Historia del derecho parte 1

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RAMÓN AGUAYO CID Historia del Derecho

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R A M Ó N A G U AY O C I D

Historia del Derecho

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Bajo Imperio o Dominado

Se señala que es la última etapa en la evolución social

política y económica del estado romano. Periodo en el

cual las bases sobre la que descansaba la organización

política y administrativa sufre una profunda

transformación, desapareciendo todos los rastros de las

viejas instituciones republicanas que aun se mantenían

vigentes durante el periodo anterior denominado

“principados” el que se extendió desde la época del

emperador Augusto hasta el siglo III a.C.

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Bajo imperio o Dominado

Así, este nuevo periodo suele denominarse también como

“época del Dº romano Helénico”, debido a que las normas

jurídicas que se elaboran durante este periodo “no

constituyeron Dº puro”, como el de épocas anteriores sino

por el contrario tiene lugar en el nuevas normas

originarias de las ciudades Eº con las cuales los romanos

entraron en un intimo contacto como consecuencia de las

conquistas y la expansión del imperio y que para aquella

época se ven consolidadas.

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Bajo imperio o Dominado

Desde el punto de vista de la organización político-

administrativa del nuevo Eº romano debemos señalar que

este periodo es calificado por la historiografía como bajo

imperio o dominado en el entendido que corresponde a

una monarquía absoluta de tipo oriental Heleno. También

suele denominarse Imperio Bizantino por el predominio

que desde el siglo III ejerció la parte oriental (Bizancio)

con la parte occidental (Roma).

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Bajo imperio o Dominado

Políticamente se señala que es una monarquía de tipo Helénicooriental en oposición a la monarquía limitada, característica de laépoca anterior que vislumbramos en el gobierno de dos cabezas(príncipes y senado) el bajo imperio o dominado que abarca desde elsiglo III d.C en adelante como monarquía absoluta tomo comomodelo o referente las monarquías del oriente especialmente la dePersia (Irán). Respecto a la denominación de este periodo como“Dominado” responde a la variante en cuanto a la relación de jefe degobierno y ciudadanos, donde ya estos últimos no serán parte activaen la vida política, ni contribuirán con su voto a la formación delgobierno (como fue en épocas pretoritas) como lo fue los conciliosplebis, sino que más bien adquieren la categoría de súbditos y no deciudadanos y por eso a contrarios el emperador reciba el titulo dedominus, es decir, el dueño o el amo del pueblo.

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Bajo imperio o Dominado

Es preciso señalar que a partir de este periodo los

emperadores empiezan a desconocer el fundamento

popular de su autoridad (soberanía) pretendiendo señalar

que la fundamentación política era de origen divino.

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Las fuentes del Dº romano Post-

clásico.

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

Se señala que este periodo es de “decadencia” desde el

punto de vista social, político, económico y

eminentemente desde la perceptiva jurídica o del Dº.

Así se observa que la gran fuente del Dº en este periodo

es la “Lex”, pero entendiéndola ahora como decisión

adoptada al interior de los comicios por el pueblo a

propuesta de un magistrado, ahora dicha manifestación

jurídica es “expresión de voluntad del emperador”, es

decir, es un Dº legislado.

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

Para este periodo se denominan leyes a las constituciones

y es que ya no reciben la denominación de

Edictos, Decretos, Mandatos, Epístolas, etc. Sino para

aquella época se les denominaba “edictos” que ya eran

estatutos generales, verdaderas ordenanzas que serán las

que luego sancionarán los reyes en los distintos estados a

que diera origen la caída del imperio romano de occidente

o pars occidentalis. En el 476 d.C. y cuyo último

emperador fue Rómulo Augusto.

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

Si bien digamos que la gran fuente del Dº era la Lex a

través de las constituciones imperiales, no fue la única

fuente productora de aquel. Aun para aquella época de la

doctrina de los jurisconsultos. Tenían valides pero solo

en la medida que los emperadores le hubiesen

atribuido fuerza normativa, como fue el caso por

ejemplo de la denominada “Ley de Citas” obra jurídica

dictada bajo gobierno del emperador Teodosio II.

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

Fue una constitución imperial la del 426 d.C. la que

quiso fijar el valor o la autoridad que tenían los

tribunales de justicia obras de los denominados juristas

clásicos del siglo II y III como fueron por ejemplo

Gayo, Papiniano, Paulo, Ulpiano y Modestino, a quienes

se les atribuyo autoridad completa y cuya opinión podía

ser invocada ante los jueces.

La opinión comuni doctorum opinión común más sabia

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

También están presentes las obras de los juristas

denominados antiguos como fue el caso del Quinto Mucio

Scaevola, Sabino, Juliano, Marcelo, etc. Esta ley de citas

constituye un símbolo evidente de la decadencia del Dº en

este periodo ya que la libertad de los jueces para

resolver, quedaba entregada a una tarea y actuación

mecánica, no pudiendo analizar el fundamento de las

opiniones sostenidas por los juristas, sino lo que

verdaderamente importaba era la opinión mayorista.

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Las fuentes del Dº romano Post-clásico.

Por otra parte en materia de literatura del Dº; si comotambién obras de los juristas, manifestada una verdaderadecadencia del Dº y ello se refleja en la tendencia hacia la“codificación y las compilaciones” y ocurrió entonces quedichas compilaciones fueron previamente obras departiculares y posteriormente oficiales o públicas.

Para el 1º caso (los privados) corresponden a aquellos defines del siglo III d.C. y comienzos del IV como fueronlos códigos Gregoriano y Hermogeniano y para el 2º caso(oficiales o públicos) aquellos correspondientes al primertercio del siglo IV d.C. como fue el código Teodosiano.

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1- Código Gregoriano.

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1- Código Gregoriano.

Se señala que este código ha llegado a nosotros a través

de una compilación realizada por el pueblo visigodo

conocida como la Lex romana Wisighotorum o Breviario

de Alarico. Se le denomino Gregoriano porque se atribuye

su autoría a un tal Gregorio que verdaderamente no ha

podido establecerse que fuera un jurista y que contenía

constituciones imperiales y restrictos dictados entre los

años 196 y 291 d.C. es decir, desde la dinastía de los

severos hasta el emperador Dioclesiano siendo redactado

en los años 291 y 292 d.C.

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2- Código Hermogeniano.

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2-Código Hermogeniano.

También conocido a través de la Lex Romana

Wisighotorum y también de la Lex Romana

Burgundiorum así como también de otras fuentes jurídicas

de la época se señala que su autor seria un tal Hermogenes

quien también sería el autor del Epítome Iuris. Así, este

código Hermogeniano contenía el texto de constituciones

imperiales publica entre los años 293 y 294 d.C. siendo

publicado en el año 295 d.C. y según otros a inicios del

siglo IV de nuestra era.

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3- Código Teodosiano.

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3- Código Teodosiano.

Una compilación oficial manifestada en forma de código y mandada aredactar bajo el gobierno del emperador Teodosio II legislador porexcelencia parece haber tenido la idea de realizar una “compilación” detodo un Dº tanto del Ius como de la doctrina jurídica de los juristas ojurisconsultos. Se señala que aquella obra o empresa resulto casi imposiblepor su amplitud y se resolvió efectuar solamente “la compilación de lasconstituciones imperiales” y respecto de la doctrina de los autores bajo laforma de la denominada “Ley de Citas” en cuanto a su estructura estecódigo, se inspira en el código Gregoriano mas no en elHermogeniano, estaba dividido en 16 libros, lo que a su vez se dividían entítulos, y las constituciones imperiales ordenadas en forma cronológica.Además se caracterizo por tener “todo el Dº privado”; también conteníadisposiciones de Dº público y administrativo.

Su contenido ha podido llegar hasta nosotros gracias a las compilacionesBárbaras (visigodos), especialmente del Breviario de Alarico o de la Lexromana Wisighotorum.

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La obra de Justiniano y el corpus

Iures Civiles.

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La obra de Justiniano y el corpus Iuris Civiles.

Llego al trono en 527 d.C (Justiniano) y para el año 528

dicta una constitución conocida como Haec Quae

Neccessario, palabras iniciales del texto que bajo tal

constitución designo una comisión a la cual se le

encomendó la tarea de recopilar leyes que para aquella

época no eran sino “instituciones imperiales”, vigentes

como fueron los códigos gregorianos, Hermogeniano y

teodosiano, agregándole constituciones posteriores a

Teodosio II y las denominadas novelas posteriores.

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La obra de Justiniano y el corpus Iures Civiles.

Dicha comisión conformada por 10 notables como fueron:

Capadocia, Triboniano, Teófilo, este ultimo profesor de Dº

en la escuela de Constantinopla, a los que se les

encomendó la tarea de redactar un proyecto de

código, que entro en vigencia el 16 de abril del año 529

d.C. conocido posteriormente como el “novus Instinius

codex”, pero que posteriormente dejo de ser nuevo al

ordenar el mismo emperador en el año 534 d.C

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La obra de Justiniano y el corpus Iures Civiles.

La redacción de una nueva recopilación de constituciones

imperiales conocida bajo el título de “codex repititae

praelictionis”, que en rigor es “el nuevo código de

Justiniano”.

Limes Límite

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Elementos Constitucionales del Corpus Iures

Civiles

1- El codex o código

2- El digesto o pandectas

3- Las institutas

4- Las novelas

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1- El codex o codigo

Es una recopilación de constituciones imperiales tanto la del529 d.C. como aquella del año 534 d.C, esta ultima la másimportante y vigente para aquella época. Así para que eltiempo Justiniano, dictó una serie de disposicionesdenominadas Quinquagina decisiones y también conocidacomo 50 decisiones imperiales, con las cuales se resolvían ladiferencia de opiniones entre los jurisconsultos clásicos sobrepuntos controvertidos de Dº

Es este código que ha llegado hasta nosotros, ya que aquelredactado en el año 529 d.C. se perdió conservándosesolamente su índice o también denominado como papiroOxyrrinco.

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1- El codex o codigo

El código del año 534 d.C. o también conocida como “el

nuevo código Justinianeo” llego gracias a la conservación

de versiones completas que llegaron hasta el siglo IX y X;

sus diversas materias las que estaban distribuidas en 12

libros los libros a su vez en títulos y estos a su vez en

leyes, dispuestas según el orden cronológicos.

El 1º libro se ocupo del Dº eclesiástico, de las fuentes del

Dº y también de los officia o también conocidos como

funciones y deberes de cada uno de los magistrados de la

jerarquía imperial.

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1- El codex o codigo

En los libros II al VIII trata de materias de Dº privado, donde

se hacen exposiciones completas de Dº, comentarios. Ad

Sabinum (Dº civil) y Ad Edictum (Dº pretoriano).

Del X alXII se refiere al Dº administrativo, a la organización

del Eº imperial y también al régimen financiero por la

importancia de los recursos que significaban en el imperio.

Se refiere que el hecho de dividir al código en 12 libros hace

presumir que ello se debería a una forma de rendir un

homenaje a aquel monumento jurídico y legislativo del Dº

romano como fue la ley de las XII tablas.

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2- Digesto o pandectas:

Es una obra de consulta y recopilación de la doctrina jurídica

que responde a su denominación latina o griega según

corresponda.

El digesto equivale a una recopilación metódica y sistemática

(digierere) y el pandectas procede del carácter general de la

obra que contiene todo el Dº vigente para cada época.

Con el digesto, Justiniano quiso completar la obra iniciada por

sus antecesores, reduciendo, “todas las fuentes del Dº a una

sola”, por voluntad del emperador, señalando, que a partir de

ese momento solo tendrían fuerza de ley y además podían ser

invocados frente los tribunales.

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2- Digesto o pandectas:

Así, materialmente el digesto se distribuyo en 50 libros y estos a su vez entítulos que van precedidos de una rúbrica en la que indica la materia quecontiene.

Los títulos a su vez divididos en fragmentos, en cada uno de los cuales loscompiladores indicando el nombre del jurista de donde ha sido elmismo, el de la obra que ha sido tomada y el respectivo libro dentro de laobra.

También estaba integrado por aquellos juristas no comprendidos en la leyde citas: CervidioScaevola, Juliano, Marciano, Pomponio, Javoleno, Africano y Marcelo.

Cabe señalar que algunas de las opiniones emitidas en las obras de losjuristas fueron objetos de interlocaciones o anotaciones (alteraciones porlas cuales se atribuyen a los juristas de época clásica) opiniones que nuncasostuvieron, ya que eran de los compiladores quienes prestigiaban laspropias, poniéndolas bajo el nombre de aquellos.

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3- Las institutas:

No es más que la voluntad del emperador Justiniano que

anuncio la necesidad de proceder a la redacción de una

obra elemental de Dº destinada a la enseñanza del

mismo, para lo cual no podía servir el digesto ya que no

era apto para comenzar, mediante un estudio profundo de

las leyes.

Las institutas deben su nombre “a las instituciones”, que

tuvo como antecedentes para el estudio del Dº las famosas

institutas del jurista Gayo.

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3- Las institutas:

Así, para el año 533 las institutas publicadas a través de la

dictación de una constitución imperial conocida como

imperiatoriam maiestaten (magestad imperial) señalaba que la

majestad imperial no debe solamente en la fuerza de las armas

sino también “en la justicia de las leyes” para que el Eº esté

bien gobernado tanto en la guerra como en la paz y también

para que el emperador sea celoso en la lucha contra la justicia

como en la celebración de sus triunfos en la guerra.

También señala que esta manual (las institutas) estaba

destinado a la juventud ávida del estudio de las leyes del Dº.

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3- Las institutas:

Respecto de la estructura de las institutas, ellas estabandivididas en 4 libros, en el libro:

1º trata de las personas

2º de las cosas y la propiedad, demás Dº reales, y de lasucesión de testamentos

3º de la sucesión ad-intetato y de las obligaciones queproceden de un contrato

4º de las obligaciones delictuales; del proceso privado y de losjuicios públicos

Lo mismo que en el digesto los libros se dividían en títulos yestos a su vez en parágrafos

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4- Las novelas:

Son instituciones publicadas por Justiniano con

posterioridad a la redacción del nuevo código del año 543

d.C. hasta la ocurrencia de su muerte 565 d.C, la que sin

embargo no fueron objeto de compilación por emperador

alguno.

Es así, que se conocen 3 colecciones que pretendieron ser

completas:

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4- Las novelas:

1- La del año 555 d.C. aprox. Y que contiene las constituciones dictadas entre elaño 535 y 555 d.C. conocida también como el epitome juliano, representadoaquellas constituciones bajo la forma de resúmenes en latín, destinados a trabajosprácticos no solo en oriente (Bizancio), sino preferentemente para el occidente deroma.

2- Es una recopilación o repertorio de constituciones, más complejas que la deJustiniano, y que contiene aquellas constituciones con el nombre de “liberautenticorum” o autenticum, cuyo autor se señala que es anónimo pero se cree quees contemporáneo a Justiniano.

3- Es una colección griega de novelas de Justiniano, oba más breve que laanterior, pero más completa, contenía un conjunto de 168 constituciones y quedebió ser redactada en tiempo del emperador Iberio II.

4- Finalmente las dos últimas colecciones llegaron a la edad media bajo el estudiodel Dº en la universidad de Bolonia, específicamente al papel del juristaIrnerio, quien las hizo de uso común en las escuelas de Dº como fueron losglosadores, los pos-glosadores o comentaristas.

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La recepción del Dº común y el rol

de las universidades.

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La recepción del Dº común y el rol de las

universidades.

El periodo conocido como edad media supuso para parte

de la historiografía un periodo de oscurantismo en el

ámbito cultural, político, social, económico y también

jurídico sin prejuicio de lo anterior, dicha época no supuso

un total desconocimiento del estudio y cultivo del Dº

romano como quisieron separarlo autores como conrrak y

flash durante los siglos VI al XI de la época.

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La recepción del Dº común y el rol de las

universidades.

Así, puede señalarse que el estudio del derecho romano sesiguió enseñando “en las escuelas de derecho” en lasprincipales ciudades del occidente europeo como fueronpor ejemplo Roma, Ravena, Pavía, etc. Aun cuando enesta ultima predomino la enseñanza del Dº lombardoteniendo como fuente del mismos los “usos y lacostumbre”. Importante es destacar, que durante la altaedad media y fines de la misma, la enseñanza del Dºromano formaba parte del estudio de las artes liberales odel “trívium” (gramática, dialéctica y retorica), dondeandaba difuso y confuso, compartiendo espacio junto alDº canónico y la teología.

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La recepción del Dº común y el rol de las

universidades.

Fuera de Italia existieron centros de estudiosjurídicos, independientes y accesorios de las escuelas de artesliberales (trívium) como fue el caso del tiLyon, Orleans, Soul, parís y reins

El Dº romano que se enseño en dichos centros de estudiosjurídicos, eminentemente se baso en el cultivo del Dº romanopost clásico o justinianeo, fundamentalmente del código, lasinstitutas y novelas, estas últimas tomadas de diversascolecciones como por ejemplo “el corpus autenticorum” y elepitome Juliano. Lo que no ocurrió con el digesto cuyo estudiosistemático recién se torna realidad con el renacimiento del Dºromano post clásico en la escuela de Bolonia (studiumboloniese).

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La recepción del Dº común y el rol de las

universidades.

Por ello antes de entrar al estudio y aporte de la universidad de Bolonia al redescubrimiento del Dº romano post clásico justinianeo, debemos necesariamente establecer que se entiende por Dº común como suceso histórico jurídico.

Luego, debemos entenderlo “como un sistema jurídico elaborado por los comentaristas boloñeses con un conjunto de elementos diversos (Dº romano justinianeo, Dº canónico y Dº estatutario de algunas ciudades italianas y del derecho feudal de la Lombardía) que se interpretan y reelaboran romanisticamente con el objeto de tener aplicación universal (común) en defecto (laguna, oscuridad o insuficiencia) de los Dº propios en su versión no romanizada” este concepto anterior es el señalado por el historiador del Dº Ítalo Mérelo

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Clase 25 de abril

Aclarado lo anterior, se indica que el redescubrimiento del Dºromano pos-clásico estaría vinculado con la leyenda deldescubrimiento de la “ denominada Scorperta di Amalfi en elaño 1135 a manos del emperador del sacro imperio RomanoGermánico Lotario II, quien saqueo la ciudad deAmalfi, donde encontró un manuscrito del que se apoderaronsus huestes, y que no era sino que el texto “ del digesto opandectas”, el que fue llevado a la ciudad de pizza y es porello que recibe la denominación de Littera PisanaoFlorentina, en oposición al manuscrito, elaborado por losdoctores de la universidad de bolonia sobre la base de la literapisana y que recibe la denominación de Littera vulgata oBononienses.

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Clase 25 de abril

No obstante la explicación anterior, entendido como un hito

fundamental para ese redescubrimiento, no es menos cierto

que ello es negado por la critica histórica contemporánea que

en general rechaza la leyenda de Amalfi.

Explicando que dicho redescubrimiento se habría originado

por el apoyo prestado por la iglesia al Dº romano en razón de

los privilegios que este le reconocía. Y en segundo lugar

debido al apoyo que le prestaron los nuevos emperadores del

sacro imperio romano-germánico, quienes se consideraban

sucesores y continuadores de los emperadores romanos

renovatio imperio.

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Clase 25 de abril

Así, el derecho romano fue un instrumento del que se valieronlos emperadores para luchar contra la confusión característicapropia del régimen feudal, entre los conceptos de soberanía ypropiedad, que impedían el afianzamiento de la soberaníapolítica de los emperadores.

Ejemplo de ello fue Carlo magno quien tomo los principios delDº romano como pilares de su organización imperial, la queluego también seria recogida por los emperadores del sacroimperio romano Germánico, fomentando la aplicación dedicho derecho, el que favorecía su política centralizadora yunificadora es decir un Dº para el imperio (unum Ius comunum sit imperium)

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La universidad de Bolonia y el estudio del Dº

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La universidad de Bolonia y el estudio del Dº

Es así, que el cultivo literario y científico del Dº romano

pos-clásico que irradio a occidente, fue “el estudio

general, escuela o universidad de Bolonia”, que si bien no

tiene una data cierta de creación, se señala que alrededor

del año 1088 Matilde de tosca quien gobernaba Bolonia

en nombre del emperador Enrique V habría autorizado a

Irnerio (Guarnerio) para explicar en ese estudio los libros

de la denominada compilación justinianea como era el

caso del codex o código, las novelas, las institutas y

principalmente el digesto o pandectas.

Page 45: Historia del derecho parte 1

La universidad de Bolonia y el estudio del Dº

Necesario es señalar que la escuela de Bolonia, al igual

que el resto de las universidades medievales era “una

verdadera corporación” de profesores y alumnos que

contaban con “privilegios” otorgados por el emperador

que favorecía especialmente a estos últimos. Como eran

1.- la libre locomoción o libertad ambulatoria

2.- la garantía de no ser objeto de ningún vejamen

3.- el Dº de ser juzgados por tribunales especiales

Page 46: Historia del derecho parte 1

La universidad de Bolonia y el estudio del Dº

Se señala que la concesión de dichos privilegios se remota

a 1158, pero su funcionamiento he ingreso de alumnos

italianos y extranjeros a sus aulas se remontaban a años

anteriores mereciendo así el apelativo de Lucerna Iuris o

antorcha del Dº, en alusión al redescubrimiento del Dº

romano pos-clásico o justinianeo.

La organización de la universidad y sus estudios estaban

contenidos en los estatutos, y a quien fue encomendado la

dirección de la escuela de Bolonia recayó en la persona de

Irnerio

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Universidad de Bolonia

Corporación

Alumnos Organización de

estudiosProfesores

Estatutos

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Recepción teórica y práctica.

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Recepción teórica y práctica.

De la primera clase se puede calificar como la divulgación delDº romano pos-clásico o justinianeo entendido como materiade estudio y reflexión en sede universitaria, aun cuando esarecepción cala hondo en el ambiente económico, su sentido noera puramente erudito sino que también en vista que dicho Dºllegara a convertirse en una realidad vigente que regulara lavida jurídica de los hombres de su tiempo.

La recepción practica en cambio debe entender al Dº romanopost-clásico como Dº vigente, Dº que desciende de la cátedra yancla en los tribunales de justicia, en las notarias, en losconsejos de palacio, allí donde el Dº se aplica por medio delas…….., las clausulas reguladoras de los contratos, etc.

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Recepción teórica y práctica.

Dicha recepción se señala que fue precoz y profunda en

Italia, también en la zona sur de Francia, pero no así en el

norte, donde se señala que fue más lenta y débil, así como……

señalar que resulto de forma diversa en cada uno de los reinos

hispanos como por ejemplo castilla, Aragón, Cataluña y

navarro, donde la fuerza de la costumbre por los usos sirvieron

de dije de contención frente a la penetración del nuevo Dº.

A modo de ejemplo es importante destacar que la vigencia del

Corpus Iuris Civilis de justinianeo, siguió vigente en Alemania

hasta el año1900 cuando fue redactado el código civil alemán

(BGB).

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Recepción teórica y práctica.

La labor de los glosadores y comentaristas: sabido es, que quienesllevaron a la práctica la recepción del Dº romano pos-clásico através del estudio y la reflexión académica fue realizada por losglosadores y pos-glosadores o comentaristas. Los primeros aquellosque hicieron el corpus Iuris Civiles un “verdadero mundo de fe”.Para el estudio académico del Dº romano pos-clásico en la forma:

A- Reconstruyendo textos completos integros y fidedignos de lacompilación justinianea

B- Aclarando su contenido mediante la modalidad de la“interpretación exegética” explicando el significado de palabratermino y búsqueda de concordancia entre los diversos sectores dela obra en que hay referencia a un mismo concepto (glosa).

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Recepción teórica y práctica.

Luego la glosa podía ser:

1- Glosa interlineal en la forma de apostilla o notas

colocadas entre líneas del texto que se analiza.

2- La glosa marginal: es la relación más extensa

consignada al margen de la página en el espacio libre

entre el cuerpo escrito y el fino de la hoja. Los glosadores

en su trabajo van fragmento por fragmento tratando de

desentrañar lo que ellos dicen, pero casi sin salir de su

marco literal.Entre los glosadores más celebres y

destacados podemos señalar:

Page 53: Historia del derecho parte 1

Recepción teórica y práctica.

1- Irnerio o guarnerio y sus 4 discípulos directos como fueron: Jacobo, Vulgaro, Hugo yMartin; también Arzo, Rogerio, Ojofredo y finalmente el gran Acursio (acursius), quiendurante el siglo XIII se dio a la labor de confeccionar un repertorio de varias glosas y detodos los intérpretes que lo precedieron en la escuela, la que se conoció como “la magnaglosa”

2- Los post-glosadores o comentaristas crean un nuevo sistema de interpretación que recogeSino de Pistolia en Francia durante el siglo XIV, y que consistió en introducirse “el métodoaristotélico escolástico dialectico” para el estudio del Dº romano pos-clásico.

Se señala que su aporte es tan importante para el estudio del Dº pues sobrepaso la edadmedia y también la edad moderna llegando hasta incluso el periodo conocido como lacodificación del Dº durante el siglo XIX.

Su gran creación sin lugar a dudas es “el sistema del Dº común” o Ius comune, dando origena un Dº orgánico y científico que hace que los juristas y los jueces lo consideren, razónescrita y verdadera para toda la cristiandad el cual fuera recepcionado y preferido por encimadel Dº nacional. Lo anterior, teniendo como consecuencia el interés de los monarcas enrobustecer su autoridad de debilitada durante la alta y baja edad media. Lo anterior comoconsecuencia del feudalismo donde encuentra en las nuevas doctrinas apoyo y sustentación asus intentos absolutistas y centralizadores donde precisamente las universidades cumplieranun rol importante coadyudante de lo jurídico o lo público.

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En cuanto a la naturaleza de su

trabajo.

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En cuanto a la naturaleza de su trabajo.

Lo podemos resumir

1- En la creación ambiciosas construcciones jurídicas que a partir“del texto” sobrepasan su contenido siendo verdaderos creadores dedoctrina y de ciencia jurídica.

2- Exceden la interpretación exegética (de los glosadores), basadaen el estudio y el análisis de fragmentos, dando lugar al tratamientode “grandes unidades temáticas”.

3- La aplicación “del método aristotélico escolástico dialectico”, queen materia del caso dio lugar al comentario, teniendo como objetode análisis: el planteamiento del caso, la descomposición de suselementos, la indicación de sus causas, la mención de ejemplos, laauto formulación de objeciones, y finalmente la solución.

4- La creación de un sistema del Dº común.

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Principales exponentes de los

post-glosadores o comentaristas

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Principales exponentes de los post-glosadores o

comentaristas

Sin lugar a dudas quien inicia la labor de los pos-glosadores o

comentaristas fue Cino Di Pistoia en Bolonia, quien tuvo como

alumno y discípulo a Bartolo di Sassoferrato, el que se intereso

directamente en la compilación justinianea, sino que también

específicamente en la labor desarrollada anteriormente por los

glosadores.

Otros destacadísimos pos-glosadores o comentaristas fueron

por ejemplo Baldo de Uvaldi, quien cierra el periodo de los

pos-glosadores, también Odofredo di Ponte, maestro de

Bartolo di Sassoferrato y merecedor de su época del título de

monarca Iuris.

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Principales exponentes de los post-glosadores

o comentaristas

Todos ellos fueron grandes profesores de Dº, al igual que

los glosadores, pero además de realizar otros tipos de

labores encaminadas “a la recepción practica” como por

ejemplo los consejeros áulicos y de los tribunales, los

jueces, los notarios y también los especialistas en el

estudio “del Dº estatutario” de algunas ciudades italiana

como así también del Dº canónico y del Dº feudal de la

Lombardía

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Los glosadores canonista

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Los glosadores canonista

Podemos señalar que los canonistas medievales, a

diferencia de los civilistas, para aquella época adolecían

de un texto en el cual estuviera fijado el Dº canónico, el

cual emanaba de la producción hecha por el papa y los

concilios, que dificultaba el desarrollo de una

jurisprudencia canónica, pero que a la vez se encontraba

en un campo permanente de creación.

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Los glosadores canonista

Fue el monje Ierudito Graciano, quien elaboro alrededordel año 1140 una obra que compilaba los textos del Dº dela iglesia, principalmente “los cánonesconciliares”, intentando ordenarlos ysistematizarlos, eliminando las contradicciones que enmuchos de ellos podían encontrarse, esa obra fueconocida como “el decreto de graciano”, luego adiferencia del Ius civile el Dº canónico era un Dº vivo, enconstante creación, de tal característica muchas vecesresulto un aparente rostro contradictorio, pero queGraciano intento conciliar para concordar las normas, enatención al lugar, al tiempo y al significado diverso.

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Los glosadores canonista

Graciano, reunió en su obra “el decreto” cerca de 4mil

cánones, tales como cánones pontificios (apostólicos) de 15

concilios orientales (Bizancio) de 11 concilios africanos, de 24

concilios hispanos, 28 gálicos, 23 italianos y 11 germánicos.

Recogiendo además “epístolas autenticas” y también apócrifas

(no son originales) de 81 pontífices; textos de las sagradas

escrituras, pasajes de los padres de la iglesia

(patrística), especialmente la de san Gerónimo, san

Agustín, san Gregorio magno e Isidoro de Sevilla.

También se señala que recogió disposiciones del corpus iuris

civiles del código teodosiano, capitulares de los reyes francos.

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Los glosadores canonista

Es menester señalar, que a diferencia del Ius civiles el Dº

canónico era un Dº vivo en permanente cambio y

creación, por tanto cada vez que surgían disposiciones

aparentemente contradictorias, Graciano intento

conciliarlas para concordar las normas en cuanto a

lugar, tiempo y significado diverso.

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Los glosadores canonista

Conforme el encargo pontificio, san Raimundo de Peñafort reunió en unasola compilación las 5 compilaciones antiguas suprimiendo textos inútilesprecisamente para evitar contradicciones y agregando nuevasconstituciones imperiales dictado por el papa Gregorio IX para conciliarlase interpretarlas. Fue el mismo papa quien por miedo de la bula rexpacificus del 5 de septiembre de 1234 promulgo solemnemente la lecciónconocida con el nombre de liber decretarium (libro de los secretos), siendoesta emitidas a las universidades de Bolonia, parís y también a otras delresto de Europa, con el objetivo que fuera usada en los juicios y estudiosabdrogando las compilaciones anteriores y prohibiendo la formación denuevas colecciones sin la autorización especial de las sedes apostólica.

Tan pronto apareció el liber decretarium, algunos canonistas ocuparon elmétodo de la glosa para trabajar sobre la nueva compilación del Dº de laiglesia representado por las decretales del papa Gregorio IX.

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Los glosadores del Dº feudal y Dº estatutario

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Los glosadores del Dº feudal y Dº estatutario

Un tercer elemento del Dº común, junto al derecho romanopost-clasico y canónico, fue el Dº feudal, de la Lombardía y elDº estatutuario de algunas ciudades italianas, luego, entoncesel texto en el cual se recogió este Dº feudal (usus ycousuetudines), y por ende objeto de estudio de los glosadoresfue el “Liber Feudorum”.

Los libri feudorum; los usus f….o también los cousetudinesfeudales, eran una compilación privada de Dº feudal en lacual se reunían elementos de diverso origen tales como:

Sentencia de tribunales feudales, costumbres, fragmentos deobras de juristas y también constituciones imperiales relativasen materia de feudos.

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Los glosadores del Dº feudal y Dº estatutario

Esta compilación fue larga y en ella se pueden distinguir 3 grandes redacciones:

1- El libri feudorum de mediados del siglo XII obra de Oberto de orto, juez imperial del tribunal de Milán, quien conocía de las más importantes cuestiones feudales, y que por tal razón se conoce como la Obertina.

2- La segunda redacción conocida como la ardizzoniana, en honor a Jacobo de de Ardizzone a mediados del siglo XIII, y constituida como una reelaboración de la Obertina distribuida en dos libros.

3- La tercera redacción denominada la accursiana, siguiendo la sistematización del jurista Acurciopara el corpus iuris civile de Justiniano, distribuida en … libros 28 titulos, aun cuando el 1 y el 58 asi como también el 2 no fueron obra de ACURCIO sino que del jurista Jacobo Colombi, quien a su vez había utilizado una suma anterior del jurista Pillio di medicina.Fue el glosador Hubolino el Prepitero, quien unió, los libri feudorum al Authenticum y es por ello que fueron editados en el quinto volumen del corpus Iures civiles, lo que colaboraría a su difusión y prestigio.Los primeros glosadores se ocuparon escasamente de cuestiones feudales, y principalmente se limitaron a apuntar en algunas glosas ciertas opiniones en materia de feudos, incluso desde el propio Irnerio, luego búlgaro y también de su discípulo Juan Basiano. Sería entonces que los glosadores acudirían especialmente “al apparatus y a la suma para tratar el Dº feudal, y entre quienes se ocuparon de él podemos señalar a pillio di medicina autor de una “suma feudorumy de un apparaatus”; también lso libri feudorum de Jacobo Colombi, también de SimonVicentino, Acursio; Jacobo di Arditzone y de Odofredo di Denaris entre otros.

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Continuación de la obra de los pos-

glosadores, comentaristas o mos

gallicus

(siglo XIV y XV):

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Se señala que al agotamiento del Dº “de la glosa” y sufijación en una obra como fue “la magna glosa” alpromediar el siglo XIII, coincidió con la revitalización delos estudios teológicos y filosóficos producto del resurgirde las grandes obras de Aristóteles. Este hecho permitió elrenacimiento.

El renacimiento cristiano de la concepción filosofíaaristotélica, que se señala como la más elevada y maduraexpresión de la lógica en la cultura clásica de laantigüedad, y en esa perspectiva se situaron las obras desan Alberto magno y santo tomas de Aquino

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Desde el punto de vista metodológico, como señalábamosprecedentemente desde la teología y la filosofía, desarrollandoel método dialectico escolástico, apoyado por la utilización derecursos lógicos y del razonamiento silogístico, que sematerializo en forma “de comentario”, que no solo intentabadesentrañar la mens o ratio (mentalidad o razón) de la letra delos textos, sino que en verdad sus sentidos.

Luego el estudio y la enseñanza de la filosofía como de lateología conforme al método escolástico dialectico, el que fueadoptado por el derecho. Lo anterior ocurrió primeramente enFrancia, aun cuando dictaba mucho del vuelo que habíaalcanzado en Italia, pero es en Francia, que se dio una grandedicación y atención a las artes liberales y la filosofía comofue el caso de santo tomas.

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Luego el estudio y la enseñanza de la filosofía yteología, conforme al método escolástico dialectico quefue … por el Dº. lo anterior, distaba mucho del vuelo quehabía alcanzado en Italia pero en Francia verdaderamentese dio una gran dedicación y atención a las artes liberalesy la filosofía como fue el caso de santo tomas. Se señalaque la gran renovación metodológica de los estudiosjurídicos se inicia en Francia en la segunda mitad del sigloXiii gracias a la obra de jurista como Jacobo ,….. Petrusdi Bellamartica. El primero con el aportiginal aplicaciónde le de la filosofía y la teología y el sugundo on la or

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Dialéctica de la escolástica para el estudio de los textos del Dº romanojustinianeo, superando la exejesis de la glosa Italiana.

Cabe señalar que Petrus di Bellapartica fue profe de la u de polouse en Francia, y también enOrleans, siendo también además consejero del rey Felipe el hermoso asi como tambiéncanciller de Francia y obispo de Auxerre

El gran discípulo de Bellapartica fue el Italiano cino di Pistoia (1270-1336) quien ha traidoa francia por la aplicación de un nuevo método en el estudio del Dº fue quien se encargo dela difusión del mismo en italia.

En Italia di Pistoia obtuvo “la licentia docendi” (la licencia de docente), enseñando ensiena, Perugia, napoles, Florencia y bolonia. En el año de 1312-1314 se creó su máxima obradenominada “lectura super codice”, donde desarrollo sus escepcionales facultades de juristay maestro del Dº.

En ese afán innovador y de aplicación de la metodología ecolastica dialéctica, señalaba en elpreámbulo de su obra “lectura super codice”, que para la lectura del codigo (de justiniano)debía seguirse un orden que principiaba por dividir el texto, para posteriormente exponer loscasos, luego señalar las opiniones para inmediatamente solucionar las opociciones yfinalmente cuentionar las ….presuntas mas complejas con su respectiva solución.

De ahí, que a grandes rasgos el método del comentario propio del Dº común o Ius comunefue el siguiente:

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1- La divicio leyis: consiste en la división lógica de las diversas partes del texto, objetodel en basa a determinar cual era el principio contenido en la disposición respectivo

2- Era el breve desarrollo y la síntesis de cada uno de las partes del texto, tratando deexplicar su sentido, limitaciones y ampliaciones.

3-La positio casum: es la exposición de ejemplos destinados a aclarar el texto.

4- Collectio notabilum: es aquella donde se reproducían las opiniones y observacionesque respecto del texto objeto de estudio eran objeto de exposición de los maestros.

5- Las opotitiones : en las que se anotaban las principales objeciones y opociciones quese podían realizar a las afirmaciones anteriores.

6- Las quaestiones: donde se planteaban lso problemas de mas difícil solucione a quedsabea lugar el texto y también donde se “formulaba la solución de los mismos

Podemos concluir que el cimentario paso a …en gran instrumento de estudio y de