G r upo RMHSA de CGT. A Todas las los regis · todavía pesa como una losa ... cuando le informaron...

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Para dejar el menor rastro de las matanzas que cometían en sus avances las tropas fascistas 3 4 CUADERNOS PARA EL DIÁLOGO • marzo 2009 • Nº 39 Cecilio Gordillo Giraldo Gonzalo Acosta Bono Francisco Espinosa Maestre r á i game dos testigos pre- s e n c i a l e s ! ” . Así comien- za el mani- fiesto que acompaña a la reciente campaña promo- vida por diferentes asocia- ciones memorialistas que tiene el mismo título del artículo. Es la frase que suele contestar un alto por- centaje de los juzgados a las solicitudes de inscrip- ción de víctimas del fran- quismo (las personas desa- parecidas y asesinadas en 1936) por parte de los úni- cos que legalmente pueden hacerlo, sus familiares. No se trata de una historia de la guerra o de los años in- mediatamente posteriores: todavía hoy sigue habien- do una demanda para ins- cribir a estas personas en el registro civil, y ésa sigue siendo la respuesta en los j u z gados. Los casos que han superado esta prueba testifical pueden conocer- se por los nada infrecuen- tes edictos publicados en la prensa para general co- nocimiento del expediente i n s t ruido “fuera de plazo”. ¿Cómo se explica que un hecho así, treinta años des- pués de reinstaurada la de- mocracia, siga tropezando con una normativa de 1936 dictada para sojuzgar al “enemigo”? Está más que compro- bado que a los pocos días del golpe de Estado se dic- taron órdenes precisas pa- ra que no se inscribieran en los registros civiles a los fusilados con la clara intención de dejar el me- nor rastro posible de las matanzas genocidas que iban cometiendo a medida que avanzaban las tropas franquistas. En noviembre de 1936, coincidiendo con el declive de la represión realizada al amparo del “bando de guerra”, se pu- blicó un decreto por el que, como simples desapareci- dos a consecuencia de la guerra, miles de personas pudieran “legalizar” la muerte de sus familiares. Así ha sido desde finales de 1936, sin que con la de- saparición de la dictadura se modificara un procedi- miento con el claro propó- sito de humillación al ve n- cido. Un requisito exigido para acceder, por ejemplo, a una pensión de viudedad o evitar que sus hijos ma- yores tuvieran que realizar “la mili”, con todo lo que ello significaba para unas economías familiares tan empobrecidas. En aquellos años de la dictadura, en el mejor de los casos, este procedi- miento suponía la acepta- ción de “falsear” la causa de la muerte: “en choque Todas las los regis Grupo RMHSA de CGT.A T

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Para dejar elmenor rastro delas matanzasque cometían ensus avances lastropas fascistas

3 4 CUADERNOS PARA EL DIÁLOGO • m a r z o 2 0 0 9 • Nº 39

Cecilio Gordillo Giraldo Gonzalo Acosta BonoF rancisco Espinosa Maestre

r á i game dostestigos pre-s e n c i a l e s ! ” .Así comien-za el mani-

fiesto que acompaña a lareciente campaña promo-vida por diferentes asocia-ciones memorialistas quetiene el mismo título dela rtículo. Es la frase quesuele contestar un alto por-centaje de los juzgados alas solicitudes de inscrip-ción de víctimas del fran-quismo (las personas desa-parecidas y asesinadas en1936) por parte de los úni-cos que legalmente puedenhacerlo, sus familiares. Nose trata de una historia dela guerra o de los años in-mediatamente posteriores:t o d avía hoy sigue habien-do una demanda para ins-cribir a estas personas enel registro civil, y ésa siguesiendo la respuesta en losj u z gados. Los casos quehan superado esta pru e b at e s t i fical pueden conocer-se por los nada infrecuen-tes edictos publicados enla prensa para general co-nocimiento del ex p e d i e n t ei n s t ruido “fuera de plazo”.¿Cómo se explica que un

hecho así, treinta años des-pués de reinstaurada la de-mocracia, siga tropezandocon una norm a t iva de 1936dictada para sojuzgar al“ e n e m i g o ” ?

Está más que compro-bado que a los pocos díasdel golpe de Estado se dic-taron órdenes precisas pa-ra que no se inscribieranen los registros civiles alos fusilados con la claraintención de dejar el me-nor rastro posible de lasmatanzas genocidas queiban cometiendo a medidaque avanzaban las tropasfranquistas. En nov i e m b r ede 1936, coincidiendo conel declive de la represiónrealizada al amparo del“bando de guerra”, se pu-blicó un decreto por el que,como simples desapareci-dos a consecuencia de lag u e rra, miles de personaspudieran “legalizar” lam u e rte de sus fa m i l i a r e s .Así ha sido desde fi n a l e sde 1936, sin que con la de-saparición de la dictadurase modificara un procedi-miento con el claro propó-sito de humillación al ve n-cido. Un requisito ex i g i d opara acceder, por ejemplo,

a una pensión de viudedado evitar que sus hijos ma-yores tuvieran que realizar“la mili”, con todo lo queello significaba para unaseconomías familiares tanempobrecidas.

En aquellos años de ladictadura, en el mejor delos casos, este procedi-miento suponía la acepta-ción de “falsear” la causade la muerte: “en choque

Todas las los regis

G rupo RMHSA de CGT. A

T

Un estigmasobre el quetodavía pesacomo una losael tabú del “atadoy bien atado”

con fuerza armada”, “aconsecuencia del bando deg u e rra”, “a la entrada delGlorioso Movimiento Na-cional” o, simplemente,“ h e m o rragia interna” o“fractura de cráneo” entretantos otros eufemismospara encubrir un disparodirecto al cráneo o al cora-zón. Muchas personas tu-vieron que transigir conesta mentira ofi c i a l i z a d a ,

otras muchas se nega r o nen un gesto de resistenciay dignidad. Y no son pocoslos casos de gente que,e f e c t ivamente, nunca su-pieron del paradero ciert oy mantuvieron las esperan-zas de que, huidos al ex-tranjero, pudieran vo l ver asu tierra. Esta demanda so-cial tiene que ve r, por tan-to, con el deseo de ponerc i e rtas cosas del pasado en

orden, pero que la llega d ade la democracia no ha sa-bido interiorizar, de form an o rmal y práctica, para ce-rrar un duelo interru m p i d opor las duras condicionesde un régimen fundado enla aniquilación y el terr o rde los ve n c i d o s .

Son miles de casos losque, todavía hoy en día,deseosos de que la ve r d a dquede reflejada en el reg i s-tro civil (la propia defun-ción para las personas “de-saparecidas” o la modifi-cación del motivo de la de-función), se encuentrancon las dificultades deriva-das de una legislación de1936. Un estigma sobre elque todavía pesa como unalosa el tabú del “atado ybien atado” por el que sedemora una y otra vez unviejo problema (“los de lag u e rra”), no resuelto pesea la restitución democráti-ca con todos sus derechosy valores, y de una Ley deMemoria Histórica que nodedica ni una sola línea aesta cuestión. ¿Por qué seproduce todavía esta kaf-kiana situación?

Situaciones que podrí-an ejemplificarse en casos

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víctimas del franquismo entros civiles

La compañerade Cecilio senegó siempre afirmar cualquierpapel que nodijera la verdad

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como los relatados porM a rcelino Barr a g á n, Vi-

cente Almeida, Juan Pére z

S i l v a o Antonio Muñoz Be-

n í t e z, respondiendo cadauno de ellos a una va r i a d acasuística que justifican lanecesaria modificación dela Ley de Registros Civ i-les, motivo de la campaña.

Marcelino Barr a g á nValiente, natural de Cum-bres Mayores (Huelva) yresidente en Madrid, tardócasi cuatro años en inscri-bir a su padre Cecilio Juan

B a rragán Castaño. Sucompañera, Remedios Va-

liente Sánchez, se neg ósiempre a fi rmar ningúnpapel que no dijera la ve r-dad (“fusilado sin juicio nirazón”), incluso perdiendola oportunidad de ciert o s“ b e n e ficios”. La crónicade este largo proceso sólose resolvió por una cir-cunstancia ajena pero fa-vo r a ble: el cambio del titu-lar del juzgado de A r a c e n aque instruía el ex p e d i e n t e80/85 posibilitó que se ins-cribiera en el registro civ i lde Cumbres Mayores lam u e rte de Cecilio Barr a-gán Castaño, pero no sucausa real. Solicitó el 25de mayo de 2005 al juzga-do de paz la “inscripciónfuera de plazo” que debiórepetir al juzgado de pri-mera instancia de A r a c e n acuando le informaron queno era competente. La se-cretaría judicial le recla-ma, en octubre de 2005, eltestimonio de los fa m o s o sdos testigos presenciales.Hasta febrero de 2006,después varios viajes des-de Madrid al pueblo para

i n d a gar sobre las circuns-tancias que rodearon sum u e rte, no pudo comuni-car al juzgado la presenciade los dos testigos (tam-bién residentes en Ma-drid), y en abril prestarondeclaración en el juzga d ode paz de Cumbres Mayo-res. Más de un año des-pués solicita inform a c i ó n

sobre la marcha de su ex-pediente, recibiendo porrespuesta que el juez y elfiscal no se ponen deacuerdo. En febrero de2008, tras el cambio dejuez, el juzgado de A r a c e-na comunica al registro ci-vil de Cumbres Mayores lainscripción conforme a las o l i c i t u d .

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Peor suerte está tenien-do Vicente Almeida Rubio( S egura de León, Bada-joz), actualmente en fa s ede recurso contra un autoen el que se denegaba lainscripción del fa l l e c i-miento “fuera de plazo” desu hermano D o m i n g o. Estecaso ilustra lo absurdo dela situación: la prueba re-

cae sobre la familia de lavíctima y no sobre el Esta-do responsable de sum u e rte. Domingo form a b ap a rte de la “columna delos 8.000” que intentabahuir hacía la zona republ i-cana. Murieron por cente-nares como consecuenciade una emboscada en Lle-rena (Badajoz). Es decir,un hecho bien conocido ymás recientemente objetode una ex h a u s t iva inve s t i-gación impulsada por laJunta de Extremadura en elmarco de sus iniciativas derecuperación de la memo-ria histórica. Estas circuns-tancias fueron puestas dem a n i fiesto desde el princi-pio en el juzgado comop rueba documental, y a pe-sar de ello el ex p e d i e n t efue denegado por estimarque no hay certeza absolu-ta del fallecimiento (“...sinningún genero de du-d a s . . .”). El recurso tieneque hacer un alegato pre-vio sobre el valor de esteestado del conocimiento,puesto que la resoluciónjudicial no aporta ningúnrazonamiento concreto pa-ra rechazarlo como pru e-ba, limitándose a la meratrascripción de preceptosl egales genéricos que apli-ca de forma automática.

En contra de este pro-ceder hay abundante juris-p rudencia que pone de re-l i eve la absoluta ex i g e n c i ade “que puedan conocerselas razones o criterios jurí-dicos que fundamentaronla decisión”, y se adviert ereiteradamente que las re-soluciones deben ser cla-ras, precisas y congru e n t e s

con las peticiones. El re-curso argumenta tambiénsobre la necesaria flex i b i l i-zación de los requisitosdocumentales por razoneso bvias (el tiempo transcu-rrido y las dificultades pa-ra localizar información ya r c h ivos), y recuerda quela propia Dirección Gene-ral de Registros y del No-tariado ha estimado recur-sos similares (como un ca-so citado de 1992) aten-diendo a toda la “docu-mentación próxima al he-cho y por la que se deducela muerte”. Para colmo, nisiquiera tomó en conside-ración el juzgado un docu-mento aportado que supo-ne una contradicción: lallamada a reemplazo deDomingo seis meses des-pués de su muerte, por loque ya por entonces se ledio como “desaparecido”.

Otro recurso ante laDG de Registros y del No-tariado es el promov i d opor los familiares de A l f o n-

so Gómez Morilla ( A l c a l áde Guadaira, Sev i l l a ) ,quien, hasta que no se re-s u e l va el caso, mantendrála situación legal de “desa-parecido”. De nuevo es lafamilia la que tiene que de-mostrar que Alfonso Gó-mez fue fusilado en la ma-d ru gada del 13 de agostode 1936. De nada sirv i óque el director de la cárcel,de la que salió para la “eje-cución de sentencia”, emi-tiese un cert i ficado paraque su hija M e rc e d e s p u-diera casarse, dado que an-tes se exigía el consenti-miento paterno para estosmenesteres. La prueba re-

La llamada areemplazo deDomingo seismeses despuésde morir, otracontradicción

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cae sobre la familia de lavíctima y no sobre quienesp e rpetraron ese hecho,cuando ella nunca conociócuáles fueron los motivo sde la detención, aunquecree que fue delatado porsu ideología, “un maestroque era sindicalista de laC N T, que daba míti-nes y publicaba elperiódico Reg e n e r a-c i ó n ” .

Juan Pérez Silva(Cádiz) tambiénpresentó una solici-tud en mayo de 2008para la inscripciónde su madre, M a r í a

Silva Cru z, ‘La Li-b e rtaria’, en el juz-gado corr e s p o n d i e n-te y del que aún noha recibido noticias.Una mujer que pudos o b r ev ivir a la ma-tanza de Casas Vi e-jas de 1933, en laque murieron va r i o smiembros de su fa-milia, entre ellos sua buelo S e i s d e d o s,pero no a la repre-sión sistemática delverano de 1936.Juan lleva gr a b a d oen su rostro el trau-ma de quien fuea rrancado de lospropios brazos de sumadre para ser fusilada nose sabe bien dónde, peroque es su empeño ave r i-guarlo, para poder cerr a rde una vez el luto. La últi-ma ironía de su caso es lan o t i ficación que ha reci-bido para designar aboga-do y procurador: dinero ymás dinero para un proce-dimiento del que los fa m i-

liares de las víctimas de-berían quedar ex i m i d o s .

El caso de A n t o n i oMuñoz Benítez (Dos Her-manas, Sevilla), fusiladoen Alcalá de Guadaira el30 de julio de 1936, pre-senta una situación dife-rente. Como tantas otras

personas, no tiene fa m i l i a-res que puedan reclamar suinscripción o buscar y pre-sentar testigos presencia-les. En Dos Hermanas esuna de las 133 personas fu-siladas sobre las que no sepodrán iniciar los trámitesde inscripción en el reg i s-tro por no tener fa m i l i a r e so estar ilocalizables. Pe r o

Antonio Muñoz tiene unacircunstancia singular, erauno de los ocho ediles mu-nicipales de esa lista de fu-silados, concretamente elalcalde. Esta fue la razónpor la que se promovió en2005 ante el Ay u n t a m i e n t ouna moción para iniciar los

trámites que perm i-tiera a la propia cor-poración actuar ensu nombre. La pro-puesta fue resueltacon la realización deun estudio jurídicoque hiciera posibl edirimir esta cuestión,pero su conclusiónes clara: haría fa l t am o d i ficar la ley que,en este aspecto,mantiene la vigenciade la época más duradel franquismo.Otros ay u n t a m i e n t o shan tomado iniciati-vas en este mismosentido, como el deCastilleja del Campo( S evilla), para favo-recer la inscripciónde los fusilados sinfamilia, pero que lle-van varios años es-perando una res-puesta del juzga d oc o rrespondiente. Oel de Aguilar de laFrontera (Córdoba),

que ha creado un reg i s t r opropio donde están inscri-tas todas las víctimas delf r a n q u i s m o .

H ay que recordar queeste asunto afecta casi ex-c l u s ivamente a la Españaen la que triunfó en pocassemanas el golpe militar,es decir, en donde no hubog u e rra sino pura y simple-

Juan lleva eltrauma de quienfue arrancadode los brazos desu madre paraser fusilada

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mente represión brutal. ElEjército subl evado, hastafebrero de 1937, se ocupóde que cuanto entoncesaconteciera no quedase re-gistrado, por lo que “desa-parecido” era la condiciónde hecho de miles de per-sonas que fueron objeto demasacres indiscriminadasa medida que ava n z a b a nlas fuerzas golpistas. Hoylas cifras empiezan a cono-cerse gracias, en gran me-dida, al impulso de estem ovimiento que se ha da-do en llamar de recupera-ción de la memoria históri-ca. Este ocultamiento de larepresión se puede ve r, def o rma muy clara, en el ca-so de Sevilla, donde de losmás de 4.000 fusilados enla ciudad (también proce-dentes de otras localida-des) sólo están inscritos enel registro civil unos 900,buena parte de los puebl o s ,y muchos de ellos por elprocedimiento de “fuerade plazo” por las circuns-tancias ya explicadas.

El uso del registro civ i lcomo fuente documentales esencial en cualquierproceso de inve s t i ga c i ó nde la represión, para asípoder cuantificarla, perotambién para poder poner-les nombre a las víctimas.El proceso de recupera-ción de la memoria históri-ca impulsado por la socie-dad civil ya ha puesto der e l i eve la falsedad de losdatos que han sustentadola interesada equiparaciónde víctimas de la guerr a( “ m u e rtos y barbaridadeshubo en los dos bandos”).Pero todavía, 72 años des-

pués de la masacre y a 30de las primeras eleccionesdemocráticas, ningún go-b i e rno ha favorecido lam o d i ficación de la ley quer egula la inscripción en di-chos registros civiles, pesea que todos los grupos par-lamentarios conocen estasituación (desde haceaños, por diferentes inicia-

t ivas y denuncias públ i c a simpulsadas por las asocia-ciones memorialistas), sinque ninguno de ellos, quesepamos, haya presentadopropuestas al respecto. Nisiquiera la Ley de la Me-moria Histórica le dedicasu atención, en cierto mo-do equivalente a la del re-conocimiento de la nacio-

Ningún gobiernode los habidosha favorecido lamodificación dela ley sobre lasi n s c r i p c i o n e s

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nalidad para los hijos naci-dos en el exilio, en cuantoque se trata de una norm a-lización administrativa .Aunque, por cierto, ¿cómoquedan registradas las per-sonas que murieron en elexilio? Lejos de lo que pu-diera pensarse, no es unacuestión de la que no set e n ga plena concienciadesde los primeros tiem-pos de la actual democra-c i a .

En 1978, el Gobiern ode la UCD aprobó una Leyde Pensiones de Guerr a(por supuesto sin mencio-nar en ningún momento lasrazones de tal hecho, queno eran otras que el aban-dono absoluto en que elfranquismo dejó a sus víc-timas), para lo cual habíaque demostrar la desapari-ción del familiar por el quese quería cobrar la pen-sión. O sea que la pru e b arecaía sobre la familia dela víctima y no sobre el Es-tado responsable de aque-llos hechos, que era real-mente quien contaba conla información. La conse-cuencia positiva de tal me-dida fue que puso al descu-b i e rto la lamentable situa-ción existente, ya que alrecaer la tramitación de losexpedientes sobre losayuntamientos allí se vie-ron en la obl i gación dereunir los documentos ex i-gidos, que no eran otrosque los que pedía el engo-rroso decreto de 1936 an-tes mencionado. O sea,que el decreto franquista,hecho por necesidades bu-rocráticas y para evitar unaavalancha de inscripcio-

nes, seguía vigente. Fueentonces, y con este moti-vo, cuando se vieron lasd i ficultades que seg u í aa c a rreando el empeño:muchas personas no logr a-ron localizar el acta de de-función exigido para el co-bro de la pensión, en unoscasos porque no existía y

en otros porque no habíamodo de encontrarla, yaque podía haber sido reali-zada en algún momento in-d e t e rminado de los años40, 50...

Así pues estas perso-nas, entre otros requisitos,fueron obligadas a inscri-bir a sus deudos a través de

Muchos nohallaron el actade defunciónexigida parapoder cobrarla pensión

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un “expediente de inscrip-ción fuera de plazo o dife-rido”, para el cual les fueexigida la declaración dedos personas que dieran fedel hecho. Y esto, que po-dría haberse encomendadoperfectamente a los ayun-tamientos o incluso a laGuardia Civil y a la Poli-cía, se convirtió en un que-bradero de cabeza para losfamiliares por dos razones:por la dificultad objetiva,dada su naturaleza, de lo-calizar a dichas personas amás de cuatro décadas delos hechos (pensemos loque debió suponer en losaños 40) y porque puso enmanos de los responsablesde los juzgados de primerainstancia un instru m e n t ofácil para rechazar, conge-lar o invalidar los expe-dientes. Así, al daño causa-do en su momento se aña-dió la humillación de unosprocedimientos lega l e sideados para que las perso-nas asesinadas no pudiesenadquirir ni siquiera la con-dición de víctimas. Todoquedó pues en manos deun personal judicial que,en general y salvo excep-ciones, era muy poco o na-da consciente del delicadomaterial humano que allíse estaba manejando. Aho-ra se trata de poner fin aesta lamentable situación.

To d avía hay quienpiensa que no es el mo-mento de resolver estascuestiones, que eso suponeabrir viejas heridas, etc,etc, pero una parte impor-tante de esta sociedad,afectada por situacionesi rr egulares como la descri-

ta, cree que es el momentode exigir la modifi c a c i ó nde la ley de registros civ i-les a fin de que se posibili-te de una vez para siemprela inscripción de todas lasvíctimas del franquismo.

Una modificación quedebería facultar a los ay u n-tamientos a inscribir en elr egistro civil a todos aque-llos vecinos censados en lap o blación, en los momen-tos de su muerte, y que not e n gan familiares que pu-dieran hacerlo, así como aasumir la responsabilidaddirecta respecto al perso-nal funcionario y políticode la corporación munici-pal. Debe, asimismo, fa c i-litar a las familias la ins-cripción en los registros ci-viles de las víctimas delfranquismo, disponiendopara ello de asesoramientojurídico gratuito y flex i b i-lizando la aportación do-cumental oficial (comuni-caciones de militares,Guardia Civil, Falange, de-l egados gubern a t ivos, fi-chas carcelarias, etc). E,incluso, que por parte delos juzgados se agilizara lainscripción “de ofi c i o ”p e rtinente cuando exista, yse tenga conocimiento ydocumentación oficial dela época que así lo mani-fieste. �

Para apoyar esta campaña,

“ Todas las víctimas del franquis-

mo en los registros civiles”, s e

ha dispuesto un sistema de apo-

yo mediante la suscripción de un

m a n i f i e s t o , c u ya información es-

tá disponible en la página we b

w w w. t o d o s l o s n o m b re s . o r g

Todavía hayquien piensa queno es momentode resolverlo,que eso es abrirviejas heridas