Guía de Aprendizaje 4. Arrhh Nuevo Formulas-nomina

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Aprendices, en la siguiente información encontrarán las fórmulas, el valor del auxilio de transporte y los porcentajes que se requieren, para desarrollar la liquidación de la nómina, por favor aplicar dichas formulas en el cuadro de Excel: Básico = (Sueldo * número de días laborados) / 30 (sean 30 o menos) Las horas extras HEOD= ((Sueldo / 240) * las horas ordinarias laboradas) * 1.25 HEFD= ((Sueldo / 240) * las horas dominicales o festivos laborados) * 2 La Prima NO se debe de liquidar teniendo en cuenta que se está liquidando el mes de MAYO (solo se liquida la prima en los meses de julio y diciembre) Solo asigna Auxilio de Transporte a los empleados que ganan menos de 2 SMLV. Total Devengado= (Básico Mes+ Comisiones + Aux. Transporte + Vr/HEOD + Vr/HEFD) EPS= (Total devengado - Auxilio de transporte) * 4% Pensión= (Total devengado - Auxilio de transporte) * 4% Total deducciones= EPS + Pensión Neto a pagar= Total devengado - Total deducciones Cesantías = Total devengado * 8.33% Intereses = (Cesantías * Días Trabajados * 12% /360) Prima = Total devengado * 8.33% Vacaciones = Total Básico * 4.17% Pensión = (Total devengado - Aux. Transporte) * 12% Riesgos = (Total Devengado - Aux. Transporte) * 0.00522 Caja = (Total Devengado - Aux. Transporte) * 4 % No se liquida en la nómina la EPS - ICBF y SENA Nota: Utilice los paréntesis al ingresar las fórmulas en el cuadro de Excel como se envían en este correo. En cuanto al tema le comparto los valores a tener en cuenta al momento de realizar una nómina al año 2015: Salario mínimo: $644.350 Auxilio de transporte: $74.000 para el año 2015 Salario mínimo integral: $8.376.550 Aportes parafiscales: Sena 2% (CREE) a partir del año 2013 - No forman parte de la nómina ICBF 3% (CREE) a partir del año 2013 - No forman parte de la nómina Cajas de Compensación Familiar 4% (provisión) Cargas Prestacionales

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Aprendices, en la siguiente información encontrarán las fórmulas, el valor del auxilio de

transporte y los porcentajes que se requieren, para desarrollar la liquidación de la nómina,

por favor aplicar dichas formulas en el cuadro de Excel:

Básico = (Sueldo * número de días laborados) / 30 (sean 30 o menos)

Las horas extras

HEOD= ((Sueldo / 240) * las horas ordinarias laboradas) * 1.25

HEFD= ((Sueldo / 240) * las horas dominicales o festivos laborados) * 2

La Prima NO se debe de liquidar teniendo en cuenta que se está liquidando el mes de

MAYO (solo se liquida la prima en los meses de julio y diciembre)

Solo asigna Auxilio de Transporte a los empleados que ganan menos de 2 SMLV.

Total Devengado= (Básico Mes+ Comisiones + Aux. Transporte + Vr/HEOD +

Vr/HEFD)

EPS= (Total devengado - Auxilio de transporte) * 4%

Pensión= (Total devengado - Auxilio de transporte) * 4%

Total deducciones= EPS + Pensión

Neto a pagar= Total devengado - Total deducciones

Cesantías = Total devengado * 8.33%

Intereses = (Cesantías * Días Trabajados * 12% /360)

Prima = Total devengado * 8.33%

Vacaciones = Total Básico * 4.17%

Pensión = (Total devengado - Aux. Transporte) * 12%

Riesgos = (Total Devengado - Aux. Transporte) * 0.00522

Caja = (Total Devengado - Aux. Transporte) * 4 %

No se liquida en la nómina la EPS - ICBF y SENA

Nota: Utilice los paréntesis al ingresar las fórmulas en el cuadro de Excel como se

envían en este correo.

En cuanto al tema le comparto los valores a tener en cuenta al momento de realizar una

nómina al año 2015:

Salario mínimo: $644.350

Auxilio de transporte: $74.000 para el año 2015

Salario mínimo integral: $8.376.550

Aportes parafiscales:

Sena 2% (CREE) a partir del año 2013 - No forman parte de la nómina

ICBF 3% (CREE) a partir del año 2013 - No forman parte de la nómina

Cajas de Compensación Familiar 4% (provisión)

Cargas Prestacionales

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Cesantías 8.33%

Prima de servicios 8.33%

Vacaciones 4.17%

Intereses sobre las Cesantías 1% mensual

Seguridad social

Salud

Empresa 8.5%. (CREE) a partir del año 2014 – No forma parte de la nómina

Empleado 4% (descuentos)

Pensión:

Empresa 12% (provisional)

Empleado 4% (descuentos)

Riesgos Laborales ARL:

A cargo de la empresa y se calcula según el tipo de actividad que realice el empleado y el riesgo al que esté expuesto (I-0,522; II-1,044; III-,436; IV-4,350; V-6,960).

Horas extras y recargo nocturno

Hora trabajo nocturno: Hora ordinaria x 1.35%

Hora extra diurna que se realiza entre las 6:00 a.m y las 10:00 p.m: Hora ordinaria x

1.25%

Hora extra nocturna comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m: Hora ordinaria

x 1.75%

Hora ordinaria dominical o festivo: Hora ordinaria x 1.75%

Hora extra diurna en dominical o festiva: Hora ordinaria x 2.00%

Hora extra nocturna en dominical o festivo: Hora ordinaria x 2.50%

NO FORMAN PARTE DE LA LIQUIDACIÓN DE LA NÓMINA

El ICBF y el SENA y la SALUD.

Estas son liquidadas mediante el impuesto del CREE (Impuesto Sobre la Renta para la

Equidad), según el valor bruto de los ingresos adquiridos por la empresa el 9%.

CREE (Impuesto Sobre la Renta para la Equidad): Creado a partir del 1 de enero de

2013 como aporte de las sociedades y personas jurídicas y asimiladas en beneficio de los

trabajadores, la generación de empleo y la inversión social en los términos de la ley 1607

DE 2012.

Un cordial saludo,

Gloria Matilde Lee Mejía Instructora Virtual SENA Regional Quindío