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GACETA DE LA JUDICATURA ORGANO OFICIAL DE DIVULGACION DE LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA (Aprobada Resolución No. 760 de 1994, de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, del Ministerio de Gobierno) Año XII- Vol. XII - No. 18 - Octubre 14 de 2005 CONTIENE ACUERDO No. PSAA05-3018 DE 2005 1 “Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones de control de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento de causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Medellín.” ACUERDO No. PSAA05-3019 DE 2005 4 “Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales para poner en funcionamiento el Sistema Penal Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín.” ACUERDO No. PSAA05-3020 DE 2005 6 “Por el cual se adoptan medidas tendientes a implementar el Sistema Penal Acusatorio relacionadas con la individualización de los despachos judiciales que se incorporarán al mismo en el Distrito Judicial de Medellín.” ACUERDO No. PSAA05-3021 DE 2005 9 “Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los juzgados penales que se incorporan al Sistema Penal Acusatorio en el Distrito judicial de Medellín.” ACUERDO No. PSAA05-3022 DE 2005 9 “Por el cual se adoptan medidas tendientes a implementar el Sistema Penal Acusatorio relacionadas con la individualización de los empleados de los despachos judiciales que se incorporarán al mismo en el Distrito Judicial de Medellín.” (Continúa) . Editor Responsable . JUAN CARLOS YEPES ALZATE Secretaría

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GACETA DE LA JUDICATURAORGANO OFICIAL DE DIVULGACION DE LA

SALA ADMINISTRATIVADEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

(Aprobada Resolución No. 760 de 1994, de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, del Ministerio de Gobierno)

Año XII- Vol. XII - No. 18 - Octubre 14 de 2005

CONTIENE

ACUERDO No. PSAA05-3018 DE 2005 1“Por el cual se determina el número de despachos judiciales que ejercerán funciones decontrol de garantías y de conocimiento del Sistema Penal Acusatorio y de conocimiento decausas de la ley 600 de 2000 en el Distrito Judicial de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3019 DE 2005 4“Por el cual se crean Unidades Judiciales Municipales para poner en funcionamiento elSistema Penal Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3020 DE 2005 6“Por el cual se adoptan medidas tendientes a implementar el Sistema Penal Acusatoriorelacionadas con la individualización de los despachos judiciales que se incorporarán almismo en el Distrito Judicial de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3021 DE 2005 9“Por el cual se adoptan medidas sobre el código único de radicación en los juzgados penalesque se incorporan al Sistema Penal Acusatorio en el Distrito judicial de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3022 DE 2005 9“Por el cual se adoptan medidas tendientes a implementar el Sistema Penal Acusatoriorelacionadas con la individualización de los empleados de los despachos judiciales que seincorporarán al mismo en el Distrito Judicial de Medellín.”

(Continúa)

. Editor Responsable

. JUAN CARLOS YEPES ALZATE

Secretaría

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ACUERDO No. PSAA05-3023 DE 2005 12“Por el cual se fijan reglas para el reparto de las acciones de tutela y habeas corpusa los Jueces Penales Municipales y de Circuito del Sistema Acusatorio Penal en elDistrito Judicial de Medellín y se reglamentan los turnos para ejercer la función deControl de Garantías.”

ACUERDO No. PSAA05-3024 DE 2005 13“Por el cual se adoptan medidas de depuración, transición y descongestión para losJuzgados Penales Municipales y Penales del Circuito que se incorporan al SistemaPenal Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3025 DE 2005 17“Por el cual se reglamentan los procedimientos necesarios para el manejo adecuadoy eficiente de los títulos y depósitos judiciales de los juzgados que se incorporarán alSistema Penal Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín a partir del 1º de enero de2006.”

ACUERDO No. PSAA05-3026 DE 2005 20“Por el cual se trasladan cargos de los Juzgados Penales Municipales y Penales delCircuito de Medellín al Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales deMedellín, a los Juzgados Penales de Circuito Especializado de Medellín y Antioquia, alCentro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales de Circuito Especializadode Medellín y Antioquia y al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados deEjecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín.”

ACUERDO No. PSAA05-3027 DE 2005 23“Por el cual se crea el Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales deMedellín y se organizan sus funciones, con ocasión de la implantación del nuevoSistema Acusatorio Penal.”

ACUERDO No. PSAA05-3045 DE 2005 31“Por el cual se modifica la Unidad Judicial Municipal de Riosucio, Circuito Judicial delmismo nombre, Distrito Judicial de Quibdó.”

ACUERDO No. PSAA05-3046 DE 2005 32“Por el cual se suprime las Unidades Judiciales Municipales de Teorema y Convención,en el Distrito Judicial de Cúcuta.”

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ACUERDO No. PSAA05-3047 DE 2005 32“Por el cual se suprime la Unidad Judicial Municipal de Riohacha, en el Distrito Judicialde Riohacha.”

ACUERDO No. PSAA05-3048 DE 2005 33“Por el cual se suprime la Unidad Judicial Municipal de Valledupar el Distrito Judicialde Valledupar.”

ACUERDO No. PSAA05-3049 DE 2005 34“Por el cual se modifica la Unidad Judicial Municipal de San José del Guaviare, CircuitoJudicial del mismo nombre, Distrito Judicial de Villavicencio.”

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RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICOCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA ADMINISTRATIVA

ACUERDO No. PSAA05-3018

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se determina el número de de-spachos judiciales que ejercerán funciones

de control de garantías y de conocimiento delSistema Penal Acusatorio y de conocimientode causas de la ley 600 de 2000 en el Distrito

Judicial de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39, 43 Y528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- El Sistema Penal Acusa-torio en el Distrito Judicial de Medellín, en donde,de conformidad con el artículo 530 de la Ley 906de 2004, comenzará a funcionar a partir del primerode enero de 2006, será atendido por el siguientenúmero de despachos judiciales:

14 Despachos de Magistrado de Sala Penal

Circuito de Medellín:

Municipio de Medellín

6 Juzgados Penales de Circuito Especializado5 Juzgados Penales del Circuito28 Juzgados Penales Municipales

Circuito Judicial de Bello

Municipio de Bello

1 Juzgado Penal del Circuito3 Juzgados Penales Municipales

Circuito de Caldas

Municipio de Caldas

1 Juzgado Promiscuo del Circuito2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de Angelópolis

1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito de Envigado

Municipio de Envigado

1 Juzgado Penal del Circuito3 Juzgados Penales Municipales

Municipio de Sabaneta

2 Juzgados Promiscuos Municipales

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Año XII - Volumen XII - No. 18 1

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Circuito de Itagüí

Municipio de Itagüí

1 Juzgado Penal del Circuito2 Juzgados Penales Municipales

Municipio de La Estrella

2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de Armenia

1 Juzgado Promiscuo Municipal

Municipio de Heliconia

1 Juzgado Promiscuo Municipal

Circuito de Girardota

Municipio de Girardota

1 Juzgado Penal del Circuito2 Juzgados Penales Municipales

Municipio de Barbosa

2 Juzgados Promiscuos Municipales

Municipio de Copacabana

2 Juzgados Promiscuos Municipales

DESPACHOS PENALES

CIRCUITO MUNICIPIOControl degarantías

Conoc.Mpales.

Trans.Mpales.

JuezCoord.

TotalMpales

Conoccircuito

Transcircuito

TotalCircuito

Trans.Espec.

EspecConoc

TotalEspec

TotalGral.

MedellínCentraliz.

15 5Penales

10 1 31 5 20 25 6mixtos

6mixtos

6 62

MedellínDescentral.

14 Penales 1 0 0 5 0 0 0 0 0 0 5Medellín

MedellínDescentral.

22 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 2

Bello Bello 2 Penales 1 Penal 0 0 3 1 2 3 0 0 0 6

Envigado 2 Penales 1 Penal 0 0 3 1 0 1 0 0 0 4Envigado

Sabaneta 2 Pcuos.mixtos

0 2 Pcuos.mixtos

0 2 0 0 0 0 0 0 2

Itagüí 1 Penales 1 Penal 0 0 2 1 1 2 0 0 0 4

Armenia 1 Pcuo.mixto

0 1 Pcuo.mixto

0 1 0 0 0 0 0 0 1

Heliconia 1 Pcuo.mixto

0 1 Pcuo.mixto

0 1 0 0 0 0 0 0 1Itagüí

La Estrella 2 Pcuos.mixtos

0 2 Pcuos.Mixto 0

0 2 0 0 0 0 0 0 2

Girardota2 Penales

Mixtos

2PenalesMixtos

0 0 2 1 0 1 0 0 0 3

Barbosa 2 Pcuosmixtos.

0 2 Pcuos.Mixto 0

0 2 0 0 0 0 0 0 2Girardota

Copacabana 2 Pcuos.mixto

0 2 Pcuos.mixto

0 2 0 0 0 0 0 0 2

Caldas 2 Pcuos.Mixtos

2 Pcuos.Mixtos

0 0 2 1 Pcuo. 0 1 0 0 0 3Caldas

Angelópolis 1 Pcuo.mixto

0 1 Pcuos.mixto

0 1 0 0 0 0 0 0 1

TOTAL 41 9 10 1 61 10 23 33 6 0 6 100

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 2

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En consecuencia, el número total será el siguiente:

14 Despachos de Magistrado de Sala Penal6 Juzgados Penales de Circuito Especializado9 Penales del circuito1 Juzgado Promiscuo del Circuito38 Juzgados Penales Municipales13 Juzgados Promiscuos Municipales

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los despachos judi-ciales que no sean incorporados al Sistema PenalAcusatorio a partir del 1 de enero de 2006 conti-nuarán atendiendo y depurando los asuntos cuyotrámite corresponda al sistema previsto en la ley600 de 2000, sin perjuicio de las demás competen-cias atribuidas constitucional o legalmente, hastatanto la Sala Administrativa del Consejo Superiorde la Judicatura determine su reordenamiento de-finitivo, ingresando al sistema de manera gradual,de acuerdo con las necesidades del servicio esta-blecidas por la Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, con base en el monitoreopermanente a la implementación del sistema.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura, por acuerdoseparado, individualizará los despachos que conti-nuarán en el sistema actual y reglamentará suorganización, funcionamiento y distribución de lacarga que deben atender.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Juzgados de Ejecu-ción de Penas y Medidas de Seguridad harán partedel actual Circuito Penitenciario y Carcelario y man-tendrán la estructura, organización y competenciaactuales.

ARTÍCULO TERCERO.- La capacidad instaladade los despachos con competencia en lo penal en

el Distrito Judicial de Medellín el Primero (1ro) deenero de 2006, será la siguiente:

ARTÍCULO CUARTO.- Las funciones de juez degarantías, juez de conocimiento del sistema acu-satorio penal y juez de conocimiento de causas dela ley 600 de 2000 se ejercerán según la distri-bución establecida en el artículo primero y de con-for-midad con los siguientes enunciados centrales:

1. La función de juez de conocimiento de cau-sas de la ley 600 de 2000 en el DistritoJudicial de Medellín, en lo relativo a los a-suntos de competencia de jueces penalesmunicipales con sede en los municipios deMedellín Bello, Caldas, Envigado, Girardotae Itaguì, será ejercida de manera exclusivapor los jueces radicados en la ciudad deMedellín. En los demás municipios, los juz-gados promiscuos municipales atenderánsimultáneamente las actuaciones del siste-ma penal acusatorio y de la ley 600 de 2000.

2. Los jueces penales del circuito, con funcio-nes de jueces de conocimiento de causas dela ley 600 de 2000, operarán en las cabe-ceras de Medellín, Bello e Itaguí. Medellínasumirá las responsabilidades respecto de

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 3

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los circuitos de Envigado, Girardota y Cal-das.

3. En la ciudad de Medellín habrá un juez penalmunicipal de control de garantías que ofi-ciará como juez coordinador de los juecespenales de Medellín.

4. En las cabeceras de circuito, salvo en losmunicipios de Caldas y Girardota, habrá jue-ces especialmente dedicados al conoci-miento de procesos del sistema acusatoriopenal y, de otro lado, jueces de trámite y fallode causas de la ley 600 de 2000. En elmunicipio de Caldas las tareas propias dejuez de garantías y de juez de conocimientola realizarán simultáneamente los dos (2)jueces promiscuos municipales. A su vez, enel municipio de Girardota tales responsabili-dades recaerán en los dos (2) juzgados pe-nales municipales.

ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo rige apartir del su publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3019

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se crean Unidades Judiciales Mu-nicipales para poner en funcionamiento el

Sistema Penal Acusatorio en el Distrito Judi-cial de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo89 de la Ley 270 de 1996, y los artículos 39 y 43 dela Ley 906 de 2004 y de conformidad con lo apro-bado en la sesión de la Sala Administrativa del 24de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1°.- Crear a partir del 1º de enero de2006, la Unidad Judicial Municipal de Caldas, priva-tivamente para efectos penales, la cual tendrá lasiguiente comprensión territorial:

Caldas

Angelópolis

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia del Juzgado Promiscuo Municipal de An-gelópolis será asumido por los Juzgados Promis-cuos Municipales de Caldas.

ARTÍCULO 2°.- Crear la Unidad Judicial Municipalde Envigado, privativamente para efectos penales,la cual tendrá la siguiente comprensión territorial:

Envigado

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Año XII - Volumen XII - No. 18 4

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Sabaneta

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deSabaneta será asumido por el juzgado penal muni-cipal con funciones de conocimiento del municipiode Envigado.

ARTÍCULO 3°.- Crear la Unidad Judicial Municipalde Girardota, privativamente para efectos penales,la cual tendrá la siguiente comprensión territorial:

GirardotaBarbosaCopacabana

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deBarbosa y Copacabana será asumido por los juz-gados penales municipales de Girardota.

ARTÍCULO 4°.- Crear la Unidad Judicial Municipalde Itagüí, privativamente para efectos penales, lacual tendrá la siguiente comprensión territorial:

ItaguíArmeniaHeliconiaLa Estrella

El conocimiento de los asuntos penales de compe-tencia de los Juzgados Promiscuos Municipales deArmenia, Heliconia y La Estrella será asumido porel juzgado penal con funciones de conocimiento delmunicipio de Itaguí.

ARTÍCULO 5°.- Los jueces promiscuos y penalesmunicipales de los municipios que conforman lasunidades judiciales municipales creadas en el pre-sente acuerdo, ejercerán la función de control degarantías en relación con los hechos delictivos

cometidos en sus respectivos municipios, salvo enlos municipios de Medellín, Bello, Envigado e Ita-güí, donde esta función se asignará a juzgadosespecíficos.

ARTÍCULO 6°.- Crear la Unidad Judicial Municipalde Garantìas de Medellín, para atender privati-vamente la función de Control de Garantías los díassábados, domingos y festivos, en todos los munici-pios del Distrito Judicial de Medellín: Medellín, An-gelòpolis, Armenia, Bello, Barbosa, Caldas, Co-pacabana, Envigado, Girardota, Heliconia, Itagüí,La Estrella y Sabaneta.

ARTÍCULO 7°.- La función de control de garantíasde los delitos de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado, ocurridos en elDistrito Judicial de Medellín, será ejercida por losJueces Penales Municipales ubicados en la sedeCentralizada de Medellín, de conformidad con lacompetencia establecida por la ley.

PARÁGRAFO.- Cuando se ponga a disposición delos Jueces Penales Municipales con Función deGarantías ubicados en las sedes Descentralizadaso en otros municipios del Distrito Judicial de Me-dellín un asunto de competencia de los JuzgadosPenales del Circuito Especializado, el mismo juezlo remitirá de inmediato al Juez Coordinador delCentro de Servicios Judiciales de Medellín, paraque se programe la correspondiente diligencia.

ARTICULO 8º.- El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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Año XII - Volumen XII - No. 18 5

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Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3020

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se adoptan medidas tendientes aimplementar el Sistema Penal Acusatorio re-lacionadas con la individualización de los de-

spachos judiciales que se incorporarán almismo en el Distrito Judicial de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Los despachos judicialesdel Distrito Judicial de Medellín que se relacionana continuación se incorporarán al Sistema PenalAcusatorio a partir del primero de enero de 2006:

14Despachos de Magistrado de Sala Penal, tres (3)de los cuales iniciarán funciones el dos (2) de enerode 2006.

Circuito Judicial de Medellín

Municipio de Medellín

Juzgados 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, Penales de CircuitoEspecializado, para un total de 6.

Juzgados 1º, 5º, 8º, 15º y 20º Penales del Circuito, unode los cuales iniciará labores el dos (2) de enero de2006, para un total de 5.

Juzgados 1º, 3º, 6º, 10º, 11º, 12º, 14º, 18º, 21º, 25,26º, 27º, 28º, 30º, 31º, 33º, 34, 35º, 36º, 38º, 39º, y 40ºPenales Municipales con funciones de Control de Gar-antías, para un total de 22.

Juzgados 13º, 22º, 23º, 24º, 32º y 37º Penales Munici-pales de Conocimiento, para un total de 6.

Circuito Judicial de Bello

Municipio de Bello

Juzgado 1º Penal del Circuito

Juzgados 2º y 3º Penales Municipales, con funcionesde control de garantías, para un total de 2.

Juzgado 1º Penal Municipal, con funciones de cono-cimiento.

Circuito Judicial de Caldas

Municipio de Caldas

Juzgado Promiscuo del Circuito

Juzgados 1º y 2º Promiscuos Municipales, con funcio-nes de control de garantías y conocimiento.

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Municipio de Angelópolis

Juzgado Promiscuo Municipal, con funciones de con-trol de garantías.

Circuito Judicial de Envigado

Municipio de Envigado

Juzgado Penal de CircuitoJuzgados 1º y 3º Penales Municipales, con funcionesde control de garantías, para un total de 2.

Juzgado 2º Penal Municipal, de conocimiento.

Municipio de Sabaneta

Juzgados 1º y 2º Promiscuos Municipales, con funcio-nes de control de garantías.

Circuito Judicial de Itagüí

Municipio de Itagüí

Juzgado 1º Penal del Circuito de conocimiento

Juzgado 2º Penal Municipal, con funciones de controlde garantías.

Juzgado 1º Penal Municipal, de conocimiento.

Municipio de Armenia

Juzgado Promiscuo Municipal, con funciones de con-trol de garantías.

Municipio de Heliconia

Juzgado Promiscuo Municipal, con funciones de con-trol de garantías.

Municipio de La Estrella

Juzgados 1º y 2º Promiscuos Municipales, con funcio-nes de control de garantías.

Circuito Judicial de Girardota

Municipio de Girardota

Juzgado Penal del Circuito

Juzgados 1º y 2º Penales Municipales, con funcionesde control de garantías y de conocimiento.

Municipio de Barbosa

Juzgados 1º y 2º Promiscuos Municipales, con funcio-nes de control de garantías.

Municipio de Copacabana

Juzgados 1º y 2º Promiscuos Municipales, con funcio-nes de control de garantías.

PARÁGRAFO.- La anterior individualización podráser modificada por la Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura, con base en losresultados del monitoreo y evaluación al desarrollode la implementación del Sistema Penal Acusato-rio.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Magistrados de laSala Penal del Tribunal Superior de Medellín se-guirán conociendo de los asuntos del sistema pre-visto en la ley 600 de 2000 que tengan a su cargoo se les asigne por reparto.

ARTÍCULO TERCERO.- Los Juzgados PenalesMunicipales con función de Control de Garantíasy/o conocimiento, que de conformidad con la indivi-dualización establecida en el artículo primero deeste Acuerdo iniciarán labores en enero de 2006,ingresarán al Programa de Descongestión y termi-nación de Procesos, Depuración y Liquidación deinventarios, a partir del 18 de Octubre de 2005.

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ARTÍCULO CUARTO.- Los Juzgados Penales delCircuito Especializado seguirán conociendo de losasuntos del sistema previsto en la ley 600 de 2000que tengan a su cargo o que se les asigne porreparto. En caso de ser necesario, conforme a laevaluación que se haga del comportamiento delSistema Acusatorio Penal, se adoptarán las medi-das de descongestión, y/o ajuste pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura conferirá Co-misión Especial en los términos del artículo 139 dela Ley 270 de 1996, a los funcionarios de losJuzgados Penales Municipales y Penales del Cir-cuito que ingresarán al Sistema Penal Acusatorio apartir de enero de 2006, para participar en el Pro-grama de Actualización, Capacitación y Formaciónen el Sistema Penal Acusatorio que impartirá laEscuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” entre el 8de noviembre y el 6 de diciembre de 2005.

ARTICULO SEXTO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con base en laevaluación periódica de los índices de carga efec-tiva y evacuación de los asuntos del sistema pre-visto en la ley 600 de 2000, así como el volumende ingreso de procesos del Sistema Penal Acusa-torio, determinará, para cada caso, la oportunidaden que los juzgados seleccionados para la entradaen funcionamiento del Sistema Penal Acusatorio apartir del primero de enero de 2006, serán involu-crados en el Programa de Descongestión de Pro-cesos, Depuración de causas y Liquidación deinventarios y ordenará la reincorporación al sistemaprevisto en la ley 600 de 2000, si fuere necesario.

ARTICULO SÉPTIMO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Antioquiarealizará semanalmente visitas de control y verifi-cación del proceso de depuración a los despachos

judiciales seleccionados para iniciar en el nuevosistema.

ARTÍCULO OCTAVO.- Corresponde a la DirecciónSeccional de Administración Judicial de Antioquiacoadyuvar en la debida ejecución de las disposicio-nes contenidas en este Acuerdo.

ARTÍCULO NOVENO.- La Unidad de Informáticade la Dirección Ejecutiva de Administración Judicialrealizará las modificaciones y ajustes necesarios alsoftware de reparto, con el fin de dar cumplimientoa lo dispuesto en el presente acuerdo.

ARTÍCULO DÉCIMO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura y la DirecciónSeccional de Administración Judicial de Antioquia,coordinarán la adecuada implementación y de-sar-rollo de las medidas adoptadas en el presenteAcuerdo.

De igual manera, fijarán copia del acuerdo en losprincipales edificios donde funcionen despachos yoficinas judiciales y se encargarán de darle ampliadivulgación. El texto del mismo, se insertará en lapágina web de la Rama Judicial.

ARTÍCULO 9°. -El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31) díasdel mes de agosto del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 8

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ACUERDO No. PSAA05-3021

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se adoptan medidas sobre elcódigo único de radicación en los juzgadospenales que se incorporan al Sistema PenalAcusatorio en el Distrito judicial de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Los Juzgados Penales yPromiscuos del Distrito Judicial de Medellín que sevayan incorporando al Sistema Penal Acusatorioconservarán la numeración que tengan al momentode la incorporación, y continuarán con el CódigoÚnico de identificación que han venido utilizando,seguido de las expresiones “Con Función de Con-trol de Garantías” o “Con Función de Conocimien-to”, a partir del 1º de enero de 2006.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo rigea partir de la publicación en la Gaceta de la Judi-catura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3022

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se adoptan medidas tendientes aimplementar el Sistema Penal Acusatorio re-lacionadas con la individualización de los em-pleados de los despachos judiciales que seincorporarán al mismo en el Distrito Judicial

de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Planta de cargos de em-pleados. Para efectos de la individualización de loscargos de empleados que pasarán al Sistema Pe-nal Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín, seestablecen las siguientes reglas:

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 9

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1. Los despachos de Magistrado y la Secre-taría de la Sala Penal del Tribunal Superiorde Distrito Judicial, continuarán con la plantaactual de cargos de empleados.

2. Los Juzgados Penales Municipales con fun-ción exclusiva de Control de Garantías ten-drán a su servicio los siguientes cargos deempleados:

1 Secretario1 Oficial Mayor o Sustanciador

3. Los Juzgados Penales Municipales de Co-nocimiento, funcionarán con los siguientescargos de empleados:

1 Secretario2 Oficial Mayor o Sustanciador .

En aquellos despachos en que no haya dos(2) oficiales mayores, uno de ellos será susti-tuido por un escribiente.

4. Los Juzgados Penales de Circuito de Cono-cimiento, funcionarán con los siguientes car-gos de empleados:

1 Secretario1Oficial Mayor o Sustanciador .1 Escribiente

ARTÍCULO SEGUNDO.- Criterios para la incorpo-ración de empleados. El ingreso de los empleadosal Sistema Penal Acusatorio, se sujetará a lossiguientes lineamientos:

1. Empleados de la Sala Penal del TribunalSuperior.

El manejo de la planta actual de cargos se hará porlos respectivos nominadores, con sujeción a lasnormas que rigen la carrera y el libre nombramientoy remoción en la Rama Judicial.

2. Secretarios, Oficiales Mayores o Sustancia-dores y Escribientes seleccionados:

Los Secretarios, Oficiales Mayores o Sustancia-dores y Escribientes que se desempeñan en pro-piedad en los Juzgados Penales Municipales yJuzgados Penales del Circuito, y que sean selec-cionados, a más tardar el 25 de octubre, por suscorrespondientes titulares de despacho para conti-nuar en el juzgado, pasarán al Sistema Penal Acu-satorio en la misma oportunidad en que le corres-ponda ingresar al titular del respectivo Juzgado,conservando su denominación y régimen salarialactuales, sin perjuicio de la organización y asig-nación de funciones acordes con el Sistema PenalAcusatorio, que al interior del despacho determineel titular.

En los Juzgados donde existen cargos de Secre-tario, Oficial Mayor o Sustanciador y Escribientesen vacancia definitiva, el nominador indicará porescrito a la Sala Administrativa del Consejo Sec-cional de la Judicatura, a más tardar el día 25 deoctubre de 2005, el nombre de quienes desem-peñarán en provisionalidad dichos cargos y que ental calidad se incorporarán al Sistema Penal Acu-

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 10

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satorio en el respectivo despacho judicial. Igualprocedimiento se adoptará para el caso de loscargos en vacancia temporal, cuando quienes os-tenten la propiedad en los mismos, no manifiestensu interés en incorporarse oportunamente al co-rrespondiente Juzgado.

3. Oficiales Mayores o Sustanciadores, Escri-bientes y Citadores no seleccionados.

Los Oficiales Mayores o sustanciadores, Escribien-tes y Citadores de los Juzgados Penales Munici-pales y de los Juzgados Penales del Circuito queno sean seleccionados por sus correspondientestitulares para continuar en el juzgado, serán reubi-cados por la Sala Administrativa del Consejo Supe-rior de la Judicatura mediante la expedición de loscorrespondientes actos administrativos, en losCentros de Servicios Judiciales que prestarán apo-yo a los despachos del área penal del municipio deMedellín o en otros juzgados de igual o distintaespecialidad, conservando su denominación y ré-gimen salarial actuales.

PARÁGRAFO.- Las reglas para la individualiza-ción de los empleados previstas en el presenteAcuerdo, podrán ser ajustadas o modificadas porla Sala Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura en cualquier momento, de conformidadcon las necesidades del servicio y el desarrollo delproceso de implementación del Sis-tema PenalAcusatorio.

ARTÍCULO TERCERO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura a través de laEscuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” impartirá alos empleados que se incorporarán al Sistema Pe-nal Acusatorio en los Despachos Judiciales y en los

Centros de Servicios Judiciales, cursos de actuali-zación, capacitación y formación en el Sistema, quefortalezcan sus habilidades y competencias en lasnuevas funciones que les corresponde asumir, enla modalidad de semipresencial, siendo obligaciónsu asistencia en las oportunidades que les corres-ponda, de acuerdo con la programación que seestablecerá para el efecto.

ARTÍCULO CUARTO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Antioquia yla Dirección Seccional de Administración Judicial,coordinarán la adecuada implementación y el de-sarrollo de las medidas adoptadas en el presenteAcuerdo.

De igual manera, fijarán copia del acuerdo en losprincipales edificios donde funcionen despachos yoficinas judiciales y se encargarán de darle ampliadivulgación. El texto del mismo, se insertará en lapágina web de la Rama Judicial.

ARTÍCULO QUNTO.- El presente Acuerdo rige apartir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 11

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ACUERDO No. PSAA05-3023

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se fijan reglas para el reparto delas acciones de tutela y habeas corpus a losJueces Penales Municipales y de Circuito delSistema Acusatorio Penal en el Distrito Judi-cial de Medellín y se reglamentan los turnospara ejercer la función de Control de Garan-

tías.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en los artículos528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Los Juzgados PenalesMunicipales y los Juzgados Penales del Circuito delDistrito Judicial de Medellín, que ingresan al sis-tema Penal Acusatorio, a partir del mes de enerode 2006, entrarán en el reparto de tutelas y de

habeas corpus en la misma proporción que losdemás despachos judiciales.

ARTÍCULO SEGUNDO.-Los Jueces Penales Mu-nicipales de Medellín que, de acuerdo con los tur-nos rotativos, deben ejercer la Función de Controlde Garantías en las sedes Descentralizadas notendrán reparto de tutelas, ni de habeas corpusmientras se encuentren cumpliendo el servicio endichos lugares.

ARTÍCULO TERCERO.- En los municipios de Me-dellín, Bello y Envigado se establecen los siguien-tes turnos en la prestación de la función de controlde garantías por los Juzgados Penales Munici-pales:

Turno 1: de seis de la mañana (6:00 a.m.) a dosde la tarde (2:00 p.m.).

Turno 2: de dos de la tarde (2:00 p.m) a diez dela noche (10:00 p.m).

ARTÍCULO CUARTO.- En el municipio de Medellínse prestará además servicio los días sábados, do-mingos y festivos en los mismos turnos dispuestosen el artículo anterior.

PARAGRAFO.- Los empleados y funcionarios judi-ciales que presten sus servicios en sábados, do-mingos y festivos gozarán del descanso remu-nerado conforme a la ley, en días compensatorios

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 12

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señalados previamente por la Sala Administrativadel Consejo Seccional de la Judicatura de Antio-quia, de acuerdo con las necesidades del servicio.

ARTÍCULO QUINTO.- En los demás municipios delDistrito Judicial de Medellín todos los jueces labo-rarán de lunes a viernes en el horario ordinario detrabajo establecido para el resto de servidores judi-ciales.

ARTÍCULO SEXTO.-. La prestación de la funcio-nes de Control de Garantías y de Conocimiento porparte de los Jueces Penales Municipales de Me-dellín, Bello, Envigado e Itagüí será rotativa confor-me a la distribución periódica que señale la SalaAdministrativa del Consejo Seccional de la Judica-tura. Esta decisión se dará a conocer mediantecircular.

ARTÍCULO SEPTIMO.- La Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Antioquiapresentará a la Sala Administrativa del ConsejoSuperior de la Judicatura, informes mensuales so-bre la actuación de los servidores judiciales en elnuevo sistema.

ARTÍCULO OCTAVO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura podrá variar losturnos y la asignación de las funciones de Controlde Garantías y de Conocimiento de los distintosservidores judiciales, de conformidad con las nece-sidades del servicio.

ARTÍCULO NOVENO.- El presente acuerdo rige apartir de la publicación en la Gaceta de la Judica-tura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3024

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se adoptan medidas de depu-ración, transición y descongestión para los

Juzgados Penales Municipales y Penales delCircuito que se incorporan al Sistema Penal

Acusatorio en el Distrito Judicial de Medellín.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, y en especial las señaladas en los artículos528 y 532 de la Ley 906 de 2004 y el artículo 63 dela ley 270 de 1996 y de conformidad con lo apro-bado en sesión de la Sala Administrativa del 24 deagosto de 2005,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- A los Juzgados PenalesMunicipales y Penales del Circuito del Distrito Judi-cial de Medellín, que se incorporarán al SistemaPenal Acusatorio a partir de Enero del 2006, lesserá suspendido el reparto de procesos desde el18 de octubre hasta el 30 de Diciembre de 2005,inclusive.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 13

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ARTÍCULO SEGUNDO.- Los despachos judicialesa que se hace referencia en el artículo anteriorcontinuarán con el reparto de tutelas y de habeascorpus de manera normal, a excepción de los jue-ces penales municipales de Medellín que asumiránfunciones de control de garantías en el nuevo sis-tema en sedes descentralizadas, a los que se lesrepartirán sólo hasta el 16 de diciembre.

ARTÍCULO TERCERO.- A partir del 8 de Noviem-bre de 2005, se dispone la cesación de funciones,como jueces penales del sistema previsto en la ley600 de 2000, de los Juzgados Penales Munici-pales y Penales del Circuito con sede en Medellín,Bello, Caldas e Itaguí que ingresarán al SistemaAcusatorio Penal en enero de 2006.

ARTÍCULO CUARTO.- Durante el mes de octubrey primera semana de noviembre de 2005, los juz-gados que a partir del mes de enero de 2006 iniciancon el nuevo sistema acusatorio penal, se dedi-carán a las siguientes actividades:

1. Terminar las actuaciones jurisdiccionales yadministrativas pendientes

2. Diligenciar las fichas técnicas y remitir losexpedientes con condenado a los juzgadosde ejecución de penas y medidas de seguri-dad.

3. Elaborar los inventarios de títulos y depósi-tos judiciales a su cargo.

4. Inventariar los elementos de delito y ordenarsu remisión a la autoridad competente.

5. Inventariar los procesos que se encuentranen trámite y aquellos que están a despachopara sentencia.

6. Organizar e inventariar los expedientes quehan de remitirse al archivo central.

7. Hacer entrega de los muebles y enseres.

8. Realizar las actividades necesarias para unacorrecta y completa entrega del despacho.

9. Actualizar las hojas de vida del personal deljuzgado, haciendo claridad sobre los perío-dos de vacaciones pendientes de disfrute ycon las evaluaciones y calificaciones hastala fecha.

ARTÍCULO QUINTO.- Las diferentes entregas seharán de conformidad con el cronograma que esta-blezca para cada despacho la Dirección Seccionalde Administración Judicial de Antioquia y a laspersonas designadas para el efecto.

ARTÍCULO SEXTO.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura conferirá Co-misión Especial en los términos del artículo 139 dela Ley 270 de 1996, a los servidores judiciales delos Juzgados Penales del Distrito Judicial de Me-dellín que ingresarán al Sistema Penal Acusatorioa partir del primero de enero de 2006, para partici-par en el Programa de Actualización, Capacitacióny Formación que se impartirá entre el 8 de noviem-bre y el 6 de diciembre de 2005, sin perjuicio de lasresponsabilidades atinentes a tutelas, hábeas cor-pus y demás actividades referidas en los artículos4° y 5° del presente acuerdo.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- El conocimiento de los pro-cesos asignados hasta el 18 de octubre de 2005 alos 28 juzgados penales municipales de Medellínque se incorporarán al Sistema Penal Acusatorio apartir del mes de enero de 2006, así como el de losprocesos de los juzgados penales municipales deBello, Caldas, Envigado, Itagüí y Girardota, seráasumido a partir del 8 de Noviembre de 2005 porlos 10 juzgados penales municipales de Medellínque no se incorporarán al sistema a partir del mesde enero de 2006 y que oficiarán como juzgados

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 14

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de transición y de descongestión para trámite yfallo.

Asimismo, estos juzgados asumirán el conoci-miento de los procesos, regidos por la ley 600 de2000, respecto de hechos ocurridos en tales mu-nicipios y que ingresen al sistema judicial con pos-terioridad al 18 de Octubre de 2005.

PARAGRAFO.- Para los efectos propios de estadisposición se crea la unidad judicial municipalMedellín, con sede en esta ciudad, e integrada porlos municipios de Bello, Caldas, Envigado, Itagüí yGirardota,

ARTÍCULO OCTAVO.- El conocimiento de los pro-cesos asignados hasta el 18 de octubre de 2005 alos juzgados penales del Circuito y promiscuos delCircuito de Caldas, Envigado y Girardota que seincorporarán al Sistema Penal Acusatorio a partirdel mes de enero de 2006, será asumido a partirdel 8 de Noviembre de 2005 por los 20 juzgadospenales del circuito de Medellín que no se incorpo-rarán al sistema penal acusatorio a partir del mesde enero de 2006 y que oficiarán como juzgadosde transición y de descongestión para trámite yfallo.

Asimismo, estos juzgados asumirán el conoci-miento de los procesos, regidos por la ley 600 de2000, respecto de hechos ocurridos en tales circui-tos y que ingresen al sistema judicial con poste-rioridad al 18 de Octubre de 2005.

PARAGRAFO.- Para los efectos propios de estadisposición se crea el Circuito Especial Penal deMedellín, con sede en esta ciudad, e integrada porCaldas, Envigado y Girardota,

ARTÍCULO NOVENO.- Los juzgados penales mu-nicipales y penales del circuito de Medellín que nose incorporarán al sistema penal acusatorio, a partirde enero de 2006, asumirán a partir del 8 de no-viembre de 2005, la carga de los juzgados incorpo-rados y de los mencionados en los artículos ante-riores de este acuerdo de conformidad con el repar-to que haga la Oficina Judicial de Medellín.

ARTÍCULO DÉCIMO.- La Dirección Seccional deAdministración Judicial de Antioquia hará entregade los procesos a los juzgados que continuaránaplicando el sistema previsto en la ley 600 de 2000,según lo estipulado en el artículo anterior.

ARTÍCULO UNDECIMO.- Los jueces penales mu-nicipales y penales del circuito que se incorporaránal nuevo sistema a partir de Enero de 2006, haránremisión de los expedientes que aún se encuentrenpendientes, a la Dirección Seccional de Adminis-tración Judicial de Antioquia, la cual a su vez losentregará a los jueces penales del circuito y muni-cipales con función de depuración, transición ydescongestión, de acuerdo con el reparto efec-tuado por la Oficina Judicial de Medellín.

ARTÍCULO DUODECIMO.- La Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura, con la inme-diata colaboración de la Sala Administrativa delConsejo Seccional de la Judicatura de Antioquia,verificará y evaluará el reparto y entrega de expe-dientes.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y Aná-lisis Estadístico realizará los análisis correspon-dientes y presentará un informe a la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 15

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En virtud de los resultados de la evaluación, la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura podrá redefinir las medidas de que trata elpresente Acuerdo.

ARTÍCULO TRECE.- Los procesos cuya sentenciaadquiera ejecutoria con posterioridad al 8 de no-viembre de 2005, que deban ser remitidos a losjuzgados de ejecución de penas y medidas deseguridad, correspondientes a los juzgados pe-nales y promiscuos municipales del Distrito Judicialde Medellín que se incorporen al Sistema PenalAcusatorio a partir del 1° de enero de 2006 confunciones de control de garantía, serán remitidos,para los trámites correspondientes, a los 10 juz-gados penales municipales de transición de Me-dellín que no se incorporen al sistema a partir de talfecha.

ARTÍCULO CATORCE.- El reparto de los pro-cesos señalados en el artículo anterior, correspon-derá a la asignación efectuada para los procesosen trámite.

ARTÍCULO QUINCE.- A partir de Enero de 2006los expedientes que regresen al despacho de cono-cimiento provenientes de los juzgados de ejecuciónde penas y medidas de seguridad, se remitirán a larespectiva Oficina Judicial o Centro de ServiciosAdministrativos para que esta unidad haga la asig-nación correspondiente, si el juzgado de origenejerce en ese momento funciones de transición ode conocimiento: si a esa fecha oficia como juezde garantías se hará el reparto entre los jueces deconocimiento y de transición en ejercicio.

ARTICULO DIECISEIS.- La Dirección Seccionalde Administración Judicial de Antioquia hará entre-ga de los procesos, según lo estipulado en losartículos anteriores.

ARTÍCULO DIECISIETE.- La Unidad de Informá-tica de la Dirección Ejecutiva de AdministraciónJudicial realizará las modificaciones y ajustes nece-sarios al software de reparto, con el fin de darcumplimiento a lo dispuesto en el presente acuer-do.

ARTÍCULO DIECIOCHO.- La Dirección Seccionalde Administración Judicial de Antioquia prestará elapoyo administrativo y financiero necesario para laimplementación de la presente medida.

ARTÍCULO DIECINUEVE.- El presente acuerdo sefijará por las Salas Administrativas de los ConsejosSeccionales de la Judicatura en los principalesedificios en donde funcionen despachos y oficinasjudiciales y se insertará en la página web de laRama Judicial. La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura y la Dirección Seccionalde Administración Judicial de Antioquia, se encar-garán de la amplia divulgación de las decisionescontenidas en este acuerdo en el Distrito Judicialde Medellín.

ARTÍCULO VEINTE.- La Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, con la inmediatacolaboración de la Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Antioquia, verificaráy evaluará los resultados de la presente medida.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y Aná-lisis Estadístico realizará los análisis correspon-dientes y presentará un informe a la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura.

En virtud de los resultados de la evaluación, la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura podrá redefinir las medidas de que trata elpresente Acuerdo.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 16

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ARTÍCULO VEINTE.- El presente acuerdo rige apartir de la fecha de su publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3025

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se reglamentan los procedimien-tos necesarios para el manejo adecuado y efi-ciente de los títulos y depósitos judiciales delos juzgados que se incorporarán al Sistema

Penal Acusatorio en el Distrito Judicial deMedellín a partir del 1º de enero de 2006.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 7° dela Ley 66 de 1993, 85 numeral 13, y 203 de la Ley270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado enla sesión de la Sala Administrativa del 24 de agostode 2005

CONSIDERANDO

Que el artículo 203 de la Ley 270 de 1996 señalóque las cantidades de dinero que, de conformidadcon las disposiciones legales vigentes, deban con-signarse en el Banco Popular a órdenes de losdespachos de la Rama Judicial, autoridades depolicía y, además las sumas que los arrendatariosconsignen a favor de sus arrendadores debían serdepositadas en la Caja de Crédito Agrario Industrialy Minero, a partir del momento en que se produjerala reducción de la participación de la Nación en elBanco Popular.

Que por disposición del Decreto 2419 de 1999, lasfunciones de recibo, depósito y administración delos dineros a que hace referencia el artículo 203 dela Ley Estatutaria de Administración de Justicia,están a cargo del Banco Agrario de Colombia.

Que el artículo 7º de la Ley 66 de 1993 señala queel Consejo Superior de la Judicatura ejercerá eldebido control sobre las autoridades judiciales conel fin de que se decreten y constituyan en debidaforma los depósitos judiciales, multas y demásrecursos a que se refiere la ley, y así mismo, paraque se realicen las consignaciones correspondien-tes.

Que los artículos 3º de los Acuerdos números 1676de 2002 y 1857 de 2003 de la Sala Administrativadel Consejo Superior de la Judicatura preceptúanque la cancelación de las cuentas de los despachosjudiciales por traslado, transformación, reubica-ción, fusión o supresión, corresponderá al titular deldespacho judicial.

Que el artículo 530 del Código de ProcedimientoPenal dispone que, a partir del 1º de enero de 2006,

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Año XII - Volumen XII - No. 18 17

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el nuevo sistema penal acusatorio regirá en eldistrito judicial de Medellín.

Que mediante Acuerdo expedido por esta SalaAdministrativa se individualizaron los despachosjudiciales del Distrito Judicial de Medellín que seincorporarán al sistema penal acusatorio a partir delmes de enero de 2006. Para ello, los artículos 2º y3º de esa normativa dispusieron, de un lado, quelos despachos seleccionados ingresarán al progra-ma de descongestión y terminación de procesos,depuración y liquidación de inventarios y, de otro,que algunos de los jueces penales municipalesparticiparán, a partir del 8 de noviembre de 2005,en el Programa de Actualización, Capacitación yFormación en el Sistema Penal Acusatorio.

Que lo anterior evidencia la necesidad de adoptarmedidas especiales y urgentes para el manejoadecuado y eficiente de los títulos y depósitosjudiciales de los juzgados que se incorporarán alSistema Penal Acusatorio a partir de mes de enerode 2006. En consecuencia,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar a la DirecciónEjecutiva de Administración Judicial- División deFondos Especiales y Cobro Coactivo para solicitaral Banco Agrario de Colombia la inactivación y laposterior cancelación de la cuenta judicial de losdespachos que, de acuerdo con las reglamentacio-nes expedidas por la Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura, se incorporarángradualmente al Sistema Penal Acusatorio. La can-celación efectiva de la cuenta únicamente se pro-ducirá cuando no exista saldo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Mientras se produce lacancelación de la cuenta judicial, los jueces orde-

narán las conversiones, fraccionamientos, pagos yprescripciones decretadas, y el Banco Agrario deColombia establecerá un mecanismo de restricciónque permita la correcta realización de estas tran-sacciones.

ARTÍCULO TERCERO.- Los Secretarios de losjuzgados o quienes hagan sus veces, que se vayanincorporando al Sistema Penal Acusatorio, con laasesoría de la Dirección Ejecutiva Seccional deAdministración Judicial de Antioquia, elaborarán elinventario de los títulos y depósitos judiciales conproceso y sin proceso, determinarán los entre-gados y no cobrados y conciliarán la cuenta. Elfuncionario judicial ordenará los pagos, fraccio-namientos y conversiones a que haya lugar, decla-rará la prescripción de los depósitos que cumplanlos requisitos del artículo 59 de la Ley 633 de 2000y del Acuerdo 1115 de 2001, proferido por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de la Judica-tura y ordenará al Banco Agrario de Colombia eltraslado del valor de dichos depósitos al TesoroNacional a la cuenta No. 0070-060964-7 de dichaentidad bancaria. La Dirección Seccional contarácon la asistencia de la Dirección Ejecutiva a travésde la División de Fondos Especiales y Cobro Coac-tivo, a fin de que la asesoría que se brinde a losdespachos sea expedita y eficiente. El inventariode los depósitos desmaterializados incluye el regis-tro de los mismos en el módulo respectivo.

ARTÍCULO CUARTO.- En un término máximo detreinta (30) días, contado a partir del 18 de octubrede 2005, cada juez remitirá a la Dirección EjecutivaSeccional de Administración Judicial de Antioquia,los títulos físicos existentes, copia de los documen-tos, de los extractos bancarios respectivos, de loslibros de títulos y depósitos judiciales y, en mediomagnético, de la información que repose en elmódulo de depósitos judiciales. La Dirección Eje-cutiva a través de la División de Fondos Especiales

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Año XII - Volumen XII - No. 18 18

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y Cobro Coactivo de la Dirección Ejecutiva deAdministración Judicial realizará el seguimientocorrespondiente a fin de que en las cuentas cance-ladas no quede ningún depósito judicial.

ARTÍCULO QUINTO.- Apertura de cuentas judi-ciales. Para el manejo de los depósitos y títulosjudiciales que se generan en el Sistema PenalAcusatorio, en el Municipio de Medellín, el Juezcoordinador, junto con el Secretario del Centro deServicios Judiciales, solicitará la apertura de doscuentas: Una que manejará los títulos y depósitosjudiciales ordenados por los Jueces Penales Muni-cipales con Función de Control de Garantías y otrapara el manejo de títulos y depósitos judicialesordenados por los Jueces Penales Municipales conFunción de Conocimiento y los Jueces Penales delCircuito, de acuerdo con los trámites previstos enel Acuerdo número 1676 de 2002. Para el efecto,suscribirán los documentos exigidos por el Bancoe impondrán en los mismos sus huellas dactilares.

PARÁGRAFO.- En los demás municipios del Dis-trito Judicial de Medellín, los despachos judicialescontinuarán con las cuentas vigentes a la fecha,excepto aquellos que sean renumerados o redistri-buidos, quienes abrirán las cuentas judiciales deconformidad con su nueva denominación. Y dondese creen Centros de Servicios Administrativos ésteadministrará los depósitos judiciales y abrirá lascorrespondientes cuentas..

ARTÍCULO SEXTO.- Cambio de personal. Cuandose presenten novedades de personal, permanen-tes o transitorias, de los servidores judiciales confacultad de disposición sobre los depósitos, seefectuará el reporte al Banco, se suscribirán losdocumentos exigidos por la entidad financiera y seimpondrán las huellas dactilares.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Dirección EjecutivaSeccional de Administración Judicial Antioquia-Chocó consolidará la información respectiva y ren-dirá un informe de resultados a la Sala Adminis-trativa del Consejo Superior de la Judicatura.

ARTÍCULO OCTAVO.- El presente acuerdo rige apartir de la fecha de su publicación en la Gaceta dela Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAUJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 19

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ACUERDO No. PSAA05-3026

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se trasladan cargos de losJuzgados Penales Municipales y Penales delCircuito de Medellín al Centro de Servicios Ju-

diciales de los Juzgados Penales deMedellín, a los Juzgados Penales de Circuito

Especializado de Medellín y Antioquia, alCentro de Servicios Administrativos de los

Juzgados Penales de Circuito Especializadode Medellín y Antioquia y al Centro de Servi-

cios Administrativos de los Juzgados deEjecución de Penas y Medidas de Seguridad

de Medellín”.

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en el artículo528 de la ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º. -Trasladar a partir del 1º de enerode 2006, los siguientes cargos de empleados de losJuzgados Penales de Medellín al Centro de Servi-cios Judiciales:

1.1. El Citador del Juzgado 13º Penal Municipal.1.2. El Escribiente del Juzgado 13º Penal Municipal.1.3. El Citador del Juzgado 22º Penal Municipal1.4. El Escribiente del Juzgado 22º Penal Municipal.1.5. El Citador del Juzgado 23º Penal Municipal.1.6. El Escribiente del Juzgado 23º Penal Municipal.1.7. El Citador del Juzgado 24º Penal Municipal.

1.8. El Escribiente del Juzgado 24º Penal Municipal1.9. El Citador del Juzgado 32º Penal Municipal.1.10. El Escribiente del Juzgado 32º Penal Municipal1.11. El Citador del Juzgado 37º Penal Municipal.1.12. El Escribiente del Juzgado 37º Penal Municipal.1.13. El Citador del Juzgado 1º Penal Municipal1.14. El Escribiente del Juzgado 1º Penal Municipal.1.15. Un Oficial Mayor del Juzgado 1º Penal Municipal1.16. El Citador del Juzgado 3º Penal Municipal1.17. El Escribiente del Juzgado 3º Penal Municipal1.18. Un Oficial Mayor del Juzgado 3º Penal Municipal1.19. El Citador del Juzgado 6º Penal Municipal.1.20. El Escribiente del Juzgado 6º Penal Municipal.1.21. Un Oficial Mayor del Juzgado 6º Penal Municipal.1.22. El Citador del Juzgado 8º Penal Municipal1.23. El Escribiente del Juzgado 8º Penal Municipal.1.24. El Citador del Juzgado 10º Penal Municipal.1.25. El Escribiente del Juzgado 10º Penal Municipal.1.26. Un Oficial Mayor del Juzgado 10º Penal Municipal.1.27. El Citador del Juzgado 11º Penal Municipal.1.28. El Escribiente del Juzgado 11º Penal Municipal.1.29. Un Oficial Mayor del Juzgado 11º Penal Municipal.1.30. El Citador del Juzgado 12º Penal Municipal.1.31. El Escribiente del Juzgado 12º Penal Municipal.1.32. Un Oficial Mayor del Juzgado 12º Penal Municipal1.33. El Citador del Juzgado 14º Penal Municipal.1.34. El Escribiente del Juzgado 14º Penal Municipal1.35. Un Oficial Mayor del Juzgado 14º Penal Municipal1.36. El citador del Juzgado 17º Penal Municipal1.37. El Escribiente del Juzgado 17º Penal Municipal1.38. Un Oficial Mayor del Juzgado 17º Penal Municipal1.39. El citador del Juzgado 18º Penal Municipal1.40. El Escribiente del Juzgado 18º Penal Municipal1.41. Un Oficial Mayor del Juzgado 18º Penal Municipal1.42. El citador del Juzgado 19º Penal Municipal1.43. El Escribiente del Juzgado 19º Penal Municipal1.44. Un Oficial Mayor del Juzgado 19º Penal Municipal1.45. El Citador del Juzgado 21º Penal Municipal1.46. El Escribiente del Juzgado 21º Penal Municipal1.47. Un Oficial Mayor del Juzgado 21º Penal Municipal1.48. El Citador del Juzgado 25º Penal Municipal1.49. El Escribiente del Juzgado 25º Penal Municipal1.50. Un Oficial Mayor del Juzgado 25º Penal Municipal1.51. El Citador del Juzgado 26º Penal Municipal1.52. El Escribiente del Juzgado 26º Penal Municipal1.53. Un Oficial Mayor del Juzgado 26º Penal Municipal

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 20

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1.54. El Citador del Juzgado 27º Penal Municipal1.55. El Escribiente del Juzgado 27º Penal Municipal1.56. Un Oficial Mayor del Juzgado 27º Penal Municipal1.57. El Citador del Juzgado 30º Penal Municipal1.58. El Escribiente del Juzgado 30º Penal Municipal1.59. Un Oficial Mayor del Juzgado 30º Penal Municipal1.60. El Citador del Juzgado 31º Penal Municipal1.61. El Escribiente del Juzgado 31º Penal Municipal1.62. El Citador del Juzgado 33º Penal Municipal1.63. El Escribiente del Juzgado 33º Penal Municipal1.64. El Citador del Juzgado 34º Penal Municipal.1.65. El Escribiente del Juzgado 34º Penal Municipal.1.66. El Oficial Mayor del Juzgado 34º Penal Municipal.1.67. El Citador del Juzgado 35º Penal Municipal1.68. El Escribiente del juzgado 35º Penal Municipal1.69. Un Oficial Mayor del Juzgado 35º Penal Municipal1.70. El Citador del Juzgado 36º Penal Municipal1.71. El Escribiente del Juzgado 36º Penal Municipal1.72. Un Oficial Mayor del Juzgado 36 Penal Municipal1.73. El Escribiente del Juzgado 38º Penal Municipal1.74. Un Oficial Mayor del Juzgado 38º Penal Municipal1.75. El Citador del Juzgado 39º Penal Municipal1.76. Un Oficial Mayor del Juzgado 39º Penal Municipal1.77. El Citador del Juzgado 40º Penal Municipal1.78. Un Oficial Mayor del Juzgado 40º Penal Municipal1.79. El Citador del Juzgado 28º Penal Municipal1.80. El Escribiente del Juzgado 28º Penal Municipal1.81. Un Oficial Mayor del Juzgado 28º Penal Municipal1.82. Un Oficial Mayor del Juzgado 28º Penal Municipal1.83. El Secretario del Juzgado 28º Penal Municipal

ARTÍCULO 2º.- Trasladar los siguientes em-pleados de Juzgados Penales del Circuito deMedellín al Centro de Servicios Administrativos delos Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas deSeguridad de Medellín:

2.1. El Citador del Juzgado 1º Penal del Circuito.2.2. El Citador del Juzgado 5º Penal del Circuito.2.3. El Citador del Juzgado 8º Penal del Circuito.2.4. El Citador del Juzgado 15º Penal del Circuito

ARTÍCULO 3º.- Trasladar el siguiente cargo deempleado judicial al Centro de Servicios Adminis-

trativos de los Juzgados Penales de Circuito Espe-cializado de Medellín:

3.1. El Escribiente del Juzgado 1º Penal del Cir-cuito

ARTÍCULO 4º.- Trasladar el siguiente cargo deempleado judicial al Centro de Servicios Adminis-trativos de los Juzgados Penales de Circuito Espe-cializado de Antioquia:

4.1. El citador del Juzgado 20° Penal del Circuito.

ARTÍCULO 5º. -Trasladar los siguientes cargos deempleados judiciales a los Juzgados Penales delCircuito Especializado de Medellín:

5.1. El Escribiente del Juzgado 5º Penal del Cir-cuito al Juzgado 4º Penal del Circuito Espe-cializado.

5.2. El Escribiente del Juzgado 8º Penal del Cir-cuito al Juzgado 5º Penal del Circuito Espe-cializado.

ARTÍCULO 6º.- Trasladar los siguientes cargos deempleados judiciales a los Juzgados Penales delCircuito Especializado de Antioquia:

6.1. El Escribiente del Juzgado 15º Penal delCircuito al Juzgado 1º Penal del CircuitoEspecializado.

6.2. El Escribiente del Juzgado 20º Penal delCircuito al Juzgado 2º Penal del CircuitoEspecializado.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 21

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ARTÍCULO 7º.- Trasladar los siguientes despa-chos judiciales:

7.1. El Juzgado 8º Penal Municipal de Medellín,con los cargos de Juez, Secretario y 2 Ofi-ciales Mayores, para Girardota, Circuito Ju-dicial de Girardota, como Juzgado SegundoPenal Municipal.

7.2. El Juzgado 17º Penal Municipal de Medellín,con los cargos de Juez, Secretario y OficialMayor, para Envigado, Circuito Judicial deEnvigado, como Juzgado Tercero Penal Mu-nicipal.

7.3. El Juzgado 19º Penal Municipal de Medellín,con los cargos de Juez, Secretario y OficialMayor, para Bello, Circuito Judicial de Bello,como Juzgado Tercero Penal Municipal.

ARTÍCULO 8º.- Trasladar los siguientes cargos deempleados judiciales, los cuales están provistos enpropiedad:

8.1. El Escribiente del Juzgado 40º Penal Mu-nicipal de Medellín, Circuito Judicial de Me-dellín, para el Juzgado Promiscuo Municipalde Segovia, Circuito Judicial de Segovia.

8.2. El Escribiente del Juzgado 39º Penal Muni-cipal de Medellín, Circuito Judicial de Me-dellín, para el Juzgado Promiscuo Municipalde Donmatías, Circuito Judicial de SantaRosa de Osos.

8.3. El Citador del Juzgado 38º Penal Municipalde Medellín, Circuito Judicial de Medellín,para el Juzgado Promiscuo Municipal de ElBagre, Circuito Judicial de El Bagre.

ARTÍCULO 9º.- El juzgado 41 Penal Municipal deMedellín, se denominará de ahora en adelante,juzgado 8º Penal Municipal de Medellín.

ARTÍCULO 10º.- El juzgado 40 Penal Municipal deMedellín, se denominará de ahora en adelante,juzgado 17º Penal Municipal de Medellín.

ARTÍCULO 11º.- El juzgado 39 Penal Municipal deMedellín, se denominará de ahora en adelante,juzgado 19º Penal Municipal de Medellín.

ARTÍCULO 12º.- La Escuela Judicial Rodrigo LaraBonilla, en coordinación con la Unidad de Infor-mática de la Dirección Ejecutiva de AdministraciónJudicial, capacitará a los empleados trasladados enel presente Acuerdo de conformidad con las fun-ciones que desempeñarán.

ARTÍCULO 13º. - La Unidad de Recursos Físicose Inmuebles adecuará los espacios físicos para elfuncionamiento del Centro de Servicios Judicialesde Medellín y de los despachos y cargos tras-ladados en este Acuerdo.

ARTÍCULO 9º.- El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 22

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ACUERDO No. PSAA05-3027

DE 2005

(Agosto 31)

“Por el cual se crea el Centro de Servicios Ju-diciales para los Juzgados Penales de

Medellín y se organizan sus funciones, conocasión de la implantación del nuevo Sistema

Acusatorio Penal.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial de las señaladas en los nu-merales 9, 13 y 14 del Artículo 85 de la Ley 270 de1996, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo528 de la Ley 906 de 2004 y de conformidad con loaprobado en sesión de la Sala Administrativa del24 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Crear a partir del 1ºde enero de 2005, el Centro de Servicios Judicialespara los Juzgados Penales Municipales y del Cir-cuito de Medellín, con sede en la ciudad de Me-dellín, adscrito a los juzgados de la sede respectiva,para el cumplimiento de las funciones administrati-vas del nuevo Sistema Penal Acusatorio. El Centrode Servicios Judiciales atenderá también las sedesdescentralizadas que se requieran para atender lascargas de trabajo y la descentralización del serviciode Justicia.

PARÁGRAFO.- La actual Oficina de Apoyo Judicialde Medellín, continuará ejerciendo sus actualesfunciones para los juzgados penales que siganconociendo de las causas de la Ley 600 de 2000,

y prestará apoyo a los Centros de Servicios Judi-ciales de Medellín.

ARTÍCULO 2º.- PLANTA DE PERSONAL. El nue-vo Centro de Servicios Judiciales para los Juz-gados Penales de Medellín tendrá inicialmente lasiguiente planta de personal:

No. de DENOMINACIÓN DEL CARGOcargos

1 Juez Coordinador del Centro1 Secretario de Juzgado Municipal23 Oficiales Mayores o Sustanciadotes de

Juzgado Municipal29 Escribientes de Juzgado Municipal30 Citadores de Juzgado Municipal84 TOTAL

ARTÍCULO 3º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Antioquia determi-nará, de acuerdo con los volúmenes y cargas detrabajo, el número de empleados de cada grupo detrabajo, de conformidad con lo dispuesto en elArtículo 4º de este Acuerdo, lo mismo que losmovimientos de personal entre las distintas sedes.

ARTÍCULO 4º.- El Coordinador del Centro de Ser-vicios Judiciales, previa consulta a la Sala Admin-istrativa del Consejo Seccional de la Judicatura deAntioquia, asignará funciones y tareas a los em-pleados del Centro, ubicándolos por grupos detrabajo de acuerdo con los perfiles de cada uno deellos.

ARTÍCULO 5º.- El juez coordinador podrá disponerla asignación transitoria de empleados en gruposdistintos a aquellos a que están adscritos, cuandoello fuere necesario para atender situaciones emer-gentes o especiales del servicio.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 23

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ARTÍCULO 6º.- La Sala Administrativa del ConsejoSeccional de la Judicatura de Antioquia, evaluará,por lo menos una vez al mes la conformación delos grupos de trabajo.

ARTÍCULO 7º.- A medida que se vayan incorpo-rando nuevos juzgados al Sistema Penal Acusato-rio, los empleados de dichos despachos que nosean seleccionados para continuar en el juzgado,serán asignados al Centro de Servicios Judiciales.

ARTÍCULO 8º.- La función básica de la Coordi-nación General del Centro será la de Dirigir, coor-dinar y orientar todas las funciones administrativasque les sean asignadas a los Centros de ServiciosJudiciales, incluyendo las sedes descentralizadasque se creen para una mejor prestación del serviciode justicia.

ARTÍCULO 9º.- El Centro de Servicios Judicialesde los Juzgados Penales de Medellín será organi-zado por grupos así:

1. Grupo de Administración de Salas de Au-dienciaFunción Básica: Verificar los equipos tec-nológicos, administrar y asignar las salascompartidas, mantener y preparar los equi-pos de grabación.

2. Grupo de Archivo Tecnológico

Función Básica: Organizar los dispositivosgrabados y el archivo, conservar y custodiarlos mismos y responder por la produccióntécnica de los dispositivos grabados.

3. Grupo de Atención al usuario

Función Básica: Informar y orientar a laspartes intervinientes, atender las peticionesdel público y publicar la información produ-cida en el centro de servicios

4. Grupo de Comunicaciones

Función Básica: Notificar , elaborar y comu-nicar las citaciones, entregar solicitudes aestablecimientos carcelarios, conseguir de-fensores, recepcionar y tramitar la corres-pondencia.

5. Grupo de Depósitos Judiciales

Función Básica: Custodiar, manejar y con-tabilizar los títulos y depósitos judiciales.

6. Grupo de Ejecución de Penas

Función Básica: Diligenciar fichas técnicasy tramitar sentencias ante los juzgados deejecución de penas

7. Grupo de Reparto y Asignaciones

Función Básica: Repartir los asuntos, asig-nar jueces a audiencias y elaborar reportesde gestión.

ARTÍCULO 10º.- Los Centros de Servicios de otrosmunicipios del Distrito Judicial de Medellín que creela Sala Administrativa del Consejo Superior de laJudicatura, se conformarán con los cargos quedisponga trasladar esta misma Sala de los Juz-gados del correspondiente municipio.

ARTÍCULO 11º.- TURNOS. Los empleados de losgrupos de atención al usuario, reparto y asignacio-nes, archivo tecnológico y de administración desalas de los Centros de Servicios Judiciales traba-jarán en los turnos que disponga la Sala Adminis-trativa del Consejo Seccional de la Judicatura deAntioquia en consonancia con los días de atencióny el horario general de trabajo de los Centros deServicios.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 24

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ARTÍCULO 12º.- FUNCIONES. El Centro de Servi-cios Judiciales desempeñará aquellas funcionesestablecidas en el Acuerdo 1856 de 2003 que nodesvirtúen el Sistema Penal Acusatorio, además delas establecidas en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 13º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEADMINISTRACIÓN DE SALAS DE AUDIENCIAS.El grupo de administración de salas de audienciasdesempeñará las siguientes funciones:

1. Verificar la adecuada instalación de los equi-pos tecnológicos para la celebración de to-das las audiencias.

2. Administrar y asignar las salas compartidas,en colaboración con los jueces, para la cele-bración de las audiencias que requieran deéstas salas.

3. Colaborar con los secretarios de cada Juz-gado en el mantenimiento y preparación delos equipos de grabación de las audienciasde las salas adscritas a los despachos de losjueces.

4. Informar a los jueces de su sede, partes eintervinientes del proceso penal y público engeneral, la programación de las audienciascon los datos relevantes del proceso.

5. Resolver todos los problemas técnicos quese presenten antes o durante el transcursode las audiencias.

6. Velar, en coordinación con los secretarios delos juzgados de su sede, por la correctacelebración de las audiencias, del ingresodel público y los medios de comunicación y

contribuir a garantizar el orden dentro de lasmismas.

7. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 14º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEARCHIVO TECNOLÓGICO. El grupo de archivotecnológico tiene las siguientes funciones:

1. Rotular, de acuerdo con los parámetros quese indiquen para tal efecto, los dispositivosgrabados tanto de audio como de video osimilares.

2. Archivar, conservar y custodiar en debidaforma los dispositivos grabados

3. Elaborar y actualizar un inventario de la loca-lización de los dispositivos grabados parafacilitar su ubicación y utilización por parte delos jueces y empleados de su sede, de laspartes e intervinientes en el proceso penal ydemás interesados.

4. Realizar la reproducción técnica de los dis-positivos grabados o de partes de ellos cuan-do se requiera por parte de los jueces yempleados de su sede, partes e intervinien-tes del proceso penal y demás interesados.

5. Atender en forma oportuna los requerimien-tos de los jueces de su sede en materia dearchivo, custodia, rotulación y reproducciónde todo el archivo tecnológico

6. Mantener en buen estado los equipos dearchivo tecnológico.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 25

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7. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 15º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEATENCIÓN AL USUARIO. El grupo de atención alusuario tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Informar y orientar a las partes e intervinien-tes del proceso penal y público en generalsobre toda la información relacionada con lagestión propia del Centro.

2. Atender toda petición del público en generalen relación con las funciones administrativasdel Centro.

3. Actualizar toda la información producida porel Centro que pueda ser relevante para lainformación al público.

4. Coordinar con cada secretario de los gruposdel Centro, para efectos de información alpúblico en general, la información que cadagrupo suministra al público.

5. Velar porque las quejas y observacionessobre el desempeño del Centro o de losdespachos de su sede sean canalizadas einformadas a tiempo a ada secretario degrupo y al Juez Coordinador.

6. Publicar en sitios de acceso fácil al públicotoda la información producida por el centroque sea necesaria comunicar.

7. Velar porque los espacios destinados a in-formación al público brinden información ac-tualizada y pertinente.

8. Las demás que, en ejercicio de sus atri-buciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 16º.- FUNCIONES DEL GRUPO DECOMUNICACIONES. El grupo de comunicacionestendrá las siguientes funciones:

1. Realizar de manera oportuna y eficiente elprocedimiento de las notificaciones que nose surtan en audiencia conforme a ley pro-cesal y a los Acuerdos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Digitar, tramitar y efectuar las notificaciones,citaciones y entrega de correspondencia quesean del caso, por encarcelamiento o liber-tad, a los establecimientos carcelarios y pe-nitenciarios y similares. Cuando la ley pro-cesal lo permita, se podrá citar, notificar yenviar correspondencia por el medio másexpedito posible siempre y cuando se dejeconstancia del envío correspondiente.

3. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de lacorrespondencia resultante de la actividadde los jueces, a las partes, víctimas, inter-vinientes, terceros, y a las oficinas públicasy privadas del caso, relacionadas con medi-das cautelares y/o definitivas que afectenbienes.

4. Digitar, tramitar y efectuar la entrega de todala correspondencia y citaciones destinada alas entidades como el INPEC, Defensoría delPueblo, Procuraduría General de la Nación,Fiscalía General de la Nación, DAS, Regis-traduría Nacional del Estado Civil, Superin-tendencias y similares.

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Año XII - Volumen XII - No. 18 26

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5. Digitar, tramitar y efectuar todas las notifica-ciones, citaciones y correspondencia que seoriginen en acciones de tutela, habeas cor-pus y demás asuntos sometidos al cono-cimiento de los jueces penales de la sede.

6. Recibir, clasificar y dar curso a todas laspeticiones y comunicaciones con destino alos jueces penales de su sede.

7. Colaborar con el Juez Coordinador en elcumplimiento de sus funciones.

8. Velar por la custodia y buen manejo de todoslos documentos que se emanen por el cum-plimiento de sus funciones.

9. Prestar el servicio de fotocopiado y de fax delos asuntos de carácter oficial.

10. Procurar la consecución oportuna y aviso deaudiencias a los defensores públicos.

11. Digitar todas las actuaciones en el softwarede gestión siglo XXI todas las actuaciones yactualizaciones que correspondan al centrode servicios.

12. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 17º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEDEPÓSITOS JUDICIALES. El grupo de depósitosjudiciales tiene las siguientes funciones:

1. Realizar las labores de custodia y manejo delos títulos judiciales, cuando los hubiere, y laadministración de los depósitos judiciales de

los despachos de su sede, de conformidadcon los reglamentos expedidos por la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

2. Velar por la organización, custodia y buenapresentación de las instalaciones, libros, arc-hivos, elementos y equipos de trabajo engeneral.

3. Colaborar con el Secretario y el Juez Coor-dinador en el cumplimiento de sus funciones.

4. Las demás, que dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 18º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEEJECUCIÓN DE PENAS: El Grupo de Ejecuciónde Penas tendrá a su cargo las siguientes funcio-nes:

1. Diligenciar las Fichas de condenados paraser remitidas a los Juzgados de Ejecución dePenas y Medidas de Seguridad correspondi-entes.

2. Alimentar el software respectivo en relacióncon los documentos y sentencias que debenenviarse a los Juzgados de ejecución dePenas y Medidas de Seguridad.

3. Remitir a los Juzgados de Ejecución de Pe-nas y Medidas de Seguridad las sentencias,fichas y documentos de soporte de los con-denados con sentencia ejecutoriada.

4. Diligenciar las planillas correspondientes alas fichas diligenciadas, con el fin de rendirinforme de su gestión.

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 27

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5. Archivar las correspondientes diligenciasuna vez realizada su gestión.

6. Las demás que, en ejercicio de sus atribu-ciones, le sean asignadas por el superiorinmediato.

ARTÍCULO 19º.- FUNCIONES DEL GRUPO DEREPARTO Y ASIGNACIONES. El grupo de repar-to y asignaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Efectuar diariamente el reparto, automatiza-do o manual, de los procesos y asuntos queingresen a los despachos judiciales de susede, de conformidad con los reglamentosexpedidos por la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura.

2. Asignar organizadamente y de acuerdo aunos criterios de urgencia durante los días yhoras de atención los asuntos que ingresenpara los jueces con función de Control degarantías.

3. Elaborar para el Juez Coordinador, el reportede la gestión llevada a cabo en relación conel reparto, en los términos del Acuerdo 1856de 2003.

4. Las demás que, dentro de sus atribuciones,le sean asignadas por el superior inmediato.

ARTÍCULO 20º.- La Escuela Judicial Rodrigo LaraBonilla capacitará a los empleados que sean trasla-dados de los juzgados penales al Centro de Servi-cios, de acuerdo a las funciones que desempe-ñarán.

ARTÍCULO 21º.- El régimen salarial, prestacionaly de carrera de los empleados del Centro de Ser-vicios Judiciales de Medellín será el establecidopara la Rama Judicial.

ARTÍCULO 22º.- Los cargos del Centro de Servi-cios Judiciales de la sede centralizada de Medellín,y de las sedes descentralizadas, serán provistosmediante los traslados que disponga la Sala Ad-ministrativa del Consejo Superior de la Judicatura,de acuerdo con los volúmenes de trabajo previstospara el Sistema Acusatorio, y los que resulten delmonitoreo y seguimiento del nuevo sistema.

ARTÍCULO 23º.- La Sala Administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura podrá modificar laplanta de personal de los Centros de ServiciosJudiciales de acuerdo a los volúmenes de trabajoque ocasione el nuevo Sistema Acusatorio.

ARTÍCULO 24º.- Organización del Centro de Servi-cios Judiciales. El Centro de Servicios Judicialesdel Sistema Penal Acusatorio en el municipio deMedellín estará conformado por el Comité General,el Juez Coordinador y por un Secretario.

El número y nomenclatura de los cargos que con-forman el Centro de Servicios Judiciales será fijadapor la Sala Administrativa del Consejo Superior dela Judicatura mediante Acuerdos expedidos para elefecto, y el régimen legal de los cargos de em-pleados corresponde al de carrera judicial.

ARTÍCULO 25°.- Comité General del Centro deServicios Judiciales.- El Comité General del Centrode Servicios Judiciales de Medellín estará inte-grado por el Juez Coordinador, un Juez Penal delCircuito y un Juez Penal Municipal que hacen partedel Sistema Penal Acusatorio, el Secretario del

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Centro de Servicios Judiciales, el Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Antioquia o su delegado y el DirectorEjecutivo de Administración Judicial de la Sec-cional Antioquia o su delegado.

El Comité General del Centro de Servicios Judi-ciales tendrá a su cargo la escogencia de las perso-nas que han de ser nombradas en provisionalidaden los cargos adscritos a dicho Centro.

Los miembros del Comité se reunirán cuando unode ellos lo convoque.

ARTÍCULO 26°.- Juez Coordinador. El JuezCoordinador será el representante de los JuecesPenales que integran el Sistema Penal Acusatorioy será de dedicación exclusiva.

El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judi-ciales de los Jueces Penales en el Sistema PenalAcusatorio será elegido para períodos institucion-ales de un (1) año contados a partir del 1º de enero.La elección se realizará dentro de los diez (10)primeros días del mes de diciembre de cada año,por la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Medellín.

ARTÍCULO 27°.- Funciones administrativas delJuez Coordinador.- El Juez Coordinador ejercerálas siguientes funciones administrativas:

a) Proveer los cargos del centro de servicios.

Cuando se trate de nombramientos en pro-piedad o en encargo, el Juez Coordinadoractuará de manera autónoma.

Para los eventos de nombramientos en pro-visionalidad, el Juez Coordinador deberáconvocar a los miembros del Comité Generala que hace referen-cia el artículo segundodel presente acuerdo, para que, por mayoríaabsoluta, hagan la escogencia de las per-sonas que han de ser nombradas.

b) Resolver sobre situaciones administrativasprevistas en la ley, respecto de los em-pleados del centro de servicios.

c) Evaluar y calificar a los empleados del centrode servicios conforme al régimen de la Ca-rrera Judicial.

d) Conocer de los procesos disciplinarios quese adelanten contra los empleados del cen-tro de servicios.

e) Rendir informes a la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura sobre lamarcha global del Centro de Servicios Judi-ciales.

ARTÍCULO 28°.- Funciones judiciales del Juez Co-ordinador. El Juez Coordinador deberá cumplir conlas siguientes funciones judiciales:

a) Servir de enlace entre los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías y lasinstituciones e intervinientes en el procesopenal, para el cumplimiento de las funcionesjurisdiccionales que corresponden a aque-llos.

b) Reemplazar en sus turnos a los Jueces queejerzan la función de Control de Garantías,cuando de manera intempestiva y por razo-

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nes de fuerza mayor o caso fortuito, les seaa aquellos imposible acudir a su lugar detrabajo o deban abandonarlo.

c) Velar porque el reparto de los asuntos ydiligencias que se tramitan por el centro deservicios sea equitativo y eficiente.

d) Proferir los autos que dispongan las citacio-nes señaladas en los artículos 171 y 172 delCódigo de Procedimiento Penal.

e) Proferir las providencias que correspondande conformidad con la ley, en relación conlas personas que se encuentren privadas dela libertad y que estén a disposición de losJueces que ejercen la función de Control deGarantías.

ARTÍCULO 29°.- Secretario del Centro de Servi-cios Judiciales. Habrá un secretario en el Centro deServicios Judiciales, que dependerá en forma di-recta del Juez Coordinador.

El Secretario, además de las funciones propias quecorresponden a dicho cargo en cualquier DespachoJudicial, deberá cumplir con las siguientes:

a) Controlar los términos y producir las comuni-caciones que correspondan de conformidadcon la ley, en relación con las personas quese encuentren privadas de la libertad y queestén a disposición de los Jueces que ejer-cen la función de Control de Garantías.

b) Tramitar las citaciones que ordenen los Jue-ces que ejercen la función de Control deGarantías conforme al contenido de los ar-tículos 171 y 172 del Código de Proce-

dimiento Penal, así como las comunicacio-nes que a ellos se dirijan.

c) Responder por la custodia de los títulos ju-diciales y la administración de los depósitosjudiciales de los Juzgados que ejercen fun-ción de Control de Garantías y de cono-cimiento.

d) Administrar las Salas de Audiencias, confor-me a la reglamentación que expida la SalaAdministrativa del Consejo Superior de laJudicatura.

e) Responder por la custodia provisional de lasevidencias, pruebas y elementos del pro-ceso.

f) Administrar y custodiar los registros y losarchivos físicos y tecnológicos de las actua-ciones y diligencias que deban reposar enlos Juzgados que cumplen la función deControl de Garantías.

g) Garantizar, en coordinación con los Juecesque ejercen la función de Control de Garan-tías, la publicidad en las audiencias, salvo lasexpresamente sometidas a reserva según laley.

h) Presentar informes estadísticos de la gestióndel Centro de Servicios Judiciales.

i) Las demás funciones que sean necesariaspara el cumplimiento oportuno de los térmi-nos judiciales, la prestación eficiente del ser-vicio de justicia, la organización, custodia,conservación y buena presentación de loselementos de trabajo.

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ARTÍCULO 30°.- Reuniones de los Jueces.- Losjueces se reunirán a solicitud del Presidente de laSala Administrativa del Consejo Seccional de laJudicatura de Antioquia o de cualquiera de losmiembros del Comité General del Centro de Servi-cios Judiciales, para los siguientes eventos:

1. Designar en provisionalidad a los jueces queintegran el Comité General del Centro deServicios Judiciales.

2. Evaluar el trabajo y presentar propuestaspara el adecuado funcionamiento del Centro.

ARTÍCULO 31º.- El presente Acuerdo rige a partirde la publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31)días del mes de agosto del año dos mil cinco

(2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3045

DE 2005

(Octubre 10)

“Por el cual se modifica la Unidad Judicial Municipalde Riosucio, Circuito Judicial del mismo nombre,Distrito Judicial de Quibdó.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, especialmente las señaladas en el numeral6 del artículo 85, y en numerales 5 y 6 del artículo89 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del31 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la Unidad Judi-cial Municipal de Ríosucio, Circuito Judicial delmismo nombre.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Unidad Judicial Muni-cipal de Ríosucio, con sede en el municipio deRíosucio, tendrá competencia territorial sobre losmunicipios de:

RiosucioBelén de Bajirá

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigeuna vez inicie su funcionamiento el Juzgado Pro-miscuo Municipal de Carmen del Darién. Publí-quese en la Gaceta de la Judicatura

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Año XII - Volumen XII - No. 18 31

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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) días delmes de octubre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3046

DE 2005

(Octubre 10)

“Por el cual se suprime las Unidades Judi-ciales Municipales de Teorema y Conven-

ción, en el Distrito Judicial de Cúcuta.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, especialmente las señaladas en el numeral6 del artículo 85, y en numerales 5 y 6 del artículo89 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del31 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.-Suprimir en el Distrito Judi-cial de Cúcuta las siguientes Unidades JudicialesMunicipales:

a.La Unidad Judicial Municipal de Teorema

b.La Unidad Judicial Municipal de Convención

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigeuna vez inicien su funcionamiento los juzgadospromiscuos municipales de San Calixto y El Tarra.Publíquese en la Gaceta de la Judicatura

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) días delmes de octubre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3047

DE 2005

(Octubre 10)

“Por el cual se suprime la Unidad Judicial Municipalde Riohacha, en el Distrito Judicial de Riohacha.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, especialmente las señaladas en el numeral6 del artículo 85, y en numerales 5 y 6 del artículo89 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del31 de agosto de 2005,

GACETA DE LA JUDICATURA

Año XII - Volumen XII - No. 18 32

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ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Suprimir en el Distrito Ju-dicial de Riohacha la Unidad Judicial Municipal deRiohacha.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigeuna vez inicie su funcionamiento el Juzgado Pro-miscuo Municipal de Dibulla. Publíquese en laGaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) días delmes de octubre de dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

ACUERDO No. PSAA05-3048

DE 2005

(Octubre 10)

“Por el cual se suprime la Unidad Judicial Mu-nicipal de Valledupar el Distrito Judicial de

Valledupar.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, especialmente las señaladas en el numeral

6 del artículo 85, y en numerales 5 y 6 del artículo89 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del31 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Suprimir en el Distrito Ju-dicial de Valledupar la Unidad Judicial Municipal deValledupar.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rigeuna vez inicie su funcionamiento el Juzgado Pro-miscuo Municipal de Pueblo Bello. Publíquese enla Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) días delmes de octubre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

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Año XII - Volumen XII - No. 18 33

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ACUERDO No. PSAA05-3049

DE 2005

(Octubre 10)

“Por el cual se modifica la Unidad Judicial Mu-nicipal de San José del Guaviare, Circuito Ju-dicial del mismo nombre, Distrito Judicial de

Villavicencio.”

LA SALA ADMINISTRATIVA DELCONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, especialmente las señaladas en el numeral6 del artículo 85, y en numerales 5 y 6 del artículo89 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con loaprobado en la sesión de la Sala Administrativa del31 de agosto de 2005,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la Unidad Judi-cial Municipal de San José del Guaviare, CircuitoJudicial del mismo nombre.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Unidad Judicial Mu-nicipal de San José del Guaviare, con sede en elmunicipio de San José del Guaviare, tendrá com-petencia territorial sobre los municipios de:

San José del GuaviarePuerto ConcordiaMiraflores

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rigeuna vez inicien su funcionamiento los JuzgadosPromiscuos Municipales de Calamar y El Retorno.Publíquese en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) días delmes de octubre del año dos mil cinco (2005).

JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJOPresidente

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Año XII - Volumen XII - No. 18 34