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HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE RESIDUOS Paula Porteiro - Cecilia Cola Setiembre 2017

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HACIA UN S I S TEMA

NACIONAL DE

RES IDUOS

Paula Porteiro - Cecilia Cola

Setiembre 2017

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¿QUÉ SON LOS RESIDUOS?

Concepto de Residuos

• Dentro del concepto de residuo podemos distinguir un concepto

objetivo y un concepto subjetivo.

• Concepto objetivo: el residuo es el excedente o resultado de un

proceso.

• Concepto subjetivo: Tiene relación con la voluntad del tenedor.

Implica todo objeto del cual alguien se desprende, tiene la voluntad

de desprenderse o algo de lo cual alguien está obligado a

desprenderse.

• Se ha entendido que el residuo configura un bien mueble y por

tanto se encuentra sujeto a las disposiciones del Código Civil al

respecto.

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¿QUÉ SON LOS RESIDUOS?

Responsabilidad

Existen diferentes sujetos responsables según el tipo de residuo que se trate:

• El Decreto Nro. 586/009, sobre residuos sanitarios prevé dos tipos de

responsabilidades:

1. Responsabilidad de las personas físicas o jurídicas que intervengan en el

manejo integral de los residuos sanitarios por las actividades incluidas en

las operaciones que a cada uno le correspondan.

2. Responsabilidad por daños que puedan generar el manejo de los

residuos sanitarios.

• El Decreto Nro. 182/2013: Establece que todo generador debe tener un

plan de gestión de residuos debiendo poner en primer lugar la posibilidad

de reúso de los mismos.

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¿QUÉ SON LOS RESIDUOS?

Responsabilidad (Cont.)

Como principio, puede entenderse que la responsabilidad por la

disposición de un residuo es del generador. Sin embargo, existen casos

en los que la responsabilidad no es únicamente del generador del

residuo:

• Se extiende a otros sujetos que participan tanto en la fabricación del

producto que se constituirá en residuo eventualmente o bien en su

introducción al mercado uruguayo y puesta a disposición del

consumidor.

• Por ejemplo el Decreto 373/003 sobre regulación del manejo y

disposición de baterías de plomo y acido usadas o a ser desechadas,

establece la responsabilidad del fabricante e importador por los

productos que ponen en el mercado.

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¿QUÉ SON LOS RESIDUOS?

• La Ley Orgánica Municipal (Ley N° 9.515) establece que escompetencia del Intendente ejercer la policía higiénica y sanitaria

de las poblaciones, sin perjuicio de la competencia que

corresponda a las autoridades nacionales y de acuerdo con las

leyes que rigen la materia. Tiene a su cargo la extracción de

basuras domiciliarias y su traslación a puntos convenientes para su

destrucción, transformación o incineración.

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¿QUÉ SON LOS RESIDUOS?

Los residuos sólidos pueden ser clasificados de la siguiente manera:

(i) RESIDUOS URBANOS (domiciliarios, barrido y limpieza);

(II) RESIDUOS INDUSTRIALES Y ASIMILABLES (industria primaria – agro

industria, secundaria – manufactura y servicios);

(III) RESIDUOS SANITARIOS (atención humana, animal y laboratorios

clínicos);

(IV) RESIDUOS DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN (incluye residuos de

demolición y de construcción); y

(V) RESIDUOS ESPECIALES (baterías, envases post consumo, envases

agroquímicos, neumáticos usados).

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MARCO NORMATIVO ACTUAL

• La protección del medio ambiente se encuentra regulada en el artículo

47 de la Constitución de la República, que dispone que dicha

protección es de interés general. Es obligación de todas las personas

abstenerse de realizar cualquier acto que cause depredación,

destrucción o contaminación graves al medio ambiente.

• La Ley Nro. 17.283, declara de utilidad pública la reducción y el

adecuado manejo de las sustancias tóxicas y de los desechos

cualquiera sea su tipo. El art. 21 establece el interés general que supone

la protección del ambiente contra toda afectación que pudiera

derivarse del manejo y disposición de los residuos cualquiera sea su tipo.

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MARCO NORMATIVO ACTUAL

RÉGIMEN ESPECIAL. RESIDUOS SÓLIDOS

• Residuos Peligrosos: Ley Nro. 17.220

• Residuos Sanitarios: Decreto Nro. 586/009

• Residuos generados por Baterías de Plomo Ácido: Decreto Nro.

373/2003

• Residuos generados por envases: Ley Nro. 17.849 y Decreto

Reglamentario Nro. 260/007

• Residuos generados por envases agroquímicos y obsoletos: Decreto

Nro. 152/013

• Residuos generados por neumáticos fuera de uso: Decreto Nro.

358/015

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MARCO NORMATIVO ACTUAL

RÉGIMEN ESPECIAL. RESIDUOS SÓLIDOS (CONT.)

• Residuos sólidos industriales y asimilables: Decreto Nro. 182/013

• Residuos Urbano – Domiciliarios: Ley Nro. 9.515

• Residuos de Obras de Construcción y de Demolición: Si se trata de

demolición de establecimientos industriales o de locales donde se

hubieran almacenado materiales peligrosos, sustancias químicas o

residuos, los mismos serán reguladas por el Decreto Nro. 182/013.

• Residuos Radiactivos: Ley Nro. 19.056 y por el Decreto Reglamentario

Nro. 270/014, por la Ley Nro. 17.220 y por el Decreto Nro. 389/007.

• Residuos de Incendios: Si los residuos se generan por actividades

industriales o en locales donde se almacenen materiales peligrosos,

sustancias químicas o residuos los mismos se dispondrán de acuerdoal Decreto 182/013.

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MARCO NORMATIVO ACTUAL

OTRAS NORMAS

Existen otras nomas que regulan la gestión de los residuos. Ejemplo:

normas municipales de los distintos departamentos.

También existen una serie de normas técnicas que regulan la gestión de

los residuos.

Hacemos mención a la reciente Norma Técnica UNIT 1239:2017, la cual

describe los aspectos básicos para la identificación y clasificación de

residuos generados en todo tipo de actividades, especificando un

código de colores y la denominación por fracción a ser utilizado en el

almacenamiento de residuos con el fin de facilitar y mejorar su gestión.

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BASES PARA UNA FUTURA LEY DE RESIDUOS

El 30 de agosto de 2016 se comenzaron a realizar reuniones quincenales

en las que se trabajó en la elaboración de las bases para una futura Ley

de Residuos.

PARTICIPANTES:

• MIEM

• MIDES

• CIU

• CNCS

• Intendencias

• PIT-CNT

• CEMPRE

• Otros actores del sector público y privado

La finalidad de la COTAMA fue trabajar en una Estrategia Nacional de

Gestión de Residuos.

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BASES PARA UNA FUTURA LEY DE RESIDUOS

A la fecha no se ha presentado el Proyecto de Ley de Residuos.

Por el momento el único documento que existe es el de “Bases para la

formulación del anteproyecto de Ley de Residuos” el cual fue trabajado

en la Comisión de la COTAMA.

Las bases disponen que el proyecto tendrá por objeto la regulación de

la gestión de los residuos a nivel nacional y departamental.

Establece un conjunto de instrumentos tendientes a facilitar y promover

una gestión ambientalmente sostenible de los residuos en todo el

territorio nacional.

Objetivo: No sólo dar sólo “lineamientos” o ser “general”, sino ser

específica, determinando instrumentos económicos (exoneraciones,

tasas, etc.) y estableciendo determinadas tareas específicas y en quién

delegarlas.

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BASES PARA UNA FUTURA LEY DE RESIDUOS

COMENTARIOS SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES

• No establecen la derogación de otras disposiciones vigentes que en la

actualidad regulan la materia de los distintos residuos.

• La COTAMA sugiere establecer el plazo de un año para ajustar decretos

vigentes a los contenidos de la ley.

• Las bases disponen una serie de instrumentos económicos que sostengan la

sustentabilidad de esta normativa: (a) cánones o impuestos a la disposición

final de residuos o incineración; (b) beneficios fiscales otorgados parapromover la innovación tecnológica en el sector y la promoción de la

disminución de la generación de residuos y el incremento de los índices de

reúso, reciclado u otras formas de valorización de los residuos; (c) tasas parabrindar un servicio de limpieza urbana o la implantación de sistemas de

recolección selectiva y valorización de residuos especiales de acuerdo a lo

que establezca la reglamentación específica; (d) impuestos a materias

primas y productos tendientes a promover un uso racional de recursos y lapromoción de consumo de materiales reciclados; entre otros.

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BASES PARA UNA FUTURA LEY DE RESIDUOS

• Las bases hacen especial referencia a los recicladores.

• El destino de lo recaudado se propone que sea para financiar

acciones de promoción de reciclado y valorización y mejoras

ambientales en los sitios de disposición final.

• Las bases establecen que lo recaudado sea enviado a los dos

Fondos de Residuos (Fondo de Valorización de Residuos y Fondo

Nacional de Residuos) que se crearán.

• La parte fundamental de las bases es la que dispone la elaboración

de un Plan Nacional Marco para la Gestión de los Residuos el cual

luego deberá ser replicado en el alcance que corresponda por los

Gobiernos Departamentales.

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BASES PARA UNA FUTURA LEY DE RESIDUOS

• La planificación a nivel nacional de la gestión de residuos, constituye

el instrumento básico de la implantación de políticas nacionales de

residuos en los distintos departamentos. Los planes contendrán los

lineamientos generales de la actuación pública y privada en

materia de gestión de residuos y serán formulados en base a los

principios de la política de residuos y las directrices establecidas en

la ley.

• Será competencia del MVOTMA la formulación del Plan Nacional

Marco de gestión de Residuos Sólidos. El plan tendrá un horizonte de

al menos 10 años y será revisado cada cinco años.

• El Poder Ejecutivo a propuesta del MVOTMA aprobará el Plan

Nacional marco de gestión de residuos sólidos.

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PROYECTO DE LEY DE BOLSAS PLASTICAS

• Con fecha 27 de julio de 2016 el MVOTMA presentó al Parlamento el

Proyecto de Ley de Bolsas Plásticas.

• El proyecto de ley busca el uso sustentable de las bolsas plásticas,

previniendo y reduciendo el impacto ambiental de las mismas,

mediante acciones para desestimular su uso, promover su reúso,

reciclado y otras formas de valorización y, especialmente para

eliminar la utilización de aquellas bolsas plásticas que no permiten

un segundo uso.

• No establece una gestión de los residuos generados por el uso de

bolsas plásticas, lo cual no se condice con la finalidad de establecer

una normativa general en materia de residuos, por lo que debió

haber sido incluido en la Ley General o deber ser dispuesta una vez

ésta esté aprobada.

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PROYECTO DE LEY DE BOLSAS PLASTICAS

• Prohíbe la fabricación, importación, distribución, venta y/o entrega a

cualquier título de las bolsas plásticas que no cumplan con las

características que establezca la reglamentación, por lo que solo se

entregarán al consumidor, bolsas plásticas cuyo fabricante o

importador haya obtenido el correspondiente certificado de

cumplimiento de tales características.

• El Proyecto se dirige a aquellas bolsas utilizadas para contener y

transportar productos y bienes, que sean suministradas a un

consumidor en cualquier punto de venta o de entrega, siempre que no

sean parte de la presentación del producto.

• Prohíbe el suministro gratuito de bolsas.

• Prohíbe la venta o entrega a cualquier título, en envoltorios plásticos de

diarios, revistas, facturas y otros objetos similares que la reglamentación

establezca, respecto de los cuales se entiende injustificado el uso de

bolsas plásticas.

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CONCLUSIONES

• La normativa uruguaya en materia de residuos supone un conjunto

de normas que regulan en función a la fuente de generación de los

residuos su cadena de valor, procurando unificar criterios a lo largo

de toda la cadena, desde la generación hasta la disposición final.

• Esto supone que el régimen normativo uruguayo se encuentra

fraccionado y por tal razón es necesaria la existencia de una ley

nacional general en materia de residuos.

• Necesidad de un plan profundo de educación ciudadana en

cuanto a la gestión de los residuos.

• Tomar en consideración las experiencias internacionales y/o

regionales

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CONCLUSIONES

• Según estudios internacionales, los beneficios de una gestión sostenible de los

residuos se ven en:

(i) el ahorro público

(i) enormes reducciones de gases de efecto invernadero (GEI) implicadas en el

cambio climático

(ii) la creación de empleos verdes (ej. recolectores)

(iii) beneficios económicos

• El Banco Mundial está apoyando a diversos países y gobiernos municipales en

todo el planeta a construir programas de gestión de residuos sólidos sostenibles

para recolección, disposición, reciclaje, reutilización y reducción de basura.

• Ejemplo Colombia y España.

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