FISCALIZACIÓN AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS · 2020. 2. 27. · 5.3.2.1 del Capítulo...
Transcript of FISCALIZACIÓN AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS · 2020. 2. 27. · 5.3.2.1 del Capítulo...
FISCALIZACIÓN AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
MATPEL: CONCEPTO
“Material que en estado sólido líquido o gaseoso puede causar daño a las personas, el ambiente y la propiedad”.
Artículo 5° del D.S. N°021-2008-MTC.
DERRAME DE MERCURIO
CASO CHOROPAMPA – CAJAMARCA
“Según informe de la minera Yanacocha hubieron
151 Kg. De Mercurio”.
02 de Junio 2000
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) es una entidad creada mediante Ley N° 29380, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Es la encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional, y las actividades vinculadas con el transporte de mercancías en el ámbito nacional.
¿QUE ES LA SUTRAN?
• Ley 28256 Que Regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
• D. S. N° 021-2008-MTC, Reglamento MATPEL
• Resolución de Superintendencia 002-2011-SUTRAN/02 Protocolo
MARCO NORMATIVO
NORMAS COMPLEMENTARIAS
Acuerdo Multilateral sobre el Medio Ambiente adoptado el 22 de marzo de 1989 y vigente desde el 22 de marzo de 1989. Ciento setenta países dentro del sistema de Naciones Unidas convinieron proteger el medio ambiente y la salud humana de los efectos nocivos provocados por la generación, manejo, movimientos transfronterizos y eliminación de desechos peligrosos.
NORMAS COMPLEMENTARIAS
1.Listado de materiales peligrosos
2.Denominación oficial
3.Número ONU
4.Clasificación
CLASIFICACIÓN ONU
• Clase 1: Explosivos • Clase 2: Gases • Clase 3: Líquidos inflamables • Clase 4: Sólidos inflamables • Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos • Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas • Clase 7: Materiales radioactivos • Clase 8: Sustancias corrosivas • Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios: miscelánea
CLASIFICACIÓN ONU
División 1.1 Sustancias y objetos con riesgo de explosión en masa División 1.2 Sustancias y objetos con riesgo de proyección sin riesgo de explosión en masa División 1.3 Sustancias y objetos con riesgo de incendio con un riesgo menor de explosión o un riesgo menor de proyección, o ambos, pero no un riesgo de explosión en masa.
CLASE 1: EXPLOSIVOS
División 1.4 Sustancias y objetos que no presentan riesgo apreciable
División 1.5 Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosión en masa
División 1.6 Objetos sumamente insensibles que no tienen riesgo de explosión en masa
CLASE 1: EXPLOSIVOS
ONU N° 0027 1.1
División 2.1 GASES INFLAMABLES
División 2.2 GASES NO INFLAMABLES, NO TÓXICOS
División 2.3 GASES TÓXICOS
CLASE 2: GASES
ONU N° 1044
2.2
CLASE 3: LÍQUIDOS INFLAMABLES
ONU N° 1263
División 4.1 Sólidos inflamables, sustancias de reacción espontánea y sólidos explosivos insensibilizados
División 4.2 Sustancias que pueden experimentar combustión espontánea
División 4.3 Sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables
CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES
ONU N° 1361
4.2
División 5.1 Sustancias comburentes
División 5.2 Peróxidos orgánicos
CLASE 5: SUSTANCIAS COMBURENTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS
ONU N° 1493
5.1
División 6.1 SUSTANCIAS TÓXICAS
División 6.2 SUSTANCIAS INFECCIOSAS
CLASE 6: SUSTANCIAS TÓXICAS Y SUSTANCIAS INFECCIOSAS
ONU N° 1553
6.1
CLASE 7: MATERIALES RADIOACTIVOS CLASE 8: SUSTANCIAS CORROSIVAS
ONU N° 1791
AGENTES QUE PARTICIPAN EN EL SERVICIO
Persona natural o
jurídica que realiza el
transporte de
materiales y residuos
peligrosos.
TRANSPORTISTA (T)
Persona natural o
jurídica que mediante
su actividad remite
una mercancía
considerada
peligrosa
REMITENTE
(R)
DESTINATARIO
(D)
Persona natural o Jurídica
quien recibe la mercancía
considerada material o
residuo peligroso
Persona Natural que
conduce el vehículo o
combinación vehicular
CONDUCTOR
(C)
* * *
AUTORIZACIÓN
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
5 años
Permiso de Operación Especial
para Prestar Servicio de
Transporte Terrestre de
Materiales y/o Residuos
Peligrosos MRP Público
Permiso de Operación Especial
para Transporte Terrestre de
Materiales y/o Residuos
Peligrosos por Cuenta Propia
MRP Privado
HABILITACIÓN VEHICULAR
* Puede solicitarse el incremento o sustitución
* Se realiza conjuntamente con el otorgamiento de la autorización.
CONDICIONES TECNICAS EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS
CATEGORIA N
CATEGORIA O
O4: Remolques de peso bruto vehicular de mas
de 10 toneladas
De acuerdo a lo establecido en el literal c) del numeral 5.3.2.1 del Capítulo 5.3 del Libro Naranja (Volumen II), la indicación del número ONU es la siguiente: “5.3.2.1 Indicación de los números ONU Con excepción de las mercancías de la clase 1, las remesas de: (…) c) Una sola mercancía peligrosa embalada/envasada que constituya una carga completa de la unidad de transporte; (…) llevarán el número ONU a tenor de lo prescrito en esta sección”. Conforme a ello, el número ONU deberá ser consignado solo en los casos que se lleva una sola mercancía peligrosa.
Numero de ONU
Pictograma
de la Clase de Riesgo
Regulación Nacional en lo referente a la
precisión de las características y la ubicación de
la rotulación de los vehículos, se remite a lo
estipulado en el Libro Naranja de las Naciones
Unidas.
El Capitulo 5.3 del Libro Naranja trata sobre la
Rotulación y Marcado de las Unidades que
transportan Materiales y Residuos Peligrosos.
“Se colocarán rótulos en las paredes externas
de las unidades de transporte para advertir que
las mercancías transportadas son peligrosas y
presentan riesgos (…)” [5.3.1.1.2]
ROTULACIÓN EN EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS PARA
EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE
MATERIALES PELIGROSOS
GUÍAS DE REMISIÓN (REMITENTE Y TRANSPORTISTA)
HOJA DE RESUMEN DE SEGURIDAD DE ACUERDO AL FORMATO ESTABLECIDO MEDIANTE R.D. N° 2613-2013-MATC/15.)
CERTIFICADO DE HABILITACIÓN VEHICULAR, EXPEDIDO POR LA DGTT
LICENCIA DE CONDUCIR DE CATEGORÍA ESPECIAL DEL CONDUCTOR
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
SEGURO OBLIGATORIO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT)
COPIA DE LA PÓLIZA DE SEGURO
CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR PARA TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS.
TARJETA DE IDENTIFICACION VEHICULAR (*)
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
R.D. N° 2613-2013-MTC/15 aprueba el Formato de Hoja Resumen de Seguridad.
Debe señalar el tipo de material o residuo peligroso, su Clase, Número UN y Descripción.
Debe portarse en el vehículo el Equipo de Protección que se detalla.
La Hoja Resumen de Seguridad debe ser proporcionada por el Remitente de la carga en idioma español.
Hoja de Resumen de Seguridad
INFRACCIONES MAS COMUNES
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSPORTISTA
Código Presunta infracción Calificación Sanción
T.1
Realizar transporte terrestre
de materiales y/o residuos
peligrosos sin contar con la
autorización que señala el
presente reglamento
Grave Multa de
10 UIT
AUTORIZACIÓN
Importante: Determinar a quién efectivamente realiza el transporte Guía
Remisión Transportista
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
5 años
Permiso de Operación Especial
para Prestar Servicio de
Transporte Terrestre de
Materiales y/o Residuos
Peligrosos
MRP Público
• Permiso de Operación Especial
para Transporte Terrestre de
Materiales y/o Residuos
Peligrosos por Cuenta Propia
MRP Privado
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
REMITENTE
Código Presunta infracción Calificación Sanción
R.7
Contratar, para el transporte
terrestre de materiales y/o
residuos peligrosos, empresas
prestadoras de servicios de
transporte no autorizadas
conforme al presente reglamento.
Grave Multa de
05 UIT
Importante: Determinar a quién es el REMITENTE > GRR
RUC
Casos: T=R
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSPORTISTA
Código Presunta infracción Calificación Sanción
T.2 Realizar transporte terrestre de
materiales y/o residuos peligrosos con
vehículos y/o unidades de carga no
habilitados
Grave Multa de 02 UIT
HABILITACIÓN VEHICULAR
* Se realiza conjuntamente con el otorgamiento de la autorización.
* Puede solicitarse el incremento o sustitución . **
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSPORTISTA
Código Presunta infracción Calificación Sanción
T.3 Realizar transporte terrestre de materiales y/o
residuos peligrosos con vehículos y unidades
de carga habilitados SIN CONTAR CON LA
REVISIÓN TÉCNICA y/o certificado SOAT y/o
póliza de seguros vigentes, así como la guía de
remisión- remitente y/o hoja de resumen de
seguridad
Grave Multa de 03 UIT
- Sin contar con la revisión técnica
vigente
Vehículos
Frecuencia Antigüedad del
vehículo(1)
Vigencia del
Certificado
Para transporte de materiales y residuos
peligrosos de las Categorías N y O. Semestral
A partir del 2do.
Año 6 meses
(1)La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del año siguiente de fabricación
consignado en la Tarjeta de Propiedad o Tarjeta de Identificación Vehicular”
45° Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares - Decreto Supremo Nº
025-2008-MTC
Características generales y específicas acreditadas con el certificado de revisión
técnica
- Sin contar con SOAT
vigente
cubre la muerte y lesiones corporales que sufren las personas, sean ocupantes o terceros no
ocupantes del vehículo automotor como consecuencia de un accidente de tránsito en el que dicho
vehículo haya intervenido
- Sin contar con póliza de
seguros vigentes
Todo vehículo utilizado para MATPEL Cobertura por los daños personales, materiales y ambientales derivados de los efectos de un accidente generado por la carga, ocurrido durante dicha operación (desde la recepción de la carga hasta su entrega al destinatario)
características: - Periodicidad anual; - Cobertura nacional para el transporte por carretera - Aplicación automática e inmediata, sin requerimiento de pronunciamiento previo de autoridad alguna; - ilimitada en la atención anual del número de siniestros y; - Ausencia de control.
Coberturas mínimas : a) Daños personales que afectan la integridad física de las personas; a.1 Lesiones: Hasta cinco (5) Unidades impositivas tributarias (UIT); a.2 Invalidez temporal: Hasta una (1) Unidad impositiva tributaria (UIT); a.3 Invalidez permanente: Cuatro (4) Unidades impositivas tributarias (UIT); a.4 Muerte: Cuatro (4) Unidades impositivas tributarias (UIT) y; a.5 Sepelio: Hasta una (1) Unidad impositiva tributaria (UIT). b) Daños materiales que afectan a los bienes o patrimonio, como consecuencia directa del evento: Hasta cincuenta (50) Unidades impositivas tributarias (UIT) y; c) Remediación ambiental: Hasta cincuenta (50) Unidades impositivas tributarias (UIT).
- Sin contar con guía de remisión- remitente
- Sin contar con la hoja de resumen de seguridad
1. omisión de contar con la Hoja de Resumen
de Seguridad del material peligroso
transportado antes de la ejecución de dicho
transporte
2 .bajo estricto cumplimiento de lo indicado en la
Resolución Directoral N°2613-2013-MTC-15
Diferencia con la infracción T7:
está referido a la conducta de no asegurarse que
en el vehículo se encuentre la Hoja de Resumen de
Seguridad
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
REMITENTE
Código Presunta infracción Calificación Sanción
R.2 No proporcionar al transportista la correspondiente hoja de
resumen de seguridad que establece el presente reglamento en
idioma español
Grave Multa de 01 UIT
3. Idioma español
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSPORTISTA
Código Presunta infracción Calificación Sanción
T.6 Realizar la operación de transporte en
vehículos y unidades de carga sin
rótulos y la señalización
Grave Multa de 01 UIT
“Se colocarán rótulos en las paredes externas de las unidades de transporte para advertir que las mercancías transportadas son peligrosas y presentan riesgos (…)” [5.3.1.1.2]
Excepción explosivos de la División 1.4
Los rótulos y etiquetas ceñirse a lo establecido en el
LNNU (19 Rgto)
- Características de rótulos: Dimensiones, color, N° de clase
(5.3.1.2, con excepciones clase 7)
- Riesgo secundario: cuando se establezca (disposición 4)
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSPORTISTA
Código Presunta infracción Calificación Sanción
T.7 No asegurarse que
en el vehículo se
encuentre la
documentación para
el transporte exigido
en el presente
reglamento
Leve Amonestación
CUADRO DE INFRACCIÓN Y SANCIONES
CONDUCTOR
Código Presunta infracción Calificación Sanción
C.3 No portar en la cabina del
vehículo la documentación
exigida para el transporte
que se señala el presente
reglamento
Leve Amonestación
Los vehículos serán conducidos portando :
1. Guía de remisión - remitente.
2. Guía de remisión - transportista.
3. Hoja resumen de seguridad.
4. Certificado de habilitación vehicular, expedido por la DGTT.
5. Licencia de conducir de categoría especial del conductor.
6. Copia del certificado del SOAT.
7. Copia de la póliza de seguro.
T.8
No dotar ni asegurarse que el equipamiento
necesario para las situaciones de emergencia,
señaladas en la hoja resumen de seguridad, se
encuentre en condiciones de funcionamiento y a
bordo del vehículo.
Grave Multa 1 UIT
T.10
Transportar materiales y/o residuos peligrosos, cuyo
embalaje/envasado, etiquetado o rotulado no
corresponda a lo declarado por el remitente.
Grave Multa 3 UIT
T.13
Utilizar en la conducción de sus vehículos que
transporten materiales y residuos peligrosos
conductores que no cuenten con la licencia de
conducir que corresponda a la categoría del vehículo
que conducen y/o la licencia de conducir de
categoría especial que señala el reglamento
Grave Multa 2 UIT C.14
T.15 Permitir el transporte de personas no autorizadas en
los vehículos y unidades de carga que transporten
materiales y/o residuos peligrosos.
Grave Multa de 1 UIT C.9
T.19
Cargar y transportar materiales y/o residuos
peligrosos, conjuntamente con alimentos,
medicamentos u objetos destinados al uso humano
y/o animal.
Grave Multa de 3 UIT
T.24 No aplicar lo previsto en el plan de contingencia en
caso de accidente Grave Multa de 2 UIT C.4
C.4 No aplicar el plan de contingencia en caso de
emergencia Grave Multa de 2 UIT T.24
Plan de contingencia
Instrumento de gestión, cuya finalidad es evitar o reducir los posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y el medio ambiente. Esta conformado por un conjunto de procedimientos específicos prestablecidos de tipo operativo, destinados a la coordinación, alerta, movilización y respuesta ante una probable situación de emergencia.
REMITENTE
CÓDIGO INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SANCIÓN
R.1
No proporcionar al transportista la guía de remisión –
remitente, elaborada conforme a las normas emitidas
por SUNAT y a lo previsto estrictamente en el presente
reglamento.
Grave Multa de 1 UIT
R.2 No proporcionar al transportista la
correspondiente hoja resumen de seguridad que
establece el presente reglamento en idioma
español.
Grave Multa de 1 UIT
R.7 Contratar, para el transporte terrestre de materiales y/o
residuos peligrosos, empresas prestadoras de
servicios de transporte no autorizadas conforme al
presente reglamento.
Grave Multa de 5 UIT
R.11 Entregar al transportista, materiales y/o
residuos peligrosos distintos a los indicados en
la guía de remisión remitente, etiquetado o rotulado
Grave Multa de 5 UIT
EL ACTA DE VERIFICACIÓN
• Nombre del Expositor: Mayra Rivadeneyra
Gerencia de Supervisión y Fiscalización
• Correo electrónico: [email protected]