página de Internet del Periódico Oficial: http://periodico.sfpcoahuila.gob.mx Correo Electrónico del Periódico Oficial: [email protected]