FUNCIONES DE LA MOTIVACION DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES

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¨EL AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN¨ UNIVERSIDAD PERUANA “LOS ANDES” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS TALLER V: GESTIÓN JURISDICCIONAL I ACTUACIONES Y RESOLUCIONES JUDICIALES ALUMNO: ALFARO TORREJON, CHRISTIAN HENRY DOCENTE: KATHERINE YAMILETH BARRETO ANDAMAYO MODALIDAD: DISTANCIA -A2 CICLO: IV MODULO: 1 LIMA, 15 de Octubre de 2015

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¨EL AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LA

EDUCACIÓN¨

UNIVERSIDAD PERUANA “LOS ANDES”

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TALLER V: GESTIÓN JURISDICCIONAL I

ACTUACIONES Y RESOLUCIONES JUDICIALES

ALUMNO: ALFARO TORREJON, CHRISTIAN HENRY

DOCENTE: KATHERINE YAMILETH BARRETO ANDAMAYO

MODALIDAD: DISTANCIA -A2

CICLO: IV

MODULO: 1

LIMA, 15 de Octubre de 2015

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RESOLUCIONES JUDICIALES

1. DESCRIBA BREVEMENTE LAS FUNCIONES DE LA MOTIVACION DE UNA

RESOLUCION JUDICIAL

El artículo 139 de la Constitución Política del Perú consagra como Principio de la función

jurisdiccional el derecho de la motivación de las resoluciones judiciales , el que está

destinado a garantizar a los justiciables la obtención de una respuesta razonada motivada y

congruente con las pretensiones oportunamente formuladas ,en cualquier tipo de proceso , de

tal manera que puedan conocer cuál ha sido el proceso mental, es decir la deliberación que ha

seguido internamente, para arribar a una decisión que resuelva la controversia, decisión que

no puede estar sustentada en le libre albedrio del juez sino en datos objetivos tanto de los

hechos, como del ordenamiento jurídico.

El deber de motivación es sin duda una expresión de la labor jurisdiccional, de allí que la

obligación de motivar adecuadamente una resolución judicial permita a la ciudadanía realizar

un control de la actividad jurisdiccional, y a las partes que intervienen en el proceso conozcan

las razones por las cuales se les concede o deniega la tutela concreta de un derecho o un

específico interés legítimo; en tal sentido los jueces tienen la obligación de expresar el proceso

mental que los ha llevado a decidir una controversia, asegurando que le ejercicio de impartir

Justicia, se haga con sujeción a la Constitución y la ley y, así mismo, facilitando un adecuado

ejercicio del derecho de defensa de los justiciables.

El derecho a la motivación de las resoluciones judiciales es recogido en el art ículo 139 inciso 3

de la Carta Magna, su contenido esencial está delimitado en tres aspectos; cuando se citan

las normas sin efectuar juicio alguno de subsunción o análisis; cuando el juez no se

pronuncia respecto de las pretensiones de las partes, y cuando no explica de manera

clara por que ha resuelto en determinado sentido.

La motivación de las resoluciones judiciales tiene una doble finalidad, permite garantizar el

derecho de defensa de los sujetos procesales pues a través de la motivación se conocerán los

fundamentos de la denegatoria o no de las pretensiones de las partes, y la ciudadanía puede

ejercer control a la actividad jurisdiccional. La afectación al derecho a la motivación de las

resoluciones judiciales, trae como sanción procesal la declaratoria de la nulidad de la

resolución judicial, por afectación a derechos fundamentales Ahora bien respecto de la

finalidad de la motivación de las resoluciones judiciales es contribuir a que, en todos los

casos, se concretice la obligación de poner de manifiesto las razones que sustentan la

resolución como uno de los medios destinados, a su vez, a garantizar la "recta administración

de justicia"; también la motivación busca que las partes puedan conocer los fundamentos

jurídicos empleados para resolver su conflicto de intereses.

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En lo concerniente a la sanción procesal para el órgano jurisdiccional que incurra en la omisión

de motivar adecuadamente sus resoluciones judiciales vulnerando el artículo 139 inciso 5 de la

Constitución Política del Perú trae como consecuencia la concurrencia de una nulidad absoluta

que trae consigo la nulidad de la resolución judicial que adolece de motivación suficiente.

La Motivación judicial es aquel conjunto de razones y/o argumentos mediante los cuales el

Juez, a través de su sentencia, explica y da a conocer su decisión sobre un determinado caso.

Las funciones de esta motivación judicial adquieren una diversidad de enfoques, tal es así que

si el Juez pretende dar una explicación constitucional de su decisión, ésta debería mantener

esa misma línea, de tal forma que el hilo argumentativo sea de común entender y no nos

“maree”. Asimismo, éstas, según la doctrina, atienden a una diversidad de efectos dentro y

fuera del proceso, en ese sentido, la motivación se embarca en un rol dentro del marco de una

democracia constitucional.

A. FUNCION ENDOPROCESAL.

Cuando una resolución judicial está debidamente motivada facilita, por una parte, el ejercicio

de otros derechos como el de defensa, el de pluralidad de instancia y el de impugnación, y por

la otra, garantiza su adecuado control por la instancia superior.

Se encuadra un modelo de Juez funcionario, asumido por los ordenamientos jurídicos. El

control de éste, lo permite un ámbito político burocrático sobre el producto de su actividad

jurisdiccional. En tal sentido, desde esta perspectiva, se permite la observancia subjetiva (por

el lado de las partes) e institucional (a través de los órganos estatales de control, para el caso

peruano podríamos mencionar como ejemplo al Consejo Nacional de la Magistratura)

B. FUNCION EXTRAPROCESAL.

El juez se expresa hacia la sociedad en general mediante sus resoluciones judiciales, una

adecuada motivación de las mismas demuestra la imparcialidad con la que procede en cada

caso concreto. Un análisis especializado de las resoluciones judiciales debida mente

motivadas, da cuenta de la aplicación de las normas del sistema jurídico, lo que permite

controlar su racionalidad. Mediante la cual el control se ejerce a través del impacto de la

sentencia a nivel social (a partir de ahí se miden los niveles de aceptación del Poder Judicial

por la sociedad), el control del pueblo en cuyo nombre la sentencia se da.

C. FUNCION PEDAGOGICA.

En cada resolución judicial debidamente fundamentada, se aplica el derecho material

otorgando protección a quien solicita tutela jurisdiccional, en tal sentido, las resoluciones

judiciales pueden cumplir un rol orientador no sólo para sus destinatarios inmediatos, sino

para la ciudadanía en general, de manera que la conducta debida pueda basarse en el

contenido de las resoluciones judiciales.