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Cómo presentar la solicitud La solicitud se elabora en el Programa de Declaración Telemática – PDT Fracc. 36° C.T. - Formulario Virtual N° 0687 – Solicitud de acogimiento al Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria – Art 36° del Código Tributario. Para tal efecto, debe seguir los siguientes pasos: 1. Obtener en SUNAT Virtual su reporte de precalificación , el cual muestra una evaluación preliminar de los requisitos para acceder al aplazamiento y/o fraccionamiento. 2. Obtener en SUNAT Virtual su archivo personalizado , el cual contiene la deuda tributaria que es factible de acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento. 3. Registrar su Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), así como sus nombres y apellidos o denominación o razón social, en el PDT a través de la opción registro/declarantes. 4. Importar el archivo personalizado al PDT Fracc. 36° C.T. a través de la opción declaraciones/importar estado de adeudos. 5. Seleccionar la deuda tributaria que será materia de acogimiento indicando por lo menos el período, código de tributo o multa y el monto del tributo o multa más los intereses moratorios generados hasta la fecha de presentación de la solicitud. La deuda factible de ser acogida que no figure en el archivo personalizado podrá ser consignada en la solicitud en el módulo "Otras deudas" del PDT Fracc. 36° C.T. 6. Indique el plazo por el que solicita aplazamiento y/o fraccionamiento 7. Generar su solicitud a través de la opción Generar medio magnético/administración de envíos. 8. Envíar su solicitud a través de SUNAT Virtual o si prefiere presentarla en los siguientes lugares: Principales Contribuyentes Nacionales Av. Garcilaso de la Vega N° 1472, distrito de Lima. Intendencia Regional Lima Principales Contribuyentes En las dependencias encargadas de recepcionar sus declaraciones pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao. Medianos y Pequeños Contribuyentes En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao. Otras Intendencias Regionales u Oficinas Zonales En las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias Importante:

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Cómo presentar la solicitud

La solicitud se elabora en el Programa de Declaración Telemática – PDT Fracc. 36° C.T. - Formulario Virtual N° 0687 – Solicitud de acogimiento al Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria – Art 36° del Código Tributario.

Para tal efecto, debe seguir los siguientes pasos:

1. Obtener en SUNAT Virtual su reporte de precalificación, el cual muestra una evaluación preliminar de los requisitos para acceder al aplazamiento y/o fraccionamiento.

2. Obtener en SUNAT Virtual su archivo personalizado, el cual contiene la deuda tributaria que es factible de acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento.

3. Registrar su Número de Registro Único del Contribuyente (RUC), así como sus nombres y apellidos o denominación o razón social, en el PDT a través de la opción registro/declarantes.

4. Importar el archivo personalizado al PDT Fracc. 36° C.T. a través de la opción declaraciones/importar estado de adeudos.

5. Seleccionar la deuda tributaria que será materia de acogimiento indicando por lo menos el período, código de tributo o multa y el monto del tributo o multa más los intereses moratorios generados hasta la fecha de presentación de la solicitud. La deuda factible de ser acogida que no figure en el archivo personalizado podrá ser consignada en la solicitud en el módulo "Otras deudas" del PDT Fracc. 36° C.T.

6. Indique el plazo por el que solicita aplazamiento y/o fraccionamiento

7. Generar su solicitud a través de la opción Generar medio magnético/administración de envíos.

8. Envíar su solicitud a través de SUNAT Virtual o si prefiere presentarla en los siguientes lugares:

 Principales Contribuyentes Nacionales

Av. Garcilaso de la Vega N° 1472, distrito de Lima.

Intendencia Regional Lima

Principales Contribuyentes

En las dependencias encargadas de recepcionar sus declaraciones pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao.

Medianos y Pequeños Contribuyentes

En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao.

Otras Intendencias Regionales u Oficinas Zonales

En las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias

Importante:

Para obtener el reporte de precalificación y el archivo personalizado, así como para envíar la solicitud a través de SUNAT Virtual, debe contar con su Código de Usuario y Clave de Acceso.

La obtención de reporte de precalificación y del archivo personalizado, así como la presentación de la solicitud, en los lugares señalados en el cuadro anterior, pueden ser realizados por el contribuyente, su representante legal o un tercero debidamente autorizado a través de un documento público o privado con firma legalizada por fedatario de la SUNAT o Notario Público.

La solicitud se elaborará de manera independiente, según se trate de la Contribución al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), al Seguro Social de Salud (ESSALUD), a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo e Impuesto al Rodaje, y de otros tributos administrados por la SUNAT.

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¿Por qué deudas puedo solicitar el aplazamiento y/o Fraccionamiento Tributario?

Por las siguientes deudas:

1. Las deudas Tributarias cuya cobranza se encuentre administrada por el SATCH (Impuesto Predial,

Arbitrios Municipales, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala).

2. Las que han sido notificadas mediante un valor: Orden de Pago, Resolución de Determinación.

¿Todas las deudas pueden estar sujetas a un Fraccionamiento y/o aplazamiento?

No. Existe deudas que no pueden ser sujetas a este tipo de beneficio. Entre estas tenemos:

1. Deudas Tributarias del ejercicio fiscal vigente a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento.

2. Aquellas sujetas a un Fraccionamiento y/o Aplazamiento anterior (Deuda Tributaria contenida en las

Resoluciones de Perdida de Convenio).

3. Los valores que han sido Reclamados, apelados con amparo o demanda contenciosa administrativa, salvo

que a la fecha de presentación de la Solicitud de Fraccionamiento se hubiera aceptado el desistimiento.

4. Los Gastos Administrativos de Cobranza ordinaria, los gastos y costas procesales del procedimientos de

cobranza coactiva.

5. La deuda en cobranza Coactiva en la que hubiera recaído medida Cautelar.

6. Las Multas Tributarias.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el aplazamiento y/o Fraccionamiento Tributario?

Los requisitos son los siguientes:

1. No tener a la fecha de presentación de la solicitud deuda por el ejercicio fiscal vigente (año en que solicite

el Fraccionamiento).

2. No tener a la fecha de presentación de la solicitud un Fraccionamiento pendiente de pago otorgado con

carácter particular por el SATCH.

3. Haber fijado y mantener un domicilio fiscal que permita la comunicación con la Administración.

4. Haber cancelado la totalidad de las costas Incurridas en el procedimiento de Cobranza Coactiva si se

hubiera generado.

5. Haber formalizado todas las garantías ofrecidas, cuando corresponda.

¿Que documentos debo presentar para solicitar el Fraccionamiento Tributario?

Para el caso de Personas Naturales:

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1. Presentar Original y fotocopia simple de DNI.

2. Presentar Original y fotocopia de cualquier de los recibos de servicio (Luz, agua o Teléfono comprendido

entre los 2 últimos meses) del domicilio fiscal del contribuyente.

3. En caso de ser solicitado por un tercero deberá presentar carta poder especifica legalizada que acredite a

la persona autorizada solicitar acogerse al Fraccionamiento de deuda Tributaria ante el SATCH.

Para el caso de Personas Jurídicas:

1. Presentar Original y fotocopia simple del DNI del representante legal de la Empresa.

2. Presentar Original y fotocopia simple de cualquiera de los recibos de servicio (Luz, agua o teléfono

comprendido entre los 2 últimos meses) del domicilio fiscal de la Empresa.

3. Presentar FICHA RUC de la Empresa con una antigüedad no mayor a 15 días.

4. En caso de ser solicitado por un Tercero deberá presentar además de los requisitos señalados

anteriormente su DNI Original, Carta Poder específica legalizada donde el Representante legal de la

Empresa acredite a la persona autorizada a solicitar acogerse al Fraccionamiento de deuda Tributaria

ante el SATCH.

¿Cuál es el monto de la cuota inicial que debo cancelar para fraccionar mi deuda?

Para poder fraccionar su deuda debe cancelar una cuota Inicial que está en función al siguiente cuadro (segmentado en Medianos y Pequeños Contribuyentes y Principales Contribuyentes):

Segmento de

Contribuyent

e

Clase de

Fraccionamien

to

Deuda

TributariaCuota

Minima

Inicial

Forma de

AprobaciónDESDE HASTA

** Sólo se considera el 10% para los contribuyentes que por primera vez realicen un

fraccionamiento.

MEPECO

FRACC.A S/.345S/.4,00

010% Automática**

FRACC.BS/.4,00

1a mas 10% Automática

PRICO

FRACC.C S/.345S/.12,0

0010%

Evaluación

Previa**

FRACC.DS/.12,0

01a mas 10%

Evaluación

Previa

CUADRO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA

¿Cual es el plazo máximo para el Fraccionamiento?

El plazo máximo por el cual usted puede Fraccionar su deuda es de 36 meses (3 años). Cabe resaltar que la cuota Fraccionamiento no podrá ser menor al 1 % de la UIT vigente a la fecha de celebración del beneficio.

¿Cuál es la tasa de Interés del Fraccionamiento?

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La tasa de interés aplicable para el periodo de Fraccionamiento es el ochenta por ciento (0.050%) de la TIM (Tasa de Inerés Moratorio) vigente a la fecha de emisión de la Resolución aprobatoria.

¿Cómo y donde se realiza el pago de las cuotas de Fraccionamiento?

El pago se realizará directamente en las ventanillas habilitadas para la atención al contribuyente. Las podrá ubicar en CENTROS DE PAGO.

¿Cuáles son las Obligaciones del Deudor Tributario?

1. Pagar el integro del monto de las cuotas en los plazos establecidos .

2. De corresponder, mantener vigentes las garantías otorgadas.

¿Cuándo estaré obligado a presentar garantías?

Por el exceso de deudas mayores a: 20 UIT, cuando se trata de un fraccionamiento. (Tipo de garantía: Carta fianza, Hipoteca de primer rango y prenda con entrega jurídica)

¿Cuándo se pierde el Fraccionamiento?

1. En caso ADEUDE el pago integro de 2 cuotas consecutivas.

2. Cuando no cumple con cancelar el integro de la última cuota dentro del plazo establecido para su

vencimiento.

3. De corresponder, mantener vigente las garantías otorgadas .

Recuerde: En caso de perdida del Fraccionamiento y/o Aplazamiento, el SATCH le emitirá una Resolución de Perdida, la cual tendrá las características de un valor y adicionalmente ejercerá las medidas de Cobranza correspondiente.

¿Sobre que ley se encuentra basada el Fraccionamiento?

El Fraccionamiento se basa sobre el artículo 36° del Código Tributario.

Solicitudes no contenciosas

Las solicitudes no contenciosas presentadas, deberán contener los siguientes requisitos:

1. Llenado completo del FORMULARIO 4402, indicando los ejercicios fiscales que son materia de las

solicitudes no contenciosas.

2. DNI del interesado o representante legal.

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3. Vigencia de poder legalizado ante notario, del representante legal para personas naturales, en el caso de

un tercero.

4. Vigencia de poder inscrita en Registros Públicos, no mayor a 30 días calendarios para el caso de personas

jurídicas.

5. Original o copia legible de los recibos de pago, debidamente certificada por el fedatario del SATCH.

6. Derecho de trámite.