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SUMARIO PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley Nº 28221.- Ley que regula el Derecho por Extracción de Materiales de los Álveos o cauces de los ríos por las municipa- lidades 268256 PODER EJECUTIVO P C M D.S. 036-2004-PCM.- Prorrogan plazo establecido por la Ter- cera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, apro- bado por D.S. Nº 018-2004-PCM 268257 D.S. Nº 037-2004-PCM.- Modifican el D.S. Nº 111-2001-PCM, mediante el cual se creó la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos 268257 R.S. Nº 162-2004-PCM.- Aprueban la Addenda Nº 2 que am- plía vigencia del Convenio PER/02/22 "Apoyo a la Comisión Nacional Anticorrupción", celebrado con el PNUD 268258 R.S. Nº 163-2004-PCM.- Autorizan viaje de la Ministra de Salud a Suiza para participar en la "57ª Asamblea Mundial de la Salud", y encargan su Despacho al Ministro de Educación 268258 R.S. Nº 164-2004-PCM.- Dejan sin efecto la R.S. Nº 153-2004-PCM, que autorizó viaje del Ministro de Agricultura a Chile 268260 R.M. Nº 120-2004-PCM.- Disponen que las Áreas de Trámite Documentario y Caja de la Secretaría de Administración de la PCM atiendan al público usuario los días sábados 268260 Fe de Erratas R.S. Nº 161-2004-PCM 268260 MINCETUR R.M. Nº 156-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de pro- fesional a Venezuela para participar en eventos sobre estadísti- cas de turismo y cuentas satélites 268260 DEFENSA R.S. Nº 183-2004-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Brasil, con ocasión de la Misión de Asistencia al Retiro de Minas en América del Sur - MARMINAS 268261 ECONOMÍA Y FINANZAS R.S. Nº 044-2004-EF.- Designan Presidente y miembros per- manentes de diversos comités de PROINVERSIÓN 268262 R.M. Nº 230-2004-EF/10.- Designan Directora Ejecutiva del FONAFE 268262 EDUCACIÓN R.M. Nº 0223-2004-ED.- Aprueban "Normas que regulan los Requisitos y el Proceso de Selección de Personal para las Encargaturas de Director General en los Institutos Superiores Pedagógicos y Es- cuelas Superiores de Formación Artística Públicos" 268263 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de mayo de 2004 AÑO XXI - Nº 8724 Pág. 268255 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA" R E P U B LIC A D E L P E R U DIARIO OFICIAL Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe R.M. Nº 0225-2004-ED.- Autorizan a procurador iniciar ac- ciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio económico al ministerio 268265 R.M. Nº 0226-2004-ED.- Autorizan a procurador iniciar ac- ciones legales a presuntos responsables de la comisión de deli- to contra la administración pública en perjuicio de la USE Nº 06 268265 JUSTICIA R.S. Nº 095-2004-JUS.- Conceden derecho de gracia por ra- zones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario Mujeres Chorrillos 268266 PRODUCE R.M. Nº 189-2004-PRODUCE.- Modifican el Capítulo II y el Cronograma del Anexo 7 de las Bases "Calificación de las Empresas Proveedoras del Servicio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesqueras" 268266 R.M. Nº 190-2004-PRODUCE.- Declaran a SISPERU S.A.C. como empresa proveedora del Servicio de Seguimiento Satelital 268267 Fe de Erratas R.M. Nº 186-2004-PRODUCE 268267 RELACIONES EXTERIORES R.S. Nº 158-2004-RE.- Promueven a Ministro a la categoría de Embajador en el Servicio Diplomático de la República 268268 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO D.S. Nº 005-2004-TR.- Precisan el numeral 3 del artículo 2º del D.S. Nº 014-2002-TR 268268 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 065-2004-CE-PJ.- Dejan sin efecto resolución que dispuso la Subespecialización de la Primera y Segunda Salas Especializadas en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica, y les otorgan carácter itinerante 268269 Res. Adm. Nº 066-2004-CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Nueva Libertad de Sogobamba, dis- trito de Chinchao, provincia y departamento de Huánuco 268270 Res. Adm. Nº 083-2004-CE-PJ.- Crean Segundo Juzgado Es- pecializado en lo Penal de la provincia de Chota, Distrito Judi- cial de Cajamarca 268270 Res. Adm. Nº 091-2004-CE-PJ.- Autorizan viaje de repre- sentante del Poder Judicial a Colombia para participar en el seminario Franco-Andino sobre el tema "La Lucha con- tra el Fraude y la Corrupción en las Licitaciones Públicas" 268271

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S U M A R I O

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ley Nº 28221.- Ley que regula el Derecho por Extracción deMateriales de los Álveos o cauces de los ríos por las municipa-lidades 268256

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P C M

D.S. 036-2004-PCM.- Prorrogan plazo establecido por la Ter-cera Disposición Complementaria del Reglamento de la LeyNº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, apro-bado por D.S. Nº 018-2004-PCM 268257D.S. Nº 037-2004-PCM.- Modifican el D.S. Nº 111-2001-PCM,mediante el cual se creó la Comisión Nacional de los PueblosAndinos, Amazónicos y Afroperuanos 268257R.S. Nº 162-2004-PCM.- Aprueban la Addenda Nº 2 que am-plía vigencia del Convenio PER/02/22 "Apoyo a la ComisiónNacional Anticorrupción", celebrado con el PNUD 268258R.S. Nº 163-2004-PCM.- Autorizan viaje de la Ministra de Saluda Suiza para participar en la "57ª Asamblea Mundial de la Salud",y encargan su Despacho al Ministro de Educación 268258R.S. Nº 164-2004-PCM.- Dejan sin efecto la R.S. Nº 153-2004-PCM,que autorizó viaje del Ministro de Agricultura a Chile 268260R.M. Nº 120-2004-PCM.- Disponen que las Áreas de TrámiteDocumentario y Caja de la Secretaría de Administración de laPCM atiendan al público usuario los días sábados 268260Fe de Erratas R.S. Nº 161-2004-PCM 268260

MINCETUR

R.M. Nº 156-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de pro-fesional a Venezuela para participar en eventos sobre estadísti-cas de turismo y cuentas satélites 268260

DEFENSA

R.S. Nº 183-2004-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio dela República de personal militar de Brasil, con ocasión de laMisión de Asistencia al Retiro de Minas en América del Sur -MARMINAS 268261

ECONOMÍA Y FINANZAS

R.S. Nº 044-2004-EF.- Designan Presidente y miembros per-manentes de diversos comités de PROINVERSIÓN 268262R.M. Nº 230-2004-EF/10.- Designan Directora Ejecutiva delFONAFE 268262

EDUCACIÓN

R.M. Nº 0223-2004-ED.- Aprueban "Normas que regulan losRequisitos y el Proceso de Selección de Personal para las Encargaturasde Director General en los Institutos Superiores Pedagógicos y Es-cuelas Superiores de Formación Artística Públicos" 268263

NORMAS LEGALESLima, martes 11 de mayo de 2004 AÑO XXI - Nº 8724 Pág. 268255

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

"AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA"

REPUBLICA DEL PERU

DIARIO OFICIAL

Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe

R.M. Nº 0225-2004-ED.- Autorizan a procurador iniciar ac-ciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicioeconómico al ministerio 268265R.M. Nº 0226-2004-ED.- Autorizan a procurador iniciar ac-ciones legales a presuntos responsables de la comisión de deli-to contra la administración pública en perjuicio de la USENº 06 268265

JUSTICIA

R.S. Nº 095-2004-JUS.- Conceden derecho de gracia por ra-zones humanitarias a interna del Establecimiento PenitenciarioMujeres Chorrillos 268266

PRODUCE

R.M. Nº 189-2004-PRODUCE.- Modifican el Capítulo II y elCronograma del Anexo 7 de las Bases "Calificación de lasEmpresas Proveedoras del Servicio de Seguimiento Satelital delas Embarcaciones Pesqueras" 268266R.M. Nº 190-2004-PRODUCE.- Declaran a SISPERU S.A.C.como empresa proveedora del Servicio de Seguimiento Satelital

268267Fe de Erratas R.M. Nº 186-2004-PRODUCE 268267

RELACIONES EXTERIORES

R.S. Nº 158-2004-RE.- Promueven a Ministro a la categoría deEmbajador en el Servicio Diplomático de la República 268268

TRABAJO Y PROMOCIÓN

DEL EMPLEO

D.S. Nº 005-2004-TR.- Precisan el numeral 3 del artículo 2ºdel D.S. Nº 014-2002-TR 268268

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CONSEJO EJECUTIVO DEL

PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 065-2004-CE-PJ.- Dejan sin efecto resoluciónque dispuso la Subespecialización de la Primera y Segunda SalasEspecializadas en lo Penal de la Corte Superior de Justicia deIca, y les otorgan carácter itinerante 268269Res. Adm. Nº 066-2004-CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en laComunidad Campesina de Nueva Libertad de Sogobamba, dis-trito de Chinchao, provincia y departamento de Huánuco

268270Res. Adm. Nº 083-2004-CE-PJ.- Crean Segundo Juzgado Es-pecializado en lo Penal de la provincia de Chota, Distrito Judi-cial de Cajamarca 268270Res. Adm. Nº 091-2004-CE-PJ.- Autorizan viaje de repre-sentante del Poder Judicial a Colombia para participar enel seminario Franco-Andino sobre el tema "La Lucha con-tra el Fraude y la Corrupción en las Licitaciones Públicas"

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA

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EL PRESIDENTE DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA;

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente:

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Artículo 1º.- Objeto de la LeyLas Municipalidades Distritales y las Municipalidades

Provinciales en su jurisdicción, son competentes para auto-rizar la extracción de materiales que acarrean y depositanlas aguas en los álveos o cauces de los ríos y para el cobrode los derechos que correspondan, en aplicación de lo es-tablecido en el inciso 9 del artículo 69º de la Ley Nº 27972.

Artículo 2º.- DefiniciónPara efectos de la presente Ley se entiende por materiales

que acarrean y depositan las aguas en los álveos o cauces delos ríos a los minerales no metálicos que se utilizan con finesde construcción, tales como los limos, arcillas, arenas, grava,guijarros, cantos rodados, bloques o bolones, entre otros.

Artículo 3º.- Derecho de extracciónEl derecho de extracción a que se refiere el inciso 9 del ar-

tículo 69º de la Ley Nº 27972, no podrá ser superior al derecho devigencia que pagan los concesionarios mineros no metálicos.

Los Ministerios, entidades públicas y gobiernos regio-nales que tengan a su cargo la ejecución de obras viales,quedan exceptuados del pago de los derechos previstosen el inciso 9 del artículo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Or-gánica de Municipalidades.

Artículo 4º.- Zona de extracciónLa zona de extracción se ubicará siguiendo el eje cen-

tral del cauce del río, sin comprometer las riberas ni obrashidráulicas existentes en ellas.

Artículo 5º.- Causales de suspensión o extinciónLa Municipalidad puede suspender las actividades de ex-

tracción o disponer el cambio de ubicación de la zona de ex-

tracción si los titulares de los permisos contaminan grave-mente las aguas del río, afectan el cauce o sus zonas aleda-ñas o la propiedad o afectan la seguridad de la población.

Artículo 6º.- RequisitosLas autorizaciones a que se refiere el artículo 1º de

esta Ley se otorgan a solicitud de parte adjuntando comomínimo la siguiente información:

a) Tipo de material a extraerse y el volumen del mismoexpresado en metros cúbicos.

b) Cauce y zona de extracción así como puntos deacceso y salida del cauce, todo ello expresado enbase a coordenadas U.T.M.

c) Planos a escala 1/5,000 en coordenadas U.T.M. delos aspectos mencionados en el inciso anterior.

d) Ubicación de las instalaciones de clasificación y aco-pio si las hubiere.

e) Sistema de extracción y características de la ma-quinaria a ser utilizada.

f) Plazo de extracción solicitado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASY DEROGATORIAS

PRIMERA.- Los procedimientos que se encuentren entrámite a partir de la vigencia de la presente Ley se ade-cuarán a las disposiciones que prevé esta Ley.

SEGUNDA.- Las Municipalidades otorgarán las autori-zaciones a que se refiere la presente Ley de acuerdo a losPlanes señalados en el artículo 79º numeral 1.1 de la LeyNº 27972.

TERCERA.- Las autorizaciones de extracciones con-cedidas antes de la entrada en vigencia de la presente Leymantendrán su validez por el plazo que fueron otorgadas.

CUARTA.- Derógase y déjase sin efecto toda normaque se oponga a lo dispuesto en la presente Ley.

POR CUANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congresode la República, aceptándose la observación formulada porel señor Presidente de la República, de conformidad conlo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Políticadel Estado, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los siete días del mes de mayo de dos milcuatro.

HENRY PEASE GARCÍAPresidente del Congreso de la República

MARCIANO RENGIFO RUIZPrimer Vicepresidente delCongreso de la República

08953

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BANCO CENTRAL DE RESERVA

Res. Nº 026-2004.- Autorizan viaje de funcionario a Argenti-na, en comisión de servicios 268271

MINISTERIO PÚBLICO

RR. Nºs. 679 y 680-2004-MP-FN.- Nombran fiscales provin-ciales en despachos de los Distritos Judiciales de Loreto y Lima

268272Res. Nº 681-2004-MP-FN.- Dan por concluido nombramientode fiscal provisional del Distrito Judicial de Huancavelica

268272

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INACC

R.J. Nº 1729-2004-INACC/J.- Encargan funciones del JefeInstitucional del INACC 268273

SUNARP

Res. Nº 193-2004-SUNARP/SN.- Declaran nulidad de la Ad-judicación de Menor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO, "Su-ministro de Formatos Impresos para la Zona Registral Nº VIII -Sede Huancayo", y la retrotraen a la etapa de convocatoria

268273

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GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA

Ordenanza Nº 002-2004-CR/GRM.- Aprueban Reglamentopara el Proceso Participativo de la Región Moquegua 2005

268274

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Convenio - Contra la Delincuencia Transnacional.- Entradaen vigencia de la "Convención de las Naciones Unidas contrala Delincuencia Organizada Transnacional" y sus dos protoco-los adicionales 268274

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P C M

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DECRETO SUPREMONº 036-2004-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, seaprobó el Reglamento de la Ley Nº 28036, Ley de Promo-ción y Desarrollo del Deporte;

Que, la Tercera Disposición Complementaria del Re-glamento de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desa-rrollo del Deporte, dispone que las convocatorias para laelección de los miembros del Consejo Directivo del Institu-to Peruano del Deporte - IPD, de los Consejos Regionalesdel Deporte, del Consejo del Deporte Escolar, la ComisiónNacional Antidopaje y el Consejo Superior de Justicia De-portiva y Honores del Deporte, deben ser realizadas en unplazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados apartir de la entrada en vigencia del citado Reglamento;

Que, es conveniente prorrogar el plazo establecido porla Tercera Disposición Complementaria del Reglamento dela Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Depor-te, con la finalidad de garantizar su efectivo cumplimiento;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, por la Ley Nº 28036 -Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y Decreto Su-premo Nº 018-2004-PCM;

DECRETA:

Artículo 1º.- Prórroga de plazoProrróguese por el término de cuarenta y cinco (45) días

hábiles a partir del 7 de mayo de 2004, el plazo establecido porla Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de laLey Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte,aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM.

Artículo 2º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete díasdel mes de mayo del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

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DECRETO SUPREMONº 037-2004-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCMmodificado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM secreó la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Ama-zónicos y Afroperuanos;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 073-2003-PCMse modificó el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, en lo

relativo a la conformación de la Comisión Nacional de losPueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos y a las fun-ciones de su Presidente;

Que, con la finalidad de mejorar la eficiencia en el desarro-llo de las actividades de la Comisión Nacional de los PueblosAndinos, Amazónicos y Afroperuanos se requiere optimizar ladistribución de las funciones que le han sido asignadas, deconformidad con los principios contenidos en la Ley Nº 27658,Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

Que, de esta manera, resulta necesario que la ComisiónNacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperua-nos cuente con un Presidente Ejecutivo que tenga a su cargolas funciones ejecutivas de dicha Comisión, así como con unComité de Supervisión encargado de realizar el seguimientode las actividades a cargo de dicho Presidente Ejecutivo;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) delartículo 118º de la Constitución Política del Estado, el De-creto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM y sus modificatorias;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1º.- Modificación de la numeración del arti-culado

Modifíquese la numeración de los artículos 3ºA, 4º, 5º,6º, 7º y 8º del Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM quepasan a ser en adelante los artículos 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º,respectivamente.

Artículo 2º.- Modificación del texto de los artículos2º, 4º y 5º

Modifíquense los artículos 2º, 4º y 5º del Decreto Su-premo Nº 111-2001-PCM, con el siguiente texto:

"Artículo 2º.- Finalidades de la ComisiónLa Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazó-

nicos y Afroperuanos tiene por finalidad aprobar, progra-mar, promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar polí-ticas, programas y proyectos correspondientes a las po-blaciones comprendidas, salvo las excepciones previstasen los convenios de préstamo con entidades financierasinternacionales, dentro del marco de las normas y princi-pios establecidos en los tratados internacionales sobre lamateria de los que sea parte el Perú.

Para este efecto, la Comisión realizará toda clase de ac-tos, así como las coordinaciones multisectoriales a que hubie-re lugar, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 4º.- Funciones del Presidente Ejecutivo dela Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazó-nicos y Afroperuanos

Son funciones del Presidente Ejecutivo de la ComisiónNacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afrope-ruanos las siguientes:

4.1. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinariasde la Comisión;

4.2. Ejercer la representación de la Comisión ante todaentidad pública o privada, nacional, extranjera u organis-mo internacional;

4.3. Proponer la evaluación de los resultados del PlanEstratégico de la Comisión;

4.4. Formular políticas correspondientes a los pueblosandinos, amazónicos y afroperuanos, y elevarlas a la Co-misión para su aprobación;

4.5. Ejecutar las políticas programadas por la Comisióny los proyectos correspondientes a las poblaciones com-prendidas dentro del ámbito de sus funciones, conforme ala legislación nacional y tratados internacionales sobre lamateria que resulten aplicables;

4.6. Concertar con las organizaciones representativasde los pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos, laspolíticas, programas y proyectos relacionados con sus ini-ciativas y demandas;

4.7. Concertar con las entidades estatales las políticasy acciones a favor de los pueblos andinos, amazónicos yafroperuanos;

4.8. Promover consensos entre los representantes delos pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos, del Es-tado y de los estudiosos de la problemática de los referi-dos pueblos, que forman parte de la Comisión;

4.9. Promover y coordinar con las instituciones compe-tentes, la elección de los representantes de los pueblosandinos, amazónicos y afroperuanos, ante la Comisión uti-lizando procedimientos democráticos; y,

4.10. Coordinar con la Presidencia del Consejo de Mi-nistros la implementación de las políticas de la Comisión.

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����� ����� ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

Para el cumplimiento de sus funciones, el Presidente Eje-cutivo contará con una Secretaría Técnica encargada de pres-tarle apoyo administrativo y legal, llevar el libro de actas de laComisión, así como cumplir los encargos que le encomiende.

Artículo 5º.- Comité de SupervisiónCorresponde al Comité de Supervisión realizar el seguimien-

to de las actividades a cargo del Presidente Ejecutivo, y discutirsus iniciativas antes de ser presentadas ante la Comisión.

El Comité de Supervisión está conformado por tres (3)de los miembros de la Comisión, para lo cual se tendrá encuenta la siguiente composición:

- Un representante de los pueblos andinos, amazóni-cos y de la población afroperuana;

- Un representante de los estudiosos de la problemáti-ca de los pueblos andinos, amazónicos y de la poblaciónafroperuana; y,

- Un representante de los Ministerios."

Artículo 3º.- Disposición TransitoriaToda referencia al Presidente de la Comisión Nacional

de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos de-berá entenderse realizada al Presidente Ejecutivo de di-cha Comisión.

Artículo 4º.- Disposición FinalMediante Resolución de la Presidencia del Consejo de

Ministros se establecerán las medidas complementariasque sean necesarias para el adecuado cumplimiento de lodispuesto por el presente Decreto Supremo.

Artículo 5º.- Norma derogatoriaDeróguense las disposiciones que se opongan al pre-

sente Decreto Supremo.

Artículo 6º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez díasdel mes de mayo del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 162-2004-PCM

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 236-2002-PCMse aprueba el Convenio de Cooperación Técnica de fecha14 de mayo de 2002, suscrito entre la Presidencia del Con-sejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidaspara el Desarrollo - PNUD, en adelante el Convenio, quepone en marcha el Proyecto PER/02/021 "Apoyo a la Comi-sión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promociónde la Ética y la Transparencia en la Gestión Pública";

Que, mediante Adenda al citado Convenio se modificóla denominación Proyecto PER/02/021 "Apoyo a la Comi-sión Nacional Anticorrupción", entendiéndose para todossus efectos como Programa PER/02/022 "Apoyo a la Co-misión Nacional Anticorrupción";

Que, la Comisión ha definido un Plan de Acción en elque se propone continuar con las tareas iniciadas, requi-riendo para tal efecto seguir contando con la asistenciatécnica y profesional del Programa de las Naciones Uni-das para el Desarrollo - PNUD;

Que, con sujeción a la opinión favorable de la Oficinade Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo deMinistros, las partes han suscrito la segunda adenda alConvenio PER/02/022 "Apoyo a la Comisión Nacional An-

ticorrupción", ampliando su vigencia hasta el 31 de diciem-bre de 2004;

De conformidad con la Ley Nº 28128, Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, el De-creto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modifi-cado por la Ley Nº 27779, el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Adenda Nº 02 que amplía hastael 31 de diciembre de 2004 la vigencia del Convenio PER/02/022 "Apoyo a la Comisión Nacional Anticorrupción" cele-brado entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Pro-grama de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 163-2004-PCM

Lima, 10 de mayo del 2004

CONSIDERANDO:

Que la señora doctora Pilar MAZZETTI SOLER, Ministrade Salud, ha sido invitada para participar en la "57ª AsambleaMundial de la Salud", a llevarse a cabo en la ciudad de Gine-bra, Suiza, del 17 al 22 de mayo de 2004, en la cual interven-drá en una de las mesas redondas ministeriales sobre el VIH/SIDA, dada la importancia que reviste el SIDA como la se-gunda causa infecciosa de mortalidad a nivel mundial;

Que en consecuencia, es necesario autorizar el viajede la Ministra de Salud y encargar el Despacho de Salud,en tanto dure la ausencia de la Titular; y,

De conformidad a lo establecido en el artículo 127º de laConstitución Política del Perú, y de acuerdo a lo previsto enla Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora doctora PilarMAZZETTI SOLER, Ministra de Salud, a la ciudad de Gine-bra, Suiza, del 15 al 20 de mayo de 2004, para los fines ex-puestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente reso-lución serán cubiertos por el Pliego 011 Ministerio de Sa-lud, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1 155,28Viáticos US$ 1 560,00Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 28,24

Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministerio deSalud, al señor Javier SOTA NADAL, Ministro de Educa-ción, a partir del 15 de mayo de 2004 y en tanto dure laausencia de la Titular.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

08951

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 164-2004-PCM

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 153-2004-PCM del29 de abril de 2004, se autorizó el viaje del Ministro de Agricul-tura, Ing. José Raguberto León Rivera, del 3 al 5 de mayo de2004, para que participe en la visita institucional empresarialdel sector agroindustrial peruano a Chile, a realizarse en laciudad de Santiago de Chile, Chile, encargando el Despachodel Ministerio de Agricultura al Ministro de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento, señor Carlos Bruce Montes de Oca;

Que, debido a los múltiples compromisos inherentes alcargo, se ha visto por conveniente suspender el viaje delseñor Ministro de Agricultura;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º dela Constitución Política del Perú, Ley Nº 27619 y el Decre-to Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto lo dispuesto por laResolución Suprema Nº 153-2004-PCM del 29 de abril de2004, que autorizó el viaje del Ministro de Agricultura, Ing.José Raguberto León Rivera, del 3 al 5 de mayo de 2004,para que participe en la visita institucional empresarial delsector agroindustrial peruano a Chile, y que encargó elDespacho de Agricultura al Ministro de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento, señor Carlos Bruce Montes de Oca.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

JOSÉ LEÓN RIVERAMinistro de Agricultura

08947

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 120-2004-PCM

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 2 del artículo 138º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General establece queel horario de atención diario es establecido por cada entidadcumpliendo un período no coincidente con la jornada laboralordinaria, para favorecer el cumplimiento de las obligacio-nes y actuaciones de la ciudadanía;

Que, conforme a la norma antes citada y en el marcode las políticas propuestas en materia de reforma y mo-dernización del Estado, el Poder Ejecutivo ha consideradoconveniente implementar medidas conducentes a lograr unamejor atención a los administrados;

Que, de conformidad con el artículo 7º del Reglamento deOrganización y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM,el Presidente del Consejo de Ministros establece los objeti-vos, formula, dirige y supervisa las políticas del Sector Presi-dencia del Consejo de Ministros, en armonía con las disposi-ciones constitucionales y la política general del Gobierno;

Que, en ese sentido, se ha previsto establecer mecanis-mos en el Sector Presidencia del Consejo de Ministros queotorguen a los usuarios mayores facilidades, para lo cualresulta pertinente implementar la atención los días sába-

dos de las áreas que prestan servicios directos al público,fuera de su horario habitual de funcionamiento;

Que, tales facilidades no deben generar mayores gas-tos a la Entidad, atendiendo a las políticas vigentes de aus-teridad y racionalidad en el gasto público;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, la LeyNº 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestióndel Estado, y el Reglamento de Organización y Funcionesde la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado porDecreto Supremo Nº 067-2003-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer que las Áreas de Trámite Docu-mentario y Caja de la Secretaría de Administración de laPresidencia del Consejo de Ministros atiendan al públicousuario los días sábados de 08.30 a 17.00 horas, en formaadicional a su horario habitual.

Artículo 2º.- A efectos de lo dispuesto en el artículoanterior, la Secretaría de Administración de la Presidenciadel Consejo de Ministros establecerá un sistema de turnosy de días de descanso entre el personal involucrado, paraque su carga horaria laboral no se vea incrementada.

Artículo 3º.- El cumplimiento de lo dispuesto en la pre-sente Resolución Ministerial no irrogará gastos adiciona-les en el Sector.

Artículo 4º.- Los Titulares de los Organismos PúblicosDescentralizados adscritos a la Presidencia del Consejode Ministros dispondrán las medidas pertinentes a fin delograr el mismo propósito de la presente Resolución Minis-terial, debiendo dar cuenta de ello a la Secretaría Generalde dicha Entidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

08944

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN SUPREMANº 161-2004-PCM

Mediante Oficio Nº 180-2004-SCM-PR, la Secretaríadel Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 161-2004-PCM, publicadaen la edición del día 8 de mayo de 2004.

DICE:

(...) Nombrar Ministro de Estado en el Despacho delInterior al señor JAVIER REATEGUI ROSELLO. (...)

DEBE DECIR:

(...) Nombrar Ministro de Estado en el Despacho delInterior al señor JAVIER REATEGUI ROSSELLO. (...)

08952

MINCETUR

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 156-2004-MINCETUR/DM

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto el Memorándum Nº 339-2004-MINCETUR/VMTdel Viceministro de Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MIN-CETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la po-lítica de comercio exterior y de turismo. En tal sentido, elViceministerio de Turismo promueve, orienta y regula laactividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sos-tenible, incluyendo la promoción, orientación y regulaciónde la artesanía;

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����� ����� �����������Lima, martes 11 de mayo de 2004

Que, en la ciudad de Caracas, República de Venezue-la, se llevará a cabo entre los días 12 al 14 de mayo de2004, la "Cuarta Reunión de Expertos Gubernamentalesde Estadísticas de Turismo y Cuentas Satélites", organiza-da por la Secretaría General de la Comunidad Andina, conel auspicio del Centro Europeo para la Formación de Esta-dísticos de Países en Desarrollo - CESD Madrid, en elmarco del Programa de Formación Continua de Estadísti-ca de la Región de América Latina;

Que, el objetivo de la Reunión es continuar con el en-cargo de la Directriz Presidencial Andina establecida en elActa de Carabobo, suscrita el 24 de junio de 2001 por loscinco Presidentes de los países miembros de la Comuni-dad Andina, respecto al uso de la Tarjeta Andina de Migra-ciones - TAM, al Programa Estadístico Comunitario 2000-2005 y el día del Turismo Andino;

Que, en la mencionada Reunión, se evaluarán los tra-bajos vinculados a la elaboración de la Cuenta Satélite deTurismo de los países miembros de la Comunidad Andinay las estadísticas que se establecieron en la III Reunión deExpertos Gubernamentales en Estadísticas de Turismo yCuenta Satélite, celebrada en Quito en diciembre de 2003;

Que, la presencia del MINCETUR en dicho evento, tienepor objetivo difundir los avances obtenidos en la definición dela información base para la elaboración de la Cuenta Satéliteen el Perú, evaluar las metodologías para analizar el gastoturístico en las encuestas de hogares, evaluar y analizar laelaboración de la matriz de empleo turístico, presentar unapropuesta metodológica para el cálculo de la estructura decostos de los paquetes turísticos e intercambiar experienciassobre la Cuenta Satélite de Turismo con los países miembrosde la Comunidad Andina, entre otros aspectos;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos seránfinanciados por los organizadores del evento y proporcio-narán US$ 55,00 (cincuenticinco dólares americanos) pornoche para financiar el alojamiento, por lo que dicha cifraserá descontada en el otorgamiento de viáticos con cargoal presupuesto del MINCETUR;

Que, tales asuntos son de interés para el país, por cuantoposibilitará el intercambio de experiencias y propuestas a finde que los agentes públicos y privados dispongan de infor-mación confiable y comparable orientada a planificar las es-trategias y políticas sectoriales, razón por la cual es necesa-rio autorizar la participación de la licenciada María del PilarCerrón Zevallos, profesional que presta servicios en el Vice-ministerio de Turismo, quien participará con la presentaciónde la ponencia sobre Propuesta Metodológica para el Cálcu-lo de la Estructura de Costos de los Paquetes Turísticos;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619,Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la licenciada Maríadel Pilar Cerrón Zevallos, profesional que presta serviciosen el Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Caracas,

República de Venezuela, del 11 al 15 de mayo de 2004,para que asista a la reunión señalada en la parte conside-rativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo delMinisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle:

Viáticos (US$ 145.00 por día) US$ 580,00Tarifa CORPAC US$ 28,24

Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si-guientes a la realización del viaje, la profesional autorizadamediante el artículo 1º, presentará al Titular del Sector uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los lo-gros obtenidos en la reunión a la que asistirá y la corres-pondiente rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li-bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFREDO FERREROMinistro de Comercio Exterior y Turismo

08791

DEFENSA

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 183-2004-DE/SG

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 “Ley de Requi-sitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingre-so de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República”,establece que la autorización de ingreso al territorio pe-ruano del personal militar extranjero sin armas de guerrapor razones protocolares, de asistencia cívica, activida-des académicas, de entrenamiento o similares debe serotorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debeespecificar los motivos, la identificación del personal mili-tar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de per-manencia en el territorio peruano;

FONAFE

ENTIDADES BAJO EL ÁMBITO DE FONAFEPRESUPUESTO CONSOLIDADO AÑO 2003

En Nuevos Soles

RUBROS PRESUPUESTO MODIFICACIONES PRESUPUESTOINICIAL CIERRE

INGRESOS 15,569,761,287 -2,545,372,823 13,024,388,464INGRESOS CORRIENTES 13,837,101,211 -2,720,621,505 11,116,479,706TRANSFERENCIAS 51,473,036 -19,280,751 32,192,285INGRESOS DE CAPITAL 93,790,364 62,867,035 156,657,399FINANCIAMIENTO 1,587,396,676 131,662,398 1,719,059,074

0EGRESOS 15,569,761,287 -2,545,372,823 13,024,388,464EGRESOS CORRIENTES 12,376,406,504 -2,633,896,383 9,742,510,121TRANSFERENCIAS 0 1,204,000 1,204,000EGRESOS DE CAPITAL 825,230,871 122,078,069 947,308,940SERVICIO DE DEUDA 1,639,883,109 70,169,244 1,710,052,353SALDO 728,240,803 -104,927,753 623,313,050

08922

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����� ������ ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

Que, con Facsímil (DGS) Nº 238 de fecha 5 de mayo del2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defen-sa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la infor-mación proporcionada por la Embajada de la República Fede-rativa del Brasil en el Perú, solicita se expida la autorizaciónpara el ingreso al territorio de la República, sin armas de gue-rra, de personal militar brasileño, del 10 de mayo del 2004 al15 de junio del 2005, con ocasión de la Misión de Asistencia alRetiro de Minas en América del Sur - MARMINAS; y,

De conformidad con la Ley Nº 27856;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Repúbli-ca, sin armas de guerra, al personal militar de la República Fe-derativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo queforma parte de la presente Resolución, del 10 de mayo del 2004al 15 de junio del 2005, con ocasión de la Misión de Asistenciaal Retiro de Minas en América del Sur - MARMINAS.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta delcontenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre-so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº 27856.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Mi-nistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUEPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO COSTAPresidente del Consejo de Ministros

ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa

MANUEL RODRÍGUEZ CUADROSMinistro de Relaciones Exteriores

08948

ECONOMÍA Y FINANZAS

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 044-2004-EF

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM,modificado por el Decreto Supremo Nº 095-2003-EF, sedispuso la absorción de diversas entidades del Estado,constituyéndose la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSIÓN;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2002-PCM seaprobó el Reglamento de Organización y Funciones dePROINVERSIÓN;

Que, el artículo 5º del Reglamento de Organización yFunciones de PROINVERSIÓN establece que los Comi-tés Especiales se constituyen por Resolución Suprema, apropuesta de PROINVERSIÓN, correspondiéndoles lasfunciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 674 yen los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM o, normas que las sustituyan;

Que, mediante las Resoluciones Supremas Nº 145-2002-EF y Nº 309-2002-EF, se designaron a los señoresAlberto Pascó-Font Quevedo y José Chueca Romero, comoPresidentes de los Comités de PROINVERSIÓN en Pro-yectos de Infraestructura y de Servicios Público y del Co-mité de PROINVERSIÓN en Activos, Proyectos y Empre-sas del Estado respectivamente, constituidos mediante laResolución Suprema Nº 444-2001-PCM, modificada por laResolución Suprema Nº 228-2002-EF;

Que, los señores Alberto Pascó-Font Quevedo y JoséChueca Romero, han presentado su renuncia a los cargosde Presidentes de los Comités Especiales de PROIN-VERSIÓN antes referidos;

Que, asimismo, el señor Sergio Bravo Orellana ha pre-sentado su renuncia al cargo de Miembro Permanente del

Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestruc-tura y de Servicios Públicos para el que fuere designadomediante la Resolución Suprema Nº 145-2002-EF;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º del Re-glamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2002-PCMmodificado por el Decreto Supremo Nº 095-2003-EF; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por los se-ñores Alberto Pascó-Font Quevedo y José Chueca Rome-ro, a los cargos de Presidentes del Comité de PROIN-VERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de ServiciosPúblicos y del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Pro-yectos y Empresas del Estado respectivamente, dándoleslas gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Aceptar la renuncia formulado por el señor Ser-gio Bravo Orellana al cargo de Miembro Permanente del Comitéde PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servi-cios Públicos, dándole las gracias por los servicios prestados.

Artículo 3º.- Designar al señor Sergio Bravo Orellana comoPresidente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Pro-yectos y Empresas del Estado y del Comité de PROINVER-SIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos.

Artículo 4º.- Designar al señor Alberto Pascó-Font Queve-do como Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓNen Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos.

Artículo 5º.- Designar al señor José Chueca Romero,como Miembro Permanente del Comité de PROINVER-SIÓN en Activos, Proyectos y Empresas del Estado.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

PEDRO PABLO KUCZYNSKIMinistro de Economía y Finanzas

08955

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 230-2004-EF/10

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399-2002-EF/10 se designó a Cecilia Carrasco Rivera, en el cargo deDirector Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE;

Que, la mencionada funcionaria ha formulado renunciaal cargo que venía desempeñando;

Que, en consecuencia, es necesario aceptar la renunciay designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo;

De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo - Decre-to Legislativo Nº 560, el Reglamento de la Ley Fondo Na-cional de la Actividad Empresarial del Estado - DecretoSupremo Nº 072-2000-EF, y la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por Ceci-lia Carrasco Rivera al cargo de Director Ejecutivo del Fon-do Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresa-rial del Estado - FONAFE, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a Hilda Sandoval Cornejo en elcargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financia-miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas

08916

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EDUCACIÓN

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0223-2004-ED

Lima, 7 de mayo de 2004

Vistos, los antecedentes que se acompañan;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 65º de la Ley del Profesorado, Ley Nº 24029,establece que el personal docente que labora en el nivel supe-rior del sistema educativo se rige por un Reglamento Especialque determina su jornada de labor, titulación profesional, re-muneraciones y demás obligaciones y derechos;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0445-2003-ED, se aprobaron las “Normas que regulan el Proceso deSelección de Personal para ocupar las Encargaturas deDirectores en los Institutos Superiores Tecnológicos Públi-cos”, facultándose a la Dirección Nacional de EducaciónSecundaria y Superior Tecnológica a expedir las disposi-ciones complementarias que se requieran para la mejoraplicación de la citada Resolución Ministerial;

Que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de For-mación Docente de la Dirección Nacional de Formación yCapacitación Docente a través del Informe Nº 225-2003/UFOD/DINFOCAD, en determinadas situaciones se pro-cede a la designación por encargatura de los Directoresde Institutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superio-res de Formación Artística Públicos e Institutos Superio-res, por lo que resulta necesario en relación con dichosInstitutos y Escuelas establecer también los requisitos asícomo el procedimiento para atender la designación de susDirectores por encargatura;

Estando a lo informado por la Unidad de Formación Do-cente de la Dirección Nacional de Formación y Capacita-ción Docente mediante el Informe Nº 225-2003-UFOD/DIN-FOCAD, y a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídicamediante el Informe Nº 434-2004-ME/SG-OAJ; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi-cado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nºs. 039-85-ED, 51-95-ED, 002-96-ED y 023-2001-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar las “Normas que regulan los Requi-sitos y el Proceso de Selección de Personal para las Encar-gaturas de Director General en los Institutos Superiores Pe-dagógicos y Escuelas Superiores de Formación ArtísticaPúblicos”, que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Facultar a la Dirección Nacional de For-mación y Capacitación Docente a expedir las disposicio-nes complementarias que se requieran para la mejor apli-cación de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

NORMAS QUE REGULAN LOS REQUISITOS Y ELPROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA

LAS ENCARGATURAS DE DIRECTOR GENERAL ENLOS INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGÓGICOS Y

ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓNARTÍSTICA PÚBLICOS

I. FINALIDAD

Establecer los requisitos y procedimiento para unificara nivel nacional los procesos técnicos de selección de per-sonal para las encargaturas de Director General en los Ins-titutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superiores deFormación Artística e Institutos Superiores Públicos, quedeben aplicar las Direcciones Regionales de Educación.

II. BASE LEGAL

2.1 Constitución Política del Perú.2.2 Ley General de Educación, Ley Nº 28044.2.3 Reglamento Especial para Docentes de Educación

Superior, D.S. Nº 39-85-ED.2.4 Reglamento General de Institutos Superiores Pe-

dagógicos y Escuelas Superiores de Formación DocentePúblicos y Privados, D.S. Nº 023-2001-ED.

2.5 Manual de Clasificación de Cargos Docentes en losInstitutos y Escuelas de Educación Superior, R.M. Nº 534-89-ED.

III. ALCANCE

3.1 Direcciones Regionales de Educación.3.2 Institutos Superiores Pedagógicos Públicos.3.3 Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas.3.4 Institutos Superiores Públicos.

IV. DISPOSICIONES GENERALES:

4.1.- Los órganos encargados de aplicar el proceso deselección para la encargatura de Director General en losISP/ESFA/IS son las Direcciones Regionales de Educa-ción. Esta encargatura no da lugar al ascenso de nivelmagisterial, por cuanto la carrera pública del profesoradoestá estructurada por niveles y no por cargos.

4.2.- El proceso de selección de personal para la en-cargatura de Director General se aplica en los casos queexistan plazas vacantes que no estén cubiertas por con-curso público o cuando la plaza ha quedado vacante comoconsecuencia del proceso de evaluación para la ratifica-ción de Directores Generales.

4.3.- No podrán postular a la encargatura, ni integrar lascomisiones revisoras y evaluadoras, los sancionados admi-nistrativamente y sentenciados penalmente en los últimos cin-co (5) años, los que tienen procesos administrativos en trámi-te, los que han incurrido en actos de inconducta funcionalprobados y los comprendidos en informes de comisiones re-organizadoras, u otros similares que cuestione su desempe-ño. Tampoco podrá postular el personal docente, directivo oadministrativo que integre el comité revisor y la comisión deevaluación contemplados en la presente norma.

4.4.- La encargatura tendrá una duración de un año,renovable de acuerdo a la evaluación del desempeño porresultados.

V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

5.1. De los requisitos

Los postulantes a las encargaturas del cargo de Direc-tor General de los ISP/ESFA/IS, deben cumplir los siguien-tes requisitos:

a) Título profesional de profesor o licenciado o grado demaestría o doctor en educación.

b) Currículum Vitae documentado con copias autenti-cadas por Fedatario o certificadas.

c) Experiencia docente no menor de cinco (5) años eneducación superior y un año (1) de gestión institucional opedagógica.

d) Acreditar haber participado en acciones de capaci-tación de otros docentes.

5.2. Del Comité Revisor.

5.2.1.- Una vez publicada la convocatoria, el InstitutoSuperior Pedagógico o Escuela Superior de FormaciónArtística, en un plazo de 48 horas, formará un Comité Re-visor integrado por el Director General, quién lo presidirá,un representante del personal jerárquico, un representan-te de los docentes, un representante de los alumnos y unrepresentante de los trabajadores administrativos. Cada es-tamento elegirá democráticamente a su representante.

En el caso que el Director General del Instituto postu-le al cargo, el Director Académico lo reemplazará, en ca-lidad de presidente del Comité. Si el Director Académicotambién postula al cargo, el Comité Revisor elegirá entresus miembros y por mayoría simple a su presidente.

5.2.2.- Son funciones del Comité Revisor:

a) Revisar los expedientes de los aspirantes a las encar-gaturas para ver si cumplen o no con los requisitos estable-cidos en los numerales 4.3 y 5.1 de la presente norma.

b) Elaborar el informe pertinente y elevarlo conjunta-mente con los expedientes a la Dirección Regional de Edu-cación correspondiente.

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����� ������ ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

5.3. Del Comité de Evaluación.

5.3.1.- En el término de 48 horas después de realizadala convocatoria, la Dirección Regional de Educación con-formará un Comité de Evaluación integrado por el DirectorRegional de Educación quien lo presidirá, el Director deGestión Pedagógica, el Jefe de la Oficina de Administra-ción, el Director de Gestión Institucional y un representan-te del Sindicato de Docentes de Educación Superior a ni-vel regional.

5.3.2.- Son funciones del Comité de Evaluación.

a) Evaluar los expedientes de los aspirantes a las en-cargaturas, teniendo en cuenta el Anexo Nº 1 de la presen-te norma.

b) Elaborar las actas e informes pertinentes y elevarlosa la Dirección Regional de Educación para la emisión de laResolución Directoral de encargatura.

c) Publicar los resultados.d) Atender y resolver los reclamos presentados por los

evaluados.

5.4. Del proceso de revisión para la encargatura.

5.4.1.- El proceso de selección de personal para la en-cargatura de Director General tendrá dos etapas, una ce-rrada y otra abierta.

5.4.2.- De la etapa cerrada (Primera Etapa)

5.4.2.1.- La etapa cerrada consiste en recibir solamen-te expedientes de los docentes que laboran en el Institutopara darles oportunidad que ocupen el cargo de DirectorGeneral, como un proceso de promoción interna.

5.4.2.2.- La Dirección Regional de Educación medianteResolución Directoral, convocará al proceso de evaluacióny aprobará la fecha de inicio del mismo, (publicándolo en elDiario Oficial El Peruano o en el de mayor circulación de laregión), y además comunicará por escrito de dicha convo-catoria a la Dirección del ISP/ESFA/IS correspondiente.

5.4.2.3.- En esta etapa, los interesados en el plazo detres días hábiles impostergables, contados a partir del díasiguiente de la publicación que da inicio al proceso de eva-luación para las encargaturas, presentarán en la mesa departes del ISP/ESFA/IS, su currículo documentado, el mis-mo que será derivado al Comité Revisor en el plazo de 48horas.

5.4.2.4.- La revisión de los expedientes en el Instituto,se realizará en un plazo de dos (2) días hábiles imposter-gables, contados a partir del día siguiente del término delplazo de recepción.

5.4.2.5.- Concluida la selección, el Comité Revisor conel visto bueno de la Dirección del Instituto elevará el infor-me correspondiente con todos los expedientes que hayanalcanzado los requisitos a la Dirección Regional de Edu-cación para la evaluación respectiva.

5.4.2.6.- En caso que no existan postulantes con losrequisitos establecidos en la presente norma, el ComitéRevisor con el visto bueno de la Dirección del Instituto in-formará de dicha situación a la Dirección Regional de Edu-cación, quien declarará desierta la elección y concluida laprimera etapa.

5.4.3.- De la etapa abierta (Segunda Etapa)

5.4.3.1.-En caso de quedar desierto el cargo de Direc-tor General después de concluida la primera etapa, la Di-rección Regional de Educación, en el plazo de 24 horas,hará una nueva convocatoria de carácter abierta para laselección de las encargaturas, siguiendo para ello el mis-mo proceso establecido para la primera etapa.

5.4.3.2.-La segunda etapa será de carácter abierto yse podrá recibir en cada ISP/ESFA/IS expedientes del per-sonal que labora en otros ISP/ESFA/IS Públicos.

5.5.- Del proceso de evaluación

5.5.1.- El Comité de Evaluación de la Dirección Regio-nal de Educación, una vez recibido el Informe del ComitéRevisor del Instituto con los expedientes seleccionados,en un plazo de tres (3) días hábiles improrrogables evalua-rá los mismos respetando los criterios técnicos estableci-dos en los puntos 5.6.1, 5.6.2 y 5.6.3 de la presente nor-ma. Luego elevará su informe a la Dirección respectivapublicando los resultados correspondientes.

5.5.2.- La Dirección Regional de Educación dentro delas 72 horas de haber recibido el Informe y publicado losresultados por el Comité de Evaluación, deberá emitir la(s)Resolución(es) de encargatura respectiva(s).

5.6. De la evaluación.

5.6.1.- La evaluación para la encargatura del cargo deDirector General se efectuará teniendo en cuenta los fac-tores siguientes:

a) Antecedentes profesionalesb) Experiencia profesional

5.6.2.- La valoración de los factores señalados en elnumeral 5.6.1 están contemplados en la ficha técnica quese adjunta como Anexo 1.

5.6.3.- El resultado de la evaluación se obtiene suman-do los puntajes parciales de los factores contemplados enla ficha técnica. El que obtenga el mayor puntaje será quiengane la encargatura.

5.7.- De los reclamos

5.7.1.- Los reclamos derivados de los resultados de laevaluación podrán ser presentados por los interesados anteel Comité de Evaluación dentro de las 72 horas siguientesa la publicación de los resultados y absueltos por éste enplazo de 72 horas.

VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

6.1.- Las Direcciones Regionales de Educación, en el tér-mino de diez (10) días hábiles improrrogables después de pu-blicarse la presente Resolución, publicarán la convocatoria paracubrir las plazas por encargaturas, bajo responsabilidad.

6.2.- Al concluir el proceso, las Direcciones Regionalesde Educación remitirán a la Dirección Nacional de Forma-ción y Capacitación Docente y a la Unidad de Personal delMinisterio de Educación un informe detallado no documen-tado sobre el proceso de encargatura que se llevó a cabo,y copia de la Resolución de encargatura respectiva.

6.3.- En tanto no se formalicen las encargaturas de Di-rector General de los Institutos Superiores Pedagógicos yEscuelas Superiores de Formación Artística, a través delas Direcciones Regionales de Educación correspondien-tes, mediante los dispositivos respectivos, el personal en-cargado continuará ejerciendo dichas funciones.

6.4.- Las Direcciones Regionales de Educación no podránremover de las encargaturas a los Directores Generales quehayan sido designados mediante el proceso regulado en la pre-sente norma, salvo por falta cometida en el ejercicio de la fun-ción, previo proceso administrativo o proceso penal respectivo.

6.5.- Los Directores Generales que hayan sido seleccio-nados para ocupar el cargo de Directores Generales por en-cargatura, en el plazo de quince (15) días hábiles después dehaber asumido sus funciones, presentarán obligatoriamentea la Dirección Regional de Educación correspondiente, el PlanOperativo Anual, donde se especifique con precisión los ob-jetivos y metas académicas, administrativas e institucionalesde conformidad con el Proyecto Educativo Institucional.

6.6.- La Dirección Nacional de Formación y Capacita-ción Docente, resolverá los casos específicos no contem-plados en la presente norma.

ANEXO Nº 1

EVALUACIÓN DE POSTULANTES PARAENCARGATURAS DE DIRECTOR GENERAL DE ISP/

ESFA/IS

Apellidos y nombres .................................................................................

Expediente Nº ............................ Nº de folios .............................................

Cargo que ocupa............................... ISP/ESFA/IS ..................................

Nivel magisterial ............................... Código Modular ...............................

Valoración Valoraciónóptima real

Doctorado 05 puntos

Antece- Maestría, postgrado y segunda 05 puntosdentes especializaciónprofesio- Título profesional de profesor 20 puntosnales o licenciado en educación50 puntos Actualizaciones o capacitación 20 puntos

en los últimos 5 años, con 40 máximohoras como mínimo 3 puntospor cada uno

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Valoración Valoraciónóptima real

Experiencia como docente en 30 puntosExperiencia educación superior 3 puntos máximoprofesional por cada año

50 puntos Experiencia en gestión institu- 20 puntoscional o pedagógica 2 puntos máximopor cada año

Total puntaje valoración óptima 100 puntos

Total puntaje obtenido

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0225-2004-ED

Lima, 10 de mayo de 2004

Vistos el Oficio Nº 1370-2003-PP/ED del ProcuradorPúblico del Estado encargado de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Educación, el Expediente Nº 38649-2003y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que mediante lo establecido en el Informe Especial Nº001-2001-OAI-ICF de la Oficina de Auditoría Interna del Mi-nisterio de Educación, ha quedado acreditado que los Sres.Ing. Enrique Cruzado Aguilar (ex Secretario General delMED) y el Eco. Rafael Cotrina Chávez (ex Jefe de la Oficinade Administración del MED), apartándose de las funcionesprevistas en el Manual de Organización y Funciones delMinisterio de Educación, dispusieron trámites irregulares alpedido de CORPERU (entidad dirigida por los Sres. HéctorMonsalve Salas y Juan Ibarra Vilcahuamán, Presidente yCoordinador Nacional de dicha institución, respectivamen-te), la misma que sin mantener ningún vínculo, ni relaciónfuncional con el Ministerio de Educación, le solicitó apoyoeconómico para el funcionamiento de un evento de capacita-ción cuya naturaleza nada tenía que ver con el proceso edu-cativo, evidenciándose de esta manera la voluntad de per-juicio de parte de los directivos de CORPERU para con lamáxima entidad del sector educación;

Que mediante el Oficio Nº 1370-2003-PP/ED el Procura-dor Público del Sector Educación solicita, en consecuencia,que éste Ministerio emita la Resolución Autoritativa que lepermita interponer las acciones judiciales pertinentes contralos Sres. Enrique Cruzado Aguilar, Rafael Cotrina Chávez,Jorge Sandoval Corrigioles, Héctor Monsalve Salas y JuanIbarra Vilcahuamán por haber concedido y/o beneficiado aterceros con una subvención económica irregular en gastosde alimentación y apoyo logístico a favor de la llamada "Cor-poración Nacional de Empresas Agrarias y Agroindustriales -CORPERU” y en perjuicio del Ministerio de Educación. Soli-citud que se fundamenta en las responsabilidades determi-nadas en el Informe Especial Nº 001-2001-OAI-ICF denomi-nado "Pago irregular de eventos de capacitación a favor de ladenominada Corporación de Empresas Agrarias y Agroindus-triales del Perú - CORPERU, en perjuicio del Ministerio deEducación” de fecha 8 de mayo del 2001, emitido por el Jefede Auditoría Interna del Ministerio de Educación;

Que los trámites irregulares referidos posibilitaron queel Ministerio de Educación financiara el evento de capaci-tación de CORPERU para dirigentes Agrarios, el cual sepresume no ha estado referido a temas educativos, comolo señala el asunto del Oficio Nº 032/00-CORPERU-N, locual ha originado un perjuicio económico al Ministerio deEducación por el monto de S/. 61,294.50 (sesenta y un mildoscientos noventa y cuatro con 50/100 nuevos soles);

Que el pago de S/. 61,294.50 nuevos soles facturadopor el Centro Vacacional Huampaní a nombre del Ministe-rio de Educación, se originó a consecuencia de la CartaNº 001-2000-ME/SG-OA de fecha 28 de febrero del 2000,mediante la cual el Eco. Rafael Cotrina Chávez comunicaal Presidente de CORPERU que el Ministerio de Educa-ción "ha estimado conveniente apoyar a la corporación quepreside con alimentación y apoyo logístico para la realiza-ción del evento los días 2 al 4 de marzo del 2000”, docu-mento que junto con la Orden de Servicio Nº 201396 de 20de julio del 2000 suscrita por el Ing. Enrique Cruzado Agui-

lar y que autoriza la ejecución del servicio, son los quepermiten establecer la existencia de indicios razonablesde responsabilidad civil de los implicados;

Que además, queda probado que el Sr. Jorge Sando-val Corrigioles, ex Gerente Administrativo del Centro Va-cacional Huampaní, dispuso acciones y autorizó un se-gundo contrato para prestar servicios a CORPERU por losdías 31 de mayo y 1 de abril del 2000, para lo cual no con-taba con ninguna autorización ni ofrecimiento del Ministe-rio de Educación, toda vez que la Carta Nº 001-2000-ME/SG-OA sólo estaba referida al apoyo para el primer eventoantes mencionado;

Que la irregular atención al segundo evento de capaci-tación ha originado un perjuicio económico al Centro Vaca-cional Huampaní por el monto de S/. 97,531.00 (noventa ysiete mil quinientos treinta y uno con 00/100 nuevos so-les), el cual a la fecha se encuentra pendiente de facturar,dificultándose su pago toda vez que el Ministerio de Edu-cación no lo puede asumir;

Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica,mediante el Informe Nº 521-2004-ME/SG-OAJ; y,

De conformidad con el Artículo 47º de la ConstituciónPolítica del Estado y el Artículo 12º del Decreto LeyNº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Esta-do encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEducación, para que inicie las acciones judiciales perti-nentes contra los Sres. Enrique Cruzado Aguilar, RafaelCotrina Chávez, Jorge Sandoval Corrigioles, Héctor Mon-salve Salas y Juan Ibarra Vilcahuamán, por haber conce-dido y/o beneficiado a terceros con una subvención eco-nómica irregular en gastos de alimentación y apoyo logísti-co a favor de la denominada "Corporación Nacional deEmpresas Agrarias y Agroindustriales - CORPERU” y enperjuicio del Ministerio de Educación.

Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an-tecedentes de la presente Resolución, para su conocimientoy fines consiguientes.

Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a laOficina de Control Institucional del Ministerio de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

08914

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0226-2004-ED

Lima, 10 de mayo de 2004

Vistos el Oficio Nº 2245-2003-PA/ED del ProcuradorPúblico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Educación, el Expediente Nº 58909-2003 y demás ac-tuados;

CONSIDERANDO:

Que mediante Informe Especial Nº 015-2003-2-01190,del 19 de septiembre de 2003, emitido por el Órgano deControl Institucional del Ministerio de Educación, se seña-la que de la revisión efectuada a la documentación propor-cionada por Tesorería y Abastecimiento de la Unidad deServicios Educativos Nº 06, correspondiente al Ejercicio2002, se ha evidenciado que por medio de la Orden deCompra Nº 0002, del 7 de enero de 2002, y la Orden deServicio Nº 0042, del 7 de febrero de 2002, se adquirieronmódulos y mobiliario de Oficina para los ambientes de Per-sonal, Tesorería y Administración del Área de Gestión Ad-ministrativa de la indicada USE (Programa 003 Adminis-tración), por un valor total de S/. 62 844,00 (Sesenta y dosmil ochocientos cuarenta y cuatro y 00/100 nuevos soles),de los cuales S/. 48 994,00 se financió indebidamente con

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����� ������ ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

recursos presupuestales asignados a los Programas 027Educación Primaria (S/.33 994,00) y 028 Educación Se-cundaria (S/. 15 000,00), programas orientados a la con-secución de acciones y servicios en materia de educa-ción, cultura, deporte y recreación; por lo que los servido-res públicos citados en el párrafo precedente habrían incu-rrido en delito contra la Administración Pública, en perjui-cio de USE Nº 06;

Que, en tal virtud, y con documentación anexa al OficioNº 2245-2003-PA/ED, del 20 de octubre de 2003, el Procu-rador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Mi-nisterio de Educación solicita se expida la Resolución Mi-nisterial que autorice a dicha Procuraduría a interponer lasacciones judiciales pertinentes contra Federico GutiérrezMuñante, por la presunta comisión de delito contra la admi-nistración pública, en la modalidad retardo de actos oficia-les y malversación de fondos, ilícitos previstos en los artícu-los 377º y 389º del Código Penal, respectivamente; y contraNelson Vigil Gálvez, Andrés Hilario Torres, María del Car-men Angulo Roggero, Alicia Damas Niño y Luis Ríos Gó-mez, por la presunta comisión de delito contra la administra-ción pública, en la modalidad de malversación de fondos,ilícito previsto en el artículo 389º del Código Penal;

Que, de acuerdo a los documentos que obran en autos,existen indicios razonables de malversación de fondos porparte de los referidos servidores públicos, toda vez que losfondos presupuestales orientados a cubrir las necesidadesde los Programas 027 y 028, han tenido una aplicación dis-tinta de aquella a la que estaban destinados, habiéndoseafectado la consecución de las metas previstas en los cita-dos programas educativos, razón por la que correspondeiniciar las acciones judiciales para determinar las responsa-bilidades penales y civiles a que hubiere a lugar;

Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica,mediante el Informe Nº 551-2004-E/SG-OAJ; y,

De conformidad con el artículo 47º de la ConstituciónPolítica del Perú y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estadoencargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Edu-cación, para que inicie las acciones judiciales correspon-dientes contra Federico Gutiérrez Muñante, Nelson VigilGálvez, Andrés Hilario Torres, María del Carmen AnguloRoggero, Alicia Damas Niño y Luis Ríos Gómez, por lo ex-puesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an-tecedentes de la presente Resolución, para su conocimientoy fines consiguientes.

Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución ala Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educa-ción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

08915

JUSTICIA

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 095-2004-JUS

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu-ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedady del Estado;

Que, MAGNA MARTINA TOMAYQUISPE SANCA, seencuentra interna en el Establecimiento Penitenciario Mu-jeres Chorrillos;

Que, de acuerdo al Informe Médico Nº 587-2003-INPE-17-231/ASP, de fecha 12 de noviembre del 2003, la citada

interna ha sido diagnosticada con una enfermedad en faseterminal, indicando que es factible tenerla en cuenta paraque se le otorgue el derecho de gracia humanitario;

Que, considerando que la Constitución Política de 1993en su artículo 139º inciso 22), establece que el régimenpenitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitacióny reincorporación del penado a la sociedad;

Que, considerando que en casos excepcionales comoel presente, de personas con enfermedades graves, la con-tinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todosentido jurídico y moral;

Que, el caso de la referida interna por sus condicionespersonales y su avanzado estado de salud, se adecua alos requerimientos de su derecho de gracia humanitario,por encontrarse debidamente acreditada su enfermedaden el documento antes mencionado;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º,118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de la Repúbli-ca dictar resoluciones y conceder indultos;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Conceder DERECHO DE GRACIA porrazones humanitarias a MAGNA MARTINA TOMAYQUIS-PE SANCA, quien se encuentra interna en el Estableci-miento Penitenciario Mujeres Chorrillos.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

BALDO KRESALJA ROSSELLÓMinistro de Justicia

08956

PRODUCE

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 189-2004-PRODUCE

Lima, 10 de mayo de 2004

VISTO:

El proyecto de modificación de las Bases “Calificaciónde las Empresas Proveedoras del Servicio de Seguimien-to Satelital de las Embarcaciones Pesqueras”, presentadopor la Comisión constituida por Resolución MinisterialNº 206-2003-PRODUCE; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1º de la Resolución MinisterialNº 206-2003-PRODUCE, se constituyó la Comisión encar-gada de elaborar las especificaciones técnicas mínimas delos bienes y servicios necesarios para implementar el Sis-tema de Seguimiento Satelital - SISESAT, en las embarca-ciones pesqueras de mayor escala, incluidas las que obtu-vieron su permiso de pesca al amparo de la Ley Nº 26920;

Que, conforme la Resolución Ministerial Nº 446-2003-PRODUCE, del 13 de noviembre del 2003, aprobaron lasBases “Calificación de las Empresas Proveedoras del Ser-vicio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pes-queras”;

Que, la referida Comisión ha propuesto algunas modifi-caciones a las indicadas Bases, con el propósito de hacerviable la calificación de las empresas proveedoras del ser-vicio del Sistema Seguimiento Satelital - SISESAT, debidoa que se advierte de las referidas Bases, un Cronogramaque se encuentra desfasado, por lo que resulta necesarioque se proceda a su modificación en dicho extremo, a efec-tos de mantener abierta la posibilidad para que cualquierempresa precalificada se presente a la respectiva califica-ción administrativa;

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����� ����������������Lima, martes 11 de mayo de 2004

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 7.2 delartículo 7º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Sa-telital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE; y en uso de las atribuciones conferidaspor el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, modifica-do por el Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE; y,

Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería;y,

De conformidad con las atribuciones conferidas por elliteral i) del artículo 11º del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE

Artículo 1º.- Modificar el Capítulo II de las Bases “Ca-lificación de las Empresas Proveedoras del Servicio deSeguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesqueras”,el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

“CAPÍTULO IICALENDARIO

2.1. CONVOCATORIALas empresas precalificadas que pretendan ser declara-

das aptas para proveer el Servicio de Seguimiento Satelital,podrán presentar una solicitud dirigida a la Comisión consti-tuida por Resolución Ministerial Nº 128-2004-PRODUCE del26 de marzo del 2004, a efecto que sean evaluadas.

2.2. ENTREGA DE BASESLas Bases “Calificación de las Empresas Proveedoras

del Servicio de Seguimiento Satelital de las Embarcacio-nes Pesqueras” podrán ser recabadas en la Oficina de Trá-mite Documentario del Ministerio de la Producción, por lasempresas precalificadas”.

Artículo 2º.- Modificar el Cronograma del Anexo 7 de lasBases “Calificación de las Empresas Proveedoras del Servi-cio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesque-ras”, estableciendo como fecha límite para que las empresasprecalificadas presenten la documentación pertinente a efec-to de que sean declaradas aptas para brindar el servicio delSistema de Seguimiento Satelital, el día 31 de diciembre 2004.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTAMinistro de la Producción

08942

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 190-2004-PRODUCE

Lima, 10 de mayo de 2004

VISTA:

El Acta Nº 001-2004-COMISION-SISESAT, de fecha 7de mayo del 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Generalde Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recur-sos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales delPerú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el ma-nejo integral y la explotación racional de dichos recursos, consi-derando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRO-DUCE, se aprobó el Reglamento del Sistema de Segui-miento Satelital - SISESAT, estableciéndose las disposi-ciones que los armadores pesqueros y las empresas pro-veedoras del servicio deben cumplir para la implementacióndel nuevo Sistema de Seguimiento Satelital;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 128-2004-PRODUCE, se creó la Comisión encargada de evaluar ladocumentación y calificación de las empresas que se en-

cuentren aptas para brindar el Servicio de SeguimientoSatelital;

Que la empresa SISPERU S.A.C., cuenta con los dere-chos administrativos requeridos por el Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, y además con la opinión favorable delMinisterio de Defensa debido a que no registra hasta la fechaantecedentes que ofrezcan riesgo a la seguridad del Estado;

Que, en tal sentido, de acuerdo al Acta Nº 001-2004-COMISION-SISESAT de fecha 7 de mayo del 2004, la men-cionada Comisión acordó por unanimidad declarar a SIS-PERU S.A.C., como empresa apta para brindar el Serviciode Seguimiento Satelital de acuerdo a los alcances esta-blecidos por el Reglamento del Sistema de SeguimientoSatelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto SupremoNº 026-2003-PRODUCE; y,

Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería;y,

De conformidad con las atribuciones conferidas por elliteral i) del artículo 11º del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar a SISPERU S.A.C. como empre-sa proveedora el Servicio de Seguimiento Satelital de acuer-do a los alcances establecidos por el Reglamento del Sis-tema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE.

Artículo 2º.- Autorizar a la empresa SISPERU S.A.C.a suscribir el Contrato Tipo de Prestación de Servicios deSeguimiento Satelital - SISESAT, establecido por el Decre-to Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, con los armadorespesqueros que han obtenido su permiso de pesca al am-paro de la Ley Nº 26920 y normas complementarias.

Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, y la Dirección Nacional de Se-guimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produc-ción, están obligadas a adoptar las medidas pertinentes, aefectos de dar cumplimiento a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTAMinistro de la Producción

08943

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 186-2004-PRODUCE

Mediante Oficio Nº 562-2004-PRODUCE/SG, el Minis-terio de la Producción solicita se publique Fe de Erratas dela Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE, publi-cada en la edición del día 7 de mayo de 2004.

En la página 268041;

DICE:

Artículo 7º.-(...)

7.3 De la información histórica de desembarques seseleccionarán los 5 mayores valores del período a que serefiere el acápite 7.1 del presente artículo por cada.

7.4 embarcación, y se obtendrá el promedio pondera-do de éstos. La capacidad de bodega será tomada en cuen-ta para aquellas embarcaciones que se consideren opera-tivas; caso contrario, se consignará el valor de cero.

7.5 La cuota individual por armador o empresa tomaen cuenta la suma de los subíndices de desembarques yde capacidad de bodega.

7.6 La Dirección Nacional de Extracción y Procesa-miento Pesquero del Ministerio de la Producción, publicarálos Índices de Participación y la Cuota Individual de Pescaasignada a cada armador o empresa, teniendo como plazohasta el 12 de mayo del 2004.

Artículo 11º.-(...)

a.1 La embarcación arrastrera de deberá contar ...

a.4 Las operaciones de pesca deberán desarrollarseconforme a las medidas de ordenamiento pesquero conte-

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nidas en los numerales 5.2, 5.3, 5.5, 5.6, 5.10, 5.13 y 6.12del Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE.

DEBE DECIR:

Artículo 7º.-(...)

7.3 De la información histórica de desembarques seseleccionarán los 5 mayores valores del período a que serefiere el acápite 7.1 del presente artículo por cada embar-cación, y se obtendrá el promedio ponderado de éstos. Lacapacidad de bodega será tomada en cuenta para aque-llas embarcaciones que se consideren operativas; casocontrario, se consignará el valor de cero.

7.4 La cuota individual por armador o empresa tomaen cuenta la suma de los subíndices de desembarques yde capacidad de bodega.

7.5 La Dirección Nacional de Extracción y Procesa-miento Pesquero del Ministerio de la Producción, publicarálos Índices de Participación y la Cuota Individual de Pescaasignada a cada armador o empresa, teniendo como plazohasta el 12 de mayo del 2004.

Artículo 11º.-(...)

a.1 La embarcación arrastrera deberá contar ...

a.4 Las operaciones de pesca deberán desarrollarseconforme a las medidas de ordenamiento pesquero conte-nidas en los numerales 5.2, 5.3, 5.5, 5.6, 5.10, 5.13 y 6.2del Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE.

08912

RELACIONES EXTERIORES

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 158-2004-RE

Lima, 10 de mayo de 2004

Vista la sentencia del Tribunal Constitucional de 21 deenero de 2004, recaída sobre el Expediente Nº 2254-2003-AA/TC, referida a la Acción de Amparo interpuesta por donFélix Calderón Urtecho contra el Ministerio de RelacionesExteriores, que declaró fundada la demanda, en conse-cuencia, inaplicable al demandante la Resolución Ministe-rial Nº 0015/RE de 8 de enero de 2002, ordenando que eldemandado disponga, en forma inmediata e incondicional,la ampliación, con carácter retroactivo al 1 de enero de1996, del tiempo de permanencia del demandante en lacategoría de Ministro en el Servicio Diplomático de la Re-pública, y que lo promueva a la categoría inmediata supe-rior, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2002;

Vista, asimismo, la resolución del Tribunal Constitucionalde 30 de enero de 2004, por la que se precisa que la promo-ción a la categoría inmediata superior deberá darse previaevaluación del demandante y siempre que cumpla con losrequisitos señalados para las evaluaciones y promocionesde los funcionarios diplomáticos, establecidos por la Ley delServicio Diplomático de la República y su Reglamento;

Considerando las Actas de la Comisión de Personal defechas 13 y 26 de marzo de 2004, respectivamente, en cum-plimiento de lo resuelto por el Tribunal Constitucional medianteResoluciones de 21 y 30 de enero de 2004, en donde se revi-só la evaluación del demandante, efectuada por la referida Co-misión en el mes de diciembre de 2003; y se decidió comuni-car que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República,Félix César Calderón Urtecho, cumple con los requisitos parasu promoción a la categoría inmediata superior;

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Instruc-ción (GAB) Nº 465, del Gabinete del señor Ministro, de 13de marzo de 2004; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2191, delGabinete de Coordinación del Viceministro y SecretarioGeneral de Relaciones Exteriores, de 16 de marzo de 2004;la Hoja de Instrucción (GAB) Nº 721, del Gabinete del se-ñor Ministro, de 15 de abril de 2004; y la Hoja de Trámite(GAC) Nº 3251, del Gabinete de Coordinación del Vicemi-nistro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de16 de abril de 2004;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplo-mático de la República; y el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE,Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Promover a la categoría de Emba-jador en el Servicio Diplomático de la República al MinistroFélix César Calderón Urtecho.

Artículo Segundo.- La citada promoción se hará efec-tiva a partir del 1 de enero del año 2002.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUEPresidente Constitucional de la República

MANUEL RODRÍGUEZ CUADROSMinistro de Relaciones Exteriores

08957

TRABAJO Y PROMOCIÓN

DEL EMPLEO

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DECRETO SUPREMONº 005-2004-TR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27803 busca implementar las recomen-daciones derivadas de las Comisiones creadas por lasLeyes Nºs. 27452 y 27586, encargadas de revisar los ce-ses colectivos, efectuados en las empresas del Estadosujetas a procesos de promoción de la Inversión Privada yen las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales;

Que, a fin de lograr el correcto cumplimiento de lo esti-pulado en la Ley Nº 27803 se dictó el Decreto SupremoNº 014-2002-TR, que establece reglas generales para laimplementación de las recomendaciones de las ComisionesEspeciales creadas por Leyes Nº 27452 y Nº 27586; laconformación y actuación de la Comisión Ejecutiva; y laimplementación, conformación y ejecución del ProgramaExtraordinario de Acceso a Beneficios y Registro Nacionalde Trabajadores Cesados Irregularmente;

Que, el numeral 3 del artículo 2º, del Decreto SupremoNº 014-2002-TR, hace referencia a los ex trabajadores que opor-tunamente presentaron solicitudes de revisión de cese al am-paro de las Leyes Nº 27487 y Nº 27452; sin embargo, sólo en elcaso de la revisión de los ceses colectivos en las entidades delSector Público y Gobiernos Locales se exigió la presentaciónde la solicitud de revisión de cese al 23 de julio de 2001, confor-me al Decreto Supremo Nº 022-2001-TR, no así en el caso dela Comisión Especial de la Ley Nº 27452, sobre revisión deceses colectivos en las empresas sometidas a proceso de pro-moción de la inversión privada, por lo que cabe precisar que laexigencia de la presentación de dicha solicitud sólo correspon-de a los trabajadores comprendidos en la Ley Nº 27487;

Que, asimismo, se hace necesario precisar lo que debeentenderse por presentación de la solicitud de revisión decese ante las Comisiones Especiales creadas por la LeyNº 27487, con la finalidad de evitar interpretaciones que li-miten los alcances de la Ley Nº 27803, considerándose quedeben tenerse en cuenta las solicitudes presentadas hastatreinta (30) días antes de la fecha máxima de entrega de losInformes Finales de dichas Comisiones a la Comisión Multi-sectorial, conforme a lo establecido por la Ley Nº 27586; y,

De conformidad con lo regulado en el numeral 8 delartículo 18º de la Constitución Política del Perú, el DecretoLegislativo Nº 560 y la Ley Nº 27803;

DECRETA:

Artículo 1º.- Precisión del numeral 3 del artículo 2ºdel Decreto Supremo Nº 014-2002-TR

1.1 Las solicitudes de revisión de cese oportunamentepresentadas que se mencionan en el numeral 3 del artícu-lo 2º del Decreto Supremo Nº 014-2002-TR, sólo se en-cuentran referidas a aquellas presentadas por los ex tra-bajadores cesados en el sector público por renuncia me-diante coacción, comprendidos en la Ley Nº 27487.

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1.2 La Comisión Ejecutiva al momento de evaluar las renun-cias por coacción de los ex trabajadores comprendidos en elnumeral anterior, tendrá en cuenta las solicitudes de revisión decese presentadas ante las Comisiones Especiales creadas porla Ley Nº 27487, hasta el 30 de noviembre de 2001.

Artículo 2º.- Del RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez díasdel mes de mayo del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

JAVIER NEVES MUJICAMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

08954

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CONSEJO EJECUTIVO DEL

PODER JUDICIAL

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 065-2004-CE-PJ

Lima, 31 de marzo del 2004

VISTOS:

Los Oficios Nºs. 913, 2796-2002 y 307-2003-P-CSJIC/PJ,del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, y Nº 427-2003-GG/PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia deIca, formula a este Órgano de Gobierno los siguientes pedi-dos: a) Dejar sin efecto la Subespecialización de la Primera ySegunda Salas Superiores Especializadas en lo Penal de Ica,dispuesta mediante Resolución Administrativa Nº 457-CME-PJ, expedida por la ex Comisión Ejecutiva del Poder Judicial;y se les otorgue carácter de itinerante; b) Creación de unaSala Penal en Chincha o una Sala Superior EspecializadaLaboral, Contencioso Administrativa y de Derecho Público;c) Ampliar la competencia de las Salas Superiores Especiali-zadas en lo Penal de Ica a la provincia de Pisco; y d) Reincor-porar al Distrito Judicial de Ica a la provincia de Castrovirrey-na y al distrito de Pilpichaca de la provincia de Huaytará;

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia deIca fundamenta sus pedidos en que la Resolución Admi-nistrativa Nº 457-CME-PJ, que otorgó a la Primera Sala Pe-nal de dicha Corte Superior competencia exclusiva paraconocer en grado de apelación los procesos sumarios y pro-cesos especiales en los cuales el Juez tiene facultad defallo, así como carácter de itinerante en el ámbito de su com-petencia territorial, constituida por las provincias de Ica, Palpay Nasca del departamento de Ica, y la provincia de Lucanasdel departamento de Ayacucho, y a la Segunda Sala Penalcompetencia exclusiva para conocer procesos penales or-dinarios en el ámbito de su competencia territorial, ha gene-rado desigual distribución de la carga procesal entre amboscolegiados, resultando de ello que en la Primera Sala Penalse tramiten más del 70% de los expedientes ingresados,con el consiguiente perjuicio en el servicio de administra-ción de justicia por la evidente sobrecarga procesal;

Que, asimismo, precisa que con la supresión de la Sub-especialización establecida por Resolución AdministrativaNº 457-CME-PJ, y teniendo en cuenta las necesidades deacceso al servicio de Administración de Justicia de las pobla-ciones de las provincias de Ica, Palpa y Nasca del departa-mento de Ica y de las provincias de Lucanas, Parinacochas yPaucar del Sara Sara del departamento de Ayacucho, seríafactible que se otorgue carácter de itinerante a ambas Salas

Superiores en el ámbito de su competencia territorial;Que, en tal sentido el Informe Nº 023-2003-SEP-GP-

GG, de la Gerencia General de Poder Judicial concluyeque es factible la petición del Presidente de la Corte Supe-rior de Justicia de Ica en los extremos mencionados;

Que, en cuanto a la solicitud de creación de una Sala Pe-nal en Chincha o una Sala Superior Especializada Laboral,Contencioso Administrativa y de Derecho Público, y se amplíela competencia de las Salas Superiores Especializadas en loPenal de Ica a la provincia de Pisco, fluye de lo actuado quetales pedidos carecen de objeto en razón a que mediante Re-solución Administrativa Nº 195-2002-CE-PJ, de fecha 20 dediciembre del 2002, se creó la Segunda Sala Mixta de Chin-cha con competencia territorial también en la provincia de Pis-co, así como en la provincia de Huaytará, con excepción deldistrito de Pilpichaca que pertenece jurisdiccionalmente al dis-trito Judicial de Huancavelica, por lo que al crearse dicha SalaMixta se descongestionó la carga procesal existente;

Que, por último, con relación al pedido para que la provin-cia de Castrovirreyna y el distrito de Pilpichaca de la provinciade Huaytará, comprensión del departamento y Distrito Judi-cial de Huancavelica, sean reincorporados al Distrito Judicialde Ica, es menester precisar que dicha solicitud guarda rela-ción con la reconsideración formulada a fin de que se deje sinefecto la Resolución Administrativa Nº 1324-CME-PJ expedi-da con fecha 22 de noviembre del 2000 por la ex ComisiónEjecutiva del Poder Judicial que dispuso la incorporación de laprovincia de Castrovirreyna y del distrito de Pilpichaca, de laprovincia de Huaytará al Distrito Judicial de Huancavelica, elmismo que corre en cuaderno independiente y se encuentraactualmente en proceso de obtención de informes comple-mentarios a efectos de emitir el pronunciamiento respectivo;

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribu-ciones conferidas por el inciso 26 del artículo 82º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordi-naria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 165 a168, sin la intervención del señor Presidente de este Órgano deGobierno por asistir a un evento oficial, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Admi-nistrativa Nº 457-CME-PJ, del 29 de setiembre de 1997, que dis-puso la Subespecialización de la Primera y Segunda Salas Es-pecializadas en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica.

Artículo Segundo.- Otorgar a la Primera y Segunda Sa-las Especializadas en lo Penal de la Corte Superior de Justi-cia de Ica, carácter itinerante en el ámbito de su competenciaterritorial, a las provincias de Palpa y Nasca del departamentode Ica y, de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Saradel departamento de Ayacucho, para lo cual se tendrá en cuentael monto asignado por este concepto dentro de las limitacio-nes que existen en el pliego presupuestal del Poder Judicial.

Artículo Tercero.- Declarar que carece de objeto emi-tir pronunciamiento respecto a los pedidos formulados porel Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica sobrecreación de una Sala Penal en Chincha o de una Sala Su-perior Especializada Laboral, Contencioso Administrativay de Derecho Público, ampliar la competencia de las SalasSuperiores Especializadas en lo Penal de Ica a la provin-cia de Pisco, así como de reincorporar al Distrito Judicialde Ica a la provincia de Castrovirreyna y el distrito de Pilpi-chaca de la provincia de Huaytará, por las razones expues-tas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de la CorteSuperior de Justicia de Ica a dictar las disposiciones nece-sarias para el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo Quinto.- La aplicación de la presente Resolu-ción no irrogará mayores gastos al Poder Judicial.

Artículo Sexto.- Transcribir la presente Resolución ala Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Re-pública, a la Presidencia de la Corte Superior de Justiciade Ica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

SS.

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN

JOSÉ DONAIRES CUBA

EDGARDO AMEZ HERRERA

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

08926

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 066-2004-CE-PJ

Lima, 31 de marzo del 2004

VISTOS:

El Oficio Nº 578-2002-P-MP-CSJHP/PJ cursado por elPresidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco-Pasco y el Informe Nº 132-2002-SEP-GP-GG de la Geren-cia General del Poder Judicial; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia deHuánuco-Pasco remite a este Órgano de Gobierno el ex-pediente administrativo que contiene la propuesta de crea-ción de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesinade Nueva Libertad de Sogobamba, distrito de Chinchao,provincia y departamento de Huánuco, presentada por au-toridades y comuneros de la referida comunidad;

Que, la solicitud de creación se fundamenta en tenerpoblación aproximada de 2925 habitantes y en la necesi-dad de contar con autoridad judicial que permita a los po-bladores solucionar sus conflictos en materia civil, penal yde familia que se presentan, pues el Juzgado de Paz máscercano está en la comunidad de Mayobamba, situado a 6kilómetros de distancia, tres por carretera y tres por cami-no de herradura, la cual en temporada lluviosa se tornaintransitable, empleándose en promedio una hora y diezminutos en su recorrido;

Que, el Informe Nº 132-2002-SEP-GP-GG de la Ge-rencia General del Poder Judicial concluye que es factiblela creación del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesi-na de Nueva Libertad de Sogobamba, que tendrá compe-tencia además en las comunidades de Huallintuhsa y An-tapucno, y el caserío de Tuclla;

Que, por el número de habitantes que beneficiaría elJuzgado de Paz y siendo objetivo de este Poder del Esta-do el de administrar justicia en forma rápida y eficaz, resul-ta procedente la petición que se formula;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-blecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de confor-midad con el informe de fojas 84 a 85, sin la intervencióndel señor Presidente de este órgano de Gobierno por asis-tir a un evento oficial, en sesión ordinaria de la fecha, porunanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Co-munidad Campesina de Nueva Libertad de Sogobamba,distrito de Chinchao, provincia y departamento de Huánu-co, Distrito Judicial de Huánuco-Pasco; con competenciaademás en las comunidades de Huallintuhsa y Antapucno,así como en el caserío de Tuclla;

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resoluciónal Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia deHuánuco-Pasco y a la Gerencia General del Poder Judi-cial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN

JOSÉ DONAIRES CUBA

EDGARDO AMEZ HERRERA

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

08927

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 083-2004-CE-PJ

Lima, 29 de abril del 2004

VISTOS:

Los Oficios Nºs. 0456-2002-CSJCA-PJ-S, 736-2003-P-CSJCA-PJ-S, 1043-2003-P-CSJCA-PJ-S, del Presidentede la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; 914-2003/MJBC-CR del señor Congresista Manuel Jesús BustamanteCoronado; y 0181-2002-GR.CAJ-CR/SCR, del Secretariodel Gobierno Regional de Cajamarca; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante los referidos documentos se formulanante este Órgano de Gobierno los siguientes pedidos: a)Creación de un Juzgado Especializado en lo Penal en laprovincia de Chota, b) Reubicación del Juzgado Mixto y dePaz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Santa Apo-lonia a la provincia de Chota y a la Sede de la Corte Supe-rior de Justicia de Cajamarca, respectivamente, y, c) Quela Sala Superior Descentralizada e Itinerante de Santa Cruztenga como sede la provincia de Chota;

Que, de los cuadros estadísticos contenidos en el In-forme Nº 125-2003-SEP-GP-GG de la Gerencia Generaldel Poder Judicial, aparece que la carga pendiente del Juz-gado Especializado en lo Penal de la provincia de Chotapara el año 2002 fue de 3803 expedientes y para el año2003 tuvo una proyección de 4367 expedientes, situaciónque genera reclamos de los justiciables porque no tienenacceso a un oportuno servicio de Administración de Justi-cia; resultando conveniente la creación de otro JuzgadoPenal al existir casi el doble de ingreso respecto a los stán-dares establecidos;

Que, respecto a las peticiones de reubicación del Juz-gado Mixto, en defecto de la creación de otro JuzgadoEspecializado en lo Penal en la provincia de Chota, y delJuzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justiciade Santa Apolonia, es menester precisar que la crea-ción de dicho Módulo obedeció a la política de estable-cer sedes judiciales en zonas periféricas, urbano-mar-ginales y alto-andinas dentro del Plan de Desconcen-tración de las instancias jurisdiccionales de este Poderdel Estado, por lo que si bien en la actualidad no cuen-tan con considerable carga procesal, no es motivo paradisponer, por ahora, su reubicación; siendo convenienteautorizar al Presidente de la Corte Superior de Justiciade Cajamarca para que disponga la ampliación de lacompetencia territorial de ambos órganos jurisdicciona-les, previo estudio respectivo, para que tengan cargaprocesal según los stándares fijados;

Que, por último, en cuanto al traslado de sede de laSala Mixta Descentralizada e Itinerante de Santa Cruz, losinformes emitidos por la mencionada dependencia admi-nistrativa establecen que por razones sociales y geográfi-cas, las mismas que no han variado desde su creación, noresulta procedente modificar o trasladar el lugar de su sede;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad conlo previsto en los incisos 24 y 26 del artículo 82º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conlo expuesto en el informe del señor Consejero EdgardoAmez Herrera quien concuerda con la presente resolución,en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención delseñor Consejero Luis Alberto Mena Núñez por razones desalud, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear el Segundo Juzgado Especia-lizado en lo Penal de la provincia de Chota, Distrito Judicialde Cajamarca; denominándose Primer Juzgado Especiali-zado en lo Penal al que está en funciones.

Artículo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Cor-te Superior de Justicia de Cajamarca, previo el estudio res-pectivo, a ampliar la competencia territorial del JuzgadoMixto y del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico deJusticia de Santa Apolonia, para que ambos órganosjurisdiccionales tengan carga procesal según los stánda-res establecidos.

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Artículo Tercero.- Desestimar los pedidos de reubi-cación de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado del MóduloBásico de Justicia de Santa Apolonia, así como el cambiode sede de la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante deSanta Cruz.

Artículo Cuarto.- Trancríbase la presente resolución ala Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de laMagistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Po-der Judicial, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, y ala Gerencia General del Poder Judicial, para su conoci-miento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

HUGO SIVINA HURTADO

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN

JOSÉ DONAIRES CUBA

EDGARDO AMEZ HERRERA

08928

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 091-2004-CE-PJ

Lima, 7 de mayo del 2004

VISTA:

La Carta cursada por el señor Serge Leteur, Agregadode Seguridad Interior del Servicio de Cooperación TécnicaInternacional de Policía de la Embajada de Francia; y,

CONSIDERANDO:

Que el señor Serge Leteur, Agregado de Seguridad In-terior del Servicio de Cooperación Técnica Internacionalde Policía de la Embajada de Francia, hace de conocimientodel Presidente del Poder Judicial que la Agregaduría Re-gional de Policía ante la Embajada de Francia en Colombiaorganizará en la ciudad de Bogotá los días 12, 13 y 14 demayo de este año, un seminario Franco -Andino, sobre eltema “La Lucha contra el Fraude y la Corrupción en lasLicitaciones Públicas”;

Que, el mencionado evento agrupará a especialistasen el tema a nivel andino, el mismo que tiene como objeti-vo exponer y analizar las modalidades y técnicas utiliza-das en materia de fraude y de corrupción en las licitacio-nes públicas, las medidas legislativas o reglamentarias ylas técnicas de prevención y de lucha contra estas con-ductas delictivas (condiciones de licitación, metodologíade investigación, normatividad penal y administrativa, etc.),y las medidas adoptadas a nivel de la Comunidad Andina yla estrategia unificada a nivel de la Región para luchar con-tra la corrupción en ese ámbito;

Que, al respecto, el señor Serge Leteur informa que elServicio de Cooperación Técnica Internacional de Policíade la Embajada de Francia a través de la Cooperación Fran-cesa, se hará cargo de los gastos de pasaje, alojamiento yalimentos del 11 al 14 de los corrientes del funcionario de-signado;

Que, dada la trascendencia de los temas que se trata-rán en el seminario Franco-Andino sobre el tema “La Lu-cha contra el Fraude y la Corrupción en las LicitacionesPúblicas”, resulta conveniente autorizar el viaje del señorMagistrado Francisco Artemio Távara Córdova, Vocal Su-premo Titular - Jefe de la Oficina de Control de la Magis-tratura del Poder Judicial, a fin de que en representacióndel Poder Judicial, participe en el referido evento, conce-diéndosele la licencia con goce de haber respectiva;

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de susatribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso3) del artículo 241º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de lafecha, sin la intervención del señor Consejero Wálter Vás-quez Vejarano, por estar conformando Sala, por unanimi-dad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar al señor Francisco Arte-mio Távara Córdova, Vocal Supremo Titular - Jefe de laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,para que en representación del Poder Judicial viaje a laciudad de Bogotá - Colombia, del 11 al 14 de mayo del añoen curso, a fin de participar en el seminario Franco-Andinosobre el tema “ La Lucha contra el Fraude y la Corrupciónen las Licitaciones Públicas”; concediéndosele la licenciacon goce de haber respectiva.

Artículo Segundo.- Los gastos de impuestos aéreosy de telefonía no cubiertos por la entidad organizadora delreferido evento, estarán a cargo de la Gerencia Generaldel Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

Impuestos Aéreos US$ 60.24Gastos de Telefonía US$ 50.00

-----------------Total US$ 110.24

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente re-solución no da derecho a exoneración de impuesto o dederechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución ala Corte Suprema de Justicia de la República, al Serviciode Cooperación Técnica Internacional de Policía de laEmbajada de Francia en Perú, a la Gerencia General delPoder Judicial, y al interesado.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

HUGO SIVINA HURTADO

ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN

JOSÉ DONAIRES CUBA

EDGARDO AMEZ HERRERA

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

08929

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BANCO CENTRAL DE RESERVA

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RESOLUCIÓN DE DIRECTORIONº 026-2004

Lima, 10 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, es política del Banco Central de Reserva del Perúmantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fun-damentales relacionados con la finalidad y funciones delBanco Central;

Que, para el cumplimiento de sus funciones la Geren-cia de Administración tiene entre sus objetivos el adecua-do manejo de los recursos humanos;

Que, el Centro de Estudios Monetarios Latinoamerica-nos (CEMLA), conjuntamente con el Banco Central de laRepública Argentina, llevarán a cabo la VI Reunión sobreAdministración de Recursos Humanos de Banca Centralen la ciudad de Buenos Aires, Argentina, el 13 y 14 demayo de 2004, para lo cual han cursado la invitación a esteBanco Central;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo

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����� ����� ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

acordado por el Directorio en su sesión de 15 de abril de2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señorRoberto Eslava Robles, Subgerente de Personal de la Ge-rencia de Administracion, a la ciudad de Buenos Aires, Ar-gentina, del 13 al 15 de mayo, y al pago de los gastos, a finde intervenir en el certamen mencionado en la parte consi-derativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será comosigue:

Pasajes: US$ 336,90Viáticos: US$ 600,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28,24Total US$ 965,14

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derechoa exoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación.

JAVIER SILVA RUETEPresidente

08913

MINISTERIO PÚBLICO

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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 679-2004-MP-FN

Lima, 10 de mayo de 2004

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provin-cial en el Distrito Judicial de Loreto, en el Despacho de laFiscalía Provincial Mixta de Loreto-Nauta, lo que hace ne-cesario cubrirla provisionalmente;

Estando a las facultades concedidas por el Artículo 64ºdel Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Minis-terio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramientodel doctor Hernán Ramiro Pérez Martínez, como FiscalAdjunto Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial dePrevención del Delito de Loreto, Distrito Judicial de Loreto,materia de la Resolución Nº 1684-2002-MP-FN, de fecha12 de setiembre del 2002.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Hernán RamiroPérez Martínez, como Fiscal Provincial Provisional del Dis-trito Judicial de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Pro-vincial Mixta de Loreto-Nauta.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presenteResolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialde Loreto, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Re-gistro de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

08923

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 680-2004-MP-FN

Lima, 10 de mayo de 2004

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facul-tades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legis-lativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el destaque deldoctor Jesús Maicol Asencios Solis, Fiscal Adjunto Pro-vincial Provisional del Pool de Fiscales de Lima, en el Des-pacho de la Fiscalía de la Nación, materia de la Resolu-ción Nº 1894-2003-MP-FN, de fecha 28 de noviembre del2003, debiendo retornar al Pool de Fiscales de Lima.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramientode la doctora Liliana Magdalena Briceño Aguayo, como Fis-cal Adjunta Provincial Provisional de la Trigésima SextaFiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la ResoluciónNº 077-2004-MP-FN, de fecha 15 de enero del 2004.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación dela doctora Ana Esmeralda Arroyo Tavara, Fiscal AdjuntaProvincial Titular de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima ysu destaque a la Comisión Distrital Descentralizada deControl Interno de Lima, materia de la Resolución Nº 374-2003-MP-FN, de fecha 14 de marzo del 2003.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el destaque de ladoctora Rosalba Bravo Puente, Fiscal Adjunta ProvincialProvisional del Pool de Fiscales de Lima, en el Despachode la Quincuagésima Segunda Fiscalía Provincial Penalde Lima, materia de la Resolución Nº 444-2004-MP-FN,de fecha 16 de marzo del 2004, debiendo retornar al Poolde Fiscales de Lima.

Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramientodel doctor Edward Daniel Díaz Tantalean, como Fiscal Ad-junto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de Lima,materia de la Resolución Nº 637-2004-MP-FN, de fecha 3de mayo del 2004.

Artículo Sexto.- Dar por concluida la designación deldoctor Juan Manuel Fernández Castillo, Fiscal AdjuntoProvincial Titular de Lima, en el Despacho de la Quin-cuagésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima,materia de la Resolución Nº 044-2003-MP-FN, de fecha13 de enero del 2004.

Artículo Sétimo.- Dar por concluida la designación deldoctor Miguel Angel Vela Acosta, Fiscal Adjunto ProvincialTitular de Lima, en el Despacho de la Cuadragésima Ter-cera Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Reso-lución Nº 1714-2003-MP-FN, de fecha 10 de noviembre del2003.

Artículo Octavo.- Nombrar al doctor Juan Manuel Fer-nández Alarcón, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Lima,en el Despacho de la Cuadragésima Tercera Fiscalía Pro-vincial Penal de Lima.

Artículo Noveno.- Nombrar al doctor Miguel Angel VelaAcosta, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Lima, en elDespacho de la Quincuagésima Segunda Fiscalía Provin-cial Penal de Lima.

Artículo Décimo.- Nombrar a la doctora Liliana Mag-dalena Briceño Aguayo, como Fiscal Adjunta ProvincialProvisional del Pool de Fiscales de Lima, destacándola alDespacho de la Fiscalía Especializada de la Nación.

Artículo Décimo Primero.- Designar a la doctora AnaEsmeralda Arroyo Tavara, Fiscal Adjunta Provincial Titularde Lima, en el Despacho de la Trigésima Sexta FiscalíaProvincial Penal de Lima.

Artículo Décimo Segundo.- Nombrar al doctor EdwardDaniel Díaz Tantalean, como Fiscal Adjunto ProvincialProvisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despachode la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justi-cia de Villa María del Triunfo.

Artículo Décimo Tercero.- Hacer de conocimiento lapresente Resolución al Fiscal Superior Decano del DistritoJudicial de Lima, Gerencia Central de Personal, Gerenciade Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

08924

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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 681-2004-MP-FN

Lima, 10 de mayo de 2004

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����� ����������������Lima, martes 11 de mayo de 2004

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, el nombramiento de los Fiscales en calidad deprovisionales es de carácter temporal sujeto a las ne-cesidades del servicio establecidas por la Fiscalía dela Nación, quien dentro de sus atribuciones debe adop-tar las medias apropiadas para el buen funcionamientode los despachos fiscales e imagen institucional;

Estando a lo dispuesto por los artículos 29º y 64º delDecreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombra-miento de la doctora Juana Olinda Rojas Cruz, comoFiscal Adjunta Superior Provisional de la Fiscalía Supe-rior Mixta del Distrito Judicial de Huancavelica, materiade la Resolución Nº 1845-2003-MP-FN, de fecha 25 denoviembre del 2003

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento lapresente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis-trito Judicial de Huancavelica, Gerencia Central de Per-sonal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscalmencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

08925

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INACC

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INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONESY CATASTRO MINERO

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 1729-2004-INACC/J

Lima, 7 de mayo del 2004

CONSIDERANDO:

Que, por motivo de comisión de servicios, el Ing. JuanCarlos Barcellos Milla, Jefe Institucional del Instituto Na-cional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, seausentará de la ciudad de Lima del 10 al 12 de mayo del2004;

Que, en consecuencia, resulta necesario encargar lasfunciones del Jefe Institucional del Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero - INACC;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, delReglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero, Decreto Su-premo Nº 002-2003-EM;

Con el visado del Director de la Oficina General de Ase-soría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar al Ing. JORGE SÁNCHEZALBAVERA, las funciones del Jefe Institucional del Institu-to Nacional de Concesiones y Catastro Minero- INACC, apartir del 10 al 12 de mayo del 2004, con retención de sucargo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS BARCELLOS M.Jefe Institucional

08906

SUNARP

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RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTENACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Nº 193-2004-SUNARP/SN

Lima, 7 de mayo de 2004

Visto, el Oficio Nº 370-2004-ZEVIII-SHYO-GAF/JEF, delJefe de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo, solici-tando se declare la nulidad de oficio de la Adjudicación deMenor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO para el "Sumi-nistro de Formatos Impresos para la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo”, al no haberse especificado el valor re-ferencial del proceso de selección; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución del Superintendente Nacional Nº126-2004-SUNARP/SN, se delegó en los Jefes de los Ór-ganos Desconcentrados, entre otras, la facultad de apro-bar Bases Administrativas en Licitaciones Públicas, Con-cursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicacionesde Menor Cuantía;

Que, en uso de la facultad delegada, mediante Resolu-ción Jefatural Nº 109-2004-ZRVIII-SHYO/JEF, se aprobólas Bases del proceso de Adjudicación de Menor CuantíaNº 005-2004-ZRVIII-SHYO;

Que, mediante documento del Visto, el Jefe de la ZonaRegistral Nº VIII informa que las Bases de la Adjudicaciónde Menor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO, no han es-pecificado el Valor Referencial conforme a lo estipulado porel artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM;

Que, en efecto, de la revisión de las referidas Bases seaprecia que únicamente se han consignado los valores re-ferenciales de los ítems Nºs. 1 y 2; omitiéndose señalar elmonto total del valor referencial del proceso, a tenor de loprescrito en el tercer párrafo del artículo 27º de la antedi-cha norma legal;

Que, igualmente no se ha señalado en forma expresaen letras y números el monto a que asciende el exceso del10% del valor referencial, así como el monto a que ascien-den las propuestas inferiores al 70% del valor referencial,según lo establecido por el Acuerdo Nº 017/010 del Tribu-nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mis-mo que constituye precedente de observancia obligatoria;

Que, por otro lado, el artículo 14º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, clasifica a los procesos de selección como: Licita-ción Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa yAdjudicación de Menor Cuantía, indicando que el Regla-mento determinará las características y requisitos;

Que, por su parte, el artículo 14º del Reglamento esta-blece que la Adjudicación Directa se subdivide en: Adjudi-cación Directa Pública que se convoca cuando el montode la adquisición o contratación es mayor al cincuenta porciento (50%) del límite máximo establecido para la Adjudi-cación Directa en la Ley Anual del Presupuesto, requirien-do de publicación para su convocatoria; por otro lado, laAdjudicación Directa Selectiva se convoca cuando el mon-to de la adquisición o contratación es igual o menor al cin-cuenta por ciento (50%) del límite máximo establecido parala Adjudicación Directa en la Ley Anual de Presupuesto,no requiriendo de publicación;

Que, el mismo artículo indica que la Adjudicación deMenor Cuantía se convoca, entre otros, para el suministrode bienes cuyos montos sean inferiores a la décima partedel límite mínimo establecido por la Ley Anual de Presu-puesto para las Licitaciones Públicas;

Que, el valor referencial total del "Suministro de Forma-tos Impresos para la Zona Registral Nº VIII - Sede Huan-cayo”, asciende a S/. 40,000.00 (Cuarenta Mil y 00/100 Nue-vos Soles), por lo que en atención a lo anteriormente ex-

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����� ����� ����������� Lima, martes 11 de mayo de 2004

puesto clasifica como un proceso de Adjudicación DirectaSelectiva;

Que, al efectuar la convocatoria como un proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, correspondiendo convo-car como uno de Adjudicación Directa Selectiva, al omitirel valor referencial del proceso de selección y del mismomodo al no señalar en forma expresa el monto a que as-ciende el exceso del 10% del valor referencial, así como elmonto a que ascienden las propuestas inferiores al 70%del valor referencial, se ha configurado el supuesto de nu-lidad establecido en el artículo 57º del TUO al haber pres-cindido de la forma prescrita por la normatividad, produ-ciéndose la nulidad del proceso de selección debiendo re-trotraerse el mismo hasta la etapa de convocatoria, previareformulación de Bases Administrativas;

De conformidad con artículo 7º de la Ley Nº 26366, Leyde Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos,el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado aprobado mediante Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado mediante De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM y estando al Informe LegalNº 192-2004-SUNARP-GL-LAS de la Gerencia Legal;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de laAdjudicación de Menor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYOpara el "Suministro de Formatos Impresos para la ZonaRegistral Nº VIII - Sede Huancayo”; retrotrayendo el proce-so de selección hasta la etapa de convocatoria, previa re-formulación de Bases Administrativas teniendo en cuentalo señalado en la parte considerativa de la presente Reso-lución.

Artículo Segundo.- Disponer que el Jefe de la ZonaRegistral Nº VIII - Sede Huancayo, adopte las medidas ne-cesarias a efectos de determinar la responsabilidad admi-nistrativa a que hubiera lugar.

Artículo Tercero.- De conformidad con el artículo 26ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, disponer la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de loscinco (5) días siguientes a su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GAMARRA UGAZSuperintendente Nacional de losRegistros Públicos

08901

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GOBIERNO REGIONAL

DE MOQUEGUA

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ORDENANZA REGIONALNº 002-2004-CR/GRM

30 de abril de 2004

LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DEMOQUEGUA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque-gua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifica-da por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIVdel Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Leyde Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, de laLey Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867- su modificatoria - Ley Nº 27902, y demás Normas Com-plementarias;

Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moque-

gua;

CONSIDERANDO:

Que, es necesario aprobar mediante Ordenanza Re-gional el Reglamento para el Proceso Participativo de laRegión Moquegua para el año 2005, a fin de garantizar unproceso de planificación participativa donde confluyan losagentes que representan al Estado así como a los repre-sentantes de la Sociedad Civil Organizada, en concordan-cia con las normas emanadas por el Ministerio de Econo-mía y Finanzas y de conformidad con las políticas estable-cidas por el Gobierno Regional de Moquegua;

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fis-calizador del Gobierno Regional, le corresponde las fun-ciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 yaquellas que le sean delegadas. Está integrado por la Pre-sidenta Regional, el Vicepresidente y los Consejeros Re-gionales;

En Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril del 2004;el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moqueguaha visto por conveniente reglamentar el Proceso Participa-tivo de la Región Moquegua para el año 2005, a fin de ga-rantizar los resultados esperados para el cumplimiento delos objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo RegionalConcertado;

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento para elProceso Participativo de la Región Moquegua 2005, queconsta de cinco (5) Títulos y trece artículos, incluido cua-tro (4) Disposiciones Complementarias Finales.

Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regionalentrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción.

POR TANTO

Mando se publique y cumpla.

CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADOPresidenta Regional

08904

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Entrada en vigencia de la "Convención de las Na-ciones Unidas contra la Delincuencia OrganizadaTransnacional" y sus dos protocolos adicionales: "Pro-tocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata dePersonas Especialmente Mujeres y Niños, que com-plementa la Convención de las Naciones Unidas Con-tra la Delincuencia Organizada Transnacional" y el"Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes porTierra, Mar y Aire, que complementa la Convenciónde las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Orga-nizada Transnacional".

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la LeyNº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/93 comunica la Entrada en vi-gencia de la "Convención de las Naciones Unidas con-tra la Delincuencia Organizada Transnacional" y sus dosprotocolos adicionales: "Protocolo para Prevenir, Repri-mir y Sancionar la Trata de Personas EspecialmenteMujeres y Niños, que complementa la Convención delas Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organiza-da Transnacional" y el "Protocolo Contra el Tráfico Ilíci-to de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complemen-ta la Convención de las Naciones Unidas Contra la De-lincuencia Organizada Transnacional", suscritos por elPerú el 14 de diciembre del año 2000, durante la Conferen-cia de Palermo en la República Italiana, aprobado por elCongreso de la República mediante Resolución Legislati-va Nº 27527 de 4 de octubre de 2001, publicada el 8 deoctubre de 2001, y ratificada mediante Decreto SupremoNº 088-2001-RE, de 19 de noviembre de 2001, publicadoel 19 de noviembre del mismo año. Entró en vigencia el29 de setiembre de 2003

08945