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O · r \!) GO RN ooR GOBIERNO REGIONAL cusca .¿ Gobierno Regional --~, t~ CUSC '-1 CJmi namoa fa~ 5 ".ílño áe {a (l)iversi.ficaciótt <Proáuctiva y áe{ Portafecimie nto áe {a CEáucación" CONVENIO Nº U J. 3 -2015-GR CUSCO/GR CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTI TUCIONAL PARA LA INTERVENCIÓN DE LA SALA DE VELAS DEL SANTUARIO DEL SEÑOR DE QOYLLUR RIT'I ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL cusca y EL ARZOBISPADO DEL cusca. '<--~.~ ~ !:-.;G/o ¡ ~,~f¡lc . ~L' R U cO , Conste por el presente documento, el CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL que celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL cusca. con RUC 20527147612, con domicilio legal en Av. Tomasa Ttito Condemayta S/N del ( Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, representado por su #-' .~ . . ,.io~< Gobernador Regional lng. EDWIN LICONA LICONA, identificado con Documento "':\ ºt Nacional de Identidad 23991227, con credencial emitida por el Ju rado Nacional de : '1-c ? Elecciones de fecha 22 de Diciembre del 2014; a quien en delante se denominará EL \ : ,,. _ J GOBIERNO REGIONAL; y de otra parte; EL ARZOBISPADO DEL CUSCO, con RUC Nº ,,, fi 20148381985, con domicilio legal en la calle Hatun Rumiyoc s/n Cercado del Cusco, ·, , ,j 11 '~ debidamente representado por el Monseñor RICHARD DANIEL ALARCON URRUTIA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21138523, nombrado por Resolución Suprema 106-2015-JUS, emitido en fecha 17 de junio de 2015, a quien en GIO adelante se le denominará EL ARZOBISPADO; convenio que se suscri be en los términos .._ ,v~ y condiciones siguientes: (~ -) ASE LEGAL --~ 0 a. Constitución Política del Perú. b. Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por Tunto<lal las Leyes Nº 28522 y 28802; c. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; modificada por las Leyes Nº 28032 y 28187; d. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por las Leyes Nº 27950, 28274 y 28543; e. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; f. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; g. Decreto Supremo 102-2007-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública; h. Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 , Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directora! Nº 003-2011-EF/68.01. i. Directiva Nº 006-2012-GRCUSCO/PR j. Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú , aprobado por Decreto Ley Nº 23211, Artículo VII. k. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, literal e) del numeral 2 del artículo y el numeral 4 del artículo 11 º, y Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, literal g) del artículo . Página 1 de4

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O · r \!) GO RN ooR

GOBIERNO REGIONAL cusca . ¿ ~~i Gobierno Regional --~,t~ CUSC '-1

CJminamoa fa~mó5

".ílño áe {a (l)iversi.ficaciótt <Proáuctiva y áe{ Portafecimiento áe {a CEáucación"

CONVENIO Nº U J. 3 -2015-GR CUSCO/GR

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA INTERVENCIÓN DE LA SALA DE VELAS DEL SANTUARIO DEL SEÑOR DE QOYLLUR RIT'I ENTRE EL

GOBIERNO REGIONAL cusca y EL ARZOBISPADO DEL cusca. '<--~.~~!:-.;G/o

¡ ~,~f¡lc ~ . ~L'

R U cO , Conste por el presente documento, el CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL que celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL cusca. con RUC 20527147612, con domicilio legal en Av. Tomasa Ttito Condemayta S/N del

( Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, representado por su #-' .~ .. ,.io~< Gobernador Regional lng. EDWIN LICONA LICONA, identificado con Documento .¡ 0° "':\ ºt Nacional de Identidad Nº 23991227, con credencial emitida por el Jurado Nacional de ~ : '1-c • ? Elecciones de fecha 22 de Diciembre del 2014; a quien en delante se denominará EL \ : ,,._ J GOBIERNO REGIONAL; y de otra parte; EL ARZOBISPADO DEL CUSCO, con RUC Nº

,,, fi 20148381985, con domicilio legal en la calle Hatun Rumiyoc s/n Cercado del Cusco, ·, , ,j•

11'~ debidamente representado por el Monseñor RICHARD DANIEL ALARCON URRUTIA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21138523, nombrado por Resolución Suprema N° 106-2015-JUS, emitido en fecha 17 de junio de 2015, a quien en

GIO adelante se le denominará EL ARZOBISPADO; convenio que se suscribe en los términos ~º ~ .._ ,v~ y condiciones siguientes:

(~-) ASE LEGAL ~ --~

0 a. Constitución Política del Perú. ~!~.~ b. Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Públ ica, modificada por

Tunto<lal las Leyes Nº 28522 y 28802; c. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; modificada por las

Leyes Nº 28032 y 28187; d. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por las Leyes

Nº 27950, 28274 y 28543; e. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; f. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; g. Decreto Supremo N° 102-2007-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del

Sistema Nacional de Inversión Pública; h. Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 , Directiva General del Sistema Nacional de

Inversión Pública, aprobada por Resolución Directora! Nº 003-2011-EF/68.01. i. Directiva Nº 006-2012-GRCUSCO/PR j. Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por Decreto Ley

Nº 23211, Artículo VII. k. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, literal e) del numeral 2 del

artículo 8° y el numeral 4 del artículo 11 º, y Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, literal g) del artículo 4°.

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GOBIERNO REGIONAL cusca _ ¿

~~ Gobierno Regional • -?i~\x...J cuse.__,

C¿i~o_·· ¡vr:os

")f.ño áe (a ([)iversificación Proáuctiva y áe{ Portafecimiento áe {a 'Eáucación"

CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS ENTIDADES

EL GOBIERNO REGIONAL, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia con jurisdicción en el departamento del Cusco conforme lo establece la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la

~ igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas '"\. <e;:;~ acionales, regionales y locales de desarrollo .

• "- J L ARZOBISPADO, es una persona jurídica de derecho privado, perteneciente a la }J'/Jlesia Católica, con competencia en la provincia del Cusco.

; ~ ,,~ CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

~~:, El Sistema Nacional de Inversión Pública tiene como finalidad la optimización del uso de -~J1º . ........ '" los recursos públicos destinados a la inversión, y es de aplicación obligatoria por todas las

!t " w entidades y empresas del Sector Público no financiero, que ejecuten Proyectos de i " ;?; · g Inversión Pública, incluyendo a los Gobiernos Regionales y Locales, de conformidad con O.,:::::..=:-' la Ley de Bases de la Descentralización , Ley Nº 27783. ~"'º ~...-

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONVENIO

0 ~; .~ ~.°1' El objetivo de este convenio es dar mantenimiento a la sala de velas del Santuario del l ~~i <' Señor de Qoyllur Rit'i, para ofrecer un servicio netamente espiritual , proporcionando una ~ , ONAL g structura acorde con los requerimientos propios de edificación teniendo en ~ Of,c~~ R " '' ~ consideración, que el Santuario del Señor de Qoyllur Rit'i se efectúan ceremonias

i!> fti.''l~:~. 0 católico-andinas, por lo que se debe de tener cuidado en su diseño arquitectónico y estructural.

Se pretende mejorar las condiciones y mantener el orden para que los peregrinos puedan realizar el encendido de velas, en el Santuario del Señor de Qoyllur Rit'i, con la finalidad de proporcionar seguridad y orden a los lugareños, visitantes nacionales y extranjeros, a fin de evitar posibles incendios o accidentes.

Es así que, este convenio tendrá un beneficio permanente a los peregrinos que se congreguen en cualquier época del año y en época de aniversario del Señor de Qoylloriti, teniendo como principales objetivos del convenio:

• Dotar de infraestructura religiosa (sala de encendido de velas) a un sector importante de la población la nacional y extranjera en el Santuario del Señor de Qoyllur Rit'i.

y cultural con la rel igión

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GOBIERNO REGIONAL cusca ¡A,;J~ Gobierno Regional

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''J/.ño áe fá ([)iversificación <Procíuctiva y cíe[ Portafecimiento cíe [a CEcíucación"

• Diseñar la estructura optimizando costos y recursos, a fin de que resulte el proyecto financiable para la entidad que brinde apoyo económico para su ejecución.

CLÁUSULA CUARTA: COMPROMISO DE LAS PARTES EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a elaborar el EXPEDIENTE DE MANTENIMIENTO de la actividad la Sala de Velas del Santuario del Señor de Qoyllur Rit'i , así como a ejecutar dicha actividad, de conformidad a lo establecido en la Directiva

GI{)~< Nº 006-2012-GR CUSCO/PR "Normas para la Ejecución de Actividades de Mantenimiento .... ':, <et de Infraestructura Pública Básica y Vial del Gobierno Regional Cusco".

¡ 1 "" • 1

. ~ · J L ARZOBISPADO se compromete a entregar al GOBIERNO REGIONAL el área para ~ .. -9_ -#,/.1, realizar la edificación de la actividad de mantenimiento de la Sala de Velas del Santuario

~ . ~ ~c1e'(\ del Señor de Qoyllur Rit'i.

CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONVENIO

La vigencia del presente Convenio será de un mes, contado a partir de la fecha de su suscripción.

El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término por acuerdo de las partes mediante la suscripción de Adendas con las mismas formalidades del presente documento.

CLÁUSULA SEXTA: MODIFICACIÓN DEL CONVENIO

Cualquier modificación y/o interpretación de los términos u obligaciones contenidas en el presente Convenio deberá ser realizada mediante Addendum, el que deberá constar por escrito y ser suscrito bajo la misma modalidad y con las formalidades con que se suscribe el presente Convenio.

CLÁUSULA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

«~º';,~G..19-_N..q< El presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las partes de existir alguna de ~ Wá \ las siguientes causales: '-" ~ o

i~if~t a) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas REGIONAL mediante el presente Convenio.

b) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad con las disposiciones previstas en el Código Civil.

c) Por mutuo acuerdo de las partes.

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GOBIERNO REGIONAL cusca A~ GobiemoRegional

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''.}lño áe [a <Diversi.ficación Proáuctiva y áe[ PortaCecimiento áe [a !Eáucación"

CLÁUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Ambas Partes declaran conocer el contenido y alcance de todas y cada una de las cláusulas que norman este Convenio y se comprometen a respetarlas de acuerdo a las normas de la buena fe y común intención, señalando que no media vicio o error que pudiera invalidar el mismo.

R En caso de producirse controversias y/o discrepancias entre las partes respecto a la 9,*-"'""º • so""< validez, interpretación y/o ejecución del presente Convenio, estas acuerdan, en primera

.,. ""'\ \ ·nstancia, poner sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa y pacífica, con rr . · ~ ase en las reglas de la buena fe y atendiendo a la común intención expresada en el ~ · 'A resente Convenio, utilizando como medios notas de entendimiento entre las entidades o

<>~1>~. a través del trato directo de sus representantes legales. 'n da \\\

De persistir dichas controversias y/o discrepancias, estas deberán solucionar por ~~ conciliación. En ese sentido cualquiera de las partes tienen el derecho a someter las

/J.t~º r " controversias aun centro de conciliación, dentro del plazo de cinco (05) días, si la f rii · onciliación soluciona la controversia en forma total , el acta que contiene el acuerdo es ~ .QIO""' g ítulo de ejecución para todos los efectos, si concluye con un acuerdo parcial o sin

1=+!;::.·, acuerdo, las partes deben someterse obligatoriamente a un arbitraje que se pronuncie ~ "'º definidamente sobre las diferencias no resueltas.

Encontrándose conformes con los términos y condiciones del presente Convenio de Cooperación lnterinstitucional las partes suscriben en señal de conformidad en Cusca, a los _O 3 días del mes de AGO del año 2015.

ING. EDWIN LICONA LICONA

DNI Nº 23991227 GOBERNADOR REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL cusca

Monseñor ARO DANIEL ALARCON URRUTIA

ARZOBISPADO DEL cusca

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Representantes Legales: Versión Imprimible http://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrSOOAlias#

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REPRESENTANTES LEGALES DE 20148381985 - ARZOBISPADO DEL CUSCO -·-1

I La información exhibida en esta consulta corresponde a lo declarado por el contribuyente ante la Adm inist rac ión Tributaria. ¡ ¡ Documento Nro. Documento Nombre Cargo Fecha Desde

DNI

DNI

DNI

DNI

DNI

Imprimir

21138523

23813831

23975669

24372086

41709810

ALARCON URRUTIA RICHARD DANIEL

HOLGUIN ORTEGA MIRIAM

SANTA CRUZ QUISPE WALTER

CONDORHUAMAN ESTRADA ISRAEL

HUAMAN CRUZ JOSE CARLOS

REPRESENTANTE RELIGIOSO

ADMINISTRADOR

REPRESENTANTE RELIGIOSO

REPRESENTANTE RELIGIOSO

ADMINISTRADOR

17/06/2015

O 1/ 10/2005

O 1/02/2005

01/02/2005

15/10/2010

07/08/2015 09: 17 a.m.

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Consulta RUC: versión Imprimible http://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrSOOAlias#

1 de I

CONSULTA RUC: 20148381985 - ARZOBISPADO DEL CUSCO

Número de RUC: 20148381985 - ARZOBISPADO DEL cusca Tipo Contribuyente: INSIDUCIONES RELIGIOSAS

' ' Nombre Comercial:

Fecha de Inscripción:

Estado del Contribuyente:

Condición del Contribuyente:

i Dirección del i Domicilio Fiscal:

I Sistema de Emisión I de Comprobante:

Sistema de ' Contabilidad:

Actividad( es) , Económica(s):

Comprobantes de Pago c/aut. de impresión (F. 806 u 816):

Sistema de Emisión Electrónica:

Afiliado al PLE desde:

Padrones:

lmpnmir

01/07/1993 Fecha Inicio de Actividades:

ACTIVO

HABIDO

CALHATUNRUMIYOC NRO. S/N - ( - )CUSCO - cusca - cusca

SIN SISTEMA

SIN SISTEMA

Activ idad de Comercio Exterior :

Principal - 91993 - ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES NCP.

NINGUNO

NINGUNO

15/02/1933

SIN ACTIVIDAD

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07/08/2015 09: 17 a.m.