Guía Informativa NOM-010-STPS-2014

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Destaca aspectos de los cambios más importantes que se han realizado a la NOM-010 para su correcta interpretación y cumplimiento.

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    Secretara del Trabajo y Previsin Social

    Direccin General de Seguridad y Salud en el TrabajoAnillo Perifrico Sur 4271, Edicio A, Nivel 4Col. Fuentes del Pedregal.C.P. 14140, Mxico, D. F.Tel. 3000 2100, ext. [email protected]

    NOM-010-STPS-2014

    Gua Informativa de la Norma Of icial MexicanaNOM-010-STPS-2014, Agentes qumicos

    contaminantes del ambiente laboral - Reconocimiento, evaluacin y control

    NOM-010-STPS-2014

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    NOM-010-STPS-2014, Agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral - Reconocimiento, evaluacin y control

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    Introduccin

    La Secretara del Trabajo y Previsin Social, en ejercicio de sus atribuciones de normalizacin, public en el Diario Oficial de la Federacin de fecha 28 de abril de 2014, la Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, Agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral - Reconocimiento, evaluacin y control, misma que tiene por objeto establecer los procesos y las medidas para la prevencin de riesgos a la salud del personal ocupacionalmente expuesto a agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral.

    Dicha Norma rige en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo donde existan agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral, es decir, sustancias o mezclas capaces de modificar las condiciones ambientales del centro de trabajo y que, por sus propiedades, concentracin, nivel y tiempo de exposicin o accin, pueden alterar la salud de los trabajadores.

    La Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-2014, sustituye a la NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias qumicas capaces de generar contaminacin en el medio ambiente laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federacin de 13 de marzo de 2000.

    La nueva Norma permite que el reconocimiento de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral sea realizado por el patrn o por un laboratorio de pruebas.

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    La determinacin de la prioridad de las sustancias qumicas por muestrear que se manejen en el centro de trabajo se efectuar de acuerdo con:

    Losinformesderesultadospreviosdelosagentescontaminantesdel ambiente laboral, que hayan sido realizados por un laboratorio de pruebas, o

    Lacantidadquesemaneje;laclasificacindesuriesgo,segnel Grado de Riesgo a la Salud o la Categora de Peligro para la Salud, y su volatilidad.

    Para la seleccin de los grupos de exposicin homognea, con el fin de realizar el muestreo de las sustancias qumicas, se consideran las vas de ingreso al organismo; el nmero de personal ocupacionalmenteexpuesto, y el tiempo de exposicin.

    Tal y como ocurre con la Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, la evaluacin de la concentracin de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral deber ser llevada a cabo por un laboratorio de pruebas, debidamente acreditado y aprobado, en los trminos de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.

    Para la ejecucin del muestreo y la determinacin analtica, la Norma permite el uso de procedimientos o mtodos avalados por autoridades laborales u organizaciones internacionales.

    El Apndice I, Valores lmite de exposicin a sustancias qumicas contaminantes del ambiente laboral de la NOM-010-STPS-2014, contiene un total de 764 sustancias, frente a las 561 del Apndice I, Lmites mximos permisibles de exposicin, de la NOM-010-STPS-1999, de las cuales:

    Trescientas cincuenta y siete sustancias, 47 por ciento,mantienensinvariacinsusvaloreslmitedeexposicin;

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    Cientoochentayunsustancias,24porciento,fueronobjetode ajustes, de conformidad con la actualizacin del referente internacional que sirvi de base para la definicin de sus valores lmite, y

    Doscientas veintisis sustancias, 29 por ciento, fueronadicionadas.

    Los valores lmite de exposicin servirn a los patrones como referente para seleccionar las acciones de control -tcnicas y/o administrativas-, por implantar en su centro de trabajo, con el objeto de proteger al personal ocupacionalmente expuesto de los riesgos inherentes a la exposicin a sustancias qumicas.

    De igual modo, incluye la obligacin de llevar un estricto control de las sustancias qumicas clasificadas como cancergenas confirmadas o cancergenas sospechosas, ambas en humanos, a fin mantener la concentracin medida en el ambiente laboral por debajo del nivel de accin y, cuando no sea posible, proceder a instrumentar las medidas de control pertinentes.

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    Por otro lado, precisa el contenido de los requerimientos para la vigilancia a la salud del personal ocupacionalmente expuesto, con el propsito de contar con la valoracin de su estado de salud, la deteccin de alteraciones tempranas e identificar la susceptibilidad a los contaminantes qumicos del ambiente laboral.

    La Norma puntualiza que la Secretara revisar y, en su caso, actualizar, cada dos aos, la informacin contenida en el Apndice I Valores lmite de exposicin a sustancias qumicas contaminantes del ambiente laboral, conforme a los referentes cientficos reconocidos a nivel internacional.

    Finalmente, incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la Norma, lo que dar certeza jurdica a los sujetos obligados ante las actuaciones de la propia autoridad laboral y de las unidades de verificacin y laboratorios de pruebas, acreditados y aprobados, de acuerdo con lo sealado por la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.

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    1. Objetivo

    Establecer los procesos y medidas para prevenir riesgos a la salud del personal ocupacionalmente expuesto a agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral.

    2. Campo de aplicacin

    La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo donde existan agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral.

    3. Obligaciones del patrn

    Contarconelestudioactualizadode lassustanciasqumicaspeligrosas;

    Contar con el reconocimiento de los agentes qumicoscontaminantesdelambientelaboral;

    Colocarsealamientosdeprecaucin,obligacinyprohibicin,segn corresponda, en la entrada de las reas donde existaexposicin;

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    Contarconlaevaluacinsobrelaconcentracindelosagentesqumicos contaminantes del ambiente laboral, llevada a cabo porunlaboratoriodepruebas;

    Realizar elmonitoreo biolgico al personal ocupacionalmenteexpuesto;

    Instauraraccionesdecontrolparanoexponeralostrabajadoresaconcentracionessuperioresalosvaloreslmitedeexposicin;

    Proporcionaralpersonalocupacionalmenteexpuestoelequipodeproteccinpersonalespecficoalriesgo;

    Practicar exmenes mdicos al personal ocupacionalmenteexpuestocomopartedelavigilanciaasusalud;

    Informara lostrabajadoressobre losriesgosa lasaludpor laexposicinalosagentesqumicoscontaminantes;

    Capacitaryadiestraralpersonalocupacionalmenteexpuesto; Llevarlosregistrossobreelreconocimiento,evaluacinycontrol

    efectuadosylosexmenesmdicospracticados; Hacer del conocimiento del personal ocupacionalmente

    expuesto el resultado de los exmenes mdicos anuales que se le practiquen, y

    Prohibirquelosmenoresde14a16aosymujeresenperodode gestacin o lactancia, se expongan a agentes qumicos contaminantes.

    4. Obligaciones del personal ocupacionalmente expuesto

    ObservarlasmedidaspreventivasquedeterminalaNorma,ascomolasqueestablezcaelpatrn;

    Daraviso inmediatoal patrnya la comisinde seguridadehigiene sobre las condiciones inseguras que adviertan y de los accidentes de trabajo que ocurran por el manejo de sustancias qumicas;

    Utilizar y conservar en buen estado el equipo de proteccinpersonalproporcionadoporelpatrn;

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    Cumplir con lasmedidas de control sealadas por el patrnparaprevenirriesgos;

    Mantenerordenadosylimpiossuslugaresdetrabajoyreascomunes;

    Conducirseenelcentrodetrabajoenformaseguraparaevitarcualquierriesgoalasalud;

    Sometersealosexmenesmdicosqueelpatrnlesaplique,y Participar en la capacitacin y adiestramiento que sean

    impartidos.

    5. Estudio de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral

    El estudio de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral deber incluir lo siguiente:

    a) El listado actualizado de todos los agentes qumicos contaminantesdelambientelaboral;

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    b) La informacin siguiente:1)Lacantidadquesemanejaporjornadadetrabajo;2) El estado fsico de los agentes qumicos contaminantes del

    ambiente laboral, y3) Su informacin toxicolgica, y

    c) Las hojas de datos de seguridad de todas las sustancias qumicas que se manejen en el centro de trabajo.

    6. Reconocimiento

    Es el proceso mediante el cual se identifican los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral:

    a) El reconocimiento podr ser realizado por el patrn o por un laboratoriodepruebas;

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    b) La determinacin de las sustancia(s) qumica(s) o mezclas por muestrear, se podr realizar con base en:1) La comparacin de la concentracin medida en el ambiente

    laboral (CMA), con su valor lmite de exposicin promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT) o de corto tiempo, si cuenta con informes de resultados previos, o

    2) La cantidad de sustancia manejada, la clasificacin del riesgo (Grado de Riesgo a la Salud o la Categora de Peligro para la Salud) y la volatilidad de las sustancias qumicas, si nocuentaconinformesderesultadosprevios;

    c) La determinacin de grupos de exposicin homognea por evaluar,seefectaconformea:1)La(s)va(s)deingresoalorganismo;2)Elnmerodepersonalocupacionalmenteexpuesto,y3) El tiempo de exposicin, y

    d) El informe del reconocimiento del ambiente laboral deber contener:1)Laidentificacindelcentrodetrabajo;2) La informacin sobre la(s) sustancia(s) qumica(s) o

    mezclasquesemanejen;3) La identificacin de las fuentes emisoras y caractersticas

    delrea,procesoypuestodetrabajo;4) La determinacin de la prioridad de la(s) sustancia(s)

    qumica(s)omezclaspormuestrear;5) La identificacin de los grupos de exposicin homognea a

    losagentesqumicoscontaminantesdelambientelaboral;6) La determinacin de la prioridad de los grupos de exposicin

    homognea;7) El personal ocupacionalmente expuesto a considerar para

    el muestreo, y8) La descripcin de los controles administrativos y/o tcnicos

    que, en su caso, existan.

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    7. Evaluacin

    Eselprocesopormediodelcualseefectaelmuestreo,ladeterminacinanaltica de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral y la comparacin de los resultados, de acuerdo con los valores lmite de exposicin, de conformidad con lo siguiente:

    a) La evaluacin de la concentracin de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral deber ser realizada por un laboratoriodepruebas;

    b) El muestreo de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral, comprende:1) Las caractersticas del equipo requerido para llevar a cabo el

    muestreo;2) Las consideraciones generales para el muestreo de sustancias

    qumicas, y3) Las instrucciones para la conservacin de la integridad de las

    muestrasycadenadecustodia;

    c) El laboratorio de pruebas podr aplicar cualquiera de los procedimientos o mtodos de muestreo y determinacin analtica emitidos por:1) La Administracin de Seguridad y Salud Ocupacional, de los

    EstadosUnidosdeNorteamrica,OSHA,porsussiglaseningls;2) El Instituto Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, de

    losEstadosUnidosdeNorteamrica,NIOSH,porsussiglaseningls;

    3)El InstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo,INSHT,delMinisteriodelTrabajodeEspaa;

    4)ElEjecutivodeSeguridadySaluddelReinoUnido,HSE,porsus siglas en ingls, o

    5) La Organizacin Internacional de Estandarizacin, ISO, por sussiglaseningls;

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    d) El anlisis de resultados de los agentes qumicos contaminantes, comprende:1) El clculo de la concentracin promedio ponderada en

    tiempo(CMA-PPT);2) El clculo del factor de correccin Fcda, cuando la jornada

    laboral sea diferente de 8 horas diarias, en el intervalo de 6 a12horas;

    3) El clculo del factor de correccin Fcda/semana, cuando la jornada laboral sea diferente a 40 horas por semana, en el intervalode30a60horas;

    4) La conversin de unidades expresadas en mg/m3 a ppm, en condiciones normales de temperatura y presin (TPN), en sucaso;

    5) La conversin de unidades expresadas en ppm a mg/m3, en condiciones normales de temperatura y presin (TPN), en sucaso;

    6) El clculo de las concentraciones medidas en el ambiente laboral (CMA), por la exposicin simultnea a dos o ms sustanciasconefectosaditivosalasalud;

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    7) El clculo de las concentraciones medidas en el ambiente laboral (CMA), por la exposicin a sustancias que presenten efectosindependientes;

    8) La obtencin del lmite superior de confianza (LSC) para muestras continuas o consecutivas en un perodo completo, y

    9) La comparacin del lmite superior de confianza (LSC) con el valor lmite de exposicin (VLE), a efecto de seleccionar laaccindecontrolcorrespondiente;

    e) El informe de evaluacin deber contener:1)Laidentificacindelcentrodetrabajo;2) El procedimiento o mtodo de muestreo y determinacin

    analticautilizado;3)Losdatosdelmuestreo;4)Lainformacindelpersonalocupacionalmenteexpuesto;5)Lascaractersticasdelequipodemuestreo;6)Lascaractersticasdelequipodecalibracindeflujo;7)Elmediodecapturautilizado;8)Lascondicionesatmosfricasdellugardemuestreo;9)Lainformacinsobrelamedicin;10) El tiempo de almacenamiento mximo y condiciones de

    trasladodelasmuestrasallaboratoriodeanlisis;11)Losdatosdelequipoparaladeterminacinanaltica;12) Los resultados de las concentraciones de los agentes

    qumicoscontaminantespresentesenelambientelaboral;13)Losresultadosdelclculodellmitesuperiordeconfianza;14) La comparacin de las concentraciones presentes en el

    ambiente laboral con los valores lmite, y15) Los datos del laboratorio de pruebas, y

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    f) La vigencia de los informes de resultados estar en funcin de la correlacin entre el lmite superior de confianza (LSC) y el valor lmite de exposicin (VLE):

    Lmite Superior de Confianza(LSC)

    Perodo de muestreo yevaluacin

    VLE < LSC Cada 3 meses

    0.75 VLE < LSC VLE Cada 6 meses

    0.50 VLE < LSC 0.75 VLE Cada 12 meses

    0.25 VLE < LSC 0.50 VLE Cada 18 meses

    LSC 0.50 VLE Cada 24 meses

    8. Control

    Es el proceso mediante el cual se instrumentan acciones preventivas o correctivas pertinentes, derivadas de la evaluacin de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral, a efecto de no rebasar los valores lmite de exposicin.

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    a) Como resultado de la comparacin del lmite superior de confianza (LSC) con el valor lmite de exposicin (VLE) de los agentes qumicos contaminantes del ambiente laboral, se debern adoptar las medidas de control tcnicas y/o administrativas que correspondan:

    Lmite Superior de Confianza Accin por implantar

    LSC < 0.50 VLE Seguimiento a las medidas de control vigentes.

    0.50 VLE LSC VLE Adecuar o instrumentar medidas tcnicas y/o administrativas de control; practicar exmenes mdicos especficos al POE, y muestrear las sustancias qumicas.

    LSC > VLE Instrumentar medidas tcnicas y administrativas de control; practicar exmenes mdicos especficos al POE, y muestrear las sustancias qumicas.

    b) Medidas tcnicas de control por adoptar:1)Lamodificacindelosprocedimientosdetrabajo;2) El mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones,

    procesos,maquinariayequipos;3) La modificacin, adecuacin o sustitucin de las instalaciones,

    procesos,maquinariayequipos;4) El acondicionamiento, aislamiento o redistribucin fsica de

    lasinstalaciones,procesos,maquinariayequiposoreas;5)Lautilizacindesistemasdeventilacingeneral;6) El empleo de sistemas de ventilacin por extraccin

    localizada;7) La dotacin de contenedores para la recoleccin de desechos,

    y/o8) La sustitucin de las sustancias qumicas por otras cuyos

    efectosseanmenosnocivos;

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    c) Medidas administrativas de control por adoptar, con el fin de no exponer al personal ocupacionalmente expuesto a concentraciones superiores a los valores lmite de exposicin:1) La limitacin de los tiempos y frecuencias de exposicin del

    personalocupacionalmenteexpuesto;2)Ladotacindelequipodeproteccinpersonalrequerido;3) La restriccin de acceso a las reas, y4) La aplicacin del programa de proteccin respiratoria, y

    d) Medidas de control por adoptar cuando en el centro de trabajo se manejen sustancias qumicas cancergenas, confirmado (A1) o sospechoso en humanos (A2):1) El suministro de equipo de proteccin personal respiratoria

    de alta eficiencia, o purificadores de aire de presin positiva onegativa;

    2) La utilizacin de sistemas de ventilacin por extraccin localizada, y/o

    3) El aislamiento del rea, departamento o proceso involucrado.

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    9. Vigilancia a la salud

    El programa para la vigilancia a la salud del personal ocupacionalmente expuesto, deber considerar:

    a)Lahistoriaclnicalaboral;

    b) La aplicacin de exmenes mdicos de ingreso para identificar alteracionesorgnicasquepuedanseragravadas;

    c) La prctica de exmenes mdicos especficos, con base en la actividad de los trabajadores expuestos y el ndice biolgico de exposicin, IBE, y

    d) Las medidas de control tcnicas y/o administrativas por adoptar.

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