I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.

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sobre el empleo de personas con dis capacidad

I Congreso Nacional

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La aplicación de las normas establecidas en la LISMI (Ley de Integración Social de los Minusválidos) ha dado lugar a cambios importantes en la realidad de las personas con discapacidad, en campos como el empleo ordinario y protegido, mediante la cuota de reserva de empleo en las empresas ordinarias, los incentivos a la contratación laboral y la formación profesional y las ayudas a la creación y mantenimiento del empleoen los centros especiales de empleo ...

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… dos décadas después se han ido produciendo avances sustanciales con la promulgación de la LIONDAU en el año 2003; sin embargo, el salto definitivo tuvo lugar con la aprobación el 13 de diciembre de 2006 de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que tiene plena vigencia en nuestro país tras entrar en vigor el 3 de mayo de 2008; más recientemente, con la integración de las Leyes básicas en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (TRLGD).

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Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad

Artículo 27

Trabajo y empleo

1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidada trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho atener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación, entre ellas:

a) Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables;

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Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad

Artículo 27

Trabajo y empleo

b) Proteger los derechos de las personas con discapacidad, en igualdadde condiciones con las demás, a condiciones de trabajo justas y favorables, y en particular a igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, a condiciones de trabajo seguras y saludables, incluida la Protección contra el acoso, y a la reparación por agravios sufridos;

c) Asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer susderechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás;

d) Permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo aprogramas generales de orientación técnica y vocacional, servicios decolocación y formación profesional y continua;

e) Alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional delas personas con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para labúsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al mismo;

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Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad

Artículo 27

Trabajo y empleo

f) Promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias;

g) Emplear a personas con discapacidad en el sector público;

h) Promover el empleo de personas con discapacidad en el sectorprivado mediante políticas y medidas pertinentes, que pueden incluir programasde acción afirmativa, incentivos y otras medidas;

i) Velar por que se realicen ajustes razonables para las personas condiscapacidad en el lugar de trabajo;

j) Promover la adquisición por las personas con discapacidad deexperiencia laboral en el mercado de trabajo abierto;

k) Promover programas de rehabilitación vocacional y profesional, mantenimiento del empleo y reincorporación al trabajo dirigidos a personas con discapacidad.

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Siguiendo lo establecido en la Convención, en nuestro derecho interno y, en particular, en el ámbito de la función pública, se aprobó la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a esta Convención, que modifica el artículo 59.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de elevar el cupo de reserva de plazas en las ofertas de empleo público del cinco al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad (reservando el dos por ciento para ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual).

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Estatuto Básico del Empleado Público

En la exposición de motivos de esta Ley, se explicita que “en materia de acceso al empleo público ha sido preocupación esencial garantizar en la mayor medida posible la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como la transparencia de los procesos selectivos y su agilidad, sin que esto último menoscabe la objetividad de la selección. Ello no es, por cierto, incompatible con unas mayores posibilidades de apertura de nuestro empleo público a ciudadanos que carezcan de la nacionalidad española, en aplicación del Derecho comunitario o por razones de interés general, ni con la necesaria adopción de medidas positivas para promover el acceso de personas con discapacidad”.

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Estatuto Básico del Empleado Público

Artículo 59. Personas con discapacidad.

1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.

La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

2. Cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad.

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Pero a pesar de los importantes avances legislativos y estratégicos llevados a cabo en los últimos treinta años, garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad sigue siendo una asignatura pendiente por parte de las instituciones públicas y privadas: el cumplimiento de la normativa legal sigue siendo deficitario lo que provoca que la población con discapacidad muestre tasas de desempleo superiores a la de la población sin discapacidad, así como tasas de actividad y empleo inferiores, a lo que hay que sumar una retribución comparativamente más baja en los puestos de trabajo ...

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… en los últimos años, el emprendimiento ha adquirido una gran importancia al postularse como una posible vía de crecimiento ante la difícil situación económica que atravesamos, de ahí que el apoyo al emprendimiento y el autoempleo haya sido una prioridad del Gobierno en el año 2013.

Este panorama desalentador justifica la necesidad de celebrar un congreso que permita analizar en profundidad la situación actual de este colectivo en el mercado laboral e identificar los retos de futuro que se avecinan.

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http://www.congresoempleodiscap.es/#sponsors

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La Federación Granadina de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FEGRADI) organiza el I Congreso Nacional sobre el Empleo de las Personas con Discapacidad con el lema "Hacia la plena inclusión laboral", que tendrá lugar durante los días 5 y 6 de marzo de 2015 en el Hotel Abades Nevada, en Granada, que tiene como objetivo general

Realizar una valoración crítica y exhaustiva de la situación de las personas con

discapacidad en el ámbito laboral, tanto en empleo ordinario como en empleo protegido.

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Objetivos específicos

- Analizar y emitir propuestas sobre la actual la normativa que regula el empleo para personas con discapacidad. - Analizar en profundidad los datos de empleabilidad de la población con discapacidad, así como las políticas de empleo dirigidas a este colectivo. - Mostrar buenas prácticas de inclusión de personas con discapacidad, tanto en empleo ordinario como en empleo protegido. - Mostrar ayudas técnicas que favorezcan la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral. - Conocer las diferentes investigaciones que se están realizando en este campo desde diferentes sectores: Universidad, entidades del tercer sector, sindicatos y Administraciones Públicas. - Visualizar la realidad actual y propuestas de mejora en este campo desde la óptica de los diferentes agentes implicados: Administraciones Públicas, empresas, sindicatos y entidades del tercer sector.

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Destinatarios

· Cargos directivos, responsables y cuadros de la Administración Pública: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entes Locales.

· Presidentes, Gerentes y Técnicos de las diferentes Confederaciones, Federaciones y Asociaciones del movimiento asociativo de la discapacidad.

· Directivos y técnicos de recursos humanos de empresas.

· Personal Docente e Investigador y estudiantes de las siguientes disciplinas: Derecho, Ciencias del Trabajo, Economía, Administración de Empresas, Ciencias Políticas, Sociología, Psicología y Trabajo Social.

· Cualquier persona interesa en el tema.

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El programa del I Congreso incluye el día 5 de marzo una conferencia inaugural a cargo de Miguel Ángel Cabra de Luna, director de relaciones Sociales e Internacionales de la Fundación ONCE y Representante en el Comité Económico y Social de la UE, que tendrá como versará sobre “El empleo de las personas con discapacidad en el ordenamiento jurídico comunitario y nacional” ...

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… representantes de la Dirección General de Discapacidad (MSSSI), del Ministerio de Empleo, de la Junta de Andalucía, del País Vasco y de la Comunidad de Madrid, serán los encargados del “Análisis de las políticas públicas en materia de empleo de personas con discapacidad. Especial referencia al empleo público”.

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FSC Inserta y la Fundación ADECCO compartirán una conferencia sobre “La intermediación laboral y la búsqueda de empleo”, y tras la comida, se celebrará una mesa redonda que tratará “El empleo protegido: Hacia un nuevo status jurídico. Situación actual y propuestas de fuyturo para las principales figuras”, en la que participarán Josefa Torres Martínez, directora de la Federación Española de Asociaciones de Centros Especiales de Empelo,Eduardo Díaz Velázquez, Director del Centro de Documentación del Real Patronato sobre Discapacidad, y Rosa Díaz Jiménez, Profesora Titular de Trabajo Social, de la Universidad Pablo de Olavide.

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El viernes 6 de marzo se abrirá la jornada con una mesa redonda sobre “El valor añadido de la integración laboral de las personas con discapacidad desde el punto de vista empresarial”, y tras el café, otra mesa redonda sobre “El emprendimiento por parte de las personas con discapacidad”, en ella que tomarán parte Antonio Tejada Cruz, Director General. La Ciudad Accesible y Presidente de la Asociación Española de Emprendedores con Discapacidad, y Ricardo Moreno, Director de la Cátedra sobre Emprendimiento y Discapacidad, de la Universidad Rey Juan Cralos.

http://www.laciudadaccesible.com/

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Luis Cayo Pérez Bueno, presidente del Cermi Estatal, será el encargado de la conferencia de clausura del I Congreso, que llevará como título “Reivindicaciones desde el movimiento asociativo de personas con discapacidad en relación con el empleo de las personas con discapacidad”; las conclusiones finales de este Congreso estarán a cargo Juan Antonio Maldonado Molina, Director del Comité Cinetífico.

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El Congreso admite un resumen de 300 palabras sobre trabajos de investigación, que el Comité Científico procederá a su evaluación, haciéndose pública la resolución el día 23 de diciembre de 2014;los autores cuyas propuestas de comunicación hayan sido aceptadas recibirán un documento explicativo con las características que ha de tener su comunicación en forma y extensión, pudiendo remitir dicha documentación a la secretaria técnica del congreso hasta el día 20 de febrero de 2015 (la extensión final de la comunicación será de 10 páginas con letra Times New Roman 12 y con 1,5 de interlineado) ...

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… también se admite la modalidad “sin lectura”, pudiéndose presentar propuestas de comunicaciones, que si son aceptadas por el Comité Científico, serán desarrolladas por sus respectivos autores, sin ser expuestas en el Congreso, pasando directamente a ser publicadas en el Libro de Actas.

Las comunicaciones seleccionadas bajo la modalidad “con lectura” se expondrán en el transcurso del I Congreso Nacional en el tiempo designado por la organización.

Todas las comunicaciones seleccionadas serán publicadas en un Libro de Actas.

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Comité científico

D. Juan Antonio Maldonado Molina (Director)Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. UGR

D. Ricardo Moreno Director de la Catedra sobre Emprendimiento y Discapacidad. Universidad Rey Juan Carlos

D. Eduardo Díaz VelázquezDirector del Centro de Documentación. Real Patronato sobre Discapacidad

D. Miguel Ángel Cabra de Luna Director de Relaciones Sociales e Internacionales. Fundación ONCE

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Para recibir más información, se puede contactar:

Teléfono: 606 653 588

Email: [email protected]

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La Federación Granadina de Personas con Discapacidad Física CANF COCEMFE GRANADA, creada en el año 1987, es una organización sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, que representa a todas las personas con discapacidad física y/u orgánica de Granada y su provincia, a través de sus asociaciones miembro.

Es miembro de la Confederación Andaluza de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (CANF COCEMFE ANDALUCIA), de la Coordinadora Nacional de Minusválidos Físicos de España (COCEMFE) y del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

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… su finalidad esencial es la normalización de la discapacidad en todos los ámbitos de la vida, y para ello FEGRADI, CANF Y COCEMFE se aúnan para defender los derechos del colectivo, a través de diversos programas: accesibilidad, formación, empleo, educación, ocio y tiempo libre, voluntariado, etc.

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Objetivos que se persiguen:

- Difundir la problemática general de las personas afectadas por discapacidades físicas y/u orgánicas en orden a la promoción y defensa de los derechos del colectivo.

- Coordinar, orientar e impulsar las actuaciones de las Asociaciones miembro.

- Fomentar el asociacionismo y la unidad entre los afectados para una mejor defensa de las condiciones y calidad de vida.

- Promover y alentar la participación de FEGRADI en todos aquellos organismos públicos o privados de ámbito provincial, autonómico, estatal o internacional que de modo directo o indirecto puedan contribuir a la realización de los fines de la Entidad.

- Participar en todo programa científico o de ayuda mutua.

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http://www.fegradi.es/